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Elementos a tomar en cuenta ante los nuevos retos empresariales de la pandemia. COVID-19 y nuevas oportunidades de negocio MYPE: Bienes y servicios esenciales y adaptación a nuevos entornos digitales

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Page 1: COVID-19 y nuevas oportunidades de negocio MYPE

Elementos a tomar en cuenta ante los nuevos retos empresariales de la pandemia.

COVID-19 y nuevasoportunidades de negocio MYPE:Bienes y servicios esenciales yadaptación a nuevos entornos digitales

Page 2: COVID-19 y nuevas oportunidades de negocio MYPE

El Perú no puede parar.

En Rubio Leguía Normand, estamos aquí para brindarle seguridad en tiempos de incertidumbre.

Page 3: COVID-19 y nuevas oportunidades de negocio MYPE

La innovación es el insumo principal de toda actividad empresarial exitosa. Muchos negocios han tenido que frenar sus operaciones, mientras que otros (principalmente del sector textil) han descubierto que modificando ligeramente su oferta de productos, podrán seguir operando y generando flujos de ingreso.

Levantada la declaratoria de emergencia, los patrones de consumo habrán cambiado; la pandemia ha modificado el paradigma empresarial existente. No bastará contar con un local presencial. Contratos, medios de pago, catálogos de productos y publicidad deberán migrar e integrarse a los entornos digitales de los modelos de negocio existentes.

La implementación oportuna de estos cambios será lo que marca la diferencia en cada negocio para hacerlo competitivo.

Entendemos los nuevos retos y estamos aquí para guiarlos.

Por ello, en esta presentación se podrá encontrar

información relacionada con aquellos bienes y servicios que pueden ser ofrecidos durante la declaratoria de emergencia, datos sobre cómo ampliar un giro de negocio, información

relevante de protección al consumidor ante la

digitalización, así como ideas para obtener financiamiento.

Page 4: COVID-19 y nuevas oportunidades de negocio MYPE

¿Qué se espera para el futuro?R e a p e r t u r a e c o n ó m i c a

Evaluaciones periódicasSe espera evaluaciones periódicas de impacto para la aprobación de actividades económicas por sector.

Aprobaciones sectorialesSe espera que la aprobación final de apertura venga de los sectores/carteras correspondientes.

Plan de reactivación económicaImplementación de un plan de reactivación de

cuatro fases.

División de sectores económicos

Industria y minería, construcción, comercio y servicios/turismo.

¿Cómo me puedo preparar para la reapertura económica?Dependerá de la industria. Sin embargo, se puede iniciar delimitando las líneas de negocio principales de la empresa y estableciendo protocolos y mecanismos de seguridad y control contra el coronavirus. Asimismo, la implementación de canales digitales de compras y atención al cliente y la

coordinación continua con distribuidores será indispensable. En caso de identificar nuevas líneas de negocio, identificar los permisos y títulos habilitantes requeridos de las autoridades respectivas.

Page 5: COVID-19 y nuevas oportunidades de negocio MYPE

ÍNDICE

Si desea obtener mayor información sobre temas laborales, oprima AQUÍ. Si desea obtener mayor información sobre opciones para obtener liquidez, oprima AQUÍ.

I. Bienes y servicios esenciales; y Fase 1 de reapertura económica.

Recopilación y descripción de las actividades permitidas durante la

cuarentena.

II. Adaptación del giro de negocio.

Ante la oportunidad de nuevas líneas de negocio, qué elementos se deben tener en

consideración para operar.

III. Opciones de financiamiento.

La ausencia de liquidez limita la posibilidad para operar. Existen fuentes de

financiamiento para facilitar la operatividad de los negocios.

IV. Integración digital.

Habiendo determinado los parámetros para operar durante la cuarenta, es momento de considerar la integración digital como nuevo

canal para ofrecer bienes y servicios.

Page 6: COVID-19 y nuevas oportunidades de negocio MYPE

§ Aeronáutico

§ Ambiental

§ Arbitraje nacional e internacional

§ Asociaciones público privadas

§ Banca y Finanzas

§ Civil patrimonial y no patrimonial

§ Competencia

§ Compliance

§ Constitucional

§ Contrataciones con el Estado

§ Corporativo

§ Financiamiento de proyectos

§ Fusiones y adquisiciones

§ Infraestructura y concesiones

§ Inmobiliario y saneamiento de tierras

§ Laboral

§ Mercado de capitales

§ Migratorio

§ Obras por Impuestos

§ Patrimonio familiar

§ Prevención y solución de controversias

§ Previsional

§ Propiedad intelectual

§ Protección al consumidor

§ Protección de datos personales

§ Recursos hídricos

§ Recursos naturales: Energía e Hidrocarburos

§ Recursos naturales: Minería

§ Regulación de servicios públicos

§ Tributario y aduanero

“The firm ranks as one of Peru’s top tier full-service firms. Its reputation for high ethical standards and top-quality services combined with extensive experience and both local and international expertise makes it a regular player in milestone transactions”.

-Chambers and Partners, 2020.

ÁREAS DE PRÁCTICA

Page 7: COVID-19 y nuevas oportunidades de negocio MYPE

I. Bienes y servicios esenciales; yFase I de reapertura económica.Regulación general: Decreto Supremo No. 044-2020-PCM; Comunicados MINEM y PRODUCE; Resolución Ministerial N° 0238-2020-MTC/01.02; Decreto Supremo No. 072-2020-PCM; Resolución Ministerial No. 0094-2020-MINAGRI; Resolución Ministerial N° 125-2020-PRODUCE; y Decreto Supremo No. 080-2020-PCM.

Page 8: COVID-19 y nuevas oportunidades de negocio MYPE

Servicios y bienes esenciales L i s t a d e l o s s e r v i c i o s y b i e n e s e s e n c i a l e s

Alimentos Productos famacéuticos

Establecimientos de salud y centros de

diagnóstico

Cuidado de personas

vulnerables

Entidades financieras, seguros y pensiones

Hoteles y centros de

alojamiento

Medios de comunicación

Agua SaneamientoEnergía eléctrica

Gas Combustible

Limpieza y recojo de residuos

sólidos

Servicios funerarios

Principales bienes y servicios del Decreto Supremo No. 044-2020-PCM:

Centrales de atención

telefónica

¿Estos son los únicos bienes y servicios que pueden operar durante la cuarentena?

No. Mediante el Decreto Supremo No. 058-2020-PCM se estableció que mediante Resolución Ministerial del Sector Competente, se pueden incluir actividades adicionales. Dichas

actividades se encuentran listadas en esta presentación.<

Telecomunicaciones Transporte y carga

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Precisiones a los bienes y servicios esencialesP r e c i s i o n e s s o b r e l a s a c t i v i d a d e s e s e n c i a l e s . C o m u n i c a d o P R O D U C E .

• Las actividades extractivas artesanales e industriales de recursos hidrobiológicos destinados a abastecer el consumo humano directo, a nivel nacional. Para tal efecto, los pescadores y tripulantes, incluidos los buzos y recolectores, deben contar con los permisos correspondientes, debiendo portar el carnet o la acreditación para las actividades que realizan.

• Las actividades acuícolas destinadas a abastecer el consumo humano directo, a nivel nacional. Para tal efecto, el titular de la concesión o autorización debe comunicar a PRODUCE o al GORE correspondiente la lista del personal mínimo autorizado que garantice la continuidad de dichas actividades.

• Las actividades vinculadas a la fiscalización, control y monitoreo de las actividades pesqueras y acuícolas realizadas por las empresas supervisoras, entidades de ensayo e inspección, a nivel nacional, debidamente autorizadas.

• Las actividades relacionadas con el transporte de recursos productos e insumos pesqueros y acuícolas a los establecimientos pesqueros y centros de cultivo, así como el almacenamiento y comercialización de los mismos, a nivel nacional, debidamente autorizados por los titulares de dichas actividades.

• Las actividades para la operación de los establecimientos de procesamiento primario o industrial de productos e insumos pesqueros y acuícolas, con destino al consumo humano directo, a nivel nacional, cuyos trabajadores sean debidamente autorizados por los titulares de dichas actividades. Esta disposición también alcanza a los trabajadores de establecimientos pesqueros que procesen residuos y descartes provenientes de las actividades descritas en el párrafo precedente, para lo cual deben contar con fiscalización de PRODUCE.

• Las actividades para la operación de la infraestructura pesquera artesanal y muelles autorizados para el desembarque, a nivel nacional, cuyos trabajadores sean debidamente acreditados por los administradores de dichas infraestructuras.

• Las actividades de acopio y comercialización de recursos, productos e insumos pesqueros y acuícolas en bodegas, mercados de abastos, supermercados, terminales pesqueros, entre otros, a nivel nacional, debidamente autorizados por el administrador de dichos establecimientos y cumpliendo con los protocolos de seguridad, higiene y salud que resulten aplicables.

Las actividades extractivas se sujetan a las temporadas, cuotas,

vedas o zonas de pesca debidamente autorizadas, siendo

que PRODUCE mantiene operativo (durante las 24 horas) el sistema de

seguimiento satelital para el tránsito de las embarcaciones

pesqueras.

Page 10: COVID-19 y nuevas oportunidades de negocio MYPE

Precisiones a los bienes y servicios esencialesP r e c i s i o n e s s o b r e l a s a c t i v i d a d e s e s e n c i a l e s . C o m u n i c a d o M I N E M .

• Las Unidades Mineras, podrán trasladar hacia la Unidad Minera el personal indispensable para garantizar el sostenimiento de sus operaciones críticas y el restablecimiento de las mismas, a niveles normales pasada la emergencia. Para tal efecto, cada titular minero definirá el personal (propio y de contratistas) mínimo indispensable que garantice el sostenimiento de las operaciones críticas.

• El titular minero, debe adecuar y actualizar el Plan de Preparación y Respuestas para Emergencias de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo N° 024-2016-EM, Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería y la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N°037-2017-EM.

• Cada titular minero debe aprobar e implementar lineamientos de monitoreo y seguridad durante el periodo de aislamiento social obligatorio en las Unidades Mineras que garantice la protección de la salud durante el estado de emergencia.

• Los titulares mineros deben cumplir con el protocolo aprobado por el MINSA para prevenir, contener y mitigar el contagio del COVID-19, en el marco de las acciones de control sanitario.

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Precisiones a los bienes y servicios esencialesS e r v i c i o s i n c l u i d o s p o r l a R e s o l u c i ó n M i n i s t e r i a l N ° 0 2 3 8 - 2 0 2 0 - M T C / 0 1 . 0 2 .

Administradores de infraestructura portuaria de titularidad pública y

privada.

Otros Operadores de Comercio Exterior

Servicios de Envíos de Entrega Rápida (Courier). Empresas fumigadoras de carga

Agencias Generales. Operadores Logísticos. Grúas Remolque. Empresas relacionadas con el tratamiento, manipulación y acomodación de la carga.

Agencias Marítimas, Fluviales y Lacustres.

Proveedores de Precintos Aduaneros.

Talleres de mantenimiento vehicular.Consignatarios y dueños de carga. incluidos los bienes que no son de primera necesidad, únicamente para efectos de

transportar su mercancía para almacenaje.

Agencias de Aduanas. Proveedores de Material de Embalaje.

Trabajadores portuarios en sus diferentes especialidades portuarias, incluyendo conductores para el retiro de

carga rodante de los terminales portuarios.Transporte de contenedores vacíos y llenos.

Agencias de Carga. Proveedores de Pallets. Trabajadores bajo otro régimen de trabajo perteneciente a las empresas y administradoras portuarias.

Transporte de carga contenedorizada, general, granel sólido y líquido, fraccionada o suelta, proyecto, rodante.

Empresas de servicios postales. Empresas de Custodia Vehicular y de carga.

Empresas de transporte de carga,Empresas contratistas y subcontratistas, encargadas de la

ejecución de obras de infraestructura portuaria destinadas a la prestación de servicios públicos en las mismas.

Almacenes aduaneros Inspectores de Carga y Nave.

Empresas de estiba y desestiba y/o cooperativas de estiba y desestiba.

Empresas contratistas y subcontratistas, que brindan servicios de ingeniería y/o provisión de material de

construcción u otros análogos, para la ejecución de obras de infraestructura portuaria destinadas a la prestación de

servicios públicos en las mismas.

Local del importador o exportador o lugar que éste disponga para la descarga y carga de mercancías,

respectivamente

Prestadores de Envío de Documentos.

Empresas prestadoras de servicios portuarios tales como: practicaje, remolcaje, buceo, avituallamiento de naves,

amarre y desamarre de naves, recojo de residuos, abastecimiento de combustible, mantenimiento de naves, transporte de personas y almacenamiento.

Otros relacionados a los servicios o actividades dentro de la cadena logística terrestre, aérea, marítima, portuaria, fluvial y lacustre, y las demás señaladas en normas y disposiciones que se emitan durante el Estado de Emergencia a través del

Poder Ejecutivo

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Modificaciones a los bienes y servicios esencialesS e r v i c i o s i n c l u i d o s p o r e l D e c r e t o S u p r e m o N o . 0 7 2 - 2 0 2 0 - P C M .

Servicios necesarios para la distribución y transporte de materiales educativos; el almacenamiento, transporte,

preparación y/o distribución de alimentos del programa social de alimentación escolar, así como la adquisición,

transporte y distribución de insumos para mantenimiento de infraestructura y de equipamiento menor (kits de

higiene) para la prevención del COVID-19, en los niveles educativos que corresponda. Todo ello, conforme a las

disposiciones del Ministerio de Educación en coordinación con el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y según

los protocolos emitidos por el Ministerio de Salud.

Establecimientos de hospedaje, con la finalidad de cumplir con la cuarentena dispuesta o para el alojamiento del personal que presta los servicios y bienes esenciales.

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Modificaciones a los bienes y servicios esencialesS e r v i c i o s i n c l u i d o s p o r l a R e s o l u c i ó n M i n i s t e r i a l N o . 0 0 9 4 - 2 0 2 0 - M I N A G R I .

• Cosecha de productos agrícolas a nivel nacional.• Cuidado y mantenimiento de cultivos, crianza de animales, ordeños, forestales y actividades agropecuarias

diversas.• Traslado de productos agrícolas, animales vivos para consumo, sus productos y sub productos, apícolas para

polinización que dan continuidad a la productividad, a los diversos centros de procesamiento, transformación, acopio, almacenaje, distribución y comercialización.

• Operación y mantenimiento de centros de procesamiento primario y secundario de alimentos• Elaboración y entrega de materiales e insumos agrícolas, que incluye la importación, formulación, transporte,

comercialización de semillas y plantas; guanos de isla, plaguicidas, abonos y fertilizantes incluyendo sus ingredientes activos, aditivos y envases que se utilizan para su formulación y uso.

• Elaboración y entrega de materiales e insumos pecuarios, que incluye la importación, formulación, transporte, comercialización de forraje, alimentos balaceados y sus componentes, productos veterinarios y material genético.

• Importación y exportación de productos agropecuarios.• Riego de los terrenos de producción agrícola, operación y mantenimiento de infraestructura mayor y menor

de riego (presas, represas, bocatomas y canales de riego).

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Servicios y bienes esencialesE j e m p l o s

Las empresas de seguridad privada —debidamente autorizadas porSUCAMEC— continuarán con su personal operativo ejerciendo elservicio de seguridad y protección de instalaciones y patrimoniopúblico y privado, entendida esta actividad como la primera red deseguridad básica que coadyuva a la seguridad ciudadana.

Se permite la realización de actividades relacionadas al mantenimientode carreteras, atención de emergencias viales, servicios en la vía (grúa,ambulancia, auxilio mecánico, etc).

Ejemplo 1:Empresas de seguridad privada.

Ejemplo 2:Actividades conexas de transporte.

Los servicios brindados por aplicativos de entrega de comida preparadano se encuentran como parte de las actividades permitidas durante elestado de emergencia. En ese sentido, el delivery mediante estosaplicativos tampoco ha sido aprobado hasta la fecha.

Ejemplo 3:Delivery de comida: Rappi, Glovo, Uber Eats.

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Servicios y bienes estrictamente indispensablesC o n s i d e r a c i o n e s d e l a R e s o l u c i ó n M i n i s t e r i a l N ° 1 2 5 - 2 0 2 0 - P R O D U C E

Mascarillas textiles.

Ropa hospitalaria.

Materiales textiles de protección médica.

Proveedores de insumos de los bienes estrictamente indispensables

• Tener la condición de empresa formal (inscrita en la SUNARP y contar con licencia de funcionamiento);

• Contar con RUC activo y habido;• Facturar en promedio ventas anuales mayores a 50 UIT (S/.

215,000.00) en los últimos tres años;• Antigüedad y experiencia en el mercado no menor de cuatro

años;• Contar con un número de trabajadores superior a 19 en planilla;• Vender o abastecer a mercados locales principales y/o tener

condición de empresa exportadora;• No estar ubicada los departamentos de Tumbes, Piura,

Lambayeque, La Libertad y Loreto.

Consideraciones específicas:

• Debe aprobar e implementar lineamientos de monitoreo y seguridad durante el periodo de aislamiento social obligatorio que garantice la protección de la salud durante el estado de emergencia.

• Debe cumplir con el protocolo aprobado por el MINSA para prevenir, contener y mitigar el contagio del COVID-19, en el marco de las acciones de control sanitario.

Si usted ya presta estos servicios:• Debe operar con el personal mínimo indispensable para garantizar el

sostenimiento de sus operaciones críticas y el restablecimiento de las mismas, a niveles normales pasada la emergencia.

• Debe adecuar y actualizar el Plan de Preparación y Respuestas para Emergencias de conformidad con el Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional del sector correspondiente.

Actividades relacionadas a la producción de insumos necesarios para las

actividades del sub sector minero y otras actividades conexas.

Page 16: COVID-19 y nuevas oportunidades de negocio MYPE

Preguntas frecuentes sobre los bienes estrictamente indispensablesD a t o s a d i c i o n a l e s

¿Si ya confecciono textiles, debo obtener una autorización

adicional para producir los bienes estrictamente indispensables?

¿Cuáles son las especificaciones técnicas de las mascarillas?

El MINSA ha aprobado la Resolución Ministerial No. 135-2020 y ha establecido

una serie de especificaciones que deben ser cumplidas para elaborar las mascarillas.

Para acceder a estas, oprima AQUÍ.

¿La ropa hospitalaria tiene parámetros específicos de

confección?

¿Puedo exportar los bienes estrictamente indispensables que produzca?De acuerdo con el Decreto Supremo 013-2020-SA, la exportación de ciertos bienes se

encuentra restringida, salvo con autorización favorable del Ministerio de Salud:

Subpartida nacional Descripción de la mercancia

6307.90.30.00 --Mascarillas de protección

4015.11.00.00 -- Para cirugía (Solo: guantes)

4015.19.90.00 -- Los demás: (Solo: guantes)

6210.10.00.00 - Con productos de las partidas 56.02 o 56.03

¿La distribución de los bienes estrictamente indispensables

también está permitida?

No es necesario obtener una autorización adicional, pero se

requiere cumplir con los requisitos aprobados mediante Resolución

Ministerial No. 125-2020-PRODUCE.

Mediante la Resolución Ministerial No. 599-2019/MINSA, se aprobó la Norma Técnica

de la indumentaria para el personal técnico y auxiliar asistencial de la salud, y se ha

establecido especificaciones técnicas para su confección. Para acceder a estas, oprima

AQUÍ.

Sí, durante el Estado de Emergencia se garantiza el abastecimiento de alimentos y medicinas, lo que implica la distribución de bienes estrictamente indispensables.

Page 17: COVID-19 y nuevas oportunidades de negocio MYPE

Preguntas frecuentes sobre los bienes estrictamente indispensablesD a t o s a d i c i o n a l e s

¿Puedo utilizar el logo del MINSA en la publicidad que use sobre los

bienes estrictamente indispensables que produzca?

Sí, siempre que el logo sea usado únicamente con fines informativos.

No obstante, recomendamos solicitar previamente la autorización

del MINSA y/o de cualquier otro titular de un logo que vaya a ser

usado.

¿Alguna entidad se encuentra encargada de certificar el

cumplimiento de las especificaciones técnicas?

¿Existe algún registro obligatorio del Estado para empresas que

produzcan bienes estrictamente indispensables?

¿Puedo realizar ventas en línea de los bienes que produzca?

Si desea obtener mayor información sobre temas laborales, oprima AQUÍ. Si desea obtener mayor información sobre opciones para obtener liquidez, oprima AQUÍ.

En el caso de la producción de mascarillas y ropa hospitalaria, la fiscalización es realizada por el Ministerio de Salud.

No existe un registro en el que tengan que inscribirse obligatoriamente las empresas

para producir este tipo de bienes.

Sí es posible las ventas en línea de bienes esenciales, pero al momento de hacer la entrega física, se debe cumplir con todas

las disposiciones emitidas por el Ministerio de Salud.

Page 18: COVID-19 y nuevas oportunidades de negocio MYPE

Actividades incluidas en la Fase 1 para la reapertura económicaS e r v i c i o s i n c l u i d o s p o r e l D e c r e t o S u p r e m o N o . 0 8 0 - 2 0 2 0 - P C M .

Minería e industria1. Explotación, beneficio, almacenamiento, transporte y cierre de minas del estrato de la gran minería y, proyectos en construcción de interés nacional e hidrocarburos.2. Insumos para la actividad agropecuaria.3. Pesca industrial (consumo humano indirecto).4. Producción temporal: órdenes de compra (exportaciones) vencidas y por vencer.5. Industrias de vidrio, forestal (maderable u no maderable), papel y cartón, plásticos y hielo ampliación de textil y confecciones, maquinaria y equipo.6. Industria metalmecánica7. Sustancias químicas básicas y abono y servicios complementarios a agricultura (para actividades esenciales).

Construcción8. Proyectos del Plan Nacional de Infraestructura para la competitividad (PNIC).9. Proyectos de la Autoridad para la Reconstrucción con cambios (ARCC)10. 56 proyectos del Sector Transportes y Comunicaciones.11. 36 obras de saneamiento.12. Actividades de infraestructura agraria (riego, mantenimiento, rehabilitación de drenes, entre otros).13. Proyectos inmobiliarios priorizados (fase de excavación, estructuras y acabados, y viviendas en el ámbito rural).14. Productos agrarios (alquiler/venta de maquinarias)15. Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y de Reposición (IOARR), acceso de agua y alcantarillado en comisarías, hospitales y colegios.16. Industrias y servicios conexos a la construcción.

Servicios y turismo17. Restaurantes y afines autorizados para entrega a domicilio (con propia logística del establecimiento y protocolo de seguridad y recojo en local)18. Hoteles categorizados y transporte turístico para actividades esenciales.19. Servicios vinculados a telecomunicaciones20. Servicios complementarios a la agricultura.21. Servicios prestados a empresas (soporte de TI y servicios profesionales, exportaciones de servicio de conocimiento)22. Servicios notariales23. Servicios de reciclaje.24. Servicios de mantenimiento de equipo relacionado a edificaciones y hogares (bombas, termas, ascensores, gasfitería, electricista, carpintería, entre otros)25. Servicios de almacenamiento de: Abonos y materias primas agropecuarias, artículos de plásticos, vidrio, papel, cartones, aserradura de madera, hielo para actividades en general.

Comercio26. Comercialización de productos agrarios27. Comercio electrónico de bienes para el hogar y afines.

Page 19: COVID-19 y nuevas oportunidades de negocio MYPE

Autorización para la operatividad de bienes y servicios esenciales.I n f o r m a c i ó n p a r a o b t e n e r e l p e r m i s o .

Una vez habilitada la página de PRODUCE, ingresar al siguiente ENLACE. Si su RUC no cumple con lo dispuesto en el DS No. 080-2020-PCM que aprueba la

reanudación de actividades económicas, comuníquese a [email protected].

Page 20: COVID-19 y nuevas oportunidades de negocio MYPE

II. Adaptación de giro de negocio

Descripción de casos modelo; preguntas frecuentes; y modificación del objeto social.

Page 21: COVID-19 y nuevas oportunidades de negocio MYPE

Adaptación de giro de negocioN u e v a s r e g l a s e n b e n e f i c i o d e l a s M Y P E S .

Aprobación automática deLicencia de Funcionamiento

Para establecimientos calificados con nivel de riesgo bajo o medio.

Listado de actividades simultáneas y adicionales

Se modifican las actividades que pueden desarrollase con la sola presentación de declaración jurada.

DeliverySe habilita a desarrollar el servicio de entrega a domicilio sin ningún trámite adicional.

Cambio de giroSe permite a los establecimientos que cambien su giro por uno más rentable.

Page 22: COVID-19 y nuevas oportunidades de negocio MYPE

Adaptación de giro de negocioC a m b i o d e g i r o , ¿ q u é d e b o s a b e r ?

De aprobación automáticaSolo requiere de la presentación ante el municipio de una declaración jurada.

Gobierno digitalLa solicitud se podrá presentar virtualmente, a través de mesa de partes digital.

Obras complementariasHabilita a realizar obras de refacción

y/o reacondicionamiento, con el fin de adecuar las instalaciones a la nueva

actividad .

Condiciones de seguridadNo deben verse afectadas, de manera que el riesgo pueda elevarse a alto o

muy alto.

CAMBIO

DE

GIRO

COM

ERCI

AL

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Adaptación de giro de negocioF a c i l i d a d e s e n l a a p r o b a c i ó n d e L i c e n c i a d e F u n c i o n a m i e n t o .

De aprobación automáticaPara establecimientos calificados con nivel de riesgo bajo o medio.

Evaluación previa con SAPPara establecimientos con nivel de riesgo alto o muy alto.

Más expeditivo:Se reducen los plazos para la emisión de Licencias de Funcionamiento

Page 24: COVID-19 y nuevas oportunidades de negocio MYPE

Adaptación de giro de negocioD e l i v e r y c o m o a c t i v i d a d i n h e r e n t e a l a d e s a r r o l l a d a y , g i r o s a f i n e s o c o m p l e m e n t a r i o s .

A los que cuentan con Licencia de Funcionamiento se les permite desarrollar como actividad el servicio de entrega a domicilio (delivery) sin necesidad de realizar ningún tramite adicional.

Recientemente se modificó la lista de giros afines o complementarios entre sí, que pueden desarrollarse con la sola presentación de declaración jurada.

Se destaca la venta al por menor de algunos productos de primera necesidad (como frutas, legumbres, hortalizas, lácteos, huevos, pan), confitería, tabaco, libros, periódicos, accesorios de vestir, entre otros.

Page 25: COVID-19 y nuevas oportunidades de negocio MYPE

Adaptación de giro de negocioC a s o s m o d e l o y p a s o s p a r a a m p l i a r a c t i v i d a d e s d e l g i r o d e n e g o c i o .

Verificar el giro de negocio autorizado en la licencia de funcionamiento de la empresa.

Identificar las actividades compatibles o complementarias permitidas dentro del giro de negocio de la licencia de funcionamiento y/o compatibles con la zonificación del negocio (índice de usos).

Identificar las actividades permitidas durante la declaratoria de emergencia.

Implementar medidas de adecuación comercial y de seguridad para el nuevo negocio.

Caso 1: Cadena de restaurantes.El cliente cuenta con una cadena de restaurantes y bares y un contrato de arrendamiento por los siguientes dos años. Previendo una reducción del aforo permitido, un segmento fidelizado de clientes y contando con una capacidad instalada para preparar alimentos, inicia las modificaciones del local para actuar como dark kitchen con entrega a domicilio de acuerdo con el Protocolo de Restaurantes y Afines autorizados para entrega a domicilio (con propia logística del establecimiento y protocolo de seguridad y recojo en local) una vez PRODUCE haya autorizado el funcionamiento.

1

2

3

4

Pasos a tomar para ampliar las actividades del giro de negocio:

Caso 2: Tienda de ropa.

El cliente tiene una tienda de ropa ubicada en la municipalidad de Miraflores (ver siguiente diapositiva) y un contrato de arrendamiento por los siguientes dos años. Previendo una demanda reducida por ropa en los siguientes meses, transforma el local en una tienda de abastecimiento de bienes esenciales (minimarket) con delivery y traslada su oferta de ropa a su página web.

Presentar solicitud de ampliación de licencia de funcionamiento ante la municipalidad respectiva.

5

Page 26: COVID-19 y nuevas oportunidades de negocio MYPE

Adaptación de giro de negocioE l e j e m p l o p a r t i c u l a r d e M i r a f l o r e s – D e c r e t o d e A l c a l d í a N o . 0 0 3 - 2 0 2 0 - M M

Esto autoriza a los negocios que cuenten con Licencia de Funcionamiento ampliar su giro a uno autorizado para el abastecimiento de la población del distrito, principalmente productos de

primera necesidad y aquellos que cubran necesidades y que no concentren público para su expendio, debiendo ser compatibles con la zonificación del establecimiento.

El giro temporal solicitado no necesariamente tiene que ser ni compatible ni complementario con el giro autorizado.

• El plano de zonificación puede ser visto en el siguiente enlace.

• El índice de usos puede ser visto en el siguiente enlace.

Procedimiento simplificado para efectuar la ampliación temporal degiro, modificación de área y autorización de giro por campaña en lasLicencias de Funcionamiento en el marco de la Emergencia SanitariaNacional por COVID-19 en el distrito.

Los agentes económicos que cuenten con una Licencia Municipal de Funcionamiento y que deseen modificar, ampliar o reducir el giro temporal, podrán solicitarlo a la Subgerencia de Comercialización, deberán presentar los siguientes requisitos:

• Solicitud Declaración Jurada que contenga: número de Registro Único de Contribuyente –RUC, Documento Nacional de Identidad – DNI o Carné de Extranjería del solicitante, tratándose de personas jurídicas o natural, según corresponda.

• Declaración Jurada de Vigencia de Poder del representante legal, consignando el número de la partida electrónica en el caso de personas jurídicas u otros entes colectivos.

• Declaración Jurada del cumplimiento de las condiciones de seguridad en la edificación.

Requisitos:

Se espera que otras municipalidades repliquen el ejemplo de Miraflores. El plazo para acogerse al beneficio vence el 31 de diciembre de 2020.

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Adaptación de giro de negocioP r e g u n t a s f r e c u e n t e s

¿Puedo ampliar mi objeto social para ofrecer alguno de los

servicios esenciales?

Sí. Sin embargo, recién se podrá realizar la inscripción de la

modificación del estatuto cuando SUNARP reinicie operaciones.

¿Debo obtener un título habilitante?

La obtención de un título habilitante dependerá de la actividad que se desea

realizar. No todas las actividades requieren de un título habilitante. Por ejemplo, para distribuir ciertos alimentos no se requiere

un título habilitante. Sin embargo, para operar como farmacia sí.

¿Debo modificar mi licencia de funcionamiento?

Dependerá de la ackvidad que se desea realizar y siempre y cuando exista

compakbilidad en los índices de uso de la ubicación en la que se desea operar

(zonificación).

No obstante, no se requiere solicitar una modificación o ampliación, cuando el ktular de una licencia de funcionamiento, bajo su responsabilidad, desarrolle alguna de las ackvidades simultáneas y adicionales que establezca el Ministerio de la Producción, siempre que no se afecten las condiciones

de seguridad del establecimiento.

¿Cuáles son los pasos para modificar mi licencia de funcionamiento?

Si desea obtener mayor información sobre temas laborales, oprima AQUÍ. Si desea obtener mayor información sobre opciones para obtener liquidez, oprima AQUÍ.

La licencia de funcionamiento puede ser ampliada presentando —previamente a la Municipalidad— una declaración jurada informando que se desarrollará una ackvidad

simultánea y adicional, y garankzando que no se afectarán las condiciones de seguridad en el establecimiento. Para acceder al formato de declaración jurada, haga click AQUÍ.

Cabe precisar que este trámite está sujeto a fiscalización posterior.Asimismo, se debe tomar en cuenta que el Decreto de Urgencia No. 029-2020, dispuso la

suspensión por treinta (30) días hábiles contados a parkr del 21 de marzo de 2020 del cómputo de los plazos de inicio y de tramitación de los procedimientos administrakvos.

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Preguntas frecuentes sobre los bienes indispensablesD a t o s a d i c i o n a l e s

¿Los restaurantes pueden funcionar?

No, se ha suspendido el acceso a restaurantes y otros centros de consumo

de alimentos (lo que incluye a los dark kitchen) mientras no se levante el Estado de Emergencia. Sin embargo, se espera

que en los siguientes días PRODUCE emita la autorización para operar.

¿Se puede enviar comida o u[lizar la modalidad de delivery

para el envío de productos?

No es posible utilizar la modalidad de delivery para la distribución o entrega de

productos que no están considerados como productos indispensables. Por ende,

restaurantes no pueden realizar delivery pero supermercados sí.

¿Las empresas de seguridad privada pueden continuar con sus

servicios?

La SUCAMEC ha dispuesto la conknuidad de los servicios que brindan las empresas de seguridad privada, con excepción de

sus áreas administrakvas.

Si desea obtener mayor información sobre temas laborales, oprima AQUÍ. Si desea obtener mayor información sobre opciones para obtener liquidez, oprima AQUÍ.

.

¿Se necesita de algún permiso para realizar las actividades

estrictamente indispensables?

No, solo se requiere cumplir con las consideraciones específicas para realizar las

actividades consideradas como estrictamente indispensables.

¿Debo seguir lineamientos especiales de seguridad?

Ciertas normas de carácter general y sectoriales han sido aprobadas para prevenir y controlar el

coronavirus. Entre ellas se encuentra la Resolución Ministerial N° 239-2020-MINSA, Resolución de Presidencia de Directorio No.

0007-2020-APN-PD y Resolución de Presidencia Ejecutiva No. 027-2020-SANIPES-PE.

Page 29: COVID-19 y nuevas oportunidades de negocio MYPE

Modificación del objeto socialE j e m p l o s

Artículo 2.- OBJETO SOCIAL: La sociedad tiene por objeto dedicarse a laconfección de uniformes de todo tipo. Se entienden incluidos en elobjeto social los actos relacionados con el mismo que coadyuven a larealización de sus fines. Para cumplir con dicho objeto, podrá realizartodos aquellos actos y contratos que sean lícitos, sin restricción alguna.

Artículo 2.- OBJETO SOCIAL: La sociedad tiene por objeto dedicarse a laconfección, provisión y diseño de productos, bienes y materialestextiles de todo tipo, incluyendo de uso médico. Se entienden incluidosen el objeto social los actos relacionados con el mismo que coadyuvena la realización de sus fines. Para cumplir con dicho objeto, podrárealizar todos aquellos actos y contratos que sean lícitos, sin restricciónalguna.

Ejemplo 1:Estatuto con un objeto social limitado.

Ejemplo 2:Estatuto con un objeto social más amplio.

Page 30: COVID-19 y nuevas oportunidades de negocio MYPE

Modificación del objeto socialP a s o s n e c e s a r i o s p a r a m o d i fi c a r e l o b j e t o s o c i a l

Presentación del acta de junta general de accionistas ante un notario público.

Presentación del título ante SUNARP

Adopción de acuerdo de junta general de

accionistas para modificar el estatuto social.

¿Cuál es el precio que cobra un notario para presentar la minuta

ante SUNARP?

En promedio, gastos notariales S/. 450.00 y gastos

registrales S/. 360.00.

¿Cuánto tiempo demora la inscripción en SUNARP?

En promedio 10 días hábiles.

¿Puedo iniciar mis nuevas operaciones antes de que se haya

inscrito la modificación de la modificación del objeto social?

Sí. La modificación del estatuto se hará efectiva a partir de la mera aprobación por parte de la junta

general de accionistas. Sin embargo, la inscripción en registros públicos

facilitará la obtención de financiamiento.

Convocatoria a junta general de accionistas

para modificar el estatuto social.

1 32 4

NOTA:En caso de contar con

contratos financieros, estos se deben revisar a detalle

para confirmar que no existan restricciones sobre

las modificaciones al objeto social.

Page 31: COVID-19 y nuevas oportunidades de negocio MYPE

III. Opciones de financiamiento

Programa REACTIVA Perú, FAE-MYPE, Fondo CRECER y

programas adicionales.

Page 32: COVID-19 y nuevas oportunidades de negocio MYPE

Diferencias de los programasE L E M E N T O S P R I N C I P A L E S

Objeto del FAE- MYPE:Objeto de REACTIVA Perú:

• Otorgar garantías para el respaldo de créditos obtenidos por personas naturales y jurídicas que realicen actividades empresariales respecto a capital de trabajo para garantizar la cadena de pagos ante el COVID-19.

Objeto del Fondo Crecer:

• Impulsar el desarrollo producVvo y empresarial de las MYPES y de las empresas exportadoras por su alto impacto en la economía nacional, a través del Fondo CRECER para el financiamiento, otorgamiento de garan[as y similares, y otros productos financieros.

• Otorgar garantías para el respaldo de créditos obtenidos por MYPEs respecto a capital de trabajo para garantizar la cadena de pagos.

Instrumento de cobertura FAE- MYPE:

Instrumento de cobertura REACTIVA PERÚ:• Garantía otorgada a favor de

ESF para cubrir operaciones crediticias dirigidas a beneficiarios elegibles.

Instrumentos de cobertura Fondo CRECER:

• Garantía.• Reafianzamientos.• Garantías bursátiles.

• Garantía otorgada a favor de ESF para cubrir operaciones crediticias dirigidas a beneficiarios elegibles.

Page 33: COVID-19 y nuevas oportunidades de negocio MYPE

Cobertura Fondo CRECER:Cobertura REACTIVA Perú:

Diferencias de los programasE L E M E N T O S P R I N C I P A L E S

Monto máximo de cobertura individual REACTIVA Perú:

Monto máximo de cobertura individual FAE-MYPE:

Monto máximo de cobertura individual Fondo CRECER:

• Hasta S/. 30,000.00.• El monto equivalente a dos veces el promedio

mensual de deuda de capital de trabajo registrado por la MYPE, en el año 2019, en la empresa del sistema financiero o COOPAC que le otorga el crédito.

• Para dicho límite no se consideran los créditos de consumo, ni hipotecarios para vivienda.

• Hasta S/. 10,000,000.00.• El monto podrá ser:

a) El monto equivalente a tres (3) veces la contribución anual de la empresa a EsSalud en el año 2019; o

b) El monto equivalente a un (01) mes de ventas promedio mensual del año 2019, de acuerdo a los registros de la SUNAT.

c) En el caso de microempresas se determinará en función de (b).

• MIPYME hasta S/. 10,000,000.00 o su equivalente en moneda extranjera.

• Exportadoras hasta US$ 6,000,000.00.

Cobertura FAE- MYPE:

Créditos por empresa (en soles)Cobertura de la

cartera del deudor(%)

Hasta S/. 30,000.00 98%

De S/. 30,001.00 a 300,000.00 95%

De S/. 300,001.00 a 5,000,000.00 90%

De S/. 5,000,001.00 a 10,000,000.00 80%

Plazo Emp.

Micro.Emp.

Pequeña

Emp.Median

a

Emp.Exportadora con ventas

hasta 30 MM USD

< o = a36meses

90% 90% 70% 60%

> a 36meses 75% 70% 70% 60%

Monto de loscréditos

Cobertura de lacartera del deudor

Hasta S/.10,000.00

98% de cobertura.

Desde S/.10,001.00 hastaS/. 30,000.00

90% de cobertura.

Page 34: COVID-19 y nuevas oportunidades de negocio MYPE

Diferencias de los programasE L E M E N T O S P R I N C I P A L E S

Fondeo FAE- MYPE:• COFIDE establece a favor de cada ESF o COOPAC,

según corresponda, una línea de financiamiento FAE-MYPE con cargo a la cual pueden solicitar desembolsos. La línea de financiamiento FAE-MYPE otorgada a la ESF o COOPAC, según corresponda, cuenta con una GARANTÍA de riesgo crediticio, que solo cubre el saldo insoluto, sin considerar el tipo de capitalizaciones posteriores al otorgamiento del CRÉDITO GARANTIZADO. El tope de la línea de financiamiento por ESF o COOPAC es hasta S/ 250,000,000.00 o el 50% del patrimonio ajustado de la ESF o COOPAC. Se suscribe un contrato de canalización de recursos.

Fondeo de REACTIVA Perú:

• Cada ESF deberá utilizar sus propios recursos para realizar las colocaciones.

Recursos del Programa FAE- MYPE:

• S/. 800,000,000.00

Recursos del Programa REACTIVA PERÚ:

• S/. 30,000,000,000.00

Fondeo Fondo Crecer:

Recursos del Programa Fondo CRECER:

• COFIDE canalizará los recursos del Fondo CRECER a favor de los Beneficiarios vía entidades financieras regulados por la SBS, o un Patrimonio Autónomo como fondos de inversión o fideicomiso de titulización, cuya estrategia esté dirigida al financiamiento de los Beneficiarios y que hayan firmado los contratos de canalización con COFIDE y se encuentren reguladas por la SBS o SMV.

• S/. 1,200,000,000.00 aproximadamente.

Page 35: COVID-19 y nuevas oportunidades de negocio MYPE

Programas adicionales enfocados en MYPEsF u e n t e s a d i c i o n a l e s

Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero

(FONDEPES).

Programa Turismo Emprende

Programa de Apoyo a la Pequeña y

Microempresa (PAME).

Línea de Crédito PROMYPE del Programa

Especial de Apoyo Financiero a la Micro y

Pequeña Empresa (PROMYPE).

Fideicomiso FONDEMI.

Administrado por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, promueve la creación,

desarrollo y consolidación de emprendimientos turísticos y/o artesanales.

Mayor información AQUÍ.

Administrado por el Ministerio de la Producción, fomenta el desarrollo pesquero y

actualmente ofrece créditos a pescadores artesanales.

Mayo información AQUÍ. Otorga recursos financieros a las entidades especializadas en financiar a las MYPE, a fin

que sean destinados exclusivamente al Sector MYPE.

Mayor información AQUÍ.

Brinda servicios financieros a los requerimientos del sector MYPE, derivados de sus actividades productivas, comerciales o de

servicios.Mayor información AQUÍ.

Administrado mediante un fideicomiso por el Banco de la Nación, otorga líneas de crédito a

organismos ejecutores para su posterior colocación a MYPEs.

Mayor información AQUÍ.

Page 36: COVID-19 y nuevas oportunidades de negocio MYPE

Operaciones de factoring y el Fondo CRECERC O N S I D E R A C I O N E S D e c r e t o d e U r g e n c i a N o . 0 4 0 - 2 0 2 0

Descripción:

• Estar registrada o supervisada como empresa de factoring (“EF”) ante la SBS.• No encontrarse incursa, según corresponda, en ningún régimen de intervención, disolución y

liquidación o plan de saneamiento financiero o procedimiento concursal exigido por la SBS, el BCRP, el INDECOPI, la SMV u otro órgano de regulación, control o supervisión, según corresponda.

• No ser contraparte del fiduciario del Fondo CRECER en un proceso arbitral o judicial o procedimiento administrativo, o haber presentado una demanda o denuncia contra dicho fiduciario, o tener pendiente alguna acción administrativa o arbitral contra éste.

• No tener pendiente alguna acción judicial con COFIDE o con cualquier otra entidad gubernamental o pendiente alguna acción administrativa o arbitral con COFIDE.

• Los accionistas de la empresa de factoring no pueden encontrarse en ninguna lista de lavado de activos o financiamiento del terrorismo, ni haber recibo sentencia penal alguna.

Requisitos comunes de las EF para acceder a operaciones en el marco del Fondo CRECER:El Fondo CRECER permite otorgar créditos,

garantías y/o coberturas para operaciones de factoring o descuento de instrumentos de contenido crediticio a MIPYMEs y empresas exportadoras (según la definición y alcances del Decreto de Urgencia No. 050-2002 y el

Decreto Supremo No. 171-2002-EF).

Requisitos para operaciones de factoring o descuentos de instrumentos crediticios:

Requisitos para para líneas de crédito:

• Haber presentado a la SBS información financiera del año 2019.• Haber negociado facturas negociables durante los últimos doce (12) meses (marzo

2019-febrero 2020).

• Haber presentado a la SBS información financiera los últimos dos años.• Haber negociado facturas negociables durante los últimos 24 meses (marzo 2018-

febrero 2020). • Capital Social no menor a S/ 645,000.00 (150 UIT).

Page 37: COVID-19 y nuevas oportunidades de negocio MYPE

Operaciones de factoring y el Fondo CRECERC O N S I D E R A C I O N E S D e c r e t o d e U r g e n c i a N o . 0 4 0 - 2 0 2 0

• Son coberturadas operaciones de factoring o descuento de facturas negociables y letras de cambio con fecha original de vencimiento igual o posterior al 13 de marzo de 2020 y deben contar con noventa (90) días vencidos desde la fecha original de vencimiento y el pago de la garantía se realiza a los treinta (30) días.

• Deben haber sido emitidas por MIPYME que tengan ventas no mayores a S/ 98.9 millones (23,000 UIT) durante el año 2019.

• El plazo máximo de la operación de factoring o descuento debe ser hasta por seis (06) meses. • El porcentaje de cobertura por cada operación de factoring o descuento es del noventa por

ciento (90%) del monto financiado por la empresa de factoring en la operación de factoring o descuento. La garantía cubre el saldo insoluto de la operación.

• El monto de la línea revolvente por empresa de factoring, que limita el monto máximo de operaciones de factoring o descuento a ser coberturada, es proporcional al monto negociado por dicha empresa durante los últimos tres (03) meses (diciembre del 2019 a febrero del 2020).

• Los recursos para líneas revolventes para las empresas de factoring, no es mayor al quince por ciento (15%) de los recursos no comprometidos del Fondo CRECER al 31 de marzo de 2020.

La cobertura que se otorga con recursos del Fondo CRECER a favor de las empresas de factoring, considera como mínimo los siguientes criterios:

El otorgamiento de la línea de crédito, considera como mínimo los siguientes criterios:

• Los créditos otorgados por el Fondo CRECER a las empresas de factoring tienen la característica de ser deuda subordinada.

• Los fondos deberán ser utilizados exclusivamente a financiar operaciones de factoring o descuentos de instrumentos crediticios de MIPYME que tengan ventas no mayores a S/ 98.9 millones (23,000 UIT) durante el año 2019.

• El monto de la línea de crédito por empresa de factoring es por hasta 200% de su capital social.

Los recursos del Fondo CRECER paralas coberturas para operacionesde factoring o descuento y las líneasde crédito serán utilizados hasta el 31de diciembre de 2020.

Page 38: COVID-19 y nuevas oportunidades de negocio MYPE

IV. Integración Digital

Contratos electrónicos, pasarelas de pago, firma digital, publicidad comercial, protección al consumidor, tratamiento de datos personales y registro de marcas en línea.

Page 39: COVID-19 y nuevas oportunidades de negocio MYPE

Integración digitalM o d a l i d a d e s p a r a o f r e c e r p r o d u c t o s e n l í n e a

Plataforma propia Plataforma marketplace Plataforma bricks and clicks

La empresa crea y administra su propia página web para ofrecer y vender

productos.

La empresa utiliza una plataforma existente para publicitar sus productos

y acceder a un amplio segmento del mercado en línea.

Empresas que cuentan con locales comerciales físicos y cuentan con

productos en tiendas físicas los cuales son simultáneamente ofrecidos en

línea. Algunas tiendas celebran alianzas comerciales para ofrecer

productos de sus aliados.

Page 40: COVID-19 y nuevas oportunidades de negocio MYPE

Contratos Electrónicos C o n s i d e r a c i o n e s G e n e r a l e s

¿Qué es la Contratación Electrónica?

Es una nueva forma contractual que permite el intercambio de bienes y

servicios mediante la utilización de algún elemento electrónico.

Se vale de medios computarizados y soportes magnéticos que almacenan

documentos desmaterializados, en lugar de hacer uso de papel como soporte

material del contrato, como tradicionalmente se hace.

¿Qué es un Contrato Electrónico o E-Contract?

Acuerdo de dos o más personas que se obligan entre sí o respecto de otra u

otras, para crear, modificar o extinguir una relación jurídica de carácter

patrimonial, con la particularidad de que el consentimiento de las partes se realiza

por medios electrónicos.

Legislación Aplicable

Mediante la Ley N° 27291 – Ley que Modifica el Código Civil Permitiendo la Utilización de los Medios Electrónicos para la Comunicaciónde la Manifestación de Voluntad y la Utilización de la Firma Electrónica, se modificaron los Artículos 141° y 1374°. Asimismo, seintrodujo el Artículo 141-A°, de esta manera incluyendo las disposiciones correspondientes a la contratación electrónica.

En el caso de ventas realizadas mediante marketplaces, como Amazon,

los términos y condiciones son establecidos de manera general por el

marketplace y no por el vendedor/productor.

Page 41: COVID-19 y nuevas oportunidades de negocio MYPE

Contratos Electrónicos T i p o s d e C o n t r a t o E l e c t r ó n i c o

Por su FormaDirectos: Aquellos en los cuales se compran productos o servicios que pueden ser encontrados, adquiridos,pagados y entregados online y se pueden disfrutar de una manera directa. Ej: Contratar Netflix.

Indirectos: Aquellos que requieren la entrega física del producto o del servicio. Ej: Compras a través deAmazon.

Por la Emisión de Declaraciones

Puros: Aquellos en los cuales las manifestaciones de voluntad de quienes lo suscriben son realizadas demanera electrónica. Ej: Aceptación de la Política de Privacidad de una página web.

Reactivos: Aquellos que exigen el uso de herramientas adicionales de contratación. Ej: Suscripción de algún servicio a través de SMS.

Interactivos: Aquellos en los cuales se puede comprar el producto o servicio en el mismo lugar en el que se encuentre la oferta, sin la necesidad de un intermediario. Ej: Compra de aplicaciones por App Store o Play Store.

Contratos Click: Aquellos en los cuales se exige pulsar algún recuadro o similar con la finalidad de manifestar la voluntad y formalizar el contrato. Ej: Aceptar los términos y condiciones de Facebook.

Contratos Browse: Aquellos que se formalizan solo con el acceso a una página web, sin la necesidad deconsentimiento previo. Ej: Aceptación tácita de las condiciones de uso de una página web.

Mixtos: Aquellos que necesitan de medios tradicionales, además de los electrónicos para poderperfeccionarse. Ej: Utilización de correo electrónico para el envío de documentos.

Por las PartesDe consumo: Cuando alguna de las partes sea un consumidor: Ej: Compra de entradas al cine a través de supágina web.

Mercantil: Cuando ninguna de las partes tiene una posición de consumo. Ej: Compraventa de materia prima.

Page 42: COVID-19 y nuevas oportunidades de negocio MYPE

Contratos Electrónicos D i f e r e n c i a c o n O t r o s C o n t r a t o s

Contrato Electrónico vs. Contrato Informático

Un contrato informático se refiere a la transmisión de bienes informáticos ya

sea físicos (hardware) o lógicos (software) y no exige la utilización de

medios electrónicos para su celebración; a diferencia del contrato

electrónico.

Contrato Electrónico vs. Contrato Telemático

Ambos aplican las mismas tecnologías.

Sin embargo, los contratos telemáticos solamente se refieren a aquéllos que

se realizan mediante Internet o Intranet entre partes físicamente

distantes. En tal sentido, no tiene un ámbito de aplicación tan amplio como

los contratos electrónicos.

Contrato Electrónico vs. Contrato Online

El concepto de contrato online es mucho más restringido, en la medida que se refiere a aquel contrato que ha sido perfeccionado “en línea”, es decir,

por intermedio de una red, ya sea pública o privada.

Contrato Electrónico vs. Contrato Digital

El contrato digital requiere obligatoriamente del empleo de la

firma digital, mientras que en el contrato electrónico no.

Page 43: COVID-19 y nuevas oportunidades de negocio MYPE

Pasarelas de Pago C o n s i d e r a c i o n e s G e n e r a l e s

¿Cómo Funcionan?¿Qué son?

Son un servicio ofrecido a comercios electrónicos mediante el cual se realizan pagos electrónicos y que además proporcionan una

conexión segura entre la tienda online y el comprador final.

Transmiten la información de manera encriptada en una transacción, de tal manera que logran facilitar a los clientes a realizar sus

pagos a través de la web, manteniendo sus datos seguros. Actualmente, son la forma de

pago que es implementada en todos los comercios digitales.

1

Solicitud de Compra

2

Confirmación de Pago: Se elige la Pasarela de Pago y se detalla la información necesaria para

procesar la transacción

3

Intercambio de información entre la Pasarela de Pago y el

Banco Emisor

4

Procedimiento de Validación por parte

del Banco Emisor

5

Abono al Vendedor

En el caso del comercio en línea algunas posibilidades de pago son

las siguientes: depósito, contra entrega (efectivo o POS), tarjetas,

criptomonedas.

Page 44: COVID-19 y nuevas oportunidades de negocio MYPE

Pasarelas de Pago ¿ C ó m o e l e g i r a l a m e j o r P a s a r e l a d e P a g o p a r a m i n e g o c i o ?

Al momento de elegir una Pasarela de Pago, se deben tener en cuenta los siguientes factores:

1 2

1Integración y Usabilidad: Debeintegrarse fácilmente alnegocio y su uso no debepresentar ninguna dificultad.

2Seguridad: Debe contenerelementos de seguridad quepermitan realizar lastransacciones de tal maneraque ninguna de las partes sevea vulnerada. Se debe buscaruna Pasarela de Pago quetenga protocolos de seguridadreconocidos como por ejemploel Secure Socket Layer (SSL),entre otros.

3Comisiones: Si bien muchasPasarelas de Pago ofrecencomisiones similares, se deberevisar los pro y contras decada una; así, por ejemplo, lasque ofrecen herramientas quepermiten a las personas queno cuentan con tarjetas decrédito o débito, poderacceder a la compra y finalizarla misma en cualquier banco oagente, gracias al código queesta pasarela generará juntocon el comercio.

1

4Interfaz de Aplicaciones:Mediante una Interfaz deProgramación de Aplicaciones(API, por sus siglas en inglés),se garantiza un controlavanzado de los pagos y unamejor gestión de datos.

5Atención al Cliente: Evaluar elsoporte técnico que te brindela Pasarela en caso de unacaída de sus sistemas.

Page 45: COVID-19 y nuevas oportunidades de negocio MYPE

Pasarelas de Pago A c c e s o a P a s a r e l a s d e P a g o

La integración a una Pasarela de Pago es el proceso mediante el cual unaplataforma se adecúa a una Pasarela de Pago con la finalidad de conectarse aella.

Los requisitos de acceso a una Pasarela de Pago varían según la que se quierecontratar. A manera de ejemplo, algunos requisitos que solicita VisaNet(ahora Niubiz) son los siguientes:

1 2 1

Contar con una sección de “Contáctenos” en la Plataforma

Contar con una sección de “Regístrese” en la Plataforma

La plataforma debe estar libre de enlaces que direccionen a

webs que promocionen, comercialicen o muestren

contenido relacionado a los giros prohibidos por la Pasarela

de Pago

Establecer y definir detalladamente los términos y condiciones de las compras, lo

cual incluye políticas de entrega, cambio, cancelación,

privacidad, etc.

Pasarelas de Pago usadas másfrecuentemente en Perú:

Page 46: COVID-19 y nuevas oportunidades de negocio MYPE

Firma Digital C o n s i d e r a c i o n e s G e n e r a l e s

Con el objetivo de regular la utilización de la firma electrónica y otorgarle la misma validez y eficacia jurídica que una firmamanuscrita u otra análoga, se emitió la Ley N° 27269 – Ley de Firmas y Certificados Digitales y su Reglamento, aprobadopor el Decreto Supremo N° 052-2008-PCM.

¿Qué se entiende por firma electrónica?

Cualquier símbolo basado en medios electrónicos utilizado o adoptado por una parte con la

intención precisa de vincularse o autenticar un documento,

cumpliendo todas o algunas de las funciones características de una

firma manuscrita.Ej: Hacer Click en la aceptación de

los Términos y Condiciones. El Click es considerado como la

firma.

¿Es lo mismo una firma electrónica que una firma

digital?No. La firma digital es un tipo de firma electrónica que utiliza una

técnica de criptografía asimétrica, basada en el uso de un par de

claves único: una clave privada y una clave pública relacionadas

matemáticamente entre sí; de tal forma que las personas que conocen la clave pública no

puedan derivar de ella la clave privada.

¿Cómo es la regulación en el Perú?

Nuestra normativa reconoce validez a las firmas electrónicas

que cumplan determinados requisitos. El Reglamento enfatiza

el uso de las firmas digitales, regulando sus condiciones específicas, de tal forma de

asegurar su no repudio.

Criptografía asimétrica → No utiliza el mismo código para encriptar y desencriptar algo.

Page 47: COVID-19 y nuevas oportunidades de negocio MYPE

Firma Digital V a l i d e z y E f i c a c i a d e l a s F i r m a s D i g i t a l e s

La firma digital generada dentro de la InfraestructuraOficial de Firma Electrónica – IOFE tiene la mismavalidez y eficacia jurídica que el uso de una firmamanuscrita.

Para ello, debe haber sido generada por un Prestadorde Servicios de Certificación Digital debidamenteacreditado que se encuentre dentro de la IOFE; y, nohaber mediado ninguno de los vicios de la voluntadprevistos en el Título VIII del Libro II del Código Civil.

Infraestructura Oficial de Firma Electrónica - IOFESistema confiable, acreditado, regulado y supervisado por el

INDECOPI, provisto de instrumentos legales y técnicos

que permiten generar firmas digitales y proporcionar diversos niveles de seguridad. Incluye la

generación de firmas digitales, en la que participan entidades de

certificación y entidades de registro o verificación

debidamente acreditadas ante el INDECOPI.Para tener en cuenta → La normativa no

restringe la utilización de las firmas digitales generadas fuera de la IOFE, las cuales serán válidas en consideración a los pactos o convenios que acuerden las

partes.

Invalidez → Una firma digital generada bajo la IOFE carece de validez cuando: (i)

es utilizada con fines distintos para los que fue extendido el certificado; y, (ii) el

certificado haya sido cancelado.

Page 48: COVID-19 y nuevas oportunidades de negocio MYPE

Firma Digital C a r a c t e r í s t i c a s

Las características mínimas de la firma digital generadadentro de la IOFE son:

Se genera al cifrar el código de verificación de

un documento electrónico, usando la

clave privada del titular del certificado.

1

Es exclusiva del suscriptor y de cada

documento electrónico firmado por éste.

2

Es susceptible de ser verificada usando la

clave pública del suscriptor.

3

Su generación está bajo el control exclusivo del

suscriptor.

4

5 Está añadida o incorporada al documento electrónico mismo, de tal manera que es posible detectar si la firma

digital o el documento electrónico fue alterado.

Asimismo, las firmas digitales son generadas a partir de certificados digitales.

Un certificado digital es el documento credencial electrónico generado y firmado

digitalmente por una Entidad de Certificación que vincula un par de claves con una persona natural o jurídica confirmando su identidad.

Page 49: COVID-19 y nuevas oportunidades de negocio MYPE

Publicidad comercial C o n s i d e r a c i o n e s G e n e r a l e s

¿Qué es la publicidad comercial?Es toda forma de comunicación difundida a través de cualquier medio o soporte, dirigida a

promover, directa o indirectamente, la imagen, marcas, productos y/o servicios ofrecidos por una persona o empresa en el ejercicio de su actividad comercial.

La finalidad de la publicidad comercial será siempre promover la contratación o realización de transacciones para satisfacer intereses empresariales.

El principio de veracidad publicitaria

Los anunciantes no deberán inducir a error a los agentes del mercado sobre las características o condiciones de los productos y/oservicios ofrecidos, ni sobre los agentes que los comercializan.

Los anunciantes tienen la carga de acreditar la veracidad y exactitud de las afirmaciones objetivas (comprobables) sobre los productosy/o servicios anunciados. Los anunciantes deberán contar, previamente a la difusión de la publicidad, con las pruebas que sustenten laveracidad de los mensajes que serán publicitados.

Page 50: COVID-19 y nuevas oportunidades de negocio MYPE

Publicidad comercial C o n s i d e r a c i o n e s s o b r e p u b l i c i d a d q u e t o d o a n u n c i a n t e d e b e t e n e r e n c u e n t a

Dependiendo del tipo particular de bien y/o servicio, la publicidad deberá ajustarse a las disposiciones de cada sector queresulten aplicables. No obstante, las siguientes disposiciones aplican a la publicidad de todo bien y/o servicio:

Advertir a los consumidores sobre los principales riesgos que implica el uso o consumo de productos peligrososanunciados.

Indicar el precio total del bien y/o servicio, incluyendo los tributos aplicables y todo cargo adicional indispensable para suadquisición.

En caso de publicitar el precio en moneda extranjera, consignar dicho monto en caracteres idénticos y de tamañoequivalente a los que presenten el precio del bien y/o servicio en moneda nacional.

En los anuncios que difundan publicidad de promociones de ventas, indicar claramente su duración y la cantidad mínimade unidades disponibles del producto y/o servicio ofrecido.

Page 51: COVID-19 y nuevas oportunidades de negocio MYPE

Publicidad comercial O f r e c i m i e n t o d e p r o d u c t o s y / o s e r v i c i o s a p o t e n c i a l e s c o n s u m i d o r e s

La publicidad de productos y/o servicios puede estar dirigida a personas naturales (individuos) y/o a personas jurídicas.

En caso la publicidad sea dirigida parcial o únicamente a personas naturales, serán aplicables las siguientes normas:

El Código de Protección al Consumidor (Ley N° 29571) regula las obligaciones de los proveedores y los derechos de los consumidores, enel marco de una relación de consumo o en cualquier etapa preliminar a ésta.

aCódigo de Protección al

Consumidor bLey de Protección de Datos Personales y su Reglamento

Por otro lado, la Ley de Protección de Datos Personales (Ley N° 29733) y su Reglamento (aprobado por Decreto Supremo N° 003-2013-JUS) regulan el tratamiento de datos personales de las personas naturales.

a

b

Page 52: COVID-19 y nuevas oportunidades de negocio MYPE

Publicidad comercial E n v í o d e p u b l i c i d a d c o m e r c i a l

El envío de publicidad comercial, ya sea directamente por el anunciante o a través de terceros (ej.: callcenters), solo podrá ser realizado a aquellos potenciales consumidores que hayan brindado suconsentimiento previo para recibir publicidad comercial.

En este caso, el consentimiento se entenderá válido cuando sea:

a

b

Previo

Informado

c Libre

d Expreso

Inequívocoe

El consentimiento otorgado podrá ser revocado por el potencial consumidor, en cualquier momento y sin necesidad de expresión de causa.

Page 53: COVID-19 y nuevas oportunidades de negocio MYPE

Publicidad comercialP r e g u n t a s f r e c u e n t e s

Tenía entendido que se podía enviar publicidad a todos los consumidores que no estuvieran en el registro “¡Gracias... no

insista!” del INDECOPI. ¿Esto ya no es así?

No. El registro “¡Gracias… no insista!” no se encuentra funcionando actualmente. Los últimos pronunciamientos del INDECOPI indican que es

necesario contar con el consentimiento previo del consumidor para el envío de publicidad.

¿Necesito el consentimiento del consumidor para enviar publicidad vía Facebook o Whatsapp?

El consentimiento del consumidor es necesario cuando se ofertan los productos y/o servicios de forma dirigida, a través de correo electrónico,

Whatsapp, Facebook Chat o medios similares.

Sin embargo, esta disposición no aplica cuando se utilicen medios de publicidad no dirigida, como -por ejemplo- mediante anuncios en

Facebook.

Si no cuento con el consentimiento previo del consumidor, ¿puedo realizar una primera

comunicación para solicitarlo?

Esta es la práctica que han adoptado diversos bancos y empresas del Sistema Financiero. No obstante, el solo hecho de contar con los

datos personales del consumidor (número de teléfono, correo electrónico, entre otros) configura por sí mismo una infracción

administrativa.

Por lo tanto, no recomendamos esta práctica, ya que podría ser sancionada por el INDECOPI (con multas de hasta 450 UIT,

dependiendo del grado de la infracción) y por la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales (con multas desde 5 hasta 50

UIT). Cabe precisar que INDECOPI ya ha impuesto sanciones por este motivo.

Para obtener el consentimiento de los consumidores, una buena opción es recurrir a medios digitales. A modo de ejemplo, podría

incluirse una sección en el sitio web de la empresa donde los consumidores interesados puedan solicitar el envío de publicidad

comercial.

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Protección al consumidorO b l i g a c i o n e s y d e r e c h o s e n m a t e r i a d e p r o t e c c i ó n a l c o n s u m i d o r

Deber de información: Los proveedores tienen la obligación de ofrecer a los consumidores toda la informaciónrelevante para tomar una decisión adecuada de consumo. La información debe ser veraz, suficiente, de fácilcomprensión, apropiada, oportuna, fácilmente accesible y brindada en castellano. Se suele cumplir mediante unasección de Términos y Condiciones.

Deber de idoneidad: Debe existir correspondencia entre el producto y/o servicio esperado y el recibido.

Libro de Reclamaciones: Los proveedores deberán contar con un Libro de Reclamaciones en cada uno de susestablecimientos comerciales. En caso de realizar venta online mediante sitios web y/o aplicación móviles, deberáincluirse un Libro de Reclamaciones Virtual en cada plataforma.

Atención de Reclamos: Los reclamos ingresados por los consumidores en los Libros de Reclamaciones deberán serrespondidos por los proveedores en un plazo no mayor a treinta (30) días calendario.

Salvaguardia de la salud: Los proveedores deberán tomar las medidas necesarias y previsibles para evitar laafectación a la salud de los consumidores, cuando la misma pueda verse afectada por los productos y/o servicioscomercializados o por la manipulación y transporte de los mismos.

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Protección al consumidorP r e g u n t a s f r e c u e n t e s

¿Cuál es la información mínima que debo comunicar a los consumidores?

No se establece una lista detallada de la información sobre el producto y/o servicio que debe ser comunicada. Sin embargo, el Código del Consumidor

precisa que la información relevante es aquella sin la cual no se hubiera podido adoptar una decisión de consumo adecuada. Sugerimos incluir las

principales características del producto, advertencias, entre otros. A modo de ejemplo, en caso de alimentos corresponderá indicar los ingredientes; por otro

lado, si se trata de textiles, corresponderá indicar los materiales de fabricación.

¿Tengo responsabilidad como negocio en caso algún consumidor sea contagiado con COVID-19

en mi establecimiento comercial?

En la medida que la empresa se encuentre en posibilidad de acreditar que adoptó y aplicó –de manera idónea- las

medidas dispuestas por el Gobierno para la prevención y atención del COVID-19 en su establecimiento, no podría ser

responsabilizada por dicho contagio.

¿A partir de cuándo puedo realizar la entrega de pedidos

realizados en línea?

Por el momento, la entrega de productos no esenciales adquiridos en

línea no se encuentra permitida. Corresponde al Gobierno dictar las

medidas al respecto.

¿Qué sucederá si, por motivos ajenos a mi empresa, no logro finalmente cumplir con un pedido

realizado?

En estos casos, recomendamos contactar al consumidor y ofrecer la reprogramación de la entrega. Si el consumidor no

estuviera interesado, corresponderá devolver el monto pagado, de ser el caso.

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Tratamiento de datos personalesT r a t a m i e n t o d e d a t o s p e r s o n a l e s

Datos Personales: Toda información sobre una persona natural que la identifica o la hace identificable.

Algunos ejemplos: Nombre, dirección, imagen, voz, fecha de nacimiento, entre otros.

Los datos personales relativos a la salud, ingresos económicos, origen o convicciones personales sonconsiderados datos sensibles y merecen una protección especial.

En tiempos de comercio electrónico: Dirección IP, cookies, ubicación y geolocalización, entre otros.

Tratamiento de datos personales: Es cualquier operación o procedimiento técnico relacionado al uso o acceso a datos personales.Algunos ejemplos: Recopilación, registro, organización, almacenamiento, modificación, transferencia, difusión y uso general dedatos personales, entre otros.

El tratamiento de los datos personales es responsabilidad del titular del banco de datos personales, donde dichos datos seencuentran organizados. El titular del banco de datos personales podrá recurrir a un encargado para delegarle el tratamiento de losdatos.

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Tratamiento de datos personalesO b l i g a c i o n e s y d e r e c h o s e n m a t e r i a d e p r o t e c c i ó n d e d a t o s p e r s o n a l e s

Registro: Los titulares de bancos de datos personales deberán registrar los bancos en el Registro Nacional deProtección de Datos Personales.

Deber de información: Los titulares de datos personales deben contar con información detallada, sencilla yexpresa sobre el tratamiento que se dará a su información, de forma previa a la recopilación o uso de losdatos.

Esta obligación suele ser cumplida mediante una Políticas de Privacidad y una Política de Cookies, segúncorresponda.

En los casos de venta online, a través de sitios web o aplicación móviles, será necesario incluir un medio deverificación para acreditar que el titular de los datos personales fue informado sobre el tratamiento que serárealizado. Esto se logra, entre otras formas, mediante la incorporación de check-boxes.

Consentimiento para el tratamiento: El tratamiento de datos personales solo será válido cuando se realicecon el consentimiento previo, informado, libre, inequívoco y expreso de su titular. Existen excepciones enlas cuales no se requiere el consentimiento. Por ejemplo, cuando el tratamiento de los datos esindispensable para ejecutar una relación de consumo.

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Tratamiento de datos personalesO b l i g a c i o n e s y d e r e c h o s e n m a t e r i a d e p r o t e c c i ó n d e d a t o s p e r s o n a l e s

Finalidad: Los titulares de bancos de datos personales solo podrán usar los datos personales para aquellosfines expresamente consentidos por el titular de los datos.

Ejercicio de derechos ARCO (acceso, rectificación, cancelación y oposición): Los titulares de datospersonales podrán ejercer, en cualquier momento, los derechos ARCO que les corresponden respecto a susdatos personales contenidos en bancos.

Los titulares de los datos personales deben atender dichas solicitudes, bajo responsabilidad.

Medidas de seguridad: Los titulares de bancos de datos personales deben implementar diversas medidas deseguridad para salvaguardar la confidencialidad de los datos personales que tratan.

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Protección de datos personalesP r e g u n t a s f r e c u e n t e s

¿Cuáles son las medidas de seguridad que debo implementar?

Ello dependerá del tipo y cantidad de datos que sean tratados, así como de la naturaleza de los mismos y de su tratamiento. Lo básico es establecer

controles de acceso a los datos personales, contar con documentos para la gestión de privilegios de acceso a los datos personales, medidas diversas para mantener la confidencialidad de los datos y de los espacios en los cuales éstos

son almacenados. En caso de sitios web y/o aplicaciones móviles, recomendamos incluir mecanismos online para garantizar que los datos se

mantendrán seguros y no haya filtración.

Si tengo los datos de un consumidor que ha realizado un pedido online, ¿puedo usar esos

datos para el envío de publicidad?

No, el envío de publicidad no es un factor indispensable para ejecutar el contrato con el consumidor. En estos casos, será

necesario contar con un consentimiento expreso del titular de los datos personales para poder enviarle publicidad

comercial.

¿El deber de información mencionado es el mismo que aplica para los aspectos de protección al consumidor?

No. El deber de información en materia de protección al consumidor se refiere a la información sobre las características del producto y/o servicio ofrecido. Esta obligación de información se cumple mediante un

documento de Términos y Condiciones, por ejemplo.

En materia de datos personales, el deber de información se refiere a la información sobre el tratamiento que se dará a los datos del titular. Por ejemplo, a quiénes se transferirán los datos, por cuánto tiempo se

almacenarán, entre otros. Para tal efecto, se puede recurrir a una Política de Privacidad y, adicionalmente en caso de venta online, una Política de Cookies.

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Registro de Marcas En Línea P r o c e d i m i e n t o d e R e g i s t r o

El INDECOPI, con la finalidad de facilitar la tramitación de procedimientos a sus usuarios, permite realizar diversos trámites a través de su página web, entre los cuales está el servicio de Registro Virtual de Marcas. Los pasos para registrar una marca a través de este sistema son:

Primero se debe verificar si existen marcas similares y laClase o Clases a las que pertenecerá nuestra marca.Para ello, podemos utilizar las plataformas “Busca tuMarca” y “Peruanizado”, respectivamente. Ambaspodrán encontrarse en la sección “Servicios – Serviciosen Línea” del portal del INDECOPI.

1Luego, se deberá ingresar a la plataforma “RegistroVirtual de Marcas”, la cual se podrá encontrar en lasección “Servicios – Servicios en Línea” del portal delINDECOPI. Una vez se ingrese en la plataforma, sedeberá completar el Registro para poder utilizarla.

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Ya en la plataforma debe darse click en la opción“Nueva Solicitud” y elegir el tipo de marca que se desearegistrar (Producto, Servicio o ambos).

3Se deberá indicar los datos del solicitante (quien será el titular de la marca),los datos relativos a la marca, se debe indicar si habría reivindicación deprioridad extranjera / interés real para oposición andina y se deberánadjuntar los documentos correspondientes (DNI, Vigencia de Poder,poderes, etc.)

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Finalmente, se deberá realizar el pago correspondiente en el Banco de la Nación, en la páginapágalo.pe o mediante un depósito en la cuenta del INDECOPI en el BCP.

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Nuestros Servicios

Respecto a la prestación de los servicios y bienes descritos anteriormente, nosotros en Rubio Leguia Normand podemosasesorarlos en los siguientes temas:

• Obtención y modificación de títulos habilitantes y licencias de funcionamiento: Análisis de la zonificación, su giro de negocio y

acompañamiento en obtener la modificación de títulos habilitantes y licencias de funcionamiento ante las entidades respectivas. Asimismo,

verificación del cumplimiento de los requisitos de INDECI.

• Participación en licitaciones del Estado: Acompañamiento para postular a las licitaciones que realiza el Estado para obtener bienes y servicios

esenciales y estrictamente indispensables.

• Modificación de objetos sociales: Asesorar en la inscripción en registros públicos de un objeto social que le permita prestar servicios y bienes

esenciales y estrictamente indispensables.

• Constitución de empresas: Acompañarlo en la constitución de nuevas sociedades para prestar servicios y bienes esenciales.

• Medios de pago y contratos digitales: Redacción y revisión de contratos digitales, ponerlo en contacto con pasarelas de pago, emisoras de

código QR y otras empresas necesarias para realizar cobros de manera digital.

• Financiamiento MYPEs: Revisar contratos y garantías, servir como nexo entre las entidades financieras y COOPAcs y su empresa generando

valor, con la finalidad de obtener mayor liquidez y capital de trabajo.

• Registro de marcas en línea: Estudio de marcas similares y acompañamiento para registrar marcas ante el INDECOPI.

• Beneficios Tributarios: Acompañarlos en la estrategia para diferir impuestos y demás.

S e r v i c i o s r e g u l a t o r i o s y c o r p o r a t i v o s

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¡Gracias por leernos!

Estemos en contacto

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