carta modelo. petición a municipio de mty para rechazar permisos a estacionamiento en parque...

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28 de febrero de 2013 Margarita Alicia Arellanes Cervantes Presidenta Municipal de Monterrey, Nuevo León. P R E S E N T E . - Me comunico con Usted para solicitar su atención sobre la Solicitud de Trámite ingresada por el Parque Fundidora Organismo Descentralizado, buscando tener la autorización de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología de Monterrey para construir un estacionamiento en el Parque Fundidora. En torno a este trámite, y al ser el predio donde se solicita autorización para construir el estacionamiento un espacio que implica el derribo de árboles, me permito requerirle lo siguiente: 1. Que la Dirección de Ecología del Ayuntamiento de Monterrey no otorgue al Parque Fundidora Organismo Descentralizado ninguna autorización de solicitud para la poda o derribo de árboles en el Parque Fundidora. 2. Que la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología de Monterrey no otorgue al Parque Fundidora Organismo Descentralizado, la Solicitud de Trámite que integra Uso de Suelo, Uso comercial, multifamiliar, servicios o industria; además de Construcción y Modificación al proyecto aprobado, realizada para el proyecto de implementar un estacionamiento en el Parque Fundidora, de Monterrey, Nuevo León. Los dos requerimientos previos tienen sustento en la legislación municipal aplicable al tema, en particular al Reglamento de Protección Ambiental e Imagen Urbana de Monterrey, donde se establece la prohibición de alterar o dañar los elementos que integran el mobiliario de plazas, parques o jardines públicos, y en particular, la vegetación existente en los mismos. Igualmente, el derribo de árboles en el Parque Fundidora no puede ser autorizado, considerando que las circunstancias que contempla el Reglamento para conceder la tala o la reposición de individuos derribados por otros, no se cumplen para el caso referido, como se describe enseguida: 1. Los árboles del sitio no se ubican en un predio destinado para casa habitación. 2. El arbolado en el sitio no esta causando daños a construcciones, banquetas, sistemas de suministro subterráneos, ni tampoco constituye un riesgo calificado para las personas que visitan el Parque. Como información que debe tener presente la Autoridad que Usted representa, es importante establecer que para el Parque Fundidora ya existen espacios diversos destinados para el acomodo de vehículos, con un estimado de 190 mil metros cuadrados para este concepto; por lo cual se debe valorar la necesidad real de construir infraestructura para los vehículos, ya que la misma existe en suficiente cantidad y calidad para ese fin. Del mismo modo, la negación de las autorizaciones solicitadas es un paso indispensable para que la vocación natural del Parque Fundidora como área verde y pulmón de la ciudad se fortalezca. Vinculado, ello permitirá desalentar la propensión vigente, en donde este espacio cada vez más es utilizado como un negocio, alejándose de su aptitud natural de espacio público. En el contexto con degradación ambiental vigente para la zona metropolitana de Monterrey, la evaluación y decisión que sobre el tema realice el Ayuntamiento, se vuelve estratégica para definir una tendencia positiva de crecimiento en la ciudad, donde el componente ambiental sea considerado en la toma de decisiones para la gestión de los espacios públicos, en particular los que presentan características ambientales relevantes, como corresponde en el caso del Parque Fundidora. ATENTAMENTE Nombre: ________________________________________ Rúbrica: ________________________________________ Dirección para recibir notificaciones: Padre Mier 617 Pte. Colonia Centro. Monterrey, NL. C.P. 64000

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A través de una petición de información pública, sabemos que el Parque Fundidora ha solicitado formalmente los permisos para construir un estacionamiento en un área verde con árboles. TÚ PUEDES AYUDAR A EVITAR QUE SE CONCEDAN LOS PERMISOS ---> FIRMA ESTA CARTA Y LLÉVALA A LAS OFICINAS DE LA SEDUE EN MTY. SIGUE LOS PASOS: http://www.pueblobicicletero.org/2013/02/au-defendamosfundidoraAcción Urgente en defensa de nuestro parque –> #DefendamosFundidora

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Page 1: CARTA MODELO. Petición a Municipio de MTY para rechazar permisos a estacionamiento en Parque Fundidora

28 de febrero de 2013

Margarita Alicia Arellanes Cervantes

Presidenta Municipal de Monterrey, Nuevo León.

P R E S E N T E . -

Me comunico con Usted para solicitar su atención sobre la Solicitud de Trámite ingresada por el Parque Fundidora Organismo Descentralizado, buscando tener la autorización de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología de Monterrey para construir un estacionamiento en el Parque Fundidora.

En torno a este trámite, y al ser el predio donde se solicita autorización para construir el estacionamiento un espacio que implica el derribo de árboles, me permito requerirle lo siguiente:

1. Que la Dirección de Ecología del Ayuntamiento de Monterrey no otorgue al Parque Fundidora Organismo Descentralizado ninguna autorización de solicitud para la poda o derribo de árboles en el Parque Fundidora.

2. Que la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología de Monterrey no otorgue al Parque Fundidora Organismo Descentralizado, la Solicitud de Trámite que integra Uso de Suelo, Uso comercial, multifamiliar, servicios o industria; además de Construcción y Modificación al proyecto aprobado, realizada para el proyecto de implementar un estacionamiento en el Parque Fundidora, de Monterrey, Nuevo León.

Los dos requerimientos previos tienen sustento en la legislación municipal aplicable al tema, en particular al Reglamento de Protección Ambiental e Imagen Urbana de Monterrey, donde se establece la prohibición de alterar o dañar los elementos que integran el mobiliario de plazas, parques o jardines públicos, y en particular, la vegetación existente en los mismos.

Igualmente, el derribo de árboles en el Parque Fundidora no puede ser autorizado, considerando que las circunstancias que contempla el Reglamento para conceder la tala o la reposición de individuos derribados por otros, no se cumplen para el caso referido, como se describe enseguida:

1. Los árboles del sitio no se ubican en un predio destinado para casa habitación.

2. El arbolado en el sitio no esta causando daños a construcciones, banquetas, sistemas de suministro subterráneos, ni tampoco constituye un riesgo calificado para las personas que visitan el Parque.

Como información que debe tener presente la Autoridad que Usted representa, es importante establecer que para el Parque Fundidora ya existen espacios diversos destinados para el acomodo de vehículos, con un estimado de 190 mil metros cuadrados para este concepto; por lo cual se debe valorar la necesidad real de construir infraestructura para los vehículos, ya que la misma existe en suficiente cantidad y calidad para ese fin.

Del mismo modo, la negación de las autorizaciones solicitadas es un paso indispensable para que la vocación natural del Parque Fundidora como área verde y pulmón de la ciudad se fortalezca. Vinculado, ello permitirá desalentar la propensión vigente, en donde este espacio cada vez más es utilizado como un negocio, alejándose de su aptitud natural de espacio público.

En el contexto con degradación ambiental vigente para la zona metropolitana de Monterrey, la evaluación y decisión que sobre el tema realice el Ayuntamiento, se vuelve estratégica para definir una tendencia positiva de crecimiento en la ciudad, donde el componente ambiental sea considerado en la toma de decisiones para la gestión de los espacios públicos, en particular los que presentan características ambientales relevantes, como corresponde en el caso del Parque Fundidora.

ATENTAMENTE

Nombre: ________________________________________

Rúbrica: ________________________________________

Dirección para recibir notificaciones: Padre Mier 617 Pte. Colonia Centro. Monterrey, NL. C.P. 64000