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CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL I ESCUELA: CIENCIAS JURIDICAS PONENTE: Dr. JULIO RUIZ BIMESTRE: I BIMESTRE FECHA: SEPTIEMBRE 2010 – FEBRERO 2011 1

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CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL I

ESCUELA: CIENCIAS JURIDICAS

PONENTE: Dr. JULIO RUIZ

BIMESTRE: I BIMESTRE

FECHA: SEPTIEMBRE 2010 – FEBRERO 2011

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Introducción

El derecho procesal es una “rama del derecho que estudia el conjunto de normas que fijan el procedimiento que se ha de seguir para obtener la actuación del derecho positivo, lo mismo que las facultades, los derechos, cargos y deberes relacionados con este y que determinan las personas que deben someterse a la jurisdicción del Estado y los funcionarios encargados de ejercerla.” (DEVIS ECHANDÍA, Hernando,

“Nociones Generales de Derecho Procesal Civil, 2da Edición. Editorial Temis) 2

De lo expuesto se infiere lo siguiente:a) El derecho procesal es tomado en cuenta en forma general como rama del derecho;b) estudia el conjunto de normas en las diferentes áreas del derecho positivo para que éste último actúe;c) establece las formas, los órganos y las personas que ejerzan jurisdicción

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En la amplitud del derecho procesal está el derecho procesal civil, constituyéndose en una rama del derecho procesal en general

El fin del derecho procesal es dar efectividad y aplicar las normas positivas que reconocen derechos y otorgan obligaciones, la forma de hacer efectivas las disposiciones de las normas generales o materiales, efectiviza la relación de las normas del Estado con la persona.

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Temas a tratar:

La jurisdicción: principios básicos, concepto, límites.

Clasificación de la Jurisdicción Competencia: concepto, incompetencia

y sus efectos, características principales, reglas básicas

Fuero competente Fueros especiales

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JURISDICCIÓNAl existir normas generales o materiales, que establecen derechos y obligaciones, las mismas que rigen en un Estado, es necesario hacerlas efectivas inclusive a través de la coerción o fuerza, ese hecho debe ejercerse a través de un poder, lógicamente dicho poder lo otorga el Estado a la persona o personas capacitadas para el mismo. En base a una ley material la persona facultada inicia un proceso mediante el cual se puede obtener conclusiones apegadas a la justicia, es decir se administra justicia luego de ello se emiten resoluciones o se juzga para por último, hacer ejecutar también se ejecuta lo juzgado.

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Concepto de jurisdicción

Generalmente se lo conoce como poder de administrar justicia, de juzgar y ejecutar lo juzgado en una materia determinada. Esta potestad le corresponde a los jueces y tribunales establecidos por las leyes.

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La jurisdicción nace de la ley, es un deber del Estado y un derecho de los ciudadanos;

Solo a través de los órganos del Estado, debidamente aprobados por la ley, pueden ejercer jurisdicción.

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Capítulo II Los límites de la jurisdicciónEste tema se refiere a los poderes o

facultades que nacen de la jurisdicción, qué cuestiones abarca su concepto, estos son: juzgar, ejecutar lo juzgado, intervenir en el reconocimiento de situaciones jurídicas y la organización y control de la actividad de los tribunales, funcionarios y empleados

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Límites absolutos: separan entre sí los poderes de las funciones del Estado

Límites relativos: se refieren a la materia, las personas, el territorio y los grados.

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CLASIFICACIÓN DE LA JURISDICCIÓN

Art. 3 C.P.C. establece como clases de jurisdicción las siguientes: la voluntaria, contenciosa, ordinaria, preventiva, privativa, legal y convencional.

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Jurisdicción Legal

Nace de la ley, es la jurisdicción tomada como forma general, no nace de la voluntad, sino de la ley.

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JURISDICCIÓN CONVENCIONAL

La ley ampara éste tipo de jurisdicción, nace de la voluntad de las partes por las formas y en los casos permitidos por la ley.

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JURISDICCIÓN ORDINARIA Se la ejerce sobre las personas o cosas

sujetas al fuero común. La ejercen los juzgados y tribunales que integran la Función Judicial y de conformidad a la Constitución y las leyes propias ejercen también jurisdicción ordinaria las juezas y jueces de paz, los árbitros, los tribunales de conciliación y arbitraje y las autoridades de los pueblos indígenas.

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Jurisdicción Privativa

La ley le impone límites en lo que se refiere a las personas y cosas o asuntos. Se presentan por ejemplo situaciones de fuero o de materias especializadas que se rigen por otros principios diversos al común u ordinario.

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