comercio internacional

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INCOTERMS 2000 Mucho se viene hablando acerca de los nuevos Incoterms del milenio y poco se conoce oficialmente. Demás está mencionar la vital importancia que revisten los Términos del Comercio Internacional de la Cámara de Comercio Internacional para los operadores del comercio exterior, dado su plena utilización como herramienta de entendimiento entre las partes involucradas en un contrato de compraventa internacional. Si bien, los Incoterms tienen un carácter facultativo en su uso, es decir que no son obligatorios, su uso está expandido ampliamente extendido por todas las latitudes y se han convertido su utilización en una costumbre internacional. Como sabemos, la última revisión de estos términos, se había producido en el año 1990. La necesidad de actualización derivada de las nuevas prácticas que se vienen observando en el comercio internacional, así como el desarrollo y creciente utilización de las nuevas tecnologías en las prácticas comerciales, han llevado a los

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  • INCOTERMS 2000Mucho se viene hablando acerca de los nuevos Incoterms del milenio y poco se conoce oficialmente. Dems est mencionar la vital importancia que revisten los Trminos del Comercio Internacional de la Cmara de Comercio Internacional para los operadores del comercio exterior, dado su plena utilizacin como herramienta de entendimiento entre las partes involucradas en un contrato de compraventa internacional. Si bien, los Incoterms tienen un carcter facultativo en su uso, es decir que no son obligatorios, su uso est expandido ampliamente extendido por todas las latitudes y se han convertido su utilizacin en una costumbre internacional. Como sabemos, la ltima revisin de estos trminos, se haba producido en el ao 1990. La necesidad de actualizacin derivada de las nuevas prcticas que se vienen observando en el comercio internacional, as como el desarrollo y creciente utilizacin de las nuevas tecnologas en las prcticas comerciales, han llevado a los expertos de la Cmara de Comercio Internacional, con sede en Pars, a revisar los textos actualmente en vigencia, con el objetivo de afianzarlos an ms en su utilizacin y adecuarlos a los tiempos y costumbres imperantes a nivel internacional.

  • INCOTERMS 2000 Vs 1990Como resultado de los estudios no se efectuaron cambios en nmero, es decir, se mantuvo la estructura de trece (13) trminos y la presentacin de los mismos con las obligaciones del vendedor y del comprador agrupados en diez (10) encabezamientos correspondientes entre s a la manera de espejo. As, por ejemplo, en el trmino CFR a la obligacin A1 del vendedor Proveer las mercaderas de conformidad con el contrato, le corresponder la obligacin B1 del comprador, Pagar el precio tal como lo establece el contrato de venta. Se efectuaron modificaciones en la redaccin con el objetivo de reflejar con mayor claridad y precisin la prctica comercial y se hicieron cambios en algunas reas, que mostramos a continuacin.

  • INCOTERMSLos Incoterms son unas reglas internacionales para la interpretacin de los trminos comerciales fijados por la Cmara de Comercio Internacional. La palabra INCOTERM viene de la contraccin del ingls de: INternacional COmmercial TERMS (Trminos de Comercio Internacional).

  • LOS INCOTERMS REGULAN: La distribucin de documentos. Las condiciones de entrega de la mercanca. La distribucin de costes de la operacin. La distribucin de riesgos de la operacin. PERO NO REGULAN: La legislacin aplicable a los puntos no reflejados en los Incoterms. La forma de pago de la operacin.

  • EXW (EN FABRICA) Este trmino no debe ser utilizado cuando el comprador no pueda cumplimentar las formalidades (despacho) de exportacin directa o indirectamente. En estas circunstancias, debe ser usado el trmino FCA.GRUPO DE SALIDA

  • FAS (FRANCO JUSTO AL BUQUE) La obligacin del despacho aduanero de exportacin ahora pasa a ser una obligacin del VENDEDOR. Atencin pues con este cambio que puede generar confusiones ..GRUPO SIN PAGO DE TRANSPORTE PRINCIPAL

  • FCA (FRANCO TRANSPORTISTA) La entrega es concluida cuando: a- Si el lugar sealado ("named place") son las instalaciones del vendedor, cuando las mercaderas han sido cargadas en el modo de transporte provedo por el transportista nominado por el comprador o por otra persona en su representacin; b- Si el lugar sealado ("named place") es cualquier otro distinto de a-, cuando las mercaderas son puestas a disposicin del transportista u otra persona nominada por el comprador o elegida por el vendedor de acuerdo con A3a (contrato de transporte) en el modo de transporte del vendedor no descargado.

  • FOB (FRANCO A BORDO DEL BUQUE) Si las partes no han acordado estrictamente que la entrega de las mercaderas se cumple cruzando los rieles de carga de buque (borda del buque), debe ser usado el trmino FCA. Recuerde que FOB es de uso exclusivo para va martima (o vas navegables)...

  • CFR (COSTO Y FLETE) Si las partes no han acordado estrictamente que la entrega de las mercaderas se cumple cruzando los rieles de carga de buque (borda del buque), debe ser usado el trmino CPT (o CIP).CPT (TRANSPORTE PAGADO HASTA) GRUPO CON PAGO DE TRANSPORTE PRINCIPAL

  • CIP (TRANSPORTE Y SEGURO PAGADO HASTA) CIF (COSTE, SEGURO Y FLETE) Si las partes no han acordado estrictamente que la entrega de las mercaderas se cumple cruzando los rieles de carga de buque (borda del buque), debe ser usado el trmino CPT (o CIP).

  • DES (ENTREGADA SOBRE EL BUQUE) GRUPO DE LLEGADA

  • DDP (ENTREGADA PAGADOS DERECHOS)DDU (ENTREGADA SIN PAGAR DERECHOS)

  • DEQ (ENTREGADA EN MUELLES) La obligacin del despacho aduanero de importacin ahora pasa a ser una obligacin del COMPRADOR Si las partes han incluido entre las obligaciones del vendedor los costos y riesgos de manipuleo y traslado de las mercaderas desde el muelle del puerto de destino hasta otro lugar del mismo (terminal portuario, depsito, estacin de transporte) o bien fuera de l, debe ser usado el trmino DDU (o DDP, en caso de incluirse los trmites de importacin y el pago de aranceles).

  • DAF (ENTREGADA EN FRONTERA) Este trmino puede ser utilizado indistintamente en cualquier medio de transporte, cuando los bienes deben ser entregados en una frontera terrestre. Cuando la entrega deba producirse en un puerto de destino, a bordo del buque o sobre el muelle del puerto, deben ser usados los trminos DES o DEQ.

  • CONCLUSIONESUna de las cuestiones ms interesantes que plantean los Incoterms 2000, ms que en los cambios a los textos introducidos (que obviamente son vlidos), son las sanas recomendaciones que se realizan a los operadores en cunto a la utilizacin de los mismos, principalmente respecto a la literalidad de los trminos FOB, CFR y CIF y lo que ocurre en la prctica cotidiana. Vayamos a un ejemplo prctico. Como sabemos, la utilizacin del Incoterm FOB, est muy extendida en su uso y es el instrumento habitual para cotizar operaciones de exportacin. Esto es tan as que en muchas ocasiones se pactan operaciones en condiciones FOB, cuando en realidad la mercadera se enva por transporte areo e incluso carretero.

  • En lo que pocos exportadores reparan es en la literalidad del Incoterm, el medio de transporte para el cul ha sido elaborado y los momentos concretos en los cules se produce principalmente la transferencia del riesgo (adems de los costos). En muchas ocasiones ocurre que se pacta una operacin en condiciones FOB, casi hasta por costumbre, y en la prctica, el exportador coordina la entrega de la mercadera con la Agencia del Transportista (que acta en su representacin). Tambin son muchas las veces en las cules esta Agencia propone al exportador entregar la mercadera para su consolidacin o bien ya en un container, en los depsitos con los que dicha agencia opera, por una cuestin de conveniencia logstica de esta ltima.

  • La pregunta es he cumplido en ese momento mi obligacin de entrega y he transferido los riesgos hacia el importador ?. La respuesta es NO, porque literalmente el trmino FOB la entrega y la transferencia del riesgo ocurren cuando la mercadera ha traspasado los rieles de carga del buque (cruce de la borda). Por lo que, cuando operamos de la manera antes descrita, estamos incurriendo en riesgos innecesarios, toda vez que transcurren tiempos y distancias entre los depsitos de la Agencia del Transportista y la carga a bordo del buque establecido. Por ello es que, sabiamente, los nuevos Incoterms nos aconsejan utilizar el Incoterm FOB exclusivamente cuando se pactado en el contrato de compraventa que la mercadera debe ser entregada cruzando la borda del buque o expresin similar.

  • De otra manera se aconseja utilizar el trmino FCA, de manera de correr riesgos innecesarios, ya que este ltimo de adecua perfectamente a la situacin descrita. Estas mismas consideraciones son vlidas, si observamos la tabla antes enunciada, para los Incoterms CFR y CIF, donde el riesgo se transfiere en las mismas condiciones que en el caso del FOB. Entonces debemos evaluar la conveniencia de utilizar las clusulas CPT y CIP, respectivamente. En sntesis, la recomendacin pasa por analizar detenidamente las operaciones de comercio exterior de la empresa en cuestin, a los efectos de determinar cul es el Incoterm que ms estrechamente se ajusta a dicha realidad.INFORMACION EXTRAIDA DE:http://www.reingex.com/ POR J.L.B.R.