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Configuración y Funcionamiento de los Modelos Fiscales: 303- Autoliquidación de IVA 340- Declaración de Operaciones 01/11/2014

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Configuración y Funcionamiento de los Modelos Fiscales: 303- Autoliquidación de IVA 340- Declaración de Operaciones

01/11/2014

Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 2 of 34

1.0 Modelo 303 – Autoliquidación de IVA 3

1.1 Configuración 3

1.2 Funcionamiento – Generación del Modelo 7

1.2.1 Página Identificación 8

1.2.2 Página de Liquidación 9

2.0 Modelo 340 – Declaración de Operaciones 15

2.1 Configuración 15

2.2 Funcionamiento – Generación del Modelo 16

2.2.1 Pantalla Modelo 340 16

2.2.2 Condiciones para elaborar el modelo 340 34

Tabla de contenidos

Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 3 of 34

1.1 Configuración

La configuración del modelo 303 consiste en relacionar cada uno de los TIPOS DE IVA

creados y utilizados por la empresa con los diferentes CONCEPTOS DE IVA que se

deberán declarar en el modelo 303, se adjunta una impresión del modelo oficial para poder

ver la relación entre los CONCEPTOS DE IVA y el MODELO OFICIAL.

La pantalla de configuración del modelo es la siguiente:

En la parte superior, el programa muestra los diferentes conceptos que se deberán separar

en la generación del modelo oficial y en la parte inferior, el programa permite relacionar los

diferentes tipos de IVA utilizados para registrar cada uno de los conceptos. Si analizamos

cada uno de los CONCEPTOS:

- IVA Devengado – Primer IVA (casillas 01, 02 y 03 del modelo oficial):

En este apartado se deberán indicar el o los tipos de IVA que se utilizarán para aquellos

movimientos de IVA corriente y nacional al tipo 4 %. En el momento de generar el modelo,

para calcular los valores de estas casillas, el programa filtrará solamente aquellos registros

que sean de IVA Repercutido nacional y que tengan como TIPO el indicado en esta

configuración. En el caso de trabajar con recargo de equivalencia, esta misma

configuración servirá para filtrar los registros que deberán calcular las casillas 16, 17 y 18

del modelo oficial correspondientes al detalle del recargo de equivalencia. Técnicamente,

1.0 Modelo 303 – Autoliquidación de IVA

Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 4 of 34

el programa filtra, dentro de IVAREPER, los registros de los tipos de IVA indicados en la

configuración y que tengan el campo Comunitari a .F. y tipo 1.

- IVA Devengado – Segundo IVA (casillas 04, 05 y 06 del modelo oficial):

En este apartado se deberán indicar el o los tipos de IVA que se utilizarán para aquellos

movimientos de IVA corriente y nacional al tipo 10 %. En el momento de generar el modelo,

para calcular los valores de estas casillas, el programa filtrará solamente aquellos registros

que sean de IVA Repercutido nacional y que tengan como TIPO el indicado en esta

configuración. En el caso de trabajar con recargo de equivalencia, esta misma

configuración servirá para filtrar los registros que deberán calcular las casillas 19, 20 y 21

del modelo oficial correspondientes al detalle del recargo de equivalencia. Técnicamente,

el programa filtra, dentro de IVAREPER, los registros de los tipos indicados en la

configuración y que tengan el campo Comunitari a .F. y tipo 1.

- IVA Devengado – Tercer IVA (casillas 07, 08 y 09 del modelo oficial):

En este apartado se deberán indicar el o los tipos de IVA que se utilizarán para aquellos

movimientos de IVA corriente y nacional al tipo 21 %. En el momento de generar el modelo,

para calcular los valores de estas casillas, el programa filtrará solamente aquellos registros

que sean de IVA Repercutido nacional y que tengan como TIPO el indicado en esta

configuración. En el caso de trabajar con recargo de equivalencia, esta misma

configuración servirá para filtrar los registros que deberán calcular las casillas 22, 23 y 24

del modelo oficial correspondientes al detalle del recargo de equivalencia. Técnicamente,

el programa filtra, dentro de IVAREPER, los registros de los tipos indicados en la

configuración y que tengan el campo Comunitari a .F. y tipo 1.

- IVA Devengado – Adquisiciones Intracomunitarias de bienes y servicios (casillas

10 y 11):

En este apartado se deberá indicar el o los tipos de IVA utilizados para registrar los IVAS

repercutidos ocasionados por compras comunitarias, tanto de bienes como de servicios (es

decir, IVA autorepercutido).

En configuraciones estándar, los tipos de IVA utilizados para registrar estos movimientos

equivalen a los Equivalentes Comunitarios o bien, a aquellos tipos que el usuario indique

de forma manual al registrar compras comunitarias que generen autofactura.

Los tipos de IVA creados para adquisiciones de servicios, se marcarán como “Tipo de IVA

de Servicios” en su mantenimiento.

Técnicamente, el programa filtra, dentro de IVAREPER, los registros de los tipos indicados

en la configuración y que tengan el campo Comunitari a .T. y tipo 0.

- Otras operaciones con inversión del sujeto pasivo (excepto adq.intracom):

En este apartado se indicarán los tipos de IVA utilizados para registrar operaciones de

Inversión del Sujeto Pasivo (material recuperable, importaciones de servicios...) excepto

para las adquisiciones intracomunitarias de servicios.

El movimiento realizado en estos códigos de IVA se incluirá como IVA nacional para los

registros soportados y en las casillas 12 y 13 para los repercutidos.

Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 5 of 34

- Modificación Bases y Cuotas (casillas 14 y 15):

En este apartado se deberá indicar el o los tipos de IVA utilizados para registrar los IVAS

repercutidos ocasionados por rectificaciones de bases y cuotas (Alteraciones del precio

una vez hayan sido efectuadas, Créditos incobrables, tipos impositivos no vigentes…).

Todo el movimiento generado con estos TIPOS DE IVA configurados en este apartado

estará incluido como “Modificación bases y cuotas.

En el caso de trabajar con recargo de equivalencia, esta misma configuración servirá para

filtrar los registros que deberán calcular las casillas 25 y 26 del modelo oficial

correspondientes al detalle del recargo de equivalencia.

Se desglosan, tanto para régimen general como de recargo de equivalencia casillas en las

que consignar las correspondientes modificaciones de bases imponibles y cuotas (antes

se declaraban todas, independientemente de la causa que motivara la rectificación, dentro

del IVA repercutido general, casillas [01 a 09]

- IVA Deducible por cuotas soportadas en las operaciones interiores corrientes:

(casillas 28 y 29 del modelo oficial).

Se deberán indicar los tipos de IVA utilizados para registrar los IVAS soportados

ocasionados por compras nacionales corrientes, cualquiera que sea el % de IVA utilizado.

Para la generación del modelo, el programa filtra los registros de IVA soportado que

correspondan con los tipos de IVA aquí indicados y que correspondan a proveedores

nacionales. Técnicamente, el programa filtra registros dentro de IVASOPOR que utilicen

los tipos indicados en la configuración, que el campo Comunitari sea .F. y que

correspondan a proveedores que tengan el campo Comunitari con valor 1 (nacional).

- IVA Deducible por cuotas soportadas en las operaciones interiores con bienes de

inversión:(casillas 30 y 31 del modelo oficial).

Este apartado recogerá los tipos de IVA utilizados para registrar las compras nacionales

de bienes de inversión. El programa filtrará los registros de IVA soportados que utilicen los

Tipos de IVA aquí indicados.

- IVA Deducible por cuotas satisfechas en las importaciones de bienes corrientes:

(casillas 32 y 33 del modelo oficial).

Este apartado recogerá los tipos de IVA utilizados para registrar las importaciones

(compras extracomunitarias) de bienes corrientes. El programa filtrará los registros de IVA

soportados que utilicen los Tipos de IVA aquí indicados y que el proveedor tenga en su

ficha la marca de extracomunitario. Técnicamente, el programa filtrará dentro del IVA

soportado, los registros que utilicen el tipo de IVA indicado en la configuración y que el

campo Comunitari de IVASOPOR sea .F. y que el proveedor tenga el campo Comunitari

con valor 3 (extracomunitario).

- IVA Deducible por cuotas satisfechas en las importaciones de bienes de inversión:

(casillas 34 y 35 del modelo oficial).

Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 6 of 34

Este apartado recogerá los tipos de IVA utilizados para registrar las importaciones

(compras extracomunitarias) de bienes de inversión. El programa filtrará los registros de

IVA soportados que utilicen los Tipos de IVA aquí indicados (especiales para bienes de

inversión) y que el proveedor tenga en su ficha la marca de extracomunitario.

Técnicamente, el programa filtrará dentro del IVA soportado, los registros que utilicen el

tipo de IVA indicando en la configuración y que el campo Comunitari de IVASOPOR sea

.F. y que el proveedor tenga el campo Comunitari con valor 3 (extracomunitario).

- IVA Deducible en adquisiciones intracomunitarias de bienes corrientes: (casillas 36

y 37 del modelo oficial).

Se deberá indicar el tipo de IVA utilizado para registrar los IVAS soportados ocasionados

por compras comunitarias de bienes. En configuraciones estándar, los tipos de IVA

utilizados para registrar estos movimientos equivalen a los Equivalentes Comunitarios o

bien, a aquellos tipos que el usuario indique de forma manual al registrar compras

comunitarias que generen autofactura. Técnicamente, el programa filtra, dentro de

IVASOPOR, los registros de los tipos indicados en la configuración y que tengan el campo

Comunitari a .T.

- IVA Deducible en adquisiciones intracomunitarias de servicios corrientes: (casillas

36 y 37 del modelo oficial).

Se deberá indicar el tipo de IVA utilizado para registrar los IVAS soportados ocasionados

por compras comunitarias de servicios. En configuraciones estándar, los tipos de IVA

utilizados para registrar estos movimientos equivalen a los Equivalentes Comunitarios o

bien, a aquellos tipos que el usuario indique de forma manual al registrar compras

comunitarias que generen autofactura.

Los tipos de IVA creados para adquisiciones de servicios, se marcarán como “Tipo de IVA

de Servicios” en su mantenimiento.

Técnicamente, el programa filtra, dentro de IVASOPOR, los registros de los tipos indicados

en la configuración y que tengan el campo Comunitari a .T.

- IVA Deducible en adquisiciones intracomunitarias de bienes de inversión: (casillas

38 y 39 del modelo oficial).

Se deberá indicar el tipo de IVA utilizado para registrar los IVAS soportados ocasionados

por compras comunitarias de bienes de inversión. En configuraciones estándar, los tipos

de IVA utilizados para registrar estos movimientos equivalen a los Equivalentes

Comunitarios o bien, a aquellos tipos que el usuario indique de forma manual al registrar

compras comunitarias que generen autofactura. Técnicamente, el programa filtra, dentro

de IVASOPOR, los registros de los tipos indicados en la configuración y que tengan el

campo Comunitari a .T.

- Rectificación de deducciones (casillas 40 y 41):

Se deberá indicar el o los tipos de IVA utilizados para registrar las bases y las cuotas

soportadas rectificadas.

Todo el movimiento realizado con los tipos de IVA configurados se mostrará en estas

casillas.

- Operaciones asimiladas: (casilla 60).

Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 7 of 34

En este apartado se indicarán los tipos de IVA de ventas comunitarias que se desea incluir

en la casilla 43 Exportaciones y Operaciones Asimiladas en lugar de la casilla 43 Entregas

comunitarias.

- - Entregas intracomunitarias de bienes y servicios (casilla 59).

En este apartado se indicarán los tipos de IVA de ventas comunitarias de bienes y servicios

- Operaciones no sujetas o con Inversión del Sujeto Pasivo (ISP): (casilla 61).

Se deberá indicar el tipo de IVA utilizado para registrar operaciones de ventas no sujetas

o con Inversión del Sujeto Pasivo.

- Tipo de IVA excluidos.

Se informarán los tipos de IVA (o IGIC) que no deben tenerse en cuenta en la generación

del modelo 303 y 390.

- Entregas Bienes de Inversión (Modelo 390).

En este apartado se indicarán los tipos de IVA utilizados para registrar entregas de bienes

de Inversión para el Modelo 390.

- Operaciones exentas sin derecho a deducción (Modelo 390).

En este apartado se indicarán los tipos de IVA utilizados para registrar operaciones exentas

sin derecho a deducción para el Modelo 390.

- Adquisiciones interiores exentas (Modelo 390).

En este apartado se indicarán los tipos de IVA utilizados para registrar adquisiciones

interiores exentas para el Modelo 390.

- IVA Dev. – Modificación de bases y cuotas por auto de declaración de concurso de

acreedores (Modelo 390).

En este apartado se indicarán los tipos de IVA utilizados para registrar la modificación de

bases y cuotas por auto de declaración de concurso de acreedores para el Modelo 390.

1.2 Funcionamiento – Generación del Modelo

Para poder generar el Modelo 303 desde Eurowin hay que liquidar el correspondiente

período de IVA.

Aunque la liquidación de los diferentes periodos sigue el funcionamiento habitual hay que

tener en cuenta los siguientes puntos:

En primer lugar se debe revisar la configuración de los períodos de IVA según si se

liquidará trimestral o mensualmente (dependiendo de las características de la

empresa), desde el módulo Contabilidad » menú Archivos » opción Períodos de

IVA.

Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 8 of 34

Desde el menú Fiscal » opción Liquidar IVA, se puede generar de forma automática

el asiento de liquidación correspondiente al período de IVA que muestra por defecto

el programa, o simplemente marcarlo como liquidado. El período a liquidar no es

seleccionable por el usuario ya que Eurowin no permite liquidar un período si el

anterior no lo está.

Una vez liquidado el período en cuestión ya se podrá generar el modelo.

El acceso a la generación del modelo 303 de autoliquidación de IVA será mediante el

Módulo Contabilidad » menú Modelos » opción Modelo 303 » pantalla Modelo 303.

La pantalla Modelo 303 tiene tres páginas: Identificación, Liquidación e Información

Adicional.

1.2.1 Página Identificación

En este apartado se deberán consignar si concurre alguna de las siguientes situaciones:

- Si está inscrito en el Régimen de devolución mensual. Si en la configuración de los

modelos está marcada la opción “Inscrito en el régimen de devolución mensual”

esta opción aparecerá marcada por defecto.

- Si tributa exclusivamente en el Régimen Simplificado.

- Si se trata de una autoliquidación conjunta.

- Si ha sido declarado en concurso de acreedores en el período al que corresponde

la liquidación, en cuyo caso se deberá:

o Consignar la fecha dentro del periodo de liquidación en que se dictó el auto

de declaración de concurso (día, mes y año)

o Consignar si la autoliquidación incluye los hechos imponibles producidos en

el propio período de liquidación con anterioridad a la declaración de

concurso (preconcursal) o si incluye los hechos imponibles posteriores

(postconcursal).

- Si ha optado por el régimen especial de criterio de caja o es destinatario de

operaciones a las que se aplique el citado régimen especial, deberá marcar las

casillas correspondientes. Esta opción se marcará por defecto si en el

mantenimiento de empresa está activada la opción de configuración “Empresa

acogida al régimen especial de criterio de Caja” o bien existe algún proveedor con

la marca de “RECC” activada.

También se informa del período de la declaración, según corresponda mensual o trimestral.

El programa muestra el número del último período liquidado.

Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 9 of 34

:: Botón CONSULTAR: Al pulsar este botón se mostrarán los valores en las casillas de las

pestañas de Liquidación e Información Adicional para determinar si todos los datos que

aparecen son correctos o hay que modificar algún campo.

Al pulsar el botón "Consultar" el resultado de la liquidación puede ser negativo o positivo.

Si es negativo, automáticamente se rellena con el mismo importe del resultado la casilla

C de Compensación.

La opción Sin actividad se debe marcar cuando no exista movimiento. Se entiende que

en el período en cuestión no ha existido movimiento.

Si el resultado en positivo, automáticamente se rellena con el mismo importe la casilla D

de Devolución.

También se captura de forma automática la cuenta bancaria a la que se abonará el importe

mediante transferencia bancaria. (Cuenta IBAN)

El programa obtiene el número de la cuenta a partir de los datos introducidos en la

configuración de los Modelos, página "Datos generales".

NOTA. Si en la configuración está marcada la empresa como inscrita en el

Registro de Devolución mensual, por defecto, si el resultado es negativo marca la

declaración a devolver y en el caso contrario, a compensar.

1.2.2 Página de Liquidación

RÉGIMEN GENERAL: Total Cuota Devengada: Importe total correspondiente al IVA devengado en el período seleccionado. Se corresponde a la casilla 27 del Modelo oficial y es la suma de las casillas: [03]+ [06]+ [09]+ [11]+ [13]+ [15]+ [18]+ [21]+ [24]+ [26]

- 03: IVA Devengado - Régimen General al tipo 4%. Para calcular los valores de estas casillas, el programa filtrará aquellos registros que sean IVAREPER Nacional.

En la configuración de modelos serán los informados en:

IVA Devengado-Primer IVA.

Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 10 of 34

- 06: IVA Devengado - Régimen General al tipo 10%. Para calcular los valores de estas casillas, el programa filtrará solamente aquellos registros que sean de IVAREPER Nacional o el tipo de IVA configurado como ISP.

En la configuración de modelos serán los informados en: IVA Devengado-Segundo IVA.

- 09: IVA Devengado - Régimen General al tipo 21%. Para calcular los valores de

estas casillas, el programa filtrará aquellos registros que sean IVAREPER Nacional.

En la configuración de modelos serán los informados en: IVA Devengado-Tercer IVA.

- 11: Adquisiciones intracomunitarias de bienes y servicios. Para calcular los

valores de estas casillas, el programa filtra, dentro de IVAREPER, los registros de

los tipos indicados en la configuración y que tengan el campo Comunitari a .T. y tipo

0.

En la configuración de modelos serán los informados en:

Adquisiciones Intracomunitarias de bienes y servicios.

- 13: Otras operaciones con inversión del sujeto pasivo (excepto adq.intracom).

Para calcular los valores de estas casillas, el programa filtra, dentro de IVAREPER, los registros de los tipos indicados en la configuración. En la configuración de modelos serán los informados en: Otras operaciones con inversión del sujeto pasivo (excepto adq. Intracom).

- 15: Modificaciones de bases y cuotas. Para calcular los valores de estas casillas,

el programa filtra dentro de IVAREPER, los registros de los tipos indicados en la configuración, los registros en negativo cuyo número de factura empieza por R (rectificativa) y los que tengan la serie de factura configurada como Rectificativa (en la configuración del modelo 340).

- 18: IVA Devengado – Recargo Equivalencia al tipo 0.5%. Para calcular los

valores de estas casillas, el programa filtrará dentro del IVAREPER Nacional, los registros con recargo de equivalencia de los tipos de IVA indicados en la misma configuración que para la casilla 03.

- 21: IVA Devengado – Recargo Equivalencia al tipo 1.4%. Para calcular los

valores de estas casillas, el programa filtrará dentro del IVAREPER Nacional, los registros con recargo de equivalencia de los tipos de IVA indicados en la misma configuración que para la casilla 06.

- 24: IVA Corriente y Nacional al tipo 5.2%. Para calcular los valores de estas

casillas, el programa filtrará dentro del IVAREPER Nacional, los registros con recargo de equivalencia de los tipos de IVA indicados en la misma configuración que para la casilla 09.

- 26: Modificaciones bases y cuotas del recargo de equivalencia. Para calcular

los valores de estas casillas, el programa filtra dentro de IVAREPER, solamente los registros a los que se haya aplicado recargo, los registros de los tipos indicados en la configuración (Modificación de bases y cuotas), los registros en negativo cuyo número de factura empieza por R (rectificativa) y los que tengan la serie de factura configurada como Rectificativa (en la configuración del modelo 340).

Total a deducir: Importe total correspondiente al IVA Deducible (Soportado) en el período seleccionado. Se corresponde a la casilla 45 del Modelo oficial y es la suma de las casillas:

Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 11 of 34

[29]+ [31]+ [33]+ [35]+ [37]+ [39]+ [41]+ [42]+ [43]+ [44]

- 29: Por cuotas soportadas en operaciones interiores corrientes. Para calcular

los valores de estas casillas, el programa filtra los registros dentro de IVASOPOR nacional.

En la configuración de modelos serán los informados en: IVA Deducible por cuotas soportadas en las operaciones interiores corrientes.

- 31: Por cuotas soportadas en las operaciones interiores con bienes de

inversión. Para calcular los valores de estas casillas, el programa recogerá los tipos de IVA utilizados para registrar las compras nacionales de bienes de inversión.

- 33: Por cuotas soportadas en las importaciones de bienes corrientes. Para

calcular los valores de estas casillas, el programa filtra dentro de IVA soportado, los registros que utilicen el tipo de IVA indicando en la configuración.

- 35: Por cuotas soportadas en las importaciones de bienes de inversión. Para

calcular los valores de estas casillas, el programa filtra dentro del IVA Soportado, los registros que utilicen el tipo de IVA indicado en la configuración (IVA Deducible por cuotas satisfechas en las importaciones de bienes de inversión).

- 37: En adquisiciones intracomunitarias de bienes y servicios corrientes. Para

calcular los valores de estas casillas, el programa filtra dentro de IVASOPOR, los registros de los tipos indicados en la configuración.

En la configuración de modelos serán los informados en:

IVA Deducible en adquisiciones intracomunitarias de bienes corrientes

IVA Deducible en adquisiciones intracomunitarias de servicios corrientes

- 39: En adquisiciones intracomunitarias de bienes de inversión. Para calcular

los valores de estas casillas, el programa filtra, dentro de IVASOPOR, los registros de los tipos indicados en la configuración (IVA Deducible en adquisiciones intracomunitarias de bienes de inversión).

- 41: Rectificación de deducciones. Para calcular los valores de estas casillas, el

programa filtra dentro de IVASOPOR, los registros de los tipos indicados en la configuración del modelo 303 (Rectificación de deducciones). También se deberá añadir en estas casillas los registros de IVA SOPORTADO generados en negativo.

NOTA1: No es posible identificar las facturas rectificativas de compra. Las

rectificaciones en negativo ya se incluirán por el hecho de ser negativas, para incluir las

positivas, se deberá utilizar un tipo de IVA configurado en este apartado para que se

incluyan en estas casillas.

NOTA2: si existen registros positivos generados a tipos No Vigentes, al

configurarlos dentro del apartado “IVA Deducible por cuotas soportadas de las

operaciones interiores corrientes” si su signo es positivo, se mostrarán en las casillas [28

y 29].

En el caso que por su tipo de operación correspondan otras casillas, al identificar el Tipo

de IVA en la configuración de modelos, se mostrarán en las casillas asociadas a la

configuración.

Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 12 of 34

- 42: Compensación Régimen Especial A.G y P. En el caso que esta casilla tenga

valor se deberá rellenar manualmente.

- 43: Regularización bienes de inversión. En el caso que esta casilla tenga valor

se deberá rellenar manualmente.

- 44: Regularización por aplicación de porcentaje definitivo de prorrata. En el caso que esta casilla tenga valor se deberá rellenar manualmente.

Resultado Régimen General: Importe total correspondiente a la diferencia entre el total

cuota devengada y el total a deducir. Será la diferencia de las casillas [27] – [45].

Se corresponde con la casilla 46.

Información Adicional:

En el modelo, se crea un nuevo apartado INFORMACIÓN ADICIONAL. En este apartado

se incluyen algunas opciones que ya estaban disponibles en el modelo anterior y se

añaden casillas nuevas:

- 59: Entregas intracomunitarias de bienes y servicios. Se incluirán las

Prestaciones intracomunitarias de servicios cuyos destinatarios sean empresarios

o profesionales. Para calcular el valor de esta casilla, el programa filtra dentro de

IVAREPER los registros de los tipos de IVA indicados en la configuración del

modelo.

NOTA: En la casilla 59 se deberán mostrar, además de los tipos de IVA

configurados en este apartado, las operaciones de ventas comunitarias de bienes y

servicios cuyos tipos de IVA no estén configurados en la configuración “Operaciones no

sujetas o con inversión del Sujeto pasivo”.

- 60: Exportaciones y operaciones asimiladas. Mostrará las ventas

extracomunitarias efectuadas en el período que se declare y las adquisiciones intracomunitarias de bienes cuyo tipo de IVA esté informado en el apartado Operaciones asimiladas en la configuración del modelo 303.

- 61: Operaciones no sujetas o con inversión del sujeto pasivo que originan

derecho a la deducción. Se incluirán aquellas Prestaciones intracomunitarias de

servicios cuyos destinatarios sean particulares ubicados fuera del TAI. Por tanto,

estamos en el caso de operaciones no sujetas. Para calcular el valor de esta casilla,

el programa filtra dentro de IVAREPER los registros de los tipos de IVA indicados

en la configuración del modelo dentro del apartado:

Operaciones no sujetas o con inversiones del Sujeto pasivo.

Configurando un tipo de IVA diferente en cada casilla, será el usuario quien

determine si se trata de una operación a persona jurídica o persona física.

Régimen especial del criterio de caja

Operaciones a las que se aplica el RECC: aquellas operaciones realizadas y cuyas facturas

han sido expedidas por un sujeto pasivo acogido al RECC.

Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 13 of 34

Operaciones afectadas por el RECC: aquellas operaciones realizadas y cuyas facturas han

sido expedidas por sujetos pasivos no acogidos al RECC y que tienen como destinatarios

sujetos pasivos que están acogidos al RECC y que por ello, deberán liquidar por criterio de

caja.

Aquellas operaciones realizadas por sujetos pasivos acogidos al RECC y que tienen como

destinatarios sujetos no acogidos, que por ser meros receptores de estas operaciones

sujetas al RECC deberán liquidar las mismas según criterio de caja.

Exclusivamente en las casillas [62 y 63], para los sujetos pasivos que estén sujetos al

RECC, tendrán que cumplimentar los importes que:

- 62 y 63: Importes de las entregas de bienes y prestaciones de servicios a las

que habiéndoles sido aplicado el régimen especial del criterio de caja

hubieran resultado devengadas conforme la regla general de devengo

contenida en el art.75 LIVA. Se incluirán los importes facturados en el periodo del

cual se realiza la liquidación como si no se les aplicara el RECC, es decir, declararán

todo lo facturado por RECC independientemente de que aquellas operaciones que

declara se hayan o no cobrado, es decir, como si estuvieran en criterio de devengo.

Se consignará la base imponible (casilla 62) y las cuotas (casilla 63) de las

operaciones del período que se liquida y que están sujetas al RECC.

Se informarán, única y exclusivamente, aquellas facturas que hayan sido expedidas

en el período del cual se procede a realizar la liquidación y estén sujetas al RECC

(no se consignarán las facturas que deban liquidarse por devengo).

Son casillas informativas que no afectan al cálculo del impuesto.

Se cumplimenta siempre que haya facturas expedidas en el período que se liquida

que estén sujetas al RECC, con independencia de que en ese período se haya

producido o no un cobro (total / parcial).

Únicamente será cumplimentada cuando el declarante esté sujeto al RECC.

Es decir, en estas casillas se mostrarán los registros de IVA REPERCUTIDO

marcados como RECC tanto si están cobrados como si no lo están.

La descripción que se mostrará en el modelo por pantalla será:

“Importe entregas acogidas a RECC”

- 74 y 75: Importes de las adquisiciones de bienes y prestaciones de servicios

a las que sea de aplicación o afecte el régimen especial del criterio de caja. Se

incluirán los importes que provengan de operaciones facturadas por sujetos

pasivos acogidos al RECC, por tanto, son operaciones sujetas (aplica) al RECC.

Sujetos pasivos acogidos al RECC por adquisiciones realizadas que provengan

de operaciones facturadas por sujetos pasivos no acogidos al RECC, pero que

por el mero hecho de que el sujeto pasivo declarante esté acogido al RECC tiene

la obligación de liquidarlas por criterio de caja. Son operaciones afectadas por el

RECC.

Sujeto pasivo no acogido al RECC que es destinatario de operaciones facturadas

por sujetos pasivos acogidos al RECC y por tanto sujetas al RECC, y que por el

mero hecho de ser receptor de ellas tiene la obligación de liquidarlas mediante

criterio de caja. Son operaciones sujetas y a la vez afectadas por el RECC.

Casilla meramente informativa y que no interviene en el cálculo del impuesto.

Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 14 of 34

Es decir, en estas casillas se mostrarán los registros de IVA SOPORTADO

marcados como RECC tanto si están pagados como si no lo están.

- Diferencia: (casilla 38). Mostrará las diferencias entre las casillas 21 y 37.

- Atribuible a la Administración del Estado: (casilla 39/40). Casilla que se deberá

rellenar manualmente.

- Cuotas a compensar de períodos anteriores: (casilla 41). En esta casilla, se

mostrará, en aquellos casos que en períodos anteriores se haya marcado la opción

de a compensar, el importe compensado de declaraciones anteriores.

- Regularización anual de los sujetos: (casilla 45). Casilla que se deberá rellenar

manualmente.

- Resultado: Mostrará el resultado de la liquidación.

La presentación del Modelo Oficial se realiza mediante los procedimientos oficiales.

Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 15 of 34

2.0 Modelo 340 – Declaración de Operaciones

2.1 Configuración

La configuración del modelo 340 consiste en relacionar un Tipo de IVA específico para los

bienes de inversión para su diferenciación y correcta presentación en el modelo.

La pantalla de configuración del modelo es la siguiente:

En la parte superior, el programa muestra los diferentes conceptos que se deberán separar

en la generación del modelo oficial y que es necesaria una configuración previa y en la

parte inferior, el programa permite relacionar los diferentes tipos de IVA utilizados para

registrar cada uno de los conceptos. Si analizamos cada uno de los CONCEPTOS:

- Libro registro de bienes de inversión que se debe separar en la generación del

modelo oficial. En la parte inferior hay que relacionar los diferentes tipos de IVA

utilizados para los bienes de inversión.

- IVA Devengado y Deducible en las adquisiciones intracomunitarias e

importaciones de servicios. Hay que relacionar los diferentes tipos de IVA

utilizados para este tipo de operaciones (Operaciones de ISP).

- Tipos de IGIC. Si se trabaja con tipos de IGIC (Impuesto general indirecto Canario)

se deberán indicar en este apartado.

- Tipos de IVA excluidos. Se informarán los tipos de IVA que no deben tenerse en

cuenta en la generación del modelo 340.

Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 16 of 34

- Libro Registro de Determinadas Operaciones Intracomunitarias. Se informarán

los tipos de IVA utilizados para este tipo de operaciones específicas.

Si se trabaja con series de ventas en las facturas rectificativas, también hay que indicar el

código de la serie utilizado para este tipo de facturas

2.2 Funcionamiento – Generación del Modelo

Se trata de un modelo de declaración de operaciones incluidas en libros registros. Contiene

el detalle de las facturas incluidas en una declaración de IVA.

Deben presentar el Modelo 340 todas las empresas que se acogen al régimen de

devolución mensual de IVA (actualmente las exportadoras y las que se acogen

voluntariamente a este sistema).

Para ello, los sujetos pasivos deben estar inscritos en el Registro de devolución mensual.

La presentación se realiza por vía telemática: soporte CD o vía telemática, pero con

registros estandarizados por la Agencia Tributaria.

El modelo 340 incluye los siguientes libros registros:

Libro registro de facturas expedidas

Libro registro de facturas recibidas

Libro registro de bienes de inversión

Libro registro de determinadas operaciones intracomunitarias

Para poder generar el Modelo 340 desde Eurowin hay que liquidar el correspondiente

período de IVA.

Aunque la liquidación de los diferentes períodos sigue el funcionamiento habitual, hay que

revisar los siguientes puntos:

La configuración de los períodos de IVA según si la liquidación es trimestral o

mensual (dependiendo de las características de la empresa), en la opción del

módulo Contabilidad » Archivos » Períodos de IVA.

En el módulo Contabilidad » menú Fiscal » opción Liquidar IVA, se puede generar

de forma automática el asiento de liquidación correspondiente al período de IVA o

simplemente marcar dicho período como liquidado. El período que se puede liquidar

es el siguiente al último liquidado.

Una vez liquidado el período de IVA en cuestión ya se puede generar el Modelo 340.

NOTA: Si se presenta el 340, no se presentará en ningún caso, el modelo 347.

2.2.1 Pantalla Modelo 340

Acceso: Módulo Contabilidad » menú Modelos » opción Modelo 340 » pantalla Modelo 340

La pantalla Presentación Modelo 340 tiene cuatro páginas: Datos, Ventas, Compras y

Metálico.

Página DATOS

Filtros

Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 17 of 34

:: Período: El período de IVA liquidado del que se desea generar el Modelo 340.

:: Tipo de soporte: Formato de presentación del modelo. Puede ser:

DVD-R: Soporte directamente legible por el ordenador y exclusivamente individual.

Si la declaración tiene más de 5.000.000 de registros es obligatorio este soporte.

Telemática: A través de Internet. Para declaraciones con menos de 5.000.000 de

registros.

Tipo de declaración:

Normal: Declaración que se presenta por primera vez con los datos

correspondientes al período de la declaración.

Nº Declaración: Número de identificación de la declaración que propone el

programa a partir de:

o Modelo 340

o Ejercicio

o Período: (01) Enero, (02) Febrero, (03) Marzo o primer trimestre, etc.

o Contador secuencial: Número siguiente al de la última declaración /

liquidación.

Sustitutiva: Declaración que anula y sustituye completamente a una declaración

presentada anteriormente en la que se hubieran consignado datos inexactos o

erróneos.

Nº Declaración Anterior: En el caso de presentar una declaración sustitutiva indica

el número de identificación de la declaración a la que sustituye la actual. En el

número de declaración sólo variará el contador secuencial.

:: Fichero: Ruta que propone el programa por defecto, donde se guarda el fichero una vez

generado el modelo. El usuario puede modificar esta ruta.

Botones

:: Generar: Una vez comprobado y revisado que todos los datos son correctos, se puede

generar el fichero correspondiente a la declaración del Modelo 340.

:: Salir: Cierra la pantalla del Modelo 340 guardando los datos modificados.

:: Consultar: Al pulsar este botón se habilitan las páginas Ventas y Compras para

determinar si todos los datos que aparecen son correctos o hay que modificar algún campo.

:: Generar: Realiza la generación del Modelo 340. Para poder generar el modelo deben

aparecer todas las líneas con el fondo de color blanco, lo cual significa que todos los datos

son correctos. El fichero generado se guarda en la ruta definida en el campo Fichero.

La pantalla informa del número de generaciones realizadas y la fecha de la última.

Con el programa de ayuda de Hacienda se pueden descargar los datos indicando la ruta

del fichero. De esta forma se validan y se terminan de cumplimentar los datos para la

posterior presentación del Modelo oficial, según los procedimientos establecidos.

Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 18 of 34

Página VENTAS

En esta pantalla aparecen los datos de las facturas de venta del período que se declara.

Es decir, aparecen tantos registros como facturas emitidas existan entre las fechas del

período a liquidar.

La información requerida de cada factura para la correcta presentación del Modelo 340 es

la que sigue:

:: Factura: Número de la factura. El programa coge el número de la factura de forma

automática a partir de las facturas emitidas durante el período.

:: Fecha expedición: Fecha de expedición de la factura. El programa muestra de forma

automática la fecha de la factura que figura en el propio documento.

:: Fecha de operación: Fecha der realización de la operación. Sólo se debe rellenar

cuando la fecha de operación es diferente de la de expedición. El programa la recoge a

partir de la fecha del albarán de venta. Cuando se trate de una factura que incluya más de

un albarán, como fecha de operación se considera la del último albarán.

NOTA: En el caso de facturas rectificativas, el programa de ayuda de Hacienda solicita

la fecha de la factura a la que hace referencia la rectificativa. Para facilitar esta

información, en Eurowin se habilita el botón "Ver asiento" para poder navegar al asiento

y a la factura para ver la fecha de la factura que se rectifica.

:: Contado: Marca como contado los clientes que en su ficha tienen marcada la opción

"Cliente de solicitud de datos al contado". Para los casos en que la factura no es de tickets,

si el CIF, nombre o apellidos son incorrectos, se pueden modificar pulsando sobre

cualquiera de los tres campos.

:: Código: Código del cliente en Eurowin.

Tipo de identificación: Según el número de identificación fiscal del país o territorio de

residencia del cliente, existen diferentes claves:

Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 19 of 34

Correspondiente a un NIF.

Se consigna un NIF / IVA (NIF operador intracomunitario).

Pasaporte.

Documento Oficial de identificación expedido por el país o territorio de residencia.

Certificado de residencia.

Otro documento probatorio.

Por defecto el tipo es el NIF y se puede cambiar manualmente.

:: CIF: Identificador fiscal del cliente. Eurowin comprueba que el CIF sea correcto y esté en

relación con el tipo de identificación. Muestra los datos a partir de la ficha del cliente.

:: Apellidos: En esta columna aparecen los apellidos del cliente introducidos en su ficha.

:: Nombre o Razón Social: Muestra el nombre o la razón social (según sea persona o

empresa) de la ficha del cliente.

:: Base: Importe base de la factura.

:: IVA: Importe de IVA de la factura.

:: Recargo: Importe del recargo en el caso de que la factura lo incluya.

:: Importe: Importe total de la factura.

:: Tipo de libro: Según el tipo de factura se debe asociar a su correspondiente libro

registro. Los diferentes libros registro contemplados son los que siguen:

Libro registro de facturas expedidas (E). Los empresarios o profesionales deberán

llevar y conservar un libro registro de las facturas y documentos sustitutivos que

hayan expedido, en el que anotarán con la debida separación, el total de los

referidos documentos. El programa marca con una "E" todas las facturas expedidas

a excepción de las que tienen el tipo de IVA específico de los bienes de inversión.

Libro registro de bienes de inversión (I). Deben llevarlo los sujetos pasivos que

tengan que practicar la regularización por bienes de inversión. El programa marca

con una "I" todas las facturas que tengan el mismo tipo de IVA que el asociado a la

configuración del Modelo 340 para el caso de los bienes de inversión. Por este

motivo se debe dar de alta un tipo de IVA específico para los bienes de inversión.

Libro registro de facturas recibidas (R): En el libro registro de facturas recibidas se

anotan una por una las facturas recibidas, y en su caso, los documentos de aduanas

y las facturas correspondientes a las entregas que den lugar a las adquisiciones

intracomunitarias de bienes sujetas al impuesto efectuadas por los empresarios

profesionales. El programa marca con una "R" todas las facturas recibidas a

excepción de las que tienen el tipo de IVA específico de los bienes de inversión.

Si el programa detecta algún tipo de IGIC definido en la configuración, aparece además de

estos libros, los siguientes:

Libro registro de facturas expedidas IGIC

Libro registro de facturas recibidas IGIC

Libro registro de bienes de inversión IGIC

NOTA: Para visualizar los códigos de los libros registros hay que pulsar sobre el campo

"Tipo de libro".

:: Clave de operación: En cada libro registro, las facturas pueden ser rectificativas, de

tickets, etc. Según su forma le corresponde una clave de operación. Las claves de

operación son las que siguen:

Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 20 of 34

Asiento resumen de tickets (B): El programa marca automáticamente con la clave

B las facturas originadas por la facturación de tickets (en el número tienen la letra

T) y que además incluyen más de un ticket.

Factura rectificativa (D): El programa marca automáticamente con la clave D todas

las facturas rectificativas (en el número tienen la letra R). Si se trabaja con series

de ventas, se marcan las facturas de la serie asociada a las facturas rectificativas

en la configuración del Modelo 340.

Inversión del Sujeto Pasivo (ISP) (I): El programa marca automáticamente con la

clave I todas las facturas que se correspondan a operaciones sujetas a inversión

del sujeto pasivo. Estas operaciones son: adquisición de material recuperable,

adquisiciones intracomunitarias de servicios, importaciones de servicios,

determinadas operaciones sector construcción. Esta clave sólo se permite para

compras de ISP.

Ticket (J): El programa marca automáticamente con una J las facturas originadas

por la facturación de tickets con un ticket por factura.

Rectificación de errores registrales (K): El usuario de forma manual deberá marcar

el check “Error” para que el programa marque con una K las facturas que tienen la

marca error registral.

Adquisiciones intracomunitarias de bienes (P): El programa marca con una P las

facturas intracomunitarias, cuyo proveedor es comunitario. Esta clave sólo se

permite para compras intracomunitarias.

Arrendamientos locales de negocio (R): El programa marca con una R las facturas

registradas como de arrendamientos de locales de negocio. Para informar que se

trata de un arrendamiento de un local de negocio y que ésta aparezca en el modelo

340, se deberá indicar mediante el botón “Tipo de Operación” y marcar el asiento

como “Arrendamiento local negocio”. Por otro lado, se deberá indicar además la

referencia catastral del inmueble.

- Subvenciones Adm. Publicas (S): El programa marca automáticamente con una S

las subvenciones recibidas o emitidas. Para informar que se trata de una

SUBVENCIÓN RECIBIDA o EMITIDA y que esta aparezca en el modelo 340, se

deberá indicar mediante el botón "Tipo de Operación" y marcar el asiento como

"Subvenciones recibidas / emitidas". Por otro lado, se deberá indicar los datos

relativos a la factura mediante el botón "IVA EX." Marcando la factura como compra

e informando del número de factura, fecha e importe de la misma.

- Cobros por cuenta de terceros (T): El programa marca automáticamente con una T

los cobros por cuenta de terceros. Los cobros por cuenta de terceros no llevarán

registro de IVA. Para informar que se trata de un COBRO POR CUENTA DE

TERCEROS y que esta aparezca en el modelo 340, se deberá indicar mediante el

botón "Tipo de Operación" y marcar el asiento como "Cobro por cuenta de terceros".

Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 21 of 34

Por otro lado, se deberá indicar los datos relativos a la factura mediante el botón

"IVA EX." Marcando la factura como venta e informando del número de factura,

fecha e importe de la misma.

Operaciones de Seguros(U): El programa marca automáticamente con una U las

operaciones de Seguros. Para informar que se trata de una OPERACIÓN DE

SEGUROS, se deberá indicar mediante el botón “Tipo Operación” y marcar el

asiento como “Operaciones Seguros”.

Compras de Agencias de Viaje (V): El programa marca automáticamente con una

V las compras de agencias de viaje. Para informar que se trata de una COMPRA

DE AGENCIAS DE VIAJE, se deberá indicar mediante el botón “Tipo Operación” y

marcar el asiento como “Agencia de Viaje”.

Operaciones sujetas al IPSI (W): El programa marca automáticamente con una W

las operaciones sujetas al IPSI (Ceuta y Melilla). Para informar que se trata de una

operación de este tipo, se deberá indicar mediante el botón “Tipo Operación” y

marcar el asiento como “Agencia de Viaje”.

Compensaciones agrícolas (X): El programa marca automáticamente con una X las

compensaciones agrícolas. Para informar que se trata de una operación de este

tipo, se deberá indicar mediante el botón “Tipo Operación” y marcar el asiento como

“Agencia de Viaje”.

Régimen especial de criterio de caja (Z): El programa marca automáticamente con

una Z las operaciones sujetas al Régimen Especial de Criterio de Caja. Para

informar que se trata de una operación de RECC, se deberá facturar y contabilizar

con la configuración especial de este nuevo régimen.

En blanco: Para el resto de los casos.

Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 22 of 34

NOTA Para visualizar las claves de operación hay que pulsar sobre el campo "Clave de

operación".

:: Error registral: Marcar si existe un error registral. En este caso, la factura se clasifica

automáticamente con la clave de operación K.

:: Código: Código postal del cliente.

:: Población: Población del cliente.

:: Dirección: Dirección del cliente.

:: Provincia: Provincia del cliente.

:: Letra del país: Número de identificación del país de residencia.

:: Paìs: País de residencia del cliente. Si en la ficha del cliente se ha indicado el país, el

programa adapta el formato del CIF a este país. Es importante comprobar que el

identificador del país coincide con el propuesto por Hacienda.

:: Tipo Operación Intracomunitarias: Información necesaria para el Libro Registro de

Determinadas Operaciones intracomunitarias. Desplegable que muestra el texto indicado

en la configuración del Modelo 340. En los registros cuyo tipo de IVA esté configurado

como “Determinadas operaciones intracomunitarias” en la configuración del modelo 340

aparecerá el texto configurado en el mismo apartado, botó “Valores por defecto”.

:: Clave Declarado: Información necesaria para el Libro Registro de Determinadas

Operaciones intracomunitarias. Desplegable que muestra el texto indicado en la

configuración del Modelo 340. En los registros cuyo tipo de IVA esté configurado como

“Determinadas operaciones intracomunitarias” en la configuración del modelo 340

aparecerá el texto configurado en el mismo apartado, botó “Valores por defecto”.

:: Plazo de Operación: Información necesaria para el Libro Registro de Determinadas

Operaciones intracomunitarias. Se muestra el texto indicado en la configuración del Modelo

340. En los registros cuyo tipo de IVA esté configurado como “Determinadas operaciones

intracomunitarias” en la configuración del modelo 340 aparecerá el texto configurado en el

mismo apartado, botó “Valores por defecto”.

:: Descripción del Bien: Información necesaria para el Libro Registro de Determinadas

Operaciones intracomunitarias. Se muestra el texto indicado en la configuración del Modelo

340. En los registros cuyo tipo de IVA esté configurado como “Determinadas operaciones

intracomunitarias” en la configuración del modelo 340 aparecerá el texto configurado en el

mismo apartado, botó “Valores por defecto”.

:: Referencias: El programa muestra la referencia catastral para aquellos registros

marcados como tal en el asiento y que tengan la correspondiente referencia asignada. Si

existe más de una referencia para cada registro, se podrán consultar mediante el botón

“Detalle de las referencias de los inmuebles”, además de visualizar el detalle relacionado

con cada referencia.

:: Fecha de Cobro: Se visualizarán los registros cobrados por el Régimen Especial de

Criterio de Caja y se mostrará la fecha de cobro del registro. Se corresponderá con la fecha

del asiento de cobro.

:: Importe Cobrado: Se informa del importe cobrado para cada registro de las operaciones

sujetas al régimen especial de criterio de caja. Se corresponde con el importe total cobrado

de cada una de las previsiones de cobro.

:: Medio de Cobro: Se informa de las claves C, T u O, dependiendo de la forma del cobro:

C: Cuenta Bancaria (IBAN), T: Cheques, O: Otros medios de cobro.

El programa muestra esta información de forma automática a partir de la información en

previsiones.

:: Cuenta Bancaria / Medio cobro utilizado: Se informa de la descripción del medio de

cobro utilizado según la clave:

Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 23 of 34

C: Cuenta Bancaria, el programa mostrará el código IBAN correspondiente al cobro.

T: Cheuqes, el programa mostrará el nº del pagaré correspondiente al cobro que tenga la

marca de “Cheque” activa.

O: Otros medios de cobro. (Para efectivo, el texto será Metálico, cuando se registre por

haber llegado a la fecha máxima se mostrará Devengo 31/12).

El programa muestra esta información de forma automática a partir de la información en

previsiones.

NOTA: Las facturas de los clientes de contado no pueden superior los 100 €. En los casos

en que el importe sea superior se deben tratar como un ticket.

Botones

:: Consultar: Permite refrescar los datos y actualizarlos según los cambios y correcciones

necesarios para que la información sea correcta al generar el Modelo 340.

:: Mant. Cuentas: Abre la pantalla del mantenimiento de clientes con los datos del cliente

actual, donde el usuario puede modificar los datos que sea necesario.

:: Ver asiento: Navegación al asiento de la factura seleccionada. Desde el asiento también

se puede navegar a la factura.

:: Filtrar datos: Permite organizar la información de la pantalla agrupando los datos para

su revisión, según los siguientes filtros:

Filtro clave Tipo de Libro: Según el tipo de libro en el que hay que registrar la factura.

Filtro Clave de Operación: Permite seleccionar una o varias claves de operación.

Muestra las facturas que tienen las claves seleccionadas.

Errores: Posibilidad de filtrar según el error que pueda aparecer en las facturas:

Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 24 of 34

o Color Rosa: Muestra las facturas de cuentas sin CIF o con el CIF incorrecto.

Por lo tanto, se debe introducir el CIF correcto en la ficha del cliente.

o Color Amarillo: Muestra las facturas de cuentas con nombre o apellidos

incompletos. Por lo tanto, hay que corregir esta información en la ficha del

cliente.

o Color Azul: Muestra las facturas de proveedores intracomunitarios con la

dirección incompleta. Por lo tanto, se deben completar estos datos en la

ficha del proveedor.

o Presentar toda la información: Se debe marcar esta opción para poder

generar el Modelo 340.

Si existe algún tipo de filtro el botón "Generar" queda deshabilitado y en la pantalla aparece

el aviso "INFORMACIÓN FILTRADA".

Avisos de la página Ventas del Modelo 340: Mediante el botón Filtrar datos puede realizar los filtros necesarios para localizar más

rápidamente los documentos según el tipo de libro y de operación.

Si tiene alguna factura de algún cliente al contado con CIF o nombre incorrectos. Puede

modificar los datos directamente pulsando en uno de los campos.

Si tiene alguna clave de operación de rectificación de error registral, selecciónelo

linealmente en el desglose de facturas manualmente.

Recuerde que para las personas físicas debe entra el nombre en el siguiente orden: 1r

apellido + [espacio] + 2º apellido + [, espacio] + nombre.

Para exportar el modelo es necesario no tener filtrados los datos. Si tiene algún dato

filtrado entre en la opción filtrar y seleccione todos los filtros.

Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 25 of 34

Página COMPRAS

En la página Compras de la pantalla Modelo 340 aparece un registro por cada factura de

compra del período a declarar.

La información requerida de cada factura para la correcta presentación del modelo es la

que sigue:

:: Orden: Número de orden de la factura. Al generar la factura de compra, el programa

asigna el número de orden automáticamente a la factura y al asiento.

:: Factura: Número de la factura: Número de factura de compra.

:: Fecha expedición: Fecha de la factura de compra.

:: Fecha de operación: Fecha de realización de la operación. Sólo se debe rellenar cuando

es diferente de la fecha de expedición. El programa obtiene la fecha de operación de la

fecha del albarán de compra. Si la factura corresponde a varios albaranes, la fecha

operación es la del último albarán.

:: Proveedor: Código del proveedor en Eurowin.

:: Tipo de operación: Según el número de identificación fiscal del país o territorio de

residencia del proveedor. Existen varias claves:

Correspondiente a un NIF.

Se consigna un NIF / IVA (NIF operador intracomunitario).

Pasaporte.

Documento Oficial de identificación expedido por el país o territorio de residencia.

Certificado de residencia.

Otro documento probatorio.

El tipo que aparece por defecto es el NIF y se puede cambiar manualmente.

Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 26 of 34

:: CIF: Identificador fiscal del proveedor. El programa comprueba que el CIF de la ficha del

proveedor sea correcto y esté en relación con el tipo de identificación.

:: Apellidos: Apellidos de la ficha del proveedor.

:: Nombre o Razón Social: Muestra el dato de la ficha del proveedor, según sea persona

o empresa.

:: Base: Importe base de la factura.

:: IVA: Importe del IVA de la factura.

:: Recargo: Importe del recargo en el caso de que la factura lo incluya.

:: Importe: Importe total de la factura.

:: Tipo de libro: Según el tipo de factura corresponde un libro de registro. Los libros de

registro contemplados son:

Libro registro de facturas expedidas (E): Los empresarios o profesionales deben

llevar y conservar un libro registro de las facturas y documentos sustitutivos que

hayan expedido, en el que anotarán con la debida separación, el total de los

referidos documentos. El programa marca con una "E" las facturas expedidas a

excepción de las que tienen el tipo de IVA específico de los bienes de inversión.

Libro registro de bienes de inversión (I): Deben llevarlo los sujetos pasivos que

tienen que practicar la regularización por bienes de inversión. El programa marca

con una "I" las facturas que tienen el mismo tipo de IVA que el asociado a la

configuración del Modelo 340 para los bienes de inversión. Debe haber un tipo de

IVA específico para los bienes de inversión.

Libro registro de facturas recibidas (R): En este libro se anotan una por una, las

facturas recibidas, y en su caso, los documentos de aduanas y las facturas de las

entregas que den lugar a las adquisiciones intracomunitarias de bienes sujetas al

impuesto efectuadas por los empresarios o profesionales. El programa marca con

una "R" las facturas recibidas a excepción de las que tienen el tipo de IVA específico

de los bienes de inversión.

Si el programa detecta que existe algún tipo de IGIC definido en la configuración, además

aparecen los siguientes libros:

Libro registro de facturas expedidas IGIC

Libro registro de facturas recibidas IGIC

Libro registro de bienes de inversión IGIC

NOTA: Para visualizar los códigos de los libros hay que pulsar sobre el campo "Tipo de

libro".

:: Clave de operación: En cada libro registro, las facturas pueden ser rectificativas, de

tickets, etc. Según su forma le corresponde una clave de operación. Las claves de

operación son las que siguen:

Asiento resumen de tickets (B): El programa marca automáticamente con la clave

B las facturas originadas por la facturación de tickets (en el número tienen la letra

T) y que además incluyen más de un ticket.

Factura rectificativa (D): El programa marca automáticamente con la clave D todas

las facturas rectificativas (en el número tienen la letra R). Si se trabaja con series

Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 27 of 34

de ventas, se marcan las facturas de la serie asociada a las facturas rectificativas

en la configuración del Modelo 340.

Inversión del Sujeto Pasivo (ISP) (I): El programa marca automáticamente con la

clave I todas las facturas que se correspondan a operaciones sujetas a inversión

del sujeto pasivo. Estas operaciones son: adquisición de material recuperable,

adquisiciones intracomunitarias de servicios, importaciones de servicios,

determinadas operaciones sector construcción. Esta clave sólo se permite para

compras de ISP.

Ticket (J): El programa marca automáticamente con una J las facturas originadas

por la facturación de tickets con un ticket por factura.

Rectificación de errores registrales (K): El usuario de forma manual deberá marcar

el check “Error” para que el programa marque con una K las facturas que tienen la

marca error registral.

Adquisiciones intracomunitarias de bienes (P): El programa marca con una P las

facturas intracomunitarias, cuyo proveedor es comunitario. Esta clave sólo se

permite para compras intracomunitarias.

Arrendamientos locales de negocio (R): El programa marca con una R las facturas

registradas como de arrendamientos de locales de negocio. Para informar que se

trata de un arrendamiento de un local de negocio y que ésta aparezca en el modelo

340, se deberá indicar mediante el botón “Tipo de Operación” y marcar el asiento

como “Arrendamiento local negocio”. Por otro lado, se deberá indicar además la

referencia catastral del inmueble.

- Subvenciones Adm. Publicas (S): El programa marca automáticamente con una S

las subvenciones recibidas o emitidas. Para informar que se trata de una

SUBVENCIÓN RECIBIDA o EMITIDA y que esta aparezca en el modelo 340, se

deberá indicar mediante el botón "Tipo de Operación" y marcar el asiento como

"Subvenciones recibidas / emitidas". Por otro lado, se deberá indicar los datos

relativos a la factura mediante el botón "IVA EX." Marcando la factura como compra

e informando del número de factura, fecha e importe de la misma.

- Cobros por cuenta de terceros (T): El programa marca automáticamente con una T

los cobros por cuenta de terceros. Los cobros por cuenta de terceros no llevarán

registro de IVA. Para informar que se trata de un COBRO POR CUENTA DE

TERCEROS y que esta aparezca en el modelo 340, se deberá indicar mediante el

botón "Tipo de Operación" y marcar el asiento como "Cobro por cuenta de terceros".

Por otro lado, se deberá indicar los datos relativos a la factura mediante el botón

"IVA EX." Marcando la factura como venta e informando del número de factura,

fecha e importe de la misma.

Operaciones de Seguros(U): El programa marca automáticamente con una U las

operaciones de Seguros. Para informar que se trata de una OPERACIÓN DE

Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 28 of 34

SEGUROS, se deberá indicar mediante el botón “Tipo Operación” y marcar el

asiento como “Operaciones Seguros”.

Compras de Agencias de Viaje (V): El programa marca automáticamente con una

V las compras de agencias de viaje. Para informar que se trata de una COMPRA

DE AGENCIAS DE VIAJE, se deberá indicar mediante el botón “Tipo Operación” y

marcar el asiento como “Agencia de Viaje”.

Operaciones sujetas al IPSI (W): El programa marca automáticamente con una W

las operaciones sujetas al IPSI (Ceuta y Melilla). Para informar que se trata de una

operación de este tipo, se deberá indicar mediante el botón “Tipo Operación” y

marcar el asiento como “Agencia de Viaje”.

Compensaciones agrícolas (X): El programa marca automáticamente con una X las

compensaciones agrícolas. Para informar que se trata de una operación de este

tipo, se deberá indicar mediante el botón “Tipo Operación” y marcar el asiento como

“Agencia de Viaje”.

Régimen especial de criterio de caja (Z): El programa marca automáticamente con

una Z las operaciones sujetas al Régimen Especial de Criterio de Caja. Para

informar que se trata de una operación de RECC, se deberá facturar y contabilizar

con la configuración especial de este nuevo régimen.

En blanco: Para el resto de los casos.

NOTA: Para visualizar las claves de operación hay que pulsar sobre el campo "Clave de

operación".

:: Error registral: Marcar si existe un error registral. En este caso, la factura se clasifica

automáticamente con la clave de operación K.

Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 29 of 34

:: Prorrata: Campo específico para las facturas de bienes de inversión. Para este tipo de

facturas, hay que seleccionar la línea y pulsar la tecla F10 para localizar la partida de

inventario. Al seleccionar la partida de inventario se captura automáticamente la

identificación del bien (referencia) y la fecha de inicio de la partida de inventario. El campo

Prorrata por defecto aparece con el valor 100% pero el usuario lo puede modificar.

:: Identificación del Bien: Es la referencia de la partida de inventario. Este campo también

es específico para las facturas de inversión. Desde esta columna, al seleccionar la factura

del bien de inversión se activa el botón de búsqueda para seleccionar la partida de

inventario y capturar los datos de forma automática.

Nota: La captura automática de estos campos a partir de la partida de inventario sólo está

disponible si está instalado el módulo Amortizaciones. En el caso contrario se debe rellenar

manualmente.

:: Fecha de inicio: Fecha de inicio de la ficha de la partida de inventario. El funcionamiento

de este campo es el mismo que la prorrata y la identificación del bien, ya que son los tres

campos concretos para las facturas de bienes de inversión.

:: Código: Código postal del proveedor.

:: Población: Población del proveedor.

:: Dirección: Dirección del proveedor.

:: Provincia: Provincia del proveedor.

:: Letra país: Número de identificación del país de residencia.

:: País: País de residencia del proveedor. Según el país indicado en la ficha del proveedor,

el programa adapta el formato del CIF. Es importante comprobar que el identificador del

país coincide con el propuesto por Hacienda.

:: Tipo Operación Intracomunitarias: Información necesaria para el Libro Registro de

Determinadas Operaciones intracomunitarias. Desplegable que muestra el texto indicado

en la configuración del Modelo 340. En los registros cuyo tipo de IVA esté configurado

como “Determinadas operaciones intracomunitarias” en la configuración del modelo 340

aparecerá el texto configurado en el mismo apartado, botó “Valores por defecto”.

:: Clave Declarado: Información necesaria para el Libro Registro de Determinadas

Operaciones intracomunitarias. Desplegable que muestra el texto indicado en la

configuración del Modelo 340. En los registros cuyo tipo de IVA esté configurado como

“Determinadas operaciones intracomunitarias” en la configuración del modelo 340

aparecerá el texto configurado en el mismo apartado, botó “Valores por defecto”.

:: Plazo de Operación: Información necesaria para el Libro Registro de Determinadas

Operaciones intracomunitarias. Se muestra el texto indicado en la configuración del Modelo

340. En los registros cuyo tipo de IVA esté configurado como “Determinadas operaciones

intracomunitarias” en la configuración del modelo 340 aparecerá el texto configurado en el

mismo apartado, botó “Valores por defecto”.

:: Descripción del Bien: Información necesaria para el Libro Registro de Determinadas

Operaciones intracomunitarias. Se muestra el texto indicado en la configuración del Modelo

340. En los registros cuyo tipo de IVA esté configurado como “Determinadas operaciones

intracomunitarias” en la configuración del modelo 340 aparecerá el texto configurado en el

mismo apartado, botó “Valores por defecto”.

:: Fecha de Pago: Se visualizarán los registros pagados por el Régimen Especial de

Criterio de Caja y se mostrará la fecha de pago del registro. Se corresponderá con la fecha

del asiento de pago.

:: Importe Pagado: Se informa del importe cobrado para cada registro de las operaciones

sujetas al régimen especial de criterio de caja. Se corresponde con el importe total cobrado

de cada una de las previsiones de pago.

:: Medio de Pago: Se informa de las claves C, T u O, dependiendo de la forma del pago:

C: Cuenta Bancaria (IBAN), T: Cheques, O: Otros medios de pago.

Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 30 of 34

El programa muestra esta información de forma automática a partir de la información en

previsiones.

:: Cuenta Bancaria / Medio pago utilizado: Se informa de la descripción del medio de

cobro utilizado según la clave:

C: Cuenta Bancaria, el programa mostrará el código IBAN correspondiente al cobro.

T: Cheques, el programa mostrará el nº del pagaré correspondiente al pago que tenga la

marca de “Cheque” activa.

O: Otros medios de cobro. (Para efectivo, el texto será Metálico, cuando se registre por

haber llegado a la fecha máxima se mostrará Devengo 31/12).

El programa muestra esta información de forma automática a partir de la información en

previsiones.

Botones

:: Consultar: Permite refrescar los datos y actualizándolos según los cambios y

correcciones necesarios para que la información sea la correcta al generar el Modelo 340.

:: Mant. Cuentas: Abre la pantalla del mantenimiento de proveedores donde el usuario

puede, si es necesario, modificar los datos de la ficha del proveedor de la factura

seleccionada.

:: Ver asiento: Navega al asiento de la factura. Desde el asiento también se puede navegar

a la factura.

:: Filtrar datos: Permite organizar la información de la pantalla agrupando los datos para

su revisión, según los siguientes filtros:

Filtro clave Tipo de Libro: Según el tipo de libro en el que hay que registrar la factura.

Filtro Clave de Operación: Permite seleccionar una o varias claves de operación.

Muestra las facturas que tienen las claves seleccionadas.

Errores: Posibilidad de filtrar según el error que pueda aparecer en las facturas:

Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 31 of 34

o Color Rosa: Muestra las facturas de cuentas sin CIF o con el CIF incorrecto.

Por lo tanto, se debe introducir el CIF correcto en la ficha del proveedor.

o Color Amarillo: Muestra las facturas de cuentas con nombre o apellidos

incompletos. Por lo tanto, hay que corregir esta información en la ficha del

proveedor.

o Color Azul: Muestra las facturas de proveedores intracomunitarios con la

dirección incompleta. Por lo tanto, se deben completar estos datos en la

ficha del proveedor.

o Presentar toda la información: Se debe marcar esta opción para poder

generar el Modelo 340.

Si existe algún tipo de filtro el botón "Generar" queda deshabilitado y en la pantalla aparece

el aviso "INFORMACIÓN FILTRADA".

Avisos de la página Compras del Modelo 340: Mediante el botón Filtrar datos puede realizar los filtros necesarios para localizar más

rápidamente los documentos según el tipo de libro y de operación.

Si tiene alguna factura de algún proveedor al contado con CIF o nombre incorrectos.

Puede modificar los datos directamente pulsando en uno de los campos.

Si tiene alguna clave de operación de rectificación de error registral, selecciónelo

linealmente en el desglose de facturas manualmente.

Recuerde que para las personas físicas debe entra el nombre en el siguiente orden: 1r

apellido + [espacio] + 2º apellido + [, espacio] + nombre.

Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 32 of 34

Para exportar el modelo es necesario no tener filtrados los datos. Si tiene algún dato

filtrado entre en la opción filtrar y seleccione todos los filtros.

Página METÁLICO:

A partir del ejercicio 2012 se registran los cobros percibidos en metálico superiores a 6.000

€.

No se exige el detalle de metálicos superiores a 6.000 € que correspondan a operaciones

realizadas antes del 2012 (ejercicio de la operación "factura").

Los cobros en metálico lo son en relación a la totalidad de operaciones facturadas de una

misma persona o entidad, no por cada factura individual sino por el total.

El momento de declarar los cobros en metálicos es en la declaración correspondiente del

mes en que efectivamente se superan los 6.000 €.

No es anual como el 347 sino mensual.

La información se filtra del mismo modo que en el modelo 347 pero teniendo en cuenta que

los importes de cobro en metálico deben filtrarse por meses y de operaciones cuyo ejercicio

sea 2012 o posterior.

Si se producen más cobros en metálico en meses posteriores, se informarán acumulando

los importes (igual que en el 347) en el mes en que efectivamente se perciban.

Si durante un mes no se percibe ningún cobro en metálico, no se declara nada en ese mes,

aunque en meses anteriores se hayan relacionado importes en metálico.

Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 33 of 34

EJEMPLO:

Marzo: cobro en efectivo de operaciones de 2012 de 3000 €. No se declara en el mes 3.

Abril: cobro en efectivo de operaciones de 2012 de 3000 €. Acumulado de 6000 € como

no supera no se declara nada en el mes 4.

Mayo: no se cobra nada. No se declara en el modelo 340 en el mes 5.

Junio: cobro en efectivo de operaciones de 2012 de 1000 €, la suma de los efectivos es

de 7000 €. Se declara en el mes 6 un importe en metálico de 7000 €.

Julio: no se cobra nada. No se declara en el modelo 340 en el mes 6.

Agosto: cobro en efectivo de operaciones de 2012 de 600 €. La suma de los efectivos es

de 7600. Se declara en el mes 8 un importe en metálico de 7600 €.

El ejercicio siempre será 2012 o años posteriores, respecto al año en que se anotan las

facturas.

Es decir, el ejercicio metálico en el modelo 340 (ejercicio de anotación de la factura

expedida) coincide con el ejercicio metálico del modelo 347 (ejercicio en que se declara la

factura expedida, siempre por fecha de expedición igual que en el 340).

En la página Metálico de la pantalla Modelo 340 aparece un registro por cada importe en

metálico a declarar.

La información requerida de cada registro para la correcta presentación del modelo es la

que sigue:

:: CIF: Identificador fiscal del cliente. Eurowin comprueba que el CIF sea correcto y esté en

relación con el tipo de identificación. Muestra los datos a partir de la ficha del cliente.

:: Apellidos: En esta columna aparecen los apellidos del cliente introducidos en su ficha.

:: Nombre o Razón Social: Muestra el nombre o la razón social (según sea persona o

empresa).

:: Código Postal: Código postal del cliente.

:: Población: Población del cliente.

:: Dirección: Dirección del cliente.

:: Provincia: Provincia del cliente.

:: Letra del país: Número de identificación del país de residencia.

:: Paìs: País de residencia del cliente. Si en la ficha del cliente se ha indicado el país, el

programa adapta el formato del CIF a este país. Es importante comprobar que el

identificador del país coincide con el propuesto por Hacienda.

:: Importe metálico: Importe percibido en metálico en el mes a declarar si es superior a

6000 €.

Este importe se obtiene a partir del extracto contable del cliente según el NIF / CIF, de los

asientos que tienen como contrapartida del cliente la cuenta de caja (570). Si el importe

acumulado es superior a 6000 €, el programa localiza las operaciones asociadas a los

cobros en metálico, según la fecha de la factura cobrada y genera los registros separados

por ejercicio de operación con el correspondiente cobro en metálico. :: Ejercicio: Ejercicio en el que se han declarado las operaciones asociadas a los cobros

en metálico.

Configuración y funcionamiento de los Modelos Fiscales 303 y 340 Page 34 of 34

2.2.2 Condiciones para elaborar el modelo 340

"Es necesario especificar el Nombre / Razón social en la configuración de modelos."

"Revise el N.I.F. en la configuración de modelos."

"Es necesario especificar el nombre de la persona de contacto en la configuración de

modelos."

"Es necesario especificar el teléfono de la persona de contacto en la configuración de

modelos."