de los glosadores al código de napoleón

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1 DE LOS GLOSADORES AL CÓDIGO DE NAPOLEÓN GLOSADORES A la caída del Imperio romano (siglo III d. de C.) el Corpus Iuris cayó en desuso, sin embargo, siglos mas tarde surgió un inusitado interés por estudiarlo en varios países como Francia, Alemania, Italia donde se constituyeron escuelas para su estudio, tal es el caso de la escuela de los Glosadores o de Bolonia (Italia) en el siglo XII. Esta escuela dirigida por Irineo fue la que en principio de vio fascinada por los manuscritos del Digesto, sus estudiantes al analizarlos comenzaron a escribir “glosas” o comentarios , buscando paralelismo, citas dispersas y contradicciones y sus posibles reconciliaciones, culminando con la elaboración de la “gran Glosa” de Acrusio que resume de forma sistemática los aciertos de sus predecesores el derecho justinianeo, al grado de que lo que ésta no reconoce como derecho válido no lo reconocerá el tribunal. La subsecuente escuela que sea crea para el estudio del derecho romano es la de los POST-GLOSADORES o “comentaristas” en Perugia, Italia siglo XIII - XV, quienes buscaron las teorías fundamentales contenidas en las citas del Corpus Iuris, lo cual ocasionó con frecuencia problemas teóricos entre la práctica y fundan variadas discusiones, la historia los ha juzgado con dureza y desprecian sus esfuerzos sin considerar que sus observaciones dieron lugar a novedosas teorías jurídicas y haber reintroducido el derecho Justinianeo en los tribunales de su época debido a la armonización de las normas. HUMANISMO JURÍDICO Con posterioridad a esto, surge en el mundo una tendencia cultural estrechamente ligada con el Renacimiento conocida como Humanismo (s. XIV-XVI), el derecho no es ajeno a tal movimiento las aportaciones de los glosadores y comentaristas son relegadas

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DE LOS GLOSADORES AL CÓDIGO DE NAPOLEÓN

GLOSADORESA la caída del Imperio romano (siglo III d. de C.) el Corpus Iuris cayó en desuso, sin

embargo, siglos mas tarde surgió un inusitado interés por estudiarlo en varios países como Francia, Alemania, Italia donde se constituyeron escuelas para su estudio, tal es el caso de la escuela de los Glosadores o de Bolonia (Italia) en el siglo XII.

Esta escuela dirigida por Irineo fue la que en principio de vio fascinada por los manuscritos del Digesto, sus estudiantes al analizarlos comenzaron a escribir “glosas” o comentarios , buscando paralelismo, citas dispersas y contradicciones y sus posibles reconciliaciones, culminando con la elaboración de la “gran Glosa” de Acrusio que resume de forma sistemática los aciertos de sus predecesores el derecho justinianeo, al grado de que lo que ésta no reconoce como derecho válido no lo reconocerá el tribunal.

La subsecuente escuela que sea crea para el estudio del derecho romano es la de los POST-GLOSADORES o “comentaristas” en Perugia, Italia siglo XIII - XV, quienes buscaron las teorías fundamentales contenidas en las citas del Corpus Iuris, lo cual ocasionó con frecuencia problemas teóricos entre la práctica y fundan variadas discusiones, la historia los ha juzgado con dureza y desprecian sus esfuerzos sin considerar que sus observaciones dieron lugar a novedosas teorías jurídicas y haber reintroducido el derecho Justinianeo en los tribunales de su época debido a la armonización de las normas.

HUMANISMO JURÍDICOCon posterioridad a esto, surge en el mundo una tendencia cultural estrechamente

ligada con el Renacimiento conocida como Humanismo (s. XIV-XVI), el derecho no es ajeno a tal movimiento las aportaciones de los glosadores y comentaristas son relegadas para retomar el derecho romano clásico, no sólo estudiando el Corpus Iuris Civilis, sino otras fuentes del derecho.

Francia con la Escuela Culta y a diferencia de Italia, enfocaba el estudio en una dimensión eminentemente teórica, tratando de descubrir los textos originales sólo por fines históricos y sociológicos, no como en Italia que se orientaba a su estudio más práctico y menos especulativo. Mas tarde esta escuela se transforma en la escuela holandés de “jurisprudencia elegante” (s. XVI – XVII)

USUS MODERNUS PANDECTARUMEn esta escuela la influencia humanista fue notoria, el derecho no sólo se estudiaba en

teoría, sino era asociado con la práctica, enfocando su atención en la manera moderna de usar las Pandectas. Esta escuela influyó en el estudio jurídico alemán; mezclando el derecho germánico con principios del derecho natural o racionalismo jurídico —éste sostenía que si la base del derecho es la razón humana, no deberían inspirarse en un derecho autoritario, tradicional e importado, no obstante por ser un derecho derivado de la razón misma lo hacía válido— (s. XVI-XVII).

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ESCUELA HISTÓRICA ALEMANALidereada por Federico Carlos von Savigny, concentró su atención en el derecho

romano, basando sus estudios en las raíces históricas del derecho y en el contexto social en el cual interactúa, poniendo énfasis en el “espíritu nacional”, sostenía que el derecho fue encontrado, no hecho, es decir, sólo podía ser descubierto mediante el estudio histórico; es decir, no puede haber un derecho abstracto, natural, generalmente válido, éste nace y crece con el pueblo, como el idioma. Dicho personaje conminó a sus colegas a estudiar primero, durante algunas generaciones, el corpus iuris, y mejoraran con sus enseñanzas la práctica jurídica y dogmática alemanas, sin petrificar todavía el derecho alemán en un código [desde su perspectiva] prematuro como sostenía Thibaut (1814).

MOVIMIENTO CODIFICADOR

Codificar el derecho significa para los sistemas jurídicos prescindir de ordenamientos jurídicos anteriores, ajenos (como es el caso del Corpus Iuris) o dispersos para formar uno general y aplicable, toda vez que con ellos se pretende contener soluciones para todos los casos que puedan presentarse en la práctica, incluyendo métodos de interpretación e integración para el caso de existencia de lagunas jurídicas u obscuridad de la ley.

El objetivo inicial de la codificación había sido enunciar los principios de un ius commune adaptado a las condiciones del siglo XIX, mientras que la codificación posterior conllevaba una postura de positivismo legislativo y de nacionalismo jurídico. En la actualidad, esta visión ha tenido ciertas modificaciones, pues ahora los juristas prestan mayor atención a la doctrina ya la jurisprudencia sin dejar de lado la ley y la codificación.

El movimiento codificador se inició en el centro de Europa, durante el siglo XVIII. Su primer resultado importante fue el Código de Prusia (1794), siendo su punto culminante el Código de Napoleón (1804) y terminando tardíamente con el Código Alemán (1900), ambos inspiraron a muchos países que lo tomaron como ejemplo a seguir en su legislación interna.

CÓDIGO DE NAPOLEÓN (1804)El derecho francés ha hecho valiosas aportaciones a la ciencia del derecho y en la

conformación de una de las familias jurídicas más relevantes del mundo, son muchos los países cuyos códigos civiles reflejan la influencia positiva del ordenamiento, simple en su estructura, pero siempre sistemático y con orden lógico.Fue preparado por una comisión compuesta por algunos ilustrados juristas como Tronchet, Bigot de Préameney, Portalis y Malleville. Las fuentes que utilizaron fueron: las coutumes, especialmente la de París; el derecho romano; las ordenanzas reales y las leyes de la Revolución, donde se muestra con claridad el influjo del derecho romano. La estructura de este código es sencilla y lógica, fue redactada con una técnica adecuada para su tiempo con una sabida moderación en sus contenidos. Sin embargo, paso del tiempo ha demandado un buen número de reformas a efecto de actualizarlo a las complicadas realidades de la vida contemporánea. Asimismo, la jurisprudencia francesa se ha constituido en un valioso

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complemento del Código, sobre todo para efectos de precisión y adecuación a las realidades en constante cambio.

CÓDIGO ALEMÁNEs uno de los frutos tardíos del movimiento codificador, debido a que el método que

imperó fue el propuesto con Savigny, en contravención con la propuesta de Thibaut que exponía la necesidad de un derecho civil general para Alemania (1814), no obstante, también tiene aportaciones valiosas para que impere la familia neorromanista en el mundo, posee una esencia diferente a la del código Napoleónico, debido a las derrotas y humillaciones que los estados alemanes sufrieron a manos de Napoleón produciendo una intensa reacción nacionalista, entra en vigor el 1º de enero de 1900.