contrato rem mechitas

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  Corporación Municipal de Melipilla M001-012012 CONTRATO DE REEMPLAZO DE TRABAJO En Melipilla, a jueves 12 de enero de 2012, comparece por una parte la CORPORACION MUNICIPAL DE MELIPILLA, persona jurídica de derecho privado, RUT N° 71.293.900-1, representada por su Secretario General don OMAR IGNACIO FARIAS TORO, Abogado, chileno, Casado RUT N° 10.918.722-4, ambos con domicilio en Av. Vicuña Mackenna N° 0383-A, Comuna de Melipilla, en adelante “El Empleador” o “La Corporación”; y por l a otra don(a) AURORA MARGOT MARTINEZ GONZALEZ de nacionalidad CHILENA, nacido(a) el 22/08/1991 RUT N° 18.029.829-0 domiciliado(a) en PADRE HURTADO PASJE JUAN VALDES, DEPTO 358 BLOCK 302 - MELIPILLA, de profesión u oficio TECNICO EN ATENCION DE PARVULOS, en adelante también “El Trabajador” o “El Empleado”, quienes expresan que han convenido el siguiente contrato de trabajo:  1. La Corporación Municipal de Melipilla es una persona jurídica del derecho privado sin fines de lucro, cuyo objetivo principal es gestionar y administrar racionalmente los fondos públicos destinados a la educación, salud y atención de menores, en la comuna de Melipilla. 2. Por el presente acto, “La Corporación” debidamente representada por su Secretario General contrata a don(a) AURORA MARGOT MARTINEZ GONZALEZ para prestar el servicio de AUXILIAR DE PARVULOS, de Reemplazo por Licencia Médica de don(a) JOCELYN ZUÑIGA MORENO, perteneciente al área de Educación de esta Institución. 3. Para todos los efectos, la relación contractual entre “El Trabajador” y “El Empleador” será estab lecida a través del Código del Trabajo. 4. La jornada de trabajo del empleado será de 45 horas cronológicas semanales, distribuidos de Lunes a Viernes, desde las 08:30 horas hasta las 18:30 horas, con una hora de colación diaria dentro de la jornada laboral. 5. El trabajador será remunerado con un sueldo de $ 271.439.- brutos proporcional a los días trabajados, a la suma antes mencionada se le deducirán los descuentos estrictamente legales; además de aquellos que el trabajador autorice por escrito. La remuneración líquida será cancelada el día 30 de cada mes; si éste fuere un día inhábil, el pago se realizará el día hábil siguiente. 6. Incorpórese a los montos citados en el punto precedente, una asignación de movilización otorgada a todo trabajador de “La  Corporación” la cuál corresponde a $ 4.345.- 7. El trabajador prestará sus servicios en las dependencias del Establecimiento SALA CUNA Y JARDIN INFANTIL MECHITAS; sin perjuicio de lo cual podrá ser destinado a ejecutar labores en forma temporal o definiti va en otras dependencias u oficinas que “La  Corporación” tenga en la comuna de Melipilla. 8. El trabajador en el desempeño de sus funciones se obliga: a) Ejecutar su trabajo con estricto apego a los principios de identidad, la visión y la misión que la Corporación Municipal de Melipilla ha definido para sí, los que declara conocer en su integridad. b) Cumplir todas las obligaciones contenidas en el Reglamento de Higiene y Seguridad de “La Corporación”, cuya copia se le entre ga en este acto y que declara recibir a su conformidad, documento que se entiende formar parte del presente contrato. c) Cumplir y ejecutar los procedimientos internos establecidos y las funciones del cargo. d) Hacer correcto uso de la infraestructura, materiales, maquinaria y equipos de “La Corporación”, los que solo pueden ser destinados a los fines que le son propios. e) Mantener la debida reserva y confidencialidad respecto de la información que en razón de su trabajo obtenga y que pueda ser relevante para los intereses de “La Corporación”, especialmente en concursos públicos, licitaciones, adquisiciones y otros. f) No ejecutar negociaciones, trabajos o actividades comerciales de ninguna naturaleza, que puedan ser incompatibles con los int ereses de “La Corporación”. 9. El incumplimiento por parte del trabajador de cualquiera de las obligaciones señaladas en la cláusula anterior, constituirá “Incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato”. 10. El presente contrato tendrá vigencia según licencia médica Nº 30238305, correlativo con el anterior, desde 11/01/2012 hasta 24/01/2012. 11. Para todos los efectos legales las partes fijan como domicilio la ciudad de Melipilla, y se someten a la jurisdicción de los tribunales de justicia. El presente contrato se firma en tres ejemplares, quedando uno en poder del trabajador y dos en poder del empleador . AURORA MARGOT MARTINEZ GONZALEZ Trabajador RUT: 18.029.829-0 OMAR IGNACIO FARIAS TORO Secretario General CORPORACION MUNICIPAL DE MELIPILLA 

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