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CONVOCATORIA DE LA SESIÓN ORDINARIA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL 11/18 A CELEBRAR EL DÍA DOCE DE MARZO DE 2018. ORDEN DE DÍA 11 /18.1 LECTURA Y, SI PROCEDE, APROBACIÓN BORRADOR ACTA SESIÓN ANTERIOR. 11/18.2 ACUERDO APROBACIÓN CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LA VALL D’UIXÓ Y LA ENTIDAD “JUNTA DE COFRADÍAS DE SEMANA SANTA” PARA LA CONCESIÓN DE UNA SUBVENCIÓN NOMINATIVA PARA FOMENTO ACTIVIDADES SOCIALES Y CULTURALES. 11/18.3 LICENCIAS DE OBRAS. 11/18.4 ACUERDO APROBACIÓN RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS NÚM. 6/2018, FACTURAS SERVICIO DE SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA, MES NOVIEMBRE 2017 (RELACIÓN CONTABLE 12015000108), 11/18.5 ACUERDO APROBACIÓN RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS NÚM. 7/2018, FACTURAS SERVICIO DE SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA, MES DICIEMBRE 2017 (RELACIÓN CONTABLE 2018000109) 11/18.6 ACUERDO APROBACIÓN RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS NÚM. 3/2018, RELACIÓN DE GASTOS NÚM. 8/18 (RELACIÓN CONTABLE 12018000094). 11/18.7 ACUERDO APROBACIÓN RELACIÓN DE GASTOS, CARGO NÚM. 10/18 11/18.8 ACUERDO APROBACIÓN LIQUIDACIÓN IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES NATURALEZA URBANA POR ALTERACIÓN DE LA DESCRIPCIÓN CATASTRAL, Dª TERESA MARCO NEBOT. 11/18.9 ACUERDO APROBACIÓN LIQUIDACIÓN IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES NATURALEZA URBANA POR ALTERACIÓN DE LA DESCRIPCIÓN CATASTRAL, D. RAMIRO MARQUÉS HINOJOSA. 11/18.10 ACUERDO APROBACIÓN LIQUIDACIÓN IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES NATURALEZA URBANA POR ALTERACIÓN DE LA DESCRIPCIÓN CATASTRAL, COOPERATIVA AGRÍCOLA SAN ISIDRO DE LA VALL D’UIXÓ. 11/18.11 DESPACHO EXTRAORDINARIO. 11.1 Licencias ambientales de actividad. 11/18.12 TURNO ABIERTO DE PALABRAS. 1

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CONVOCATORIA DE LA SESIÓN ORDINARIA DE LA JUNTA DEGOBIERNO LOCAL 11/18 A CELEBRAR EL DÍA DOCE DE MARZO DE2018.

ORDEN DE DÍA

11 /18.1 LECTURA Y, SI PROCEDE, APROBACIÓN BORRADOR ACTASESIÓN ANTERIOR.11/18.2 ACUERDO APROBACIÓN CONVENIO DE COLABORACIÓNENTRE EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LA VALL D’UIXÓ Y LA ENTIDAD“JUNTA DE COFRADÍAS DE SEMANA SANTA” PARA LA CONCESIÓNDE UNA SUBVENCIÓN NOMINATIVA PARA FOMENTO ACTIVIDADESSOCIALES Y CULTURALES.11/18.3 LICENCIAS DE OBRAS.11/18.4 ACUERDO APROBACIÓN RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIALDE CRÉDITOS NÚM. 6/2018, FACTURAS SERVICIO DE SUMINISTRO DEENERGÍA ELÉCTRICA, MES NOVIEMBRE 2017 (RELACIÓN CONTABLE12015000108),11/18.5 ACUERDO APROBACIÓN RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIALDE CRÉDITOS NÚM. 7/2018, FACTURAS SERVICIO DE SUMINISTRO DEENERGÍA ELÉCTRICA, MES DICIEMBRE 2017 (RELACIÓN CONTABLE2018000109)11/18.6 ACUERDO APROBACIÓN RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIALDE CRÉDITOS NÚM. 3/2018, RELACIÓN DE GASTOS NÚM. 8/18(RELACIÓN CONTABLE 12018000094).11/18.7 ACUERDO APROBACIÓN RELACIÓN DE GASTOS, CARGO NÚM.10/1811/18.8 ACUERDO APROBACIÓN LIQUIDACIÓN IMPUESTO SOBREBIENES INMUEBLES NATURALEZA URBANA POR ALTERACIÓN DE LADESCRIPCIÓN CATASTRAL, Dª TERESA MARCO NEBOT.11/18.9 ACUERDO APROBACIÓN LIQUIDACIÓN IMPUESTO SOBREBIENES INMUEBLES NATURALEZA URBANA POR ALTERACIÓN DE LADESCRIPCIÓN CATASTRAL, D. RAMIRO MARQUÉS HINOJOSA.11/18.10 ACUERDO APROBACIÓN LIQUIDACIÓN IMPUESTO SOBREBIENES INMUEBLES NATURALEZA URBANA POR ALTERACIÓN DE LADESCRIPCIÓN CATASTRAL, COOPERATIVA AGRÍCOLA SAN ISIDRODE LA VALL D’UIXÓ.

11/18.11 DESPACHO EXTRAORDINARIO.11.1 Licencias ambientales de actividad.

11/18.12 TURNO ABIERTO DE PALABRAS.

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FECHA: 08.03.18FDO: LA ALCALESA. Tania Baños MartosNº REGISTRO: 2201

BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA 11/18CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DÍA DOCEDE MARZO DE 2018.

ASISTENTES:

Alcaldesa-Presidenta:Dª. Tania Baños Martos

Concejales:

Sr. Antoni Llorente Ferreres.Sr. Fernando Darós Arnau.Sra. Francesca Bartolomé PalasíSr. Jorge García FernándezSra. Carmen García Arnau.

Secretario:D. José Luis de la Torre Martín

Interventor:D. Fco. Javier Biosca López

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En el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial de la Ciudad de la Valld’Uixó, a las nueve horas del día doce de marzo de dos mil dieciocho, se reúnenlos Sres. Concejales arriba anotados, con objeto de celebrar sesión ordinaria de laJunta de Gobierno Local. -------------------------------------------------------------------

Abierto el acto por la Presidencia a la hora expresada, se procede a tratarlos asuntos que figuran en el Orden del Día, adoptándose los siguientes acuerdos:

11/18.1 LECTURA Y, EN SU CASO, APROBACIÓN BORRADOR ACTASESIÓN ANTERIOR

Se da cuenta del borrador del acta de la sesión ordinaria 10/18, de cinco demarzo de 2018, acordando la Junta de Gobierno Local, por unanimidad, suaprobación. ------------------------------------------------------------------------------------

11/18.2 ACUERDO APROBACIÓN CONVENIO DE COLABORACIÓNENTRE EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LA VALL D’UIXÓ Y LA ENTIDAD“JUNTA DE COFRADÍAS DE SEMANA SANTA” PARA LA CONCESIÓNDE UNA SUBVENCIÓN NOMINATIVA PARA FOMENTO ACTIVIDADESSOCIALES Y CULTURALES.

Atès que l’Ajuntament d’esta Ciutat està interessat en fomentar i potenciaractivitats socials i culturals i, en conseqüència, a col·laborar amb les entitatsassociatives que les promouen.-----------------------------------------------------------------

Atès que l'Ajuntament d'esta Ciutat està interessat en signar un conveniregulador de la subvenció nominativa amb la Junta Coordinadora de Confraries deSetmana Santa i l'Ajuntament de la Vall d'Uixó, per a la celebració del «XEncuentro Interdiocesano de Cofradías y Hermandades de Semana Santa de laDiócesis de Valencia, Orihuela-Alicante y Segorbe-Castellón en la Vall d’Uixó».

Atès que s'ha redactat un projecte de conveni regulador de la subvenciónominativa entre l'Ajuntament de la Vall d’Uixó i la entitat que es diu.--------------

Vist l’informe emès pel Tècnic Mitjà de l'Àrea de la Ciutat per a lesPersones i l'informe emès per Intervenció.------------------------------------------------

A proposta del Regidor de Cultura, la Junta de Govern Local, perunanimitat, acorda:---------------------------------------------------------------------------

Primer.- Concedir la subvenció nominativa a l'entitat Junta Coordinadorade Confraries destinada la celebració del “X Encuentro Interdiocesano”:------------

ENTITAT JUNTA COORDINADORA DE CONFRARIES SETMANASANTA

CIF R-1200215JOBJECTE CONCESSIÓ D'UNA SUBVENCIÓ NOMINATIVA QUE SE

MATERIALITZA EN UN CONVENI ENTRE L'EXCM.

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AJUNTAMENT DE LA VALL D’UIXÓ I LA JUNTA DECONFRARIES DE SETMANA SANTA, RELATIU A LACELEBRACIÓ DEL “X ENCUENTRO INTERDIOCESANO”

DESPESA 3.000,00 €PARTIDA 1008/334/48511NUM. DOC. AD 6321

Segon.- Aprovar i disposar la despesa de 3.000’00 € que suposa lasubvenció nominativa que se materialitza en un conveni a l’entitat JUNTACOORDINADORA DE CONFRARIES SETMANA SANTA, que es faràefectiva al compte corresponent en un 100% prèvia presentació de la justificaciócorresponent, segons figura en el conveni.------------------------------------------------

Tercer.- Facultar a la Sra. Alcaldesa perquè, en nom i representació del'Ajuntament, procedisca a la firma del conveni i als tràmits necessaris pel seucompliment.-----------------------------------------------------------------------------------

Quart.- Contra esta resolució, amb què finalitza la via administrativa, espodrà interposar recurs potestatiu de reposició davant el mateix òrgan que l'hadictada, en el termini d'un mes comptador des del dia següent a la notificació de lamateixa o de la publicació reglamentària, o recurs contenciós administratiu davantel Jutjat d’Allò Contenciós-administratiu de Castelló, en el termini de dos mesos,comptadors des del dia següent a la recepció de la seua notificació, o de lapublicació reglamentària.--------------------------------------------------------------------

11/18.3 LICENCIAS DE OBRAS.

3.1 Examinado el expediente que se instruye a instancia ANA AMERICAANDERSSON JUAREZ, por el que se solicita licencia de obras paraHABILITACION DE LOCAL COMERCIAL PARA PELUQUERÍA CANINACON INSTALACIÓN DE AIRE ACONDICIONADO en AVDA SUROESTE,18 PBJ I (expte. 2016/00001507Y).-------------------------------------------------------

Resultando que han transcurrido más de tres meses desde la recepción dela notificación practicada a la peticionaria, requiriéndole la subsanación de lassiguientes deficiencias: ----------------------------------------------------------------------

1. Fotografía de la fachada actual del inmueble.2. Estudio de la gestión de residuos de construcción y demolición que segenerarán en la obra, elaborado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo4 del R.D. 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción ygestión de los residuos de construcción y demolición, que cuente con lasuscripción de la promotora de las obras (la última copia presentada seincluyó en el archivo de una copia del proyecto que estaba incompleta, porlo que no resultaba válida).

3 Cuestionario de datos estadísticos de la edificación en ficheroindependiente que permita su remisión al ministerio, dado que, habiéndosepresentado inicialmente el cuestionario incluyéndolo dentro del fichero delproyecto, dicha presentación no resultaba válida, al no ser independiente el

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fichero del cuestionario y habiendo sido además sustituido el fichero delproyecto que lo incluía por otro fichero.4. Carta de pago de la fianza constituida como garantía de la correctareparación de la acera y demás servicios que puedan resultar deterioradosdebido a la ejecución de las obras, fianza cuyo importe se cifra en 462,00€.5. Documentación necesaria en orden a completar y/o modificar elproyecto Técnico aportado, a fin de:

- Que el formato de presentación del documento se ajuste a lasdeterminaciones del acuerdo de aprobación del formato de ladocumentación técnica para la tramitación electrónica de expedientes,adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 11de julio de 2.016. Se estima pertinente reiterar que la documentaciónpresentada en mayo no cumplía dicho requisito.- Incluir justificación del cumplimiento de las exigencias de limitaciónde la demanda energética HE-1 del DB HE, en el proyecto, dado que enla documentación presentada en mayo se determinó que lo solicitadosupone un cambio de uso del inmueble y por ello resulta obligada lainclusión de dicha justificación, que no obstante no se incluyó entre losdocumentos aportados con anterioridad.- Incluir justificación detallada del cumplimiento de las exigencias decalidad del aire interior HS 3 del DB HS, de modo que no se tenga encuenta para ello ni la ventilación natural derivada de la apertura de lapuerta de acceso ni la existencia de instalaciones de aire acondicionadoque no garantizan la renovación de volúmenes determinados de aire quejustifiquen el cumplimiento de la exigencia.- Incluir planos de sección y de alzado del local correspondientes alestado previo a la realización de las obras proyectadas.- Incluir plano justificativo del cumplimiento de la normativa deaccesibilidad en el que se grafíen los recorridos obligatoriamenteaccesibles en el local y se acoten sus anchuras.- Incluir plano de sección del local realizado por el acceso al mismo,con grafía de la rasante de la acera de la vía pública, de modo que sejustifique la inexistencia de barreras arquitectónicas no permitidas endicho acceso al local.

6. Completar el plano correspondiente a la memoria gráfica de lacarpintería de modo que cada pieza quede definida detalladamente(incluyendo la grafía de los cercos y la identificación de material y de lascaracterísticas de los herrajes en cada una).

Considerando lo dispuesto en el artículo 95 de la Ley 39/2015, de 1 deoctubre, del Procedimiento Administrativo Común de las AdministracionesPúblicas.---------------------------------------------------------------------------------------

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda:------------------------

Primero.- Proceder al archivo de actuaciones por caducidad delprocedimiento.--------------------------------------------------------------------------------

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Segundo.- Contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa,se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que loha dictado, en el plazo de una mes a contar desde el día siguiente a la notificacióndel mismo o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de loContencioso-Administrativo de Castellón, en el plazo de dos meses contadosdesde el día siguiente a la recepción de la notificación del mismo.-------------------

3.2 Examinado el expediente que se instruye a instancia de COMUNIDAD DEPROPIETARIOS CARBONAIRE, C/4, TRAVESIA 6, por el que se tramitadeclaración responsable para PARA INSTALACION ASCENSOR ENCARBONAIRE, C/4, TRAVESIA 6 (según catastro: Travesía 6, 2F) (expte.2017/00007117E).----------------------------------------------------------------------------

Resultando que ha transcurrido con creces el plazo concedido desde larecepción de la notificación practicada al peticionario, requiriéndole lapresentación de: ------------------------------------------------------------------------------

1. El estudio de gestión de residuos de construcción y demolición deberáestar suscrito por el promotor.2. Designación del director de la obra, del director de ejecución material dela obra, del coordinador de seguridad y salud. Si no se aporta visadadeberá aportarse declaración responsable del técnico.3. El cuestionario de datos estadísticos del Ministerio de Fomento deberáestar suscrito por el promotor.4. Se ha liquidado el ICIO para un PEM de 15.619,09.-€ sin embargo elPEM es 36.139,58.-€. Deberá liquidarse el ICIO de la diferencia.5. Como las obras afectan a fachada, deberá aportarse fotografía de lamisma.6. El proyecto técnico presentado presenta las siguientes deficiencias:

-Hay errores en la identificación del emplazamiento del edificio, ya queen algunos apartados de la Memoria indica que es la Calle 4 esquinaTravesía 5 y en otros Calle 4 esquina Travesía 6.-La escalera de acceso de la planta segunda a la planta tercera tiene unaanchura de 1 metro. Se pretende colocar en ella una silla salva-escaleras, que reduce la anchura de la escalera, sin embargo no sedetermina la anchura de paso tras la instalación. Indicar que en ningúncaso esta podrá ser inferior a 0,80 metros, ya que en este caso seincumplirían las condiciones de seguridad contra incendios exigidas porel CTE DB SI.-La solución dada al zaguán para hacerlo accesible incumple el DBSUA y el Documento de Apoyo al DB SUA/2. El circulo inscribiblefrente al ascensor no puede estar sobre una rampa. La puerta de accesono puede invadir en su apertura el espacio de la rampa. Dadas lasgrandes dimensiones del zaguán no existe ningún impedimento parahacer cumplir el DB SUA y el DA DB-SUA/2.-La justificación del DB SUA es incorrecta.-Deberá acotarse el ancho de la escalera de planta baja en la zona deestrangulamiento junto al pilar, que no podrá ser inferior a 0,80 metros.-La justificación del DB SI es incorrecta. No se hace ninguna referenciaa la reducción de las anchuras de escalera en los recorridos deevacuación.

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-No se corresponde la partida de gestión de residuos del proyecto con laque consta en el estudio de gestión. La fianza depositada también serácoincidente, con un mínimo de 100.-€

Considerando lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 deoctubre, del Procedimiento Administrativo Común de las AdministracionesPúblicas.---------------------------------------------------------------------------------------

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda:------------------------

Primero.- Tener por desistida a COMUNIDAD DE PROPIETARIOSCARBONAIRE, C/4, TRAVESIA 6 de su petición y proceder al archivo deactuaciones.-----------------------------------------------------------------------------------

Segundo.- Contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa,se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que loha dictado, en el plazo de una mes a contar desde el día siguiente a la notificacióndel mismo o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de loContencioso-Administrativo de Castellón, en el plazo de dos meses contadosdesde el día siguiente a la recepción de la notificación del mismo.-------------------

3.3 Vistos los expedientes tramitados de solicitud de licencia de obras, asícomo los informes emitidos por los Servicios Técnicos y el Servicio deUrbanismo, Contratación y Bienes, así como las liquidaciones practicadas por lostributos correspondientes; la Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda:--

Primero.- Conceder las licencias de obras que se relacionan acontinuación, con sujeción a las normas urbanísticas vigente, en especial lassiguientes:-------------------------------------------------------------------------------------

A) El plazo máximo en que deben comenzar a ejecutarse las obras es de unaño desde la concesión de la licencia o de tres meses si se trata de un derribo.-----

El plazo máximo para la conclusión de las obras es de 3 años desde laobtención de la licencia o de seis meses si se trata de un derribo, en caso contrariose producirá la caducidad de la licencia.--------------------------------------------------

B) En todo caso, a solicitud del interesado, podrá prorrogarse el plazofijado, con anterioridad al vencimiento del plazo establecido en la licencia. Lasprórrogas podrán concederse previa solicitud del interesado y tendrán unaduración máxima total no superior a dos años, salvo en caso de derribo que nosuperará los 3 meses. ------------------------------------------------------------------------

Expte. 2018/00001471Y de Carmen Darós PallarésReforma de vivienda unifamiliarColonia Segarra, 43Ref. catastral: 6911703YK3161S0001PUICIO: 1.171,80 €

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*Condición específica: Antes del inicio de las obras, deberá presentar loscorrespondientes proyecto básico y de ejecución y estudio de seguridad y saludvisados.

Segundo.- Contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa,se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lodictado, en el plazo de una mes a contar desde el día siguiente a la notificación orecurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Castellón, el plazo de dos meses contados desde el díasiguiente a la recepción de la notificación del mismo.----------------------------------

11/18.4 ACUERDO APROBACIÓN RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIALDE CRÉDITOS NÚM. 6/2018, FACTURAS SERVICIO DE SUMINISTRO DEENERGÍA ELÉCTRICA, MES NOVIEMBRE 2017 (RELACIÓN CONTABLE12015000108),

Resultando que mediante Providencia del Concejal Delegado del Área deHacienda de fecha 8 de marzo de 2018 se incoa el expediente de reconocimientoextrajudicial de las facturas del suministro de energía eléctrica emitidas por laempresa Gas Natural Fenosa, incluidas en la relación contable nº 12018000108.---

Comprobada la existencia de crédito adecuado para la tramitación de todaslas obligaciones incluidas en la presente relación en el presupuesto municipal,según los datos incluidos en el anexo adjunto.--------------------------------------------

Considerando que se ha comprobado el cumplimiento de lo establecido enlas Bases números de la 15 a la 20 de las Bases de Ejecución del Presupuesto de2018, en materia del contenido del expediente de gasto y de los documentosnecesarios para el reconocimiento de la obligación.-------------------------------------

Considerando que al no existir contrato en vigor que amparen el citadoservicio de suministro de energía eléctrica el acuerdo debe de tener la forma dereconocimiento extrajudicial de crédito para cumplir el criterio jurisprudencial deno enriquecimiento injusto de la administración.----------------------------------------

Considerando que en cuanto a la competencia para aprobarreconocimientos extrajudiciales de créditos, el artículo 60.2 del Real Decreto50/1990 de 20 de abril establece que, “corresponderá al Pleno de la Entidad, elreconocimiento extrajudicial de créditos siempre que no exista dotaciónpresupuestaria, operaciones especiales de crédito o concesiones de quita yespera”, por lo que al existir crédito adecuado en el presupuesto municipal lacompetencia corresponde a la Alcaldía.---------------------------------------------------

Considerando que los Decretos de la Alcaldía-Presidencia nº 1516/15 y1517/15 ambos de 18 junio, atribuye a la Junta de Gobierno Local la aprobaciónde las facturas y el reconocimiento y la liquidación de las obligaciones, así comola aprobación de reconocimiento extrajudicial de créditos. ----------------------------

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Vistos los informes del Servicio de Presupuestos y la Intervenciónmunicipal obrantes en el expediente, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad,acuerda:----------------------------------------------------------------------------------------

Primero.- Aprobar el reconocimiento extrajudicial de créditos nº 6/2018por un importe total de 50310,97 €, consistente en la relación de gastos nº12018000108, cuya copia obra en el expediente.-----------------------------------------

Segundo.- Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa,se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que hadictado la presente resolución, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente ala notificación de la misma, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado delo Contencioso-Administrativo de Castellón, en el plazo de dos meses contados desdeel día siguiente a la recepción de la notificación de la misma.-----------------------------

11/18.5 ACUERDO APROBACIÓN RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIALDE CRÉDITOS NÚM. 7/2018, FACTURAS SERVICIO DE SUMINISTRO DEENERGÍA ELÉCTRICA, MES DICIEMBRE 2017 (RELACIÓN CONTABLE2018000109).

Resultando que mediante Providencia del Concejal Delegado del Área deHacienda de fecha 8 de marzo de 2018 se incoa el expediente de reconocimientoextrajudicial de las facturas del suministro de energía eléctrica emitidas por laempresa Gas Natural Fenosa, incluidas en la relación contable nº 12018000109.—

Comprobada la existencia de crédito adecuado para la tramitación de todaslas obligaciones incluidas en la presente relación en el presupuesto municipal,según los datos incluidos en el anexo adjunto.-------------------------------------------

Considerando que se ha comprobado el cumplimiento de lo establecido enlas Bases números de la 15 a la 20 de las Bases de Ejecución del Presupuesto de2018, en materia del contenido del expediente de gasto y de los documentosnecesarios para el reconocimiento de la obligación.-------------------------------------

Considerando que al no existir contrato en vigor que amparen el citadoservicio de suministro de energía eléctrica el acuerdo debe de tener la forma dereconocimiento extrajudicial de crédito para cumplir el criterio jurisprudencial deno enriquecimiento injusto de la administración.----------------------------------------

Considerando que en cuanto a la competencia para aprobarreconocimientos extrajudiciales de créditos, el artículo 60.2 del Real Decreto50/1990 de 20 de abril establece que, “corresponderá al Pleno de la Entidad, elreconocimiento extrajudicial de créditos siempre que no exista dotaciónpresupuestaria, operaciones especiales de crédito o concesiones de quita yespera”, por lo que al existir crédito adecuado en el presupuesto municipal lacompetencia corresponde a la Alcaldía.---------------------------------------------------

Considerando que los Decretos de la Alcaldía-Presidencia nº 1516/15 y1517/15 ambos de 18 junio, atribuye a la Junta de Gobierno Local la aprobación

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de las facturas y el reconocimiento y la liquidación de las obligaciones, así comola aprobación de reconocimiento extrajudicial de créditos. ----------------------------

Vistos los informes del Servicio de Presupuestos y la Intervenciónmunicipal obrantes en el expediente, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad,acuerda:-----------------------------------------------------------------------------------------

Primero.- Aprobar el reconocimiento extrajudicial de créditos nº 7/2018por un importe total de 92601,62 €, consistente en la relación de gastos nº12018000109, cuya copia obra en el expediente.----------------------------------------

Segundo.- Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa,se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que hadictado la presente resolución, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente ala notificación de la misma, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado delo Contencioso-Administrativo de Castellón, en el plazo de dos meses contados desdeel día siguiente a la recepción de la notificación de la misma.-----------------------------

11/18.6 ACUERDO APROBACIÓN RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIALDE CRÉDITOS NÚM. 3/2018, RELACIÓN DE GASTOS NÚM. 8/18(RELACIÓN CONTABLE 12018000094).

Resultando que en el expediente obra una copia de la relación de gastos nº8/18 y con numero de relación contable 12018000094, de la que consta que estáformada por facturas emitidas en ejercicios anteriores, que quedaron pendientesde tramitación a 31 de diciembre de 2017 y que en ningún caso corresponden acontratos mayores cuya previsión de crédito debiera de estar incluida en elpresupuesto del ejercicio 2018.-------------------------------------------------------------

Resultando que todas ellas están debidamente conformadas por el personaltécnico responsable de certificar la adecuada prestación del servicio, suministro uobra.--------------------------------------------------------------------------------------------

Considerando que, atendiendo a lo establecido en el artículo 176.1 delTexto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, “con cargo a los créditos delestado de gastos de cada presupuesto sólo podrán contraerse obligacionesderivadas de adquisiciones, obras o servicios y demás prestaciones o gastos engeneral que se realicen en el año natural del propio ejercicio presupuestario”.------

Considerando que a pesar de lo expuesto, el apartado segundo del mismoartículo de la norma dispone que, “no obstante lo dispuesto en el apartadoanterior, se aplicarán a los créditos del presupuesto vigente, en el momento de sureconocimiento las obligaciones siguientes”:---------------------------------------------

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a) Las que resulten de la liquidación de atrasos a favor del personal queperciba sus retribuciones con cargo a los presupuestos generales de laentidad local.b) Las derivadas de compromisos de gastos debidamente adquiridos enejercicios anteriores, previa incorporación de los créditos en el supuestoestablecido en el artículo 182.3.

Considerando que el artículo 60 del Real Decreto 50/1990 de 20 de abrilestablece que corresponderá al Presidente de la Entidad Local el reconocimiento yliquidación de las obligaciones derivadas de los compromisos de gastoslegalmente adquiridos, y en el punto segundo del mismo artículo establece que,“corresponderá al Pleno de la Entidad el reconocimiento extrajudicial de créditos,siempre que no exista dotación presupuestaria, operaciones especiales de crédito,o concesiones de quita y espera”.----------------------------------------------------------

Considerando que el órgano competente para aprobar la presente relaciónde gastos nº 8/2018 es el Pleno municipal aunque de acuerdo con lo establecido enla base 16-B de las Bases de Ejecución del Presupuesto 2018 sobre fases delproceso de gasto y reconocimiento extrajudicial de créditos, “queda delegada en laJunta de Gobierno Local el reconocimiento extrajudicial de créditos”.--------------

La Junta de Gobierno Local, previo dictamen de la Comisión Informativadel Área de la Ciudad Eficiente y Abierta, y vistos los informes de gestión y de laIntervención municipal que obran en el expediente , acuerda:-------------------------

Primero.- Aprobar el reconocimiento extrajudicial de créditos nº 3/2018constituido por la relación de gastos nº 8/18 y relación contable 12018000094 porun importe de 8329,11 €.---------------------------------------------------------------------

Segundo.- Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa,se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que hadictado la presente resolución, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente ala notificación de la misma, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado delo Contencioso-Administrativo de Castellón, en el plazo de dos meses contados desdeel día siguiente a la recepción de la notificación de la misma.-----------------------------

11/18.7 ACUERDO APROBACIÓN RELACIÓN DE GASTOS, CARGO NÚM.10/18.

Vista la relación de gastos nº 10/2018 integrada por la relación contable12018000125 por importe total de 96834,65 €.-------------------------------------------

Comprobada la existencia de crédito adecuado para la tramitación de todaslas obligaciones incluidas en la presente relación en el presupuesto de 2018, segúnconsta en el anexo adjunto.-----------------------------------------------------------------

Considerando que se ha comprobado el cumplimiento de lo establecido enlas Bases números 15 a 20 de las Bases de Ejecución del Presupuesto de 2018, enmateria del contenido del expediente de gasto y de los documentos necesariospara el reconocimiento de la obligación.--------------------------------------------------

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Comprobado que el Decreto nº 1516/15 y 1517/15 de 28 de junio, atribuyea la Junta de Gobierno Local la aprobación de las facturas y el reconocimiento yla liquidación de las obligaciones.----------------------------------------------------------

Visto el informe de la Intervención municipal así como el informe deGestión obrantes en el expediente la Junta de Gobierno Local por unanimidadacuerda:----------------------------------------------------------------------------------------

Primero.- Aprobar el reconocimiento de las obligaciones y, en su caso, laautorización, disposición del gasto derivados de la relación de gastos nº 10/2018por importe total de 96834,65 €, con cargo a la partidas y conceptos relacionadosen el anexo adjunto.--------------------------------------------------------------------------

Segundo.- Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa,se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que hadictado el presente acuerdo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente ala notificación del mismo, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgadode lo Contencioso-Administrativo de Castellón en el plazo de dos meses, contadosdesde el día siguiente a recepción de la notificación del mismo.-----------------------

11/18.8 ACUERDO APROBACIÓN LIQUIDACIÓN IMPUESTO SOBREBIENES INMUEBLES NATURALEZA URBANA POR ALTERACIÓN DE LADESCRIPCIÓN CATASTRAL, Dª TERESA MARCO NEBOT.

Aprobación de liquidaciones del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) denaturaleza Urbana resultantes del acuerdo de alteración de la descripción catastraladoptado por la Gerencia Territorial del Catastro de Castellón en el expediente derectificación de errores 00208736.12/15.------------------------------------------------------

Resultando que la Gerencia Territorial del Catastro de Castellón, en elejercicio de las competencias que tiene atribuidas de gestión catastral, ha remitidoa este Ayuntamiento acuerdo de alteración de la descripción catastral, por el quese se determina un nuevo valor catastral para el inmueble sito en Paraje San JoséTerciario, 3 con referencia catastral 5120303 YK3152S 0001YB, cuyo titular esDª Teresa Marco Nebot.----------------------------------------------------------------------

Resultando que el inmueble en cuestión ya tributará correctamente en elpadrón fiscal del IBI del ejercicio 2018, por lo que las liquidaciones a rectificar sereferirán al ejercicio 2017 y anteriores, teniendo en cuenta la fecha de efectos dela alteración catastral y los plazos de prescripción.--------------------------------------

Considerando los artículos 12 y 77.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de lasHaciendas Locales (TRLHL): la liquidación y recaudación, así como la revisión delos actos dictados en vía de gestión tributaria de los tributos locales y, en concreto, deeste impuesto serán competencia exclusiva de los Ayuntamientos.-----------------------

12

Considerando el artículo 66 y siguientes de la Ley 58/2003, de 17 dediciembre, General Tributaria (LGT): se liquidarán todos los ejercicios no prescritos,teniendo en cuenta los plazos de prescripción y de interrupción de la mismaexpresados en dicho precepto legislativo.-----------------------------------------------------

Considerando los artículos 73.1 LGT y 58.2.b) del Real Decreto 939/2005, de29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación (RGR): secompensarán de oficio las cantidades a ingresar y a devolver que resulten de lapráctica de una nueva liquidación por haber sido anulada la anterior.---------------------

Considerando el artículo 32.2 LGT: “Con la devolución de ingresos indebidosla Administración Tributaria abonará el interés de demora regulado en el artículo 26de esta ley, sin necesidad de que el obligado tributario lo solicite. A estos efectos, elinterés de demora se devengará desde la fecha en que se hubiese realizado el ingresoindebido hasta la fecha en que se ordene el pago de la devolución”.----------------------

Visto el informe del Negociado de Gestión Tributaria, de fecha 27 defebrero de 2018.------------------------------------------------------------------------------

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda:------------------------

Primero.- Declarar la baja de los siguientes recibos en base al acuerdo dealteración de la descripción catastral adoptado por la Gerencia Territorial del Catastrode Castellón en el expediente de rectificación de errores 00208736.12/15:--------------

Situación Remesa Recibo-fracción Importe principal Titular Parcela.cargo

Pagado 14PADURB

21444468 7.204,83 € Teresa Marco Nebot 5120303.0001

Pagado 15PADURB

21539229 7.224,45 € Teresa Marco Nebot 5120303.0001

Pagado 16PADURB

21639872 7.090,37 € Teresa Marco Nebot 5120303.0001

Pagado 17PADURB

21740010 7.007,91 € Teresa Marco Nebot 5120303.0001

Segundo.- Aprobar la devolución a la interesada de los importes queconstan pagados en el párrafo anterior según el siguiente detalle:---------------------

Recibo Principal Recargo Demora Costas Pagado Intereses A devolver

21444468 7.204,83 € 0,00 € 0,00 € 0,00 € 7.204,83 € 1.126,99 € 8.331,82 €

21539229 7.224,45 € 0,00 € 0,00 € 0,00 € 7.224,45 € 783,69 € 8.007,14 €

21639872 7.090,37 € 0,00 € 0,00 € 0,00 € 7.090,37 € 476,41 € 7.566,78 €

21740010 7.007,91 € 0,00 € 0,00 € 0,00 € 7.007,91 € 208,08 € 7.215,99 €

TOTALES 31.121,73 €

13

Tercero.- Practicar nueva liquidación en sustitución de las anuladas en elpárrafo primero con la valoración catastral correcta tal y como a continuación sedetalla:-----------------------------------------------------------------------------------------------

Sujeto pasivo: Teresa Marco NebotNIF: 73359123WTipo de ingreso: IBIUL – Liquidación Impuesto sobre Bienes Inmueblesde Naturaleza UrbanaRemesa-Recibo: 18RURB – 21825994

Ejercicio Valor catastral Base liquidable Tipo Cuota Reducción Deuda

2014 515.446,53 € 414.878,92 € 0,760% 3.153,08 € 0,00 € 3.153,08 €

2015 515.446,53 € 448.401,46 € 0,705% 3.161,23 € 0,00 € 3.161,23 €

2016 360.812,57 € 360.812,57 € 0,860% 3.102,99 € 0,00 € 3.102,99 €

2017 360.812,57 € 360.812,57 € 0,850% 3.066,91 € 0,00 € 3.066,91 €

TOTALES 12.484,21 €

Cuarto.- Compensar de oficio los importes a devolver del párrafo segundohasta el importe de la nueva liquidación del párrafo tercero con el siguiente resultado:

Importe pagado y anulado Importe a compensar Importe a devolver

31.121,73 € 12.484,21 € 18.637,52 €

Quinto.- Aprobar la devolución de ingresos indebidos a favor de Dª TeresaMarco Nebot con NIF: 73359123W por un importe total de 18.637,52€ para lo cualdeberá aportar Hoja de Terceros con sus datos bancarios para poder hacer efectiva ladevolución.-----------------------------------------------------------------------------------------

Sexto.- Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa,podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes desde la fecha denotificación ante el Concejal Delegado del Área de la Ciudad Eficiente y Abierta(art. 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que seaprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales).------

Asimismo he de informarle que, si no interpone dicho recurso, podráinterponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde lafecha de notificación ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo deCastellón (art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la JurisdicciónContencioso-Administrativa); sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otrorecurso que estime procedente (art. 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, delProcedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).----------

11/18.9 ACUERDO APROBACIÓN LIQUIDACIÓN IMPUESTO SOBREBIENES INMUEBLES NATURALEZA URBANA POR ALTERACIÓN DE LADESCRIPCIÓN CATASTRAL, D. RAMIRO MARQUÉS HINOJOSA.

14

Aprobación de liquidaciones del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) denaturaleza Urbana resultantes del acuerdo de alteración de la descripción catastraladoptado por la Gerencia Territorial del Catastro de Castellón en el expediente derectificación de errores 00208736.12/15.------------------------------------------------------

Resultando que la Gerencia Territorial del Catastro de Castellón, en elejercicio de las competencias que tiene atribuidas de gestión catastral, ha remitidoa este Ayuntamiento acuerdo de alteración de la descripción catastral, por el quese se determina un nuevo valor catastral para el inmueble sito en Paraje San JoséTerciario, 5 con referencia catastral 5120302 YK3152S 0001BB, cuyo titular esD. Ramiro Marqués Hinojosa.--------------------------------------------------------------

Resultando que el inmueble en cuestión ya tributará correctamente en elpadrón fiscal del IBI del ejercicio 2018, por lo que las liquidaciones a rectificar sereferirán al ejercicio 2017 y anteriores, teniendo en cuenta la fecha de efectos dela alteración catastral y los plazos de prescripción.--------------------------------------

Considerando los artículos 12 y 77.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de lasHaciendas Locales (TRLHL): la liquidación y recaudación, así como la revisión delos actos dictados en vía de gestión tributaria de los tributos locales y, en concreto, deeste impuesto serán competencia exclusiva de los Ayuntamientos.-----------------------

Considerando el artículo 66 y siguientes de la Ley 58/2003, de 17 dediciembre, General Tributaria (LGT): se liquidarán todos los ejercicios no prescritos,teniendo en cuenta los plazos de prescripción y de interrupción de la mismaexpresados en dicho precepto legislativo.-----------------------------------------------------

Considerando los artículos 73.1 LGT y 58.2.b) del Real Decreto 939/2005, de29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación (RGR): secompensarán de oficio las cantidades a ingresar y a devolver que resulten de lapráctica de una nueva liquidación por haber sido anulada la anterior.---------------------

Considerando el artículo 32.2 LGT: “Con la devolución de ingresos indebidosla Administración Tributaria abonará el interés de demora regulado en el artículo 26de esta ley, sin necesidad de que el obligado tributario lo solicite. A estos efectos, elinterés de demora se devengará desde la fecha en que se hubiese realizado el ingresoindebido hasta la fecha en que se ordene el pago de la devolución”.-----------------------

Visto el informe del Negociado de Gestión Tributaria, de fecha 27 defebrero de 2018.-------------------------------------------------------------------------------

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda:------------------------

Primero.- Declarar la baja de los siguientes recibos en base al acuerdo dealteración de la descripción catastral adoptado por la Gerencia Territorial del Catastrode Castellón en el expediente de rectificación de errores 00208736.12/15:---------------

Situación Remesa Recibo-fracción Importeprincipal

Titular Parcela.cargo

Pagado 14PADURB 21444467 1.499,52 € Ramiro Marqués Hinojosa 5120302.0001

15

Pagado 15PADURB 21539228 1.564,88 € Ramiro Marqués Hinojosa 5120302.0001

Pagado 16PADURB 21639871 1.633,18 € Ramiro Marqués Hinojosa 5120302.0001

Pagado 17PADURB 21740009 1.614,19 € Ramiro Marqués Hinojosa 5120302.0001

Segundo.- Aprobar la devolución al interesado de los importes que constanpagados en el párrafo anterior según el siguiente detalle:-------------------------------

Recibo Principal Recargo Demora Costas Pagado Intereses A devolver

21444467 1.499,52 € 0,00 € 0,00 € 0,00 € 1.499,52 € 209,29 € 1.708,81 €

21539228 1.564,88 € 0,00 € 0,00 € 0,00 € 1.564,88 € 147,27 € 1.712,15 €

21639871 1.633,18 € 0,00 € 0,00 € 0,00 € 1.633,18 € 97,32 € 1.730,50 €

21740009 1.614,19 € 0,00 € 0,00 € 0,00 € 1.614,19 € 35,82 € 1.650,01 €

TOTALES 6.801,47 €

Tercero.- Practicar nueva liquidación en sustitución de las anuladas en elpárrafo primero con la valoración catastral correcta tal y como a continuación sedetalla:----------------------------------------------------------------------------------------------

Sujeto pasivo: Ramiro Marqués HinojosaNIF: 18928477YTipo de ingreso: IBIUL – Liquidación Impuesto sobre Bienes Inmueblesde Naturaleza UrbanaRemesa-Recibo: 18RURB – 21825993

Ejercicio Valor catastral Base liquidable Tipo Cuota Reducción Deuda

2014 67.823,21 € 53.087,76 € 0,760% 403,47 € 0,00 € 403,47 €

2015 67.823,21 € 57.999,58 € 0,705% 408,90 € 0,00 € 408,90 €

2016 47.476,24 € 47.476,24 € 0,860% 408,30 € 0,00 € 408,30 €

2017 47.476,24 € 47.476,24 € 0,850% 403,55 € 0,00 € 403,55 €

TOTALES 1.624,22 €

Cuarto.- Compensar de oficio los importes a devolver del párrafo segundohasta el importe de la nueva liquidación del párrafo tercero con el siguiente resultado:

Importe pagado y anulado Importe a compensar Importe a devolver

6.801,47 € 1.624,22 € 5.177,25 €

Quinto.- Aprobar la devolución de ingresos indebidos a favor de D. RamiroMarqués Hinojosa con NIF: 18928477Y por un importe total de 5.177,25€ para locual deberá aportar Hoja de Terceros con sus datos bancarios para poder hacerefectiva la devolución.----------------------------------------------------------------------------

16

Sexto.- Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa,podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes desde la fecha denotificación ante el Concejal Delegado del Área de la Ciudad Eficiente y Abierta(art. 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que seaprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales).-----

Asimismo he de informarle que, si no interpone dicho recurso, podráinterponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde lafecha de notificación ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo deCastellón (art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la JurisdicciónContencioso-Administrativa); sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otrorecurso que estime procedente (art. 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, delProcedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).----------

11/18.10 ACUERDO APROBACIÓN LIQUIDACIÓN IMPUESTO SOBREBIENES INMUEBLES NATURALEZA URBANA POR ALTERACIÓN DE LADESCRIPCIÓN CATASTRAL, COOPERATIVA AGRÍCOLA SAN ISIDRODE LA VALL D’UIXÓ.

Aprobación de liquidaciones del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) denaturaleza Urbana resultantes del acuerdo de alteración de la descripción catastraladoptado por la Gerencia Territorial del Catastro de Castellón en el expediente decomunicación de deslinde 00365890.12/16.---------------------------------------------------

Resultando que la Gerencia Territorial del Catastro de Castellón, en elejercicio de las competencias que tiene atribuidas de gestión catastral, ha remitidoa este Ayuntamiento acuerdo de alteración de la descripción catastral, por el quese se determina un nuevo valor catastral para el inmueble sito en CL Almacén laValenciana, 10-SUELO con referencia catastral 7524609 YK3172S 0001JT, cuyotitular es la Cooperativa Agrícola San Isidro de Vall de Uxó.--------------------------

Resultando que el inmueble en cuestión ya tributará correctamente en elpadrón fiscal del IBI del ejercicio 2018, por lo que las liquidaciones a rectificar sereferirán al ejercicio 2017 y anteriores, teniendo en cuenta la fecha de efectos dela alteración catastral y los plazos de prescripción.--------------------------------------

Considerando los artículos 12 y 77.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de lasHaciendas Locales (TRLHL): la liquidación y recaudación, así como la revisión delos actos dictados en vía de gestión tributaria de los tributos locales y, en concreto, deeste impuesto serán competencia exclusiva de los Ayuntamientos.-----------------------

Considerando el artículo 66 y siguientes de la Ley 58/2003, de 17 dediciembre, General Tributaria (LGT): se liquidarán todos los ejercicios no prescritos,teniendo en cuenta los plazos de prescripción y de interrupción de la mismaexpresados en dicho precepto legislativo.------------------------------------------------------

17

Considerando los artículos 73.1 LGT y 58.2.b) del Real Decreto 939/2005, de29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación (RGR): secompensarán de oficio las cantidades a ingresar y a devolver que resulten de lapráctica de una nueva liquidación por haber sido anulada la anterior.---------------------

Considerando el artículo 32.2 LGT: “Con la devolución de ingresos indebidosla Administración Tributaria abonará el interés de demora regulado en el artículo 26de esta ley, sin necesidad de que el obligado tributario lo solicite. A estos efectos, elinterés de demora se devengará desde la fecha en que se hubiese realizado el ingresoindebido hasta la fecha en que se ordene el pago de la devolución”.----------------------

Visto el informe del Negociado de Gestión Tributaria, de fecha 02 demarzo de 2018.--------------------------------------------------------------------------------

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda:------------------------

Primero.- Declarar la baja de los siguientes recibos en base al acuerdo dealteración de la descripción catastral adoptado por la Gerencia Territorial del Catastrode Castellón en el expediente de comunicación de deslinde 00365890.12/16:-----------

Situación Remesa Recibo-fracción Importeprincipal

Titular Parcela.cargo

Pagado 14PADURB 21442568 2.136,90 € Coop.Agrícola San Isidro 7524609.0001

Pagado 15PADURB 21537322 2.244,12 € Coop.Agrícola San Isidro 7524609.0001

Pagado 16PADURB 21637960 2.363,45 € Coop.Agrícola San Isidro 7524609.0001

Pagado 17PADURB 21738117 2.335,97 € Coop.Agrícola San Isidro 7524609.0001

Segundo.- Aprobar la devolución al interesado de los importes que constanpagados en el párrafo anterior según el siguiente detalle:-------------------------------

Recibo Principal Recargo Demora Costas Pagado Intereses A devolver

21442568 2.136,90 € 0,00 € 0,00 € 0,00 € 2.136,90 € 334,26 € 2.471,16 €

21537322 2.244,12 € 0,00 € 0,00 € 0,00 € 2.244,12 € 243,47 € 2.487,59 €

21637960 2.363,45 € 0,00 € 0,00 € 0,00 € 2.363,45 € 158,80 € 2.522,25 €

21738117 2.335,97 € 0,00 € 0,00 € 0,00 € 2.335,97 € 69,36 € 2.405,33 €

TOTALES 9.886,33 €

Tercero.- Practicar nueva liquidación en sustitución de las anuladas en elpárrafo primero con la valoración catastral correcta tal y como a continuación sedetalla:-----------------------------------------------------------------------------------------------

Sujeto pasivo: Cooperativa Agrícola San Isidro de la Vall de UxóNIF: F12009544Tipo de ingreso: IBIUL – Liquidación Impuesto sobre Bienes Inmueblesde Naturaleza Urbana

18

Remesa-Recibo: 18RURB – 21826114

Ejercicio Valor catastral Base liquidable Tipo Cuota Reducción Deuda

2014 242.197,95 € 193.516,17 € 0,760% 1.470,72 € 0,00 € 1.470,72 €

2015 242.197,95 € 209.743,43 € 0,705% 1.478,69 € 0,00 € 1.478,69 €

2016 169.538,56 € 169.538,56 € 0,860% 1.458,03 € 0,00 € 1.458,03 €

2017 169.538,56 € 169.538,56 € 0,850% 1.441,08 € 0,00 € 1.441,08 €

TOTALES 5.848,52 €

Cuarto.- Compensar de oficio los importes a devolver del párrafo segundohasta el importe de la nueva liquidación del párrafo tercero con el siguiente resultado:

Importe pagado y anulado Importe a compensar Importe a devolver

9.886,33 € 5.848,52 € 4.037,81 €

Quinto.- Aprobar la devolución de ingresos indebidos a favor de laCooperativa Agrícola San Isidro de la Vall de Uxó con NIF: F12009544 por unimporte total de 5.177,25€ para lo cual deberá aportar Hoja de Terceros con sus datosbancarios para poder hacer efectiva la devolución.------------------------------------------

Sexto.- Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa,podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes desde la fecha denotificación ante el Concejal Delegado del Área de la Ciudad Eficiente y Abierta(art. 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que seaprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales).------

Asimismo he de informarle que, si no interpone dicho recurso, podráinterponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde lafecha de notificación ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo deCastellón (art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la JurisdicciónContencioso-Administrativa); sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otrorecurso que estime procedente (art. 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, delProcedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).----------

11/18.11 DESPACHO EXTRAORDINARIO.

Previa declaración de urgencia, adoptada por unanimidad de los miembrosasistentes a la sesión del Órgano Colegiado, debido a que no figuraban en elOrden del Día los asuntos que a continuación se hará referencia, la Junta deGobierno Local, conoció y resolvió éstos de la siguiente forma: ----------------------

11.1 Licencias ambientales de actividad.

19

Vista la solicitud de Granja Uxó, S.L., para modificar la actividad degranja avícola sita en polígono 6, parcelas 1591 y 412 (Ref. catastral:12126A006004120000FE y 12126A0006015910000FQ), consistente en larealización de un vallado en las lindes norte y oeste de la parcela 412 y en laexplanación de parte de esa misma parcela a la cota necesaria para su posteriorconexión a la granja existente.--------------------------------------------------------------

Resultando que el 28/09/1978 le fue concedida al mismo peticionario y enla misma ubicación licencia de actividad para granja avícola y el 14/06/2007 parasu ampliación con autorización de puesta en funcionamiento de 30/10/2008.-------

Resultando que el Sr. Ingeniero Industrial Municipal, ha informadofavorablemente la modificación referida sin que para ello deba tramitarse unnuevo expediente por ser no sustancial.---------------------------------------------------

Considerando que la tramitación del expediente se ha ajustado a lanormativa aplicable.--------------------------------------------------------------------------

Considerando lo dispuesto en el artículo 61 y 63 de la Ley 6/2014, de 25de julio, de la Generalitat, de Prevención, Calidad y Control Ambiental deActividades en la Comunitat Valenciana.-------------------------------------------------

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda:------------------------

Primero.- Otorgar la modificación de licencia solicitada, consistente en larealización de un vallado en las lindes norte y oeste de la parcela 412 y en laexplanación de parte de esa misma parcela a la cota necesaria para su posteriorconexión a la granja existente, según proyectos originarios y anexos obrantes en elexpediente 125/04; así como la modificación reflejada en la memoria descriptivay plano redactado por elaborados por el Sr. Anselmo Badenes Molés, arquitecto,en abril de 2015, que queda condicionada al cumplimiento de los requisitos ymedidas correctoras que se establecieron al otorgar la licencia originaria y que afecha de hoy deban seguir cumpliéndose.-------------------------------------------------

Segundo.- Emitir este informe de conformidad con la puesta enfuncionamiento de la actividad modificada, pudiendo iniciarse el ejercicio de lamisma.-----------------------------------------------------------------------------------------

Tercero.- Contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa,se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que hadictado el presente acuerdo, en el plazo de una mes a contar desde el día siguientea la notificación del mismo o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgadode lo Contencioso-Administrativo de Castellón, en el plazo de dos meses contadosdesde el día siguiente a la recepción de la notificación del mismo.--------------------

11/18.12 TURNO ABIERTO DE PALABRAS.

No se efectuó. ------------------------------------------------------------------------

La Sra. Alcaldesa-Presidenta levanta la sesión siendo las nueve horas ycuarenta minutos, tomándose notas para la redacción del borrador del acta, detodo lo cual, como Secretario, certifico. --------------------------------------------------

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LA ALCALDESA

Tania Baños Martos

EL SECRETARIO

José Luis de la Torre Martín

21