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Código de Conducta
EBOOK Legorreta (Gipuzkoa), a 11 de junio de 2018Documento informativo.
INFORMACION DE CONTACTO
EMPRESA : EDERFIL BECKER KOOP. E.
DIRECCIÓN LEGORRETAKO INDUSTRIALDEA, Z/G 20250. LEGORRETA (GUIPUZKOA) ESPAÑA TEL.: (+34) 943 80 71 50 FAX: (+34) 943 80 63 49
CONTACTO : M : [email protected] W : www.ederfilbecker.com
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ENERGY of PEOPLE driving the future
INDICE Pg.
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1. INTRODUCCIÓN 5
2. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y DEBER DE CUMPLIMIENTO. 5
3. NORMAS GENERALES DE CONDUCTA 6
3.1.- Desempeño de una conducta profesional íntegra 6
3.2.- Respeto a la legalidad así como a las normas internas y contratos que
vinculan a EDERFIL BECKER 7
3.3.- Fomento de la imagen y reputación de EDERFIL BECKER 8
3.4.- Libertad de asociación y actividades externas 8
4. PERSONAS 9
4.1.- Cumplimiento del Pacto Mundial de Naciones Unidas 9
4.2.- Prohibición de trabajos forzosos y penosos 9
4.3.- Prohibición de tráfico de seres humanos y protección de los ciudadanos
extranjeros 9
4.4.- Prohibición de trabajo infantil y protección de los menores 10
4.5.- Condiciones laborales 10
4.6.- Retribuciones y beneficios 11
4.7.- Igualdad de oportunidades y no discriminación 11
5. SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 12
5.1.- Política de seguridad y salud laboral 12
5.2.- Medios y recursos en materia de prevención de riesgos laborales 12
5.3.- Normas de conducta en materia de prevención de riesgos laborales 13
6. MEDIO AMBIENTE 13
7. POLÍTICA ANTICORRUPCIÓN 14
7.1.- Prevención de la corrupción privada y pública 14
7.2.- Prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo 15
7.3.- Protección de la libre competencia 16
7.4.- Conflictos de Interés 16
8. TRATO CON LOS SOCIOS COMERCIALES Y CON TERCEROS 17
8.1.- Cumplimiento de los deberes con las Administraciones Públicas 17
8.2.- Relaciones con Proveedores, Personas Asociadas y Clientes 18
9. GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN 18
9.1.- Protección de la intimidad. Uso de datos de carácter personal 18
9.2.- Tratamiento y protección de la Información Confidencial. 19
9.3.- Veracidad y exactitud en la realidad patrimonial de EDERFIL BECKER 19
10. PROTECCIÓN Y USO DE LA PROPIEDAD DE EDERFIL BECKER 20
10.1.- Uso responsable de activos y recursos de EDERFIL BECKER 20
10.2.- Protección de la seguridad informática 20
11. APLICACIÓN DEL CÓDIGO. COMUNICACIONES Y SEGUIMIENTO 21
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11.1.- Entrada en vigor 21
11.2.- Interpretación del Código de Conducta 21
11.3.- Comité de Cumplimiento 22
11.4.- Incumplimiento y comunicación al Canal Ético 22
11.5.- Confidencialidad de las comunicaciones y prohibición de represalias 23
11.6.- Tramitación de las comunicaciones 24
Nº Revisión Fecha Revisión
01 11.06.2018 Primera propuesta
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1. INTRODUCCIÓN
1.- EDERFIL BECKER tiene como propósito que su conducta y la
de las Personas que la integran responda a la legislación vigente
así como a los Principios Éticos establecidos en el presente
Código de Conducta.
2.- Este Código de Conducta se enmarca dentro del Compliance
Program de EDERFIL BECKER y tiene como fin:
a) Servir de guía para la actuación de las Personas dentro
de su actividad profesional en EDERFIL BECKER y en sus
relaciones con el resto de Personas de EDERFIL BECKER,
así como con Proveedores, Personas Asociadas, Clientes,
Administraciones Públicas y la sociedad en general.
b) Prevenir la comisión de comportamientos delictivos y
cualquier comportamiento ilícito de las Personas en el
desempeño de su actividad profesional.
3.- El Código de Conducta también pretende consolidar una
cultura empresarial que ya existe en EDERFIL BECKER.
4.- EDERFIL BECKER no tolera ningún acto contrario al presente
Código de Conducta. Se velará por la aplicación real y efectiva de
los Principios Éticos establecidos en el presente Código de
Conducta, y los Incumplimientos serán gestionados por el
Comité de Cumplimiento a través del Canal Ético.
2. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y DEBER DE
CUMPLIMIENTO.
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1.- Los Principios Éticos y las Normas de Conducta contenidos en
el Código de Conducta, y en el Compliance Program en su
conjunto, son de obligado cumplimiento para todas las Personas
que integran EDERFIL BECKER.
2.- Las Personas que integran EDERFIL BECKER tienen la
obligación de conocer y cumplir el contenido del presente Código
de Conducta.
3.- El conocimiento del Código de Conducta se extenderá, a los
Proveedores, Personas Asociadas y Clientes de EDERFIL BECKER.
4.- El Código de Conducta se aplicará, en todo lo que sea
posible, a las actividades que desarrolle EDERFIL BECKER en
cualquier ámbito geográfico, tanto local como internacional.
3. NORMAS GENERALES DE CONDUCTA
3.1.- Desempeño de una conducta profesional íntegra
1.- La conducta de las Personas de EDERFIL BECKER deberá
basarse en la profesionalidad y en la integridad.
a) La profesionalidad es la actuación diligente, responsable,
prudente y eficiente.
b) La integridad es la actuación leal, honesta y de buena fe,
con respeto hacia uno mismo y hacia los demás en el
ejercicio de la actividad profesional, correspondiendo a la
confianza depositada en la Persona.
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2.- Las Personas aplicarán para sí mismos y para los demás los
Principios Éticos establecidos en el presente Código de Conducta,
y no ejercitarán su actividad profesional con fines distintos a
aquéllos que se les ha encomendado.
3.2.- Respeto a la legalidad así como a las normas
internas y contratos que vinculan a EDERFIL BECKER
1.- Todas las Personas desarrollarán sus actividades
profesionales con respeto a la legalidad vigente, en todos los
territorios donde EDERFIL BECKER actúa.
2.- Las Personas deberán cumplir el presente Código de
Conducta así como los Controles que integran el Compliance
Program de EDERFIL BECKER.
3.- Las Personas deberán respetar las obligaciones asumidas por
EDERFIL BECKER en sus relaciones contractuales con terceros,
así como los usos y buenas prácticas de los países en los que
ejerzan su actividad profesional.
4.- El desconocimiento de la legislación, el Código de Conducta,
los Controles o los contratos que vinculan a EDERFIL BECKER,
así como el argumento de que se trata de una infracción
generalizada dentro de EDERFIL BECKER, no justificarán su
incumplimiento.
5.- Las indicaciones u órdenes contrarias a la legalidad, el Código
de Conducta, los Controles o los contratos que vinculan a
EDERFIL BECKER que puedan recibirse en el desempeño de la
actividad profesional no descargan de responsabilidad a las
Personas que actúan siguiendo tales indicaciones u órdenes.
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6.- Los Directivos y aquéllos que gestionen o dirijan equipos de
Personas deberán:
a) Ser los conocedores principales de la legislación, el Código
de Conducta, los Controles y los contratos que afecten a
sus respectivas áreas de actividad.
b) Ser referentes de conducta de EDERFIL BECKER.
c) Velar y asegurarse de que las Personas que dependan de
ellos reciban la adecuada información y formación que les
permita conocer y cumplir la legislación, el Código de
Conducta, los Controles y los contratos vinculados a
EDERFIL BECKER que les afecten.
3.3.- Fomento de la imagen y reputación de EDERFIL
BECKER
Todas las Personas deben poner el máximo cuidado en preservar
la imagen y la reputación de EDERFIL BECKER en todas sus
actuaciones profesionales. Igualmente, vigilarán el respeto y uso
correcto y adecuado de la imagen y reputación corporativa por
parte de los Proveedores, Personas Asociadas y Clientes.
3.4.- Libertad de asociación y actividades externas
1.- EDERFIL BECKER respeta el desempeño de actividades
sociales y públicas por parte de las Personas que la integran,
siempre que no interfieran en su actividad profesional.
2.- La vinculación de las Personas con partidos políticos o con
otro tipo de entidades, instituciones o asociaciones con fines
públicos se realizará de tal manera que quede claro su carácter
personal, evitando así cualquier relación con EDERFIL BECKER.
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4. PERSONAS
4.1.- Cumplimiento del Pacto Mundial de Naciones Unidas
EDERFIL BECKER manifiesta su compromiso y vinculación con los
derechos humanos, laborales, medio ambiente y lucha contra la
corrupción y, en particular, con los principios en los que se basa
el Pacto mundial de Naciones Unidas (Global Compact).
4.2.- Prohibición de trabajos forzosos y penosos
EDERFIL BECKER:
- No hará uso de la fuerza (1).
- No obligará a las Personas a que realicen trabajos forzosos
o de esclavitud.
(1) Se considera trabajo forzoso toda aquella tarea que se realiza bajo
amenaza de castigo o confiscación de pertenencias (tales como DNI, pasaporte, etc.) y para la cual la persona no se ha prestado voluntaria.
4.3.- Prohibición de tráfico de seres humanos y protección
de los ciudadanos extranjeros
1.- EDERFIL BECKER asume la protección de los ciudadanos
extranjeros a través del cumplimiento de la normativa de
extranjería correspondiente.
2.- Las Personas que integran EDERFIL BECKER no colaborarán
en que una persona que no sea nacional de un Estado de la
Unión Europea entre, permanezca o transite en el Estado de un
modo que vulnere la legislación aplicable sobre entrada o
tránsito de extranjeros. ! 9
4.4.- Prohibición de trabajo infantil y protección de los
menores
EDERFIL BECKER no contratará niños (2) y contará con un
registro en el que conste la fecha de nacimiento de todas las
Personas que integran la Empresa.
(2) De acuerdo a la Convención sobre la edad mínima de trabajo de la
Organización Internacional del Trabajo (OIT - ILO) de 1973, se considera niño a toda persona con una edad inferior a 15 años, excepto en los casos en los
que las leyes locales consideren una edad superior o escolarización
obligatoria, en cuyo caso se aplicará la mayor edad.
Las legislaciones locales pueden permitir el empleo de personas entre 13 y 15 o 12 y 14 años de edad en tareas que:
- No dañen la salud o el desarrollo del menor; y
- No perjudiquen la asistencia a la escuela o programas de formación.
4.5.- Condiciones laborales
Contratos laborales: cumplimiento de la legislación vigente
Las Personas de EDERFIL BECKER deberán ser contratadas de
acuerdo a la legislación vigente, debiendo constar un contrato
por escrito.
Jornada laboral y horas extras
La jornada o el calendario laboral de las Personas de EDERFIL
BECKER no deberán exceder del límite legal en ningún caso.
Permisos
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Las Personas de EDERFIL BECKER deberán contar con los
permisos correspondientes de acuerdo a la legislación vigente
(permisos por enfermedad, vacaciones, maternidad, fiestas
oficiales y equivalentes).
4.6.- Retribuciones y beneficios
Retribuciones
EDERFIL BECKER deberá abonar a las Personas que la integran
como mínimo el salario mínimo interprofesional y de forma
regular, de acuerdo con lo previsto en la legislación aplicable.
Beneficios
EDERFIL BECKER deberá proveer a las Personas que la integran
de los beneficios a los que tienen derecho por Ley (Seguridad
Social, pensiones y equivalentes).
4.7.- Igualdad de oportunidades y no discriminación
1.- EDERFIL BECKER reconoce las diferencias culturales
existentes y los diferentes estándares aplicables en cada país.
2.- Constituye un Principio Ético de actuación de EDERFIL
BECKER proporcionar las mismas oportunidades en el acceso al
trabajo y en la promoción profesional, asegurando en todo
momento la ausencia de situaciones de discriminación por razón
de sexo, orientación sexual, raza, discapacidad, enfermedad,
religión, o cualquier otra circunstancia susceptible de ser fuente
de discriminación.
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3.- Todas las Personas promoverán, en todos los niveles
profesionales, unas relaciones basadas en el respeto mutuo, la
integridad, la cordialidad, la confianza, la colaboración y el
esfuerzo en el trabajo en equipo, propiciando un ambiente
laboral respetuoso, a fin de lograr un clima de trabajo positivo.
5. SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
5.1.- Política de seguridad y salud laboral
EDERFIL BECKER realiza las actuaciones pertinentes en materia
de riesgos laborales con un enfoque preventivo y de mejora
continua. Además de dar cumplimiento a lo previsto por la
normativa de prevención de riesgos laborales, EDERFIL BECKER
tiene como propósito mejorar continuamente las condiciones
laborales de las Personas que integran la Empresa y promueve
una cultura de prevención de riesgos laborales.
5.2.- Medios y recursos en materia de prevención de
riesgos laborales
1.- EDERFIL BECKER se asegura que las Personas están
suficientemente formadas para desempeñar su trabajo de forma
segura.
2.- A tales efectos su sistema de gestión de prevención de
riesgos laborales se dota de las herramientas precisas,
documentalmente establecidas, para asegurar que la política de
prevención de riesgos laborales sea conocida, comprendida,
desarrollada y mantenida al día por las Personas de EDERFIL
BECKER en todos los niveles de la organización.
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3.- Se facilitarán a las Personas los medios necesarios para que
desempeñen su actividad profesional con las medidas de
seguridad, ergonomía e higiene adecuadas, de forma que no se
pongan en peligro la vida, salud o integridad física de las
Personas.
5.3.- Normas de conducta en materia de prevención de
riesgos laborales
1.- Las Personas respetarán en todo momento las medidas
preventivas aplicables en materia de seguridad y salud laboral,
utilizando los recursos establecidos por EDERFIL BECKER y
asegurando que los miembros de sus equipos realizan sus
actividades en condiciones de seguridad.
2.- Las Personas deben utilizar los medios que EDERFIL BECKER
pone a su disposición de una forma correcta, comunicando, en
su caso, la falta o el mal estado a su superior directo.
3.- En caso de accidente durante la jornada laboral, toda
Persona de EDERFIL BECKER tiene la obligación de informar a su
superior directo de lo acontecido.
6. MEDIO AMBIENTE
1.- EDERFIL BECKER plantea un modelo de desarrollo sostenible
que compatibilice el desarrollo de su Actividad con la protección
del medio ambiente, cumpliendo la legislación establecida y con
un enfoque preventivo y de mejora continua, poniendo a
disposición de las Personas los medios y capacitación necesarios.
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2.- Las Personas se comprometen activa y responsablemente con
la conservación del medio ambiente, siendo conscientes de todas
las actividades, productos y servicios en los que EDERFIL
BECKER puede influir y causar un impacto sobre el medio
ambiente.
3. A tales efectos, las Personas de EDERFIL BECKER respetarán
las exigencias legales, debiendo cumplir las instrucciones,
especificaciones y procedimientos de EDERFIL BECKER para
reducir el impacto medioambiental de su Actividad.
4.- Las Personas deberán esforzarse para minimizar el impacto
ambiental derivado de la utilización de las instalaciones, activos
y recursos puestos a su disposición por EDERFIL BECKER.
5.- Deberá prestarse un especial cuidado a la manipulación,
tenencia y transporte de sustancias inflamables o corrosivas o
tóxicas, o cualesquiera otras materias, aparatos o artificios que
puedan poner en peligro la salud de las personas o el medio
ambiente.
6.- Las zonas próximas al equipo contra incendios se
mantendrán accesibles (extintores, mangueras, etc.). El equipo
contra incendios no se usará más que con el objeto exclusivo de
combatir o prevenir el fuego. Cuando se necesiten extintores u
otro material contra incendios como medida de precaución
adicional para realizar en trabajos especiales se solicitará su
suministro a la Persona responsable correspondiente.
7. POLÍTICA ANTICORRUPCIÓN
7.1.- Prevención de la corrupción privada y pública
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1.- EDERFIL BECKER es contraria a influir de forma ilícita sobre
la voluntad de personas ajenas a EDERFIL BECKER para obtener
algún beneficio o ventaja. Los actos de corrupción, soborno o
extorsión están expresamente prohibidos, incluyendo el
ofrecimiento o promesa, directa o indirecta, de cualquier tipo de
ventaja ilícita.
2.- No podrá realizarse ninguna actuación que pueda ser
constitutiva de tráfico de Influencias.
3.- En consecuencia, las Personas, en sus relaciones con los
Proveedores, Personas Asociadas, Clientes así como con las
Administraciones Públicas, tanto nacionales como de países
terceros, deberán comportarse de tal modo que no induzcan a
un particular, autoridad o funcionario público a violar sus deberes
de imparcialidad o cualquier precepto legal.
4.- Los regalos u obsequios están destinados a promover la
imagen de la marca de EDERFIL BECKER. No podrán darse ni
aceptar, directa o indirectamente, regalos u obsequios en el
desarrollo de la actividad profesional para influir ilícitamente en
las relaciones de EDERFIL BECKER.
5.- La entrega y aceptación de regalos y obsequios estarán
permitidas cuando sean de un valor económico limitado o
simbólico y respondan a signos de cortesía o a atenciones
comerciales usuales.
7.2.- Prevención del blanqueo de capitales y de la
financiación del terrorismo
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EDERFIL BECKER cumplirá en todo momento con las leyes
nacionales e internacionales sobre blanqueo de capitales y
financiación del terrorismo que le son aplicables,cooperando
plenamente con las autoridades responsables de la lucha contra
el blanqueo de capitales o la financiación de cualesquiera
actividades ilícitas.
7.3.- Protección de la libre competencia
Las Personas evitarán todo tipo de conducta que pueda constituir
un abuso o restricción ilícita de la competencia. En relación con
la participación de EDERFIL BECKER en cualesquiera
organizaciones se observarán los principios de actuación
necesarios para garantizar el respeto a la libre formación de
precios que resulten de la práctica de dichos actos y, en general,
el cumplimiento de la legalidad vigente.
7.4.- Conflictos de Interés
1.- Las Personas de EDERFIL BECKER deben evitar cualquier
situación de Conflicto de Interés.
2.- Se considerará que existe Conflicto de Interés en aquellas
situaciones en las que entren en colisión, o quede influido o
distorsionado, el interés personal de alguna Persona de EDERFIL
BECKER y el interés de la propia Empresa. Existirá interés
personal cuando el asunto le afecte directamente a la Persona o
a otra vinculada a la Persona.
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3.- Tendrán la consideración de personas vinculadas a la Persona
el cónyuge de la Persona o la persona con análoga relación de
afectividad; los ascendientes, descendientes y hermanos de la
Persona o del cónyuge (o persona con análoga relación de
afectividad) de la Persona; así como las sociedades o empresas
en las que la Persona o personas a ella vinculadas estén en
situación de control o ejerzan un cargo de administración o
dirección, o, directa o indirectamente, una influencia significativa
en las decisiones financieras y operativas de dichas sociedades o
empresas.
4.- La Persona afectada por el Conflicto de Interés se abstendrá
de intervenir o influir en la toma de decisiones afectadas por el
Conflicto de Interés, de participar en las reuniones en que dichas
decisiones se planteen y de acceder a la información que afecte
a dicho Conflicto de Interés.
8. TRATO CON LOS SOCIOS COMERCIALES Y CON
TERCEROS
8.1.- Cumplimiento de los deberes con las
Administraciones Públicas
1.- Las relaciones con las autoridades y Administraciones
Públicas se plantearán bajo los principios de cooperación y
transparencia.
2.- EDERFIL BECKER cumplirá con sus deberes ante las diversas
Administraciones Públicas, en particular, los relacionados con la
Hacienda Pública y la Seguridad Social así como con aquéllas
respecto de las cuales se perciban subvenciones o EDERFIL
BECKER sea adjudicataria de contratos públicos.
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3.- Quedan expresamente prohibidas aquellas conductas
tendentes a la elusión de obligaciones tributarias u obtención de
beneficios en detrimento de la Hacienda Pública, Seguridad
Social y organismos equivalentes.
4.- Las actuaciones desarrolladas por EDERFIL BECKER relativas
a la urbanización, construcción o edificación se realizarán con el
máximo respeto a la legislación urbanística y administrativa de
aplicación en cada caso.
8.2.- Relaciones con Proveedores, Personas Asociadas y
Clientes
1.- Todas las Personas deberán aplicar en los procesos de
selección de Proveedores, Personas Asociadas y Clientes criterios
de calidad, oportunidad, coste y sostenibilidad, actuando siempre
en defensa de los intereses de EDERFIL BECKER.
2.- Se promoverá entre los Proveedores, Personas Asociadas y
Clientes el conocimiento de este Código de Conducta a efectos
de la mejor aplicación de los Principios Éticos contenidos en el
mismo.
9. GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN
9.1.- Protección de la intimidad. Uso de datos de carácter
personal
1.- EDERFIL BECKER respeta el derecho a la intimidad de las
Personas, en todas sus manifestaciones, así como las
comunicaciones personales de las Personas a través de Internet
y demás medios de comunicación. En particular, se respetará la
privacidad y los derechos referidos a datos de carácter personal.
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2.- En consecuencia EDERFIL BECKER se compromete a no
divulgar datos de carácter personal salvo consentimiento de los
interesados y en los casos de obligación legal. Los datos de
carácter personal en ningún caso podrán ser tratados para fines
distintos de los legal o contractualmente previstos.
9.2.- Tratamiento y protección de la Información
Confidencial.
1.- La información de carácter no público que posea EDERFIL
BECKER tendrá, con carácter general, la consideración de
Información Confidencial.
2.- Las Personas utilizarán la Información Confidencial con la
máxima cautela y pondrán los medios suficientes para
protegerla, sin que su contenido pueda ser facilitado a terceros,
salvo autorización expresa de la Persona o del órgano de
EDERFIL BECKER que sea competente en cada caso o exista un
requerimiento legal o judicial.
3.- La obtención de información de terceros se realizará de forma
legal. Las Personas rechazarán la información obtenida de
manera improcedente o infringiendo la confidencialidad bajo la
que la mantienen sus legítimos propietarios.
9.3.- Veracidad y exactitud en la realidad patrimonial de
EDERFIL BECKER
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La información económico-financiera de EDERFIL BECKER
reflejará fielmente su realidad patrimonial, de conformidad con
los principios de contabilidad generalmente aceptados y de las
normas internacionales de información financiera que sean
aplicables.
10. PROTECCIÓN Y USO DE LA PROPIEDAD DE
EDERFIL BECKER
10.1.- Uso responsable de activos y recursos de EDERFIL
BECKER
1.- EDERFIL BECKER pone a disposición de las Personas los
activos y recursos necesarios para el desempeño de su actividad
profesional.
2.- Las Personas deberán proteger y preservar los activos y
recursos de EDERFIL BECKER de cualquier pérdida, daño, robo o
uso inadecuado del que pudieran derivarse perjuicios para los
intereses de EDERFIL BECKER.
3.- Las Personas harán un uso responsable de dichos activos y
recursos de EDERFIL BECKER, siendo dicha utilización conforme
a las pautas establecidas por EDERFIL BECKER, de forma que
puedan desempeñar su actividad profesional de manera
eficiente, rentabilizando el tiempo así como los activos y recursos
que EDERFIL BECKER pone a su disposición.
10.2.- Protección de la seguridad informática
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EDERFIL BECKER procura la protección de la seguridad
informática y prohíbe la utilización de software no autorizado y la
descarga, instalación y utilización en los equipos informáticos de
programas o aplicaciones cuya utilización sea ilegal o entrañen el
riesgo de introducir cualquier elemento peligroso para la
seguridad de los sistemas informáticos.
11. APLICACIÓN DEL CÓDIGO. COMUNICACIONES
Y SEGUIMIENTO
11.1.- Entrada en vigor
1.- El presente Código de Conducta se encuentra en vigor desde
la aprobación del Consejo Rector de EDERFIL BECKER, es decir,
desde el 11 de junio de 2018 y se mantendrá vigente salvo
acuerdo expreso de derogación, revisión, actualización o entrada
en vigor de uno nuevo que lo sustituya.
2.- Cualquier Incumplimiento debe ser puesto en conocimiento
del Comité de Cumplimiento, que es el órgano competente para
velar por el cumplimiento de este Código de Conducta y su
correcta aplicación.
11.2.- Interpretación del Código de Conducta
1.- En caso de discrepancia entre el presente Código de
Conducta y cualquier Control integrante del Compliance Program,
prevalecerá el Código de Conducta. Asimismo, la interpretación
de los Controles se realizará en atención al espíritu y la finalidad
del presente Código de Conducta.
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2.- En caso de discrepancia en la interpretación del Código de
Conducta o cualquier otro Control del Compliance Program
debido a las versiones en los distintos idiomas, prevalecerá la
versión en castellano.
3.- Corresponde al Comité de Cumplimiento la interpretación del
contenido del Código de Conducta. Sus criterios interpretativos
son obligatorios para todos sus destinatarios.
4.- Cualquier duda que surja sobre la interpretación del Código
de Conducta será resuelto por el Comité de Cumplimiento, a
través de la comunicación al Canal Ético.
11.3.- Comité de Cumplimiento
1.- El Comité de Cumplimiento tiene competencia en todas las
materias propias de la Función de Cumplimiento. La
composición, el funcionamiento, las funciones y el resto de
aspectos relativos al Comité de Cumplimiento se regulan en el
Reglamento de dicho Comité.
2.- El Comité de Cumplimiento elabora y propone el conjunto de
Controles que integran el Compliance Program de EDERFIL
BECKER, que son de obligado cumplimiento para las Personas.
11.4.- Incumplimiento y comunicación al Canal Ético
1.- El Incumplimiento del presente Código de Conducta puede
dar lugar a sanciones laborales o societarias, sin perjuicio de las
administrativas o penales que, en su caso, puedan también
resultar del Incumplimiento.
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2.- Toda Persona que tenga conocimiento de un Incumplimiento
deberá comunicarlo directamente a través del Canal Ético. No
comunicar el Incumplimiento del que se tenga conocimiento será
considerado como una infracción del presente Código de
Conducta.
3.- La ocultación de un hecho o incidente sobre la vulneración del
Código de Conducta o los Controles que lo desarrollan no se
entenderá como una actuación en interés de EDERFIL BECKER.
4.- La comunicación al Canal Ético podrá mediante un correo
electrónico a [email protected] o una carta a la
siguiente dirección: Legorreta (Gipuzkoa), 20.250, Legorretako
Industrialdea, z/g, Att. Director de Cumplimiento.
11.5.- Confidencialidad de las comunicaciones y
prohibición de represalias
1.- EDERFIL BECKER garantiza la confidencialidad sobre la
identidad de las Personas que realicen comunicaciones al Canal
Ético.
2.- Todas las comunicaciones y procedimientos relacionados con
el Canal Ético se gestionarán respetando las exigencias de la
normativa de protección de datos personales. No obstante, los
datos de las personas que efectúen las comunicaciones al Canal
Ético podrán ser facilitados a las autoridades administrativas o
judiciales en la medida en que sean requeridos por los mismos
como consecuencia de cualquier procedimiento derivado de la
comunicación.
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3.- Queda prohibido adoptar medida alguna contra una Persona
integrante de EDERFIL BECKER que constituya una represalia o
cualquier tipo de consecuencia negativa por haber formulado una
comunicación. La represalia contra quien ha realizado dicha
comunicación será considerada como una infracción del presente
Código de Conducta.
4.- La prohibición de represalias prevista en el párrafo anterior
no impedirá la adopción de las medidas disciplinarias que, en su
caso, procedan cuando la investigación interna determine que la
comunicación es falsa y ha sido formulada de mala fe.
11.6.- Tramitación de las comunicaciones
1.- Se mantendrá un registro de todas las comunicaciones que
reciba a través del Canal Ético.
2.- Tras recibirse una comunicación se iniciará una investigación
interna, salvo que la comunicación carezca manifiestamente de
fundamento o se refiera a cuestiones ajenas al Código de
Conducta. En estos supuestos se dejará constancia de la
recepción de la Comunicación y de la decisión adoptada de no
iniciar investigación. Esta decisión no impedirá la iniciación
posterior de una investigación si se recibiera información
adicional.
3.- En la investigación interna que se realice el Comité de
Cumplimiento podrá recabar toda la información y
documentación que considere oportuna de cualesquiera áreas o
negocios de EDERFIL BECKER.
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4.- En el caso de que la comunicación afecte a un miembro del
Comité de Cumplimiento, éste no podrá participar en la
tramitación y serán aplicables las normas sobre Conflicto de
Interés previstas en el Apartado 7.4 anterior.
5.- Dicho procedimiento finalizará con una resolución por parte
del Comité de Cumplimiento, que contendrá una Acción
Correctiva o Propuesta que, en su caso, aprobará el Consejo
Rector o el órgano correspondiente. La Propuesta establecerá, en
su caso, las medidas disciplinarias correspondientes en aplicación
de la legislación laboral aplicable y, en especial, del Estatuto de
los Trabajadores y los convenios colectivos de aplicación y/o el
Reglamento de Régimen Interno y cualesquiera otras normas
socio-laborables aplicables a las Personas que integran EDERFIL
BECKER, todo ello sin perjuicio de las sanciones administrativas
o penales que, en su caso, puedan también resultar.
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