contrato de transporte 01

23
CONTRATO DE TRANSPORTE

Upload: verito-larota-franco

Post on 21-Jul-2015

78 views

Category:

Law


1 download

TRANSCRIPT

Page 2: Contrato de transporte 01

Generalmente las normativas de transporte son de derecho público: autorización para la empresa de transporte, tarifas,

Page 3: Contrato de transporte 01

Características -Es aquel por el cual el porteador se

obliga, mediante un precio (flete), a trasladar de un lugar a otro a personas o cosas. Arto. 3097 C

-Es un contrato de obra, el portador cumple si pagan el precio.

-Es consensual, oneroso, bilateral, el contrato es de adhesión, es real, es un contrato a favor de terceros

Page 4: Contrato de transporte 01

Naturaleza mercantil. Arto. 369,3, 20 CC -Es mercantil, cuando tiene por objeto

mercadería o cualquier efecto de comercio - Cuando sea, cual, sea su objeto, el

porteador sea comerciante

Page 5: Contrato de transporte 01

Elementos del contrato - Porteador - Prestación (precio, flete)

Page 6: Contrato de transporte 01

Clases de transporte -Contrato de

transporte civil y mercantil.369 CC

-Transporte terrestre: carretera o ferroviario

-Transporte fluviales -Transporte de

personas y cosas -Transporte mixto

Page 7: Contrato de transporte 01

Transporte de cosas -El código de comercio regula el transporte

de cosas, no el de personas. -Las cosas son entregadas al porteador,

que se encarga de su custodia

Page 8: Contrato de transporte 01

Elementos personales del contrato -Porteador (empresa): es la persona

que se obliga a ejecutar el transporte. A trasladar la mercancía de un lugar a otro. Puede contratar otro la conducción de la mercancía. Arto. 370, 421 CC

-Cargador (remitente): Persona que entrega al porteador las cosas para su transporte. Es el acreedor del transporte en la primera fase. 369 CC.

Page 9: Contrato de transporte 01

-Consignatario (destinatario): Aquel a quien a cuya orden va dirigida la cosa. Es el que recibe prestación de transporte una vez que ha sido efectuado. Éste permanece extraño de la relación jurídica hasta que solicita la entrega de la cosa. Cumplido el contrato éste le devuelve al porteador la carta porte. Extraviada la carta porte éste entregará un recibo de los objetos produciendo esto los mismo efectos de la carta porte. Arto. 388, 376.2 CC

Page 10: Contrato de transporte 01

-Carta porte: Es un título de tradición de carácter causal, los derechos incorporados en la carta se rigen por el contrato de transporte. Recoge los datos que describe el contrato. Se extiende de a favor del consignatario de forma nominativa, a la orden o al portador. Arto. 375 CC. La posesión del título equivale a la posesión de la mercancía. Cuando se entrega la mercancía se devuelve al porteador. Arto. 377, 374 CC. Es extendida por el porteador y entregada al cargador, también podrá el porteador tener una copia. El cesionario, endosatario, portador de la carta, se subroga todas las obligaciones y derechos del cargador

Page 11: Contrato de transporte 01

Requisitos de la carta porte. 374 CC 1. Nombre, apellido, domicilio del porteador, cargador,

consignatario. 2. Descripción de la mercadería, género, calidad, peso,

medida, marcas, signos exteriores de los bultos en que se contengan. Arto. 392 CC

3. Precio del transporte. 4. Fecha de expedición 5. Lugar de entrega al porteador. 6. Lugar y plazo en que ha de entregarse al consignatario. 7. Indemnización en caso de retardo, salvo pacto en

contrario. Arto. 378 CC

Page 12: Contrato de transporte 01

La omisión de uno de los requisitos de la carta porte, no invalidará la carta porte, no destruirá la fuerza probatoria. Arto. 378 CC

Page 13: Contrato de transporte 01

Obligaciones del cargador. 381 CC 1. Entregar las mercancías convenidas. 2. Entregar los documentos necesarios de

la mercancía: fiscales, municipales 3. Sufrir las sanciones fiscales en su caso:

comisos, multas. Indemnizar al porteador por las violaciones sufridas

Page 14: Contrato de transporte 01

4. Sufrir las pérdidas y averías de las mercancías, que proceda por vicios propios a ella o caso fortuito. Salvo lo dispuesto en el arto. 383.9,10 CC

5. Indemnizar al porteador por el incumplimiento del contrato.

7. Remitir la carta porte al consignatario, para que pueda reclamar la mercadería.

8. Pagar el precio o porte

Page 15: Contrato de transporte 01

Derechos del cargador. 382 CC 1. Puede variar la consignación de las

mercancías, si diere lugar el aviso al porteador y entregare la carta porte. 389.1 CC

2. Varias la ruta convenida, avisando al porteador y cambiando la carta porte, pagando el flete.

3. Rescindir el contrato antes o después de iniciarse el viaje. 371, 372 CC

Page 16: Contrato de transporte 01

Obligaciones del porteador. Arto. 383, CC 1. Recibir la mercancía en el lugar y

tiempo convenido. 2. Emprender y concluir con el viaje en el

plazo y ruta señalada en el contrato. 3. Verificar el viaje. 4. Cuido y conservación de la mercancía

hasta la entrega al consignatar

Page 17: Contrato de transporte 01

5. Entregar la mercancía al tenedor de la carta porte., de acuerdo a su peso, cuenta y medida.

6. A pagar la indemnización por retardo en caso de que le sea imputable.

7. Pagar las averías, perdidas en su caso. 8. Indemnizar en caso de incumplimiento

del contrato

Page 18: Contrato de transporte 01

Derechos del porteador. Arto. 384 CC 1. Recibir la mitad del precio, si por

negligencia o culpa del cargador no se verificare el viaje o a pagar el total del precio, siempre que se haya convenido el uso exclusivo del transporte y el porteador no haya podido transportar otras mercancías.

2. A rescindir el viaje por fuerza mayor o a continuarlo, removido el obstáculo anterior

Page 19: Contrato de transporte 01

3 Exigir del cargador la apertura y reconocimientos de los bultos que contengan las mercancías en el acto de su recepción.

4. A que el consignatario le reciba de la carga averiada, las mercancías ilesas.

5. Retener las mercancías, mientras no se le pague el porte.

6. Podrá hacer depósito judicial cuando el consignatario no se encuentre o se rehúsa recibir las mercancías.

Page 20: Contrato de transporte 01

Responsabilidades del porteador 1. Por recibo de las mercancías sin

reclamación. Arto. 388 CC 2. Por el transcurso de los 6 meses en las

expediciones verificadas dentro de la república y en un año en las que tenga lugar para el extranjero.

Page 21: Contrato de transporte 01

Prescripción. Arto. 3111 C Las acciones que nacen del transpor­te,

sea en pro o en contra de los empresarios, no duran más de seis meses después de con­cluido el viaje. Arto. 386 CC éste arto. Se refiere al inicio de la

Page 22: Contrato de transporte 01

Obligaciones del consignatario. Arto. 388 1. Recibir la mercancía si demora. 2. A abrir y reconocer los bultos que contengan las

mercancías en el acto de su recepción, cuando lo solicite el porteador. En caso contrario, el porteador quedara libre de responsabilidad.

3. Devolver la carta porte o el recibo en su caso. Arto. 376 CC

4. Pagar al porteador el porte y otros gastos en su caso. 5. Ejercer dentro de 24 horas de recepcionada la mercancía

las reclamaciones al porteador 6. A cumplir con las órdenes del cargador, dándole cuenta,

sin pérdida de tiempo, de cuanto ocurra relativo a las mercancías porteadas.

Page 23: Contrato de transporte 01

Derechos del consignatario. Arto. 389 CC 1. A que se le entreguen la mercancías. 2. A no recibir la mercancía solamente en los

casos en el título y además, cuando su valor no alcance a cubrir los gastos o desembolsos que deba hacer para su recepción, conservación y venta, a no ser que tenga fondos suficientes del cargador.

3. A que los anticipos que haya hecho con motivo de la entrega de la carga, se le reintegren desde luego, sin esperar a que se cubran con su precio;

4. A todo lo demás que está prevenido en las disposiciones de este título