código civil del estado de tabasco, 2017. - eumed.net codigo civil.pdf · cÓdigo civil para el...
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CDIGOCIVILPARAELESTADODETABASCO
DISPOSICIONESGENERALES
ARTICULO1.mbitodevalidezmaterial
Las disposiciones de esteCdigo regirn en elEstadodeTabasco,enasuntosdelordencivil, no regulados por las leyes federales. Asimismo, regirn con carcter supletorio en todarelacinjurdicaosituacindederechonoprevistaporlasdemsleyesdelaEntidad.
ARTICULO2.Aplicacindelasleyes
Las leyesdelEstadodeTabasco, incluyendo lasqueserefierenalestadoycapacidaddelas personas, se aplicarn a todos los habitantes del mismo Estado, ya sean nacionales oextranjeros, estn domiciliados dentro de su jurisdiccin territorial o sean transentes perotratndose de extranjeros, se tendr presente loquedispongan,ensucaso, las leyes federalessobrelamateria.
ARTICULO3.Igualdadjurdica
La Ley Civil en el Estado deTabasco no har ninguna distincin entre las personas, porrazndesusexo,color,filiacin,raza,creenciareligiosaoideologapolticaperotendrcarcterproteccionistaenfavordelasqueseancultural,socialyeconmicamentedbiles.
ARTICULO4.Dbilessociales
Paralosefectosdelodispuestoporlaltimapartedelartculoanterior,esteCdigoreputacomo dbiles cultural, social yeconmicamente,a todosaquellosquesin tenerms instruccinque la educacin primaria, sus ingresos anuales no excedan del lmite fijado por la Ley delImpuestoSobre laRentaparaexceptuar,aquienesdevenganunsalariotrabajandoparaunsolopatrn,delaobligacindepresentardeclaracinanualrespectodedichoimpuesto.
ARTICULO5.Lmitesalejerciciodelosderechos
LoshabitantesdelEstadodeTabascotienenobligacindeejercersusactividades,deusarydisponerdesusbienesenformaquenoperjudiquenalacolectividad,demaneraqueredundeenbeneficiodesta,bajolassancionesrespectivas.Tambintienenlaobligacindeejercersusderechos,deusarydisponerdesusbienes,cuandoporelnoejercicio,usoodisposicin,secauseunperjuiciogeneraloseimpidaunbeneficiocolectivo.
ARTICULO6.Vigenciadelasleyes
Lasleyes,decretos,reglamentos,circularesocualquieraotrasdisposicionesdeobservanciageneralexpedidasporautoridadcompetente,entrarnenvigorentodoelterritoriodelEstadotresdasdespusde la fechadesupublicacinenelPeridicoOficial,exceptoen loscasosqueenellasmismassepreciseeldade iniciacindesuvigencia,yaquedeserasobligarndesdeelexpresadoda,siemprequesupublicacinseaanterior.
ARTICULO7.
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Irretroactividad
Ninguna ley ni disposicin gubernativa tendr efecto retroactivo en perjuicio de personaalguna.
ARTICULO8.Abrogacinderogacindelaley
Laleysloquedaabrogadaoderogadaporotraposteriorqueaslodeclareexpresamente,oquecontengadisposicintotaloparcialmenteincompatibleconlaleyanterior.
ARTICULO9.Observanciadelaleyyrenunciadederechos
Lavoluntadde losparticularesnopuedeeximirde laobservanciade la ley,nialterarlaomodificarla.Slopuedenrenunciarselosderechosprivadosquenoafectendirectamentealinterspblico,cuandolarenuncianoperjudiquederechosdeterceros.Silarenunciaautorizadasellevaacabomedianteconvenio,paraqueproduzcaefectosserequiereque:
I. Larenunciaseexpreseentrminosclarosyprecisosy
II. En el documento en que se haga constar el contrato, se transcriban textualmente losartculos relativos de la ley a cuyo beneficio se renuncia, de tal suerte que no quedelugaradudadeculseaelderechorenunciado.
Afectandirectamenteal interspblico las renunciasdederechosotorgadasporpersonascultural,socialyeconmicamentedbiles,enconveniosdecontenidopatrimonial.
ARTICULO10.Nulidaddelosactosejecutadoscontralasleyesprohibitivas
Los actos ejecutados contra el tenor de las leyes prohibitivas o de inters pblico sernnulos, excepto en los casos en que la ley ordene lo contrario. La nulidad que establece esteartculoesabsoluta.
ARTICULO11.Costumbre
Contra la observancia de la ley no puede alegarse desuso, costumbre o prctica encontrario.
ARTICULO12.Ignoranciadelaley
Nadiepodrsustraersea laobservanciadelospreceptoslegalesalegandoquelosignora,que son notoriamente injustos o que pugnan con sus opiniones y slo procedernencontradeellos los recursos determinados por las mismas leyes. Sin embargo, a pesar de lo dispuestoanteriormente, los jueces, atendiendo a las circunstancias de cada caso, podrn eximir a laspersonasfsicasdelassancionesenquehubierenincurridopornocumplirlaleyqueignoraban,odeserposible, concederlesunplazoparaque lacumplan, instruyndolaspreviamentesobre losdeberesquedichaleyimponga,cuandoquienignorelaleyseaunindividuodecondicincultural,socialyeconmicamentedbil.
ARTICULO13.Excepcinalasreglasgenerales
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Las leyes que establezcan excepcin a las reglas generales, no son aplicables a casoalgunoquenoestexpresamenteespecificadoenlasmismasleyes.
ARTICULO14.Efectosdelasleyesdeinterspblico
Los efectos de las leyes de inters pblico, no podrn alterarse por convenio celebradoentreparticulares.
ARTICULO15.EfectosjurdicosdeactoscelebradosfueradelEstado
LosefectosjurdicosdelosactosycontratoscelebradosfueradelEstadodeTabasco,peroquedebanserejecutadosenelmismo,seregirnporlasdisposicionesdeesteCdigoydemsleyestabasqueasy,ensucaso,porlasleyesfederalesqueresultenaplicables.
ARTICULO16.BienessitosenelEstado
Losbienesmuebleseinmuebles,sitosenelEstado,seregirnporlasleyestabasqueasy,ensucaso,porlasfederalesqueresultenaplicables,auncuandolosdueosnoseanmexicanosnivecinosdelEstado.
ARTICULO17.Formadelosactosjurdicos
Losactos jurdicosen todo lorelativoasu forma,seregirnpor las leyesdellugardondesuceden.Sinembargo, losmexicanosy losextranjerosresidentes fueradelEstadodeTabasco,quedanen libertadparasujetarsea las formasprescritasporesteCdigoydems leyes localesrelativas,cuandoelactohayade tenerejecucindentrodelterritoriodelmismoEstado.Cuandosean relativos a bienes inmuebles que se encuentren dentro del Estado, para que produzcanefectos con relacin a terceros, debern inscribirse en el Registro Pblico de la Propiedad dellugardesuubicacin,auncuandonoseexijaesterequisitoenellugardelotorgamiento.
ARTICULO18.Responsabilidadcivildeautoridades
Elusoabusivoquehaganlasautoridadesdesusatribucioneslegalesytodoabusoquedesu derecho realicen los particulares, es causa de responsabilidad civil, la cual slo podr serreclamada dentro del plazo de un ao, contado a partir del da en que el afectado tengaconocimientodelhechoabusivo.
ARTICULO19.Obligacinderesolvercontroversias
El silencio,obscuridado insuficienciade la ley,noautorizaa los jueceso tribunalesparadejarderesolverunacontroversiaqueanteellosseaplanteada.
ARTICULO20.Resolucindecontroversiasciviles
Lascontroversiasjudicialesdelordencivil,debernresolverseconformealaletradelaleyoasuinterpretacinjurdica.Afaltadeley,seresolvernconformealosprincipiosgeneralesdelderecho.
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ARTICULO21.Resolucindeconflictodederechos
Encasodeconflictodederechos,afaltadeleyexpresaqueseaaplicable,lacontroversiasedecidira favordelque tratedeevitarseperjuicioynoen favordelquepretendaobtenerunlucro.Sielconflictofuereentrederechosigualesodelamismaespecie,sedecidirenfavordelapartequecultural,econmicaysocialmenteseamsdbilyslocuandolaspartesseencuentrenen circunstancias semejantes, se resolver observando la mayor equidad posible entre losinteresados.
ARTICULO22.Costumbrecomonormajurdica
La costumbre puede ser aceptada como norma jurdica de carcter general, nicamentecuandolaleyexpresamenteremitaaella.
ARTICULO23.Deberesenbeneficiodelafamilia
El Juez, o quien represente alMinisterioPblico, incurreen responsabilidadcivil yoficialcuandonocumplalosdeberesqueesteCdigoleimponeenbeneficiodelafamilia,losmenoresylosincapacitados.ParalosefectosdeesteCdigo,lafamilialaformanlaspersonasqueestandounidaspormatrimonio, concubinatoopor lazosdeparentescodeconsanguinidad,deafinidadocivil,habitenenunamismacasaotenganunidadenlaadministracindelhogar.
ARTICULO24.ParticipacindelMinisterioPblico
Adems de los casos expresamente sealados por la ley, sersiempreodoelMinisterioPblico en todos los negocios judiciales relativos a la familia, matrimonio, nulidad de ste,divorcio,concubinato,filiacin,patriapotestad,tutela,curatela,ausencia,rectificacinonulidaddeactasdelestadocivil,patrimoniodefamiliaysucesin.
ARTICULO25.Interpsitapersona
EncasodequeesteCdigonopermitaaunapersona laadquisicindeunderechoo lacelebracin de un acto jurdico, no podr hacerlo por s ni por interpsita persona y, para esosefectos,salvoquesedispongaotracosa,sepresumequesoninterpsitaspersonaselcnyuge,en su caso el concubinario o la concubina, y los presuntos herederos o socios de la personaaquienlaleynopermiteadquiriresederechoorealizartalactojurdico.
ARTICULO26.Derechodeltanto
Cuandotratndosedelatransmisindederechosporactoentrevivos,attulooneroso,esteCdigoconcedaelderechodel tanto,elenajenantenotificaral titularo titularesdetalderecho,los trminos y condiciones de la enajenacin que tuviere convenida, para que aqullos puedanhacerusodesuderechodeltantodentrodelosochodassiguientesalanotificacin.Transcurridoeseplazo, sinhaberloejercitado,sepierdeelexpresadoderecho.Mientrasnosehayahecho lanotificacin,laenajenacinnoproducirefectolegalalguno.
Si hay varios titulares del derecho del tanto que hicieren uso de ste almismo tiempo yrespectodelmismobien,serpreferido,silaleynodisponedeotracosa,elquerepresentemayorpartecuandolaleyconcedaaqulaquienesconanterioridadtenganyaunderechorealsobreel
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bienobjetodelaenajenacinysilaspartessoniguales,serpreferidoeldesignadoporlasuerte,salvoconvenioencontrario.ARTICULO27.
Lesin
Si alguno, explotando o aprovechndose de la ignorancia, necesidad de otro o de sudebilidad cultural, social o econmica, obtiene un lucro excesivo que sea evidentementedesproporcionadoa loquelpor suparteseobliga,elperjudicado tendrderechoaobtener ladeclaracindenulidaddelcontratoo,ensucaso,lareduccinequitativadesuobligacin.
ARTICULO28.Cmputodeplazos
Salvodisposicindelaleyenotrosentido,losplazosfijadosporesteCdigosecomputarnatendiendoalasreglassiguientes:
I. Secontarnporaos,mesesydas,respectivamente,ynodemomentoamomento
II. Los aos se computarn desde el da, mes y ao en que empiece el plazo, hasta lamismafecha,menosundadelaosiguienteyassucesivamente
III. Losmesesseregularnporelnmerodedasquelescorrespondan,segnelcalendarioordinario
IV. Losdasseentenderndeveinticuatrohorasnaturales, contadasdesde lascerohorashastalasdocedelanoche
V. Eldaenquecomienzaelplazosecuentasiempreentero,aunquenoloseaperoaquelenqueterminadebesercompletoy
VI. Cuandoelltimodasea feriado,nose tendrporcompletoelplazo,sinocumplidoelprimerdahbilquesiga.
LIBROPRIMERODELASPERSONAS
TITULOPRIMERODELASPERSONASFSICAS
ARTICULO29.Quinessonpersonasfsicas
Son personas fsicas los seres humanos, y tienen capacidad de goce y capacidad deejercicio.
ARTICULO30.Capacidaddegoceyejercicio
Lacapacidaddegoceeslaaptitudparasertitulardederechosyobligaciones.Lacapacidaddeejercicioeslaaptitudparaejercitarderechosycumplirobligaciones.
ARTICULO31.Capacidaddegoce
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La capacidad de goce del ser humano se adquiere por el nacimiento y se pierde por lamuerte,perodesdeelmomentoenqueesconcebido,quedabajo laproteccinde laleyyseletiene por nacido para los efectos declarados en el presente Cdigo. Esta disposicin protege,tambin,a losconcebidosporcualquiermtododeconcepcinhumanaartificial,auncuandonoseencuentrenenelteromaterno.
ARTICULO32.Restriccionesalapersonalidad
Laminoradeedad,elestadodeinterdiccinylasdemsincapacidadesestablecidasporlaley,sonrestriccionesalapersonalidadjurdicaperolosincapacespuedenejercitarsusderechosocontraerobligacionespormediodesusrepresentantes.
ARTICULO33.Igualdad
Ninguna distincin admite la ley en la capacidad de los seres humanos fundada en ladiferenciadesexosocualquieraotracausa.
ARTICULO34.Aquinessepuededemandar
TodoslosresidentesdelaEntidadpuedenserdemandadosantelostribunalesdeste,porlas obligaciones y deberes contrados dentro o fuera delmismoEstado. Tambin a los que noresidanenelEstado,sienl tienenbienesqueestnafectosa lasobligacionescontradas,osistasdebentenersuejecucinenelmismoEstadoosisealcomodomicilioconvencionalparafijarlacompetencia.
TITULOSEGUNDODELASPERSONASJURDICASCOLECTIVAS
ARTICULO35.Capacidaddelaspersonascolectivas
Las personas jurdicas colectivas autorizadas por la ley tienen capacidad de goce y deejercicio,salvoquesuautonomaestrestringidapordisposicinlegalodeclaracinjudicial.
ARTICULO36.Quinessonpersonasjurdicascolectivas
Sonpersonasjurdicascolectivas:
I. ElEstadodeTabascoysusmunicipios
II. LasdemscorporacionesdecarcterpblicoreconocidasporlaLeyIII. Lasasociacionesciviles
IV. Lassociedadesciviles
V. Lasfundacionesy
VI. Las dems entidades de carcter privado a las que la ley atribuya o reconozcaexpresamentepersonalidad.
ARTICULO37.
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Reconocimientodelacapacidad
En el Estado de Tabasco se reconoce capacidad de goce y de ejercicio de las personasjurdicas colectivas creadas o autorizadas por las leyes federales y por las leyes de los demsEstadosdelaFederacin.
ARTICULO38.Ejerciciodederechos
Laspersonas jurdicascolectivaspuedenejercitar losderechosquenoseanincompatiblesconsuobjetoy,engeneral,todosaquellosquenolesestnprohibidosporlaley.
ARTICULO39.Regulacin
Las personas jurdicas colectivasse regirnpor las leyescorrespondientesy,ensucaso,porlodispuestoenesteCdigo,porsuescrituraconstitutivayporsusestatutosyseobliganpormediodelosrganosquelasrepresentenlegtimamenteoenlaformaquedisponganlasleyes.
TITULOTERCERODELDOMICILIO
ARTICULO40.Delaspersonas
Eldomiciliodeunapersonafsicaesellugardonderesideconelpropsitodeestablecerseenlafaltadeste,ellugarenquetieneelprincipalasientodesusnegociosyafaltadeunoyotro,ellugarenquesehalle.
ARTICULO41.Propsitodeestablecerseenunlugar
Sepresumeelpropsitodeestablecerseenunlugar,cuandoseresidemsdeseismesesenl.Transcurridoelmencionadotiempo,elquenoquieraquenazcalapresuncinqueseacabade sealar, declarar dentro del trmino de quince das, tanto a la autoridad municipal de sudomicilio,comoalaautoridadmunicipaldedondeseencuentre,quenodeseaperdersuantiguodomicilio y adquirir uno nuevo. La declaracin no producir efectos si se hace en perjuicio deterceros.
ARTICULO42.Legal
El domicilio legal de una persona es el lugar donde la ley le fija su residencia para elejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones, aunque de hecho no seencuentrepresente.
ARTICULO43.Culsereputalegal
Sereputacomodomiciliolegal:
I. Delmenordeedadnoemancipado,eldelapersonaacuyapatriapotestadestsujeto
II. Delmenorquenoestbajolapatriapotestadydelmayorincapacitado,eldesututor
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III. Delosmilitaresenservicioactivo,ellugarenqueestndestinados
IV. De losempleadospblicos,el lugardondedesempeensus funcionespormsdeseismeses.Losqueportiempomenordesempeenalgunacomisin,noadquirirndomicilioenellugardondelacumplen,sinoqueconservarnsudomicilioanteriory
V. De los sentenciados a sufrir una pena privativa de libertad pormsdeseismeses, lapoblacinenque laextingan,por loque tocaa lasrelaciones jurdicasposterioresa lacondenaencuantoa las relacionesanteriores, lossentenciadosconservarnelltimodomicilioquehayantenido.
ARTICULO44.Delaspersonasjurdicascolectivas
Eldomiciliodelaspersonasjurdicascolectivassedetermina:
I. Porlaleyquelashayacreadooreconocidooquelasrijadirectamente
II. Porsuescrituraconstitutiva,losestatutosoreglasdesufundaciny
III. Endefectodeloanterior,porellugarenqueseejerzanlasprincipalesfuncionesdesuinstitutoosehayaestablecidosurepresentacinlegal.
ARTICULO45.ActosejecutadosdentrodelterritoriodelEstado
Las personas jurdicascolectivasprivadasque tengansudomicilio fueradelEstado,peroqueejercitenactos jurdicosdentrodesu territorio,seconsiderandomiciliadasenellugardondelos hayanejecutado,para todo loqueaesosactosse refiere.Laspersonas jurdicascolectivasprivadasqueoperenpormediodesucursales,en lugardistintodelacasamatriz,seentendernsometidas,paratodolorelativoaloshechosqueseanimputablesasussucursalesoalosactosjurdicosquestasrealicen,alajurisdiccindellugardondesucedentaleshechososeefectentales actos jurdicos. Para los efectos de este artculo, se equiparan a las personas jurdicascolectivasprivadas,lasempresasdeparticipacinestatal.
ARTICULO46.Convencional
Se tiene derecho de designar un domicilio convencional para el cumplimiento deobligacionesdeterminadas.
TITULOCUARTODELNOMBRE
ARTICULO47.Delaspersonasfsicas
Elnombredelaspersonasfsicasseformaporelnombrepropioylosapellidospaternosdesusprogenitores.
ARTICULO48.Nombrepropio
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Elnombrepropioserpuesto librementeporquienregistreelnacimientodeunnioy losapellidos sern los paternos de los progenitores. Si no se sabe quines sonstos,elnombreyapellidossernpuestosporelOficialdelRegistroCivil.
ARTICULO49.Delamujercasada
Lamujercasadapodrconservarlibrementesunombreosustituirsusegundoapellidoporelprimerodesucnyuge,anteponindolelapreposicin"de"lasustitucinnoquedarsinefectosen los casos de divorcio o nulidad del matrimonio, ni de viudez, cuando la mujer quieraconservarlo.
ARTICULO50.Depersonascolectivaspblicas
Laspersonas jurdicascolectivasdecarcterpblico, llevarnelnombreque las leyes lesasignen.
ARTICULO51.Depersonascolectivasprivadas
Elnombredelaspersonasjurdicascolectivasdecarcterprivado,estarconstituidoporladenominacinoraznsocialqueselesasigneenelactodesuconstitucinodeconformidadconsusestatutos.
ARTICULO52.Derechoaluso
Todaslaspersonasjurdicas,seanfsicasocolectivas,tienenderechoalusodesunombre,pudiendoporlotantooponerseaqueuntercerouseelmismonombresintenerderecho,conformealasprescripcionesdeesteCdigo.
ARTICULO53.Derechoacontrovertireluso
Elderechodecontrovertir judicialmenteelusoindebidodeunnombreporotrapersona,setransmitealosherederosdelafectadoparacontinuarlaaccinperonoparaejercitarlasistenolohizoenvida.
ARTICULO54.Cundoprocedelamodificacin
Procede lamodificacin y, en su caso, el cambio de nombre con que unapersona fsicaestinscritaenelRegistroCivil:
I. Si se demuestra que una persona ha usado, invariable y constantemente, en su vidasocialyjurdicaotronombredistintoaldesuregistro
II. Sielnombreregistradoexponealapersonaalridculoy
III. Enelcasodehomonimia,sielsolicitantedemuestraqueelusodelhomnimolecausaperjuiciomoraloeconmico.
ARTICULO55.Reconocimientodehijo
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El reconocimiento de un hijo en los trminos de los artculos 106, 107 y 108, produce elefectodeotorgaralreconocido,elderechoalusodelosapellidoscorrespondientes.
ARTICULO56.Sentenciassobrelapaternidadomaternidad
Lassentenciasejecutoriadasquedesconozcanoestablezcanlapaternidadolamaternidadproducirn,respectivamente,elefectodeprivaruotorgaralapersonadecuyafiliacinsetrate,elderechoalusodelapellidocorrespondiente.
ARTICULO57.Anotacinmarginaldelacta
Paracumplirconlodispuestoenelartculoanterior,lamismasentenciaordenarseenvencopias certificadas de los puntos resolutivos de la misma al Oficial del Registro Civil quecorresponda, para que anote marginalmente el sentido del fallo en el acta de nacimiento delafectadoy,ensucaso,enladesumatrimonio.
ARTICULO58.Validezdeunamodificacin
NingunamodificacinocambiodenombretendrvalidezsinosehacemediantesentenciaqueconcluyadeunjuicioenqueseoigajuntamentealMinisterioPblicoyalDirectordelRegistroCivil.
ARTICULO59.Obligacionesconnombreanterior
Lamodificaciny,ensucaso,elcambiodenombredeunapersona,noliberanieximeastadelasobligacionesyresponsabilidadesquehayacontradoconelnombreanterior.
TTULOQUINTODELREGISTROCIVIL
CAPITULOIDISPOSICIONESGENERALES
ARTICULO60.Institucinpblica
ElRegistroCivil es una institucin pblica de inters sociala travsde lacualelEstadoinscribe,autoriza, certificaydapublicidada loshechosyactosconstitutivosomodificativosdelestadocivildelaspersonas.Estasinscripcionessurtirnefectoscontraterceros.
ARTICULO61.Acargodequinest
El Registro Civil estar a cargo de la Direccin del Registro Civil, que jerrquicamentedependerde laSecretaradeGobierno.ElRegistroCivilestconstituidoporunaDireccin,unArchivo Central, Unidades Administrativas y las Oficialas que establezca el reglamentorespectivo.ARTICULO62.
OficialesdelRegistroCivil
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La titularidad de las Oficialas del Registro Civil estar a cargo de servidores pblicosdenominados "Oficiales del Registro Civil", quienes tendrn fe pblica en el desempeo de laslaborespropiasdesucargoysernnombradosporelDirector,previoacuerdodelEjecutivo.
ARTICULO63.Actas
LasactasdelRegistroCivilseasentarnenformaespeciallainfraccinaestadisposicinproducir su nulidad. Las inscripciones se harn en forma computarizada omecanogrfica enambos casos, debern contener la clave nica de registro de poblacin o, en su defecto, latranscripcin de la misma en caso de inscripcin computarizada, se regir conforme alprocedimiento de guarda y distribucin de las copias del respaldo informtico y tratndose deformamecanogrfica, los formatosunavezutilizadosseencuadernarnenvolmeneshastadedoscientasactasquecorrespondernalaoaqueserefiera.
ARTICULO64.Expedicindeformas
Los oficiales del Registro Civil tendrn bajo su responsabilidad formas especiales porquintuplicado en las que se asentarn actas de "Nacimiento", "Reconocimiento de Hijos","Adopcin", "Matrimonio", "Divorcio Administrativo", "Defuncin" e "Inscripcin de SentenciasEjecutoriadas",quedeclarenlaemancipacin,laausencia,lapresuncindemuerte,latutelaylaprdidaolalimitacindelacapacidadlegalparaadministrarbienes.LasformasdelRegistroCivilsernexpedidasporelEjecutivodelEstadooporquienstedesigne.
ARTICULO65.Comprobacindelestadocivil
El estado civil de las personas slo se comprueba por las constancias respectivas delRegistroCivil.Ningnotrodocumentonimediodepruebaesadmisibleparacomprobarelestadocivil,conexcepcindeloscasosprevistoporestemismoCdigo.
ARTICULO66.Qusepuedeinsertarenlasactas
En lasactasdelestadocivil nopodr insertarse,niporvadenotaoadvertencia,sino loque est expresamente prevenido en la ley cualquier insercin que contravenga loanterior, setendrpornopuesta.
ARTICULO67.Requisitosaobservarenlasactas
Enlasactasdelestadocivilseobservarnlosrequisitossiguientes:
I. Seindicarelda,mes,aoyhoraexactaenquesepresentenlosinteresados
II. Setomarrazndelosdocumentosquesepresenten
III. Se indicarn los nombres, edad, nacionalidad y domicilio de las personas que semencionen,encuantofuereposible
IV. Lasactassenumerarnprogresivamente
V. Noseemplearnabreviaturas
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VI. Noseharnraspadurasniseborrarloescrito
VII. Si es necesario testar alguna palabra, se pasar sobre ella una lnea demanera quequedelegibleloescrito,salvolodispuestoporelprrafotercerodelartculo92y
VIII. Al final de cada acta se salvar con toda claridad lo entrerrenglonado y lo testado,conformealafraccinanterior.
ARTICULO68.Representacinpormandatario
Si los interesadosnopuedenconcurrirpersonalmente,podrnhacerse representarporunmandatario especial para el acto, cuyo nombramiento conste en instrumento pblico o privadootorgadoantedostestigos.Enloscasosdematrimonioodereconocimientodehijos,senecesitapoder otorgado en escritura pblica o mandato extendido en escrito privado firmado por elotorgante y dos testigos y ratificadas las firmas ante el Juez de primera instancia o NotarioPblico.
ARTICULO69.Testigos
Los testigos que intervengan en las actas del estado civil sern mayores de edad,prefirindoselosquedesignenlosinteresados.
ARTICULO70.Formasoficiales
Losactosdelestadocivilslopuedenasentarseenlasformasquesealaelartculo64.
ARTICULO71.Conformidaddelcontenido
Extendidaunacta,serledaenvozaltaporelOficialdelRegistroCivilquelaautorice,enpresenciade losqueenella intervengan,quienes la firmarn,ysialgunonopudierehacerlo,seexpresarlacausayseharconstarquelosinteresadosquedanconformesconsucontenido.
ARTICULO72.Lecturadelactaporelinteresado
Si alguno de los interesados quisiera enterarse por s mismo del tenor del acta, podrhacerloy,sinosupiereleer,unodelostestigosdesignadosporlleeraqullaylafirmarasuruego,sielinteresadonosupierehacerlo.
ARTICULO73.Suspensindelacta
Siunactocomenzadoseentorpecieseporque laspartessenieguenacontinuarlo,oporcualquier otro motivo, se inutilizar el acta, marcndola con dos lneas transversales yexpresndoseelmotivoporelquesesuspendi, raznquedeber firmarelOficialdelRegistroCivil,losinteresadosylostestigossiquisierenhacerlo.
ARTICULO74.Distribucindelosejemplares
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Asentadaunactadelestadocivil,elOficialquelaautoriceentregarunejemplardeellaalos interesados, otro quedar en el Archivo de la Oficiala y los restantes se remitirn a laDireccindelRegistroCivilparaquestalosdistribuyacomosealeelReglamentodelRegistroCivil.
ARTICULO75.Archivo
AlosdatosquepresentenlosinteresadosselesanotarelnmerodelactayelsellodelaOficialaysedepositarnenelArchivodelRegistroCivil,formndoseconelloselApndice.
ARTICULO76.Pruebadeactaperdida
Cuando no hayan existido registros o se hayan perdido, estuvieren rotos o borrados, ofaltaren las hojas en que se pueda suponer estaba el acta, se aplicarn las siguientesdisposiciones:
I. SisetratadelestadocivilconstituidoantesdelestablecimientodelRegistroCivil,podrdemostrarseporlosmediosordinariosdeprueba
II. Si se trata del estado civil constituido despus del establecimiento del Registro Civilhasta el da anterior a la fecha de haberse iniciado el asentamiento de las actas enformas impresas,sepodrrecibirpruebasdelactoporinstrumentosotestigosperosiuno solo de los registros se inutiliz y existe el duplicado, de ste deber tomarse laprueba,sinadmitirladeotraclasey
III. Si el estado civil que pretenda probarse se constituy despus de haberse ordenadoasentarlasactasenformasimpresas,podrrecibirsepruebadelactoporinstrumentootestigos pero si en las dependencias a que se refiere el artculo 74 existiera algnejemplardelasformasenqueconsteelacto,destasetomarlapruebasinadmitirlade otra clase. Para acreditar el estado civil adquirido por los mexicanos fuera de laRepblica,bastarnlasconstanciasquelosinteresadospresentendelosactosrelativos,sujetndosealoprevistoporelCdigoFederaldeProcedimientosCivilesencuantoasulegalizacin,debiendoinscribirseenlaOficialadelRegistroCivildelaadscripcindesudomicilio.
ARTICULO77.ActosdelOficialdelRegistroCivil
LosactosyactasdelestadocivildelOficialdelRegistroCivil,desucnyuge,ascendientesydescendientesdecualquieradeellos,nopodrnautorizarseporlmismoseasentarnenlasformas correspondientes, y se autorizarn porelOficialde laadscripcinmsprximaoporelquedesigneelDirectordelRegistroCivil.
ARTICULO78.OficialasdelRegistroCivil
LasOficialasdelRegistroCivilestarnbajoelcontrol,coordinacin,inspeccinyvigilanciadelaDireccindelRegistroCivil.
ARTICULO79.Testimonios
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Toda persona puede pedir testimonio de las actas del Registro Civil y de los datos quesealaelartculo75.LosOficialesdelRegistroCivilestnobligadosaexpedirlo.Lostestimoniosdelasactasharnfeenjuicioyfueradel.
ARTICULO80.Responsabilidadpordefectos
Los vicios o defectos que existan en las actas, sujetan al Oficial delRegistroCivil a laspenasestablecidasenlasleyescorrespondientes.
ARTICULO81.Defectosnosubstanciales
Cuandolosviciosodefectosdelasactasnosonsubstanciales,noproducenlanulidaddelacto,amenosquejudicialmentesepruebelafalsedaddeste.
ARTICULO82.Responsabilidadporomisin
Laomisindelregistrodereconocimientoenelcasodelartculo107,delregistrodetutelayde la autorizacin de la adopcin, no priva de sus efectos legales el reconocimiento, tutela yadopcin, respectivamente, ni impide a los padres, tutores o adoptantes el ejercicio de susfacultades como tales, nipuedealegarseporningunapersonaenperjuiciodel reconocidoodelincapazaqueserefieranesosactosperolosresponsablesdelaomisinincurrirnenunamultahasta por el equivalente a quince das de salario mnimo general vigente en la Entidad, queimpondrelOficialdelRegistroCivildellugardondesehayahecholadeclaracinextemporneadenacimientoyquedeberenterarseenlaoficinafiscaldelEstado,desujurisdiccin.Respectodelaimposicindelamultaaqueserefiereesteartculo,losoficialesdelRegistroCivil,gozarndelasfacultadesqueseconcedealosJuecesenelartculo12deesteCdigo.
ARTICULO83.ConstanciasdenoresidentesenelEstado
ParaestablecerelestadocivildelaspersonasquenoresidanenelEstado,bastarquelasconstancias presentadas estn conformes con las leyes del Pas o Estado de la RepblicaMexicanaenquesehayaverificadoelactoaqueserefieren.
ARTICULO84.Anotaciones
Todoactodelestadocivilrelativoaotroyaregistrado,deberanotarsedeoficioalmargendel acta respectiva tan pronto reciba el Oficial del Registro Civil constancia de aqul. Lasanotacionesseharncon ladebidamencinal foliodel registrodelactaaqueserefieren talesanotaciones, ystasse insertarnen todos los testimoniosqueseexpidan.Sielactaquedebeanotarsey laquemotiva laanotacinsehubierenautorizadoenoficinasdiversas,elOficialquelevantlasegundaremitircopiadeellaaldellugarenqueseencuentrelaprimera,paraqueasutenorsehagalaanotacincorrespondiente.
ARTICULO85.Sancionesporinfracciones
La infraccin de lo dispuesto en los artculos 67 y 74 ltima parte, la falsificacin de lasactasy la insercinenellasdecircunstanciasodeclaracionesprohibidas,sesancionarncon ladestitucin del Oficial del Registro Civil, sin perjuicio de las dems penas que establezcan lasleyes.
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CAPITULOIIDELASACTASDENACIMIENTO
ARTICULO86.Declaracindenacimiento
Las declaraciones de nacimiento se harn dentro de los 365 das siguientes a ste,presentando a la persona ante elOficialdelRegistroCivil ensuoficinay,en loscasosenquecircunstancialmenteseanecesario,elOficialacudirallugarenqueseencuentrelapersona.
ARTICULO87.Extemporneo
Sipasadoslos365dasnosehubiereregistradoelnacimiento,steserextemporneoypodr hacerse en la forma siguiente: Losmenores de trece aosymayoresdesesentapodrnrealizar su registro previa autorizacin del Director del Registro Civil. En cualquier otro casodeberobservarseloprevisto,alefecto,porelCdigodeProcedimientosCivilesdelaEntidad.
ARTICULO88.Obligacindedaraviso
Losmdicos,cirujanos,comadronasuotraspersonasquehubierenasistidoalparto,tienenobligacindedaravisodelnacimientoalOficialdelRegistroCivilde la localidad,dentrode losdiezdassiguientes.Lamismaobligacintieneeljefedefamiliaencuyacasahayatenidolugarelalumbramiento, si ste ocurri fuera de la casa paterna. Si el nacimiento tuviere lugar en unsanatorio, la obligacin a que se refiere el prrafo anterior estar a cargo del director o de lapersonaencargadadelaadministracin.
ARTICULO89.Contenido
Elactadenacimientocontendrelda,mes,ao,horay lugardenacimiento,el sexo, laimpresindigitaldelpresentado,elnombrequelecorresponda,sinquepormotivoalgunopuedanomitirselaexpresindesiespresentadovivoomuertoelnombre,edad,domicilioynacionalidaddelospadreselnombre,domicilioynacionalidaddelosabuelospaternosymaternoselnombre,edad,domicilioynacionalidadde los testigosy,si lapresentacinlarealizaunapersonadistintade los padres, se anotar su nombre, edad, domicilio y parentesco con el registrado, salvo lasprevencionescontenidasenelartculosiguiente.
ARTICULO90.Datosdelosprogenitores
Cuando el menor sea presentado por los padres o por uno de ellos, y se exhiba copiacertificada del acta de matrimonio de stos, salvo sentencia judicial definitiva en contrario, seasentarnlosnombres,domicilioynacionalidaddesusprogenitores,abuelosytestigos.
ARTICULO91.Datosdequienpresente
Cuando no se presente la copia certificada del acta de matrimonio, slo se asentar elnombredelpadreodelamadrecuandostoslosolicitenporsoporapoderado,enlostrminosqueestableceelartculo68deesteCdigo,yelnombredelosabuelosporlalneadelmismoodelosmismos,siconcurrierenlosdosprogenitores.
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ARTICULO92.Deberdereconoceralhijo
Tanto la madre como el padre, que no estuvieren casados entre s, tienen el deber dereconocerasuhijoperosinocumplenconestedebervoluntariamente,noseasentarenelactadenacimientoelnombredelosmismosysimplemente,seanotarlahora,da,mes,aoylugardel nacimiento, as como el nombre propio y apellidos que se pongan a la persona cuyonacimientosearegistrado.Sielpadreolamadreoambospidenporsoporapoderadoqueenelacta de nacimiento se asiente su nombre, se har constar ste y semencionar en su caso lapeticinqueenestesentidohaganelpadre, lamadre,oambos,oelapoderado.Cuandoelhijosea presentado por uno de los progenitores, se asentar nicamente el nombre del que lopresente.
En el acta de nacimiento no se har ningunamencin que califique la filiacin en formaalguna.Laspalabras"hijolegtimo","hijonatural","hijoilegtimo","hijodepadresdesconocidos","hijo de padre desconocido ", "hijo de madre desconocida", o " habido como consecuencia decualquier mtodo de reproduccin humana artificial ", que se inserten con infraccin de esteartculo, se testarn de oficio, demaneraquequeden ilegibles.ElOficialdelRegistroCivil queinserteenelactaalgunadeestasmencionessersancionado,laprimeravezconunamultaporelequivalente a quince das de salario mnimo general vigente en la Entidad y la segunda condestitucindel cargo.La investigacinde lapaternidadyde lamaternidadestpermitidaen lostrminosestablecidosporesteCdigo.
Enel casode loshijosnacidoscomoresultadode laparticipacindeunamadregestantesustituta,sepresumirlamaternidaddelamadrecontratantequelapresenta,yaqueestehechoimplicasuaceptacin.Enloscasosenlosqueparticipeunamadresubrogada,deberestarsealoordenadoparalaadopcinplena.
Se entiende por madre gestante sustituta, la mujer que lleva el embarazo a trmino yproporcionaelcomponenteparalagestacin,msnoelcomponentegentico.Porelcontrario,lamadre subrogada provee ambos: el material gentico y el gestante para la reproduccin. Seconsidera madre contratante a la mujer que convenga en utilizar los servicios de la madregestantesustitutaodelamadresubrogada,segnseaelcaso.
Salvoelcasodequesetratedeunhijonacidodeunamadregestantesustituta,cuandoelhijo nazca de unamujer casada que viva con su esposo, elOficial delRegistroCivil no podrasentar comopadreaotroquenoseaelmismomarido,exceptoquestehayadesconocidoalhijoyexistasentenciaejecutoriaqueaslodeclare.
ARTICULO93.PresenciadelOficialdelRegistroCivil
Sielpadreolamadrenopudierenconcurrirnituvierenapoderado,perosolicitarenambosoalgunodeelloslapresenciadelOficialdelRegistroCivil,stepasarallugarenquesehalleelolosinteresados,yallrecibirlapeticindequeseexpresesunombre,todolocualseasentarenelacta.
ARTICULO94.Padresnocasados
Silospadresdelhijotuvierenimpedimentoparacontraermatrimonioentres,porestarunodeellosoamboscasadosconotrapersona,noseharningunamencindeesacircunstanciaypodr asentarse el nombre de ambos progenitores si lo pidieren, observndose en su caso lodispuestoporelartculosiguiente.
ARTICULO95.
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Hijodemujercasada
Cuandoelhijonazcadeunamujercasadaquevivaconsumarido,enningncasopodrelOficialdelRegistroCivilasentarcomopadreaotroquenoseasucnyuge.
ARTICULO96.Padreconimpedimentonodispensable
Silospadresdelhijonopudiesencontraermatrimonioporexistirentreelloselimpedimentonodispensabledeparentescoporconsanguinidadoporafinidad,noseharmencinalgunadeesta circunstancia pero s se har constar el nombre de los progenitores si stos hicieren elreconocimiento.ARTICULO97.
Expsitos
Toda persona que encontrare un nio recin nacido, o en cuya casa o propiedad fuereexpuesto alguno, deber presentarlo al Oficial del Registro Civil con los vestidos, papeles ocualesquieraotrosobjetosencontradosconl,ydeclarareltiempo,modoylugarenquelehayaencontrado,ascomolasdemscircunstanciasqueenelcasohayanconcurrido.
ARTICULO98.Obligacionesdepresentaralosexpuestos
La misma obligacin tienen los jefes, directores y administradores de las prisiones y decualquier casa de comunidad, especialmente los de loshospitales, casasdematernidadocasahogar,respectodelosniosnacidosoexpuestosenellas.
ARTICULO99.Mencindeobjetosdelmenor
En las actas que se levanten en estos casos, no se expresarn las circunstancias quedesignaelartculo97,niseharconstarqueelnacimientoocurrienunaprisinoenunacasahogarperoslaedadaparentedelnio,susexo,elnombrepropioqueselepongaylosapellidosquelecorrespondanoseleponganensucaso,yelnombredelapersonaocasadecunaqueseencargue de l. En el acta nicamente semencionar que los objetos y papeles delmenor seencuentranenelArchivoEstataldelRegistroCivil.
ARTICULO100.Depsitodedocumentosdelmenor
Si con el expsito se hubieren encontrado papeles, alhajas u otros objetos de valor, sedepositarnenelArchivoEstataldelRegistroCivil,dandoformalrecibodeellosaquienlosrecojay se dar parte, inmediatamente, alMinisterioPblico, para que proceda como lo disponeesteCdigoenmateriadetutela.
ARTICULO101.Prohibicindeinquirirsobrelapaternidad
SeprohibealOficialdelRegistroCivil ya los testigosqueconformealartculo69debenasistiralacto,hacerinquisicindirectaoindirectasobrelapaternidad.Enelactasloseasentarloquemanifiestenlaspersonasquepresentenalnio,aunqueparezcansospechosasdefalsedad,sinperjuiciodequestasseancastigadasconformealasprescripcionesdelCdigoPenal.
ARTICULO102.Nacimientoentrnsito
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Elnacimientoqueocurraduranteunviaje,podrregistrarseenellugaroeneldomiciliodelos padres, segn las reglas antesestablecidasenelprimercaso, se remitircopiadelactaalOficial del Registro Civil del domicilio de los padres, si stos lo pidieren, y en el segundo, setendr para hacer el registro el trmino que seala el artculo 86 con un dams por cada 40kilmetrosdedistanciaofraccinqueexcedadelamitad.
ARTICULO103.Avisodenacimientoymuerte
Si al dar el aviso del nacimiento se comunicare tambin lamuerte del recin nacido, seextenderndosactas,unadenacimientoyotradedefuncin.
ARTICULO104.Partomltiple
Cuandosetratedepartomltipleselevantaractaporseparadoacadaunodelosnacidos,haciendoconstar lasparticularidadesque losdistinganyquinnaciprimero,segn lasnoticiasquecomuniquenalOficialdelRegistroCivillaspersonasquehayanasistidoalparto.
ARTICULO105.Anotacinmarginaldesentencia
Extendidas las actas de reconocimiento, tutela, adopcin, matrimonio, divorcioadministrativoydefuncin, seanotarenelactadenacimientode lapersonaaqueserefieranaquellas actas. Igualmente, se har en el acta de nacimiento una anotacin marginal, de lasentenciaqueensucasodecretelarevocacindelaadopcinoeldivorciojudicial.
CAPITULOIIIDELASACTASDERECONOCIMIENTO
ARTICULO106.Dehijosnaturales
Si el padre, o lamadre o ambos reconocieren a un hijo alpresentarlodentroo fueradeltrmino de la ley, para que se registre su nacimiento, el acta de ste contendr los requisitosestablecidos en los artculos anteriores, con expresin del nombredelprogenitoroprogenitoresqueloreconozcan.Estaactasurtirlosefectosdereconocimientolegal.
ARTICULO107.Despusdelactadenacimiento
Sielreconocimientodelhijosehicieredespusdehabersidoregistradosunacimiento,seformar acta separada, en la que se expresarn el nombre del hijo que se reconoce, elconsentimiento del hijo para ser reconocido si esmayor de edad, el nombre del padre o de lamadrequereconozca,odeambossilosdosloreconocen,lanacionalidaddestosylosnombresdelostestigos.
ARTICULO108.Porotrosmedios
Sielreconocimientosehaceporalgunodelosotrosmediosestablecidosenelartculo353,elJuezoelNotarioantequiensehayatramitadoelreconocimientopresentardentrodeltrminodequincedas,alencargadodelRegistroCivil,eloriginalocopiacertificadadeldocumentoquelocompruebe. En el acta se insertar la parte relativa del documento, observndose las demsprescripcionescontenidasenesteCdigo.
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ARTICULO109.Referenciaalaanterior
Entodaslasactasdereconocimientoposterioresalasdenacimiento,seharreferenciaastas,poniendolosdatoscorrespondientes.
CAPITULOIVDELASACTASDETUTELA
ARTICULO110.Inscripcin
PronunciadoelautodediscernimientodelatutelaypublicadoenlostrminosquedisponeelCdigo deProcedimientosCiviles, el tutor, dentro de las setenta y dos horas siguientes a lafechadelapublicacin,presentarcopiacertificadadelautoreferidoalOficialdelRegistroCivil,paraqueasienteelactarespectiva.Elcuradorcuidardelcumplimientodeesteartculo.
ARTICULO111.Contenido
Elactadetutelacontendr:
I. Elnombreyedaddelincapacitado
II. LaclasedeincapacidadporlaquesehayadiferidolatutelaIII. El nombre y dems generales de las personas quehan tenidoal incapacitadobajosu
patriapotestad,antesdeldiscernimientodelatutela
IV. Elnombre,edad,estado,profesinydomicilio,tantodeltutorcomodelcurador
V. Lagarantadadaporeltutor,expresandoelnombreydemsgeneralesdelfiador,si lagarantaconsisteenfianzaolosnombres,ubicacinydemsseasdelosbienes,silagarantaconsisteenhipotecaoenprenday
VI. ElnombredelJuezytribunalquepronuncielautodediscernimientoylafechadeste.
CAPITULOVDELASACTASDEADOPCIN
ARTICULO112.Inscripcin
Dictada la resolucin judicial definitiva que autorice una adopcin, dentro del trmino dequincedaseladoptantepresentaralOficialdelRegistroCivilcopiacertificadadeella,paraqueselevanteelactacorrespondiente.
ARTICULO113.Contenido
Elactadeadopcincontendr:nombres,apellidos, fecha, lugardenacimientoydomiciliodeladoptadonombres,apellidos,estadocivil,domicilioynacionalidaddelodelosadoptantesylosdatosesencialesdelaresolucinjudicial,fechaenquecausejecutoriaytribunalqueladict.
ARTICULO114.Cancelacin
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El Juez o Tribunal que resuelva que una adopcin queda sin efecto, remitir dentro deltrmino de ocho das copia certificada de su resolucin al Oficial del Registro Civil, para quecanceleelactadeadopcinylaanoteenladenacimiento.
CAPITULOVIDELASACTASDEMATRIMONIO
ARTICULO115.Solicitud
LaspersonasquepretendancontraermatrimoniopresentarnunescritoanteelOficialdelRegistroCivildeldomiciliodecualquieradeellas,queexprese:
I. Nombres, edad, ocupacin y domicilio de los pretendientes, as como de sus padre sifuerenconocidoscuandoalgunodelospretendientesolosdoshayansidocasados,seexpresarelnombredelapersonaconquiensehayacelebradoelanteriormatrimonio,lacausadesudisolucinylafechadeste
II. Quenotienenimpedimentolegalparacasarsey
III. Queessuvoluntadunirseenmatrimonio,precisandosiel rgimeneconmicodestesereldeseparacindebienesoeldesociedadconyugal.
Este escrito deber ser firmado por los solicitantes y si alguno no pudiere o no supiereescribir,imprimirsuhuelladigital.
ARTICULO116.Documentos
Alescritoaqueserefiereelartculoanteriorseacompaar:
I. Copiascertificadasdelasactasdenacimientoy,ensudefecto,undictamenmdicoquecompruebe su edad cuando por su aspecto no sea notorio que el varn esmayor dediecisisaosylamujerdecatorce
II. La constancia de que otorgan su consentimiento las personas a que se refieren losartculos 155 y 156, para que el matrimonio se celebre bajo el rgimen econmicosealadoporlospretendientes
III. Ladeclaracindedostestigosmayoresdeedadqueconozcanalospretendientesylesconstequenotienenimpedimentolegalalgunoparacasarse.Sinohubieredostestigosqueconozcanaambospretendientes,debernpresentarsedostestigosporcadaunodeellos
IV. Un certificado suscritopormdico tituladoqueasegure,bajoprotestadedecir verdad,quelospretendientesnopadecensfilis,tuberculosis,nienfermedadcrnicaeincurablequesea,adems,contagiosayhereditaria
V. Copia certificada de la constancia relativa a: defuncin del cnyuge, del divorcioadministrativo, parte resolutiva de la sentencia de divorcio judicial o de nulidad delmatrimonio, en caso de que cualquiera de los contrayentes hubiere sido casadoanteriormentey
VI. Copiadeladispensadeimpedimentos,siloshubo.
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ARTICULO117.Reconocimientodefirmas
ElOficialdelRegistroCivil aquiensepresenteunasolicituddematrimonioque llene losrequisitosenumeradosenlosartculosanteriores,harquelospretendientesylosascendientes,otutoresquedebenotorgarsuconsentimiento,reconozcanantelyporseparadosusfirmas.
Las declaraciones de los testigosaquese refierealartculo116ensu fraccin III, sernratificadasbajoprotestadedecirverdadanteelmismoOficialdelRegistroCivil.Este,cuandoloconsiderenecesario, secerciorarde laautenticidadde la firmaquecalceelcertificadomdicopresentado,solicitandolaratificacindelamismaantesupresencia.
ARTICULO118.Fechaylugardecelebracin
Elmatrimoniosecelebrardentrodelosquincedassiguientesaldelapresentacindelasolicitudenellugar,dayhoraquesealeelOficialdelRegistroCivil.
ARTICULO119.Celebracin
En el lugar, da y hora designados para la celebracin del matrimonio debern estarpresentes,anteelOficialdelRegistroCivil,lospretendientesosuapoderadoespecialconstituidoenlaformaprevistaporelartculo68deesteCdigoylostestigosaqueserefierelafraccinIIIdel artculo 116. Acto continuo, el Oficial del Registro Civil leer en voz alta la solicitud dematrimonio, los documentos que a ella se hayan acompaado y las diligencias practicadas einterrogaralostestigosacercadesilospretendientessonlasmismaspersonasaqueserefierela solicitud. En caso afirmativo, preguntar a cada uno de los pretendientes si es su voluntadunirseenmatrimonioy, siestnconformes, losdeclararunidosenelnombrede la leyyde lasociedad,dirigindolesunaexhortacinsobrelasfinalidadesdelmatrimonio.
ARTICULO120.Constanciadecelebracin
Selevantarelactadematrimonioenqueseharconstar:
I. Nombres, edad, ocupacin, domicilio, nacionalidad y lugar de nacimiento de loscontrayentes
II. Sisonmayoresomenoresdeedad
III. Nombres,domicilioynacionalidaddesuspadres
IV. El consentimiento de stos, de los abuelos o tutores o de las autoridades que debansuplirlosisonmenoresdeedadloscontrayentes
V. Quenohuboimpedimentolegalparaelmatrimonioo,ensucaso,questesedispens
VI. La declaracin de los pretendientes de ser su voluntad unirse en matrimonio y la dehaberquedadounidos,queharelOficialdelRegistroCivilennombredelaleyydelasociedad
VII. La manifestacin de los cnyuges de que contraen matrimonio bajo el rgimen desociedadconyugalodeseparacindebienes
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VIII. Nombres,edad,nacionalidadydomiciliodelostestigos,sudeclaracinsobresisononoparientesdeloscontrayentesy
IX. Quesecumplieronlasformalidadesexigidasporelartculoanterior.
El acta ser firmada por el Oficial del Registro Civil, los contrayentes, los testigos y lasdems personas que hubieren intervenido si supieren o pudieren hacerlo, asentndose en esteltimocasolaraznporlaquealgunadeellasnofirma.Almargendelactaimprimirnsushuellasdigitalesloscontrayentes.
ARTICULO121.Celebracincolectiva
La celebracin colectiva de matrimonios, no exime al Oficial del Registro Civil delcumplimientoestrictodelasolemnidadaqueserefierenlosartculosanteriores.
ARTICULO122.Actaconimpedimentos
El Oficial del Registro Civil que tenga conocimiento de que los pretendientes tienenimpedimentoparacontraermatrimonio,levantarunactaantedostestigos,enlaqueharconstarlos datos que le hagan suponer que existe.Cuando haya denuncia, se expresar en el acta elnombre,edad,ocupacin,estadocivil ydomiciliodeldenunciante, insertndosentegramente ladenuncia. El acta ser firmada por los que en ella intervinieron y remitida al Juez de primerainstanciaquecorresponda,paraquehagalacalificacindelimpedimento.
ARTICULO123.Declaracionesfalsas
Los pretendientes que declaren maliciosamente un hecho falso, los testigos quedolosamenteafirmen laexactitudde lasdeclaracionesdeaqullososu identidad,y losmdicosqueseconduzcanfalsamentealexpedirelcertificadoaqueserefiere la fraccin IVdelartculo116, sern denunciados ante elMinisterioPblico para losefectos legalescorrespondientes.Lomismo se har con las personas que falsamente se hicieren pasar por padres o tutores de lospretendientes.
ARTICULO124.Denunciadeimpedimentos
Las denuncias de impedimentos pueden hacerse por cualquier persona. Las que seanfalsas, sujetanaldenunciantea laspenasestablecidasparael falso testimonioenmateriacivil.Siempre que se declare no haber impedimento, el denunciante ser condenado al pago de lascostas,daosyperjuicios.
ARTICULO125.Informedeimpedimentosalosinteresados
AntesderemitirelactaalJuezdeprimerainstancia,elOficialdelRegistroCivilharsaberalospretendienteselimpedimentodenunciado,aunquesearelativoaunodeellos,abstenindosedetodoprocedimientoulteriorhastaquelasentenciacauseejecutoria.
ARTICULO126.Denunciaannima
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Las denuncias annimas o hechas por cualquier otro medio, si no se presentarepersonalmenteeldenunciante,slosernadmitidascuandoestncomprobadas.Enestecaso,elOficialdelRegistroCivildarcuentaalaautoridadjudicialdeprimerainstanciaquecorrespondaysuspendertodoprocedimientohastaquestaresuelva.
ARTICULO127.Suspensindelmatrimonio
Denunciadoun impedimentoelmatrimonionopodrcelebrarse,aunqueeldenunciantesedesista,mientrasnorecaigasentenciajudicialquedeclaresuinexistenciaoseobtengadispensadel.
ARTICULO128.Sancin
ElOficialdelRegistroCivilqueautoriceunmatrimonio teniendoconocimientodequehayimpedimentolegal,odequestesehadenunciado,sersancionadocomolodispongaelCdigoPenal.
ARTICULO129.Negativadecelebracindelmatrimonio
LosoficialesdelRegistroCivil slopodrnnegarseaautorizarunmatrimoniocuandoporlos trminos de la solicitud, por el conocimiento de los interesados o por denuncia en forma,tuvieren noticia de que alguno de los pretendientes o los dos, carecen de aptitud legal paracelebrarelmatrimonio.
ARTICULO130.Sancinporretardo
El Oficial del Registro Civil que sin motivo justificado retarde la celebracin de unmatrimonio,sersancionadoporprimeravezconunamultahastadeveinticincodasdesalariomnimogeneralvigenteenlaEntidady,encasodereincidencia,conladestitucindesucargo.
ARTICULO131.Solicituddedeclaraciones
El Oficial del Registro Civil que reciba una solicitud de matrimonio, est plenamenteautorizadoparaexigira lospretendientes,bajoprotestadedecirverdad,todaslasdeclaracionesque estime conveniente a fin de asegurarse de su identidad y de su aptitud para contraermatrimonio. Tambin podr exigir declaracin bajo protesta, a los testigos que los interesadospresenten, a las personas que figuren como padres o tutores de los pretendientes y a los quesuscriban el certificado exigido por la fraccin IV del artculo 116. Asimismo podr admitircualquierotrapruebaprocedente.
CAPITULOVIIDELASACTASDEDIVORCIOADMINISTRATIVO
ARTICULO132.Solicitud
Elactadedivorcioadministrativoselevantarenlostrminosprevistosporelartculo268de este ordenamiento, previa solicitud por escrito que presenten los cnyuges y en ellas seexpresarelnombre,edad,ocupacinydomiciliodelossolicitantes,fechaylugardelaoficinaenquecelebraronsumatrimonioyelnmerodepartidadelactacorrespondiente.
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ARTICULO133.Anotacindeldivorcio
Extendidaelactasemandaranotarenladematrimoniodelosdivorciados,ylacopiadeladeclaracinadministrativadedivorciosearchivarconelmismonmerodelacta.
CAPITULOVIIIDELASACTASDEDEFUNCIN
ARTICULO134.Autorizacinparainhumacincremacin
Ninguna inhumacin o cremacin se har sin autorizacin escrita delOficial delRegistroCivil, quien se asegurar del fallecimiento con certificado expedido por mdico legalmenteautorizado.Noseprocederalainhumacinocremacinhastaquepasenveinticuatrohorasdelamuerte, salvo los casos en que se ordene otra cosa por la autoridad sanitaria competente dellugar.
ARTICULO135.Formalidades
Elactadedefuncinseharenelformatorespectivo,asentndoselosdatosqueelOficialdel Registro Civil requiera o la declaracin que se le haga, y ser firmada por dos testigos,prefirindoseparaelcasolosparientes,siloshay,olosvecinos.
ARTICULO136.Contenido
Elactadedefuncincontendr:
I. Nombre,edad,ocupacin,estadocivilydomicilioquetuvoeldifunto
II. Sieracasadooviudo,elnombredesucnyuge
III. Nombre,edad,profesinydomiciliodelostestigosysifuerenparientes,elgradoenquelosean
IV. Nombredelospadresdeldifunto,sisesupieren
V. Lacausadelamuerte
VI. Fecha,horay lugarde lamuerte,sisesupiere,y todos los informesquese tenganencasodemuerteviolenta
VII. Nombre, nmero de cdula profesional y domicilio del mdico que certifique ladefunciny
VIII. Nombre,edad,nacionalidad,domiciliodeldeclaranteygradodeparentesco,ensucaso,coneldifunto.
ARTICULO137.Obligacindeavisar
Losdueosohabitantesdelacasaenqueseverifiqueunfallecimiento,lossuperiores,losdirectoresyadministrativosdeloscuarteles,colegios,hospitales,prisiones,asilosocualquiercasa
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decomunidad,losencargadosdelosmesonesyhoteles,yloscaserosdelascasasdevecindad,tienenobligacindedaraviso,dentrodelasveinticuatrohorassiguientesdeocurridalamuerte,alOficial del Registro Civil. El incumplimiento de esta obligacin se sancionar conmulta por elequivalentedehastatreintaveceselsalariomnimogeneralvigenteenlaEntidad.
ARTICULO138.Constanciadeautoridadmunicipal
Siel fallecimientoocurriereen lugardondenohayaoficinadelRegistroCivil, laautoridadmunicipal extender la constancia respectiva que remitir al Oficial del Registro Civil quecorresponda,paraquelevanteelactadedefuncindentrodelosquincedassiguientes.
ARTICULO139.Muerteviolenta
Cuando el Oficial del RegistroCivil sospechare que lamuerte fue violenta, dar parte alMinisterio Pblico comunicndole todos los informes que tenga para que proceda a laaveriguacin conforme a derecho. Cuando el Ministerio Pblico sepa de un fallecimiento, darcuentaalOficialdelRegistroCivilparaqueasienteelactarespectiva.Siseignoraelnombredeldifunto, se asentarn las seas de ste, las de los vestidos y los objetos que se le hubierenencontradoy,engeneral,todoloquepuedaconduciraidentificaralapersonaysiemprequeseobtenganmayoresdatos,secomunicarnalOficialdelRegistroCivilparaquelosanotealmargendelacta.
Entodosloscasosdemuerteenlasprisiones,noseharmencindeellosenlosregistrosylasactascontendrnsimplementelosdemsrequisitosqueseprescribenenelartculo136.
ARTICULO140.Ensiniestro
Enloscasosdesiniestros,enquenoseafcilreconocerelcadver,seformarelactaconladeclaracindequienes lohayanrecogido,expresando,encuanto fuereposible, lasseasdelmismoydelosvestidosyobjetosqueconlsehayanencontrado.
ARTICULO141.Declaracinencasodedesastre
Sihaycertezadequealgunapersonahaperecidoenellugardeldesastre,peronoapareceelcadver,elactacontendr lasdeclaracionesde laspersonasquehayanconocidoalaquenoaparece,ylasdemsnoticiasqueacercadelacontecimientopuedanrecabarse.
ARTICULO142.Fueradeldomicilio
Sialgunofallecieraenlugarquenoseaeldesudomicilio,seremitiralOficialdelRegistroCivil correspondiente, copia certificada del acta de defuncin para que haga la anotacin en elactadenacimientoyenlasdemsqueestnrelacionadasconlamisma.Asimismo,cuandounaautoridad ordene la inhumacin y de sta resulte que la causa de la muerte fue distinta a laanotadaenelactadedefuncin,secomunicarestacircunstanciaalOficialdelRegistroCivilquehayalevantadoelacta,quienharlaanotacincorrespondiente.
ARTICULO143.Demilitar
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EljefedecualquiercuerpoodestacamentomilitartienelaobligacindedarpartealOficialdelRegistroCivil,delosmuertosquehayanhabidoencualquieractodelservicio,especificndosela filiacinde losmismos.ElOficialdelRegistroCivilobservarenestecaso lodispuestoenelartculoanterior.
CAPITULOIXINSCRIPCINDERESOLUCIONESJUDICIALESQUEMODIFIQUENEL
ESTADOCIVILDELASPERSONAS
ARTICULO144.Copiaderesolucinejecutoriada
Las autoridades judiciales que declaren la paternidad o maternidad, divorcio, nulidad oinexistencia del matrimonio, ausencia, presuncin de muerte, tutela, prdida o limitacin de lacapacidad legal para administrar bienes o la adopcin, remitirn al Oficial del Registro Civilcorrespondiente,dentrodeltrminodequincedas,copiacertificadadelaresolucinejecutoriadaoautodediscernimientorespectivo.
Recibidalacopiacertificadaaqueserefiereelprrafoanterior,elOficial:
I. Levantarelacta:
a) Dereconocimiento,cuandolasentenciahayadeclaradolapaternidadomaternidad
b) Deadopcin,cuandoseconcedasta
c) Detutela,ensucaso.
II. Anotar:
a) Enelactadenacimientooensucasoladematrimonio,ladeclaracindeausenciaopresuncindemuerte
b) Enelactadematrimonio,sisedeclaranulo,inexistenteodisueltoelvnculomatrimonial
c) Enelactadetutela,sisedeclarrecuperadalacapacidad.
LasactasaqueserefierelafraccinIdeesteartculo,contendrnelnombre,edad,estadocivil y nacionalidad de lapersonaopersonasdequienesse trate, la fechade lasentencia, suspuntos resolutivos y el tribunal que la dict. Las anotaciones se harn insertando los datosesencialesdelaresolucinjudicialquesehayacomunicado.
CAPITULOXDELARECTIFICACINYACLARACINDELASACTASDELREGISTROCIVIL
ARTICULO145.Antequinprocedelarectificacin
Larectificacindeunactadelestadocivil,puedehacerseanteelPoderJudicialyenvirtuddesentenciaejecutoriadadictadaporste,salvoel reconocimientoquevoluntariamentehagaelpadredesuhijo,elcualsesujetaraloprevistoenesteCdigo.
ARTICULO146.Cundoprocede
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Halugaralarectificacindelacta:
I. Cuandoelsucesoregistradonoocurri
II. Cuando errneamente se hubiere asentado un nombre o alguna otra circunstancia,cuandostaseaesencial
III. Enloscasosdecambioovariacindenombreaqueserefierenlosartculos54,55y56deesteCdigoy
IV. Enloscasosdecambiodergimenpatrimonialdelmatrimonio.
ARTICULO147.Quinespuedenpromoverla
Puedenpromoverlarectificacindeunactadelestadocivil:
I. Laspersonasdecuyoestadocivilsetrate
II. Laspersonasquesemencionenenelactacomorelacionadasconelestadocivildealgunos
III. Losherederosdelaspersonascomprendidasenlasfraccionesprecedentesy
IV. Laspersonasaquienesexpresamenteconcedalaleyesederecho.
ARTICULO148.Formalidadesdeljuicio
El juicio de rectificacin de acta se seguir en la forma que establece el Cdigo deProcedimientosCivilesparaelEstado.
ARTICULO149.Comunicacindesentenciaejecutoriada
La sentencia ejecutoriada se comunicar al Oficial del Registro Civil y ste har unareferencia de ella al calce del acta de que se trate, sea que el fallo conceda o niegue larectificacin.
ARTICULO150.Aclaracionesanteelregistro
La aclaracin de las actas del estado civil procede ante la Direccin del Registro Civil,cuandoalasentaraqullassehubierencometidoerroresmecanogrficos,ortogrficosodeotrandolequenoafectensusdatosesencialesypuedenpedirlalasmismaspersonasaqueserefiereelartculo147.DebertramitarseenlaformaqueestablezcaelReglamentodelRegistroCivil.
TITULOSEXTODELMATRIMONIO
CAPITULOIDELOSESPONSALES
ARTICULO151.Enquconsisten
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La promesa dematrimonio, por escrito, que se hacenmutuamenteelhombrey lamujer,constituye los esponsales. Slo pueden prometerse en matrimonio los que tienen la edadrequerida para contraerlo. Los esponsales no obligan a contraermatrimonio, ni en ellos puedeestipularsepenaalgunapornocumplir lapromesasinembargo,elquesincausagrave,ajuiciodel Juez, rehusareodifiriere indefinidamenteel cumplimientodesta,pagar losgastosque laotrapartehubierehechoconmotivodelmatrimonioproyectado.
Sielmatrimonionosecelebra, tienenderecho losprometidosaexigir ladevolucinde loquesehubieredonadoconmotivodesumatrimonioconcertado.
ARTICULO152.Ejerciciodeacciones
Lasaccionesaqueserefiereelartculoanterior,slopuedenejercitarsedentrodeunao,contadodesdeeldadelanegativaodiferimientoindefinidoparalacelebracindelmatrimonio.
CAPITULOIIDELOSREQUISITOSPARACONTRAERMATRIMONIO
ARTICULO153.Formalidades
El matrimonio debe celebrarse ante los funcionarios que establece la ley y con lassolemnidadesqueellaexige.ElEstadoprocurar,por todos losmediosqueestnasualcance,quelaspersonasquevivanenconcubinatocontraiganmatrimonio.Paralarealizacindeestefin,que es de orden pblico, se efectuarn campaas peridicas de convencimiento en las quecolaborenlosservidorespblicosymaestrosdelEstado.
ARTICULO154.Quinespuedencontraerlo
Puedencontraermatrimonio:elhombrequehacumplidodiecisisaosylamujerquehayacumplidocatorce.ElGobernadordelEstado,oelPresidenteMunicipaldellugar,puedenconcederdispensa,encasosexcepcionalesyporcausasgravesyjustificadas.
ARTICULO155.Delmenordeedad
Para que el menor de edad, cualquiera que sea su sexo, pueda contraermatrimonio, serequiere:
I. Elconsentimientodelascendienteodelosascendientesqueejerzanlapatriapotestady
II. Si no hay quien ejerza la patria potestad, se necesita el consentimiento del tutor y,faltando ste, el Juez de primera instancia del domicilio del menor suplir elconsentimiento.
ARTICULO156.Consentimientoencasodemenores
Quienes han prestado y ratificado su consentimiento ante elOficial delRegistroCivil, nopuedenrevocarlo,amenosquehayajustacausaparaellotampocopodrnrevocarloquieneslossustituyan.
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ARTICULO157.Suplenciadelconsentimientoporlaautoridad
Cuando los ascendientes o tutores nieguen su consentimiento y su disenso no parezcaracional,podrrecurrirel interesadoalGobernadordelEstadooalservidorpblicoaquienstecomisione para ello, quien despus de obtener informacin sobre el particular suplir dichoconsentimiento,segnloestimeconducentealosinteresesdelmenorperosinestahabilitacin,elmatrimonionopodrcelebrarse.
SielqueniegaelconsentimientoeselJuez,elinteresadopodrocurriralTribunalSuperiordeJusticia,enlostrminosquesealeelCdigodeProcedimientosCiviles.
ARTICULO158.Fallecimientodequienotorgaelconsentimiento
Si el ascendiente o tutor que ha firmado o ratificado la solicitud dematrimonio falleciereantes de que se celebre, su consentimiento no puede ser revocado por la persona que, en sudefecto, tendraelderechodeotorgarloperosiemprequeelmatrimonioseverifiquedentrodeltrminofijadoenelartculo118.
ARTICULO159.RevocacindelconsentimientodelJuez
Solamenteporcausajustasuperveniente,elJuezquehubieraautorizadoaunmenorparacontraermatrimonio,podrrevocarelconsentimientootorgado.
ARTICULO160.Impedimentos
Sonimpedimentosparacelebrarelmatrimonio:
I. Lafaltadeedadrequeridaporlaley
II. La falta de consentimiento del que, o de los que conforme a la ley, tienen la patriapotestad,deltutorodelJuezensusrespectivoscasos
III. Elerror,cuandoseaesencialmentesobrelapersona
IV. Elparentescodeconsanguinidad,sinlimitacindegradoenlalnearecta,ascendenteodescendente.Enlalneacolateraligual,elimpedimentoseextiendealoshermanos.Ensu colateraldesigual,el impedimentoseextiendesolamentea los tosysobrinosy,alcontrario,siemprequeestneneltercergrado
V. Elparentescodeafinidadenlnearecta,sinlimitacinalguna
VI. Elatentadocontralavidadealgunodeloscasados,paracasarseconelquequedelibre
VII. Lafuerzaomiedograves.Encasoderaptosubsisteelimpedimentoentreelraptorylaraptada,mientrasstanosearestituidaa lugarseguro,dondelibrementemanifiestesuvoluntad
VIII. Laembriaguezhabitual
IX. Elusonoteraputicodeenervantes,estupefacientes,psicotrpicosodecualquieraotrasubstanciaquealterelaconductayproduzcafarmacodependencia
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X. Laimpotenciaporcausafsicaparaconsumarelmatrimonio,siemprequeseaincurable
XI. Lasenfermedadescrnicaseincurablesquesean,adems,contagiosasohereditarias
XII. Ladisminucinoperturbacindelainteligenciay
XIII. Elvnculodeunmatrimonioanteriorsubsistenteal tiempoenquesepretendacontraerotro.
De estos impedimentos slo son dispensables la falta de edad y el parentesco deconsanguinidadenlneacolateraldesigual.
ARTICULO161.Impedimentodedivorciada
La mujer no puede contraer nuevo matrimonio, sino hasta pasados ciento ochenta dasdespusdeladisolucindelaanterior,amenosqueduranteeseplazodierealuzunhijo.Enloscasos de nulidad o de divorcio, puede contarse este tiempo desde que se interrumpi lacohabitacin.
ARTICULO162.Impedimentoporadopcin
Eladoptanteo losascendientesdestenopuedencontraermatrimonioconeladoptadoosusdescendientes,entantodureellazojurdicoresultantedelaadopcin.
ARTICULO163.Impedimentoportutela
Quien haya desempeado la tutela no puede contraermatrimonio con quien ha estado oestbajosuguarda,anoserqueobtengadispensa,laquenoseconcederporelGobernadordelEstado o por el servidor pblico a quien ste comisione para ello, sino cuando hayan sidoaprobadas legalmente las cuentas de la tutela. La prohibicin contenida en este artculocomprende tambin a los curadores y a los ascendientes y descendientes de stos y de lostutores.
Sielmatrimoniosecelebraencontravencina lodispuestoenelprrafoanterior,elJuezdesignaraquien,ejerciendointerinamentelatutela,recibalosbienesylosadministre,mientrasseobtieneladispensa.Enelcasodelaprimerapartedelprrafoanterior,elrgimenpatrimonialdelmatrimoniosereldeseparacindebienesaunqueelmatrimoniosehubierecontradobajoelrgimendesociedadconyugalexpresaotcitamente.
ARTICULO164.MatrimoniofueradelEstado
Elmatrimoniocelebradoentremexicanos fueradelterritoriodelEstado,perodentrodelaRepblica, yqueseavlidoconarregloa las leyesdel lugarenquesecelebr,surte todos losefectoscivilesenelEstadodeTabasco.RespectoalatranscripcinenelRegistroCivildelactadecelebracindematrimoniodelosmexicanosquesecasenenelextranjeroyquesedomicilienenelterritoriodelEstado,seaplicarlodispuestoporlalegislacinfederal.
CAPITULOIIIDELOSDERECHOSYDEBERESQUENACENDELMATRIMONIO
ARTICULO165.Fidelidadyayudamutua
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Los cnyuges deben guardarse fidelidad, vivir juntos en el domicilio conyugal, contribuircada uno por su parte a los fines del matrimonio y ayudarsemutuamente. Cualquier conveniocontrarioalaayudamutuaquesedebenloscnyuges,setendrpornopuesto.
Loscnyugespuedenplanificarelnmeroyespaciamientodesushijos,ascomoemplearcualquiermtododereproduccinartificialparalograrsupropiadescendencia.Estederechoserejercido de comn acuerdo por los cnyuges, extendindose a aquellas parejas que vivenpblicamente como si fueran marido y mujer y sin tener algn impedimento para contraermatrimonioentres.
ARTICULO166.Dispensadevivirjuntos
ElJuezdeprimerainstancia,conconocimientodecausa,eximiraunodeloscnyugesdeldeberdevivirconelotro,cuandoalgunodelosdostrasladesudomicilioalextranjeroocuandoseestablezcaenunlugarinsalubreoindecoroso.
ARTICULO167.Obligacindealimentos
Losalimentosdeloscnyugesydesushijossernacargodeaqullos,porpartesiguales.Puedenloscnyuges,porconvenio,repartirseenotraproporcinelpagodelosalimentos.Sinolleganaunacuerdoynoestuviesenconformesconelcincuentaporcientofijadoporesteartculo,laproporcinqueacadaunodeelloscorrespondaenelpagodelosalimentosdependerdesusposibilidadeseconmicas.
Notienelaobligacinqueimponeesteartculo,elcnyugequecarezcadebienespropiosyestimposibilitadoparatrabajar,nielqueporconveniotcitooexpresoconelotro,seocupedelas labores del hogar o de la atencin de los hijos menores. En estos casos, el otro cnyugesolventarntegramenteesosalimentos.
Losbienesde loscnyugesysus ingresos,quedanafectadospreferentementealpagodelos alimentos, en la parte que a cada uno corresponda por la ley o por convenio. Para hacerefectivo este derecho, podrn los cnyuges y los hijos pedir en cualquier momento elaseguramientodeaquellosbienes.
ARTICULO168.Igualdaddedeberesyobligaciones
Losderechos,deberesyobligacionesquerespectivamenteotorgaoimponealoscnyugeselmatrimonio, sernsiempre igualesparaambos,cualquieraqueseasuaportacinrespectodelosalimentos.
ARTICULO169.Igualdaddeautoridad
Los cnyuges tendrn en el hogar autoridad y consideraciones iguales por lo tanto, decomnacuerdoarreglarntodolorelativo:
I. Allugarenqueseestablezcaeldomicilioconyugalylacasaenquesteseinstale
II. Aladireccinycuidadodelhogar
III. Alaeducacinyestablecimientodeloshijosy
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IV. Alaadministracindelosbienesqueseancomunesaloscnyuges.
En caso de que no estuvieren conformes en alguno de los puntos indicados o sobrecualquieraotrorelativoaamboscnyugescomotalesaloshijos,elJuezdeprimerainstanciadeldomicilio conyugal procurar avenirlos y, si no lo lograre, resolver, sin forma de juicio, lo quefueremsconvenientealosinteresesdelafamilia.
ARTICULO170.Libertaddeempleo
Loscnyugespodrndesempearcualquierempleo,ejercerunaprofesin,industria,oficioo comercio, siendo lcitos. Slo puede oponerse uno de los cnyuges a que el otro realice laactividadquedesempee,cuandostadaealafamiliaopongaenpeligrosuestabilidad.
ARTICULO171.Libredisposicindebienes
Loscnyugesmayoresdeedadtienencapacidadparaadministrar,contratarodisponerdesusbienespropiosyejercitarlasaccionesuoponerlasexcepcionesquelescorresponda,sinqueparatalobjetonecesitedelconsentimientounodelotro.
ARTICULO172.Administracindebienesdecnyugesmenores
Loscnyugesmenoresdeedadtendrnlaadministracindesusbienesenlostrminosdelartculo que precede pero necesitarn autorizacin judicial para enajenarlos, gravarlos ohipotecarlosyuntutorparasusnegociosjudiciales.
ARTICULO173.Autorizacinjudicialparacontratarentres
Los cnyuges requieren autorizacin judicialparacontratarentreellos,exceptocuandoelcontrato sea el de asociacin civil o el de mandato para pleitos y cobranzas o para actos deadministracin.
ARTICULO174.Autorizacinjudicialparaserfiadorunodeotro
Tambinserequiereautorizacin judicialparaqueelcnyugesea fiadordesuconsorteoseobliguesolidariamenteconlenasuntosqueseandeintersexclusivodeste,salvocuandosetratedecaucinparaqueelotroobtengasulibertadpersonal.
ARTICULO175.Cundonoseconcederautorizacin
Laautorizacinaqueserefierenlosartculosanteriores,noseconcedercuandoresultenperjudicadoslosinteresesdelafamilia.
ARTICULO176.Compraventaentreconsortes
Elcontratodecompraventaslopuedecelebrarseentreloscnyugescuandoelmatrimonioestsujetoalrgimendeseparacindebienes.
ARTICULO177.
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Ejerciciodeaccionesdeunocontraotro
Loscnyuges,duranteelmatrimonio,podrnejercitarlosderechosyaccionesquetenganelunoencontradelotroperolaprescripcinentreellosnocorremientrasdureelmatrimonio.
ARTICULO178.AvenimientoporJuez
Cualquierdisensinquesurjaentrelosespososconmotivodelejerciciodelosderechosaqueserefieren losartculos166y169oencualquieraotrasituacinsimilar,serdirimidaporelJuez de primera instancia del lugar del domicilio conyugal, quien en todo caso, y previamente,procurar avenir a los disidentes y si no lo consigue resolver, sin forma de juicio, dictando laresolucin en la misma acta que se levante para hacer constar la comparecencia de losinteresadosyloquealrespectoexpongacadaunodeellos.
ARTICULO179.Cundonoselevantaracta
SielJuezconsigueelavenimiento,noseprocederallevantamientodelacta.
CAPITULOIVDELOSEFECTOSDELMATRIMONIOCONRELACINALOSBIENESDELOSCNYUGES
SECCINPRIMERADISPOSICIONESGENERALES
ARTICULO180.Rgimenmatrimonial
Laspersonasquevayanacontraermatrimoniodebenmanifestar,tantoenelescritoaqueserefiereelartculo115,comoenelactodesucelebracin,sioptanporelrgimendeseparacindebienesoporeldesociedadconyugal,enlainteligenciadequesiomitenhacerlo,selestendrporcasadosbajoesteltimorgimen.
ARTICULO181.Inscripcindelrgimenmatrimonial
ElactadematrimoniodebeinscribirseenelRegistroPblicodelaPropiedad,porcuantoalrgimenpatrimonialdeaqul.
ARTICULO182.Modificacionesdelrgimen
Los cnyuges, despus de celebrado el matrimonio pueden, con autorizacin judicial,cambiarelrgimendesociedadconyugalporeldeseparacindebienesyviceversa.
ARTICULO183.Enajenacindehogarconyugal
Si lacasaen laqueseestablezcaelhogarconyugalnoconstituyepatrimoniode familia,pero es propiedad de uno de los cnyuges o pertenece a ambos en copropiedad o es de lasociedadconyugal,nopuedeenajenarsesinoconelconsentimientodelosdosconsortes.
ARTICULO184.
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Hipotecadelhogarconyugal
La casa a que se refiere el artculo anterior, slo puede hipotecarse cuando el crditogarantizadoconlahipotecaseaparamejorarlayconelconsentimientodeambosconsortes.
ARTICULO185.Mueblesdelhogarconyugal
Losmueblesdelhogarconyugal,seanpropiosdeloscnyugesodelasociedadconyugalopertenezcanaamboscnyugesencopropiedad,nopuedenenajenarsesinelconsentimientodelosconsortes.
ARTICULO186.Enajenacincuandohaymenores
Si hay hijos menores en el hogar conyugal, los actos realizados en contravencin a lodispuestoenlosartculos183y184anteriores,estarnafectadosdenulidadabsoluta.
ARTICULO187.Enajenacincuandonohaymenores
Enel casode losartculosanteriores, sinohayhijosmenoresenelhogarconyugal,sloestarnafectadosdenulidadrelativa.
ARTICULO188.Inembargabilidaddebienesconyugales
Lacasaenqueseconstituyaelhogarconyugalylosmueblesdestesoninembargables,hasta por un valor equivalente al mximo autorizado por este Cdigo para la constitucin delpatrimoniodefamilia,salvoqueelcrditoquesecobreseorigineenelpreciodelosmueblesoenlahipotecamencionadaenelartculo184.
SECCINSEGUNDADELASOCIEDADCONYUGAL
ARTICULO189.Enquconsiste
Elrgimendesociedadconyugalconsisteenlaformacinyadministracindeunpatrimoniocomn,diferentedelpatrimoniopropiodecadaunodelosconsortes.
ARTICULO190.Personalidad
Lasociedadconyugalesunapersonajurdicacuyacapacidadnacedesdelacelebracindelmatrimonio.
ARTICULO191.Cundotermina
La sociedad conyugal termina con la disolucin del matrimonio o antes de sta, porconveniodeloscnyugesoporresolucinjudicial.
ARTICULO192.Presuncindemuerte
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Lasociedadconyugaltermina,tambin,conlapresuncindemuerteencasodeausencia.
ARTICULO193.Cmoserigen
Lasociedadconyugalserigepor lasdisposicionesdeestasecciny,enlonoprevistoenella, por las reglas relativas a la sociedad civil. Lo anterior es aplicable a las relaciones decontenidopatrimonialexistentesentreelconcubinarioylaconcubina.
ARTICULO194.Suadministracin
Laadministracindelasociedadconyugalcorrespondeaambosconsortesystospuedenconvenirqueunodeellosseaeladministrador.
ARTICULO195.Cambiodeadministrador
Sielcnyugeadministrador,pornegligenciaoadministracintorpe,amenazaarruinaralasociedadconyugalodisminuirconsiderablementelosbienesdeella,puedeelotrocnyugepedirjudicialmentelaadministracindelasociedadolaterminacindesta.
ARTICULO196.Bienespropiosdeloscnyuges
Sonpropiosdecadacnyuge:losbienesdequeseesdueoalcelebrarseelmatrimonioylos que se poseen antes de su unin aunque no fuera dueo de ellos, si los adquiere porusucapindurantelasociedad.
ARTICULO197.Bienesadquiridosporcondicin
Son bienes propios de cada cnyuge los adquiridos por efectos de una condicin, cuyocumplimientoserealizaduranteelmatrimonio,peroestipuladaantes.
ARTICULO198.Bienesadquiridosporliberalidad
Son bienes propios, tambin, los que durante el matrimonio adquiera cada cnyuge pordonacin, herencia o legado constituido a favor de uno solo de ellos, pero si la donacin esonerosa,lascargassernporcuentaexclusivadeldonatario.
En lascapitulacionesmatrimonialessepuedepactarque losbienesqueseadquieranporcualquieradelascausassealadasenesteartculo,seanpartedelasociedadconyugal.
ARTICULO199.Bienesadquiridosattulooneroso
Sonpropioslosbienesadquiridosattulooneroso,condineroprovenientedelaenajenacindeunbienpropiodeunodeloscnyugesoporpermutaconunodestos.Enestecaso,elbienadquiridoespropiodelcnyugequeerapropietariodelbienenajenado.
ARTICULO200.Dinerodeunaenajenacin
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Si se enajena un bien propio de uno de los cnyuges, y el dinero obtenido con laenajenacin no se emplea para adquirir otro bien cierto y determinado pero si se utiliza enbeneficiodelafamilia,alliquidarselasociedadseconsiderarelimportedelaenajenacincomouncrditoacargodestayafavordelcnyugequefuepropietariodelbienenajenado.ARTICULO201.
Pensiones
Son bienes propios de cada cnyuge, tambin, las pensiones que se venzan durante elmatrimonio,derivadasdeunarentavitaliciaconstituidaantesdel.
ARTICULO202.Losdemsbienes
Salvo los bienes que los artculos anteriores consideran propios de cada uno de loscnyuges, todos los que stos adquieran, conjuntaoseparadamente,despusdelmatrimonioyhastaladisolucindelasociedadconyugal,pertenecenasta.
ARTICULO203.Consentimientoparaactosdedominio
Paraquepuedanrealizaseactosdedominioanombredelasociedadconyugal,serequiereel consentimientodeamboscnyuges,aunenel casodequeeladministradorseaunosolodeellos.
ARTICULO204.Herenciacomn
Los cnyuges no pueden repudiar ni aceptar la herencia comn sin el consentimientoexpresodeambos.
ARTICULO205.Deudas
Lasdeudascontradasduranteelmatrimonioporambosconsortesoporunosolodeellos,soncargodelasociedadconyugal.
ARTICULO206.Deudasanterioresalmatrimonio
Lasdeudasanterioresalmatrimonio, cuandoel cnyugedeudorno tengabienesconqupagarlas,slopodrnserpagadasconlasganancialesquelecorrespondan,despusdedisueltala sociedad conyugal, sin perjuiciode lasaccionesdelacreedorparapedir laseparacinde losbienesdeldeudor.
ARTICULO207.Solucinencasodedisenso
Siemprequeloscnyugesdebanrealizarjuntosunactodeadministracinodisposicin,encasodedisensoelJuezresolverloprocedente.
ARTICULO208.Bienespropiedaddelasociedad
Todos los bienes que existan en poder de cualquiera de los cnyuges al terminar lasociedadconyugal,sepresumenpropiedaddesta,salvopruebaencontrario.
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ARTICULO209.Bienesconsideradoscomodonacin
Ni ladeclaracindeunode loscnyugesqueafirmesersuyounbien,ni laconfesindelotro,niambasjuntassonpruebassuficientes,aunquesehayanhechoenjuicioperolaconfesinseconsiderarcomodonacin,quenoquedarconfirmadasinoporlamuertedeldonante.
ARTICULO210.Inventario
Disueltalasociedadseprocederaformarinventario,enelcualnoseincluirnellecho,losvestidosordinariosy losobjetosdeusopersonalde losconsortes,queserndestosodesusherederos se pagarn los crditos que hubiere contra la comunidad conyugal, se devolver acadacnyugeloquellevalmatrimonioyelsobrante,silohubiere,sedividirporpartesigualesentrelosdosconsortes.
ARTICULO211.Encasodeprdidas
En caso de que hubiere prdidas, el importe de stas se deducir del haber de cadacnyugeenproporcinalmontodecadaunodesushaberes,ysislounollevcapital,destesededucirlaprdidatotal.
ARTICULO212.Muertedeuncnyuge
Muertounodeloscnyuges,continuarelquesobrevivaenlaposesinyadministracindelasociedadconyugal,conintervencindelrepresentantedelasucesin,mientrasnoseverifiquelaparticin.
SECCIONTERCERADELASEPARACINDEBIENES
ARTICULO213.Enquconsiste
En el rgimen de separacin de bienes, los cnyuges conservarn la propiedad yadministracin de los bienes que respectivamente les pertenecen y, por consiguiente, todos losfrutosyaccesionesdedichosbienesnoserncomunes,sinodeldominioexclusivodeldueodeellos.
ARTICULO214.Propiedadindividual
Sern tambinpropiosdecadaunode losconsortes lossalarios,sueldos,emolumentosyganancias que obtuvieren por servicios personales, por el desempeo de un empleo o por elejerciciodeunaprofesin,comerciooindustria.
ARTICULO215.Cuandoambosadquieran
Los bienes que los cnyuges adquieran en comn por donacin, herencia, legado, porcualquier otro ttulo gratuito o por don de la fortuna, entre tanto se hace la divisin, sernadministrados por ambos o por uno de ellos con acuerdo del otro pero en ese caso el queadministreserconsideradocomomandatario.
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ARTICULO216.Responsabilidadpordaos
Elmaridorespondealamujerystaaaquldelosdaosyperjuiciosquesecausarenpordolo,culpaonegligencia.
ARTICULO217.Serviciosentrecnyuges
En ninguno de los regmenesmatrimoniales el marido podr cobrar a lamujer ni sta aaqul, retribucin u honorario alguno por los servicios personales que le prestaren o por losconsejos y asistencia que le diere pero si uno de los consortes, por causa de ausencia oimpedimento del otro no originado por enfermedad, se encargare temporalmente de laadministracinde losbienesdelimpedido,tendrderechoaqueseleretribuyaporesteservicioenproporcinasuimportanciayalresultadoqueprodujere.
SECCINCUARTADELASDONACIONESANTENUPCIALES
ARTICULO218.Concepto
Sellamanantenupcialeslasdonacionesqueantesdelmatrimoniohaceuncnyugealotro,cualquieraqueseaelnombrequelacostumbreleshayadado.
ARTICULO219.Hechasporextrao
Sontambindonacionesantenupcialeslasqueunextraohaceaalgunodeloscnyugesoambos,enconsideracinalmatrimonio.
ARTICULO220.Montomximo
Las donaciones antenupciales entre esposos, aunque fueren varias, no podrn exceder,reunidas, de la sexta parte de los bienes del donante. En lo que excedan, la donacin serinoficiosa.
ARTICULO221.Inoficiosas
Lasdonacionesantenupcialeshechasporunextrao,sern inoficiosasen los trminosenquelofuerenlascomunes.
ARTICULO222.Clculodeladonacin
Para calcular si es inoficiosa una donacin antenupcial, tiene el cnyuge donatario y susherederoslafacultaddeelegirentrelapocaenquesehizoladonacinyladelfallecimientodeldonadorperosialhacerseladonacinnoseforminventariodelosbienesdeldonador,nopodrelegirselapocaenqueaqullaseotorg.
ARTICULO223.Aceptacin
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Lasdonacionesantenupcialesnonecesitan,parasuvalidez,deaceptacinexpresa.
ARTICULO224.Revocacinporingratitud
Lasdonacionesantenupcialesnopodrnser revocadasporsobrevenirhijosaldonante,niporingratitud,anoserqueeldonantefuereunextrao,queladonacinhayasidohechaaambosespososyquelosdosseaningratos.
ARTICULO225.Revocacindelasantenupciales
Lasdonacionesantenupcialessonrevocables:
I. Porqueelmatrimoniodejasedeefectuarsey
II. Poreladulteriooseparacininjustificadadelacasaconyugal,conabandonoabsolutodelasobligacionesinherentesalafamilia,porpartedeldonatario,cuandoeldonantefueraelotrocnyuge.
ARTICULO226.Donacindemenores
Losmenores pueden hacer donaciones antenupciales pero slo con intervencin de suspadresotutoresoconaprobacinjudicial.
ARTICULO227.Reglasaplicables
Son aplicables a las donaciones antenupciales las reglas de las donacionescomunes,entodoloquenofuerencontrariasaestaSeccin.
SECCIONQUINTADELASDONACIONESENTRECONSORTES
ARTICULO228.Confirmacin
Los consortes pueden hacerse donaciones, pero slo se confirmarn con la muerte deldonante, con tal que no perjudiquen el derecho de los ascendientes o descendientes a recibiralimentos.
ARTICULO229.Disposicionesaplicables
Sonaplicablesalasdonacionesentreconsorteslassiguientesdisposiciones:
I. Puedenserrevocadaslibrementeyentodotiempoporlosdonantes
II. Loscnyugesnonecesitanautorizacinjudicialpararevocarlas
III. Estas donaciones no se anularn por la supervenencia de hijos, pero se reducirncuandoseaninoficiosasenlosmismostrminosquelascomunesy
IV. Sloseconfirmarnconlamuertedeldonante.
-
CAPITULOVDELOSMATRIMONIOSNULOSEILCITOS
ARTICULO230.Causasdenulidad
Soncausasdenulidaddeunmatrimonio:
I. Elerroracercadelapersonaconquiensecontrae,cuandoentendiendouncnyugequecelebramatrimonioconpersonadeterminada,locontraeconotra
II. Que el matrimonio se haya celebrado concurriendo alguno de los impedimentosenumeradosenelartculo160y
III. Quesehayacelebradoencontravencinalodispuestoenlosartculos115a120.
ARTICULO231.Accin
La accin de nulidad que nacedelerror, slopuedededucirseporel cnyugeengaadopero si ste no denuncia el error dentro del trmino de treinta das de conocerlo, se tiene porratificado el consentimiento y queda subsistente el matrimonio, a no ser que exista algn otroimpedimentoqueloanule.
ARTICULO232.Cundonoprocedelanulidad
Losdiecisisaosenelhombreycatorceenlamujerdejarndesercausadenulidad:
I. Cuandohayahabidohijos
II. Cuando,aunquenoloshayahabido,elmenorhubierellegadoalosdieciochoaos,ynilnielotrocnyugehubierenintentadolanulidady
III. Cuando antes de declararse ejecutoriada la resolucin de nulidad, se obtuviese ladispensadeedadolaesposasehalleencinta.
ARTICULO233.Quinespodrnalegarla
Lanulidadporfaltadeconsentimientodelosascendientesslopodralegarseporaquloaqullosaquienes tocabaprestardichoconsentimiento,ydentrode treintadascontadosdesdequetenganconocimientodelmatrimonio.
ARTICULO234.Cundocesa
Cesalacausadenulidadestablecidaenelartculoqueprecede:
I. Sihanpasadolostreintadassinquesehayareclamadoy
II. Sidentrodeestetrmino,elascendientehaconsentidoexpresamenteenelmatrimonio,otcitamente,haciendodonacinaloshijosenconsideracinalmatrimonio,recibiendoa los esposos a vivir en su casa, presentando a la prole como de los consortes en elRegistroCivil, opracticandootrosactosquea juiciodel Juezsean tanconducentesalefecto,comolosexpresados.
-
ARTICULO235.Trmino
LanulidadporfaltadeconsentimientodeltutorodelJuez,podrpedirsedentrodeltrminodetreintadasporcualquieradeloscnyugesoporeltutorperodichacausadenulidadcesarsiantes de presentarse demanda en forma sobre ella, se obtiene la ratificacin del tutor o laautorizacinjudicial,confirmandoelmatrimonio.
ARTICULO236.Encasodeparentesco
Elparentescoporconsanguinidadnodispensado,anulaelmatrimonioperosidespusseobtuvieradispensayamboscnyuges,reconocidalanulidad,quisieranespontneamentereiterarsuconsentimientopormediodeunactoanteelOficialdelRegistroCivil,quedarrevalidadoelmatrimonioysurtirtodossusefectoslegalesdesdeeldaenqueprimeramentesecontrajo.
ARTICULO237.Quinespuedenejercitarlaaccin
Laaccinquenacedeestaclasedenulidadylaquedimanadelparentescodeafinidadenla lnea recta, pueden ejercitarseporcualquierade loscnyuges,porsusascendientesyporelMinisterioPblico.
ARTICULO238.Accinencasodeatentado
Laaccindelanulidadqueprovienedelatentadocontralavidadealgunodeloscnyugespara casarse con el que quede libre, puede ser deducida por los hijos del cnyuge vctima delatentado,oporel cnyugedelprimermatrimonio,por sushijosoherederosypor loscnyugesquecontrajeranelsegundo,oporelMinisterioPblico.
ARTICULO239.Porfaltadeformalidades
La nulidad que se funde en la falta de formalidades esenciales para la validez delmatrimonio,puedealegarseporloscnyugesyporcualquieraquetengaintersenprobarquenohaymatrimonio.TambinpodrdeclararseesanulidadainstanciadelMinisterioPblico.
ARTICULO240.Cundonoseadmitir
No se admitir demanda de nulidad por falta de formalidades en el acta dematrimoniocelebradoanteelOficialdelRegistroCivil,cuandoalaexistenciadelactaseunalaposesindeestadomatrimonial.
ARTICULO241.Derechoparademandarlanulidad
El derecho para demandar la nulidad del matrimonio corresponde a quienes la ley se loconceda expresamente, y no es transmisible por herencia ni de cualquier otra manera. Sinembargo, los herederos podrn continuar la demanda de nulidad entablada por aqul a quienheredan.
ARTICULO242.Anotacindesentencia
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Ejecutoriada la sentencia que declare la nulidad, el tribunal de oficio enviar copiacertificada de ella alOficial delRegistroCivil ante quien se celebr elmatrimonio, paraquealmargendelactaponganotacircunstanciadaenqueconste:laparteresolutivadelasentencia,sufecha,eltribunalquelapronunciyelnmeroconquesemarclacopia,lacualserdepositadaenelarchivo.
ARTICULO243.Presuncindevalidez
Elmatrimoniotieneasufavorlapresuncindeservlidosloseconsiderarnulocuandoaslodeclareunasentenciaquecauseejecutoria.
ARTICULO244.Prohibicinsobrelanulidad
Los cnyuges no pueden celebrar transaccin ni compromiso en rbitros, acerca de lanulidaddelmatrimonio.
ARTICULO245.Efectosdelmatrimonionulo
Elmatrimoniocontradodebuenafe,aunqueseadeclaradonulo,producetodossusefectosciviles en favor de los cnyugesmientrasdure, y en todo tiempo en favor de los hijosnacidosantesdelacelebracindelmatrimonio,durantelytrescientosdasdespusdeladeclaracindenulidad,sinosehubierenseparadolosconsortesodesdesuseparacinencasocontrario.
ARTICULO246.Buenafedeuncnyuge
Sihahabidobuenafedepartedeunosolodeloscnyuges,elmatrimonioproduceefectosciviles nicamente respecto de l y de los hijos. Si ha habido mala fe de parte de ambosconsortes,elmatrimonioproduceefectoscivilessolamenterespectoaloshijos.
ARTICULO247.Presuncindebuenafe
Labuenafesepresumeparadestruirestapresuncinserequierepruebaplena.
ARTICULO248.Medidasprovisionalesencasodedemanda
Si la demanda de nulidad fuere entablada por uno solo de los cnyuges, se dictarninmediatamentelasmedidasprovisionalesqueestableceelartculo280.
ARTICULO249.Conveniosobreloshijos
Despusquelasentenciadenulidadcauseejecutoria,seresolversobrelasituacindeloshijos. Para este efecto, los padres convendrn lo que les parezca sobre el cuidado de ellos, laproporcinquelescorrespondapagardelosalimentosylaformadegarantizarsupago.
ElJuezaprobaronoelconvenio,segnestimeconvenienteparaelintersdeloshijos.Encasodequedesapruebeelconvenio,dictarlasmedidasqueestimeprocedentes.PuedeelJuezordenar que los hijos queden al cuidado del ascendiente o ascendientes, paternos omaternos,
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segn juzgue ms conveniente, atendiendo siempre el inters de los hijos. La disposicincontenidaenesteprrafoesfacultativaynolimitativa.
ARTICULO250.Modificacinenatencinaloshijos
El Juez, en todo tiempo, podr modificar la determinacin a que se refiere el artculoanterior, atento a las nuevas circunstancias y velando en todo caso por los intereses de losmenores.
ARTICULO251.Divisindebienes
Declaradalanulidaddelmatrimonioseprocederaladivisindelosbienescomunes.Losproductosrepartibles,si loscnyugeshubierenprocedidodebuenafe,sedividirnentreellosdeconformidadconlodispuestoporesteCdigoparalaliquidacindelasociedadconyugal.Sislohubierehabidobuenafeporpartedeunodeloscnyuges,asteseaplicarnntegramenteesosproductos.Sihahabidomalafedepartedeamboscnyuges,losproductosseaplicarnafavordeloshijosy,sinoloshubiere,sedividirnentreloscnyugesenlaformaquestosconvengano,ensudefecto,conformealasreglasparaladivisindelacopropiedad.
ARTICULO252.Reglassobredonaciones
Declarada la nulidad del matrimonio, se observarn respecto de las donacionesantenupcialeslasreglassiguientes:
I. Lashechasporunterceroaloscnyugespodrnserrevocadas
II. Lasquehiz