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BIBLIOTECA JUNTOS Serie Acompañamiento: “JUNTOS EN FAMILIA” Cartilla Temática LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR -VIF Febrero 2010

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BIBLIOTECA JUNTOS Serie Acompañamiento: “JUNTOS EN FAMILIA” Cartilla Temática Aprobación Comité Ejecutivo JUNTOS. Esteban Piedrahíta Uribe Departamento Nacional de Planeación Pablo Ariel Gómez Martínez Director Programas Sociales – ACCIÓN SOCIAL Germán Alberto Quiroga González Coordinador Nacional JUNTOS – ACCIÓN SOCIAL Elaboración Maria Teresa Mojica Diego Palacio Betancourt Ministerio de la Protección Social

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BIBLIOTECA JUNTOS

Serie Acompañamiento: “JUNTOS EN FAMILIA”

Cartilla Temática

LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR -VIF Febrero 2010

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Diego Andrés Molano Aponte Alto Consejero Presidencial

Director de la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional

Esteban Piedrahíta Uribe Departamento Nacional de Planeación

Diego Palacio Betancourt

Ministerio de la Protección Social

Pablo Ariel Gómez Martínez Director Programas Sociales – ACCIÓN SOCIAL

Germán Alberto Quiroga González

Coordinador Nacional JUNTOS – ACCIÓN SOCIAL

Irina Marcela Marún Meyer Coordinadora Unidad Técnica JUNTOS – ACCIÓN SOCIAL

Elaboración Maria Teresa Mojica

Con la colaboración de Olga Lucía Velasco, Gladys Nubia Hernández, Carlos Plaza (q.e.p.d.) Carolina Giraldo,

Silvia Restrepo, Clara Inés Torres, Marcela Vanegas, Luisa Fernanda Ramírez, Oscar Fernando Casas, Fernando Mosquera, Natalia Velasco, Irina Marcela Marún Meyer

y Alejandra Gélvez.

Revisión de Ministerio de Protección Social

Departamento Nacional de Planeación Instituto Colombiano de Bienestar Familiar

Coordinación de Gestión Institucional JUNTOS Unidad Técnica de JUNTOS

Aprobación Comité Ejecutivo JUNTOS.

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CONTENIDO

Pág.

PRESENTACION 1

1. LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR-VIF; CONTEXTO, CONCEPTOS Y FORMAS DE MANIFESTARSE 3

1. 1. La violencia en la familia y los derechos humanos. 1. 2. ¿Qué es la violencia Intrafamiliar? 1. 3 ¿Cuáles son las formas en las que se expresa?

2. ¿Cómo SE EXPLICA LA VIF?

3. ASPECTOS JURÍDICOS

3. 1. La VIF es un delito. 3. 2. ¿Quiénes conforman el grupo familiar para efectos

de la Ley 294 de 1996 3. 3¿Qué autoridades pueden aplicar medidas

contra la Violencia Intrafamiliar? 3.4. Las medidas de protección 3.5. Para una respuesta integral

4. ¿COMO PROCEDER? 25 5. ¿QUE OBSERVAR? 29 5.1 Factores protectores y factores de riesgo 5.2 ¿Qué son los factores protectores y de riesgo? 5.3 ¿Cuáles son los factores de riesgo y los factores protectores? 5.4 Matriz de factores de riesgo y de protección 6. ORIENTACIONES PARA EL USO DEL MATERIAL PEDAGOGICO 44 BIBLIOGRAFÍA 50

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PRESENTACIÓN

Cuando se trabaja en procesos de acompañamiento familiar es muy posible encontrar familias que tienen problemas de violencia entre sus miembros. Por ser un asunto delicado que plantea al CGS (CGS) interrogantes, dilemas y dificultades sobre cómo proceder, este documento busca entregar elementos fundamentales que le permitan entender dicho fenómeno social y orientar a las familias o individuos, sean víctimas, espectadores o agresores, hacia los servicios y programas estatales orientados a la atención de la Violencia Intrafamiliar-VIF. Recordemos que JUNTOS plantea como uno de los logros de la Dimensión de Dinámica Familiar, el siguiente: “La familia accede a información y servicios de detección temprana, atención y recuperación de las víctimas de violencia intrafamiliar y sexual”. Para el propósito de esta cartilla, sus contenidos se organizan por capítulos de la siguiente manera. El primer capítulo de esta cartilla inicia mostrando la relación entre la violencia que se da al interior de la familia y los derechos humanos en el marco de la democracia, para pasar a definir la violencia intrafamiliar y a exponer las formas como se expresa. El segundo capítulo ofrece un marco explicativo en el propósito de entregar elementos para que las/los CGS incrementen su comprensión sobre la existencia de este fenómeno multicausal y complejo, que está asociado a factores de orden personal, familiar, sociocultural y de contexto. Se hace notar que mientras el conflicto es algo inherente a las relaciones humanas, el problema radica en que este conflicto se exprese o se trate inútilmente de resolver por medio de comportamientos violentos. El capítulo tres se dedica a asuntos de orden jurídico, en la idea de que el/la CGS tenga elementos básicos para orientar a las familias. Se explica por qué la violencia intrafamiliar es considerada un delito, quiénes conforman el grupo familiar para efectos de la ley y se hace énfasis en las medidas de protección. Este capítulo incluye un anexo que informa sobre cada una de las autoridades que tienen responsabilidad de dar respuesta a la violencia intrafamiliar y las acciones que les corresponden. El anexo

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opera como material de consulta, pero debe ser enriquecido por el/la CGS mediante la contextualización en su municipio. En el capítulo cuarto se propone un marco de acción para cuando el/la CGS se encuentre con familias que tienen o están en alto riesgo de desarrollar o consolidar procesos de Violencia Intrafamiliar, debiendo quedar claro que más allá de sus competencias profesionales no puede hacer intervención familiar en ningún sentido. Su labor es la de orientar sobre servicios y derechos, y como puente entre las necesidades y la oferta institucional, activando los mecanismos usuales definidos por el Manual Operativo de JUNTOS. El capítulo quinto, hace una presentación de qué son y cómo operan los factores protectores y los factores de riesgo en relación con la violencia intrafamiliar, sirviendo como referencia la Guía del Observador que el/la CGS tiene como instrumento de registro de información cualitativa sobre ésta y otras cuatro problemáticas sociales. Dentro del proceso de acompañamiento familiar posiblemente no sea fácil o siempre pertinente, dialogar o generar un diálogo familiar colectivo sano, desprevenido y sin tensiones alrededor de la violencia intrafamiliar, aunque no se descarta la posibilidad de que en algunas regiones del país o en algunas familias, el tema aflore y se pueda hablar de manera tranquila y fluida sin culpabilizar a nadie, ni “echar más leña al fuego”. Sin embargo, lo más probable es que al/a la CGS se le presente la posibilidad de abordar este tema a nivel individual de manera particular, con uno a varios miembros de la familia. Igualmente, por tratarse de un asunto que les sucede a muchas familias, puede ser recomendable abordarlo como tema para sesiones colectivas. Se espera por tanto, que esta cartilla lo/la provea de una serie de elementos básicos que le permitan ubicarse inicialmente frente al problema, saber cómo proceder y tener un conocimiento inicial de las acciones de la oferta. Por último, y teniendo en cuenta el reto que supone abordar temas tan sensibles para la dinámica de las familias, se ha elaborado un material pedagógico para que, mediante la utilización de recursos lúdicos, el CGS suscite la discusión-reflexión de la familia sobre esta problemática, facilitando una conversación al respecto; El material está compuesto de un rotafolio sobre los aspectos fundamentales de esta temática, y la ruta de atención especializada y de recursos comunitarios a la que pueden acceder las familias. Al final de este cuaderno se describen ambas piezas.

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1. LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR-VIF: CONTEXTO, CONCEPTOS Y FORMAS DE

MANIFESTARSE Entender la violencia que se da al interior de la familia en su relación con los Derechos Humanos, es una premisa para comprender la gravedad del fenómeno de la VIF, y la urgencia de movilizarnos como Estado y como Sociedad, para hacerle frente. Por lo tanto, dicha relación sería el eje de los contenidos de esta cartilla. 1. 1. La Violencia en la Familia y los Derechos Humanos. La Violencia Intrafamiliar-VIF en las sociedades occidentales (Europa y las tres Américas) es un problema social y de salud pública de primer orden. En las últimas décadas ha sido objeto de creciente preocupación por parte de los gobiernos, la sociedad civil y los legisladores; al punto de convertirse en un imperativo social a ser superado, siendo uno de los problemas más dolorosos y complejos que enfrentan nuestras sociedades. La Declaración Universal de los Derechos Humanos por parte de los Estados miembros de las Naciones Unidas (1.948) y el compromiso con su obligatorio cumplimiento hecho en la Proclamación de Teherán (1.968), junto con la Constitución Política de Colombia (1.991), son acontecimientos que alientan el imperativo de superar la violencia intrafamiliar como forma de relacionamiento familiar. Esto debido a que estos eventos implican cambios que tienen que ver directamente con la familia, pues vienen a modificar las relaciones, la naturaleza de la autoridad, el castigo y la legitimidad de la intervención del Estado en la vida privada. Según los planteamientos de Ligia Galvis Ortiz en su libro “La familia una prioridad olvidada”, los dos primeros eventos no sólo marcan la función del Estado como garante de la Democracia, sino que también influyen en el propósito de las instituciones sociales que ejercen autoridad sobre otros seres humanos como la familia, la escuela o la empresa privada, porque: 1) Modifican el sentido de la autoridad, que deja de ser un poder vertical apoyado en el castigo y la represión, para tener como misión fijar límites y

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abrir posibilidades para el ejercicio autónomo de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones. 2) Así mismo, aunque no lo elimina sí cambia el sentido del castigo, de la pena o de la sanción, ya que dejan de ser formas para legitimar y restaurar la autoridad y pasan a ser mecanismos formadores para la democracia y desestimuladores de la trasgresión, a la vez que buscan reparar los perjuicios causados a la víctima y a la sociedad.

El arbitraje es un mecanismo por medio del cual las partes involucradas en un conflicto de carácter transigible, defieren su solución a un tribunal arbitral, el cual queda

transitoriamente investido de la facultad de administrar justicia, profiriendo una decisión denominada laudo arbitral.

El arbitraje es un procedimiento que se presenta ante los Centros de Arbitraje, facultados por la ley para instalar y coadyuvar a los tribunales de arbitramento que se encargan de decidir los conflictos entre las partes, mediante fallos dictados por particulares investidos transitoriamente de la función de administrar justicia denominados árbitros, conforme lo

establecido en la cláusula compromisoria, o en el pacto arbitral.

A través de esta figura, las partes involucradas en un conflicto de carácter transigible difieren su solución a un tribunal arbitral, lo que convierte la figura en un mecanismo

heterocompositivo y le permite a aquel tribunal quedar transitoriamente investido de la facultad de administrar justicia profiriendo una decisión llamada laudo arbitral.

Lo anterior ayuda a explicar por qué hoy en día, se habla de la disciplina positiva, una disciplina mediante la cual se le establecen límites y reglas a los hijos a partir de acuerdos mutuos con sus padres y cuidadores sobre las mismas, y sobre las consecuencias que deben acatar en caso de incumplimiento de su parte. 3) Además, se amplía el espacio para la controversia, en el entendido de que los sujetos democráticos son generadores de conflictos pero también autores de sus soluciones. En la democracia existen dos espacios de resolución de conflictos: la estructura jurídica y los medios alternativos como conciliación, mediación y arbitramiento1.

���������������������������������������� ���������������������Los mecanismos alternativos de resolución de conflictos son formas mediante las cuales la sociedad civil

participa y resuelve los conflictos que la afectan, se ha llamado también justicia informal, que no sustituye a la justica formal del aparato del Estado sino que la complementa evitando la conflictivización de la sociedad. La Conciliación es: un procedimiento por el cual varias personas que tienen una controversia o conflicto, se reúnen para resolverla con la intervención de un tercero neutral-conciliador quien además de proponer formas de solución, aprueba el acuerdo que es de carácter obligatorio para todos. La mediación: También utiliza una tercera persona neutral que al oír y entender los intereses, ayude a las personas en conflicto a llegar a un acuerdo equitativo y amistoso, que no es de carácter obligatorio. Arbitramento: También supone la intervención de un tercero que ayude a encontrar salidas y llegar a acuerdos, sólo que en este caso, ese tercero debe haber sido autorizado por el Estado y consiste en un

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4) La distancia entre lo público y lo privado era total, fijándole límites a la intervención del Estado en la familia. Esto amparó por siglos la práctica impune de la violencia intrafamiliar fundamentada en la autoridad del marido y de los padres, que fue incuestionable. En la nueva Democracia de los Derechos Humanos, el Estado se convierte en el garante y en el que restablece los Derechos cuando son vulnerados por la VIF. Por eso la intervención del mismo en el seno de la familia se legitima, y se convierte en una necesidad. La Sociedad y el Estado deben respetar la privacidad y la intimidad de la familia, en tanto ésta respete la dignidad y permita el ejercicio de los derechos de sus miembros. Anteriormente se creía que el ámbito privado era intocable y que el Estado no podía intervenir para garantizar los derechos de las personas, hoy en día éstos derechos no se diluyen en la intimidad familiar.2 5) La familia como “célula básica” de la sociedad deja de ser la reproductora de la especie, y de los valores autoritarios, para pasar a ser la formadora de sujetos democráticos iguales, titulares de derechos, con conciencia plena de la igualdad en la diferencia. Lo anterior, entra en contradicción con la tradición de la inferioridad e incapacidad de la mujer y de los “menores de edad”, ahora llamados niños y niñas. El Artículo 1 de la citada Declaración Universal de los Derechos Humanos dice: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia deben comportarse fraternalmente los unos con los otros”.

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tribunal arbitral que funciona en un centro de arbitraje. Este tribunal es transitoriamente autorizado por ley para administrar justicia. Las decisiones a las que llega se llaman laudos arbitrales y no sólo son de carácter obligatorio, sino que tienen fuerza de ley. Para consultar más al respecto ingrese a www.conciliacion.gov.co, una página del Ministerio del Interior y de Justicia en la que se expone el Programa Nacional de Conciliación y sus mecanismos. �� La constitución y las leyes Colombianas son coherentes con lo anterior: El Artículo 16 de la Declaración de los Derechos Humanos afirma que “la familia es el elemento natural y fundamental de la Sociedad y tiene derecho a la protección de la Sociedad y del Estado”. La Constitución Colombiana de 1.991 define que las relaciones familiares deben basarse en la igualdad de derechos y deberes de la pareja, y en el respeto recíproco de todos sus integrantes, y que cualquier forma de violencia en la familia destruye su armonía y unidad y debe sancionarse conforme a la Ley. Según la Corte Constitucional colombiana en la sentencia T-182 de 1.999, el Estado puede intervenir en el ámbito privado de la familia cuando su acción esté orientada a:

• Impedir la violación de los derechos fundamentales. • Garantizar los derechos de los miembros más vulnerables: niños y niñas, mujeres, adultos mayores,

personas con discapacidad. • Para restablecer el equilibrio roto por la posición dominante de uno de los miembros de la familia.

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Es decir, todos los miembros de una familia son iguales en dignidad y derechos, sean mujeres, hombres, jóvenes, adultos, niños, niñas o adultos mayores. Tengan limitaciones de algún tipo, o gocen plenamente de sus capacidades. Sean los que aportan al sostenimiento del hogar, o sean los sostenidos. La igualdad significa que todos somos poseedores de atributos fundamentales de un ser humano, como la libertad, la dignidad y los derechos. Lo público empieza en la relación y en el encuentro con el otro, en el reconocimiento del otro como un ser que es igual a mí, que es titular y poseedor de unos atributos que lo definen como ser humano y que son universales. Se puede afirmar entonces, que la familia es el primer espacio para el ejercicio de lo público, pues lo público está en la relación de pareja, en la relación con los hijos, con los abuelos, con los hermanos, en la vida familiar. De aquí se desprende que la familia hoy, debe ser la primera formadora para la democracia, enseñando desde los primeros años que el encuentro con el otro, se rige por el respeto de los mutuos derechos y que los conflictos y tensiones se resuelven por vías diferentes a la violencia. 1. 2. ¿Qué es la violencia intrafamiliar? Según la Política de Paz y Convivencia Familiar Haz Paz, dirigida a la VIF, “La violencia intrafamiliar corresponde al abuso que ejercen unos miembros de familia sobre otros. Esta violencia puede ser física, sexual o psicológica, y causar muerte, daño, sufrimiento físico, sexual o psicológico. Hay diferentes grados de violencia intrafamiliar (…) en todos los casos, la violencia en la familia es una violación de los derechos humanos de las personas, lo que justifica la intervención estatal. Se vulneran los derechos a la vida, la integridad física, la libertad, la autodeterminación, así como los derechos fundamentales de los niños y las niñas. “3 La VIF se presenta en familias campesinas y urbanas, familias de pocos y muchos recursos económicos, familias con bajo y con alto nivel educativo; mujeres ejecutivas, artesanas, profesionales, profesoras y amas de casa. La VIF no tiene límites de edad, etnia, credo religioso o posición social o económica, es un fenómeno que afecta a la sociedad en su conjunto. ���������������������������������������� �������������������3 Política Nacional de Paz y Convivencia Familiar Haz Paz. Compendio Normativo y Diccionario de Violencia Intrafamiliar. No 1. Presidencia de la República de Colombia. Consejería Presidencial para la Política Social. Julio de 2.001, Pág. 25.

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1. 3. ¿Cuáles son las formas en las que se expresa?4 La violencia intrafamiliar se expresa como violencia física, psicológica o emocional, sexual, y negligencia o abandono. Estas formas de violencia no se presentan aisladas, por ejemplo, la violencia física conlleva también algo de violencia psicológica o emocional. La violencia sexual se describe en otro cuaderno de trabajo y por eso no vamos a tocarlo en este documento. La negligencia es la falta de cuidado, atención o desinterés en las obligaciones mutuas de los miembros de una familia, que ocasiona daño o perjuicio a alguno de ellos. El abandono es la salida física y emocional del seno familiar, dejando a los miembros que necesitan cuidado y protección desprotegidos y sin medios para satisfacer las necesidades básicas. Recientemente, se ha empezado a hablar del abuso fetal como una forma de maltrato infantil. Ocurre, cuando la madre ingiere deliberadamente alcohol o drogas durante el embarazo. A continuación se mencionan una serie de comportamientos que ejemplifican lo que se considera como violencia física y psicológica. Además se incluyen datos estadísticos de la Encuesta Nacional de Demografía y Salud-ENDS del 20055, porque aunque estos datos se pueden modificar en el tiempo, dan una idea a los/las CGS de la dimensión y generalización del problema de la violencia contra las mujeres y los niños y niñas; concreta las diversas formas a través de las cuales los hombres y los adultos están ejerciendo la violencia física, además de explicitar en la voz de las víctimas cuáles son las secuelas que deja.

���������������������������������������� �������������������4 Buena parte del listado de comportamientos violentos se retoma de CONAMU: Consejo Nacional de las Mujeres de la Presidencia de la República del Ecuador. www.conamu.gov.ec del Consejo Nacional de las Mujeres del Gobierno de Argentina: www.cnm.gov.ar. 5Los resultados de ésta encuesta que se realiza cada 5 años, así como de otras encuestas nacionales realizadas por Profamilia, pueden ser consultadas en la página Web de la entidad: www.profamilia.org.co. Además de los totales presentados aquí, ofrece la misma información por departamento. También tiene una línea gratuita nacional para consultas: 01 8000 110 900

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La violencia física se manifiesta por ejemplo a través de:

• Golpear. • Morder. • Escupir. • Empujar. • Zarandear. • Lanzarle objetos al otro. • Privar de alimentos. •

• Atacar con armas cortopunzantes o de fuego.

• Pellizcos. • Quemaduras. • Tirones de pelo. • Puñetazos o bofetadas. • Patadas o • Asfixia, entre otras.

La violencia psicológica se ejerce, por ejemplo, mediante:

• La burla o la ridiculización en público o en privado. • La indiferencia. • La negación del afecto y de la comunicación. • La descalificación. • Los apodos despectivos. • Expresiones que subvaloran el aporte y el trabajo del hombre o de la mujer, o los

esfuerzos y logros de niños, ancianos y discapacitados. • Insultar en privado o en público. • Avergonzar a la persona frente a otros. • Culpabilizar a un miembro de la familia de los problemas de la misma. • Amenazar con la agresión física o el abandono. • Generar ambiente constante de temor. • Impedir la satisfacción de necesidades como el sueño, la comida o la educación. • Amenazar con contar intimidades, con abandonar la casa o con quitar los hijos. • Descalificar las creencias, opiniones y personalidad del otro. • Obligar al aislamiento social o familiar, no dejar salir o tener amistades. Amenazar

con suicidarse, matarla a ella o a los hijos. • Negarse a dar plata para ropa o comida, cuando se tienen los recursos para ello. • Expulsar de la casa a algún miembro de la familia. • Cuando la mujer debe dejar la casa porque peligra su vida, constituye violencia

amenazarla con acusarla por abandono del hogar, siendo que ya no existe como delito. Lo que sí es delito es el abandono de los hijos. La mujer puede irse y llevarse sus objetos personales, pero en cuanto a los hijos es conveniente decidir antes la custodia, o acudir ante las autoridades para pedir orientación.

• La ley 294 de 1996, establece también el trato degradante, que es cuando por ejemplo, se obliga a otra persona a consumir sustancias psicoactivas o se consume delante de menores de edad.

Según la ENDS del 20056 que encuesta a mujeres con uniones conyugales vigentes o algunas vez unidas, el 66% de las encuestadas expresó que el esposo o compañero la acusa de infidelidad, le impide el contacto con amigas y amigos, le limita el contacto con miembros de su familia, insiste

���������������������������������������� �������������������6 Las cifras aquí citadas son importantes, porque la ENDS es una Encuesta Nacional que tiene representatividad estadística: es decir que aunque se encueste a una parte o muestra de la población, podemos asumir sus resultados como válidos o aplicables al total de la población nacional.

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en saber siempre dónde está, vigila la forma como se gasta el dinero, la ignora, no cuenta con ella para reuniones y ni para la toma de decisiones. El 26% de las mujeres contestó que se expresaban en forma desobligante contra ellas, mientras una tercera parte de las mujeres (33%) dijo que esposos y compañeros ejercían amenazas contra ellas, como abandonarlas, quitarles los hijos o el apoyo económico. El 39% de las mujeres reportó haber sufrido agresiones físicas por parte del esposo o compañero, como que la han empujado o zarandeado, golpeado con la mano, pateado o arrastrado, golpeado con objetos, amenazado con armas, tratado de estrangularla, quemarla o morderla. El 85% de las mujeres que han sido objeto de agresión física por parte de su esposo o compañero se quejó de secuelas físicas y psicológicas. Del total de respuestas, siendo que una mujer pudo haber marcado varias opciones, se encontró que el 72% manifestó que perdió el interés en el sexo, el 55% tuvo moretones y dolores fuertes, el 50% manifestó que había perdido la autoestima y que se sentía que no valía nada. El 40% se enfermó físicamente, el 39% sintió dolores de cabeza, un 36% tuvo un descenso en la productividad, el 31% se le afectó la relación con los hijos, el 24% sintió deseos de suicidarse, el 20% no volvió a hablar con nadie, el 13% tuvo heridas graves o huesos quebrados, el 2% tuvo pérdida de un órgano o función de un miembro, y el 2% tuvo un aborto provocado por los golpes. Para completar la situación, apenas 21% de estas mujeres acudieron a un médico o a un establecimiento de salud para recibir tratamiento, ayuda u orientación; y el 76% no acudió a ninguna parte para denunciar la agresión de que fue objeto. Siendo que una tercera parte de las mujeres que tienen educación superior no denuncia la agresión, y las que tienen los más bajos niveles de riqueza son las que más buscan ayuda; las mujeres dicen que no denuncian porque creen que lo pueden resolver solas, les da miedo una mayor agresión, los daños no fueron muy serios, no desean dañar al agresor, creen que el episodio no volverá a ocurrir, es parte de la vida normal, o porque no sabe a dónde ir o a quién acudir. El 63% de las mujeres agredidas físicamente por sus esposos o compañeros, expresaron que cuando las agreden, responden agrediéndolo a él. La ENDS hace notar que fue importante el incremento entre el año 2000 y el 2005 de mujeres que agreden a sus esposos o compañeros cuando ellos no lo están haciendo, lo cual pasó de un 13% a un 47%.

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Conviene terminar este punto aclarando que la víctima de la VIF no es solamente quien recibe directamente las agresiones, también son afectados los hijos que viven sometidos a presenciar la violencia entre sus padres, o contra sus abuelos. Estos espectadores suelen tener graves secuelas psicológicas y traumas. Los niños de familias con violencia, pueden mostrarse introvertidos, tener problemas en el desempeño escolar, problemas en la comunicación y serias dificultades para relacionarse con sus pares. Existe la posibilidad de que quienes han sido víctimas espectadores de malos tratos y abusos en su niñez, se conviertan en agresores en su juventud o en su vida adulta. Cuando los niños y las niñas son sometidos a malos tratos, abuso sexual o violencia es indispensable que, además de atenderlos con medidas de protección, le sean restablecidos sus derechos, porque esto es una manera efectiva para que se formen una idea de la justicia basada en la credibilidad y la fe en la misma. Por el contrario, la impunidad fortalece la identidad de víctima y el impulso de ejercer justicia por su propia mano. Respecto del maltrato a niños y niñas, la ENDS pregunta sobre las formas de castigo utilizadas por esposos o compañeros y por las madres. Se encontró que la modalidad más frecuentemente utilizada por esposos o compañeros es la reprimenda verbal (75%), el 41% usa los golpes y el 22% las palmadas. Por su parte, el 47% de las madres castiga mediante golpes y el 34% con palmadas. Es pertinente también anotar que las relaciones conyugales, parentales y familiares atravesadas por la violencia, se dan en medio de fuertes contradicciones que se mueven entre el afecto y el odio, el rencor y el agradecimiento, el sentido del deber y las ganas de salir corriendo, la dependencia real y la necesidad de autonomía, el miedo y el respeto a la autoridad, el sometimiento y el deseo de rebelarse. La distancia entre sentimientos, expectativas, necesidades y los recursos y posibilidades de que se dispone para satisfacerlos, genera tensiones al interior de la familia y de los individuos. Conflictos y tensiones que no necesariamente terminan en violencia, pues la naturaleza de las relaciones familiares y conyugales no es la de ser maltratantes, se convierten en tales bajo determinadas condiciones y circunstancias, como se expone en los capítulos 2 y 5.

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2. ¿CÓMO SE EXPLICA LA VIF?7 Es común que nos preguntemos por “la causa” de la VIF, sin embargo, esta es una pregunta mal formulada porque la VIF no tiene una única causa, es un fenómeno que obedece a múltiples causas, no hay un único factor que pueda dar cuenta por si sólo de su existencia. Las múltiples causas o factores asociados con la VIF pueden ser clasificados en 3 grupos:

• Psicológicos, emocionales y comportamentales de los individuos. • De la organización y de las relaciones familiares. La manera como se

maneja y ejerce al poder al interior de la misma y las dinámicas relacionales entre sus miembros.

• Del contexto, sociales, culturales, económicos, institucionales y del

entorno.8 En consecuencia, para comprender la VIF, lo que necesitamos es entender e identificar cómo algunos de estos factores o elementos sociales, familiares y personales se conjugan, se interrelacionan o se encuentran en determinado momento de la vida, colocando a una persona o a una familia en una condición crítica que favorece eventos y expresiones de violencia. La persistencia de eventos y condiciones que favorecen la VIF, así como la consolidación de ciertas maneras de relacionarse al interior de la familia, hacen que la VIF se pueda convertir en un asunto crónico cuya gravedad e intensidad se incrementa con el tiempo. La escalada de violencia en

���������������������������������������� �������������������7 Para el desarrollo de este punto, retomamos el planteamiento que hace la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad Externado de Colombia en el primer capítulo de: Rubiano, N., Hernández, A., Molina, C., Gutiérrez, Mariana. 2003, “Conflicto y Violencia Intrafamiliar. Diagnóstico de la Violencia Intrafamiliar en Bogotá. D.E.”, Universidad Externado de Colombia, Alcaldía Mayor de Bogotá.��Lo anterior, significa que en ella intervienen factores internos y externos a la familia. En el debate sobre la

VIF, se ha llegado a proponer que debería denominársele Violencia Familiar, toda vez que el prefijo Intra, puede indicar erróneamente que es un asunto exclusivo del interior de la familia, en el que no intervienen factores externos a la misma. Si bien la anotación es acertada, el término Intrafamiliar se institucionalizó en el país, porque lo se quería indicar con él, en sus inicios, era la violencia que se daba al interior de la familia, para diferenciarla de las demás violencias. Su fuerza es descriptiva antes que explicativa, porque hace alusión a la identificación del fenómeno, y no a su explicación.�

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una familia puede ser detenida y modificada con la intervención oportuna de entidades y profesionales especializados. La violencia crónica es diferente de eventos aislados o coyunturales, los que no por esto, dejan de ser violentos. La vida familiar trascurre entre momentos de armonía y afecto, y momentos de tensión, conflicto grave e incluso crisis y violencia. El conflicto es parte de la naturaleza del ser humano y de la vida social y familiar, el problema no es la existencia de conflictos entre los miembros de una familia, esto es inevitable y natural. El problema está en la manera como la familia expresa, resuelve o maneja sus conflictos, cuando esa manera es la violencia. Mientras el conflicto es inevitable e inherente a la familia, la violencia intrafamiliar es una respuesta inadecuada a tensiones y conflictos que desbordan la capacidad de respuesta de los individuos y del grupo, por encontrarse estos en situación de grave limitación psicoemocional, sociocultural o económica. En este sentido, la violencia es la manifestación extrema de las limitaciones a las que están sometidos los individuos y las familias. Las limitaciones no “causan” la conducta abusiva, crean el contexto propicio para que aparezca la conducta violenta y facilitan que el agresor no se haga cargo de su conducta.”9 De acuerdo con acción del Estado en la que participen varias entidades y profesiones para que se pueda dar respuesta integral a la variedad de aspectos involucrados, sean culturales, emocionales, económicos, laborales, de patrones de autoridad o de dinámica de las relaciones. El objetivo no es sólo eliminar la VIF, sino también trabajar para movilizar y potenciar los recursos positivos o protectores con el propósito de contrarrestar o detener eventos y pautas violentas y activar formas no violentas de relación. El escenario ideal hacia el que debe caminar el país es aquel en el cual el Estado pueda proveer servicios en red, dando respuestas eficaces a los distintos factores, tal y como está concebido en la Política Nacional de ���������������������������������������� �������������������9 Rubiano, N., Hernández, A., Molina, C., Gutiérrez, Mariana. 2003, “Conflicto y Violencia Intrafamiliar. Diagnóstico de la Violencia Intrafamiliar en Bogotá. D.E.”, Universidad Externado de Colombia, Alcaldía Mayor de Bogotá. Pág. 32

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Construcción de Paz y Convivencia Familiar-Haz Paz, coordinada por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar-ICBF, en la que participan cerca de 11 entidades del Estado de manera conjunta. Entender la manera como se conjugan diferentes elementos de la vida que llevan a las personas a tener conductas agresivas o violentas con los miembros de su familia, no significa en ningún momento justificar la violencia, disculpar a los actores o quitarles su particular responsabilidad; se hace con el fin de explicitar la complejidad del asunto, y mostrar la corresponsabilidad entre individuos, grupos, comunidad y sociedad. Poder explicar y comprender un fenómeno social tan grave como el de la VIF no significa que lo justifiquemos o disculpemos, o que se considere legítimo, significa que como sociedad y como Estado tenemos más elementos para actuar sobre él, de la mejor manera posible. La/el CGS debe tener claro que la intervención y atención de individuos y familias con problemas de VIF le corresponde a las entidades especializadas, y a los profesionales capacitados para ello, por lo que su labor frente a este asunto no puede ser otra que informar y orientar sobre servicios y derechos, y poner en funcionamiento la red institucional existente en su municipio para atender la VIF. Para recordar…

a. Explicarse la violencia intrafamiliar no significa legitimarla.

b. Para la atención y tratamiento de la VIF, existen entidades y profesionales especializados, dejémosle a ellos esta labor.

c. Las conductas violentas en la familia pueden ser prevenidas y modificadas.

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3. ASPECTOS JURÍDICOS La/el CGS debe tener una información básica sobre la Legislación relativa a la VIF, para poder dar una mejor orientación a las familias que así lo requieran. 3. 1. La VIF es un delito. Lo primero a saber es que la VIF es un delito porque como se dijo en el Capítulo 1 de esta cartilla, de acuerdo con la Constitución Colombiana, cualquier forma de violencia destruye la armonía y unidad familiar y debe sancionarse de acuerdo a la Ley; es decir, que es un delito que se comete contra la familia, que debe ser prevenido, corregido y sancionado por las autoridades. También, porque como hemos visto, la VIF es una violación a los derechos humanos entre personas que a pesar de las diferencias, son iguales en dignidad. El ejercicio de los derechos genera responsabilidades y siempre nos coloca frente a otro. Cuando por acción (agresión física o emocional) u omisión (inasistencia alimentaria o económica), los derechos del otro se restringen o anulan, se comete un delito; y es deber del Estado tanto restituir y restablecer los derechos, como proteger a la víctima. La VIF se define como delito en la Ley 294 de 199610 que fija las normas para prevenir, sancionar y remediar la VIF, en sus artículos 1 y 2. Como la VIF es un delito que ocurre al interior de la familia, la ley define y determina quiénes conforman el grupo familiar, para poder saber a quiénes y en qué casos se aplica. 3. 2. ¿Quiénes conforman el grupo familiar para efectos de la Ley 294 de 1996? Según ésta Ley, conforman el grupo familiar:

a) Los cónyuges o compañeros permanentes. ���������������������������������������� �������������������10 Para consultar las leyes sobre VIF, la página de la secretaria del senado de la República es una buena opción, porque introduce en el texto, todas las modificaciones que se le han hecho a cada ley hasta la fecha. Es decir es una fuente de consulta actualizada: www.secretariasenado.gov.co

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b) El padre y la madre de familia aunque no convivan en un mismo hogar.

c) Los ascendientes y los descendientes de los anteriores y los hijos adoptivos.

d) Todas las demás personas que de manera permanente se hallaren integrados a la unidad doméstica.

El literal d), incluye como parte del grupo familiar a aquellas personas que, aunque no teniendo vínculos de consaguinidad, afinidad o adopción con la familia, vivan en la misma casa; como por ejemplo una persona que tenga arrendada de manera permanente una pieza en una casa de familia, un cuidador o un empleado. Si estas personas cometieran alguna de las conductas o actos que constituyen VIF contra un miembro de esa familia, ese acto será considerado por las autoridades de acuerdo con esta Ley, como violencia intrafamiliar. La intención de esta inclusión, es proteger a los miembros de la familia de las agresiones de aquellas personas que comparten su domicilio con ella. Por esta razón en la Ley 1142 del 2007, que incrementa las penas para este delito, tiene un parágrafo que dice que “a la misma pena quedará sometido quien, no siendo miembro del núcleo familiar, sea encargado del cuidado de uno o varios miembros de una familia en su domicilio o residencia, y realice alguna de las conductas descritas en el presente artículo”11. Esta Ley aumenta las penas establecidas, en las 3/4 cuartas partes, cuando el delito se comete contra un menor de edad, una mujer, una persona mayor de 65 años, una persona discapacitada o que se encuentre en indefensión o tenga disminuida su capacidad física, sensorial o psicológica. 3. 3. ¿Qué autoridades pueden aplicar medidas contra la VIF?

1. Las autoridades de policía. 2. Las Comisarías de Familia. 3. Los Jueces Civiles Municipales o Promiscuos Municipales. 4. Las autoridades indígenas. 5. Los fiscales y los jueces penales. 6. Los jueces de familia. 7. Los jueces de Paz y los Conciliadores en Equidad. 8. Las Defensorías de familia.

���������������������������������������� �������������������11 Ley 1142 de 2007 que en su Artículo 33 modifica el Artículo 229 de la Ley 599 del 2000.

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9. La Procuraduría General de la Nación. 10. La Defensoría del Pueblo. 11. Las Personerías Municipales. 12. El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar-ICBF. 13. Las autoridades departamentales y municipales.

Para que las entidades del Estado encargadas de dar respuesta a la VIF, actúen, es necesario que se les informe del caso o asunto. En el caso de JUNTOS, el/la CGS debe informar a su Coordinador Local quien dará aviso oportuno a la entidad pertinente según el caso, y, los reportes de la Guía del Observador serán un insumo clave para avanzar en estas gestiones. Para judicializar un caso basta que la autoridad competente tenga conocimiento del mismo. Esto le permite iniciar la investigación, aplicar la acción penal, tomar las medidas de protección, sin necesidad de que la víctima denuncie. Hay tres posibles acciones: conciliar, judicializar y/o dictar una medida de protección. Vamos a explicar con mayor detalle las medidas de protección porque consideramos conveniente que el/la CGS tenga mayor información al respecto, pues ellas salvan vidas. 3. 4. Las medidas de Protección. ¿Para qué son y ante qué autoridades se solicitan? Estas medidas están contempladas en las leyes 294 de 1996 y 575 de 2000. Dentro de las acciones que las autoridades judiciales pueden emprender, se encuentran las medidas de protección, cuya finalidad es ponerle fin a la violencia o evitar que ésta se realice cuando fuere inminente. Las medidas de protección inmediata se solicitan ante el Comisario de Familia, el Juez Civil Municipal o el Juez Promiscuo Municipal. También pueden ser dictadas en forma provisional e inmediata, por el fiscal que conozca delitos que se originen en una acción de VIF. El fiscal remitirá el caso para lo concerniente a la VIF al Comisario de Familia, o en su defecto al Juez Civil Municipal o Promiscuo Municipal. Otra alternativa es acudir al Juez de Paz o al Conciliador en Equidad a solicitar su mediación para que cese la violencia. Pero si no hay acuerdo,

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se orienta al agredido para que acuda a las autoridades arriba anotadas, autorizadas para dictar medidas de protección. Cuando la VIF ocurre entre miembros de comunidades o pueblos indígenas, quien atiende el asunto es la autoridad indígena, no las autoridades arriba anotadas. Para el caso de JUNTOS, cuando el/la CGS conozca un caso de VIF en estas comunidades, debe utilizar los mecanismos de la RED, y es conveniente también que ponga el caso en conocimiento de los representantes de Asuntos Indígenas del Ministerio del Interior y de Justicia. De otra parte, cuando el/la CGS se entere o tenga conocimiento de un caso de VIF ente miembros de comunidades ROM, raizales o palenqueros, conviene que lo ponga en conocimiento de las autoridades de estas comunidades para que a su interior pongan en funcionamiento los mecanismos alternativos propios del grupo o la comunidad. Sin embargo, es importante aclarar que la Ley no los excluye explícitamente del proceso de judicialización por ella previsto, como si lo hace con las comunidades indígenas. Esto significa, que en caso de eventos VIF en estos grupos, las autoridades arriba mencionadas están llamadas a intervenir. En los procesos de divorcio o separación de cuerpos por violencia, el juez también puede dictar medidas de protección. ¿Quiénes y cuándo pueden solicitar las medidas de protección? Las puede pedir el agredido, otra persona que actúe en su nombre, o el Defensor de Familia cuando la víctima está imposibilitada para hacerlo. Los centros de conciliación pueden solicitar al juez competente las medidas en caso de riesgo. El plazo máximo para solicitarlas es de 30 días siguientes al hecho. ¿Cuáles son las medidas de Protección?

• Se ordena al agresor que desaloje la vivienda que comparte con la víctima, si se prueba que su presencia es una amenaza para la vida, integridad física o para la salud de ésta.

• El agresor no puede entrar en cualquier lugar en el que se encuentre la víctima.

• El agresor no puede esconder o trasladar a los hijos o a personas discapacitadas.

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• La víctima debe acudir a recibir atención médica y a un tratamiento terapéutico, siendo que los costos pueden llegar a tener que ser cubiertos por el agresor.

• Cuando la violencia es grave y sea muy probable que se repita, el Comisario de Familia puede ordenar una protección especial temporal de la víctima por parte de la policía, en su lugar de trabajo o en su residencia.

Cuando el agresor incumple las medidas de protección, se le imponen multas o arresto. 3. 5. Para una respuesta integral.12 Como se dijo en el primer capítulo, no basta actuar apenas en la línea de las medidas judiciales, es indispensable desarrollar otro tipo de acciones. La Política de Paz y Construcción de Convivencia Familiar- Haz Paz, plantea que se debe actuar en la identificación o detección oportuna, en la prevención y en el tratamiento de la VIF. Vamos a explicar cada una de ellas. Identificar o detectar oportunamente la VIF, para poner a las familias en contacto con entidades y profesionales especializados y evitar males mayores. Esta es una acción que nos compete a todos, desde los propios miembros de las familias que la padecen acudiendo a las entidades, los amigos, comunidades y funcionarios públicos. Los sectores de salud y educación, pueden cumplir un papel importante en su identificación y detección por el contacto permanente que tienen con las poblaciones. Es indispensable que el personal de las entidades de salud aprenda a detectar y preguntar adecuadamente sin juzgar o culpar, a las personas afectadas por la VIF, desde la consulta externa y la atención de emergencia. Que el municipio tenga un sistema de vigilancia epidemiológica de la VIF es muy importante, no sólo como parte de la detección oportuna y del seguimiento, sino porque sirve para que las autoridades municipales a partir de la identificación del problema en cifras, tengan alarmas que los lleven a formular planes y acciones. El sistema de vigilancia se alimenta de datos que envían a un sistema central, las distintas entidades encargadas ���������������������������������������� �������������������12 Para obtener mayor información al respecto, puede consultar el Plan Nacional Haz Paz en las oficinas del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar-ICBF-, o averiguar si en su municipio o departamento existe Plan Haz Paz, liderado por el alcalde, el gobernador y el ICBF.

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de atender la VIF; sobre el tipo de evento, las personas que participaron, las características de las lesiones o tipo de agresión, entre otro tipo de información, con la finalidad de poder construir una estadística permanente sobre la dimensión del problema y sus características. Prevención: La prevención consiste en el trabajo alrededor de factores culturales y de prácticas sociales y familiares arraigadas, que favorecen o legitiman los comportamientos violentos. Incluye desde campañas por la televisión o medios masivos, hasta programas de sensibilización, información, reflexión y/o formación, directamente con grupos específicos de población, tales como niños y niñas para enseñarles comportamientos prosociales13, expresión del afecto o el control de la rabia; con padres, madres y cuidadores para trabajar formas de disciplina positiva, nuevos patrones de autoridad eficientes y no violentos; trabajo con grupos de familias mediante el juego o el sociodrama14, sobre patrones culturales alrededor de roles y género; acciones de sensibilización e información al personal de las instituciones, entre muchas otras opciones. Atención: Consiste en el trabajo de profesionales de disciplinas tales como trabajo social, psicología, derecho, terapias, enfermería, medicina; que busca la atención particular y detallada de las familias o los individuos, en busca del cambio profundo de actitudes y comportamientos, de patrones de relación, del empoderamiento y protección de las víctimas; en el propósito de restablecer derechos. Estas acciones se dan dentro de programas específicos de las instituciones encargadas.

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Los comportamientos prosociales son aquellos que nos permiten relacionarnos de manera constructiva, no agresiva. Por ejemplo: ayudar a otras personas, cooperan, trabaja, jugar o hacer tareas cotidianas en equipo, sonreír, escuchar, aceptar sugerencias, mirar a los ojos, felicitar, agradecer o abrazar. Tomado de Promoción de comportamientos prosociales en familias, niños y niñas de 3 a 6 años. ICBF. Pág. 7. ���El sociodrama es una técnica para trabajar con grupos, familias o comunidades, que consiste en que sus

propios miembros se representen los unos a los otros, en una situación que ellos vivan, que sea parte de su cotidianidad, a manera de una corta obra de teatro. Al final de la cual se analiza lo que se observó, es decir permite el análisis conjunto y favorece el diálogo ante los problemas.

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4. ¿CÓMO PROCEDER? ¿Qué debe hacer y qué no debe hacer el/la CGS? Como se anotó anteriormente, la labor del/de la CGS es la de puente, impulsor, acompañante del desarrollo y de la consecución de logros del plan familiar, no le corresponde al/a la CGS adelantar procesos de terapia o intervención, independientemente de que su formación profesional lo habilite para ello, como puede ser el caso de los psicólogos, trabajadores sociales o educadores familiares. Es decir, la labor del/de la CGS se limita a orientar a la familia frente a temas fundamentales en el marco de la RED JUNTOS. En consecuencia y preservando el perfil del/de la CGS, lo que puede hacer ante un caso sospechoso, cuando una persona de la familia o de los vecinos le comente, consulte o cuente algo, es ofrecer información sobre sus derechos y deberes, y orientar a esa persona para que ella haga uso de los servicios del Estado en su municipio o municipios vecinos. Aunque esta labor bien puede dejar saldos pedagógicos en las familias, no por ello se puede decir que adelanta procesos de educación y formación familiar estructurados. De otra parte, debe comunicar o informar a su Coordinador Local para que de la alerta o avise a las instituciones competentes en su municipio a fin dé que éstas puedan accionar las respuestas del caso. Es indispensable que al igual que debe hacer con otros temas el/la CGS, busque información clara y precisa sobre los servicios y programas de la oferta institucional en relación con la VIF, de la RED JUNTOS en su municipio o en municipios vecinos. Igualmente conviene que se informe en detalle sobre servicios que presten ONG´s, fundaciones u organizaciones cívicas y comunitarias al respecto. Con unas y otras debe haber acuerdos previos. Recuerde que la VIF viola los derechos humanos, y por lo tanto debe ser atendida. Es fundamental que el/la CGS tenga claros sus límites cuando deba tratar con familias que tienen problemas de VIF, pues como se ha mostrado en esta cartilla, es un asunto que comporta múltiples aspectos y requiere de

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atención especializada, sea de varias entidades del Estado, o de aquella que teniendo competencia con el asunto, exista en el municipio. Otra manera de abordar la VIF, es informar sobre ella, servicios y derechos a las familias en reuniones comunitarias. Esta es una opción que no señala, estigmatiza o culpabiliza a nadie, pero que informa sobre lo que implica la violencia en la familia, los derechos que vulnera y las consecuencias emocionales o penales que puede traer. Para trabajar adecuadamente este tema, el/la CGS debe también:

• Tener claros y presentes los factores protectores y de riesgo del contexto y de la familia, expuestos en el capítulo 5 de esta cartilla.

• No hacer de juez, no juzgar o no prejuzgar.

• No establecer alianzas con ninguna de las partes involucradas.

• Ser honestos y claros en posicionar el papel del CGS, que sepan qué

puede hacer y qué no puede hacer. Nunca prometan nada que no sea posible.

• Informarse sobre métodos alternativos de resolución de conflictos.

• No alimentar comentarios de vecinos ni chismes.

• No contribuir a la estigmatización.

• No pretender intervenir para arreglar el problema.

Una vez ha puesto en aviso a las autoridades o entidades pertinentes sobre la posibilidad de existencia de VIF en una familia, el/la CGS hará seguimiento de lo que pasó con esta familia en términos de su acceso a servicios y de la respuesta por parte de las mismas. Dicho seguimiento le servirá para poder avanzar en la identificación de los logros de la familia. Se puede entonces averiguar con la persona o con la familia, sin ahondar en detalles, si ha recibido atención preferencial, oportuna y si está satisfecho con la misma.

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5. ¿QUÉ OBSERVAR? 5. 1. Factores protectores y factores de riesgo. �

La/el CGS necesita estar informado sobre los factores asociados a la VIF (qué son, cómo operan y cuáles son) para que sepa qué debe observar en las familias y su entorno, de tal manera que cuando identifique signos de alarma o sea informado de algún caso, pueda activar por intermedio de su Coordinador local, Delegado Municipal, la red institucional existente para la detección, prevención y atención a la VIF, en procura de la garantía de los derechos de las familias y la restitución de los derechos de las víctimas.

Los factores asociados a la VIF se han clasificado en factores protectores y factores de riesgo, y de la relación o balance que existan entre estos depende la posibilidad de que una familia desarrolle o mantenga conductas y comportamientos violentos entre sus miembros.15

A manera de ilustración:

Cuando los factores protectores son mayores que los de riesgo, la posibilidad de una respuesta violenta es menor, pues éstos contrarrestan a los de riesgo.

Cuando los factores de riesgo son mayores que los protectores o no pueden ser contrarrestados por los primeros, la posibilidad de respuestas violentas es más alta.

Cuando los factores protectores y los de riesgo son equivalentes, diríamos que hay un relativo equilibrio en la familia.

���������������������������������������� �������������������15 Para entender por qué hablamos de “factores asociados”, conviene recordar que no hay una causa única de la VIF sino múltiples factores que se encuentran y combinan generando circunstancias o condiciones que superan o inhiben la capacidad de respuesta de individuos y familias.

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La relación entre factores protectores y de riesgo varía a lo largo de la vida de una familia por diferentes razones. Es de destacar que políticas y programas del Estado como la estrategia JUNTOS, la acción de la comunidad y de las mismas familias, pueden tener un impacto y producir cambios en esa relación, de tal manera que se pueda reducir la violencia.

En algunos casos, es posible que los factores de riesgo dependan o estén asociados a variables macro (la organización social, la fortaleza o debilidad del Estado, la organización y funcionamiento de la economía, la legislación), que quedan por fuera de la capacidad de acción de individuos y familias. Como no siempre es posible cambiar, reducir o eliminar los factores de riesgo macro, una alternativa viable socialmente es trabajar para fortalecer los factores protectores en el propósito de modificar la relación, y con ello, reducir el grado de violencia, su frecuencia, o la posibilidad de su ocurrencia. Los factores protectores aunque también tienen elementos macrosociales, incluyen mayor autonomía individual, de manera que las personas tenemos más capacidad para transformarlos y obtener resultados.

Las familias de RED JUNTOS no solamente tiene carencias, también

tienen recursos y capacidades

5. 2. ¿Qué son factores protectores y de riesgo?16

Los factores de riesgo son los que hacen más probable que las tensiones y los conflictos se resuelvan de manera destructiva, haciendo daño físico, emocional, psicológico, sexual o económico. Por ejemplo, las carencias, las condiciones y situaciones internas y externas a las familias y a los individuos que los debilitan, que les generan desesperación, estrés o frustración, que les restan capacidad de reaccionar a la adversidad, de enfrentar cosas difíciles, de superarse, o de manejar conflictos.

���������������������������������������� �������������������16 En la formulación del Plan Nacional 2005- 2015, de la Política Haz Paz, los factores asociados con la VIF fueron clasificados en factores: Generadores. Reforzadores y Liberadores. Siendo que los Generadores están relacionados con la VIF como causantes o facilitadores. Los Reforzadores son aquellos que pueden agravar el problema, hacerlo crónico o complicarlo, y se relacionan con la VIF de manera indirecta. Y los Liberadores son factores que pueden aliviar o disminuir el impacto o daño de la VIF.

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Los factores protectores son todos aquellos recursos, condiciones o situaciones internas y externas a las personas y a las familias, que hacen menos probable o inhiben la respuesta violenta, que los hacen fuertes; como por ejemplo, sus cualidades, sus destrezas, sus capacidades en diferentes campos; el afecto y el amor entre ellos, la solidaridad, los vínculos con otras personas, las cosas que tienen o poseen, las relaciones sociales, el medio social y cultural en el que viven.

5. 3. ¿Cuáles son los factores de riesgo y los factores protectores?17

De acuerdo al Modelo MOSSAVI de estrés social aplicado a la violencia intrafamiliar18, los factores de riesgo pueden ser de cuatro clases, al igual que los factores protectores.

El marco de interpretación y abordaje de la VIF que ofrece el MOSSAVI es particularmente útil para el/la CGS de RED JUNTOS porque ofrece elementos ordenados para que un CGS pueda entender e identificar las posibilidades de ocurrencia, o la presencia de VIF en su comunidad o en las familias a su cargo. El modelo explicado a continuación en su fase diagnóstica, forma parte fundamental de la Guía del Observador, en su componente sobre VIF.

���������������������������������������� �������������������17 Para el desarrollo de este capítulo se consultaron los siguientes materiales: Página Web de la Fundación Gamma Idear: www.fungamma.org. Fundación Gamma Idear. Rubiano, N.; Gonzalez, A; Mantilla, A. Modelo de estrés social aplicado a la prevención de la violencia intrafamiliar y el maltrato infantil. 1998 Fundación Gamma Idear. Rubiano, N. El modelo de estrés social aplicado a la Violencia intrafamiliar y el maltrato infantil. MOSSAVI. Ponencia presentada en el VII Congreso Nacional de Prevención y Atención al Maltrato Infantil. Bogotá. 1.999 Fundación Gamma Idear. Rubiano, N; Mantilla, A. MOSSAVI. Ejercicios seleccionados para su aplicación y capacitación. Bogotá. 2001 18 El Modelo de estrés social fue diseñado por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD-OMS para trabajar drogadicción, y fue adaptado por la Fundación Gamma Idear en el año 1998, para la VIF, previa autorización de la OMS.

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Factores de Riesgo:

1. El estrés cotidiano, se produce cuando las familias o los individuos no pueden cumplir con las funciones o deberes que tienen. Se puede entender también como la distancia, o la no correspondencia entre necesidades, intereses, expectativas, sentimientos y los recursos disponibles para satisfacerlos. Lo que crea alto nivel de frustración, impotencia o ausencia de esperanzas. Genera irritabilidad, sensación de impotencia e injusticia (¿Por qué a mí? ¡Si yo no le hago daño a nadie! ¡No me merezco esto!). Se vive en un clima propicio para la confrontación.

Hay varias fuentes de estrés en la vida, el MOSSAVI plantea las siguientes:

• Problemas de la vida cotidiana, como estar cargado de responsabilidades, que la plata no alcanza, los roces con otras personas, o los afanes.

• Sucesos fundamentales de la vida que quedan por fuera del propio control, como la muerte de seres queridos, el desplazamiento o los accidentes.

• Cuando se tiene una historia personal o familiar con una presencia importante de dolor, de discriminación, de impotencia, de injusticia.

• Los cambios, como cambiar de barrio, de trabajo o de escuela.

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• Los pasos del ciclo de vida, como pasar de la niñez a la pubertad, o de la madurez a la vejez.

2. Normalización de la violencia. La violencia se puede normalizar o institucionalizar, cuando el uso de la misma es una práctica común, la ley es flexible, las autoridades permisivas, el maltrato es tolerado y no castigado, cuando ser violento es valorado por el grupo social, cuando imponerse por la fuerza se vuelve asunto de supervivencia. El uso de la fuerza y la violencia trae ventajas y beneficios, y no recurrir a ella es visto como cobardía. Todo lo anterior, lleva a que socialmente las personas se familiaricen con las relaciones y soluciones violentas, llegando a considerarlas normales. Se vuelve normal que lo griten a uno, que el marido se emborrache y llegue agresivo. Que los problemas entre los vecinos se resuelvan a gritos y puños. Que el más guapo y más fuerte se imponga en las escuelas y ejerza dominio.

La normalización o legitimación de la violencia por parte de una familia, la comunidad o la sociedad es grave, pues significa que no la vemos, no la podemos reconocer porque se ha vuelto normal, y esta ceguera constituye un impedimento para su superación. En consecuencia, la capacidad de respuesta es muy pobre.

La normalización de la violencia tiene una estrecha relación con la relatividad cultural y subjetiva de la misma. Es decir, mientras para unas personas darle una palmada a su hijo puede ser violento, para otras lo violento es pegarle con un palo, o castigarlo quemándole las manos. La relatividad no puede ser nunca una justificación. Todo lo que atente contra la integridad física y sicológica de un ser humano es un acto violento porque lo maltrata, porque viola su dignidad humana y con ella sus derechos fundamentales. Si le preguntamos a la persona que lo recibe, con seguridad, nos diría que prefiere que no se lo hagan.

Todo aquello que impida el despliegue de nuestra condición humana, nuestro crecimiento como tales, que viole los derechos humanos, es dañino, por lo que no puede haber relatividad ni tradición cultural que lo disculpe.

La normalización de la VIF es diferente a la normatividad. Normalización significa que la VIF se vuelve normal, que la familia o el grupo social la perciben como normal por su familiaridad con ella, es propio de la esfera cultural. Normatividad, es el conjunto de normas y reglas que existen sobre alguna materia. En el caso de la VIF sería el conjunto de normas y leyes que la reglamentan, que buscan sancionar, prevenir o remediar la VIF. Es propia de la esfera jurídica.

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3. Experiencias de Violencia o de maltrato. La posibilidad de una respuesta violenta tiene relación con las experiencias violentas pasadas y actuales. Crecer en un ambiente maltratante o en un ambiente pacífico genera vulnerabilidades diferentes. Cuando el comportamiento violento ha arrojado ventajas, se puede ser más propenso a ejercer violencia. Por su parte, quienes han sido reiteradamente víctimas de maltrato y violencia van perdiendo poco a poco su capacidad de reacción para oponerse a las situaciones de manera no violenta.

Cuando en el ambiente familiar, la escuela, en el trabajo o en la comunidad se ejerce cotidianamente la violencia, se interiorizan patrones de relaciones violentas. Esto conlleva a una pérdida del significado de la violencia, siendo necesaria una dosis de agresión cada vez mayor, para considerar un acto como violento.

4. Predisponentes individuales. Cuando existen situaciones particulares de los individuos, como trastornos mentales, consumo de substancias psicoactivas (alcohol o drogas), alteraciones del desarrollo, impedimentos físicos, maternidad y paternidad tempranas y no deseadas, socialización con patrones de violencia como el modelo a seguir, o en ambientes ilegales o delictivos.

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Ilustración Factores de Riesgo

Factores Protectores:

Los factores protectores que poseen las familias y los individuos pueden contrarrestar o disminuir el peso y efecto de los factores de riesgo. Estos son:

1. Vínculos afectivos. Son los vínculos de afecto que se tienen con la familia, los amigos, los vecinos, las asociaciones a las que se pertenece, las organizaciones cívicas, los que se tienen con los compañeros de trabajo o empleadores, lugares o animales. Son los que se generan a partir de la pertenencia a algo. Cuando los vínculos afectivos son positivos, cálidos, hacen sentir a la persona amada, aceptada, necesaria, estimada, respetada, ofrecen seguridad y soporte emocional o material, son vínculos protectores.

2. Competencias y destrezas de protección. Son aquellas capacidades y destrezas que se tienen o se han desarrollado y que permiten reconocer el riesgo, evitarlo, manejarlo, manejar el conflicto y la tensión. También las habilidades para relacionarse de manera positiva con otras personas. Otras como la autoestima, la confianza en sí mismo, la capacidad de pedir ayuda o el autocontrol.

3. Recursos institucionales. Son las herramientas externas a las personas de tipo institucional que le permiten o ayudan a satisfacer necesidades materiales y no materiales. Como el acceso a la educación, la salud, la recreación, al trabajo, a organizaciones comunitarias, cívicas, de profesionales, puestos de policía, comisarías de familia, etc.

4. Ética y creencias. Los valores y creencias religiosas además de impulsar hacia acciones solidarias y de ayuda a los demás, contribuyen como contenedores de conductas y prácticas abusivas o violentas.

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Ilustración Factores Protectores

Para terminar este capítulo sobre factores protectores y de riesgo, es importante aclarar que el modelo en el que nos basamos, no es un modelo estándar, que funcione de manera indistinta. Esto significa, que no siempre que se presenten los factores de riesgo aquí expuestos, la respuesta va a ser necesariamente violenta. O que cuando se den los factores protectores se garantice que no habrá relaciones violentas. Pues, ante circunstancias parecidas no siempre se reacciona de la misma manera.

El/la CGS debe tener claro que este modelo ofrece una amplia gama o lista de factores cuya relación marca la probabilidad. En consecuencia, si se desea tener un panorama completo de la situación de la comunidad o de cada familia, se necesita visualizar o considerar ambos tipos de factores.

La Guía del Observador del/de la CGS en su sección de Violencia Intrafamiliar, se ha elaborado con base en los contenidos de este capítulo. En ella se ofrece una amplia lista de situaciones y comportamientos en los que se concretan los factores de riesgo aquí explicados, que le permiten al/a la CGS saber qué observar para identificar la posibilidad de una respuesta violenta por parte de sus familias.

A continuación se presentan de manera ordenada una lista de factores protectores y de riesgo, que fueron tomados de varios modelos de diagnóstico o de prevención de la VIF. El que nos sirvió como base para la estructura de esta guía es el Modelo de Estrés Social aplicado a la VIF-MOSSAVI diseñado por la Fundación Gamma Idear en el año 1998, fecha desde la que se ha venido aplicando en distintos sitios en el país. Se incluyen también algunos factores de los instrumentos utilizados en la formulación del Plan Nacional Haz Paz 2005- 2015, de la Política Nacional

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de Paz y Construcción de Convivencia Familiar. Así mismo se consultaron los materiales de los Modelos de Atención para la prevención, detección y tratamiento de la violencia doméstica, diseñados por el ICBF con la cooperación internacional del Banco Interamericano de desarrollo-BID en el año 2007. 5. 4. Matriz de factores de riesgo y protección.

CATEGORÍAS SITUACIONES (ejemplos)

FACTORES DE RIESGO

ESTRÉS

Situaciones generadoras de tensión, no correspondencia entre las

necesidades, sentimientos, intereses y recursos.

Enfermedades Estar o vivir en peligro o bajo amenaza

Abandono del hogar por parte de algún miembro de la familia.

Desempleo, dificultad para conseguir empleo o ingreso.

Carencias y restricciones económicas.

Cambio de estatus. Problemas de comportamiento de los padres (consumo de sustancias, alcoholismo, juego por dinero). Desastres naturales (inundaciones, terremotos, incendios).

Desplazamiento violento.

Intentos o amenazas de suicidio.

Intimidación o amenaza con arma a miembros a la familia por parte de alguno de sus miembros. Pérdida de bienes materiales: negocio, casa, terreno.

Ausencia de lugares y momentos para la recreación.

Vivienda precaria. Hacinamiento. La familia vive muy apretada en la vivienda, los espacios son mínimos y no suficientes, lo que puede generar roces permanentes. Algunos miembros de la familia con recarga de responsabilidades y/o tareas domésticas. Altas exigencias centradas en algunos miembros. Cambios recientes de municipio, barrio, escuela o trabajo.

Miembros de la familia en edades de transición: entrar a la adolescencia, entrar a la tercera edad. Discusiones o irascibilidad frecuentes entre los miembros de la familia.

Peleas frecuentes entre los padres. Los hijos creen que se van a separar. Vínculo débil entre los padres. Separación reciente de los padres.

Ingreso de nuevos miembros en la familia (tíos, abuelos, primos, padrastro, madrastra).

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CATEGORÍAS SITUACIONES (ejemplos) FACTORES DE RIESGO

Miembro de la familia con alguna forma de discapacidad o adultos mayores con dificultades de salud mental. Falta de paciencia y manejo de las personas que los cuidan o atienden ante sus limitaciones y el cuidado que requieren. Abandono o inasistencia escolar. Prohibirle a alguno de los cónyuges visitar o relacionarse con su familia de origen. Dificultades para expresar afecto por medio de contacto físico o verbal Inexistencia del diálogo. Celos, infidelidad. Abuso de poder en la pareja. “machismo”. Prácticas culturales de discriminación contra la mujer, niños y niñas. Dependencia económica de la mujer. Debilidad o ausencia de redes de apoyo. Hijos no deseados. Desorganización de los roles familiares y adopción de roles parentales por parte de los hijos. Aislamiento social de la familia. Padres que no asumen la responsabilidad del cuidado de sus hijos.

NORMALIZACIÓN

Valores, prácticas, actitudes de tolerancia, conformidad o

aceptación, que vuelven normal la respuesta violenta.

Prácticas cotidianas de socialización violentas: educan a los niños por medio del grito, el insulto, el golpe o castigo físico, avergonzándolos, humillándolos o haciéndolos sentir mal ante los demás. Uso cotidiano de armas o fácil acceso a ellas. (personal de fuerzas armadas, celaduría o guardaespaldas). Exposición cotidiana a situaciones violentas en medios de comunicación. Valoración positiva de violentos. Beneficios otorgados a violentos. Impunidad. Manejo de lenguaje agresivo. Relaciones intrafamiliares agresivas, duras por sobre las cariñosas. Eventos repetidos de agresión física, verbal o emocional al interior de la familia. Reincidencia en agresiones físicas contra alguien de la familia que terminan en el hospital o que requieren tratamiento médico. Familia o padres que viven de actividades delictivas. (venta de droga, robo). Conviven con o forman parte de pandillas del barrio. Creencia cultural de la inferioridad de la mujer y de la infancia. Sus opiniones no cuentan. Creer que los hijos son únicamente de la mujer. Legitimación social del abandono masculino de la prole. Tolerancia social con la VIF. Creencia en la necesidad y efectividad del castigo físico. Aceptación social de lo que ocurre en la familia es asunto privado y sólo le incumbe a sus miembros. Prácticas maltratantes en instituciones educativas.

Privaciones económicas y afectivas.

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CATEGORÍAS SITUACIONES (ejemplos) FACTORES DE RIESGO

EXPERIENCIAS

Vivencias de violencia por acción u omisión de otras

personas, de la familia de origen (de la que se proviene), o por el estado,

que lesionan o dañan.

Negación de la identidad.

Maltrato físico y emocional en la familia de origen.

Imposibilidad de asistir a la escuela.

Segregación o estigmatización racial o religiosa a la familia o a alguno de sus miembros.

Inexistencia o debilidad de programas o instituciones de atención a la VIF.

Ausencia de respuesta institucional a la VIF oportuna, efectiva e integral, considerada y respetuosa.

Desarticulación de programas dirigidos a grupos más vulnerables.

Desarticulación de programas dirigidos a la infancia, la familia y los programas de apoyo al empleo e ingreso.

Debilidad o ausencia de la política nacional haz paz.

CATEGORÍAS SITUACIONES (ejemplos) FACTORES PROTECTORES

VÍNCULOS

Lazos, familiares, sociales, laborales, comunitarios, organizacionales, que

dan soporte y contención.

Lazos parentales y fraternales. Vínculos con las familias de los progenitores. Familiares solidarios que funcionan como red de apoyo para ayudar al cumplimiento de las funciones de la familia. Relaciones sociales, los miembros de la familia tienen amigos. Red de apoyo entre vecinos y conocidos. Lazos con la escuela o el trabajo. Pertenencia de los miembros de la familia a organizaciones o asociaciones. Importancia de las mujeres en la familia. Reconocen su aporte y trabajo. Acceso a seguros y subsidios. Relaciones familiares y conyugales equitativas.

COMPETENCIAS

Aquello que los miembros de la

Manejo de lenguaje no agresivo. Manejo del estrés. Manejo del conflicto. Aceptación y respeto por las diferencias. Apertura al diálogo. Búsqueda y uso de servicios. Prácticas y formas de recreación. Sentido de identidad y pertenencia a la familia. Cultura familiar de intolerancia a la violencia. Creciente importancia de los niños en el municipio.

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CATEGORÍAS SITUACIONES (ejemplos) FACTORES PROTECTORES

familia saben hacer, aprender o utilizar y que los protege de la VIF.

Incremento de la conciencia sobre las necesidades de los niños y sus derechos. Cambios y transformaciones hacia relaciones más democráticas y equitativas entre los miembros de la familia. Los padres saben cuidar a sus hijos y asumen sus responsabilidades. En la familia se expresan y comunican sentimientos y necesidades. Comportamientos afectuosos y cariñosos al interior de la familia. La familia tiene clara la ineficiencia del castigo físico Los padres imponen límites y reglas claras. Hay autoridad sin autoritarismo y dominio por la fuerza. Se usan mecanismos distintos a la amenaza, la vergüenza y la humillación para corregir a los niños. Antecedentes conocidos de intervención de autoridades o instituciones en la familia para frenar o impedir el abuso y la VIF. Facilidad de los miembros de la familia para expresar afecto verbalmente o por contacto físico. Autonomía económica de la madre u otras mujeres de la familia. Expresiones de rechazo o desaprobación de los miembros de la familia ante comportamientos o tratos violentos en la familia.

RECURSOS

Bienes y recursos que posee la familia y servicios y programas institucionales

que protegen a la familia.

Bienes, activos fijos, ahorros, rentas, pensiones, remesas. Tierra, vivienda, animales. Granja. Dominio de oficios y conocimientos técnicos. Espacios y mecanismos de participación social. Intolerancia social a la VIF, ciudadanía vigilante y denunciante. Programas institucionales de atención y prevención a la VIF. Eficiencia, oportunidad e integralidad de programas para VIF. Articulación institucional para atender a las familias. Sector público y ONG. Programas de ICBF. Salud, fiscalía, casas de justicia, comisarías de familia. Atención a la población desplazada. Autonomía y posibilidades de empleo e ingreso para las mujeres. Programas de equidad para la mujer. Interés de la administración municipal en el problema de la VIF. Desarrollo de estrategias y capacitación en resolución pacífica de conflictos. Existencia de instituciones o programas de conciliación. Trabajo preventivo desde las escuelas. Programas de educación en prácticas de crianza para los padres o cuidadores. Promoción de la denuncia. Empleo e ingreso o negocios propios. Alternativas para el ingreso familiar. Familia en la que varios aportan al sostenimiento colectivo.

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�. ORIENTACIONES PARA EL USO DEL MATERIAL PEDAGOGICO

Las sesiones de gestión y seguimiento son espacios de encuentro en los que el CGS y los integrantes de la familia desarrollan una serie de actividades orientadas al cumplimiento de los LB familiares, y el abordaje de aspectos prioritarios para la adecuada dinámica de la vida de la familia, incluida la prevención de la violencia intrafamiliar. En su labor de orientar a las familias y promover en ellas mejores formas de relación, y prevenir situaciones de riesgo, es necesario que el CGS aborde con las familias el derecho superior de niños, niñas y adolescentes a ser cui8dados, respetados y amados. En este sentido se deben abrir espacios para trabajar la prevención de la violencia intrafamiliar como una de las problemáticas sociales más graves que padecen las familias. Para ellos es fundamental generar reflexiones sobre sus factores de riesgo, los patrones culturales asociados a su presencia, las dramáticas consecuencias o implicaciones que tiene para la familia en general y los niños, niñas y adolescentes en particular, las rutas institucionales especializadas a las cuales acudir, la necesidad de la denuncia cuando está presente la problemática, y promover la identificación de factores y prácticas protectoras en las familias. Con esto pretendemos poner en el centro de la atención familiar y en la agenda comunitaria una situación que afecta de manera dramática y significativa a las familias, y que son de difícil manejo para ellas cuando se presenta. El abordaje de este tema con las familias tiene un propósito más pedagógico y preventivo (romper el tabú, promover la identificación de alertas e identificar las rutas institucionales o servicios comunitarios disponibles), y ser el escenario para señalar y evidenciar los factores protectores presentes en las familias que permiten reducir la presencia de VIF. El abordaje de esta problemática social aplica para todas las familias de la red, puesto que pretende motivar la reflexión sobre formas sanas de relación entre los integrantes de la familia, y el cuidado amoroso a niños y niñas, y adolescentes. Es tarea de los CGSes identificar el alcance o sentido de la sesión, y definir el mejor momento para abordar la temática. Antes de dar inicio a la realización de estas sesiones debe haber una preparación por parte del equipo de CGSes donde se reflexione sobre las

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características locales de la problemática: ¿Qué significado pueden en la región?, ¿Es considerada un problema? ¿Cuál es la valoración social que tiene?, ¿Significa violación de derechos? ¿Es considerado un delito? ¿Tiene penalización?, ¿Existen factores sociales, económicos o culturales que legitimen esta práctica? Cuando vayamos a abordar esta temática con una familia o una comunidad, es indispensable que sea la única temática programada. Es importante que todos los integrantes de la familia, incluidos los niños, niñas, jóvenes y abuelos, participen activamente en estas sesiones, y sean protagonistas de las mismas.

Es necesario que el CGS promueva y privilegie como valores deseables el diálogo y la escucha entre los integrantes de la familia y que la responsabilidad de motivar la participación es de los adultos. Para abordar esta temática, es importante articular la estrategia familiar con la comunitaria. Por la complejidad de la misma y por el alcance del trabajo de los CGS, se requiere definir conjuntamente entre aquellos pertenecientes a una misma región, las mejores formas para manejar los temas en cada lugar. Se trata, por una parte, de construir criterios colectivos y por otra, de avanzar en el diseño de estrategias comunitarias e interinstitucionales que permitan un apoyo real a las familias. El material didáctico diseñado para la sesión se llama “Convivencia Familiar y Comunitaria” y busca motivar en las familias de la RED JUNTOS el diálogo amigable alrededor de la prevención de la violencia intrafamiliar y la promoción de formas sanas de convivencia. Este material es una excusa para que el CGS pueda establecer diálogo y reflexión sobre la problemática, la propuesta didáctica y metodológica que se describe a continuación puede ser ajustada por el equipo local de acompañamiento para que responda de mejor manera a las características culturales de la población y la localidad, y a los saberes y experticias de los CGS. Dinámica del juego �

El tarjetero busca propiciar un diálogo amigable y generar posibilidades de interacción. Por lo tanto, su uso es para todos los que participen en la sesión. Para ello el CGS podrá invitar a sus interlocutores a emplear los

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espacios en blanco como cuaderno de trabajo de forma que se integre la visión particular de las familias o la comunidad sobre los temas abordados. ILUSTRACIONES DEL ROTAFOLIO DESCRIPCIÓN

PORTADA: La ilustración busca ser una foto de la sesión y crear identidad con el trabajo que se está realizando.

RECORDEMOS NUESTRO PLAN FAMILIAR: La ilustración trae a la memoria el sueño que la familia se trazó.�

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DINÁMICA FAMILIAR: esta ilustración busca que la familia encuentre las diferencias entre dos tipos de situaciones que se pueden presentar en el hogar y reflexionar sobre ello.��

VIOLENCIA INTRAFAMILIAR EN LA COMUNIDAD: La intención es recordar por un lado, que la violencia intrafamiliar es un problema que puede afectarnos a todos, y por el otro, que el apoyo de la comunidad es importante.�

¿Qué HACEMOS SI HAY ALGÚN TIPO DE VIOLENCIA AL INTERIOR DE LAS FAMILIAS? Para ello deberá emplear el plegable con la ruta de atención.�

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HAGAMOS UN TRATO: Una vez se enseñe la ruta de atención de la violencia intrafamiliar se debe buscar que la familia siempre prefiera el buen trato a la violencia.�

En el respaldo del rotafolio se encuentran las instrucciones donde se dan orientaciones más específicas para la puesta en marcha de la dinámica y la reflexión sugeridas en cada una de las ilustraciones. Las láminas blancas sirven para escribir, con marcador borrable, ideas, dibujos o esquemas que apoyen la conversación sobre VIF. El segundo material, plegable de la ruta de atención, contiene en general las instancias o servicios locales donde se puede remitir o atender el tema. Se recomienda que los CGS además tengan a mano otras entidades o servicios locales que no encuentren en el plegable.

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BIBLIOGRAFÍA

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Páginas Web: Alcaldía de Medellín. Alcaldía local de Puente Aranda Bogotá. CONMUN de Ecuador. RUBIANO, Norma, et al. “Conflicto y Violencia Intrafamiliar. En: Diagnóstico de la Violencia Intrafamiliar. Bogotá. D. E.”, Universidad Externado de Colombia, Alcaldía Mayor de Bogotá. Bogotá. www.secretariasenado.gov.co Constitución Política de Colombia (Artículo 42). Ley 294 de 1996. Ley 906 de 2004 (Artículo 74). Ley 1142 de 2007.