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ELEMENTOS BÁSICOS DE SEMIÓTICA JURÍDICA Laura María Gonzales Lara Mateo Zapata Granada Karen Vanegas Puerta Profesor: Walter Zapata Materia: semiótica Universidad de Antioquia

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Page 1: Cuestionario

ELEMENTOS BÁSICOS DE SEMIÓTICA JURÍDICA

Laura María Gonzales Lara

Mateo Zapata Granada

Karen Vanegas Puerta

Profesor: Walter Zapata

Materia: semiótica

Universidad de Antioquia

Medellín (Ant)

2013

Page 2: Cuestionario

REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA DE DOCUMENTO ELECTRÓNICO:

CAFFERA, GERARDO Y MARIÑO, ANDRÉS. “Elementos básicos de semiótica jurídica. Aplicación práctica a algunas cuestiones de derecho civil” [En línea] EN: Revista A.E.U, volumen 81, numero 1-6, pp. 117-129 (enero/junio. 1995). Consulta (27 de mayo del 2013)

1. ¿Por qué se justifica el propósito de acercar la semiótica y el derecho?

R/ Se justifica el acercamiento de la semiótica y el derecho bajo el precepto de que los juristas tienen como herramienta de trabajo el ámbito lingüístico, el lengua hace parte de todo en lo que opera un jurista, inclusive las normas en sí son lenguaje; muchos de los discursos que utiliza un jurista son el objeto de las normas, un ejemplo seria los negocios jurídicos.

2. ¿Cuáles son las características propias del discurso jurídico que lo diferencian de los discursos religioso, político, literario, entre otros?

R/ Las características del discurso jurídico son: la posibilidad de acceder a sectores más desarrollados de la lingüística trasvasando herramientas de un ámbito a otro, cuenta con un carácter denominado “oscuro” lo cual significa que es extenso, complejo, con un léxico propio, etc. Requiere de un esfuerzo especial del lector. Esfuerzo que se desarrolla sobre la base de las estrategias lingüísticas.

3. ¿Por qué se suele considerar el discurso jurídico como argot o jerga?

R/ Se considera al discurso jurídico como una jerga, porque solo se ve como un mero “estilo” o “registro” superpuesto al lenguaje ordinario.

4. ¿Por qué la semiótica jurídica busca el significado en el discurso y no en las palabras, frases o técnico?

R/ Se busca su significado en el discurso porque este permite acercarse al lenguaje en su faz dinámica, viva, pasando a un campo del habla mucho más ricos que el de los sistemas estáticos y que de las concepciones atomísticas, recentrando el objeto en el discurso y no ya en la sumatoria de palabras o frases.

Page 3: Cuestionario

5. ¿Por qué el discurso jurídico puede considerarse un lenguaje natural y no un lenguaje formal o técnico?

R/ El discurso jurídico es lenguaje natural, porque este no es otra cosa que el lenguaje natural cargado de ciertas definiciones técnicas, las abundantes definiciones contenidas en los propios cuerpos normativos que operan en el marco del lenguaje natural en que se expresa la norma, son prueba de ello.

6. ¿En qué consiste la vaguedad y la ambigüedad semántica?

R/ En la semántica se aprecian básicamente dos problemas, uno que es la ambigüedad: la cual consiste en la circunstancia de que una misma palabra es idónea para significar dos o más entidades o conceptos, y la vaguedad: la cual consiste en la imprecisión del significado, en la imposibilidad de fijar un límite preciso a lo significado por un vocablo o conjunto de ellos.

7. ¿Cómo se resuelven los problemas semánticos (ambigüedad y vaguedad) en el discurso jurídico?

R/ La estrategia de superación del problema de la ambigüedad y de la vaguedad puede ser referido a nociones más globalizadoras que parten del texto en su totalidad y no del signo aislado.

8. En el discurso jurídico, ¿Cuándo se acude a las definiciones informativas de los signos?

R/ Al discurso jurídico se acude cuando las normas nos envían al uso general de la palabra. Ya que recordemos que el lenguaje informativo da cuenta del significado atribuido normalmente a cierto signo.

9. En el contexto jurídico ¿Por qué es necesario emplear las definiciones estipulativas de las palabras o frases?

R/ Las definiciones especulativas son importantes porque: abrevian la extensión del texto, simplificando su extensión y comprensión. Y dan un lenguaje univoco, claro y preciso. Porque este tipo de definiciones hacen del lenguaje jurídico un lenguaje técnico, y la intencionalidad de tal tendencia parece obvia, desde que se considera el papel que generalmente se asigna a un cuerpo normativo jurídico en una sociedad.

Page 4: Cuestionario

10.¿Cuál es el objeto de estudio de la semiótica jurídica?

R/ El objeto de estudio de la semiótica jurídica en un momento fue el signo, desde la perspectiva de los usos o funciones que les asignan a los hablantes o emisores al utilizarlos. Pero esta concepción se ha visto desplazada por el estudio de los sistemas de sidrificación y de su realización en discursos.