conclusiones skipe

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Law


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Page 1: Conclusiones skipe

UNIVERSIDAD FERMIN TORO

VICE RECTORADO ACADEMICO

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS

ESCUELA DE DERECHO

SUCESIONES TESTAMENTARIAS Y

DERECHO PROCESAL CIVIL

INTERNACIONAL

WILLIAM PALECIA 11.527.051

JOSEFINA DOLINAR 5.253.606

MARIANA CORDOVA 9.347.134

SECCION SAIA “C”

CATEDRA: DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO

PROFESORA: ABOG. CRISTINA VIRGUEZ

BARQUISIMETO MARZO DE 2016

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CONCLUSIONES:

SUCESIONES TESTAMENTARIAS Y DERECHO INTERNACIONAL CIVIL

Este tema habla sobre las sucesiones que generalmente surgen luego del

fallecimiento de alguien y todas las consecuencias jurídicas que acarrea tal situación

y que regula el derecho Sucesoral, quien se sucede, se llama Causante y la persona

que sucede, se denomina Causahabiente.

Existen dos tipos de Sucesión a título particular la cual es aquella donde quien

sucede el patrimonio lo hace directamente a una persona generalmente entre vivos

pero puede ser también luego de la muerte a través de un legado

Page 4: Conclusiones skipe

En este tema y ya entrando en el marco internacional se hace un comparación

con otras legislaciones en esta materia donde se evidencia que contamos con

herramientas jurídicas modernas e innovadoras que permiten la aplicación

extraterritorial bienes ubicados en Venezuela y del derecho venezolano a los bienes

situados en el exterior.

En concordancia con el articulo Numero 37 de la Ley de derecho internacional

Privado que sugiere la adaptación de las normas jurídicas de los países para evitar

contradicciones a la hora de resolver un conflicto de esta naturaleza que pudiera

presentarse.

En este sentido en Ley de derecho internacional Privado se mencionan

algunos articulo como el 39, 40. 41 entre otros donde trata la regulación de esta

materia a nivel internacional enfatizando en los aspectos procesales en relación con la

vida internacional de las personas y en el tema principal que nos átañe el de la

Sucesión cabe destacar que el Derecho internacional regula a través de normas que

se aplican como leyes nacionales que regulan una situación cuando hay elementos de

índole internacional pero su contenido regulatorio viene para ser aplicado por

autoridades nacionales.

En este orden de ideas cabe destacar que el Estado Venezolano no puede determinar

límites a la jurisdicción de otros estados así como tampoco así como tampoco los

demás estados pueden hacerlo con Venezuela, por tanto los estado se fijan sus

propios límites pues es muy difícil determinar los alcances de tribunales extranjeros,

en conclusión del tema planteado es importante destacar que existen normas jurídicas

internacionales que amparan las personas incluso en aquellas penosas circunstancias

como es el fallecimiento garantizando de esta manera la sucesión y resguardo del

patrimonio a quien corresponde sin que la frontera internacional sea un obstáculo

para lograr tal fin.

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