contribución valorización-roldan guillermo-curso4-2011

54
La Contribución La Contribución de Valorización de Valorización Juan Guillermo Gómez Roldán 23 de Agosto de 2011

Upload: others

Post on 27-Jul-2022

1 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

La ContribuciónLa Contribución de Valorizaciónde Valorización

Juan Guillermo Gómez Roldán23  de Agosto de 2011

Page 2: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

Proceso PlanificadorProceso Planificador

Pl ióPlaneaciónS t di t it i

Id tifi ió d id d

Se estudia un territorio

Se estructura una solución proyecto

Identificación de necesidades

Se estructura una solución ‐ proyecto

El t d i t é úbliEl proyecto es de interés público

Page 3: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

Proceso PlanificadorProceso Planificador

El proyecto es para toda la comunidadcomunidad

Tiene impactos individuales diferentes

Page 4: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

Constitución políticaí lArtículo  82.

Es deber del estado velar por laprotección de la integridad del espaciopúblico y por su destinación al usopúblico y por su destinación al usocomún, el cual prevalece sobre elinterés particular.

Las entidades públicas participarán enla plusvalía que genere su acción

b í ti l á l tili ióurbanística y regularán la utilizacióndel suelo y del espacio aéreo urbanoen defensa del interés común.

Page 5: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

Constitución políticaArtículo  317.

GRAVAMENES SOBRE INMUEBLES.VALORIZACION. Sólo los municipiospodrán gravar la propiedad inmueblepodrán gravar la propiedad inmueble.Lo anterior no obsta para que otrasEntidades impongan contribución de

l i ióvalorización.La Ley destinará un porcentaje de estos tributos, queno podrá exceder del promedio de las sobretasasexistentes, a las Entidades encargadas del manejo yconservación del ambiente y de los recursosnaturales renovables, de acuerdo con los planes dedesarrollo de los municipios del área de sudesarrollo de los municipios del área de sujurisdicción.

Page 6: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

NormatividadLey 25 de 1921.

Ley 1ª. de 1943. Decreto Legislativo 868 de 1956. (Ley 141 de 1961)

Ley 25 de 1959.y

Decreto Legislativo 1604 de 1966. (Ley 48 de 1968)Decreto 1394 de 1970.Código Nacional de los R. N. R. Decreto 2811 de 1974.

Ley 105 de 1993.

Decreto 1222 de 1986

Ley 128 de 1994.

136 d 1994Ley 136 de 1994.

Ley 142 de 1994

Page 7: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

Normatividad

Departamento de AntioquiaOrdenanza 4 de 2007

Área metropolitana del Valle de AburráÁrea metropolitana del Valle de AburráAcuerdo Metropolitano 19 de 1992

Municipio de MedellínA d 58 d 2008Acuerdo 58 de 2008

Page 8: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

Ley 25 de 1921Ley 25 de 1921

A t 3º E t bl l i t di t dArt. 3º. ‐ Establece el impuesto directo devalorización, consistente en una contribuciónsobre las propiedades raíces que se beneficien consobre las propiedades raíces que se beneficien conla ejecución de obras de interés público local,como limpia y canalización de ríos construcción decomo limpia y canalización de ríos, construcción dediques para evitar inundaciones, desecación delagos, pantanos y tierras anegadizas, regadíos ylagos, pantanos y tierras anegadizas, regadíos yoras análogas, contribución destinadaexclusivamente a atender los gastos queg qdemanden dichas obras.

Page 9: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

Ley 1ª de 1943Ley 1  de 1943

Artículo 1 Son motivos de utilidad pública o interés social para decretar laArtículo 1. Son motivos de utilidad pública o interés social para decretar laexpropiación de predios urbanos, fuera de los determinados en las leyesvigentes, las obras de ornato, embellecimiento, seguridad, saneamiento,construcción, reconstrucción o modernización de barrios, apertura o ampliaciónde calles, edificaciones para mercados, plazas parques y jardines públicos, enl i d d it l d d t t ll t bl iólas ciudades capitales de departamentos y en aquellas otras cuya poblaciónsea o exceda de 25.000 habitantes.

Articulo 18. Los municipios a que se refiere esta Ley podrán exigir elimpuesto de valorización establecido por las leyes 25 de 1921 y 195 de 1936impuesto de valorización establecido por las leyes 25 de 1921 y 195 de 1936,teniendo en cuenta el mayor valor que reciban lospredios favorecidos con las obras de servicio público,aunque no hayan sido ejecutadas por el municipio sino porq y j p p pla Nación, el Departamento o cualquier otra entidad decarácter público, y sin considerar para ello solamente elcosto de las mismas. Los municipios señalarán la forma de hacerefectivo el impuesto de que trata este artículo sin sujeción a las normasefectivo el impuesto de que trata este artículo, sin sujeción a las normaslegales anteriores a la presente Ley.

Page 10: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

Ley 1ª de 1943Ley 1  de 1943

Artículo 22. En la organización que acuerdenlos Concejos Municipales, al hacer uso de laj p ,atribución que se les a conferido de organizarel impuesto de valorización, deberán darleintervención a los propietarios beneficiadosen todo caso, en la formación del presupuestod b l di ib ió d l ide obra, en la distribución del impuesto yfacilitarles la vigilancia de la inversión de losfondosfondos.

Page 11: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

Decreto Legislativo 868 de 1956( d )(Ley 141 de 1961)

Artículo 1. Autorizase a los municipios quetengan rentas anuales propias superiores a dosmillones de pesos, para establecer,reglamentar, distribuir y recaudar el impuestode valorización de que trata la Ley 1ª de 1943,con fundamento en la capacidad económica dela tierra, calificada por medio de coeficientesiguales para zonas de un mismo nivel o valoreconómico.

Page 12: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

Decreto Legislativo 1604 DE 1966( d )(Ley 48 de 1968)

Artículo 1o. El impuesto de valorización, establecido por elartículo 3o. de la Ley 25 de 1921 como una “contribuciónsobre las propiedades raíces que se beneficien con laejecución de obras de interés público local”, se hace extensivoa todas las obras de interés público que ejecuten la Nación,los Departamentos, el distrito Especial de Bogotá, losM i i i l i t tid d d D h PúbliMunicipios o cualquier otra entidad de Derecho Público y quebeneficien a la propiedad inmueble, y en adelante sedenominará exclusivamente contribución de valorización.

Artículo 18. Las disposiciones de los artículos 1o. a 6o. del Decreto Legislativo 868 de1956 son de aplicación opcional para los Municipios a que dicho Decreto se refiere, loscuales podrán abstenerse de seguir los sistemas allí previstos para la liquidación ycobro de la contribución de valorización.

Page 13: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

Decreto Legislativo 1604 DE 1966( d )(Ley 48 de 1968)

Artículo 2o. El establecimiento, la distribución y el recaudode la contribución de valorización se harán por la respectivaentidad nacional, departamental o municipal que ejecute, p p q jlas obras y el ingreso se invertirá en la construcción de lasmismas obras o en la ejecución de otras obras de interéspúblico que se proyecten por la entidad correspondiente.

En cuanto a la Nación, estos ingresos y las correspondientes inversiones funcionarán através de un Fondo Rotatorio Nacional de Valorización dentro del presupuesto nacional.

Cuando las obras fueren ejecutadas por entidades diferentes de la Nación, losDepartamentos o los Municipios el tributo se establecerá, distribuirá y recaudará por laNación a través de la Dirección Nacional de Valorización, de acuerdo con las mencionadasentidades, salvo las atribuciones y facultades legales anteriores de las mismas entidades enentidades, salvo las atribuciones y facultades legales anteriores de las mismas entidades enrelación con este impuesto.

Page 14: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

Sentencia C‐155/03Referencia: expediente D‐4079Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 2 y 5 (parciales) del Decreto 1604 de 1966, adoptado como legislaciónpermanente mediante la Ley 48 de 1968, y contra el artículo 11 (parcial) del Decreto 2171 de 1992.p y , y (p )Actor: Bernardo Carreño Varela

Magistrado ponente:Dr. EDUARDOMONTEALEGRE LYNETTBogotá, D.C., veintiséis (26) de febrero de dos mil tres (2003).Bogotá, D.C., veintiséis (26) de febrero de dos mil tres (2003).La Sala Plena de la Corte Constitucional, en cumplimiento de sus atribuciones constitucionales y de los requisitos y trámitesestablecidos en el Decreto 2067 de 1991, profiere la siguiente

RESUELVEPrimero.‐ IHIBIRSE para proferir sentencia de fondo respecto del inciso final del artículosegundo del Decreto 1604 de 1966 y el artículo quinto del mismo decreto, adoptado comolegislación permanente mediante la Ley 48 de 1968.Segundo.‐ Declarar EXEQUIBLES las expresiones "el establecimiento” y "que ejecute lasSegundo. Declarar EXEQUIBLES las expresiones el establecimiento y que ejecute lasobras”, contenidas en el artículo segundo del Decreto 1604 de 1966, adoptado comolegislación permanente mediante la Ley 48 de 1968.Tercero.‐ Declarar INEXEQUIBLE la expresión "nacional", contenida en el artículosegundo del Decreto 1604 de 1966, adoptado como legislación permanente mediantela Ley 48 de 1968.Notifíquese, comuníquese, publíquese, insértese en la Gaceta de la Corte Constitucional yarchívese el expedientearchívese el expediente.

Page 15: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

Decreto 1394 de 1970Reglamentario del 1604 de 1966

Artículo 3o. La contribución de valorización es un gravamen real y personalque afecta a los inmuebles que se beneficien con la ejecución de obraspúblicas y a los poseedores materiales de los mismos.

Artículo 4o. Las contribuciones de valorización se distribuirán entre lospredios beneficiados, en proporción al mayor valor que por laconstrucción de la obra adquieran o hayan de adquirir tales predios, dentrode un plazo de cinco (5) años después de la terminación de la obrade un plazo de cinco (5) años después de la terminación de la obra.

Artículo 5o. La cuantía que ha de distribuirse como contribución devalorización para cada obra, se fijará de acuerdo con las normas queestablece el capitulo III de este decreto.Dicha contribución tendrá como límite superior el valor del beneficio queella produzca a cada uno de los inmuebles que han de ser gravados,entendiéndose por beneficio el mayor valor del respectivo inmueble enp y pvirtud de la obra.

Page 16: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

Elementos del tributoArtículo 338 de la constitución

• Sujeto activo.  ‐ La Entidad estatal.

• Sujeto pasivo Propietarios o poseedores• Sujeto pasivo – Propietarios o poseedores.

• Hecho generador – La obra de interés público.

• Base gravable – Costo de la obra dentro de los límites del Beneficio.

• Sistema y método para definir los costos y los beneficios.

• Tarifa – Proporción del Beneficio.

Page 17: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

Procedimiento

Identificación de una necesidadIdea

Plan de Ordenamiento Territorial 

Estudio de PerfilPlan de DesarrolloSolicitud

Estudio de Prefactibilidad

Inscripción Banco de Proyectos

Actualización Banco de Proyectos

Estudio de Factibilidad

y

Distribución

DecretaciónActualización Banco 

de Proyectos

Ejecución

Entrega

Distribución

RecaudoInscripción en el folio de matricula inmobiliaria

Entrega

OperaciónMantenimiento

Liquidación

Page 18: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

E di li P f ibilid dEstudios a realizar en Prefactibilidad

1. Anteproyectos de las obras.2. Evaluación de impactos ambientales.3. Valor del Proyecto.4. Análisis socioeconómico.5 E t di d B fi i5. Estudio de Beneficio.6. Sondeo de opinión.7 Conclusiones y recomendaciones7. Conclusiones y recomendaciones.

1. Zona de citación.2. Viabilidad.3. Posibles fuentes de financiación.

Page 19: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

E di li F ibilid dEstudios a realizar en Factibilidad

1. Censo de predios y Propietarios2. Diseños de construcción de las obras.3 Obtención de las licencias y permisos3. Obtención de las licencias y permisos4. Valor del Proyecto5. Campaña de sensibilización y socialización del

P tProyecto6. Elección Junta de representantes7. Estudio socioeconómico8. Estudio de Beneficio9. Presupuesto de distribución – Estudio Financiero10 Calculo de la contribución de valorización10.Calculo de la contribución de valorización11.Análisis jurídico de la actuación

Page 20: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

Valor del proyectoValor del proyecto

Entendiéndose por Valor de un proyecto:• Todas las inversiones que la obra requiera. (El costo

total de las obras incluirá el capital invertido en su estudio yconstrucción, los intereses del mismo capital y los gastos deadministración)

• Adicionadas con un porcentaje prudencial paraimprevistos.H t t i t i t (30%) á d ti d• Hasta un treinta por ciento (30%) más, destinadoa gastos de distribución y recaudación de lascontribucionescontribuciones.

Page 21: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

Valor del proyectoValor del proyecto

Son todos los costos que componen elproyecto desde la prefactibilidad hasta laliquidación. Incluye:q y

Estudios y diseñosObras CivilesBienes raícesCompensaciones ambientalesInterventoríaFacturaciónFacturaciónCostos financierosRecaudoPromociónPromociónAdministración e imprevistos

Page 22: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

Estudio socioeconómicoEstudio socioeconómico

Monografía del Área de estudio.Descripción Física, económica y social del área de estudio.

Demografía del sectorDemografía del sector.Registro Fotográfico.Información estadística y catastral.yEncuesta.Fuentes secundarias. (Dane, Cámara de comercio, etc.)Calculo de la capacidad de pago.

Clasificación socioeconómica de los propietarios y poseedores.

RecomendacionesRecomendaciones.

Page 23: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

CAPACIDAD DE PAGOCAPACIDAD DE PAGOCAPACIDAD DE PAGOCAPACIDAD DE PAGO

Es la cantidad de dineroEs la cantidad de dineroque le sobra a cadaque le sobra a cadapersona para cumplirpersona para cumplirsus obligaciones.sus obligaciones.

Page 24: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

Capacidad de pagoCapacidad de pago

Es la cantidad de dinero quepueden aportar los propietariosde predios, (persona natural oj ídi ) d id djurídica) de una comunidad, enun determinado tiempo (un mes),sin ver lesionadas sussin ver lesionadas susnecesidades fundamentales.

Page 25: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

BeneficioBeneficio• Identifique con claridad el proyecto.• Cuales son los objetivos del proyecto:

– Generales y específicos– Generales y específicos.• Que beneficios le entregan a la comunidad.• La operación del proyecto que cambios genera en lap p y q gcomunidad y en territorio.

• Cuales beneficios individuales entrega el proyecto.• Cual es su posible consecuencia económica• Cual es su posible consecuencia económica.

Entender el proyectoEntender el proyecto

Page 26: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

Beneficio LocalBeneficio Local

S d i B fi i l lSe denomina Beneficio, el mayor valor que segenera o se generará en un inmueble, por causad l b d i t é úblide la obra de interés público.

La contribución de valorización es directamenteLa contribución de valorización es directamenteproporcional al Beneficio.

Por motivos de capacidad de pago, se podrádisminuir el monto a distribuir.

Page 27: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

Beneficio LocalMétodo para calcular el Beneficio Local

• Del doble avalúo comercial para toda la zona. Consiste en avaluar, para lamisma fecha, cada uno de los inmuebles sin obra (situación actual) y conobra, como si estuviera construida y en funcionamiento.

• Del doble avalúo comercial para franjas de la zona Por el cual se avalúan• Del doble avalúo comercial para franjas de la zona. Por el cual se avalúan,para la misma fecha, algunos inmuebles característicos situados adiferentes distancias de la obra, sin obra (situación actual) y con obra,como si estuviera construida y en funcionamiento.

• Por analogía. Según el cual se selecciona una obra semejante yaejecutada, en una zona similar a aquella en donde se va a construir lanueva obra, aplicando los resultados del primero al segundo.

• De doble avalúo por muestreo Por medio del cual se avalúan unos puntosDe doble avalúo por muestreo. Por medio del cual se avalúan unos puntosde la zona de influencia seleccionados por metodología de muestreodeterminando un nivel de confiabilidad y el grado de error. Cada punto seavalúa, para la misma fecha, el terreno, sin obra (situación actual) y conobra como si estuviera construida y en funcionamiento considerandoobra, como si estuviera construida y en funcionamiento, considerandosituaciones homogéneas y/o análogas de los predios y/o inmuebles.

Page 28: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

Estudio de valores de la tierra

División del territorioDiseño de muestraSelección de puntos

Realizar avalúosMétodo:

Realizar avalúosMétodos:• Prospectivos• Multicriterio

Lonjas• Mercado• ResidualNormatividad actual

Multicriterio• AnalogíasPotencial de desarrolloImpactos ambientales

Page 29: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

Estudio de valores de la tierra

Page 30: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

FactorizaciónFactorizaciónEs el proceso mediante el cual se individualiza el beneficio,se individualiza el beneficio, teniendo en cuenta las características particularescaracterísticas particulares, físicas, jurídicas y normativas, d d i blde cada inmueble para determinar su beneficio.

Page 31: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

Ejemplos de FactoresEjemplos de FactoresFactor de área Fa Factor compromiso vial Fcv

Factor Topografía Ft Factor consolidación Fco

Factor de corte Fct Factor de Lleno Fll

Factor Retiro de Quebrada Frq Factor cerramiento Fce

Factor uso Fu Factor cono del aeropuerto Fcap

Factor de potencialidad Fp Factor edificio Fe

Factor de acceso Fap Factor estructuras Fesp

Factor servicios Fser Factor de movilidad Fm

Factor impacto construcción Fic Factor de servidumbres Fsvp

Factor cero Fcero Factor calidad de vida Fcv

Page 32: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

Factor de usoFactor de usoUSO FACTORResidencial y complementarios 1Comercial 1.30 ‐ 1.80Servicios 1 20 – 1 50Servicios 1.20  1.50Industriales 1.10 – 1.50

lInstitucionales 0.50 – 0.80Lotes  urbanizables 1.50 – 2.50

Page 33: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

Factor edificioFactor edificioSi (Área construida) ≤ X * (Área del lote) * Io

Fe = 1.00

Si no F = 1 + I X * IFe = 1 + Ic - X * Io

Fe mayor o igual a uno

Io = Índice de ocupación (de las normas)I = Índice de construcción (Área construida)/ (Área de lote)Ic  Índice de construcción     (Área construida)/ (Área de lote)X  =  Mediana de construcción de la zona de influencia

Page 34: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

Factor topografíaFactor topografíaPm  = Pendiente máxima 

Pp   = Pendiente promedio de la zona de influencia

Pi  = Pendiente del lote 1

)130(

1

m

)()13.0(

PpPmm

−−

=0.3

Pp Pm

Pi ≤ Pp Ft = 1

Ft = 1 + (0 3 1 / Pm Pp)*(Pi Pp)Ft = 1 + (0.3 - 1 / Pm - Pp)*(Pi - Pp)

Page 35: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

Factor de compromiso vialFactor de compromiso vial

Se establece para los predios que tienenafectaciones viales, comprometidos conproyectos viales públicos.

AL = Área del loteAL Área del lote

Ac = Área comprometida

Fcv = (AL – 1/2 Ac) / AL

Page 36: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

Factor de correcciónFactor de corrección

Fcorrección = Ft * Fu * Fe * Fcv * ...

Los predios de uso públicoFcorrección = 0.

Las edificaciones dedicada a los cultosreligiososreligiosos

Fcorrección = 0

Page 37: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

Beneficio LocalBeneficio

Brui = Btui * Fcorrecciónii  i i

Bri = Btui * Fcorreccióni * Ai 

Brii = Btui * Fcorreccióni * Ai * PdeiBrii  Btui  Fcorreccióni  Ai  PdeiBTP  =  ∑ Brii

Btui = Valor Beneficio Teórico unitario de cada lote($ / mts2)Brui = Valor Beneficio Real unitario de cada lote($ / mts2)Ai = Área del LoteAi  Área del LoteBri = Valor del Beneficio real de cada lote ($) Pdei = Porcentaje de desenglobe del inmueble. Brii = Valor del Beneficio real de cada inmueble ($)  (Área Virtual)i ( ) ( )BTP = Beneficio Total del Proyecto ($)  (Sumatoria de áreas virtuales)

Page 38: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

Beneficio LocalFactibilidad

P ≤ B

P ≤ VP

P ≤ CPP = Presupuesto a distribuir VP = Valor del proyecto

P ≤ CPesupuesto a d st bu a o de p oyecto

B = Beneficio Total CP = Capacidad de pago

Page 39: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

Beneficio GeneralBeneficio General

Se concibe el beneficio en un concepto más amplioque el solo económico, adicionado en los beneficiosde la mayor movilidad accesibilidad y ahorros dede la mayor movilidad, accesibilidad y ahorros detiempo, en relación con su repercusión en losinmuebles.inmuebles.

La contribución de valorización es directamente ala capacidad económica de la tierrala capacidad económica de la tierra.

Por motivos de capacidad de pago, se podrádi i i l di ib idisminuir el monto a distribuir.

Page 40: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

Beneficio GeneralBeneficio General

• Mejoramiento de calidad de vida de la comunidad• Mejoramiento de calidad de vida de la comunidad.• Facilidad de acceso a los medios de consumo.• Generación de desarrollo.• Ahorro de tiempo productivoAhorro de tiempo productivo.• Facilita el acceso a los servicios Públicos.• Propiciar desarrollos urbanísticos planificados y mejorar los actuales.• Estimular el reparto equitativo de cargas y beneficios.p q g y• Mejoramiento de la movilidad vehicular y peatonal.• Posibilitar y optimizar el uso del suelo.• Generación de empleo directo e indirecto.• Recuperación de sectores deteriorados.• Ahorro en consumo de combustibles• Aportar a la disminución de las tasas de contaminación ambiental.

L l i ió d l i bl• La valorización de los inmuebles.

Page 41: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

Beneficio GeneralCapacidad económica de la tierra

Plano calificando los beneficios:Plano calificando los beneficios:• Muy Alto• Alto• Medio

B j• Bajo • No beneficioDefinición de factor de beneficio a cada inmueble por zona

Page 42: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

FactorizaciónFactorización

Es el proceso mediante el cual se individualiza el beneficiose individualiza el beneficio, teniendo en cuenta las

t í ti ti lcaracterísticas particulares, físicas, jurídicas y normativas, de cada inmueble.para determinar su beneficiop

Page 43: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

Beneficio GeneralCapacidad Económica de la tierra

CETui = Vtcpi + VobiCETrui = CETui * Fcorrecciónii i iCETi = CETrui * Fcorreccióni * Ai CETi = CETrui * Fcorreccióni * Ai * PdeiCET = ∑ CETCET  =  ∑ CETi

CETui = Capacidad económica de la tierra Teórico unitaria de cada lote($ / m2)Vtcpi = Valor de la tierra con proyecto en cada lote ($/m2 )i     Vobi =  Valor de los otros beneficios en cada lote ($/m2)CETrui = Capacidad económica de la tierra Real unitario de cada lote($ / m2)Ai = Área del LoteCETi = Capacidad económica de la tierra real de cada lote ($) Pde = Porcentaje de desenglobe del inmueblePdei = Porcentaje de desenglobe del inmueble. CETii = Capacidad económica de la tierra real de cada inmueble ($)  (Área Virtual)CET = Capacidad económica de la tierra Total del Proyecto ($)  (Sumatoria de áreas virtuales)

Page 44: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

Beneficio GeneralFactibilidad

P ≤ VPP ≤ VP

P ≤ CPP = Presupuesto a distribuirVP = Valor del proyectoVP Valor del proyectoCP = Capacidad de pago

Desde la teoría de evaluación de proyectos se demuestraDesde la teoría de evaluación de proyectos se demuestraque la relación beneficio – costo es mayor de la unidad.

Page 45: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

CONTRIBUCIÓN DE VALORIZACIÓN =

PRESUPUESTO DE DISTRIBUCIÓNVALORIZACIÓN = DISTRIBUCIÓN

CONTRIBUCIÓN DE VALORIZACIÓN=

VALOR DEL PROYECTO + COFINANCIACIÓNPROYECTO

Cofinanciación con documentos reales

Page 46: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

Método de los frentes. Cuando el beneficio individual de unaobra o la capacidad económica de la tierra, son proporcionales alfrente principal de cada inmueble, se asigna la contribución devalorización a cada inmueble o predio en proporción al frente delvalorización a cada inmueble o predio en proporción al frente delmismo.

Método de las áreas. Cuando el beneficio individual de una obrao la capacidad económica de la tierra son proporcionales al área deo la capacidad económica de la tierra son proporcionales al área decada inmueble, se asigna la contribución de valorización a cadainmueble o predio en proporción al área del mismo.

Método de las zonas Cuando se han establecido zonas o franjasMétodo de las zonas. Cuando se han establecido zonas o franjasde igual beneficio por obra o la capacidad económica de la tierra,se asigna la contribución de valorización a cada predio, enproporción directa entre el beneficio establecido para la respectivap p p pzona en la cual se encuentra el inmueble y el área del lote.

Page 47: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

Método Clasificación socioeconómica. Mediante el cual seasigna a cada clasificación socioeconómica una proporción delpresupuesto de distribución. La contribución de valorización ad i bl di l l l i i ió d l ácada inmueble o predio se calcula con la participación del área

corregida del inmueble con respecto al área total de laclasificación correspondiente.

Método del factor de beneficio. Mediante el cual se asigna lacontribución a cada predio o inmueble en proporción directa albeneficio total o a la capacidad económica de la tierra, teniendop ,en cuenta los atributos y características de cada predio,empleando un coeficiente numérico.

P b i d l i ió d l ib ió d l i ióPara obtener mayor exactitud en la asignación de la contribución de valorización,se podrá combinar los métodos anteriores.

Page 48: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

BTP Pd BriPd x⇒Bri

BTP

Ci

Pd=

Bri

BTPCi

Pd=

x

⇓Pd ⇒BTP

FcvPd

= BriCi = Fcv x

BTP = Beneficio Total del Proyecto ($) – Sumatoria de áreas virtualesBri = Beneficio real por cada inmueble ($) – Área VirtualPd = Presupuesto de distribución

b ó d l ó d d blCi = Contribución de Valorización correspondiente a cada inmuebleFcv =  Factor de conversión

Page 49: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

⇒CETi

CETP

Ci

Pd=

CETi

CETPCi

Pd=

x

⇓CETi Ci CETP

⇒F Pd CETiCi F x⇒CETP

Fcv = CETiCi = Fcv x

$CETP = Capacidad económica de la tierra del Proyecto ($) – Sumatoria de áreas virtualesCETi = Capacidad económica de la tierra por cada inmueble ($) – Área VirtualPd = Presupuesto de distribuciónCi = Contribución de Valorización correspondiente a cada inmuebleCi   Contribución de Valorización correspondiente a cada inmuebleFcv =  Factor de conversión

Page 50: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

1 Los inmuebles de uso público í l 6 d l Códi Ci il1. Los inmuebles de uso público. artículo 674 del Código Civil

2. Los inmuebles contemplados en elC d l S S dConcordato con la Santa Sede.

3. Los inmuebles de otros credos que seasimilan a los del concordato con la Santasede. Ley 113 de 1993

Page 51: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

ARTICULO 674. <BIENES PUBLICOS Y DE USO PUBLICO>.Se llaman bienes de la Unión aquéllos cuyo dominiopertenece a la Repúblicapertenece a la República.

Si además su uso pertenece a todos los habitantes det it i l d ll l tun territorio, como el de calles, plazas, puentes y

caminos, se llaman bienes de la Unión de uso público obienes públicos del territorio.

Los bienes de la Unión cuyo uso no pertenecegeneralmente a los habitantes, se llaman bienes de lagUnión o bienes fiscales.

Page 52: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

Artículo 7o El derecho de libertad religiosa y de cultosArtículo 7o. El derecho de libertad religiosa y de cultos,igualmente comprende, entre otros, los siguientes derechos delas Iglesias y confesiones religiosas:( )(…)PARÁGRAFO. Los Concejos Municipales podrán conceder a lasinstituciones religiosas exenciones de los impuestos ycontribuciones de carácter local en condiciones de igualdad paracontribuciones de carácter local en condiciones de igualdad paratodas las confesiones e Iglesias.

Artículo 9o El Ministerio de Gobierno reconoce personeríaArtículo 9o. El Ministerio de Gobierno reconoce personeríajurídica a las Iglesias, confesiones y denominaciones religiosas,sus federaciones y, confederaciones y asociaciones de ministros,que lo soliciten. De igual manera, en dicho Ministerio funcionaráq g ,el Registro Público de entidades religiosas.

Page 53: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

1. Los inmuebles rurales de propietarios o poseedores campesinos de la zona deinfluencia, que vivan en ellos y que estén catalogados como U.A.F. (UnidadesAgrícolas Familiares)

2. Los inmuebles destinados en más de un 50% a usos culturales, de asistencia,social, educación, salud, recreación, deporte y las sedes de acción comunal,solo cuando su propietario o poseedor ejerza una de estas actividades, seauna entidad sin ánimo de lucro.

3. Las viviendas clasificadas en los estratos uno (1), dos (2) y tres (3) tendrán untratamiento especial del 100%.

4 Los inmuebles declarados de interés patrimonial en los niveles municipal4. Los inmuebles declarados de interés patrimonial en los niveles municipal,Departamental y Nacional.

5. Los predios o inmuebles que deban ser evacuados de manera permanentepor s s propietarios o poseedores como consec encia de n desastrepor sus propietarios o poseedores como consecuencia de un desastre.

Page 54: Contribución Valorización-Roldan Guillermo-curso4-2011

Juan Guillermo Gómez Roldán

[email protected]

[email protected]

Cel.  300 455 0559 – 317 809 3594