comparacion ley seguridad y salud en centros de trabajo

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Es una comparación de la Ley y Seguridad y Salud en trabajo de las Normas de diferentes países como Perú (Ley 29783) y El Salvador (Ley 254); además contiene formas de como prevenir riesgos en su centro de trabajo.

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Presentacin de PowerPoint

Esta ley formula aspectos reguladores y novedosos en el rea de seguridad y salud ocupacional (SSO) encaminados con un objetivo central como lo es la proteccin de los trabajadores. estableciendo aspectos como:Establecimiento de funcionariosSeguridad en la infraestructura de los lugares de trabajo Condiciones de salubridadMarco Sancionatorio

Antecedentes importantes:Hipcrates de Cos: relaciona enfermedades con medio ambiente, intoxicaciones por plomo en minas.EEUU, planta de Joliet: crea el primer servicio empresarial de seguridadGinebra: crea organizacin internacional de trabajo (O.I.T.)EEUU: crea administracin de seguridad y salud ocupacional (OSHA)El Salvador: ley general de prevencin de riegos en el trabajo LGPRLTPer: en 2005 se crea la Ley 298743 : ley de seguridad y salud en el trabajo

ACCIDENTES LABORALES FATALES1984, en Bhopal, India, fuga de isocianato de metilo, 20000 muetos y 50000 intoxicados

1986, en Chernbil, Ucrania, 4000 muertos, Desastre Nuclear

Se plante un Programa de Gestin de Prevencin de Riesgos Ocupacionales, consta de 10 elementos garantizando participacin de los trabajadores, siendo estos elementos:

1. Mecanismos de evaluacin peridica del programa de Gestin de Prevencin de Riesgos OcupacionalesMedidas cuantitativas y cualitativas de alcanceSeguimiento hasta que grado se cumplen los objetivos y metasMedidas proactivas Y medidas reactivasRegistros (resultados, seguimientos) Elaborando listas de chequeo de gestin de riesgos por cada elementoElaborando listas de chequeo de gestin de riesgos por cada elemento

1. Mecanismos de evaluacin peridica del programa de Gestin de Prevencin de Riesgos Ocupacionales.CONTINUACINEn cuanto a la ley N 29783 ley de seguridad y salud en el trabajo - perCAPTULO IVINVESTIGACIN DE ACCIDENTES DE TRABAJO, ENFERMEDADES OCUPACIONALES E INCIDENTES PELIGROSOS Artculo 92. Investigacin de los accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales e incidentes peligrosos El empleador, con trabajadores, realizan las investigaciones de los accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales e incidentes peligrosos, accidentes de trabajo mortales; comunicados a la autoridad administrativa de trabajo,

1. Mecanismos de evaluacin peridica del programa de Gestin de Prevencin de Riesgos Ocupacionales.CONTINUACINArtculo 93. Finalidad de las investigaciones a) comprobar la eficacia de las medidas de seguridad y saludb) determinar la necesidad de modificar dichas medidas.c) Comprobar la eficacia, del registro y notificacin de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales e incidentes peligrosos. Artculo 94. Publicacin de la informacin La autoridad administrativa de trabajo realiza y publica informes de las investigaciones de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales e incidentes peligrosos

2. Identificacin, evaluacin, control y seguimiento permanente de los riesgos ocupacionales determinando los puestos de trabajo que presentan riesgo para la salud de trabajadores, actuando en su eliminacin y adaptacin de las condiciones de trabajo, debiendo hacer especial nfasis en la prevencin de la salud reproductiva, principalmente durante el embarazo, el post parto y la lactanciaSe debe considerar; la elaboracin de un mapa de riesgos ; ejemploArtculo 82. Deber de informacin ante el sector trabajo Todo empleador informa al ministerio de trabajo y promocin del empleo lo siguiente: a) todo accidente de trabajo mortal. b) los incidentes peligrosos que pongan en riesgo la salud y la integridad fsica de los trabajadores c) cualquier otro tipo de situacin que altere o ponga en riesgo la vida, integridad fsica y psicolgica del trabajador.Artculo 52. Informacin sobre el puesto de trabajo El empleador transmite a los trabajadores, informacin sobre riesgos en el centro de trabajo, as como las medidas de proteccin y prevencin aplicables a tales riesgos.

2. Identificacin, evaluacin, control y seguimiento permanente de los riesgos ocupacionales determinando los puestos de trabajo que presentan riesgo para la salud de trabajadores, actuando en su eliminacin y adaptacin de las condiciones de trabajo, debiendo hacer especial nfasis en la prevencin de la salud reproductiva, principalmente durante el embarazo, el post parto y la lactancia.CONTINUACINArtculo 65. Evaluacin de factores de riesgo para la procreacin Se tiene en cuenta los factores de riesgo que puedan incidir en las funciones de procreacin de los trabajadores; en particular, por la exposicin a los agentes fsicos, qumicos, biolgicos, ergonmicos y psicosociales, Artculo 66. Enfoque de gnero y proteccin de las trabajadoras El empleador implementa las medidas necesarias para evitar la exposicin de las trabajadoras en perodo de embarazo o lactancia a labores peligrosas.

3. Registro actualizado de accidentes, enfermedades, profesionales y sucesos peligrosos, a fin de investigar si estos estn vinculados con el desempeo del trabajo y tomar las correspondientes medidas preventivasArtculo 28. Registros del sistema de gestin de la seguridad y salud en el trabajo El empleador implementa los registros y documentacin del sistema de gestin de la seguridad y salud en el trabajo, pudiendo ser llevados a travs de medios fsicos o electrnicos. Artculo 87. Registro de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales e incidentes peligrosos Las entidades empleadoras deben contar con un registro de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales e incidentes peligroso, debiendo ser exhibido en los procedimientos de inspeccin, se debe mantener archivado por diez aos posteriores al suceso.

3. Registro actualizado de accidentes, enfermedades, profesionales y sucesos peligrosos, a fin de investigar si estos estn vinculados con el desempeo del trabajo y tomar las correspondientes medidas preventivas.CONTINUACINArtculo 88. Exhibicin y archivo de registros La empresa debe exhibir el registro que se menciona en el artculo 87, debiendo consignarse los eventos ocurridos en los doce ltimos meses.Artculo 89. Registro en caso de pluralidad de afectados Cuando un mismo suceso cause lesiones a ms de un trabajador, debe consignarse un registro de accidente de trabajo por cada trabajador.

4. Diseo e implementacin de su propio plan de emergencia y evacuacin.un plan de emergencia es la respuesta ante todos los supuestos posibles de emergenciasArtculo 25. Facilidades para la participacin El empleador adopta medidas para que los trabajadores y sus representantes en materia de seguridad y salud en el trabajo, dispongan de tiempo y de recursos para participar activamente en los procesos de gestin de la seguridad y salud en el trabajo.CAPTULO IV PLANIFICACIN Y APLICACIN DEL SISTEMA DE GESTIN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Artculo 37. Elaboracin de lnea de base del sistema de gestin de la seguridad y salud en el trabajo Para establecer el sistema de gestin de seguridad y salud en el trabajo se realiza una evaluacin inicial. Los resultados obtenidos son comparados y sirven de base para planificar, aplicar el sistema. la evaluacin es accesible a todos los trabajadores

4. Diseo e implementacin de su propio plan de emergencia y evacuacin.CONTINUACINArtculo 38. Planificacin del sistema de gestin de la seguridad y salud en el trabajo La planificacin, permite a la empresa: a) cumplir, las disposiciones de las leyes y reglamentos nacionalesb) mejorar el desempeo laboral en forma segura.c) mantener los procesos productivos o de servicios de manera que sean seguros y saludables. Artculo 39. Objetivos de la planificacin del sistema de gestin de la seguridad y salud en el trabajo Se centran en el logro de resultados especficos, posibles de aplicar por la empresa. comprende: a) medidas de identificacin, prevencin y control. b) la mejora continua de los procesos, la preparacin y respuesta a situaciones de emergencia. c) el nivel de participacin de los trabajadores y su capacitacin.

5. Preparacin de manera terica y prctica a los trabajadores sobre sus competencias, tcnicas y riesgos especficos de sus puestos de trabajo.Se sugiere implementar:Un manual de bienvenida donde explique cmo la empresa aplica el programa de gestin de prevencin de riesgos ocupacionales.Presentacin de riesgos de acuerdo al puesto de trabajo que ocuparRenovar la cartelera de seguridad y salud ocupacionalRealizar un plan anual de entrenamiento en la cual debe ser impartida por medio de empresas asesoras acreditadas.

5. Preparacin de manera terica y prctica a los trabajadores sobre sus competencias, tcnicas y riesgos especficos de sus puestos de trabajo.CONTINUACINArticulo 35. Responsabilidades del empleador dentro del sistema de gestin de la seguridad y salud en el trabajoa)Entregar a cada trabajador copia del reglamento interno de seguridad y salud en el trabajo.b)Realizar no menos de cuatro capacitaciones al ao en materia de seguridad y salud en el trabajo.c)Adjuntar al contrato de trabajo la descripcin de las recomendaciones de seguridad y salud en el trabajo.d)Brindar facilidades econmicas y licencias con goce de haber para la participacin de los trabajadores en cursos de formacin en la materia.e)Elaborar un mapa de riesgos el cual debe exhibirse en un lugar visible.

6. Establecimiento del programa de exmenes mdicos y atencin de primeros auxilios en el lugar de trabajoAborda un programa de exmenes mdicos y de laboratorio dependiendo de la naturaleza de la empresa, a los trabajadores se les debe entregar los resultados originales y la institucin guardar copias para el programa de gestin.Artculo 49. Obligaciones del empleadord) Practicar exmenes mdicos antes, durante y al trmino de la relacin laboral a los trabajadoresArtculo 67. Proteccin de los adolescentes El empleador no emplea adolescentes para la realizacin de actividades insalubres o peligrosas que puedan afectar su normal desarrollo fsico y mental.

6. Establecimiento del programa de exmenes mdicos y atencin de primeros auxilios en el lugar de trabajo.CONTINUACINArtculo 71. Informacin a los trabajadores El empleador informa a los trabajadores: a) A ttulo grupal, de las razones para los exmenes de salud ocupacional e investigaciones en relacin con los riesgos para la seguridad y salud en los puestos de trabajo. b) A ttulo personal, sobre los resultados de los informes mdicos previos a la asignacin de un puesto de trabajo y los relativos a la evaluacin de su salud.

6. Establecimiento del programa de exmenes mdicos y atencin de primeros auxilios en el lugar de trabajo.CONTINUACINPOLTICAS EN EL PLANO DE LAS EMPRESAS Y CENTROS MDICOS ASISTENCIALES Artculo 82. Deber de informacin ante el sector trabajo Todo empleador informa al ministerio de trabajo y promocin del empleo lo siguiente: a) Todo accidente de trabajo mortal. b) Los incidentes peligrosos que pongan en riesgo la salud y la integridad fsica de los trabajadores. c) Cualquier otro tipo de situacin Artculo 83. Reporte de informacin con labores bajo tercerizacinLa entidad empleadora que contrate obras, servicios o mano de obra proveniente de cooperativas de trabajadores, es responsable de notificar al ministerio de trabajo y promocin del empleo los accidentes de trabajo, incidentes peligrosos y las enfermedades profesionales.Artculo 84. Reporte de enfermedades ocupacionales Las enfermedades ocupacionales sern notificados por el centro mdico asistencial pblico o privado,

7. Establecimiento de programas complementarios, sobre consumo de alcohol y drogas, prevencin de infecciones de transmisin sexual, VIH/SIDA, salud mental y salud reproductivaSe recomienda charlas preventivas, volantes informativos y descriptivos de la temtica donde se manifieste la informacin necesaria

8. Planificacin de las actividades y reuniones del CSSO (Comit de Seguridad y Salud Ocupacional)Establecer un comit de seguridad y salud ocupacional en aquellas empresas donde laboren quince o ms trabajadores, el cual se encargar de administrar el programa de gestin de prevencin de riesgos ocupacionales y de elaborar su propio reglamento basado en la ley..Ley 29783 - PERArtculo 29. Comits de seguridad y salud en el trabajo en el sistema de gestin de la seguridad y salud en el trabajoLos empleadores con veinte o ms trabajadores a su cargo constituyen un comit de seguridad y salud en el trabajo.

9. Formulacin de un programa de difusin y promocin de las actividades preventivas en los lugares de trabajoDivulgacin en lugares visibles de los consejos de seguridad y prevencin de riesgos.Repartir manuales e instructivos de los riesgos a los que estn expuestos los trabajadores.

10. Formulacin de programas preventivos y de sensibilizacin sobre violencia hacia mujeres, acoso sexual y dems riesgos psicosocialesMinimizar los efectos negativos del trabajo montono y repetitivo: Debido a que las operaciones de muchas organizaciones deben realizar en constantes repeticiones, se plantea el uso adecuado de equipos y herramientas as como procedimientos correctos que velen por la seguridad del trabajador.Establecer medios para que las relaciones laborales sean beneficiosas y respetuosas en busca de la comunicacin efectiva: Se sugiere un buzn de sugerencia de seguridad y que los empleados sean consultados peridicamente.

10. Formulacin de programas preventivos y de sensibilizacin sobre violencia hacia mujeres, acoso sexual y dems riesgos psicosocialesHacer participar a los trabajadores en la adopcin de cambios en la organizacin de trabajo relacionados con seguridad y salud ocupacional: En las diferentes charlas que se realice con el personal, el cual podr exponer su punto de vista ante la adopcin de nuevas medidas de organizacin del trabajo en tema se seguridad y salud ocupacional.Sensibilizar sobre las causas y efectos de violencia hacia la mujer y del acoso sexual: Por medio de una campaa de concientizacin.Recolectar propuestas de todos los niveles y mbitos de trabajo, con especial atencin en el control de los riesgos psicosociales: Campaa de ayuda a sus empleados ante riesgos psicosociales tales como estrs.

Pero no olvidarse de hacer una evaluacin peridica del Programa de Gestin de Prevencin de Riesgos Ocupacionales

Artculo 9. La presente Ley establece las normas mnimas para la prevencin de los riesgos laborales, pudiendo los empleadores y los trabajadores establecer libremente niveles de proteccin que mejoren lo previsto en la presente norma.

TITULO PRELIMINAR Y OBJETO DE LA LEYAMBITO DE APLICACINTODOS LOS SECTORESECONOMICOSPRINCIPIOS GENERALES:

PRINCIPIO DE PREVENCIN

1PRINCIPIO DE RESPONSABILIDAD

2PRINCIPIO DE COOPERACION

3PRINCIPIO DE INFORMACION Y CAPACITACION

4PRINCIPIO DE GESTION INTEGRAL

5PRINCIPIO DE ATENCION INTEGRAL DE SALUD

6PRINCIPIO DE CONSULTA Y PARTICIPACION

7PRINCIPIO DE PRIMACIA DE LA REALIDAD

8PRINCIPIO DE PROTECCION

9PRINCIPIOS DEL SISTEMA DE GESTION DE SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO

a)

b)

c)

d)

e)

f)

g)

h)

i)

j)

Las medidas de prevencin y proteccin del Sistema de Gestin de la Seguridad y Salud en el TrabajoORGANIZACIN DEL SISTEMA DE GESTIN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJOArticulo 27. Disposicin del trabajador en la organizacin del trabajoEl empleador define los requisitos de competencia necesarios para cada puesto de trabajo y adopta disposiciones para que todo trabajador de la organizacin est capacitado para asumir deberes y obligaciones relativos a la seguridad y salud, debiendo establecer programas de capacitacin y entrenamiento como parte de la jornada laboral, para que se logren y mantengan las competencias establecidas.

Mayor Igual de 20 trabajadores(Artculo 29)

Comit de SSTLos empleadores con veinte o ms trabajadores a su cargo constituyen un comit de seguridad y salud en el trabajo.Deben elaborar un reglamento interno de SST-Libro de ActasBENEFICIOS:-Licencia con goce de haber para realizar labores de SST.

Proteccin contra despido incausado.

Menor de 20 trabajadores(Artculo 30)

Supervisor de SST elegido por los trabajadoresLibro de notas tipo actas.Articulo 42. Investigacin de los accidentes, enfermedades e incidentesinvestigacin de los accidentes, enfermedades e incidentes relacionados con el trabajo y sus efectos en la seguridad y salud permite identificar los factores de riesgo en la organizacin y sus causas.

Estadstica de accidentes de trabajo

Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales

Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.Fuente: OITEn los ltimos 3 aos se han reportado 77,079 accidentes, sin incluir la informacin del Ministerio de Salud y los registros de la Entidad Prestadoras de Salud.De este total el 93.8% fueron incapacitantes, un 5.7% fueron accidentes leves, y un 0.5% fueron mortales.No incluye los accidentes mortales que tienen un componente de Trnsito, ya que stos se consideran como accidentes de trnsito y se registra en el Ministerio de Transporte con otro formato y forma parte del sistema de informacin de ese ministerio.

Accidentes de trabajo y enfermedades profesionalesFuente: OITSistema de Superintendencia de las Entidades Prestadoras de Salud: Ultimo boletn del ao seala que el sistema del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) tuvo 88,409 atenciones, adems se especifica que un 72.7% de las atenciones fue por accidentes de trabajo, un 3.2% fue por enfermedad profesional y 6.6% chequeos, un 17.5% restante como no Clasificado.

Del total de atenciones prestadas el 38.1% fue en la actividad econmica Industrias manufactureras, 17.7% en Construccin, un 14.4% en Actividades inmobiliarias, empresariales, en cuarto lugar Explotacin de minas y canteras con un 10.5%, y con un 5.6% en la actividad de transportes, almacenamientos y comunicaciones entre los ms importantesEstadstica Accidentes Fatales del Sector Minera Fuente: Direccin de Tcnica Minera de la Direccin General de MineraAccidentes Mortales( AOS 2000 - 2012 )AO ENE.FEB.MAR.ABR.MAY.JUN.JUL.AGO.SEP.OCT.NOV.DIC.Total2012268242553834820114825654545135220105131659643446662009414623864214256200812576356653336420075673764656526220066763656549446520053866635375896920042985291347515620034857534533435420022024655464881732001295583884545662000642336878754Total729360555362585041585743702Nota:-Informacin al 26 de noviembre de 2012Estadstica Accidentes de los Sectores Construccin y Elctrico 20012002200320042005200620072008200920102011Fatal1414071014090712071409Grave1081211329310878738410213969Total12213513910312287809610915378Sector ConstruccinSector Elctrico2000200120022003200420052006Fatal17242015162630Invalidez02111303070802Total19353318233432Accidentes de Trabajo en el Per. 2011Fuente: MTPE

Accidentes de Trabajo en el Per. 2011Fuente: MTPE

Accidentes de Trabajo en el Per.Enero a Julio 2012Fuente: MTPE

Fuente: MTPE

Art 49 obligaciones del empleadorGarantizar la seguridad y la salud de los trabajadores en el desempeo de todos los aspectos relacionados con su labor, en el centro de trabajo o con ocasin del mismo Practicar exmenes mdicos antes, durante y al trmino de la relacin laboral a los trabajadores, acordes con los riesgos a los que estn expuestos en sus labores, a cargo del empleador.Garantizar, oportuna y apropiadamente, capacitacin y entrenamiento en seguridad y salud en el centro y puesto de trabajo o funcin especfica, tal como se seala a continuacin: 1. Al momento de la contratacin, cualquiera sea la modalidad o duracin. 2. Durante el desempeo de la labor. 3. Cuando se produzcan cambios en la funcin o puesto de trabajo o en la tecnologa Art 60 EQUIPOS PARA LA PROTECCINEl empleador proporciona a sus trabajadores equipos de proteccin personal adecuados, segn el tipo de trabajo y riesgos especficos presentes en el desempeo de sus funciones, cuando no se puedan eliminar en su origen los riesgos laborales o sus efectos perjudiciales para la salud este verifica el uso efectivo de los mismos.EjemploCAPTULO II DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORESArtculo 72. Comunicacin con los inspectores de trabajoArtculo 73. Proteccin contra los actos de hostilidad Artculo 74. Participacin en los programas de CAPACITACINArtculo 75. Participacin en la identificacin de riesgos y peligrosArtculo 76. Adecuacin del trabajador al puesto de trabajoArtculo 77. Proteccin de los trabajadores de contratistas, subcontratistas y otrosArt 79 OBLIGACIONES DEL TRABAJADORa) Usar adecuadamente los instrumentos y materiales de trabajo, as como los equipos de proteccin personal y colectiva. b) No operar o manipular equipos, maquinarias, herramientas u otros elementos para los cuales no hayan sido autorizados. c) Cooperar y participar en el proceso de investigacin de los accidentes de trabajo y de las enfermedades ocupacionales cuando la autoridad competente lo requiera. d) Someterse a los exmenes mdicos a que estn obligados por norma expresa, siempre y cuando se garantice la confidencialidad del acto mdico. PREGUNTAS ? CUL ES LA FINALIDAD UNA INVESTIGACIN DE ACCIDENTES DE TRABAJO? CUL ES LA FINALIDAD UNA INVESTIGACIN DE ACCIDENTES DE TRABAJO? Artculo 93. Finalidad de las investigaciones a) Comprobar la eficacia de las medidas de seguridad y saludb) Determinar la necesidad de modificar dichas medidas.c) Comprobar la eficacia, del registro y notificacin de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales e incidentes peligrosos. MENCIONE EN SUS PROPIAS PALABRAS ALGUNAS OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR? MENCIONE EN SUS PROPIAS PALABRAS ALGUNAS OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR? Garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores en el desempeo de todos los aspectos relacionados con su labor, en el centro de trabajo o con ocasin del mismo Practicar exmenes mdicos antes, durante y al trmino de la relacin laboral a los trabajadores, acordes con los riesgos a los que estn expuestos en sus labores, a cargo del empleador.Garantizar, oportuna y apropiadamente, capacitacin y entrenamiento en seguridad y salud en el centro y puesto de trabajo o funcin especfica, tal como se seala a continuacin: 1. Al momento de la contratacin, cualquiera sea la modalidad o duracin. 2. Durante el desempeo de la labor. 3. Cuando se produzcan cambios en la funcin o puesto de trabajo o en la tecnologa CUNTOS TRABAJADORES COMO MNIMO DEBE TENER UNA EMPRESA PARA FORMAR UN COMIT DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO? CUNTOS TRABAJADORES COMO MNIMO DEBE TENER UNA EMPRESA PARA FORMAR UN COMIT DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO? Ley 254 EL Establecer un comit de seguridad y salud ocupacional en aquellas empresas donde laboren quince o ms trabajadores, el cual se encargar de administrar el programa de gestin de prevencin de riesgos ocupacionales y de elaborar su propio reglamento basado en la ley

Ley 29783 - PERArtculo 29. Comits de seguridad y salud en el trabajo en el sistema de gestin de la seguridad y salud en el trabajoLos empleadores con veinte o ms trabajadores a su cargo constituyen un comit de seguridad y salud en el trabajo.

CULES SON LOS PRINCIPIOS GENERALES DE LA LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO? CULES SON LOS PRINCIPIOS GENERALES DE LA LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO?

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