comandita por acciones

Upload: armando-santiago

Post on 07-Apr-2018

235 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • 8/4/2019 Comandita Por Acciones

    1/18

  • 8/4/2019 Comandita Por Acciones

    2/18

    COMANDITA POR ACCIONES

    SIGLAS: S. EN C. POR A.

    LEY QUE LA REGULALey general de sociedades mercantiles

    CARACTERISTICAS- 2 tipos de socios: comanditados y comanditarios- capital representado por acciones

    PROCESO DECONSTITUCION

    Simultanea:- junta de socios para hacer proyecto de estatutos.- autorizacin de la S.R.E.- Protocolizacin ante notario publico- inscripcin en el registro publico de comercio.

    NOMBRERazn social o denominacin (el socio que preste su nombrepara la razn social es considerado por ello comanditado)

    CAPITAL SOCIALLa ley no establece mnimo

    RESERVAS5% de las utilidades anuales hasta llegar al 20% o quinta partedel capital social fijo

    NUMERO DE SOCIOSMnimo: 2 - Mximo: ilimitado

    DOCUMENTOS QUE

    ACREDITAN ALSOCIO

    Accin

    RESPONSABILIDADDE LOS SOCIOS

    A.- Comanditados: solidaria, subsidiaria e ilimitadamenteB.- Comanditario: monto de sus acciones salvo que hayatomado parte en alguna operacin o habitualmente hubieseadministrado los negocios de la sociedad

    PARTICIPACION DEEXTRANJEROS

    Catalogada

    ORGANOS SOCIALESY DE VIGILANCIA

    - Asamblea de accionistas- administrador (socio comanditado)- comisario

  • 8/4/2019 Comandita Por Acciones

    3/18

    Algunos de los principales datos que deber

    contener una escritura constitutiva de una

    sociedad mercantil.Los nombres, nacionalidad y domicilio de las personas fsicas omorales que integran la sociedad.

    El objeto o giro de la sociedad.

    Su razn o denominacin social.

    Su duracin.

    El importe del capital social.

    La cantidad que cada socio aporta como capital, especificando elimporte en efectivo y en especie.

    El nombramiento de los administradores, sus facultades y la

    designacin de los que debern hacer uso de la firma social. Domicilio de la sociedad

    La forma en que se repartir las utilidades entre los socios as como lasprdidas

    Los casos en que la sociedad deber disolverse anticipadamente y la

    forma en que deber efectuarse la liquidacin.

  • 8/4/2019 Comandita Por Acciones

    4/18

    DEFINICION:Es una sociedad capitalista cuyo capital social esta dividido enacciones, que se formaran por las aportaciones de los socios, uno de

    los cuales, al menos, se encargara de la administracin de la sociedady responder personalmente de las deudas sociales como sociocolectivo, mientras que los socios comanditarios no tendrn esaresponsabilidad.

    CARACTERISTICAS. El capital: A efecto de la sociedad deber contar al

    momento de su construccin con un capital mnimo de $50000, del cual el 20% deber estar exhibido.

    Numero de socios: Mnimo 2, de los cuales al menos uno sersocio colectivo; no existe un numero mximo de socios.

    Tipo de socios:Socios colectivos, han de ser necesariamente administradoresde la sociedad.Socios comanditarios, no participan en la gestin de lasociedad; Solo participan en la organizacin a travs de lajunta general.La administracin puede ser unipersonal, ejercida por un sociocomanditado o un tercero.

  • 8/4/2019 Comandita Por Acciones

    5/18

    RESPONSABILIDAD.La responsabilidad de los socios colectivos es personal, solidaria eilimitada frente a las deudas sociales. Los socios comanditariostienen responsabilidad limitada al capital aportado.

    DENOMINACION SOCIAL.Puede ser el nombre de todos los socios colectivos, de algunos deellos o de uno solo, o bien una denominacin objetiva, aadiendolas palabras Sociedad en Comandita por Acciones o suabreviatura S. Com. p. A. art.213, 403 y 407.

  • 8/4/2019 Comandita Por Acciones

    6/18

    CONTITUCION.Mediante escritura publica. Debern estar incluidos los estatutos de lasociedad. Artculo 119.

    Toda Compaa de comercio, antes de dar principio a susoperaciones, deber hacer constar su constitucin, pactos ycondiciones, en escritura pblica que se presentar para suinscripcin en el Registro Mercantil, conforme a lo dispuesto enel artculo 17.

    A las mismas formalidades quedarn sujetas, con arreglo a lodispuesto en el artculo 25, las escrituras adicionales que decualquier manera modifiquen o alteren el contrato primitivo de lacompaa.

    Los socios no podrn hacer pactos reservados, sino que todosdebern constar en la escritura social.

    http://www.gabilos.com/leyes/ccom.l1t2.htmlhttp://www.gabilos.com/leyes/ccom.l1t3.htmlhttp://www.gabilos.com/leyes/ccom.l1t3.htmlhttp://www.gabilos.com/leyes/ccom.l1t2.html
  • 8/4/2019 Comandita Por Acciones

    7/18

    REGISTRO MERCANTIL.Es obligatoria su inscripcin y la publicacin de esta en el boletnoficial del registro mercantil. Art. 81

    DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS SOCIOS.Los socios tienen derecho a modificar los estatutos, siempre que lamodificacin no se efectu mediante acuerdo de la Junta General, elacuerdo requerir el consentimiento expreso de todos los socios

    colectivos.

  • 8/4/2019 Comandita Por Acciones

    8/18

    LIBROS SOCIALESLlevar los libros autorizados, al igual que en la Sociedad Annima, autorizados por laSHCP.LIBRO DE ACTAS LIBRO DE ACTASDE ASAMBLEAS DEL CONSEJO DE

    DE ACCIONISTAS ADMINISTRACINLIBRO DE ACTAS LIBRO DE REGISTRODEL CONSEJO DE ACCIONESDE VIGILANCIA NOMINATIVAS

    LIBROS CONTABLESPara efectos del Impuesto sobre la Renta, cualquier sociedad es consideradoCausante Mayor.Por lo anterior, la Sociedad podr establecer auxiliares que crea convenientes,de conformidad con el sistema de registro que implante la empresa. Ahora bien,la forma material de los libros de contabilidad podr ser:LIBRO HOJAS TARJETAS

    EMPASTADO SUELTAS KARDEXTARJETAS CINTA O DISCOPERFORADAS MATGNTICO

  • 8/4/2019 Comandita Por Acciones

    9/18

    TRAMITES DE CONSTITUCION. TRAMITES PREVIOS.Certificacin negativa del Registro Mercantil Central.

    Ingreso del capital social.

    Firma de la escritura de Constitucin de la Sociedad.

    TRAMITES GENERALES.Impuesto sobre transmisiones Patrimoniales y Actos Jurdicos Documentados

    Solicitud del Cdigo de Identificacin fiscal

    Registro mercantil

    TRAMITES PARA LA PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE LA EMPRESA.CONCESION DE LICENCIAS

    Licencia municipal de obras.

    Licencia municipal de apertura.

    REGISTROSRegistro dela propiedad inmobiliaria.

    Registro industrial (solo empresas industriales)

  • 8/4/2019 Comandita Por Acciones

    10/18

    TRAMITES EN MATERIA FISCAL

    Impuesto sobre bienes inmuebles

    Impuesto sobre actividades econmicasDeclaracin censal TRAMITES EN MATERIA LABORAL

    Inscripcin de la empresa en el seguro social.

    Afiliacin y numero de Seguridad Social.

    Alta en el Rgimen General de Seguridad Social.

    Comunicacin de apertura del centro de trabajo.

    Libros de Visitas.

    Calendario Laboral.

  • 8/4/2019 Comandita Por Acciones

    11/18

    RGANOS DE LA SOCIEDAD

    Las personas morales por ser una ficcin jurdica, no existen en la realidad, no puedenejercitar materialmente las funciones que le corresponden, las necesitan efectuar por medio

    de personas reales y estas personas reales son los que constituyen los rganos de lasociedad.SOBERANA: Son los rganos de toma de decisin en las sociedades mercantiles que demanera interna resuelven lo relativo a la constitucin, modificacin, bases defuncionamiento y nombramiento de puestos en una sociedad. En este tipo de rganosencontramos la asamblea general de socios.

    1. rganos de Soberana: Encontramos a las asambleas generales de socios y a lasasambleas constitutivas, cabe sealar que estos rganos de Soberana constituyen lamxima ley dentro de una sociedad mercantil u que son los organismos encargados dedisolverla y liquidarla.

    2. Los rganos de gestin, administracin o representacin: Son aquellos que tienen unafuncin externa y representa jurdicamente a la sociedad mercantil encargndose dedesarrollar materialmente del objeto social. Entre ellos podemos encontrar a los cuerposde administracin tales como mesas directivas, consejos de administracin, consejosconsultivos, consejos de direccin, juntas de administracin, gerentes, directoresgenerales, y el ms comn que es el administrador nico.

    3. rganos de vigilancia: Son aquellos que tienen una funcin mixta ya que vigilan eldesempeo de la sociedad tanto al intentar como al exterior de la misma y dentro deeste tipo de rganos encontramos a los comisarios y al consejo de vigilancia, estosrganos se encuentran facultados para sancionar y en su caso destituir a los rganos deadministracin.

  • 8/4/2019 Comandita Por Acciones

    12/18

    CAUSAS DE DISOLUCION

    Conforme al art. 260 de la ley de sociedades annimas, la Sociedad se disolver:

    1. Por acuerdo de la junta General, adoptado con arreglo en el art. 103.2. Por cumplimiento del termino fijado en los estatutos.

    3. Por la conclusin de la empresa que constituya su objetivo o laimposibilidad manifiesta de realizar el fin social o por la paralizacin de losrganos sociales, de modo que resulte imposible su funcionamiento.

    4. Por consecuencia de perdidas que dejen reducido el patrimonio a una

    cantidad inferior a la mitad del capital social, a no ser de que este seaumente o se reduzca en la medida suficiente, y siempre que no seaprocedente solicitar la declaracin de concurso conforme a lo dispuestoen la Ley Concursal.

    5. Por reduccin del capital social por debajo del mnimo legal.

    6. Por la fusin o escisin total de la sociedad.

    7. Por cualquier otra causa establecida en los estatutos.8. causa de muerte, incapacidad, exclusin o retiro de uno de los socioscomanditados o porque el contrato social se rescinda respecto a uno deellos. Sin embargo, la sociedad no se disolver por causa de muerte de l olos socios comanditados si en el contrato social se pacta que la sociedadcontine con sus herederos.

  • 8/4/2019 Comandita Por Acciones

    13/18

    PUBLICIDAD DEL ACUERDO DE DISOLUCIONEl acuerdo de disolucin o la resolucin judicial, en su caso, se inscribiren el Registro Mercantil, publicndose, adems en el Boletn del

    Registro Mercantil y en uno de los diarios de mayor circulacin del lugardel domicilio social.

    EFECTOS DE LA DISOLUCION.El principal factor es el comienzo del periodo de liquidacin y en este,

    que no se proceda a la divisin o reparto, en su caso, del haber social, (lasociedad sigue siendo titular de su patrimonio).Conforme al art. 267 del texto de la Ley de Sociedades Annimas, desdeel momento en que la sociedad se declare en liquidacin, cesara larepresentacin de los administradores para hacer nuevos contratos ycontraer nuevas obligaciones, asumiendo los liquidadores las funciones a

    que se refiere el art. 272

    No obstante, los antiguos administradores, si fuesen requeridos, debernpresentar su concurso para la practica de las operaciones de liquidacin.

  • 8/4/2019 Comandita Por Acciones

    14/18

    Artculo 272. Funciones de los liquidadores.

    Incumbe a los liquidadores de la sociedad:

    Suscribir, en unin de los administradores, el inventario y balance dela sociedad al tiempo de comenzar sus funciones con referencia alda en que se inicie la liquidacin.

    Llevar y custodiar los libros y correspondencia de la sociedad, y velarpor la integridad de su patrimonio.

    Realizar aquellas operaciones comerciales pendientes y las nuevas

    que sean necesarias para la liquidacin de la sociedad. Enajenar los bienes sociales. Los inmuebles se vendern

    necesariamente en pblica subasta.

    Percibir los crditos y los dividendos pasivos acordados al tiempo deiniciarse la liquidacin. Tambin podrn exigir el pago de otrosdividendos hasta completar el importe nominal de las acciones en lacuanta necesaria para satisfacer a los acreedores.

    Concertar transacciones y arbitrajes cuando as convenga a losintereses sociales.

    Pagar a los acreedores y a los socios atenindose a las normas quese establecen en esta Ley.

    Ostentar la representacin de la sociedad para el cumplimiento delos indicados fines.

  • 8/4/2019 Comandita Por Acciones

    15/18

    LA LIQUIDACION.

    Se entiende por liquidacin, la terminacin de los negocios de laempresa, el pago de sus obligaciones y si hubiere algn remanentede sus activos, se distribuirn entre los socios, desde el punto de vistade su contabilidad no interesa las causas que conduzcan a laliquidacin del negocio; puesto que, sean cuales fueren dichascausas, configuraran el mismo problema de cancelar todos lospasivos, con los activos que tenga la empresa y luego repartir elremanente entre los socios, en proporcin a sus aportaciones decapital al negocio.

    Pasos a seguir para realizar la liquidacin: luego que se hubiera decidido la liquidacin de la sociedad, por la

    causa que fuere; se nombrara un liquidador o junta liquidadora osndico.

    Informar al tribunal de comercio de la situacin y de los poderes quese hubiere otorgado.

    Se suspendern todas las operaciones y se proceder a levantar

    inventario de todos los bienes de la sociedad. Se efectuara un cierrede ejercicio y se preparan los estados financieros Se realizaran los activos, a los precios de la demanda en el

    mercado.

  • 8/4/2019 Comandita Por Acciones

    16/18

    Se cancelaran las deudas en su orden de prioridades legales. Se repartir el remanente entre los socios en proporcin a sus

    capitales aportados. Orden De liquidacin de los pasivos: las deudas de la empresa

    deben cancelarse de la siguiente manera: Loa Acreedores Preferentes: son aquellos a quienes hay que

    pagarles sus deudas con preferencia a la de lo dems acreedores.dentro de estas, se encuentran, los sueldos y salarios de lostrabajadores, los impuestos y contribuciones, tanto nacionales comomunicipales.

    Los Acreedores Garantizados Totalmente: se trata de los acreedoreshipotecarios.

    Los acreedores garantizados parcialmente: son aquellos que poseen

    una garanta prendara o de pignoracin, que no llega a cubrir eltotal de sus acreencias. Los Acreedores Comunes o no Garantizados: en su mayora son

    deudas a proveedores de la empresa. Tambin podran ser conaccionistas.

  • 8/4/2019 Comandita Por Acciones

    17/18

    LA QUIEBRA Situacin que conlleva a un comerciante, en virtud de que su pasivo

    es superior a su activo, a cesar en el pago de sus obligacionesmercantiles y a la imposibilidad de continuar sus negocios. La

    quiebra puede ser fortuita, culposa o fraudulenta. Tipos de quiebra:

    QuiebraFortuita: es aquella originada por causas impredeciblese imprevisibles, de fuerza mayor, que lleven al comerciante a laimposibilidad de cumplir con sus obligaciones y a la finalizacinde sus operaciones. En estos casos la ley prev una serie de

    protecciones al comerciante, para facilitarle su recuperacin,hasta que sea posible evitarle el desastre de la quiebra.

    Quiebra Culpable: es aquella originada por la falta de prudenciao negligencia de los administradores del negocio.

    Quiebra Fraudulenta: es aquella Originada por actos dolosos delcomerciante, en perjuicio de sus acreedores

  • 8/4/2019 Comandita Por Acciones

    18/18

    GRACIAS POR SU ATENCION

    INTEGRANTES:

    DANIEL SANTIAGO YADIRA AMAIRANY

    ANA ISABEL OVANDO

    ANA KAREN CRUZ

    ANGELICA ZARET OLVERA