breve aproximaciÓn a la conflictologÍa · 2018-11-15 · pág. 1 breve aproximaciÓn a la...

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pág. 1 BREVE APROXIMACIÓN A LA CONFLICTOLOGÍA I. INTRODUCCIÓN El conflicto es una realidad de la que todos tenemos experiencia, sin embargo su definición no es fácil y en la ciencia no hay unanimidad sobre qué clase de realidad es un conflicto. Lo cierto es que los conflictos forman parte de las relaciones humanas y está presente en todas las manifestaciones de la vida. Es un fenómeno universal con infinitas expresiones. El conflicto posee como mínimo y de modo simultáneo dos significaciones: un aspecto funcional o constructivo en cuanto oportunidad para gestionar el cambio en situaciones de crisis y un aspecto disfuncional o destructivo, cuando el conflicto deja de ser un estímulo y puente para el cambio y se convierte en un fin en sí mismo. En sentido amplio podríamos entender por conflicto aquella situación de oposición o enfrentamiento en torno a unos intereses contrapuestos. Dependiendo de la perspectiva en la que nos posicionemos, nos interesarán unos u otros aspectos del conflicto. Por ejemplo, a la sociología le interesan los conflictos que tienen su causa en la propia estructura social, así, desde esta ciencia se ha tomado en consideración el fenómeno del conflicto social, generándose una teoría del conflicto que podemos calificar de carácter macrosocial. Desde el punto de vista psicosocial, nos situamos más una perspectiva microsocial del conflicto. Desde los planteamientos de la teoría sistémica, podemos distinguir, por un lado, las interacciones que atraen, que cohesionan a los elementos de cualquier sistema social (interacciones llamadas atractoras), y, por otro, las interacciones antagónicas, que tienen por finalidad mantener la diferencia entre tos elementos o partes del sistema. Estos elementos desaparecerían si no se mantienen las diferencias. En sí mismas las relaciones antagónicas no son destructoras, son parte integrante del sistema, pero las interacciones antagónicas solas o su predominancia conducirían a la destrucción del sistema. Las interacciones antagónicas y atractoras "interaccionan” creando un equilibrio dinámico en el sistema. Dicho de otro modo, no siempre podemos estar en consenso con los demás, ni siempre podemos estar en conflicto. En el primer caso, no se produciría jamás ningún cambio; en el segundo, no podríamos resistirlo, pues el conflicto comporta un elevado componente emocional, que implica desgaste de energía y necesita la correspondiente reposición. Lo que es innegable es que el conflicto es siempre una oportunidad para el cambio social y personal, al tiempo que implica los riesgos inherentes a la confrontación. El equilibrio entre uno y otro aspecto del conflicto depende en última instancia de la gestión que se haga de él. El verdadero reto que se le presenta al ser humano en relación a los conflictos es cómo asumirlos y gestionarlos conflictos para aprovechar su fuerza transformadora en el ámbito de las relaciones humanas, personales y laborales. La conflictología es el corpus teórico y práctico de la gestión de conflictos. Se ocupa del estudio de los conflictos desde una visión multidisciplinar, sistematizando todo el saber teórico y experiencia práctica en relación a su gestión y resolución. La eficacia en la gestión de cualquier conflicto es la capacidad de obtener resultados de acuerdo con los objetivos que se pretenden. Las interacciones humanas funcionan como un sistema. Cuando en este sistema priman las interacciones atractoras (lo semejante) no hay conflicto. Cuando priman las interacciones antagónicas (lo diferente), aparece el conflicto. En el conflicto prima por tanto la percepción de incompatibilidad

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BREVE APROXIMACIÓN A LA CONFLICTOLOGÍA

I. INTRODUCCIÓN

El conflicto es una realidad de la que todos tenemos experiencia, sin embargo su definición no es fácil

y en la ciencia no hay unanimidad sobre qué clase de realidad es un conflicto. Lo cierto es que los

conflictos forman parte de las relaciones humanas y está presente en todas las manifestaciones de la

vida. Es un fenómeno universal con infinitas expresiones. El conflicto posee como mínimo y de modo

simultáneo dos significaciones: un aspecto funcional o constructivo en cuanto oportunidad para

gestionar el cambio en situaciones de crisis y un aspecto disfuncional o destructivo, cuando el conflicto

deja de ser un estímulo y puente para el cambio y se convierte en un fin en sí mismo.

En sentido amplio podríamos entender por conflicto aquella situación de oposición o enfrentamiento

en torno a unos intereses contrapuestos. Dependiendo de la perspectiva en la que nos posicionemos,

nos interesarán unos u otros aspectos del conflicto. Por ejemplo, a la sociología le interesan los

conflictos que tienen su causa en la propia estructura social, así, desde esta ciencia se ha tomado en

consideración el fenómeno del conflicto social, generándose una teoría del conflicto que podemos

calificar de carácter macrosocial. Desde el punto de vista psicosocial, nos situamos más una perspectiva

microsocial del conflicto.

Desde los planteamientos de la teoría sistémica, podemos distinguir, por un lado, las interacciones que

atraen, que cohesionan a los elementos de cualquier sistema social (interacciones llamadas atractoras),

y, por otro, las interacciones antagónicas, que tienen por finalidad mantener la diferencia entre tos

elementos o partes del sistema. Estos elementos desaparecerían si no se mantienen las diferencias. En

sí mismas las relaciones antagónicas no son destructoras, son parte integrante del sistema, pero las

interacciones antagónicas solas o su predominancia conducirían a la destrucción del sistema. Las

interacciones antagónicas y atractoras "interaccionan” creando un equilibrio dinámico en el sistema.

Dicho de otro modo, no siempre podemos estar en consenso con los demás, ni siempre podemos estar

en conflicto. En el primer caso, no se produciría jamás ningún cambio; en el segundo, no podríamos

resistirlo, pues el conflicto comporta un elevado componente emocional, que implica desgaste de

energía y necesita la correspondiente reposición.

Lo que es innegable es que el conflicto es siempre una oportunidad para el cambio social y personal, al

tiempo que implica los riesgos inherentes a la confrontación. El equilibrio entre uno y otro aspecto del

conflicto depende en última instancia de la gestión que se haga de él.

El verdadero reto que se le presenta al ser humano en relación a los conflictos es cómo

asumirlos y gestionarlos conflictos para aprovechar su fuerza transformadora en el ámbito de las

relaciones humanas, personales y laborales.

La conflictología es el corpus teórico y práctico de la gestión de conflictos. Se ocupa del estudio de los

conflictos desde una visión multidisciplinar, sistematizando todo el saber teórico y experiencia práctica

en relación a su gestión y resolución.

La eficacia en la gestión de cualquier conflicto es la capacidad de obtener resultados de acuerdo con los

objetivos que se pretenden.

Las interacciones humanas funcionan como un sistema. Cuando en este sistema priman las

interacciones atractoras (lo semejante) no hay conflicto. Cuando priman las interacciones antagónicas

(lo diferente), aparece el conflicto. En el conflicto prima por tanto la percepción de incompatibilidad

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entre dos partes y, por lo tanto, en él predomina el antagonismo, pero dependiendo de cómo se

gestione y hacia qué foco se orienten esas percepciones de incompatibilidad, el conflicto se resolverá

o se retroalimentará.

En el espectro de métodos de resolución del conflicto hay algunos que se centran en las diferencias y

la confrontación (la judicial) y otros que focalizan en las semejanzas y la cooperación (la mediación).

Tener en cuenta este aspecto propio de unas y otras metodologías es importante para que las personas

en conflicto puedan elegir la vía de resolución más adecuada y adaptada a su caso particular.

CONTÍNUO DE MÉTODOS DE ADMINISTRACIÓN Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

Aumento de la coerción y probabilidad de un resultado gana-pierde

Hubert Touzard define el conflicto como una situación multidimensional compleja en la que las

partes (al menos dos) persiguen metas diferentes, intereses opuestos, valores contradictorios

o, persiguiendo los mismos fines, discrepan en cuanto a los medios para lograrlos. En cada

Evitación del Discusión Informal Negociación Mediación Decisión Arbitraje Decisión Decisión Acción directa Violencia

conflicto y resolución del administrativa judicial legislativa no- violenta

conflicto

Decisión privada de las partes

Decisión de un

tercero de carácter

privado

Decisión de un

tercero

autorizado

legal (público)

Decisión extralegal

mediante coerción

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situación de conflicto la influencia y el control de la conducta del otro son o bien la meta

perseguida o bien el medio escogido para alcanzar dicho fin.

Aun teniendo o pudiendo tener bases objetivas, el conflicto en sí mismo es una experiencia

subjetiva, que surge cuando las partes perciben que sus caminos para la consecución de sus

objetivos se obstruyen entre sí.

Se entiende por conflicto, en sentido amplio, aquella situación de oposición o enfrentamiento

en torno a unos intereses contrapuestos.

Desde el punto de vista de los métodos alternativos de resolución de conflictos, estos deben

reunir al menos los siguientes presupuestos:

1) Que existan, al menos, dos personas que denominaremos "partes" del conflicto

2) Que el conflicto se refiera a materias legalmente disponibles.

3) Que ambas partes se necesitan mutuamente (interdependencia) para resolver el

conflicto.

Siguiendo el esquema de Christopher Moore (1995), existe un continuo de métodos de

administración y resolución de conflictos, cuya decisión puede quedar en manos de distintos

agentes, cifrándose en cuatro espacios bien distintos: a) decisión extralegal, mediante la coerción, por

ejemplo las acciones violentas y la guerra; b) decisión de un tercero autorizado legal (público), la

jurisidcción; c) decisión de un tercero de carácter privado, por ejemplo, el arbitraje y las decisiones

administrativas; d) decisión privada de las partes, por ejemplo la negociación y la mediación.

II. TIPOS DE CONFLICTO

Son muchas y variadas las clasificaciones y tipologías de conflictos, las más comúnmente

utilizadas son:

1) Por razón de su contenido: Según Moore (94), atendiendo a este tipo de clasificación,

podemos hablar de cinco tipos de conflictos:

- CONFLICTOS DE RELACIÓN

- CONFLICTOS DE INFORMACIÓN

- CONFLICTOS DE INTERESES

- CONFLICTOS ESTRUCTURALES

- CONFLICTOS DE VALORES

Los conflictos de relación:

Se deben a fuertes emociones negativas, percepciones falsas o estereotipos, a escasa o nula

comunicación, o a conductas negativas repetitivas. Estos problemas llevan frecuentemente a lo

que se han llamado conflictos irreales (Coser, 1956) o innecesarios (Moore, 1986), en los que se

puede incurrir aún cuando no estén presentes las condiciones objetivas para un conflicto, tales

como recursos limitados u objetivos mutuamente excluyentes. Los problemas de relación,

muchas veces dan pábulo a discusiones y conducen a una innecesaria espiral de escalada

progresiva del conflicto destructivo.

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Los conflictos de información:

Se dan cuando a las personas les falta la información necesaria para tomar decisiones correctas,

están mal informadas, difieren sobre qué información es relevante, o tienen criterios de

estimación discrepantes. Algunos conflictos de información pueden ser innecesarios, como los

causados por una información insuficiente entre las personas en conflicto. Otros conflictos de

información pueden ser auténticos al no ser compatibles la información y/o los procedimientos

empleados por las personas para recoger datos.

Los conflictos de intereses:

Están causados por la competición entre necesidades incompatibles o percibidas como tales.

Los conflictos de intereses resultan cuando una o más partes creen que para satisfacer sus

necesidades, deben ser sacrificadas las de su oponente. Los conflictos fundamentados en

intereses ocurren acerca de cuestiones sustanciales (dinero, recursos materiales, tiempo, etc.),

de procedimiento (la manera como la disputa debe ser resuelta), o psicológicos (percepciones

de confianza, juego limpio, deseo de participación, respeto, etc.). Para que se resuelva una

disputa fundamentada en intereses, en cada una de estas tres áreas deben de haberse tenido

en cuenta y/o satisfecho un número significativo de los intereses de cada una de las partes.

Los conflictos estructurales:

Son causados por estructuras opresivas de relaciones humanas (Galtung, 1975). Estas

estructuras están configuradas muchas veces por fuerzas externas a la gente en conflicto. La

escasez de autoridad o recursos físicos, condicionamientos geográficos (distancias, condiciones

de accesibilidad,…), tiempo (demasiado o demasiado poco), estructuras organizativas (justas o

injustas, susceptibles o no de modificación,…) promueven situaciones de conflicto estructural.

Los conflictos de valores:

Son causados por sistemas de creencias incompatibles. Los valores son creencias que la gente

emplea para orientar y dar sentido a sus vidas. Los valores explican lo que es bueno o malo,

verdadero o falso, justo o injusto. Valores diferentes no tienen por que causar conflicto. Las

personas pueden vivir juntas en armonía con sistemas de valores muy diferentes. Las disputas

de valores surgen solamente cuando unos intentan imponer por la fuerza un conjunto de valores

a otros, o pretende que tenga vigencia exclusiva un sistema de valores que no admite creencias

divergentes.” (Moore, 1994, pp. 5-6).

2) Por razón de a quién afecta el conflicto

Conflictos intrapersonales

En este nivel el conflicto ocurre dentro de los individuos. El origen de estos conflictos incluye

ideas, pensamientos, emociones, valores, predisposiciones, impulsos, que entran en colisión

unos con otros. Estos conflictos suelen ser dominio de la psicología y sus distintos modelos de

conocimiento e intervención (psicología cognitiva, teoría de la personalidad, psicología

clínica,…). Tradicionalmente la disciplina de Análisis y Resolución de Conflictos no se ha ocupado

del estudio de este tipo de conflictos.

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Conflictos interpersonales

Esta tipología ocurre entre personas individuales: marido y mujer, jefe y subordinado,

compañeros de trabajo o escuela, vecinos, amigos, etc… La mayoría de la teoría sobre

negociación y mediación se refiere a la resolución de los conflictos interpersonales.

Conflictos intragrupales

Este tipo de conflicto es el que se da dentro de un grupo (familias, corporaciones,

organizaciones, equipos,..). En este nivel el conflicto afecta a la capacidad del grupo para

resolver sus disputas y lograr de manera eficaz y eficiente sus metas y objetivos.

Conflictos intergrupales

Estos conflictos se producen entre al menos dos grupos (naciones, sindicatos y patronal, partidos

políticos, universidades, empresas, administraciones,… En este nivel el conflicto es muy

complicado debido a la gran cantidad de personas implicadas y a la complejidad de las

interacciones entre ellos.

Los conflictos pueden darse simultáneamente dentro y entre grupos.

III. ESTILOS DE AFRONTAMIENTO DEL CONFLICTO

Entendemos por estilo de afrontamiento del conflicto el conjunto de comportamientos

adoptados por una persona para su gestión y resolución. De los distintos estilos identificados

por la doctrina, las personas tendemos a responder a las situaciones de conflicto con uno

predominantemente. No obstante, el hecho de que un estilo suele ser el dominante no impide

que las personas puedan emplear distintos estilos adaptados a diferentes situaciones o que

puedan modificar su estilo preponderante a lo largo del tiempo, empleando comportamientos

situacionales. Conoces el tuyo?

Los estilos de afrontamiento del conflicto suelen clasificarse en los siguientes:

- COMPETICIÓN/CONFRONTACIÓN

- COLABORACIÓN

- COMPROMISO

- EVITACIÓN

- ACOMODACIÓN

Competición/Confrontación

Mediante este estilo el objetivo prioritario es satisfacer los propios intereses, aunque para ello

sea necesario sacrificar los intereses del otro. Refleja el enfoque clásico “ganar-perder”. En este

estilo el resultado de la negociación (los objetivos perseguidos) es más importante que la

relación con la otra parte.

¿Cuándo puede resultar idóneo?

Cuando el estilo es recompensado.

Cuando no hay una relación valiosa.

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Cuando el contenido del conflicto se valora más que la relación.

Cuando una parte quiere probar su influencia o poder.

Cuando se requiere una acción decisiva e inmediata.

Posibles inconvenientes:

Suele dañar las relaciones.

Traerá como consecuencia que una o todas las partes sean “perdedores”.

Se aumentan las probabilidades de que el conflicto “escale”.

Reduce la posibilidad de emplear estrategias constructivas en el futuro.

Fomenta las acciones encubiertas (estrategias y juego sucio).

Puede llevar al bloqueo y situaciones de impasse.

Genera resentimiento y deseos de venganza.

Evitación

Esta estrategia se expresa normalmente mediante la apatía, la huida o la indiferencia. Suele

adoptarse cuando no existe interdependencia entre las partes para conseguir sus objetivos o el

coste para intentar conseguirlos es demasiado elevado. Supone, o no admitir la existencia

siquiera del conflicto, o admitirla pero sin afrontarla. Al no afrontarse el conflicto, aunque

parezca que no existe, seguirá latente, pudiendo reaparecer en otras ocasiones y de manera

diferente.

¿Cuándo puede resultar idóneo?

Cuando ni el tema ni la relación importan.

Cuando hay pocas posibilidades de un resultado positivo.

Cuando el poder de la otra parte es significativamente mayor.

Cuando una o todas las partes necesitan tiempo para pensar o calmarse.

Cuando no se tiene el poder/autoridad para resolver el conflicto o resulta conveniente

dejar que sean otros quienes lo resuelvan.

Posibles inconvenientes:

Toma de decisiones por omisión de una o ambas partes.

Probabilidad de que quedan asuntos o temas sin resolver.

Pérdida de influencia en la relación y/o situación.

Provoca baja autoestima y dudas sobre la propia competencia.

Pérdida de poder/influencia para gestionar conflictos futuros.

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Acomodación

Se suele adoptar este estilo de afrontamiento cuando se concede mucha importancia a la

relación y, en todo caso, más que al contenido del conflicto. Con ella se prioriza que el otro gane,

que esté feliz, aunque sea renunciando a las propias metas y beneficio. El objetivo principal de

esta estrategia es construir o fortalecer una relación, sin importar el resultado del conflicto. Es

otra manera muy común de evitar el conflicto.

¿Cuándo puede ser idónea?:

Cuando hay un deseo de armonía en la relación.

Cuando la relación es más importante que los temas del conflicto.

Cuando las pérdidas pueden ser minimizadas.

Cuando una parte necesita “salvar la cara”.

Cuando una parte persigue tener más influencia/poder en el futuro.

Posibles inconvenientes:

Requiere que una parte renuncie a algo sin obtener nada a cambio.

Probabilidad de que quedan asuntos/temas sin resolver.

No genera soluciones creativas.

Puede causar frustración y resentimiento.

Produce pérdida de influencia o poder en la relación.

Puede dañar las relaciones.

Compromiso

El estilo del compromiso supone que una parte se preocupa por sus intereses pero también por

los intereses de la otra parte. Normalmente el problema se concibe como el esfuerzo de llegar

al punto medio entre las dos posturas, o sea, decidir cómo “repartir”. El resultado suelen ser las

llamadas fórmulas transaccionales o de compromiso, en las que cada parte cede hasta llegar a

un punto medio.

¿Cuándo puede ser idóneo?:

Cuando se requiere una solución temporal.

Cuando las partes tienen una influencia o poder similar.

Cuando las partes quieren ahorrar tiempo y energía.

Cuando es posible ceder en alguna de nuestras necesidades.

Posibles inconvenientes:

A menudo quedan asuntos subyacentes sin resolver.

Requiere que las partes cedan o abandonen en algo.

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Generalmente no resuelven el conflicto, solo lo posponen y una o ambas partes no suelen

quedar enteramente satisfechas con el resultado.

Colaboración

Las partes intentan conseguir el mejor resultado posible, manteniendo o fortaleciendo

simultáneamente, su relación. Se pone el foco no en “quién tiene razón” y “quien está

equivocado”, sino en encontrar una solución satisfactoria para ambas partes.

¿Cuándo puede ser idónea?:

Cuando la relación es valiosa o importante.

Cuando es posible un resultado mutuamente satisfactorio.

Cuando existen asuntos subyacentes.

Cuando los intereses en juego son demasiado importantes para dejarlos sin resolver.

Cuando se requieren soluciones nuevas y creativas.

Posibles inconvenientes:

Requiere más tiempo y energía.

Requiere que ambas partes tengan voluntad y se comprometan con el proceso

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IV. CICLO EVOLUTIVO Y PATRÓN DEL CONFLICTO

Cuando el conflicto se considera de una manera estática, en un momento determinado, hablamos de

situación de conflicto, pero de una manera dinámica, los conflictos son procesos. El conflicto no tiene su

origen en una sola parte; es el resultado de la dinámica que se establece entre las partes y por tanto

evoluciona. El conflicto nace con desacuerdos, malentendidos y va creciendo en intensidad y

desarrollándose en amplitud hasta llegar a su cénit o explosión. A partir de esa fase álgida suele “desescalar”

hasta “morir” o “cronificarse”.

Otra de las características del proceso conflictivo es que se construye entre las partes, es decir, las

partes que intervienen en el conflicto. La evolución del conflicto resulta de su respectiva

implicación en él. Hay involucración, aunque no necesariamente consentimiento. La coparticipación en la

construcción del conflicto no significa necesariamente co-responsabilidad en su aparición, pero sí en su

posterior gestión o conducción del mismo. Serán su mutua interacción la que determinará su forma,

duración, intensidad y evolución.

Cuando estas interacciones se hacen repetitivas, crean una "pauta de interacción" o guión al que responde

recurrentemente el conflicto. Este patrón o manera en que las partes interaccionan ante el conflicto puede

escalar y aumentar el conflicto o desescalar y disminuirlo. Generalmente las personas no somos conscientes de

estos patrones y nos solemos sentir "presas” de ellos. Cuántas veces tenemos la sensación de que hagamos lo

que hagamos, incluso cuando nos habíamos propuesto no entrar en conflicto, acaba reproduciéndose

sistemáticamente la misma dinámica y el mismo resultado.

La parte positiva es que, tomando conciencia de estos patrones, tenemos la capacidad para generar otros y

aprender a desescalar los conflictos a voluntad.

DOS O MÁS PERSONAS

INTERACTÚAN Y PERCIBEN

DIFERENCIAS INCOMPATIBLES ENTRE ELLOS, O AMENAZAS A SUS RECURSOS, NECESIDADES O VALORES.

COMPORTAMIENTO EN RESPUESTA

A LA INTERACCIÓN y SU PERCEPCIÓN

EL CONFLICTO, entonces

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ESCALA DESESCALA

1. Aumentan las manifestaciones de cólera, miedo

o frustración.

1. Las emociones son expresadas directamente, en

lugar de dejarse llevar por ellas.

2. Uno de los implicados se siente amenazado por

el otro.

2. Las amenazas son reducidas o eliminadas.

3. Se involucran más personas en el conflicto,

posicionándose de uno u otro lado del conflicto. 3. Las partes hablan directamente con todos los

implicados o utilizan terceras partes neutrales.

4. Las partes tienen interés o necesidad de

mantener la relación.

4. Las partes no tienen interés o necesidad de

mantener la relación.

5. No se reconocen o satisfacen necesidades

importantes.

5. Se reconocen o satisfacen necesidades

importantes.

6. Las partes tienen escasas habilidades para la

comunicación y la solución de problemas, o no

tienen un 3º neutral.

6. Las partes tienen habilidades de para la

comunicación y la solución de problemas o un 3º

neutral.

Los patrones de conducta ante situaciones conflictivas no son definitivos y para siempre, las

personas pueden cambiarlos, para lo que es necesario:

1. Tomar conciencia

¿Cómo respondemos normalmente a las situaciones de conflicto?

¿Cómo nos sentimos y reaccionamos?

¿Qué puede ayudar a que el conflicto se resuelva de otro modo?

2. Buena disposición

Experimentar e intentar nuevos modos de acercamiento al conflicto.

Examinar y en su caso transformar partes de nuestro sistema de creencias.

Enfocar el conflicto y nuestro papel en él de forma distinta a como solemos hacerlo.

Abrirnos a la crítica constructiva de las otras personas.

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V. ANÁLISIS DEL CONFLICTO (el mapa del conflicto):

El análisis del conflicto es una herramienta para su correcta comprensión. Nos permite recopilar

información, ordenarla y sistematizarla para obtener para tener un enfoque más amplio y

objetivo del conflicto y ayudarnos a comprenderlo e interpretarlo mejor. Este análisis nos

ayudará además a seleccionar y desarrollar el proceso (estrategia) y los recursos (técnicas) de

resolución más adecuados, en función de los elementos del conflicto y los recursos disponibles.

El mapa del conflicto consiste fundamentalmente en estructurarlo en torno a tres piezas

fundamentales: personas, problema y proceso (Juan Pablo Lederach, 1994)

En cada una de estas piezas claves del conflicto podemos distinguir los siguientes elementos:

PARTES

¿Quién está implicado en este conflicto?

¿Hay otros implicados no directos que tengan algún interés en el tema?

¿Alguien que pueda ayudar a la resolución del conflicto?

CONFLICTO

PROBLEMA PROCESO

LAS PERSONAS

PERSONAS

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¿Alguien que pueda interferir en la resolución del conflicto?

¿Quién tiene capacidad para tomar decisiones?

¿Hay implicados que estén agrupados?, ¿tienen representantes?

EMOCIONES

¿Cómo se sienten en esta situación?

¿Cómo les ha afectado emocionalmente la situación?

¿Cómo influirán las emociones en un posible encuentro?

RELACIÓN

¿Cómo es la relación entre las partes?

¿Qué importancia tiene la relación?

TEMAS

¿Cuáles son los asuntos en los que hay desacuerdo?

¿Qué temas les preocupan de esta situación?

¿Qué temas son tratables o negociables?

POSICIONES

¿Qué postura han adoptado las partes?

¿Qué dicen que quieren? ¿Qué piden?

INTERESES

¿Por qué es importante para ellos lo que piden?

¿Para qué necesitan lo que piden?

¿Qué beneficios obtendrían con lo que piden?

¿Qué perjuicios les acarrearía no obtenerlo?

PRIORIDADES

¿Qué es lo que más les preocupa de esta situación?

¿Hay alguna necesidad inmediata?, ¿Cuál?

EL PROBLEMA

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DINÁMICA DEL CONFLICTO: EVOLUCIÓN

¿En qué fase se encuentre el conflicto?

¿Qué intentos de solución ha habido? ¿Con qué resultado?

COMUNICACIÓN

¿Cómo se comunican las partes?, ¿qué medios utilizan?

¿Cómo se desarrolla el proceso de comunicación?

PODER

¿Quién tiene más poder en este tema o en la relación?

¿En qué se basa su poder? ¿Cómo lo ejerce?

INTERÉS EN PROCESOS COLABORATIVOS

¿Qué interés de solución negociada tienen las partes?

¿Cuál es su verdadero objetivo respecto al conflicto?

VI. NIVELES DEL CONFLICTO: POSICIONES, INTERESES Y NECESIDADES

En todo conflicto se pueden distinguir tres niveles: el más superficial o aparente, que es el que

las partes manifiestan en sus demandas y posiciones; otro, más profundo y subyacente al

anterior, lo que las partes realmente quieren o necesitan para resolver su conflicto, es decir, sus

verdaderos intereses y otro, aún más profundo, que subyace al anterior, que es el de las

necesidades.

Distinguir estos tres niveles del conflicto y explorar las dimensiones no explicitadas por las partes

será la llave que abra los conflictos a su solución.

Veamos brevemente en qué consisten estos distintos niveles del conflicto.

LAS POSICIONES:

• Lo que las personas piden o dicen explícitamente que quieren.

• Declaraciones de resultado deseado.

• Fundamento más emocional que racional.

• Elevado contenido defensivo (de protección).

• Dan seguridad aunque sean arbitrarias o erróneas.

• Explican la disparidad entre las iniciales versiones del conflicto y su solución.

LOS INTERESES:

• Subyacen a las posiciones.

• Satisfacen preocupaciones, aspiraciones, deseos, ansiedades, temores y malestar.

EL PROCESO

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• Suelen permanecer ocultos.

• Las partes no siempre los tienen claramente identificados.

• Se perciben como talón de Aquiles (debilidades que puedan usarse en su contra).

LAS NECESIDADES:

• Subyacen a su vez a los intereses.

• Se refieren a valores: la propia identidad, seguridad, pertenencia, dignidad, estima,

aceptación,…,

• Se relacionan con el bienestar físico y psicológico al que los individuos no pueden

renunciar.

• Siempre están en el origen y la solución de los mismos.

VII. LAS EMOCIONES EN EL CONFLICTO

Las emociones tienen un impacto muy importante en los conflictos. Se encuentran en la misma

definición que las partes hacen del conflicto. Además de definirlo, lo estructuran y justifican

moralmente, pues, como hemos visto están íntimamente relacionados con las necesidades

íntimas de las personas y algunas de ellas son extensiones de su propio sistema de valores y

creencias: lo justo/injusto, bueno/malo, verdad/mentira, correcto/incorrecto, digno/indigno,…

Las emociones están muy vinculadas a la identidad de las personas y resultan de la percepción

de que algo personal está en juego. Por ello, son determinantes en la construcción de las

relaciones y en la resolución de los conflictos interaccionales.

Las emociones gradúan también la intensidad de los conflictos y determinan proporcionalmente

la dificultad en la gestión y resolución de los mismos.

Por todo ello, la gestión eficaz de los conflictos requiere habilidades para gestionar

adecuadamente las emociones que intervienen en su definición y desarrollo.

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TABLA DE EMOCIONES

Ira Tristeza Amor Aversión Miedo Alegría Sorpresa Vergüenza

Rabia Enojo

Resentimiento

Furia

Exasperación

Indignación

Acritud

Animosidad

Irritabilidad

Hostilidad

Odio y violencia

Aflicción

Pena

Desconsuelo

Pesimismo

Melancolía

Autocompasión

Soledad

Desaliento

Desesperación

Depresión

Aceptación

Cordialidad

Confianza

Amabilidad

Afinidad

Devoción

Adoración

Enamoramiento

Desprecio

Desdén

Displicencia

Asco

Antipatía

Disgusto

Repugnancia

Ansiedad Aprensión

Temor

Preocupación

Consternación

Inquietud

Desasosiego

Incertidumbre

Nerviosismo

Angustia

Susto

Terror

Fobia

Pánico

Felicidad

Gozo

Tranquilidad

Contento

Beatitud

Deleite

Diversión

Dignidad

Placer

Estremecimiento

Rapto

Gratificación

Satisfacción

Euforia

Capricho

Éxtasis

Manía

Sobresalto

Asombro

Desconcierto

Admiración.

Culpa

Perplejidad

Desazón

Remordimiento

Humillación

Pesar

Aflicción

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LOS MÉTODOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS (A.D.R.):

EL ARBITRAJE, LA MEDIACIÓN Y LA CONCILIACIÓN.

Presentación

Las siglas anglosajonas A.D.R. (Alternative Dispute Resolution) o los MARC, como también se

conocen en terminología francófona (Modes Alternatifs de Règlement des Conflicts) se han

traducido en español como Sistemas Alternativos de Resolución de Conflictos.

La calificación de alternativos alude a que, en un principio, estos métodos comenzaron a

utilizarse como método al margen de la actividad de los órganos jurisdiccionales y del poder del

Estado. Sin embargo, a partir de los años 80, el empleo de los ADR comenzó a generalizarse. El

efecto de dicha universalización fue el uso de los mismos en el marco de los tribunales, dejando

de ser exclusivamente métodos alternativos al sistema estatal legalmente establecido, para

convertirse en complementarios al mismo.

Entre los argumentos que se han dado para explicar la aparición y desarrollo de los ADR

destacamos su función preventiva de pacificación social, su función de facilitar y garantizar la

Justicia mediante acuerdos justos en cuanto a la percepción subjetiva de los individuos

implicados en el conflicto y su importante papel coadyuvante de una Administración de Justicia

de calidad, evitando su sobrecarga innecesaria por razón de conflictos cuyo ámbito natural de

resolución no deberían ser los Juzgados y Tribunales. A estos argumentos se añade que el

sistema judicial tradicional (el método adversarial clásico) tampoco está preparado para dar

respuestas satisfactorias a nuevas generaciones de conflictos, bien por su complejidad (alta

cualificación técnica, dimensiones extrajurídicas, gran diversidad de partes y legislaciones,…),

bien porque las exigencias de rapidez y flexibilidad que demandan para su resolución eficaz

(comercio, sistema financiero, nuevas teconologías,…) son incompatibles con los procesos

judiciales de los que disponemos.

Características

Las características diferenciadoras de los ADR respecto del resto de métodos de solución de

conflictos son: a) el protagonismo de la voluntad de las partes; b) su naturaleza consensual; c)

la flexibilidad del procedimiento; d) su rapidez y reducido coste económico; e) la importancia de

los intereses de las partes y f) la presencia de uno o varios terceros.

a) Naturaleza consensual. Las partes son libres para acudir o no a ellos, para elegir

concretamente cuál poner en marcha y moldearlos según sus propias necesidades y

circunstancias, así como para ponerles fin. La única limitación a esta libertad consensual será la

que se establece también para la autonomía de la voluntad, como vemos en el siguiente

apartado.

b) Autonomía privada. Las partes tomarán libre y voluntariamente las decisiones que estimen

oportunas para la resolución del conflicto con la sola limitación de que no sean contrarias a la

ley, a la moral ni al orden público.

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c) Flexibilidad. Aunque los distintos ADR tienen una estructura más o menos definida, las partes

pueden concretarlos según su voluntad. Así, por ejemplo, podrán establecer el grado de

participación y funciones del tercero; determinar el número de terceros; la fecha y el lugar para

llevarlos a cabo;…

d) Rapidez y menores costes (no sólo desde el punto de vista puramente económico, sino

también temporal, emocional, reputacional,…). Ambos extremos son especialmente

importantes en el ámbito comercial internacional, donde están en juego negocios multiparte de

gran complejidad y envergadura, técnica y económica.

e) Solución conforme a los intereses de las partes. Los ADR están diseñados para satisfacer los

verdaderos intereses y necesidades de las partes, no tanto para resolver los conflictos con

criterios estrictamente a jurídicos, siempre que no sean contrarios a la ley.

f) La intervención de uno o más terceros. Los criterios para la selección de estos terceros son

bien su conocimiento y experiencia en la materia objeto de disputa bien sus habilidades para la

gestión de conflictos, aunque también en estos casos se tiene en cuenta su experiencia en el

ámbito donde se contextualiza la controversia.

Clasificación

A pesar de la flexibilidad característica de los ADR, consecuencia de la autonomía privada de las

partes a la hora de conformarlos, éstos suelen ser objeto de dos clasificaciones. La primera

atiende a las funciones que ejerce el tercero, así como a la naturaleza de la solución adoptada,

dos extremos íntimamente relacionados. La segunda, se refiere a la relación entre los ADR y el

proceso judicial.

Atendiendo al diferente alcance de la intervención del tercero en relación a la resolución del

conflicto, se clasifican en autocompositivos o heterocompositivos.

En los sistemas autocompositivos el tercero solo interviene a efectos de ayudar a las partes a

gestionar adecuadamente el conflicto, a fín de que ellas mismas lo resuelvan. El tercero no tiene,

por tanto, ningún poder de decisión en el conflicto. En los sistemas heterocompositivos es el

tercero ajeno al conflicto, no las partes, quien asume la resolución del mismo.

A los ADR autocompositivos se les conoce también como facilitadores (la mediación y el mini-

trial) y dentro de los heterocompositivos se pueden diferenciar los ADR evaluadores, en los que

el tercero puede realizar recomendaciones y exponer la solución que, en su opinión, estima más

adecuada, aunque dicho pronunciamiento no es vinculante (la neutral evaluation, el fact-finding

o peritaje, el summary jury trial, los dispute review boards y los combined dispute boards) y los

ADR resolutorios, en los que el tercero, que será un experto en la materia que se trate, dictará

una decisión vinculante, aunque ésta sólo goce de naturaleza contractual (la adjudication, el

procedimiento precautorio prearbitral, la expert determination, así como los denominados

dispute boards del Banco Mundial,…)

Atendiendo a su relación con el proceso judicial, podemos distinguir entre los ADR intrajudiciales

y ADR extrajudiciales. Los primeros son aquellos que, aunque se desarrollan al margen del

proceso judicial, se encuentran vinculados al mismo debido a que su utilización trae causa de la

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previa sugerencia u orden del juez, una vez iniciado el proceso judicial. Los ADR extrajudiciales

son aquellos que se desarrollan completamente al margen del proceso judicial.

EL PROCESO JUDICIAL, EL ARBITRAJE, LA MEDIACIÓN Y LA CONCILIACIÓN

Método de

resolución del

conflicto

Proceso judicial Conciliación Arbitraje Mediación

Procedimiento.

Muy formal y muy rígido.

Regulado por la Ley.

Formal y flexible. El Juez impone las reglas.

Formal y flexible.

Existen reglas pero las partes las pueden alterar.

Muy flexible y poco

formal, aunque

estructurado.

Existen reglas pero el

mediador puede

negociarlas con las

partes.

Poder del tercero. Autoridad o imperium.

Autoridad referencial que se abstiene de decidir si no lo hacen las partes.

Autoridad entregada por las partes, pero, una vez entregada, decidirá por ellas.

Solo tiene la autoridad que le conceden las partes.

Rol del tercero. Juzga y decide coactivamente (decisionismo).

Propicia el acuerdo entre las partes. (transacción).

Decide la solución al

problema. (decisionismo).

Facilita la comunicación. (facilitación)

Proyección pública. Publicidad. Publicidad atenuada. Publicidad atenuada. Confidencialidad,

secreto, intimidad.

Libertad de expresión.

Todo lo que se diga puede ser utilizado en su contra.

Lo que se diga y se

plasme por escrito podrá

tener repercusión en un

proceso judicial.

Lo que se diga tendrá repercusión en la solución del conflicto.

Lo que se diga no tendrá reflejo en un proceso judicial futuro.

Actitud de la participación.

Juego de póker (no

colaboración)

Juego de dominó

(colaboración media).

Juego de póker (poca colaboración).

Juego de puzzle (colaboración alta)

Carácter de la intervención.

Obligatoria. Obligatoriedad atenuada.

Voluntario el sometimiento

y, una vez pactado,

obligatoria intervención.

Voluntaria. La no asistencia a la sesión informativa puede incidir en las posibles costas judiciales futuras.

Presencia del

abogado.

Preceptiva,

permanente (voz de

la parte).

Papel secundario de

asesoramiento (habla

directamente la parte).

Posibilidad de que sea

permanente (puede ser la

voz de la parte, o

simplemente asesorar).

Protagonista el

interesado (el abogado

asesora, antes o

después)

Estrategia. Ganar/perder

estrategia de

confrontación.

Ganar algo/perder algo.

Estrategia negociadora.

Ganar/perder. Estrategia de

confrontación.

Ganar/Ganar. Estrategia

de gestión.

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LA MEDIACIÓN

I.- ACLARACIONES PREVIAS.

Mediación formal e informal.

Mediación en su acepción común (mediación informal): actuación consistente en acercar

posiciones y encontrar consensos. Puede realizarse por un profesional en el ámbito de su

práctica, cualquiera que sea ésta: educativa, sanitaria, jurídica,… o por cualquier persona en un

contexto no profesional: la familia, el trabajo, las relaciones sociales,…

Mediación en su acepción específica (mediación formal): método alternativo de resolución de

conflictos consiste en la intervención de un tercero neutral, imparcial con formación y

experiencia para la gestión y resolución de conflictos.

Negociación, intermediación, mediación y técnicas mediacionales.

Negociación.

1) Desde el punto de vista de las personas puede ser directa entre las partes o a través de sus

respectivos representantes (las partes dejan de tener cualquier tipo de comunicación entre

ellas, solo se comunican con sus respectivos representantes y son ellos los que entre sí negocian

las posiciones de las partes).

2) Desde el punto de vista de la estrategia puede ser del tipo ganar-ganar (colaborativa) o ganar-

perder (distributiva).

Intermediación.

Consiste en una negociación indirecta. El negociador negocia con cada una de las partes

separadamente. El intermediario podrá decidir sobre las cuestiones objeto de negociación y

llegar a un acuerdo entre las dos partes si cuenta con la debida representación de la mismas y

dentro de las instrucciones que haya recibido de cada una de ellas.

Mediación.

1) Consiste en una negociación asistida: las partes negocian directamente entre ellas con la

asistencia del mediador, que no representa a ninguna de ellas.

2) Aplica siempre la estrategia ganar-ganar. En concreto se caracteriza por a) tener en cuenta el

interés de todas las partes intervinientes en el proceso. b) Caso de concurrir intereses dignos de

especial protección (menores, dependientes, incapacitados,…) sus necesidades serán el eje

pivotante de todo el proceso. c) Salvaguardar de la relación de las partes más allá del conflicto.

Técnicas mediacionales.

Son aquellas relacionadas con destrezas de tipo psicológico, social y de comunicación. Estas

técnicas no siempre y necesariamente se estructuran en un proceso metodológico formal de

mediación, por lo que no pueden confundirse con la mediación como proceso y tampoco su

utilización convierte a quien las emplea en un mediador profesional.

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II.- CONCEPTO.

Podemos definirla de manera amplia y sin perjuicio de las especialidades y matices que presenta

según el tipo de conflicto que tenga por objeto (penal, laboral, civil, mercantil, comunitaria,

escolar,…) como el método voluntario, no jurisdiccional y confidencial de resolución de

conflictos, en el que un tercero, neutral, imparcial y sin capacidad de decisión, asiste a las partes

a través de la comunicación para transformar la confrontación en diálogo y llegar a acuerdos

mutuamente satisfactorios y duraderos.

Otras características definitorias de la mediación:

- Es una intervención profesional de carácter interdisciplinar.

- Proporcionar un espacio neutral y propicio para la gestión constructiva del conflicto.

- Es una intervención puntual (para resolver problemas concretos).

- Tiene su propia metodología y técnicas de intervención, focalizando en cómo resolver

las discrepancias presentes y futuras, en lugar de hacerlo en los factores causales que lo

preceden.

- Reduce la ansiedad y otros efectos negativos del conflicto.

- Preserva la relación de las partes más allá del conflicto.

- Impulsa entre las partes nuevas formas de comunicación mediante las técnicas del

reconocimiento (“recognition”) y empoderamiento (“empowerment”).

- Las partes conservan la responsabilidad de decidir sobre sus propios conflictos, por ello

la mediación fomenta la autorresponsabilidad respecto a los resultados del proceso.

- El profesional de la mediación solo dirige y se hace cargo del proceso, pero no del

contenido.

- Tiene una importante función preventiva y de aprendizaje social.

IV.- CLASES.

Podemos distinguir distintos tipos de mediación en función de diferentes criterios:

Parcial o global, atiende esta clasificación al contenido u objeto de la misma. Será parcial, si la

mediación se constriñe a la negociación de solo algunos de los extremos litigiosos. Será global,

si se extiende a todos ellos.

Abierta o cerrada, esta clasificación alude al principio de confidencialidad. Será abierta cuando

el contenido y negociaciones de la mediación puedan invocarse en los juzgados, caso de que la

mediación no ha conseguido acuerdos. Será cerrada cuando exista pacto expreso de

confidencialidad entre las partes y el mediador, en el sentido de que lo tratado en el ámbito de

la mediación no podrá llevarse al juzgado, ni vía testifical, ni vía pericial.

Extrajudicial o intrajudicial. La mediación prejudicial o extrajudicial es la que tiene lugar antes

de que se inicie la vía jurisdiccional y al margen de la misma. La mediación judicial es la que se

desarrolla una vez iniciado el proceso jurisdiccional y por derivación del órgano judicial.

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Pública o privada, según que la mediación se desarrolle en el ámbito de la Administración (de

Justicia o cualquiera otra Administración Pública, Institucional o Corporativa), o en el del

ejercicio profesional libre.

Simple o co-mediación, según el profesional de la mediación intervenga individualmente

durante las reuniones, aunque cuente a lo largo del proceso con el asesoramiento y apoyo de

un equipo interdisciplinar, o sean varios profesionales los que actúen conjuntamente y de

manera presencial durante las sesiones. La comediación se suele llevar a cabo por profesionales

provenientes de distintas disciplinas e incluso de distinto sexo para garantizar la mayor

cobertura de conocimientos y habilidades, e incluso facilitar que las partes se sientan

compensados durante el proceso de mediación.

Facilitativa o evaluativa. En la modalidad facilitativa (también denominada de gestión) la función

principal del mediador en este tipo de mediación es la de favorecer la comunicación y la

consecución de acuerdos entre las partes. En la modalidad evaluativa (también denominada de

resolución) el mediador puede emitir propuestas de solución, las cuales nunca tendrán carácter

vinculante para las partes.

V.- ÁMBITO DE APLICACIÓN EFICAZ DE LA MEDIACIÓN.

La elección de la vía para resolver un conflicto tiene un enorme impacto en dicha resolución. No

todos los métodos están indicados para todos los conflictos y una mala elección puede complicar

su resolución.

¿Cómo podemos saber cuál es el método más adecuado para conseguir los resultados que nos

proponemos? En primer lugar es necesario tener claro cuáles son estos resultados y en segundo

lugar, valorar si el método, por su finalidad y objetivos, su específica metodología, sus principios

y reglas, su duración, su coste,… nos va a permitir conseguirlos y en qué grado de

eficacia/satisfacción.

La práctica de la mediación permite concluir que la mediabilidad de los conflictos está

directamente relacionada con los siguientes rasgos:

- Fuerte carga emocional.

- Implicación de distintos lugares geográficos.

- Implicación de distintas legislaciones aplicables.

- Necesidad de las partes de seguir mantenido algún tipo de relación a pesar del conflicto e

incluso con posterioridad a su resolución.

- Necesidad de confidencialidad.

Por el contrario, la mediación no será aplicable o no lo será eficazmente en los conflictos en los

que concurran las siguientes circunstancias:

- Que las partes o alguna de ellas tenga afectada su capacidad volitiva o cognitiva.

- Que solo resulte identificada una parte.

- Que las partes acepten la mediación, pero no sus principios y reglas.

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VI.- EL PROCESO DE MEDIACIÓN.

Principios.

El proceso de mediación se rige por los principios de autocomposición, voluntariedad,

confidencialidad, flexibilidad, transparencia y buena fe. No obstante, la aplicación de estos

principios requiere alguna aclaración.

Principio de autocomposición.

Son las partes, no el tercero interviniente, quienes deciden la solución al conflicto.

Principio de voluntariedad.

La mediación es un proceso voluntario, por lo que las partes podrán o no aceptarlo y también

abandonarlo en cualquier momento del mismo.

Principio de imparcialidad. El mediador no tiene ningún tipo de relación con ellas partes, ni

interés específico en sus respectivas posiciones. Vela durante el procedimiento por la igualdad

de las mismas.

Principio de neutralidad. El mediador no puede imponer un acuerdo, ni tampoco su propia

escala de valores o su particular visión de la solución del conflicto.

Principio de confidencialidad.

En virtud de este principio todo lo actuado en mediación no puede trascender fuera del proceso

de mediación. Se exceptúan los casos en los que las partes acuerden otra cosa y los supuestos

relacionados con hechos delictivos.

Principio de carácter personalísimo.

Las partes, siendo personas físicas, deberán asistir en intervenir personalmente en el proceso

de mediación.

Principio de flexibilidad.

Si bien el proceso de mediación es un proceso estructurado, su esencia es la flexibilidad, que,

frente a la rigidez y formalismos del proceso jurisdiccional, optimiza la resolución del conflicto.

Principio de cooperación, buena fe y transparencia.

Este principio desecha la posibilidad de agendas privadas, estrategias y técnicas de resolución

indirectas u ocultas que, en cambio, sí forman parte del escenario de otros métodos de

resolución de conflictos.

VII.- MODELOS DE MEDIACIÓN

Si bien el objetivo general de la mediación es la gestión y resolución de conflictos transformando

una dinámica de confrontación en una dinámica de colaboración, los distintos modelos de

mediación concretan este objetivo según sus propias particularidades.

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En el modelo de Harvard, desarrollado fundamentalmente por Fisher, R. y Ury, W., lo esencial

es llegar a acuerdos y se trabaja con el enfoque de la “resolución de problemas” (separando las

personas de los problemas, pasando de las posiciones a intereses y evaluando alternativas). Este

modelo se basa fundamentalmente en la negociación colaborativa, asistida por un tercero.

En el modelo transformativo de Bush y Folger, el objetivo de la intervención se centra en

desarrollar el potencial de cambio de las personas mediante la comunicación y las relaciones

interpersonales de las partes y no incluye necesariamente el logro de acuerdos.

En el modelo circular-narrativo de Sara Cobb, llegar a acuerdos es esencial, pero no es el

objetivo único de la intervención. Se vale del enfoque de la transformación de discursos

mediante la comunicación y la interacción de las partes, no del esquema lineal de Harvard.

MODELO DE

HARVARD

MODELO

TRANSFORMATIVO

(BUSH Y FOLGER)

MODELO CIRCULAR

NARRATIVO

(SARAH COBB)

PRESUPUESTOS

La causa del

conflicto es lineal.

La comunicación es

lineal: diálogo

efectivo.

El contexto no

determina el

conflicto.

Lo importante no es

tanto el conflicto como

los aspectos

relacionales del mismo.

Teoría sistémica.

Teoría de la

comunicación.

MÉTODO

Los principios de la

negociación win-

win (ganar-ganar).

El empowerment.

Recognition.

Historia de las

personas.

Historia del

problema.

Exploración de

intereses y

necesidades.

OBJETIVO

Reducir

desacuerdos.

Acercamiento de

posturas.

Adopción de

acuerdos.

La transformación de la

relación entre las

personas en conflicto.

Construir una

historia alternativa y

conjunta para la

elaboración de

acuerdos.

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Metodología y técnicas.

La metodología seguida en mediación es interdisciplinar. Combina conocimientos técnicos

específicos de mediación, jurídicos y procesales, psico-sociales, de conflictología y

comunicación.

El objetivo del método y las técnicas empleadas en mediación es cambiar el modo de percibir el

conflicto. Cambiar en el sentido de ampliar las maneras de interpretarlo, posibilitando generar

otras percepciones más funcionales para su resolución.

Entre las técnicas que se emplean en el proceso de mediación tienen especial importancia: la

legitimación de las partes en el conflicto (desde el punto de vista individual y relacional), la

exploración de la percepción que cada de ellas tiene mediante distintos tipos de preguntas

(abiertas, cerradas, estratégicas, circulares, incisivas, sugestivas, espejo,...) y la elaboración de

re-encuadres que les permitan generar nuevas alternativas de solución conjunta.

Para estos reencuadres se parte del presupuesto de que cada persona, dentro de su modelo

mental, tiene sus razones y estas razones, dentro de este su modelo, son “válidas” y “buenas”

para justificar su conducta. Los mediadores no están para evaluar ni juzgar esas razones, sino

para tratar de entender el proceso mediante el que cada cual conecta sus razones con sus

acciones, para, reformulando esas conexiones, generar nuevas alternativas que sean

compatibles con el modelo mental de la persona y, además, abran la puerta a posibles acuerdos.

Otras técnicas son: la normalización, la reciprocación, la reformulación y la connotación

positiva, la síntesis, la confrontación, la escucha activa, la empatía, el enfoque hacia el futuro,

las hipótesis, el caucus (reuniones privadas), juego de roles y simulaciones, criterios objetivos,

metáforas, prescripción de tareas,...

El éxito de esta metodología está íntimamente relacionado con el nivel de confianza generada:

en el profesional, en el proceso, en la capacidad de cada una de las partes para conseguir estos

acuerdos y entre ambas para su cumplimiento.

Tanto para el empleo de las técnicas de mediación como para generar la confianza necesaria en

las partes la herramienta básica del mediador es la comunicación (verbal, no verbal y

paraverbal).

El esquema metodológico de la mediación consiste en:

- Verificar que la mediación es efectivamente la vía de resolución del conflicto por la que

han optado las partes.

- Llegar con las partes a una definición compartida del problema.

- Identificar los puntos de acuerdo y desacuerdo en el conflicto.

- Discriminar las posiciones, los intereses y necesidades de las partes.

- Promover que las partes generen alternativas de solución. Estas nuevas alternativas

generadas durante la mediación deben satisfacer a ambas partes y no solo a una de

ellas.

- Asistir a las partes en la negociación de las mejores alternativas para ambos.

- Redactar los acuerdos alcanzados.

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Estructura1.

El esquema metodológico de la mediación se estructura en un proceso flexible que se articula a

lo largo de una serie de reuniones. La regla general es que estas sesiones las realice el

mediador/a conjuntamente con las partes directas en el conflicto. No obstante, cuando así lo

exija el buen fin del proceso de mediación y en virtud de su carácter flexible, también podrán

tener lugar estas reuniones de manera individual con cada una de ellas (los denominados

caucus) o con terceras personas que, aunque no sean partes directas en el conflicto, si pueden

tener una participación indirecta en el mismo -así como en su posible solución-, y con otros

profesionales (abogados y otros expertos –psicólogos, contables-financieros, peritos,

aseguradoras,…).

Se suele estructurar el proceso de mediación en las siguientes fases:

Fase de premediación. Se inicia con la denominada sesión informativa, en la que el mediador

informa a las partes de las características, principios, reglas, objetivos y metodología de la

mediación. Esta información también se facilita a los abogados en la mediación intrajudicial, al

objeto de que conozcan al mediador, el proceso de mediación, sentar las bases de colaboración

entre ellos y el mediador y aclarar posibles dudas de cara al procedimiento judicial. Por estos

motivos sería conveniente protocolizar la asistencia de los letrados a esta primera sesión

también en la mediación extrajudicial.

Tras esta información las sesiones continuarán ya solo con las partes, las cuales expondrán sus

respectivas posiciones, sus motivaciones y expectativas en el proceso de mediación. Ya en esta

fase inicial el mediador debe asegurarse de que concurren los presupuestos mínimos necesarios

para la viabilidad de la mediación, debe quedar concretada la agenda del proceso, la modalidad

de mediación, su duración y coste estimados.

Fase de mediación. En esta fase se aborda propiamente la gestión/resolución del conflicto

conforme a la metodología ya expuesta. Esta fase terminará con acuerdo de las partes (total o

parcial) o sin acuerdo. En la modalidad evaluativa, la mediación finalizará con las propuestas de

solución del mediador.

Fase final. En esta fase se revisa y pule la redacción final de los acuerdos antes de su firma y, en

su caso, se modifican, completan o resuelven las dudas suscitadas.

Fase postmediación. Tiene lugar, en su caso, para hacer un seguimiento por parte del mediador

de los acuerdos adoptados en el proceso, ayudando a las partes a resolver consensuadamente

las dificultades que puedan surgir en orden a su interpretación/ejecución.

Duración

Legalmente la duración prevista para la mediación civil y mercantil es un plazo de tres meses,

prorrogable por otros tres. Esta duración dependerá de la naturaleza, complejidad,

trascendencia e intensidad del conflicto. Así por ejemplo una mediación familiar para una

separación/divorcio suele durar una media de entre seis a doce sesiones de una hora u hora y

1 Nos limitamos en estos apuntes a señalar una estructura muy básica. Dada la versatilidad del proceso de la mediación, admite muchos diseños diferentes en función de las necesidades presentes en cada tipo de conflicto: penal, comercial, familiar, organizacional,…

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pág. 26

media cada una. La mediación en una modificación de medidas puede durar una única sesión de

igual duración.

Las mediaciones comerciales suelen realizarse en sesiones continuadas a lo largo de un día o

dos.

La mediación penal suele hacerse en varias sesiones que no se prolongarán más allá de un mes

desde el consentimiento informado y la laboral dependerá mucho de si se trata de conflictos

individuales o colectivos.

Finalización.

El proceso de mediación puede finalizar por voluntad de las partes, de una cualquiera de ellas o

del mediador.

La finalización del proceso de mediación se hará constar mediante acta. En caso de acuerdos,

serán redactados por el mediador y firmados por las partes. En el caso de la mediación

intrajudicial, el mediador deberá además informar de la terminación del proceso al juzgado

correspondiente.

Efectos del proceso de mediación.

Suspende el ejercicio de acciones judiciales o extrajudiciales entre las partes en relación con su

objeto durante el tiempo en el que se desarrolle la mediación.

Podrá interponerse la acción declinatoria frente al incumplimiento de los pactos de

sometimiento a mediación o frente a la presentación una demanda estando en curso el proceso

de mediación. La declinatoria no impedirá la iniciación o prosecución de las actuaciones de

mediación.

Para evitar posibles dilaciones no deseadas, se prevé la suspensión, no la interrupción, de la

prescripción o la caducidad de las acciones.

En caso de inasistencia injustificada de cualquiera de las partes a la sesión informativa se

entenderá que desisten de la mediación. La información de qué parte o partes no asistieron a la

sesión no será confidencial.

En los procedimientos civiles y mercantiles se impondrán las costas a la parte que se allanare si,

antes de presentada la demanda, se hubiera iniciado procedimiento de mediación, por

entenderse este supuesto como de manifiesta mala fe.

Eficacia y ejecución de los acuerdos de mediación,

Los acuerdos alcanzados y firmados por las partes en mediación, ya sean totales o parciales,

tienen eficacia contractual. Contra lo convenido en el acuerdo de mediación sólo podrá

ejercitarse la acción de nulidad por las causas que invalidan los contratos.

Estos acuerdos tendrán fuerza ejecutiva una vez se protocolicen notarialmente o se homologuen

judicialmente, caso de tener lugar durante la tramitación de un proceso judicial.

Para la ejecución derivada de un acuerdo de mediación se requerirá la intervención de abogado

y procurador, siempre que la cantidad por la que se despache ejecución sea superior a 2.000

euros

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Cuando el título ejecutivo consista en acuerdos de mediación que obliguen a entregar

cantidades determinadas de dinero, no será necesario requerir de pago al ejecutado para

proceder al embargo de sus bienes.

Los acuerdos de mediación transfronterizos serán directamente ejecutables en España cuando

su fuerza ejecutiva derive de la intervención de una autoridad competente que desarrolle

funciones equivalentes a las autoridades españolas —sin perjuicio de lo establecido en los

convenios internacionales vigentes en España y en la normativa de la Unión Europea—. En

cualquier caso lo serán cuando sea elevado a escritura pública por un notario español.