deben instituciones de seguridad social atender a menoressobre los que se ejerce patria potestad

2
_____________________________________________________________ Dirección de Comunicación Social 53-45-30-86, 53-45-33-84, 01800-5010-810 ext. 3086 y 3384; fax 53-45-35-72 E-Mail: [email protected] _____________________________________________________________ 1 GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL www.pan.senado.gob.mx Senado de la República 24 de marzo de 2009 Boletín Deben Instituciones de Seguridad Social atender a menores sobre los que se ejerce patria potestad: Tamborrel Suárez México, D.F., 24 de marzo.- El senador panista Guillermo Tamborrel consideró que las instituciones de seguridad social deben extender sus servicios y beneficios a los menores de edad sobre los que se ejerce patria potestad. Al presentar una iniciativa, el presidente de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables propuso la modificación de diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social y la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. La iniciativa también fue suscrita por los senadores panistas Emma Lucía Larios Gaxiola, Beatriz Zavala Peniche, Alfredo Rodríguez y Pacheco, Luis Fernando Rodríguez Lomelí y Héctor Pérez Plazola. Tamborrel Suárez destacó que la modificación propuesta en beneficio de los menores extiende el servicio de guarderías a los asegurados que ejerzan la patria potestad y la custodia de un menor. “El grueso de la sociedad tiene acceso únicamente a los servicios públicos de salud, teniendo la posibilidad de asegurar a su pareja, descendientes directos en línea recta e incluso a sus ascendientes, cuando estos viven en la misma casa”, expuso el senador por Querétaro. Sin embargo, reconoció, en el país hay un sinnúmero de familias que están compuestas por los abuelos y los nietos, ya sea porque los padres

Upload: guillermo-tamborrel-suarez

Post on 07-Mar-2016

212 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

México, D.F., 24 de marzo.- El senador panista Guillermo Tamborrel consideró que las instituciones de seguridad social deben extender sus servicios y beneficios a los menores de edad sobre los que se ejerce patria potestad. Al presentar una iniciativa, el presidente de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables propuso la modificación de diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social y la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

TRANSCRIPT

Page 1: Deben Instituciones de Seguridad Social atender a menoressobre los que se ejerce patria potestad

_____________________________________________________________

Dirección de Comunicación Social

53-45-30-86, 53-45-33-84, 01800-5010-810 ext. 3086 y 3384; fax 53-45-35-72 E-Mail: [email protected]

_____________________________________________________________ 1

GRUPO PARLAMENTARIO

DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

www.pan.senado.gob.mx

Senado de la República

24 de marzo de 2009

Boletín

Deben Instituciones de Seguridad Social atender a m enores sobre los que se ejerce patria potestad: Tamborrel Suárez

México, D.F., 24 de marzo .- El senador panista Guillermo Tamborrel consideró que las instituciones de seguridad social deben extender sus servicios y beneficios a los menores de edad sobre los que se ejerce patria potestad.

Al presentar una iniciativa, el presidente de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables propuso la modificación de diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social y la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

La iniciativa también fue suscrita por los senadores panistas Emma Lucía Larios Gaxiola, Beatriz Zavala Peniche, Alfredo Rodríguez y Pacheco, Luis Fernando Rodríguez Lomelí y Héctor Pérez Plazola.

Tamborrel Suárez destacó que la modificación propuesta en beneficio de los menores extiende el servicio de guarderías a los asegurados que ejerzan la patria potestad y la custodia de un menor.

“El grueso de la sociedad tiene acceso únicamente a los servicios públicos de salud, teniendo la posibilidad de asegurar a su pareja, descendientes directos en línea recta e incluso a sus ascendientes, cuando estos viven en la misma casa”, expuso el senador por Querétaro.

Sin embargo, reconoció, en el país hay un sinnúmero de familias que están compuestas por los abuelos y los nietos, ya sea porque los padres

Page 2: Deben Instituciones de Seguridad Social atender a menoressobre los que se ejerce patria potestad

_____________________________________________________________

Dirección de Comunicación Social

53-45-30-86, 53-45-33-84, 01800-5010-810 ext. 3086 y 3384; fax 53-45-35-72 E-Mail: [email protected]

_____________________________________________________________ 2

desgraciadamente perecieron o porque sin más dejaron a sus hijos a su suerte bajo el cuidado de sus abuelos o de un tercero, quienes, sin necesidad de adoptarlo y con el amparo de la Ley, ejercen sobre el menor la patria potestad.

“Actualmente, la ley no considera como beneficiario a todos los que están sujetos a la patria potestad, por lo que si en un sinnúmero de casos el responsable no tiene los recursos necesario, pues esa niña, ese niño o adolescente queda desamparado”, apuntó.

Por ello, resaltó Tamborrel Suárez, la iniciativa pretende que el Estado amplíe los alcances de la seguridad social, con miras a que cada vez sean más las personas que vean satisfechas sus necesidades y tutelado su derecho, en lo que a cuestiones de salud se refiere.

La iniciativa se turnó a las Comisiones Unidas de Seguridad Social y de Estudios Legislativos Primera.

-0-0-0-0-