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LEY DE EDUCACIÓN UNIVERSITARIA: MARCO LEGAL Y POLÍTICO Y CUADROS COMPARATIVOS ENTRE PROPUESTAS CONSIGNADAS ANTE LA ASAMBLEA NACIONAL Y LEY DE 1971 (PROPUESTAS DE LEY ASAMBLEA NACIONAL 2010, ASOCIACIÓN VENEZOLANA DE RECTORES 2011, GRUPO DE PROFESORES DE VARIAS UNIVERSIDADES 2011) Documento preparado por Comisión designada por el Consejo de la Facultad de Humanidade s y Educación de la Universidad Central de Venezuela, enero 2011

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LEY DE EDUCACIÓN UNIVERSITARIA:

MARCO LEGAL Y POLÍTICO Y CUADROS COMPARATIVOS ENTRE

PROPUESTAS CONSIGNADAS ANTE LA ASAMBLEA NACIONAL Y LEY DE

1971 (PROPUESTAS DE LEY ASAMBLEA NACIONAL 2010, ASOCIACIÓN

VENEZOLANA DE RECTORES 2011, GRUPO DE PROFESORES DE

VARIAS UNIVERSIDADES 2011)

Documento preparado por Comisión designada por el Consejo de la Facultad de Humanidades y

Educación de la Universidad Central de Venezuela, enero 2011

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PROYECTO NACIONAL SIMÓN BOLÍVAR PRIMER PLAN SOCIALISTA -PPS DESARROLLO ECONOMICO Y SOCIAL DE LA NACION2007-2011En este próximo período 2007 – 2013, se orienta Venezuela hacia la construcción del Socialismo del Siglo XXI, a través de las siguientesdirectrices:I. Nueva Ética Socialista: Propone la refundación de la Nación Venezolana, la cual hunde sus raíces en la fusión de los valores y principiosmás avanzados de las corrientes humanistas del socialismo y de la herencia histórica del pensamiento de Simón Bolívar.

II. La Suprema Felicidad Social: A partir de la construcción de una estructura social incluyente, un nuevo modelo social, productivo,humanista y endógeno, se persigue que todos vivamos en similares condiciones, rumbo a lo que decía El Libertador: “La Suprema FelicidadSocial”.III. Democracia Protagónica Revolucionaria. Para esta nueva fase de la Revolución Bolivariana se consolidará la organización social, tal detransformar su debilidad individual en fuerza colectiva, reforzando la independencia, la libertad y el poder originario del individuo.IV. Modelo Productivo Socialista. Con el fin de lograr trabajo con significado, se buscará la eliminación de su división social, de su estructura jerárquica y de la disyuntiva entre la satisfacción de las necesidades humanas y la producción de riqueza subordinada a la reproducción delcapital. 

CUADROS COMPARATIVOS: AUTONOMÍA, COGOBIERNO,CONOCIMIENTO Y EDUCACIÓN SUPERIOR E INGRESO

AUTONOMÍALEY DE UNIVERSIDADES1970

PROYECTO DE LEY DEEDUCACIÓN UNIVERSITARIA(AN)-2010

PROYECTO DE LEY DEEDUCACIÓNUNIVERSITARIA (AVERU)-2011

PROYECTO DE LEY DEEDUCACIÓN UNIVERSITARIA(GRUPO DE PROFESORES DEVARIAS UNIVERSIDADES)-2011

Artículo 8. Las universidadesson autónomas. Dentro de lasprevisiones de la presente Leyy su Reglamento, disponen de:1.Autonomía organizativa, envirtud de la cual podrá dictarsus normas internas;2.Autonomía académica paraplanificar, organizar y realizarlos programas deinvestigación, docentes y de

extensión que fueren

Artículo 4: Autonomía, es uno delos 12 principios y valores. "1.Autonomía: es el principio y jerarquía que otorga a la Universidadla competencia para dirigir la accióndel gobierno universitario en lostérminos establecidos por laConstitución de la RepúblicaBolivariana de Venezuela, la LeyOrgánica de Educación, , la presenteLey y demás leyes de la República

ajustada al Estado Democrático

Exposición de motivosdesarrolla el concepto deAutonomía.

Sistema como sujeto deautonomíaPropicia “un contextoorgánico interdependientecon precisos mecanismos derelación e integración” comose concibe en la LOE,

artículos 25 y 32.

Articulo 8. Los institutos deeducación universitaria sonautónomos, en consecuenciadichas instituciones estaránfacultadas para establecer suspropias normas de gobierno,de funcionamiento yadministración de supresupuesto, elegir y designarsus autoridades y personaldocente, así como planificar,

organizar y elaborar los

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necesarios para elcumplimiento de sus fines.3.Autonomía administrativapara elegir y nombrar susautoridades y designar supersonal docente, deinvestigación y administrativo.4.Autonomía económica yfinanciera para organizar yadministrar su patrimonio.

Artículo 7. Inviolabilidad delrecinto Universitario.

Reglamento parcial de laley de Universidades. 1967.

Artículo 5. Las Universidadesson autónomas en cuanto a supropio gobierno, en susactividades docentes, deinvestigación, académicas,culturales y administrativas, deacuerdo con lo previsto en laLey.

Social de Derecho y de Justicia. Laautonomía comprende el ejercicioético de su competencia regida porlos principios de cooperación,solidaridad, concurrencia, yresponsabilidad en el cumplimientode su elevada misión para elresguardo de la identidad, laintegridad territorial, y la soberaníade la Nación."

Artículo 17.Autonomía de lasUniversidades. Para el desarrollo delos procesos fundamentales de laduración universitaria, lasuniversidades gozan de autonomíaconforme a lo establecido en laConstitución de la RepúblicaBolivariana de Venezuela, en la LeyOrgánica de Educación y en lapresente Ley. En consecuencia laautonomía será ejercida: 1. En plenacorrespondencia con los Planes deDesarrollo Nacional para elfortalecimiento, consolidación ydefensa de la soberanía eindependencia de la Patria y la Uniónde Nuestra América. 2. Mediante lalibertad académica, para debatir lascorrientes del pensamiento. 3.Mediante la democracia participativay protagónica ejercida en igualdadde condiciones por estudiantes,trabajadores y trabajadorasacadémicas, administrativos yobreros en la definición de susplanes de gestión y programas deformación, creación intelectual einteracción con las comunidades, enla planificación y gestión delpresupuesto, en su rendición decuentas y demás recursosuniversitarios, en sus estructurasacadémicas, administrativas y en lasprácticas educativas."

“La ley debe propiciar lascondiciones académicas parala pluralidad de los saberes yconcederle prioridad a laconvergencia de diversasmaneras, de comunidades,disciplinas y enfoques paraproducir conocimientos”…

Artículo 4. Las institucionesque conforman el Sistema deEducación Superior sonautónomas en los términosestablecidos en el artículo109 de la Constitución de laRepública Bolivariana deVenezuela, el artículo 34 dela Ley Orgánica de Educacióny en esta Ley. La autonomíaconsiste en las Facultadespara ejercer la libertadacadémica; para establecersus propias normas degobierno; crear y modificarsus estructuras académicasy administrativas; paraorganizar y administrar supatrimonio y para planificar,organizar y realizar susprogramas en los asuntos desu competencia.”

Artículo 5. Principios queregirán a las instituciones delSistema de EducaciónUniversitaria.

Artículo 6. Principios queregirán todas las actividadesrelacionadas con el saber enla educación Universitaria:libertad académica.

programas de estudio,docencia, investigación yextensión”.

Las universidades:- se darán su propiaestructura de organización yfuncionamiento (Artículo 27)- establecerán sus propiosórganos de gobierno yrepresentación (Artículo 28)- inviolabilidad del recintouniversitario. (Artículo 9)- administración delpatrimonio y obtención derecursos. (Artículo 109)

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COGOBIERNOLEY DEUNIVERSIDADES1970

Artículo 24. Laautoridad suprema decada Universidad resideen su ConsejoUniversitario, el cual

ejercerá las funcionesde gobierno por órganodel Rector, de losVicerrectores y delSecretario, conforme asus respectivasatribuciones.

Artículo 25. El ConsejoUniversitario estaráintegrado por el Rector,quien lo presidirá, los

Vicerrectores, elSecretario, los Decanosde las Facultades, cincorepresentantes de losprofesores, tresrepresentantes de losestudiantes, unrepresentante de losegresados y undelegado del Ministeriode Educación.

Artículo 30.La

PROYECTO DE LEY DEEDUCACIÓNUNIVERSITARIA (AN)2010

El artículo 4 de lapresente ley menciona losprincipios que deben regirla educación

universitaria, entre ellosestá:5. Democratización delingreso a las institucionesde educaciónuniversitaria: todoegresado y egresada delnivel de educación mediatiene derecho a ingresar acualquier institución deeducación universitaria,de acuerdo a lo

establecido por el EstadoDocente. Enconsecuencia, ningunainstitución universitariapodrá imponer otrosrequisitos o mecanismosque violen este principio.Artículo 10. ElSubsistema de EducaciónUniversitaria estácompuesto por:1. El Ministerio (…).

2. Las instituciones de

PROYECTO DE LEY DEEDUCACIÓN UNIVERSITARIA(AVERU) 2011

Artículo 2. El Sistema de EducaciónUniversitaria estará constituido por:a) El Ministerio del Poder Popularpara la Educación Universitaria (…)b) Las Instituciones de Educación

Universitaria (…)c) Los órganos reguladores (…)d) Los Subsistemas de Desarrollo dela Educación Universitaria.e) Los demás órganos, mecanismos,pautas y modalidades para elfuncionamiento del sistema.Artículo 3. Toda persona que hayaobtenido el título correspondiente alnivel medio diversificado yprofesional tendrá derecho aingresar a las instituciones de

Educación Universitaria en igualdadde condiciones, sin más limitacionesque las derivadas de sus aptitudes,vocación y aspiraciones.El Estado, dentro de susposibilidades materiales, proveerálos medios indispensables paragarantizar a los estudiantes laprosecución y culminación de susestudios.Artículo 10. (…) ÓrganosReguladores y de Gobierno del

Sistema Nacional de Educación

PROYECTO DE LEY DE EDUCACIÓNUNIVERSITARIA (GRUPO DE PROFESORESDE VARIAS UNIVERSIDADES) 2011

Artículo 31 .Los órganos de dirección de lasinstituciones de educación universitaria seránlos siguientes:Artículo 32. El Consejo Rector (…) tendrácomo funciones la aprobación de normas

fundamentales de la institución; la definiciónde los lineamientos generales de laplanificación académica institucional; laformulación de orientaciones para lavinculación de la institución con las políticasnacionales; la elaboración de directrices parala evaluación institucional y la misión derecomendaciones para la mejora de lainstitución que deberán ser consideradas porel Consejo Directivo General de la institución;y cualquier otra función que le atribuyan la leyo las normas internas de la institución.

Artículo 33. El Consejo Directivo General dela institución (…) tendrá como atribuciones:1. Coordinar las labores de enseñanza, deinvestigación y de extensión de la institución;2. Crear, modificar y suprimir facultades,escuelas, institutos, o cualquier tipo dedependencias académicas y administrativas;3. Discutir y aprobar el presupuesto anual dela institución (…).Artículo 34. El Rector o Director de lainstitución es su representante legal (…)Artículo 35. Los decanos, directores, jefes,

coordinadores o gerentes de cualquier ámbito

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elección del Rector, delVicerrector Académico,del VicerrectorAdministrativo y delSecretario se realizarádentro de los tresmeses anteriores alvencimiento del período

de cuatro añoscorrespondientes adichas autoridades, porel Claustro Universitariointegrado así 1. Por los Profesoresasistentes, agregados,asociados, titulares y jubilados;2. Por losrepresentantes de losalumnos de cadaEscuela, elegidosrespectivamente enforma directa y secretapor los alumnosregulares de ellas. Elnúmero de estosrepresentantes seráigual al 25 por cientode los miembros delpersonal docente y deinvestigación queintegran el Claustro. Larepresentaciónestudiantil de cadaEscuela seráproporcional al númerode alumnos regularesque en ella cursen, enrelación con el total dealumnos regulares de laUniversidad;3. Por losrepresentantes de losegresados a razón decinco por cada

educación universitaria(…).3. Los Consejos de TransformaciónUniversitaria.4. Las instancias creadaspara facilitar lasrelaciones de articulación,

cooperación solidaria,complementariedad,coordinación y consultadentro del Subsistema ycon su entorno político,comunitario, cultural,territorial y productivo.5. Los organismos, entes,instituciones o instanciasque fueren creados odefinidos para laaplicación de la presenteLey.Artículo 19. LosConsejos de TransformaciónUniversitaria son cuerposcolegiados constituidospara el desarrollo de lospropósitos del Subsistemade EducaciónUniversitaria a nivelnacional y de ejesterritoriales.Artículo 24. LosConsejos Territoriales de TransformaciónUniversitaria son cuerposcolegiados departicipación,planificación, articulacióny coordinación de lasinstituciones deeducación universitaria ylas misiones educativas,con el órgano rector, elConsejo Federal de

Universitaria:a) El Parlamento Nacional de laEducación Universitariab) El Consejo de Coordinación delSistema Nacional de EducaciónUniversitariac) El Sistema Autónomo deEvaluación y Acreditación

d) El Consejo Nacional deApelaciones del Sistema Nacional deEducación Universitaria.Artículo 11. El Parlamento Nacionalde la Educación Universitaria es elmáximo organismo de concertacióny de orientación de políticas delSistema Nacional de EducaciónUniversitaria con carácter deasamblea.Artículo 17. El Consejo deCoordinación del Sistema Nacionalde Educación Universitaria es lainstancia ejecutiva del SistemaNacional de Educación Universitaria(…)Artículo 44. Cuando en la presenteLey se alude al ConsejoUniversitario, se refiere al máximoorganismo de cogobiernouniversitario y cuando se alude aConsejo Directivo, se refiere almáximo organismo de cogobiernodel resto de las Instituciones deEducación Universitaria.Artículo 47. El Consejo Ejecutivo esel máximo órgano de gestiónadministrativa de las institucionesde educación universitaria (…)Artículo 56. El Rector, en el caso delas Universidades, o el Director, enel caso de las demás instituciones deeducación universitaria,respectivamente, son losrepresentantes legales de lasmismas y el órgano de comunicaciónde éstas con todas las autoridades

institucional, sean facultades, escuelas,divisiones, departamentos, programas,cátedras u otros modelos, desempeñaránfunciones individuales y colegiadas (…)Artículo 36 .El Consejo de Apelaciones es elórgano superior de cada institución en materiadisciplinaria (…).Además, “en cada región del país existirá un

Consejo Regional de Educación Universitaria”[art. 37], el cual se define como “elorganismo de coordinación integración de laeducación superior para el país” [art. 40].Artículo 42. La Oficina de PlanificaciónNacional de la Educación Superior será unórgano del Consejo Nacional de EducaciónUniversitaria (…)Artículo 71. Son estudiantes de educaciónuniversitaria las personas que hayan obtenidoel título de bachiller y que cumplan losrequisitos previos de ingreso establecidos enla presente ley y en las normas internas decada institución.Artículo 72. El estudiante que no hayapodido ingresar a la educación universitaria,tendrá derecho a participar en programas denivelación académica y orientación vocacionalpara garantizarle nuevas oportunidades deingreso. Los institutos de educaciónuniversitaria deberán crear dichos programas,impartirlos a quienes cumplan los requisitosestablecidos por los propios institutos.Artículo 73 .Son derechos del estudiante deeducación universitaria:a)Elegir a sus representantes ante lasdistintas instancias estudiantiles o decogobierno de la institución universitaria;b)Participar con voz y voto en los organismosde cogobierno de la institución;c) Elegir, según el caso, a las autoridadesacadémicas de la institución (…)Artículo 84 .La institución deberá garantizara su personal profesional administrativo,técnico y obrero, sin perjuicio de otrosderechos, los siguientes:b) Elegir democráticamente a la

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Facultad, elegidos en laforma prevista en elArticulo 54.Artículo 31. El votopara la elección delRector, Vicerrectores ySecretarios seráobligatorio, y se

requerirá, para suvalidez, que hayanvotado no menos de lasdos terceras partes delos integrantes delClaustro. La elección sehará por votacióndirecta y secreta (…)

Artículo 43. El Consejode Apelaciones es elorganismo superior de

cada Universidad enmateria disciplinaria.Estará integrado portres profesorescalificados, concategoría no inferior ala de Asociado, quienesdurarán tres años en elejercicio de susfunciones.

Artículo 52. La

Asamblea es laautoridad máxima decada Facultad y estaráintegrada por losProfesores Honorarios, Titulares, Asociados,Agregados y Asistentes;por los representantesestudiantiles y por losrepresentantes de losegresados de larespectiva Facultad.

gobierno y demásorganismos, entespúblicos e instanciascomunales (…)Artículo 26. Los Comités Territoriales de EducaciónUniversitaria soninstancias de articulación

entre las políticas,instituciones y programasde educaciónuniversitaria (…)Artículo 33. Cadauniversidad se regirá porun reglamento generalinterno que establecerásu filosofía de gestión,objetivos institucionales,estructuras académicas,administrativas y degobierno, así como susámbitos territoriales deinfluencia.Artículo 37. Paraingresar a un programade formación de pregradose requiere el títuloequivalente a bachiller yestar inscrito en elregistro que a tal efectoestablezca el Ministeriocon competencia enmateria de educaciónuniversitaria.Artículo 65. Lacomunidad universitariaes el colectivo orgánico ycorresponsable deldesarrollo de los fines,principios y procesos dela educación universitariaen cada institución. Estácompuesta por las y losestudiantes, lastrabajadoras y los

de la República y con lasinstituciones nacionales ointernacionales.Artículo 62. Las autoridades de lasinstituciones de educaciónuniversitarias oficiales serán electaspor la comunidad académicarespectiva en forma directa y

secreta, a través del voto de losmiembros de la comunidaduniversitaria, en el sentido que estanoción tiene en la presente ley.Para la elección de autoridadestendrán derecho al voto todos losmiembros de la comunidaduniversitaria. Cada sector de dichacomunidad aportará igual porcentajede caudal electoral, conindependencia del número demiembros. Este porcentaje seráfijado en el Estatuto Orgánico decada institución y en el ReglamentoElectoral correspondiente.

representación de los empleadosadministrativos, técnicos y obreros ante elConsejo Rector (…)

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Artículo 53. Larepresentación de losestudiantes será igual aun veinticinco porciento de los miembrosdel personal docente yde investigación queintegran la Asamblea y

será elegida mediantevotación directa ysecreta por los alumnosregulares de la Facultadcorrespondiente entrelos estudiantesregulares de la misma.Artículo 54. Larepresentación de losegresados será de cincomiembros, designadospor el colegiocorrespondiente o, afalta de este, por larespectiva asociaciónprofesional.

Artículo 58. El Consejode la Facultad estáintegrado por elDecano, quien lopresidirá, sieterepresentantes de losProfesores, un

representante de losegresados elegido porel Colegio o AsociaciónProfesionalcorrespondiente y dosrepresentantes de losestudiantes elegidospor los alumnosregulares de la Facultadentre los alumnosregulares del últimobienio de la carrera.

trabajadores académicos,administrativos y obreros,así como por lasegresadas y losegresados, en lascondiciones quedetermine el reglamentoque al efecto dicte el

Ministerio concompetencia eneducación universitaria.Artículo 89. Son órganosde gobierno en cadauniversidad: la Asambleade TransformaciónUniversitaria, el ConsejoEjecutivo Universitario, elConsejo Disciplinario, elConsejo de Apelaciones,el Consejo Contralor, elórgano electoral y laDefensoríaUniversitaria. (…)Artículo 91. LaAsamblea de TransformaciónUniversitaria es elmáximo órgano dereflexión, deliberación ydecisión de launiversidad.Artículo 92. El ConsejoEjecutivo Universitario seconstituye como elcuerpo colegiado, dedirección estratégica,planificación y gestiónacadémica,administrativa einstitucional de cadauniversidad (…)Artículo 94. El ConsejoContralor es un órganopara la contraloría social(…)

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Artículo 69. Elgobierno de lasEscuelas será ejercidopor el Director y elConsejo de la Escuela.

Artículo 95. En cadainstitución de educaciónuniversitaria seconstituirá unaDefensoría Universitaria,que tiene por objeto velarpor el respeto de losderechos de la

comunidad universitariaen los términos definidosen esta ley (…)Artículo 97. El ConsejoDisciplinario es el órganode gobierno universitarioresponsable de instruir ydecidir, en primerainstancia administrativa,los procedimientos ysanciones disciplinariosrelacionados con las

violaciones a las leyes,reglamentos y normas,por parte de cualquierintegrante de lacomunidad universitaria.Artículo 98. El Consejode Apelaciones es elórgano colegiado superioren materia disciplinariade la universidad

El CONOCIMIENTO Y LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA

LEY DE UNIVERSIDADES1970

PROYECTO DE LEY DEEDUCACIÓN UNIVERSITARIA(AN)-2010

PROYECTO DE LEY DEEDUCACIÓNUNIVERSITARIA (AVERU)-2011

PROYECTO DE LEY DEEDUCACIÓN UNIVERSITARIA(GRUPO DE PROFESORES DEVARIAS UNIVERSIDADES)-2011

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  Artículo 1º—La Universidades fundamentalmente unacomunidad de interesesespirituales que reune aprofesores y estudiantes en latarea de buscar la verdad yafianzar los valorestrascendentales del hombre.

Artículo 2º—Las Universidadesson Instituciones al servicio dela Nación y a ellas correspondecolaborar en la orientación dela vida del país mediante sucontribución doctrinaria en elesclarecimiento de losproblemas nacionales.Artículo 3º—Las Universidadesdeben realizar una funciónrectora en la educación, lacultura y la ciencia. Para

cumplir esta misión, susactividades se dirigirán a crear,asimilar y difundir el sabermediante la investigación y laenseñanza; a completar laformación integral iniciada enlos ciclos educacionalesanteriores; y a formar losequipos profesionales ytécnicos que necesita la Naciónpara su desarrollo y progreso.Artículo 4º—La enseñanzauniversitaria se inspirará en undefinido espíritu de democracia,de justicia social y desolidaridad humana, y estaráabierta a todas las corrientesdel pensamiento universal, lascuales se expondrán yanalizarán de manerarigurosamente científica.Artículo 6º.—La finalidad de laUniversidad, tal como se defineen los artículos anteriores, esuna en toda la Nación. Dentro

Investigación (creaciónintelectual): relacionarconocimiento y saber tradicional

desde una perspectiva inter ytransdisciplinaria, para resolverproblemas relevantes para elestado.Patentes serán propiedad deéste.

Docencia (formación integral)involucrada con creación del saber,aprendizaje por proyectos, actividadlaboral. Políticamenteorientada.Miinisterio podrá eliminaro crear carreras (programas deformación).Extensión:(interacción con lascomunidades) papel protagónicoen la creación de saber y laformación integralFines:

a) Defensa de integridad territorial,soberanía e identidad nacional.b) Ciudadanía crítica al servicio de

la democracia participativa yprotagónica, el bien común, eldesarrollo sustentable y el modeloproductivo socialista.c)Integración latinoamericana y connaciones del sur

Investigación:a)redes universitarias como

espacio común para laproducción de conocimientoscon apoyo de las TICSb)Pluralidad de saberes, intery transdisciplinariedadDocencia:

a)internacionalización de laeducación universitaria através de las TICS.b)Red universitaria nacionalintegrada en todos los nivelespara intercambio estudiantilExtensión:

a) Resolver problemasnacionales y regionales.b) Producir bienes y servicios,elevar el nivel educativo ycultural de las comunidades.

Fines:a)conciencia crítica de la

nación con independencia detodo poder económico,político y religioso.b)Afrontar los retosplanteados por la Sociedaddel Conocimiento en sudimensión nacional, regionaly universal.

Definiciones y fines de ladocencia la investigación y laextensión en el contexto dela libertad académica y launiversalidad delconocimiento:Art.3: a) La creación, desarrollo,transmisión y crítica de la

ciencia, de la técnica y de lacultura;b) La preparación para elejercicio de actividadesprofesionales que exijan eldominio deconocimientos y métodoscientíficos, y para la creaciónartística;c) La difusión, valoración ytransferencia del conocimiento alservicio de la cultura, de la

calidad de vida y del desarrolloeconómico humano ysustentable;d) La difusión del conocimiento yla cultura a través de laextensión universitaria y laformación a lo largo de la vida.

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de este concepto se atenderá alasnecesidades del medio dondecada Universidad funcione y serespetará la libertad deiniciativa de cada Institución.

INGRESO A LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA

LEY DEUNIVERSIDADES1970

PROYECTO DE LEY DEEDUCACIÓNUNIVERSITARIA (AN)2010

El artículo 4 de lapresente ley menciona losprincipios que deben regirla educaciónuniversitaria, entre ellosestá:5. Democratización delingreso a las institucionesde educaciónuniversitaria: todoegresado y egresada delnivel de educación media

tiene derecho a ingresara cualquier institución deeducación universitaria,de acuerdo a loestablecido por el EstadoDocente. Enconsecuencia, ningunainstitución universitariapodrá imponer otrosrequisitos o mecanismosque violen este principio.Artículo 37. Para

ingresar a un programa

PROYECTO DE LEY DE EDUCACIÓNUNIVERSITARIA (AVERU) 2011.Artículo 3. Toda persona que hayaobtenido el título correspondiente al nivel

medio diversificado y profesional tendráderecho a ingresar a las instituciones deEducación Universitaria en igualdad decondiciones, sin más limitaciones que lasderivadas de sus aptitudes, vocación yaspiraciones.El Estado, dentro de sus posibilidadesmateriales, proveerá los mediosindispensables para garantizar a losestudiantes la prosecución y culminaciónde sus estudios..

PROYECTO DE LEY DE EDUCACIÓNUNIVERSITARIA (GRUPO DEPROFESORES DE VARIASUNIVERSIDADES) 2011

Artículo 71. Son estudiantes deeducación universitaria las personasque hayan obtenido el título debachiller y que cumplan los requisitosprevios de ingreso establecidos en lapresente ley y en las normas internasde cada institución.Artículo 72. El estudiante que no hayapodido ingresar a la educaciónuniversitaria, tendrá derecho aparticipar en programas de nivelación

académica y orientación vocacionalpara garantizarle nuevas oportunidadesde ingreso. Los institutos de educaciónuniversitaria deberán crear dichosprogramas, impartirlos a quienescumplan los requisitos establecidos porlos propios institutos.

 

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de formación de pregradose requiere el títuloequivalente a bachiller yestar inscrito en elregistro que a tal efectoestablezca el Ministeriocon competencia enmateria de educación

universitaria.