cont electr bien

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Ventajas Pág. 8 CONTABILIDAD ELECTRONICA ¿que es? Obligaciones Contabilidad electrónica Pág. 4 documentos XML Pág. 5 Multas Pág. 15 Casos considerados como Delitos de Defraudación Fiscal Pág. 14 INDICE Contabilidad electrónica ……………………………………….. 4 Las Personas quedan exentas de la contabilidad electrónica …. 4 ¿Qué es contabilidad? …………………………………………. 5 ¿Cuales serán los documentos que contendrá el formato XML ? ………………………………………………… 5 ¿Que documentos integran la contabilidad …….…………..…... 6 La porosidad en la que se enviaran los documentos Relacionados con la contabilidad ……………………………… 7 Error en el formato XML ……………………………………… 8 Ventajas del nuevo sistema contable …………………………. 8 Documentos que se deberán conservar …………………….. ..9 Obligaciones de la contabilidad electrónica ………………….10 Multas relacionadas con la contabilidad ………………………12 Casos considerados como Defraudación Fiscal …………….. 14 Multas …………………………………………………………15

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Page 1: Cont electr bien

Ventajas

Pág. 8

CONTABILIDAD

ELECTRONICA

¿que es?

Obligaciones

Contabilidad

electrónica

Pág. 4

documentos XML

Pág. 5

Multas

Pág. 15

Casos considerados

como Delitos de

Defraudación Fiscal

Pág. 14

INDICE

Contabilidad electrónica ……………………………………….. 4

Las Personas quedan exentas de la contabilidad electrónica …. 4

¿Qué es contabilidad? …………………………………………. 5

¿Cuales serán los documentos que contendrá el

formato XML ? ………………………………………………… 5

¿Que documentos integran la contabilidad …….…………..…... 6

La porosidad en la que se enviaran los documentos

Relacionados con la contabilidad ……………………………… 7

Error en el formato XML ……………………………………… 8

Ventajas del nuevo sistema contable …………………………. 8

Documentos que se deberán conservar …………………….. ..9

Obligaciones de la contabilidad electrónica ………………….10

Multas relacionadas con la contabilidad ………………………12

Casos considerados como Defraudación Fiscal …………….. 14

Multas …………………………………………………………15

Page 2: Cont electr bien

INTRODUCCION

La contabilidad electrónica es el nuevo sistema contable que

a sido desarrollado por el Sistema de Administración

Tributario que tiene como finalidad el facilitar los tramites,

disminuir costos y por supuesto realizar las declaraciones de

una manera mas eficaz y eficientes.

No todas las personas están obligadas a realizar la

contabilidad electrónica, ¡pero si tienes que cumplir con eta

obligación! Es importante que cuides no cometer no

cometer un delito o tendrás que pagar una multa.

Respecto a la regla 1.2.8.6

de la Resolución Miscelá-

nea Fiscal indica que los contribuyentes

deberán llevar la contabilidad en sistemas

electrónicos con la capacidad de general

archivos en formatos XML, bien adquirir un

Software que les permita genera archivos

en el mencionado formato; con el fin de

poder enviar su contabilidad en la página

del SAT.

A partir del 1 de julio del 2014 están obliga-dos a llevar contabilidad electrónica y en-viar esta información al SAT las personas morales, incluidas las personas morales con fines no lucrativos, y las personas físi-cas con actividad empresarial.

¿Qué sabes acerca

de la contabilidad

electrónica?

Justificación

¿Quienes quedan exentos

de la obligación?

Los sindicatos obreros y los organismos que los agrupen.

La Federación, municipios entidades federativas. Personas físicas con actividad empresarial cuyos in-

gresos no excedan de 2 millones de peses y utili-cen Mis cuentas.

Se encuentre en el Régimen de Incorporación Fiscal.

Page 3: Cont electr bien

¿Qué es

contabilidad?

La NIF-1 define a la contabili-dad como una técnica que se utiliza para el registro de las operaciones que afecta eco-nómicamente a una entidad y que produce la Información financiera.

Para los formatos XML en el cual se envié las

contabilidad electrónica al SAT contendrá lo si-

guiente:

¿Qué doc. e informa-

ción integran a la con-

tabilidad?

Según el artículo 33 del Reglamento del Código Fis-cal de la Federación nos menciona a los siguientes:

Los registros o asientos contables auxiliares inclu-yendo catalogo de cuen-tas y pólizas de dichos registros y asientos.

Los avisos o solici-tudes de inscrip-ción es a RFC

Las declaraciones anuales informativas y de pagos provisionales, mensua-les, bimestrales, tri-mestrales o definitivos.

Los estados de cuenta ban-carios y las conciliaciones de los depósitos y retiros respecto a los registros

contables

Las acciones, partes so-ciales y títulos de crédito en los que sean parte el contribuyente .

La documentación relaciona-da con la contratación de per-sonas físicas que presten servicios personales subordi-nados.

Las declaraciones a que estén obligados en los tér-minos de las disposiciones Fiscales aplicables.

Page 4: Cont electr bien

Los contribuyentes obligados a llevar

contabilidad, la enviaran conforme a

la siguiente periósidad:

El catálogo de cuentas con el Código agrupador del SAT

Por única vez en el primer envió y cada vez que dicho catalogo sea modificado

Los datos y los archivos re-lativos a la balanza de com-probación.

Para personas morales: antes del 25 del mes posterior a la fecha que corresponda

Para personas físicas: antes del 27 del mes posterior al que co-rresponda.

Los datos y los archivos relativos a la balanza de comprobación.

Para personas morales: a más tardar el día 20 de abril del ejercicio posterior.

Para personas físicas a más tardar el día 22 ma-yo del ejercicio poste-rior.

En caso de presentar algún

error en tu documentación

Se te enviara por parte

de las autoridades un avi-

so atreves del buzón tri-

butario para que dentro

del plazo de tres días há-

biles contados a partir de

que surte efecto la no-

tificación del referido

aviso el contribuyente

corrija dicha situación

y lo envié.

1.- Es mas eficiente el tramite contable ya que Anteriormente todo el proceso era manual lo que generaba problemas en las empresas por concepto de IVA, pagos tardíos e intereses.

3.- Ahorras tiempo

¿ cuales son las ventajas de este nuevo

sistema contable?

En caso de no enviarlos archivos corregidos dentro del citado plazo se tendrán como no presentados y se reali-zara una auditoria.

2.- Se logran la Henríquez gracias al ahorros significa-tivos en la generación, almacenamiento y administra-ción de los libros contables.

Page 5: Cont electr bien

7.– Aumenta la se-guridad de la información ya que en caso de perdida cuentas con un respaldo

4.- Se genera un mejor calculo ya que ante-riormente todo el proceso era manual lo que generaba problemas en las empresas por concepto de IVA, pagos tardíos e intereses

5.- Facilitar el cumplimiento

tributario.

6.– Facilitar los procesos de fiscalización y auditorías interna y externa.

8.– Facilitar los procesos de tramites.

Es necesario conservas la documentación

De acuerdo al Artículo 30 del Código Fiscal de la Federación, los sig. Doc. Deberán conservarse asta que sub-sista la sociedad.

Actas Constitutivas de las personas morales Actas en las que se hagan constar el aumento o la disminución

del capital social. Actas en las que se haga constar la fusión. Constancias que emitan o reciban las personas morales en los

términos de la Ley del ISR al distribuir dividendos o utilidades Información necesaria para determinar los ajustes por enajena-

ción de acciones a que se refiere los Artículos 22 y 23 de la Ley del ISR

Declaraciones de pagos provisionales y del ejercicio, de las contri-buciones Federales

Si eres persona moral del

régimen general

Llevar la contabilidad de conformidad con el Código, su Reglamento de la Ley del ISR así como efectuar los re-gistros en la misma. Todos estos fun-damentados con el Artículo 76, Frac-ción I de la Ley del ISR.

¿Cuáles serán las obligaciones de las personas

que lleven su Contabilidad Electrónicamente?

Levaran contabilidad de con-formidad con el Código y su re-glamento, llevar por separado un registro de ingresos, gastos e in-versiones de operaciones que realicen por cuenta de cada uno de sus integrantes, conforme a la Ley del ISR y al Código con fun-damento en el Art 74, séptimo párrafo y 75, Fracción II de la Ley del ISR.

Para los contribuyentes del Régimen

de actividades agrícolas, ganaderas,

silvícolas, pesqueras

Page 6: Cont electr bien

Para las personas morales con fines

no lucrativos

Llevaran los sistemas conta-

bles de conformidad con el

Código, su reglamento y el

Reglamento de la Ley del ISR

así como efectuar registros

en los sistemas contables

respecto de sus operaciones,

fundamento en el Art.

86, Fracción I de la Ley

del ISR.

Personas físicas del nuevo

régimen de incorporación

fiscal

Registraras en los medios o sistemas electró-

nicos a los que se refiere el Art. 28 del

Código, los ingresos, egresos, inversiones y

deducciones del ejercicio correspondiente

fundamentado en el Art 112, Fracción III de la

Ley del ISR.

¿Cómo serán las multas

relacionadas a la

contabilidad?

$260 a $5980 (Fracción III)

No llevar la contabilidad en forma distinta a co-mo lo señalan el Código.

$1200 a $11960 (fracción I)

No llevar contabilidad

$260 a $5980 (Fracción II) No llevar algún libro o registro especial a que obliguen las Leyes fiscales; no cumplir con las obligaciones sobre valuación de inven-tarios o no llevar el procedimiento de control de los mis-mos.

$260 a $4790 (Fracción IV) No efectuar los asientos correspondientes a las operaciones efectuadas, hacerlos incompletos, inexactos o fuera de tiempo.

Page 7: Cont electr bien

$730a $9560 (Fracción VI) No conservar la contabilidad a disposiciones de las autoridades por el plazo que señalan las dis-posiciones Fiscales

$5490 a $27400(Fracción XIII) No registrar el valor de los actos o activida-des con el publico en general en maquinas registradoras de comprobación Fiscal y sis-temas electrónicos.

¿Cómo serán las multas

relacionadas a la

contabilidad?

$1380a $4150 (Fracción XV) No identificar en contabilidad las operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero, de conformidad con la Ley del ISR

Registrar en las declaraciones

que se presenten para efectos

Fiscales, deducciones falsas o

ingresos acumulables, valor de

actos, actividades menores a los

realmente obtenidos cuando

realicen en un ejercicio Fiscal

erogaciones superiores a los in-

gresos declarados en el propio

ejercicio y no compruebe a las

autoridades el origen de la dis-

crepancia en los pasos y el pro-

cedimiento señalado.

Omitir enterar a las

autoridades fiscales

dentro del plazo que

la Ley establezca las

cantidades que por

concepto de contri-

buciones hubiera re-

tenido o recaudado.

Con fundamento en el artículo 108 del Código Fiscal de la Federación , el delito de Defraudación Fiscal y los previstos en el Artículo 109, serán calificados, cuando se originen por no llevar los sistemas o regis-tros contables a que se esté obligado, o asentar datos falsos en dichos sistemas o registros:

CASOS CONSIDERADOS COMO DE-LITOS DE DEFRAUDACION FISCAL.

Beneficiarse

sin derecho

de un subsi-

dio o estimu-

lo Fiscal.

Simular uno o

mas contratos,

obtenido un be-

neficio indebido

con prejuicio del

Fisco Federal.

Darle efectos fisca-

les a los compro-

bantes digitales

cuando no reúnan

los requisitos de

los Art. 29 y 29-A

del Código Fiscal

de la Federación.

Page 8: Cont electr bien

Prisión de 3 meses a 2 años, cuando el monto de lo defraudado no exceda de $1369930.00.

Prisión de 2 a 5 años cuando el monto de lo defrau-dado sea superior a$1369930.00, pero inferior a $2054890.00.

Prisión de 3 a 9 años cuando el monto de lo defrau-dado sea superior a $2054890.00.

Cuando no se pueda determinar el monto de lo defraudado la pena será de 3 a 6 meses de prisión. Si el monto de lo de-fraudado es restituido de manera inmediata en una sola exhibi-ción, la pena aplicable podrá atenuarse hasta en un 50%, cuando los delitos sean calificados, la pena que corresponda se aumen-tar en 50%.

Conforme a los artículos 108 y109 del código, el

delito de defraudación fiscal y los delitos indica-

dos en los numerales anteriores se sancionaran

con las penas siguientes:

Dirección: General Anaya No. 20 Progreso de

Director general: C. P. Blanca Monroy Estrada.

Teléfono: 738-725-08-50 Teléfono cel. 772-109-25-37

Consultoría Contable Fiscal Monro E