compendio de normatividade de telesecundaria. capitulo iv

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Manual de organización del Departamento de Telesecundarias Pág. 147 CAPITULO IV M MA AN NU U A AL L D DE E O OR RG GA AN NI I Z Z A AC C I I Ó Ó N N D DE E L L D DE E P P A AR RT T A AM MA AM ME EN NT T O O D DE E T T E E L L E E S SE E C CU U N ND DA AR RI I A AS S

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Compendio de Normatividade de Telesecundaria. CAPITULO IV

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CAPITULO IV

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DDEELL DDEEPPAARRTTAAMMAAMMEENNTTOO DDEE

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL DEPARTAMENTO DE TELESECUNDARIAS

EN LAS DELEGACIONES GENERALES

INTRODUCCIÓN DIAGRAMA DE ORGANIZACIÓN OBJETIVO I. FUNCIONES 1. Subdirección General de Educación Básica 2. Departamento de Telesecundaria 3. Subjefatura Técnico -Pedagógica 4. Subjefatura de Trámite y Control II. DIAGRAMA Y DESCRIPCIÓN DE PUESTOS 1. Jefe del departamento de telesecundaria 2. Jefe de sector 3. Inspector de zona 4. Subjefe del departamento técnico-pedagógico 5. Asesor técnico-pedagógico 6. Subjefe del departamento de trámite y control 7. Oficial administrativo 8. Secretaria ANEXO RECOMENDACIONES SOBRE LA INTERPRETACIÓN Y USO DEL MANUAL.

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Introducción

El presente manual tiene como objetivo proporcionar un instructivo normativo y rector que le permita al Departamento de Telesecundaria de la Dirección General de la Secretaría de Educación Pública establecer su estructura orgánica y delimitar las funciones, atribuciones y responsabilidades de las unidades que lo integran. En el documento se define el objetivo que da origen a la creación de este Departamento. Se puntualizan las relaciones jerárquicas que guardan entre sí las diversas unidades que lo forman y las descripciones de los puestos correspondientes a este órgano. Finalmente, se exponen algunas recomendaciones para la interpretación y el uso del manual. Este documento fue elaborado conjuntamente por la Unidad de Telesecundaria, la Dirección General de Organización y Métodos y la Dirección General de Delegaciones. Para realizar el estudio se llevaron a cabo consultas con subdirectores generales de educación básica, jefes de departamento de telesecundaria y jefes de sector. El ámbito de difusión del presente documento abarcará las delegaciones generales, los departamentos de telesecundaria y el personal que los integra. Se recomienda que este manual se conserve en el departamento, por ser propiedad de la Secretaría de Educación Pública, y porque se considera que, por su información constituye un recurso para la operación del mismo. Se requiere su revisión periódica a fin de incorporar las modificaciones o adecuaciones que lleven a una mayor racionalidad en la operación del departamento, por lo que se solicita que las sugerencias y observaciones se hagan llegar a la Dirección General de Organización y Métodos, con sede en Centeno 670, 5º piso, Granjas México, Delegación Iztacalco, C.P. 08400, México D.F.

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DIAGRAMA DE ORGANIZACIÓN

FEBRERO DE 1982

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN BASICA

DEPARTAMENTO DE TELESECUNDARIA

SUBJEF. TÉCNICO-PEDAGOGICA SUBJEF. DE TRAMITE Y CONTROL

PLANTELES

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Funciones OBJETIVO Coordinar la operación y el funcionamiento de las Escuelas Telesecundarias Federales en la entidad, para elevar la eficiencia en la presentación de este servicio y consolidar su estructura. I. SUBDIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN BÁSICA 1. Promover, coordinar y evaluar los servicios de telesecundaria federal en la entidad, conforme a las normas y a

los lineamientos establecidos sobre el particular. 2. Participar con la Subdirección General de Planeación en la elaboración del anteproyecto de presupuesto del

servicio de telesecundaria en la entidad. 3. Coordinar sus acciones con la Subdirección General de Planeación para proponer al Delegado General los

proyectos de creación, crecimiento, expansión, fusión o suspensión (temporal o definitiva) de escuelas telesecundarias.

4. Solicitar a la Unidad de Telesecundarias, por conducto del Delegado General, su participación en los cursos

de capacitación para el personal de nuevo ingreso al servicio. 5. Adoptar las medidas conducentes para que las escuelas telesecundarias federales se sujeten a las normas

técnico-pedagógicas, a los contenidos, planes y programas de estudio y a los métodos aprobados por la Secretaría.

6. Informar a la Unidad de Telesecundaria acerca de la operación de las escuelas telesecundarias federales y

proponer adecuaciones para mejorar el servicio, previa anuencia del delegado general. 7. Mantener comunicación, en su caso, con la dependencia encargada del servicio de telesecundaria estatal. II.- DEPARTAMENTO DE TELESECUNDARIA 1. Organizar, dirigir y controlar la operación del servicio de telesecundaria federal en el estado 2. Elaborar el programa anual de operación de la telesecundaria federal en la entidad y someterlo a la

consideración de la Subdirección General de Educación Básica. 3. Difundir y aplicar las normas y los lineamientos técnico-Pedagógicos correspondientes a la Telesecundaria y

que expida la Unidad de Telesecundaria, así como asesorar al personal directivo y docente en su interpretación.

4. Difundir las disposiciones administrativas relativas a la operación de la Telesecundaria que expidan la Unidad

de Telesecundaria y la Delegación General. 5. Evaluar la operación de la telesecundaria federal, conforme a las normas y lineamientos vigentes. 6. Proponer a la Subdirección General de Educación Básica el Proyecto de consolidación del servicio de

telesecundaria federal en el Estado.

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7. Presentar al subdirector general de educación básica las necesidades de creación, crecimiento, fusión o

suspensión (temporal o definitiva) de escuelas telesecundarias federales en la entidad. 8. Proponer el desarrollo de acciones tendientes a vincular la telesecundaria federal con la comunidad. 9. Proponer ante la Subdirección General de Educación Básica las medidas tendientes al constante

mejoramiento del servicio de la Telesecundaria en la entidad. 10. Planear y dirigir las reuniones académicas y las juntas de academia de zona escolar y solicitar, cuando se

requiera, la participación de la Unidad de Telesecundaria. 11. Organizar, difundir y participar en los programas de capacitación, actualización y superación académica del

personal de supervisión, directivo y docente en coordinación con las autoridades competentes y de conformidad con los lineamientos aprobados.

12. Presentar al subdirector general de educación básica las necesidades de capacitación administrativa y de

esparcimiento para el personal del servicio de telesecundaria en la entidad. 13. Presentar al subdirector general de educación básica las necesidades de recursos humanos, materiales y

financieros para la prestación del servicio de telesecundaria. 14. Proponer, en su caso, al personal docente y no docente para su contratación de acuerdo con las

disposiciones vigentes en la materia. 15. Verificar el avance de los trámites que las escuelas telesecundarias federales realicen ante los órganos de la

Delegación General. 16. Organizar y coordinar el sistema de información sobre la operación de las escuelas telesecundarias federales

en la entidad, conforme a los lineamientos establecidos. 17. Fungir como canal de comunicación entre las escuelas telesecundaria federales en la entidad y los órganos

de la Delegación General. 18. Coordinar sus acciones con otros órganos de la Delegación General, a efecto de solicitar y, en su caso,

proporcionar la información que se requiera sobre la operación de la telesecundaria federal. 19. Solicitar asesoría y orientación para la interpretación de normas, lineamientos y disposiciones para la

operación de la telesecundaria federal. 20. Enviar oportunamente la información requerida por la Unidad de Telesecundaria en la forma y requisitos

establecidos, previa anuencia del subdirector general de educación básica. 21. Establecer, en su caso, comunicación con la dependencia estatal encargada del servicio de telesecundaria. 22. Realizar aquellas funciones que le sean encomendadas por el subdirector general de educación básica y por

las autoridades superiores.

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III.- SUBJEFATURA TÉCNICO-PEDAGÓGICA 1. Difundir entre el personal de supervisión, directivo y docente de telesecundaria el plan y los programas de

estudio, la tecnología educativa y las actividades de apoyo al proceso de enseñanza-aprendizaje, de acuerdo con las normas y los lineamientos establecidos.

2. Orientar y asesorar en materia técnico-pedagógica al personal de supervisión, directivo y docente de

telesecundaria, para el desarrollo de los programas de estudio. 3. Analizar y evaluar los informes de supervisión en materia Técnico-Pedagógica. 4. Coadyuvar, cuando se requiera, en el desarrollo de los programas de supervisión. 5. Participar en la elaboración del programa anual de operación del servicio de telesecundaria federal en la

entidad. 6. Detectar las necesidades de capacitación, actualización y superación académica del personal de supervisión,

directivo y docente y proponer las medidas para satisfacerlas. 7. Planear y organizar las reuniones académicas conforme a las normas y a los lineamientos establecidos. 8. Participar en las juntas de academia de zona escolar. 9. Proponer a la Jefatura del Departamento modificaciones y adecuaciones a las normas técnico-pedagógicas y

a la tecnología educativa, con base en los resultados de las reuniones académicas, juntas de academia de zona escolar y otros mecanismos de evaluación.

10. Promover el desarrollo de programas de asistencia y extensión educativa, tales como: orientación educativa,

trabajo social, actividades socio-culturales, deportivas y servicio de biblioteca. 11. Proponer a la Jefatura del Departamento programas de vinculación de la telesecundaria con la comunidad, de

acuerdo con las características de la región. 12. Evaluar, en materia técnico-pedagógica, la prestación del servicio de telesecundaria federal en la entidad, de

conformidad con las normas establecidas. 13. Asesorar al personal directivo y docente de las escuelas telesecundarias en la solución de problemas de

trabajo social, medicina escolar y orientación educativa. 14. Sugerir a la Jefatura del Departamento de Telesecundarias la realización de las supervisiones extraordinarias

que en materia técnico-pedagógica considere necesaria. 15. Informar periódicamente a la Jefatura del Departamento sobre los avances del proceso enseñanza-

aprendizaje en los planteles federales de telesecundaria en la entidad. 16. Realizar las comisiones que le sean conferidas por el jefe del departamento de telesecundaria.

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IV.- SUBJEFATURA DE TRAMITE Y CONTROL 1. Registrar, analizar y controlar la información proveniente de las escuelas telesecundarias, relativa a recursos

humanos, materiales y de control escolar. 2. Participar en la elaboración del programa anual de operación del servicio de telesecundaria federal en la

entidad. 3. Difundir las disposiciones administrativas que expidan la Unidad de telesecundaria y la Delegación General

respecto a la operación de las escuelas telesecundarias. 4. Concentrar la información cuantitativa referente al servicio de telesecundaria federal en la entidad y

mantenerla actualizada. 5. Mantener actualizado el registro de personal adscrito al servicio de telesecundaria federal en la entidad. 6. Tramitar ante los órganos correspondientes, previa autorización de la Jefatura de Departamento, la asignación

de recursos humanos, materiales y financieros necesarios para el funcionamiento de los planteles de telesecundaria.

7. Organizar el directorio de escuelas federales y, en su caso, estatales de la entidad y mantenerlo actualizado. 8. Elaborar los cuadros de necesidades básicas para la operación de las escuelas telesecundarias federales de

la entidad. 9. Asesorar al personal de las telesecundarias para el cumplimiento de las disposiciones administrativas que

tenga que realizar ante la Delegación General. 10. Realizar el seguimiento de los trámites efectuados por las escuelas telesecundarias ante otros órganos de la

Delegación General. 11. Coordinar, previa anuencia del jefe del departamento, sus acciones con otros órganos de la Delegación

General a efecto de solicitar y, en su caso, proporcionar la información que se requiera sobre la operación del servicio de telesecundaria.

12. Sugerir a la jefatura del Departamento la realización de las supervisiones extraordinarias que en materia

administrativa considere necesarias. 13. Informar periódicamente a la Jefatura de Departamento sobre el cumplimiento de las disposiciones

administrativas en los planteles. 14. Realizar las comisiones que le sean conferidas por el Jefe de Departamento de Telesecundarias.

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DEPARTAMENTO DE TELESECUNDARIAS DIAGRAMA DE PUESTOS

FEBRERO DE 1982

JEFE DE DEPARTAMENTO

SUBJEFE DE DEPARTAMENTO

- ASESORES TÉCNICO-PEDAGOGICOS

- SECRETARIAS

DIRECTOR

- MAESTROS

- JEFE DE SECTOR

- INSPECTORES

- SECRETARIA

SUBJEFE DE DEPARTAMENTO

- OFICIALES ADMINISTRATIVOS

- SECRETARIAS

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Descripción de puestos IDENTIFICACIÓN.

Nombre del puesto: Jefe del Departamento de Telesecundaria. No. de plazas: Una. Ubicación: Física: Estado... Administrativa: Delegación General de la Secretaría de Educación Pública en el Estado. Ámbito de Operación: Servicio de telesecundaria federal en la entidad. RELACIONES DE AUTORIDAD. Jefe inmediato: Subdirector general de educación básica. Subordinados: Personal del servicio de telesecundaria federal en la entidad. PROPÓSITO DEL PUESTO: Coordinar el desarrollo de las funciones y actividades que se derivan de la operación del servicio de telesecundaria federal en la entidad conforme a las normas, los lineamientos y disposiciones establecidos para el efecto. FUNCIONES GENERALES.

1. Organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con la operación del servicio de Telesecundaria a cargo de la Delegación General.

2. Organizar y dirigir el programa anual de supervisión a los planteles.

3. Difundir las normas para la operación del servicio y asesorar al personal de telesecundaria en su

adecuada aplicación.

4. Evaluar la operación de la telesecundaria federal en la entidad, conforme a los lineamientos vigentes, e informar de las deficiencias detectadas.

FUNCIONES ESPECIFICAS En Materia de Planeación

1. Proveer las necesidades de recursos humanos, materiales y financieros requeridos para la prestación

del servicio en la entidad. 2. Participar en la elaboración del anteproyecto de presupuesto para la operación del servicio de

telesecundaria federal en la entidad.

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3. Proponer al subdirector general de educación básica el programa anual de operación del servicio de

telesecundaria federal en la entidad.

4. Verificar que las necesidades de ampliación, sustitución y creación de las escuelas telesecundarias en la entidad y proponer los programas para satisfacerlas.

5. Elaborar el anteproyecto de consolidación del servicio de Telesecundaria conforme a los lineamientos

que fijen la Unidad de Telesecundaria y el delegado general.

6. Proponer al subdirector general de educación básica las prioridades sobre la distribución de recursos para el funcionamiento de la telesecundaria federal en la entidad.

7. Proponer al subdirector general de educación básica la ubicación específica de los planteles de nueva

creación.

8. Supervisar, a petición de la Subdirección General de Planeación, que el avance de las obras de ampliación y construcción de escuelas telesecundarias federales realizadas por el Comité Administrador del Programa Federal de Construcción de Escuelas se apegue a las normas establecidas.

En Materia de Recursos Humanos

1. Determinar la menor ubicación del personal asignado a telesecundaria conforme a las necesidades del servicio.

2. Presentar al subdirector general de educación básica las plantillas de personal de las escuelas

telesecundarias de la entidad.

3. Informar al subdirector general de educación básica sobre las vacantes que se generen en las escuelas telesecundarias en la entidad.

4. Proponer, en su caso, al personal docente y no docente para su contratación, de acuerdo con las

disposiciones vigentes en la materia.

5. Expedir oportunamente las fichas de trabajo a los jefes de sector y, en su caso, al personal del departamento.

6. Autorizar el trámite de las incidencias del personal del servicio de telesecundaria para los efectos

correspondientes.

7. Revisar y validar los avisos de cambio de situación del personal de telesecundaria en la entidad y turnarlos al Departamento de Recursos Humanos.

8. Presentar al subdirector general de educación básica las necesidades de capacitación administrativa y

de programas motivacionales y de esparcimiento para el personal del servicio de telesecundaria.

9. Autorizar los permisos económicos solicitados por el Jefe de Sector, Subjefes de Departamento y en su caso, personal asignado a su cargo.

10. Elaborar el calendario de vacaciones escalonadas del personal del Departamento y presentarlo al

subdirector general de educación básica.

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11. Coordinar sus acciones con el Departamento de Recursos Humanos a efecto de solicitar o, en su caso, proporcionar la información que se requiera en esta materia.

En Materia de Recursos Materiales

1. Revisar y validar las requisiciones del material necesario. 2. Analizar los requerimientos de material presentados por el personal directivo y solicitar su asignación

conforme al presupuesto autorizado. 3. Recibir el original de los inventarios anuales de los planteles en la entidad, turnarlo al Departamento de

Recursos Materiales y Servicios, y enviar una copia a la Unidad de Telesecundaria, previa autorización del subdirector general de educación básica.

4. Informar al subdirector general de educación básica acerca del abastecimiento oportuno de los recursos

materiales a los planteles y, en su caso, proponer medidas.

5. Verificar que la distribución de los materiales educativos para el servicio de telesecundaria se realice oportunamente.

6. Coordinar sus acciones con el Departamento de Recursos Materiales y Servicios a efecto de solicitar y,

en su caso, proporcionar la información que se requiera sobre la materia. En Materia de Recursos Financieros

1. Presentar la documentación comprobatoria de gasto conforme lo indican las normas del Manual para el Ejercicio del Presupuesto.

2. Solicitar autorización al subdirector general de educación básica para el otorgamiento de viáticos y

pasajes al personal del departamento que tenga que desplazarse a algún lugar distinto al de su adscripción en cumplimiento de sus deberes.

3. Verificar la concentración de los comprobantes de depósito por concepto de venta de guías de estudio

y la conciliación de las cantidades depositadas contra lo enviado por la Dirección General de Publicaciones y Bibliotecas.

4. Coordinar sus acciones con el Departamento de Recursos Financieros a efecto de solicitar y, en su

caso, proporcionar la información que se requiera sobre la materia. En Materia Técnico – Pedagógica

1. Organizar, dirigir, controlar y evaluar las actividades de difusión, asesoría y aplicación del plan y los programas de estudio, y de los programas de extensión y asistencia educativa del servicio de telesecundaria en la entidad.

2. Organizar y programar reuniones académicas y juntas de academia de zona escolar conforme a las

normas establecidas por la Unidad de Telesecundaria.

3. Organizar los cursos de actualización y superación del personal docente de las escuelas federales conforme a los lineamientos vigentes y solicitar, cuando se requiera, apoyo a la Unidad de Telesecundaria, previa anuencia del subdirector general de educación básica.

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4. Proponer modificaciones al plan, a los programas de estudio y a la tecnología educativa con base en los resultados de los mecanismos de evaluación.

5. Evaluar la aplicación de la tecnología educativa en las escuelas telesecundarias de la entidad.

En Materia de Supervisión

1. Presentar el programa anual de supervisión de telesecundaria al subdirector general de educación básica en la entidad.

2. Organizar las actividades de supervisión de los jefes de sector e inspectores de zona conforme al

programa anual de supervisión.

3. Asesorar a los jefes de sector e inspectores de zona en la interpretación de las normas, lineamientos y disposiciones para la supervisión expedidos por la Unidad de Telesecundaria.

4. Evaluar las actividades de supervisión e implantar las acciones correctivas que procedan, de acuerdo

con las normas.

En Materia de Control Escolar

1. Verificar que las actividades de control escolar se realicen en los planteles conforme a las normas y procedimientos vigentes.

2. Organizar, en coordinación con el Departamento de Registro y Certificación, la capacitación y asesoría

al personal de los planteles para la aplicación de las normas y procedimientos de control escolar.

3. Verificar que las inscripciones de los alumnos en las escuelas a su cargo se lleven a cabo conforme a las normas vigentes.

4. Vigilar en coordinación con el Departamento de Registro y Certificación, el cumplimiento de los

calendarios y prioridades para recibir y procesar la documentación escolar.

5. Apoyar, en su caso, al Departamento de Registro y Certificación en la ejecución de las actividades que se requieran en esta materia.

6. Analizar las anomalías detectadas por el Departamento de Registro y Certificación en la documentación

enviada por los planteles a su cargo y tomar las medidas que procedan.

7. Revisar y resolver los casos especiales de control escolar señalados por el Departamento de Registro y Certificación, y, en caso de no resolverlos, consultar con las dependencias centrales.

8. Proponer las medidas tendientes a mejorar el funcionamiento del sistema de control escolar.

En Materia de Servicios Asistenciales

1. Promover la realización de programas de orientación educativa y trabajo social. 2. Establecer, previa autorización del subdirector general de educación básica, vínculos de comunicación

con organismos públicos o privados que coadyuven al cumplimiento de los programas de orientación educativa y trabajo social.

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3. Coordinar el desarrollo de las actividades necesarias para el otorgamiento de becas en efectivo de acuerdo a las normas y lineamientos establecidos.

En Materia de Extensión Educativa

1. Promover la realización de eventos sociales, culturales y deportivos que complementen la formación de los educandos.

2. Establecer, previa autorización del subdirector general de educación básica, vínculos de comunicación

con organismos públicos o privados que coadyuven al desarrollo de las actividades tecnológicas, de educación artística y física.

3. Propiciar la participación continua de las sociedades de alumnos y de las asociaciones de padres de

familia en los asuntos de la escuela que lo requieran y de conformidad con la reglamentación correspondiente.

4. Promover la participación social de las escuelas telesecundarias en beneficio de la comunidad donde se

encuentren establecidas.

5. Promover y coordinar la participación de las telesecundarias en el desarrollo de eventos que promuevan la Delegación General, la Unidad de Telesecundaria y las autoridades locales.

6. Vigilar que el funcionamiento de las bibliotecas y, en su caso, de las cooperativas escolares, se realice

de acuerdo con las normas establecidas.

7. Mantener actualizados los registros de las cooperativas escolares e informar del funcionamiento de éstas.

LIMITES DE AUTORIDAD

1. Validar el programa anual de supervisión de telesecundaria en la entidad. 2. Validar las plantillas de personal que presenten los directores de los planteles.

3. Analizar y dar el visto bueno, cuando proceda, a los casos de inscripción que excedan en cuanto a

número de grupos, número de alumnos autorizados a cada plantel y las inscripciones que se consideren extemporáneas presentadas por el Departamento de Registro y Certificación.

4. Analizar y evaluar la operación del servicio de telesecundaria en la entidad, conforme a las normas y

lineamientos vigentes.

5. Autorizar y realizar las supervisiones extraordinarias que considere necesarias.

6. Autorizar los permisos económicos a los jefes de sector, subjefes de departamento y personal a su cargo.

7. Autorizar el número de grupos y el número de alumnos por grupo en cada plantel, de acuerdo con el

programa anual de operación y las normas establecidas.

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RESPONSABILIDAD

1. Organizar y controlar la prestación del servicio de telesecundaria federal en la entidad. 2. Difundir entre el personal a su cargo las normas, los lineamientos y las disposiciones para la operación

del servicio de telesecundaria.

3. Asistir y participar en las reuniones convocadas por la Delegación General o la Unidad de Telesecundaria para tratar asuntos administrativos, académicos y de organización escolar.

4. Apoyar a las escuelas telesecundarias en el cumplimiento de sus actividades.

5. Vigilar el cumplimiento de los trabajos encomendados a su departamento.

6. Mantener periódicamente informado al subdirector general de educación básica acerca del

funcionamiento del departamento y de las escuelas telesecundarias en la entidad.

7. Informar, previa anuencia del subdirector general de educación básica, a la Unidad de Telesecundaria, sobre la operación del servicio en la entidad.

8. Mantener comunicación con otros órganos de la Delegación General a efecto de solicitar y

proporcionar la información necesaria sobre la operación del servicio.

9. Verificar que se lleve a cabo la asesoría al personal de supervisión, directivo y docente de telesecundaria federal en la entidad.

COMUNICACIÓN Interna:

ASCENDENTE: Con el subdirector general de educación básica.

HORIZONTAL: Con los jefes de departamento de otros órganos de la Delegación.

DESCENDENTE: Con el personal de su departamento.

Externa:

ASCENDENTE: Con la Unidad de Telesecundaria, previa anuencia del subdirector general.

HORIZONTAL: Con organismos públicos y privados que coadyuven a la operación del servicio de telesecundaria en la entidad.

DESCENDENTE: Con el personal directivo, docente y, en su caso, administrativo de las escuelas telesecundarias federales.

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ESPECIFICACIONES DEL PUESTO ESCOLARIDAD: Título de estudios de licenciatura en Ciencias de la Educación, Pedagogía, o Maestro egresado de Normal Superior. EXPERIENCIA: De director de escuela telesecundaria federal, o cuatro años en el área docente. CRITERIO: Para tomar decisiones, manejar adecuadamente las relaciones humanas y sugerir cambios. INICIATIVA: Para proponer alternativas de trabajo y plantear soluciones. CAPACIDAD: Para establecer comunicación. ACTITUD: De respeto, compromiso y responsabilidad.

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IDENTIFICACIÓN

Nombre del puesto: Jefe de Sector. No. de plazas: Las necesarias. Ubicación: Física: Estado...

Administrativa: Departamento de Telesecundaria en la Delegación General de la Secretaría de Educación Pública en el Estado.

Ámbito de Operación: Inspecciones de zona y escuelas telesecundarias federales. RELACIONES DE AUTORIDAD Jefe inmediato: Jefe del departamento de telesecundaria. Subordinados: Inspectores de zona. PROPÓSITO DEL PUESTO: Desarrollar las actividades de enlace entre los inspectores y el jefe del departamento y coordinar la ejecución del programa anual de supervisión a los planteles. FUNCIONES GENERALES

1. Orientar, asesorar y coordinar a los inspectores de zona en el desempeño de sus actividades. 2. Coordinar el desarrollo del programa anual de supervisión a las escuelas telesecundarias.

3. Promover periódicamente, previa autorización del jefe del departamento, reuniones de trabajo con los

inspectores, directores y maestros de telesecundaria, a fin de señalar los lineamientos que deben seguir en la operación del servicio.

FUNCIONES ESPECIFICAS.

En Materia de Planeación.

1. Informar al jefe del departamento de telesecundaria de las necesidades de consolidación, ampliación, sustitución, fusión o suspensión (temporal o definitiva) de escuelas telesecundarias federales.

2. Estudiar las solicitudes de creación de escuelas telesecundarias que se presenten en la Delegación

General y turnar los resultados a la Jefatura del Departamento.

3. Apoyar, cuando se requiera, al jefe del departamento en la elaboración del programa anual de operación del servicio de telesecundaria federal en la entidad.

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4. Estudiar, con base en las características del sector, la ubicación de las inspecciones de zona en lugares estratégicos de fácil acceso, y proponerla al Jefe del departamento.

5. Distribuir en los planteles, por conducto de los inspectores, el calendario para el desarrollo de las

actividades administrativas.

6. Elaborar el programa anual de supervisión de telesecundaria en la entidad.

7. Validar el plan de trabajo presentado por los inspectores de zona.

8. Verificar, a través de los inspectores de zona, que el avance de las obras de ampliación y construcción de escuelas telesecundarias federales, realizadas por el comité administrador del programa federal de construcción de escuelas, se apegue a las normas establecidas.

9. Concentrar el calendario anual de juntas de academia de zona escolar y presentarlo al Jefe de

Departamento para su autorización. En Materia de Recursos Humanos.

1. Presentar al jefe del departamento las plantillas de personal de las escuelas telesecundarias que entreguen los inspectores de zona.

2. Informar al jefe del departamento sobre las necesidades de capacitación administrativa y de

programas motivacionales y de esparcimiento del personal directivo y docente de los planteles educativos.

3. Expedir oportunamente las fichas de trabajo de los inspectores de zona.

4. Informar a la Subjefatura de Trámite y Control la situación administrativa del personal directivo y

docente para que se tomen las medidas conducentes.

5. Turnar, previa autorización del jefe del departamento, a la Subjefatura de Trámite y Control, el registro de las faltas de asistencia y retardos del personal Directivo y Docente del servicio.

6. Autorizar los permisos económicos a los inspectores de zona e informar al jefe del departamento.

7. Informar al jefe del departamento sobre las vacantes que se presentan en las escuelas telesecundarias

federales en la entidad. En Materia de Recursos Materiales

1. Validar los cuadros de necesidades materiales para los planteles e inspecciones presentados por los inspectores de zona y turnarlos la jefe del departamento de telesecundaria.

2. Recibir y validar los inventarios anuales de los planteles y turnarlos a la Subjefatura de Trámite y

Control.

3. Informar al jefe del departamento sobre el abastecimiento oportuno de los recursos materiales a los planteles y proponer las medidas que procedan para solucionar las anomalías detectadas.

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En Materia de Recursos Financieros

1. Solicitar a los inspectores las fichas de depósito por la venta de guías de estudio y turnarlas al jefe del departamento.

2. Verificar que los depósitos provenientes de la venta de guías de estudio y las sobrantes coincidan con

las cantidades enviadas por la Dirección General de Publicaciones y Bibliotecas.

3. Presentar, cuando proceda, la documentación comprobatoria del gasto, conforme a los lineamientos establecidos.

En Materia Técnico – Pedagógica.

1. Orientar a los inspectores sobre la aplicación de la tecnología educativa de acuerdo con las normas establecidas.

2. Comunicar a los asesores técnico – pedagógicos las deficiencias detectadas por maestros e

inspectores en las lecciones televisivas y en las guías de estudio.

3. Participar en las juntas de academia de zona escolar e informar al jefe del departamento sobre los resultados obtenidos.

4. Participar en la distribución de los materiales impresos.

5. Informar al jefe del departamento sobre las necesidades de asesoría, capacitación y actualización en

áreas específicas del personal directivo y docente.

6. Apoyar a la Subjefatura Técnico–Pedagógica en la organización y desarrollo de las reuniones académicas.

7. Verificar que la aplicación de los programas para estudio se realice conforme a las normas establecidas.

8. Coordinar sus acciones en esta materia con la Subjefatura Técnico–Pedagógica.

En Materia de Supervisión

1. Coordinar el cumplimiento del programa anual de supervisión. 2. Verificar que los planteles cuenten oportunamente con los materiales educativos e informar al jefe del

departamento de las anomalías detectadas.

3. Verificar que los expedientes de los alumnos de los planteles se mantengan actualizados.

4. Visitar las inspecciones de zona y los planteles de acuerdo con el programa anual de supervisión.

En Materia de Control Escolar

1. Comunicar a los Inspectores las normas y lineamientos para el desarrollo de actividades de control escolar en los planteles.

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2. Verificar que los inspectores de zona brinden oportunamente el apoyo requerido por los planteles para el desarrollo de las actividades de control escolar.

3. Informar al jefe del departamento sobre las necesidades de capacitación en materia de control escolar.

4. Solicitar a los planteles, cuando sea requerido por el jefe del departamento, el cumplimiento de las

disposiciones administrativas en materia de control escolar.

En Materia de Servicios Asistenciales

1. Promover conforme al programa anual de operación el desarrollo de las actividades de orientación educativa y trabajo social.

2. Proponer las medidas tendientes a mejorar los programas de orientación educativa y trabajo social.

3. Promover el desarrollo de las actividades necesarias para el otorgamiento de becas en efectivo, de

acuerdo con las normas y lineamientos establecidos.

En Materia de Extensión Educativa.

1. Promover eventos culturales, deportivos y sociales en las escuelas telesecundarias de acuerdo con el programa anual de operación autorizado.

2. Promover, previa autorización del jefe del departamento, el desarrollo de las acciones que tiendan a

vincular a los planteles con la comunidad.

3. Informar al jefe del departamento sobre las autorizaciones que den los Inspectores para el uso de las instalaciones escolares en el desarrollo de los diversos eventos que promueva la comunidad.

4. Solicitar información a los inspectores sobre la adecuada distribución y el funcionamiento de las

bibliotecas y las cooperativas escolares. LIMITES DE AUTORIDAD

1. Verificar el cumplimiento del programa anual de supervisión de telesecundaria federal en la entidad. 2. Realizar las visitas a las inspecciones y planteles apegándose al programa anual, y las extraordinarias

que le sean solicitadas por el jefe del departamento.

3. Asesorar a los inspectores en la aplicación de las normas para la operación de las escuelas telesecundarias.

4. Validar el plan de trabajo anual que le presenten los inspectores de zona.

RESPONSABILIDAD

1. Mantener actualizado su conocimiento de las normas, lineamientos y disposiciones referentes a la operación de las escuelas telesecundarias, expedidos por la Unidad de Telesecundaria y la Delegación General.

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2. Apoyar, orientar y asesorar a los inspectores en el desempeño de sus funciones y verificar el cumplimiento del programa anual de supervisión.

3. Realizar las supervisiones extraordinarias que le sean encomendadas por el jefe del departamento.

4. Elaborar un informe de cada visita a las inspecciones y, en su caso, a las escuelas telesecundarias y

proponer las medidas tendientes a mejorar la prestación del servicio.

5. Asistir y participar en las reuniones a las que sean convocados por la Delegación General o la Unidad de Telesecundaria.

COMUNICACIÓN Interna:

ASCENDENTE: Con el jefe del departamento de telesecundaria y con quien éste le indique.

HORIZONTAL: Con el subjefe del departamento técnico - pedagógico, subjefe de trámite y control y, en su caso, con el otro jefe de sector.

Externa:

DESCENDENTE: Con los inspectores y el personal directivo y docente de los planteles.

ESPECIFICACIONES DEL PUESTO ESCOLARIDAD: Maestro egresado de Normal Superior o equivalente. EXPERIENCIA: Como inspector de zona con dictamen de escalafón. CRITERIO: Para tomar decisiones, manejar adecuadamente las relaciones humanas y sugerir cambios. INICIATIVA: Para proponer opciones de trabajo y plantear soluciones. CAPACIDAD: Para establecer comunicación. ACTITUD: De respeto, compromiso y responsabilidad.

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IDENTIFICACIÓN:

Nombre del puesto: Inspector de Zona. No. de plazas: Las que se requieran. Ubicación: Física: Estado.

Administrativa: Departamento de Telesecundaria en la Delegación General de la Secretaría de Educación Pública en el Estado.

Ámbito de operación: Escuela telesecundaria de su zona escolar. RELACIONES DE AUTORIDAD Jefe inmediato: Jefe de sector. Subordinados: Personal directivo y docente y, en su caso, administrativo de su zona escolar. PROPÓSITO DEL PUESTO Fungir como medio de comunicación entre la Jefatura de Sector y los planteles a fin de verificar que el funcionamiento de éstos se apegue a las normas y lineamientos expedidos por las autoridades y asesorar al personal Directivo y Docente en la interpretación de dichas disposiciones. FUNCIONES GENERALES.

1. Orientar y asesorar al personal directivo y docente en el desarrollo del programa anual de operación de telesecundaria.

2. Desarrollar las funciones y actividades que se establecen en el manual de supervisión de telesecundaria

en los Estados, así como las que señale el jefe de sector.

3. Asesorar al personal directivo y docente de su zona para que realice sus actividades dentro del marco jurídico de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

FUNCIONES ESPECÌFICAS:

En Materia de Planeación

1. Informar al Jefe de Sector sobre las necesidades de consolidación, ampliación, sustitución, suspensión (temporal o definitiva) y creación de las escuelas telesecundarias federales de su jurisdicción.

2. Proponer al jefe de sector la ubicación específica de las escuelas de nueva creación.

3. Planear y organizar las juntas de academia de zona escolar conforme a las normas y lineamientos

establecidos.

4. Elaborar el programa anual de juntas de academia y presentarlo al jefe de sector.

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5. Elaborar, antes de iniciarse el ciclo escolar, el programa anual de supervisión a los planteles de su jurisdicción y presentarlo al jefe de sector para su validación.

6. Verificar, cuando le sea solicitado, que el avance de las obras de ampliación y creación de escuelas

telesecundarias realizadas por el Comité Administrador del Programa Federal de Construcción de Escuelas en el Estado, se apegue a las normas establecidas.

7. Distribuir a los planteles el calendario anual para el cumplimiento de las disposiciones administrativas.

En Materia de Recursos Humanos

1. Informar al jefe de sector las incidencias del personal escolar de su zona para que se tomen las medidas conducentes.

2. Detectar las necesidades de capacitación administrativa, de programas motivacionales y de

esparcimiento del personal a su cargo, y presentarlas al jefe de sector.

3. Expedir oportunamente las fichas de trabajo de los directores de los planteles de su zona y del personal administrativo a su cargo.

4. Vigilar que el personal directivo y docente cumpla las normas, reglamentos y disposiciones vigentes.

5. Entregar al jefe de sector las plantillas de personal de las escuelas telesecundarias,

6. Autorizar los permisos económicos a los directores de plantel e informar de ello al jefe de sector.

7. Informar al jefe de sector sobre las vacantes que se generen en las escuelas de su zona.

En Materia de Recursos Materiales

1. Recibir los cuadros de necesidades materiales presentados por los directores de los planteles de su zona y turnarlos al jefe de sector.

2. Recibir y validar los inventarios de las escuelas telesecundarias de su zona y turnarlos al jefe de sector.

3. Supervisar el uso adecuado y el aprovechamiento del material asignado a las escuelas telesecundarias

de la zona a su cargo.

4. Verificar que en los planteles asignados a su cargo se disponga de los materiales impresos y comunicar al jefe de sector las deficiencias detectadas.

En Materia Técnico - Pedagógica

1. Orientar y asesorar al personal directivo y docente de los planteles en la aplicación, desarrollo y control del proceso educativo en las escuelas telesecundarias.

2. Verificar la aplicación de la tecnología educativa en las escuelas telesecundarias.

3. Verificar que las evaluaciones del proceso enseñanza - aprendizaje se realicen conforme a los

lineamientos establecidos.

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4. Analizar los resultados de la acción educativa desarrollada, los programas generados en la aplicación del plan y los programas de estudio, e informar de ellos al jefe de sector.

5. Informar al jefe de sector sobre las deficiencias en los manuales didácticos detectados por el personal

directivo y docente en áreas específicas.

6. Participar en las reuniones académicas y juntas de academia de zona escolar.

7. Presentar los resultados de las juntas de academia de su zona al Jefe de Sector. En Materia de Control Escolar

1. Difundir las normas y lineamientos para el desarrollo de actividades de control escolar entre el personal directivo y docente de las escuelas telesecundarias.

2. Supervisar que los planteles a su cargo cumplan con las normas y los lineamientos autorizados para el

desarrollo de las actividades de control escolar.

3. Verificar que los planteles mantengan actualizados los expedientes de los alumnos.

4. Asesorar y apoyar al personal directivo y docente en el cumplimiento de las disposiciones administrativas en materia de control escolar.

5. Solicitar a los planteles la documentación de control escolar que falte.

En Materia de Servicios Asistenciales

1. Orientar y asesorar al personal directivo y docente en el desarrollo de los programas de orientación educativa y trabajo social.

2. Proponer las medidas tendientes a mejorar los programas de orientación educativa y trabajo social.

3. Asesorar a los directores de las escuelas en el desarrollo de las actividades necesarias para el

otorgamiento de becas en efectivo, de acuerdo con las normas y lineamientos establecidos. En Materia de Extensión Educativa

1. Supervisar que las actividades sociales, deportivas y culturales se realicen en los planteles conforme a las normas y a los lineamientos aprobados.

2. Participar en el desarrollo de los programas de vinculación con la comunidad que realicen las escuelas

de su zona.

3. Promover el intercambio deportivo, artístico y cultural entre las escuelas de su zona.

4. Supervisar que tanto el funcionamiento de las bibliotecas y cooperativas escolares como el desarrollo de las actividades sociales, culturales y deportivas se apeguen a las normas correspondientes.

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LIMITES DE AUTORIDAD

1. Visitar las instalaciones de las escuelas telesecundarias de su zona conforme al Programa Anual de Supervisión.

2. Asesorar al personal directivo y docente de los planteles en la adecuada aplicación de las normas y

disposiciones para la operación del servicio.

3. Autorizar el uso de las instalaciones escolares a su cargo para el desarrollo de los diversos eventos que lleva a cabo la comunidad, siempre y cuando no interfieran en la realización de las actividades educativas y se apeguen a las normas y lineamientos establecidos, e informar de ello al jefe de sector.

4. Analizar la operación del servicio de telesecundaria de su zona y proponer al jefe de sector las

modificaciones o adecuaciones que procedan.

5. Sugerir el director del plantel acciones tendientes a mejorar el funcionamiento de su escuela.

6. Conceder permisos económicos a los directores de los planteles y al personal administrativo a su cargo, conforme a las normas establecidas.

RESPONSABILIDAD.

1. Mantener actualizado su conocimiento de las normas, lineamientos y disposiciones expedidas por la Unidad de Telesecundaria y la Delegación General referentes a la operación de la telesecundaria.

2. Comprobar que las actividades realizadas en los planteles se efectúen con apego a las normas

establecidas.

3. Apoyar, orientar y asesorar al personal directivo y docente de las escuelas en el desempeño de sus funciones.

4. Elaborar un informe de cada visita a los planteles y sugerir las medidas tendientes a mejorar la operación de los mismos.

5. Asistir y participar en las reuniones a las que sean convocados por la Delegación General o la Unidad

de Telesecundaria.

6. Organizar y dirigir las juntas de academia de zona escolar conforme a las normas y lineamientos vigentes.

7. Participar en las juntas de academia de zona y reuniones académicas que se realicen.

COMUNICACIÓN: Interna:

DESCENDENTE: Con el personal Administrativo asignado a su cargo.

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Externa:

ASCENDENTE: Con el jefe de sector y con quien él le indique.

HORIZONTAL: Con otros Inspectores de zona y con los asesores técnico – pedagógicos.

DESCENDENTE: Con el personal directivo y docente de su zona.

ESPECIFICACIONES DEL PUESTO ESCOLARIDAD: Maestro egresado de normal superior o equivalente. EXPERIENCIA: Como director de plantel con dictamen de escalafón. CRITERIO: Para tomar decisiones, manejar adecuadamente las relaciones humanas y sugerir cambios. INICIATIVA: Para proponer alternativas de trabajo y plantear soluciones. CAPACIDAD: Para establecer comunicación. ACTITUD: De respeto, compromiso y responsabilidad.

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IDENTIFICACIÓN: Nombre del puesto: Subjefe de Departamento Técnico - Pedagógico. No. de plazas: Una. Ubicación: Física: Estado ...

Administrativa: Departamento de Telesecundaria en la Delegación General de la Secretaría de Educación Pública en el Estado.

Ámbito de operación: Personal de supervisión, directivo y docente de telesecundaria federal en la entidad. RELACIONES DE AUTORIDAD Jefe Inmediato: Jefe del departamento de telesecundaria. Subordinados: Asesores técnico – pedagógicos y personal secretarial PROPÓSITO DEL PUESTO Coordinar el desarrollo de las actividades técnico – pedagógicas en cumplimiento del programa anual de operación de la telesecundaria y de las demás disposiciones aplicables en esta materia. FUNCIONES GENERALES

1. Organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con la difusión, asesoría y aplicación del plan y los programas de estudio, de trabajo social, de orientación y de extensión educativa en las telesecundarias federales.

2. Proponer al Jefe del departamento de telesecundaria modificaciones y adecuaciones al plan y los

programas de estudio y a la tecnología adecuada, con base en los resultados de los mecanismos de evaluación.

3. Planear y organizar reuniones de carácter técnico – pedagógico con el personal de supervisión,

directivo y docente conforme a las necesidades de operación y a las normas establecidas.

4. Proponer al jefe del departamento el programa mínimo de actividades a desarrollar en las juntas de academia de zona escolar y en las reuniones académicas regionales, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

FUNCIONES ESPECIFICAS

En Materia de Planeación

1. Programar las actividades técnico – pedagógicas, de extensión educativa, orientación educativa y de trabajo social para la operación del servicio de telesecundaria en la entidad.

2. Participar en la elaboración del programa anual de operación del servicio de telesecundaria.

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3. Presentar programas de superación académica y actualización del personal de supervisión, directivo y docente del servicio de telesecundaria en la entidad, al jefe del departamento.

4. Proponer el calendario anual de reuniones técnico – pedagógicas con el personal de supervisión,

directivo y docente del servicio de telesecundaria en la entidad.

5. Determinar las necesidades de recursos materiales y de equipo para el desarrollo de las actividades de la subjefatura.

En Materia Técnico – Pedagógica

1. Coordinar la difusión del plan y los programas de estudio, y de la tecnología educativa de

telesecundaria. 2. Planear y organizar las reuniones académicas conforme a las normas y lineamientos establecidos

3. Coordinar la orientación y la asesoría técnico – pedagógica que requiera el personal de supervisión,

directivo y docente de los planteles en el desarrollo de los programas académicos.

4. Proponer las modificaciones y adecuaciones al plan y los programas de estudio y a la tecnología educativa, al jefe del departamento, con base en las deficiencias detectadas.

5. Proponer las medidas tendientes a corregir las desviaciones presentadas en la aplicación de la

tecnología educativa y el desarrollo de las actividades académicas, tecnológicas, artísticas y de educación física en las escuelas telesecundarias, al jefe del departamento.

6. Sugerir al jefe del departamento la realización de las visitas de supervisión extraordinarias que

considere necesarias.

7. Coordinar el diseño de contenido de los cursos de actualización y superación del personal de Supervisión, Directivo y Docente de acuerdo con las necesidades detectadas y las normas establecidas.

8. Coordinar el diseño de los instrumentos de evaluación cualitativa y cuantitativa de la operación del

servicio y lo que se requieran para la detección de las necesidades de actualización y superación académicas del personal de Supervisión Directivo y Docente, conforme a las normas establecidas.

9. Proponer a los Inspectores de zona, a través del jefe de sector, temas a tratar en las juntas de

academia de zona escolar.

10. Presentar los resultados del análisis de las evaluaciones cualitativas y cuantitativas al jefe del departamento y proponer medidas para mejorar la operación del servicio.

11. Realizar visitas a los planteles para verificar la aplicación de la tecnología educativa en el desarrollo del

proceso enseñanza – aprendizaje, previa autorización del jefe del departamento.

12. Coordinar la realización de cursos de capacitación para profesores de nuevo ingreso y apoyar, cuando se requiera, al personal de la Unidad de Telesecundaria en el desarrollo de los mismos.

En Materia de Servicios Asistenciales

1. Coordinar la asesoría al personal de supervisión, directivo y docente en el desarrollo de los programas de orientación educativa y trabajo social.

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2. Establecer vínculos, previa autorización del jefe de departamento, con organismos e instituciones

públicas y privadas que coadyuven al cumplimiento de los programas de trabajo social.

En Materia de Extensión educativa

1. Promover en coordinación con el cuerpo de Supervisión, la realización de eventos sociales, culturales y deportivos en los planteles de la entidad, conforme al Programa anual de operación.

2. Proponer programas de vinculación de la telesecundaria con la comunidad.

3. Proponer las medidas tendientes a mejorar el funcionamiento de las bibliotecas de las escuelas y

sugerir obras de consulta.

4. Establecer vínculos, previa autorización del jefe del departamento, con organismos e instituciones públicas o privadas que coadyuven al desarrollo de las actividades tecnológicas, artísticas y de educación física.

5. Coordinar la asesoría al personal de supervisión, directivo y docente sobre la interpretación y aplicación

de las normas y lineamientos establecidos para el funcionamiento de las cooperativas escolares. LIMITES DE AUTORIDAD

1. Solicitar al jefe del departamento la realización de supervisiones extraordinarias que en materia técnico – pedagógica considere necesarias.

2. Proponer las medidas tendientes a satisfacer las necesidades de actualización y superación

académicas del personal de supervisión, directivo y docente de los planteles.

3. Desarrollar los programas de actividades técnico – pedagógicas autorizados por el jefe del departamento.

4. Proponer los cambios y las modificaciones que proceda hacer al plan y los programas de estudio y a la

tecnología educativa.

5. Realizar las visitas de supervisión extraordinarias que le sean solicitadas por el jefe de departamento. RESPONSABILIDAD

1. Actualizar sus conocimientos sobre las normas, las disposiciones y los lineamientos que en materia técnico – pedagógica se señalen para la operación del servicio.

2. Difundir las normas y los lineamientos técnico – pedagógicos, de extensión educativa, trabajo social y

orientación educativa de telesecundaria entre el personal de supervisión, directivo y docente.

3. Informar al jefe del departamento de las conclusiones a que se llegue en las reuniones académicas y juntas de academia de zona escolar.

4. Verificar el cumplimiento de los trabajos encomendados a su área.

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5. Solicitar, a través del jefe del departamento, la asesoría y orientación necesarias para la interpretación de las normas y lineamientos técnico – pedagógicos, a la Unidad.

6. Mantener informado al jefe del departamento acerca del funcionamiento de la Subjefatura y de los

referente a su área de competencia en las escuelas de la entidad.

7. Verificar que se lleve a cabo la asesoría técnico – pedagógica al personal de supervisión, directivo y docente de la telesecundaria federal en la entidad.

8. Proporcionar oportunamente la información requerida por las autoridades.

9. Informar al personal a su cargo de las disposiciones que expidan las autoridades competentes.

COMUNICACIÓN: Interna:

ASCENDENTE: Con el jefe del departamento de telesecundaria y con quien éste le indique.

HORIZONTAL: Con el subjefe de departamento de trámite y control, jefes de sector y subjefes de departamento técnico – pedagógico de educación secundaria y secundaria técnica.

DESCENDENTE: Con los asesores técnico – pedagógicos y el personal secretarial.

Externa:

DESCENDENTE: Inspectores de zona y personal directivo y docente

ESPECIFICACIONES DEL PUESTO: ESCOLARIDAD: Título de estudios a nivel licenciatura en Ciencias de la Educación, Pedagogía, Maestro egresado de normal superior o equivalente. EXPERIENCIA: De Director de plantel. CRITERIO: Para tomar decisiones, manejar adecuadamente las relaciones humanas y sugerir cambios. INICIATIVA: Para proponer opciones de trabajo y plantear soluciones. CAPACIDAD: Para establecer comunicación. ACTITUD: De respeto, compromiso y responsabilidad.

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IDENTIFICACIÓN: Nombre del puesto: Asesor Técnico- Pedagógico. No. de plazas: Las que se requiera Ubicación: Física: Estado .

Administrativa: Departamento de Telesecundaria en la Delegación General de la Secretaría de Educación Pública en el Estado.

Ambito de operación: Personal de supervisión, directivo y docente de los planteles de telesecundaria federal en la

entidad. RELACIONES DE AUTORIDAD Jefe Inmediato: Subjefe de departamento técnico – pedagógico. Subordinados: Ninguno. PROPÓSITO DEL PUESTO: Asesorar al personal de supervisión, directivo y docente del servicio de telesecundaria en el desarrollo de las actividades técnico – pedagógicas y de los programas de trabajo social, orientación y extensión educativa. FUNCIONES GENERALES

1. Asesorar al personal de supervisión, directivo y docente en la interpretación y aplicación de los programas de estudio, trabajo social, orientación y extensión educativa.

2. Proponer modificaciones y adecuaciones a los materiales didácticos, tecnología educativa, plan y

programas de estudio con base en las investigaciones realizadas.

3. Diseñar los contenidos y la metodología de trabajo de las reuniones de carácter técnico – pedagógico a realizar en la entidad.

FUNCIONES ESPECIFICAS

En Materia de Planeación

1. Difundir programas de investigación técnico – pedagógico para la operación del servicio de Telesecundaria en la entidad.

2. Programar y participar en las reuniones académicas de acuerdo con las normas y los lineamientos

establecidos.

3. Proponer al subjefe del departamento los programas de actualización y superación técnico – pedagógica del personal de supervisión, directivo y docente de acuerdo con las necesidades detectadas en la operación del servicio.

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En Materia Técnico – Pedagógica

1. Difundir entre el personal de supervisión, directivo y docente las normas y lineamientos técnico – pedagógicos, de trabajo social, orientación y extensión educativa.

2. Proponer soluciones a los problemas de carácter técnico – pedagógico que le presente el personal de

supervisión, directivo y docente.

3. Analizar el uso de la tecnología educativa para el desarrollo de los programas de estudio en coordinación con el jefe de sector, inspectores y personal directivo y docente.

4. Asesorar al personal directivo y docente en la selección de los métodos y técnicas complementarias

para el desarrollo del proceso enseñanza - aprendizaje.

5. Proponer el programa mínimo de actividades que se deben desarrollaren las juntas de academia de zona escolar y en las reuniones académicas regionales, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

6. Diseñar el contenido de los cursos de actualización y superación académica del personal de acuerdo

con las necesidades detectadas.

7. Diseñar instrumentos de evaluación cualitativa y cuantitativa del servicio y los que se requieran para detección de necesidades de actualización y superación académicas del personal directivo y docente, conforme a las normas establecidas.

8. Participar en las juntas de academia de zona escolar, y analizar los resultados obtenidos.

9. Analizar los resultados de la evaluación cualitativa y cuantitativa de la operación del servicio y

proponer al subjefe del departamento técnico – pedagógico las medidas tendientes a mejorarlo.

10. Asesorar las áreas específicas al personal de supervisión, directivo y docente que lo solicite.

11. Realizar, a solicitud del subjefe del departamento, visitas a los planteles para verificar la aplicación de la tecnología educativa y el desarrollo del proceso enseñanza – aprendizaje.

12. Asesorar al plan directivo y docente en el desarrollo de las actividades académicas, tecnológicas,

artísticas y de educación física.

13. Analizar los informes de Supervisión referentes a la aplicación del plan y los programas de estudio, la tecnología educativa y las disposiciones técnico – pedagógicas en los planteles.

14. Analizar el contenido de las lecciones televisadas y las guías de estudio, e informar de las deficiencias

detectadas al subjefe del departamento.

En Materia de Servicios Asistenciales

1. Elaborar los programas de orientación educativa y de trabajo social de acuerdo con las necesidades

de la entidad. 2. Asesorar y apoyar al personal docente en la solución de problemas que se presenten en cuanto a la

orientación educativa y al trabajo social.

3. Asesorar al personal directivo y docente en la aplicación de los programas de orientación educativa y trabajo social.

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4. Realizar visitas a los planteles para impartir orientación educativa, higiene y trabajo social.

En Materia de Extensión Educativa

1. Elaborar, en coordinación con el personal de supervisión, la programación de eventos sociales, deportivos y culturales a desarrollar en los planteles, y de acuerdo con las normas y lineamientos aprobados.

2. Proponer al personal directivo de los planteles, a través de los inspectores, el incremento de material de

consulta en las bibliotecas de las escuelas telesecundarias.

3. Elaborar los programas de acciones tendientes a vincular a la telesecundaria con la comunidad, conforme a las normas y lineamientos establecidos.

4. Asesorar al personal directivo y docente en la interpretación y aplicación de las normas y lineamientos

para la operación de las cooperativas escolares, cuando éstas existan. LIMITES DE AUTORIDAD

1. Asesorar al personal de de supervisión, directivo y docente en el desarrollo de las actividades académicas, tecnológicas, de trabajo social, de orientación y extensión educativa.

2. Proponer al Subjefe del Departamento Técnico – Pedagógico modificaciones y adecuaciones al Plan y

a los Programas de estudio y a la tecnología educativa de telesecundaria, con base en las evaluaciones realizadas.

3. Proponer al subjefe del departamento las visitas extraordinarias de Supervisión que en materia técnico –

pedagógica considere necesarias.

4. Realizar las visitas extraordinarias de supervisión autorizadas. RESPONSABILIDAD

1. Conocer las normas, los lineamientos, las disposiciones técnico – pedagógicas, el plan y programas de estudio y la tecnología educativa de telesecundaria.

2. Difundir entre el personal de supervisión, directivo y docente las disposiciones, las normas y los

lineamientos técnico – pedagógicos aplicables al servicio.

3. Mantener permanentemente actualizado su conocimiento tanto de los métodos y técnicas de la enseñanza como del uso de los materiales didácticos.

4. Asesorar al personal de supervisión, directivo y docente en el desarrollo de las actividades educativas

que se realicen dentro de las escuelas telesecundarias.

5. Mantener informado al subjefe del departamento técnico – pedagógico sobre el desempeño de las funciones a su cargo.

6. Asistir a las reuniones de actualización y superación académicas y a las juntas de academia de zona

escolar.

7. Proporcionar oportunamente la información que sea solicitada por el subjefe de departamento.

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COMUNICACIÓN: Interna:

ASCENDENTE: Con el subjefe del departamento técnico-pedagógico, jefes de sector y, ocasionalmente, con el subjefe de trámite y control.

HORIZONTAL: Con los asesores técnico – pedagógicos de educación secundaria y secundaria técnica.

DESCENDENTE: Con el personal secretarial.

Externa:

HORIZONTAL: Con los Inspectores de zona, personal directivo y docente de los planteles de servicio.

ESPECIFICACIONES DEL PUESTO. ESCOLARIDAD: Título de estudios a nivel licenciatura en Ciencias de la Educación, Pedagogía, Áreas Tecnológicas, Maestro egresado de normal superior o equivalente. EXPERIENCIA: Dos años en la docencia. CRITERIO: Para tomar decisiones, manejar adecuadamente las relaciones humanas y sugerir cambios. INICIATIVA: Para proponer opciones de trabajo y plantear soluciones. CAPACIDAD: Para establecer comunicación. ACTITUD: De respeto, compromiso y responsabilidad.

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IDENTIFICACIÓN: Nombre del puesto: Subjefe del Departamento de Trámite y Control. No. de plazas: Una Ubicación: Física: Estado

Administrativa: Departamento de Telesecundaria en la Delegación General de la Secretaría de Educación Pública en el Estado.

Ámbito de operación: Servicios de telesecundaria federal en la entidad. RELACIONES DE AUTORIDAD. Jefe Inmediato: Jefe de departamento de telesecundaria. Subordinados: Oficiales administrativos y personal secretarial PROPÓSITO DEL PUESTO Coordinar el desarrollo de las actividades administrativas de trámite y control en cumplimiento del programa anual de operación de telesecundaria y de las demás disposiciones aplicables. FUNCIONES GENERALES

1. Organizar y mantener actualizados los registros sobre el cumplimiento de los trámites que los planteles realicen ante la Delegación General.

2. Organizar y mantener actualizados los expedientes de las escuelas telesecundarias en la entidad. 3. Organizar, dirigir y controlar, en coordinación con los órganos de la delegación que incidan en la

operación de los planteles, las actividades de difusión, asesoría y aplicación de las disposiciones administrativas referentes al servicio de telesecundaria.

4. Verificar el cumplimiento de las normas y disposiciones administrativas y realizar el seguimiento de los

trámites que los planteles efectúen ante otros órganos de la delegación.

5. Coordinar sus acciones con otros órganos de la delegación para solicitar y, en su caso, proporcionar la información referente a la operación del servicio en su área de competencia.

FUNCIONES ESPECIFICAS

En Materia de Planeación

1. Participar en la elaboración del programa anual de operación del servicio de Telesecundaria. 2. Presentar al jefe del departamento las necesidades de recursos humanos, materiales y financieros para

la prestación del servicio en la entidad.

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3. Proponer al jefe del departamento las prioridades para la distribución de recursos a los planteles del servicio.

4. Organizar y mantener actualizado el directorio de escuelas telesecundarias en la entidad.

5. Coordinar sus acciones, previa anuencia del jefe del departamento, con los Departamentos de

Programación y Presupuesto y de Estadística para obtener y, en su caso, proporcionar la información necesaria para la operación del servicio.

En Materia de Recursos Humanos

1. Organizar y mantener actualizados los expedientes del personal federal que trabaja en el servicio de telesecundaria.

2. Verificar que las plantillas de personal del servicio se mantengan actualizadas.

3. Constar que los candidatos a ingresar a las escuelas reúnan los requisitos profesionales para su

contratación.

4. Informar al jefe del departamento sobre el avance lo los trámites para cubrir las vacantes que se generen en los planteles de la entidad.

5. Turnar al Departamento de Recursos Humanos las incidencias del personal de servicio para su trámite,

previa autorización del jefe del departamento.

6. Controlar los registros de avisos de cambios de situación del personal.

7. Presentar al Jefe del departamento las necesidades de capacitación para la aplicación de las disposiciones administrativas en los planteles.

8. Coordinar sus acciones, previa autorización del jefe del departamento, con el departamento de recursos

humanos para solicitar y, en su caso, proporcionar la información que se requiera en esta materia. En Materia de Recursos Materiales

1. Presentar al departamento los cuadros de necesidades materiales y de equipo para los planteles en la

entidad y verificar su abastecimiento. 2. Solicitar a los Inspectores los inventarios anuales de los planteles conforme a las normas establecidas,

y turnar el original al Departamento de Recursos Materiales y Servicios y una copia a la Unidad de Telesecundaria, previa anuencia del jefe del departamento.

3. Solicitar al Departamento de Recursos Materiales y Servicios la reparación de los televisores de los

planteles para que se mantengan en condiciones de operación.

4. Turnar al Departamento de Recursos Materiales y Servicios la relación para la distribución de televisores a los planteles y verificar su entrega, previa autorización del jefe del departamento.

5. Organizar y mantener actualizados los registros de televisores asignados al servicio de Telesecundaria

en la entidad.

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En Materia de Recursos Financieros

1. Concentrar los comprobantes de depósito por concepto de la venta de guías de estudio y conciliar la cantidad depositada más los sobrantes contra lo enviado por la Dirección General de Publicaciones y Bibliotecas.

2. Presentar la documentación comprobatoria del gasto cuando se le requiera, de acuerdo con las

normas vigentes.

En Materia de Control Escolar

1. Organizar el registro del número de grupo y el número de alumnos por grupo autorizados en cada plantel.

2. Informar al jefe del departamento acerca de los lugares disponibles en los planteles.

3. Asesorar a los jefes de sector, inspectores y personal directivo y docente en la aplicación de las

disposiciones administrativas de control escolar.

4. Comunicar a los planteles por medio del personal de supervisión, y con autorización del Jefe del Departamento, las anomalías informadas por el Departamento de Registro y Certificación en la documentación escolar enviada a la Delegación General.

5. Apoyar a los planteles cuando se requiera en la realización de las actividades de control escolar.

6. Verificar que la información y la documentación de los planteles requeridos por el Departamento de

Registro y Certificación se entreguen en los plazos y términos establecidos.

7. Asesorar a los oficiales administrativos en la obtención de los índices para la evaluación de la operación.

8. Turnar oportunamente a la Subjefatura Técnico – Pedagógica los índices de evaluación cuantitativa

para su análisis.

9. Apoyar, previa anuencia del jefe del departamento, al Departamento de Registro y Certificación en las actividades que se requieran en esta materia.

10. Coordinar sus acciones, previa autorización del jefe del departamento, con el Departamento de registro

y Certificación para obtener la información estadística derivada del control escolar.

En Materia de Extensión Educativa

1. Integrar la informar referente al funcionamiento de las asociaciones de padres de familia y, en su caso,

de las cooperativas escolares.

En Materia de Servicios Asistenciales

1. Distribuir, por conducto del Jefe de Sector, las convocatorias de becas en efectivo. 2. Realizar las actividades necesarias para el otorgamiento de becas en efectivo, de acuerdo con las

normas y procedimientos en vigor.

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LIMITES DE AUTORIDAD

1. Coordinar las actividades del personal a su cargo. 2. Proponer al jefe del departamento las medidas tendientes al cumplimiento del programa de operación

de telesecundarias.

3. Proponer al jefe del departamento de la realización de las visitas extraordinarias de Supervisión que en materia administrativa considere necesarias..

4. Solicitar, previa anuencia del jefe del departamento, la información que requiera sobre la operación del

servicio.

RESPONSABILIDAD

1. Difundir entre el personal directivo y docente, por conducto del personal de Supervisión, las disposiciones administrativas.

2. Capacitar al personal a su cargo para el desempeño de sus funciones específicas y verificar su

cumplimiento.

3. Cumplir con los trabajos encomendados a su cargo.

4. Mantener permanentemente informado al jefe del departamento acerca del funcionamiento de la subjefatura y del cumplimiento de las disposiciones administrativas en los planteles.

5. Proporcionar oportunamente a la Subjefatura Técnico – Pedagógica los índices de evaluación

cuantitativa.

6. Mantener comunicación con otros órganos de la delegación para solicitar y, en su caso, proporcionar la información necesaria para la operación del servicio, previa anuencia del jefe del departamento.

COMUNICACIÓN: Interna:

ASCENDENTE: Con el jefe del departamento de telesecundaria y con quien éste le autorice.

HORIZONTAL: Con el subjefe del departamento técnico – pedagógico y el jefe de sector.

DESCENDENTE: Con los oficiales administrativos y personal secretarial.

Externa:

HORIZONTAL: Con los Inspectores y personal directivo y docente de las escuelas.

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ESPECIFICACIONES DEL PUESTO. ESCOLARIDAD: Maestro egresado de normal superior o Licenciatura en Ciencias de la Educación, Administración de Empresas o Administración Pública. EXPERIENCIA: De cuatro años en administración escolar. CRITERIO: Para tomar decisiones, manejar las relaciones humanas y para sugerir cambios. INICIATIVA: Para proponer opciones de trabajo y plantear soluciones. CAPACIDAD: Para establecer y mantener comunicación. ACTITUD: De respeto, compromiso y responsabilidad.

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IDENTIFICACIÓN: Nombre del puesto: Oficial Administrativo. No. de plazas: Las que se requieran Ubicación: Física: Estado ...

Administrativa: Departamento de Telesecundaria en la Delegación General de la Secretaría de Educación Pública en el Estado.

Ámbito de operación: Departamento de Telesecundaria. RELACIONES DE AUTORIDAD. Jefe inmediato: Subjefe del departamento de trámite y control. Subordinados: No tiene. PROPÓSITO DEL PUESTO. Llevar el registro y control de la información estadística y administrativa generada en la operación del servicio de Telesecundaria. FUNCIONES GENERALES.

1. Mantener actualizados los expedientes de los planteles en la entidad. 2. Verificar el cumplimiento de los trámites relativos al control escolar, recursos humanos, materiales y

financieros que los planteles deban realizar ante la Delegación General.

3. Informar al subjefe del departamento sobre los planteles que no han cumplido con los trámites y disposiciones administrativas para que tomen las medidas conducentes.

FUNCIONES ESPECIFICAS:

En Materia de Planeación.

1. Elaborar la programación anual para el cumplimiento de las disposiciones administrativas por parte de los planteles y proporcionarla al subjefe del departamento.

2. Registrar las propuestas de ampliación, consolidación, fusión, suspensión (temporal o definitiva) o

sustitución de Escuelas Telesecundarias presentadas por los jefes de sector.

3. Registrar la demanda educativa para el servicio de telesecundaria en la entidad.

4. Concentrar las estadísticas escolares referentes al número de alumnos atendidos y al número de grupos funcionando.

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5. Mantener actualizado el directorio de escuelas telesecundarias federales y, en su caso, estatales.

En Materia de Recursos Humanos.

1. Verificar que los candidatos a ingresar a las escuelas reúnan los requisitos profesionales para su contratación.

2. Concentrar y revisar las propuestas de plantillas de personal presentadas por las escuelas e integrar

las autorizadas al expediente correspondiente.

3. Registrar los avisos de cambios de situación del personal y turnarlos al subjefe del departamento para su trámite.

4. Turnar al subjefe del departamento las incidencias del personal del servicio de Telesecundaria para

los trámites correspondientes.

5. Realizar, previa anuencia del subjefe del departamento, el seguimiento de los trámites turnados al Departamento de Recursos Humanos y verificar su cumplimiento.

En Materia de Recursos Materiales

1. Elaborar los cuadros de necesidades materiales para el desarrollo del servicio con base en la información proporcionada por los planteles.

2. Revisar e integrar a los expedientes una copia de los inventarios anuales de los planteles en la entidad,

y turnar el original y una copia al subjefe del departamento.

3. Verificar que el Departamento de Recursos Materiales y Servicios realice el surtimiento de los materiales autorizados a los planteles e informar al Subjefe del departamento las anomalías presentadas.

4. Registrar las peticiones de reparación de televisores y verificar su cumplimiento.

5. Mantener actualizado el registro de los televisores asignados al servicio de telesecundaria.

En Materia de Control Escolar.

1. Verificar, previa autorización del subjefe de departamento, ante el Departamento de Registro y Certificación, el cumplimiento de los calendarios y prioridades establecidas para recibir y procesar la documentación de las escuelas.

2. Solicitar al Departamento de Registro y Certificación la información estadística que se derive de los

archivos de control escolar.

3. Obtener, a partir de los cuadros de concentración estadística, los índices de evaluación cuantitativa de la operación del servicio.

4. Apoyar al Departamento de Registro y Certificación en las actividades que en esta materia le sean

encomendadas por el subjefe del departamento.

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En Materia de Servicios Asistenciales.

1. Realizar el seguimiento de los trámites para el otorgamiento de becas en efectivo e informar al subjefe de departamento las anomalías presentadas.

2. Registrar la información sobre las becas asignadas en efectivo.

En Materia de Extensión Educativa

1. Revisar que la documentación referente a las asociaciones de padres de familia y, en su caso, de las cooperativas escolares, reúna las condiciones establecidas, e integrarla a los expedientes correspondientes.

LIMITES DE AUTORIDAD.

1. Informar al subjefe del departamento sobre el cumplimiento de las disposiciones administrativas por parte de los planteles.

RESPONSABILIDAD.

1. Mantener actualizada la información estadística y administrativa referente a la operación de los planteles y proporcionarla oportunamente cuando le sea solicitada.

2. Cumplir con los trabajos encomendados a su cargo.

COMUNICACIÓN. Interna:

ASCENDENTE: Con el subjefe del departamento de trámite y control y con quien éste lo autorice.

HORIZONTAL: Con el personal secretarial.

ESPECIFICACIONES DEL PUESTO. ESCOLARIDAD: Técnico de nivel medio superior en administración. CRITERIO: Para utilizar los métodos y las técnicas adecuadas en el desarrollo de sus actividades. INICIATIVA: Para realizar su trabajo, proponer modificaciones y efectuar aportaciones. CAPACIDAD: Para establecer comunicación y acatar órdenes. ACTITUD: De respeto, compromiso y responsabilidad.

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IDENTIFICACIÓN: Nombre del puesto: Secretaria. No. de plazas: Las que se requieran Ubicación: Física: Estado ...

Administrativa: Departamento de Telesecundaria en la Delegación General de la Secretaría de Educación Pública en el Estado.

Ámbito de operación: Departamento de telesecundaria o inspección de zona. RELACIONES DE AUTORIDAD. Jefe Inmediato: Jefe del departamento de telesecundaria, jefe de sector, subjefes de departamento y, en su

caso, inspectores de zona. Subordinados: Ninguno. PROPÓSITO DEL PUESTO. Prestar los servicios de oficina y de taquimecanografía que se requieran en su área de adscripción. FUNCIONES GENERALES.

1. Proporcionar al apoyo de oficina y el mecanográfico requeridos.

FUNCIONES ESPECIFICAS.

1. Mecanografiar los trabajos solicitados. 2. Organizar y controlar el archivo y minutario.

3. Mantener actualizado el registro de correspondencia.

4. Atender las llamadas telefónicas.

5. Informar a su jefe inmediato de las necesidades de material de oficina.

6. Realizar las demás funciones que le sean encomendadas dentro de su ámbito de competencia.

LIMITES DE AUTORIDAD. No le son asignadas facultades que impliquen ejercicio de su autoridad.

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RESPONSABILIDAD.

1. Cumplir con las funciones encomendadas a su cargo. COMUNICACIÓN. Interna:

ASCENDENTE: Con el jefe del departamento, jefe de sector, subjefes de departamento, asesores técnico – pedagógicos y, en su caso, con el inspector de zona.

HORIZONTAL: Con el personal secretarial y oficiales administrativos.

ESPECIFICACIONES DEL PUESTO. ESCOLARIDAD: Diploma de estudios comerciales, con secundaria terminada. EXPERIENCIA: Mínima de un año. CRITERIO: Para manejar las relaciones humanas. INICIATIVA: Para sugerir formas de presentación de los trabajos. CAPACIDAD: Para recibir y acatar órdenes. ACTITUD: De respeto, compromiso y responsabilidad.

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Anexo

RECOMENDACIONES SOBRE LA INTERPRETACIÓN Y USO DEL MANUAL En el presente documento se define el modelo de organización para el Departamento de Telesecundaria, en el cual se prevé el establecimiento de dos áreas: una de apoyo técnico- pedagógico que se encargará de difundir y asesorar al personal de los planteles en la aplicación del plan y los programas de estudio y la tecnología educativa de telesecundaria. Asimismo, propondrá programas a desarrollar en las escuelas en materia de servicios asistenciales y de extensión educativa; y otra de trámite y control que llevará el seguimiento y verificará el cumplimiento de las disposiciones y los trámites administrativos que los planteles deban realizar ante la Delegación General. La Jefatura del Departamento organizará y dirigirá la supervisión que será coordinada por el jefe de sector y realizada por los Inspectores de zona, que a su vez, serán el medio de comunicación entre los planteles y el Departamento. Resulta importante recalcar que, aún cuando ya se encuentran claramente definidos los límites de autoridad para cada puesto en las descripciones correspondientes, el jefe del departamento es la autoridad formal y directa sobre las escuelas telesecundarias federales. Por lo que se refiere a los inspectores de zona, éstos deberán asesorar y orientar al personal de los planteles de su jurisdicción en el desarrollo de los aspectos generales del proceso escolar (académico, tecnológico, administrativo, etcétera) conforme al programa anual de visitas, y a las visitas extraordinarias que autorice el jefe del departamento de telesecundaria. Los asesores técnico – pedagógicos deberán tener amplia experiencia en telesecundaria y un prestigio docente reconocido. Para el desarrollo de sus funciones podrán abarcar una o más áreas de estudio, procurando equilibrar la designación de los mismos entre las áreas académicas y tecnológicas. Asimismo se prevé la necesidad de contar con un asesor de asistencia educativa, quien asesorará y apoyará al personal directivo y docente en el desarrollo de actividades de trabajo social y vinculación con la comunidad. Se debe subrayar que la aplicación de este modelo de organización es flexible en lo referente a niveles jerárquicos de la estructura del órgano y al personal necesario para cubrirlo, ya que se aplicará en función de las características y necesidades propias de cada Delegación General, y del número y estructura de las escuelas Telesecundarias existentes. La distribución de personas por puesto queda a criterio del delegado general, quien decidirá según el volumen de trabajo y las necesidades del servicio en la entidad. Sin embargo, aun cuando en este departamento no se cuente con todos los puestos, es de importancia fundamental que en este órgano y en las secciones que integran se realice las funciones descritas en el presente manual y las establecidas por autoridades. Manual de Organización del Departamento de Telesecundaria en las Delegaciones Generales lo terminó de imprimir la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios de la SEP, para la Dirección General de Organización y Métodos, en agosto de 1982. La edición consta de 550 ejemplares.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

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INTRODUCCIÓN.

I. ESTRUCTURA DEL SERVICIO DE TELESECUNDARIA EN LOS ESTADOS. II. FUNCIONES.

1. En materia de Planeación y Programación. 2. En materia Técnico – Pedagógica. 3. En materia de Administración de Recursos Humano. 4. En materia de Administración de Recursos Materiales. 5. En materia de Administración de Recursos Financieros. 6. En materia de Control Escolar. 7. En materia de Servicios Asistenciales. 8. En materia de Extensión Educativa. 9. En materia de Supervisión.

III. LIMITES DE AUTORIDAD.

1. En materia de Planeación y Programación. 2. En materia Técnico – Pedagógica. 3. En materia de Administración de Recursos Humano. 4. En materia de Administración de Recursos Materiales. 5. En materia de Administración de Recursos Financieros. 6. En materia de Control Escolar. 7. En materia de Servicios Asistenciales. 8. En materia de Extensión Educativa. 9. En materia de Supervisión.

IV. ANEXOS.

i. Normas jurídicas y administrativas. ii. Glosario de términos

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

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Introducción. El presente documento fue elaborado por la Unidad de Telesecundaria, la Dirección General de Organización y Métodos y la Dirección General de Delegaciones, conjuntamente, como una guía para facilitar la operación de las funciones a desconcentrar en materia de educación telesecundaria. El documento se divide en los siguientes rubros: Estructura del Servicio, Funciones y Límites de Autoridad. El primero se refiera a la descripción global de los componentes fundamentales del subsistema de educación telesecundaria, enfocado de una manera desconcentrada. En el segundo se describen las funciones relacionadas con el servicio de telesecundaria que deben de desarrollar las direcciones generales, las delegaciones generales con sus órganos dependientes, incluyendo a las escuelas telesecundarias federales. Dichas funciones se encuentran agrupadas según el proceso de administración del sistema en nueve aspectos: Planeación y Programación, Técnico- pedagógico, Administración de Recursos Humanos, Materiales y Financieros, Control Escolar, Servicios Asistenciales, Extensión Educativa y Supervisión. En el tercero se presentan los límites de autoridad para señalar las principales decisiones que tomará cada uno de los participantes en relación a los aspectos mencionados dentro del servicio de telesecundaria. Los responsables de la operación del servicio de telesecundaria deberán tener especial cuidado de cumplir con las atribuciones que les fija el Reglamento Interior de la Secretaría, el Manual de Organización de las Delegaciones Generales, el del Departamento de Telesecundarias, y las que se establecen en el presente documento y en toda norma emitida para el funcionamiento del servicio. Deberán de observar lo dispuesto en los artículos 1º, 5º, 8º, 17 y 18 fracciones VI, LX, LXVI; 19 y 21 y demás relativos a la Ley de Responsabilidades para los Funcionarios y Empleados de la Federación del Distritos Federal y de los Altos Funcionarios de los Estados. Esta obra de consulta es propiedad de la Secretaría de Educación Pública, por consiguiente, deberá permanecer en el centro de trabajo.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

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UNIDAD DE

TELESECUNDARIA

AREA TECNICA AREA DE APOYO

ORGANOS CENTRALES DE APOYO.. - OFICIAL MAYOR. - DIRECCION GENERAL DE

DELEGACIONES.

- SUBSECRETRIA DE PLANEACION EDUCATIVA.

- SUBSECRETARIA DE CULTURA. - OTROS

DELEGACIÓN GENERAL DE

LA SEP.

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE

PLANEACION

SUBDIRECCIÓN GENERAL

DE EDUCACIÓN BASICA.

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE

SERVICIOS ADMINISTRATIVOS.

DEPARTAMENTO DE

TELESECUNDARIA

ORGANO CENTRAL NORMATIVO.

COORDINACIONN

PLANTELES

ORGANO OPERATIVO

NORMAS Y LINEAMIENTOS INSTRUCCIONES RECURSOS Y SERVICIOS

INFORMACION

INF

OR

MA

CIÓ

N Y

TR

AM

ITE

ESTRUCTURA DEL SERVICIO DE TELESECUNDARIA EN LOS ESTADOS El servicio de Telesecundaria en los estados funciona de manera desconcentrada, conforme a la estructura que se ilustra en la figura 1, en la cual participan la Unidad de Telesecundaria, las delegaciones generales, los planteles y los órganos centrales de apoyo. FIGURA 1.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

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Unidad de Telesecundaria Órgano central normativo responsable de planear, organizar, desarrollar y evaluar el funcionamiento de las escuelas telesecundarias por medio de las siguientes áreas:

Área Técnica. Expide y conforma los lineamientos para la operación y desarrollo de las escuelas telesecundarias y evalúa el funcionamiento general del servicio. Área de apoyo. Proporciona la asesoría que requieren las delegaciones generales. 2. Delegación General Órgano responsable de planear, organizar, operar y supervisar los servicios de telesecundaria federal en el estado, mediante las siguientes áreas:

2.1 Subdirección General de Planeación. Determina la demanda de servicios de telesecundaria y programa

los recursos necesarios para su atención.

2.2 Subdirección General de Educación Básica. Apoya al delegado en la organización, dirección y Supervisión de las escuelas telesecundarias federales en el estado.

Departamento de Telesecundaria. Coordina la operación, desarrollo y supervisión del servicio de

telesecundaria federal en la entidad.

Subdirección General de Servicios Administrativos. Organiza y coordina la administración de los recursos humanos, materiales y financieros para la operación del servicio de Telesecundaria en la entidad. 3. Órganos Centrales de Apoyo Asesoran y apoyan a la delegación general en aspectos técnicos, administrativos y de suministro de recursos.

1. EN MATERIA DE PLANEACIÓN Y PROGRAMACIÓN 1. DEFINICIÓN Establecer los objetivos, metas, planes y programas del servicio de telesecundaria, de acuerdo con la cuantificación y racionalización de los recursos humanos, materiales y financieros disponibles, tanto para asegurar y mejorar el funcionamiento del servicio como para atender la demanda educativa en el estado. 2. UNIDAD DE TELESECUNDARIA

1. Establecer, evaluar y actualizar las normas y los lineamientos a que deben sujetarse los procesos de creación, ampliación, consolidación, suspensión o sustitución de escuelas telesecundarias federales, con base en los informes de funcionamiento del servicio y a las sugerencias que presenten los delegados generales.

2. Coadyuvar con la Dirección General de Programación en el establecimiento de las metas

anuales del servicio de telesecundaria.

3. Establecer y mantener actualizados los sistemas y procedimientos para la obtención y análisis de la información para la evaluación del servicio de telesecundaria en los estados.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

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4. Definir en coordinación con la Dirección General de Materiales Didácticos y Culturales y con el

Comité Administrador del Programa Federal de Construcción de Escuelas las normas y lineamientos para el diseño de espacios y mobiliario destinados a la prestación de los servicios de telesecundaria.

5. Asesorar dentro del ámbito de su competencia a los delegados generales que así lo requieran,

en la planeación de los servicios de telesecundaria.

6. Asesorar a las delegaciones generales y a los gobiernos de los estados en el establecimiento del servicio de telesecundaria estatal.

3. DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEACIÓN

1. Establecer los objetivos y metas del sector educativo, así como sus planes y programas, a mediano y largo plazos.

2. Definir las normas, criterios e instrumentos para desarrollar la planeación educativa en las

delegaciones generales.

3. Participar con la Dirección General de Programación y la Unidad de Telesecundarias en el análisis de los proyectos de atención a la demanda educativa presentados por las delegaciones generales.

4. Evaluar en coordinación con la Unidad de Telesecundaria y las delegaciones generales, la aplicabilidad

de las normas y los lineamentos para la planeación del servicio de telesecundaria.

5. Actualizar en coordinación con la Dirección General de Programación las normas y lineamientos que determinan las prioridades de atención a la demanda del servicio en el estado, con base en los informes y las necesidades presentadas por las delegaciones generales.

6. Asesorar a las delegaciones generales cuando así lo requieran, en la planeación del servicio de

telesecundaria dentro del ámbito de su competencia. 4. DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN

1. Establecer en coordinación con la Unidad de Telesecundaria las metas anuales del servicio de telesecundaria.

2. Realizar en coordinación con la Unidad de Telesecundaria estudios para la atención a la demanda del

servicio de telesecundaria en los estados.

3. Definir en coordinación con la Unidad de Telesecundaria y las Delegaciones Generales los programas anuales del servicio de telesecundaria en los estados.

4. Establecer, actualizar y difundir a las delegaciones generales las normas para la elaboración de los

anteproyectos del presupuesto de la Secretaría y de las entidades del sector, conforme a los lineamientos establecidos por la Secretaría de Programación y Presupuesto y a las políticas que dicte el secretario.

5. Integrar en coordinación con las delegaciones generales los anteproyectos de presupuesto global y de inversiones de la delegación.

6. Comunicar a las delegaciones generales el presupuesto autorizado para la operación y ampliación del

servicio de telesecundaria en el estado.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

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7. Integrar y tramitar las modificaciones presupuestarias que presenten las delegaciones generales,

cuando afecten partidas correspondientes a diferentes programas, exceptuando las encomendadas a la Dirección General de Recursos Financieros.

8. Integrar en coordinación con la Unidad de Telesecundaria y la Dirección General de Publicaciones y

Bibliotecas el presupuesto requerido para la impresión y distribución de las guías de estudio.

9. Integrar en coordinación con el Consejo Nacional de Fomento Educativo y la Unidad de Telesecundaria el anteproyecto de presupuesto para el cumplimiento de los convenios con los gobiernos de los estados.

10. Difundir el calendario escolar autorizado por el secretario.

11. Controlar la estadística nacional de los servicios de telesecundaria.

12. Asesorar a las delegaciones generales y a la Unidad de Telesecundaria en la formulación del

anteproyecto de presupuesto.

13. Evaluar en coordinación con la Dirección General de Planeación y la Unidad de Telesecundaria la operación de los Programas y Presupuestos anuales del servicio de telesecundaria en los estados.

14. Coordinar, en su caso, las acciones con el gobierno del estado para la obtención de la estadística y la

información sobre la operación del servicio estatal de telesecundaria y turnarla a la Unidad de Telesecundaria.

15. Proporcionar a las Direcciones Generales de Planeación, de Programación y a la Unidad de

Telesecundaria la información sobre la operación del servicio en la entidad.

16. Evaluar la operación de los programas y presupuestos anuales del servicio de Telesecundaria en la entidad y autorizar las modificaciones que procedan dentro de su ámbito de competencia.

5. DIRECCIÓN GENERAL DE PUBLICACIONES Y BIBLIOTECAS

1. Elaborar en coordinación con la Unidad de Telesecundaria y el Consejo Nacional de Fomento Educativo el anteproyecto de presupuesto para la impresión y distribución de las guías de estudio.

2. Definir en coordinación con la Unidad de Telesecundaria el calendario de distribución de las guías de

estudio para telesecundaria. 6. DELEGACIÓN GENERAL

6.1 DELEGADO GENERAL 1. Verificar el cumplimiento de las normas establecidas por las Direcciones Generales de Planeación,

Programación y la Unidad de Telesecundaria, para el desarrollo de la planeación y la programación del servicio de telesecundaria en la entidad.

2. Establecer las prioridades de atención a la demanda del servicio de telesecundaria en la entidad,

conforme a los lineamientos que fijen los órganos normativos centrales.

3. Cuantificar la demanda del servicio de telesecundaria en la entidad y presentar los proyectos de atención a la Dirección General de Programación y a la Unidad de Telesecundaria.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

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4. Establecer las metas a corto, mediano y largo plazos para la telesecundaria, en función a las

características de la entidad y a los lineamientos autorizados.

5. Coordinar las acciones para el establecimiento del servicio de telesecundaria estatal.

6. Elaborar la propuesta del programa anual de actividades del servicio de telesecundaria en la entidad, conforme a las normas establecidas.

7. Formular el anteproyecto de presupuesto de los servicios de telesecundaria en la entidad, conforme a

los lineamientos establecidos por la Dirección General de Programación. 8. Participar con las direcciones generales de Planeación, de Programación y a la Unidad de

Telesecundaria en la evaluación del cumplimiento de las metas y la eficiencia de las acciones referentes al servicio de telesecundaria en la entidad.

9. Proponer a las Direcciones Generales de Programación o de Recursos Financieros, en su caso, las modificaciones a los programas y presupuestos autorizados.

10. Establecer la distribución de los recursos para la prestación del servicio de telesecundaria en la

entidad, conforme a los lineamientos establecidos por la Unidad de Telesecundaria.

11. Verificar que la elaboración de la estadística del servicio de telesecundaria en el estado se realice conforme al Manual de Procedimientos de los Sistemas de Información de la Dirección General de Programación.

12. Determinar las acciones de consolidación, ampliación, sustitución o creación de los planteles de

telesecundaria, conforma a las normas establecidas por la Unidad de Telesecundaria, que hayan de realizarse dentro del Programa del Comité Administrador del Programa Federal de Construcción de Escuelas.

13. Determinar la ubicación específica de los nuevos planteles destinados a la expansión del servicio de

telesecundaria en la entidad.

14. Autorizar la suspensión de grupos cuando la situación así lo amerite, de acuerdo con las normas y lineamientos emitidos por la Unidad de Telesecundaria.

15. Proporcionar a las direcciones generales de Planeación, de Programación y a la Unidad de

Telesecundaria la información sobre la operación del servicio de telesecundaria en la entidad. 6.2 SUBDIRECCIÓN GENERAL DE PLANEACIÓN

1. Formular los planes de desarrollo educativo en la entidad, conforme a las normas establecidas por la Dirección General de Planeación.

2. Determinar las prioridades para la atención de la demanda del servicio de telesecundaria en la entidad,

conforme a los lineamientos autorizados.

3. Cuantificar la demanda del servicio de telesecundaria en la entidad y determinar los recursos necesarios para su atención.

4. Integrar en coordinación con la Subdirección General de Educación Básica el programa de operación y

ampliación de los servicios educativos en la entidad, con base en las normas y lineamientos establecidos, así como en las metas y objetivos que fijen las direcciones generales de Planeación, de Programación y la Unidad de Telesecundaria.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

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5. Analizar en coordinación con la Subdirección General de Educación Básica y el Departamento de

Telesecundarias los proyectos de consolidación, de ampliación, sustitución, creación y ubicación de los planteles en la entidad, conforme a las normas expedidas por la Unidad de Telesecundaria y a los lineamientos autorizados por la delegación general.

6. Elaborar en coordinación con la Subdirección General de Educación Básica y el Departamento de

Telesecundaria el anteproyecto de presupuesto para la operación del servicio, conforme a los normas establecidas por la Dirección General de Programación.

7. Realizar en coordinación con la Subdirección General de Educación Básica y el Departamento de

Telesecundaria las modificaciones al Programa anual de operación, conforme al presupuesto autorizado.

8. Verificar que las acciones que se realizan dentro del programa regular del Comité Administrador del

Programa Federal de Construcción de Escuelas en la entidad cumplan con las normas y los lineamientos establecidos por la Unidad de Telesecundaria y la Dirección General de Materiales Didácticos y Culturales.

9. Registrar las modificaciones autorizadas al presupuesto del servicio de telesecundaria e informar de

ello al Departamento de Telesecundaria.

10. Organizar y controlar la elaboración de la estadística del servicio de telesecundaria en el estado, conforme a las normas establecidas.

11. Evaluar en coordinación con la Subdirección General de Educación Básica los resultados obtenidos en

la planeación y la programación del servicio educativo.

12. Proporcionar a las Direcciones Generales de Planeación, de Programación y a la Unidad de Telesecundaria la información sobre el funcionamiento del servicio de telesecundaria en la entidad.

13. Organizar y mantener actualizado el Catálogo Estatal de Escuelas Telesecundarias.

6.3 SUBDIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN BÁSICA

1. Proponer al delegado general en anteproyecto de operación y ampliación de los servicios, con base en las normas, los lineamientos y las metas establecidas por las direcciones generales de Planeación, de Programación y la Unidad de Telesecundaria, considerando las prioridades fijadas por el Delegado general.

2. Participar con la Subdirección General de Planeación en la elaboración del anteproyecto del

presupuesto del servicio de telesecundaria en la entidad.

3. Integrar en coordinación con la Subdirección General de Planeación las acciones de consolidación, ampliación, sustitución, creación y ubicación de planteles de telesecundaria en el estado, conforme a las normas y los lineamientos establecidos por las Direcciones generales de Planeación, de Programación y la Unidad de Telesecundaria.

4. Presentar al Delegado General la distribución de recursos que deben destinarse a la prestación del

servicio de telesecundaria.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

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5. Apoyar al Delegado General en todas aquellas acciones que se requieran para el cumplimiento del Convenio entre la Secretaría de Educación Pública y el gobierno del estado para el establecimiento de la telesecundaria estatal.

6. Informar a la Unidad de Telesecundaria de la demanda estimada por grado para el servicio de

telesecundaria federal y, en su caso, estatal.

7. Apoyar a la Subdirección General de Planeación en la verificación del cumplimiento de las acciones que se realizan dentro del programa regular del Comité Administrados del Programa Federal de Construcción de Escuelas en la entidad y supervisar que se ajusten a las normas establecidas por la autoridades correspondientes.

8. Participar con la Subdirección General de Planeación en la elaboración y análisis de la estadística del

servicio de telesecundaria.

9. Evaluar la operación del servicio de telesecundaria en la entidad y proponer al delegado las modificaciones que procedan.

6.4 DEPARTAMENTO DE TELESECUNDARIA.

1. Elaborar el programa anual de operación del servicio de telesecundaria, conforme a las normas y lineamientos autorizados por las direcciones generales de Planeación, Programación y la Unidad de Telesecundaria.

2. Verificar las necesidades de ampliación, sustitución y creación de las escuelas Telesecundarias en la

entidad y proponer los programas tendientes a satisfacerlos conforme a las normas autorizadas.

3. Elaborar el proyecto de consolidación del servicio de telesecundaria, conforme a los lineamientos que fijen las direcciones generales de Planeación, Programación, la Unidad de Telesecundaria y la Delegación General.

4. Participar con la Subdirección General de Educación Básica y de Planeación, en la elaboración del

anteproyecto de presupuesto para la operación del servicio de telesecundaria en la entidad.

5. Investigar y proponer al subdirector de educación básica la ubicación específica de los planteles de nueva creación.

6. Organizar y mantener actualizada la información estadística y de operación del servicio de

telesecundaria en la entidad.

7. Mantener actualizado el catálogo de escuelas telesecundarias federales y estatales en su caso, e informar oportunamente a la Subdirección General de Planeación y a la Unidad de Telesecundaria los cambios existentes.

8. Apoyar a la Subdirección General de Planeación en la supervisión del avance de las obras de

ampliación y creación de los planteles de telesecundaria que se realicen dentro del programa regular del Comité Administrador del Programa Federal de Construcción de Escuelas en el estado, conforme a las normas establecidas a las autoridades correspondientes.

9. Detectar la demanda del servicio de telesecundaria en la entidad e informar a las autoridades

correspondientes.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

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10. Apoyar a la delegación general en las acciones que se requieran para establecer el servicio de telesecundaria estatal, mediante convenio Secretaría de Educación Pública–gobierno del estado.

11. Proporcionar oportunamente a la Unidad de Telesecundaria y a las Direcciones Generales de

Planeación y de Programación la información estadística y de operación del servicio de telesecundaria.

12. Evaluar la operación del servicio de telesecundaria en la entidad y proponer al Subdirector General de Educación Básica las medidas tendientes al mejoramiento del mismo.

6.5 JEFE DE SECTOR.

1. Informar al jefe del departamento sobre las necesidades de consolidación, ampliación y sustitución de escuelas telesecundarias.

2. Analizar las solicitudes de creación de escuelas que presenten los Inspectores de zona y presentarlas al

jefe del departamento con sus observaciones.

3. Integrar los informes sobre la demanda educativa del servicio de telesecundaria y proporcionarlo al jefe del departamento.

4. Validar el plan anual de trabajo presentado por los inspectores de zona.

5. Presentar al jefe del departamento el programa de requerimientos para la operación de los planteles de

telesecundaria en el estado.

6. Proponer la ubicación de las inspecciones de zona, conforme a las necesidades de la región.

7. Verificar, cuando se lo soliciten, el avance de las obras que se realizan dentro del programa regular del Comité Administrador del Programa Federal de Construcción de Escuelas en la entidad.

6.6 INSPECTOR DE ZONA

1. Proporcionar al jefe del sector la información sobre las necesidades de consolidación, ampliación, sustitución y creación de las escuelas telesecundarias en su zona.

2. Captar en su zona la demanda real del servicio de telesecundaria por grado y entregarla al jefe de

sector.

3. Supervisar, cuando se le solicite, el avance de las obras de creación y ampliación de las Escuelas Telesecundarias que realiza el Comité Administrador del Programa Federal de Construcción de Escuelas, en su zona.

4. Proponer al jefe de sector la ubicación específica de planteles de nueva creación.

5. Elaborar el plan anual de trabajo de su zona.

6. Informar permanentemente al jefe de sector sobre la operación del servicio de telesecundaria en su

zona escolar.

7. Integrar el programa anual de requerimientos para la operación de los planteles de su zona.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

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6.7 DIRECCIÓN DEL PLANTEL

1. Formular el programa anual de operación del plantel. 2. Captar la información sobre la demanda real por grado del plantel, e informar de ello al Inspector de

zona.

3. Integrar la información estadística y de operación del plantel que le sea solicitada por las autoridades superiores.

4. Informar al inspector sobre el avance de las obras de consolidación o ampliación en el plantel a su

cargo.

5. Elaborar el programa anual de requerimientos para la operación del plantel y turnarlo al inspector. 2. EN MATERIA TÉCNICO – PEDAGÓGICA 1. DEFINICIÓN. Investigar, establecer y evaluar las normas y los lineamientos técnico – pedagógicos para el diseño y aplicación de los contenidos del Plan y Programas de estudio, así como los métodos educativos, auxiliares didácticos y sistemas de evaluación, con el objeto de elevar la calidad de la educación que imparte el servicio de telesecundaria. 2. DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEACIÓN

1. Analizar y diseñar con la participación de la Unidad de Telesecundaria los contenidos, los planes y los programas de estudio, medios de evaluación y normas técnico – pedagógicas de telesecundaria.

2. Proponer en coordinación con la Unidad de Telesecundaria las actitudes y aptitudes que deban fomentarse en los educandos y diseñar, con la participación de la Unidad de Telesecundaria, los métodos de enseñanza necesarios para ello.

3. Revisar con la participación de la Unidad de Telesecundaria y la Dirección General de Capacitación y

Mejoramiento Profesional los contenidos y los programas de actualización del personal docente de telesecundaria y, en su caso, proponer las modificaciones a proceder.

4. Llevar el registro de los planes y programas de estudio aprobados para la telesecundaria.

5. Dictaminar sobre métodos educativos, guías de estudio y apoyos bibliográficos en uso, y los que se

propongan, para determinar la conveniencia de su empleo dentro del subsistema de telesecundaria.

3. UNIDAD DE TELESECUNDARIA

1. Proponer normas pedagógicas, contenidos, planes y programas de estudio y métodos a utilizar en

Telesecundaria y difundir los aprobados. 2. Diseñar, difundir y actualizar las guías de estudio y apoyos educativos para estudiantes y personal

docente de telesecundaria.

3. Proporcionar oportunamente a la Unidad de Televisión Educativa y Cultural las guías de estudio para producir los programas de televisión.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

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4. Coordinar acciones con la Unidad de Televisión Educativa y Cultural, a efecto de verificar, previa a la

transmisión, que los programas de televisión corresponden a las guías de estudio.

5. Establecer los procedimientos e instrumentos que permitan verificar la aplicación de las normas pedagógicas, los contenidos, el plan y los programas de estudio y métodos aprobados en los planteles del subsistema.

6. Asesorar a las delegaciones generales en la interpretación, difusión y aplicación del plan y programas

de estudio vigentes y de la tecnología educativa del servicio, así como de las normas y lineamientos técnico – pedagógicos que emita la unidad.

7. Diseñar, difundir y actualizar en coordinación con las autoridades correspondientes las normas y los

lineamientos para el desarrollo de los cursos del servicio de telesecundaria.

8. Organizar en coordinación con las delegaciones generales los cursos de capacitación para el personal docente de nuevo ingreso a telesecundaria.

9. Evaluar mediante los lineamientos establecidos el servicio de telesecundaria que se imparte en los

planteles dependientes del subsistema, en coordinación con la delegación general, y proponer, con base en los resultados obtenidos, modificaciones que tiendan a su constante mejoramiento.

10. Diseñar, difundir y actualizar las normas para la organización y funcionamiento de las reuniones

académicas regionales y las juntas de academia de zona escolar.

11. Diseñar los instrumentos de evaluación del proceso enseñanza- aprendizaje y distribuir a las delegaciones generales.

12. Diseñar, difundir y actualizar las normas para la evaluación del aprendizaje, de conformidad con los

acuerdos establecidos.

13. Promover, organizar y dirigir las reuniones académicas y juntas de academia a nivel nacional, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

14. Desarrollar los programas de investigación y experimentación educativa para mejorar la calidad del

servicio. 4. CONSEJO DE CONTENIDOS Y MÉTODOS EDUCATIVOS

1. Proponer lineamientos para el análisis y revisión de los contenidos, planes y programas de estudio,

métodos educativos, planes y normas técnico – pedagógicas, así como para el diseño de guías de estudio y otros materiales de apoyo didácticos y culturales, de acuerdo con los objetivos de la telesecundaria establecidos por las autoridades educativas.

2. Orientar a la Unidad de Telesecundaria en el análisis, revisión y diseño de los contenidos, el plan y los

programas de estudio, los métodos educativos y las normas técnico – pedagógicas así como el diseño de guías de estudio y otros materiales de apoyo.

3. Evaluar los proyectos de planes y programas de estudio, de contenidos y métodos educativos, de

normas técnico – pedagógicas y de guías de estudio de telesecundaria.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

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5. CONSEJO NACIONAL TÉCNICO DE LA EDUCACIÓN

1. Realizar estudios acerca de los contenidos, planes y programas de estudio, métodos educativos y materiales didácticos de apoyo.

2. Realizar estudios acerca de los sistemas de evaluación y acreditación de capacidades y conocimientos

y los criterios para la clasificación y promoción de educandos del servicio de telesecundaria. 6. DIRECCIÓN GENERAL DE CAPACITACIÓN Y MEJORAMIENTO PROFESIONAL DEL MAGISTERIO

1. Establecer y difundir a las delegaciones generales los lineamientos para la capacitación que ofrezca la Secretaría al magisterio en servicio, de conformidad con las normas pedagógicas, contenidos, plan y programas de estudio y métodos educativos aprobados para la telesecundaria.

2. Establecer en coordinación con la Unidad de Telesecundaria lineamientos para la actualización del

magisterio al servicio de telesecundaria. 7. DIRECCIÓN GENERAL DE ACREDITACIÓN Y CERTIFICACIÓN

1. Diseñar en coordinación con la Dirección General de Planeación y la Unidad de Telesecundaria los instrumentos de medición de aptitudes y conocimientos relacionados con el proceso de enseñanza aprendizaje en el subsistema.

2. Evaluar en coordinación con la Unidad de Telesecundaria los aspectos cualitativos y cuantitativos del

aprendizaje de los educandos del subsistema. 8. DIRECCIÓN GENERAL DE MATERIALES DIDÁCTICOS Y CULTURALES

1. Realizar estudios sobre los materiales y auxiliares didácticos que requieran los contenidos, planes y programas de estudio y métodos educativos aprobados para el servicio de telesecundarias.

2. Diseñar en coordinación con la Unidad de Telesecundaria los materiales que requieran los contenidos,

planes y programas de estudio, así como los métodos educativos aprobados por el secretario para el servicio de telesecundaria.

3. Proponer la adopción de útiles escolares para la telesecundaria.

9. DELEGACIÓN GENERAL

9.1 DELEGADO GENERAL

1. Verificar la correcta aplicación de las normas técnico – pedagógicas, contenidos, métodos educativos, plan y programas de estudio de la telesecundaria.

2. Proponer a la Unidad de Telesecundaria aportaciones respecto a los programas de estudio, contenidos,

y métodos educativos y materiales didácticos de apoyo.

3. Organizar en coordinación con la Unidad de Telesecundaria los cursos de capacitación para el personal docente de nuevo ingreso a telesecundaria.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

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4. Organizar y dirigir los cursos de actualización y superación académica del personal docente del subsistema de telesecundaria, de acuerdo con las normas y lineamientos establecidos y solicitar, cuando se requiera, la participación de la Unidad de Telesecundaria.

5. Apoyar a la Unidad de Telesecundaria en la evaluación de las normas técnico – pedagógicas,

contenidos, planes y programas de estudio, métodos educativos, materiales y auxiliares didácticos de telesecundaria.

6. Proporcionar a la Unidad de Telesecundaria la información necesaria sobre el desarrollo del proceso

educativo de telesecundaria en la entidad.

9.2 SUBDIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN BÁSICA

1. Verificar que el desarrollo del proceso enseñanza – aprendizaje se efectúe conforme al plan y los programas de estudio vigentes a las normas técnico – pedagógicas establecidas para la telesecundaria.

2. Presentar al delegado general las propuestas de modificaciones a los programas de estudio, a las

normas técnico – pedagógicas y a los materiales didácticos, como resultado de la investigación educativa y de las aportaciones emanadas de las reuniones académicas, juntas de academia y otros mecanismos de evaluación.

3. Presentar al delegado general las necesidades de capacitación, actualización y superación del

personal docente del servicio de telesecundaria.

4. Solicitar al delegado general la participación de la Unidad de Telesecundaria, cuando se requiera, en los cursos de capacitación para el personal de nuevo ingreso.

5. Coordinar las reuniones académicas regionales y las juntas de academia de zona escolar, que se

realicen en la entidad y solicitar, cuando se requiera, la participación de la Unidad de Telesecundaria.

6. Proporcionar a la Unidad de Telesecundaria la información que requiera para evaluar el servicio. 9.3 DEPARTAMENTO DE TELESECUNDARIA

1. Organizar, dirigir y controlar el desarrollo de las actividades técnico – pedagógicas del servicio de Telesecundaria de acuerdo con las normas y los lineamientos establecidos.

2. Difundir al personal docente del servicio de Telesecundaria el plan y los programas de estudio, normas

técnico – pedagógicas, métodos y la tecnología educativa y verificar su aplicación.

3. Asesorar y orientar al personal de supervisión, directivo y docente en la aplicación del plan y los programas de estudio, las normas técnico – pedagógicas, métodos y tecnología educativa de la telesecundaria.

4. Organizar, dirigir y promover la realización de las reuniones académicas regionales y juntas de

academia de zona escolar, de acuerdo con las normas y lineamientos emitidos por la Unidad de telesecundarias.

5. Analizar y evaluar el desarrollo del proceso enseñanza – aprendizaje de los planteles de la entidad y

proponer las medidas tendientes a mejorar la prestación del servicio.

6. Presentar a la Subdirección General de Educación Básica las propuestas de modificaciones a los programas de estudio, a las normas técnico – pedagógicas y a los materiales didácticos como resultado

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

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de la investigación educativa y de las aportaciones de las reuniones académicas regionales, juntas de academia de zona escolar de la entidad y otros mecanismos de evaluación.

7. Organizar, difundir y participar, en coordinación con las autoridades correspondientes, en los programas

de capacitación, actualización y superación académica del personal del servicio, de conformidad con los lineamientos aprobados.

8. Verificar que la evaluación del proceso enseñanza – aprendizaje se realice conforme a las normas

establecidas por la Unidad de Telesecundaria.

9. Verificar que se apliquen los instrumentos de evaluación emitidos por la Unidad de Telesecundaria. 9.4 JEFE DE SECTOR

1. Difundir al personal docente el plan y programas de estudio, normas técnico – pedagógicas, métodos y la tecnología educativa y verificar su aplicación.

2. Orientar al personal docente en la aplicación del plan y los programas de estudio, normas técnico – pedagógicas y tecnología educativa.

3. Participar en las reuniones académicas de la entidad.

4. Coordinar y participar en las juntas de academia de zona escolar.

5. Analizar los materiales didácticos (lecciones televisadas y lecciones impresas) e informar al jefe del

departamento escolar las deficiencias detectadas y proponer modificarlas.

6. Detectar las necesidades de capacitación, actualización y superación del personal directivo y docente en la entidad.

7. Verificar que los alumnos cuenten oportunamente con las guías de estudio de telesecundaria.

9.5 INSPECTOR DE ZONA

1. Elaborar el programa anual de supervisión técnico – pedagógico a las escuelas telesecundarias de la entidad.

2. Verificar que los planteles cumplan con el plan y programas de estudio y normas técnico- pedagógicas y

la tecnología educativa aprobados.

3. Informar al Departamento de Telesecundaria sobre el desarrollo del proceso enseñanza – aprendizaje en los planteles del subsistema.

4. Planear y organizar las juntas de academia de zona escolar, conforme a las normas establecidas por la

Unidad de Telesecundaria.

5. Supervisar que en los planteles se efectúe la evaluación del proceso enseñanza – aprendizaje, conforme a las normas emitidas por la Unidad de Telesecundaria.

6. Detectar las necesidades de actualización y superación del personal directivo y docente del servicio de

telesecundaria.

7. Integrar el Consejo Técnico de Zona Escolar.

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9.6 DIRECCIÓN DEL PLANTEL

1. Organizar, dirigir y controlar en el plantel el desarrollo de las actividades docentes, conforme al plan y los programas de estudio, las normas técnico – pedagógicas y la tecnología educativa de la telesecundaria.

2. Orientar y asesorar al personal docente en la aplicación de la tecnología educativa de la

telesecundaria.

3. Participar en las juntas de academia de zona escolar.

4. Asesorar al personal docente en la aplicación de las normas y lineamientos de la Unidad de Telesecundaria para la evaluación del proceso enseñanza – aprendizaje.

5. Detectar las necesidades de actualización y superación académica del personal docente y turnarlos al

Inspector de zona.

6. Evaluar las actividades técnico – pedagógicas que se realizan en el plantel con base en los resultados.

7. Facilitar las actividades que en materia de supervisión se realicen en el plantel. 3. EN MATERIA DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS

1. DEFINICIÓN Establecer los elementos necesarios para desarrollar ordenada, sistemática y eficientemente las funciones que en materia de administración y desarrollo del personal se requieran, a fin de coadyuvar el cumplimiento de los objetivos de la Secretaría. 2. DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL

1. Proponer las normas para regular las actividades de administración de personal en las delegaciones generales, difundir las aprobaciones y verificar su cumplimiento

2. Proponer las normas relativas a las estructuras y montos de remuneraciones del personal de la

Secretaría e implantar las aprobadas en coordinación con la Dirección General de Pagos.

3. Vigilar con coordinación con las delegaciones generales la observancia de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, el Reglamento de la Comisión Mixta de Escalafón y las disposiciones legales y administrativas procedentes.

4. Diseñar y desarrollar en coordinación con las delegaciones generales programas de capacitación para

el personal administrativo y de motivación y esparcimiento para el personal de la Secretaría de los estados.

5. Evaluar en coordinación con las delegaciones el funcionamiento general del sistema para la

administración y desarrollo de personal.

6. Proporcionar al personal de la Secretaría en las delegaciones generales los premios, estímulos y recompensas a que tengan derecho.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

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7. Intervenir conforme a los lineamientos y políticas que se establezcan, con la participación de los delegados generales, en la solución de los problemas laborales que se presenten en el ámbito de su competencia.

3. DIRECCIÓN GENERAL DE PAGOS

1. Difundir a las delegaciones generales las normas, organización, sistemas y procedimientos aprobados que contribuyan a realizar la función del pago de remuneraciones y aplicación de los descuentos al personal de la Secretaría de la entidad.

2. Instrumentar los aspectos técnico – administrativos de control y apoyo para que las delegaciones

generales realicen adecuadamente la operación del sistema de pagos.

3. Supervisar la operación del sistema de pagos en las delegaciones generales aplicando las soluciones que se requieran para corregir las desviaciones y problemas que se presenten.

4. Asesorar y apoyar a las delegaciones generales en materia de pago de remuneraciones.

4. UNIDAD DE TELESECUNDARIA

1. Diseñar y difundir a las delegaciones generales las descripciones de puestos del personal que proporcionará los servicios de telesecundaria.

2. Definir la plantilla de personal mínima necesaria para la operación de los planteles de telesecundaria. 3. Participar en la Comisión Nacional Mixta de Cambios en lo referente al servicio de telesecundarias.

4. Diseñar y desarrollar programas para la superación académica del personal docente de la

telesecundaria, de acuerdo con los lineamientos aprobados.

5. Asesorar a las delegaciones generales y a los gobiernos de los estados que lo soliciten, en la organización, dirección y desarrollo de los programas de actualización, superación y capacitación del personal que interviene en el proceso enseñanza – aprendizaje.

6. Investigar y determinar las necesidades de capacitación, actualización y superación del personal

docente que labora en la telesecundaria y proponer las medidas que procedan. 5. DELEGACIÓN GENERAL

5.1 DELEGADO GENERAL

1. Administrar los recursos humanos del servicio de telesecundaria federal en el estado, conforme a las disposiciones legales aplicables y a los lineamientos que establezca la Oficialía Mayor.

2. Expedir los nombramientos que autorice el secretario para el personal docente, técnico y administrativo

del servicio de telesecundaria en la entidad, conforme a las disposiciones legales aplicables y a las normas establecidas.

3. Autorizar los contratos de honorarios para el personal técnico y administrativo para la prestación del

servicio de telesecundaria en la entidad, conforme al presupuesto autorizado y a las políticas que establezca la Oficialía Mayor.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

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4. Autorizar los avisos de cambio de situación del personal del servicio de telesecundaria en la entidad.

5. Integrar y coordinar el funcionamiento de la Comisión Estatal Mixta de Cambios.

6. Autorizar los avisos de cambio de adscripción del personal dentro del estado, conforme a los dictámenes de la Subcomisión Estatal Mixta de Cambios.

7. Autorizar las transferencias, reubicaciones y reasignaciones de personal del servicio de telesecundaria

en la entidad.

8. Autorizar las plantillas de personal, de acuerdo con el presupuesto autorizado a la delegación general.

9. Aplicar los dictámenes escalafonarios expedidos por la Comisión Nacional Mixta de Escalafón y ratificados por el oficial mayor.

10. Autorizar las propuestas de personal directivo, docente y administrativo que se requiera para la

prestación del servicio de telesecundaria.

11. Controlar y verificar que la asignación de sueldos para el personal del servicio de telesecundaria en la entidad se realice conforme al tabulador general de sueldos de la Secretaría de Educación Pública y el Catálogo de Empleos de la Federación

12. Autorizar las compensaciones y los refrendos necesarios al personal técnico y administrativo del

Departamento de Telesecundaria de la delegación general.

13. Coadyuvar con las direcciones generales de Capacitación y Mejoramiento Profesional del Magisterio, de Personal y la Unidad de Telesecundaria en el desarrollo de los programas de capacitación y/o desarrollo para el personal y establecer los mecanismos necesarios para que dichos programas se vinculen con el sistema escalafonario.

14. Turnar al oficial mayor las solicitudes de comisión del personal del servicio de telesecundaria en la

entidad, para su autorización.

15. Autorizar las licencias con y sin goce de sueldo, de acuerdo al Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del personal de la Secretaría de Educación Pública y a las disposiciones de la oficialía mayor.

16. Analizar las peticiones laborales que le presente la sección sindical en la entidad y proponer soluciones

a las direcciones generales o unidad correspondientes.

17. Autorizar el calendario de vacaciones escalonadas para el personal técnico y administrativo del Departamento de Telesecundaria de la delegación general.

18. Hacer cumplir las medidas disciplinarias dispuestas en el Reglamento de las Condiciones Generales de

Trabajo del Personal de la Secretaría de Educación Pública.

19. Solicitar, en su caso, a la Unidad de Telesecundaria los cheques correspondientes al pago del personal docente del servicio estatal de telesecundaria, de acuerdo con el convenio establecido con el gobierno del estado.

20. Delegar en el o los funcionarios que designe la autorización y firma de los trámites a la administración

de recursos humanos y registrar dichas delegaciones de funciones en las direcciones generales de Personal, de Organización y Métodos y de Servicios Jurídicos, respectivamente.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

Pág. 211

5.2 SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

1. Verificar la correcta difusión y aplicación de las políticas y los procedimientos para la administración de los recursos humanos que dicte los órganos centrales.

2. Dirigir y coordinar las actividades relacionadas con la admisión, contratación, cambio de situación y

desarrollo del personal del servicio de telesecundaria en el estado.

3. Supervisar la correcta elaboración de las nóminas quincenales del personal del servicio de telesecundaria federal, así como la distribución de los cheques.

4. Turnar al delegado general las propuestas de nombramiento del personal de nuevo ingreso y los

avisos de cambio de situación del personal para su autorización.

5. Verificar que los sueldos del personal del servicio de telesecundaria se apegue a lo establecido en el tabulador general de sueldos de la Secretaría y al Catálogo de Empleos de la Federación e informar al delegado general de las anomalías detectadas.

6. Efectuar los trámites de altas, bajas, ascensos y demás movimientos del personal del servicio en la

entidad y las generadas con base en las resoluciones de la Comisión Nacional Mixta de Cambios.

7. Programar el calendario de vacaciones escalonadas para el personal técnico y administrativo del Departamento de Telesecundaria.

8. Certificar los documentos oficiales, tales como constancias, cartas poder, solicitudes de préstamo y

hojas de servicio del personal del servicio de telesecundaria en la entidad.

9. Autorizar la emisión de credenciales para el personal docente, técnico y administrativo del servicio de telesecundaria en la entidad, de acuerdo con las normas establecidas.

10. Enviar a la Comisión Nacional Mixta de Escalafón los créditos escalafonarios del personal directivo,

docente, jefes de sector e inspectores de telesecundaria en la entidad. 5.3 SUBDIRECTOR GENERAL DE EDUCACIÓN BÁSICA

1. Proponer al delegado general las plantillas de personal de las escuelas telesecundarias federales en el estado.

2. Presentar al delegado general las propuestas de personal docente y no docente para su contratación.

3. Reportar a la Comisión Nacional Mixta de Escalafón las vacantes escalafonarias existentes en las

escuelas telesecundaria federales de la entidad.

4. Turnar a la Comisión Mixta de Escalafón por medio de la Subdirección General de Servicios Administrativos, los créditos escalafonarios del personal directivo, docente, jefes de sector e inspectores del servicio de telesecundaria en la entidad.

5. Informar al delegado general sobre las solicitudes de transferencias y reubicaciones del personal del

Departamento de Telesecundaria de la delegación general.

6. Informar al delegado general sobre las necesidades, actualización y superación del personal docente del servicio de telesecundaria en la entidad.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

Pág. 212

7. Solicitar a la Unidad de Telesecundaria apoyo, cuando se requiera, para la organización y desarrollo de cursos de superación, actualización y capacitación del personal docente del servicio de telesecundaria en la entidad.

8. Integrar y proponer al delegado general programas motivacionales para el personal asignado a su

cargo.

9. Turnar a la Subdirección General de Servicios Administrativos el calendario de vacaciones escalonadas para el personal técnico y administrativo del Departamento de Telesecundaria.

10. Vigilar el cumplimiento de las medidas disciplinarias del personal a su cargo conforme al Reglamento

de las condiciones Generales de Trabajo del Personal de la Secretaría de Educación Pública. 5.4 DEPARTAMENTO DE TELESECUNDARIA

1. Validar y proponer al subdirector general de educación básica las plantillas de personal de las escuelas telesecundarias federales de la entidad.

2. Proponer, en su caso, al personal directivo, docente y no docente para su contratación.

3. Informar al subdirector general de educación básica sobre las vacantes escalafonarias que se generen

en las escuelas telesecundarias de la entidad.

4. Expedir las fichas escalafonarias a los jefes de sector.

5. Informar al Departamento de Recursos Humanos de las inasistencias y retardos del personal del servicio de telesecundaria en la entidad, para la aplicación de las sanciones correspondientes.

6. Revisar y registrar los avisos de cambio de situación del personal de telesecundaria en la entidad y

turnarlos al Departamento de Recursos Humanos.

7. Registrar en la Subcomisión Estatal o en la Nacional Mixta de Cambios del servicio de telesecundaria las solicitudes de cambio de adscripción que le presente el personal de los planteles educativos, según se trate de cambios en el mismo estado o interestatales.

8. Presentar al subdirector general de educación básica las necesidades de capacitación, actualización y

superación del personal docente del servicio de telesecundaria en la entidad.

9. Autorizar los permisos económicos solicitados por el personal asignado directamente a su cargo.

10. Elaborar y presentar al subdirector general de educación básica el calendario de vacaciones escalonadas para el personal del departamento.

5.5 JEFE DE SECTOR

1. Proponer al Jefe del Departamento de Telesecundaria la distribución del personal de los planteles del

área de su competencia. 2. Expedir las fichas escalafonarias a los inspectores de zona.

3. Turnar al Departamento de Telesecundaria la situación administrativa del personal directivo y docente

de los planteles de su jurisdicción.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

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4. Informar al Departamento de Telesecundaria la situación administrativa del personal directivo y docente de los planteles de su jurisdicción.

5. Turnar al Departamento de Telesecundaria los avisos de cambio de situación del personal de su

jurisdicción para su trámite. 5.6 INSPECTOR DE ZONA

1. Proponer al jefe de sector la distribución del personal docente de los planteles de su jurisdicción. 2. Informar al jefe de sector sobre las necesidades de actualización, capacitación y superación del

personal docente de los planteles de su jurisdicción.

3. Expedir las fichas escalafonarias a los directores de los planteles de su jurisdicción.

4. Informar al jefe de sector sobre las faltas de asistencia y retardos del personal de los planteles de su jurisdicción.

5. Informar al jefe de sector la situación administrativa del personal de los planteles de su jurisdicción.

6. Turnar al jefe de sector los avisos de cambio de situación del personal de su jurisdicción, para

tramitarlos. 5.7 DIRECCION DEL PLANTEL

1. Elaborar la plantilla de personal de la escuela a su cargo y presentarla al inspector de zona. 2. Distribuir al personal docente, conforme a su experiencia, las necesidades que se presenten en el

desarrollo del servicio.

3. Elaborar y mantener actualizados los registros de asistencia y puntualidad del personal docente e informar al inspector.

4. Expedir las fichas escalafonarias del personal a su cargo.

5. Autorizar los permisos económicos hasta por tres días solicitados por el personal a su cargo, e

informar al inspector. 4. EN MATERIA DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS MATERIALES 1. DEFINICIÓN Adquirir, registrar, almacenar, distribuir y controlar los materiales requeridos para el funcionamiento y desarrollo de los servicios educativos en la entidad. 2. DIRECCION GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS

1. Establecer las normas y los lineamientos para la administración de los recursos materiales y la prestación de los servicios en las delegaciones generales.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

Pág. 214

2. Difundir a las delegaciones generales los catálogos de artículos que puedan solicitar a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios.

3. Elaborar el programa anual de adquisiciones, con base en las requisiciones presentadas por las

delegaciones generales.

4. Adquirir y programar el abastecimiento de los materiales solicitados por las delegaciones generales y elaborar las rutas de distribución.

5. Llevar el inventario físico de los bienes muebles y el registro de los bienes inmuebles de la Secretaría y

mantenerlos actualizados con la participación de las delegaciones generales.

6. Evaluar y actualizar en coordinación con las delegaciones generales el sistema para la administración de los recursos materiales y servicios.

3. UNIDAD DE TELESECUNDARIA

1. Participar con la Dirección General de Materiales Didácticos y Culturales en el establecimiento del tipo y las características de los materiales necesarios para el funcionamiento de las escuelas telesecundarias.

2. Difundir a las delegaciones generales los mecanismos para la distribución de las guías de estudio y los

televisores necesarios para la operación del servicio de telesecundaria.

3. Informar a la Dirección General de Publicaciones y Bibliotecas de los requerimientos de guías de estudio y bibliotecas para el servicio de telesecundaria, tanto federal como estatal.

4. Programar la distribución de los televisores, con base en los convenios establecidos con los gobiernos

de los estados.

5. Evaluar en coordinación con las delegaciones generales el uso y aprovechamiento de los materiales asignados a las escuelas telesecundarias, a efecto de actualizar las normas y lineamientos establecidos.

6. Verificar la oportuna distribución de las guías de estudio y los televisores a las delegaciones generales.

7. Presentar a la Dirección General de Publicaciones y Bibliotecas los requerimientos de bibliotecas para

las escuelas telesecundarias. 4. DIRECCIÓN GENERAL DE PUBLICACIONES Y BIBLIOTECAS

1. Imprimir las guías de estudio en la cantidad solicitada por la Unidad de Telesecundaria. 2. Distribuir oportunamente, a las delegaciones generales y a los gobiernos de los estados, cuando así le

sea solicitado, las guías de estudio necesarias para la prestación del servicio de telesecundaria.

3. Distribuir a las delegaciones generales las bibliotecas necesarias para cada una de las escuelas telesecundarias.

5. DIRECCIÓN GENERAL DE MATERIALES DIDÁCTICOS Y CULTURALES

1. Diseñar en coordinación con la Unidad de Telesecundaria los materiales y auxiliares didácticos que requieran los contenidos, planes y programas de estudio, así como los métodos educativos aprobados por el secretario para el servicio de telesecundaria.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

Pág. 215

2. Asesorar a los órganos involucrados en la adquisición de material, mobiliario y equipo destinado a la prestación del servicio educativo y de difusión cultural que no produzca directamente.

6. DELEGACIÓN GENERAL

6.1 DELEGADO GENERAL

1. Administrar los recursos materiales asignados a la delegación general, conforme a las disposiciones legales aplicables y a los lineamientos que establezca la Oficialía Mayor.

2. Contratar los servicios que se requieran para el funcionamiento de los planteles y las áreas

administrativas de la delegación, conforme al presupuesto asignado y a las normas que establezca la Oficialía Mayor.

3. Presentar a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicio los requerimientos de materiales

para el funcionamiento del servicio de telesecundaria en la entidad.

4. Definir las prioridades de abastecimiento de material para los planteles de telesecundaria en la entidad.

5. Verificar que la distribución de las guías de estudio para el servicio de telesecundaria se realice oportunamente.

6. Entregar al gobierno del estado, en su caso, las guías de estudio para el servicio de telesecundaria

estatal.

7. Informar a la Unidad de Telesecundaria sobre la distribución de las guías de estudio,, tanto para el servicio federal como el estatal.

8. Evaluar e informar a las direcciones generales de Materiales Didácticos y Culturales, Publicaciones y

Bibliotecas y a la Unidad de Telesecundaria sobre el funcionamiento y utilidad del material proporcionado para el servicio de telesecundaria.

9. Evaluar e informar a la Dirección General de Recursos Materiales de los sistemas de abastecimiento,

compras e inventarios, y sugerir las modificaciones a los mismos.

6.2 SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

1. Organizar y coordinar la administración de recursos materiales y servicios, conforme a las normas y a los lineamientos establecidos por la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios.

2. Autorizar las propuestas de adquisiciones de los bienes y la contratación de los servicios necesarios

para la operación del servicio de telesecundaria en la entidad.

3. Autorizar el programa de suministro de materiales y equipo a los planteles y al Departamento de Telesecundaria en la entidad, conforme al proyecto autorizado por el delegado general.

4. Administrar el sistema de control de inventarios de los bienes muebles e inmuebles propiedad de la

Secretaría en la entidad.

5. Proporcionar oportunamente los servicios de reparación de televisores de los planteles escolares.

6. Evaluar el funcionamiento de los sistemas de abastecimiento, compras, inventarios y servicios de la delegación general.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

Pág. 216

6.3 SUBDIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN BÁSICA

1. Presentar al delegado las necesidades de recursos materiales para el desarrollo del servicio de

telesecundaria en la entidad. 2. Proponer al delegado general las prioridades de abastecimiento de los recursos materiales para los

planteles de telesecundaria en la entidad.

3. Presentar a la Unidad de Telesecundaria las necesidades de guías de estudio para los alumnos de telesecundaria.

4. Informar al delegado general y a la Unidad de Telesecundaria sobre la distribución de las guías de

estudio y adoptar las medidas que procedan para resolver los problemas que se presenten.

5. Verificar que se proporcione oportunamente a los planteles de telesecundaria de la entidad el servicio de reparación de televisores.

6. Informar al delegado general acerca de la eficiencia del sistema de abastecimiento y sugerir, en sus

caso, las modificaciones que procedan.

6.4 DEPARTAMENTO DE TELESECUNDARIA

1. Integrar los cuadros de necesidades de recursos materiales para la prestación del servicio de telesecundaria en la entidad y presentarlos al subdirector general de educación básica para su autorización.

2. Elaborar las solicitudes de guías de estudio para los alumnos de telesecundaria de la entidad y

remitirlas a la Unidad de Telesecundaria.

3. Entregar al Departamento de Recursos Materiales la distribución de televisores a los planteles de la entidad.

4. Verificar que el Departamento de Recursos Materiales y Servicios proporcione oportunamente el

servicio de reparación de televisores en los planteles en la entidad.

5. Recibir y turnar al Departamento de Recursos Materiales y Servicios y a la Unidad de Telesecundaria los inventarios anuales de los planteles en la entidad.

6. Informar al subdirector general de educación básica sobre el funcionamiento del sistema de

abastecimiento de los recursos materiales a los planteles y proporcionar las medidas que procedan. 7. Solicitar a la Unidad de Telesecundaria la dotación de bibliotecas escolares para los planteles que lo

requieran.

8. Supervisar el adecuado uso y aprovechamiento del material asignado a las telesecundarias.

6.5 JEFE DE SECTOR

1. Concentrar los cuadros de necesidades de recursos materiales de los planteles de su jurisdicción y presentarlo al jefe del departamento de telesecundaria.

2. Determinar al número de guías de estudio para los alumnos de los planteles de su jurisdicción y turnarla

al departamento.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

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3. Turnar al Departamento de Telesecundaria las solicitudes para la reparación de televisores de los planteles de su jurisdicción.

4. Validar los inventarios de los planteles de telesecundaria de su jurisdicción.

5. Verificar el adecuado uso y aprovechamiento de los materiales asignados a los planteles.

6. Verificar que la distribución de las guías de estudio se realice oportunamente.

7. Solicitar al Departamento de Telesecundaria la dotación de las bibliotecas escolares para los planteles

que lo requieran.

8. Informar al jefe del departamento sobre las desviaciones presentadas en el abastecimiento de los recursos materiales a los planteles de su jurisdicción.

6.6 INSPECTOR DE ZONA

1. Verificar los cuadros de necesidades de recursos materiales presentados por los directores de los

planteles a su cargo. 2. Informar al jefe de sector sobre las necesidades de guías de estudio para los alumnos de los planteles

de su zona.

3. Distribuir a los alumnos de los planteles de su zona las guías de estudio.

4. Enviar al Departamento de Telesecundaria las guías de estudio sobrantes.

5. Solicitar al jefe de sector las reparaciones de los televisores de los planteles de su zona.

6. Recibir y revisar los inventarios anuales de los planteles de telesecundaria de su zona escolar.

7. Supervisar el adecuado uso de los materiales asignados a los planteles de telesecundaria de su zona escolar.

8. Solicitar al jefe de sector la dotación de las bibliotecas escolares para los planteles que lo requieran.

9. Informar al jefe de sector de las decisiones que se presenten en el surtimiento de los recursos

materiales a los planteles de su zona.

6.7 DIRECCIÓN DE PLANTEL

1. Determinar las necesidades de recursos materiales para la operación del plantel. 2. Informar al inspector de zona del número de guías de estudio requeridos por los alumnos del plantel.

3. Solicitar al inspector la reparación de los televisores que lo requieran.

4. Informar al inspector sobre las desviaciones que se presenten en la dotación de los recursos materiales

al plantel.

5. Elaborar y mantener actualizado el inventario de los bienes de activo fijo del plantel.

6. Vigilar el buen uso y aprovechamiento de los recursos materiales asignados al plantel.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

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5. EN MATERIA DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS 1. DEFINICIÓN Dirigir, evaluar y controlar el ejercicio del presupuesto y la aplicación racional de los recursos económicos destinados a los servicios educativos. 2. DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS FINANCIEROS

1. Establecer y difundir las normas relativas al registro, control, integración de los estados financieros y envío de la información derivada de todas las operaciones contables que se realizan en las delegaciones generales.

2. Establecer y difundir a las direcciones generales y las delegaciones generales las normas que regulan

el ejercicio del presupuesto autorizado.

3. Asesorar a los responsables del manejo de los recursos financieros en las delegaciones generales sobre la aplicación de las normas, lineamientos, requisitos, procedimientos y disposiciones para el registro y revisión de la documentación comprobatoria.

4. Analizar las normas y procedimientos que regulan el registro, operación y control del ejercicio del

presupuesto y proponer, en su caso, las modificaciones que procedan.

5. Consolidar la información financiera de las delegaciones generales, expedir los estados financieros y los informes internos y externas que se requieran.

3. UNIDAD DE TELESECUNDARIA

1. Verificar que los depósitos provenientes de la venta de guías de estudio, más los informes y los recibos

de las guías sobrantes, coincidan con el total enviado por la Dirección General de Publicaciones y Bibliotecas.

4. DELEGACIÓN GENERAL

4.1 DELEGADO GENERAL 1. Administrar los recursos financieros del servicio de telesecundaria federal en el estado, conforme a las

disposiciones legales aplicables y a los lineamientos que establezca la Oficialía Mayor. 2. Aprobar las modificaciones presupuestarias compensadas que se requieran para la operación del

servicio de telesecundaria.

3. Informar a la Unidad de Telesecundaria sobre el total de guías de estudio vendidas en la entidad y los sobrantes en existencia.

4. Supervisar que el ejercicio del presupuesto autorizado a la delegación general en lo referente al

servicio de telesecundaria federal se efectúe racionalmente y conforme a las normas y a las disposiciones autorizadas.

5. Verificar que el sistema de contabilidad presupuestaria y patrimonial se efectúa conforme a las normas y

procedimientos vigentes.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

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6. Aprobar los estados financieros y la información solicitada por la Dirección General de Recursos Financieros.

7. Evaluar en coordinación con la Dirección General de Recursos Financieros la aplicabilidad y eficiencia

de las normas vigentes y sugerir las modificaciones que procedan.

4.2 SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

1. Difundir entre los órganos de la delegación general las disposiciones normativas y los lineamientos generales para el ejercicio del presupuesto.

2. Controlar que el ejercicio del presupuesto autorizado a la delegación general y al servicio de

telesecundaria federal se ajuste a las disposiciones legales y presupuestarias vigentes.

3. Tramitar los documentos de afectación presupuestaria que resultan de las solicitudes planteadas para el servicio de telesecundaria y que cumplan con los requisitos establecidos.

4. Tramitar las solicitudes de viáticos y pasajes autorizados para el personal de la delegación general y,

cuando se requieran, para el personal docente de las escuelas telesecundarias federales, que tengan que desplazarse a un lugar distinto al de su adscripción, en cumplimiento a las labores encomendadas.

5. Verificar que la documentación comprobatoria del gasto que afecte el presupuesto autorizado se

apegue a las normas y disposiciones legales y presupuestarias vigentes.

6. Efectuar el registro del ejercicio del presupuesto autorizado a la delegación general y al servicio de telesecundaria federal, conforme a las normas y procedimientos a que deban sujetarse la contabilidad presupuestaria y patrimonial.

7. Administrar los recursos en efectivo que como consecuencia de sus operaciones presupuestarias,

maneje la delegación general.

8. Enviar la información financiera que le sea requerida por el delegado general y por la Dirección General de Recursos Financieros.

4.3 SUBDIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN BÁSICA 1. Validar las solicitudes de viáticos y pasajes del personal del departamento y, cuando proceda, del

personal de las escuelas telesecundarias, que tenga que desplazarse a algún lugar distinto al de su adscripción.

2. Informar al delegado general sobre el total de guías de estudio vendidas y los sobrantes en existencia

DEPARTAMENTO DE TELESECUNDARIA

1. Solicitar autorización para el otorgamiento de viáticos y pasajes para el personal del departamento y,

cuando se requiera, del personal de las escuelas telesecundarias federales, que tengan que desplazarse a algún lugar distinto al de su adscripción.

2. Presentar, en su caso, la documentación comprobatoria del gasto, conforme lo indican las normas del

Manual del Ejercicio del Presupuesto.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

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3. Verificar la asignación oportuna del presupuesto para el servicio de telesecundaria en la entidad, y proponer al subdirector general de educación básica las medidas que procedan cuando se presentan desviaciones.

4. Concentrar las fichas de depósito por venta de guías de estudio y los recibos de los sobrantes, y

conciliar las cantidades con el total enviado por la Dirección General de Publicaciones y Bibliotecas. JEFE DE SECTOR

1. Solicitar a la inspección las fichas de depósito de los ingresos por concepto de la venta de guías de estudio, los recibos de las sobrantes y entregarlos al Departamento de Telesecundaria.

4.6 INSPECTOR DE ZONA 1. Concentrar los ingresos provenientes de la venta de guías de estudio de telesecundaria. 2. Depositar en la cuenta bancaria del Consejo Nacional Fomento Educativo que le indique el

Departamento de Telesecundaria, por medio del jefe de sector, la cantidad resultante por ventas de guías de estudio.

4.7 DIRECCIÓN DEL PLANTEL

1. Concentrar los ingresos por concepto de la venta de guías de estudio en el plantel y entregarlos al

inspector de zona. 6. EN MATERIA DE CONTROL ESCOLAR 1. DEFINICIÓN

Proceso mediante el cual se efectúa la inscripción, cambios, acreditación y certificación de los alumnos de telesecundaria. 2. UNIDAD DE TELESECUNDARIA

1. Establecer y mantener actualizadas las normas y los procedimientos para el control de la escolaridad

de los alumnos de las escuelas telesecundarias federales. 2. Mantener coordinación con la Dirección General de Acreditación y Certificación para efectos de registro

y certificación de estudios.

3. Proporcionar la capacitación y la asesoría requerida por las delegaciones generales en aspectos de control escolar.

4. Evaluar el funcionamiento del control escolar en las delegaciones generales, a fin de tomar decisiones

que le corresponda.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

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3. DIRECCIÓN GENERAL DE ACREDITACIÓN Y CERTIFICACIÓN

1. Establecer y mantener actualizadas las normas y los lineamientos relacionados con el registro y la certificación de estudios en coordinación con la Unidad de Telesecundaria.

2. Diseñar y actualizar, en coordinación con las direcciones generales de Educación Secundaria y

Secundaria Técnica y la Unidad de Telesecundaria, la prueba de exploración para los aspirantes a ingresar a secundaria.

3. Proporcionar a las delegaciones generales las formas requeridas para la aplicación de la prueba de

exploración y para el registro y certificación escolar, así como los manuales e instrumentos correspondientes.

4. Proporcionar la capacitación y la asesoría requerida por las delegaciones generales para el manejo de

la prueba de exploración, del registro y certificación escolar.

5. Evaluar en coordinación con las direcciones generales de Educación Secundaria, Secundaria Técnica y la Unidad de Telesecundaria, la efectividad de la prueba de exploración, así como de las normas para el registro y la certificación escolar, y, en su caso, proponer las medidas correctivas que correspondan.

6. Planear y organizar un sistema de información sobre la operación del control escolar en las

delegaciones. 4. DIRECCIÓN GENERAL DE INCORPORACIÓN Y REVALIDACIÓN

1. Emitir dictámenes de revalidación y equivalencia de estudios de los alumnos que no permanezcan o no estén incorporados a la Secretaría de Educación Pública.

5. DELEGACIÓN GENERAL

DELEGADO GENERAL

1. Establecer relaciones con las autoridades educativas del estado, a fin de unificar el calendario escolar y

los procedimientos de inscripción. 2. Informar y orientar a las comunidades de la entidad sobre el periodo de inscripciones y de los requisitos

para su trámite.

3. Establecer comisiones de reubicación para estudiar y resolver los problemas que presente la inscripción de aspirantes a primer grado en las localidades donde sea preciso.

4. Mantener coordinación con la Dirección General de Acreditación y Certificación para el registro y

certificación de estudios.

5. Solicitar a la Unidad de Telesecundaria y a la Dirección General de Acreditación y Certificación la asesoría requerida en la aplicación de las normas y procedimientos establecidos para el control escolar.

6. Proporcionar en los términos requeridos, la información que le sea solicitada por la Unidad de

Telesecundaria y las direcciones generales de Acreditación y Certificación y de Planeación.

7. Dirigir y controlar el funcionamiento del sistema de control escolar de las escuelas telesecundarias federales y, cuando proceda, del servicio de telesecundaria estatal.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

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8. Proporcionar, en su caso, los servicios de control escolar, conforme al convenio establecido con el gobierno del estado.

9. Solicitar, en su caso, a los gobiernos de los estados la información estadística derivada del control

escolar del servicio de telesecundaria estatal. 5.2 SUBDIRECCIÓN GENERAL DE PLANEACIÓN

1. Organizar, dirigir y controlar las actividades de control escolar, acreditación y certificación del servicio

de telesecundaria en la entidad, conforme a las normas establecidas.

5.3 DEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CERTIFICACIÓN ESCOLAR

1. Organizar, dirigir y controlar las actividades de registro y certificación escolar del servicio de telesecundaria en la entidad, conforme a las normas y procedimientos vigentes.

2. Organizar, dirigir y supervisar la integración de los archivos de la escolaridad de los alumnos y ex

alumnos de los planteles federales de telesecundaria a cargo de la delegación general.

3. Organizar, dirigir y supervisar los procesos de revisión y depuración de la información y documentación necesaria para actualizar los archivos de la escolaridad de los alumnos, emitir certificados y expedir constancias de estudios.

4. Verificar que las escuelas de la entidad se encuentren en el catálogo estatal de escuelas, y en caso de

diferencias, solicitar su solución inmediata a la Subdirección General de Planeación.

5. Vigilar el cumplimiento de los calendarios y prioridades establecidas para procesar la documentación escolar necesaria en la emisión y control de la certificación.

6. Autorizar las órdenes de procesamiento para la emisión de certificados, conforme a los procedimientos,

calendarios y prioridades establecidas.

7. Emitir certificados de estudio para su expedición en los planteles, conforme a las normas y procedimientos establecidos.

8. Expedir constancias sobre la escolaridad de los alumnos, debidamente legalizados, conforme a las

normas y procedimientos establecidos.

9. Autorizar las solicitudes de exámenes extraordinarios de regularización y supervisar la documentación y registro de sus resultados, conforme a los procedimientos establecidos.

10. Realizar los trámites de revisión y convalidación de estudios, de acuerdo con las normas y

procedimientos vigentes.

11. Proporcionar al Departamento de Telesecundaria los datos que requiera sobre los alumnos e información estadística, derivada de los archivos de registro escolar.

12. Informar al Departamento de Telesecundaria sobre la situación de los procesos de registro escolar y

certificación correspondientes.

5.4 SUBDIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN BÁSICA 1. Dirigir y coordinar la difusión de las normas y los lineamientos a que deberá sujetarse el desarrollo de

los procesos de control escolar de telesecundaria federal en la entidad.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

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2. Organizar la aplicación de la prueba de exploración, utilizando los mecanismos que establezca la Dirección General de Acreditación y Certificación y que hayan sido aprobados por las direcciones generales de Educación Secundaria y Secundaria Técnica y la Unidad de Telesecundaria.

3. Coordinar el funcionamiento de las comisiones de reubicación para estudiar y resolver los problemas

que presente la inscripción de los aspirantes a primer grado, en las localidades donde se requiera.

4. Evaluar el desarrollo de los procesos de control escolar en los planteles de telesecundaria en la entidad y, en su caso, dictar y proponer las medidas correctivas que procedan, de acuerdo con las normas establecidas por la Unidad de Telesecundaria y la Dirección General de Acreditación y Certificación

5.5 DEPARTAMENTO DE TELESECUNDARIA 1. Conocer y difundir las normas, procedimientos y disposiciones en materia de control escolar. 2. Organizar y coordinar las actividades de control escolar de los planteles a su cargo.

3. Capacitar y asesorar al personal de supervisión, directivo y docente, en la aplicación de las normas y

procedimientos de control escolar.

4. Determinar en coordinación con la Subdirección General de Planeación, el número de grupos y el número de alumnos por grupo autorizados a cada plantel, de acuerdo con las normas establecidas por la Unidad de Telesecundaria.

5. Analizar y dar el visto bueno, cuando proceda, a los casos de inscripciones que excedan en cuanto al

número de grupos, mínimo de alumnos autorizados en cada plantel y las inscripciones que se consideren extemporáneas presentadas al Departamento de Registro y Certificación.

6. Vigilar en coordinación con el Departamento de Registro y Certificación el cumplimiento del calendario

y prioridades para recibir y procesar la documentación de las escuelas, para la emisión y control de la certificación.

7. Analizar y tomar las medidas que procedan sobre las desviaciones señaladas por el Departamento de

Registro y Certificación en la documentación enviada por los planteles a su cargo.

8. Revisar y resolver los casos especiales de control escolar señalados por el Departamento de Registro y Certificación y, en su caso, consultar con las dependencias centrales correspondientes para su solución.

9. Apoyar, en su caso, al Departamento de Registro y Certificación en la ejecución de actividades que se

requieran en materia de control escolar.

5.6 JEFE DE SECTOR 1. Solicitar al Jefe del Departamento su visto bueno para las inscripciones que excedan en cuanto al

número de grupos autorizados y las inscripciones extemporáneas que considere necesarias. 2. Detectar las necesidades de capacitación de inspectores, directores y personal docente en materia de

control escolar.

3. Verificar el cumplimiento del calendario y prioridades para recibir y procesar la documentación de las escuelas para la emisión y control de la certificación.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

Pág. 224

4. Informar al Jefe del Departamento de Telesecundaria de los movimientos autorizados.

5.7 INSPECTOR DE ZONA 1. Supervisar que los planteles cumplan con las actividades de control escolar. 2. Verificar que los planteles mantengan actualizados los expedientes de los alumnos.

3. Asesorar a los planteles, al personal directivo y docente en materia de control escolar.

4. Apoyar, en su caso, en la ejecución de las actividades que se requieran en materia de control escolar.

5.8 DIRECCIÓN DEL PLANTEL 1. Realizar el control de la escolaridad de los educandos, de acuerdo con las normas y procedimientos

establecidos. 2. Determinar la demanda de inscripciones en el plantel, con base en las solicitudes presentadas por los

aspirantes.

3. Seleccionar a los alumnos con base en los resultados de la prueba de exploración y en el cupo autorizado.

4. Registrar a los alumnos seleccionados en las formas establecidas e integrar el expediente respectivo,

conforme a los procedimientos en vigor.

5. Solicitar al Departamento de Registro y Certificación las inscripciones que excedan en cuanto a número de grupos, número de alumnos autorizados, inscripciones extemporáneas y dispensas de edad.

6. Remitir al Departamento de Registro y Certificación escolar la documentación de aquellos alumnos que

requiera ser sometida a revisión o convalidación de estudios.

7. Entregar a la delegación general la documentación relativa al registro de inscripción y de calificaciones, de acuerdo con el calendario establecido.

8. Autorizar la inscripción de alumnos que cumplan con los requisitos establecidos.

9. Solicitar al Departamento de Registro y Certificación Escolar autorización para aplicar los exámenes

extraordinarios de regularización.

10. Gestionar ante el Departamento de Registro y Certificación escolar la legalización de la documentación de los alumnos que lo requieran.

11. Elaborar y entregar a los alumnos las constancias de exámenes extraordinarios de regularización, los

certificados de grado y los de ciclo, de acuerdo con los procedimientos establecidos en el Manual de Control Escolar.

12. Proporcionar la información relativa al control escolar en los términos requeridos por la delegación

general.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

Pág. 225

7. EN MATERIA DE SERVICIOS ASISTENCIALES

1. DEFINICIÓN

Proporcionar prestaciones sociales, económicas y/o en especie a los alumnos de educación telesecundaria, a efecto de estimular su aprovechamiento en el desarrollo de sus estudios. 2. UNIDAD DE TELESECUNDARIA

1. Establecer las normas y lineamientos para el desarrollo de las actividades de asistencia educativa en el servicio de telesecundaria.

2. Asesorar y actualizar al personal encargado de desarrollar los programas de asistencia educativa en

los estados, a petición de los delegados generales.

3. Establecer y mantener relaciones con instituciones que coadyuven a la prestación de los servicios asistenciales en las escuelas telesecundarias federales.

4. Evaluar, en coordinación con las delegaciones generales, el desarrollo de los programas de asistencia

educativa.

5. Participar con la Subsecretaría de Educación Media en la elaboración de los programas para el otorgamiento de becas.

6. Diseñar los contenidos para que la Unidad de Televisión Educativa produzca programas de orientación

educativa para ser difundidos en los planteles. 3. DIRECCIÓN GENERAL DE INCORPORACIÓN Y REVALIDACIÓN

1. Establecer, en su carácter de secretario técnico de la comisión general de becas, la comunicación y la

coordinación necesarias entre los delegados generales, los comités sectoriales y la Comisión General de Becas.

2. Proponer a la Comisión General de Becas las normas para el otorgamiento de becas.

3. Tramitar ante la Oficialía Mayor y la Secretaría de Programación y Presupuesto la expedición de los

cheque para el pago de los becarios.

4. Registrar y controlar las nóminas liquidadas de pago a becarios que envíen las delegaciones y, cuando proceda, realizar el trámite de cancelación de cheques,

4. DELEGACIÓN GENERAL 4.1 DELEGADO GENERAL 1. Integrar y presidir el Comité de Becas de la delegación general, de acuerdo con las normas y

lineamientos establecidos. 2. Establecer y mantener relaciones con instituciones que coadyuven al desarrollo de los programas de

asistencia educativa en el servicio de telesecundaria en la entidad.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

Pág. 226

3. Solicitar a la Unidad de Telesecundaria la asesoría requerida para el desarrollo de los programas de asistencia educativa.

4. Proporcionar a la Unidad de Telesecundaria la información sobre los programas de asistencia educativa

en la entidad. 4.2 COMITÉ DE BECAS DE LA DELEGACIÓN GENERAL 1. Elaborar propuestas respecto al número, las modalidades y el monto de las becas en efectivo que se

otorguen en la entidad, y enviarlas al Comité Sectorial de Becas. 2. Seleccionar a los becarios de la delegación general, de acuerdo con las normas vigentes.

3. Realizar la asignación previa de becas en las escuelas de la entidad, en número que considere

convenientes.

4. Distribuir a las escuelas de la delegación las formas de solicitud de beca y la convocatoria.

5. Proporcionar las formas de solicitud de becas a los alumnos que las soliciten

6. Llevar el listado de renovación, requiriendo para ello o recabando la información con el Departamento de Registro y Certificación Escolar.

7. Notificar a las escuelas de la delegación las fechas de entrega y recepción de solicitudes.

8. Mantener abierto un apartado postal para la recepción de las solicitudes de becas.

9. Comunicar a los alumnos seleccionados el lugar y la fecha para el cobro de las becas y devolver la

documentación de aquellas solicitudes que no hayan aprobado, informando del motivo del rechazo.

10. Comunicar a los directores de plantel el lugar y la fecha para recoger los cheques y nóminas para el pago de las becas.

11. Devolver a los interesados la documentación de las solicitudes que no fueron aceptadas e informarles

mediante el aviso de acuerdo no favorable.

12. Enviar a la Dirección General de Incorporación y Revalidación las relaciones de los alumnos seleccionados y los listados de renovación, en las fechas establecidas en este procedimiento. De no ser así, los becarios cobrarán fuera de los plazos indicados.

13. Distribuir a las escuelas correspondientes las nóminas y los cheques de pago a becarios.

14. Controlar y registrar las nóminas y, en su caso, los cheques de becas en efectivo no cobrados que

envíen las escuelas de la delegación.

15. Elaborar programas de becas para la formación de recursos humanos necesarios para el desarrollo del estado.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

Pág. 227

4.3 SUBDIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN BÁSICA 1. Participar en el Comité de Becas de la delegación general. 2. Presentar los estudios al Comité de Becas de la delegación para cubrir las necesidades de número y

monto de becas para el estado.

3. Mantener vínculos con organismos externos a la Secretaría que coadyuven al desarrollo de los programas de asistencia educativa.

4. Evaluar el desarrollo de los programas de asistencia educativa del servicio de telesecundaria en la

entidad e informar de los resultados a la Unidad de Telesecundaria, previa anuencia del delegado general.

4.4 DEPARTAMENTO DE TELESECUNDARIA 1. Elaborar y difundir programas de asistencia educativa, tales como orientación educativa, vocacional y

trabajo social del servicio de telesecundaria en la entidad. 2. Asesorar al personal de supervisión, directivo y docente en la solución de problemas de orientación

educativa, vocacional y trabajo social que se presenten en los planteles de la entidad.

3. Solicitar a la Unidad de Telesecundaria la asesoría que se requiera para el desarrollo de los programas de asistencia educativa del servicio de telesecundaria en la entidad.

4. Solicitar apoyo a organismos externos de la Secretaría para que coadyuven al desarrollo de los

programas de asistencia educativa.

4.5 JEFE DE SECTOR 1. Informar al Departamento de Telesecundaria de los casos especiales que se detecten en los planteles,

a fin de orientarlos hacia instituciones especializadas que les proporcionen atención. 2. Promover el desarrollo de las actividades necesarias para el otorgamiento de becas en efectivo, de

acuerdo con las normas y lineamientos establecidos. 4.6 INSPECTOR DE ZONA 1. Supervisar que en los planteles se realicen las actividades que les corresponde en materia de

orientación educativa y trabajo social. 2. Informar al jefe de sector de los casos especiales que detecte en los planteles para su atención.

3. Asesorar a los directores del plantel en el desarrollo de las actividades necesarias para el otorgamiento

de becas en efectivo, de acuerdo con las normas y lineamientos establecidos.

4.7 DIRECCIÓN DEL PLANTEL 1. Desarrollar las actividades que correspondan en materia de orientación educativa y trabajo social.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

Pág. 228

2. Organizar las actividades necesarias para la prestación de los servicios de orientación educativa y trabajo social, conforme a los programas correspondientes.

3. Solicitar a la delegación general la asesoría que se requiera para la realización de las actividades de

orientación educativa y trabajo social.

4. Realizar los trámites que le correspondan a la dirección del plantel, conforme a las normas vigentes, para la asignación de becas.

8. EN MATERIA DE EXTENSIÓN EDUCATIVA

1. DEFINICIÓN Proceso que comprende la organización, dirección y control de las actividades sociales, culturales, deportivas y artísticas, a fin de coadyuvar a la formación integral del educando.

2. UNIDAD DE TELESECUNDARIA

1. Promover en coordinación con las delegaciones generales la vinculación de la acción educativa con la comunidad.

2. Promover en coordinación con las delegaciones generales el desarrollo de actividades

culturales, sociales y deportivas en las escuelas telesecundarias federales.

3. Proponer a la Dirección General de Publicaciones y Bibliotecas normas para la organización y funcionamiento de las bibliotecas escolares y vigilar su cumplimiento.

4. Difundir a las Delegaciones generales las normas para la celebración de actos cívicos, culturales

y deportivos que se realicen en los planteles.

5. Evaluar en coordinación con las delegaciones generales el desarrollo de las actividades

extracurriculares de las escuelas telesecundarias federales. 3. DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN CULTURAL

1. Establecer programas de difusión cultural y de recreación destinados a los educandos, a los jóvenes y

al magisterio nacional, con la participación de las direcciones generales y de las delegaciones generales correspondientes.

4. DELEGACIÓN GENERAL

4.1 DELEGADO GENERAL 1. Establecer y mantener relaciones con instituciones educativas y con organismos del sector público y

privado que coadyuven al desarrollo de los programas de extensión educativa del servicio de telesecundaria federal, en la entidad.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

Pág. 229

2. Solicitar a las direcciones generales correspondientes y a la Unidad de Telesecundaria la asesoría que se requiera para el desarrollo de las actividades de extensión educativas en las escuelas telesecundarias federales.

3. Informar a las direcciones generales correspondientes y a la Unidad de Telesecundaria sobre el

desarrollo de las actividades de extensión educativa que se realicen en las escuelas telesecundarias federales.

4.2 SUBDIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN BÁSICA

1. Promover y fomentar la creación de bibliotecas para los alumnos de las escuelas telesecundarias federales.

2. Promover y fomentar el desarrollo de eventos sociales, culturales y deportivos en los que participen las

escuelas telesecundarias federales.

3. Promover el intercambio de experiencias sobre los aspectos productivos entre las escuelas telesecundarias federales.

4.3 DEPARTAMENTO DE TELESECUNDARIA

1. Elaborar, dirigir y desarrollar programas de vinculación de la acción educativa de las escuelas telesecundarias con la comunidad.

2. Promover y organizar la realización de eventos sociales, culturales y deportivos que complementen la

formación de los educandos.

3. Difundir al personal directivo y docente las normas, los lineamientos y procedimientos vigentes para la operación de las bibliotecas escolares y asesorarlos en su aplicación.

4. Difundir al personal directivo y docente las normas para la realización de actos cívicos, sociales,

culturales y deportivos en las escuelas telesecundarias federales.

5. Verificar que la organización y funcionamiento de las asociaciones de padres de familia, sociedades de alumnos y cooperativas escolares se apegue a las normas establecidas.

6. Aprobar y coordinar la participación de las escuelas telesecundarias en el desarrollo de eventos que

promuevan las autoridades locales y otras representaciones externas a la delegación general.

7. Proporcionar la información sobre el desarrollo de las actividades de extensión educativa en las escuelas telesecundarias federales.

4.4 JEFE DE SECTOR

1. Coordinar la realización de eventos sociales, culturales y deportivos en los planteles de la entidad. 2. Difundir al personal de supervisión, directivo y docente los programas de vinculación con la comunidad

a desarrollar y las normas y los lineamientos vigentes para la organización y funcionamiento de la cooperativa escolar.

3. Informar el jefe del departamento la realización de actos cívicos, culturales y deportivos en las

escuelas telesecundarias en la entidad.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

Pág. 230

INSPECTOR DE ZONA 1. Verificar el cumplimiento de las actividades de extensión educativa de las escuelas telesecundarias de

la entidad. 2. Participar en el desarrollo de los programas de vinculación de la comunidad.

3. Autorizar la realización de eventos sociales y culturales en los planteles, de acuerdo con las normas y

lineamientos vigentes.

4. Verificar que las cooperativas escolares se apeguen a las normas y lineamientos vigentes. DIRECCIÓN DEL PLANTEL.

1. Realizar actividades sociales, culturales y deportivas que coadyuven a la formación integral del

educando, de acuerdo con las normas establecidas. 2. Integrar, de acuerdo con los lineamientos establecidos, la asociación de padres de familia, la sociedad

de alumnos, la cooperativa escolar y las comisiones de actividades extracurriculares, y coordinar su funcionamiento.

3. Promover la participación de la comunidad en el desarrollo de las actividades de extensión educativa.

4. Solicitar la autorización para la realización de eventos que lo requieran, de acuerdo con los lineamientos

establecidos.

5. Mantener en condiciones higiénicas y funcionales la biblioteca escolar.

6. Organizar y mantener actualizado al acervo de la biblioteca escolar.

7. Enviar al Departamento de Telesecundaria los informes de las actividades de extensión educativa realizadas.

9. EN MATERIA DE SUPERVISIÓN. 1. DEFINICIÓN.

Asesorar, supervisar y evaluar el cumplimiento de las normas, planes, programas y métodos de estudio y disposiciones administrativas establecidas para el funcionamiento del servicio de telesecundaria federal en los estados. 2. UNIDAD DE TELESECUNDARIA

1. Establecer las normas y los lineamientos a que deberá ajustarse la supervisión del servicio de telesecundaria en las delegaciones generales.

2. Diseñar, difundir y actualizar los modelos de supervisión.

3. Analizar y evaluar la aplicabilidad de las normas y los lineamientos para la supervisión, con base en los

informes y sugerencias que presenten los delegados generales y, en su caso, realizar los ajustes que procedan.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

Pág. 231

4. Aplicar las medidas correctivas cuando se detecten desviaciones en el servicio de telesecundaria federal en la entidad.

3. DELEGACIÓN GENERAL DELEGADO GENERAL

1. Dirigir y controlar el desarrollo de la supervisión del servicio de telesecundaria federal en el estado. 2. Autorizar los programas anuales de supervisión a los planteles federales de telesecundaria en la

entidad.

3. Proporcionar la información sobre la supervisión en los términos que fije la Unidad de Telesecundaria.

4. Proponer a la Unidad de Telesecundaria las modificaciones que procedan a las normas y lineamientos para la supervisión.

5. Autorizar la aplicación de las medidas correctivas cuando se detecten desviaciones en el servicio de

telesecundaria federal en la entidad.

3.2 SUBDIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN BÁSICA

1. Organizar las actividades de supervisión del servicio de telesecundaria federal, con base en las normas que expida la Unidad de Telesecundaria.

2. Validad y vigilar el cumplimiento del programa anual de supervisión del servicio de telesecundaria.

3. Proponer las medidas correctivas tendientes a mejorar el servicio de telesecundaria, con base en los

informes de supervisión.

3.3 DEPARTAMENTO DE TELESECUNDARIA

1. Proponer al subdirector general de educación básica el programa anual para la supervisión de las escuelas telesecundarias.

2. Aplicar en los planes de su jurisdicción los modelos de supervisión emitidos por la Unidad de

Telesecundaria, de acuerdo con el programa aprobado por el delegado general.

3. Proporcionar al personal de supervisión, directivo y docente de telesecundaria en la entidad la asesoría para la interpretación y aplicación de las normas referentes a la operación del servicio.

4. Evaluar las actividades de supervisión e implantar las acciones correctivas que procedan, de acuerdo

con las normas.

3.4 JEFE DE SECTOR

1. Coordinar las actividades de supervisión con base en el programa anual autorizado. 2. Asesorar a los inspectores en la interpretación de las normas técnico – pedagógicas y administrativas

autorizadas.

3. Verificar el cumplimiento del programa anual de supervisión.

4. Analizar los informes de supervisión presentados por los inspectores y proponer al jefe del departamento las medidas tendientes a mejorar el servicio.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

Pág. 232

5. Elaborar el programa anual de supervisión con los inspectores y presentarlos al jefe del departamento.

6. Realizar las visitas de supervisión extraordinarias a las inspecciones y planteles que sean autorizadas

por el jefe del departamento.

3.5 INSPECTOR DE ZONA.

1. Desarrollar el programa anual de supervisión de acuerdo con las normas y lineamientos establecidos. 2. Supervisar que las escuelas telesecundarias federales en la entidad cumplan con las normas y los

lineamientos técnico – pedagógicos y con las disposiciones administrativas autorizadas.

3. Asesorar al personal directivo y docente de las escuelas telesecundarias en la interpretación y aplicación de las normas.

4. Orientar a los directores de los planteles para mejorar la prestación del servicio de telesecundaria

federal en la entidad.

5. Elaborar los informes de supervisión a las escuelas telesecundarias y, en su caso, proponer las medidas correctivas que procedan, con base en las deficiencias detectadas.

6. Participar en la elaboración del programa anual de supervisión en las escuelas en la entidad.

DIRECCIÓN DEL PLANTEL

1. Proporcionar los servicios educativos de acuerdo con las normas técnico – pedagógicas establecidas. 2. Proporcionar el apoyo necesario para la realización de la supervisión.

3. Evaluar las actividades desarrolladas por el personal del plantel, e informar al inspector sobre las

desviaciones que observe y, en su caso, proponer las medidas correctivas que procedan.

4. Aplicar las medidas correctivas que señale el inspector.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

Pág. 233

III. LIMITES DE AUTORIDAD

1. EN MATERIA DE PLANEACIÓN Y PROGRAMACIÓN

FACULTAD PARA DELEGACION GENERAL OTROS.

1. Establecer los objetivos del sector y las normas para fijar prioridades.

2. Determinar las metas anuales del

servicio de telesecundaria.

3. Establecer las normas para la elaboración de los anteproyectos de presupuesto y realizar su actualización

4. Elaborar el anteproyecto de

operación y ampliación del servicio de telesecundaria.

5. Integrar el anteproyecto de

presupuesto de la delegación general

6. Aprobar el anteproyecto de

presupuesto de operación y ampliación del servicio de telesecundaria.

7. Integrar y aprobar los anteproyectos

de presupuestos de las delegaciones generales.

8. Proponer las prioridades para la

distribución de recursos.

9. Integrar y proponer al delegado general el proyecto de distribución de recursos.

10. Determinar la distribución de

recursos.

11. Realizar ajustes internos al presupuesto.

Delegado general (en el estado) Subdirector general de educación básica. Subdirector general de planeación. Delegado General. Jefe del departamento de telesecundaria. Subdirector general de educación básica. Delegado general. Delegado general.

Dirección General de Planeación Dirección General de Programación (en el país) Dirección general de programación Dirección General de Programación.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

Pág. 234

LIMITES DE AUTORIDAD

1. EN MATERIA DE PLANEACIÓN Y PROGRAMACIÓN

FACULTAD PARA DELEGACIÓN GENERAL OTROS.

12. Integrar y tramitar las modificaciones

presupuestales que propongan las delegaciones generales.

13. Establecer las normas y

lineamientos para consolidar, ampliar, sustituir, suspender o crear planteles.

14. Proponer al delegado general los

proyectos de consolidación, ampliación, sustitución, suspensión y creación de planteles.

15. Autorizar los proyectos de

consolidación, ampliación, sustitución, suspensión y creación de plazas.

16. Determinar la ubicación de los

nuevos planteles.

17. Establecer las características de construcción y equipamiento de las escuelas telesecundarias.

18. Determinar las acciones a incluirse en el programa de construcciones CAPFCE.

19. Supervisar el avance de obras que

se realicen dentro del programa del CAPFCE.

20. Organizar y controlar la estadística local de telesecundaria.

Subdirector General de Planeación en coordinación con el de Educación Básica Delegado General. Delegado General. Delegado general. Subdirección General de Planeación en coordinación con el Departamento de Telesecundaria. Subdirector general de planeación.

Dirección General de Programación. Unidad de Telesecundaria.

Dirección General de Materiales Didácticos y Culturales, el CAPFCE y la Unidad de Telesecundaria.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

Pág. 235

LIMITES DE AUTORIDAD

1. EN MATERIA DE PLANEACIÓN Y PROGRAMACIÓN

FACULTAD PARA DELEGACIÓN GENERAL OTROS.

21. Estudiar la demanda y proponer

alternativas de atención.

22. Establecer prioridades de atención a la demanda en la entidad.

23. Autorizar el calendario escolar.

24. Difundir el calendario escolar

autorizado.

25. Aplicar el calendario escolar autorizado.

26. Actualizar el catálogo estatal de

escuelas.

27. Proporcionar información sobre el funcionamiento del servicio de telesecundaria en el estado.

28. Evaluar en todo el país el servicio de

telesecundaria.

Subdirector general de planeación. Delegado general. Delegado general. Subdirector general de planeación Delegado general.

Secretario. Dirección General de Programación.

Unidad de Telesecundaria.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

Pág. 236

LIMITES DE AUTORIDAD 2. EN MATERIA TÉCNICO – PEDAGÓGICA

FACULTAD PARA DELEGACIÓN GENERAL OTROS

1. Dictaminar sobre métodos

educativos, guía de estudio y apoyos bibliográficos para su empleo en telesecundaria.

2. Proponer normas pedagógicas,

contenidos, planes y programas de estudio y métodos a utilizar en telesecundaria.

3. Realizar estudios acerca de

contenido, planes y programas de estudio, métodos y materiales didácticos a utilizar en telesecundaria.

4. Verificar la aplicación del plan,

programas de estudio y métodos educativos.

5. Proponer modificaciones al plan,

programas de estudio y métodos educativos.

6. Difundir al personal de supervisión,

directivo y docente de las telesecundarias el plan y los programas, normas técnico – pedagógicas, métodos y tecnologías educativas de telesecundaria.

7. Establecer procedimientos e

instrumentos para verificar la aplicación del plan, programas de estudio, normas técnico - pedagógicas, contenidos, métodos y tecnología de Telesecundaria.

8. Establecer lineamientos para la

capacitación y actualización del personal directivo y docente de Telesecundaria.

9. Diseñar y difundir las normas y

lineamientos para el desarrollo de los cursos de capacitación y actualización del personal docente.

Delegado general. Subdirección de Educación Básica. Departamento de Telesecundaria.

Dirección General de Planeación. Unidad de Telesecundaria. Consejo Nacional Técnico de la Educación. Unidad de Telesecundaria. Unidad de Telesecundaria. Dirección General de Capacitación y Mejoramiento en coordinación con la Unidad de Telesecundaria. Unidad de Telesecundaria.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

Pág. 237

LIMITES DE AUTORIDAD

3. EN MATERIA DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS

FACULTAD PARA DELEGACIÓN GENERAL OTROS.

1. Emitir normas y lineamientos para la

administración de recursos humanos. 2. Evaluar y controlar el funcionamiento

general del sistema para la administración personal.

3. Difundir las normas de organización,

los sistemas de procedimientos para el pago de remuneraciones y aplicación de descuentos al personal de la Secretaría en la entidad.

4. Supervisar y evaluar la operación del

sistema de pago en las delegaciones generales.

5. Determinar perfiles de puestos.

6. Autorizar propuestas y

nombramientos de personal de la delegación.

7. Autorizar contratos por honorarios.

8. Autorizar avisos de cambio de

situación por bajas, regularizaciones y reanudaciones y cambios de radicación de sueldos.

9. Autorizar cambios de adscripción en

el estado.

10. Autorizar cambios de adscripción interestatales.

11. Autorizar avisos de cambios de

adscripción.

12. Autorizar transferencias y reasignaciones del personal.

13. Autorizar plantillas de personal de las

escuelas.

Delegado general. Delegado general. Delegado general. Delegado general. Delegado general. Delegado general.

Dirección General de Personal. Dirección General de Personal. Dirección General de Pagos. Dirección General de Pagos. Unidad de Telesecundaria. Subcomisión Estatal Mixta de Cambios. Comisión Nacional Mixta de Cambios.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

Pág. 238

LIMITES DE AUTORIDAD 3. EN MATERIA DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS

FACULTAD PARA DELEGACIÓN GENERAL OTROS.

14. Dictaminar nombramientos

escalafonarios definitivos al personal docente y al personal directivo.

15. Autorizar nombramientos al personal

docente, técnico y administrativo. 16. Autorizar la distribución y asignación

de personal docente, técnico y administrativo en los planteles y centros de trabajo.

17. Autorizar el pago de compensaciones

al personal.

18. Solicitar comisiones al personal.

19. Autorizar comisiones al personal

20. Autorizar el calendario de vacaciones escalonadas.

21. Autorizar licencias con goce de

sueldo al personal.

21. 1. Hasta por 3 días en el plantel.

Hasta por 3 días en el Departamento de Telesecundaria.

Hasta por 3 días a los inspectores de

zona.

Hasta por 3 días el jefe de sector.

Hasta por 3 días para director del plantel.

Por enfermedades profesionales y

no profesionales.

Mayores de 3 días.

Delegado general. Delegado general. Delegado general. Delegado General. Delegado General. Director. Jefe del departamento de telesecundaria. Jefe de sector. Jefe del departamento de telesecundaria. Inspector de Zona Delegado general.

Comisión Nacional Mixta de Cambios. Oficial mayor. Oficial mayor ISSSTE.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

Pág. 239

LIMITES DE AUTORIDAD 3. EN MATERIA DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS

FACULTAD PARA DELEGACION GENERAL OTROS.

22. Autorizar licencias sin goce de

sueldo. 23. Proponer candidatos.

Personal docente para el

plantel.

23.2. Personal técnico y administrativo para la delegación.

24. Reclutar personal.

24.1. Docente. 24.2. No docente.

25. Seleccionar personal.

25.1. Docente.

Directivo provisional (subdirector, director, inspector). Técnico y administrativo para la delegación

26. Autorizar las credenciales del

personal. 27. Certificar documentación para el

personal.

28. Autorizar préstamos al personal.

29. Autorizar compatibilidades de plazas.

30. Autorizar transferencias del personal. 31. Delegar la autorización y firma de los

trámites de la administración de recursos humanos

Delegado general. Subdirección General de Educación Secundaria Básica. Jefe del departamento de telesecundaria. Jefe del departamento de recursos humanos. Delegado general. Jefe del departamento de recursos humanos. Delegado general. Delegado general. Subdirector general de servicios administrativos Subdirector general de servicios administrativos. Jefe del departamento de recursos humanos. Delegado general.

ISSSTE Secretaría de Programación y Presupuesto. Oficialía mayor

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

Pág. 240

LIMITES DE AUTORIDAD

4. EN MATERIA DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS MATERIALES

FACULTAD PARA DELEGACION GENERAL OTROS.

1. Establecer las características de los

materiales para los planteles de telesecundaria.

2. Establecer normas y lineamientos

para los sistemas de abastecimiento, compras e inventarios.

3. Abastecer materiales para los

planteles de telesecundaria.

Determinar necesidades de material del plantel.

Elaborar proyectos de necesidades de los planteles escolares.

Proponer prioridades de abastecimiento a los planteles escolares.

Determinar prioridades de abastecimiento de material disponible.

Distribuir las guías de estudio de telesecundaria a las delegaciones generales.

Verificar la oportunidad de distribución de las guías de estudio de telesecundaria..

Verificar la distribución de televisores para las escuelas telesecundarias federales.

Autorizar compras de material por más de 10 mil pesos.

Director del plantel. Jefe del departamento de Telesecundaria. Subdirector general de educación básica. Delegado general. Departamento de Telesecundaria. Departamento de Telesecundaria. Delegado general.

Dirección General de Materiales Didácticos y Culturales y Unidad de Telesecundaria. Dirección General de Recursos Materiales. Dirección General de Publicaciones y Bibliotecas en coordinación con la Unidad de Telesecundaria. Unidad de Telesecundaria. Unidad de Telesecundaria.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

Pág. 241

LIMITES DE AUTORIDAD

4. EN MATERIA DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS MATERIALES

FACULTAD PARA DELEGACIÓN GENERAL OTROS.

4. Controlar el inventario de bienes de

activo fijo.

5. Autorizar el envío de requisiciones a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios.

6. Autorizar la compra de material al

plantel.

7. Comprar material con recursos propios.

Jefe del departamento de recursos materiales y servicios. Delegado general. Delegado general. Director del plantel.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

Pág. 242

LIMITES DE AUTORIDAD

5. EN MATERIA DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS

FACULTAD PARA DELEGACIÓN GENERAL OTROS.

1. Emitir normas y lineamientos para el

registro, control y conformación de estados financieros.

2. Emitir normas y lineamientos para el

ejercicio del presupuesto.

3. Autorizar ejercicio del presupuesto para los servicios educativos de la entidad.

4. Autorizar calendario para ejercicio del

presupuesto aprobado.

5. Autorizar solicitudes de transferencias de partidas.

6. Autorizar solicitudes de órdenes de

pago.

7. Autorizar órdenes de pago y su radicación.

8. Autorizar oficios de solicitud de

afectación presupuestaria.

9. Autorizar presupuesto de ingresos que presenten los establecimientos educativos de la entidad.

10. Autorizar solicitudes de viáticos y

pasajes.

11. Aprobar los estados financieros y demás información solicitada por la Dirección General de Recursos Financiero.

Delegado general. Delegado general. Delegado general. Delegado general. Delegado general. Delegado general. Delegado general. Delegado general.

Dirección General de Recursos Financieros. Dirección General de Recursos Financieros. Dirección General de Recursos Financieros.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

Pág. 243

LIMITES DE AUTORIDAD.

6. EN MATERIA CONTROL ESCOLAR

FACULTAD PARA DELEGACIÓN GENERAL OTROS.

1. Establecer y modificar normas sobre

control escolar. 2. Determinar contenido de la prueba

de exploración.

3. Determinar la fecha para aplicar la

prueba de exploración.

4. Calificar exámenes de selección. 5. Publicar resultados.

6. Legalizar inscripciones.

7. Validar estudios realizados con

planteles abrogados (convalidación). 8. Diseñar formatos de certificado.

9. Controlar formatos de certificado. 10. Firmar certificados.

11. Autorizar expedición de certificados.

12. Certificar estudios para inscribirse en otro estado.

13. Autorizar exámenes extraordinarios y

a título de suficiencia.

Profesor de grupo. Director del plantel. Jefe del departamento de registro y certificación. Jefe del departamento de registro y certificación. Jefe del departamento de registro y certificación. Director del plantel. Jefe del departamento de telesecundaria Jefe del departamento de registro y certificación. Jefe del departamento de registro y certificación.

Unidad de Telesecundaria. Dirección General de Acreditación y Certificación, de acuerdo con las direcciones generales de Educación Secundaria Técnica y Educación Secundaria y la Unidad de Telesecundaria. Direcciones generales de Acreditación y Certificación, Educación Secundaria y Secundaria Técnica, así como la Unidad de Telesecundaria. Dirección General de Acreditación y Certificación.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

Pág. 244

LIMITES DE AUTORIDAD

7. EN MATERIA DE SERVICIOS ASISTENCIALES.

FACULTAD PARA DELEGACIÓN GENERAL OTROS.

1. Determinar número y monto de las

becas en efectivo que otorguen los comités sectoriales a nivel nacional.

2. Determinar número de las becas en

efectivo para realizar estudios de telesecundaria, que otorguen las delegaciones generales.

3. Seleccionar becarios.

4. Modificar las normas y

procedimientos para el otorgamiento de becas.

5. Establecer y modificar normas para

la prestación de los servicios de orientación de trabajo social y de medicina escolar.

6. Integrar comisiones de alumnos para

apoyar la prestación de los servicios asistenciales.

Comité de Becas. Director del plantel.

Comisión General de Becas. Comité Sectorial de Becas. Comisión General de Becas. Unidad de Telesecundaria.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

Pág. 245

LIMITES DE AUTORIDAD

8. EN MATERIA DE EXTENSIÓN EDUCATIVA

FACULTAD PARA DELEGACIÓN GENERAL OTROS.

1. Establecer las normas para la

realización de eventos sociales, culturales y deportivos en los planteles.

2. Establecer las normas para el

funcionamiento de las cooperativas escolares.

3. Establecer las normas para el desarrollo de actividades en materia de extensión educativa.

4. Autorizar la participación de los

planteles en eventos externos a la Secretaría.

5. Integrar las comisiones

extracurriculares que apoyen el funcionamiento del plantel.

6. Integrar la cooperativa escolar.

7. Registrar a la cooperativa escolar.

Jefe del departamento de telesecundaria. Director del plantel. Director del plantel.

Unidad de Telesecundaria. Unidad de Cooperativas Escolares de la Subsecretaría de Educación Media. Unidad de Telesecundaria. Unidad de Cooperativas Escolares de la Subsecretaría de Educación Media.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

Pág. 246

LIMITES DE AUTORIDAD

9. EN MATERIA DE SUPERVISIÓN

FACULTADES PARA DELEGACIÓN GENERAL OTROS.

1. Diseñar y modificar los instrumentos

de supervisión. 2. Elaborar los programas para

supervisar a los planteles. Validarlos.

Autorizar su ejecución.

3. Autorizar aplicación de medidas correctivas.

4. Aplicar medidas correctivas.

5. Aprobar los informes que se remiten a la Unidad de Telesecundaria.

Jefe del departamento de telesecundaria. Subdirector general de educación básica. Delegado general. Subdirector general de educación básica. Jefe del departamento de telesecundaria. Delegado general.

Unidad de Telesecundaria.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

Pág. 247

1. NORMAS JURÍDICAS Y ADMINISTRATIVAS. A. NORMAS FUNDAMENTALES DE LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN PUBLICA

1. Artículos constitucionales referentes a la educación (3º, 5º, 31, 73, 123, fracción XII y 130). (D.O. 5-11-1917.)

2. Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda. (D.O. 13-II-1937.)

3. Ley de Responsabilidades de los Funcionarios y Empleados de la Federación, del Distrito Federal y de

los Altos Funcionarios de los Estados. (D.O. 4-I-80).

4. Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B, del artículo 123 constitucional. (D.O. 28-XII-1959.)

5. Ley General de Bienes Nacionales. (D.O. 8-I-82).

6. Ley Federal de Educación. (D.O. 29-XI.1973.)

7. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. (D. O. 4-I-82.)

8. Ley del Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal. (D.O. 31-XII-1976.)

9. Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la Secretaría de Educación

Pública. (D. O. 4-I-1946).

10. Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto de Egresos de la Federación. (D. O.30-II-1964).

11. Reglamento Interno de la Secretaría de Educación Pública. (D.O. 23-II-82.)

12. Acuerdo por el que se establecen Delegaciones Generales en cada uno de los Estados de la República. (D.O. 22-III-1978.)

13. Acuerdo que determina la organización y el funcionamiento del Consejo de Contenidos y Métodos

Educativos. (D.O. 9-X-1978.)

14. Circular No. 24-1 relativa a los lineamientos generales para nombrar y contratar personal y tramitar otras incidencias.

B. BASES LEGALES DE TELESECUNDARIA

1. Reglamento del artículo 3º constitucional sobre escuelas secundarias. (D.O. 10-I-1935.) 2. Reglamento de Cooperativas Escolares. (D.O. 23-IV-82.)

3. Reglamento de Asociaciones de Padres de Familia. (D.O. 2-IV-1980.)

4. Decreto Presidencial por el que se declara Día del Maestro el 15 de mayo. (D.O. 3-XII-1917.)

5. Decreto Presidencial por el cual se autorizó a la Secretaría de Educación Pública para crear escuelas

secundarias y darles la organización que juzgue conveniente (D.O. 30-XII-1925.)

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

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6. Decreto por el cual se fijan los derechos por revalidación de estudios parciales y certificados sobre enseñanza secundaria. (D.O. 21-VII-1933.)

7. Acuerdo por el que se establece el Servicio de Secundaria por Televisión. ( 2-II-1968.)

8. Acuerdo No. 11000 por el que se establece que la Educación Secundaria por Televisión forma parte

del Sistema Educativo Nacional (22-VII-73.)

9. Acuerdo que prohíbe que a instituciones educativas, culturales, sociales o de otra índole, dependientes de la S.E.P., se les imponga el nombre de persona alguna, si ésta aún vive. (D.O. 9-XII-1941.)

10. Acuerdo No. 3730 de C. Secretario de Educación Pública en el que se declara que los certificados de

estudios completos de educación secundaria expedidos por instituciones que no dependan de dicha Secretaría tendrán plena validez oficial, con las salvedades que se indican. (D.O. 24-II-1972.)

11. Acuerdo No. 7262 relativo a la regularización de los profesores que tanto en servicio e irregulares en la

terminación de sus estudios, desean titularse. (D.O. 4-VII-1973.)

12. Acuerdo con el que se instituye la medalla maestro Rafael Ramírez que se otorgará anualmente como reconocimiento a la labor de los maestros que en forma perseverante y distinguida hayan prestado 30 años de servicio a la S.E.P. (D.O. 28-XI-1973.)

13. Acuerdo No. 17 por el que se autorizan para su aplicación en toda la República los procedimientos de

evaluación de aprendizaje formulados por el Consejo Nacional Técnico de la Educación. (D.O. 28-VIII-1978 .)

14. Acuerdo por el que se establecen un sistema de coordinación y planeación para el otorgamiento de

becas por parte de las dependencias de la Secretaría y los organismos del sector educativo. (D.O. 23-IX-1978 .)

15. Acuerdo No. 66 que modifica el diverso por el que se autoriza para ser aplicado en todo el Sistema

Educativo Nacional el Nuevo Plan de Estudios de Educación Media Básica o Educación Secundaria. (D.O. 26-III-82.)

C. NORMAS TÉCNICO – PEDAGÓGICAS

1. Instructivo de calificación de exámenes semestrales. 2. Instructivo de organización y funcionamiento de reuniones académicas.

3. Instructivo de organización y funcionamiento de juntas de academia de zona escolar.

4. Plan y programas de estudio adecuadas a las características de telesecundaria de áreas académicas.

5. Instructivo de aplicación de exámenes.

6. Programas de estudio de actividades de educación tecnológica, educación artística y educación física.

7. Manual de supervisión de telesecundaria.

8. Capacitación a profesores de nuevo ingreso.

9. Actualización a profesores de telesecundaria en servicio.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

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10. Instructivo para la evaluación del aprendizaje en las escuelas telesecundarias (Acuerdo 17).

11. Programa de estudios de actividades de educación tecnología, educación artística y educación física.

12. Instructivo de organización y funcionamiento de las reuniones de información y orientación normativo y

técnico – pedagógicas (1981).

13. Plan de coordinación para la operación académica o implementación de cursos de verano para los alumnos irregulares.

14. Creación de un banco de dispositivos didácticos (videocasetes).

D. MANUALES ADMINISTRATIVOS DE TELESECUNDARIA

1. Manual de organización de la Unidad de Telesecundaria. 2. Manual de Operación del Servicio de Telesecundaria. (D.G.O.y M., y D.G.D., agosto 1982).

3. Manual de Organización del Departamento de Telesecundaria en las Delegaciones Generales (febrero

82, D.G.O. y M., D.G.D).

4. Acuerdo para el funcionamiento de las Escuelas Telesecundarias (en elaboración).

5. Manual de Organización de las Delegaciones Generales (D.G.O.y M., y D.D.G., junio 1981).

6. Manual de Procedimiento para Inscripciones a Primer Grado en las Escuelas Federales en los Estados. (D.G.O. y M., D.G.E.S.T., D.G.E.S. y U. DE T., mayo 1979).

7. Manual de Procedimiento para Regularización de Enero. (D.G.A. y C. D.G.O. y M., enero 1981).

8. Manual de Procedimientos de Control Escolar de Inscripciones a 1º, 2º y 3er. Grado y traslados. (enero

1981).

9. Manual de Procedimientos para Regularización de agosto (D.G.A. y C. y D.G.O. y M., Enero 1981.)

10. Manual de Procedimientos para Certificación de Fin de Curso (D.G.A., D.G.O. y M. 1981-82).

11. Manual de Organización del Departamento de Registro y Certificación (D.G.A. y C. y D.G.O. y M. enero 1982).

12. Manual de Expedición de Certificación de Estudios (de escuelas que ya no funciona).

13. Manual de Organización de la Cooperativa Escolar de Consumo (U.C.E.S.E.M. y D.G.O. y M., marzo

1981.)

14. Manual de Procedimientos para la constitución y Registro de la Cooperativa Escolar de Consumo de los Planteles de Educación Secundaria en los Estados. (U.C.E., S.E.M. y D.G.O. y M. marzo de 1981.)

15. Manual de Procedimientos para el Reparto de Rendimientos Económicos de la Cooperativa Escolar.

(U.C.E.S.E.M. y D.G.O. y M., marzo de 1982.)

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

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16. Manual de Procedimientos para la Renovación de los Integrantes de los Organismos de Gobierno y Control de la Cooperativa Escolar (de consumo). (U.C.E.S.E.M. y D.G.O. y M., marzo de 1982.)

17. Manual para el Otorgamiento de Becas Escolares en Efectivo (D.G.O. y M., D.G.I.R. y D.G.D., abril

1982.) 2. GLOSARIO DE TÉRMINOS Para fines de este manual, convencionalmente se entenderá por:

ACORDAR: Determinar o resolver, de conformidad entre dos o más partes, algún asunto o pauta de acción.

Acción por la cual la autoridad competente da su aprobación para que se ejecute determinada acción

ACOTACIÓN: Acción de dar clave a determinados documentos o explicar el significado de un signo.

ACTIVIDAD: Conjunto de operaciones afines efectuadas por una unidad administrativa y que contribuyen al logro de una o varias funciones.

ADQUISICIÓN: Allegarse el material y equipo necesario en la entidad por medio de donación o compra.

ADSCRIPCIÓN: Acto de asignar o ubicar a una persona o unidad administrativa al servicio de un cargo o de un órgano de la institución.

Ubicación que tiene una persona o unidad administrativa al servicio de un cargo o de un órgano de la institución.

ALMACENAMIENTO: Protección y conservación de la cantidad de los bienes, así como su clasificación, colocación y localización.

ÁMBITO DE COMPETENCIA: Límites y alcances sobre los cuales un órgano ejerce la autoridad jurisdiccional.

AMPLIACIÓN (ESCUELA): Conjunto de actividades relativas a la expansión de la planta física escolar, a efecto de incrementar su cobertura de atención.

AMPLIACIÓN PRESUPUESTARIA: Aumento a la asignación de recursos financieros de una partida presupuestaria, ya aprobada.

ANTEPROYECTO: Estudio preliminar sujeto a enmienda o correcciones, con base en recomendaciones hechas por los funcionarios o empleados a quienes se pone a consideración el mismo.

ARCHIVO: Conjunto de documentos o expedientes organizados con el fin de integrar una fuente de información, en razón de las actividades de una institución.

ASESORÍA: Suministrar a una autoridad de línea, información técnica o conocimientos especializados, a efecto de facilitar la toma de decisiones.

ASIGNACIÓN: Es el importe previsto en partida, programas y subprogramas y/o incisos presupuestarios destinados a sufragar las erogaciones que según el objeto del gasto les corresponden.

AUTORIDAD (FORMAL O DE LÍNEA): Facultad para tomar decisiones, emitir las instrucciones respectivas y hacer que se cumplan. Persona que ejerce las facultades que le confiere la ley.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

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AUTORIDAD FUNCIONAL: Relación que existe entre un órgano especializado en determinada función, que pueda dar instrucciones a los subordinados de otros jefes de línea sobre método de ejecución de la actividad de la cual es responsable.

AUTORIZAR: Dotar de facultades a una persona para resolver sobre los casos que se presenten en el desarrollo de las funciones que tiene encomendadas.

BECA: Asistencia económica y /o en especie que se otorga a un estudiante para continuar sus estudios, cuando su condición socio-económica y aprovechamiento de estudios lo justifican.

CALENDARIZACIÓN DEL GASTO: Establecimiento del programa de administración de fondos por meses, trimestres o años, según las necesidades del funcionamiento del órgano de que se trate.

CAPACITACIÓN: Actividad del proceso de enseñanza-aprendizaje, que tiene como propósito fundamental ayudar al personal de una institución a adquirir y aplicar los conocimientos, destrezas, habilidades y actitudes por medio de los cuales la organización puede cumplir satisfactoriamente con sus objetivos.

CIRCULAR: Documento administrativo de carácter interno y general dirigido de un superior a un subordinado, para dar a conocer instrucciones y recomendaciones.

CLAUSURA (ESCUELA): Cierre de una escuela, justificado por violación a las normas, por decremento en la demanda del servicio, por falta de personal docente encargado o por escasa cooperación de la comunidad sede.

CURRICULAR (ACTIVIDAD): Conjunto de actividades optativas programadas cuya ejecución se efectúa de manera paralela al programa de estudios obligatorio.

COMUNICAR: Acción por la cual el elemento humano transmite y recibe opiniones, ideas, pensamientos, informes, instrumentos, etcétera.

COMUNIDAD: Es una Unidad Social con estructura, organización y funciones propias dentro de un contexto territorial determinado.

CONGRUENCIA: Correspondencia o afinidad que existe entre dos o más aspectos, fenómenos, situaciones u objetos.

CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN: Grupo de funcionarios, ubicados dentro de una institución, en el más alto nivel jerárquico y con facultades normativas de planeación, de evaluación y control.

CONSEJO TÉCNICO ESCOLAR: Reuniones periódicas entre el inspector de zona y el personal docente que éste designe, para analizar tanto aspectos técnico – pedagógicos como técnico – administrativos, detectar deficiencias y proponer soluciones

CONSOLIDACIÓN DE PLANTELES: Se entiende como la cobertura de atención a la demanda que tiene el sistema educativo, es decir, cuando el plantel cuenta con todos los grados escolares correspondientes.

CONTROL: Proceso que consiste en verificar que las actividades se realicen conforme al plan adoptado y en aplicar las medidas correctivas necesarias o conducentes.

CONTROL ESCOLAR: Conjunto de actividades por medio de las cuales se realiza la inscripción, cambio, registro, acreditación y, en algunos casos, la certificación y titulación de los educandos.

CONVALIDACIÓN (ESTUDIOS): Acción de valorar estudios incompletos en planes de estudio actuales, a efecto de encontrar un sistema de equivalencias que facilite su terminación.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

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COORDINACIÓN: procedimiento integrado, por medio del cual se ajustan las partes entre sí, de suerte que funcionen armónicamente y sin fricciones o duplicación, obteniendo de cada unidad administrativa su máxima contribución párale logro de un propósito común.

CRÉDITO ESCALAFONARIO: Documento que manifiesta la evaluación de los factores y subfactores que en una año de labor obtienen los trabajadores de la Secretaría de Educación Pública.

CRITERIO: Regla, pauta, precepto, orientación metodológica, guía que se establece para la operación o funcionamiento de una unidad administrativa.

CURRICULAR (ACTIVIDADES): Conjunto de actividades obligatorias comprendidas en el programa de estudios.

DATO: Información relacionada directamente con un hecho.

DECISIÓN: Selección de una entre varias opciones de la acción por realizarse, para satisfacer un propósito común.

DELEGACIÓN DE AUTORIDAD: Acto de facultar a un subordinado para tomar decisiones, dar instrucciones y vigilar su cumplimiento, compartiendo la responsabilidad correspondiente.

DEMANDA EDUCATIVA: Conjunto de solicitudes del servicio educativo en un periodo determinado.

DEPENDENCIA: Relación de Subordinación que existe ente una unidad administrativa respecto de otra mayor.

DESCENTRALIZACIÓN (ADMINISTRATIVA): Transferencia de responsabilidades y recursos por la vía de concertación (o de acuerdo de voluntades) de nivel federal del gobierno a los gobiernos estatales y municipales.

DESCONCENTRACIÓN: Transferencia de funciones, recursos y facultades de decisión a órganos de la administración, con ubicación geográfica diferente de las de los órganos centrales, que a pesar de recibir tales elementos, siguen dependiendo de la autoridad central.

DIAGNÓSTICO: Conocimiento y descripción precisa de las características observadas en una situación dada

DIAGRAMA: Presentación gráfica de un hecho, una situación, un movimiento, o una serie de movimientos, generalmente por medio de símbolos convencionales.

DICTAMEN ESCALAFONARIO: Decisión que se toma con base en la calificación de los diversos factores escalafonarios, que son conocimientos, aptitud, disciplina, puntualidad y antigüedad, en los términos que señala el reglamento vigente.

DISEÑO: Proceso que consiste en trazar, delinear o describir los componentes de un sistema, para lograr un propósito deseado.

DISPONIBILIDAD: Lo referente a tal cantidad y/o calidad de los elementos que pueden utilizarse.

DISTRIBUCIÓN: Disposición conforme a criterios preestablecidos, de los recursos humanos, materiales y financieros de una institución. DISTRIBUCIÓN DE ESPACIO: Ubicación de los recursos materiales tendientes al aprovechamiento óptimo de un área determinada, con base en la organización y flujo de trabajo.

DOTACIÓN DE SERVICIOS: Asignación y suministro de los elementos de servicio demandados o requeridos por la población determinada; elementos dotados o suministro a una población, considerados en cantidad por habitante, por familia, vivienda, etcétera.

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EFICACIA: Elemento de medición de una organización, en cuanto al grado de realización de sus fines y objetivos, independientemente de los recursos empleados. EFICACIA: Se refiere al logro de los fines y objetivos, cuidando la utilización de los recursos (racionalizándolos).

EQUIVALENCIA (DE ESTUDIOS): Validez oficial que se otorga a los estudios realizados con planes diferentes a los establecidos por la Secretaría de Educación Pública, para un determinado nivel educativo.

ESCALAFÓN: Sistema organizado por la Secretaría de Educación Pública, para efectuar las promociones de ascenso a los trabajadores de base y autorizar las permutas.

ESTRUCTURA EDUCATIVA: Conjunto de elementos que intervienen en el funcionamiento de los servicios educativos, tales como: plan de estudios, programas escolares de área y de grado, personal docente, grupos escolares, instalaciones, mobiliario, y equipo, libros de texto, auxiliares didácticos, así como las normas y los criterios para organizarlos, entre los que se pueden señalar: el establecimiento de horarios, turnos y aspectos técnico – pedagógicos.

EVALUACIÓN: Acción que consiste en compara y analizar los avances y resultados obtenidos, en relación con las normas y metas establecidas; a fin de detectar posibles variantes y determinar, en su caso, las medidas correctivas correspondientes.

EXTENSIÓN EDUCATIVA: Conjunto de actividades sociales, culturales y productivas que apoyan al proceso de enseñanza-aprendizaje, a fin de coadyuvar a la formación integral del educando.

EXTRACURRICULAR (ACTIVIDAD): Conjunto de labores o actividades no programadas cuya realización tiene por objeto apoyar el proceso de enseñanza – aprendizaje.

FACULTAD: Posibilidad jurídica que un sujeto tiene de hacer o no hacer algo. Atribución jurídica a un particular.

FORMA: Pieza de papel impresa, conforme a las normas específicas, que contiene datos fijos y espacios en blanco para ser llenados con información variable, que se usa en los procedimientos de oficina.

FUNCIÓN: Grupo de actividades afines y coordinadas necesarias para alcanzar los fines u objetivos de la institución, de cuyo ejercicio generalmente es responsable un órgano o unidad administrativa.

GRUPO ESCOLAR: Conjunto de alumnos que cursan un mismo grado escolar, que integran una unidad docente, de la cual es responsable un profesor.

IMPLANTAR: Acción de instaurar un sistema, programa o situación, con el fin de ponerlos en práctica u operación.

INCENTIVO: Recompensa en bienes y/o servicios otorgados a una persona para motivarla en el desempeño de sus labores.

INCIDENCIA: Movimiento que afecta la situación laboral de un trabajador con nombramiento vigente dentro de la Secretaría de Educación Pública.

INCORPORACIÓN (ESCUELA): Acción por la que se otorga a una escuela particular el reconocimiento de validez oficial de estudios, y para la autorización correspondiente para impartir conocimientos, conforme a los estatutos establecidos por el Sistema Federal de Educación.

INSCRIPCIÓN: Proceso mediante el cual se incorpora a los educandos al sistema de educación.

INSTRUCTIVO: Conjunto de disposiciones técnico – administrativas que precisa alas actividades por desarrollarse en un proceso, relativas a las labores correspondientes a un impuesto.

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INTEGRACIÓN: Hecho de unir entidades, acciones, o de dotar recursos en un todo coherente y congruente.

INVENTARIO: Registro de los bienes de activo fijo propiedad de la Secretaría de Educación Pública.

JERARQUÍA: Orden de procedencia establecido legalmente entre autoridades y funcionarios de una organización administrativa, jurídica o judicial.

JUNTAS DE ACADEMIA DE ZONA ESCOLAR: Reuniones organizadas por los inspectores de zona para difundir al personal docente normas técnico – pedagógicas y/o administrativas, así como para analizar su aplicación.

JURISDICCIÓN: Territorio en que un órgano o unidad administrativa ejerce su autoridad institucionalmente.

MANUAL ADMINISTRATIVO: Instrumento que contiene información sistemática sobre historia, los objetivos, las políticas, las funciones, la estructura y la especificación de puestos y/o procedimientos de una institución o unidad administrativa y que, conocidos por el personal, sirven para normar su situación y coadyuvar el cumplimiento de los objetivos de la institución.

MANUAL DE OPERACIÓN: Documento que describe la participación que tienen dos o más unidades administrativas en los diferentes sistemas que se desarrollan en una institución.

META: Cuantificación, en unidades de medida, del objetivo por alcanzar en determinado tiempo.

MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA: Cambio de los claves presupuestarias, descripciones o asignaciones del presupuesto de egresos del sector. Con las modificaciones presupuestarias, el presupuesto anterior de convierte en presupuesto modificado.

NIVEL JERÁRQUICO: Elemento que identifica en una estructura administrativa a todos los órganos que tienen autoridad y responsabilidad similares, independientemente de las funciones que tengan encomendadas.

OBJETIVO: Expresión de un propósito que se pretende alcanzar mediante una acción o conjunto de acciones.

OPERACIÓN: Cada una de las acciones físicas o mentales necesarias para efectuar una actividad o labor determinada.

ORDEN DE PAGO: Documento por medio del cual se asignan y ejercen los fondos otorgados, provenientes del Erario Federal, para cubrir los gastos que se requieren en su operación y mantenimiento.

ÓRGANO: Grupo impersonal a cargo del ejercicio de una o varias funciones o parte de ellas, que puede estar integrado por uno o varios puestos.

ORGANIGRAMA: Es la representación gráfica de la estructura orgánica de una institución o una de sus áreas y de las relaciones que guardan entre sí los órganos que la integran.

PLANTACIÓN: Acción de cuantificar, racionalizar y programar la utilización de los recursos humanos, materiales y financieros necesarios para asegurar el funcionamiento de un órgano, dependencia o plantel.

PLAZA: Conjunto de labores, responsabilidades y condiciones de trabajo, asignadas de manera permanente a un empleado particular, en determinada adscripción.

POLÍTICAS: Guía básica para la acción, que prescribe los límites generales dentro de los cuales han de realizarse las actividades.

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PRESUPUESTO IRREDUCIBLE: La suma, por cada partida, de los recursos correspondientes al presupuesto regularizable, más los montos obtenidos por medio del cálculo del complemento a la anualidad.

PRIORIDAD: Procedencia o preferencia de ejecución que se asigna a una actividad respecto de otras de su misma naturaleza.

PROCEDIMIENTO: Sucesión cronológica y secuencial de operaciones concatenadas entre sí, que se constituyen en una unidad, en función de la realización de una actividad o tarea específica dentro de un ámbito predeterminado de aplicación.

PROCESO: Conjunto ordenado de etapas con características de acción concatenada, dinámica y progresiva, que concluye en la obtención de un resultado

PROGRAMA: Conjunto organizado de actividades calendarizadas que satisfacen un objetivo del sector para alcanzar una o varias metas.

PROPUESTA DE NOMBRAMIENTO: Documento oficial que se utiliza para proponer el ingreso de una persona al servicio de la Secretaría de Educación Pública.

PROYECTO: Es un conjunto de actividades de manera interrelacionada que forma una unidad de propósitos para el logro de un objetivo, que no pueden plantearse en forma aislada.

PRUEBA DE EXPLORACIÓN: Examen que se aplica a los alumnos, a efecto de evaluar su actividad y aptitud, y estimar su ubicación a su índice de aprendizaje.

PUESTO: Conjunto de operaciones, cualidades, responsabilidades y condiciones que forman una unidad de trabajo específica e impersonal.

RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL DE ESTUDIOS: Proceso mediante el cual otorga la Secretaría de Educación Pública a una institución no oficial el reconocimiento de los estudios que imparte.

RECLUTAMIENTO: Conjunto de operaciones que se efectúan para investigar, captar y obtener candidatos a un puesto administrativo.

REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO: Son reglas que señalan la manera y términos como deben cumplirse las obligaciones y beneficios que se deriven de los contratos de trabajo para los empleados de la institución en la que presten sus servicios.

REUNIONES ACADÉMICAS: Reuniones organizadas por el Departamento de Telesecundaria con la participación de maestros, directores, inspectores, de zona y jefes de sector, cuyo objetivo es el análisis de las normas técnico- pedagógicas, administrativas y de los programas detectados en la operación del servicio, así como para proponer las modificaciones que procedan.

REVALIDACIÓN (DE ESTUDIOS): Acción de expedir la equivalencia a estudios realizados en planes diferentes a los establecidos por la Secretaría de Educación Pública, para un determinado nivel educativo.

REVISIÓN DE ESTUDIOS: Trámite mediante el cual se revisa que esté debidamente legalizada la documentación que ampara los estudios realizados en planteles educativos dependientes de los estados.

SELECCIÓN DE PERSONAL: Es el procedimiento que se sigue para encontrar a la persona que cubra un puesto específico.

SERVICIOS ASISTENCIALES: Proporcionar prestaciones sociales, económicas y/o en especie a los alumnos de escasos recursos, a efecto de estimular el desarrollo de los estudios.

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Manual de operación del servicio de telesecundaria en los estados.

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SISTEMA: Conjunto de elementos (operaciones y métodos) relacionados entre sí, que contribuyen al logro de los objetivos.

SISTEMA DE INFORMACIÓN: Registro y procedimiento de los datos más significativos de las actividades de una institución que tiene la finalidad de apoyar y facilitar la adecuada toma de decisiones.

SUPERVISIÓN: Conjunto de actividades tendentes a revisar sistemáticamente las operaciones realizas por los demás órganos o puestos de la institución, para comprobar que su actuación se ajuste a las normas y a los procedimientos establecidos.

TÉCNICA: Conocimiento sobre un conjunto de procedimientos a seguir para alcanzar un resultado esperado.

TÉCNICO – PEDAGÓGICO: Conjunto de actividades relativas a planeación y programas de estudio, contenidos y métodos educativos, y a las acciones de apoyo al proceso de enseñanza- aprendizaje.

TECNOLOGÍA: Serie de métodos e instrumentos de que dispone el hombre para conseguir resultados deseados, a través de la aplicación práctica del conocimiento científico en el manejo de objetos materiales y la fuerza física.

TECNOLOGÍA EDUCATIVA DE TELESECUNDARIA: Conjunto de materiales didácticos básicos de telesecundaria (lecciones televisadas y lecciones impresas) y las estrategias que deben realizar maestros y alumnos para dar lugar al proceso enseñanza – aprendizaje.

UNIDAD ADMINISTRATIVA: Órganos que tiene funciones propias que lo distinguen y diferencian de los demás de la institución.

UNIDADES DE ORGANIZACIÓN Y MÉTODOS: Unidades que contribuyen al mejoramiento administrativo de la institución, operando como órganos asesores de sus funcionarios. Estudian y analizan en forma permanente y sistemática la organización, estructura, funcionamiento y los métodos de trabajo de la dependencia o entidad, con el fin de proponer y, en su caso, diseñar, implantar, actualizar y evaluar los sistemas que permitan elevar la eficiencia para alcanzar los objetivos establecidos, mediante el aprovechamiento racional de los recursos humanos, materiales, técnicos y financieros de que disponga la organización. VERIFICAR: Comprobar la validez y la confiabilidad de un dato o información, y su desarrollo, conforme a las instrucciones expedidas. VIÁTICOS: Suma de dinero que se proporciona al personal para cubrir los gastos requeridos en el desempeño de comisiones transitorias, en el lugar distinto de su residencia oficial permanente.

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Manual de normas y procedimientos para la supervisión de las escuelas telesecundarias en los estados.

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Manual de normas y procedimientos para la supervisión de las escuelas telesecundarias en los estados.

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Introducción El presente manual de normas y procedimientos para supervisión ha sido elaborado como instrumento de apoyo técnico que permita al inspector de zona apoyar, orientar y asesorar al personal directivo y docente de los planteles en la administración de la tarea educativa. Su correcta aplicación permitirá verificar el cumplimiento de las normas, detectar las desviaciones y aplicar de manera adecuada las medidas correctivas; finalmente se traduce en un importante instrumento de evaluación del servicio educativo que se presta en este nivel y modalidad. El manual contiene los objetivos, normas, procedimientos y responsabilidades que en materia de supervisión corresponde a cada uno de los órganos que participan o integran el servicio de telesecundaria . El ámbito de difusión del presente documento será el de las unidades de servicios educativos a descentralizar, los departamentos de telesecundaria, las jefaturas de sector y las inspecciones de zona. Este documento es propiedad de las Secretaría de Educación Pública; por consiguiente, deberá permanecer en el centro de trabajo. Se requiere su revisión periódica a fin de incorporar las modificaciones o adecuaciones que conduzcan a una mejor operación del proceso de supervisión; por lo que se solicita que las sugerencias y observaciones se hagan llegar a la Unidad de Telesecundarias, sita en Azafrán 486-3er, Col. Granjas México C.P. 08400, México, D.F.

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Manual de normas y procedimientos para la supervisión de las escuelas telesecundarias en los estados.

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Objetivos

Verificar que la operación del servicio en las escuelas telesecundarias se apegue a las normas, lineamientos y reglamentos aprobados.

Orientar, asesorar y colaborar con el personal directivo y docente de las escuelas en la interpretación de las normas y en el desarrollo de sus actividades.

Detectar las necesidades de recursos humanos y materiales en las escuelas telesecundarias.

Proponer las medidas tendentes a mejorar la operación del servicio en las escuelas telesecundarias.

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Manual de normas y procedimientos para la supervisión de las escuelas telesecundarias en los estados.

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Normas

1. La supervisión se realizará en cada plantel conforme a las disposiciones que dicten la Unidad de

Servicios Educativos a Descentralizar y la Unidad de Telesecundaria.

2. Los inspectores elaborarán el programa anual de visitar de supervisión en el que deberán contemplar los recursos para su operación y lo entregarán al jefe de sector para que integre el programa de la entidad.

3. Los aspectos a supervisar en los planteles son: técnico-pedagógico, administrativo y las actividades

referentes a extensión educativa.

4. Se realizarán, como mínimo, tres visitas de supervisión anuales a cada plantel; sin embargo, se pueden realizar más visitas contemplando, en cualquier caso, una al inicio del curso y otra al final.

5. Se rendirá un informe de las visitas realizadas, éste deberá ser por plantel y por zona, se entregará al

jefe de sector para integrar el de la entidad que turnará al jefe del departamento.

6. El programa anual de supervisión será autorizado por el director General de la Unidad de Servicios educativos a Descentralizar.

7. El jefe de sector elaborará un plan anual de visitas a las inspecciones y planteles.

8. La información obtenida en el proceso de supervisión se enviará a la Unidad de Telesecundaria, previa

autorización del subdirector general de educación básica.

9. Los resultados de las juntas de academia de zona escolar y de las reuniones del consejo consultivo de zona, deberán tomarse en cuenta como complemento de las actividades de supervisión

10. El jefe del departamento autorizará la realización de las visitas de supervisión extraordinarias que

considere necesarias con base en los datos proporcionados en los informes de supervisión y propondrá, así mismo, al personal idóneo para realizarlas.

11. Todas las medidas que se propongan para mejorar la operación del servicio, deberán apegarse a las

normas, reglamentos y lineamientos establecidos.

12. La Unidad de Telesecundaria es la única dependencia autorizada para elaborar y modificar los instrumentos de supervisión.

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Manual de normas y procedimientos para la supervisión de las escuelas telesecundarias en los estados.

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Responsabilidades.

1. DE LA UNIDAD DE TELESECUNDARIA.

Diseñar, elaborar difundir y actualizar las normas procedimientos e instrumentos para la supervisión de las escuelas telesecundarias.

Evaluar, con base en los informes de supervisión, la operación del servicio de telesecundaria.

Evaluar la aplicabilidad de las normas, lineamientos, procedimientos o instrumentos de supervisión con base en las sugerencias de las USEDES y, en su caso, realizar los ajustes que procedan.

Aplicar, dentro de su ámbito de competencia, las medidas correctivas a las deficiencias detectadas en la operación del servicio.

Proponer a las Unidades de Servicio Educativos a Descentralizar las medidas correctivas que procedan para mejorar la operación del servicio.

2. DE LA UNIDAD DE SERVICIOS EDUCATIVOS A DESCENTRALIZAR. 2.1. DIRECTOR GENERAL

Difundir en su entidad las normas y lineamientos para la supervisión.

Autorizar el programa anual de supervisión a los planteles correspondientes a su entidad.

SUBDIRECTOR GENERAL DE EDUCACIÓN BASICA.

Presentar al director general el programa anual de supervisión para su autorización.

Verificar el cumplimiento del programa anual de supervisión.

Proponer las medidas que procedan para corregir las deficiencias detectadas.

Proponer, en coordinación con el jefe del departamento, las modificaciones que procedan a las normas, lineamientos, procedimientos o instrumentos de supervisión.

JEFE DE DEPARTAMENTO

Proponer las modificaciones que procedan a las normas, lineamientos, procedimientos, instrumentos de supervisión.

Autorizar con base en los informes de supervisión, la aplicación de las medidas que procedan dentro de su ámbito de su competencia, para corregir las deficiencias detectadas.

Asesorar al personal de supervisión en la entidad en la interpretación y aplicación en los lineamientos que se aspiran en esta materia.

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Analizar los resultados obtenidos en las juntas de academias de zona escolar y la reuniones de consejo consultivo de zona como un complemento de la supervisión.

Enviar a la Unidad de Telesecundaria, previa consulta con el subdirector general de educación básica, copias de los informes globales de supervisión de la entidad y las propuestas de medidas correctivas a los aspectos que estén dentro del ámbito de competencia de la misma.

Autorizar la realización de visitas de supervisión extraordinarias a planteles e inspecciones y designar al personal que las llevará a cabo.

Proponer al subdirector general de educación básica el programa anual de supervisión. JEFE DE SECTOR

Elaborar un programa anual de visitas a inspecciones y planteles y llevarlo a cabo.

Integrar el programa anual de supervisión de la entidad.

Coordinar las actividades de supervisión con base en el programa anual autorizado y verificar su cumplimiento.

Asesorar a los inspectores en la interpretación de las normas, procedimientos e instrumentos de supervisión.

Analizar los resultados de la supervisión, elaborar el informe global de la entidad proponiendo las medidas correctivas que procedan a entregarlo a jefe del departamento.

Solicitar al jefe del departamento la realización de las visitas de supervisión extraordinarias que considere necesarias.

INSPECTOR DE ZONA

Elaborar el programa anual de supervisión a los planteles de su zona y presentarlo al jefe de sector.

Llevar a cabo el programa anual de supervisión autorizado.

Verificar que los planteles de su jurisdicción, cumplan con las normas técnico-pedagógicas y administrativas expedidas.

Verificar la aplicación de la tecnología educativa propia del servicio en los planteles de su zona.

Orientar al personal directivo y docente de los planteles en la interpretación y aplicación de las normas así como en el desarrollo de las actividades escolares.

Analizar los resultados de las juntas de academia de zona escolar y de las reuniones del consejo consultivo y tomarlos como complemento de las actividades de supervisión.

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Manual de normas y procedimientos para la supervisión de las escuelas telesecundarias en los estados.

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Orientar y colaborar con el personal directivo y docente en la solución de problemas de orientación y extensión educativa que se presenten.

Proponer al personal directivo y docente la aplicación de medidas correctivas tendientes a mejorar la operación del servicio en los planteles.

ACTIVIDAD Y RESPONSABLE

M E T O D O

1. Coordinar el desarrollo del

programa anual de supervisión (jefe de sector)

2. Realizar la supervisión escolar (inspector de zona)

Da a conocer al jefe de sector e inspectores el programa anual autorizado.

Recibe el programa anual de supervisión autorizado.

Coordina el desarrollo del programa anual de supervisión y realiza visitas a las inspecciones y planteles. Acude a las escuelas de su jurisdicción para realizar la supervisión de acuerdo con el programa anual autorizado.

Explica al director y/o maestros el motivo de su visita y la forma en que realizará la supervisión. Aplica la ficha de supervisión de la visita correspondiente. Detecta irregularidades, deficiencias y aciertos. Orienta, asesora y propone alternativas de solución. NOTA: Si la supervisión que se está realizando es la regular o la final, se deberá consultar la ficha de la visita anterior, para verificar si las irregularidades detectadas fueron subsanadas. En caso de no ser así, se hace hincapié en las recomendaciones para su solución. Registrar las situaciones observadas en la ficha correspondiente en original y copia, elabora el informe de supervisión por plantel en original y dos copias proponiendo las alternativas de solución a las deficiencias detectadas y marcando los aciertos que haya encontrado en el desarrollo de las actividades observadas.

ACTIVIDAD Y RESPONSABLE M E T O D O

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3. Recibir el informe de supervisión del plantel (Director del plantel)

4. Entregar los informes de supervisión por plantel y por zona escolar Inspector de zona)

Entrega al director del plantel una copia del informe de supervisión y registra su visita en el “Libro de Visitas de Supervisión”.

Recibí copia del informe de supervisión y firma de recibido en la otra copia. Organiza y desarrolla las actividades sugeridas por el inspector para mejorar la operación de la escuela telesecundaria. Al término de cada período de visitas a todos los planteles de la zona, deberá elaborar un informe en original y copia que resuma la supervisión realizada en su zona escolar.

Informa al jefe de sector sobre las supervisiones realizadas y le entrega la siguiente documentación.

a) Copia del instrumento de supervisión por plantel.

b) Original del informe por plantel.

c) Original del informe de supervisión de zona

escolar.

d) Original del informe de supervisión de zona escolar.

Elabora oficio para hacer entrega de los documentos mencionados en 8.2 y recaba firma de recibido. Archiva los originales de las fichas de supervisión correspondientes y las copias de los informes por plantel y de zona.

Archiva los originales de las fichas de supervisión correspondientes y las copias de los informes por plantel y de zona escolar.

Cuando el caso lo amerite, solicita al jefe de sector la realización de una o varias visitas de supervisión extraordinarias.

Instructivo de supervisión El instrumento de supervisión que a continuación se presenta, tienen las siguientes características.

Con base en la norma de realizar, como mínimo, tres visitas de supervisión durante el ciclo escolar, el instrumento se ha dividido en una ficha para la supervisión inicial (que deberá aplicarse al inicio del

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ciclo escolar), otra para la visita regular y otra para la final (que se aplicará al término del ciclo escolar. Sin embargo al elaborar el programa anual de supervisión, se podrán planear tantas visitas como sea posible realizar.

Cada una de las fichas se supervisión está dividida en siete aspectos a observar. Los primeros seis, permitirán obtener información por aula y en el último, la información que se obtendrá será por plantel. Estos siete aspectos son:

I. DATOS ESTADÍSTICOS. En éste, se obtendrá el número de alumnos que se atienden en cada aula y permitirá saber el total de alumnos en el plantel y el índice de retención del mismo.

II. ASPECTO MATERIAL.

Con lo obtenido en este aspecto, se detectarán las condiciones materiales de cada una de las aulas y, por ende, las necesidades de recursos materiales que presentan.

III. ASPECTO TÉCNICO-PEDAGOGICO.

La información obtenida en este aspecto, permitirá detectar el grado de conocimiento que tiene el maestro sobre las normas técnico-pedagógicas emitidas y la manera en que aplica tanto éstas como el plan y programas de estudio, así como la tecnología educativa de telesecundaria.

IV. EDUCACIÓN TECNOLÓGICA, EDUCACIÓN FÍSICA Y EDUCACIÓN ARTÍSTICA.

La información obtenida en este aspecto, permitirá saber cuál es el módulo de estas áreas que responde más a las necesidades e intereses de los alumnos y del plantel; cuál de ellos es el que más se realiza en los planteles y cuál es la problemática que, en este aspecto, enfrentan maestros y alumnos.

V. DEL PROFESOR.

Permitirá conocer, por una parte, el cumplimiento de las funciones que debe realizar el personal docente y, por otra, detectará las necesidades de orientación y/o asesoría que presentan los maestros en el desarrollo de sus actividades.

VI. EVALUACIÓN. A partir de este aspecto, se detectará si el maestro conoce y aplica el instructivo de Evaluación del aprendizaje en las escuelas telesecundarias, las técnicas que se utilizan parra la evaluación y el sentido que le da a la autoevaluación. Además se podrán detectar las necesidades de orientación, capacitación y asesoría que se requiere en este espacio.

VII. ASPECTO ADMINISTRATIVO. Este aspecto obtiene información sobre el plantel y contempla las instalaciones con que cuenta el plantel, las actividades que desarrolla en materia de extensión educativa y control escolar, lo referente a personal, sociedad de alumnos, asociación de Padres de Familia y a la cooperativa escolar.

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Algunas preguntas se repiten en las fichas de supervisión, con estas, se pretende conocer el avance de algunos aspectos a lo largo de ciclo escolar.

En fichas de supervisión deberán ser manejadas exclusivamente por el inspector de zona, es decir, el espacio contestarán todas las preguntas a partir de la observación y de las pláticas que tenga con el personal docente, directivo y alumnos.

La información que se obtenga a partir de lo detectado en las fichas, permitirá al inspector de zona programar acciones que, en el ámbito de su competencia, deberá realizar con el fin de mejorar la operación de los planteles de su zona y, así mismo, le permitirá orientar y/o asesorar al personal directivo y docente.

Por su parte, el departamento de telesecundaria podrá, con base a esta información programar acciones tendientes a solucionar los problemas y dar a conocer los aciertos detectados.

Podrá programar, por ejemplo, cursos de capacitación, actualización, juntas de academia de zona escolar, reuniones pedagógicas, etc.

Finalmente, esta información permitirá a la unidad de telesecundaria orientar su acción normativa.

Para el cumplimiento de estas acciones, es importante que el inspector elabore, al término de cada visita un informe de supervisión por plantel. En este, registrará las observaciones y sugerencias que propone para mejorar la realización de las actividades del plantel. Deberá elaborar, así mismo, al término de cada periodo de visitas, un informe de supervisión de zona escolar en donde señalará cuáles son los problemas más urgentes a solucionar, a nivel de su zona en dada uno de los aspectos y propondrá alternativas de solución. Así mismo, señalará los aciertos que haya detectado en la operación de los planteles de su zona escolar.

Con base en esta información el jefe de sector elaborará un informe global de la entidad en donde definirá las acciones que, dentro de su ámbito de competencia, realizará en coordinación con los inspectores de su zona por el otro lado, propondrá alternativas a seguir al departamento de telesecundarias.

GUIA OPERATIVA Con el objeto de proporcionar al inspector de zona información adicional y parámetro que le permitan aplicar más fácilmente las fichas de supervisión a continuación se aclararán algunas preguntas del instrumento de supervisión. VISITA INICIAL III.1 ¿CUENTA EL AULA CON ESPACIO SUFICIENTE PARA EL NUMERO DE ALUMNOS QUE ATIENDE? Idealmente, el aulas deberá tener aproximadamente un área de 1 m2. por alumno. Sin embargo, será suficiente si permite movilidad a los alumnos y a la correcta visibilidad de la imagen del televisor.

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III.3. LAS CONDICIONES HIGIENICAS: En esta pregunta se pretende detectar si el aula reúne las características adecuadas para no dañar la salud de los alumnos. La existencia de polvo, vidrios rotos, iluminación defectuosa, etc. Son factores que impiden el desarrollo de las actividades en un medio sano y adecuado. III.4. LA VENTILACIÓN DEL AULA ES: En este aspecto del aula debe presentar las siguientes características:

a) Permitir la circulación del aire limpio en cantidad suficiente para diluir el aire de la habitación por debajo del umbral en que son preseptibles los olores corporales y eliminar polvo, gases y humedad.

b) Proporcionar suficiente oxigeno a la habitación.

c) Mantener uniforme la temperatura inferior. No debe haber corrientes de aire.

III.5 LA ILUMINACIÓN DEL AULA: En cuanto a la iluminación, el aula “deberá” reunir las siguientes características:

a) Para asegurar la iluminación natural uniforme, la superficie de ventana deberá ser aproximadamente de 20% del piso del aula.

b) La iluminación principal deberá prevenir de lado izquierdo y permitir la visión correcta del televisor.

c) Se deberá proteger la penetración directa de los rayos solares durante las horas de clase.

III.3. ¿EL TELEVISOR ESTA INSTALADO DE MANERA QUE PUEDA SER VISTO Y ESCUCHADO ADECUADAMENTE POR LOS ALUMNOS? De acuerdo con algunos estudios realizados en esta materia, para obtener una correcta legibilidad de la imagen y un sonido adecuado, se sugiere que el televisor se coloque con base en las siguientes recomendaciones:

a) DISTANCIA VISUAL MÁXIMA. Se recomienda que la distancia entre la última hilera del aula y el televisor sea tal que permita que un estudiante con visión normal, vea y oiga correctamente las lecciones televisadas.

b) DISTANCIA VISUAL MINIMA. La altura que se recomienda colocar el televisor, es formar un ángulo

vertical no mayor de 30º. Lo que proporcionará a los alumnos comodidad visual (ver figura 1)

c) ANGULO VISUAL HORIZONTAL. Con el propósito de evitar la distorsión de la imagen, se recomienda que los alumnos de las filas laterales se coloquen en una línea de no más de 45º. Partiendo del eje central de la pantalla. (ver figura 2).

IV. EDUCACIÓN TECNOLÓGICA, EDUCACIÓN FÍSICA Y EDUCACIÓN ARTÍSTICA.

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Los resultados obtenidos en las áreas de educación tecnológica, educación física y educación artística son de vital importancia, ya que los módulos correspondientes a ellas fueron modificados tomando como base por un lado las opiniones de los maestros y por otro el perfil de los estudiantes de telesecundaria. Las preguntas correspondientes a este aspecto pretenden obtener información acerca de cuales son los módulos que se realizan en las escuelas telesecundarias de cada zona, cuáles son los problemas a los que se enfrenten tanto los maestros como los alumnos en el desarrollo de los módulos y si estos están respondiendo realmente a las expectativas planteadas.

V.3. ¿ANALIZA EL MAESTRO LAS LECCIONES IMPRESAS CON ANTICIPACIÓN AL DIA DE TRANSMISIÓN? Se recomienda que el maestro lea las lecciones impresas con anticipación ya que esto le permitirá corregir errores, detectar las posibles dudas que puedan presentar los alumnos, los conceptos que parezcan oscuros y que requieran de mayor explicación. En resumen, le permitirá preparar las actividades para conducir el aprendizaje.

V.5. ¿QUÉ TIPO DE ASESORIA SOLICITA EL MAESTRO PARA DESARROLLAR SU FUNCION? En esta pregunta se detectará si el maestro requiere orientación y asesoría en los aspectos técnicos pedagógicos-administrativo o de extensión educativa.

VISITA REGULAR III.1. ¿SE APLICA EL PLAN Y PROGRAMAS DE ESTUDIO DE TELESECUNDARIA?

Es importante que el inspector detecte si se estudian todas las áreas del plan de estudios y se detectan lo contrario, analizar el motivo por el cual no se presta atención a esa o esas áreas.

III.5. ¿DETECTAN LOS ALUMNOS Y EL MAESTRO DEFICIENCIAS EN LOS MATERIALES DIDÁCTICOS DE APOYO? (Guías de estudio y programas de televisión)

Tanto los alumnos como el profesor de aula son quienes están directamente en contacto con las lecciones televisadas y con las lecciones impresas. Es importante que ellos analicen y sugieran modificaciones a estos materiales ya que en la medida en que detecten algún error o dificultad en cualquiera de ella y, por supuesto, lo informan esto servirá de retroalimentación para que los elaboradores de dichos materiales revisen el contenido y hagan las correcciones pertinentes. Estas deficiencias deben ser reportadas al director de la escuela y este, a su vez, debe informar sobre ellas al inspector. Al finalizar este aspecto se ha dado un espacio para que el inspector enliste las deficiencias detectadas por maestros, alumnos, y director del plantel.

V.8. ¿QUÉ AREA PRESENTA MAS DIFICULTAD AL MAESTRO PARA LA CONDUCCIÓN DEL APRENDIZAJE? V.9. ¿POR QUÉ SE LE DIFICULTA?

Estas preguntas les permitirá al inspector de zona obtener información acerca delas necesidades del profesor de telesecundaria de asesoría, orientación, capacitación o actualización académica.

VISITAS INICIAL, REGULAR Y FINAL

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III.10. ¿CUENTAN LOS ALUMNOS CON LAS GUIAS DE ESTUDIO CORRESPONDIENTES A AREAS ACADEMICAS HASTA LA FECHA? III.11. ¿CUENTAN LOS ALUMNOS CON LAS GUIAS DE ESTUDIO CORRESPONDIENTES A EDUCACIÓN TECNOLÓGICA, EDUCACIÓN FÍSICA, EDUCACIÓN ARTÍSTICA HASTA LA FECHA?

Se ha detectado que no todos los alumnos compran las guías de estudio especialmente las correspondientes a educación tecnológica, educación física y educación artística. En caso de que el inspector detecte esta en las escuelas de sus zonas, es muy importante que analice el motivo por el cual no se compran los libros y los señale en el instrumento. Por otro lado, es conveniente hacer notar que el material impreso consta de dos volúmenes y que los alumnos deben contar con ambos para el desarrollo de sus actividades en el aula.

VI. EVALUACIÓN. La evaluación del aprendizaje es un elemento muy importante en el proceso educativo del estudiante. En este aspecto al supervisar, se pretenden detectar el grado de conocimiento que tiene el profesor de telesecundaria sobre el instructivo para la evaluación del aprendizaje en las escuelas telesecundarias; sobre técnicas de evaluación y cómo las aplica en el aula. Se pretende detectar también la forma en que realiza el maestro la evaluación continua y el modo de conducir a los alumnos para que realicen la autoevaluación. Esta última representa una parte muy importante en el aspecto formativo del estudiante de telesecundaria; a través de ella se fomenta el sentido de honestidad y autocrítica. El alumno sale después de realizarla si logro o no el objetivo planteado al inicio de la lección. Se pretende verificar que sea el alumno quien realice su auto valuación y que el maestro la fomente y no la utilice como un instrumento a través del cuál asigne una calificación.

Instrumento de supervisión

FICHA DE SUPERVISION – VISITA INICIAL

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CLAVE:__________________________ ZONA:__________________ GRADO Y GRUPO: _________________ UBICACIÓN: ______________________________________________________________________________ CALLE – NUM LOCALIDAD MUNICIPIO _____________________________________________________________________________________________ ENTIDAD FECHA DE LA REALIZACION DE LA VISITA:________________________________________________________

I. DATOS ESTADISTICOS (por aula)

1. Número de alumnos en el grupo:

INSCRIPCION EXISTENCIA PRESENTE EN LA VISITA

Hombres Hombres Hombres

Mujeres Mujeres Mujeres

Total Total Total

II. ASPECTO MATERIAL (por aula)

1. ¿Cuenta el aula con espacio suficiente para el número de alumnos que atiende?

SI ( ) NO ( )

2. ¿Con cuantas bancas cuenta el aula?_____________________________________________________

3. ¿En qué estado se encuentran las bancas? EXCELENTE ¿CUÁNTAS?______ BUENO ¿CUÁNTAS?______ REGULAR ¿CUÁNTAS?______ MALO ¿CUÁNTAS?______ PESIMO ¿CUÁNTAS?______

4. Las condiciones higiénicas del aula son:

EXCELENTE ( ) BUENAS ( ) REGULAR ( ) MALAS ( ) PESIMAS ( )

5. La ventilación del aula es:

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Manual de normas y procedimientos para la supervisión de las escuelas telesecundarias en los estados.

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EXCELENTE ( ) BUENAS ( ) REGULAR ( ) MALA ( ) PESIMA ( ) 6. La iluminación del aula es:

EXCELENTE ( ) BUENA ( ) REGULAR ( ) MALA ( ) PESIMA ( )

7. El televisor se encuentra en condiciones: EXCELENTE ( ) BUENAS ( ) REGULAR ( ) MALAS ( ) PESIMAS ( )

OBSERVACIONES Y SUGERENCIAS: _______________________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________________

III. ASPECTO TECNICO-PEDAGOGICO (por aula)

1. ¿Cuentan los alumnos con las guías de estudio correspondientes a las áreas académicas hasta la

fecha? SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?_________________________________________________________________________

2. ¿Cuentan los alumnos con las guías correspondientes a educación tecnológica, educación física y educación artística hasta la fecha?

SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?_________________________________________________________________________

3. ¿ Está instalado el televisor de tal manera que pueda ser visto y escuchado adecuadamente por todos los alumnos?

SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?_________________________________________________________________________

4. ¿Cuenta el profesor con material didáctico auxiliar? (mapas, esquemas, instrumentos de geometría,

etc.) SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?_________________________________________________________________________ OBSERVACIONES Y SUGERENCIAS:

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_______________________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________________

IV. EDUCACION TECNOLOGICA, EDUCACION FÍSICA Y EDUCACION ARTISTICA (por aula)

IV.1. EDUCACION TECNOLOGICA

1. ¿ Desarrollan los alumnos algún módulo de educación tecnológica? SI ( ) NO ( )

¿POR QUÉ?_________________________________________________________________________

2. ¿Se desarrolla algún módulo que no esté contemplado en los propuestos en el plan de estudios? SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?_________________________________________________________________________

IV.2. EDUCACION FISICA

1. ¿Desarrollan los alumnos algún módulo de educación física? SI ( ) NO ( )

¿POR QUÉ?_________________________________________________________________________

2. ¿Qué módulo de educación física se seleccionó en el grupo?

PREPARACION FISICA………………………………………….......................................................……………………….( ) GIMNASIA…………………………………………………………………………….............................…...( ) FUTBOL……………………………………………………………………………............................………( )

3.¿Se desarrolla algún módulo que no esté contemplado en los propuestos en el plan de estudios?

SI ( ) NO ( )

¿POR QUÉ?_________________________________________________________________________

4.El módulo que se desarrolla fue seleccionado:

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DE ACUERDO CON LOS GUSTOS DE LOS ALUMNOS…………………….............................……………( ) POR EL MAESTRO, DE ACUERDO CON EL HORARIO DE TRANSMISION………............................….( ) EN DISCUSION ENTRE EL MAESTRO Y LOS ALUMNOS CONSIDERANDO EL ESPACIO Y LOS RECURSOS CON LOS QUE CUENTAN.....................................................................................................( ) OTROS.........................................................................................................................................................( )

¿CUÁL?________________________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________

IV.3. EDUCACION ARTISTICA

1.¿Desarrollan los alumnos algún módulo de educación artística? SI ( ) NO ( )

¿POR QUÉ?_____________________________________________________________________________

2. ¿Qué módulo de educación artística se seleccionó en el grupo? DANZA……………....................................…………………………………………………………………………( ) TEATRO………………………….…………...................................……………………………………………… ( ) ARTES PLASTICAS………………………..................................………………………………………..……….( )

3. ¿Se desarrolla algún módulo de educación artística que no esté contemplado en los propuestos en el plan de estudios? SI ( ) NO ( ) ¿CUÁL Y POR QUE?______________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________________

4. El módulo que se desarrolla fue seleccionado: DE ACUERDO CON LOS INTERESES DEL GRUPO..................................................................................( ) POR EL MAESTRO, DE ACUERDO CON EL HORARIO DE TRANSMISIÓN............................................( ) EN DISCUSIÓN ENTRE EL MAESTRO Y LOS ALUMNOS, CONSIDERANDO LOS RECURSOS Y EL ESPACIO CON QUE SE CUENTA......................................................................................................( ) OTRO............................................................................................................................................................( ) ¿CUÁL?________________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________________

OBSERVACIONES Y SUGERENCIAS: _______________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

_______________________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________________

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Manual de normas y procedimientos para la supervisión de las escuelas telesecundarias en los estados.

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V. DEL PROFESOR (por aula) 1. ¿Es puntual el maestro al asistir a su aula? SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?_____________________________________________________________________________

2. ¿Cumple el maestro con su horario de trabajo? SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?_____________________________________________________________________________

3. ¿Analiza el maestro las guías de estudio con anticipación al día de transmisión SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?_____________________________________________________________________________

4. ¿Sabe el maestro que los módulos correspondientes a educación tecnológica, física y artística pueden ser elegidos por los alumnos independientemente del grado que cursen?

SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?_____________________________________________________________________________ 5. ¿Qué tipo de asesoría solicita el maestro para mejorar el desarrollo de su función?. _______________________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________________ OBSERVACIONES Y SUGERENCIAS: _______________________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________________

VI. EVALUACIÓN (Por aula)

1. ¿Conoce el maestro el instructivo para la Evaluación del Aprendizaje en las Escuelas

Telesecundarias? SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?_________________________________________________________________________

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Pág. 275

2. ¿Realiza el maestro la evaluación continua a sus alumnos? SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?_________________________________________________________________________ 3. ¿Aplica el maestro algunos instrumentos y/o técnicas para realizar la evaluación continua?

SI ( ) NO ( ) ¿CUÁLES___________________________________________________________________________ ¿POR QUÉ?________________________________________________________________________

4. ¿Ha recibido el maestro algún tipo de asesoría sobre la aplicación del Instructivo para la evaluación del Aprendizaje en las Escuelas Telesecundarias

SI ( ) NO ( )

¿POR QUÉ?_____________________________________________________________________________

5. ¿Registra el maestro calificaciones tomando como base los resultados de los cuestionarios de autoevaluación?

SI ( ) NO ( )

¿POR QUÉ__________________________________________________________________________ OBSERVACIONES Y SUGERENCIAS: __________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________

I. ASPECTO TÉCNICO-PEDAGOGICO (Por aula)

1. ¿Se aplica el plan y los programas de estudio de telesecundaria? SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?_________________________________________________________________________

3. ¿Se aplica la tecnología de telesecundaria en el aula? (ver lección televisada, analizar la lección impresa, realizar las actividades y la autoevaluación)

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Manual de normas y procedimientos para la supervisión de las escuelas telesecundarias en los estados.

Pág. 276

SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?_________________________________________________________________________

3. ¿Se motiva al alumno para que participe activamente en el desarrollo de la clase? SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?_________________________________________________________________________ 4. ¿Se utilizan técnicas de dinámica de grupo en el desarrollo de la clase? SI ( ) NO ( ) ¿CUÁLES?__________________________________________________________________________ ¿POR QUÉ?_________________________________________________________________________

5. ¿Detectan los alumnos y el maestro deficiencias en los materiales didácticos de apoyo? (guías de

estudio y programas de televisión) SI ( ) NO ( ) POR QUÉ?__________________________________________________________________________

6. ¿Se reportan, por escrito, estas deficiencias al director de la escuela? SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?_________________________________________________________________________

7. ¿Cuentan los alumnos con las guías de estudio correspondientes a las áreas académicas hasta la fecha?

SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?_________________________________________________________________________

8. ¿Cuentan los alumnos con las guías correspondientes a educación tecnológica, educación física y educación artística hasta la fecha?

SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?_________________________________________________________________________

9. En caso de que la escuela o el grupo cuente con biblioteca, ¿ésta es utilizada por los alumnos? SI ( ) NO ( ) POR QUÉ?__________________________________________________________________________

10. Si los alumnos utilizan la biblioteca, ¿con qué frecuencia lo hacen?

DIARIAMENTE.....................................................................................................................................( ) DOS VECES A LA SEMANA...............................................................................................................( ) UNA VEZ A LA SEMANA.....................................................................................................................( ) DOS VECES AL MES...........................................................................................................................( ) UNA VEZ AL MES................................................................................................................................( ) OCASIONALMENTE............................................................................................................................( )

11. ¿Qué método de control se sigue para el uso de la biblioteca? ________________________________________________________________________________

________________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________________

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________________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________________ ENLISTE LAS DEFICIENCIAS DETECTADAS POR EL DIRECTOR, MAESTRO Y ALUMNOS EN LOS MATERIALES DIDACTICOS: _________________________________________________________________________________ _________________________________________________________________________________ _________________________________________________________________________________ _________________________________________________________________________________ _________________________________________________________________________________ _________________________________________________________________________________ _________________________________________________________________________________ _________________________________________________________________________________ OBSERVACIONES Y SUGERENCIAS: ________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

II. EDUCACIÓN TECNOLÓGICA, EDUCACIÓN FÍSICA Y EDUCACIÓN ARTÍSTICA (por aula) IV.1. EDUCACIÓN TECNOLÓGICA 1. ¿Qué módulo de educación tecnológica se seleccionó en el grupo? Primer semestre Segundo semestre AGRICULTURA......................( ) FRUTICULTURA....................( ) AVICULTURA.........................( ) APICULTURA........................ ( ) CUNICULTURA......................( ) PORCICULTURA...................( ) PISCICULTURA.....................( )

2. ¿Desarrollan los alumnos algún módulo de educación tecnológica que no esté contemplado en los propuestos en el plan de estudios?

SI ( ) NO ( )

¿CUÁL Y POR QUE?___________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________________________

3. El módulo que se desarrolla fue seleccionado: DE ACUERDO CON LOS GUSTOS DE LOS MAESTROS ......................................................................................( ) POR EL MAESTRO, DE ACUERDO CON EL HORARIO DE TRANSMISIÓN..........................................................( ) EN DISCUSIÓN ENTRE EL MAESTRO Y LOS ALUMNOS, CONSIDERANDO LOS RECURSOS Y EL ESPACIO CON QUE SE CUENTA.............................................................................................................................................( ) OTRO.........................................................................................................................................................................( ) ¿CUÁL?______________________________________________________________________________________

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IV.2. EDUCACIÓN FÍSICA 1.¿Qué modulo fue seleccionado para desarrollar en el segundo semestre? ATLETISMO...............................................................................................................................................................( ) BÁSQUETBOL Y VOLEIBOL.....................................................................................................................................( ) RECREACIÓN............................................................................................................................................................( ) 2. ¿Ha participado el grupo en algún evento deportivo?

SI ( ) NO ( ) ¿EN QUE MODULO?___________________________________________________________________________ ¿POR QUÉ?__________________________________________________________________________________ IV.3. EDUCACIÓN ARTÍSTICA 1. ¿Ha participado el grupo en algún evento artístico?

SI ( ) NO ( ) ¿EN QUE MODULO?___________________________________________________________________________ ¿POR QUÉ?__________________________________________________________________________________ OBSERVACIONES Y SUGERENCIAS:

___________________________________________________________________________________ ___________________________________________________________________________________ ___________________________________________________________________________________ ___________________________________________________________________________________ ___________________________________________________________________________________ ___________________________________________________________________________________ ___________________________________________________________________________________ ___________________________________________________________________________________ ___________________________________________________________________________________ ___________________________________________________________________________________ ___________________________________________________________________________________

III. DEL PROFESOR (por aula) 1. Al terminar la transmisión de la lección televisada y la lectura de la lección impresa, ¿aclara el maestro las dudas de sus alumnos?

SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?__________________________________________________________________________________

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IV. ASPECTO ADMINISTRATIVO (escuela)

a) INSTALACIONES

1. ¿Cuenta la escuela con los siguientes anexos?

DIRECCIÓN.......................................................... SI ( ) NO ( ) SANITARIOS....................................................... SI ( ) NO ( ) COOPERATIVA................................................... SI ( ) NO ( ) ESPACIO PARA REALIZAR LAS ACTIVIDADES.. SI ( ) NO ( )

2. En caso de que cuente con DIRECCIÓN, ésta tiene:

ESCRITORIO......................................................... SI ( ) NO ( ) ARCHIVEROS..................................................... SI ( ) NO ( ) SILLAS................................................................. SI ( ) NO ( ) MAQUINA DE ESCRIBIR..................................... SI ( ) NO ( ) TARJETERO KARDEX......................................... SI ( ) NO ( ) ESTANTES............................................................ SI ( ) NO ( ) EQUIPO DE SONIDO........................................... SI ( ) NO ( ) BANDERA NACIONAL......................................... SI ( ) NO ( ) NICHO PARA LA BANDERA................................ SI ( ) NO ( )

3. En caso de que la escuela cuente con sanitarios, éstos:

ESTAN SEPARADOS PARA ALUMNOS, ALUMNAS Y MAESTROS.............( ) SON COMUNITARIOS.....................................................................................( )

4. Número de BANCAS con que cuenta la escuela: _____________________ 5. Número de AULAS con que cuenta la escuela:_______________________ 6. Número de GRUPOS que atiende la escuela: ________________________ 7. El edificio de la escuela es: PROPIO ( ) PRESTADO ( ) RENTADO ( ) OTROS ( ) 8. El terreno de la escuela es: PROPIO ( ) PRESTADO ( ) RENTADO ( ) OTROS ( ) 9. Si el edificio es propio, ¿éste fue construido por el CAPFCE?

SI ( ) NO ( ) 10. Si fue construido por el CAPFCE, ¿está terminada la construcción?

SI ( ) NO ( ) 11. Si el edificio es rentado o prestado. ¿éste está construido para ser centro educativo con las instalaciones requeridas?

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SI ( ) NO ( ) 12. Las condiciones de la escuela para la realización de las labores docentes son:

EXCELENTE ( ) BUENAS ( ) REGULARES ( ) MALAS ( ) PESIMAS( )

13. ¿Cuenta la escuela con sello actualizado?

SI ( ) NO ( ) 14. ¿Cuenta la escuela con biblioteca?

SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?_____________________________________________________________________________

b) PERSONAL

1.¿Cuenta el director con la plantilla del personal docente actualizada? SI ( ) NO ( )

¿POR QUÉ?_________________________________________________________________________________ c) CONTROL ESCOLAR 1. ¿Existe congruencia entre los datos anotados en las formas R, las listas de asistencia y los kárdex? SI ( ) NO( ) ¿POR QUÉ?_________________________________________________________________________________

d) OPERACIÓN

1.¿Elabora el director un programa anual de operación de la escuela? SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?_________________________________________________________________________________ 2. ¿Elabora un programa anual de requerimientos para la operación del plantel?.

SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?_________________________________________________________________________________

3. ¿Se informa oportunamente al inspector de zona sobre el número de guías de estudio requerido? SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?_________________________________________________________________________________

4. ¿Conoce el director del plantel el Instructivo para la Evaluación del Aprendizaje en las Escuelas Telesecundarias? SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?__________________________________________________________________________________

5. ¿Difundió el director al personal docente el Instructivo para la Evaluación del Aprendizaje en las Escuelas Telesecundarias? SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?:_______________________________________________________________________________________

a) EXTENSIÓN EDUCATIVA

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1.¿Cuenta la escuela con asociación de padres de familia? SI ( ) NO ( ) 2. Si hay asociación de padres de familia, ¿elaboró ésta un programa anual de trabajo? SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?__________________________________________________________________________________ 3. La asociación de padres de familia, ¿cuenta con acta constitutiva? SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?:__________________________________________________________________________________ 4. La asociación de padres de familia, ¿cuenta con constancia de registro? SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?__________________________________________________________________________________ 5. ¿Cuenta la escuela con sociedad de alumnos? SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?__________________________________________________________________________________ 6. Si hay sociedad de alumnos, ¿elaboró ésta un programa anual de trabajo?. SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?__________________________________________________________________________________ 7. ¿Cuenta la escuela con cooperativa? SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?__________________________________________________________________________________ 8. Si hay cooperativa, ¿cuenta ésta con el acta constitutiva? SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?__________________________________________________________________________________ 9. ¿Cuál es el número de registro de la cooperativa? ____________________________________________________________________________________________ OBSERVACIONES Y SUGERENCIAS: _____________________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________________________ FICHA DE SUPERVISIÓN – VISITA REGULAR CLAVE:____________________________ ZONA:___________________ GRADO Y GRUPO:________________ UBICACIÓN:__________________________________________________________________________________ CALLE-NUM. LOCALIDAD ____________________________________________________________________________________________ MUNICIPIO ENTIDAD

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FECHA DE LA REALIZACIÓN DE LA VISITA:_____________________________________ I. DATOS ESTADÍSTICOS (por aula)

1. Número de alumnos en el grupo:

INSCRIPCION EXISTENCIA PRESENTES EN LA VISITA

Hombres Hombres Hombres

Mujeres Mujeres Mujeres

Total Total Total

II. ASPECTO MATERIAL (por aula) 1. Las condiciones higiénicas del aula son: EXCELENTES ( ) BUENAS ( ) REGULARES ( ) MALAS ( ) PESIMAS( ) 2. El televisor se encuentra en condiciones: EXCELENTES ( ) BUENAS ( ) REGULARES ( ) MALAS ( ) PESIMAS( ) OBSERVACIONES Y SUGERENCIAS: _____________________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________________________ 3. ¿Refuerza el maestro los conocimientos adquiridos? SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?_________________________________________________________________________ 4. La relación maestro-alumno es: EXCELENTE ( ) BUENA ( ) REGULAR ( ) MALA ( ) PESIMA ( ) 5. ¿Es puntual el maestro al asistir a su aula? SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?__________________________________________________________________________________

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6. ¿Cumple el maestro con su horario de trabajo? SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?:__________________________________________________________________________________ 7. ¿Permanece el maestro dentro del aula durante el tiempo de transmisión de la lección televisada? SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?__________________________________________________________________________________ 8. ¿Analiza el maestro las guías de estudio con anticipación al día de transmisión? SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?__________________________________________________________________________________ 9. ¿Qué área(s) presenta(n) más dificultad al maestro para la conducción del aprendizaje? ESPAÑOL.................................................................................................................................................................( ) MATEMÁTICAS........................................................................................................................................................( ) CIENCIAS NATURALES..........................................................................................................................................( ) CIENCIAS SOCIALES..............................................................................................................................................( ) INGLES....................................................................................................................................................................( ) EDUCACIÓN TECNOLÓGICA.................................................................................................................................( ) EDUCACIÓN FÍSICA...............................................................................................................................................( ) EDUCACIÓN ARTÍSTICA....................................................................................................................................... ( ) 9. ¿Por qué se le dificulta(n)? __________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ OBSERVACIONES Y SUGERENCIAS: _____________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ VI. EVALUACIÓN (por aula) 1. ¿Realiza el maestro la evaluación continua a sus alumnos? SI ( ) NO( ) ¿POR QUÉ?__________________________________________________________________________________ 3. ¿Aplica el maestro algunos instrumentos y/o técnicas para realizar la evaluación continua? SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?__________________________________________________________________________________ 4. ¿Aplica el maestro exámenes objetivos como único elemento para registrar calificaciones al término de cada unidad?

SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?__________________________________________________________________________________ 5. ¿Registra el maestro calificaciones tomando como base los resultados de los cuestionarios de autoevaluación? SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?__________________________________________________________________________________

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6. ¿Sensibiliza el maestro al alumno para que realice honestamente su autoevaluación? SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?__________________________________________________________________________________ 7. ¿Realiza cada alumno individualmente su autoevaluación? SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?__________________________________________________________________________________ OBSERVACIONES Y SUGERENCIAS: ___________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

VII. ASPECTO ADMINISTRATIVO (escuela)

a. PERSONAL 1.¿Se cuenta con expedientes del personal?

SI ( ) NO ( ) 2. ¿Orienta el director del plantel al personal docente en el desarrollo de las actividades técnico-pedagógicas?

SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?__________________________________________________________________________________ 3. ¿Asesora al personal docente en la aplicación del instructivo para la evaluación del aprendizaje en las escuelas telesecundarias?

SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?__________________________________________________________________________________ 4. Las relaciones entre el director y el personal docente son:

EXCELENTES( ) BUENAS ( ) REGULARES( ) MALAS ( ) PESIMAS( )

b) CONTROL ESCOLAR

1. ¿Cuentan los alumnos con credenciales actualizadas? SI ( ) NO ( )

¿POR QUÉ?__________________________________________________________________________________ 2. ¿Cuentan los alumnos con tarjetas de calificaciones actualizadas?

SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?__________________________________________________________________________________ 3.¿Cuenta la escuela con expedientes de los alumnos?

SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?__________________________________________________________________________________ 4. ¿Cuentan los maestros con listas de asistencia actualizadas?

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Manual de normas y procedimientos para la supervisión de las escuelas telesecundarias en los estados.

Pág. 285

SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?__________________________________________________________________________________ 5. ¿Cuenta la escuela con kárdex actualizado de los alumnos?:

SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?__________________________________________________________________________________ 6. ¿Se cuenta con la información actualizada sobre control escolar (formas R)

SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?__________________________________________________________________________________

c) OPERACIÓN

1. ¿Se verifica la aplicación de las normas de evaluación del aprendizaje por parte de los maestros? SI ( ) NO ( )

¿POR QUÉ?__________________________________________________________________________________ 2.¿Establece el director un clima favorable para el desarrollo de las actividades escolares ?

SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?__________________________________________________________________________________

d) EXTENSIÓN EDUCATIVA

1.¿Qué actividades desarrolla la asociación de padres de familia? SOCIALES................................................................................................................................................................( ) CULTURALES..........................................................................................................................................................( ) DE GESTION CON AUTORIDADES...................................................................................................................... ( ) OTRAS.................................................................................................................................................................... ( ) ¿CUÁLES?___________________________________________________________________________________ 2. ¿Qué actividades realiza la sociedad de alumnos? SOCIALES...............................................................................................................................................................( ) CÍVICAS..................................................................................................................................................................( ) DEPORTIVAS.........................................................................................................................................................( ) OTRAS....................................................................................................................................................................( ) ¿CUÁLES?___________________________________________________________________________________ 3. ¿Ha cumplido la asociación de padres de familia, hasta el momento, con su programa anual de trabajo?

SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?__________________________________________________________________________________ 4. ¿Ha cumplido la sociedad de alumnos, hasta el momento, con su programa anual de trabajo?

SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?__________________________________________________________________________________ 5.¿Se realizan reuniones periódicas con los padres de familia?

SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?__________________________________________________________________________________ 6.¿Se realizan reuniones periódicas entre el director y el personal docente?

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Manual de normas y procedimientos para la supervisión de las escuelas telesecundarias en los estados.

Pág. 286

SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?__________________________________________________________________________________ 7.¿Cuándo se presentan casos, problemas o atípicos en la conducta de los alumnos, ¿se reportan al inspector de zona para solicitar apoyo al Departamento de Telesecundaria?

SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?__________________________________________________________________________________ III. ASPECTO TÉCNICO-PEDAGOGICO (por aula) 1. ¿Cuentan los alumnos con las guías de estudio correspondientes a las áreas académicas hasta la fecha?

SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?__________________________________________________________________________________ 2. ¿Cuentan los alumnos con las guías de estudio correspondiente a educación tecnológica, educación física y educación artística?

SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?__________________________________________________________________________________ 3.¿Detectan los alumnos y el maestro deficiencias en los materiales didácticos de apoyo? (lecciones televisadas y lecciones impresas ?

SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?__________________________________________________________________________________ 4.¿Se reportan, por escrito, estas deficiencias al director?

SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?__________________________________________________________________________________

ENLISTE LAS DEFICIENCIAS DETECTADAS POR EL MAESTRO Y LOS ALUMNOS: _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ OBSERVACIONES Y SUGERENCIAS: _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

i. EDUCACIÓN TECNOLÓGICA, EDUCACIÓN FÍSICA Y EDUCACIÓN ARTÍSTICA(por aulas)

IV.1. EDUCACIÓN TECNOLÓGICA

1. ¿Qué resultados se han obtenido con el módulo de educación tecnológica seleccionado? _______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

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Manual de normas y procedimientos para la supervisión de las escuelas telesecundarias en los estados.

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2.¿Qué beneficios ha obtenido la escuela o la comunidad con estos resultados ? _______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ IV.2. EDUCACIÓN FÍSICA

1. ¿Saben los alumnos que la educación física no consiste, solamente, en la práctica de un deporte?

SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?__________________________________________________________________________________ 2. ¿Qué resultados se han obtenido con el módulo de educación física seleccionado? _______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ IV.3. EDUCACIÓN ARTÍSTICA 1. ¿Qué resultados, se han obtenido con el módulo de educación artística seleccionado _______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ OBSERVACIONES Y SUGERENCIAS: ________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

V. DEL PROFESOR (por aula)

1. ¿Es puntual el maestro al asistir al aula? SI ( ) NO ( )

¿POR QUÉ?__________________________________________________________________________________ 2. ¿Cumple el maestro con su horario de trabajo?

SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?__________________________________________________________________________________ 3.¿Permanece el maestro en el aula durante el tiempo de transmisión de la lección televisada?

SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?__________________________________________________________________________________

4.¿Qué tipo de asesoría solicita el maestro para mejorar el desarrollo de su función? __________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ OBSERVACIONES Y SUGERENCIAS:

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________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

VI. EVALUACIÓN (por aula)

1. ¿Realiza el maestro la evaluación continua a sus alumnos?

SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?__________________________________________________________________________________ 2. ¿Aplica el maestro algunos instrumentos y/o técnicas para realizar la evaluación continua?

SI ( ) NO ( ) ¿CUÁLES____________________________________________________________________________________ ¿POR QUÉ?__________________________________________________________________________________ 3.¿Aplica el maestro exámenes objetivos como único elemento para registrar calificaciones al término de cada unidad

SI ( ) NO ( ) ¿POR QUÉ?_________________________________________________________________________________

4¿Registra el maestro calificaciones tomando como base los resultados de los cuestionarios de autoevaluación

SI ( ) NO ( )

¿POR QUÉ?__________________________________________________________________________________

Page 143: Compendio de Normatividade de Telesecundaria. CAPITULO IV

Manual de organización de la escuela telesecundaria.

Pág. 289

MMAANNUUAALL DDEE OORRGGAANNIIZZAACCIIÓÓNN

DDEE LLAA EESSCCUUEELLAA

TTEELLEESSEECCUUNNDDAARRIIAA

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Manual de organización de la escuela telesecundaria.

Pág. 290

DIAGRAMA DE ORGANIZACION OBJETIVO

I. FUNCIONES 1. Dirección 2. Cooperativa Escolar 3. Servicios Docentes 4. Servicios de Apoyo

II. DIAGRAMA Y DESCRIPCIÓN DE PUESTOS 1. Director de escuela telesecundaria 2. Profesor de telesecundaria 3. Oficial administrativo 4. Auxiliar de intendencia

ANEXO: RECOMENDACIONES SOBRE LA INTERPRETACIÓN Y USO DEL MANUAL

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Manual de organización de la escuela telesecundaria.

Pág. 291

INTRODUCCION

Este manual tiene por objeto proporcionar un marco descriptivo de la estructura orgánica y funcional de la escuela telesecundaria para propiciar su mejor funcionamiento al otorgar el apoyo organizacional que facilite una adecuada delimitación de funciones y responsabilidades. El manual contiene el objetivo de la escuela, que es el enunciado del propósito específico que da origen a esta unidad de servicio. Se establece, además, su estructura orgánica, en donde se puntualiza la relación jerárquica que guardan entre sí los elementos de la escuela respecto a la Dirección, señalando las funciones asignadas a cada uno de ellos. Con el fin de interpretar y aplicar mejor la organización de la escuela, se anexa un apartado que contiene recomendaciones para la interpretación y uso del presente manual. El ámbito de difusión del manual será: la Escuela, la Inspección de Zona, la Jefatura de Sector y el Departamento de Telesecundaria. Este documento es producto del trabajo conjunto de la Unidad de Telesecundaria, las Unidades de Servicios Educativos a Descentralizar y la Dirección General de Organizaciones y Métodos, tomando en cuenta las aportaciones vertidas, durante la fase de diseño, por directores, profesores e inspectores de zona, a efecto de determinar la estructura orgánica y aclarar, modificar o ampliar las funciones respectivas. Para lograr el mejor cumplimiento del objetivo de este documento, se recomienda efectuar su revisión periódica, con el fin de incorporar las adecuaciones que surjan en su aplicación cotidiana. Este documento es propiedad de la Secretaría de Educación Pública.

Page 146: Compendio de Normatividade de Telesecundaria. CAPITULO IV

Manual de organización de la escuela telesecundaria.

Pág. 292

ESCUELA TELESECUNDARIA DIAGRAMA DE ORGANIZACIÓN

Abril de 1983

DIRECCION

COOPERATIVA

ESCOLAR

SERVICIOS

DOCENTES

SERVICIOS DE APOYO ADMINISTRATIVO

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Manual de organización de la escuela telesecundaria.

Pág. 293

Funciones OBJETIVO La escuela telesecundaria tiene por objeto impartir educación secundaria fortaleciendo en los estudiantes el desarrollo armónico e integral de su personalidad en beneficio propio y el de su comunidad y propiciando que adquieran la formación que les permita continuar sus estudios en el nivel inmediato superior o para ingresar al trabajo. 1. DIRECCION

1. Planear, organizar, dirigir y evaluar las actividades a desarrollar en la escuela Telesecundaria, de acuerdo con los objetivos, leyes, normas, reglamentos y manuales establecidos para el servicio que se imparte y conforme a las disposiciones de las autoridades educativas correspondientes.

2. Determinar y establecer las estrategias de operación para el logro de los objetivos del plantel y difundir las normas y lineamientos establecidos para este servicio educativo.

3. Vigilar el cumplimiento del plan, programas de estudio, normas técnico-pedagógicas y administrativas, así como la aplicación de la tecnología educativa, reglamentos y disposiciones que rijan el servicio.

4. Realizar ante los organismos o autoridades correspondientes, las gestiones que permitan dotar al plantel tanto de los recursos humanos y materiales como de los servicios necesarios para su operación.

5. Proponer, ante la Unidad de Servicios Educativos a Descentralizar o la Unidad de Telesecundaria en el caso de los planteles del Distrito Federal, el presupuesto estimado de ingresos propios del plantel.

6. Ejercer el presupuesto de ingresos propios y presentar, ante las autoridades educativas correspondientes, la documentación comprobatoria de los gastos, conforme a las normas establecidas.

7. Propiciar un ambiente cordial y agradable de trabajo para el mejor desarrollo de las labores del plantel. 8. Establecer y mantener comunicación permanente con la comunidad escolar a fin de mantenerla

informada sobre las disposiciones que normen las labores del plantel y lograr su participación consciente y corresponsable en las tareas educativas.

9. Constituir la cooperativa escolar de consumo, tramitar su registro ante la Unidad de Cooperativas Escolares, a través del encargado de cooperativas escolares, a través del encargado de cooperativas en el Departamento de Telesecundaria y vigilar que su funcionamiento se apegue a los objetivos y a las normas específicas vigentes.

10. Vigilar el aprovechamiento y conservación de los recursos con que cuente el plantel. 11. Facilitar la realización de las visitas de supervisión ordinarias y extraordinarias, así como de las

auditorías que se determinen y atender las recomendaciones y disposiciones que señalen las autoridades correspondientes.

12. Promover la realización de actividades cívicas, culturales, deportivas y recreativas que coadyuven al desarrollo integral de los educandos.

13. Autorizar la documentación oficial que expida el plantel. 14. Evaluar permanentemente las actividades escolares y mantener informadas a las autoridades

educativas acerca del funcionamiento del plantel. 15. Programar y organizar el desarrollo de actividades de extensión y orientación educativa.

2. COOPERATIVA ESCOLAR

1. Propiciar el desenvolvimiento psicosocial del educando promoviendo el desarrollo de actividades de solidaridad, ayuda mutua, cooperación y responsabilidad en tareas de beneficio individual y colectivo.

2. Facilitar la asimilación teórica y experimentación práctica de principios básicos de convivencia social, igualdad, democracia, comunidad, esfuerzo y espíritu de iniciativa.

3. Desarrollar hábitos de cooperación, previsión, orden y disciplina.

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Manual de organización de la escuela telesecundaria.

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4. Coordinar sus actividades con los contenidos, plan y programas de estudio contribuyendo a la adquisición de conocimientos integrados.

5. Favorecer el proceso de autoaprendizaje funcional del educando. 6. Propiciar la aplicación de técnicas participativas, métodos activos de enseñanza-aprendizaje y otros que

coadyuven al proceso educativo. 7. Vincular al educando con la realidad de su medio ambiente a través de actividades productivas.

3. SERVICIOS DOCENTES

1. Impartir la educación en la escuela telesecundaria conforme a los objetivos del servicio, al plan y programas de estudio, aplicando la tecnología educativa, normas, reglamentos y disposiciones vigentes.

2. Colaborar con el director del plantel en la observancia de las disposiciones que se dicten para cumplir con la tarea de formación de los educandos y para el buen funcionamiento del plantel.

3. Planear la labor docente de acuerdo con las normas técnico-pedagógicas y la tecnología propia de la tecnología propia de telesecundaria, propiciando la iniciativa de los educandos para que, junto a la adquisición de conocimientos, desarrollen sus capacidades, hábitos y aptitudes.

4. Presentar a la Dirección del plantel el programa anual de actividades extracurriculares a desarrollar para el reforzamiento del proceso enseñanza-aprendizaje.

5. Integrar y mantener actualizada la documentación escolar de los educandos a su cargo. 6. Desarrollar el proceso enseñanza-aprendizaje vinculando la teoría con la práctica y realizar la

evaluación conforme a las normas y procedimientos establecidos. 7. Participar en las diversas comisiones que le sean asignadas por la Dirección. 8. Programar el desarrollo de actividades cívicas, culturales y deportivas y realizar las autorizadas. 9. Desarrollar los programas de orientación y extensión educativa autorizadas.

4. SERVICIOS DE APOYO

1. Llevar a cabo el registro administrativo del personal de la escuela y las tareas relacionadas con el control escolar del alumnado, así como con los recursos materiales y financieros, de acuerdo con las normas y procedimientos establecidos.

2. Prestar los servicios secretariales concernientes a las funciones administrativas de la institución. 3. Controlar la recepción, almacenaje, conservación y distribución de los recursos materiales asignados al

plantel. 4. Mantener actualizada la tarjeta de control global de bienes muebles del plantel, de acuerdo con los

lineamientos establecidos por la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios. 5. Proporcionar los servicios de intendencia, aseo, mantenimiento y vigilancia que requiera el plantel. 6. Informar periódicamente al director del plantel sobre el desarrollo de las actividades que hayan sido

encomendadas a esta área. 7. Desempeñar las comisiones que le sean asignadas.

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Manual de organización de la escuela telesecundaria.

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ESCUELA TELESECUNDARIA DIAGRAMA DE PUESTOS

Abril de 1983

Por último, es importante considerar que si un plantel carece del personal específico en alguno de los puestos mencionados, no es motivo para que no se realicen las funciones asignadas a éste.

DIRECCION

COOPERATIVA ESCOLAR

DIRECTOR

PERSONAL

ALUMNOS

SERVICIOS DOCENTES

PERSONAL DOCENTE

SERVICIOS DE APOYO

OFICIAL ADMINISTRATIVO

AUXILIAR DE INTEDENCIA

DIRECTOR

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Manual de organización de la escuela telesecundaria.

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Descripción de puestos IDENTIFICACION Nombre del puesto: Director de escuela telesecundaria Tipo de nombramiento: Plaza escalafonaria No. De plazas: una por plantel que tenga 5 o más grupos Ubicación: Física: Escuela

Administrativa: En los estados, Unidad de Servicios Educativos a Descentralizar y en el D.F.; Unidad de Telesecundaria.

Ámbito de operación: Escuela telesecundaria RELACIONES DE AUTORIDAD Jefe inmediato: Inspector de zona Subordinado: Personal docente, administrativo y de intendencia de la escuela PROPOSITO DEL PUESTO Planear, organizar, dirigir y evaluar la prestación del servicio de la escuela telesecundaria, conforme a las normas y a los lineamientos establecidos por los reglamentos y disposiciones dictados por las autoridades de la Secretaría de Educación Pública. FUNCIONES En Materia de Planeación

1. Elaborar el programa anual de operación del plantel. 2. Captar la información sobre la demanda de servicios educativos del plantel y proponer al inspector de

zona el número de grupos por grado con que puede operar la escuela. 3. Integrar la información estadística y de operación del plantel y proporcionarla al inspector de zona,

cuando le sea solicitada. 4. Elaborar el programa anual de requerimientos para la operación del plantel y proporcionarlo al inspector

de zona. En Materia de Personal Escolar

1. Ubicar al personal docente conforme a su experiencia y las necesidades que se presenten en el desarrollo del servicio.

2. Informar al inspector de zona las incidencias del personal a su cargo. 3. Detectar las necesidades de capacitación, actualización y superación tanto técnico-pedagógica como

administrativa del personal escolar. 4. Expedir oportunamente las fichas de trabajo del personal docente y administrativo a su cargo. 5. Integrar la plantilla del personal de la escuela y entregarla al inspector de zona. 6. Informar al inspector de zona sobre las vacantes que se generen en la escuela. 7. Organizar reuniones periódicas con el personal escolar a fin de informarlo, orientarlo y motivarlo en el

cumplimiento de sus funciones y responsabilidades, alentando su iniciativa y resolviendo los problemas que se presenten en la labor educativa.

8. Difundir entre el personal escolar las normas y lineamientos expedidos para la operación del plantel.

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Manual de organización de la escuela telesecundaria.

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En Materia de Recursos Materiales y Financieros

1. Presentar oportunamente al inspector de zona el cuadro de necesidades materiales del plantel. 2. Vigilar que se mantengan actualizados la tarjeta de control global de bienes muebles y el inventario de

material de consumo de la escuela. 3. Verificar el uso de adecuado del material asignado al plantel y las instalaciones con que éste cuente. 4. Informar al inspector de zona sobre el número de guías necesario para el plantel y, en su caso, reportar

las faltantes. 5. Elaborar las estimaciones de ingresos propios y egresos de la escuela con base en el Manual para la

Administración de los Ingresos Propios y presentarlas al departamento de Recursos Financieros de la Unidad de Servicios Educativos a Descentralizar para obtener su autorización.

6. Verificar que los televisores se mantengan en buen estado y en caso de descompostura, tomar las medidas conducentes.

7. Ejercer el presupuesto autorizado y presentar la documentación que justifique los gastos realizados por el plantel, conforme lo indican las normas establecidas.

En Materia Técnico-Pedagógica

1. Difundir entre el personal docente las normas y lineamientos que se establezcan en materia técnico-pedagógica para el desarrollo del proceso enseñanza-aprendizaje.

2. Orientar y asesorar al personal docente en la aplicación del plan y los programas de estudio, de la tecnología educativa y en el desarrollo y control del proceso educativo.

3. Verificar que el personal docente aplique el plan y los programas de estudio así como la tecnología educativa en cada una de las áreas.

4. Verificar que la evaluación del proceso de aprendizaje se realice de conformidad con las normas y lineamientos establecidos.

5. Analizar los resultados de la acción educativa desarrollada en el plantel, así como los problemas generados en la aplicación del plan y programas de estudio e informar los resultados al inspector de zona.

6. Informar al inspector de zona sobre las deficiencias detectadas por el personal docente, los alumnos y él mismo en los materiales didácticos (guías de estudio y programas de televisión).

7. Participar en las juntas de academia de zona escolar y las reuniones del consejo consultivo de zona a las que sea convocado.

En Materia de Control Escolar

1. Autorizar la inscripción de los alumnos que cumplan con los requisitos establecidos. 2. Difundir entre el personal docente y administrativo del plantel las normas y lineamientos para el

desarrollo de las actividades de control escolar y verificar su cumplimiento. 3. Revisar y firmar la documentación oficial referente a control escolar expedida por el plantel. 4. Solicitar a las autoridades correspondientes las revisiones y/o convalidaciones de estudios de los

alumnos que requieran este trámite. 5. Mantener actualizados los expedientes de los alumnos. 6. Coordinar la aplicación de los exámenes extraordinarios en el plantel de acuerdo con el calendario y con

las disposiciones específicas que determinen las autoridades competentes. 7. Informar a los padres de familia o tutores, en coordinación con el personal docente, sobre el

aprovechamiento y disciplina escolar de los alumnos. 8. Asesorar al personal docente y administrativo en el cumplimiento de las disposiciones en materia de

control escolar. 9. Entregar oportunamente al inspector de zona la documentación de control escolar. 10. Verificar que el personal docente mantenga actualizada la documentación individual de los alumnos y la

del grupo a su cargo.

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Manual de organización de la escuela telesecundaria.

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En Materia de Asistencia y Extensión Educativa

1. Elaborar y desarrollar, coordinación con el personal docente, programas de orientación y extensión educativa.

2. Integrar la asociación de padres de familia de conformidad con los lineamientos establecidos y prestar asesoría en relación con su funcionamiento.

3. Integrar la sociedad de alumnos así como orientar y vigilar su funcionamiento. 4. Constituir la cooperativa escolar de consumo realizando los trámites necesarios y supervisar su

correcto funcionamiento. 5. Propiciar el funcionamiento óptimo de la biblioteca escolar y su incremento constante. 6. Vigilar que los trámites de becas para los alumnos del plantel se realicen conforme a las disposiciones

y a los procedimientos establecidos al respecto. 7. Promover la realización de actividades cívicas, sociales, deportivas y culturales en el plantel conforme a

las normas y lineamientos aprobados. 8. Desarrollar programas de vinculación con la comunidad. 9. Promover la participación de la comunidad en el desarrollo de los programas de extensión y asistencia

educativa. 10. Promover entre la comunidad escolar, la elaboración y difusión de trabajos de carácter científico,

tecnológico, artístico o recreativo. LIMITES DE AUTORIDAD

1. Autorizar el plan de trabajo elaborado por el personal escolar. 2. Asignar a cada profesor el grupo que atenderá. 3. Evaluar la eficiencia general de la escuela. 4. Autorizar la documentación del plantel. 5. Autorizar los permisos económicos al personal escolar e informar al inspector de zona.

RESPONSABILIDAD

1. Dirigir el funcionamiento del plantel hacia el logro de los objetivos del sistema educativo nacional, conforme a las normas y a los procedimientos establecidos.

2. Cumplir y hacer cumplir las leyes, normas, reglamentos y disposiciones emitidos por las autoridades educativas.

3. Mantener actualizados sus conocimientos sobre normas, lineamientos y disposiciones tanto técnico-pedagógicas como administrativas que se generen para la operación del servicio.

4. Coordinar, asesorar y colaborar con el personal escolar en el desempeño de sus funciones para el logro de los objetivos del plantel.

5. Informar al personal escolar sobre las disposiciones técnico-pedagógicas y administrativas que dicten las autoridades correspondientes.

6. Enviar la información requerida por las autoridades conforme a las disposiciones que le señalen. 7. Atender los grupos en caso de ausencia del personal docente. 8. Permitir al inspector de zona el acceso a la documentación e instalaciones escolares, así como

proporcionarle información acerca del funcionamiento del plantel. 9. Promover actividades que proyecten la acción educativa de la escuela hacia la comunidad. 10. Estimular a la comunidad escolar con el propósito de crear un ambiente favorable en el desarrollo de las

actividades del plantel. 11. Custodiar el libro de visitas de supervisión. 12. Cuidar el uso debido de los sellos oficiales de la escuela y del edificio escolar. 13. Atender las medidas sugeridas por el inspector de zona para mejorar el funcionamiento del plantel. 14. Atender los problemas de conducta que le sean encomendados por el personal docente y solicitar, en

su caso, la asesoría del Departamento de Telesecundaria. 15. Ser responsable del patrimonio escolar.

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Manual de organización de la escuela telesecundaria.

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COMUNICACIÓN Interna:

ASCENDENTE:

Con el inspector de zona y, en su caso, con los departamentos de Telesecundaria, Registro y Certificación y Recursos Financieros de la Unidad de Servicios Educativos a Descentralizar. En el caso del Distrito Federal, con el Departamento de Escuelas Telesecundarias en el Distrito Federal.

HORIZONTAL: Con padres de familia o tutores y organismos públicos y privados de la comunidad.

DESCENDENTE: Con el personal escolar y los alumnos.

ESPECIFICACIONES DEL PUESTO ESCOLARIDAD: Normal Superior terminada o equivalente. CRITERIO: Para evaluar las actividades escolares. INICIATIVA: Para organizar el trabajo escolar y crear un ambiente de cordialidad, disciplina y trabajo. CAPACIDAD: Para organizar, dirigir y controlar las actividades escolares y orientar y asesorar al personal

escolar. ACTITUD: De respeto, compromiso, responsabilidad y decoro, evitando manifestaciones que puedan

ser nocivas para el proceso formativo de los educandos.

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Manual de organización de la escuela telesecundaria.

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IDENTIFICACION Nombre del puesto: Profesor de Telesecundaria No. de plazas: Una por grupo Ubicación: Física: Escuela

Administrativa: Servicios docentes del plantel Ámbito de operación: Escuela telesecundaria RELACIONES DE AUTORIDAD Jefe inmediato: Director de la escuela Subordinado: Ninguno PROPOSITO DEL PUESTO Contribuir a la formación integral del educando mediante la interrelación continua, lo que le permitirá conocer y fomentar actitudes, aptitudes, habilidades e intereses de cada uno de sus alumnos desarrollando así su capacidad creativa, de participación y análisis. FUNCIONES

1. Elaborar el plan de trabajo anual y presentarlo al director del plantel. 2. Desarrollar el proceso enseñanza-aprendizaje en todas las áreas del plan de estudios aplicando la

tecnología educativa de Telesecundaria. 3. Reforzar el aprendizaje de los alumnos tomando como base la información obtenida en la lección

televisada y en la lección impresa. 4. Fomentar en los alumnos el hábito de la autoevaluación como medio para conocer su avance en el

logro de los objetivos. 5. Informar al director del plantel las deficiencias detectadas en las lecciones televisadas y en las lecciones

impresas. 6. Evaluar el proceso de aprendizaje de sus alumnos de conformidad con las normas y lineamientos

establecidos en esta materia. 7. Informar al director del plantel sobre los problemas generados en la aplicación del plan y programas de

estudio. 8. Solicitar al director del plantel y, en su caso, al demás personal docente, asesoría en la aplicación de las

normas técnico-pedagógicas y administrativas que estén dentro de su ámbito de competencia. 9. Mantener en buen estado el televisor y, en caso de descompostura, reportarlo al director del plantel

para solicitar su reparación. 10. Mantener actualizada la documentación de control escolar de los alumnos a su cargo y presentarla al

director cuando le sea solicitada. 11. Informar a los padres de familia o tutores de los alumnos a su cargo, en coordinación con el director del

plantel, sobre su aprovechamiento y disciplina escolar. 12. Desarrollar, en coordinación con el director del plantel, programas de orientación y extensión educativa. 13. Auxiliar al director del plantel en el desarrollo de programas de vinculación con la comunidad. 14. Solicitar oportunamente los materiales que requiera para realizar sus actividades docentes. 15. Adecuar el desarrollo de sus actividades a las características del grupo que atienda. 16. Intervenir como guía y consejero en el proceso formativo de sus alumnos. 17. Colaborar con el director y, en su caso, con el demás personal docente, para promover la participación

de los padres o tutores de los alumnos en el proceso educativo. 18. Programar y desarrollar actividades extraescolares con el objeto de reforzar el proceso enseñanza-

aprendizaje. 19. Desarrollar actividades cívicas, culturales, deportivas y artísticas.

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Manual de organización de la escuela telesecundaria.

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LIMITES DE AUTORIDAD

1. Evaluar permanentemente el aprovechamiento de sus alumnos de conformidad con las normas establecidas a este respecto.

2. Sugerir a la Dirección del plantel las medidas que considere procedentes para mejorar la prestación del servicio educativo.

3. Informar, por escrito, al director de la escuela las deficiencias detectadas en los materiales didácticos. RESPONSABILIDAD

1. Cumplir con las funciones asignadas a su cargo así como con su horario de trabajo. 2. Cumplir y hacer cumplir las leyes, reglamentos y normas expedidos por las autoridades educativas. 3. Mantener actualizado su conocimiento sobre las normas técnico-pedagógicas y administrativas

expedidas. 4. Solicitar asesoría, cuando lo requiera, en la aplicación del plan y programas de estudio, así como de las

normas técnico-pedagógicas y administrativas que estén dentro de su ámbito de competencia. 5. Acompañar a su grupo en las actividades educativas, debidamente autorizadas, que se realicen fuera

del plantel. 6. Contribuir a la formación de actitudes y hábitos de responsabilidad y disciplina en los alumnos, dentro y

fuera del plantel. 7. Orientar a los alumnos que incurran en alguna falta y, en su caso, solicitar al director su intervención. 8. Informar al director del plantel acerca de los problemas graves que se presenten en el grupo a su cargo,

y colaborar en la búsqueda de alternativas de solución. 9. Ser responsable del empleo y la conservación adecuada del material escolar. 10. Vigilar que el equipo escolar y las instalaciones del plantel, especialmente en las que desarrolle sus

actividades, se mantengan en condiciones higiénicas y en buen estado. 11. Cumplir las comisiones que le sean encomendadas en relación con su función educativa. 12. Proporcionar al inspector de zona la información que le sea requerida. 13. Participar en las juntas de academia de zona escolar a las que sea convocado. 14. Elaborar y presentar oportunamente al director del plantel los informes y reportes relacionados con su

labor educativa que le sean requeridos. COMUNICACIÓN. Interna:

ASCENDENTE: Con el director de la escuela telesecundaria.

HORIZONTAL Con los demás integrantes del personal docente.

DESCENDENTE Con el personal administrativo y de intendencia.

Externa:

HORIZONTAL Con los padres de familia o tutores, previa autorización de la Dirección.

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Manual de organización de la escuela telesecundaria.

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ESPECIFICACIONES DEL PUESTO ESCOLARIDAD: Normal Superior terminada o equivalente. CRITERIO: Para desarrollar los programas de estudio, de acuerdo a la tecnología educativa del

servicio y las características de sus alumnos. INICIATIVA: Para proponer alternativas de trabajo escolar. CAPACIDAD: Para atender y orientar a sus alumnos en su proceso formativo. ACTITUD: De respeto, compromiso, responsabilidad y decoro, evitando aquellas manifestaciones de

la conducta que repercutan nocivamente en el proceso formativo de los educandos.

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Manual de organización de la escuela telesecundaria.

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IDENTIFICACION Nombre del puesto: Oficial administrativo No. de plazas: Una por cada 3 grupos Ubicación: Física: Dirección Administrativa: Servicios de apoyo Ambito de operación: Escuela telesecundaria RELACIONES DE AUTORIDAD Jefe inmediato: Director de la escuela telesecundaria Subordinado: Ninguno PROPOSITO DEL PUESTO Facilitar la labor educativa del plantel mediante la prestación de los servicios secretariales concernientes a las funciones administrativas de la institución. FUNCIONES

1. Realizar las actividades correspondientes al registro administrativo del personal escolar y de los alumnos, conforme a las disposiciones e instrucciones que señalen las autoridades.

2. Elevar el control de los expedientes de los alumnos y del personal escolar. 3. Mantener actualizados tanto la tarjeta de control global de bienes muebles como el inventario de

material de consumo de la escuela. 4. Clasificar, registrar y depurar la documentación escolar y la generada por el plantel. 5. Despachar la correspondencia escolar que se requiera y elaborar una relación de la misma. 6. Vigilar, organizar y mantener actualizado el archivo de los documentos recibidos o generados en el

plantel. 7. Elaborar los documentos relacionados con los trámites de control escolar que deban efectuarse para

regularizar o comprobar la situación del alumnado, así como los relativos al personal escolar. 8. Facilitar la consulta de los expedientes que solicite el director o el personal docente. 9. Tomar taquigráficamente los dictados y hacer transcripción mecanográfica, realizar los trabajos

mecanográficos y los trámites administrativos que le sean encomendados. 10. Surtir la papelería solicitada por el personal escolar, previa autorización del director.

LIMITES DE AUTORIDAD

1. No le son conferidas facultades que impliquen ejercicio de autoridad

RESPONSABILIDAD

1. Elaborar la documentación que origine el plantel. 2. Contribuir a mantener el orden, aseo y decoro del lugar en que labore.

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Manual de organización de la escuela telesecundaria.

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3. Mantener discreción respecto a la documentación oficial que maneje y los asuntos que se traten en el plantel.

4. Realizar sus actividades de acuerdo con el horario que le sea asignado. 5. Mantener orden y limpieza en el manejo de archivo y los trabajos que realiza. 6. Emplear y cuidar el equipo y material de trabajo que le sea asignado para el desempeño de su labor. 7. Informar al director de las actividades realizadas. 8. Controlar los artículos materiales y equipo del plantel.

COMUNICACIÓN Interna:

ASCENDENTE: Director y personal docente de la escuela Telesecundaria.

HORIZONTAL Con el demás personal administrativo, en su caso.

DESCENDENTE Con el personal de intendencia.

ESPECIFICACIONES DEL PUESTO ESCOLARIDAD: Secundaria terminada y estudios comerciales terminados. EXPERIENCIA: Dos años, como mínimo, en actividades comerciales. CRITERIO: Para determinar prioridades en su trabajo. INICIATIVA: Para sugerir formas de presentación en los trabajos mecanográficos. CAPACIDAD: Para concentrarse por largos periodos en actividades secretariales. ACTITUD: Amabilidad, buena presentación, honestidad, responsabilidad y decoro evitando

manifestaciones de la conducta que repercuta nocivamente en el proceso f ormativo de los educandos.

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Manual de organización de la escuela telesecundaria.

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IDENTIFICACION Nombre del puesto: Auxiliar de intendencia No. de plazas: Una por cada 3 grupos Ubicación: Física: Instalaciones del plantel Administrativa: Area de servicios de apoyo Ámbito de operación: Escuela telesecundaria RELACIONES DE AUTORIDAD Jefe inmediato: Director de la escuela telesecundaria Subordinado: Ninguno PROPOSITO DEL PUESTO Mantener las instalaciones en condiciones higiénicas y de seguridad. FUNCIONES

1. Realizar la limpieza de aulas, oficinas, baños, pisos, escalera, ventanas, muros, mobiliario, equipo, puertas del plantel y aceras de las calles adyacentes al edificio.

2. Realizar, cuando se requiera actividades de reparación y mantenimiento que tiendan a la conservación de las instalaciones, equipo y mobiliario del plantel, de acuerdo con sus habilidades y con las instrucciones del director.

3. Inspeccionar periódicamente el edificio escolar, subsanar, en la medida de sus posibilidades, las irregularidades observadas e informar al director de dichas situaciones.

4. Vigilar, de acuerdo con las instrucciones de las autoridades, la entrada y salida de los alumnos del plantel; controlar la admisión de personas ajenas a la escuela y cuidar que no sustraigan del edificio el material y equipo escolar.

5. Desempeñar las guardias que, por necesidades del servicio, le sean encomendadas por el director. 6. Atender las disposiciones del director para ayudar en los trámites que deban realizarse fuera del edificio

escolar. LIMITES DE AUTORIDAD

1. Impedir la salida de cualquier clase de artículos que pertenezca a la escuela, así como el acceso y

salida de personas del edificio escolar, sin la autorización respectiva. RESPONSABILIDAD

1. Realizar periódicamente sus enseres de trabajo, reportar al director aquellos que estén en mal estado y solicitar los que necesite.

2. Informar inmediatamente a la dirección de la escuela de los actos que pongan en peligro la integridad física y moral de los educandos o que atenten contra la conservación del edificio, instalaciones, mobiliario y equipos escolares.

3. Cuidar los bienes y servicios de la escuela y hacerse cargo de las llaves de los locales del plantel y que le sean encomendados.

4. Informar al director acerca de las actividades realizadas.

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Manual de organización de la escuela telesecundaria.

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COMUNICACIÓN Interna:

ASCENDENTE: Con el director, personal docente y administrativo.

HORIZONTAL En su caso, con el demás personal de intendencia.

ESPECIFICACIONES DEL PUESTO ESCOLARIDAD: Certificado de educación primaria. EXPERIENCIA: Conocimientos de plomería, carpintería, herrería, etc. ACTITUD: De respeto y orden, evitando aquellas manifestaciones de la conducta que

repercuta nocivamente en el proceso formativo de los educandos.