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Cultura legalidad

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    CULTURA DELA LEGALIDADEN IBEROAMRICA:

    DESAFOSYEXPERIENCIAS

    Isabel WencesRosa CondeAdrin Bonilla

    (Eds.)

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    Cultura de la Legalidad

    en Iberoamrica:Desafos y Experiencias

    Isabel Wences,

    Rosa Conde y

    Adrin Bonilla (Eds.)

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    Las opiniones que se presentan en este trabajo, as como los anlisis e interpretacio-nes que en l contienen, son responsabilidad exclusiva de sus autores y no reejannecesariamente los puntos de vista de FLACSO ni de las instituciones a las cuales seencuentran vinculados.

    344.09C967c Cultura de la legalidad en Iberoamrica: desafos y experiencias / Isabel

    Wences Edit. ; Rosa Conde, Edit. ; Adrin Bonilla, Edit. 1. ed. SanJos, C.R. : FLACSO, 2014.

    314 p. ; 21 x 15 cm.

    ISBN 978-9977-68-274-7

    1.Iberoamrica Legislacin cultural. 2. Cultura y poltica Iberoamrica. 3. Cultura Principio de legalidad Iberoamrica. I. Wences, Isabel

    Edit. II. Conde, Rosa Edit. III. Bonilla, Adrin Edit. III.Ttulo.

    Crditos

    Correccin de estilo:Alfonso Gamo

    Impreso en San Jos, Costa Ricapor Perspectiva Digital S.A.Junio 2014

    FLACSO Secretara GeneralAdrin Bonilla Soria, Secretario General FLACSO

    Editores:Isabel Wences,Rosa Conde y

    Adrin Bonilla

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    NDICE

    CULTURA DE LA LEGALIDAD EN IBEROAMRICA:DESAFOS Y EXPERIENCIAS

    INTRODUCCIN

    Isabel Wences y Rosa Conde ............................................................ 5

    PRIMERA PARTECULTURA DE LA LEGALIDAD:

    DILEMAS TERICOS Y DESAFOSEN SU CONSTRUCCIN

    Cultura de la legalidad: proyecto y movimientoIsabel Wences y Jos Mara Sauca ................................................ 17

    La cultura de la legalidad comodiscurso acadmico y como prctica poltica.Un reporte desde Amrica LatinaDiego Lpez Medina ........................................................................ 47

    Estado de Derecho, cultura de la legalidad,y buena gobernanzaManuel Villoria y Fernando Jimnez ............................................ 83

    Cultura de la legalidad y buena justiciaJos Juan Toharia ......................................................................... 119

    La responsabilidad social de los medios:un nuevo contrato por el derecho a la informacinJavier Redondo .............................................................................. 137

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    SEGUNDA PARTEESCENARIOS Y EXPERIENCIAS

    SOBRE CULTURA DE LA LEGALIDAD

    Cultura de la legalidad y desigualdad social.Consideraciones sobre el caso espaolMara Luz Morn .......................................................................... 163

    Cultura de la legalidad y conanza poltica en EspaaFrancisco Llera .............................................................................. 195

    Instituciones informales: discusin conceptual yevidencia emprica en el caso ecuatorianoSantiago Basabe-Serrano ............................................................. 219

    Pluralismo jurdico y cultura de la interlegalidad.El caso del derecho indgena en Mxico

    Anna Margherita Russo................................................................ 241

    Accin estratgica y cultura de la informalidad:la reforma judicial en ArgentinaMariana Llanos ............................................................................. 277

    CONCLUSIONESLa cultura de la legalidad:una agenda de investigacin posible

    Adrin Bonilla ............................................................................... 297

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    CULTURA DE LA LEGALIDAD EN IBEROAMRICA:DESAFOS Y EXPERIENCIAS

    INTRODUCCIN

    Isabel Wences y Rosa Conde

    El libro que el lector tiene en sus manos es el resultado de un semina-rio internacional titulado Cultura de la Legalidad en Iberoamrica,que se llev a cabo en el Centro de Estudios Polticos y Constituciona-les (CEPC), en la ciudad de Madrid en el otoo de 2013, fruto de la co-

    laboracin entre el CEPC y la Facultad Latinoamericana de CienciasSociales (FLACSO). El seminario se entronca con una nueva lnea detrabajo puesta en marcha en el CEPC desde enero de 2011.

    El inters del CEPC por Amrica Latina parte del mandato de susestatutos que, en el desarrollo de sus funciones, concede una especialatencin a las cuestiones relativas a las instituciones polticas y jur-dicas propias de los pases latinoamericanos y a las relaciones de estoscon Espaa y el resto de Europa. Relaciones que parten desde los ini-

    cios de la transicin democrtica en Espaa y que se han mantenido,en distintos mbitos y grados, a lo largo de casi ya cuatro dcadas.

    En estos ms de treinta y cinco aos se podran distinguir tres fasesen las relaciones de Espaa con Amrica Latina. Los aos ochenta secaracterizaron, bsicamente, por la existencia de relaciones polticas.Espaa tena la voluntad poltica de acercarse a Amrica Latina y lohizo apoyando plenamente los procesos de pacicacin y democrati-zacin con una clara defensa de los derechos humanos, dinamizandoy profundizando el dilogo poltico y la cooperacin econmica entrela Comunidad Econmica Europea y Amrica Latina, dando un clarorespaldo a los procesos de integracin regional en la zona. La dca-da de los noventa tiene, esencialmente, una dimensin econmica. Esun periodo en el que las empresas espaolas, fundamentalmente decarcter nanciero y de servicios, se abren a los mercados latinoa-mericanos. Un dato reeja esta nueva situacin, entre 1993 y 2000la inversin directa de grandes empresas espaolas en el continentealcanz los setenta y seis mil millones de euros; una cifra, sin duda,

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    Isabel Wences y Rosa Conde

    importante. La dcada con la que se inicia el siglo XXI, aporta unadimensin nueva, el conocimiento. En este proceso, la Ayuda Ocialal Desarrollo (AOD) juega un papel muy signicativo. Pasa de mil no-

    vecientos ochenta y cinco millones en 2004 a cuatro mil cuatrocientosnoventa y uno en 2010. Es decir, pasa del 0,24% de la renta per cpitaen 2004 a un 0,43% en 2010, aunque bien es cierto que la crisis econ-mica y nanciera rompe esta tendencia. Pero lo que es ms relevanteen este tiempo es la cantidad de centros de estudio e investigacinque se consolidan o se crean en las universidades espaolas (Alcal,Carlos III de Madrid, Complutense de Madrid, Pompeu Fabra, Sala-manca, entre otras), en la Administracin Pblica, tanto central comoautonmica y local, (Real Instituto Elcano, Fundacin Carolina, Fun-

    dacin Internacional para Iberoamrica de Administracin y PolticasPblicas) y en la iniciativa privada (Club de Madrid, FRIDE, Funda-cin Ortega y Gasset) que se crean, entre otras cosas, para fortalecerlas relaciones entre Espaa y Amrica Latina. Sin olvidar la puestaen marcha en 2005 de la Secretara General Iberoamericana en laCumbre de Jefes de Estado y Gobierno en Salamanca. Todas estasinstituciones, sealadas solo a modo de ejemplo, fortalecen el inter-cambio y la reexin entre centros espaoles y latinoamericanos, yentre ellos, la prestigiosa Facultad Latinoamericana de Ciencias So-

    ciales ocupa un lugar central.

    Estas tres dimensiones, poltica, econmica y de conocimiento, sin ol-vidar la dimensin cultural que atraviesa a todas ellas, son las quedan solidez a las actuales relaciones entre Amrica Latina y Espaa,y es el contexto en el que el Centro de Estudios Polticos y Constitucio-nales desarrolla su trabajo en relacin con la Amrica hispana y lusa.En estos dos primeros aos de la legislatura, 2012 y 2013, el CEPCha puesto en marcha un Ciclo sobre Cambio poltico y elecciones pre-sidenciales en Amrica Latina; un ciclo sobre Mujer y Poltica enIberoamrica; ha dedicado especial atencin a la celebracin de se-minarios con instituciones latinoamericanas y ha organizado confe-rencias con personalidades relevantes del escenario poltico y jurdico.Y, lo que es ms importante, ha creado una red que pretende llegar alos mil cuatrocientos cuatro antiguos alumnos del CEPC, muchos delos cuales provienen de Amrica Latina y ocupan ahora mismo desta-cados puestos en la academia as como en las altas esferas del poderejecutivo, legislativo y judicial, no solo de muchos pases, sino tam-

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    Introduccin

    bin de organismos internacionales; en esta misma lnea, el CEPCotorga una especial consideracin a los estudiantes latinoamericanosdel Mster de Derecho Constitucional que se imparte, desde hace ya

    dcadas, en su sede del Palacio de Godoy.

    Consciente del gran prestigio acadmico de la FLACSO, el CEPC r-m con ella en el otoo de 2012 un convenio de colaboracin y el pri-mer fruto de ese compromiso de trabajo conjunto fue el seminario queha dado lugar al presente libro. Tanto el encuentro acadmico comola presente monografa ponen de relieve la importancia que las dosinstituciones otorgan a no abordar las cuestiones de inters acad-mico, intelectual y poltico en solitario, sino en hacerlo de forma con-

    junta entre instituciones. El tema elegido, la cultura de la legalidad,refuerza las lneas de trabajo de ambas instituciones. Por una parte,abarca preocupaciones intelectuales a las que FLACSO ha dedicadoimportantes lneas de investigacin. Por otra, su objeto de anlisis esclave en el actual debate poltico y jurdico espaol. El libro pone demaniesto la importancia del debate acadmico sobre la cultura de lalegalidad y el acento en la puesta en valor de La Poltica, con mays-culas, como la va para la solucin de los conictos inherentes a lassociedades actuales.

    El libro analiza diversas dimensiones y escenarios de la cultura de lalegalidad desde la mirada de varias disciplinas de las ciencias socia-les y jurdicas; hemos querido que fuese as porque la cultura de lalegalidad engloba una multiplicidad de dimensiones ticas, polticas,sociales, jurdicas y administrativas y asume diferentes aristas deestudio que, vinculadas entre s, permiten una mejor comprensinde las diferentes dinmicas que forman parte de los sistemas polti-cos democrticos. En concreto, la cultura de la legalidad constituyeun punto de interseccin por el que cruzan un eje de dimensiones delegitimidad y exigencias de fortalecimiento democrtico; otro eje decondiciones de legalidad reforzadas por un constitucionalismo de losderechos; y un tercer eje constituido por distintas facetas que la cul-tura presenta en relacin a los fenmenos sociales y jurdicos que semaniestan a travs de distintos programas polticos.

    El libro se divide en dos partes, la primera se ocupa de los dilemastericos y de los desafos que en su construccin afronta la cultura

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    Isabel Wences y Rosa Conde

    de la legalidad, y la segunda, pone sobre la mesa distintos escenariosy experiencias que sobre alguna o varias de las dimensiones queacompaan a los ejes de la cultura de la legalidad han tenido lugar en

    pases iberoamericanos.

    El captulo que abre el libro tiene como objetivo identicar, ordenare interrelacionar temticas, perspectivas y retos de la cultura de lalegalidad. Isabel Wences y Jos Mara Sauca hacen una propuestade estructuracin, con base en los tres ejes antes mencionados, de loque la cultura de la legalidad, en tanto proyecto y movimiento, debe-ra contemplar. En este trabajo se reejan varias de las iniciativasque ha llevado a cabo el grupo de investigacin sobre el Derecho y la

    Justicia de la Universidad Carlos III de Madrid del que forman parteambos profesores y recoge la estela de un libro anterior que sobre estatemtica Isabel Wences edit junto con Manuel Villoria (2010) y de lostrabajos que se han ido publicando en Eunoma. Revista de cultura dela legalidaddesde el otoo de 2011.

    El segundo captulo, escrito por el profesor de la Universidad de losAndes, Diego Lpez Medina y titulado Cultura de la legalidad comodiscurso acadmico y como prctica poltica. Un reporte desde Amri-

    ca Latina describe la formacin en aos recientes de un movimientotransnacional difuso que estudia y promueve una reactivacin de lacultura de la legalidad como manera de obtener un mayor y mejorcumplimiento de las normas legales por parte de la ciudadana. Estemovimiento se articula en torno a un discurso acadmico y a prcti-cas polticas. El autor bautiza a sus partidarios como mandarinesy practicantes y seala que se especializan en alguna de estas dosformas de intervencin en el rea. El trabajo esboza un mapa de lasprincipales tradiciones acadmicas que hoy son utilizadas como pila-res del movimiento, argumentando que el mismo est caracterizadopor un marcado pluralismo terico que puede generar, como de hecholo hace, falsos consensos entre los promotores del proyecto poltico.

    En especial, el artculo muestra las razones por las cuales el movi-miento (como ideologa y como prctica) se ha expandido en pases deAmrica Latina (en Mxico, Brasil y Colombia con particular fuerza).Lpez Medina subraya que coyunturas recientes de ilegalidad se hansumado a la existencia de una cultura estructural del incumplimien-

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    Introduccin

    to normativo que han hecho atractiva la propuesta de la cultura dela legalidad como idea-fuerza de movimientos tericos y polticos. EnColombia, en particular, el escrito describe el trabajo del intelectual

    y poltico Antanas Mockus y el impacto que sus propuestas, centra-das en la reconstruccin de una cultura ciudadana, de la legalidady de la convivencia han tenido en el debate poltico colombiano. Eleclecticismo terico con el que Mockus elabora sus propuestas le hapermitido dialogar con votantes de izquierda y derecha y, al mismotiempo, proponer una poltica moderna, anti-clientelista y anti-parti-dista que busca apelar a la sensibilidad del voto independiente que seha liberado de las antinomias ideolgicas propias del conicto armadocolombiano.

    Por ltimo, Diego Lpez Medina trata de mostrar cmo el movimien-to por la cultura de la legalidad tiene todava importantes desafostericos por resolver: entre otros, la cultura de la legalidad terminaenfatizando la percepcin (tanto proyectada como interiorizada) se-gn la cual la cultura del incumplimiento es un fenmeno particular-mente atrincherado en la Amrica Latina, reproduciendo as clichsculturales que, ms all de describir disfunciones innegables, acabanpor acentuar en la regin caractersticas estructurales del proyecto

    liberal de legalidad que han sido bien descritas por ciertos sectoresde la teora crtica del derecho; en segundo lugar, el movimiento poruna renovada cultura de la legalidad parece presentarse frecuente-mente como una reedicin del positivismo jurdico y, por tanto, comoun neolegalismo cuando, en varias experiencias latinoamericanas, unproyecto cvico de nomo-orientacin voluntaria ha sido posible a tra-vs de la cultura y de la retrica de los derechos y, por tanto, a travsde la ideologa del Estado constitucional de Derecho. Esta denicin,seala el profesor colombiano, genera tensiones entre mandarines dela cultura de la legalidad que trabajan desde la teora del derechoy amenaza con impedir avances concretos mientras se resuelven losdilemas tericos.

    El segundo captulo, de dos expertos politlogos espaoles, ManuelVilloria y Fernando Jimnez, sobre Estado de Derecho, cultura de lalegalidad, y buena gobernanza parte de la idea de que el concepto decultura de la legalidad adolece de una falta de concrecin que provocaque casi todo pueda entrar en el concepto, imposibilitando su medi-

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    Isabel Wences y Rosa Conde

    cin y su separacin de conceptos anes. El texto tiene como objetivoesencial ofrecer un concepto susceptible de ser una variable medible ycomprobable en diversas sociedades y culturas. Para ello, se distingue

    del concepto de Estado de Derecho (fuertemente institucionalista) yse refuerza su faceta cultural, analizndolo desde la importancia delas creencias e ideas socialmente compartidas y desde la separacinentre normas morales y sociales. En suma, Villoria y Jimnez entien-den por cultura de la legalidad el conjunto de expectativas ciudadanassobre el respeto a la ley y a los procedimientos legales por parte de losgobernantes, los rganos especializados en la ejecucin del derechoy los ciudadanos en general. En el texto se ofrecen unas preguntasque podran indicar el nivel de desarrollo de esta variable cultural

    en diversas sociedades. Finalmente, su perspectiva advierte sobre laimportancia de la legitimidad democrtica y relaciona el concepto conel de buena gobernanza y buen gobierno, para analizar sus conexionesy diferencias, e intenta comprobar si predice o no corrupcin, a efectosde validar su utilidad para predecir conductas sociales.

    Jos Juan Toharia, profesor emrito de la Universidad Autnoma deMadrid, tambin se aproxima a la cultura de la legalidad de la manode su faceta cultural y en su dimensin axiolgica de legitimidad. En

    su trabajo Cultura de la legalidad y buena justicia analiza cmo laexistencia de una cultura de la legalidad consolidada requiere, nece-sariamente, el fomento de una cultura de ciudadana que posibiliteel normal funcionamiento de una sociedad ideolgica y culturalmenteplural, la existencia de una ley comn (sin excepciones, privilegios oimpunidades), y un sistema de justicia que sea moralmente conabley funcionalmente ecaz.

    Desde esta perspectiva, la cultura de la legalidad no es algo que, unavez alcanzado, resulte estable e irreversible. La experiencia enseams bien lo contrario: en todas las democracias se registran, peridi-camente, uctuaciones (de intensidad y efectos variables) en cuantoal grado de identicacin y conanza de la ciudadana con sus institu-ciones. Uno de los elementos institucionales que ms decisivo resultapara estabilizarla es la existencia de lo que el autor considera unabuena justicia. Esta, seala Toharia, es ms fcil de describir que deconstruir y de mantener en la prctica. En este trabajo se sealanalgunas de las condiciones y rasgos que ha de presentar la buena jus-

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    Introduccin

    ticia, as como algunos de los principales factores que pueden hacerlapeligrar o, por el contrario, contribuir a su mejor funcionamiento.

    Para cerrar esta primera parte del libro, Javier Redondo, profesor deCiencia Poltica de la Universidad Carlos III de Madrid, escribe sobreLa responsabilidad social de los medios: un nuevo contrato por el de-recho a la informacin y plantea la nocin de responsabilidad socialde los medios, o periodismo responsable, como un contrato suscritoentre dos tiempos histricos que dan lugar a la concepcin y posteriorredenicin de la libertad de prensa y de las funciones de los medios:el liberal-burgus y el socialdemcrata de postguerra. La nocin seinscribe, por tanto, en el marco del Estado social. Se explican los valo-

    res y principios que la denen, su origen y los problemas que planteasu regulacin. Se ofrecen las dos visiones: la liberal, que cree que essuciente con la autorregulacin (la sujecin tica de los medios); y laintervencionista, que la estima insuciente y cree que deben articu-larse mecanismos de control externos a los propios medios, basndoseen la idea de que a su vez los medios son instrumentos indispensablespara exigir responsabilidad poltica y rendicin de cuentas a repre-sentantes polticos y servidores pblicos. Para introducir la discusinse concibe el universo meditico como un ecosistema en el que cohabi-

    tan instituciones, medios y pblico (sociedad). Todos tienen su partealcuota de responsabilidad en la conservacin del ecosistema.

    En su trabajo, Javier Redondo distingue entre responsabilidad polti-ca y social, subrayndose que los medios estn sujetos a responsabi-lidad social en cuanto que actores no institucionales del sistema. Delbuen ejercicio de dicha responsabilidad, y del el cumplimiento de lasfunciones que de ella se derivan, los medios contribuyen a reforzar lacalidad democrtica, transparentar la esfera pblica, exigir responsa-bilidad poltica y forjar cultura de la legalidad. Se explica, por tanto,la relacin y en consecuencia la inuencia entre las funciones delperiodismo de responsabilidad social y el buen gobierno y de estos conla rendicin de cuentas.

    La segunda parte del libro se centra en mostrar al lector diferentesescenarios o experiencias de distintos pases iberoamericanos (dostrabajos sobre Espaa, uno sobre un pas andino Ecuador, otro so-bre Mxico y uno ltimo coloca la mirada en el cono sur Argentina)

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    donde se desarrollan anlisis y aproximaciones a la cultura de la le-galidad desde sus dimensiones de legitimidad, con base en sus condi-ciones de legalidad o bajo el paraguas de las perspectivas culturales.

    Esta segunda parte se inicia con un trabajo de la profesora de sociolo-ga de la Universidad Complutense de Madrid, Mara Luz Morn, ti-tulado Cultura de la legalidad y desigualdad social. Consideracionessobre el caso espaol. Este trabajo entiende la cultura de la legalidadcomo un elemento de la cultura poltica ms amplia que compartenlos miembros de comunidades o de grupos sociales concretos; es decir,como una subcultura que remite a la concepcin de la justicia. Suobjetivo es analizar la relacin entre la faceta cultural de la cultura de

    la legalidad y la desigualdad social en Espaa dentro del contexto delos profundos cambios econmicos, sociales y culturales que se estnproduciendo al menos desde el inicio de siglo.

    El anlisis deende la relevancia de trabajar en este campo desde unaperspectiva sociopoltica y se esfuerza por plantear propuestas parafuturas lneas de investigacin. La tesis que gua la exposicin es quetomar en cuenta el impacto de las diversas formas de desigualdad so-cial sobre la cultura de la legalidad permite profundizar en las trans-

    formaciones de los vnculos entre los ciudadanos y la esfera poltica.

    Para lograr este propsito, Mara Luz Morn muestra, primero, algu-nos datos de contexto que son claves para comprender los principalesrasgos de la cultura de la legalidad en Espaa y sus tendencias deevolucin. Asimismo, empleando datos de encuestas de opinin, estu-dia el impacto de la desigualdad socioeconmica en algunas dimensio-nes de dicha cultura.

    El profesor de la Universidad del Pas Vasco, Francisco Llera, elaboraun trabajo denominado Cultura de la legalidad y conanza polticaen Espaa en donde parte de la idea de que la cultura de la legalidades un componente o parte de la cultura poltica de una sociedad y, sise quiere, de la propia sociabilidad caracterstica de un pas, en la quela conanza interpersonal constituye uno de los elementos centrales.Es, en denitiva, un mecanismo de autorregulacin individual y so-cial, basado en la armona del sistema normativo (leyes, conviccionesy patrones culturales) y en la responsabilidad individual. Francisco

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    Introduccin

    Llera subraya que la discusin ciudadana, que muestran los datosde opinin, no est tanto en la justicia o injusticia de nuestras leyes,en los principios inspiradores de nuestro sistema normativo o en su

    legitimidad, cuanto en la ecacia desigual de su aplicacin y en lapercepcin de la, tambin, desigual proteccin de los derechos indi-viduales. En su trabajo enfatiza que la crisis econmica y la crisispoltica, con sus correlatos de fractura de la cohesin social y poltica,no han hecho ms que agudizar el contraste entre principios y prc-ticas de la cultura de la legalidad hasta el punto de poder poner enriesgo el mantenimiento del contrato social sobre el que se basa lalegitimidad del Estado de Derecho. En el caso espaol, adems, evi-dencia la debilidad del capital social, la baja conanza interpersonal

    y el carcter poco comprometido y activo de la cultura cvica, factoresque inciden en las prcticas de la cultura de la legalidad, tal como sedescribe con este pequeo muestrario de indicadores, a falta de unestudio ms sistemtico y con ambicin comparativa.

    Santiago Basabe-Serrano, profesor de la FLACSO-Ecuador, es el au-tor del trabajo Instituciones informales: discusin conceptual y evi-dencia emprica en el caso ecuatoriano y en l plantea el debate sobrelas instituciones polticas informales. En el plano terico sostiene que

    la presencia de sanciones externas frente al incumplimiento de lasreglas que conguran una institucin informal es el rasgo clave quepermite diferenciar este concepto de otros aparentemente similares,como el de cultura poltica. En el plano emprico, ofrece dos narrativasanalticas orientadas a evidenciar la presencia de instituciones infor-males en la formacin y mantenimiento de coaliciones legislativas yen la injerencia poltica sobre las Cortes de Justicia. En ambos casos,subraya Basabe-Serrano, se identican los acuerdos, actores, interac-ciones y esencialmente las sanciones que sobrevienen a la violacinde alguna de las reglas que integran las instituciones informales ana-lizadas. El captulo cierra con algunas reexiones en torno a la utili-dad que brinda el concepto de instituciones informales para analizaruna diversidad de fenmenos polticos, ms an en contextos como ellatinoamericano, en los que el Estado de Derecho es constantementeviolentado.

    El noveno captulo viene de la pluma de Anna Margherita Russo, in-vestigadora del Centro de Estudios Polticos y Constitucionales (Pro-

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    Isabel Wences y Rosa Conde

    grama Garca Pelayo). Titulado Pluralismo jurdico y cultura de lainterlegalidad: el caso del derecho indgena en Mxico aborda el temade la cultura de la legalidad a travs una perspectiva trasversal,

    es decir adoptando como objeto de estudio el derecho indgena y surelacin con el sistema jurdico ordinario que lleva directamente almarco ms general del pluralismo jurdico en un ordenamiento com-plejo, tanto desde una perspectiva normativa (sistema federal) comointegrativa (sistema jurisdiccional integrado).

    El trabajo de esta investigadora se estructura en tres partes. En laprimera hace referencia al enfoque utilizado, es decir el pluralismojurdico y la perspectiva de la interlegalidad; en la segunda, analiza

    el problema de la coexistencia entre distintas culturas legales en unmismo espacio jurdico-territorial, analizando el impacto tanto de fac-tores externos (derecho internacional de los derechos humanos) comode factores internos (cambios constitucionales, movimientos de mo-vilizacin indgena, etc.) sobre la hibridacin de las culturas legales,con especial hincapi en la justicia del derecho indgena y en algunasexperiencias desarrolladas dentro y fuera del marco legal ocial. Lasconclusiones se exponen mediante preguntas que abren camino a fu-turas investigaciones y a travs de las cuales se subraya la especial

    atencin hacia los operadores jurdicos a n de implementar una cul-tura interlegal.

    El ltimo trabajo es de Mariana Llanos, investigadora del GIGA Ins-tituto de Estudios Latinoamericanos con sede en Hamburgo. Su tra-bajo, denominado Accin estratgica y cultura de la informalidad: lareforma judicial en Argentina, estudia las relaciones entre el PoderEjecutivo y la Corte Suprema de Justicia en Argentina a travs de unmicro-anlisis del proceso poltico en torno a la aprobacin de la pro-puesta del gobierno para la reforma del Consejo de la Magistratura.Dicho proceso comenz con el tratamiento y la aprobacin parlamen-taria de un paquete de leyes de reforma judicial, sigui con la judicia-lizacin de tal reforma (particularmente de la ley de reforma del Con-sejo de la Magistratura), y culmin en octubre de 2013 con el fallo dela Corte Suprema sobre la Ley de Servicios Audiovisuales. En mediode tal proceso tuvieron lugar dos decisiones importantes de la CorteSuprema, la primera en contra y la segunda a favor del Gobierno. Elpropsito de este trabajo no es analizar estas decisiones en s, sino el

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    Introduccin

    modo en que la Corte desarroll sus relaciones con el poder poltico enel proceso de elaboracin de esas decisiones y, en ese sentido, su apro-ximacin se encuadra en la perspectiva cultural de la cultura de la

    legalidad. Llanos destaca que el comportamiento de la Corte Supremaargentina (manifestado principalmente a travs de su presidencia)se caracteriz por la comunicacin informal y el manejo tctico de lostiempos. Recurriendo a elementos de la teora del comportamientoestratgico, Mariana Llanos explica tal comportamiento subrayando:primero, que los jueces persiguen varios objetivos con sus decisiones;segundo, que incluyen en sus decisiones la percepcin que poseen delas preferencias de los otros actores relevantes; y tercero, que actanen un determinado contexto de reglas institucionales. En cuanto a

    esto ltimo, se sostiene que solo tomando en cuenta la prevalencia deciertas prcticas informales, con sustento en caractersticas de la so-cializacin legal, se puede entender el modo en que la Corte Supremanaveg estratgicamente a lo largo de estos meses.

    El libro se cierra con unas conclusiones que elabora Adrin Bonilla,Secretario General de la FLACSO y coordinador, junto con IsabelWences y Rosa Conde, del seminario donde se sembr la semilla deeste libro.

    A travs de diez trabajos Cultura de la legalidad en Iberoamrica: de-safos y experienciasaspira a ser una modesta contribucin al debateterico y conceptual de un ambicioso proyecto, el de la cultura de lalegalidad, poniendo el acento en su dimensin social, jurdica y, espe-cialmente, poltica y lo hace desde una mirada iberoamericana. Es-pecialistas de ambos lados del Atlntico debatieron durante dos dassobre diversas dimensiones de este proyecto y, fruto de ese debate, esesta publicacin que ahora les presentamos.

    Madrid, 10 de febrero de 2014

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    CULTURA DE LA LEGALIDAD: PROYECTO Y MOVIMIENTO

    Isabel Wences y Jos Mara Sauca

    Tlalticpac toquictin ties

    (La tierra ser como sean los hombres. Proverbio nhuatl)

    La tarea ms urgente de cara al nuevo milenio, seal el recientementefallecido historiador Eric Hobsbawm, consiste en que los hombres ylas mujeres vuelvan a los grandes proyectos de edicar una sociedadmejor, ms justa y ms viable. Sin la fe en que estamos empeadosen grandes tareas colectivas no se consigue nada () Y hay lugar

    para la esperanza (Hobsbawm, 1999:13). Es en el marco de estegran desafo que plantamos la pequea semilla de la cultura de lalegalidad entendiendo por ella tanto un proyecto como un movimiento.Proyecto en el sentido de representar en perspectiva algo que seconsidera importante y que, en consecuencia, se pretende ejecutar enforma de principios y prcticas. A la realidad hay que aproximarsecon el objetivo de mejorarla y si en algo pueden inspirarnos lasnotas distintivas de la razn clsica es en el pensamiento crtico, ladialctica y el proyecto de transformacin. La cultura de la legalidad

    tambin es un movimiento1

    , en tanto que podemos entenderlo como eldesarrollo y propagacin de una tendencia poltica, social y jurdicade carcter innovadora. En este proyecto y en este movimientoconcurren, en diversos sentidos, varias fuerzas que adoptan la formade instituciones, procesos, estructuras y valores y en cuyo vigorparticipan dimensiones de legitimidad, condiciones de legalidad yperspectivas en torno a la cultura.

    Nuestro trabajo no pretende ser una aproximacin analtica. Lo que

    ofrecemos al lector es el resultado de un ejercicio de identicacin,ordenacin e interrelacin de temticas, perspectivas y retos de loque llamamos cultura de la legalidad. El n que perseguimos conello es disear marcos generales de debate que exponemos en formade ejes. Estos ejes se presentan de manera diferenciada, a efectosexpositivos, pero se debe subrayar que sus contenidos se entrecruzancontinuamente.

    1 El germen de esta perspectiva se la debemos a Diego Lpez Medina. Vase su trabajo en este

    mismo libro.

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    1. Primer eje: Dimensiones y exigencias de legitimidad ylegitimacin

    La legitimidad y la legitimacin son requisitos medulares de lacultura de la legalidad, tanto desde una perspectiva jurdica,como desde el ngulo de la poltica. En la primera perspectivadestacaremos tres dimensiones de carcter formal, moral y social. Enla segunda perspectiva ponemos el acento en dos exigencias, la delfortalecimiento de la democracia y la de examinar el funcionamientode las democracias a n de evaluar su calidad con base en ciertosparmetros o estndares.

    1.1. Dimensiones jurdicas de legitimidad y legitimacin

    Al referirnos a dimensiones jurdicas de legitimidad entramos alterreno de lo axiolgico, en tanto que estamos aludiendo a la idea dejusticacin y ello necesariamente implica la presencia de contenidosde tipo valorativo. En esta esfera el acento se encuentra, primero,en las condiciones formales exigibles a la produccin normativa;segundo, en el debate sobre el compromiso moral del deber de acatarla ley y, tercero, en el consenso social relativo a la aceptacin de esaproduccin normativa.

    La cultura de la legalidad no solo implica la presencia de unaformulacin jurdica, sino que acenta la trascendencia valorativaque esta formulacin implica. Valores relativos a la publicidad,previsibilidad, generalidad, objetividad, abstraccin, distribucinde funciones o poderes jurdicos, etc. suelen caracterizar lasformulaciones estructurales de los sistemas jurdicos contemporneosy pueden tener, siquiera de una forma mnima, relevancia moral.En especial, estas dimensiones formales del Derecho constituyen

    una limitacin procedimental del ejercicio del poder poltico y estehecho supone, en denitiva, la existencia de una opcin moral. Pordems, los lineamientos generales proclamados por la mayora de losEstados que forman el orden internacional contemporneo suponen laincorporacin, al menos de una manera difusa o puramente nominativa,de valores y prerrogativas relativas a la justicia, la paz o los derechoshumanos. Sin embargo, la incorporacin a los ordenamientos jurdicosvigentes de estos principios o, al menos de alguno de ellos, supone laadhesin del Derecho a algunos valores con rango prevalente que, en

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    la medida en que el sistema jurdico funcione con respeto a la propialgica que caracteriza al Derecho desde un punto de vista formal(principio de legalidad, supremaca constitucional, interpretacin

    conforme, etc.), contribuye a su conversin en un agente de moralidadpoltica y, por tanto, de legitimidad.

    La legitimidad del Derecho alude a la problemtica de su justicacinmoral. Obviamente, pareciera que la legitimidad coadyuva a generarconsenso y facilita el cumplimiento del proceso de aceptacin de laproduccin normativa (Fernndez Garca, 1987). El foco de atencinse traslada de la relevancia moral de la estructura jurdica al de laplausibilidad moral, tericamente justicada, de los contenidos del

    orden jurdico en cuestin o de su autoridad creadora. Las estrategiasde anlisis suelen diferir en cuanto a su presentacin. Una estrategiasupone promover algn tipo de presupuesto metatico que justiquela objetividad de los contenidos morales del Derecho. La estrategiaalternativa declina la pretensin objetivista de corte metatico y optapor asumir el carcter ideolgico de las apuestas morales. Ambos tiposde estrategias suelen conducir a plantear la cuestin de la temticaclsica de la obediencia al Derecho. Esta viene a preguntarse por lasrazones o motivaciones por las cuales se tiene que obedecer, lo que

    implica entrar en el mbito de la obligacin poltica. La naturalezade dicha obligacin se vincula con el fundamento ltimo del poderque Norberto Bobbio situara como uno de los temas centrales de lalosofa poltica y que busca responder a las clsicas cuestiones de aquin obedecer y por qu? (Bobbio, 1989). La cuestin nos conduce alfundamento de lo jurdico que a lo largo de la historia se ha formuladocon base en diversos principios de legitimidad; es decir, a las distintasmaneras a travs de las cuales se han ofrecido razones para justicarel mando de quien detenta el poder y la obediencia de quien lo acata.

    Solo la legitimidad hace del poder de imponer obligaciones un derechoy de la obediencia de los receptores la existencia un deber.

    En denitiva, la legitimidad coadyuva a generar consenso en torno ala aceptacin de la ley y su aplicacin y stas reclaman un principiode obediencia que contribuye a convalidar su legitimidad (FernndezGarca, 1987). Por ello, los defensores de la justicacin de la obedienciaal Derecho requieren de especicaciones suplementarias en torno a laamplitud de esta exigencia. Como seala Fernndez, la obligacin

    moral de obediencia al Derecho es una obligacin selectiva que est

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    dirigida exclusivamente al Derecho justo, es decir, a la norma jurdicajusta (Fernndez, 2011: 117).

    Otra cuestin que conviene tener en cuenta es la que se reere a lalegitimacin. Independientemente de las variables de justicacinmoral que se puedan utilizar para predicar la legitimidad de unorden jurdico, la legitimacin hace referencia a la cuestin emprico-sociolgica atinente a la percepcin de la legitimidad del Derechopor parte de los destinatarios del mismo. Cabe insistir ahora en lavinculacin entre legalidad, en el sentido de ordenamiento jurdicovigente, legitimidad y legitimacin. Toda legalidad proclama algnprincipio de justicacin, algn principio de legitimidad. En el caso de

    que sea aceptada esa reclamacin de legitimidad o, por mejor decir,en la medida en que sea exitosa esa aceptacin, se generar un efecto,producto o resultado que suele denominarse legitimacin (Jongitud,2005). Cuando hablamos de legitimacin conviene distinguir entre sufaceta sociolgica y su faceta tica. Desde su dimensin sociolgica,la legitimacin adquiere el sentido de una indagacin de los motivospor los cuales una comunidad acepta y aprueba, de hecho, un ordenjurdico estatal (Zippelius, 1985: 123). Esta dimensin no se ocupa decomprobar si la actitud observada se encuentra tambin justicada.

    En cambio, la legitimacin tica no solo explica el por qu y elcmo una comunidad acepta y aprueba el orden jurdico, sino quepretende demostrar que es legtimo (Zippelius, 1985: 123). Es decir,la legitimacin tica pretende dilucidar el punto de vista interno delos participantes en un sistema jurdico; intenta profundizar en eluniverso simblico y cultural por el que una poblacin sometida a undeterminado orden jurdico participa de una compartida psicologasocial en virtud de la cual entiende justicado el orden jurdico enel que desarrolla su vida social. De esta forma, se va ms all de

    la consideracin de los criterios sociolgicos de valoracin moraldel Derecho y de la observacin de la aceptabilidad abstracta; laatencin se centra en las razones por las cuales resulta moralmenteconvincente a esa poblacin, al menos en un nivel aceptable, losvalores y principios que sostiene su Derecho. En consecuencia, loexamina desde parmetros axiolgicos tales como, por ejemplo, lafuncin ordenadora y pacicadora del ordenamiento jurdico, elestablecimiento de un orden justo que preserve a los individuos elmximo de autodeterminacin, o la exigencia de conabilidad moral

    adems de eciencia tcnica (Toharia, en este mismo libro).

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    De lo expuesto anteriormente, se puede colegir que la juridicidadentraa algunas dimensiones procedimentales que aspiran alreconocimiento de cierta signicacin moral. Esta pretensin formal se

    acompaa de la aspiracin de detentar algn principio de legitimidaden su favor y ste, en justicar un deber de obediencia. Esta cuestinpresenta diversas aristas que no por falta de consenso se debeaparcar, sino abrirse al debate acadmico. Como ilustraba Rousseau,el ms fuerte no lo es jams bastante para ser siempre el amo, si notransforma la fuerza en derecho y la obediencia en deber (Rousseau,El contrato social, captulo III). Una preocupacin similar se desprendede los consejos de Platn cuando seala que el legislador tiene dosmedios para hacer observar las leyes, la persuasin y la fuerza y

    tienen que aprender que la fuerza no puede ser el nico resorte delcual servirse, sino que es necesario aprender a moderar la fuerzapor medio de la persuasin (Platn, Repblica, II, 365 d). El Derechorequiere siempre apuntalar su imperio con adhesin. La ontologa dela dominacin requiere para su propia continuidad de la deontologa.Por ello, el Derecho va a recurrir a todo principio que sea susceptiblede facilitarle esta conversin del hecho de la obediencia en deber deobediencia. Razones formales derivadas de la propia estructura de lojurdico, se articulan con razones morales con pretensin trascendente

    y con la mentalidad social imperante. Esta pretensin de acatamientolegitimado supone un refuerzo de extraordinaria relevancia para lacontinuidad de la dominacin y su progresivo perfeccionamiento.El estudio de esta que podramos denominar circularidad sistmicaconstituye uno de los ejes de anlisis de la cultura de la legalidad. Unode sus grandes retos viene constituido por la pretensin de perlar loscontenidos y estrategias argumentativas que constituyen esta lgicade la juridicidad y su justicacin. Creemos que la senda fundamentala recorrer en este reto se orienta hacia el estudio de la democraciay de lo que denominamos el fortalecimiento o empoderamientodemocrtico.

    1.2. Fortalecimiento democrtico y calidad democrtica. Dos exigenciaspara la cultura de la legalidad

    Cuando hablamos de legitimidad como dimensin central de la culturade la legalidad, la mirada no solo se dirige a la ley, sino adems alejercicio del poder. Este ltimo tambin debe ocupar nuestra atencin

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    dado que desde una perspectiva poltica es necesario tener en cuentael apoyo, consentimiento y aceptacin de la ciudadana sobre elorden poltico y la accin de las instituciones. Solo un poder poltico

    percibido como legtimo ser mayoritariamente obedecido, por tantoel proyecto de la cultura de la legalidad debe apostar por principios yprcticas que justiquen la conveniencia del mandato y la obedienciade un poder poltico determinado. Pero no solo se debe apostar pormecanismos que ofrezcan a los ciudadanos razones para que aceptenal poder poltico con la menor dosis de coaccin posible, sino que esnecesario incorporar razones y valores morales que atribuyan al poderpoltico el derecho a gobernar y a exigir obediencia.

    Existe un amplio consenso en considerar que la democracia esel nico sistema poltico legtimo, pero nos encontramos con lasiguiente paradoja: la gran mayora de los ciudadanos le otorgan suapoyo cuando la entienden como forma de gobierno, a la vez que lavaloran desfavorablemente cuando han de juzgar su funcionamientoconcreto (Llera, 2012 y Valencia, 2013). Para afrontar esta situacin,dos exigencias adquieren un especial inters. Por un lado, la defortalecer la democracia mediante frmulas de buena gobernanza ybuen gobierno y, por el otro, la de hacer presentes las condiciones de

    legalidad (lo que aqu hemos delineado como segundo eje de la culturade la legalidad) en los mecanismos empleados para evaluar la calidadde la democracia.

    En cuanto a la demanda de fortalecimiento democrtico, la culturade la legalidad apuesta por un impulso tico que se cristalice engeneracin de conanza poltica y prcticas basadas en principios deintegridad, transparencia, responsabilidad, rendicin de cuentas2;todo ello en el marco de la buena gobernanza y el buen gobierno. Dado

    que estos conceptos adolecen de imprecisin descriptiva y prescriptiva,conviene hacer unas breves aclaraciones. La gobernanza, nacida enla segunda mitad de los noventa y sujeta a una notable evolucinsemntica (Mayntz, 2000), se reere a un estilo de gobierno que sealeja del tradicional modelo de regulacin jerrquico del Estado,as como del mercado, y que se caracteriza por un mayor grado deinteraccin y de cooperacin entre el Estado, los actores no estatalesy las redes entre organizaciones. Cuando se habla de gobernanza se

    2 Sobre estos principios y su desafo, vase Villoria y Wences (2010).

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    est aludiendo a instituciones, reglas y procesos mediante los cualeslos actores polticos y sociales desempean prcticas de intercambio,coordinacin, control y adopcin de decisiones en los sistemas

    democrticos; y se caracteriza porque: (a) supera la exclusividad de lasinstituciones y actores estatales en la gestin de los asuntos pblicos;(b) reconoce la pluralidad de actores sociales con posibilidad deintervenir en dicha gestin; (c) e implica interdependencia entre ellosde modo que induce su cooperacin y participacin en la adopcin dedecisiones pblicas y en la asuncin de responsabilidades de carctercolectivo o inters general (Natera, 2005: 56). En la misma lnea ycon base en una perspectiva policntrica, Whittingham propone unadenicin de la gobernanza como realizacin de relaciones polticas

    entre diversos actores involucrados en el proceso de decidir, ejecutar yevaluar decisiones sobre asuntos de inters pblico, proceso que puedeser caracterizado como un juego de poder, en el cual competencia ycooperacin coexisten como reglas posibles; y que incluye institucionestanto formales como informales (Whittingham, 2005).

    El anterior enfoque descriptivo se acompaa de una perspectivanormativa o prescriptiva de la gobernanza que se denominabuena gobernanza y que se reere al acomodo de las capacidades

    institucionales de los sistemas polticos con el objeto de promover eldesarrollo poltico, social y econmico. Sin embargo, aqu tambinnos encontramos con una amplia gama de deniciones que presentanproblemas, principalmente, en tres mbitos: son excesivamenteamplias, son funcionalistas y/o dirigen su atencin particularmentea la corrupcin; estos problemas se vuelven ms complejos cuandose pretende defender que la buena gobernanza promueve crecimientoeconmico (Sundaram y Chowdhury, 2013).

    En sus inicios la buena gobernanza se asoci a los proyectos de ayudaal desarrollo impulsados por las agencias multilaterales (FondoMonetario Internacional, Banco Mundial, entre otros). Con el tiempo,comenz a ir ms all de medidas tecnocrticas que pretendan mejorarla ecacia del gobierno; de la construccin de un marco jurdico quefomentara un desarrollo sustentado en el mercado; de una agendaque se limitaba a eliminar prcticas como corrupcin, clientelismo,nepotismo, discriminacin o amiguismo; y de la superacin de laextendida creencia de que la mejor opcin para superar el fracaso

    gubernamental y fomentar el desarrollo pasaba necesariamente por

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    la instauracin de un gobierno mnimo, tal y como entenda y difundael Consenso de Washington, quien se encarg de enarbolar la banderade su propia buena gobernanza, inspirada en la ortodoxia neoliberal

    que apostaba por la privatizacin y la desregulacin, la liberalizacindel mercado o las polticas de ajuste presupuestario (Dagnino, 2006;Rabotnikov, 1999).

    Los problemas que gener esta visin condujeron a reconocer que eldesarrollo no poda percibirse de forma aislada, sino que deba tomaren cuenta el poder, la poltica y la conictividad social y conectarsecon el entramado poltico institucional. La apuesta por minimizarel Estado choc de frente con la propuesta de generar instituciones

    de calidad capaces de proporcionar, entre otros, seguridad jurdica,imparcialidad o previsibilidad, como pueden ser una AdministracinPblica meritocrtica o una Judicatura independiente3. Ahora bien,conviene dejar claro que no existen frmulas cerradas de buenasprcticas e instituciones con carcter de universalidad; la cultura dela legalidad alienta la creacin de instituciones de calidad, pero ello nosignica la imposicin de un conjunto jo de normas e instituciones quealgunos generalmente los occidentales consideran superiores (Kim,2009). La buena gobernanza debe considerar el contexto y la realidad

    local en la que se desenvuelve a n de evitar que las prioridades seandeterminadas por agentes externos y que la agenda se convierta enun conjunto de frmulas que acaben imponiendo, en una determinadacomunidad, un modelo de gobierno inadecuado o que exijan reformasy estndares altos de gobernanza que sean poco realistas y terminenpor desencadenar consecuencias adversas (Andrews, 2010).

    El punto relativo a la exigencia de la buena gobernanza va de la manodel buen gobierno. Este ltimo no alude nicamente a la obligacin

    de que el proceso de toma de decisiones se realice en el marco de lalegalidad eso es evidente, sino al compromiso de que esas decisionesy los recursos y conductas a ella asociados se ajusten al intersde la comunidad. La mirada en la buena gobernanza y en el buengobierno, como componentes centrales de la cultura de la legalidad,cristaliza en principios y prcticas tales como la tica del servicio

    3 A partir de entonces comenz a crecer la literatura acerca de lo mucho que importan lasinstituciones y se ha desatado un debate entre quienes sostienen que las reformas de la buenagobernanza aceleran el crecimiento econmico y los que intentan demostrar que una mayortransparencia, responsabilidad y participacin son a menudo consecuencias, en vez de causas

    directas, de un desarrollo ms rpido (Sundaram y Chowdhury, 2013: 448).

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    pblico, la integridad, la transparencia, la rendicin de cuentas y laresponsabilidad; todas ellas necesariamente inuyen en la conanzasocial y poltica. Algunos breves trazos sobre cada una de ellas nos

    pueden ofrecer luz sobre su importancia para la cultura de la legalidady para la orientacin de futuras investigaciones. Lo que precisa elimperativo de la tica al servicio pblico es determinar y demarcar losprincipios ticos que han de orientar la actividad de los que prestanun servicio pblico y la actividad de las administraciones pblicas.Algunos de estos principios son el respeto, ofreciendo un trato dignoa los dems; la imparcialidad y la no discriminacin; la honradez, elprincipio de la responsabilidad; as como la no malecencia (evitarel hbito de hacer el mal o causar dao, sea por accin mediante,

    por ejemplo, el despilfarro, la obtencin de comisiones, el uso de lainformacin para el benecio propio, la difusin de informacinprivilegiada; sea por omisin a travs de conductas como, por ejemplo,negligencia, incompetencia o descuido). Todos estos principiosdebern concretarse en acciones, reglas y procedimientos acordes conel contexto en el que se desenvuelven. En suma, la tica aplicada alservicio pblico conlleva una doble direccin. Por una va circula la ticaen las administraciones pblicas, es decir, aplicada a las actividadesque realiza el servidor pblico (mdico, profesor, administrador, etc.);

    y por la otra va circula la tica de las administraciones pblicas, esdecir, la tica aplicada a las estructuras sobre las que se asientan losservicios pblicos (Ausn, 2010).

    Relacionada directamente con el anterior principio se encuentra lavirtud de la integridad, la cual debera acompaar a todo servidorpblico. Consiste en actuar en coherencia con el principio de serviciopblico y los valores a l asociados tales como imparcialidad, ecacia,transparencia y legalidad. Para que esto sea viable en la prctica,

    adems de la educacin se requieren una serie de instrumentos yestructuras holsticamente integrados (Villoria, 2011: 109).

    Uno de los derechos fundamentales de los ciudadanos es el derechoa la informacin y para que puedan ejercerlo es ineludible, seala elpresidente de Transparencia Internacional Espaa, la existencia deun sistema poltico, jurdico y econmico realmente transparente, esdecir, que los ciudadanos reciban o, al menos, tengan acceso a unainformacin ms rpida y detallada de todo lo que ocurre y se decide

    en las distintas instituciones pblicaspertenecientes a los tres poderes

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    que vertebran la sociedad: legislativo, ejecutivo y judicial, as comoen las entidades privadas (empresas e instituciones no lucrativas)en aquello que est relacionado con el inters pblico (Lizcano,

    2012: 161). En el marco de la cultura de la legalidad, el combate ala corrupcin se encuentra entre sus objetivos centrales y una delas armas con que cuenta para este reto es la transparencia, dadoque su existencia, a travs de una serie de reglas y procedimientos,constituye una de las vas para controlar a los poderes pblicos.

    De la mano de la transparencia camina la rendicin de cuentas. Elproblema de cmo limitar el poder, evitar sus abusos y someterlo areglas ha sido objeto de atencin desde la Antigedad. El argumento

    que emplea Platn para justicar la existencia de un rgano de controldenominado los auditores, que hace las veces de corregidoresdivinos, es de una contundencia aleccionadora: Siempre que los queinspeccionan a los magistrados sean mejores que ellos y las auditorassucedan con una justicia irreprochable y de manera incorruptible, elpas y el Estado entero orecen y son felices. Por el contrario, cuandolas rendiciones de cuentas de los magistrados se hacen de otra manera,toda la estructura poltica se desmiembra y rpidamente se destruye(Platn, Leyes, Libro XII, 945 d).

    El mecanismo de la rendicin de cuentas puede ayudar, sin duda, amitigar la preocupacin por el abuso del poder. A travs de su ejerciciovertical, horizontal y transversal vericamos, supervisamos,restringimos y distribuimos el ejercicio del poder e instamos a quenuestros representantes y servidores pblicos informen, respondan yjustiquen sus actos, sus decisiones y sus planes de accin y quedensujetos a las sanciones y recompensas procedentes y claramenteestablecidas (Wences, 2010).

    La exigencia de fortalecimiento de la democracia a travs deuna buena gobernanza y un buen gobierno requiere tambin deldispositivo de la responsabilidad. La cuestin de la relacin entrepoder y responsabilidad ha sido fundamental a lo largo de la historiadel pensamiento poltico; el lsofo alemn Hans Jonas deca quequien ambicione poder debe cargarse de responsabilidad (Jonas,1995); los ciudadanos aspiramos a cargos de representacin polticao a ejercer el servicio pblico por voluntad y si tomamos esa decisindebemos hacerlo conscientes de lo que signica dicho ejercicio y de las

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    consecuencias de nuestra conducta. La responsabilidad consiste enuna obligacin de calcular las consecuencias de las propias accionesantes de actuar. A la hora de tomar decisiones y actuar, las intenciones

    se desdibujan y lo que destella son los resultados. En este quehacer laresponsabilidad juega un papel central, y en el marco de la cultura dela legalidad su exigencia puede tener carcter tico, jurdico o poltico.En cuanto a la primera, solo quisiramos apuntar dos ideas centrales.De acuerdo con Manuel Cruz, la responsabilidad tica tiene comorasgo denitorio la intersubjetividad dado que no es posible plantearlaen trminos de hermenutica privada; el sujeto no responde a solas,sin un ante quin responder, que nos interpele con su reclamacin,no hay responsabilidad posible (Cruz, 1999: 15-16). Pero tambin

    es factible, subraya Roberto Aramayo, que la responsabilidad ticapueda dirimirse en el fuero interno de nuestra conciencia moral,donde cabe responder ante uno mismo y sentirse responsable moralde nuestras acciones u omisiones, rindiendo cuentas ante la gurakantiana del tribunal de nuestra conciencia (Aramayo, 2011: 124).

    La responsabilidad jurdica tambin resulta central para la culturade la legalidad. No solo cobra importancia la calidad normativa enrelacin a los dos tipos principales que la concretan (las sanciones

    penales y administrativas que castigan a quien ha hecho dao yla de carcter civil tanto contractual como extracontractual), sinootras cuestiones tales como el debate sobre dnde est el lmitede la responsabilidad de la Administracin y dnde el del deber desoportar de los ciudadanos? (Garca Amado, 2010: 69). Denir laresponsabilidad poltica es mucho ms problemtico y controvertido(Ferrajoli, 2007: 37), pero resulta urgente que quienes deenden lacultura de la legalidad dirijan esfuerzos en la consecucin de esteobjetivo porque no ser consecuentes con ella hace que el sistema

    democrtico pierda legitimidad.Todos estos principios y prcticas son indispensables para generarconanza, una virtud que se encuentra, expresa con acierto JohnDunn, en la mdula de todos los procesos polticos (Dunn, 1993: 641),se alcanza reforzando hbitos y generando convicciones (Cortina,1998: 160), pero que, como si de un castillo se tratara, es arduo deconstruir, fcil de demoler y difcil de re-edicar. La conanza tieneuna dimensin social y otra poltica, la primera (acorde con el vocablo

    trust) se reserva para las actitudes hacia los individuos, pertenece a

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    la esfera privada y es una caracterstica de las relaciones personalesbasadas en las experiencias y los conocimientos de primera mano;la segunda (afn al vocablo condence) dirigida a las instituciones,

    pertenece a la esfera pblica y poltica y se construye en base afuentes secundarias, en especial a los medios de comunicacin demasas (Montero et al. 2008: 20). La conanza poltica, sintetizaFrancisco Llera en este mismo libro, se reere a las valoracionesde los ciudadanos sobre las instituciones, los lderes polticos olos resultados de la gestin poltica, en la medida en que cumplensus expectativas y les consideran, entre otros, crebles, ecientes,competentes, transparentes, justos, correctos, honestos. Cuando laconanza se reere al funcionamiento del sistema institucional en

    general, se habla de conanza difusa, mientras que cuando aludea instituciones especcas del propio rgimen poltico, se habla deconanza especca.

    La segunda de las exigencias de legitimidad de la cultura de lalegalidad se enmarca en los esfuerzos dirigidos a examinar elfuncionamiento de las democracias y a evaluar su calidad con baseen ciertos parmetros o estndares. En el marco de la cultura de lalegalidad dichos esfuerzos deben ir ms all de una mera atencin a

    la calidad de los mecanismos que pautan la garanta de los derechosde acceso al poder poltico (Mazzuca, 2003) e incorporar otros retosque tomen en consideracin aspectos como la corrupcin, la adopcinarbitraria de decisiones polticas, el clientelismo o la impunidad conla que se manejan los agentes pblicos. En este sentido, mecanismosque controlan el ejercicio del poder poltico ms all de las elecciones(ODonnell, 2001), la inclusin de estndares de calidad como elEstado de Derecho (Diamond y Morlino, 2004) o dimensiones relativasal grado de cumplimiento de las normas jurdicas (Villoria y Jimnez,

    en este libro) deberan ser tomados en cuenta en los anlisis de lacalidad de la democracia. De lo anterior se deduce que la cultura de lalegalidad debe aspirar a convertirse en un componente central de lacalidad democrtica.

    En suma, el primer eje de la cultura de la legalidad se conguracon dimensiones de legitimidad y legitimacin jurdica y poltica,y con exigencias de fortalecimiento democrtico. Por diferentesvas e intensidades se vincula con las condiciones de legalidad que

    detallamos a continuacin.

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    2. Segundo eje: Condiciones de legalidad

    El segundo eje de la cultura de la legalidad, centrado en las condicionesde legalidad, cruza por tres escenarios que, aun cuando presentanparticularidades especcas, no son excluyentes entre s, ms bienconguran distintas escenografas de una misma obra. El primero esel escenario relativo al entramado institucional congurado en tornoa la existencia de normas formales dotadas de notas de generalidady abstraccin; el segundo escenario es el relativo a la lucha contralas transgresiones de la ley y sus consecuencias sociales; el tercerescenario tiene que ver con el desarrollo de nuevas maneras deproduccin normativa y de apertura a frmulas de pluralismo jurdico.

    Por supuesto, el trmino clave aqu es legalidad por lo que debemoscomenzar por su claricacin. El concepto de legalidad tiene unadoble dimensin poltico-jurdica. Si la observamos desde los ojosde la ciencia poltica, la legalidad es un requisito y un atributo delpoder que presume lmites al ejercicio del mismo. El poder es legaly acta legalmente en tanto se encuentre constituido de acuerdocon un determinado conjunto de normas y se ejerza con apego a unconjunto de reglas establecidas previamente. Desde esta perspectiva,la nocin de legalidad presenta estrechos vnculos con la legitimidad;la legalidad se reere al ejercicio del poder e intenta responder a lapregunta cmo se ejerce dicho poder?, en tanto que la legitimidadalude a su titularidad y se interroga sobre cul es el fundamentode un poder determinado? Para el soberano, la legitimidad es la quefunda su derecho y la legalidad la que establece su deber; para elciudadano, la legitimidad del poder es el fundamento de su deberde obediencia y la legalidad del poder es la garanta central de suderecho a no ser oprimido (Bobbio, 1981: 860). A la luz de lo indicado,

    se presentan, en principio, dos niveles de relacin entre las leyes yel poder poltico. El primer nivel, propio de la legitimidad, dirige suatencin al sustento jurdico de la titularidad del poder; el segundonivel atiende al ejercicio del poder con base en su adhesin a un acervode normas que le da la condicin de legal. Es este segundo nivel dela relacin entre el derecho y el poder poltico el que se encuentra enla mirada de la legalidad desde los ojos de la ciencia jurdica. Aqula legalidad alude a la adecuacin de los actos de autoridad a unconjunto de disposiciones legales establecidas en un lugar y tiempo

    determinado.

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    Esbozadas estas cuestiones, podemos articularlos distintos escenariosde las condiciones de legalidad de la cultura de la legalidad.

    2.1. Primer escenario

    El primer escenario es el relativo al entramado institucionalcongurado en torno a la existencia de normas formales dotadas denotas de generalidad y abstraccin. Aqu se abrigan tres principios.Por un lado, el Estado de Derecho; por el otro, el imperio de la ley; y,por ltimo, el principio de legalidad.

    Sin ignorar, pero dejando por el momento al margen la discusinsobre las divergencias y contradicciones de la expresin Estado

    de Derecho, y a los efectos que aqu interesan sobre su relevanciaen la teora y en la praxis poltica, ponemos el acento en cuatrorequerimientos de dicho principio. Primero, el del gobierno de lasleyes que supone la sustitucin de aquellas prcticas ideolgicas quese ven identicadas con la famosa expresin de Luis XIV L Etat cestmoi; la historia del pensamiento poltico occidental est atravesadapor la mxima de qu es mejor, el gobierno de las leyes o el gobiernode los hombres? aun cuando ya hace siglos que se sentenci que losgobernantes deben ser, en palabras de Platn, servidores de la ley

    porque la ley no tiene pasiones agregara su discpulo Aristteles.El segundo requerimiento es la produccin democrtica de la ley, loque supone que la ley expresa la voluntad general, persigue la ideadel bien comn, implica la participacin efectiva en su elaboracinde todo obligado por la misma, refuerza la legitimidad de los rganosde produccin normativa en relacin directa con su ms intensarepresentacin democrtica, entre otras condiciones (Sauca et al.,2009). El tercer requerimiento es la proteccin de los derechos y laslibertades fundamentales, esta proteccin constituye la razn de serdel Estado de Derecho porque no todo Estado es Estado de Derechode acuerdo con la conocida expresin de Elas Daz cuyas tesis sobreeste tema han sido desde hace ya dcadas lugar de referencia demuchos estudiosos sea para sealar sus mritos, sea para manifestarplanteamientos equvocos (Daz, 1966). Finalmente, un cuartorequerimiento consiste en la igualdad ante la ley, lo cual implicaigualdad en el diseo de la regulacin y tambin uniformidad de tratoen la aplicacin del Derecho. Desde sus primeras manifestaciones enla historia, el principio de la igualdad ante la ley ha carecido de un

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    sentido uniforme; segn cambian los tiempos distintos contenidos hanido eliminando las discriminaciones, que es una de las lacras que msse ha resistido al cambio, pero todava hay camino por recorrer como

    lo muestra la discriminacin de gnero o la igualdad en la diferencia.Por tanto, el proyecto de la cultura de la legalidad no puede reducirel signicado de este principio al mero respeto a la legalidad y debeapostar por eliminar las discriminaciones no previstas por el propioordenamiento jurdico, pero que estn presentes y son relevantes.Conviene tener presente que estos cuatro requerimientos resultanindispensables en el marco del constitucionalismo de principios delsiglo XX.

    El segundo principio de este escenario es el imperio de la ley.Entendido como ideal tico de los Estados de Derecho modernos, elimperio de la ley debe acompaase de una serie de requisitos que logaranticen y hagan factible dicho ideal tico. El consenso entre losestudiosos sobre esos requisitos no se ha alcanzado, pero unos aspectosbsicos nos permiten avanzar en lo que es deseable para una culturade la legalidad. En breves trazos, y de acuerdo con los argumentos deFrancisco Laporta (1994), se requiere, en primer lugar, que exista uncuerpo normativo estable que garantice el principio de certeza jurdica.

    Dicho cuerpo normativo debe proceder de autoridades facultadaslegalmente para hacerlo; las normas jurdicas deben tener un carctergeneral, ser prospectivas (en ningn caso retroactivas) y su contenidodebe ser claro y conocido por los sujetos sometidos a las mismas. Elsegundo requisito se reere a la relacin con el aspecto adjudicativodel Derecho, esto es, a la aplicacin concreta de las leyes a los casosconcretos. Nos referimos al llamado debido proceso legal que disponeun conjunto de aspectos institucionales y formales que deben protegerel principio de seguridad jurdica. Este ltimo constituye el tercer

    nivel de garantas para la vigencia del imperio de la ley y requiere,adems, de otras condiciones para su salvaguarda: imparcialidad yneutralidad de los jueces al aplicar el derecho; equidad para accederal sistema de justicia; garantas de defensa durante los procesosjudiciales; y reglas en la argumentacin judicial.

    El tercer y ltimo principio del escenario relativo al entramadoinstitucional congurado en torno a la existencia de normas formales,lo constituye el principio de legalidad y sus tres componentes clsicos:

    la prohibicin de retroactividad, la reserva de ley y la exigencia de

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    certeza o determinacin (Moreso, 2001). Lo anterior signica que sinprincipio de legalidad los gobernantes se encuentran con un margen dediscrecionalidad absoluta para actuar sobre la vida de sus ciudadanos

    en este caso de sus sbditos.2.2. Segundo escenario

    La lucha contra las transgresiones de la ley y sus consecuenciassociales constituye nuestro tercer escenario y se desdobla en dosestrategias. Por un lado, la estrategia que enfatiza la importancia delcombate contra la corrupcin, las redes de trco de inuencias, ladelincuencia organizada, el enriquecimiento ilcito, el encubrimiento,el blanqueo de capitales, los sobornos, el cohecho y un largo etctera.El consejo de Erasmo de Rotterdam al Prncipe en La educacin del

    prncipe cristianodebiera servirnos de inspiracin: Si quieres entraren competencia con otros prncipes, no creas haberlos vencido porqueles has quitado su parte del dominio. Los vencers realmente si eresmenos corrupto que ellos, menos avaro, arrogante, iracundo, impulsivoque ellos. La segunda estrategia dirige su energa a la lucha contrala aceptacin y creciente admisibilidad de estas transgresiones endiversos contextos sociales. Para llevar a cabo esta estrategia se debenemplear dos tcticas. Una debe estar dirigida a atacar la conducta dela transgresin cuando todava no se ha socialmente generalizado; entanto que la segunda tctica debe emplearse cuando la aceptacin dela transgresin se convierte en nota sistmica y el incumplimientode reglas y su emulacin (Villegas, 2010) pasan a formar parte delactuar cotidiano. En ambas tcticas tenemos que tomar en cuentatres tipos de instrumentos, por una parte, apostar por la prevencinmediante la educacin y el fomento de valores (Ausin, 2010), el cultivode virtudes cvicas (Seoane, 2006) y la responsabilidad social de los

    medios de comunicacin (Redondo, en este libro); por otra parte,combatir el clima de impunidad (Jimnez, 2011); y, nalmente,acudir a las herramientas que nos ofrece la multidisciplinariedad,tanto para el diagnstico como para el tratamiento, en estudios sobreel comportamiento desviado criminologa (Hayward y Morrison,2005), los estudios relativos a la corrupcin ciencia poltica y dela administracin (Villoria, 2013), las pticas sobre la desviacinsocial sociologa (Soltonovich, 2012), las investigaciones sobre lasumisin psicologa social (Guguen, 2010), entre otros.

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    2.3. Tercer escenario

    El ltimo escenario del eje relativo a las condiciones de legalidad dela cultura de la legalidad pone el acento en el desarrollo de nuevasformas de produccin normativa que, por un lado, abren puertas a laproliferacin de novedosas frmulas de densidad normativa, como lapluralidad de instrumentos que se agrupan bajo la idea del softlawo estndares orientativos de aplicacin normativa; y que, por otro,abren perspectivas a representaciones propias del pluralismo jurdico.

    La frmula jurdica del llamado softlawse vincula con las estrategiasde buena gobernanza y buen gobierno en tanto que acenta, frentea o al lado de- las tradicionales formas de regulacin jurdica o lasenraizadas frmulas represivas, la apertura del marco de accin de laintervencin social del Derecho mediante la disposicin de conductasasentadas en el acuerdo y el compromiso voluntario a travs delesquema del consejo o la recomendacin. El fenmeno del softlawha cobrado una gran relevancia en los ltimos aos y el proyectode la cultura de la legalidad no puede quedarse de perl, sino quedebe implicarse en su claricacin conceptual y en el estudio de susvirtudes y contrariedades (Escudero, 2012).

    Por su parte, el pluralismo jurdico da cuenta de la coexistenciade diversos sistemas jurdicos en un mismo espacio sociopoltico,en donde el derecho estatal constituye uno ms de los derechospresentes en la realidad social. El desafo principal del pluralismojurdico cuestiona la exclusividad de la teora del monismo jurdicopara explicar fenmenos jurdicos contemporneos, pues consideraque la realidad rebasa sus marcos explicativos ante la emergenciade diferentes actores colectivos cuyas normas de autorregulacin nose reducen al derecho estatal ni se explican desde la ciencia jurdicatradicional (Garzn, 2013: 183).

    Los procesos de interrelacin, intercambio e imbricacin entrelos distintos sistemas jurdicos que cohabitan al interior de undeterminado espacio sociopoltico suponen la permeabilidad delos ordenamientos legales, y en este sentido nos encontramos conun proceso de complementariedad y, en consecuencia, dinmico.Este proceso es denominado por Boaventura de Sousa Santos comointerlegalidad (Sousa Santos, 1987: 2003). La dinmica y compleja

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    vida socio-jurdica se encuentra constituida por diferentes espaciosjurdicos que operan simultneamente y en escalas diferentes; laintensidad de la interaccin y de la interseccin dentro de un mismo

    espacio poltico entre diferentes proyecciones jurdicas no es sincrnicay esta es la razn que conduce a Santos a hablar de interderechoeinterlegalidad (Santos, 2003: 236)4. Ahora bien, no es suciente condedicar esfuerzos a discutir si quienes aciertan mejor en la descripcinde la dinmica social son las teoras pluralistas del derecho o ladoctrina positivista, tambin conviene dedicar esfuerzos a disearlos mecanismos de coordinacin entre las complejas y tornadizasrelaciones que tienen lugar entre los distintos ordenamientos y suscdigos de referencia (Colom, 2012).

    Estos tres escenarios, que conguran el eje relativo a condiciones delegalidad, ponen el acento en exigencias sobre la calidad del productolegislativo enfatizando las dimensiones sociales de cara a su ecacianormativa, la ecacia de sus sanciones y la capacidad de crear nuevoDerecho sobre la base de su mayor eciencia normativa.

    3. Tercer eje: Perspectivas en torno a la cultura

    No es objeto de este trabajo dar cuenta de los puntos de vista que

    distintos enfoques propios de la antropologa, la losofa, la sociologay la lingstica tienen sobre la cultura. Menos an, el intentar ordenarla visin que sobre ella tienen diversas corrientes de pensamiento.Partiendo de que no hay posiciones unitarias y s grandes debates sobrelos alcances epistmicos o cognoscitivos de la misma, as como sobrela magnitud dentica y valorativa de las dimensiones del signicadoy de las prcticas que comporta, nos limitaremos a enunciar algunasclaves hermenuticas que nos permitan comprender la dinmicacultural de la cultura de la legalidad.

    Cuando aludimos a la cultura nos encontramos con el controvertidodebate sobre el signicado. Si en nuestra comprensin de lasinstituciones reconocemos en el signicado una dimensin denticay una valorativa, entonces entenderemos las instituciones comoexpresin de la cultura; en cambio, si los signicados son consideradossolo como representaciones epistmicas, estamos comprendiendo a lasinstituciones y a la cultura como planos separados. A pesar de la falta

    4 Inscrito en esta lgica se desarrolla el trabajo de Anna Margherita Russo en este mismo libro.

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    de consenso, estimamos que hay algunas anidades que permitencongurar un campo de estudio cultural en los anlisis sociolgicos yantropolgicos sobre el derecho y la poltica, y tambin sobre la religin

    y el arte en tanto que investigan formas de ver y ordenar el mundo,as como las orientaciones cognoscitivas, normativas y valorativas.

    A pesar de su generalidad, una perspectiva que puede generarcierto consenso sobre lo que comprende la cultura se centra en tresdimensiones. Por una parte, las representaciones que se dan losseres humanos para clasicar las entidades y modelar los hechos;por la otra, las normas que determinan cules tipos de hechos sonpermitidos, obligados y prohibidos; y nalmente, las valoraciones

    que establecen cules tipos de hechos son importantes y deseables(Castaos y Flores, 2000:119). Las representaciones, al igual quelas normas y las valoraciones, conguran sistemas: se implican y seexcluyen de acuerdo con reglas que les son propias y trascienden loscontextos particulares en los que se usan.

    La sucinta precisin hasta aqu trazada sobre la cultura nos abreel camino para anunciar dos perspectivas en torno a la misma queacompaan a la cultura de la legalidad.

    3.1. Perspectiva politolgica y sociolgica

    La primera perspectiva tiene una naturaleza sociolgica y politolgica.Se encuadra en los estudios que analizan las creencias arraigadasy las conductas consolidadas de un determinado grupo poblacin,comunidad, y a los valores que a ellas se asocian, a n de intentarcomprender por qu unos grupos se comportan de un modo, mientrasque otros lo hacen de manera diferente e intentar indagar cmo estosgrupos perciben, interpretan y expresan la esfera de relaciones que

    tienen que ver con el ejercicio del mandato, el respeto y la obediencia ycmo las asume, qu actitudes, reacciones y expectativas suscita y enqu medida y cmo stas impactan sobre el universo poltico (Peschard,1995:10). En el marco de la cultura de la legalidad, esta perspectivase reere a las creencias y expectativas empricas y normativas queun grupo de ciudadanos maniesta sobre el respeto a las leyes y sucumplimiento, as como a los procedimientos legales y a los rganosdispuestos para la ejecucin del derecho5. Los instrumentos analticos5 Los trabajos de Villoria y Jimnez y el de Mara Luz Morn en este mismo libro se enmarcan en

    este enfoque.

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    que son utilizados en los estudios que dan cuenta de estas dinmicasson tcnicas cuantitativas de investigacin, donde las encuestas deopinin ocupan un lugar destacado6.

    Adems de los estudios centrados en el conjunto de actitudes,expectativas y valores que la ciudadana tiene con respecto a lasnormas e instituciones jurdicas, existen perspectivas analticasque dirigen su atencin a las ideas y creencias de los propios actoresjurdicos. Aqu la atencin se dirige a la manera en que los valoresculturales inuyen a la hora de habilitar las condiciones que permitanla puesta en prctica de la produccin normativa (actuacin de laslites del sistema jurdico: abogados, jueces, alta jerarqua del poder

    judicial). Los que profundizan en esta lnea de trabajo entienden ala cultura de la legalidad como la aceptacin voluntaria por partede los actores jurdicos y de la ciudadana de un conjunto de normas

    jurdicas generales, pblicas y no retroactivas, que se considerancorrectas para una adecuada convivencia social. Desde estaperspectiva, la cultura de la legalidad se puede desplazar, desde elngulo poltico, hacia un problema de legalidad propiamente dicha(existencia de las normas jurdicas), de legitimacin (aceptacin), ode legitimidad (correccin); o bien, desde la perspectiva del derecho,

    hacia un problema de validez, de ecacia o de justicia de las normasjurdicas (Vzquez, 2008)7.

    6 Hay autores que consideran que las actitudes de respeto hacia el sistema legal y la conductaante los marcos normativos constituyen una forma ms general de comprender la culturapoltica y otros que consideran que la cultura de la legalidad se circunscribe nicamente a seren el mbito del sistema jurdico lo que la cultura poltica es en el terreno del sistema poltico.Sin embargo, como bien ha tenido el acierto de advertir Pedro Salazar, la cultura poltica es tansolo una parte de la cultura y la cultura de la legalidad puede relacionarse estrechamente conla cultura poltica, pero de ninguna manera se agota en la misma. Ambas nociones comparten,subraya el constitucionalista mexicano, el primer concepto, cultura, y en ese sentido son partedel mismo conjunto; pero la nocin de cultura de la legalidad solo se encuentra parcialmente

    englobada dentro de la nocin de cultura poltica. Esto puede explicarse con la siguiente idea:entre la poltica y la legalidad existe una relacin directa, pero no son universos idnticos, entreotras razones, porque el primero es ms amplio que el segundo (Salazar Ugarte, 2006:17).

    7 Rodolfo Vzquez combina los binomios de poder y norma, por un lado, y poltica y derecho, porel otro, y obtiene los siguientes modelos tericos o loscos de una cultura de la legalidad yde un Estado de Derecho: formalista y positivista, que tiene que ver con el problema de lalegalidad y validez de las normas; realista y crtico, que tiene que ver con el problema de lalegitimacin y ecacia de las normas; perfeccionista y conservador, que tiene que ver con elproblema de los valores que legitiman las normas; y argumentativo y democrtico que tieneque ver con hacer valer la legalidad bajo el principio de imperatividad y transparencia dela ley; de procurar la legitimacin del sistema, pero asumiendo un punto de vista internocrtico, reexivo y con pretensin de imparcialidad; y de alcanzar la legitimidad a partir de laaceptacin de los principios formales del procedimiento democrtico y de la salvaguarda de los

    derechos humanos, que es el que el autor deende (Vzquez, 2008: 72).

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    Bajo esta perspectiva sociolgica de la cultura tambin se inscribenlas investigaciones que, desde un enfoque crtico al formalismo legal,se interesan en procesos de socializacin legal, donde la preocupacin

    se centra en describir y entender los procesos de incorporacin devalores y normas legales, as como la manera en que se producen sustransformaciones (Cohn y White, 1990). Una variante de estos estudiosson aquellos que en sus anlisis de los procesos de socializacin legalagregan herramientas del derecho comparado (Cotterrell, 2006) an de explicar patrones y comprender particularidades de distintasculturas legales (Ansolabehere, 2008). En una investigacin queKarina Ansolabehere lleva a cabo sobre las creencias e ideas que sobreel Derecho y los derechos tienen un conjunto de actores que ocupan

    un lugar fundamental en la elaboracin de las leyes (diputados), laenseanza de las leyes (profesores), la aplicacin e interpretacinde las leyes (jueces), as como la defensa y garanta de los derechos(abogados), se pregunta y qu con todo esto? Para qu? La respuestanos rearma en la importancia de profundizar en el proyecto y elmovimiento de la cultura de la legalidad: Ante este interrogantela respuesta es la necesidad de conocer mejor (o en otras palabras,tener el punto de vista de los actores) la base de ideas/saberes quesustenta la prctica de quienes se hallan cercanos a la ley hacindola,

    aplicndola, interpretndola, ensendola a los ciudadanos. Paraqu comprender mejor el punto de vista de estos actores? Entre otrasrazones, para que el diseo de reformas institucionales parta de unpunto de vista ms realista de las personas que van a regular dichasreglas y que a su vez van a moldearlas con su prctica (Ansolabehere,2008: 355-356).

    Esta ltima perspectiva se enmarca dentro de uno de los enfoquesde la cultura legal (Ansolabehere, 2011), pero debe quedar claro que

    cultura legal y cultura de la legalidad son expresiones con contenidoslimtrofes, pero no intercambiables. Esto aplica tambin para otrasfrmulas como cultura jurdica que, de acuerdo con Luigi Ferrajoli,engloba a diferentes conjuntos de saberes y enfoques, entre ellos, alos que caracterizan a los propios operadores jurdicos legisladores,jueces o administradores en un determinado contexto, es decir, a loque piensan y argumentan, as como a los principios e ideas sobre losque este pensamiento y argumentacin se sustenta dando lugar a undeterminado modelo ideolgico de justicia. Por tanto, conviene tener

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    claro que existen distintos tipos o tradiciones de cultura jurdica.De manera ms amplia, tambin puede entenderse por culturajurdica a un conjunto de teoras loscas y doctrinas jurdicas

    elaboradas por juristas y lsofos del derecho en una determinadafase histrica, (Ferrajoli, 2010: 1). Tanto cultura de la legalidadcomo cultura jurdica, entendida en estos trminos, aluden a ideasy valores de una colectividad, pero una cosa es la cultura jurdicapreponderante en una comunidad (ese conjunto de saberes diseadopor los juristas y los acadmicos) y otra distinta es la cultura de lalegalidad de los miembros de dicha colectividad que se reere a larelacin que existe entre la generalidad de los destinatarios de lasnormas y el ordenamiento jurdico vigente en su colectividad (Salazar

    Ugarte, 2006: 24). En este ltimo caso, la atencin est dirigida a lafaceta cultural que inuye en el grado de observancia de las normas,independientemente de la tradicin jurdica del conjunto de ideassocialmente asentadas en los juristas relativa a la concepcin de lojurdico en la que dicha colectividad se encuentre inmersa.

    Otras expresiones colindantes con la de cultura de la legalidad son lasde cultura constitucional y constitucin cultural. Si la Constitucines ms que un texto jurdico o ms que un conjunto de reglas normativas,

    en tanto que constituye la expresin de un determinado grado dedesarrollo cultural y de la autorrepresentacin cultural de un pueblo,espejo de su patrimonio cultural y fundamento de sus esperanzas(Hberle, 1998: 25), entonces cultura y Constitucin mantienenestrechas relaciones y en un doble sentido. Por un sentido discurre laConstitucin como creacin o expresin de una cultura especica; aesta forma de entender la relacin entre cultura y Constitucin se leconoce como cultura constitucional o constitucionalista. Por el otrosentido circula la cultura como objeto o creacin de una determinada

    Constitucin (una Constitucin puede fomentar el respeto por ciertospatrimonios culturales o contribuir a sentar las bases de una culturademocrtico participativa); este sentido de la relacin entre cultura yConstitucin es denominado por algunos autores como Constitucincultural (Ruiz Miguel, 2003: 205).

    3.2. Perspectiva ideolgica

    En el marco de la cultura de la legalidad, la nocin de cultura tambintiene una conguracin ideolgica. Esta tercera perspectiva se reere

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    a conguraciones de la idea del bien y de la vida buena, a narrativassobre el control social a travs de instrumentos jurdicos diseadosexpresamente por el poder, a proyectos polticos en pugna. A nadie

    escapa que es en el terreno cultural donde se llevan a cabo enormesy complejas luchas por hacerse con la hegemona ideolgica de lassociedades actuales (Muoz, 2005: 17). Toda teora y orientacinpoltica deende un determinado modelo cultural y en funcin de susposiciones ideolgicas interpretan las viejas y nuevas contradicciones.Conviene tener claro que aquello que nos presentan como simplespolmicas relativas a lo simblico o a lo normativo est encubriendo, enrealidad, grandes conictos, poderosas y antagnicas cosmovisioneshistricas sobre cuestiones esenciales de la vida humana y social.

    Toda concepcin econmica, social, jurdica y poltica erige un modelode lo que debe ser la culturaen el que se reeja no solo la mentalidaddel grupo, sino ante todo las estrategias de control social y asimilacinde la poblacin en los valores dominantes (Muoz, 2005: 17).

    A diferencia de la perspectiva sociolgica y politolgica que vimosanteriormente, donde el foco de atencin diriga su luz hacia lascreencias y conductas sobre el universo poltico y jurdico, aqu sesignican los conjuntos de creencias, intereses, concepciones delmundo y representaciones de lo que debe ser la vida en sociedad,

    pero tambin lo que orienta la accin poltica de los diferentes sujetosy que constituye la dimensin poltica del conicto por el poder.En la perspectiva ideolgica se va ms all del mero nfasis en lacaracterizacin del conjunto de creencias, intereses o valores y seacentan los estudios que pretenden comprender la forma en que losgrupos que poseen esas ideas se enfrentan y disputan por el poder; loque Evelina Dagnino llama proyectos polticos en pugna (Dagnino,2002: 372, vase tambin Hevia de la Jara, 2005). Bajo esta perspectivase enmarcan los debates relacionados con la reconstruccin de la