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La Asociación de Industrias Farmacéuticas Nacionales Con su representante Luis Caballero Maldonado Demanda de acción popular a fin que se declare la inconstitucionalidad, ilegalidad y nulidad con efecto retroactivo Pronunciamiento normativo emitido por: El Organismo de las Contradicciones de Estado Publicado el 4 de mayo del 2009 precisa sobre la bonificación del 20% FUNDAMENTOS: “Por lo tanto y atendiendo a lo dispuesto en el artículo 4° del reglamento de la Ley de Contradicción del Estado aprobado mediante Decreto Supremo N°184-2008 EF la bonificación de 20% sobre la sumatoria de lo obtenido por la propuesta técnica y economía no resulta aplicable. Interpon Sobre

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La Asociacin de Industrias Farmacuticas Nacionales Con su representante Luis Caballero MaldonadoInterpone

Demanda de accin popular a fin que se declare la inconstitucionalidad, ilegalidad y nulidad con efecto retroactivoSobre

Pronunciamiento normativo emitido por:El Organismo de las Contradicciones de EstadoPublicado el 4 de mayo del 2009 precisa sobre la bonificacin del 20%

FUNDAMENTOS:Por lo tanto y atendiendo a lo dispuesto en el artculo 4 del reglamento de la Ley de Contradiccin del Estado aprobado mediante Decreto Supremo N184-2008 EF la bonificacin de 20% sobre la sumatoria de lo obtenido por la propuesta tcnica y economa no resulta aplicable.NORMAS TRANSGREDIDAS Artculo 2 inciso 2 de la C.P.P : Igualdad de la ley Artculo 59 del C.P.P: Igualdad de oportunidades en materia econmica Articulo 51 C.P.P: Principio de jerarqua normativa Articulo 103 C.P.P: La ley se deroga por otra ley Articulo nico Ley N27143: Ley de promocin temporal del Desarrollo Productivo Nacional Articulo 58 inciso y b del Decreto Legislativo N1017 Articulo 61.1 de la ley N27444: Ley del procedimiento Administrativo General Principio de Competencia Administrativa Articulo 171.2 Ley N27414: Presuncin de la calidad de los informes jurdicos ANTECEDENTES1. Ley N27143 Ley de Promocin Temporal al Desarrollo Productivo NacionalQue estableci que para loe efectos del art 31 de la ley 26850

Deba aplicarse una bonificacin de 10% oficial a la sumatoria de la calificacin tcnica y econmica obtenida por las posturas de bienes elaborados dentro del territorio nacional conforme al Reglamento de la materia

2. Luego mediante el Decreto de Urgencia N 064-200 se elev el porcentaje a un 15%

El texto del decreto de urgencia hasta el 30 de julio 2001 y luego por el decreto de urgencia N 083-2001 se prolong hasta el 30 de julio del 20013. Con la ley N27633 se aumenta el 20% con vigencia hasta 30 de julio del 20054. Finalmente con la Ley N28242 Ley Complementaria a la ley N27143 que amplio definitivamente el 20 % adicional a la sumatoria de la calificacin tcnica y econmica obtenida por las posturas de bienes elaborados5. Teniendo en cuenta la Ley N27143 fue objeto de una accin de inconstitucionalidad bajo el ex N 0018-2003 donde se declar infundada 6. El 4 de junio de 2008 es publicado el Decreto Legislativo N1017: con el que se aprueba la nueva ley de Contradicciones del estado7. Con fecha 4 de mayo del 2008 se publica sobre la bonificacin del 20% adicional8. Luego se divulgo el oficio N616- 2009-EF que seala que el Decreto Legislativo N1017 no es posible en los procesos de seleccin convocados a partir del 1 de febrero de 2009 que se otorgu esta bonificacin