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ST/ESA/STAT/SER.M! 52/Rev.2
Departamento de Asuntos Económicos y Sociales • División de Estadística
Estudios de Métodos Serie M, No. 52, Rev.2
Esladisticas del comercio IntelllC1Clonal de mercancias Conceptos y definiciones
el. Naciones Unidas • Nueva York, 2000
NOTA
Las denominaciones empleadas y la forma en que aparecen presentados los datos que contiene esta publicación no implican, de parte de la Secretaria de las Naciones Unidas,juicio alguno sobre la condiciónjuridica de ninguno de los países, territorios, ciudades o zonas citados, o de sus autoridades, ni respecto de la delimitación de sus fronteras.
STIESAlSTAT/SER.Ml52/Rev.2
PUBLICACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS
Número de venta: S.98.xvn.16
ISBN 92-1-361187-0
Copyright © Naciones Unidas, 1998
Reservados todos los derechos
ÍNDICE
Párrafos Página
INTRODUCCIÓN . . . . . • • . . . . . . 1 - 8 1
A. Generalidades........... 1 - 5 1
B. Resumen de las recomendaciones. 6-8 2
Capítulo
1. COBERTURA y MOMENTO DEL REGISTRO. 9-63 6
A. Directrices generales . . . . . . . . . 14 -15 6
B. Directrices específicas ........... .......... 16 - 63 7
1. Bienes que habrán de incluirse en las estadisticas detalladas del comercio internacional de mer-cancías ..................... 19 - 41 7
2. Bienes que deberán excluirse de las estadisticas detalladas del comercio internacional de mer-cancías ..................•.. 42-54 9
3. Bienes cuya exclusión de las estadisticas detalla-das del comercio internacional de mercancías se recomienda, pero que se registrarán por separado de manera que se puedan ajustar los datos deta-llados para calcular los totales del comercio in-ternacional de mercancías a efectos de cuentas nacionales y de balanza de pagos 55 - 63 11
11. SISTEMA COMERCIAL ............ .. .. .. .. .. 64-90 12
A. Generalidades. . . . . . . . 64-73 12
B. Sistema comercial general. . 74-79 13
C. Sistema comercial especial . .................. 80 - 85 14
D. Problemas prácticos y limitaciones del sistema co-mercial especial. . .......... 86- 88 17
E. Recomendaciones. . . . . . . 89-90 18
111. CLASIFICACIONES DE PRODUCTOS. 91 - 110 19
A. El Sistema Armonizado de Designación y Codifica-ción de Mercancías . . . . . . . . . . . . . . . . . 94 -110 19
B. Clasificación Uniforme para el Comercio Internacio-nal, Revisión 3 ...................................... 101 - 105 20
C. Clasificación por Grandes Categorías Económicas . 106 - 108 21
D. Clasificación Industrial Internacional Uniforme de todas las actividades económicas. . 109 21
E. Clasificación Central de Productos . . . . . . . . . 110 21
iii
Párrafos
IV. VALORACIÓN. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 111 - 130
A. Valor estadístico de las importaciones y las exporta-ciones .•...................... 111-125
B. Conversión de la moneda. . . . . . . . . . . . . . 126 -.130
V. MEDICIONES CUANTITATIVAS. . . . . . . . . . . . . . 131 - 133
VI. PAfSCOPARTICIPE •••••••••.•.•.•.•.•• 134 - 152
A. Generalidades. . . . . • . . . . . . . . . . . . .. 134
B. Criterios para la determinación de país copartícipe. 135 - 141
C. Comparación de los posibles criterios. . . . . . . . 142 - 149
D. Recomendación. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 150
E. Clasificación por paises. . . . . . . . . . . . . . . 151 - 152
VU. PREsENTACiÓN DE INFORMES Y DIFUSIÓN DE LOS DATOS 153 - 163
Anexos
A. Conceptos y definiciones básicos relativos a las cuentas nacionales y la ba- . lanza de pagos. . . . • . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . <
B. DefInición de términos aduaneros y otras definiciones conexas . . . . ..
C. Nonnas de valoración en aduana establecidas en el Acuerdo de la OMC .. sobre Valoración en Aduana . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
D. Condiciones de entrega de las mercancías . . . . . . . . . . . . . . . .
fndice de materias • . . • . . • . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . : ..
IV
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INTRODUCCIÓN
A. GENERALIDADES
l. La presente versi6n revisada de Esta.dísticas del Com~n:to Internacional de Mi:rcanctas: Conceptos y dcfinJciones(ECIM, Rev.2) se ha preparado en respuesta a unRpetlci6nformulada por la Comisi6n de€stadística~nsu-28~período<le sesiones, en f995. La Comisi6n reconoció fa n--ece-sidad.de introducir. nuevas mej oras en la esfera de la metodología de:lásesta-dísticas del comerciointe:rnacional de mercancías, habida cuenta de-la.evoluci6n4el comercio internacional-de mercancías y de la metodologfaA:ec.omendada en otras esferas de las estadísticas económicas l.
2. En particular, la Comisión:
a) Recomendó la amplia participación de los países, inclusQ~nlapreparaci6ndeJ. primer borrador; y
b) Consider6que habllItt~etetr~uy-presenJes las siguientes cuesft'ones-: la~ciQn-con el SiSfi!ma ae OIenta.s Nacionales, 1993 (SeN (991)Z'y el Manual de Balanza de Pagos, quinta edici6n (MBP5)3, la necesidad de continuar en series cronológicas prolongadas dé comercio internacional, los aspectos prácticos de la reunión de datos, la ,identificación de paises ,qu~e mantienen relacioneS .(;omerciales, la labor de la-organizaci6n Mundial del Comercio (QMC) Y de la Organizaci6n Mundial de Aduanas (OMA) sobre las normas de origen, y asimismo la utIlización de los sistemas re.gionales actuales para el desarrollo· y la aplicación de: los conceptos y las défmi .. ciones4•
3. Para,-la elaboraci6n<le ECIM, Rev.2 se utilizaron 10StnsUlIlOS de un Grupo deTareass sobre estadísticas del comercio internacional, creado por laComisi6nde Esta-
1 La ECIM;-Rev.2 trata exclusivamente,delceomercio intetnacional de bieneS, es decir, no abarca el comercio de servicios. La versión original se publicó en 1970 (publicación de las Naciones Unidas, No. de venta: S.10JNll.16» y la primera versiónrevi.sada.., en 1982'(publicación de las Naciones Unidas. No. de venta: S~82.xvn.l4).
2 Ccmisión de las Comunidades Europeas; Fondo Monetario internacional, ~iónde Coopera&i;ón y Desarrollo Económicos, Naciones UñRJasy BáI1®-Mllndial (puóIicaclón4e las NacionesoUnidás; No. de venta: 8.94. VXlI.4).
3 Washington. D.C., Fondo Monetario'lnternacional, 1993.
4 Documentos-Oficiales4el Conseja Económico y Sociªl, }.995. Suplementa No, 8 (F/1995/28), párr. 19 e), ü) y iii).
5 El Grupo de Tareas está constituido por representantes4e1as entidadeS'J<>rganizaciones siguientes: Oepar.tamentode Asuntos Económicos y Sociales de la Secretaria de la$ Naciones Unidas (División de Estadística. Divisi6nde MacroecollQ.!t1ia); -la Comisión Económica para Europa.1á Comisión Económica y Social para Asia y el Pacifico. la Comisión Económica para América Latina y -el Caribe, la Comisión: Eco-
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dística; los servicios de l.Ul ConsuItQt6; la preparaci6n de borradores iniciales de determinadaU.ecciones-por la División de Estadística de las Naciones: Unidas~ el Fondo Monetario Internacional (FMI) y la OMC; lapreparaci6n
. de un borrador integrado por la División de Estadística de las Naciones Unidas; la revisión d.eltºsqt:J:ejo y los proyectos iniciales por distintas Qrgatúza~olles y por los países7; y una reuni6n de expertQs ,,-ekbrada en Nueva York del 20 al 24 de mayo de 1996qQ.e.,in~llJYó representaciones tanto de países comQ de QTgmriza«iQnes8• Tras haber examinado el proyecto en su 29° periodo de sesiQ~ nes, en 1997, la Comisión de Estadistka:
a) Aprobó el proyecto <le conceptos -ydefiniciQnes revisados relativos a las estadistic:asdelcomerciQintettl3.ciona! de mercancías, con suje.ci6n a que I!\S entniendas que introdujera la Secretaria aclararan el proyecto de texto manteniendo al mismo tiempo su integridad estructural;
nómica para África, la Comisión Económica ySocial-para Asia Occidental, la Conferencia de las Naciones Uni~o12.I'(l.Comercio y Desarrollo, la Organización de las Naciones [email protected] la Agricultura y la Alimentación, el Banco Mllndial, el Fondo Monetario Internacional, la Organización Mundial del Comercio, el Centro de·CoJ!lercio internacional, el Banco Interamericano de Desarrollo, la Organlución de Cooperación y Desarrollo Económicos, la Oficina de ESJa4istica de las Comunidades Europeas y la Organización Mundiál de Aduanas.
6 El Sr. Patel, ex Director de la División del Sector Real, Departamento de E!!tadistica del Fondo,Monetarlo Internacional.
7 Treinta y cuatro paises (Alemania, Austt'Jilia, Az~aiyán, Bolivia, Brasil. Canadá, China, Egipto. Eslovenia, E~Q&UxmrQ.sde América, Etiopía, Federación de Rus-¡a, Francia, Gt:eci3.-llU)1gtta, Italia, Japón, Kuwait, Letania. Lituania, México, Noruega, Pakistán. Polonia, Reino Unido de Gran BretafIa e IdandadelNorte-; R~))blic¡[d!) Corea, República Checa, Singap1l1', Suiza, Surinamtl, Turquía. VietNam, Yugoslaviay Zimbabwe) y siete organizaciones internaciOl11l1es (Naciones Unidas (Departamento de Asuntos Económicos;}' Sociales). Organización de las Naciones Unidas. para la Agricultura Y la Alimentación, Fondo Monetario Internacional, Organización Mun4iai del Comercio, Organización de 'Cooperación y Desarrollo Econ6tUtcos, Oficina de Estadistica de las Comunidades EUl'()p~~ Y'.Or~cipnMundial de Aduanas).
8 El grupo de expertos estaba integrado,por 23-4:X,pertos nacionales, nueve expertos de organizacio.nes internacioJ)~es y un Consultor, presididos porJ. Ryten, de Statistics Canada. La !fS-tl! de- participantes fue la siguiente: Alemania(1L Mail); Australia (M; Fllnt); Brasil (P. PavAo). Canadá (D. Dodds, J. Ryten, A. Torrance), CbiAA-,(Y. Li), Egipto (N. EI-BabTy), Estados Unidos {D. Oberg; B; Wálter). Etiopía (K. Semu). Federación de Rusia (V. Orlov);,Francja (J. Lbetitier), Hungría (K. KeIecsényi, P. Pukli), Noruega (A. Dable), Pakistán-(S. Anrinuddin), Reino Unido (S. Brown), República de Corea (Y. S. Kim); Singap1l1' (C. Long), T1l1'quía (A. Bod1l1', H. ~oglu)~ Ziinl>llbwe (C. Gurumani), DepartamentQ.de Asuntos-Econó.mtcQS y SOciales de la Secretaria de las Naciones Unidas (División de Estadistica: A. Civitello--, V. Markhonk:o, R. Roberts; División de Macroeconomta: F. C4'mpano), Fondo Monetario Internacionalc(E. Weisman), Organización Mundial del Comercio (W.Tislenk:ofi), Organización de- OJoperaciórlY Desarrollo Económicos (D. Blades), Oficina de Estadística de las Comuni.dades Europeas (J. Heimann, J. Thomasen) y C. Patel (C-onsultot). .
b) Pidió a la Secretaria que publicara y distribuyera los conceptos y defIniciones4'evisados;
e) Pidi6 también a fa Secretaria que pro_curara seguir annonizando los conceptos y las defUlicio.nes¡te1a,tivos a las estadísticas del comercio internacional de mercancías con el seN 1993 y el MBP59•
LaDivisi6n'd~ Estadística de lasNacronesUnidas:dioformatinahilte1CtodeECIM; Rev.2, que,figuraen-lapresente publicación.
4~ EIprOl?9SifO.<f~ EClM; Rev.2 es ofre_cer COl1ceptos y defIniciones revisAdós para lacompil~cióh nacional de esta_dí~ticas'<f~ com~cio internacional de mercancías que satisfilgan fas-; nece-sídades de diversos usuarios (véase párt. 1 infiale:fJ la medida de lo posible, ya sea directamente' o m~c1iante aiustes. teniend'o en cuenta las fuentes detlatos ylos prO"cecfimientosde recotección de runos normalmente disponibles. Laap1icaci6n de estoscCDnceptos y defmiyiones deberá p~rmitir la recopilación de datos que seattntiles en'elplanol1a-ctonat e intmacionalínentccomparabtes. Ahnismo1íempo. tasdirectricesno debentlar lugar e. gastosachninisttativoll injustificadosl'ara .J.osgobiernos· ni para la-comunidad comercial.
9,.D{)cumen7o~Ofidates del Cons..ejo Económico y Social; J997; Suplemento NoA (EPt99m4). pán': 39 e)JJ y g).
Rccome/ld(;l~J()nes de EClM. Rev.2
Cobertm"3Y momento de registro (cap.!)
5. Los conceptós y def11lÍCfones existentes ~e fianac ... tuaIttado y clarificado, y en argunos casos· moditicaJló. No se han introducen cambiouadicates .. puessepattctle bl:ba:se-de que se. seguirán: utilizandolá:siuentes de.gaJos y ros procedimientos de recolección de .:taJOS dispombles .. que se basan.en gran medida enregisltQs1'fe adu.IUla..s.deI movimiento trans.fro.ntemº de bienes; No obstante. se~' han introducidO algunos cambios con·nilias.a laann..oni:· zación -con-el SeN 1993 y el MB.PS~ C.U'yQs·tn-ªfcos~ºn~ ceptuates.s:e;aceptancolllO objetiyoctllar.g<rplazo·p:am.las· estadísticas del comercio internaciQtlJll d.e m:~rcMclM (véasepárr. 3 c)s1,lpra). En el:n.tatco4e1lasjt'ecomencfu."l "iones existe la ,posibilidad 4.e:qqe·los. paises -etnPteJl4ml' una recolecci6n de @tos que logre unatnayor -arm~~¡t .. ci6n conelSCN, 19.23 y etMBPi.conlo"@e sein:cr..emen~ taría la·comparabifidad de las estadístic.a.:s-; de1:.@merdo internacional de1l1ercanclas cOh"otfasem-disticas:teCoptladas en el marco del SeN 1993y·deHJ13PS.
B. REsUMEN OE LASREGOMENDAOIONES
6; A continuación:se,ptesen!a:UQc(CSlUl1ettdelaste'" com.endaciones.paralá re.Col~ccion .. reJ<opilación y difu .. si6n de estadfsticM. del comercio inJ:em~ciona1 dé m~r .. candas que figuran. en, la pr.esente: l?Jl.Qlicaci6n.. (~n· el orde.n <:n que aparece_o en los -capitulos14 .. vn¡nfrª1~
Relacián~nlo.S;Cf}'ft-ceptO$ y déjinicianes:4,f! [982·
l. UtiliZar fuente:s adicionatescuando'n(J se dispone' de· fuentes delall~sttac:i6n4e aduanas (pátts. 11 y 12)
Recomendación:actuaJizada.
2. Registrar todoS' los-bienes ql.le s.e Uiíaden o se substraen· del c..QnlAAto det~cursos.tllafemles de u.n..pais tnediatlte;sQentra~ dlI;(iInpQrtil~jone.s) o-salida (exportaciones) de su territorio econ6nrlco(pfuT. lA)
3. LQs·6tenes.se inclUirán en el momento~n.que·entrano ~aten d~!lettitorto-ecouJ5mico<lé,tU1 paruenel caso de sistemas-de recolecci6n -dedalos'basados en.lnfónna-ciones de .aduana.s. eltnQmenlodecegístro sertla fecha de pres~elltaci6n de la dedaraci6nl1e aduanas (pfuT; 15.)
4. D.e.l~dos.bienes. se inclü.irá.nen las estadísticas. otros se incluirán y registrarán por separado·y otros .quedarán -excluíddS(P(u'rS. 18<454)
S. Ueterminadosbjenes se excluirán<le las estadísticas detanadas dél'Com.ercio internacional de, rnercanctaspero se regísCJ.'atánpor separadoa.(Itl de qtte IQsdafos-<fetanados puedan. llJ1:rstars.e: para. obtener totares dél comercio internacional de IDerC'IDlcfasl'~fU1es:<le cuentas. nacionales ybaIanza:depa .. gos(pttts; r8 y 55'1163)
z
Recomendaciónoflctualiz1U1a
ActUalizada, con l.llgtmQS caro~ bios especifIcos y fi:o.-e-va-S reco-.. mendaciones Nuevarecomenda.]i6tr
RecO'l'tlendación de EClM,· Rev.2
Sistema .tomercial (cap. m 6. En la recopilación de estadísticas' del'COmercioinfernacional·
de mercancías se utilizarán las deflfiiciones, procedimientos y otros ténninos aduaneros básicos que· son fundamentales para la determinacióllde los sistemaS'de ~omercio Mue figuran en los anexos del Convenio internacional parata'simplificación y tUInonización· de los procedimientos aduaneros&. (párr.69)
7. Utilizar el sistema general de registro de datos comerciales y, cuandQ s~tta:ta.del comercio especial~ recolectar estadísticas sobre bienes importados y exportados4einstalaciones de almacenamiento aduanero. instalaciones de elaboración interna. zonas francas industriales o zonas francas comerciales, según sea el caso. para permitirúna e-stimación de dátos sobre la base de un sistema general de comercio (párrs. 89 Y 90)
Clasificaciones de productos (cap. nI)
8. Utilizar el Sistema Armonizado (SA'bcomo la clasificación de productos básica para la recolecci6n, recopilación y difusión de las estadísticas de comercio' internacional de mercancfas (párr. 100)
Valoraci6n (cap. IV)
9; Adoptar el Acuerdo de Valoración en Aduana de la OMe" como base para valoración del comercio internacional de mercancías con flnes estadísticos(párr. 114)
10. Utilizar un sistema de valoración decoste. seguro y flete (tipo CIF) para las importaciones (frontera.del pajs:importador) y una valoración de fram:Oa bordo (tipo FOB) para las exportaciones (frontera delpaisexportador) (párr. 116)
1 l. Que los paises que utílicen valores para las importaciones-de tipoCIF reúnan datos por separado sobre flete y seguro para las importaciones. al nivel más detallado posible copartícipe/producto, para calcular los valores del tipo FOB (párr. 121)
12. Valorar bienes concretos según maneras específicas, pero compatibles con:.el Acuerdo de la OMe (párrs. 123 a 125)
Relación con losC"onceptos y definic.iones4e.1982
Nueva recomenda:ciOn
Nueva·recomenda1:ion
Recomendáci6n aCflmlizadá
Recomendación actualiZada·
Recomendaci6nacMUiZada
Recomendaci6nactualiz~
Recomendación actualizada
"En ttlayo de 197311e firmó en Kyotctl:l Convenio intermtcionatpara la sitnprdicact611y.armo1l1za~J6n ddosplWetJim1emos aduaneros (Convenio de Kyoto). VéaseConsejo:deCQop~ciónAduanm. Intern4fi01{qlCo"'w!llfioJf.onthe . .almpt¡fJ.~tjl!(t'm4 h!mnont· zationolCustoms procedure3 (Kyoto, l~ de.ttlayode 1973), El Cop.venio:de &.YQ~:ttatab.a3t~lQgrp.rla.~Q..tP.za<:i9JUJ.m~llf de .los procediínientouie aduanas, excep1o.en:Joque le refiere a" cíasificaci6n.yvallrración. H¡iSlá UfeJ:lill" el ConveD.l~sreOtatificado porS9 partes,l(St como pororganizaciQm:s internacionales y la comunidad cometciatinlim1acional¡ ActUahñenf~ elOmvenioeSllbje· to·de revisión por la Organización Mundial de Aduanas.
\> Organizaci6n Mundial de Aduanas, Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercandas, segunl$;tedición (Bru· setas, 1996). .
e Véase Organización Mundial-det Comercio. Lo:r remltado:r de la Ronda Uruguay de negociacione:r comercialeScmultilaterale:r: Los textos jurldjCQ~(Gineb~1995), AcuerdorelativQdaa:p1icación del articulo VII del AcuerdoGeneta1 sobre Am@lea,áduaneros y Comercio de 1994, Parte 1, ''Normas de valoración en aduana", que se reproducecn el AnexQ C infra¡
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Recomendacfonesdel€CIM; R6d
13. Cuando es necesariQ la conversi6n de Inotreda~ utilizar el tipo de cattlbto debidamente publicado por blS.&utoridadesnacio· nales competentes del país queretleje ehraIorlloctUalde dicha. moneda en transacciones comercialesetttémúnQs de la"tnQ ... neda deLpafs que informa y que~stétCn vigoreneltnomento de la importación o-la exportación:(pán'. 127)
14. Cuando no se disponga del tipo de cambíoenel momento de la exportación o la importaci6n, utiílZar el tipo medio para el perío~omás breve aplicable (pArr; 128)
15. cUando estén vigentes tipos- de cambio oficiales múltiples, uJilizar el tipo actual aplicable a -transa-ccion-ell concretas (pArr. 129)
Mediciones cuantitativas (cap; V)
16. Utilizarlas unicmdesde cantidad norma~das que recomienda ra-OMA d; indicar también el peso en los casos en que la J.1lli<:lad_nonnaliZadá:sea otra que el peso.l¡ts cifn\s relativa.s al pesodebcn darse en pesQneto; cuando fiose- utilicen @ida· des normalizadas .. proporcionar factores de conversi6na las unidadesnormalizadas(párr. 133)
Pais eopa.rticipe (cap. VI)
11, S~guir las dis-posiciones: -pertinentes del Convenio dé KY010 para :d.etenninarelpais de-otigen de lo--s--blenes{párc 138)
18. Para la asignación del país copartícipe: adoptar e1pafsde Qri .. gen:pat"alas importaciones (país de consignacióttcomoinfottimción_ adiQional) y país de último- destino conocido -en el ~aso -delas e~ortaciones (pArr. ISO)
19; El tétrltorio es~dístico d.e cada país; (lefuúdo,p-or el propio pats. debe comtituir elterrtforio respecto delCUáI10s copartíCipe-s de cada pa.ís re1ín.an sus estadísticas de comercio por pa1ses.(párr. 150
Prefenta"""tfón (le:l.-fonn-es f difusión lieto..! datos (cap. VII)
20. P.araladifusj6n defas..ea~disticas_delcornercio internacional demercanc1asJ seguir las_,ptácticas espe~fticastelativas(llos orígenes}' métQ4os .. calendarios de publicaci6n,J5l'csentaci6n p-en6dic;a de datos ala comUIÚdadusuaria, re:visJ6~.de tos da,. tos cuando.se disponga.(1~jnfonnac16n aIDcionaI.período de ~fet~cjª, tiposde~f~S ~ublicadQ_s y ~~nl:U11icado~mtemaclonalroentc.: confid(~m:_ndl~d... reCOnCdláclones e mtcrcambios de datQS bilaterales y multilaterales y nÚíneros índice (párt:s. lS4~ 160):
Relación -CQn loscCQ1Jcepros y ddinicione"S'de: 1982,
Recomendaci6n:3ctualizada
Nueva -recornen:daciÓ1l:
Nueva recotnenda~ion
Nueva -recome:ndacrQn:,
Siñ modificación
Sin modíficact6.n
Recomendaci6ll; actRaliZada y, nuevasrecomendactol{és
4. veMe~iºIl Ml1tldjill d,i:M,duanas. NÓlils-ExpliC(1tiVllS dels'iS(ett/a Arm.pnlzado de Dé$ignllctÓif.,Codiji~~Qilde-M.~ CQ1Icfas.¡\lgunda edición ({JruseIas-.l22.6). anexan,
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1. Son muchos los usuarios de las estadísticas del comercio internacional de mercancías, entre los cuales están enp~icular los gobiernos, las empresas comerciales, las <rrg~~ione$~acionale~.eintenmcionales, los.mvestigadores y~lpúblicoen general. Los diversos usuarios necesJtáírdiferentes datos, que van desde grupos de datos de diversa de~a®ación por pais y prodjlcto hasta cifras asre"&lidás. tas utiflZltci(me$. principales, enumeradas sin ñingUñ1>tden en patticUlar, son las siguientes:
a) Fonnulación:.de lá política económica general, en p~icu1ar Cllcstiones fiscaleS'; monetarias. esttUcturaIes y. ~e<:toriªJes~
bJ Elaboraci6n de la política comercial, en particular neg()ciaciones comerciales. supervisión de acuerdos comerciales y solücióñ'decrrnli'o'Versias comerciales;
el Análisis de mercados por importadores y exportadores a (m de detéíttli:nat fuentes de sUtninistroo mercados extranjeros;
tI) Detenni.nación de equilibrios 4e·-oferta para.supervisión dernetcados, por ejemplo, en esferas tales como la IIgri:Cultuta·y la energía;
e) Planificación de la infraestru-ctura (puertos, aeropuertos, carreteras. etcétera);
j) Recopilación de estádísticas demmsporte;
s
g) Recopilación del componente de importación de los diversos índices de precios (por ejemplo. índices del costo de la vida);
h) Incorporaci6üde IOs:tmtosy.tealización deprevisiones en el marco del sistema-de'cuentarnacionales y estadisticas de balanza de pagos.
8. Los conceptos y defmiciQn~$:,rec()menc41dQs para las estadísticas del comercio internacionalAemercancias se presentan bajo los epi.grafeUlue,~numeran seguidamente, cada uno de los cuales constituye el tema de un capitulo de la presente publicación:
r. Cobertura y momento -dell'-egistro
IL Sistema ccrmercial
ID. Clasificaciones de productos
IV. Valoraci6n
V. Mediciones cuantitativas
VI. Páis copartfcipe
Vll. Presentaci6n de iJ1form~s y. difusi6n de los . datos
It, COBERTURA V MOMENTOD~,REGISTRO'"
9. . Las .estadisttcas'der-conrerciointernacional detner~ catrclliS':Son-estadI~cas eConQmicasque sitVen.paradivers:as nectsil;lades (véase pálT. 7 supra). Esas esurdísticas, jUnfo:C'(jn-~e'StadíSfieas básicas como son las estadísticas· indirstrlales~ 12 de construcción y las: fma.nderas, constituyentm lnSJm10Panl:[¡{S'Cllentas tUrcíomtles y las es~sticasac·fá'bªlanzaAe.pagos. Ys;.(le.ffuil:iones adopta(fus.en elSCN 1 993 y-e.n elMBP5~e se utiUzan o son impo:rtanlespara·las estadistic.a.S .. del comercio intetnacional demerc.a:ncfas abarcan los bienes, IQs"rviciQs .. el ferritotioecon6mico~el,resta.:dernrundó}la:OIItdad·institUciona1~ el centro· de interés e~on6mico. la unidad residente y el traspaso 4e la propiedad. Esas deflñíctO"nes, figuran en el Anexo A (véase pág. 34).
10. Hay diversas fuentes que se pueden utilizar· para compilar:cstaaístícas del comercio ·intemaciQnat de mercatt-cfas. EhparticuIar, los registros de aduanas, las encues~a:.e~e-.S.as. lQS.registrQS,adtninjSIDlti~srela.cionados ~On impJfeSlos·sobre el valor'a~gado.y.los registros de c~bio4emoneda. La t'uente'más in1portante son los registros dC1l4uanas. ppr:fóque:lapre~sente pUblicación dedicªuna atenci6n especiala latecolección de <latos basados eIl,las-aduanas.
U. La teColección4e d;lt.o.5 soore el comercio·mterIlllciO.nal demercancfasp()rcon~ucto de(as achninisttacionesad1lat1eras 'cuenta Yll"'Con una· larga hlstoria, aunque el ptop6sitoprimQt.4ialde·la actividad adqanera no haya sido la:recolecci.6n:4~,datosesta.díS..ticos, Por consiguiente; la ~Colecciótt:Ú~lj)s:.esta:dísticoS1nediante l.os registros de aduanas no'$~~l9Sta;estrictamente dosoCQnceptos ydefinicionesexpuesto_sen el SCN: 1993yelMBP5. No obstante ... se recC)"nn~ífda ql!e los' estadísticos aprovechen esa tUenle yque,losdatosd~aduanas.se:cotnplementen con infO.tnlaciónobtenida de otras 6J.e.nl:es~ se-gún sea necesario" pl'ita:propotcionar una -cóbet.tuntcQmple,ta de las estadistí~ cas del comercio intel11aciomílde «Uercnncfas y contribuir a t;íbten«los d;lfosllecesario.:s~:pata'¡as-cuentas nacionales y la baIanza"de pagos ...
12. Enun.q-ecienre ndmeto-de casos no se·puelle 10-grarplena (Qbettuntde latas -estadisficas'del comercio intcrnacionaI:4e mercanctas me(liallte la sola utilizaci6.n de los ~str.os de41duanas,. sea.porquell.\S"transacciones pertinentC:S'Yanoestán sQmetidas"4~orutoladWUlero o avigi!aneia aduanera, o porque eh.istenta.de (egistto1'lo . .es:ede~ cuado de.s.de:U1tpuntQ4.e vista eSta~Stico~ Se:fecomienda qtle' en.fáles·~Mos· se utilicen. otras" fuentes. Por ej~mplº, IQSEstados1l1ietnbtQ"slle~aU.iU6n:EurO-p~I:di1m-elabQradQ; Pata . .fmes. <:{e, las oestmlíSfjcaufel'CQtnercio de rne.rcanctas.
dentro de la Unión, un $..~te:mª, de re.~[~t:c.iQÍI,~dMOS que se basa enIª$e[lcu~'Staam:~le..s.:a:{~ttfi~m~ SJ~' obtiene información adi~ionalpor-coJlqqcto:de~ªtiJ!>ri-;. dade-s fiscafesmedlante la~recaUdac1Qfil1er'Üliplfe1tO.~~ bre'el>vator-agregado~ MuchQspll1S"es(ltifIZIUt~a.~1iCü..estas a las empres.lls.oComo medio derecolectat·-dar~ºte transa~ciºn~s,4'(as Ql!e, no pued.en'¡l~g3J':..fM.4'u!O~d"~.S a.d:.uanerns, (por ejemplo. el cJ;ullercio· dee1ecJric14:ªct 8gmI • .ga,s.,petr61eo y biencs,p,am uso tni1illu")~ L'a.S.e.$lh.JlI.s.ticas del cQmercio, inter:nacjonl!l :(fe nwtc;m~lªs (le: «tus paises se basan.en los regtsfros;-d~ras.gJ:ltQriºªª~~-mºne~ tañas, y en el >caso de las importaCiones y e~~ºnes de oro, la mayorfa de lospaises..utili?:.a:(f<!tQS stlfi:lUiistrn ... dos por esas aUforidades;
13. A continuación se prQl'Qn~n>(lire~tOc:es . .g~tmeta .. les y específicas sobre las categorías lf~bjene.s.J.llle.lí:~J:)J:fu1 de ser:
a) ItwlJ!ido.s en:l.asesJadisticM;4e~nª@s..4~1:c0Jn~· cío internacional de mercancías;
b) Excluidos de las esta!fiSttCllS defana~' ~l c'"otllercio inte.rna-cional· demercanc1as;
e) Excluido-s delasestadístic~s:(J~lªdasllell:1mi~ .. cio internacional-de tllercanclaspero:·~gistrad:~(5r, 6-e.;,¡ parado, a fm dé:1fue los datos 4~Jl:\ll11"Q.s:pu.e@n:~~US'" tados para el cálculo de los (otares d~l cIDtiercto' internacional de mercancías con fwes-4e, cuenmna~iQ", nales y de balanza de pagos.
A. DIRECTRICESOENERALES:
14. GJbertura. CQmo. directriz· g~~e.rar .. ~ neo;. rnienda que las estadísticas lid COlUefC"ío inf~~tOJUll detllercancíllst'egistreluQdoslos:bieM$;qu~,g:~:gI. ac~rvo de recursos materiales:de.:mtpl.1tSl..a:.SCT~$W1:d~tli debido a Ip...S moVÍ11lÍentQs de en~-,Iª:.(!m.P9rtadQnen:(l· de salida (expottadon-es}:t'le sUfemM.ri"(te-con6ttru:o; to~ bienes -que simplementc'$etranspor@t4 tra.vtsdi:;wpaís. (bienes en-tránsitQ) o se admiten:ot'"etítantetnl'ornfulenfe de él {excepto los bienes pa:raslt:elab.o~ci6n:int!::tna o en el exterior; véase párr. 28.r~ptalno:se~l'iÍ'ae.t'est@:: del acervo de recursos n1atertales de'@:pª{s:y por~onst;. guiente no ~e incluyen en las estadislic~~lf~l.cotnetciaintema:cional(le- mercancíaS". En:,O:IuchQS'c.~os::ertenilQtí..:o· e~on6mico de un país ~oincide-en gratlm~didacon.sut~." trirorio llduanero, que es el territortQ:>e.tl>e.lque:~:¡~:p,1tea:: ptenamenleta legislación :aduatrera d~l!-~is {v~ll1.1Ie d~" talles en fo-s>caps; Ir y VI infra)";
15. Momento del registro, ESQ-ecesarÍodefmirclaramente el mom.ento en que se registra- una transacción de importación o exportación. La: coherencia con el SCN1993.(párr; 3:97) y el MBP5 exigequelastransacciones se:registren ene! momento--en::quetiene lugareltraspasO dc:lª:Profl.i~~d. AhQfa1>ien.louistemasde recolección de da1ºs estáft~ por loo-general, establecidos p~registrar trans.a-cciones ~Ociadas cQndni~Q:vim.iento transfronterizo de.bienes-y carec.ende Ios;Ql.e-c-msl.l1oS de registro1lecesarios para deúmninar Cllándó sc;Pwduce el traspaso de la propiedad. No o.bstlnte~ C:Qtn:Qf31nasorla de 10.s productos objeto de transaccio.DC_s forman parte de una operación nonnaWe comprave.nfil- entre.- el importador y el exportador, el traspaso de Iapropiedadceoincide en gran medida ~on::el InQv:iutiento ü'anS.fronteriza 4e-los bienes. Por consi,guiente. como directriz general. le recomienda; que se incluyan los bienes en el momento en-que entran en el tettitorio económico de un pafs o salen de él En el caso de sisfen1"as de-recoleC"ción de dátos basados en las aduanas, que proporcionan al recopUadordi'vetsas fechas-enlas que s-e podrlantegistrar las transacc.iones, esacOllSejable para fli1esde::coherencia que se-4dopfeumt$.ica fecha para todas las transacciones. Se re~omrendaque el mnmento de registro sea la fecha en que se·tn'esenta la declaración de aduanas, ya que ésta proporciQl1atia una aproxim.ación al momento en que los bienes cruzan la fronteradetterritorio económico -de un país.
s. DIRECTRICESESPECfFIcÁS
16. Las dire.ctrlces generale"S, p.rec~dente-s. sirven de bue;pm-afonnular1J,t1 cQnjunto.4C<ecomendaciones especificas para Iainclusi6n.Q:~xclusiónde ciertascategorlas <le· bienes. que se en1Itlleran~eguidamente.
Ul1. En>principto-, deberátrinclnitse-en las estadísticas del comercio:.tnternacional:ñe1l1efcancfas-todoslos bienes que se-ajusten,a la-4efmiciónde.coberttl1'a (véasepárr. 14 8Upra);-dentro;(Je, los epígrafes apropiados de la .clasificaciÓh'(l~productos y;en las:cifras;.globales, No ob_stante, en ciettos-,casos las directrices~ generales no son suficientes para proporcionar una respuesta clara ala cuestión de inélukoexc1uiruntipo..detcrminado-debienes, ya seadebido~' la peculiaridad :de dichos,bienes" yaa la.complejidad delatranSacci6n. Se;feconoC~b1~ltquehay<:onsideraciºJl~S prácticas de la recol~cjQ1l4"é daIo.s-que· funitan la apU~aci6n de rasdiret1lices.g:~n~rale.s.; Hay ~Qs:típos de, 6j~~$':@e:ta1 vez nQseregístreruJdeCJladame~ediante los pf~c-eJfunientos. ad\!!l,!lefO.s normales~ por, lo que esos bienes deberán registrarse recurriend9 a otras fuentes de datos~
18; En el caso de algunos bienes y ciertos tipos de tí."atlSacciones. cuya inclttSi6fi' se recomienda en las estadísticas del comercio inn~rnactonat: de mercancías y que sOI):de interés especial para los usuarios, se recomienda que no sólo se incluyan bajo losepigrafesapropiados de la
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clasificación de, productos y en las cifras globales, sino que también se registren por separado~ esdeclr, quepuedan identificarse en la base de datouegún eltipode'transacción y presentarlos como notlls;.a~laratoriasen publicaciones (véase, por: ejem~lo ... el pAn:. 30- infra sobre bienes devueltos). En etcasode-~lgynºshie.nes que se recomiendaexcluirlos de las estadísticas d~t~om:ercio internacion.al- de mercancfas, se re~l){I1ienJ1.a" registrar su comercio por separado con objeto4e,que ms_.datps4etalIados puedan. ajustarsepara·calcuIar los fotales delcomercio internacional de mercan~1¡J~.c;on fines de cuentas nacionales y balanza de pagos (véas~árrs. 55 a 63 infra).
l. Bienes que habrán de incluirse: en las estadísticas delll/[lIdas del comercill itttJ!rnacional de mercandas 10, 1 1
19. Oro no monetario, Se (:onsi:dera.orQ no,monetario, por ejemplo, ell'olvo de oro y el OJ·O ~n otras formas no elaboradas o sem.imanufacturad~.las tt1one~as y las barras de oro. Ese oro puede-estatdestinadó para (mes industriales, tales como la manufaC1\lfa de joyerfa o para su utilización odontológica, o conmunareServa de valores, que incluye todo eloro que no se-d~fUle como monetario (véase párr. 42 infra). El-oro,monetario:.está excluido de las estadísticas del comerciointemacional de mercancías.
20. Billetes de banco y monedaUflJ encircutactón y valores no emitidós l2 • EstosarticuIOs se consideran más bien productos que efectos fli1ancieros:·y deben inclUirse en las importaciones o expoIfacton-es defiNndusftía impresora odemonedas (véaseen:ellmtt. f23 infrala-recomendación sobre valoración). Los bllIétes d~:bancD y monedas de curso legal y los varores tfili.ti(lilsse consideran efecfOs fiílancieros y, en consecue-trcia, déhen quedarexcluidos (véase párr. 43 infra).
21. Los bienes objeto de tra1ts(J.cwnesde conformidad con acuerdos4e trueq!{e deberán,incl\liJ:se (véase en el párr. 1 ~4 mfra la recomendaci6n $Qbre valoración.
22. Bienes objeto de transacctones por cuenta del gobierno. Se incluyen en esta cªl~g9tia los bien~.s para uso civit)': militar que cruzan -fronJ~ras como resultado, por ejemplo, de transaccio..nescomercia.les>ordinarias de gobiernos, bienes incluidas.:eIlpro,gramas -gtlbernamenta-
lO Salmindicacióne.nconJta, estoshi~es_4~l>~inc;luirsebajo los eplgrafes-pertínentes de la clasificación de-prodúctos, por pals eopllrticipe, y en los totales de las estl!disticas de:l eOll1ercio internacional de mercancías.
11 La. va,lo¡ación de todoS los bi~~s. d~eráser eomp~tible cQn el Acuerdo de: la OMe sobre Valoración en A4\lm1l1 (véaseet#exoC infra) y con las recomendaciones sobre etvar~re~disfico de tos bienes recogidas en1apresentepubliCllcjÓn. LA ~o~~i6n4e.l¡¡s transacciones es el tema del capitulo IV mfra, y ett-ese:.QJí.ttu1o le't@1 inclUido recomendaciones sobre valoración para los bieJl-e:s lllencionados-cttestaüsta de inclusiones cuando seplanteen-cuestione$;especfficas de valoración (véase pán. 123 infra).
12 SA: parte de la partidá 4907~-oO y'(ml'lfcJa: 1118:90.
Ie:s'<le: ayucm.:extranjera( <;onsumyan.c anQ esos bienes una <fonación. unapt~taci6n;Ullweqll~ .. o lllla transferencia a tUutorganizaci6jJ·internac-ionaI) y fas·reparaciones y restituciQnesde',guerra.
23. Alimentos Y' otrll f1YJldq' hum(l1l1taria. Los artícu(<JS"-4llinen~ios,· prendas de vestir; medicamentos y otros bren:es . .q~e'en.mUI"O·sar~fLde un país en virtud de' pt'o$a" ma"S:.:de-aYUdilo dcso'COffO en~asos de..emetgencia, tanfo si r()s:ptí)'pºrcionlUl:s'Ob1emos(véaset~H1Mn pm. 22 supra) cOltlo'Organizactones internacionales uorglU1izaciones no e:u1>~rnmtienJat~s~ deJ)eráh registrars::e~onroi1npor:taciones (exportacion~s) de los paises participantes (Véase en el p¡írc 124 i¡ifra.farecomendaci6n sobrevaloración).
24. Los bienes para U$Q militar deberán incluirse (véattse ta:nl6ien,los1'árr. 22' supra y 16 infra).
25. Lps-;f)lenes adqui.rid.osportodaslas categorías de llfl1jerqs (literas/ve ti'dbajadores no residentes), en escala slgtzificaliwr tfe'1!CUerda conla Jegislactónnacional deberá.fi:1ncfúitse(véa"Se"-tat:fibiénpátt. 4Kinfra).
2(;. L.QS bienes en consignación. d~ber:án incluirse (Yéase en~l.pátr. 124infra IaTe~omendaci6n $obre valora ... ci6n)~
21: Bienes-utllizl1dOscomosopartesde información y pr.ogtamau:fe'ComputatliJrat>. Se in-cruyen euesta.categoda", por ej~plQ; a).Pª-quetes que contie.nen disquetes o discos CO-ROMcon.pto8@nas de~Qmputadora y/o datos elabora.<iQs·para_·USQ-general'Q comcLcial (po de carácter es~e<;iaO, c.on:o sin 0llÍ.nuaI4dusumio. y b)Cintas de audiQ y. vi{l~1)/ erab.ª-~s P.arll (mes generales o_ comerciales (~ª~;tn e.lpillt. 123i1rfr.a lare@ntcndaci6nsoBre valora,.. CiÓfl). No ob~tante. debe-l'iUto(lXChtirse- de las estadísticas delco)lletciQ:int~cionaldemer.c!lfictas; i);Los~di[quetes Q.:discos CD;;,R,OM-eonprogr:amasdetomput4dora ylo da,.. tO.j:.4e- caráct~-@pe~ial; ü).ci.ntasde audio y video que cQñtengaJt:gf!$~ione-s -ortgínales, y üi)PI~ºs sobre pedidd:8medid'á. e(cétera (V:éMepátr; 48iJtfra)¡
2S; lJienespJ1ra ela..óoractón, Setrnfadé bienes envia~ dOs ar~x.ttanjero -o impOt'fadós a un f5ais- para suelabota~ CiÓll.; inclt)sive laef¿lbotacióltpofcontrato; Por ejemplo; re(maci6It,depetrOfecr. efáboraclón de Q1etaf~ montaje dé ~culos omanufactuta.de: prendas de vestir. ESfO"-St bie~ nes. a!¡f como losproduCfos:te'SUltlil1tes'óe dicha-elabora ..
, ci6n, debetáh registrarse como importaciones y exporta~ cionesd~:,los palsesl'espectiyOS ("Vé'@een-elpª-tr. 123 infra la.t.ecoU\enda.ciónsQhre valoración) ..
:e9. Los!Jlenes que crozllnfrontera como resultado de' ttt11f.$ffcctones entteempres4S>IIlatftce.sy sus empresas de invr:rsttm.directi:f (filrªteslsucws(lle~.d~]efán .. incIUir.se.
30~ Bienes áf!VU.eltos. OUando un bien c1tpottado se' <le.w~lve.01d.eb.ejncluirse~orno importación en etrnomento
g-
deosu devorución~ Qeigualmanera.,{p.sf5ienes-:itnp.OffaaOS y ulteriormente' devueltos deber3n;(n~lllitse C:Qlnº'·t~'g;' portaciones tambi6n en el·l'Ilotn~nto (fe ~ d~vºI1!d.6ni Además.la.sexportaciones~etmp-otUJ~es d~eRas:de;. beránregrstrarse po.t{eparado'(~ase>Mn'. rg'suprD).
31. Electrlcidcrd; glIsJ'agua1"4~ All1lmre1ás,ªt1tOl'idádes aduaneras <le 4Igtmo"S-pIDS'e"S 1fo·s@.»l2fe:,(C't!~:lª operaciones de' tompraventa¡-liilemll:dIDi~t ~ eRctri~idácl; ga"S- y agua. ~ opernctl'Jn-ese .. IDistitu.yen'~a.c:" cionesinternacionafes de bienes Y'd'éQeJl:o(n.ctllifs-e'@~$: estadísticas del comercio .internacjj)na1.lfe tnercmr~~. S~ alienta a los paises a que esJi@ezcmr: pl'o-cedllnlemOs apyopiados que' permitan un' ~gi~tto: tazonªbI~enfe exacto(!eestc comercio. Tambifri -e-s4mpJjrtál1~:qtfe los copartícipes comerciales en esas«an~cclon~s re-giJtrefi: esas corrientes ufilizando el núgmo tnélruio~ .'
32. 8ienes4e.s.pachados·mt:..tli4nte~e1Yicios.f!()-stª[es o de.m.ensaJe:ría. Elregistro cou.tQdQ;d,etaf1e:de.pJQdJJ{:JOs en elocasé);QC esas.'tr:ansaccio.Jles pneº~'~fesenW>Ult-es-:, fuerzo 4~sprOl'0rcJºnado~ en-cuyo.,,ªªQ:CS. ªp'(Qpja~ SU incJusi61l:-C0Jl1o'Wl totaP'. No obstanf~.il6Í<sf~"~QIDercio se refiere lI.- IllIDmQ.~ PJ'oducto:s iJnl!Q~te.s" (fr.e.ClI~JjJe" mente-de-cscaso pes.ay a1to valot"i cºmº:(o.s:-di~~s'Y otras pie..@lsprecio:sas, por eJemplo}; es..os,t>ie:nes:({~b.en: (~gt--ªwrse: en:r~ eSla:dísti.cas.dd ~m~iº·inl~iQnal de:mercancfascon todos los deta11é~d~Jp1:Q~llcto=b-ªlg:{QS;epígrafes .apropiados.<fe la clásificacion:de:{l"fOdUCfO.s .. en . tan'lO_ 'Ne.: él r,C.S.lo del cQltlercio· POStá[;o. de- m~--ªiel'bt -flO clasificado por productos'<- d~be:,r:egist:rarse>c.OI'no un simple total~ l'égUn se ha indi~ªdi!o@t~s~ Lo"S:.blene:sdeberán regtsttatse si: superan át@it!vaI01",tntJ:tim:~fa~ blecidó .por la legislación -nacwnat
33. Efectos de los mlgYantes. Ef:tegílli'O'C incliISiQ.n de los moYimientºs;tisicos:4~)er~ctOS:(5~onaJ~:(le::att" grantes es Un.,portante- para:.los_:p~e.s-~.que:·<ienª {iIg!lJ.' una migración a escala considerabky~(J.loS11Ú~ tes Uev.anconsigo$usbiene:s.persQnaI~S"~ MgtmoS:1l~lS-e:s in~luYen tan sólo, la parte itnpcu.1ible_: de-!esos'6leP:es-.. en t®10.que·otros apUcan lilnites;dc,vaIot-o-rcantl<Jad.'C.omocriterio:para.su .mcIusió1t, CuandOJos::e.fecto.s:pers.QIDil~s~ de migranfestienenitnpo11l1ttda~_con6lIUcaj d~~,iu.;. cluirse tQdóslos:bienesque:entren.:en.esanteg-9MOO~; en.el:pátr. 24i1ffrll.larecomenda.cj~tl'@1jte\l"a1orndQru.
14; Bil!1tes lt'ansfel1r1osdest/é t:)':1zl.fc.ttI1lfl,lre1flf1lllái/é existenr;llfS -I'egtJfadlJrl1$. Se entlerrdel'-or~fltlt1a{f''4~,º-s~ tencias.regufadO-tas -aquena -qu:e-tnMti~lle-1lt1U·.esmr1l-:4e derfospFoduClós-qu-e'compra own(fea-rIi:ttJe.m.tt~¡t oferta y la deman4a en er~rC"a'dÓ:t'Il.un:diªt: t"Os~:, enviados pOfW país compiladór.a nna-enJicl~u'.de-extsten:"
•• SA, partidas 27.1.6 (eh:ctricidad); y.. 21¿tl CS~1 ., 6111i¡;'l@1Jlt: 2201.90 (agua).
lit Para registtareSte comercioi'ued@:q~.ij)$~ToV1S-a 99delSA.
~iasreguladoras ubicada en el territorio económico de otro país, o los que ,recibe de una entidad de existencias reguladoras, deben incluirse en las estadísticas del comercio de merCatlcJªs del país compilador~omoexportaciones e imp.Qttaciones del país en que esté ubicada la entidad. Si la e-nñJkd de existenciaueguladoras se~ncuentra~n un tercerpafs, éste deberá registrarse como copartícipe.
35. Bienes enarrencfamt~nJo financiero. Hay dos tipos de arrendamiento de usct-común: fmancieroy de explotactón. Se considera que los bienes están cedidos en arrendamiento fmanciero -si el arrendatario asume los derechos, riesgos, beneficios y responsabilidades en relación con los bienes, por lo que desde un punto de vista-económico puede considerarse como el propietario de hecho. Los bienes en arrendamiento fmanciero deben incluirse en las estadísticas del comercio intetnaC"ional de mercancias. El arrendamiento -de explotación es aquel qlfe-no tenga las cara.Cterlsticas antes mencionadas. Los bienes en arrendantieDtQ;de¡explotación deben excluirse de las estadísticas delc~ometciointernacional de,mercancias (véase párr. 51 infra).- En algunos casos la duración del arrendamiento puedeutilizarse~omo indicaci6nde sise trata de un arrendamientofmanciero (un año o más) o -de explotación (menos de un año).
36, Buques, aeronavesy Qtro'equipo móvil. Las transacciones internacionales de esos bie-nes deben incluirse en·tas. estadísticas del comercio internacional de mercancías; Con frecuencia estas transacciones no son objeto de documentos aduaneros. A falta de documentos aduaneros, deben registrarse utilizando fuentes de datos no aduaneras, como so-n lasincorporacio-nes o retiros de registro o las encuestas a empresas.
31. Los bienes entregados a,instalaciones extraterrifon'afl!s ubicadas en el territorio económico de un país compilador, o-despachadosde,sde aquéllas (desde el territorio..económico de otro país o a éste) deben incluirse en {as .es:tadisticas del comercio internacional de mercancías. Deben registrarse utilizando fas fuentes de datos- disponibles, inclusive datos obtenidos por encuestas a-empresas.
38. Capturas de pescado, minerales extraídos del ¡ondi): marino y materiales de salvamento desembarcados de buques extranjeros en puertos nacionales o adquiridos por buques nacionales en alta mar a buques extranjeros deben incluirse en las estadísticas de importación (por lo que respect:a« las estadísticas de exportación, véase' párr. 57 infra)t6.
39. El combustible 4epañol. los pertrechos, el lastre y el1naterialde:-estibaI6
a) Adquiridos p01' bUJIues o' aeronaves nacionales El
buques Q.aeronave-s extranje-ros enel-tettitorioeconómico
16 Se considera que un buque.es extranjero si está explotado por una empresa no residente.
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de un país, o desembarcados en- puertos nacionales de buques o aeronaves extranjeros, deben incluirse en las importaciones (por lo que respecta a las exportaciones, véase párr. 59 b) infra);
b) Suministrados a buques O'Sel'Olraves extranjeros en el territorio económico de unpats. dében incluirse en las exportaciones (por lo que respecta a las importaciones, véase párr. 59 a)infra).
40. Botellas vacías. Las botellas vacías que representan un producto comercializadQ, como es el caso de las botellas vacías en el. marco de disposiciones de reciclamiento comercial, deberán inclUirse (por lo que respecta a las exclusiones, véase parr. 53 infra).
4l. Desechos y chatarra. Los-desechos y la chatarra, inclusive productos que sean· peligrosos pa.ra el medio ambiente, deberán registrarse y cJasificarse:en-elmarco del correspondiente epígrafe de productos si tienen valor de reventa (por lo que respecta a las exclusiones, véase párr. 54 infra).
2. Bienes que deberán excluirse de las estadísticas detalladas del comercio internacional de mercancías
42. Oro monetario l7• Ladefli1iciónde oro monetario adoptada a efectos de las estadísticas4el 'Comercio internacional de mercancías figura en Notas Explicativas del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías. Según esta defmicióll;: se considera oro monetario el de las transacciones en,arQ· entre autoridades monetarias nacionales o internacionales o bancos autorizadosl8
• Dado qu.e el oro monetario se trata como activo fmanciero y no como mercancía, las transacciones correspondientes deberán excluirse de las estadísticas del comercio internacional de mercancías.
43. Los billetes de banco, losl'alores y las monedas en circulación19 constituyen-pruebaAe créditos fmancieros y se excluyen de las-estadísticas11el comercio internacional de mercancías.
44. Bienes admitidos o despach.{ldos-temporalmente. En ocasiones se importan a un pafs:Q·se despachan desde éste ciertos bienes con la esperanza razonable de retirarlos o devolverlos ulteriormente denfto,de un perlodo limitado sin que se haya producido1lingúIl cambio ( excepto la depreciación normal resultante'<ie la utilización que se haya hecho de los bienes). Éstos deben excluirse de las estadísticas del comercio internacional de mercancías. Algunos de esos bienes se enumeran en el Convenio de Kyoto; otros pueden -estarincluidosp.º"eparado -en la le-
17 SAo subpartida 7118.20.
18 Bruselas. Organizaci6nMundialdeAcf~. 1996; véase partida 7108.20.
19 SA: parte de la subpartida 4907.00, partida 7118.90:
gisfaciónnacionalde·aduanas. Atgunos.ejemplosdelConvenia de Kyoto son los· siguientes: equipo de exposición para ferias y exposiciones comerciales; exposiciones de arte, muestras c.omerciales y material pedagógico; animales.· de reproducción, . espectáculos. o carreras; material de erobalaje. m~dios de. transporte, contenedores y equipo reladonad_o <;:OILcltJ:ansp.ort.e, y e~q1lÍPo paraeltrabajo de tierras adyacentes¡8; ·la frontera· por personas re..sidentes en el exttanjero. Cuando 1.0.5 Illovimientosde bienes no estén incluidos en un determinado procedimiento aduanero, las aut.oridMes estadísticas deberá:n establecer criterios P<Ira determinar si el moYimiento de bienes debe considerarse temporal (c.amo el aItnacenmento temporal, que puede incllrir determinadas openciones de elaboración que no modiliquenla:!laturateza<le los bienes). El recopilador del país exportad'or (importador) puede no saber a veces que lossbienesdespachados (recibidos) vana ser recuperados (de.vneltas) al· cabo de un detemúnado periodo. En este caso; se tratwan camo exportaciones (importaciones) e inlpoJtaciones(exportaciones) cuando se devuelven, en la fontla normal.
45. Bienes en tránsiro~ Se excluyentos bienes que entran()·sal~e un país con.elpropósitoexclusivo de llegar aw.tercerpaís, ya qll.e. uo se suman ni se restan del acervo de.·ce.cursos materialesdelpais por el que pasan. Los biene.s:(jue salend.e tmpais.para volver después de haber cruzado otro·paistambiéll·seexcluyen de las importaciones y exp_ortacion~s.4e ambos países~
46. Bienesr rxJnsignadas' a enclaves territoriales y procedentes de éstos. El territorio económico de un país incluye cualquier enclave territorial (-embajadas, instalaciones militares. y extranjeras y otras instalactones) que están fisicam:eme ubicadas dentro,de las fronteras geográficas,de otto(l.ats" y excluye los enciaves.de otros pafses y organizaciones internacionales ubicados dentro de sus propias fronterasge_ogtállcas tv'éase en-ell?m. 3 del AneXQ-A infra ta&futiciónde territorio ecollÓmico). Por con~ Iligttiente. el mov.inriento de mer.c.ancíasentre un país y sus enclaves en el extranjero se considera· como comente intema y debe excluirse de las importaciones y exportacio~ uesdel país. Esa~'corrient~s se~xcluyen también de las es~ tl(distícas del comercio de mercancías de los países anfitrione.s. yat¡neegps en~lavesnoson parte·detterritorio económkodé lds países atúitriones~. De la misma manera" los btenes,fecibidos o remitrdos·al ex.tranjeropor orgar:tizacione-s intem-aciQnales se excluyen de l~ estadisticas del ~Qmerciº de tos paises anfitriones (véase· pátt. 25 supro). Las transferencias subsiguienteJi de bienes desde encfayes hacia el país anfitrión deben registrarse, en el momento de la transferencia. como importaciones- del país anfitrión y eomoexportaciQnes delpaís al que: esos encla-
2Q·Se· entien4e:epr "país anfitrión" un país 'Ille contiene enclaVllS temtoriales @otmS1laises \le ~ciones intemacionales dentro de sus fronteras geográficas;
ves pertenezcan; en el ~aso detas::organizacione.s.mIema~ cionales no es necesario re.gtstrar: esas transferemas 00100 exportaciones delpaísque1~~rtó;elbUll"prinei'" pio a la organización intema'Ciotml¡ ya:. que prev:tam:!mfe se habían registrado como exportaciones por aqueI2pa1~ en el momento de la exportación original· a·!a.organización internacional.
47. Activos ná financieros; cuy(J¡pr.opte-á(fd:.fia.;~ido transferida de residentes a no restllenfeS; nll<f'Jt7)Y1mtentos- transfronterizos. Entre estos' e\ctivoS'están,(Jerras; es~ tructuras, equipo e inventarios, L.tHtwfel'en~m·>C1e·pro: .. piedad de activos no fmancieros· s:c' c:onsiú'e:nJ' una operación fUlanciera y queda excIllida_ por constguienle~ de laS>estadísticas del comercio interna"donalde'(Q-eJ'cancías.
48. Bienes clasificadas. como parte. deL COJtll!ICfJJde servioios. En esta categoría se incluyen:
6l)- Bienes·adquiridos pOftocUrS ¡as~tegQ.tiRSdé:vi:a;, jeros, inclusive trabajadores¡ no: resident.e_s. pnrn~ SJ!;:·QSO· personal y. transportados· a través de la fuJnteru~n·.canti· dades o'valoresno superiores a los· f!ia(fOs: pOfllá>fegi:sla .. CiÓll nacionat (aunque, si, las cantidlRie:s;.(l1 valores '<le-'csos bienes superan lo establecido legahnente¡ deberán," Úlcluirse en las estadísticas del cQJ1'lercio internacional de mercancías: (véase párr. 25 supra.)~
b) Diarios y publicaciones< petió~c..a-s envtall-º.s: por subscripción directa (véase; por ejmnplO. MBP5¡ pálts. 212 Y 213);
c) Bienes adqt¡iridos por go_bienms; extranjeros: por conducto de sus embajadas o sus ~talact!)nes mlliw-e~ extranjeras u otras, instalaciones ubicadl1S·en·et~orio económico de un país anfitrión, desde: el pms «n11tti.6Us para su prOpIO URO.
Además, en esta categoría se incluye.n: O:Los.&~t:~S":() discos CD .. ROM con programas de comp.utadQrJJ:11OX1á~ tos, especialmente elaborados; ü) Cintas . .de'audio:o:"'lid'eo qlJe contien~ grabaciones originales. y üi) .Planos, s.Qbre pedido a medida. etcétera (véase Ilárr. 21 supra);
49. El pescado capturado en· alJa; mar por bf!J[fJes nacionalES, de un país y tlesembarca-aa· ello m' tetTJJ:arlo ecoruími.t:o·deberá:quedar excluido (véan-s-~tambíG:r:p-á1t; 38 supJ'ay párr. 57 inIra).
50; Bten;e;s. (ff/quiridos o cedi([ós'e'fl-.eJ.'PaIs CllmpIlª~ dorpor.no residentes. deJ'ltrodel:mt.sJJrº;eeriQrJ1t4~SJ Iro, y fRIe ffO ct'Jlzan Ú1S ¡rOnler.tfS. á~ dk:n.l~l!fI($} ~Os. bienes se excluyen de lasestadisncas'di~t;c.o1ll.ercio:tnrer .. nacional de lllercancÍas. Toda dife.re.ncm-..:enlte:e1~lOr.(le los biene.s en el momento de su «tf<misiJ::i6u: y. el" V3J.Qt~ el momento en q'lle se ceden se regi:sw como v-a:lOr'de-. compraventa en la categoría de otros seMCios p're1i~d()--s: a las empresas, en las cuentas nacionales. y en·{lt,fjganza de pagos.
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51. Bienes en arrendamiento operativo. Esta categoría comprende los bienes enviados en virtud de acuerdos de arrendamiento operativo, es decir, arrendamiento no tinanciero(véase párr. 35 supra).
52. Los bienes perdidos o destruidos después de haber salido del territorio económico del país exportador pero antes de entrar en el territorio económico del país importador deberán excluirse de las importaciones del país importador (aunque se incluyen como exportaciones del país exportador). No obstante, cuando la propiedad de esos bienes ya ha sido adquirida por el importador, el país importador deberá registrar su valor por separado de manera que los datos detallados puedan ajustarse para calcular los totales de importaciones de merc.ancías a efectos de las cuentas nacionales y de la balanza de pagos (véase párr.63infra).
53; Botel/as.vadas. Las botellas vacías-que-se devuelven para.serrellenadasse·consideran '''medios de transporte" y, por>tanto, quedan excluidas {véase párr. 40, supra).
54. Desechos y chatarra. Si tienen valor de reventa, los desechos y la chatarra deben quedar excluidos, pero deberán registrarse por separado, utilizando las unidades de cantidad apropiadas (véase párr. 41 supra).
3. Bienes cuya exclusi6n de las estadísticas detalladas del comercio internacional de mercancías se recomienda pero que se registrarán por separado de manera que se puedan ajustar los datos detallados para calcular/os totales del comercio internacional de mercanCÍas a efectos de cuentas nacionales y de balanza de pagos
55. Es necesario el registro de algunos bienes para su inclusión en los totales-del comercio internacional demercandas, de conformidad con las recomendaciones del seN 1993 yel MBP5. No obstante, no--se considera práctico incluir esos mismos bienes enlas estadísticas detalladas del comercio internacional de mercancías.
56. Se alienta a los países a que emprendan esfuerzos para recolectar los datos pertinentes o para hacer estimaciones del comercio de esos bienes, con objeto de ayudar a los recopiladores de cuentas nacionales y balanza de.pagos a que· efectúen los ajustes necesarios. Cabe la posibilidad de teneNlu.e,reca6ar la cooperación de varios organismos para obtener esos datos o estimaciones.
57. Equipo móvil que cambia de propietario mientras se encuentrafueradel país de residencia de su propietario original. Se trata de equipo que en un principio se-envía de un país a otro para uso temporal y con un fm concreto --como trabajos de construcción, lucha contraincendios, perforación de pozos en el mar o socorro en casos de desastre- pero que cambia de propiedad de6ido a que, por
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ejemplo, se hace donación de él o se vende a un residente del país.
58. Las capturas de pescado, los minerales extraídos del fondo del mar y el material de salvamento vendidos desde buques nacionales en puertos extranjeros o desde buques nacionales en alta mar a buques extranjeros se excluirán de las estadísticas de.exportación, pero se registrarán por separado (por lo que respecta a las estadísticas de importación, véase párr. 38 suprat.
59. El combustible de pañol, los pertrechos, el lastre y el material de estiba:
a) Adquiridos por buques o aeronaves nacionales fuera del territorio económico de W1 país quedarán excluidos, pero se registrarán por s'eparado (por 10 que respecta a las exportaciones, véase párr. 39 b) supra);
b) Suministrados por buques o aeronaves ,nacionales a buques o aeronaves extranjeras fuenuleIterritorioeconómico de un país, o desembarcadas en puertos extranjeros desde buques o aeronaves nacionales, quedarán excluidos, pero se registrarán por separado (por lo que respecta a las importaciones, véase párr. 39 a) suprat.
60. Bienes comprados por organizaciones intemaciona/es ubicadas en el territorio económico de un país anfitrión, desde el país anfitrión, para su propio uso. Estos bienes se registrancomQ exportaciones del paisantitrión (solamente a efectos de ajuste)21.
61. Bienes para reparación. Se incluyen en esta categoría los bienes que cruzan temporalmente las fronteras para ser reparados en el extranjero, es decir, una actividad que devuelve la calidad perdida a los bienes existentes y de la que no resulta la creación de un nuevo producto (véase en el párr. 123 infra la-recomendación sobre valoración). Seexc1uye de esta categoría él las reparaciones de construcciones, reparaciones de computadoras y mantenimiento de equipo de transporte realizado en puertos y aeropuertos. Estas tres actividades se:registran como servicios en el MBP5.
62. Bienes que ilegalmente entrano'saten del territorio económico de unpaís, Se incluyen -en este apartado, por ejemplo, los productos de contrabando, el comercio de vehículos robados y los envíos de sustancias estupefacientes cuya utilización o posesión sea ilegal en uno de los países compiladores o en ambos,
63. Bienes perdidos o destruidos trasta adquisición de su propiedad por elimportador. Se excluyen de las estadísticas de importación detanadasdelpa1s de importación previsto, pero se registran con Ímesde ajuste. Se incluyen en las estadísticas detalladas de' exportaci6n del país exportador (véase párr. 52 supra).
21 Como en este caso no hay país importa!1or; no existe registro de importaciones (véase también párr. 46.-.I'upra),
u. SISTEMA COMERCIAL
A. GENERALIDADES
64. Territorio estadístico. El objetivo de las estadísticas -del comercio internacional de mercancfas es registrar IQsbíenesque entran en el territorio econ6micode un pais o salen de él. En la práctica, lo que se registra son las corrienteS deentra~y de salida del territorióestadístico. que e.s eltettitorio t"especto del cual se reúnen los datos. El tettítorio estacJístico puede coincidir con el territorio econ6-nrico deunpais o (;on una parte dehnismo. De eso se desprende que ~uandoel territorio estadístico de un pafs y su tetrltOriO'eCOllómico no ~inciden, las estadísticas del com,ercío internacional de mercancias no proporcionan un registro completo-de las·entra@s y salidas de bienes~
65. Los sistemas comerciales2Z• Hay dos sistemas comer.ciales de uso comÚIl mediante los cuales se recopilan las ~stadistícasdel (:oroercio internacional demercancias: el-sistetna'Come:rcial generaly el sistema comercial especl~t Seguídatnentese examinan dos defIbiciones del sistema'~omercíal esp-ecial: la defInición estricta y la defmici6n 4I11plia.
66. El sistema comerciatgeneralseutiliza cu!ll1do el territorio estadístico de un país coincide con su territorio e-con6mico. En consecuencia~ de acuerdo con el sistema comercial general, las importaciones abarcan· todos los bienes que entran en el temtoriQ económico de un país compilador, y las exportaciones abarcan ,todos ,los bienes que-salen del tettitorio econótnico del paíscompiladorV.
67. El'Sfstema comercial especial se utiliza cuando el territorio eSfa.4istico'ab~cª solamente una parte determinada del territoriO econ6tIlic.o. El ststema comercial especial (definición estricta) se utiliZa cuando elterritorio estadístico abarca' solamen1:e la tona de libre· circulación, es de:c1r; Ia:parteenlá quelos:btenes''pueden enajenarse sin restricciones aduaneras"" (véase Anexo B; párr. 2 infra). Por ~onsigujente, en ese' Ca$O las importaciones abarcan to:dos los bienes que entran en la zona dé libre circulación de-un pais ~oll1pilador; lQcuar$ignifica que son':despacha<Sºs,p9r'¡~:tldúanas pam.uso intemQ(véase·Anexo.:B~ párr. 4'iflfra), y lasexportacrQnes.4bar.cantodoslQs bienes.que salen de la zona de hore- circuIªcíón d~ un país compila-4or.:13 SineIl1bargo, en virtUd <Se la derulición estricta los bienes impQrtad.os para elabora.ci6n interna (véase Ane-
2Z Los .• ~tñtitfos uti~os PIU'Q.. defurl.r los siste~ c:om~iales y o~:4emucJones "one~ ~.e~1icllne!1.el AnexoS mfra.
n ElC:Oñe<wt<Yode·'ti)do!J¡(ó.:$'~lenes" que@'tilQdificlldótdefinido por uu1efintci6nd~coQertu1'!r('leí,iSepárr, 14 supra),
xoB, párr. 6 infra) y los bienesqqe enltan~n Ufia'~O~: franca industrial o salen de ena.(véaseAn~xa B. pMt. IJ in/fa) no se registrarian, ya queno1i:abtf:an sidO-despachados por las aduanas para uso interno; Tl1Inpoc.o se incflUrían en las exportaciones los productos cOMp-ensado!es tra's su elaboración interna (véase AneX'o·S. párr: 6:ittfra). Como'ejemplos de esta situaci611.'Cabecnar elcasoett'(lüe el petróleo crudo entra en un país para stt,refmaci6lfr-dé confórmidad con el procedimiento de~<láóQraci6Ít inler~ na, o cuando se importan metalescott:t:tme]no'(~so:sy sefunden~nvirtuddel núsmoprocedUnienfo~ y llt~olQS productos resultantes se exportan; Ahora bienio desde un: punto'de vista económicoestetipcrtle~tctividadnI.l1~trlal no s~ diferencia de actividades aIlál9g~;e_n Qtrasesferas de la economia. Por eso el.Conve:rrlocÚiternaciQnalrelativo a las estadísticas económicM .. aprohllºº.PQrla ·s...Qci~dad de Naciones en 1928. re,~omen@1iaillchúresªjlctividad en el registro de estadísticas :conret~tales espe~iales~. Cuando se aplica esta recomendación:se'utilizalUlA4efinici6n "amplia" del sisternacom:Ctcial.especial~cs decir. el sistema comercial especial (de,fintctón amplia} se:utiliz:acuando: a) Los bienes. que. entran en un P!JiSpara su elaboraci6ninterna. o salen de él desp.u~$ de esta elªbOta~ ci6n, y b) Los bienes que entran en lUla.:zOlla Í@lcllml1us~ trial o salen de ella también, se registratteincluym-en:las estadísticas del comercio interna.cionahie ·m-ercanclas,
68. Eñfoques áela recolección di!·dafos. Eñlamayoría de los paise,s.la recolecciónd~Hh!tQS se·.ijasa,e:nlos procedimientos de aduana, y muchos..cfe-elPs.paise-s Jldoptan una frontera aduaneraCOfilQ frQ.mel'a)e~tMlsti~~. en este caso el t.mitorio estadistlc.o"CO'1I'í'Ci(Je-·cottert~rritotio aduaner(t(~éaseAneXQ.e, párr¡ t in1ro) .. AbQfá.b:tell~ ~y¡ un creciente número de corrient:ea: i.n{ema:,c:tQn.l!1.~.s: Qe mercancías que no sontegistra(Jasp(j!·(iiIadllana$oqqe las registran inadecuadamen1:e {por ()j~mplo. C'Ot:i.'iMf~S entre Estados miembros de m:uon.eS:'4f'dJ1M~~. Ú1i~orw.;. Clones y ex.portaciones de buques oen:Vfps:ef~¡b1~~:c:on destirto a zonas francas aduan~msot!r:Qc:edertt~sdl';:éstas (véase Anexo a. pátt. I3 il!fra];·FQtCDm'..tgUiepJe •. en:nll!'" chos casos. losrecopUadores 4e da(Osti~p.en 1f1!t;},~~vnir a füentesno aduaneras (por ejemplo~muestreo oteca.lldaci6nde, impuestos] para completaN~stñU1Sl1cciQn~s~merciales relacionadas conuntettitort()'C!::on6mi~.o, PéS,e a todo.lo-s-enfoques:basadQs'elÚas-aduanassigrren:stendo los mejores en la mayorla de lospaise-s:;
2'4 Vé¡¡s¡:cl1p. lI;.Mtí$:\1lo 2.:lV(41 del Co,nv::.@1IT.~ftNª~tonel'U~@~ TreatySerles, VOl; 73, pltg; 19 Y tiguieuf~J,
12
Términos básicos que se utilizan en un enfoque de las estadísticas comerciales basado en las aduanas
69. Los bienes que entran en el territorio económico de un_pais-que puede abarcar tanto la totalidad como la Q1~yotta del-territorio estadístico- pueden declararse de ac~do cqn diferentes proceditnientos aduaneros (regímenes). Las definiciones de estos procedimientos y de otros ténnin-us aduaneros básicos (véase Anexo B infra) figuran en los anexos delGonvenio de Kyoto, que resulta de'$portanciaparticular para eltemadel presente'capituItt· Se recomienda que se utilicen esas definiciones en la recopilactón.-de ~stadísticas del comercio internacional de mer~anc.tas, -
10. Las comentes comerciales pueden describirse indicando-las diversas categorlas de bienes y las corrientes de éstos que se registran en virtud de esos sistemas. A continuación se enumeran las principales categorlas de biel1es.
11. Bienes nacionales y bienes extranjeros. Los bienes nacionales son aquellos que·se originan en el territori¡,-económico de pais. En general, se considera que los bienes son originarios de un paissi han sido obtenidos totálinente o transformados sustancialmente mediante elabora.ción,cll dicho<pais, de tal manera.que la elaboración les· confiere origen nacjonal (en el capitulo VI infra se exatttinan con más detalle los criterios para la <leterminacióndeI origen de los bienes). Los bienes pueden ser originarios de partes de un tenitorio económico como la zona de libre circulación, zonas francas industriales o instalaciones para elaboración interna. Se supone que los bienes no se originan en zonas franca-s comerciales (véase Anexo B, párr. 13 infniJ. que también son parte de un territorio econ6mico, ya que las operaciones que normalmente se permiten en esas zonas·no constituyen producción ni. transformación sustancial de los bienes. Los bienes extranjeros son aquellos quecSe originan en el resto del mundo (véase Anexo A, páft. 4 infra), es decir, en cuafqutertertitoriono incluido -en el ~territorioeconómico de unpafs.
72. Considerados conm-As: detalle, los bienes nacionares consisten en:
a) Bienes que se originan en la zona de libre circulaci6ñde un país; se trata de bienes que han sido obtenidos toWfueute o transfónnados sustancialmente dentro de la tona ddiOr-ecirculacióndel:pais;
bJ Bienes.que se originan en zonas francas industriales; se trata de bienes que, al igual que los bienes originarios de la zona de libre circulaci6n~ bansido obtenidos totalmente dentro de las zonas francas industriales de un país o han sufrido en ellas unatransfonnación sustancial;
e) Productos cºmpensadores obtenidos mediante el procedimiento de elaboración interna cuando esa elabora-
13
ción les confiere origen nacional (véase el párr. 67 supra)2S.
73. Considerados también más.en detalle, ros bienes extranjeros consisten~n:
a) Bienes originarios del resto ' del mundo, es decir, no incluidos en el territorio'económico de un país (aparte de los productos compensadores descritos en el párr. 73 b) infra);
b) Productos compensadores obtenidos mediante el procedimiento de elaboraci6n~nel'Cxterior (véase Anexo B, párr. 7 infra), cuando'esa elaporación les confiere origen extranjero.
B. SISTEMA COMERCIAL GENERAL
74. Importaciones. Las corrientes de importación proceden del resto del mundo o del tránsito aduanero (véase Anexo B, párr. 14 infra), es,decir, bienes.que se desvian del tránsito aduanero para -que permanezcan en el territorio económico. Hay tres tipos ,de importaciones:
a) Bienes extranjeros (aparte de las productos compensadores tras su elaboración en eTexterior);
b) Bienes extranjeros constit\Iidos por productos compensadores después de su elaboración en el exterior;
e) Bienes nacionales ene! mismo estado en que se habían exportado previamente (véase Anexo B, párr. 9 infra)26.
Las importaciones generales ingresan~:
ti) La zona de libre circulación, instalaciones de elaboración interna o zonas francas indUstriales;
e) Instalaciones de almacenamiento aduanero (véase el Anexo B, párr. 11 infra) o zonas francas -comerciales.
De todo ello se desprende que las importaciones generales consisten en seis corrientes difel'et1tes, a dos de las cuales se las denomina reimportaciones; según se describe seguidamente.
75. Las importacionesgeneral~s consisten en:
a) Las importaciones de bienJ$', extranjeros· (aparte de los procluctQscompensadores tras SJl elab~ración en el exterior) a la zona de libre circulaci6n$ ins~laciones de elaboración interna o zonas francas indUstriales, procedentes del -resto del mundo o del1tátIsim aduanero;
25 No se considera que IDsbienes importadoS,para su elabor.u:ión interna Y los productos compensadores reSUltllntes se encuentran en la zona de libre circulación·del país de impoitación, I mC!1.9s quchaya habido un cambio en el procedimiento, .duango que (c les aplica (véase Anexo B, párr. 6 infra).
26 Inclusive bienes que han sido sometidos-a un proceso menor de elaboración tras el cual quedan iundámenta!n1ente inalterados y que, por consiguiente, no modifica su origen.
Q) Las'Ül1pQrtaciones-4ebienes:extranjeros(aparte de los. productos "Compensadores tras su elaboración enel exteríor) IJlnstalaciones dCQ.!macenannento aduanero o zonaS'francas.comerciales, procedentes del resto del mundo o- de1 tránsito aduanero;
e) Las importaciones.de bienes extranjeros eonsistentes en ·prQductº~H;ºmpensadores tras su elaboración en el exterior a la zona de libre circulación, instalaciones de elaboración intemao zonas francas industriales, procedentes deltesto del mundo o del tránsito aduanero;
el) Lasimportacionesde'bienesextranjeros consistenteseo,productos·cOmpensadores tras su elaboración en el exterior a instalaciones d~'ahnacenamientoaduanero o zonas.francas comerciales. procedentes del resto del mundo o deltránsito41duanero;
e) Las reimpº-rtaciones de bienes nacionales, en el mismo estado.e..n que fueron exportados, a la. zona de libre cirClltacjón, a instalaciones de elaboración interna o a zonas-francasin4ustriales, procedentes del resto del mundo o de[:tránsito Q.duanero;
JJ Las reimportaciones de bienes nacionales, en el mismo eSUldoenque fuemn exportados. a instalaciones de almacenamiento aduanero o a zonas francas comerciales, pro~dentes deltesto del mundo-o del tránsito aduanero.
16. Las.reimportaciones deberán incluirse en las imPQ:naciones del pals. También se recomienda que se registtez:¡-pouepamdopara fmes analíticos, lo cual puede exigir lacUtilizaciónde fuentes complementarias de información para determinarel origen de laSt'eimportaciones. es decir, para. 4eterm.illar·silosbienes de que se trate son efectivamente reimp.ormciones y no la importación de bienes que han adqujfidQorigen extranjero·mediante su elaboración.
77. E4portClciímes. En el caso del sistema com~ialgenera41as eQmentcsde exportación pueden originarse en:
a) Lazona4e' bore circulación. instaladones de dab9raciónintetna.a:zonas,francas·industriales;.
b) Instalaciones de almacenamiento-aduanero o zonas francas comerciales.
Hay trestipos:de exportaciones:
e) Bienes nacionales originarios de la zona de libre cit:c1Üaci:6n;()~(iet:onas francas ·industtiales;
el) Bienes:-na:ciollaJes<:onsistentes enprodu_ctos COlll
pensadoresW$ ~.elabo:tación interna;
e) Bienes;extranjerQS .en -el mismo estado en ~ue fueron.unportadOS previamente.
S610hay un:destino de las exportaciones, a saber: el resto del mundo. De ello ~e-desprende que las exportacionesgen.erales consisten. en seis corrientes diferentes, dos de las cuales se denominan reexportaciones. según se describe seguidamente;
14
78. Las exportaciones generales-'CDnS.i.sten:en;·
a)· Las exportaciones de bienes n¡IctQnales' ort-gina'rios de la zona de libre circulación ode z.onas franc:as.m'dustriales, directamente al resto delmlUld.o;·
b) Las exportaciones de bienes nactonales originarios de la zona de libre circulaciÓno4e.~_Q®S: franc-ª_s.in~ dustriales pero exportados desdeinstara.ciQn~s;de.tllhiacenamiento aduanero o desde zonasfranC'a~oU1eJci!11e.s al resto delmundo27;
e)· Exportaciones de bie.nes nacionaleS:' C,º-lmtSI:etites en productos compensadores tras-,su eIabo.ra'CÍÓfi it1lema~ directamente al resto del mundo;·
dJ Exportaciones de bienes na-cionale.s-' consistentes· en productos compensadores tras; su~rª-Ooraci&r·inJema pero exportados desde instalaCion~s de a,hña_ce:o:mniemo aduanero o desde zonas francas comercjales' alrest¡:t(lel tn'undo2S;
e) Las reexportaciones de bienes extranjeros, en el mismo estado en que fueronimpQrtados~de-sde la z.ona de libre circulación, instalaciones de.: elabQtación int~tna. Oc
desde zonas francas industriales, directanle.n.te 41.res1Q:deI Il1undo~
j) Las re-expotta'Crones de bienes· exti'anjero'S. en'·el mismo estado en qtre· fueron im¡rottad"osi desdé'inStaraciones de ahnacenamiento adu:meroOi@uas;franca:s.-comerciales. al resto· del mundo;
19. Las reexportacionesdeberan inclu:ítseen tas~'" portaciones del país. Se recomienda asimismo que-sefe~ gistren por separado para fmes ananticos.lo·cu:all'u~e' exigir la utilización de fuentes complementarlas deinfQrmación para determinar elori.gende la-S-teexpottaciOnes. es decir, para determinar si los-bienes -dcq-ue-'se ttatacSon efectivamente reexportaciones y no· la· expotta~9.n de' bienes 'lue han adquirido origen nacional me4iante su elaboración.
c. SISTEMA COMERCfAL ESPECIAL
80. Importacion~. En el:casQ:delsi~etna:comercial especial, de acuerdo con la def1l1Íci6lUUt)plja(vé~el párr. 67 supra)29,lascorrientesde impQttaciónt'r~e:dt:n de:
27 Esta categorlase refiere dos bienes'$l<iqnal~tqqeinp.saniPi. cialmente en: Uista1a-ciones de alinacenanliento a~úalferQ'N:o~·mm· cas eomercialesprocedentes de la zona deh"bte (U'CUláci(jIto:4:~nas francas industriales y ~e ulteriormente se~~ºff31t,
2S Esta· categoda se· refiere "producto'!! compe!W<l'do~$ qu~. el) un principio ettmmett instalaciones de a1mac_{Ilamie!1t~ edila!l.em Q,itº~· fu\ncas comercii\les desde instalaciones d~ elaboración inte.ma.y:'l!l~ll1. teriormente se exp'OttalL
29 No se trata en detalle el sistema comc:rcial especiatde acu..--m'do:.cmtc
la deí11lici6n-estricta porque nQ es ftccu~nte su.uJ:i1izaci6_1l.
4)' El resto del'mundo o el:tránsito.aduanero;
b} Instalaciones de ahnacenamtento aduanero o zonas fiancas:commiales30•
Hay trestipos:.d~itnPQr.tª,cio~ne$;
el: Bienes extranJeros (4Parte de lo productos com· pepsadote-s tras.su elaboración @ elexferior).~
á) Bienes extranjeros consistentes en productoscompensadores tras su elaboración en etexterior;
e) Bienes nacionales en el mismo estado en que fue· ron previamente exportados
Existe 'Solamente un destino de las importaciones, asaber: la:zona~e libre circulación, las instalaciones de elabora· ciQlI mf~.O ·Ias zonas fran~a-s imlJíStrlales. De ello se despl'ende que la"S importaciones especiales consisten en seis diferentes ~onientes. a dos de las ~uª,leS-$e las denomina reimportaciones. según.se describe en el párrafo si· guí~l1tc"y sus apartados
el. Las importaciones esp-eclales consisten:-ett: a) Las importaciones de f2tenesex:tranjeros (aparte de
lQspto-ductos c:ompe1lSadorestraS'Su ~láboración en el extetl<fr) a la z:ona-de libre circulaci6n, instalaciones de eIa· boraciónintema o~onas francasmdtIstriares, procedentes del testo delmundoo deltránsitocaduanero;
b) Las··importaciones de bienes extranjeros (aparte de los productos compensadores tras su elaboración en el exterior) da zona-de horecirculaci6n; instaJácionesde elaboracióninterna o zonas francas industriales, procedentes de instalaciones de almacenamiento aduanero' o zonas francas'C;omerciales31;
e) Las importaciones de bienes extranjeros consistentes~productoscompensadQres tras su efaboraciónen el extenQr4'1á zona de libtecirculaci6n, instalaciones de elª:" horaci6n·interna o zonas francas industriales, procedentes del resto del mundo o del tránsito aduanero;
ti) Las:importaciones de bienes extranjeros consistentes en P!odJl~s:'(:ompensadores tras su elaboración en el exterior, 4.:: ta· zona de libre circulación, instalaciones de elabora.d-º.l1 intCJ1l3. o z.Qnªs.: francas industriales, procedellte~lR'ti1'Stalacíones de altnª,cCnatnÍentoaduanero o zonªs fulncas comerciales~;
301m el ~o del ~omercio especial. tanto 41$ corrienles de· entrada como [email protected]!llidá contienen aI~ ccmientes que son internas por lo que te$pé:eta altertitorio econ61)lico de.W t'afs (PClr:ciemplo. comentes entre ~ftapc~ eomercialeS'Y·ta -zona de·ü"bre circufaci6n).
3l Estac:ategoria se refiere d~l~~~~.f!anleros (aparte de los productos cQülpensadores tras su eIábol'l1Ci[lt@.::~TeJterior) que en un principio entran en ~aciones de almacenamiento Muanero o zonas francas comerciales y ultenonnente se importan.
32·~st1I~.8orlue refiere a bienes~lr3Iljeros consistentes en prodúctos e01í;IpenSa4.Q.l'llS tras-su eraboraci6n~C!l el exterior que en un princi. pio ~tta:Il $r~onesdeJllmaceruoñientoa111ll11lero o zonas:francas comerciares.~terlcmnente se imPottarL
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e) Las reimportaciones de' ~es' nacionales, en el mismo estado en qUl:tfueron exportados, a la zconade1ibre circulación, instalaqiones de elaboración interna o zonas francas industriales, procedentes dél resto del mundo o del tránsito aduanero;
1) Las reimportaciones de'-bienes:,naciorrales; en el mismo estado en que fueronexpQft~dos; a la,zona de libre circulación, instalacionesde:-elaboraci6n interna o zonas francas industriales, procedentes:, de, instalaciones de almacenamiento aduanero o zonas francas comercialesJ3 •
82. La.sreimportaciones-deberánificluirse en las importaciones del pafs. También serecotniendÍl que se registren'Por separado ,para fmes:ana1íticos (véase también párr. 76 supra).
83. Exportaciones. EnelcasQ4dsistem:a'C.omercial especial de acuerdo con la defIIlÍ~ión ''amplia''. (véase párr. 67 supra)29, las corrientes d~-exportaciónsólo se pueden iniciar en la zona de libre c.irculación, en.las inStalacionesde elaboraciónintema oen·zonasfrancas industriales. Hay tres tipos de exportaciones:
a) Bienes nacionales originarios~e·la zona de hore circulación o de zonasofrancasindustriaIes;
b) Bienes nacionales constitutdos por productos compensadores tras su etaborac.ioIl,URerna;
e) Bienes extranjeros en el mismo estado en quepreviamente fueron importados.
Los posibles destinos son dos:
d) El resto del mundo;
e) Instalaciones de almacenamiento aduanero o zonas francas comerciales~
Por consiguiente, las e1CportaciQnes:.esPeciales consisten en seis corrientes distintas, a'dos d.e:lª,s c"ª,les-se las denomina reexportaciones, segUn se describe seguidamente.
84. Las exportaciones especiales consisten en:
a) Las exportaciones de biep.es,naciQnales. originarios de la lona de libre circulaci6node·2;Qnas·francas indYStriales. <lirec~ente al resto ·delmundo;
b) Las exportaciones de bienes· nacionales originariosl1e la zona de libre circuIa:ci6íl:o:tlezonas francas industriales, a instalaciones de:afii1ac--enamiento aduanetoo zonas:francas~omerciales;
e) Las exportaciones de bienestIacionales consistentes en productos compensadores tmuuelaboración interna, directamente ál re"Sto del mundo;
33 Esta cateB0riluC:·l1:fiere •. bienes1lllCiomtl!ls~enelmismo e$1do en qud'uetOn e)tpotfa4os. que en un princ;ipi~ entran ~ instalaciones de almacenamiento aduanero o zonas fi:anc~comerciaIes y que ulterionnente se importan.
á) Las:e"PQna~tone-s'de"'ienes nacionales consistentesen:producto~ :compensadores tras su elahoraci6ninternaj: a instalaciQn~s de Illtnacenamiento aduanero. -o zonas ÍI'@cascolttetejales;
e) Las reexportaciones dé bienes extranjeros. en el mis._tIloestado enque.fueronitu.poTtadQs previamente. desde (a zona de libre circulaci6n§ instalaciQnes de elaboraci6nint!mla()· zonas franca$:·industriales. directamente al fe$JQ-délmundº;
fJ Las reexportaciones de- bienes e~jetos-... -Cn el' mismo estad,o en qye fuerQnjtnp'o.t1a!;f..Qs~-,@:s.delatQna d~ Ubre circulación. instalaciones de: ela;p..o.ra~j6A i:nwm~t-o; zonas francas industriales, a instalacioneg.de a1iits;cena~ miento aduanero o-zonas francaS·c'QmercilUes~
85. Las -reexportaciones-de15efán -~Ii!itse-en:(Íl$ ex::", portaciones-del país. y sereco!fiienda@nbiétr ~eregi~;.,. trenporseparado para fine.S analitic.Os{véasei(afilbién e[ pátT. 79 supra).
ClJadro 1. Compar,C;i6n de fas corrientes de importación enJo$'$i$temas comércial,,:general y especial
Importaciones
8iéneíS::.extrll~nJerostáp'arte de los productos compensadores-tras suelabotaCión ,n~extel'iorl Desde el resto del mundo o desde el tránsito sduanero
1. AJ.a zonadefibre'circulación .. instálaciones de elaboración ,intéti'U'iO l'onas(ranc~s -indu-striales
2. AinsfaTaclones de aTmacenamiento aduanero ozonas, fran,tas comerciar~s
Desde instéíla.cio.oes. ele slmacenamiento scl!llJ.nerQ Q ZQl1;l$ fran~;Js comercIales
3. AJ¡:¡ it.cma-de libre circulacLón, installlcjQneS de elaboración int~Fna o l'Om;¡S francas industriales-
Sienes .xtranjeros (pl'oductos c.otnpen$adores tras. $,q .I~boració" en el exterior) Desde -el resfo'CIel mundo o desde -ettránsito aduanen,
4, Afazona de ,libré Circufacfónt instalaciones de elaboración -intE:!J.n:a O:lQ_nasfrancas. industriales
5. A instalaciones dealmElcenamJentQaduanero o~onaS francas comerciares. Oesde inSíalllCiones de alm;icenamie1Jfó adil/mero (rlOnlJ'SIi'~hcascomercTáles
6; A fa lona detibre circulación. tnstaraCfemes de .elaboración in~ terna o~onas-.francas industriafes
8ien'esJJI'éionalésltnef tnismj) .. ff~c:l9·eh·quefuél'on.e)éportados Oesdé el TestoelefmundQ oditsJ/e eftrárrsfto adullnero
7. A fa lona dé' tibre-circufación. inStalaciones dE:! elab.oraciómin .. térnao~onas--;francas industr1are:s
8. Ainstalaclon-esde 'al m acenamt¡mto a-duanero O:lonas francas comerciales Oesde instal;lcionesde8Imacen;lmient01Jdullrrero. (1 l(J!lIlS'((anC;lSCQme(cia{~$.
9. A ta.:.tQmt de (jbr.eclrcl,Jfaclón~ il}stalélclºn~s de-:én16onlC:ic5rtán~ terna o:o.nasfranc.lJs)nduslriales
Clave: M .. trr)portaciones;:f3M .. ReimpOl'taclQnes
• VjISfl.,l!tO-,ffQ.tl!:{1:á p}fftle-página; by~aSltté~o. ffélf.i:3Z_pie lIétlagTna. e V8ase f'extQ, nCllS83- a pie de pá"in~,
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Cuadro 2. Comparación de las corrient~s:de exportación ento$ sistomáscomerciales generltvespecial
ExpOlf8ciones Comercio Ul!nJ!rat Ometcio especial
8ieneS1'íliCionales (aparte de10s productos compeilsadoreS1ras $u'elaboración':fntetna) Des(fJf:/a' lona de libre circulación o desde zonas francas in· dusmales
1. Al resto del mundo 2; A instalacioneS'CIeefNl1iCen-amiento aduanero o zonas francas
comerciales Origlnarios'de la zorra de'libre~irculaclón o de zonas francas lnd'ustriales rpero, exportados desde instalaciones de almace· namiento aduanero o desde zonas francas comerciales
3: Alr~stº «eJ:1'íumdQ xa
8ienesnal:iónales (productos compensadores tras su elaboración Intema) Desde instalaciones de elaboración interna
4. At.réstodefmundo S. A instalacTones de almacena-miento aduanero'o zonas francas
comerciales Originarios de insfalaciones de elaboración interna pero expoitaClostlesde instalaciones de almacenamiento aduanero o lonas Jram:as comercíales
6. Al festo del mundo
Bienes extJ:'IJ¡eros e'telmlsrnoestado el\.quefueron Importados De,sde,la zonaxJ!Mibre cirCulaciónL instalaciones de elabora· ción interna o ~onas francas indLlStrlalf]s
7. Al resto del mundo 8: A instalaciones de slmacenamiento adUanero o zonas franc-as
comerciales Desde instalaciones de afmacenamlenfo aduanero o zonas francas comerciales
9. Al resto del mundo
CJave: x .. Exportaciones; RX • flElexpc)!1ationes. • Véase texto, nota 27 a pie de p~grn). tlVél!l!e texto, nota 28 «pie 1Ie p4girl~:'
RX
RX
x
x
x
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RX
D'. PROBLEMAS pRAcncos y LIMITACIONES DEL SISTEMA COMERCIAL ESPECIAL
86. La utiliZación del sistema comercial~specialli· mita la cobertura de las estadísticas, en el sentido de que no se abarcan todos los bienes; ~n particular, no se registran lasinrportaciones y las e~pottaciones de instalaciones de almacenamiento aduanero Qde tonas:francas_CQmerciales. También surgen discrepanctaseritre IQS;pafses debido a que éstos aplican de diversas maneras lo-s conceptos y defIniciones subyacentes. PorejempJo. un cierto número de paises basan su registro" del·comercio especi~" en el concepto de los bienes que entran en la zona de librecircu-
lación, De acuerdo con esta defuúción estricta del comercio especial, no se deben incl1lit en las estadísticas comerciales los bienes para elaboract6n·interna que entran o salen. No obstante, muchos pa1ses adoptan la defIniciónamplia y registran todas estas corrientes comerciales en el marco del sistema especial. Por otra parte, algunos paises consideran que desde un punto. de vista económico las actividades industri~es que tienen lugar en sus zonas francas industrialesSQfi4l1á1ogas:a las realizadas en las instalaciones deelabo(ación interna, por lo que registran en su totalidad o en parte sus importaciones o exportaciones de las zonas francas industriales como comercio especial.
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81; OtJ:'M:' ~anCÚfS-l relativas a la, cobertura son conseetreficia:c. diferencias,etttrelas défmiciones,nad!males y del trntamiento:esta~stico de las zonas francas aduaneras;, Las ~onas francas: e,duaneras ~sten. entre ottas' forma~. corno zonas de prornoci6n:<le, las inversiolle~J zonas de elaboración parata exportaciÓI1,zonas de co- ' lller'Cioexterior, zonas francas cJ)ll1erciales: o:.tonastj:apcas in,dYS,ttiaféS, En algunos-casos estas zonas no están delimitacJAs: geo,gra'fica,mente. sino que pueden representar tan sóI(tdiferentestnJtos fiscaleS, de subvencjQ.n~s o aduaneros:; Un nútne:tO',grande y creciente de zonas francas .aduanen\S sOll'enclaves intemosque se han creaaQ para: atraer las ÚlversioneH~xtranjera; directas, estimular la industria lQkal'y trtoPQrCionar empleo ala mano de obra,local. La condi~i6njurtdica dé esas zonas va desde la extraterritorialidad. envlrttl<l de la cual están exentas de todas fas leyesa1fuane:ras •. hasta diversos grados decrrntrol:aduanero; Oti'O·típ()rnás4~ discrep:mtciaes el que crean las diferencias ~lq<Iue·tespecta a la a:signación de cO!'lUticipe que léfs'(Ia1ses cOJnpiladores ¡fueden.aplicar a los bienes cuan~ c1ó~stos se'expottandesde la zona delibrecitcu1a~i6n~cMlinado~, digamos, a zonaslrancas com.erciales, cuando erpa1scoparfiClp-e:(l'Qse,~ono-ce-enel filomento:4~lm!)vi .. mlentod,c los tiienesa 1a.;t;Qna franca co:m:erciatAfgunos pªfs-es han <lé~idido registrar las exporta'Ciones.de bienes que han entradocn instalaciones de almac:enamiento aduan~l'O()~onas francas comerciaIes,no en el momento de su entr.t~ en.esas instalacioneS<l almacenes, stnoeo-ellfiOmento en que la.·mercancfase exporta ~e hecho a un,país cop~cipe(conocido ).
8S. La falt~l de uniformidad en· ras 4e.fmiciones. "'el si$t~tnaco-mel"~iáIespedal utiflZaclas .en diversos patses. y las;difetet1cias.en:eltratoestadistico tienen consecuencias
negativas para la cOl11parabilidad de lQs:odatos.:. ast:~ºmºpara 11l..-eCl>pilaciÓll"tle las .e.stadisticasAi~':<cuentas nac.w3 nales y balanza de pagos de cadapafs~
E. RECOMENDACIONES
89. El sistema comercial generalpemúte1llU'!::~tro más completo.de·lau:otri.ente$de::Ca:tn:erciO'~'Cx:teri()r que el sist:ema . .especial. Tambiéhperrnt~:1U1"3:;:li1ej9t. e.pt,º~b maci6n~tcrtteri()<leltraspasQ~e'Pr!).p~1t;util@Q~ten· elS_CN 1923.y elMBPS; P.QIX.Q~~ fe;f'ªQJl:iif:lb da que los paises -utllicen etsistetna-ee.tn~rru:~~~:re:~=, piblciontte:suse$tadísticasller~Qm:~~fernªctºmítdé" mercancfasyparalapresentílci6n:dein!orrnesjnte~ciº: nareS.
90. Todo cambio desde él~j~~~cialJ\lS'i~@U:a cQm~tc.tal gemeral· wgitjMmIDimP~t.fimt~¡ [e:e.s.1tU~~:'" ' ci6n.achninistrativaquepo~ (el" in~)pru-a ~gmtQ-s: pafs.es. Por ~ons.iguie.Pte" tjll .. 6iéª,.:l~,:t~~tD,ij!)(cla,@~,e;, Cm depoder(ealizar71os~t~..s.tt~]lJjos ~~lá'e:~ima~ ci6n.de datos sQb¡etjth~edetB-¡~.e~:t~tctlQgt!ferar, los paises que sigan aplicandº,w:m:4~1ti)lci6n es~O'· amplia. del 6.ts.~ma.'-ºme.n:j!\l:e~~~~r!~~In.p~~o~" O1etls,PQr.lQ:ltl€mºS..:c.onperJoaicnIt4.~.(ffiíl:~mraI. y, con total apertura"geográfiC.ª:y4j,;:prC!dY:ctQ.sj.eJ~(11$Jicas:· sobre:
a) Bienes impQrtlldos y eX'pona!lQ:t<Je'inW!Iactoll~s de alñmcenmnie1!,tb ltduaílCJ'Q.· ~f~mn~;<fe eláQj)ra~ cióninterna, zonas fi"atiC:{S in.dUs1n'!~o' zonas fiatl~· colñ~rctales. cuando.se utiliza Ia·4~rmtdOtlestr.i..cm;
ti} ai.en~sitnpºrtadQs .. f e]C.l!º~dQ«tc.: ~Jªc¡-Ol1eS' de alinacenarniento .aduaneto:o~QPAs.(Um'C1lS ·:couretcia~ les, cuan4º$~iUJiliza la dermicióttam.p1i~
18'
111. CLASIFICACIONES DE PRODUCTOS
91. La estructura por productos- de las corrientes de comercio-externas puede analizarse usando diversas clasificaciones de productos adoptadas internacionalmente, con diferentes niveles de detalle y que se basan en distintos criterios de clasificación, La razón fundamental para aplicar una nomenclatura de productos es la posibilidad de idelltificar'<letalles de ellos y satisfacer as! fmes varios, en parti~ adyan~ros~ estadísticos y analíticos, sobre todo parala presentación de estadísticas de comercio exterior ~on.ta$-especificaciones de productos más detalladas.
92. La naturaleza compleja de las necesidades fundamentales aduap.eras y estadísticas obliga a recurrir a una clasificación de productos bastante detallada. El Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (Sistema Armonizado, oSA; véasepárr. 6, nota b, supra), o versiones ampliadasbasadas.en el SA, como la Nomenclatura Combinada usada por los paises de la Unión Europea34, dan esos detalles. La clasificación que utilizan esas nomenclaturas se basa en la naturaleza del producto, aunque para fmes analíticos no es la más adecuada. Las categorías de productos más adecuadas para el análisis económico son las de la Clasificación Uniforme para el Comercio Internacional, Revisión 3 (CUClj Rev.3)3S, que clasifica los productos según su fase de producci6n. La Clasificación por Grandes Categorías Económicas definidas con referencia a la CUCl, Rev. 3 (CGCE)36 agrupa las grandes cate.gorias económicas de productos según su uso final. También se han elaborado nomenc1aturascon el objetivo esencial de clasificar actividades económicas productivas. La Clasificación Industrial Internacional Uniforme<lelodas las Actividades Económicas, Rev. 3{Cnu, Rev.3)37esunejemplo de esasnom.enclaturas: establece la clasificación según la principal industria de origen de los productos. Laaasificación Centra/de Productos(CCP)38 combinad principal principio de-clasificación de la cnu, Re:v.3 co:n criterios aplicados en.el SN9. Para Imes de las
34 Véase OjJicialJi:lumalo!the European Communtties No. L256 (7 de septiembre de 1987), Regl!lll1ento 2658/87 del Consejo, anexo 1; mocfificadoanualmente por reglamentos de la Comisión Europea.
3S Publicación de las Naciones Unidas. No. de venta: S;86.xvn.12; conti~e tambi~ una descripción del origen y desarrono de la CUCI.
36 Publicª~6n-de las Naciones Unidas, No. de ventli: S.89.xvn.4.
37 Publicación de las Naciones Unidas, No. de. venta: S.90.xvn.ll.
3& Informes. estadísticos, Serie M. No. 77 ~ersión 1.0) (publicación de las Naciones Unidas. No. de venta: S.98.xvn.5).
39 Se lu!n"Cstablecidotliblas.de correlación entre estas clasificaciones basadas en productos y por lo general se han incluido las publicaciones que contienen las propias clasificaciones; en la División de Estadística de Naciones Unidas también se puede o5tenerversiones en disquete de algunas de las correlaciones.
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estadísticas de balanza de pagos lasoCorrientes comerciales se clasifican en categorías amplias como mercancias generales, bienes para elaborJlci.6n, bienes para reparación, bienes adquiridos en puertosportransportistas y oro no monetario (véase MBP5, párrs. 195 a 202).
93. En el presente capitulo se>d($criben en detalle el SA, la CUCI, la CGCE, laCnu y la CCP, se-especifican sus aplicaciones y se recomienda que los países utilicen el SA parala recopilaci6n y publicaci6n de estadísticas detalladas del comercio internacional de mercancías.
A EL SISTEMAARMONIZAOO DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANctAs
94. El Sistema Armonizado fue adoptado por el Consejo de Cooperación Aduanera enjunio de 1983. La Convenci6n Internacional sobre el Sistema Armonizado (Convenci6n SA) entró en vigor el 1" de enero de 1988 (SA88)40.
95. La Comisión de Estadística, en su 27" período de sesiones (22 de febrero a 3 de1lllU'Z:ode 1993), recomendó que los paises adoptasen el SA para la recopilación y difusi6n de sus estadísticas sobre el comercio intemacional41 •
96. De conformidad con el preámbulo de la Convenci6n SA, que reconoce laimportan'Cia de conseguir que se manfenga actualizado el SA ala luz.delos cambios tecnológicos o de las pautas del comercio internacional, el SA es objeto de revisión y correcciónperiódicos42• La Comisión de Estadística, en su 270 período de sesiones, recomend6 al Consejo de Cooperaci6nAduanera que tuviera plenamente presentes las repercusiones que tendría desde el punto de vista estadístico cualquier modificaci6n que
40 Véase Consejo de Coopetl!ción.Aduanera, Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancfas{Bruselas, 1989); véase también la segunda ediciónpublicadapor-la OrganiZación Mundial'de Aduanas (Bruselas, 1996). Al21 cknoviembre de 1997 habia 89 Partes Contratantes de la Convención, y otros 72 paises o territorios qUe no eran partes:contratantes estaban utilízando'el SAa.e1ectos aduaneros o estadísticos.
41 Véase Documentos Oficiales. del Consejo Económico y Social, 1993, Suplemento No. 6 (F/1993/26), párr. 162 d).
42 En 1992 (SA92) se hicieron pequeñas-revisiones del SA88, que también dieron por resultado la supresión de:WJ. códigO' de seis dígitos. En 1993 se adoptó un conjuntO' más ampliode'Cntniendas, que entraron en vigor ellO de enero de 1996 (SA96) JI. que tienen en..cuentll el Pl'Qsreso tecnológico y la evolución del comercio, dan claridad al texto para lograr una aplicación uniforme del SAo constituyen una base jurídica para las decisiones adoptadaspor el Cotnité del Sistema Armonizado y permiten la adaptación del SA parareflej3r la práctica comercial. Se es" pera que en el año 2002 entre en vigor una nueva: revisión.
lfe,prQPusieraaI:SA, astcomq,.{as necesidades y capacidadeal1~ los paíSes-enAesarroIfoen materia de estadística43•
97~ Laspatfid$y subpartidás del SA van acompañadas de reglas, interpretativas y de notas, de sección, capitulo' y subpiUtida, que son parte integrante<lel SAy están concebí"ª, para facilitar decisiones de, clasificación en general y acllttatel alcance de partí.das o$bpartidasdeterminadas.
98. EI:SA 96 contiene: 5313 subpartidas y 1.241 par~. agrup1fdi:t"S"~n091'capJtuIosy 21 secciones, Como regra~efieral" lbs bn:neue-.clasilican siguiendo el orden de SU grado de nrnnufactura: matetfas primas, productos: no eIiUíQrad_os..., prOductos semiacabados y prOductos acabadºs~ P-Or'ejentpl(y.los:arIimal~s vivos entranen:etcapfturo {. Iasplele$Y cuerOS>- en el,capitulo 41, y el calzado de piel~e.n~lcapitu1Q64. ElmislD,o orden existe también dentro:de lo,scapifUlhs ypartidas~
99~ La estructura general del SAes la siguiente:
S,ec;d.ones la IV: Prodllctosagropecuarios.
SeccionesV a VU: Productos minerales, productos de las' industrias· químicas o las industrias conexas, materiasplásticas. el caucho y las manufacturas <le estas:materias,
Sec,ciones VIlla X: Productos deorige.n animal, como son, los. ~eros. las pieles y tambiélllamadera, el corcho, la pasta detnadera, el papely.los artículos de~stas materias,
Sec~ionesJa y XII: w:materiauextiles, el calzado y br~om.btererla. '
Sc@oneg·xm a KV: Los prQdllctos de piedra, yeso, cemento-. amianto~ Illica o materias análogas, productOs cerámicos, vidrio. petlas-, piedt!ls-preciosas y semipreciosast metales preciosos, btsuterla. metales (;Qmun-es y manlífactutasd~ estas materias.
Sec.ctónXVI: Máquinas, aparatos y material tlécto-"-c"o-.
Sección XVlI: VelllcUlos, aeronaves, buques y eqmpodc transporte conexo.
Sección XVIII: Instrumentosyaparatos de óptica, fotografia y cinematografla, de medida. conttol' o de precisión, instnnnentos y aparatos médico qu:iriíl"gtcos, relojería e instrumentos<le música
Sec:ción XIX: Annas y, mlIDiciones
4l:Vé$e DiYC'IlmetilQS O]icta.l~s del- Consejo EconómIco y Social, 1993; S.u/!lementoNo; 6 (EI'¡993126),{fárr; 162 e).
Secciones XX y XXI: ArtícUlos ananufaCfUt'adQ"S': ~.!rS.:, como muebles., ~tQ.s~d.~.~mP:;¡ brado. consJruc"C"1Qn~s'Pru-ªºnca.;¡ das .. artícuIosée'<lepPlte~- ~ºS' de arte, de-éolecctóno antiguQS~
100. Se recomienda que los p-ª1sesutilicenelSA, parata re.colección, cecopüaci6.n:,y·difusión4e:esl4:dí:sti" cas <le! ~QIl1ercio,intemacjonal-de:il1ercan:claS;.
B. CLASIFICACI.óR'llN'(EOAME' PARA EL COMERCIOINTERNAClQN~ REvISIQ'Rl'
101. La Comisión de EstadíStica .. eJ:t"u 2~ ~tJºdQ: de sesiones (12 a 24 de enero de 199J);,'@fió:nQf;ttf~1lie" cho de que cuandoentrata,en vig()r-e¡SA.$~ti:a_IjNds:~tPll" blicar una tercera revisi6n de {aCUa'44:; .
102. Utilizando cºmºcol11pon.ente.s:hniCQ.s;-l~~ .. tidas del SA88, la División deEstadí$tica'1Jdª-SNa-:d:Qll~~: Unidas, en,consulta con exp~rtos,de lQs:.,gobi(!rn.o.s'y.c{e: organizaciones- itttemacionales intefe.s.atIas ycºn,.ª~ts, .. tencia de grupos de.expertos .. eIabot6Ia:WCI~ R.<w¡3j,le.., niendoen cuentalá llecesida'ddetUanten.~-1¡tcommJilllad con las verstonesantertores de laCUCI~ W01l\olas:COl1-sidetaciones'-siguientes4s:
a) ÍÍ1dole de la mercanclay {os:-:tnat:eriale-s,ulili%mtos¡ en su producción;
b): Etapa<leelaboraci6n;
e) Prácticas del mercado y us'O-s -de[:produCfo;
d) Importancia delproducto.:en:elc:~io.1I1tU1JtiaI;.
e) Los cambiouecnológtcos. I03; La CUCI, Rev.J contiene 3: U8.:partidas-ys'Ub~
partidas- básicas" recolectadás ~n26J grupos,.6Tdivisio,"" nes y 10 secciones. Las seccioneuon ·{¡l$$i,gtlien:te.t:'
O Productos~lÍll1enticiosy anímales;·vívos. 1 Bebidasy tabaco 2' Materiales crudos no (;omestilil~~. ex~:epJP': (os
combustibles 3 Combustibles y lubricantes-milte:r~kaYP'tO.<fJl~os.
coneXQS 4 Aceites. grasas y ceras <le ()rlg~n~ly: v~ 5 Productos quhnicos y product~S"'C'onelS:~ .. n~· 6 Artiemos· manufactura4os. clas-ific-ªa:QS prm~it)!ll ...
mentC;según el.materiat
44Yéase Documentos OfiCiales c(elO)'ffst]:O: e:i:OlJ6i1i/~0'1l' &Jetal. U/81, Suplemento No. 1 (EI-1981112}. párr, U41'
4s-VéaseCUCI, Rev.3. fuftOd~cci:ót),.(paraiá-ciª::t'f'ª~ª:{5.a pie de pª,gina supra); Elde~odelli1lIltet),-etlil;cºnUmllªªªJ~rutY~Qli~ anteriores de la CUClnQliiempre b4:tentd~ldtq;,ett1!J~~g-cu~A~:. b¡-d!> alas dificultades ele conversiQtJ.(lec IiClJCú ~\,,;l; 1l.4>Ct1CL Rev;l,los.dátos convertidou ta-CUCI.,Rev.2 .de~'!XrCl~~;3:.Jm:¡º11 en grado significativo c:omparal!.lesc:ol1 los@tC!s-re.~giá(jsdii'e~~ te-en IaCUCl, Rev.2.
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1 Maquinaria y equipo de t:ran:sporte 8 Artitu1osmanufacturados diversos 9 Mercancías y operaciones no clasificadas en otro
robrode la CUCI. La cobertura de las secciones en todas las revisiones de la cuer ~s muy semejante, de manera que a ese nivel de agregación las series históricas d~'<iaf(YS ·son comparables. La comparabilidad histórica se mantiene también en numerosas series a niveles de clasificación más detallados.
104. La CUCI Rev.3 se publicó en 1986. Tras celebrarse consultas entre la División de Estadística de las Naciones Unidas y expertos de otros órganos intemacion~ leS"'6, en 19946'epublicaron los lndices de Productos para la ClasificaCión Uniforme para el Comercio Internacional. Revis'ió1tj41.
105. La Comisión de Estadística, en su 28° perlodo de sesio-nes (21 de febrero a 3 de marzo de 1995), examinó los camBios que seria necesario introducir en la CUCI, Rev.3 paraestarl'lenamente annonizada con el SA96. La Comisión dedujo que tales cambios eran de importancia menor, porloque decidió que no era necesario publicar una cuarta revisión de la CUCI48
• Los paises que deseen recolectar datos analíticos de conformidad con·la CUCI, Rev.3 pueden hacerlo utilizando las tablas de correlación entre el SA96 y la CUel. Rev.3, publicadas por la Divisi6n de Estadística de las Naciones Unidas49•
c. CLASIFICACiÓN POR GRANDES CATEGORÍAS ECONÓMICAS
106. La versi6n original de la Clasificaci6n por Grandes Categorlas Econ6micasso se concibi6 principalmente para ser utilizadaporlaDivisi6n de Estadística de las Naciones Unidas a efectosdel'esumir datos sobre el comercio internacional por grandes categorlas<le productos. Estaba destinada a servir como medio de conversi6nde los datos comerciales recopilados según lá COCl para el análisis por usofmal en categorlas con sIgnific:;rdo:dentro del marco del SCff', a saber, categorfas que se aproximan a las
46 Collferencia de IasNaciones Unidas sobre Comercio y'Desarrollo, Organizacion Internacional deL Trabajo, Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Allinentación, Organización de las Naciones Unidas· para la Educación. la Ciencia y la Cultura. Organización de las NaciQnes Unidas para el Desarrollo Industrial y Organización Mundial de Adila!'lllS.
"'7' Publicación de las Naciones Unidas, No. de venta: S.94. XVll.IO.
4S Véase. DOCfPl1entos Oficfqles del Consejo Económico y Social, 1995¡ Suplemel'llo Nó. 8 (FICN.3/1995128). pArro 19 e).
49 División de Estadistica de'iasNaciones.unidas, "Con:eration between tbe, Hatmoniz.ed System 1996 lila SÜII!c:ll!rd International Trade Classification, Revision 3", documento de trabajo, 10 de septiembre de 1996.
So Publicación <lelas Naciones Unidas. No. de venta: S.71.XVII.12.
SI Véase Documentos Oficiales 4(/ Consejo ECOnómico y Social. 44" perlodo de sesiones. Suplemellto No. 10 (Fl4471). párts. tt6.- 118.
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tres cIases básicas de bienes en el·SCN) bienes de capital, bienes intermedios y bienes de consutnQsz. La CGCE tiene 19 categorlas básicas que s~puedenJlgregarpara aproximarse a estas tres .. lases básicas dcebiene,s," y así permitir que las estadísticas comerciales: se COtt$id~en de manera conjunta ~on otros grupos4e,estadísticas económicas generales, tales como las cuentas nacionales y las estadísticas industriales, para análisis económico a nivel nacional, regional o mundial
101. La Comisión de Estadística esperaba también que la Clasificaci6n sirviera como gufapam la clasificaci6n nacional de las importaciones.se-gúti grandes categorlas económicasS3• No obstante, en~ 16° periodo de sesiones (5 a 15 de octubre de 1970), la Comisión de Estadística reconoci6 que los paises ,quizá desearan adaptar la clasificaci6n de distintos modos con objeto de satisfacer las necesidades nacionales, y neg6 a la conclusión de que, en consecuencia, la clasificación no {leberla considerarse como "uniforme" en el mismo sentido que la CUCI, por ejemplo54.
108. En 1989 se volvieron a publicar las CGCE definidas con referencia a la CUCI, Rev.3.
D. CLASIFICACIÓN INDUSTRIAL INTERNACIONAL UNIFORME DE TODAS LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS
109. La CIIU, Rev.3 fue adoptada por la Comisión de Estadística en su 25° perlodo de sesiones (6 a 15 de febrero 1989)SS y se public6 en 1990. La CIIU proporci<rna una clasificación normalizada de las actividades económicas productívas. Está estructurada en 17 secciones, 60 divisiones, 159 grupos y 292 clases.
E. CLASIFICACIÓN CENTRAL DE PRODUCTOS
110. LaCCP, Versión 1.0 fue adoptada por la Comisi6n de Estadística en su 29" perlodo de sesiones (11 a 14 de febrero de 1991)56 . Se pUblicará en 1998 y vendrá a reemplazar a la CCP provisionaIS7. La CCP; Versi6n 1.0
52 Véase Naciones Ullt¡ta,s. Sistema df{Ci!enlt1$ Nacionales (publicación de las Naciones UlUdas. NO. «kventa'! S.69~XVII.3). pArro 1.50
53 Documen(os Oficiares del Consejo Económico y Social, ,uo periodo de sesiones. SuplementaNo. 10 (E/4471),pArr. 123.
54 Ibídem, 50· perlodo de sesiones. Suplemento No. 2 (E/4938), pArr.95.
ss Documentos Oficiales del Consejo Etonómico y Social. 1989. Suplemento No. 3 (E/1989/21), pArro 95 a).
s6Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social. 1997, Suplemento No. 4 (El1997124), pm. 19 d).
S7 Publicación de las Naciones Unidas. No. de venta: S.9UeVU;7.
se:<livideen I O~ecciones; Las secciones ()·a 4:'Se basan en las estadísticas delcomercioinlernacioual de1fie.t:CMcJilS elSA26 y agreg1l'loS;(!ódtgos ·SA,en categorlasde--produc- basadas en el SApara fInes analIticqs. La.$s:~cton~s5'u.q tos··apropiadas:para'-diversos tipos de-·análisis econótnico de la CCp, Versión 1.0 van más_aná.de(~j\legol't$::del dentrodeht13,rcode lás l:uenta,s na~ionales. Estaparte de la SA para proporcionar una clasificaci6ndeerOductos de cfasifIcaci6n, corno la CUel, prevé el(eordenamiento de servicios.
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IV. VALORACIÓN
A. VALOR ESTAD1s:n:co DE LASIMP-ORTACIONES y LAS- EXPORTACIONES
tI 1. El valar estadístico es el valor que asigna a los bienesw:t'ecopiladorde,estadísticas del comercio internaclonar. de· mercancías de conformidad con las normas adQP.tmfas'PQ't elpais compilador.
[(2" ViltlJración en aduana y valor estadístico. Ante. riQrrnente; la· mayoría de los paises no tenían un· sistema espe'Cificopara la valoración· de· los productos a efectos de las estadísticas· del comercio internacional de mercanciaSSS, aunque·elestadístico tenía a su disposición, y tiene, los valores que se asignan a las mercancías a efectos aduaneros; Las prácticaSJ nacionales de valoración en aduana varfm·~onfrecuencia de un país a otro, y, por tanto; el estmnsticode comercio exterior necesita tener conocimiento deesa&prácticas para·comprender los valores estadísticos.
113. Unpaso importante'hacia lammnaliZación de la valomdón:.enuáuaml-Úle-eI'ql1e S.e:dlo:en, 1947 alll.óoptarse el AftiCuto- VII del- Ac~rd:O'· General sobre Aranceles Aduaneros- y Comercio (GAIT de 1947)5~. Las Partes Conlratanfes enelGATI de 1947' conv:inieron en basar el valor en aduana en su preciorealy reconocieron la validez de ese enfoque con respecto,atodos-losproductos sujetos a derechos de, aduana o a otras cargas- o· restricciones impuestas a la,importrción ya la exportación basadas en el valor. En 1953-se~tat5orMa Defmición de Valor de Bruselas(OW) aimdeilOtnIalizartodaviamás:~a valoración en ad~; Eh 1981 se adoptó otrO' criterio en\ el marco del aArr~ denominado Acuerdo relativo a la aplicación del Articulo VU-delAcuerdo Oenernt snbre Aranceles Aduaneros y: Comercio. 1'981 (Acu~r¡jo, del<tA TI de 1981 80-
sg'Un número ~ciente C[C pafses, incluye en sus declaraCÍDnes de adJlll'OJlS lIPll disp9sición relativa al ~. estadístico; por ejemplo, muclíQS:plItses I@:ladoptado el, D~to Administrativo Único (DAU), que contíeneun aplU'ta<1o especial para el valor estadístico.
5'9 Véase Organiza~ MJlD.diaI del Com¡:¡tio, Lo3 ~([03 de la Konda Uruguay de negociaClDnescomerciales muitttaterail!3c.· Los te:r:tos juridico~·<Ginebra. 1995); pá~. $14'1515.
6O'lAtlouven!<ÍÓnllobreValoración~e Mercancías affectos Aduane(Qs;.~c.on.Q!<ii;lá norrnallnente como. Definición QC Valor- de Bruselas (UVlTh~'!tÓ:en. vigor el 28 de julio d.~ 1953. La DVB censtituye un concepto '~SJ?~curatiYQ" del valor, en vinud del cua1se supone que existe lI111ulOrnm'ñnica·y~rica-del valor; a'Illo'tr, clprecio normal-que 10& bienesoote.ndrtanl:oJ:hnercado libre.~eterminadas circunsJancías. Se supone que este precio siempre se pu<me calcular aplícanlfo 10.8 métodos apropiadds. En la práctica, cuandO' Jos.blenes importados- son objeto de UD,!l venta de buena fe, el precio pagad.Q-Q{lOt pagar· en rucha transacción se considera. genemlmente eomO' indicación válida del precio nonnal mencionada>en Iadefinición;
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bre Valoración en Aduana)61. Por úlfimo; en 1995, se adoptó el Acuerdo, relativo a la aplicación del Artlculo VII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 (Acuerdo de }a.QMC sobre Valoración), que entró en vigor el 1" de.enem.:de 1995. Es uno de los acuerdos multilaterales sobre~mercio<le mercancías anexos al Acuerdo d.e Marrakesh pm el que se establece la Organización Mundial del Comercio y tiene fuerza obligatoria para todos los miembros de la OMC6l. El Acuerdo de la OMC sobre Valoración en AdJlanaestá:estructurado sobre el Acuerdo del GA'IT de: 1981 sobre Valoración, por el que se adDptó el vatm." detransaccíón como valor aduanera de los bi~ impottadoS
61• En el
Anexo C infra figura el texto de 1$ Nonnasde Valoración en Aduana prescritas enelAcuerdo de la OMC sobre Valoración en Aduana.
114. Se recomienda que los paises adopten el Acuerdo de la OMe sobre Valoración en Aduana como base para valorar su comercio int.emacional:. de mercancías a efectos estadisticos. Este método de valoración se aplica a todas las corrientes ae,bienes.
115. El Acuerdo de la OMG sobre, Valoración en Aduana permite que los. países in¡;luyan en el valor en aduana, o excluyan del mismo, latcnalidad.o·una parte·de los etementos sigIrientes:
"a) Los gastos de transporte-defasmercancias importadas hasta el puerto o lugar de importación;,
"b) Los gastos de carga. descarga y manipulación ocasionados por eltranspottedMas:mel'C}l.ncÍas impor .. tadas hasta el puerto o lugar de'importación; y
"c) El costo del seguro''63.
61 El Acuerdo del GATT sobre V.alarallión entró en vigor el· 10 de enero de 19&1. Se concibió para proporcionar un sistema equitativo, uniforme y neutro de valoración de bicnes:t:fiñesoaduaneros, y que fuese un sistema acorde con la realidades comerciales ilUe.excluyera la 'Utilización de valores arbitrarios o ficticios, En el Acuerdooge sefialaba:que el valor en aduana deberla basarse, en la I1laYOl' medida posible, en el precio pagado o por pagar p.or los bienes sujetos· a; valoración; este precio, a reserva de ciertos ajustes, se denomina "valor de transacción". &te valor se oonvertirla en~ valor aduanero. d..e:1a gran mayoria de· las importaciones y constituía la balle; fUndatnt:.lltaJ;l1aIa la. valoración en virtud del Acuerdo. Cuando no existiera'va1Ot,de Itansllcción & clllltld<l el valor de transacción no se puruera acepfllrtlOrq1ll:'cl precio había sido influido pONfistomones resultantes de eiertllS'COlldiciones o restricciones, el ACI1erdp preveía atrolun.ttod_Q!il!!1TlIAl:\tetlllinat-cl valor aduanero, que se aplicarían en un-determinado Gl'dén.
62 Véase Organización Mundial del OmletCÍ!l', up.cit.. págs. 206 a 239.
63 Ibíd" pág. 214,
Est(rsjgWfka.:qu~e-; en principio, en virtud del Acuerdo, tos pa1ses1IDe:den'éfe~Vll1o.rn~iºne.s dettipo fOB {Hiel tipo elE. Las va!otaci"oJ1{S F013 incluyen el valor de transacciÓiU1elos bienes .y-efvalor deto.s servicios suministrados para~ntregM (as ·tllel'cancfas;cu la frontem-del:pais exportaclof; La valofacidndel:íipo(:lF incluye.e1 valor de transaccíQn~e:.lQ.S:::bHmes. el valoNJelQs servicios suministrados:'P.Na entre:gl}tlºs en la fronteradd país exportador y d V!.®r-dc t(r.s;~Mctos prestados .para1a-entregade los biene.s.:4esde:{ii~fr.ontéra:del país:.e"!'ortador hasta la frontera delt?ªfs,impOtt;ldor;
Un; Can: QDJeto· de promover la cQmparabílidad de rª~~dís~~elco1fiercio internacional detnercancias y tefIíemIo ett'Cm]i!;J:llts'prffeticas comerciales y de'infónnactQtt<lé<liifo-s:,ce la mayQna de los paises. se l"ecofi1i~nda que:
a) El ~q.for e.stgdisJtcQ de 10..3. blf!nes, importados sea un.vaIQr<1elfiÍ'oCIF; y
bl el~ªliJresnzd¡stico dUQS bienes exportados·sea un valQr <M tipoFOll.
n ,. A..umlue: {a-s. ftdrttinisttaciones: de Q-duana' por lo genml eXÍg~D.que $ean los. comercianfCs qwenes indi .. qu~n~n los funnulanos de ~duanas, el: valor CIF o' FOB, hm' ocasiQtt.C$ en que el estadístico de comercio exterior n~~J'itaeJamlinar documentos de apoyo, ya sea para dc::tennjnar el''Valor de transacción o para identificar gastos d~(ezur'O y tlefe~ O.por cualquier otra razón. Esos docum~n,tosdeapQYopuedeninclüir.elcºntrato de compraventa"en.:el q9c@nnalnlcnte'figwan las "eondicionesde entr~" de l"tsliten,es. EJl:elAne~o Di1'ifta se describen los tip~s:Qe~QJ1di~i.Qn~sde.entre8aum~ados;por-et'C:otnetcIo infe~~ionaI~· in~luida.s.las modalidades FOBsrCIF.
US. En er~aso de bi~nes,d~spacl:iltl1os desde el pa1s exportador 1"0r viarnarítiIDa o tluvial, puedeutiIizarse el titto:::fOB en:el¡puertode expo1tación; en:etcaso de blem:s d.e]paCha.d0:s:4.esde-~tpais.-exporta.dorporiltros medios de transporte, y cuando 110 es aplicable el FOB. puede susti· ~'por el ~ancotraIlSportista» (FCA)'.enel'{)uerto de e":pottaci6n; d (10 son aplicables el FOB ni,el FeA (por ejem.mo~ ~~ortacJon:e"s'por: (elT'Ocatfil'O"I'Ql" OIeodl1.cto)~ $.e:·p~~.Qtil~at el xnétod.<Hle "entr~g¡gIó en:ftOl:).gra~' (OAl)del,pa,iSéxpottador. Comp~elFCA,y el DAr te.cogelHos ga-st()sde entrega'de lasru;ercancllXs·en;>{a:frontera· d~l::pats;,e~.e\ln~ldó.r. son SitniIate,'S at'FDll,;,' ~' u!ilización de POB; FUá y OAE s.e. c:01lSld~[a Va.!.QfáClón·tipo FOB. YsJtn~canctas:; iIDl'º~eor vía .marltúna o por aguas i:ti'Certorespu.e'U.en:val(1ra.r..se~gúnlamo<mljdadCIF'(pller~ tQde. impO.tl.@i6n); en el "aiode bienes importados.por otros medio.s1!.e::ttansp.orte y cuando nQ~s;apIicable el CIF, loS ,bienes: se·pu:e~dell vator:ar co:.n:-elmétodo "transporte y seguro ,pag!!d-ºs'liasta~ (ClP)::.eno:elpuettO<le:·i:mportaeí6n. Oomo1a:valoraciOn-cIP~uen~ncuenta.jó'S costos, incltlSi~ \Te' et flete y, lOs segur<:lS'y de' fo.5' bienes; entregados en la
frOnl~ del'eais. imp:OJ.'tªdQr" se "'Qnst«eD:~o11lJl'Y.~m~ ción tipo CIP. CUando $e apli~" .otros· Up.oI: d~:, condiciones de enlre,ga en C'ualéJt®tl ~a~(li'ºiI.) @:Qt ejemplo, enfábriclJ"franc.o.alCQsta¡;JQÚ~113u.9.u~),:es.n~~e~ sario utilizar otrasfuentesdédlJtoS::a:íIJ)::d~:det~) valor tipo FOB o tip'O.CIF para lattan.sªmºtl~:
119. La práctica comercialenl@:;®nSffcd.Qn:~s·:in-'" terttacionalesde mercancías ofre'Ce:Ulla~e.~llAe:([tllil, Uespor lo que' se refiere a las condicjc[treS:-Óe:'emr~::d.c;; las1l1ercanctas. Los estadfsticQS'deoe~~;;¡ dosamente'las fuentes de daIo-~(1j$poñlli~s~~ani'~ar; las condiciones de ehtrega {fe·lasm~r.c~:cumraliZ'ª~ das por la CáInaralnretnacional de~m~r~i'O>,(f~Qmlrql, das Incotc11l1S (véase el Anexo'Ot~ffl21>: C'mun1~::qul~@:: detenninar I'OS valores.FOB/CIF recomen~J1o-s; A~~~ deberán establecer una .estreclta ~QP~~:ió1t~~QJl;¡{Q.s:~th cargados d.J:t'ecolectar losdatº,s~a(ntó~~p.~ta .. ci6n sobre la metodología relativa 4[¡'lL.aIQriestadl~Q.. y. garantizar la diSponibilidadde44'lO];:'ªtf~~{)]) EI~r.: e.n aduana. una vez establecido <le cº:nfQ11'l:1id¡m)~eJ:' Acuerdo '<le la . .()MC sobre Vatom~Í)ID ([~~ri:~IDmiJIDt: la basep~tl valor:estadistko. Nttob:sJMI~I.9~te~~~ doresdeberán,tenerpres.entecl he~liº~~~.(~iV.l1~$: asigMdOs a lQ~s bien~s PQt,lª-s alllotilfu.1f~:.Q~Jllf!\~~~I:· vez;no satisfa..s!!l~tas:.necesida'des:-e.s1a!limc3S'~
120. L.os.N:al(¡re.uleUi~,'(]F'~Q:~~fJacion~W: los valores<{el·tipJt,F.QRde·l.as·cCx~d.o:n:es. 'ªtis:faM.tt· n.tuchas.nec~stda..des1l.tlanticas ... 4'e.m1ID'flb.J@'s.e:ne..~1!@; para ~,gunº.s ,(IDe'S .fosvaIore.s.:-delfm:Q:a:ID::d~.tas.~j)r .. taciones. PQrci~p19. se necesimt: los:: vat~4~(f~Q:o CIF de 108;'h~n~s:.in1pol'UtdQ.s.paraIií tºlt1-p~~iQí:t.:@'l?~:; cios, con otrO's bi'ím~s exi&t~1:.~~n el)Ui~~,ª~º)~} Los vruo.resdeI: tipoCIF <le· to..s:6j~p.-ª:·~~o'S':Qm~ biénse:necesitanpamtmes de\1Ue~.:.Q.@jQ~s:4ll1v.et:" <fe gn¡PQ·deprºduClO(v~aseSa'H99.3}pmr; U:Sl~~[: valores deltip!1f'OB.::(mn.tº",pru:abtene~~xp,ºrumc1s~,º) para bien~ impQrtados) ptoporC"[email protected],ona·,bas.e'.'cf~:;¡ c:iosunifQrme p~.1ó.sbienes (en el se.-Il1i!Iºll~:estií,bl~c~t unú.nico:punto~d~varoraci6np~:e~l?9ffil.TlWe~:tmp-.Ql~ tacione.$~ a-saber: lafrontera4él't~fj).fÍQ:cm~11t~~'d.~t PMS . .expOftaMr) y por cOllsiguI~te:~()S'ptOpºsit~s.: de.Ia.:r~copi1.ªciónde>C"A~ntas~~s~~li~Me) bal~de"Pªg_oSlI.:ntyer:a.gre~º:(pQ:r{j)"@e:,~~C'~.A lavaIOl'a~ión~ en1'íll"ti~.M:ta,\TlÚ!lt:acj~~) ~Ie' SCN: f9~3;.tWr. t8yMBP)~ p~ ZZl«2Z51~~rº~ res del tipo FOB'de bieJles itnpp:tt[(lºs:~-n~~eli~eQr' ejemplo,pata desglosarlos:ga_~p.~tde)tRg~~"W.º~ d~cI~~PQrte de (I1el'cMctaul:e](f~1lH.t~4~:" portación-4I·punt.o d~ impo~dQtl~S'~J@.~tºs::~~:> deran comºVI,IOr4esctYicios."ydeMn:e:~~st.<l, delos bienes). Los valores. ád1iPºFOll:lt~s:b~.Jm3.
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portados también pueden mejorar la'·ütiIizaciofi analitica deJásestadísticas comerciales; porejempló, lasjmportaclones delpais A desde el país B sobteuna base··FOB .pue(lc;n:t1tiliZarse ,para calcularl~.eXPQrtaciones del pafs B al p!PS':A6.®re:~b.ase FOB.
121; Se1'~onn~Jld.aque los países que'utilizan'\'álotí$"QeIlfpoQIFp'llttrl3m11Onacionesse.esfuerccn:tyo-rTecogerp'01'$warado-<!álos de flete·y • .gegtll'o, con el mayor detalle' posible ,de, producto/c<1partíetpe, a (m de. calcular los valO.resdel tipQ:,FOB necesaríos:paralasesta1listicas de las'cuentasnacion-ales y la: baI~lÍe1>agos. Cuando no se diSponga directatnente de esos datos, talvez los paises decidatLobten'Ctlounediantemuestreo.
122: FqentesJ/e datos del valor y cuestiones seleccionadas{/e valórllCión. La mayor parte de los bienes incluidos en las estidisticas'internacionales de comerciQ C1'U2an l$,tr ... mm:ras clYfi\QresuItado de transaccíonescomerciales (cómpraven~)i Elcontralo,de compravenc['comiene, entre otr:a infol'lfiación, el precio delQS'bienes(pre~t(Hle :cont:tatob'que'notmalmenteconsCtm{Qs'd0tu{11entos'comet-ctales Anuºs, como· son las fác~.só: y puede s-erYit de ptIntOxIe'pattida paradetertfiinaN~1"V1l1or de tratIS'ílcd6n. Ab.orn::b~~..esposibIe qUe'IO]fPl'eCios de contrato'noieflejen t(ya:Q~4Q_s_~~'$.tos asociados a:{;t$p,ottaci6n y exportaciºn;(l~1~~s.lA:determinªci6I1'º~ttQsto totaJdepende, CQ01QifaA~_<baindicaclo" de-un,@áustS.delas (:on..diciones de-en@'Bª t'S1ipu1a~:en 'iQl'Col1tratos65• Es p()iible~que el con,ttatode -(:OlnJf01y.enta;t10 ~st~(!isponjhle.o que no:contenS1l1odaldofÓl'111ación ne~~saria. En,ª-les casos el recopUaclQt de datos deberá: recunir a otros documentos comerciales. como son las fa.cturas, los con,@Jos de transporte y los~ontratos de:~eguros.
1'23. Hay~acctonesinternacionale.~ qU~-l'tesentan difi~t1lti(d~ ... $:especialeSQ:planle.an cuestioneueliltivas a la valoract6i1:"e. los. bienes deque:setrate. A.1gunasde las dificu1ta<1esse(!~b~a, la compTejidad delatransacci6n o a la-pecllliarida1i de los bienes. En otros casos es posible que láSti'atml~ciones:no requieranJá valoración de las mercancfas tlodijspartes 'Contratantes: y quenoNal'an acompañadas del movimiento de dineroQ',crédito; En particular se plan~:cienas cuestionesde;~aIi:)J.:aci6n en el caso de algtlfK5S:'Q~ l'Os: bi1:nes es.py~ificatlosen el capitulo I.B.I y I;B~llS'apra, La valoraci6frd~10dos los bienes deberá:reali~arse de conformidad con el Acuerdo {le la OMO sobre Valoración y CQn.tas tecl)lUendacion-es~qu,efi~.en la pres~l1te publicación (véause, (laus, 116 y nI: S..upra). Ad®-U~$e'reCQmiendaque:
65 Por lo que respec:tall:lM'~~~s. inleroa~icn.ales.~ eh:ontenído de los contratllSde cotnpra~f'~~COJíyen:ción delasNaciones Unid$lIobre los Contratos de Co~V@fli ~tema:ctonal de. Mercaderías. dé 11 de .brilde 1980. en Áctau(ltIi;cCót(forrmcia de las Naciones Unid~QJit..e..41s.Qmttatos de CQmpr(jV~t¡zlnrernaclonat de·Mercaderlas, J'1.tJm;. t11J[e1/lar;o a Ji deabrfT del9.89.(publicaci6n de las Naciones.Umdas;.No; efé venta: 81.V.S).págs.118 a t90.
2S
a) Los billetes' de banco tloenUti~os'y los ,valores y monedas no en circulaci6n se valoren al valor de transacci6n del papel impreso o del metal acuñado, y.QO a su valor nominal (véase1'átt. ZO supra);
b) Los bienes utir1Udºu'OD.1!t~.Ql?Olf~$4~ inf9rmación y programas de c.P11lputa,9óta, tale~..c9m() p~quetes que contienen disquetes O disco CD~ROM conptogramas de computadóra y/o datos elaborailQ~parauso general o comercial (119 de carácter e$p~ciall$~ valoren;a. su valor de transacción completo {no al valor de {os disql.letes o CD-ROM vacíos del papel o de otros materiales (véase pátt. 27 supra»;
e) Los bienes para elaboraciÓJ1~,ºsf!iene.s resultantes de esa elaboración se valoren entétnrln.os brutos antes y después de laelaboraci6n (véase:.párr. 28 supra);
ti) Los bienes para repataci6n''fe'varoren'-e~clusivamenteoSegún el valorde la reparaciOl1~es.tiecír. fos fiOnorarios pagados o recibidos, el cosfo>de' (ª,s' partes de recambio, etcétera (véasepátt; 61 supro]:
124. Hay casos en 10squeutl:r~ªcci6n internacional de bienes tal vez no requiera'una 'Vaforaci6nde los mismos porlas partes contralantésyno'wyaacompañada de un correspondienté1tlovimíeuto derunerQo. de crédito, como es el caso de los acuerdos 'COMerctafes'Y'de trUeque basados en cantidades sinprecios..e~~ ... cifi~aélCJs (párr. 21 supra); los alimentos y otra .a,yudahumanitaria (PlÚT. 23 supra)~ los· bienes en co.osigt}aci6n (pátt. 26 supra); 100s bienes para elaboraci6n (pátt. 28 ·sfJPra)~ los ·efectos per~ sonales de migrantes (pátt. 33 Gupr:7/) IQ$. n;l."Ovimientos transfronterizos de articulo s no vendiff.Qs; losre.galQs hechos PO.r entidades o pers_Qnas privad$66; y los bienes que entran en un país o salen de élilegaItmmte y que son confiscados (véase pátt. 62 supra). En tale:SClisos;4eacuerdo con la recomendaci6n general, el valor-delos bienes deberá determinarse de conformidad con el Acuerdo de la OMe sobre Valoraci6n (incluyendo tI uso del valor de transacci6n de bienes idénticos O' stroJlares. o un valor calculado) y con las recomendac1on~l: {obre, valor estadístico que fi$'U'80 en la presente (l1lblicaci6n (véanse párrs. 116 Y 121 supra).
125. La valoraciónapropiac1ad~ los bienes es muy. itnportante para la precisi6nde las esmdísticas deLcQmercio internacional demercancía~. En CQnS.'ecu~cia .. las ~utoridades encargadas deJª:~cop:nacÑi1:f,~co1e1:ct6n 'dedatos deberán cooperar:plH'a proPQ!d'.-ºtm:lIDTValoración c'O.nfiabIeen todos IOSc~sOSjeSpéctalin1mfé cuando se trata de~ategorfasde bienes que·pla:nt~3l1:t'r15blemas (independienlemente de que se disponga:ol!.\td~:lQ$precios de contrato).
66 Los regalos:~ntre personas fu:cuentétn~f!,: 110 $epueden separar de otra:rcategotlás de .envios, tales como un. paqu~j:poS@ (lo cual en si da pie a probIen1lIS .espeCiales); en tales <:aSo:r deben valorarse pOI: el método util~dQpara lascategorias de las qu,e.{orrnan parte.
Si COIDmRSIÓNDHMONEDA
U6. lA<flJJ1dil~q_tkrCUenJp. El valor, de l~·transélccio· nes comerciale:s ptt~deexpresarse iniciaJroente. en diversas Q1on~das o en otras medidas de valor (p.or ejemplo. el ~ur~l; Los complliJóotes4epetán convertir eso..s valores a una':.ÚhÍcaUfiidad'de~u~tl.ta(de'tefetencja)a Cm de produ· ~if.;SladI$b~ tla~iQl1a1es co!iercntesy analiUcamente sig. Qiff~al1Va~ ~. ~@ ad~Clm{Uts. entre otras, ~Qsas. para, fil~(fitcortienles~~merc~tesy para {a (ecopUación de es· taa~ticas, qe CU-en~s. @:Ciº~s y dé balanza de pagos. tlesde,efl'Uñt(l.(le vt)la:derrC'copillldor -de délfos, launidad monetarla'< nacional es la unidad de cuenta prefeno1e a efecfos 4€;;refete.nda. No (1):stante', si: la moneda nacional e.St4'Uj~lalf~bíos importantes respecto:de otras:monedilS-i,el >Val(tOOMli~(,..de,los:dátospuede(ijsminuir. En lal~s,c~tan~1!9drluer41'ropiadg~tillzatotra unidad de ,c.tlentanx~s:~mble .. a fIfi;'.d~e.IQs valores.de las tran· s.ac;¡::jon~s inf~ª(áonales'.e'Wre.sadas en eSélwidac:J nQ·se vieran a.fe~t~tl:J9:s'<m..gt;lldo c,QnsicléJable,p.9r la apreciación ad.<m1'"eclgci6n:(resl!ecto delaunidad d~ cuenta) d.e Iasmo· n~::elJ:qtre:~<ttanslJcctOl'ie-s sereafI.zan.
121. Tipa de c.a1Jlbia.{J~ra,laconvet:s.t6n. D.e",,~nfor~.d.cºn,elA~~d<l:,de;([.QMC sob.rc, ValoraClón en Adqana ... et:ecºmi.~fid!l.:@e:
'~} En'ios-caso'S'en-que:gea ne-cesaria la conversión de' una mon:e& {>al'a .(fetetttJinar el vtlfÓt en~ aduana; el tIp1)~e -c-amb1O';qrre s.e:'Utin.zatáserá elqueebayatrpubli,. cado (JeótdalnetIt! lásaut'Otidades comp~J<mtes-dél'pats de·il'n-p.p.fú1cióü'4e que'se:-(1'lIte. y deberaceflejal"con la mayor exactitüd'iposible. para'cadá pert<nfo'que cubra W'pu.1:>.1icacjQ)t. el v.a}J>t'comente dé',diclllf-!:TIoneda en IllScti'lnlSa.cd.ones-~l)mercialéS"expresado enTa moneda
, del:pats:de'únportación;
"bl E1t1l'.o-<le~~b,iO"4P.lli:.llb.le:.aet{tel'vis:e..n.te;.e.n, el·l1lllm.e-nto,.(f.e¡(a expotUIcto1t-O 4éjI1t<mpo.tl;lciQm,(e-:.. gún!es.tipme ca(Ja uno de los, MiexnQto.s:~. 128_ Deb'eraªP1i~eun ctitetio:e.qWval~~c;con~
versión tanto' a.las inlportacione:s:>C"om.o~1as~tl?~to~ ttcs" Cuando, se djsponga-de,Iº«lP.o.~Q..pm:'.t:CJIm~ pta ~QmQ'para la venta,( oficiales1..de-cm:~d.:tiW.:d~, c.ambioq1!e6eutílizará;serál-ªmeJlill~1lQ~~neta-qqe se~x.c:[uya.'to_da: -c:ar.g!l:p1lt>6e.Mdos;(es~dr~(a difere.nc:.iª·entree.s.e .. puntotnedi~:fl(o.s::t!PQ..s~ ... te). Si -nQes1á,dispOllible<ltipo:~,nre·:cell"d;.m:~Q.::el1, la fecha.4.e la importación-o exponac1Qfu,$~.:te_~().mí~]J3, utilizar el tipo mediocorrespondi~.e:4I;pl;!tfQ..do:m:M:brc· ve aplicaJ:!le.
129... tipos de camb.iQ, oJjciflles:, tf1fl(fjpleS;. ~l)S países: utilizan un· cégimell-de; úp!}S:(1e,:~b.iº:fl\YRi~~-" e..n.viml.d:delcual ,se'llpJican '(fireMP:t~.os:4e1<::m1hlajl:difem11:cs;cate.gQms ·de bien~s>cmne.mJliZ.a-do~J¡ Cle::()'t~':" nera que, se: fu.\'ol'ecen aIguna.s.:~~~iQnes y' ~de.s.g ... lientmtotrns .• Se .. re.eC)weJld:á"qU..e..: (-ªS::~~~o~ metcW§s te' regts~n,uti1~attd!Uef'(ip"Q."d~ cMíOlID(~al; up1i_cJ.b1~·allfS,tómsac_ctones:e~~ il!ID~~ es·:el;ñp.QcOficial'1lfilizad9t?:mt~..e-d}.}
U:O: rip(}s:parareli1.s;q:dkrllI-eFc(ftl'itlL~ ~'" sacCÍones-en -qqe:ml~-enlfp:os:4~~S':Q' dél (fi.~cad(>'negr<rtfé'6-ettttmars:e:~~(:r:dM~; ge:cefieren:a l.Qstipo_s<le catnbio:t1fi~ tº-a~.Olm¡t .. dores de- las esta:disticas: cmt);et~t$)(Thl!~1itt,(tIl~ (fe: calculill'Je1 tiPO'déccnnblo't~l\line-nlI~:Qlir@(f<ten{~:" saccjQl11!s.eu:tales tfiercadó~tiliz~lr~g:(¡I;Q1lJ:r~Q'Sl1~, conversiOn~
26
v. MEDICIONES CUANTITATIVAS
131. Las unidades cuantitativas se refieren a las caracfefistícas fisicas de los bienes y, por estar exentas de los problemas de valoración exam.inadós-en el precedente capitUlo IV, proporcionan en mucho-scasos un indicador más confiá13le de los movimientos internacionales de bienes. La utilizaci6n de las unidades cuantitativas apropiadas puedetal11bién pennitir obtener datos más comparables de esos movitniento"S; ya que las diferencias en las mediciones cuantitalivas-entre:elpais importador y el pais exportador son normalmente menos importantes que en las mediciones-de valor. Con frecuencia se utilizan cant~des para comprobar la confiabilidad de los datos de valoraci6n.
. Ademáj. las unidades cuantitativas son indispensables . paraladaooraci6n de números lnJJJces y paraestadisticas d~ transporte.
132, Unidades cuantitativas normalizadas recomendilIÍqS:PfJJ" la Organización Mundial"de Aduanas. En 1995 la Organizaci6n Mundial de Aduanas adopt6 una recomendación: sobre la utilizaci6n de unidades cuantitativas nornmílZadas parafacilitar:faoteclllecci6n, comparaci6n y anáIisisde~stadística.s¡jntemad()1I.alesbasadas en el Sistema,Aftnonizadj)68. Las unidades cuantitativas normalizadasoSon-{aS' siguientes69:
Peso70
Longitud
Superficie
kilogramos(kg)
quilate:(q)
mettos.·(m)
metros cuaID11dos{mtr
68V~ase"SA; AnexlTfi(paralllcitadetSA,. véase páfr. 6, nota b, supra).
69lbid., introducción. 70 La iJI1i(!ades de I?eso (ldlogmn¡.o.ll) l'~~c1en ~xPl'esarse netas obrqt3S
yp~eden utJliZarse plII'a satisfacer una ®rle de nece.sMadéS. PDr ejemplo, las unidades de peso neto (con exclusión del embaláje) son JUuy t~nes· para el:;análi¡¡is econ6miw,-lasunidades 4e:peso bruto (inclUidó el embao laje)-Ion más adecuadas para análisis4el.ttansporte:.
Volumen
Energía eléctrica
metro~ cúbicos (m.3)
litros (1)
1.000 kilovatroslhora(l.OOO kwh)
Número (unidades) piezas/artículos (u") pares (2u)
docenas (12í.l)
miles de pieza.s/artículos (1.000u) paquetes (u(paquete»)'
133. EnJa recomendación de la:Ol'ga.nizaci6n Mundial de Aduanas se especifica una de las unidades cuantitativas normalizadas para cadailubplUtidade seis dígitos del SAo Se recomienda que los paises utilicen las unidades cuantitativas normalizadas de la OMA al re_c.olectar datos y hacer informes sobre el comercio internacioualde mercancías sobre la base del sistema Qtmonizado. Se recomienda asimismo que:
a) En el caso de las partidas (subpartidas) del,SA en las que la unidad nonnalizada sea otra que el peso, también se registre y comunique ~tpeso;
b) Que las cantidades relativas al peso sean netas72;
c) Que los paises que utilicen unida:dcs/cuantitativas diferentes de las unidades nonnalizadas:<le fa OMA proporcionen. en sus nomenclaturas e.stadístícas. los factores de conversi6n a las unidades nonnalizadas.
71 La recomendación pernrite que se COIl$"erYenoO utilicen otras unidades cuantitati~ enl1om~claturas cstadisticas para la recolección de datos del com¡:tcRf intetnacloIlát de mercancías y para otros fines internacionales.
72 Billa medida en que unpais desee tam11.~n.lOs pellOS brutos, éstos deben registrarse directanlente, pero teniendó ~n cuenta que el registrO' delos datos de.peso bruto presentamficuttad~!!.en muchos países. ta!cVez éstos deseen obtener las cantidades-bDltas mediante mUestreo de los p-e< sos netos.
27
VI. PAÍs' COPARTíCIPE
A. GENERALIDADES
1:i4-. ~ e~.mdisticas comerciales clasificadas por l'~fs.escop~cjpes. que se retierentanto al valor totat del cQttl-etc.io;(le:6ienes (:omo da~antidád"'Yvalort1el comer~ cío de cacJa uno de los productos"tienenvalounalítico im~ p-ºttante; Se,utilizmtparal111a serie de (mes, en particular el ~isis de [as tendenci@·económicas, las cuentas nacio~ nale~J la bal~a;::<fe pag(!s .. ta:-estructura comercial regional. la parti~pg~n..~:el.(:.otnemo~el análisis del mercad-º,· y la adop~l6il de, decision~s comerciales y para la p:IDítica y las· n~ociaciones. (:omerciales. as1 como· para com:ptol:itlt'lá e;;ClIctitud y confiabilidadde los.datos comer. ctare-s. Los 4UalistáS utilizan frecuentemenfe las estadistiC1{S por:p:atsesc-opattiéipes para estimar él vaIQr de las imp9ffilctones y e:~poftaciones' dé un país que no pl"e~ta infQ:rmes (o qu:e sóJoló hace~U11 retraso constderat:>le). <lIando unnsuario c.onsideral1\ldQsQdos datos coMunicado~porunpa:ts •. o cuan1io elUSt'{llrio trata de buscar i:n:diCllclones de que se han sub.estim.-a:do -o ex~genrdó. [os datos S!)Qte·wpQffircionesl)'exportaciones. es .fretuente~ompa" rat4osdatoscomercialésñe:un:país~tanto en su niveUotal ~omo producto porprQdueto~ cOtblos datosdc-suscopartídpes; LQsp31s:escornuni~an.~ e~,ªm~lica$com.erci.ares cllj.sificadasp~t:elliSc()pmticipe:de -diférentesmancra-s.lo ~:-cºntfibt1Y~e:{a-.QO':c:om.l'M}\Qilidád de Ias:estadis.1icas dél:c.(nnercioinfernacil1naldétnercanci~qtIesepresentan (v~~e~Ipi:tt, r58 infrapata·.unJlnálisis,tnás .amplio de la cue.stiOnde-&· c.olllpara51haad dclosdal0s)~
B; CR1TEruOS··PARA:LA,PE1'ERMlNACIÓR OEPAfSCOP~.E
liS. &la.prcsente se~ci6n se,d~scrllicn<UYetsosti" posdedel~ci6ll.df){iats <:oparti~fpeilfiJ.iZad:ºs;en las e.sm4ist1~.4:~;cºm~~í().,itttemacionar de'm-:erc:m.cia$'¡por: vanospats-eS'i-se.-ofi:eceVIm breve complXí"iiCión ((eSU.s"-en~ atjas.e Íl1c.Onveniefite:s~, y se formuIat1:re-comendaeiones.
Eitis·áecompra/Venta
116. EIpaiS-orle (Qtnpfa.es~lpafs,donde está dornieiliado.el cº~t.onttatisª ('ven.de.dorde {os bienes). El país de
n ~ 4'(:fWdO!!e!Jqu~,¡¡e<:~Qn~ éAlºs1'~ost16.149proce. d.~!!l:la$deñni¡;tQlre] ut!.1~dasJ5C)r lQSPaJl!llSyllelu:xto \'lela revl~j6n ~ 19Z.2 de,1¡¡. p~~lieacl6n&f@4:lic!lS le/ComerCio lfjfernaciº~al de J,f~a.TfcLas: CofJC(!JJtosp;li!jifJlctlJn7!S (Para-lª cita véase la nota a pie de p~p 1 supra}.
28
ventacs el pats donde es.t4.:4omi.cJliªdQ::-efco-con:tmtista· (c..Qmpra..d.or<le los-l)ienes), ~~~t1:.t"eSlb:Io~i.a:. do" debe.. interpretarse $.c.gút1 el: SCN; (991 Y etMBl!"S (v:~ªse Anexo A. pArr. 4 in[ra1 Siaro.ººs,pms~u@n~1t· datos spbtelabase de las ope.rn~Ql1es:ge'C.Qmpmt~n1a'i.e[ pafs.(k~omprªl'egt$~:,I()s::blenes:~o.IDa.expp'l1a~lºn-esatpaís de venta,y ér.pais.Qe<ventate~ftará:.e.sQ~~tnos bienes~ol1lo impoJ"t;!.ciones 4esd:~:~I.p:atsxle:(:omp1'!l~'
P(¡(s. de co.nsig1JaciÓnl.4.f!.Slinoiúlliffipxli!sJi11Il: conocido/envío
l3.1. El país de ~onst~i.Q1t(m<él C'aso de:'($InrpottaciolIes)es el p!lts'desde e1:'Cllllt~e;d~$p:[~.n.fQ!l, bienes al país Úl!PQt(adOf. sin queenningUn,pJfsinmm~~ dio se htl.biera¡producidQ'oingtUU{:.t:rnnsic-~t61l ~o~taI uotra()peración@.'P'!ldJera:mQthñ~~~ºl1di¡;j-º-il'¡jOtI"'
~ca.de losbiene.s. Sla.t1 .. te. ·s.llenes. ar~:pmdtnp. _. .P~º._d .. º.~. bienes han .entrado :eJt..un:ferJ:--er.pllÍS.:~:(i~:est4'do~~fi:" dosa.transacciQnes:>u-.op~ioneure~-tiplJ..;¡e:g:~~· P3is-deberá con'S'i4étafSe~nro-:elPID.tde:c:O'~.d'Qft~el pats-de consignación (en :eI~a:sp--d~ª!t:.e.xpo_tm~mr~SJ1~;. nominado taInbíén:.pats de destmol~A;1:(iafsAÚ.iJ.U~,(e desp.aehan. .·.IOS bi. efi .•. es d.~sdc: el. pl .. a.i. $;CXPP .. il1a~ºr. ~ s .. J .... nJ><{9.~S: hasfad.ondc.':$eoS'epa:·en ehnom:ein~tf~"¡tt~ID'U\'Ci6ñJil1." yan.estado.$llj.~toStl..núrgmla~ªc ... C'i:61!:Cmnercl~ttí. OP~~~i.6n .. 'llfe,pudi~. m.e.di ... ·fic.ar:~a.·~@nt1ict~~ .. ~·.- m.~ª::Q. e' los bI~es. Slpats ·4ctéIGmo :destiiiO~:CI!f!º-~tdº:el.:4{iIti;. mopafs, has~ 4.onde s.e s~a en~ll1)omettf~ltexp-ºr:" taci6n •. eneI·qqe·"e.enli'egará.íl{OS:61elí~'S;:.iP@pendieñJ_~:" mente del¡fugar41' que·'6 ... e bayanlf~Jl~Ji-a.~ºUúd:aliñ-ep;fe· y c.te;4qe.@sucamino:hªcia.e.s-eV1tÍlj1.º4!m.umYaJI~-º) sometidos o no-a transacciones -cºm~ªIe~trn~~ ciones que pudieran haoer -carnt;-mcf<'l'Sl!:>$.11ilaC10il.:fWf4t;;, ca, Por'-cJ:em.:Plo. sien. eI:-mQme-»Jo;.q(H¡;r~pQ'r:ta~lQn:·$~:· $.aº~.que·(º'SJbienes:ban·de~e-t-eJilte~c!s4l:P·I~l~'A'j¡p~w., int~Wmente:·b@, siºQ:4esl'a.cha.dQs...ll,(lJH~'prut:@!r$ B) :en.40n<fe han:,~il1o<sometrdºs:·.ft~cd(>lre!:C.QUIer;;, cial~suotr.rsoperaciones:que.([1odil'i~an:su CIDtc1i'd91tjllrtdica" ese tercer-pais (el pafsB)e-s:etI!::1fs:de.:destUlQ.;f . .eJ país.Aeselpaís de .últimodestlno :cono~i(fó; Eñ.elcaso~dé que los bien.es se entreguen .a.lpaisA~itt\l:l!e::ti.~;O~'::doninguna'de esa. s ttansa-CCi. 0. O.· eSUQ]!. eTIlcio .. ue.s; c. 1~{~.A es tanto elpafs de-destinocomoer:pajS~únim.Q;d::~Q conocido.
138. Elpais de expedici6Ít(~Ite~-ªS'-º:tJeIMimPl)m," ciones)es el pats desde elque seexpldeM()sb~~e:;' pendientemen.te de-qu-epueclan haber: oc:uttii!c)':ol1.o1ID::el
despacho de:ias mercancías desde el'Pais exportador transacciones comerciales o cualquier otra operación <lue pudiera mOllificar la· condición juridica de los bienes. Si no o-cnrrenes!lS:ttansacciones. elpais de expedición es el mismo..qu-ª~j::país:de~nsignación. El país de expedición (en el caso~(fe lasexportaciones).eselpafsalque se expiden {oS'bienes~ in<;1~endi~ntemel1tedeque6e~spere o no' que, ante..s,de lalfega:<;la de los bienes alpais. tengan· lugar las transacciones u operaciones antes OlenCÍ9nada,s.
Pafs de origenlconsumo
U9. Elpaistle origen de un bien (en eLcaso de lasimpottaciones) ·/fe· deteonllla en virtud '<le· normas de origen esmblecidas:1'.Of-cada:,pafs74• Por li.lgeneral, las normas de origen se ba.san..en::dos criterios fundamentales:
al Etcritério· de lOs.: bienes' "producidos totalmente" (obtenidos) :en un pa1sdeterminado, en et:ca1lo-de ~ue sea únt~eJ1te un país el que haya que tener en cuenta para ~tti1tair ~I()rigen;
bl El. c.riteriQ de ~formacion sustancial", en el cas(ure:::qt!~:$ean::dos o más Io..s.p¡Úses~qt!.~han.tomadoI>artC;CJ:li..ilW:O-duc:clótl de los bienes.- A.ctuaImente las directrices: im~l<ioJ)ªlSlS: relativas: a:.e.s.os -criterios solttas establcci<fu-sJ{>Qr..elConveniIH1e Kyoto7'5. SetecottIí~nda <lue los: paises' se ajusten a las disposiciones, pertinentes del Convenio-de Kyoto para detenninar el país de-origen en sus esta4ísticasAelcomerciointernacional demercancias.
140. Oesde la entrada en vigor del Acuerdo de la OMIC sobre normas de orlgen1,6, el Ccnúté Técnico de Nonnas de Origen~ bajo los auspicios de la Organización Mundial de Aduanas (Bruselas)yel Comité de Normas de Origen, bajo losttUSpictoS'4e:faOMC (Ginebra)~-ban emprenltido el programule'li'abajo pa:raanno~aciónde las normas de origen, de conformidád:~on:<l ~l::ambos comités~
al Emºornrán:defUIiciotl~1fe'lO[b~eS';.oot~dOs tota:Jinent~:y de'Operac1Qnes <11frocesosmnrtnros que de por s1 no confiercn'O.l1geneUtt;ólen.;
b) DesarroUár1U1 el ~oncepto .. de· t:t'am!(Qnnaci6n-sustaociatexpresado por el cambio de laclasiticaci®..ataPcelaria enelSA;
e) Elaborarán. en los casos en ros..que.elsol(>~oJle la nO.ttrenclafUl'a. del SA no permita de.cirquehay ·traPSf.Qnna· ~i6n- SUStancial, criterios complementarios. tales como POfCeD.1IJJes 4Jl vgJqrem yIu operacionea de fabricación o elaoOfacionj
741{ay tarn1Jién una lIerie de paisca:quelloAienelten.abSQlutQ;JlO:rmas de origen.
75 Véase Convenio de Kyoto, Anexo D-l; para citar el Convenio, véase,pátr. 6, nota a pie de página mpra.
76 Véase. otganizac16n Mundial de Comercio. op. cit., págs. 252 a 265.
Los criterios de transformacron'$1lstandal:se:elaboranso· . bre la base de cada producto y se apliwana.unbien cuando en la producción de éste intervenga·más dé un pais. Estas normas proporcionarán diJ:et1tic.es. internacionales actualizadas en esta esfera y permitiráttla ileternúnación del origen de cada producto objeto-de tr:a:nsa-cci6n'internacional clasificado en el sistemac41111onizado.
141. El paf$ de consumo de wrbt~(en.el caso de las exportacioneS1'es paralelo alcollceprO':(Ie-'paB-<lé origen en el caso dé las importaciones. El pals,ce-<:onsJlI11o~sel' país en el que se espera que los bienesse utilicen para el consumo privado o público o como,insumos en un proceso,deproducción~
C. COMPARACIÓN DE LOS POSIBLES CRITERIOS
País de compralventa
142. Est~~riterio es suficieutél:'tWute claro desde un punto de vista-conc.eptual. perodatugare1nC'Olfgruencias en loS datos recolectados~ ya que en $llttrayorta 105OOtos se registran cuando los bienes crtlZ31Has fr<lf1feras; Para ilustrar estas incongruen:cias~ SlIponganros :que.:
a) El país A produce bienes que. se venden a unresidente del país B. quien a su vez los vende. a un residente del país C;
b) Losbienes se expiden'(Üfecwn~nte del país A al paísC.
Si todos los paises regtstran los biene.s.c.uando(:!UZan su frontera y al mismo tiempo utílizrul: ona base de: compralVenta para la asignación de pais.:e::oparticipe.. la.Scstadísticas del país A registrarlan los bienes comQ e:¡¡;portaciones al paisB, en tanto que las estadisticas.c1elpaís C registrarian esos mismos biene.s c.omQ'ÍmI!ottaciones desde el país B ... NQ..op.$!atlte.lases.ta4ístlclls'4dpaÍs B no indicarán impo~i()n~s4esde ell'ªj~portacionesal país. e, ya que los bienes no c~ fronteras. No c.ape,esperar una comparabili,,-ª~ª:de las estadísticas comerciales entre c.oparticirréS·,si-t.sas estadísticas se basan en unacOlIlbina~iºnde-<;tUce<l(:" frontern y principios de compra/venta. Adc.más. l~j:. ~Qml?rastventa.s representantauólo una.partede>{~s.e~Stic.as:del comer~ cio internacional de mercanclas;
143. La r~copi1aci6nde~sta.4tsttca'S:tSPbre una base de~ompralventa también:plante~S'elproblemade
cómo obtener la informaciónnecesarta~do.se envian los bienes aundestinatarioen.on:palS:queno·sea et.pais en que el compradorestáubicadoycmmdO:~OS·bienesse recíben desde unpais que noes-elpa1S'~n:que~stáubtcado el vendedor(véase el ejemplo en párr. 142 Gupra). La recopilacion de estadisticas comerciales' sobre una base
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de;e-omprafvj!J1ta"Cs una()pera~ci6n~relativamente cara. que exige un eSÍ\iet:2:~onsiderable para -determinarla residen~ ~ia delcornpOldOr (en,el ~aso de las· exportaciones) y del vendedQt (en-.el-casode las--importaciones ) para, cada una de, las transacciones,de comercio exterior. Las encuestas· pueden- ap011at información pertinente, especialmente cuando,están:~culadas a.declaraciones del impuesto de valorasr~a4º; no obstante, en general" la recQpilaciónde estadístf~as:.@r comercio internacional de mercancias so~ bre una ba~e de compralventa no se puede recomendar comononna.
Pa.fs de consignación/destino/último destino CDl1ocidQlenvio
144. Eng~eral, el método de cornpilardatos porpais de consigwtci6I11destino ofrece la posibllidad de obtener e~$~dí~ti~ascongruentes y una ~omparabilidadraz-ºnable¡ raque promlleveel registro de las nllsmas-transac-ciQnes e.Ql' lospafs.c,S.importadores y los exportadores; En los ca. ~QS; en:. @C:' nQ; ~SJen transacciones. cQrnerciales 11 otras qp']!"acÍQll~j_que mQcJifiqlletl la cQ,ndiciól1juridica,:Qe los bienes dm:We su tra.tlSp9tfe desde el paíS: expedidor (P)lisA)atpatS:tece:PtQ_r(p~J3), este enfoque debe-dat lu~ gar agruP:Qs.de ºªfos. sim~tric~os, ya que-IQS bienes regis~ ttIlgi:>s corno importaciones por un país se registrarán como eJtp-grtaciones por el otro. NOo(Sbstante, si tienen lu~ Sil\" esas- transacciones u operaciQ,nes nrienttas tos bienes S"etumsportan a través de un tercerpais o a través~e~guas internacionales, es, posible qu.e: los regi§1;t:os: de importa~ <;.ión y exportación de los paises itnpIlcados no· ofrezcan una-sitn~ª sern~Ja1)Je ... debido. por ejemplo, a.lvalbr~e~· Salio en Viftu'd([e actiVi~t{~s de elaboración, el costo de los.. s~cios cO'nexps· Y- los, ttrcremenIPs de precios que a~"Ceti!Ul-.enJa.s cifras de itnporta~i6n:CDmpara.das con bts:ctJills de-.:ex-p-Qttación; Por(Jtraparte, se ambuye la tota .. Ii~d'delvªlor de-.-un~acci6n a-lUlpafs que tal-vez sea tatl$Q1ola-ul:iicaci6n deuIt:lllinacén de disttibuciórro-de un hitennedia:tio-. ESQ'S-datqs sobre 1a-:t1ls~4e,la---consignact6n wnpoco iiQn companºle:S:c'Qll.¡a-ne~:estd¡tdd~,ºªtÓS'$'()bre er.l'. MS de~rl8~n:para-,[mes. 4é'<cuotas. y de aranc~les. Ade· tHÍs-" pDed~@e:er:-<:M04e:~e n.o $e.oeono'Zca-e1 desflhO:: de losi:>1ene-s-:tm:eltnom:entode·su:exporta-eí6n. de:-<nIe1os fiienes ~IDn5iefl.de>(l~stUi.Q· rn1entra~ seencuentrallé"tt: alJa tnm' o d~ que:' (º.s:;bíen~s fe: -transJ:i'Ol'den desde el país de des.t1no:ori:gínal'(tse~nconseC~I1cia. nº~e incluyan en lasimppt1@i~fies::de::dichº·plliS1: Por últil1\o, por ló que resp-ecta a:cimos tipos de:pl'odu~ctos. en particular obras de me .. pueae:n Efplicarse:: dt~cias esPeciales como la C'xc.lílSi6n -debten~s itnportadospara-subastacomo impor~ ta~ones t~tn.ll~mUes,: ~re~ándose ast.unadiscrepancia con-1~¡e.XPQrtácto.nes -de; ~ontrapatfe·en: las. que-figuran como exportación al pa.fssuba"Stador. Enla_-ptácti~$lasestadísti~ ca.s de expºrtaciónrarrunente se revisan para reflejar el pats.:de -degtjñQ-real.
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145. La utilización. del paíS' de· e.2C~di'cjÓrt tten~· la ventaja:de.que para ,Iamayoria tie las::tt'lmSaccioneS'jltafifo en el caso-de las itnportaciones:corno:en-eWe:4i1s:expotIaciones el copartícipe comercial puede(Jetenninarg.(á~tr~ mente sobre la base de los documento$>de embarq1l'eJ No obstante, la expedición de bienes entte:'pa,Jses::a:o:,refIéj'lI forzoNanl<mte las:transacciones-cometciales; EItranspor· tede.bienesdesde -el pais de'Cot1Signa"dQn:arpatS':((~l1esti~ nO'Pllede suponer la utilizaci6nl(ie:ml1f'tiples:expwt4o.res y el paso a través de varios paises., Q~manera~:eu;cl momento de la importación de los-b.lenes el1'am~.<fe::.ccm., signación y el pafs.de expedición:pued:en:nº-'COUlctdit: El país identificadopo~litnportador:coJnQ'patS.«Ql>articipe será frecuentemente el país en,que se' hayan, COll1JlcJQ: {as últimas disposiciones. sobre hI expe.IDd6n.. yo oJt-ele.:afll desde·elque se despach3,lJln·etNUl,prin-cipto IOÁ.,6í~s. O_e esta ,ge-·d.esprende que elxe~-@!W!.emS:"J).p'.mliC:i; p~,sob~e la base 4e la ex~edici6n:~fíI~!If~ª,geJl diS19l'SlQnªda de 13.$ CQment!';s;(:ºme-r(áalc::s: Olfe.ma."CiQtm;. les de mercancías: y. en conseC1Jen~m. @ se pue:d~ r~JJmendar.
País de Qrigen!consumo
146. Elregt'strode"fas-impO'tta'C~~P-.QrP~:d~ri~ gentie'ne fa ventaja de mosttar fu-tel¡tejQl:ttllt:ccm:@mr'(I pais prodüctor( elpais en que: se·ortg!1:nm.fbs:tren~:y:el país importador. Bsta infónnaci(ji1~'CDnstd~jJJt1is-pe-n~ sable-por lÓ'lue respecta acuesti<me-s·:d~-mm~n.egociacion.es comerciales; para taca~illisti'a~iQu-:d~: ClIQl11Sde importación o de aratl!<ere~s-diféretl~iAle~sY:'r~i:sis eC.Qnómicos conexos. El Am.terd!,'vde1Ia:,QMU 6Dbre: Normas de Origen" qqe'd'·de:.auupliIn1enfo'<llill.g-~mrio para tDMs,IQs;miembros-dc:{itQMc.. in:..dica,{as esf:ern:s::d'e s:u.:apUcadÁn:c.DttI.º:5.on elttalO.:d~~~.IUnts··fllY.me'CtQa;. las:.pt:ácticas.@lidwnping~{ºs.:dge~hJlttQm.p~!orrns, la'S-ntedidas<l~'salvaguardia,- t~los.en·o:mLerta-(le m.arc~de orlg~n..las restricct~~nªtivasV4as.:cuotaso El AItli~«fo disl?ºn~e~~ec1ficmn.e-n:lCN¡qe:,{gS.41'Qr.mas de origen creta aMe, tras·su-,4dop-ciºn~ '~~o11:lP¡enc(em tambiénlasl10nnas de origen utiflZaMs.{iata-las:~ºm'pras del "Secfor1"tThlico; y las estadistícaS''COmerciale'S~.
147: Hay, no obstante, iitt1ita'ciones en,-lítuJllizac16n de -datos recopilados sobre laba.se deI:país><lc->o!tg~¡. La más notable dc-'-esas fimitaciones:cs:qtle: e-se-en!QqTte: no permite un registro simétrtcodefas~--nm-s.-ti'attSac_do1fes: comerciale.S por etpaisexpºtfa~Qr:ycel.palsin1ponac:r<1r:si lOs f:Henes OO-'6.e importan: direCTamenfe desúe:'ctpaJs-,de producción, Supóngase que los bíen:.e.s: se PJ'.Odl.l~ltcelt·el pais A, que se venden y expiden-aItmts. By qu.e:..wfetiº-rmenteset'evenden.y se expiden:alp-alS:{l. Lllsesta.dtsti~s del pafs Bregistrarán exportacion~:atpa1.sA'.pem:.ras .e.stadísticas del pllis e no atdóutratt: sus: (m.~neS-!e1:
(.!lis e., sino (J,ue. ' indiclU'án que las tnercancias·ftieron: im· porta'(Jasdell'afs:A(pais de origen). Estehecfio complica {~t~U~S1ion:(feIá~<rmparabilidad de los datos y. reduce la u'fiIidii~ .(IQéstoj':(lru:'a.al$U!lQS,uPQsAe:MálisisJec.Qn6nti,. cºsJ¡eJP~dªbnenteoenla ,recopilaci6nde estados·de:laba· ranzlfd~:1fªg()«I¡Jstfi:e.ados por paises o regiones ~oparti· cj~~sJ¡
{(S'. también se plante3IDd.ifiCUltade.s. p~;detenni· nllt~fectivamente.clpaí$.<le_n. ya;:1ll!e:.{a:infonn:a~i6n sobre·el origenpata<fi~ten~s~c;dones puede note;. nerla:mismª.calidªd_d~bidQ,1J. vatiª"dQn~~'elI lO.s.requi.sitos para e:!hi.b1tpru.ebasdQc:amental~. Eltequisitodepresen. tarrWl certific:ado.deorigen de los b1-ene.-sJ~~ deflIlÍdo en la l~.atancelatia.de los paises, y ®!$~,.at'1ica a todosJQsbie· Ii'cs-qqCentflUí:tlum pais ogllm~c:l~:é.J18. En el casQ depai· ses p.e¡t~ec.ient~s: a ,unione[BJ;[lWle:~Iªs estMIsticas del. c(un:en:rcre.xteno.r4ela unión (cC!:Olet'Cjo fueardda.unión),
'. pOdo ~e.se:(e.fiere-a.lasitnportaciones. 6.C bas.i:PQtelo, ge· neraLeitelorigen. Pet"o (as estadisticas·.deh;!:nn~~tI:e E~,t)lÍe-mbtos (com~rcio dentro de· la ·uniQI11'P.~cJefi [email protected]ól0 el pals d~: consigga-cí6n (9 el estadQ.,de expelttCiQuttecepc.i6n)79:
149. Los:~t!tS de exporWci611>PPI' paJs de consumo s()n:úfil~liñcmueDle"perQJa'.fe'CoIecci6n:áe~s·datos SllPQ"ñ"C dili~dCs:;(febtd(j a la fáIta·de': fuen1es:-de' infor· Dlaci6m~e:cuadas~ Es muy dificil(egiSftaí',conprec-isi6n eL;pais:~:o(:ºns.umo.; ya que.en'e.l:mQme.nto4e la;~ºrta· c.t6.n.es:fr~'Cllenfe.queno se:1;:-ºnozcae14estin.o ultedor de tos' bienes;, por consiguiente,j. M· 6e' pJ(ede recomendar CO.Jn(U10mm 4nt.ctnacionatelpªlS-;(k,~Qnsumo.
O D,;, ,..,."."'" crÓN .' ~y;.Co'm . .I;.nYA<.. .
150. Aunque ningúIt tU~ó (fe: a:(I~ciºn d.~ país ('Qt>aJ1ícipe es ideal, la ast~ac'io~;Qti.g~ít-de'1las impor· Ulciones satisface algo qu~: -te. ct5i1fid'd'a una aplic:ación
78 ~:<J:Co.mréliio d~ Kyo19, "Ia:~,,~~~o@':o().men p~ea;<"xf~e"91í1m®te.jé.s:~ecll~1i!l13iUpll~Í1rtrd~,d~choJ: adium~tP~teííeíaIes. ó\:.JfI,edidiis ecoñCCnlicas o.:.c~º-lnert:¡af~u<l9Pfi!" .. dasumr3lél'iílmelíte'O'envirtJ1adttllCtU:rdofDiI4terll1é$'(J]!fúltti~es~o, delIledf~~0p~p()traz,0I1~ <lesaIJl4 u ardeilJ!ú1:!Uco"(AAel.OD.2, pág. 7; pata cit;tr.etCOnvento.·v~ª~pátt; 6,41(!typte det5ágtna:~rIlJ.
79 ~éase' Qffictal JQJU1Ia..l 01 the: Eilropean ComínuflJ1iª. tfiU»ber Ll16n (1991). Reg1runento No, 3330191 del Consejo.I@~º':Jl.
31
prioritaria de las estadísticas del-contmio,tnternac'ion-al de mercancías; a saber: lascuestiotle's:de.:pollfic.aceometcial y eTanálisis económico conexo. En 'CQtlS'ecuencja, se re~cnnielljbtque, en el (:l:}So:QC;:; 1#,(n1-PQ).'taciIDtés:., se re· gistre el país de origenSP; que(e:~$.i.nr..e;co:rno informa· ci6n adicional el pafsde~onsignadQ'u:;¡ flqu.e:.. en élccaso de las exportaciones, se regi~treel:p~s-d~;,.¡ltjñlo4estino conocido.
151. Se recO.P1l~nda que elif~lmQ:t.to·e~tadfstiC!).de cada pa.ls,. según lo d«fma el pro.pto:' PI~ij. constitlIya la base sobte·{á:ellal ceompil~Qs@p1tttlCipes~om:erciª· les. de cada pªí~:, S.US.: e_~~1icJ\$ COInetciales por paiS~s8t,82.
(52.. Tal·vez los gobiemos~ e~rp'UºliC~W~1ra· cionaIesy PIU'¡rsupropiouso'~ deseettaw-p~fj)S'p~í:ses demenor.importllficial'ata slt:CJ)~; Sm~m.bar.go~ al informl!t·a>"a.s-()rgannucton-e'S(~º-tm1..es::e:·tntemaciona .. les los paíse-$deberánproporci~datos -pam.-cada tmo de l.oscopattlcipes:.(:otnercialéS';; pe;eSlunanera tanto lOs usuarios nacionale's'comolos intem~ona1espodi'át\cal .. cular los totales correspondientes a-ló$,grupQ:S CC'01iómi· cos y geográficos dé coñfóttnidadcOtltllversOSiequísitos analíticos, y permitirá a esos usuarios: estimar lo.s-,datos comerciales-d~tos paise:s ,qu~ se demoren.en sus~infonnes O' que no lQs:,presentcu .. basándose ett Ias-e~dísticas-:de los paises~opartícipes.
30 E~ n!c..9m~ll¡l~QIJ acepta que [email protected],(lIÜll.tNQrfilg$ de OrJ,gen de Ia-oMC~n(5fnpletadas) par.rt:«~el~óll4i:l pals de-orlSen; vl!lS.~paft; 139 mpra para 111 apllca~il~élas-disposlctones pertii'fe!U.es dél Convenio 4e Kyoto.
8l Basa$~ ~decistQll:t\~IaCcnt!1l!iónde:E~4.ístiCJl; v~ªe O.Q"c:umentos Ofict41es de/~ EéOfJóffficuy$J>/:t.?f[, 13·'Perlo:djjde le· Ifofles¡ KupTl{fj{(f¡lg,No. S(&'1994); pátr;. ZlJj
8Z·p~j[~.-tos1>lÚ$eu sabet'.c()Iii94~@'1)@s'IIU tetl:'.if!)riQ e y,ª:re1!ll:j,qn entte~~ºriQ-em~rio ~U8l1ero. la 'd~l~díStica de fas· NaciQlle.!~ÜQnCÓ TetñtorlQs ITdiianeros'flehmmáó, cuya 1Utitna#~e' 1989.:qmblicatión dellls'Naciones Uí1idas;.l{~~;Q"comOllyydilalos. l'~$Cs .. la División de ESt;l_~;I$ Nª¡;i~nllsl(t1,11~;t;tmlii~IJ~Ia. bo.ra y facilitanna:pubTIcacIQnlIfüfiída$tt!tJáii.rpCou1Ifi:JrO,..l"!4rea Co4es Jo,. StatisticttI V$e, búQrtll:es.eA!1.4i~:@.J;;~; NO; 1011tev.l~ ptóxiínllmefite: $el'llbli~:ta:revfStóOlA:l
rSJ: Eit~~~~enfecaplt\®:,~~@tml diversas ClJestion~Sfelalim~:preseUIa.ciQñodC',infórnles y a fa:(1ifu~ºn'tf.e.datoS:~'([email protected]]1~S de~arácter omotreraÚl"""e: '~~" 'I;>;c.~. • •. . ~., i:l."~.'.,,,,~
r54. /lifUSiQn. La utiIi~(r4~·lª-e-SUldíID:icll$>dél.cO~~tim~fil~toMhl~1)1erc;m1cta.t;afiguaI queottas es~i~~a:s,~m-ejQtítcuanáQ se satisfacen: laSlle~~<Iª~,~o; EnIfé'eSl:TS1'lecesída/lel:delus1.W¡-O: ~ra Ó(!~-po~de:w~~.infQttfIa-clºn acerca de las {Y~nfes y tn]I~,Qtil~<fQ:S:: para reC.Olectatt y recopilar f~tfatºs~o~lª pm:efitai!6ñ.opottUna.y peri6dic.ade ~to.s~~. illbThl:'f'ete.cisos; NQ-ob.~te .. ~ 6~,..eC.Ofioc~;.que e\Ieae::~5~<c:~·entre·lQs.,()bJ~tiVO$(Ie-opottu1U.dad, mtUiªQlIi<fi!'d~si6núe::los,,,ªfOS;,eor-consiguiente, se "~opt(~1l4ít()l!t:{9S·recQPiladQres;.de.datos:
al: 01ñmd.an:,P'íDlic!m:~e- do~~óns()bre sus til~~s yltnef()d~
bl l\nllncien pl1blicamente:(qs:"kc.h$:previS~s. de.:pubJi:~aci6ñ~
4 riQ"PJ~r~1tI~11SUálifiente::infotnles.:.de:djt(lS1l la ~~d"'de' ~'tn~Jfianle' p'Ublicacl~mes y/ó me({iQs::electtóñicos;
d) Re~u-"penQdicam~t~· Iós&f-º"S-:~c,lo ~e-.dis· .. l'Qtt,ga de· iní~~í!)@J,ci<mal)~ tenlendo'deljidatnente en>cu~nta.l@Al..§cestc$¡f~d.e:: lQS~~os de e:S.Ui~sticas c.m1fia121~s,
ln. I'mM.Q"<fg teL({f'el1Cl((:. S~r~~Q1ü1e1i.dª qqe·lQs ~s,f@1~~tmIl\ºQ,C:Oli1""(!b~~~Q:,civil J;"I' '1 ... A" .. ..: 'ór-' ·• ....... ,..·,c:.A ....... ,,· ... ..-· ...... mñati61e'....,..n:!as "'~ .truen!.!<l.l!º''12. •. egon<HJ...Y . .z..~~~W.H~ .,,:t:~.j!!. - .. "'''"".
te"~~~~iOll~e-SMbJ~~ida~.n·ibtpt~..sen.f~{5UWélici6n.
lSQ. Eil/Jlfca.cró;N!e lOs ªi!f~. sg)~~9ml~l1Cfáque' In!! ..... t ~·...n-f· 'bI'" ~·t . .. "· .. .n,,tito..-,""riensuaI ~.m.s.~~ªl.!.ü! ~p:u. Jcam..!m!~:SY$..e,,~ ,,_!!.~~ •. _ ... ."
rD~m.«t@~:rr~UJa.::Iósjfato'Sa~s:lf(lºS"y.al0s da@~Q5~p.~:cºpatt~PQ'$.de.:ptQ~Uc" @j tos;, Qm6~) 4&1llt<fM, P.Qf: (5rM4~Q y ~o.pJ!l1Icipe 4~p:etált{ª-'dlitarse .,,Q.t 1º;~n:º1.~Oll;pertoQiCiQa4,trimes.tm.L Se "~:CQmiefi!f~qu.~,las es.~(b.Stit1ls·dd~(nnercm in ... t~cirumr"tte(Ife~@~-ª-S",;#-ctímtilUgu:en.de.:cQurorJl1idad '-<rn:'(lIS.o@;_Q1)1-en@~IDnel.:(ºnte.l1idas euta preS-C'fite pubU'< cac.i6ñ3 ~n~CuIar--exclu~q(,J IOs.~j~~.s:4J1.enciol1t\d9S en-el"C3"P..ffillJ1:-W.2 $JIpra (b1~]1"~s:1l9-e:4~1>e@1;exclWts.~1 y é!l.eJ.c~Pít!lfó,rs~:: $t1pra·(biefiesql1~·deperán exclUIrSe pef"o:·qu~.:s.~t.egt~~Qn:ep:arn:4.Qlt~~~.que s~pu.e-4@'J!j~9s:diltosd~1lªºSl~ara.c.alCU.l~()st9.Wc~4el C'.o.m:~rctoiD(et@C'iQnar.a~tn~n:J!ncias:a.d'éctºS":de cuentas nªcto!lal~'S yd~ 6ª1~1J :dC!{lago.s);
32
157. Confidenr:Jalidad; Elllll,U"c1!º,~~lª~ca., cióh.dé estadís1;IClrS' a:J:~nd~~~ de.tSA:o>ó~ ... [g· CUCI~ Clasilica~sp~~O~jp~. ~~lmIf:tI!fQt" maci61b~obtee"ffiPfesas p~ s~aQ:'~ ~ ~ mfa:·
•. ,n··l"...t-,.f-·k . ~ "·"~m>-onti~arc~··. cOfitran}J.a,a .,l>~ .. lª.cJvnnaClO~li? .. :""'.'"'~_. \le_ ... 'i:l!1~1,l-" E.nfales .caS'OS:'*~~qotere-:4fgurm-:.tPl'lñ~·:dC' -sup~i9iXde. datas;, pel'oelln"~t@(hJl!e-seelija~S"~po~~.;. sid~1>1e:'tarn,¡ª~9Jtl"P3taciones:,inJ~~1~; ~oC~? e-onueífd¡tqueªls~tostm"~:s-d~:coH1téIéIl~
,'. fi:S.....s_:~C.' __ .ab. . .. - ~éfe:·....-.t¡oen-l, Clil l!.li;lU tQ~ l!1J0111l .. "lvn ..qae:~.e'C'\mo;!"-I,l\"_ ,·"-i!L.LY-L .. M<!.~_ (SlIprimida)se comvtU':qtIecofito.dQ:ifetalI~'elI~ ... perlor siguiente 4e'~egaci6nJ([e;~o-s-,~~~:, adé~ente' (/t·-confldencial1..@c1) PQ,l" ~~p~ $1' ,~. ·SUpfÍ!Jg:mt.1>rod\lClºCofifidéfi~'(a.1IÍYer:d~~~: del'SA1"COU desgl(jse:compleTotrp~~i~_P1j"'!1.~:([~ rá CQmutItéarse coU.detJIlescomp1etJm:;alniver:~Q:' d~;am:ega.cj6n.d~tSA;qll~'P!o(~<R~c;1amem~{it:@1l ... fi-ºe1i~iaIi~d~ {¡a~"pt'eJi6lr~~>{Q'"S.$.iJ~IDll:Cl.rcIeº-~:; ~e:en@JÜveltn~s:elev![d(I:d§{itªw~3tQit~~~ to.s.qu~Aº :n~(;~s:ariº.
(s8J (¡a clfmp{lJ".(lb¡lil1.cfd'd.if.· (0.$) diff(1S-: stms:~.,~Jfº unª~s:fiºn 1mPQtfaIiti:.~ l:<a"t1o:~ID'ª]:;lIi~'~~ cuen$o(l~'difér~ias de',c~1J d!f«~t~$)~OO9'S' para:.el trtltannenlorde ciertóS":4)i~IXe..~mlt~~1(le: 1,JSO ttrj]j~ pertre'chos, datQ~onfiif~~~ il1~e:.mel1.'" (o.:s-devaIotell:paf[es..it:.m~ml~º~Airé!elrciaul1.fji:cl@i:.;; ficación4~'rQs.bien~t deJlfOfM~Jt,(ií:p~mcwn::de>ii:1~ fºrme~ dif~~º~iaI) en: los (f1~~Qs; o§, ~CJraciOD~ en. p~u18! dif~féiJª~ ClFJWBi 'ºJfEmQA)d~)4fu1~~.;; m~fodQs:~~~aciOJf1f~~,ats~~attrcJ.P~f!(.Qltl~ trtlyésdé:p-af$~ iñf~ediQs. fJJg' rar~.q~: C'~-mn~ da'd.puc!ie:~d!l]1rse.ehbu..eua~!:1itm.:~:mt:lil-g~~D:d.e k!SjCQll~~lQS' y Q.~ri1ictones q~ @ ~([~:.en:,(~l
~:~~~~!a:~~~;~~:di~~!:.~:: en; las fUentes.:de I.c>s datoSi ~OIe~@:l(á·>te"epl~@t..,~: dil.ll)'"S~o tfifa ell:Jº:QtaciQn.'Y~:{Q-s::t.~s.uI.~l1~} tll'1Jtnizact611;de.do~flto~·~q~J!l"efifo:s:;o:@~a:p:~i~lf· del()'S"'mrretciantes.p!lfl1.PtoPQrciº~Q.mm~QD;:p"fe~.;; S3. EficO't1Sécuenc13 ... s.e· f~:IDíeltlljt,:;qn~'(Qs:.~'"e'S",.em'" pr~n;dan .. peti6dicam'éllte es:fuºiQS";4~:('eCQnclllª~ñ.:.t1fa;'; terar'OO1urtilaternI,()procJ@ln·-a;Ü}I~cambl.QS":4~~<ful!:l'S9·
de manera que sus estadísticas puedan ser más precisas y útiles tanto para (¡nes nacionales como para comparaciones internacionales.
159. Importaciones retenidas.. A Mes de presentaciPb~ (lfgun.os·p~ts~s que reunendálos comerciales según ('jlr~_D1,:Qlfi-etd:al:gen-eral talwez.~eseen indicarlas imp~rtadOJles retenUfus. que nonnahnentesecJllcm¡m.<leduc¡endo la"S reexportaciones de lasiInportaciones generales. Las cifras de las importaciones retenidas debenufiHzarse con cautela ~~(j() se ·trata.4e:ptoductQsen particular. La d.e.dJ!c~i6n4e laSt'ee'W"o$ci9I1es-d.e lasimpo$ciones generales,p¡e.senta dos. dificllftMes. En primer lugar; como cU!te"a.iIDpQfta..ciÓn y la subsiguiente reexportaci6nprobj1premen~¡roediará un cie.tto p-eliodo. que puede:. ser de varios mes.es.cab.e..q~ela deducci6n se haga en un.periodo ulterioralp-crlod9 de im.portacióQ;,lo cual podria.dar como ~s.ul{adºuna.c~ncgativa deitnp~ortaci()nes r.etenidas en el ,ª"$.Qj4.~ .. IJlgunos p1'OdJl.ct.os. Debido a incre-mentos de
. p!,ec~ªinflaciónQa.::cª-1'gaspor.ahnacenamiento ínternQ.j;.s:~.o.s,c transpottes~ etc., un.productopued~ .• ener un vaforsup.e..tior alreexportarlo que·cuandQfue importado. Po.reS'tá.s·razQnes.algunos.paises:1ian:suspendido la;.publi-
. Cac.i9fl:Ú~;:(us ~stadísticas <1e:UUpoffifciones retenidas. 160: Nútne'tQ$.. índices, MJ.!.C.b9.s usuarios necesitan
también mas:4nfQnnaci6n..qu.~,lá:que"propcrrciºnan los valores comerciales por pais o·por pmdJlcto y también reqqi,erenAnfoI'Illación. sobre pre.cios. y volúmenes. Pueden elabQratSe dos tipos de índice~q~e:refiejenlos precios: indiceslf~valotunitario, basa1fosptUnQtdialmente en documen:f<:tS::(fé·-4<!i1mas, e índices d~::red"ps, basados elt$tos de enClleS~s. Las ventajall e it1C"OIívefiÍentes relativo·s· de estos dos eufóque:s l1e,,ª~_copila"Ctól1.de indice~:(e:d.escriben ~m LI,l' publicaci6n: de ras) N,ªc.iqUes U~: titulada e.srtl;i[~gf{l$parala Ih:{!á¡Cf1i1f4eprecio~ y cahlil[aJies en el c01Jfercloex!eriof84. Aunque pprlQBefle..rat s:e:prefietenlos indic-es depredos. en la práctica caoe. lapnsibilidad de que los'~s ¡m dispongan de. los recursos neí<.~l.~Os para cotn. pílare"Se tiP.O-d.é.inf01lfi~Cl ... io.n.~. s. ét'e~Qmi@ll .. ªqu.etodQsIQspaises pr.Qduzcan'fpubliC{!len.~chcesde·-volbJnen (lp;l.ll1ílPm). así :C<.ol!lo,fñdicé"S de:>V.a~tarlo o>lñ:dkes de pr:eC"ioS.PMa.susimppl'flfctollesye~Qfta"Cil:5nes totaleS con periodictc.meftrret1Sual: trln1-e-sttal y anual. Se aliélltatátnbién·~·l05·4!aises.a -<¡ue caléulen y. ppbliqu~:(fSº"SJñdices,
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cuando menos trimestralmente, por lo que respecta a los grupos detallados de productos.
161. Datos ajustados estacionalmente. La. pu61ic;ación de datos ajustados estacionatmeme con periodiCidad mensual/trimestral. qu.c·mclüyeIDtMl<r ~19tes:como nú~ meros· índice, proport1unaarut'~~~)UífQnnad6{1 adi~ cional necesaria para el análisisec:c:m:6ñl1:e:o; Se alienta--a· los paises -a que publiquen esos-dato$ perlÓdi<::amcnte.
162. La ECIMRev.2. el SeN fMly e[.·MBPS. La presente revisión dHºs-~oneepto.s Y'dermtciones, de las estadísticas tie comettRf.(ntemªcjonm:de'm:et~ancflfsno recomiendá'IUecolección yc.ID1L~Qi.6nde11alo~'sob(e. la base del'fraSpaso"C1~'Pr:opiedád; ~:49S::6istemas dé recolecci6n:rle. daros ·6as1fóc5s -en.·llts-tRfillIfia"S :que utilizan la mayor parte=<l.e:,lQs..t'Jlj~es.n0l'ue:4~n4\plicar¡ese enfoque. No obstante, $e~-r(ltotnié.OJt.qu.~lo~pal~es:
a) Utílicen el cruce de la fiomm-,de' un terrítorlo· econ6mico C0li10 orientacióngeneralp!ll1llá:ific1trsi6n:<le bienes en las estadísticas de comercio; in.temacional de mercancía.s;
b) Utílic'en la lista de ajust~~(ígor.a enJa presente publicación{véans.e párrs. SS lf-61szqJraJ.'l'araquela cobertura de las esta(fiSlÍcas del come-roo intemacional de fil~cancias se 4lfroxime más Ir los requisitos del SCN 1993 y del MBP5~
c) Utilicen el sistem~:g~eraIñeregistro de datos;
ti) Hagan una: rec-olecci6n por. sep.l!t'ado 4edato!lSobre flete y seguro. Estas. (ecomendacion.es p:e..~. ro~ c.onjuntos de @tos'más com.Plltjbl~~mtladefmicj6n-Q.~1~oJl1ercioint.cro.acional¡dc:;:;m~C'anclas que ha.c.!m;-eISCN 1993 yel MBP5, ~i:CQtno informaci6n::adi~jotW.:que,p~nnita dos recopiladores de datos decuen~Jl~~rmlesfbalanza_de ('a,sos aproximarse lo más pQl"ibleafas def'uriciones del SON t993'Y'·deIMIW5~ .
-I 63:. ALa.larg~" a condici:6tl de--qtre {ós1'1JJses lQconsideren (>rn~c:o. la modificaci6n d~ (OS: eroc~di.mientos aduaneros y laelaboraci6n4e m~M):®s.::pID:'a.(eunir datos QO aduaneros p:o~qeru: una: Ii~ (5ííl'a el registro del traspaso de propje~~fite~s-@j~Qd.e trahS"ªcciones internacionales. En erGIQ:-dequ,~~e: llegue a esa sitaa" ci6n, cabría revisar. ~~sC1l!§:,t~~()Jl1eú1fi¡:cjones· con rnitaUI19~a may~r~on1z:tcjO.p;~.of11Qs.conceptos del-scN·~ m3 y del M'llPS; .
An:e~o·A
c.1)m;epfo$.lf'4~fil1j(íClD~S.básico$, .. ehttil'os,,·Ias·(lIentasDaciob1iJ~$) y la balabzade,pllgos
{~ L:([Sié~~~~Qí~JÓS tlsiC.Qs,!?Ma,fos;queexiste umt~~~~.s.Qh:ei{Qnlu.e'@;pue~~malil~c~d{~os ({~>tfl"Ont~ºª,ll:y:atYª:tt1uJ~~~d~:trnnsfértrse-d~~ . ~4.ins...tiliIci.on~.m.e.dianJe~.cciones realiza~(9~mm.aAQt;,(Smt·(99~.pW:r; 6~7),
2; C!ls «~f¡j:º~:$ºn-e.ñtid~fdcsina~~(ljentes sobte: (¡{Ntt!~: s~~tl~í1:r@faor~~ deJ':ec~e,p~piedad~ ~smºi· no:.pue4.~)mlm..ambllJfSe:p~t separadod~; $U. e.tID!~QÍQU.. L1Y.s; ,~fi'idQS son pl"oductQs hetetog~ºe()s 0'm1Jf~i~QsJIol:>.-t~JfidO; quej:rSen~~nt~4:.onsisten en c.atñbtos::en.{~<l1ciones:(fe:{ás@ÍffiideS·J:lUello~'Consu~ y. Q!!~ -s.mt;.el«iUlm~º· de ·llJ.!f.. 4~tividades realit:adas (f~_'P~JJJ!Lor§ad'@l~4e)1ºS.(;QusmruaQ:re.s. En el (tf.Q:nr~n@;P~~.i,[it~m~®cj6.ttlQs~jQs(®.uido C!fl-;""~d' ..... ;.,.... . ¡nsunr'¡f¡ ...... .,.,(tiI"fi."T. [2~3 ",.. 6 8)· .. ~;>"!'~.ºs:_._"-O. __ ._1 .QJ::I<»~. w\..,AlJ .~p~u" ~
Ehel<:-aso 4e1>~ses··tnan1iñIQ~ @!(~mtºtl~~. '"ihcJuyellJS:isIa"S"PetteñC'cienf~p1ir~ºns1a~~~~", tás~xactañiente a·{ªs~~~rti1alI~~S:~.~' netiltias qued territOriC1~<mtifi~lnªr~p:(J-t(~~~.t1en~~ petS(jmISl'uectan·cit"CUfarfil)temen~1t1:fQé_.J~~d!chas1s-14"$.sÍlNl1I'JgtJDa'claJe de fónnalnfu1k~~:()~Mn" augra-ciºñfl'(SCN 199.3; párf;. 14J))i ·'Elterrit!')~~. ttt1~o de un p"ats (lO itlclitYe' (QS' @~~ ~: util~l}9QS -por gob¡-ernos:eXt@1~:Qf$!ft1t~~m,:, temactºl\alªl1ue,~tialllm:,mt~~~~@'-! (to; d§ las frófifems geo$1'itiC"M @. e~) _ M~, SON (993. párr. 14;U).
4; EJ't'esIQ datmmdQ.e:§.·~~ (ex:ntór1~'ClQ; in;;" cruido~:~lt~mtQfio.ec-ºtIQmi~o4é.,on.::pats. EDt~º.q~l Itf!}fid"Q~sta-C'OflStLfiltdo~ efifteQ@s.:(~:s.,po.t,(Q1!fWtQ;;. riQseco116ntícqs·d~J5arseS}(~1~ri"Q:s:ilnmxa~io.,. ~res.yfQs .. eu:cláV~(t:errn~tiaI~delltf~~:de:D"fg3';;, njzaciotWs mtertiat:tonaIe.s den.qQ:· de' rg, fi'ruiJ]i"JS
1. El tenitOrllN!CQ1JóTfIicmde,í.f/1.fJPdfs· "c'OttSlsteen el t:errltoríQ g~~l..Q.9:-a~$ti'!.dqp'or~obiernQ .. dentro del cual· ~@:. mW,lment~ personas. biene.s y capilar' ([eN r99.3~ p1fr; r4~9J:~:4ñ.~IYYe: . nac1Ofi}il~s;de ffif'P"ar~{~~~',.gONl [92!;¡.pate (;f63)~
"al .El=~re()" • .lª1~~toriªIeSYIaPla~ tafóJ'it1ª~º .•. ' sjtua<ia~ba:j(Y~1.:@l~ci~le~, ®bt~flis.~,~sffi),ª-de dérecli~~:&:~lilstwS;().· ~Qbre1MlJlI~:ti~tlelUf~~~,jwisdiceiól're.ntIJate ... da-de:P~~d~!lQta_~~·t2lTsúblésommera'" @:s~~!fQ~:orde. .@lQ4él'f!!chtr.~ .
'~b.J.· to~claY~n~~~~~~~fº:delJlíJ.lfido aerrtI~· ~1lif!mJ~~." cRfimi~~~ S~Q~ @:::otros ~se~~JUljf@,~º-~(!~~();q~~{5rQ" ~ ...,.;r~;{.lls~A'@g:(¿)~.:tim"tt"Cll~lquile~lU'il rU1éa~l'lbmáUc.O"S" •. cru1iY®.s.; c~~·a.dé()trlYtipo; -<...mI>~~ ~ºªsula{f9~ 6.ª~:. mthli!:f~j; cstacjQneS ~111i~~~e.iHfQl'tmlc.i6n.'.(l(tt1!fi!fcíci@ ... (Jr .. g~ckI..Ji~~~~3-~II~~~JfQlfOlitWº·fQ1'tlID~Qtfñ1Olfe~e~~;6aJlantifua'" ([os tis.~~ CQ$ bt~l: 0:. {ª¡ pm~· p~.~i1~1\. (ircular.(ibreIlT~file:"efitr~:Qfj::p~:~.encl~y~:t~fi) ... da1es"@.:~.:e~Jtan.fe~~toestán~~osaI:~~nttolder e.o1ii<mlº:<lerp~$:,eltqq~>se.:t.alIan locaftza:(fós si salen fuem;tfel~~lªYe~
"el: ~) to.fiM ti1Jncª,s el d~i.tºs.,«du::aneros. 0:' (ábriCM:·a~i:fiitltm~p.Qt em~f{~as:~~tenit'()tiales. biljo C(f"I}1fºr:a.I1~~sfo~p.W::(I~1.territori()· é:COJ1Óttti:C.Q4~0& •. ~$:'elt:er:qq~'6e:,hallan:·IQ~fltllaa.slísi;..
. et1te~ ~ '192"" ~ ..... t· .... ·"tTI· catn __ F t~~. ' .. il. P9U''''!t.,;iLj,
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i Ul1a'~niátltfwtiIttCfº'{J{{l{~mINmtdjªen: (QlíM:<J~ bº~s. y,(M.eJ!úQa.des juri4ié~~$OCl~~c.Qnm:~mt:@'" cl~.c4.d.. ~.instifUctºD.,mfiD:.-:d~>(u.~:~~,. ((o) (yé!\S~SCN: UJ23tPái.tsi4~:a:~~::uncm1ra{[~ .. leré.s eCQlJqmiCll' y, c.l mm: ªn.ifffjl!)~lJTe"! ~j ~> A .. r+t ~í6 .. de4'i<1Tn1f .... de'. ffli .. ,f;;;aeS' _1f~, ........ , 1.1fD1R', Y~~~Jl .. ~ . .,aq .= _..H~_~_ .. 4Jii~!Y!i<!!.","~ ..... H, ~..!=""'.
c· . nn .re . . "ñars+ff ..... c!o _1==·1il-- .. · ... tal'...f;;....,~.rerte:.; ªP 4~:1o!.~1!!l-r~.ut-~_.~~e .. >_ .ul,~L"~~,,,,~I;iA· ttIlºfi~cm9:.IñicJftfelpiUs.-e!te1· _J!rruks@:-el~ª:wt'" ~?~mG,(J~~AiU.! .. 1!mctO"~~~.. ~~;. vi;f;;'..r~ ... ~~cas ~~fi'\n~· ... · ... -..f;;'..,.i ..... ;~~· -~~ . __ .:f-.. _.,~~~~..@4<~~~_~ .~I-Y..~'" ~~fftj .. jatf.: 62 "~<i"e-lafilo=-t!7'ft..,., mM\.rr-..... "",m' •. el·:. W~ .. ,,," _Q,~'" .. _ .... Jm_~~uz.,!q'9lli~.
SON. :.[ .• ~. gt(~~~!M.1tl.:@~l.~~-º.~: tc$pe~o{y.é.~e.SCN, 199.!~~ [{~
~j. TrP$pOSlJ ,de l'ropIeili¡d;¡ m:@PMO::d~:'P.tOPm{filJ) de:fii~llé.s;t'JJede1~:4eihdóle::{~~ fi~:«'Q~c~~a cQl1diéi6ítd~que·~·:cQn1Q te~j;}d<l:@::tm.~~r:c.Ptl.., t1""ºut.deJ~l'IºsesjºI}(ré-ªS~~ lU};¡ E!lrnspªQ:; de:pro ·J~~ºP1fede·ocurrltelHi:an~IimQtíe~ .. <Cn.t@'~:"' le.s~ ~na::parte (cQntra.pattelpl'QPru:d.¡¿ª'Ut1~fQr.:e~o'" nómico 40P Y~Clbe 4.cambio>:~~m:tl::ro:.", Ol~cio:intenutcíilttlJl:d~$erCM~lm~QucºIlQml.C.~t
:!:~_!:::i~~~i~~O~!1jf~==~~: e~ofiOüüCOtrlª:ottctsin.tecit>jt·d~~~IDmít~n:.;¡. (:ra:pfU1i~ en. fonna'de bien. $.~rvi~t<t'O)@liYo~V. ~'s1 pátt: ~"8~ vé@etamblénSCN r993:'~ 8~ E~fi~
mas transacciones se consideran transferencias y pueden tomarse como ejemplos las donaciones o las reparaciones.
7. Hay tres casos en los que se imputa un traspaso de propiedall aunque ésta no haya ocurrido:
a) Bienes en transacciQne~ entre emPJ:esas. de ;nversiones,directas (sucursales/flTialesly empresas matrices. En el.caso de esas transacciones, "legalmente, lapropiedad de los bienespnede pennanecer invariable en tales circunstancias,pero se imputa un"Crunbiodepropiedad de hecho" (SeN 1993; pán". 14.59); " ... las transacciones de bienes-entre empresasdemversióttdirectay su casa matriz u otras empresas relacionadas se registren como si hubielIen ocurrido traspasos de propiedad" (MBP5, párr. 205);
b) Bienes que se envían al exterior para su procesamiento. Se exige que los bienes que se envían al exterior para s-u pro-cesamiento y que se espera-retomen como nuevos productos "se registren como exportaciones, aun
. cUjUldo no\Sevendan a un no residente, y que los bienes reciOidos' de vuelta: se registren como importaciones, aun cuando no lIeancomprados aun no residente" (SCN 1993, párr. 14:61);
e): BieYles--enarrendamientojinanciero. Los bienes están en arrendamiento fmanciero.cuando "en la práctica, el arrendatllrlo, asume los derechos, riesgos, retribuciones y
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responsabilidades de la propiedad" (MBP5, párr. 206). Como regla práctica, en el caso de un arrendamiento de un año o más se imputa un traspaso de la propiedad del arrendador al arrendatario "cuando se acuerda un arrendamiento fmanciero, aun cuandó Icgaln1ente el bien arrendado siga siendo proptedadcdel arrendador" (SCN 1993, párr. 14.58).
8. Hay también una ocasión en que no se tiene en cuenta un traspaso de propiedad; esel:casode los bienes en transacciones de compraventa (véjf~e,g_CN 1993. párr. 14.60). Las transacciones de compr~venta tienen lugar cuando los comerciantes o negocian fes de mercancías "compran mercancías u otros bienes a1l0 r~sidentes,para volver a venderlos a no residentes dentro del mismo período contable, sin que dichas mercancías entren realmente en la economfa~n que los comerciantes'sonresidentes" (SCN 1993, párr. 14.60}. cuando eso sucede, el SCN 1993 no considera que baya teni®lugaum tr¡rspaso de la propiedad. El MBP5 contiene un~HeQomendáción análoga: "Si los bienes se adquieren:en una economía y luego se enajenan en esa misma~el:l<ltra economía sin que crucen la frontera de la econonna:::en la que reside su propietario temporal, se considera que se trata de una transacción de compraventa, y no de una impºrtación y reexportación de bienes" (MBP5, pArr. 107).
Anexo.B
Oefinidón Ae·términosaduaneros y otrasdefini~ioneu:on~.xas
L f"emUlrto llffillJl1l!m El' territorio aammero-es "el ~totiO ,enebl'le, ge apl~a::pl.enJunente litlegisfáciQn de un::€'SládQ'" <OtmY.enlQ,'(fe Kyo!o', Anexo A.l, pág. 6).
t Mel'.CJJ,lldas d.f: libre drculación "son las mercan~i$ qq~: p)I,eaen enajenarse· S'in restricciones aduaneras~' <QlnvcJliO:l!e;I{YQ!O.AneXQ:8.3, pág. 6)~
3: Clif(l}áe-c!4TaC16tt d.e mercrmcfas es '''Una áeclaradfjtT,(n~cliaTen:eTfornrularlcr,presC"rito por! las autoridades ~l1uanm.S" m~diante',lª~rtaspersona.s}inferesada:s indicmtel~tqa;éri1alieFQqne'habráde4p1icarse a las ~m[S·'y. apottal1:l:0sdéfalIes'que se ttec:e.sitan-para.la, 4Pl~Qn ce:'di~o,proc-edirníento"" (Convenio de Kyoto, A.tJ:exoA,l:. pA1I¡ 6Ji
4~ lñf2"lJrtiKiótt de mercancías m~diante despacho plitat($11i1tretl1o; "'Eht:é]pacbqpara usQtntemo es un pro~C[iIuienfo:ad,.mmeto-ql!epennirealª-s mercanciaspcrmafi~C'e:r pem:tane-nteIfient~ en .. el: tettirorto aduanero. Este prqcedUnient()'~PQne<l'pagudetodo.s los derechos e imp'(l~.sIQs, de impJll1aci6n aplicables y el cumplimiento de tQ~S las:: formalidades, adUaneras, necesarias" (Convenio 4~Ky()1Q~ An~xo B.I, (fágina~). Lasmercancias"pueden á<;~larars.e;'P.ru:a:uso intetn!tya.sea -directamente en elmotnenJo de-~>üuportaciótttl des,pués 4~algún .otro proceditIDent():ad~~rO~Pll1o-aImacenamiento. ac!nli-stóntempo,ªl.:o-;~4Mttlan~ro'" (Qmye.ni-º4.~: KYQIQ. AnexQ:U.{:,. flM; 1).
5. E.~o.rtl1.ctQ1J>de (as: mercancfas' (exportación comP!!:l{1 ),.,; Este'PtOC~djfi1.í~,,', ~td, ~s-e~pIica.afª~m, " ~can, cías,', q, ne, selldode Ubre CIrCuIaC16Il$ dej:pl el ¡temtono a4mmero y [email protected] <lestinad$a'Perin~ec~r pennanentemente fu~ta.de -éJ~, q~~Jl"CXcluidas . las: m~rC"a.ncfas expo~dás' en vir(mlIlé'lftl1>ro"C.editniento.ti~fettocesiºnO'1l1lprocedimien(O de e[®oración Q-<!on.reembolsode" li)s,Qerechos e impuestQs::decünp011a~6n" (Col1venf(J:4eKYDtO~ AnextrC.l, pág, 6).
6:; Al1mtsJ6n<el1f]Jar.4J'{pC!;arer.CIDlcia"S"] (Jara elaóQracMñt11fenra;.- "'Es~tptoced.itniento 4dmmero,:en ~del CJmI. ciem.s rn~rcancfas-, pl!~den: enffllt en, un territorio @uanet'oe.~eJlªs:co.ml¡~ionalinentedep-ago de::derechos e @puesfos>cfe- impotta:ctón;, esas mercanclas: deben estar 4~sígnada'S:p~:sureexpJ)tm~i6n.dentrode un periodo defertnina~(rtta.s;fillb~r sido:sometidas a manufactura. eIaboarci9n o'tef>ID'a~iºl;l ... Se-emjende por 'prOductoscompen~ S@Q"rCS' {6$: pro:dlruO.-S:: o~dos- en el aIl'SO o como tMlIl41dolJi}.fIt:manufaCJilra~{a elab()ra~iQn o Iareparaci6n 4~{~:m~l'Can~adinil~s1emporaImente:parasu elabo-
nld6ninterna ... o:o~ne-~1l.~l.tSE[~º'S eX1:lusivamente de las Q1ercand~' ~t~ t~rro:;, mente panl su elaboración inte~ p~de.::~' @.~o uti1iZar'm.ercan.ci$'(!e·-ortgen.:mlct(tn$o:-itnpo~;Pfe" viamente ... las operacionesp-mniti9i!~n~d'dé.iª:,-Q,¡ misión, temporal: para elaboración imema pue-:(f~-'teJll¡~ ~~,. en-o ins~aciones designªda$A~.ot!1Q; W:t\~~e~~_ elaboracIón Interna ... 10.8 produ~fO$· 'QrnpenL ~ [pueden ser exPQrtatlos aultlpJlettolTh~Q:,t:ri~qa (situado} ... e.lHm,ahn.acén adi.lan-er~~s.'~~CK~ portaci6n-uUeriot UQtto destinJfilllt(:j~i); ... (f(~.rªe;., claradqsll!arn:mointern:o," (Omv~e:~QfO~ Ane-xo E;6~ pág, 6:;(1,8. y,U y 22):.
1. Exportación temparof: {§i::: m~eaTl~ . .ppll.nr:~/ª.~ boraciónenelexterior. Laexpamci"6ltfelttporal{?f~~" candas]..para eraboraciQn-end:rexrerR!r:-e:S)UtV~~ miento· adllanera-en: virtlnf:del, cmtHi:lS:; ~:.qtre están en libre circulaciQnen un:,@t'fifOfÍo ad~.pu~denexpottarse temporalmente. elU'a:6Jtlnanu.fªctln'a:i.~la~ boración, o reparaci6n en el eXf~t1Qn y pQSRti.<ll'f!lJlI!.te reimportatlas, con una exención1ºtall1l!.ar.cja1.a.ei<yS~@re .. chos e: itnpuestos:dc itnpott,tciÓ:tY ... ~~"@:{>J).r <prQ.ducfos~ºm-l.'<l.ns..ªdotes' ttIS;PrQ®g-~~ .. tenor en:elCUl'So<Q,coIt1º: .. ~SU1Utª~[gJt.n_@Ilmij.(a-: ela,bºraciÓll;o'[.a::t~araC"ióniie::fas:UJ.er~a:s:6p!ymdiis:{emporalñlentel (ml'a: 6tJ.elabQ~eIt-e1~tmt?'. Cos'." productos'coJl1p~dqresp~ed@,'f'co1Q~:ell~.cénadqanero o:en1lllªZonafianCIUlI1tª:del!~~Q-s para uso interno" (Convenio dé- l{yoto.. Anexo E:.8.$ pflgs. 5 y·6 Y lS)¡
8. 'RcJrnporlllct6n de merca1!JcfJ!s; dC"SpuJx:tli!' m)et: .. p01'IaciÓllofemporal p(lr.a.elªbQr.fl.cJfJflc:elIoel~.n1Pr. (;~ mercancía.]: importadas· en vitt.t.R!~e esI~_: P.I'º-c.e§@!~lI(Q:: estatt tota{:o l'arc.ta1mente.exentas:4e4ere:cfu,'S:-e;@p~s~ tos, de. importaci6n (véase: Con:y~niQ) Qe-; K-YºlQ1 M.e1ro E.S; pág, 5).
9. ReimpQrtacton tle,mercr!iIdflS¡t!lrd»1ts!!fg:esI.4l!..(); Se entien4epor eSfél expresi'{)n ~ttptO~d~fitc:t~@,11e" ro~nvirtUd(iel.cual rasOlercancfa-Mlll-e:·fu~mt1,exp([t1a~ dás,y se encontraban-en (ibre.:drc.ur~oenc~1flle productos ~mpetlSad()res· pu~®lt @~!;UI?-m~ pata uso interno Ilotes de dereclt<>.s'oC:O tm.plt~SlilSj<ti:í: ~ºtfl( ... ci6n, a.condición qéqlJe no>ll~:,jdó:o$.oMe~.otml-:' g@proce¡fttnien:fodetnan\lfa~..éI.ª-()'Qta'C~ ción en el exterior" (Convenio de- Ky.QlO~ An~! .:tl~ págs. 5 y 6).
16·
lO; Admisión tl!ttllioral [de mercancfas] sujf!tllS (1.
reexportación en"tlm1s1'lfo estado. ''Se entiende por 'aclinisión temporar el! procel1ilniento aduanero en virtUd del cual sepuedenétraer aunt€mitorio aduanero ciertas mercandas exetftas "Condicionalmente del pago de impuestos y dere~lí-osdewPQl'Ulciolli esas mercancfas debeU1Mportarse"elln1OJlprop-ÓSito especttico y deben estar designadas pata$Uteexportación dentro <le Uttperfodo<leterminado y sinllu.e-hayan -sufrido ,ningún cambio excepto la depreciaci6nn1>rmal debid.o ah1s0 de {as ,mercancfas" (Convenio de KyotQ •. Anexo,E.S, pág. 6); ElConvenio para la admisiólUetn"ppralde mercanciasa; que se concertó en Estambul en;junio'de 1990, proporciona una descripyj6fi detallada de-esteopl'()cedimiento e identifica las m-erC3nciascuya adIfitsio-n temporal se pem:tlle.
U. Almacenamiento-aducmero, Se entiende por almacenaJfiÍento aduanero "el procedimiento aduanero en virtucl' d~l cual se a1macenan las mercancías bajo control ad.uan~O en unlugar designado (un almacén aduanero ) sin pagode derechos e impuestos de importaci6if' ... lasmercanctas:itnFottadasoo son las Unicasque pueden tener derecho a almacenamiento· aduanero· ... debe permitirse [también lél almacenamiento en almacene'!! aduaneros de lasm.ercancfasque brevemente hayan sido objetQde algún otro-procedimiento aduanero ... [estolpennite que:las autoridades adt.tan-eras puecfun dispensarlas de estos otros procedimientos· aduaneros o devolver los derechos e impuestos de itnpottación. según sea el caso. antes de que las mercancfasse reexporten de ñecho" (Convenio de Kyoto, Ane~()'e.3~ págs. 5 y 6, Y 12).
12. [Se permitel"~e las mercancla~ almacenadas ... seansom-etidasa las operaciones-usuales de manipulación pat'amejorarsu.embJuííje o calidad de comercialiZación o para prepararfas para su expedición. tales como parcelamiento. agrupamiento de paquetes, clasificación y reemballl.ie· ... pero sin que eno implique autorizar-cambipalguno deI'c:aricter-fundamentaI de las mercancías" (Convenio' de Kyoto, Anexo E.3, pág. 14).
13. Zonas francas. ''Se entiende por 'zonas francas' una parte del territorio económi.Qº -deUfi Estado~el que todamercancta que se introduzcaseco.llsIdera por lo general. en1o-qlle-setefierea derechos e impuestos "de importación. fueradel1erritorio aduanero. por lo que no están sujetas al control aduanero ordinario" (Convenio.-de Kyoto, Anexo F.I, pág. 6). "Puededistingqirse entre zonas franC'as :cotner~ia1es y zonas írancas.4ndustrlales. EMauonas frllf1~4S:~Q7J1erciareslas_o{fera-qiºtles permitidas se runitan e-en~Jm~le alás nec:esarias,p~laconseMlci6n de las mercancías 'f' 'ª [as formas usuales de manipulaci6n para mejorar su envaS'ado,ocalidad comerciable o para prepararlas para su (lxpedición. En las zonas francfl$ Industriales se autorizan operaciones de elaboración" (Convenio de
·'N~pneS'Unidas. Treafy Series, de pr6xima publicaci6n (No. de registtQ:J06(1).
Kyoto, Anexo F.I, pág. 5). "Alespe-qificar que las mercancías no están sujetas al controleduanero,ordinario, la defInici6n sefiala el hecho de q~e el (;QntrQI aduanero ejercido sobre las mercancfa,s sittllrclas enZOl1¡ts francas-es más flexible que el que.se aplica a taos m~f~ancias almacenadas en almacenes áduanetos, poreJetnplo. o admitidas en régimen de admisión temporatp!W<l1luelaboración interna. En tanto que en el ejerciciO cret-control a(Juanero ordinario las autoridades aduaneras disponen de toda una serie de. lIJ~didas especificas concebidas p~ garant~ el cumplimiento de las leyes y reglafflento.s4~:~a apli. cación son responsables. en el caso 4e·la:s: tºJUlS francas normalmente sólo recurren a medidasde-sup~sión general. Así, los locales situados en zonas francas no están sujetos de ordinario a una vigilanciaaduanerapennanente. Las medidas de control que se aplican a lasmercancfas durante su permanencia en la .tOfia (ijínca.secedq.cen por lo general a un mínimo absoluto y 5~' refieren principalmente a la documentación pertinente'" (Convenio de Kyoto, Anexo P.l, pág. 7). ''En algunos paises (las zonas francas] se conocen también, con Qb'oS nombres .. tales como 'puertos francos' o 'almacenC.s'{i'ancos'" (Convenio de Kyoto. Anexo F.I, pág. 5).
14. Tránsito aduanero. Se entiende por "tránsito aduanero" el procedimiento' aduanerO' en virtud del cual las mercancías se transportan desde-una oficina aduanera a otra bajo control aduanero (Convenio de Kyoto, Ane .. xo E.l pág. 5)b.
15 Transbordo. Se entiende por'~bOrdo" el procedimiento aduanero en virtudde1Cl1liUas -mercanciasse transfieren bajo control aduanero desde el medio de transporte de importación al medio de transporte de exportación dentro de la zona de UlUlQficinadeaduanas que es la oficina tanto de importación como de exportación '" [este procedimiento] no se aplicR41las mercancfas que a su llegada al territorio aduanero de unpm-s ya están sometidas a un procedimiento aduanero (como el tránsito aduanero) y se transfieren desde un tnediº detransporte a otro en el curso de dicho proceditniel1tp; por cuanto las aduanas ya se encargan de esa transferencia en virtud del procedimiento que ya está en marcha. Tampoco se aplica a las mercancías transportadas por.cQrreo o en el equipaje de viajeros (Convenio de Kyoto. An-exo E.2, págs. 5 y 6).
16. Las mercancías prod1J.ctáas tot(lfmente en un país abarcan, según el Convenio de'{(yoto, lO siguiente:
a) Productos minerales extraid()]:dC:'SU$eloF de SllS aguasterritorialesode su fondoma:rin:o;,
b) Productos vegetales cosechados 'O recogidos en el pafs;
c) Animales vivos nacidos y crlados(lnel país;
b El tránsito aduanero se diferencia IkI.COtfCepto de,''nlercanctas en tránsito", en el que las mercancfas pasanp()r.eltenitorio aduanertl.exclusivamentepara su transporte (véase-cap. [J3.2¡ p4tr. 45 supra).
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di, Prodj:J~JOs;Qbtenidosde animales vivo,sen el país; e)' Pto~il.cRJs;QbtenidOs de operaciones-<le caza o pes
c~rfealiziId¡¡S'@ el ¡rais; jJ Pt:od"uCfOS olilenidospor la pesca,marítima y otros
Pfoducto~ extra19:osdel i1lar por un ,buque del país; gl Ptj)d.u:ctos,Qbtenidos a ·bordo de, un buque. factoría
deX::pªís.e.~clusivanrented.e productos del tipo previsto en eI::tnciso1lsupra;
Iz) PtOllucfo-sextrafdbs derfondo o del subsuelo\marino fU~-<le la_s 4gtlllS:tetrltoriales del país, ac(Yndición de que el opafst@8l:J1!etechos exclilsivospara :e:x.plotar-dicho 6U~rO' o·SUb"SUe1O;
11' Chatatta·y desechos de operaciones de manufactu~¡feraº0ra.~i6n y articuIosusados. recogidos en el pais y ªº~cuaººsex.cru.s1Yamentepara la recuperación de materias prinr-ªs;
Jl a ienes prodJlcidQs eneLpafs exclusivamente de los productos mencionados en los incisos-a) él i) supra (Q:mvenip{ie Kyota; Ane.XoD.l~ págs. 10 y 11).
[1. GuandQ>(fos'o máspa1se~h1UttoJí!:ado parte en la producci6nife-Ias mercancfas, el origen de éstas se deler-
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minará. de aCJ1erdQ~on el criteri.il.tle t.r.ansfolll1ac~;. tancial (Conveniode·Kyoto. An~(U,. pá$; UJ)._ S~@'" tiende por "criterio de transfºmm.c16n s.u.sWldae el criterio según el c.ual se determina -el~rtgen:;. cQnsi~r@~ do co.tnopais de origen el último 'Pªts:e-.1t:el~'h~ui,., do lugar la última operación de¡.mlU1ufªcturn o,er@Ol:ª~ ción sustancial que se c.onsid~e sufici~nt~ p:lU'~, dar ElI· producto sucaráctet>esenciaI (GoJlveru.~d~ GYO,tl1i A.l1e:", xo 0.1, pág. 9).
18. Segútt~l Convenio <l~'K!(5{º,i ~nJit(,rnetica. eI: criterio de trans.fónnaciónsusfanc-iaLpu:eáC"exptes:atse~
- Mediante una norma que (I~escti'6a @: cmulllQl(fe cliISificación arancelaria en una llºm~nclawra-espLctfica;.. dáCOb listas <1e<lxcepciones .. y/o
- Mediante una lista de oper@iones:d.eln@ufáctural1: elaboración'que confieran, o no cºntr~ta;í1~dªHtl:erCJ}trcías el origen delpats en el que s~,~Y@tearIZa:@:e~; operaciones. y/o
- Mediante la. no.rma del p.orcenYtje· aIl, ~a[Pj.e11L cuando¡(l.,\"aIor P9fcentual.de los,4í1alerOO~~:.u~º~·o el porcentlije.del valQr agregad.o -a!CID1k-e:w.:ttiv.efapecÍ· ficado'J (CQllvenio4c KyotOi A.ne.x~;D~(; pªg; t2l~
AnexoC
Normas de valoración en adua)Ul:t1fablecicbls en el A~,n~rdQ,4e,la''()MC sobre V.alóración~n,Aduamt
El A~n'fo de 1a:,OMC sºb.re: valoración en Aduana (~ap-~ (V stlpraJconstad~t!aífes y tres anexos. Et1{a-pme;(:.s]~'-®finenlas nortl'mS'-d,e valoración en 4duana; 1a.>PJu'(e· U:'s~,tefiere a la adtninisttación del Acuerdo, 13$::to.nsJ!l~s y-la 'tolUci6n dé:diferenctas; faparte m-se retiereltI:tnUo,e$pecml:y diferenctado·paralos patses en desarrolló. y.lap-m'teN contiene fas.disp"Umion-es:tií1aIes del AC(1~fdo~, El Anexo.{ <le1¡A1;tIerdo'tmntiene las'llotilS inter(l1"e1atlvas a los artiClllos detAC'Ilerdo; e1Anexo rr ge refiere::ál establecúnientoller Conrlté,técnicode· Va10ración en A'd(JaJ)"3j-~ Anexo ro ·contl'ene.otrasexplicadones sobre lai'8p1icacióu'-de1 ,Acuerdo por ros 'P'Uts'es en.desarrono.
A flit:de celebrar C'onsultas so ore· cuestiones relativas a IU'@únjs,tfclcl.óhde la:v:alor.aciOfi.e:n.adtlana~ se estableció un CQnñfé de valoración en Adirana que se reUne anualmente, También -se-€fsfablecióeHlmúté'Técni'co <le Valotlleíólten Aduana, bajo los auspicios$: la'-OrgMización Mundial de Aduanas, con objeto de aS.CgtItll1", a nivel técnico~ la unifonnidad de la interprelaciOn y aplicación del Acuerdo~elComité Técnico se,reM~lforto'menos -dos vecesatafio. Estos dos Comitésdebe@rpfoporcionaÍ'el foro apropiadopara:elmejoramiento:d~laapncaciónuniformedel Acuerdo.
Se$Uiruunen:re,s'cHeproduce laI'añe 1 deI'Acuerdo de la OMC" sObre Vatorncidnen Alfuanaa.
PARTEI NORMAS DE VALORACIÓN EN ADUANA
Artículol
t. El valO'ren adtIanacfe.f~.das.iifipQrtadas s-efá el valor de transacción" es:tf~cit; el pre~lQtealmen- . te:-p:~a.doc-,p'or pªg~por IllS~c~cta;s-~do éstas 6'e:'V~t1cr~ p!lt¡t,smexp1!ttaci6tt at15ats:-tfe' importación, ajllstag-o:<l&"CQnfómrt~(LCPll'[b\dt$p'-qesto en~~r altÍc_ulo 8" siempre'qlíe concurran llls',stguíenfes éif'cunstan· cias:
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a) Que no existrult'estriccione:s a.laces.i6n outili· zaciónde las mercancfasl'o.r:el..compra.doti conexcepción de las que:
i) Impongan.Q.e.XiJan la.l!;yo{as.-~Jltorid<ldes del país de importación;-
ü) LimiteneI1:erritorlo geográfico d0f11iepuedan revenderse las mercafic1a~ o
üi) No afecten sustancialmeJ.lre· á1 valor de las mercancías;
b). Que la ventaoclprecio o,md..ependan de ningu'" na condición-o conttaprestacióU.wYQvalornopueda determinarse c.onrelación a lastll,c,rcancillsavalorar;
e) Que no revierta direCUI 01, indirectamente al vendedor parte algunadelproúil,CfO.de Iá1'eVenta o de cualquier cesi6n o>utilización uItetiores de'.fusmercan· cías por el comprador, amenos-<lue pueda: efectuarse eldebido ajuste de'confonnidadcOltlOdisptresto en el artículo 8; y
ti) Que. no existlt:un;l,vincu1ªtiQn'e'ntr~..el rntnpra· dory el vendedor o qp:~. encasQ'(fe:exisfil:¡elv.alor de transacción sea acentable: aefe.C1Q."S,admun~rosj~n virtud de lo,ruspuestQ en el~árrafo 4-
2. a) Al dctennina:tsie1:'Valor4e transacc.i6nc-s aceptable a los::.efcctos-.del'4'árrafo; l~ el<hcch-O::de que. exista una vinculación-entte:el,compl1Riory eI,vendedor en el; sentido de· lo dispuesto~l-artículQ 15 no constituitá:en-si un motivQ:06Ufid~n{Ci para:.considerar inaceptable:el valordetransaccioID &ta1~aso se exa· tninarán~las.,citc.unstan~asAe,lawenfa,yse-aceptará el valor de' transac'Ci6n; sle:rnpte- qtre' la vincu1adón no haya influidoenelpl'ecio. Si~epcta:.infonnacioItobtenida del importador o de otta: fuente .. la'Administra~ ciÓD de Aduanastiene-razones;para~~er "luela:vincu~ lacióll ha influido en: eli precio;o COlliUllÍcará esas razonesalünportadoryle:~QPPl't.\U1Ída.dmonable para CQ1I.testar. Si elim~QMcJ()r tQ::pide, l$-ralones se le comU11Ícarán:por e.scritQ.
b) En:, una' venta <m~ p~nas, vinculadas, se acepfará:el:vanmr~acdrm:f.!(e:!'ValQn!fánras merc-ancfa:sde·C'qnformídátlX:Off·IQ.>dt~o:~··el'Pán'afo 1 cuando eHmporfiUloN'[~~~cho·vatQI' se apro'Xittm·mucho a aIguno·-({e·((JS.pte'CIDS o valores
que s~ s~ffiUá1HJ continuación. vigentes e.n el mismo tl19men{Q;Q;en ,unoAi\pro~dQ~
i) Er wlQ1'lIettansªCCiQnenlas ventas de mercan~ CiM:id~ptlcas O$itnir~es efectuadas acompra~ do~s nQ vinculado~ con el'vendedor, para la é~~ffat~lmiSH101'al~ imp()rtadór;
ií) ElvalorenJldJIMa detnetcam:las idéntic-as o si;;. nUlj@Si:délernún~nl0 con attegloalo dispuesto -entlattic1ll<tS~
Ui) €lWfQten'aduafia4cnnet'Cl111ctasidénticasj) si®.l~si,(1~Jel'fltifIaáo'cQn~gltfa lo -diSpuesto tm~I~cu1Q6;
AlapUC'ar{Q'S crnenos~c-eQen{es. deberátttenerse de~ 6~~1lt.~::encu~ta1$:diférellciasdem:ostnr~~deniY~CD,J!l~~j~y-4e~a,f1ti~4~ (os elementos enumerados etr.eI.atti@lQ,:a 'f.·IQs::costo~_que -soporte-el V'endéd,Oren [~~ent$-a-cºn'1pnl4ore,$:,ºnlos qqeno estévinCJllado. f:Ql!-e::i1<loSOp:ofte -enláS-veIltas:e -compradotes con losque ,ti~ff~:,\1ificuractón<
el, ~'CfÍt~rto.S enumíac:io-s;·ell·el:t1pattado bJdel ~fºt;taQtá!t1ie::Q,tiliíarse:'P9r,iniciati'Vad~l::unportadQty~6Io-con:f1l1es:t:le:comparací6fi; No-podtán -esta"lécers.e.NJllºre~de~titU~i6n a1amp~ode-lQ dispuestº-eIt,d!cbo;8p"~cfQ.
4tti~[ot
t al: S.itlvalºt:ena4@lla de lasmercancfas im~ P()tüi(fu~ nq ,pu;e~e detel'tl1i!1arse con arreglo a lo dispue!ifº ttl:élattiCUlº l. el~I..en ad~ será el valor ~~~~A"d~etcandIDdéÍlticlfs vendi4asPIU'ala ~~smo:p~S:([ein)-PºJ:tacj6ny~xpJ)~das ~~lnOfi:L-etlt~§,(as-metc:ancras:06jefO'-deva(Qnrc~o:@1U1:1ll1míemo:apI'oxf:i'ñadé:Y¡
6):· AI.Alp1i~.eI.Pte~t~;artjculo:i.el~lór:tnacfuana ~::cJ~'U~V<tel.va1~cjº-Itdc;tner~clM·l@ñticas;· v~di~-,a[:nUmncratvel.'COn'l~lar y ~ta1l'Cjl@lWte:@Mr-tttismas canticfad!':s· que·IM:,Ql~" ~~~~$'l'a1oQciº~ Cuan.@lloexistataIven~:s~uffij7i1.lieIvator.dc;~ci6Jl. detnercanchls idén'" -ti~as:' ~.díj:lás) fJ}iIJ);: oi.WI -c-omercJal diferente y/o en CcIDfi~~~te~ rIlj~ópatc1,tener:·en:,cuefita. las difétenc~.afti6utbl~S:~,'OÍvel.cQfiWfCiaf.y/o· ala ca.nti~ datf.. 6t~fe'.queCSIQ~:iQ$tesPU~~-hacers~sPbre. la, b~~~)~1Ql'COl1l~-':' óS',-;que-deml[estr~;cJ~ente @e-.~ml:fíl2Qj!8l[~~,y,~ª;: (@lO:SÍ:<$lpOnw U!t.~Wi~QID-º~3';111.mxtPuci6il'4el'Wlor;
2'; CUan.d9~:fº-s~~~s::y.~astQs~¡rct~·enel pá~ ttaf'ºt:(féllU1ícUl~.8~stéJ.1lJlcl1lidó'S:-euelvalór:4e:::(ran~ -sEdoiIi(~~e..~l1J1.aj~,d~dl.mQ:~lorp~ tener en-~~~:,ll:lS.(fif~te!lcta,[·Q.Pt~c;,iIl12Iet4~:e~cts. costos y &a~lQs·@@.·(ª~-~t~~~ imp-olU1Jij¡;SjY IM,mercatl~¡as~li@-ª::c.o-nsiMm~-qu~cesun.enA~:r~ :difeteo;. cias(f~~cJa:Ñe:¡(o~:4!'::'tnlñ$porte,
4U
3.. Slal!@plicar e.lP.'r.esenle .. ;~.. ,~.Q::«:_ºII~de.~: máSde.i1fi:vaforde:transac~n:(f~:tilerc@..~iIDt$.im ... cas.Patadetennihat.elva1ºt~n:::a@añ:a.d~a~:cías impo@daS se utilizará el va1Q'flle'1J:alrS.~~~; bajo;
Af'liculQ: .f
L a) Sielvaloren:adll@3k~c~iM:@:-potta@s M:p@(Je dete~~:!Q::dis", pU~Sfo-ett{9,s aftíCllfQSl· y2JoelvJÚQtmlUIana~1 vaIºt4.~aQc1Qn-cf~nr~aner~l~~;{Y§~; pat1l1a-e~91t!c'iQll~ rnism~rp~~pºJfil~:e~-
nadas""'" 1 ,'". ". . 'menT(\'ffllí"!"&.-"- -ere.....-..f';-~o po,~ ."",~,e,Jru.st11otno ~ __ º,=,~JP_~~~~~ ~_~ j~ode vroórac16n,. oen1lñmom~ptQ~~~
bl· Alap1ic.~elPresenJ~~~@'~.dim:"! M se d~téfilliD;gt:u.tl1i4:~dQ:tl\'1®nt~~~ctQltd~ mer~ancfas-similátes, vendi,~-tú:mmu~-1U~~3J c.ialy sus'~cialm~llte:,e.ltlªS';t1Ú~-c:mfi~"Mt.q,tg' las: men:;ancia.'S': obj~to) de: (~r val~~n:;. Oimruf<» (1"0
exista-tal venta,e'uJilizarª-::el:,\,~l}r"'~:~~ºM~ rnercanCfáS sim11.lU'es::vendi..aa'S,a~n~~(eI'~Ilt.e y/o en;c!IDU$des<fife~nJ~'L.eJtlS,m<:{º:::p-~i'U_e-;. net e~tcuentá las ,diferetlciM:'4tno1líbl~ ttl'PL~J:'CO;;' merciªl y/o. ti fª c,l'w-tiºª-d:. Sl~!m~N)@e·.e-SJQID:i-~S pue,,4ml tm~etSe ~obre- fa- ba'$~· ~'~:'c(!lJíprruiildó_$ que<femqe.~<m'~r@lmcn1e@'~'tl<tnaro,S,~QItm.~~bIes y,e,,ª--ctº~ tmlb.si -SJlp9n~enJb'c~Q.UJ'!a dis.fi1it1uci6n:d:éI valor.
2. alll!l~.oios.cost()sy~~toS:.e~.dQs~pa;. rrnfit 2: d~Df!l'ñ.®1Q' 8. e.sJéí:1: iu~11mlºs>en,ell'Vjfºr:·<l~· tI'líAS3~iQl1is~f~ctuat1,l1lr:tl.ffi~~~w~~~~tenet-en:Cu.enblIas·.difetellcj~p!~d.@]~~~ t1's' y,-g~~lQS.eutt~1asIl1etc-a,n.c1@'@-pg:tfild$~~'" c~c~as- $mul~.c~nlsidera.das. ".~l-qq~: ~)®: diTh~ tenclas:de(fis~cnl y:(Ie:fQ~1fe~ID't~
1. Si al'apli~ar e.l{>t~Señt~«nr~Q«.4i~~'ÓC:; ttlás:deun valQr~-de·t.rans'acci®::d~~~~~-ª., res. paI'ltdetc11f1inar~l vaIorettadlWJa~e{as1M~;' ctáSin1p01fadas:s.eu~el V'a1Qalettan[acJa:ºn:.::m;f~) bajo;
¿i1feuJil:4
Si:e1vAtQfcen:adllaÍÍu1~láS~ancta«rop~ ltQ;.p!Iede;~~ .. ~ºlt,¡gt~S,~«-{~~@;: 'os: .. ..-.-.t ~s-+ "; lT, 3, se:odef~'l!IlP-cñíñ'~icm "'_ 'I;Ll~~~Q .s&,¡/ ... __ ~~~!)lUJ~
l(r5.,~c(Q:t).:ttp:u~d4V!':~,ºIt'W~!L(tttéT~. ~:.él;~Cu1º>6'i ~tti~)$~4eJ}@~'Wdºt ~::inY~Jtse'eI:ot<l~:.c.fe't1p'lic-adQg:::<f~;(~~CY:.o. IosSy.~;
Attit;fJIQ,S)
1. al SllasmetC'a@fa~:iIDl>.~.1(l.~~i'B tl~.o::~imiliU'eS::imP9~d$. g:vw~~4~) importac-iónoen-el mil!tnº~s.m<1-º:@:q~i~~.,
das, elvaloHn aduana determtmfdtl·según el presente artículo se basará en el precio unitario a que sc'Venda en esas cOndiciones la mayor cantidad total de las mercancfifS·iln-'p-ºtta:@'S o ·de·otras mercancías. importadas que ~,i~:() ii@Jarel~:e[@J en el momento de la iInpQftá~ºn4e: las mefc~-:crª;oOpJ~t~·de valoración, o en-on 010ltret\fo ·apto"ima9o~ «-personas que no estén \fÜ1~ada~OJl~llas"ras :que'Cottlpren dichas mercancias,.con: ·las6ÍguienteS"-dedlreciones~
i) ~. comisio~s: pagadas:- o. convenidas usualmente. o lossuplémenfospori)eneficios y gasfos..generaté-s cargados,habitUalmente, en relación con las veUtlS -en diCho país de mercancías impotfadasde llt1lÚsma::espe~ie o clase;
ti) LQ.S gastos:ba.bituales de tr$sPQrte. y de -segu(0$ .. ªsl~Q1nO {OS gastos (:Qnexos·.en::.q@ se inCUlta e.nel paistl'nporurc1ór;
fii) Cuan.d,ºproc.e.dlJ .. IQS costos y gastou que ~e refiere:-elpáttafo 2. délarffcu10 S; y
iv)' LQs derechos de aduana yottos gravámenes nacionales pagaderOS en el país importaclof1lor la impQrta'Cióno 'Venta de las mercancías.
6) Slerel1fiome11to·de{a itnpottación'dclas mercanctaspor valorat', ocen'OtttnOmefím..aproxit'nado, no se venden la.s· mércancfas im:pom'das ni mercancías idélíliC'asos'tmnitre:simp<rtta.rutsiehrafor sedetenninará'.COfi ~j~cionpor lodem.áSg:-!c),diSpuesto enel aparfác.foahlel páttafo {'de·eSle:«:liCUlO. sObre la base del pr~o:~:a .que se· vendanenoel' pats4e: importactQnfa.smetC®cias:iInp~das. o mercancfas:idénticas o>fiitnil~e_$·in:1pona~;. etl':etmismo estaQó"en que. son imP.:omt@s1oeniaf~~ha~S;Pt:ó~nuufespu.esde la itnpo~iºu:4~·,ªsm~Qti\s:.-objetoJ(ie valora.ci6n pero antesde"l'asados.90:(iíasdes(le4icM:.unPortaC.iÓtl.
2. ShlHasmercancíasimporta,@'stliotras mercancías impottadasque s~anidénticas o similares a ellas se venllettene[pafs.d~,imp.QffildQnetlelnUsJn11 estado en que.-sonimpPrtada.s, Y·6ÍlC.IUnpºr:ta:dorlo!pid~, el valor en1Rluana ~détem:únarfl~bí'eJ.a fias~:delpre:cio unitaci~~~·(e: wm:Ia·la~ayor C1IDti(fuc1 total-d.e lasmercanclaS'; importadas~ 4esPués, d~ su traosfottnªcjón, a personas dt::rl>~1s:4e itnpotú\.~i6n:que.Qo:ten.,gan vinculacióhC(f1Uquellasv~ qqi~es:compren lastnérc.anctas, temeXldQ·debíd;unente:·en cuenJa~lvaIºr agregado en es.a_ (í:'anSfQnnación y las· dCJlu~iºncs' previstas en el ªpªro:t~ÓtlJ1ielpámlfo' L
4tlíctlla~'
L ElvaToren-aeluana ddaS1Ilen:anc1as importadas determinado segQn:,er.pre:s.~teartiCD1o se-basm'á:en un valor re~onstIUidQ; El 'VlÚOf't'eCº1lSttUído~igtIa1a la smnátle:'tos stguienleselernentos:
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a) Elcosto o valor delqSlCultetiaTes y de la fabricación u otras operacion.es efe~das:. para producir las mercancías importadas;
b) Una cantidad por concepto.::ctet>eneficios y gastos generales igual a laque suelClQ.fiaairsetratándose de ventas de mercanctasde la misma especie o clase que las mercancías objeto <fela,vatoraci6n~fectuadas por productores del país de expotUl-ci6t1 -e.11 operacionesde exportación al pais-de Unp~c:i6n~
e) El costo o' valor't1e·(Cldos ló:s-<lema..gastos que deban tenerse en cuenta panr apllcarb opción de,valoración elegida por el Miembro:en.W1ud.d~I.párrafo 2 del artículo 8.
2. Ningún Miemoro'{)O..dtáoS'oliciJar O'exigir auna persona no residente en Sy-,propicHerrltorio que exhiba, para su examen, un d®..U!l1e.ntQ. d~~A;;ontabi1idad o de otro tipo, o que permitae1 oacceS.9a ellos ... con~l fro de determinar un valor reconstrUilIo. Sin~tnbargo, la infonnación proporcionada, p!'fr el productor de las mercancías alobjetode<l~tenUin:arelvalor:en aduana con arreglo a las disposiciones'de:,este: arttcutO'podrá ser verificada en otropaispor 1~;@tQrlda-des delpais , de importación, con,la·confonui@xJ. ,jet productor y siempre que se notifique qQn sufi~Je:nte 1I't!.lelación al gobierno del país de que se tulle y que és.te no tenga nada que objetar cuntra lainvestíg'acié!.n.
Artículo"
1. Si el valor en aduana de 1a.S'41ercanci:a.s importadas no puede detenninarseconCll'i'eglo do 'dispuesto en los artículos 1 a 6incfust-v.e; dichQ"lllor'4cdétenninará según criterios razonl1bfes. compatibles con los principios y las disposiciones-gen-eralés de,este Acuerdo y del artículo vn del GA1fi(le" 1994, sobre la base de los datos disponiblc::s:(nd:país·dc,tfnpOt'faci6n.
2. El valor en aduana detetmifiado- según el presente artículo no se 6asara:-e11~
a) El precio1feventaenelpl1md'e importación de mercancIas producidas en dicliQ1p!iÍs;.
b) Un ·sisternaque·prevea (¡t;4~ci6n. a efectos de valoraci6n en.a'du~a~délmás·4!Itode:dos valores posibles;
e) El -precio de.m:ercancfª,s_t~e.rc:a1fo nacional delpais e~portador;
á) Un.c:;Qsto de:~rodi.l~i6n(lijfiñ¡ºderOs valores r~consttID!fºs que se ·I:i.ªya:n.d~le.ntrin¡{d:o pata mercandas. id~ntiC.as o sintifat'esdé conf~dad ~Qn lo disp':tloe~toenel artícuJQ.();
e)· Elpreciodetnercancja.s~ctidast'arn exportación a unpais disJifito,.({ef::paisde:;im.p.Qttación;
j) VaIoresen::aduana minitnos;
el V--áloreSAtbitta.riºs:o.fi~icios;
:t Sl~ lQ:;tlll~iI3~ el im¡lOfU[<,lor será: infonnado po~scro~er:varoren;@'~a:-detetmifiado de·a.cuerdo C.On:,lo-di$plt.elto,en el presente articulo y del método (l.tiliza~ó~ste;efecto,;
.4tticuroJ/:
(; Parntr~~Iv1\IOten'41fuanatfe(:onformidad.c:on fodi~llesfo:-ett'el mt!cW¡H. se añadirán al pre:.. do, teªhnen{e; P$lE!-do O' por' p~ga.t por las mercancías. imp~~; .
al tQ-utgtlÍ~elemenlQs. en la medida cnque, comm:ac..!1'so.delwrnpl'adory:no:estén-in~htidºs en el pres::io.teli1mell.{~:p~!Idº lY.l'!9rpª8at:de tas~ancfa-s:
iJ tgs-~misl0l1es y-los ga-stosde corretaje ... sa:Ivo 1;m::comist~4e~ºmpra)
ill El.cD.srQ1Í~~;envase~o.emb..al.ai~.que .. a.efectos.· atfuan~Qs .. se c.onsideren, como (onnando lJllto(fº.c..on:JllS:1llerc@~las.¡(fequ-e s.e trate;
illl to"[.ga:stos·(Je'erollallIj~~ tanJo1'0t'con-cepto de (llanQ:4~@racomo.:de-0la(eriaIes;
b): EtVlIQt. d~(Jamente ce{lJlrtldo. delouig:uient~ tiiene.s y se:nrtcios" sie-mpre que el compm.li.Qr, de
.A~00A • "';_ .. -{ h,. .. ,. UIllint"'fiOi>d -.gra .. -man~~.lo':Cljf;Q--cn~.", ... ~ QS~_ª;s ... ' _ »HH. <l-. -·tJ.litIDn~~.;(!·qr..e~iO.$-te"dYcido"S:~.que se.:'utilic:en·en--1i1:·ptmf.uccTÓJl:Y ~maA'i.ara: l-ªe;glonación de Ia-s rner .. CatL-c1ª-S.:·in1lfona~ Y ett{a 'fn.e.di~~n que dicho· valorno:.eSl~.inclúido en dpr:ec:íorealin~tepagado o.por pa-S.ar:
O: Lo~at:eriA~.t.eiezas:1"~l.cmentos. pancs-·y ar .. ti~º-'Sa.ná_lQgQs-in~Ql1'!!'Jrados:alasmercan:cíaa inl,pom~
h1: ús,b-erramientas5. (llattlees. líloldes: yelem-en~ 4n~Qg_º-S- tltiliZ.@Q"S p-atlllil' PJoducdófl. de: (ª~(tteI'C'~iJS;~tta~;
ilil Los.urnt~tlare~o.nsumido.sel1la'producción de ~eft:ID1d:as.4mpona:~,;;
lY)) ~mª~ ~.ciº-n; y. perfeccionamiento; trab~J~]ltli.$.fi®s~eiiQS.¡fJPJ@J).sYa'-ºquisr.ca~ l~d(js,fu~1lel~:[email protected]", rtQS· para: (a: producción: d~' las mercancfas: ttnpºrtadé!~
el ~. ,cfln. ~. : .. Oll .. es:.t. _ .-Q.4eJ~.eCb.:._QSd~liC~Cl. 'a:refa-ci!lnados: c(m:'faS'lne-.rc-ancf~(tde'\1al~mcJ6ltque.:~J compra .. óO~8.".a:@.e1'ª~~.e.ctru>.in1fite-cwnel1te"C"omo condi~fl;,1e ~lffit.:de-<I!chM;·m-ercancfas, en la-medicfu en que;{Q"S4nenciot1adQ:s cdI1O®SJf' del'e~s nQ'est~n ind1li4Q-s.;eIDel;pre:ciD~Im:entc:,.pgga.d.Q.:c:,p'O.r:'Pª8ar;
(1) EI:vl\Jór:(l~qtl!er:pafte:4~tpl'o:a4~()'de la re ... ven~ Cl:s.í6Jt"(l:~T1211~i()n;.postertQt,de: [as mercanc.ias
42
tmpQrtá1tas @~; revierta· dirmIDo:: tnd®~º@,Q": vend~doL
2. Rnla dª6.oracióIt<f~~I~sI@1ºft:~i~:, 6ro 4i~ondt(f.qtl(},-$~ m~l~dv-ªIor..e.:tt:actlWl-ªi; o' se excluya4elmtsmQ"~ l¡¡-:~crjlf'Q:'UIf..a:~:i1e:[ós· elemel1tQs~tz9iente's:
a).- L-os::g!Stosde~~d.é!)liIDnt-et~", portacfudlasta:eI::PUetlO~~.d.6n;;
b)- Los. s:.amos)de)cutga1l4~~~~1"~~Qñ.ocasionados por eI{rallSÍ?~.·d~ la, 111ª,~§as:·i.m· POrtá'da"Shastattpllett!l:O.{U8.llNl~"imP.Ql'U~Jli f'
e) .' EI:C-O:Sf"cYuef SégyrQ".
3. Cas:4!liciones alln~ccio;«~tg.'Pª~Q1.tt'.Qr· l'agattJrevi~:en·eI:pr.e~l~~c,tp:crdi:lttil~~ c.:etse f"obrefa6..lTse de:~tQS:(jbJ~~1iftca1>I~.
4; Para- {ª-deteIfnÍnªc16ñ-®1: ~lor: cm}@'y'alr¡t:,-e:t~ pl'e.eto;¡(~hb~nfe-l"ªgªª'():C:t?'Ot'~-@i~R·:tm':! drá.in~enreHJMse4e'COnfQmttlÚl~J(f1fi$p\l~:e:fi, e1"p'l'e's~t~artícu1ºÓ'
A.tJiculi'J)9.:
l. ElliºS~s'Qs-enltge~~~ti:de:'UMtn~ne~-Pant:d~~~~\IllDID:Cr t¡p9({c,:cMÚit~®$elJtiIiz~~l'j~~Imt~\llili'" caJ{Q deb~~f~· las. ªut~~ '~~J d~lp].1s.:@: itn]Qm.c1Qíl4~-.qu~!~~ t,~'t..ell~ conta:maYQr,-ex~-gLtqd.pos1ól~~~Q::q1!~; cuh.ta.~t?Jil)licª-ciQJt .. tl\'ar~:cmñ~~::mJ)3 o.~1ta~IÚM~cciOlfe~~Q.~"t:ex$~~Q-e.ltjá:mOA~JJa:{lel palsd~in1po.na~i§n;;¡.
Z¡ Ertipo'tl~~atnl!tº~pIicaPJ~J'Ite.I~:en:él: n.rolíIetil(rdd~-exporm~tQnW~~.$J?~~(~: estipUle "Caditwo't'le'[os'<Mie-tnbt®
4dicuJ(¡J 111' TolIaiUfQnn~AqtIe"p®6Jl~1~~~;'
dencia.l'·o,que:, se: Sll.llIilXtstte:'CM:I~~'~: W::.ro@~:, efe'Ctn"S"'dc' la-valOl'lIctº-1J;elt:g~~~: cOtl.1p¡ e~eI1le:: cºl1fig~U~OO)(l.OT. tª~ ~~, e-e1'tineJ1tes~, qtl~ «10:: {a.,ce\lel~~Qn·,e:~" P!'~d~Iª~ona(!,:(f~19~~~ ttad."():'·(ijcb'a: infQ~OJli sal5'n: éJl}(ª:~~:etl:¡qt!~;, pueJJa:~~ces3l1l:rt'em~texm:1.[~~3 ced.imien,to:judid.al;
4tItcnJ(llf¡
t E1H'ela-ciófico]:1" la4~d9u::({el-val!?l'etl, ff!f~{A,legiJl¡1'"Ci6il4~c~L~~ no:c~'utr:4~rech-º·"'~~~1it~ 4lW:'l Pºtla.l1Qt'a.~tqut~o~~~ap]g~~: los:de.l'echºs~
1. Aunque:.en p-rlmera-i.mtlmctae:ft<ferechty-de recnrsosmpenalizaci6n seejetcite tmte'Otl órgano de-IaAdmintstfaciónde: Aduanas o ante UllórglUlo independiente, eu:{alegislacfó'n-de cáIJa::Miembto..sepreverá un derecho d~«-~os:",in:-p-enalitaci6n:ante una411tOridañjudiciat.
3'; S~{5ñficm [email protected]!!<t rarrodel reCDl'SP y se ~-comtJl'rtcnátt-po:t esct1l~t[$.czone_s en que se funde ~t!Yél; 'fam1'len se le' iIlf«~: 4e las derechos que puedan-comspon"d~Ie a-i.tnerp"On~'Ofi'O;recurso.
A.nteplqll
Das' (eyes-~ reglamentos~ decisiones. judiciales y dis ... po,Stctones administrativas de aplicación general destitrados a dar efecto al presentc'AcuercJo serán publica .. cJ~. pOt' el pais de importtci6n de que se trate con arreg10".rMUculo X deVOAt'T de 1994.
AflÍClIfa: lJ
Sien el curso "de la .detcrn:tina~t6ndet valor en aduana:d~([email protected]:re-suttase necesario demorar: la deJemtinad6n 4efIili1ivade ese valor. el importado! de {as mercao:das podtálloobstante re(lfarlas. ~,laJldtmna:si, Cl.UUld04s1se.e;exijllJprestaunagaranti~cienletm,fOfil1a'de fianza. depósito u otro medio ~opta1follv:e-cubra .. elpagQ([e los <lerechosde aduana allue'pU~ím estar SlÜetase-ndefmitiva las mercancías. ESta ¡5osióilidad: deb_erá'; preverse en la legislaci6n de cllda:Miem.bro,
A.tttculo' 1 i" ynotaqtre·figuranen el:án~xQ,f(fet presente Acuer
do fónnan parte integrante de ésre, y los articulas del A~eI.",4º:·(M)en' interpretarse, f' aJ'licarse conjuntamente co:n.sus1'eSP~cti~:nOf$; ws Anexos n y-m fOJItlIDIasimistnlYllarteint~e-<lelpresente AcuerdO;
Artículo 15
l. Enetpresente Acuerdo:
4). Por'~lore.na:dmmadg{asQ1ercancfas importadas"-' se enteu!1im\ -el vaIor.(f~,tn1'llmao'Cjas a '¡Qs:efec· tos;4e l"~ción d~ déte~fiQS de all:tJana Qtf:valorem' soh~:(as-4l1~canctas·impJ>na:dªs;
61 Por "patsde itnportaci6n~ se-enfetUle:rá elpafs (} elterritorioaduanero enquelle efectUe1a-im.ponaci6n;
c) P-Or "f)toducidas" se entenderá asimismo cuJ.ti. v;;rclas~manufactUradás,o extraídas.
l~ En el presente Acuerdo:
a) Se ente.nderá por ''ñ1ercanctas.ménticas'' las que seanigu:ales en todo, incluidas sus características fisiC'$;.calidady prestigio comercial. Las pequeñasdiferencias de asp-ecto no imp--edifán que se consideren conroidénticas''¡as lll~rcan~erentQdQlOdemás se ajostena,ta defmici6n;
b) Se entenderá pOl' '"m~, 6intitares" laS" que; aunllue no sean'¡guares:e1Jf(R1ll .. (jenef1~aracterts" ticas y composición. selllejat®s,;. 1<!' que': re.-s p,ermite cumplir las mismas" fufictonC'S! f' gN~Omel'C'laÚ1lenfe intercambiables. Para detenninar' si I~ ttlerc-ant'i~ son similares habrán-deconstde~.~ottQsfac· tores, su calidad, su prestigio corne:rcialr-{¡l existencia de una marca cDmercial;
e) Las expresiones ''mm~(d~ti~as'' y ''mercancías simitare~ cm cQmprenJl~, fas. {l1ercID1.~tas. qu~ lleven incorporadQso'COl1t~8-3.lt gegu,n el caso, tremen;. tos de ingenierla., creaciónYi'~c~tonamiento, trabajos artisticos, diseños yplanos:y~qtJi.~or{os::c.uªle:s no s~ hayan hecho ajl.Istes en virtUddéll!-a:tmfó r6}iv) delarticulo 8 por baOer· sidQ reatizatlos-tafe:s~retnento:s.enel país de importación;
á) Sólo se considerantfi '''tnman'ClaS',tdént1~as'' o "tnercancías similares" las producidas en· el mismo país que lasmercancfas objeto de:,valoractó.u;
e) Sólo se tendrán en Cllenta, las m~rcancJas pro .. ducidas por una persona difere.nte: cuamfo- no existan mercancfas idénticas o mercanciª'S$imila;res~ segútLtl caso, producidas por la mimla·pe~ona¡que las mercancías objeto de valoración,
3. En el presente AC1Wdo. Ia~+esi"Qn "'mercan ... cías de la·misma especie Q clase· de-s-ígna;;Q1ercmrcfas pertenecientes a un grupo o gannrde:mel'canc1asflroducidas por una rama de, prmhrcfflÓndeternún.ada" o por un sector de fa misma, y c.Omprende-, mercancías idénticas· o similares.
4: A los efectos del presen~¡á;cuerdó.se considerará que existe vinculación entre las, personas soIa~ mente en los casos siguienfes:
a) Si una de ellas OCJ.lp~'.cars:g::(fe re~oJ1Sªbilidad o dirección,enun~cempre..sade ra:;O];i'a';.
b) Si·están.legalinente·tetOllQc.ida"-S como asociadas en-negocios;
c:) st-esfán en retadon de:em.pr~<lty-emplado;
ti) Si una persomtCim~ ~~-o.>ilT<fite:cwnente~ la propiedíid; erC{'-ntrIDola:{fOs-eS~tt(I.~tS% ();illás <le las accion-es o titulos en circufaci{jfi, y con: derecho a votO' de ambas;
e'J Sltma de;eUas:~onttol-ª,iID:~tao·imfu:ectamen" te ala<ltta;
j) Si ambas pe,rsonas, están ~J)ladas directa o indirecwnente·por·unll:t~~ra;.
g) Sijuntas controlan dire~o(); iJ'Rlire:ctamente El una tercera persona; o
h) Si· son de la,mismafanúIi¡¡;
· s. ~,persOlUfS qlle: CJ.táfNtsQ.ciadas· en Q.ego~ios (l~~: ~¡~ &Jgcro.I~ 4is1ribuidQr· o concesiQtrarlo ~~1Ys~:fii'Q.ti,'ª~(;\l3.1Sluiera:qlleseª ladesigtmci6n ~J.~$~~Qll.Sjd"j:~º-tn!:J)vinculacIasi ~,losefecl~ª:(iel(l~W .. AClletdQ~.st:s~ le_spued.eltlplicaralguno @.:l:§S@lmos.~ct~s:e-n.et'Pfu'nlfo4.;
4t1ICfIla [6
.,~J1g~1i~.P.ID'#~.o.el impQrmdortendrbie(eC]iQ; 1J::~é.ibit¡ ((e: fa Act:m.illí,stnIC16l;1. de Adwmas del ~lf~:~ctonlI:Pª exp1icaci6ne~rita :deLml:todo
-s~gtíneJ:cum.~~:41aya d~~Q;tl·'fa19r~~lmHU: de 6UUI1Cfcanctas.
Aro1:Mfo 17-
Ningy!l~-de las.~Q"Si~.tIDtesll~res~@~Q.: pº-cWinterpf~g.elllID:S"enJi~SM»l~~~ endudágl·d~-e~~uie:(ªs.A~.cío»:~~:&lloc,", nas d~c.Q1))PJoll:ar litvem~lI:o:~acJlliRf.lk,,~, infQnnaCiÓni documento <Q:d~c~ótt:t;rel~.t{~:-a· efe:ctos4e va1ora;ctó1J:[email protected].
Anex.oD
Cou:didones de:entrega de lasmercancÍás
1. Ws:condiciones d&en1rega.son~sponsabilidad d~el 'VendJ~:~dOl'Y 4elcomprador4e-I$t'lW'canclas,en ·virtud del contrnt!)·d.e compraventa. Lil.s "C_QmfictOtleS de entrega ,fue· rOlltlO.rmalitac;las·por la Cátnm lntetnacional de Comercio· y, puIDj~adaS" (W,Jo la· c:Jenofiuna:cióJl' de Incotenns en t980Y'revts-adas-en 1990'; S~ioamem~t1e describen los pttnctpaleS"ijpos de·condi~Wfiesd~nñ'e:ga;
1" EilfobtiCll (EXTJ'). Por esta condición. la obliga· cioj). d~ un- vtID.de-dor se cumple cuat1~Q se facilitan a un C<.IDl-t>fc1.cf6.t 1M ó:1ercat!~~@1l!S.~~1ªgiones4el vende· d9r:@lIeressJábrica. a1fua.~~.é(c~tera). Elvefi<I~d9rno es r~$,ptr~l~ p_Ot'.c.Lem¡>lQ" d~Qt~ar 1$ (fi.~1:atfChfS en el ve~(IpropotCIOfül1{QPºr.er"Cºm.pradór ll1de~ el· P~ºl'Ql',{ªs adumtasde lastnercancfasp~ su exporta· c19P',-e:file:tlQs 1J.Ue:asi.se 4ispons.a expresamente en el con.· trat()~ Tódortos.gastQS y riesgos que ilfiplica ta~ntI"ega de laS.ffiet'cJIlctas <!e~s:de las instl!1aclones::dd vendedor hasta su de-@Io c$ºntespo~abmM~dd:cQIU"p'1'adol'.
3. Etafl.~OJt411.$porti$taj(FCA.). En'Virtüd dCeCsm "Con .. dici6.n~;,ª.Qbligad.ón -del vetl.dcllof':de,entregar las mercan· das se' cumple. cwmdo -·Il)unerCml~las. se han entregado, de$p-ªc.hadM'f'"ruJI.e.xportacióÍli. -elJopoder de.1 ttansponista des~do;p!)réI C"oJI1prador en enlIgar .o. punto det.erroin~do. Slel.cJ)ID-,pxado.r.IJ,Q indiciJ::Ultpun.tº,t?reciso:~ el.ovend~· dQr:p:tl~(leelegil~l -lugar o IU.gares .e:s!ipmados .en ,qqe, la-s rnercatlcja"s"g,eQ.ndrán en nl.3l1"Qs:d.el transportist!. Cuan .. d~~11ÍQJ'fíÜ.dad. cQn-laptácuca."Comerctal, se requiere l¡taIilJ@"Cia4eríVend~ºf)pata:"C"elebrar~1:'C"Quttato -con--el tra.nspo"l't!"lla~(CQmj)e:.~mo.elte~.tfe;:por{e1'toca.
l'ti1opQf"Vͪ":aéteª)~ el "'en1fedOl"P~~$CfUarporCUen~ y desgQ.l1~l"C"Omprador-. Esta:con:dicit>l1l'uedeuti[~epara cualquier~modQ':(ie·transl'me" iI1cl1.ls1ve;oe1.fU111tlModaI.
4. Fi'lIncottlco.'$IlIdiJdettiuquf!"(IMSJ; eSlA'CJfll~i6tl: sigruñC1H}Ue (á Obli[a.d.ón'4el vt"fidéclól' <le <mti"egar se cumpJe cuandQ se han situacfo las mercan~IM. a1:-C<r.SU\do defbnque-en elm,fi:en~.o enf)arCa,?;t\"$(ID-ef pumod"e.expe .. dici6n:conve.ni@; Desde ese mOfiíNlto~.elcomptad<)f"tíene Qtle:$lJ1ia.gattO""dos {os~lfStosy riesgos de~~i:"diClá o.daños a:1$1fJeréllficlas. Esta condición $9to puede utiliZarse-pa1'a eftrarISpone por vía 1tWitimao;poraguas iJltefiOr.e-s.
s; Frªnco a bordo (FOlJJj Esta condición, signiú.c-ª qll~ la:Obljg~ci6ttd~1~eJ;1dedllr4e~1regat.que!,1a~~p1i-
eICC. NIl- 46Q. {nc()tl!nlf.f.1931Q.~-Sf1.t.@ i990~~O riLOf¡@.mg S.A. 1W~.s..tO!l9s los·4~1):.OS; 1t~l'~~Q C([n~:p~"l,Qd.e [ª. CAñ1am,Üj~ºDal de Co[ll~tu por c:ollductQdé ICC Públisbihg, fuc-., de:N"l)eVa-Yótk:;
45
da cuando las mercancías haIL'Pl{Sl{dQ~o:bre m:batandU1ª del bu.que .enelpuertq".(lcexpeQición~C"onvení-do~ Es~i8~ nifica que.elcompradóI<ieri~"l'U~..tm~rse'C1Ifgotfe::ro.dº"S los gastos y riesgos de pérdida:-o::<mio.::d~;lª~.:merClU1ciasl\ Partir de ese punto.. Esta. condic!6.tl~61Q~-(ttUizarse para trattSV9Ite por via marltiJ'na oQAP-:or' Q1Jas.)ft1tedQfeS; Cuando la barandUla <Id buque·l'lo$iN.e,l!anttIDes:-p~~i:cos~ como·e.n -el caso <le los .buqll~slf~~botdo fOdado o. del tráfico de contenedores .. es:JU@:apmpladQ.utilizarl{t, co.ndición fCA.
6. Costo y flete (CFR). Elvenl1e"dºrde5~pa8arl()$ gastos y flete necesarios para lI~wr: rns- lIlet~and3.S tif, puerto de destino conventdo; pero'eJ:m"Sg"O'de'p-étd1~'O dafio de las mercancias y todos los -ga"S1o"S1ldicjo~~$ 'fe;. sultantes de aco.nte-cimiento.s; que·· plrSeJ1. des"ª~, qu~ las mercanc1as. han sido. entrega~s fl:·bQ.l'<1o dd' buqtle se transfieren. del ven.dedQt: 411 cotnpIadol', CJlaU(JoAasccuer" cancías pasan rabarnnd111ad~lbllql!e.en:~lp~(j,.qeex'" pedición. La~ondici6n CFRe~g~ . .q1!~:el v~~º~edot-4es.pat<he las.mercancias para su expQtta.....ciQu ... Esta">Qn1Ucrnn . sólo se puede utilizarpara el transPOl1éWorvianuuit.iI.noco por aguas interiore.s~ Cuando. la barnn.4Ulil: :del'btIqt!e:nQ sirve para fm.es {)XácticoSs comoen:~Wasode:.r9."1:tiu:queS' de transbordo· rQdad!!: o' del ttafico~ cont.encdore:s. es más apropiado utilizar ra (.ondición:ClPt'(vé¡tSe'p4tr; 8).
1; COsfQ, seguro yjle1e((J[FJ;. EI~Me-qQf·tI'!lfe ras mismas obligac-iones q1Ie"e:n~e[~pdeCFlt Al1em:.á~. tte~ ne .quepro.Porcionan;~.o:tmUítjmq~nlta':eltte~o del COmptadordepé.rcJida ~!Tde:{i(S.1'tI«c.!l)~i~dunmteel transpone-; Él"eontr3.tlI:el "eguro1t.~:t~t>tUna. El ven:. dedordebe'(et1er·.en CU~ta que:c.m:~;4~4á condicióñ· ClF só10,esfá,·-oblig-ado >4 ()btenet'aa~~U}'!:r-dé cobenura trúnitna< La;'t)lodalidad CIF eXÍg~e.:eIvetrdedOit1espa;. che· las' mercanctas,pm'¡6~U'-ex-p:ottaciQf1;. €sta·-condici6.n: s610 sepuedeutiIi2:~-el ttlUlSpº1t~al.IDU'ftUfiay Po.r agwls interio.res. Cuando. la.-haran1illfa'deI ¡f)uqye tio:· sirve para fme.sprácticos. (:omQ en;el~s.o-d~,"Qs buques de transbordQ· t'oru.dQ· o del ttáfiCCl d.~: e<mltétre4ores. c.s-, más apropiadOi{llUizatla.;[email protected]éa$~,parr. 9).
8. transporte- pagqdo li4S!ª ((JP1'): El vendedor paga el fletcl'ara el ~portede:ras:tfiercIU1--.ciaS"li4Sta él destino conycrudo. El' tiesgo~ d~ péf(ficfit O WIDO de las mercancías. a:sico.mocqalesqlljet:a::ga~Qs::a!1i~tQl1ales:re;.. sultantes de acontecitntentos qye ~: dj:~pUé$; del tl1Qmento en qtteiásnrercancta~llan-e}ítregadoafltansportista. settafiSfiel'e del vend~(fótar"tofilpra.llQreCuando
[a..s-~~:dQ01esJas;en:'PQúer<1el transportista . ..er1alIspQtfism."" ~fi:ca4mla~mona.qtte en un conttatQ 4~~0tl!:~~mpromet-e a:.e-j~cutar'O>a procurar laeje~ cu~6n.:Qd)ttIDlSJ?~~ po.r-ferro..carril, ~atrelera,~, aire. a~: inJel1Ot.~: o QIDf¡ c.ºnJóinaciÓn' dc.: cuª~sqlJiera de e5.aSJ nIQ1htJidt'(f~'S~ Si- PMa' el trao.sp~m' ful..m e}'destino. ~~nig-º· se ulilizllJl OItQS: tt:anspQ.11istas~ el riesgo se ~ere ctmn(l~ I@:! m~«an~ han· sido entregaJfu:s al ~~ ~dM;{Wf'exig~<lUe:-e.llvell· ~i(fe~~ (as<m~1'(~mtáa:S'pam~onací6lJ) Esta ~~ue~eQti~arsep'araamI~tnoáqde:ti'allS· pm.~~éncJ~rmlllIDtroda.l,
q; ~~~l!J!grI¡[iJs: filma: (elE;' El'\1en~{te.tm:·Gt(ll1~()lins.~CÍ.ones:[email protected]~n(a.o:ro(fali&..d • . 000~~~~:$~.IDll'ode~~ntrneI'rtesgo. <Rr@~f¡~ p~d.a O dcIDO d~ r<lS:;o:let~Ill1qfas.,du· ~ltan$port~ Q:-vel1lte'dQr ~ta ~t$egw::o y (raga r~a~ El. ~m~.Qt\1ej) .. eten. ~1'. cen"(':uenm~;en\l'lt1í.ld. dMa~n:.CI.P..eI~nd~d~61o.está obbgad.o a®te~
. ·A,. ..... ~,.'I'fi'f_ ... f-........ " r ft "nI' da" CIP~xi~ a.:et4J.U;S~O.'l_YJL~U+<""~'MI<.~tl1º~.l .. \> .'.
~~eQQt.@:$p}~b..e:.(as1ll~E.anCÍas¡pam~'lexpor .. ~" C"-'o ........ -A;',q,(;f't-. f\'ffl51f ... fl'tr."ars; o • cua:lrmter ~~..8/.W.~. "'~!.'w t?t"-~ ""'~~ .. _.e para .. _~"t .... QW~~CtIDl.stlQfte-.. mcl1lSiV.e:~lm:ultbnºdal.
[ID !tltregl!ll(roeJ1.frmttera (1)A.FJ;. Ltt·o51igiloón4ef ~~-º'We.:enJt~eJ1a:$ªt~'Clm~:do,l$mercan· ~MeSl!m;:liaMs.:p.mt-Su;exp:m1a~i6n..leQ:' ~(~c:ros:en:.:@'libf®'rIDp~ro~e~t(~'fit, ~.a'(f1&i~(I~J'P.ªlS'@~n~i EI<él'rtlitm· '"frome· ~fi~~:amrqu;rer-ti'nn~;.tu:cIilSive:{a:tl~l;pats4eex.~)~edun@m:en-m~~(I~um'P~~sa:~ (le;- <JAAi ~ra-: ~. tta~~ design.an®' siem~ el ~fiJ.~ ..... '(ª~Olldid:ó. tlJ. ESa'CIID .. _. ·.-dlciÓttesta.:c.o:n:.-Cebl, ~~ñ}~it~p-ªI'ª:'(ltlll%alla~º··{as'4lle:tCanctas:' I@X:~: @-~: poto ferrnca:rrn:'Q ~tera. pero t@}~~®ier..tmolR~Qm;
tI:. elJrreggg¡¡~lJi:ebflllfWJ (.DES); (;¡a:.-ob1i~ór04el ~Q~~:cumpn~t1Q:d..$:om~n:ml~ ~lJtCD.~~~p~iio.mo-<Iet12\lQ!!~l(ID .. WXIC~lufe~~~p.um'O.(I~;(fe.St!tmJ ~nidID El) ~e.®.otiel1e qge: ha'Cers~ cargo de ~o~~~e:,Qnpli.mlettIexm:~ercmr:, a:QMm>eL~4~) d~t.i®· convenida:. Esa~omJim!n ~~~d.~trnnsP..om:op.Q[ovtlttt11Uitima.o ~.
(ID ~I&l~(¡(er.1!di11S:lJ.l!gqdjJst(IJEQJ) C!g~~ven.(f@t~'en~q~;tiatlsfecba CllIDl4'(t.Jia:~o,t~metcan-clU (f-di~deI COtnl!mt.Qf~u~:en.e1;pll.-mo.:(l~~IDIQ'C.o.uveJ)idQ .. 4~s~ ~@s:.p:mlt;(a.itn~otmdM; EIivemJ~®r: Ú"'e.ne:; <IUe.:. ba· ~ ~ ~ ~, (!lS.c ~9.s. fe G.~O~ i.n.cllTSive ~~~.[~~~~<fOU:laetb «~~~~Q.lI&~~e~. ~t ~~ ClQ:pye:de¡~'(l indirmamen~obte~r la· ~~: impmfí!ci& Sl·(~-pg~S'((~M.:-<1ue. etcom·
4.6:
íNDICE DE MATERIAS
Nota. Los.números remiten alos párrafos del cuerpo deldocumento; loslltltnetQS:t'~c~di~ dos4"e {asle~A. a. e y Qremiten alospMnúos de los Anexos (o de los artículos. en eh:asMel~exo C); los-~\Úlleros-precedidos de la letra T remiten a los cuadros que figuran en -elroerp(nleI documento.
A
A~tiyos.no:;tUrancteros.ttatamiento:de"-QS~ 4J A~tivos~(11lm1~eros. exclusiónife CI"anSaCcionesde. 42 A~m1~neraI~lite Aranceles,AdlllUle.ros y CoIIlercio, t13. C7,
CIZ Acuerdo$olire VafÓtaCi6n en A!!@I)a; vtase-Organtzaci6n Mun~alJ1el Cotn~g-
Ae1'Qº~
incr~9r).iIe~ 16 pertteChos sumitrlslt!Rlos;-a/vendi4oS:l'ie.mfe, 39
sntnll1isttOs:-t(dquh'idos <n elcxtr!ll1jetO'para, 59
A~(:Olfierciql1e; IZ. 31 Allmrc.enartliellto·aduan-ero
in$f3Ilid,o~s:4e-
euUtstema:-cotnercraI-especial, 80 y 81, 83,. 84; tt 1'2 .. 86 y'87
en el$stema comercial general. 74 y 75, 11 Y 18; Tr, T2 p~emo~8t1 a 13
es~stiaísde, 6. 90 AImace.nes:f:lajo coillml aduanero; vtas/: Annacc:namiento
llifúatIe1'O
AJif1ace-nl}s_~~elábOract6ñ imem~ vt(l~e E1/ll)QM6tlUllet'lla. instlifa'done.sde
Anl.tmIIe~dé#ptoducct6n. espectáeufos o ~ras, 44
~ndaUliento
('~;35.A7
~o~~15.51
Aymfá exfl'lP'l.jel'it 12 Ayuda b~a.·itrclJ1Si.6n de la. 23, r~4
B
Bienes;@iruulIOs Dt1espachMos~tnpQfillInen~ 44 lfieli~i¡1!1tidºs~por:llo resi!k:nfC_~¡ 25. 41 J48. 50. A7 Y 8
BieJ1es,4ltI@iffd9st'OrgobiernQs:e,x.eros .. 48 Bienes1!l1qtlUto:os -elf.puertospor Ul!l1Spottistas. 92 Bienes Qd:~ª"Cis{lOr-:QTgl1Dizacion-es1n~onates. 60 Bienes.-<JquJridós-,,ºr-'\1ajeros~ 25. 4.8. BieJles1:1j;S""m~9S.cmno{Jarte-4elcomercio1Je-lI"e1"Yicio.s¡ 48 Bilmes~~()s. en:claves-tett1totiales; 46·
47
Bienes consignados a organizaciones inj<mIa~es. 45, Bienes devueltos .. registro de, 18, 30 Bienes en tránsito, 14, 45 Bienes en arrendamiento fihanciero~ vé:ase.,l\[j:ellc1anúe.nto
fmanciero Bienes en transacciones de compraventa. 50i AS Bienes enviados al extranjero para flU.efaborm:i6h. 28; A7 Bienes extranjeros
defmiciÓn. n, 73
en el sistema comercial especial. 80 y 81; 6"3 y 84. TI. 14 en el sistema comercial general. 14 y 75< "f1.y1S.1't. 1'2
Bienes nacionales definición. 110 y 72
en el sistem3'Comercial.e~cial; 80.y SI. 8.3 y: 6..4. n, T2 en el sistema-comercial general. 74 y 15; 17-y 18. n. T2
Bienes objeto de «ansacciones -por cuen:ttd~t:QQbiemQ~ 22
Bienes originarios de la zona de hore cimlfac1on.61; 12. 71'y 18. 83 Y 84, TI
Bienes originarlos dezQn-as·francasindllS1tlaIes~.f), 61; 11 Y 14 77' Y 78, 83 Y 84. T2
Bienes originarios.del territorio econ6t1lico--d~l?l1l's. véase Bienes nacionales
Bienes para elaboración, 28. 92, 123 Bienes para elaboración en ~l exterio-r. e~PQtfllCil1n:teJtlporatclé.
B7
Bienes para-elabOrnción inte.rna admisiÓn temporal de, B6 en -elllistema comercial esp~31, 67-
Bienes-para reparnci6n, 61. 9"Z l23. 81 Bienes para uso-militar, ~IÍlsIº,tt-d~. 22. 14 Bienes perdidos-o destrU!lfíis
antes de en~n elterritotio eC.QI16xnicj1deIpafs:iln~or, 52
tras la adquisici6n de suPtQP~cfi!.d por tliDlJl5>ftlldót. 63 Bienes1'fOducidos-(obte.nidos){()talií}-ente.-eIlIUt-paB.1l y n. 139
y 14O.B16 Bienes que no·cruzan fiontem¡ 41 Bienes que entran Q'CIle1tderletritorto~o-jfeg~el'1te~
62; 124
Billetes de-banco en citcuIac:i6"n. 43 no-en circulaciQn, 20; 123
Buques. inclusi6n de los; 36
e ~lÍJ.tgm~nat4.e<.l:írn~tcjo.119. DI Q!,tnbio¡ tipoHie:
cnerca..élOt'l~. 130) ofictaléumíltipl~s.~ 129. (W3I~Jº$. 130.: tipO-·ctn~·~~6; ~1'(:1Z!J; C9
Olmbio d~lJ1l)'l1~ ... -ce~S:4~ III CCP.í veaseClMifiClltlóI1Cr1t11'1l14e PraducJos QnJtO;d"int~~s~nQmtl:'o. Ai· Q@icaélº~()'tlgel1r gg.
CFR: v~Sl{:l y: t1e.tec
OOCE': v~ase.QMtjicQt;ión:(ior~alllle$Cllt~g(1rril$ ECImómlcas ClP~ l'i!tl.re:-O:!SIDi le8fttO y>tJeJí;::
Ofi@ d~ au.di(»)'l-qfó~ pa~. 1:1. 48-
atP~ v{afe.Tr.mspQlt~'f s-egtID7~g!1tlos~,
Clilsffic~1t.Ce1t1raJ¿e P1TJlI/{r:fqs. 92, 110
Cl!!JttiClEióil>ln4I!SrrJatlrnertw:.ioMI Unifonne (fe...f.flIljJs liu:.qr:ñ~s<CJ)tróif!f.C1R; 109
Cl!W.ffg¡nóttP()l"Gr1l1l.lléS:,CD~gor:ias E.C.fJ1tÓfflJCtlS. IOCia 108 C1m1!fclICf5tfJlJntJiJtme J1ªrU"I!tC011feJ'cio Inllrtmcio.1tllt.
RewndrJ1. 9:z. {OllJ lOS ~cadºncs4é-,ptQdiíctos-. 6. 21, 11 (J
Qml.J)\lstiQTe"ae.(f3Ü{)t-plU1l buq~es (} 4eronaves, 39. 59 Oml1s1.mttle:,~ro~ ~IlI,~nescde la,. 1; 95 Y' 96; 105.
101. lSl:
~~=()nes:.ael; ~eCorulic10t.1:eS(le.'tnlt'ega
O1{(didongs;(lj::(:J).ttegade.w llleK.lUlcías;. UI);. Dl·a.l4.
Cbmic:te~~; 11'l~~ti-'M¡Qell;'.Qm-eJ'Ci.QJinternacioJlm) cfOOl:etClU1d:IlS.
~8fIac16Ml~.sJí1loi v~e-r.Ms4«Qnsl~iÓJlfdestinc)· ~_a:04.() .. 6Zi tMl:
~C:({J'Qfº~ ~. Cotwell!fl.ftl1erJ1lZcionat ~1ifi..mcJfffJ,y:({'tI1WN~ctÓJt áé.~r:iJltimm:(os44lJPllerll.s
Clmm11gA1f1mm:cimI4tl'lIrnJiU111fP.li]iC1LcJ.iiil)J34mwnlzaQóñ rlMQS;eJ~t}Nffiff!i.e,ª[email protected]. 6, 44; 69.·[39. l48.~ 150., ID:rj¡S.l8:
Otrwm:M:d_e->Ill.l'n~~(j~ [Z6'4;~C9:
~1í~S; vL~O:!tD.etl.{e:S-:CQiíI~~~S
eo:-xrtgn~ome.~c::s;
de~~~~ n.1g~ 83::d5;. 12: (fª~cttIDes;.1h::m8.Ily,sz~ '['1:
deme-en~~~l';1~~.4ri',
e.s~~¡P~~~tQS4é,fuss 91 y 92, l'D.I.Otm.®..1I~~ 114:
:v:«.col~~.!~~~:
~me-~~Q .. 1.Q,: 85. e-9,.
Cosw~ s~4t~_~,
d.e.r~Qm .". ~rnsit-6~ uS-Il,rZl
OlstO':ftf[~ 06
CPT; litase TransPQ~'p'~gado-hasfá)
CUCl; vé$e CliIsfjicJlsJón Urtifo:tme!(l7gtttICóm;em.n, Internacional, R~rón 3,
Cuentas-nacionales. estadíSticas de: ve~,St!klfll1lLeCim®I:; NaciQ.1ta.la
DAf; vtas~€ntregadá en ~ra· Datos. recolección de. 4 a 6; rOlllZ. (S;. {Z ~~ IOlL lU. ~9~
162 Y 163
DAD; véase,Documento A~ttati:Yo:(ffi¡.cQ: DDP; véase€nl;l'ega4íl:derecb~.:pal~Q&onu; vtaseEñ~ga!fa derecMtl'lo:¡>a:S~Os-: Declaraci6n de fIleI'C@cíllS, dé(¡jlll;1~I!':(le;,a)·
Defmtciótt'dé VllIo~-BruserM~ ro· D~sttosobli.E> cºnttt)ladúane~l,á3'
DEQ;- vt@'e&tregaé!.8;.en:n1Uen~:(4i:rec1i~!ln
PES; vtase.&ntrega4ii (o15ít·bºqíte: ' OilUtos. y eub1icacio~:pe.ri6(fic:.as envt~~t:susm~,
difecta.. 48 • D.OcWnent(N\éhninl~ti'!ltivo.,(¡mCQ. UZO 0\$: véa.'SeOef'tDi~ñ-d~.Vl!lótde:,frxm~
E
ECIM; l![a$e:·;eswtímcasdel~QM~;in~~~~· al: mM!\llcfliS
€f~QSl'(:rs-onaIe.sde migranres: inclust6ltd.~ios; 3.3
~Qtal:toll'4é:{Qs. {2~·
Elaooració!lenet e~u:.rtor. e.roce-~nrQlR;, dcfWcióñ;,(ft
(lwaP~tQS~.QIDP.eDPc,fºt'(:soIiRmi4o.s:.:PQ.~;. Ua.-mea"f.'8l'ó 11: Elal>ºradóA:itl~ttl-a. Ül$w~i~s*. 6; '(l. u.Y.lt'S~ U"f)~.
8Uy 8I~ 83.'Y~<J. tL n~ e11. 90" EII1l)orací6i1.i!lt.erna. ptOCedimi.~n.'o dé
derú1ici6fi~ Il6·
l1le1'Canc@¡~c;t¡¡s-'l'~,BQ:
{l1'Odu~tosco~:rdótes obt~lI~m~lID-g;-e1: 6.'Zl ~ 11'f; 78. 83 y-84. 1'2 .
El@ticidá4~·comef'C.ij)~C::. 12; II Embajl1cfas. 6ienes1f~ 46~ 5g
Ent....PfeSll$ ~ftices .. trnnsl!.cctºI).~-coMi1i~~~ :t~.l{/. E'nfábtlca. 02' EJ'Iciaves tettitotillesF 40~ 4S; JJv <[.
EncqesUtS ..... 1as em~jlS:; utillZ~ctóñ:(I~ (O~ u.16'f'n' Eñ~gad¡¡.4ero:Ms;t1Q,pagalfo_~ DUExl~~ada~1ios.tmga:dqs. 014 E!J.~ga4ített,ftof!J~~ Ora', Enttegad¡¡..enJ11Uené(ili:~lios::pa~~cro;,Ol%:
Eb.~gadá~re:-buqt!er 011:
Equ1paje4e-'wiaj~s. 615
4&,
Equipo de exposici6n, tratamiento del, 44
Equipo m6vil. 36, 57
Estadísticas comerciales; litase Estadísticas del comercio internacional de mercancías
Estadísticas-del comercio internacional de mercancías
cobertura; 9 a 14
comparabilida'ddelas,5,1l6,142,158
confidencialidad de las, 157
n\ÚI1eros índices, 160
período de referencia, 155
presentaci6n de informes y difusi6n de, 152, 156
recomendaciones sobre, 1,6, 11 Y 12, 14 Y 15, 18 a 63,89 Y 90, 100; 114,116, 121, 123, 127 a 129, 133, 139, 150 Y 151, 154 a 159
relaci6nconelSCN93 ye1MBP5; 2,3, 5,11,15,55,89,136,162 Y 163
utilizaciones de las, 7
Existencias reguladoras, entidades de, 34
Exportaci6n (completa), B5
Exportaciones
en el sistema comercial especial, 67, 83 Y 84, n, 86
en el sistema comercial general, 66, 77 Y 78, 1'2
registro de, 6,14; 23, 28, 30,46,59 Y 60, 63, 86 Y 87,136,142 a 145, 147, 149 Y 150
valor estadístico de las, 116
Exportaciones especiales; véase Exportaciones, en el sistema comercial especial
Exportaciones generales; litase Exportaciones, en el sistema comercíal general
Exposiciones de arte, 44
EXW; véase En fábrica
F
FAS; véase Franco al costado del buque
FCA; véase Franco transportista
Filiales, transacciones con la empresa matriz, 29, A 7
Flete y seguro, recolecci6n de datos sobre, 6,121,162
FOB; véase Franco a bordo
Franco a bordo
definici6n, D5
recomendaci6npara utilizar, 6
Franco al costado del buque, D4
Franco transportista, H8, D3
Fuerzas militares, consignaci6n a, 46
G
Gas, comercio de, 12,31
GAtT: véase Acuerdo General sob~ Aranceles Aduaneros y Comercio
Gobiernos.extranjeros; véase Encláves territoriales
Gmpode Tareas sobre estadísti~as -del comercio intetfillCJonal, 3
49
I
Importaciones
de bienes despachados para uso interno, 61, B4
en el sistema comercial especial, 80 y 81, TI
en el sistema comercial general, 74 y 15, TI
registro de, 6, 14,23,28,30,52, 59, 86, 136, 142 a 147, 150
retenidas,159
valor estadístico de las, 116
Importaciones especiales; véase Importaciones. en el sistema comercial especial
Importaciones generales; véase Importaciones, en el sistema comercial general
Incoterms, 119, DI a 14
Instalaciones extraterritoriales, bienes entregados a/despachados desde, 37
L
Lastre, 39,59
, I~
Manual de Balanza de Pagos, 'l~inta edición armonización con el, 2, 3, 5
definiciones, AS a 8
Material de estiba, 39, 59
Material pedagógico, tratamiento del, 44
MBP5; véase Manual de Balanza de Pagos, quinta edición
Minerales extraídos del fondo marino, 3a~S8
Momento de registro, 6, 15, 30,46
Monedas
en circulación, 20, 43
no en circulación, 20, 123
Movimiento transfronterizo de bienes, 5, 15,22,29,48,61, 122, 124, 142, 162
Muestras comerciales, 44
N
Normas de origen; véase Organización Mundial del Comercio, normas de origen
N\ÚI1eros índices; véase Esllldísticas del coMercio internacional de mercancías
o OMA; véase{)rganizaci6n Mundial de Aduanas
Organizaci6n Mundial de Aduanas, 2, 6, 1'32 Y 133
Organización Mundial del Comercio
Acuerdo sobre ValoraciónenAduana,<i,18.113 a 115,119,123 Y 124, 127, Cl a 17
normas de origen, 2,146,150
Organizaciones intemaclonab:s bienes adquiric;los por, 60 bienes consign3ilos«, 46
Origen/conSlltllo; véase País de erigen Oro
exportaciones.:: itnportaciones-c!e. 12 moneUUio, 19, 42-no monetario, 19, 92
p
País:copartícipe (véase también País de origen) asignaci6n.de, 134 a 152 identificaci6n de, 2 recomendación sobre, 6, 150
País de comptalventa. 136. 142 País de consignaci6n/destino
detenninaci6n del, 137 utilizaci6n del~ 6, 144, 158
País de consUIllO. 141; 149 País de expedici6n. 138, 145 País de iIl1portaci6n. C15; 013 y 14 País de origen (véase también Pais copartícipe)
detenninaci6n de1. 139, 148 utilizaci6i1dd .. 6, 146 y 147, 150
Perí~o de referencia para las ECIM, 6, 155 Pertrechos. para buques o aeronaves, 39,59,158 Pescado. capt.uras de
exclusi6n de las, 58 inclusípndélas, 38
PlanoSoSobte pedido a medida, 27, 48 Precio. décontra~!l, 122. 125 PtOCeditnienfos(regfll1ene~}aduaueros. 69,163. B3. 11, B13 a 15 Productos-compensadolts·
defmíCÍ6n; B6.)'-7 obtenidQspore~boraci6ífelf.terna, 7h 75, TI, B7 Obten1dos·por.eláQoraci6n interna, 67.12. 77 Y 78. T2, B6.
Pro~ 4e~omputadora be~bos a medida. 27, 48' Propiedad; vt4$t. Trasp~o de propiedad
R
RecursosmateriáIe:s. existencias de, 6.14,45 Reexportaci6n dé-bienes en el mismo estado en que fueron
iIl1portado~ 18.84, 1'2,B1O Reexportaciones
e.ncel sistema comercial especial; 84 y65, T2 en el sistema comercial general. 18 y 79. T2 enctransaccione.sde cQmpraventa. A8 y admisi6n1em:~. 86. BI0 Y almacenamiento aduanero. B 11
50
Registro, momento de; véase Momento de:t.eglstro Registros de aduanas, 5.10 a 12
Reimportaci6n de bienes en el mismo estado.en que fueron exportados, 75,81. TI, B9
Reimportaciones en el sistema comercial especial, 81 y 82 .• TI en el sistema comercial general, 75 y 76, tI y procedimiento deelaboraci6n externa;B7 a 9
Resto del mundo, defmición de, A3 y 4 Ronda Uruguay de negociaciones comercialel!.Jl1u1tilatemIes. 6.
113. 127, 140, 146, Cl a 17
s SA; véase Sistema Armonizado de Designa'Ctá.n
y Ccdificaciónde Mercancfas Salvamento, 38, 58 SCN; véase Sistema de Cuentas NacionaleS Servicios de mensajería, bienes d'espachados:tncdiante. 32 Servicios postales, bienes despachados medi;n)re. 32~ B 15:' Sistema Armonizado de Designación y·Coáificactón
de Mercancfas. descripción, 92, 94
recomendación Para utilizareI. 6, 9.5 .. 100 Sistema com~ial
basado en las aduanas. 68 a 73 defmici6n. 66 especial, 67, 80 a 88, TI, T2 general. 66, 74 a 79, Tl. T2, 88a:~ recomendaci6n sobre el. 6. 89 Y 90
Sistema comercial especial ajustes al. 6. 90
defmici6n. 67 limitaciones del, 86 a 88
Sistema comercial general defmici6n, 66
recome_ndaci6n para utilizareI. 6. 89· Sistema de Cuentas. Nacionales, defmiciones del, Al a 8
Términos aduaneros, B 1 a 18 Territorio aduanero
defmici6n. 14, Bl
.:n,
T
Y procedinúentos aduaneros, B4a 12~ B14y 15 y terrltQrio económico,14, Bl y tenitorioestadístico, 68 y 69
TenitQrio econ6mico defmici6il, A3
y cobertura de es~cas.6. 14 y.15.34, 37, 39.49.Sl S:8'~~ UíZ yenclá.ves internacionales. 46, 48. 60 ytertítorio aduane.t:O, 14 y tenito.rioesta4ístico.64,: 66 y61
Territorio estadístico dermición. 64 recomendación para utilizar el. 6. 151 Y territorio aduanero. 68 y 69
Y territorio económico. 64. 66 Y 67 Transbordo, B15 Transformación sustancial, 71 y 72, 139 Y 140, B17 Y 18
Tránsito aduanero dermici6n, B14 en el sistema comercial especial. 80 y 81, TI en el sistema comercial general, 74 y 75, TI
Transporte pagado hasta. D8 Transporte. y seguro pagados hasta. 118, D9 Traspaso de propiedad
aproximación al momento de, 15, 89 defmición, A6 a 9
transacciones que implican el, A 7 Y 8 Y comunicación de los datos, 162 y 163
Y momento de regis1!O. 15
Ulrldad de cuenta. 126 Ulrldad institucional, Al, AS
Ulrldad residente, AS
u
Unidruies cuantitativas. 6, 131 a 133 Unidades de peso, 6, 132 Y 133
Uniones aduaneras comercio dentro de las, 148 en sistemas comerciales basados en las aduanas, 68
v Valor agregado, impuestos de, 10, 143, B18. 012 a 14
Valor estadístico defmici6n, 1 n, H6 relaci6n con la valoración en aduana, 112, 119
Valoriletransacción, 113, 115, 117, 122a 124,el a3
Valoraci6n Acuerdo de la OMC sobre; véase Organización Mundial
del Comercio
51
aduanera; véase Valoración en aduana
base de, 113 estadística; véase Valor estadístico recomendaciones sobre, 6, 114, 116, 121, 123
tipos de, 112, 115, 117 a 120, el a 17
Valoración en aduana normas de, 115, 127, el a 9, ell, Cl3, e15 y 16
relación con el valor estadístico, 112. 119
Valores emitidos, 43 no emitidos, 20, 123
Vendedor, obligaciones del; véase Condiciones de entrega de las mercancías
z Zona de promoción de las inversiones, 87
Zona de libre circulación
defmición, 67 exportaciones desde la, 77 Y 78: 83 y 84, T2
importaciones a la, 74 Y 75, 81, TI Zona franca extranjera, 87 Zonas francas; véase Zonas francas aduaneras
Zonas francas aduaneras (véase también Zonas francas comerciales y Zonas francas industriales)
dermición. 87 y territorio económico, B 13
Zonas francas comerciales
defmici6n, B13 exportaciones a, 84
exportaciones desde. 77 y 78 importaciones a, 75 operaciones permitidas en las, B13
reexportaciones desde, 78 reimportaciones a, 75
reimportaciones desde, 81 Zonas francas industriales
bienes originarios de, 71 Y 72 defmici6n, B 13 exportaciones desde, 77 y 78, 84, T2
importaciones a, 74 Y 75, 81, TI
operaciones permitidas en las. B 13
i.Uo.:ll ,-~I wl.)""':;'" ..F J."......u.1 • J.! ~, ~ Ip .,J.o..1 , ,...LWI .L...;i ~ .,i ti,,;) I JJ" .:.t,.;S;l1 ~ ~I .... ";1 .:.1" ........ Jo. J~l .;...s.r.
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