cuáles son las características de una sociedad anónima
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UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA METROPOLITANA
CARRERA:
ADMINISTRACIÓN
ESPECIALIDAD:
LIC. COMERCIALIZACIÓN ESTRATÉGICA
GRADO Y GRUPO:
7 C
TRABAJO:
INVESTIGACIÓN
ELABORADO POR:
JANETH
JANETH EUNICE
LUIS RODRIGO MATOS CANUL
JULIO DZIB
JOSUE
PROFESORA:
C.P. BERTHA LORAIRE CABALLERO KOH
Mérida, Yucatán a martes 2 de Enero de 2013.
S. de R.L.
Una sociedad de Responsabilidad Limitada es una manera de constituir una
persona moral en la que la responsabilidad de los socios se limita al monto de sus
aportaciones. Las características personales de los socios se conservan, los
socios pueden aportar tanto bienes como capital. Al aportar un bien, no se debe
pagar diferencia en caso de que este se deprecie.
Entre otras de sus características esenciales figura que los socios
responden únicamente por el monto de su aportación por las deudas que llegase a
contraer la sociedad, requiere un mínimo de dos socios y puede tener un máximo
de cincuenta, la denominación o razón social debe ir seguida de las palabras
"sociedad de responsabilidad limitada" o sus siglas "S. de R.L."
En caso de tener razón social esta se compondrá por los nombres de uno o
más socios, si no figuran los de todos se agregarán las palabras y compañía u
otras equivalentes. Siempre debe figurar el nombre de los administradores.
Asimismo si uno de los socios se retira se deberá agregar la palabra y "sucesores"
a la razón social.
El administrador para delegar su cargo necesita el acuerdo de la mayoría
de los socios, el administrador deberá rendir cuentas cada seis meses salvo que
se haya pactado otra periodicidad.
En los estatutos se puede establecer una limitación temporal para que los
socios puedan percibir intereses no mayores del nueve por ciento anual sobre sus
aportaciones; pero solamente por el período de tiempo necesario para la ejecución
de los trabajos que según el objeto de la sociedad deban preceder al comienzo de
sus operaciones, sin que en ningún caso dicho período exceda de tres años.
Si se establece en el contrato social, los socios deben hacer aportaciones
adicionales a su aportación inicial, los socios tienen derecho a un voto por cada
mil pesos de su aportación, los socios tienen derecho de preferencia para adquirir
la parte social de otro socio.
Un socio puede ser separado de la sociedad cuando use la firma de la
sociedad o su capital social para negocios propios, por infracciones a los acuerdos
de los socios o disposiciones legales, por cometer actos fraudulentos o dolosos
contra la compañía, por quiebra, interdicción o inhabilitación para ejercer el
comercio.
Un ejemplo de ello es la empresa Yucateca con denominación social “KV
equipos eléctricos s. de R.L. de C.V.” ubicada en CD. Caucel.
S.A.
Una sociedad Anónima es una manera de constituir una persona moral en
la que los elementos que se destacan por encima de otros son la integración del
capital y la limitación de la responsabilidad de los socios. Las características
personales de los socios quedan en segundo término y cada uno es
representado por el monto de la aportación que realiza para integrar el capital
social. Entre más capital se aporte, mayor representación y número de votos se
tiene. Su responsabilidad siempre estará limitada al pago de sus aportaciones.
Una Sociedad Anónima se caracteriza primeramente por la denominación
social, que es elegida por los accionistas y debe ir seguida de las palabras
"Sociedad Anónima" o las siglas "S.A." siguiendo por la responsabilidad de los
accionistas la cual es limitada al monto de sus aportaciones el cual constituye el
capital social que está representado por acciones, cuyo valor es determinado por
los mismos socios para cubrir un mínimo de $50,000.00mn.
Los socios reciben el nombre de accionistas, no hay limitación en el número
de accionistas ni las acciones que puede tener un accionista y por si mismos los
accionistas de la sociedad tienen derecho preferente para comprar las acciones
de los demás.
Sin embargo los accionistas no pueden hacer préstamos o anticipos sobre
sus propias acciones y no pueden emitirse nuevas acciones, hasta que las
anteriores se encuentren totalmente pagadas ni se pueden emitir acciones por
una suma menor al valor en actas.
Según la LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES para constituir
una sociedad anónima se requiere haya dos socios como mínimo, y que cada
uno de ellos suscriba una acción por lo menos
Además de poseer su abreviatura S.A. una sociedad Anónima puede ser:
Sigla Nombre
SAB de C V Sociedad anónima bursátil de capital variableSA de CV Sociedad anónima de capital variableSA de CV S de I de C Sociedad anónima de capital variable sociedad de inversión de capitalesSA de CV S I R V Sociedad anónima de capital variable sociedad de inversión de renta variableSA de CV S I I D Sociedad anónima de capital variable sociedad de inversión en instrumentos de
deudaSA de CV SFC Sociedad anónima de capital variable, sociedad financiera comunitariaSA de CV SOFOL Sociedad anónima de capital variable, sociedad financiera de objeto limitado
SA de CV SOFOM ENR Sociedad anónima de capital variable, sociedad financiera de objeto múltiple, entidad no regulada
SA de CV SOFOM ER Sociedad anónima de capital variable, sociedad financiera de objeto múltiple, entidad regulada
SA de CV SFP Sociedad anónima de capital variable, sociedad financiera popularSAPI Sociedad anónima promotora de inversiónSAPIB de C V Sociedad anónima promotora de inversión bursátil de capital variableSAPI de CV Sociedad anónima promotora de inversión de capitalSAPI SOFOM ENR Sociedad anónima promotora de inversión, sociedad financiera de objeto
múltiple, entidad no reguladaSA SOFOM ENR Sociedad anónima, sociedad financiera de objeto múltiple, entidad no reguladaSA SOFOM ER Sociedad anónima, sociedad financiera de objeto múltiple, entidad regulada
SOCIEDAD COOPERATIVA
Una Sociedad cooperativa se forma cuando se desea llevar a cabo una
actividad de producción, distribución y/o consumo de bienes o servicios de
manera conjunta con otras personas, en la cual se dé mayor importancia a las
características y capacidades de los socios que al monto de su aportación en sí;
en ellas el trabajo que llevan a cabo los socios es el elemento más sobresaliente.
En otras palabras su fin es crear una organización social por personas
físicas que tienen un interés común. Deciden unir esfuerzos y ayudarse para
satisfacer necesidades de grupos e individuos, realizando actividades de
producción, distribución y/o consumo de bienes y servicios.
Existen distintos tipos de sociedades cooperativas como la sociedad
cooperativa de responsabilidad limitada: es aquella en la cual los socios sólo
responden por el certificado de su aportación.
Sociedad cooperativa de responsabilidad suplementada: además de
responder por la aportación, en los estatutos sociales se establece un tope
adicional por el que deben responder los socios.
Sociedad cooperativa de consumo: las personas se asocian con el
objetivo de comprar bienes y servicios, para dedicarse a actividades de
abastecimiento y distribución, ahorro y préstamo, servicios educativos o para la
obtención de vivienda.
Sociedad cooperativa de producción: los socios trabajan en equipo para la
producción de bienes y servicios.
Sociedad cooperativa de participación estatal: es una asociación entre
autoridades de gobierno, sean federales, estatales o municipales; para explotar
una unidad de servicios públicos, es decir, se hace una concesión de un servicio
o administración de bienes a una cooperativa.
Sociedad cooperativa de vivienda: su finalidad es la construcción, compra,
mejora, mantenimiento o administración de vivienda.
En esta sociedad las características de los socios son más importantes
que el capital que aporten. Por esto hay beneficios como que cada uno de los
socios tiene derecho a un voto y que se otorguen estímulos para aquellos socios
que cumplan con todas sus obligaciones, lo cual depende enteramente de su
desempeño
CUADRO COMPRARATIVO
Nombre SOCIEDAD ANÓNIMA
SOCIEDAD EN NOMBRE
COLECTIVO
SOCIEDAD EN COMANDITA
SIMPLE
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA
SOCIEDAD EN COMANDITA
POR ACCIONES
AOCIEDAD COOPERATIVA
Características
Número de socios
requeridos
Como mínimo 2 socios
Sin mínimos legales
Uno o varios socios
No más de 50 socios Uno o varios socios
Mínimo de 5 socios
Capital requerido
$50,000 de capital
representado en acciones
No especificado legalmente, Sin mínimos legales
No especificado legalmente, Sin mínimos legales
$3,000 de capital representado en partes sociales
No especificado legalmente, Sin mínimos legales
los socios son más importantes que el capital que aporten, pero se es constituye con lo que aporten los socios, donativo
que reciban y rendimientos de la
sociedad.
Siglas de la sociedad
S.A. S.N.C. S.C.S S. DE R.L. S.C.A. Opcional su uso S.C.
Referencias:
www.tuempresa.gob.mx
http://www.tuempresa.gob.mx/asesoria/legal/mercantil/-/asset_publisher/
b7z6f2vqvKZd/content/id/26555
http://www.tuempresa.gob.mx/asesoria/legal/mercantil/-/asset_publisher/
b7z6f2vqvKZd/content/id/26576
http://www.tuempresa.gob.mx/asesoria/legal/mercantil/-/asset_publisher/
b7z6f2vqvKZd/content/id/26524