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Boletín Oficial - Publicación oficial - Ordenanza N° 33.701 - Ley N° 2739 Reglamentado por Decreto N° 964/08 - Director responsable: Dr. Pablo Clusellas - Registro de la Propiedad Intelectual N° 569.966 - Gerencia Operativa Boletín Oficial y Registro - Teléfonos: 4323-9625, 4323-9501 E-mail: [email protected] - [email protected] - Consultas y Publicación de Edictos Particulares de 9:30 a 13:30 hs. Rivadavia 524 (1084), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Web: www.buenosaires.gob.ar Boletín Oficial Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires "2012. Año del Bicentenario de la Creación de la Bandera Argentina" 3979 23/08/2012

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Boletín Oficial - Publicación oficial - Ordenanza N° 33.701 - Ley N° 2739 Reglamentado por Decreto N° 964/08 - Director responsable: Dr. Pablo Clusellas - Registro de la Propiedad Intelectual N° 569.966 - Gerencia Operativa Boletín Oficial y Registro - Teléfonos: 4323-9625, 4323-9501 E-mail: [email protected] - [email protected] - Consultas y Publicación de Edictos Particulares de 9:30 a 13:30 hs. Rivadavia 524 (1084), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Web: www.buenosaires.gob.ar

Boletín Oficial Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"2012. Año del Bicentenario de la Creación de la Bandera Argentina"

3979

23/08/2012

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Sumario Poder Legislativo

Ley Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires

Ley-4220 Se modifica la Ley N° 238 Pág.7 Ley-4228 Se catalogan con nivel de Protección inmuebles pertenecientes al Club Ferrocarril Oeste Pág.7 Ley-4234 Se modifica la Ley N° 2947 Pág.8

Ley de Aprobación Inicial Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires

Ley de Aprobación Inicial-500 Se cataloga con Nivel de Protección Cautelar al inmueble sito en Av Corrientes N° 701 al 741 Pág.10 Ley de Aprobación Inicial-1127 Se cataloga con Nivel de Protección Cautelar al inmueble sito en Av Entre Ríos 1039/45 Pág.10

Poder Ejecutivo Decreto

Área Jefe de Gobierno Decreto-418 Se designa Director del Hospital Bernardino Rivadavia Pág.12 Decreto-419 Se aceptan las renuncias a los cargos de Directora de Educación Especial y de Directora de Educación Media y se designan sus reemplazos Pág.12 Decreto-419 Se aceptan las renuncias a los cargos de Directora de Educación Especial y de Directora de Educación Media y se designan sus reemplazos Pág.13 Decreto-420 Se aceptan las renuncias como Director General de Espacios Verdes y como Auditora Interna y se designa su reemplazo Pág.14 Decreto-421 Se designa Director General de Relaciones Interinstitucionales Pág.15

Resolución Jefatura de Gabinete de Ministros

Resolución-422-SSTRANS/12 Se crea el Registro de Prestadores de Servicios de Examen Psicofísico para Conductores Pág.17 Resolución-423-SSTRANS/12 Se autoriza corte de tránsito solicitado por el Instituto Santísima Virgen Niña Pág.18 Resolución-424-SSTRANS/12 Se autoriza corte de tránsito solicitado por la Asociacion de Patrocinadores de Turismo, Hoteleria y la Gastronomia de la República Argentina Pág.19 Resolución-425-SSTRANS/12 Se autoriza corte de tránsito solicitado por Daniela Donadío Pág.21 Resolución-426-SSTRANS/12 Se autoriza corte de tránsito solicitado por el Instituto San Rafael Pág.22 Resolución-427-SSTRANS/12 Se permite el estacionamiento general de vehículos en diferentes tramos de calles

Pág.23 Resolución-646-MJGGC/12 Se aprueba modificacion presupuestaria Pág.24 Resolución-646-MJGGC/12 Se aprueba modificacion presupuestaria Pág.25

Ministerio de Justicia y Seguridad Resolución-105-ISSP/12 Se autoriza viaje para participar del XXX Curso Interdisciplinario en Derechos Humanos, Sistema Interamericano de Derechos Humanos: Historización, Debate Actual y Perspectivas al Futuro Pág.26 Resolución-174-SSAPM/12 Se aprueba pliego y se llama a Licitación Pública de Etapa Única N° 1903-SIGAF/12

Pág.28 Resolución-175-SSAPM/12 Se aprueba y adjudica la Licitación Pública de Etapa Única N° 1656-SIGAF/12 Pág.28 Resolución-175-SSAPM/12 Se aprueba y adjudica la Licitación Pública de Etapa Única N° 1656-SIGAF/12 Pág.29

Ministerio de Educación Resolución-267-SSGEFYAR/12 Se aprueba y adjudica la Licitación Pública N° 458-SIGAF/12 (2/12) Pág.31 Resolución-2654-MEGC/12 Se aprueba modificacion de créditos Pág.32

Ministerio de Desarrollo Urbano Resolución-310-MDUGC/12 Se aprueba y adjudica la Licitación Pública N° 1152/12 Pág.34

Ministerio de Cultura Resolución-510-EATC/12 Se modifica la Resolución N° 288-EATC/12 Pág.35 Resolución-511-EATC/12 Se modifica la Resolución N° 303-EATC/12 Pág.35 Resolución-3485-MCGC/12 Se fijan precios de venta minorista Pág.36

Ministerio de Desarrollo Económico Resolución-160-SSDE/12 Se da a conocer el listado de proyectos en el marco del concurso Buenos Aires Emprende 2012 Pág.38 Resolución-161-SSDE/12 Se aprueba solicitud de modificación del proyecto denominado Mate Eléctrico Autocebante Pág.40

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Resolución-162-SSDE/12 Se aprueban acciones de tutorías desarrolladas por la entidad Fundes Argentina Pág.43

Ministerio de Ambiente y Espacio Público Resolución-949-MAYEPGC/12 Se aprueba el Proyecto Reciclando Buenos Aires Anexo Chacarita Pág.45 Resolución-950-MAYEPGC/12 Se otorga licencia extraordinaria sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía

Pág.46 Resolución-953-MAYEPGC/12 Se aprueba Acta Acuerdo de Redeterminación Definitiva de Precios del Contrato Básico de la Licitación Pública N° 1444/07 Pág.47

Ministerio de Modernización Resolución-36-SSGPM/12 Se aprueba modificacion presupuestaria Pág.49 Resolución-40-SSGPM/12 Se aprueban gastos por Caja Chica Común N° 1 Pág.49

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos Resolución-564-AGIP/12 Se designa Jefe de División Pág.51 Resolución-578-AGIP/12 Se establecen condiciones de trámite para actuaciones de la Defensoría del Pueblo

Pág.52 Agencia de Sistemas de Información

Resolución-129-ASINF/12 Se designa personal de Planta de Gabinete Pág.54 Resolución-130-ASINF/12 Se deniega recurso de reconsideración contra la Resolución N° 38-ASINF/12 Pág.54

Unidad de Coordinación del Plan Estratégico Resolución-10-CPE/12 Se inscribe en el Registro de Entidades Miembros del Consejo del Plan Estratégico a la Fundación Argentina Ciudadana Pág.57

Secretaría Legal y Técnica - Jefatura de Gabinete de Ministros Resolución-14-SECLYT/12 Se establece el uso del Expediente Electrónico para diversos procedimientos Pág.58

Disposición Jefatura de Gabinete de Ministros

Disposición-53-DGTRANSP/12 Se autoriza modificación de recorrido a las Líneas de Autotransporte Público de Pasajeros Nros 19, 127 y 168 Pág.60

Ministerio de Hacienda Disposición-268-DGCG/12 Se establece procedimiento para la rendición de ingresos no tributarios Pág.61

Ministerio de Salud Disposición-71-DGADC/12 Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública N° 1833-SIGAF/12 Pág.63 Disposición-229-HGAP/12 Se aprueba y adjudica la Contratación Directa Menor N° 6125/12 Pág.64 Disposición-229-HGAP/12 Se aprueba y adjudica la Contratación Directa Menor N° 6125/12 Pág.65

Ministerio de Educación Disposición-182-DGEGP/12 Se deja sin efecto la Disposición N° 419-SNEP/85 Pág.67 Disposición-541-DGAR/12 Se aprueba y adjudica la Licitación Privada N° 72-SIGAF/12 (35/12) Pág.68

Ministerio de Desarrollo Urbano Disposición-1235-DGIUR/12 Se autoriza localización de usos para el inmueble sito en La Pampa 3096 Pág.70 Disposición-1236-DGIUR/12 Se considera factible proyecto a localizarse en el predio sito en Perú 1319/21/41/45

Pág.71 Disposición-1237-DGIUR/12 Se autoriza Compensación de Línea de Frente Interno para el inmueble sito en Gallo 488 Pág.73 Disposición-1238-DGIUR/12 Se deniega proyecto de obra nueva en el predio sito en Av de los Incas 3989/91

Pág.74 Disposición-1238-DGIUR/12 Se deniega proyecto de obra nueva en el predio sito en Av de los Incas 3989/91

Pág.75 Disposición-1239-DGIUR/12 Se autoriza localización de usos para el inmueble sito en Bucarelli 2476/78 Pág.77 Disposición-1240-DGIUR/12 Se autoriza localización de usos para el inmueble sito en Cerrito 1541 Pág.78 Disposición-1241-DGIUR/12 Se autoriza localización de usos para el inmueble sito en Av Triunvirato 3791 Pág.79 Disposición-1242-DGIUR/12 Se autoriza localización de usos para el inmueble sito en Av Luís María Campos 901/17/27/31/37/77/87 Pág.80 Disposición-1243-DGIUR/12 Se autoriza localización de usos para el inmueble sito en Lavalle 1101/09/15 Pág.81 Disposición-1244-DGIUR/12 Se autoriza localización de usos para el inmueble sito en Av Callao 1609 Pág.82 Disposición-1245-DGIUR/12 Se visa plano de Demolición parcial, modificación y ampliación para el inmueble sito en Dr Juan Felipe Aranguren 1710/12 Pág.83 Disposición-1246-DGIUR/12 Se visa Aviso de Obra para el inmueble sito en Av Jujuy 2181 Pág.85 Disposición-1247-DGIUR/12 Se visa plano para el inmueble sito en Esmeralda 199 Pág.85 Disposición-1248-DGIUR/12 Se autoriza la Compensación de Línea de Frente Interno para el inmueble sito en Av Álvarez Thomas 873/75 Pág.86 Disposición-1249-DGIUR/12 Se visa plano para el inmueble sito en Av Callao 701 Pág.88 Disposición-1250-DGIUR/12 Se visa esquema de publicidad para el inmueble sito en Av Paseo Colón 505 Pág.89

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Disposición-1251-DGIUR/12 Se amplía la vigencia de la Disposición N° 1129-DGIUR/11 Pág.89 Disposición-1251-DGIUR/12 Se amplía la vigencia de la Disposición N° 1129-DGIUR/11 Pág.90 Disposición-1252-DGIUR/12 Se consideran aplicables normas del Código de Planeamiento Urbano respecto del predio sito en Av Cramer 3240/46/52/58/66 Pág.90 Disposición-1253-DGIUR/12 Se autoriza localización de usos para el inmueble sito en Ladines 3720/32 Pág.92 Disposición-1254-DGIUR/12 Se visa la documentación para la readecuación a la normativa vigente del edificio sito en Alagón 300 Pág.94 Disposición-1255-DGIUR/12 Se visa la documentación para la readecuación a la normativa vigente del edificio sito en 24 de Noviembre N° 1536 Pág.95

Ministerio de Ambiente y Espacio Público Disposición-237-DGTALMAEP/12 Se posterga la fecha de apertura de la Licitación Pública de Etapa Única N° 1745-SIGAF/12 Pág.97 Disposición-238-DGTALMAEP/12 Se posterga la fecha de apertura de la Licitación Pública N° 1743/12 Pág.97 Disposición-238-DGTALMAEP/12 Se posterga la fecha de apertura de la Licitación Pública N° 1743/12 Pág.98

Ministerio de Gobierno Disposición-2-DGAINT/12 Se deja sin efecto la Disposición N° 1-DGAINT/12 Pág.99

Agencia de Protección Ambiental Disposición-150-DGTALAPRA/12 Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública N° 1601/12 Pág.101

Organos de Control Disposición

Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Disposición-66-DGTAPG/12 Se aprueba gasto para la provisión de tarjetas de proximidad para el control de acceso Pág.103

Resolución Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Resolución-198-PG/12 Se autoriza contratación de personal Pág.105 Resolución-212-PG/12 Se acredita el cumplimiento del requisito establecido por el artículo 25 de la Ley N° 70

Pág.106

Poder Judicial Resolución

Consejo de la Magistratura Resolución-11-CACFJ/12 Se apruebase la celebración del Convenio marco de Cooperación con la Asociación para la Defensa de los Derechos de la Infancia y Adolescencia Pág.108 Resolución-12-CACFJ/12 Se aprueba la publicación del libro Visiones de la Capacitación Judicial Pág.108 Resolución-13-CACFJ/12 Se ratifican las Disposiciones N° 90-SE-CFJ/12 y N° 91-SE-CFJ/12 Pág.109 Resolución-14-CACFJ/12 Se aprueba la realización de seminarios y cursos Pág.110

Fiscalía General - Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Resolución-332-FG/12 Se aprueba el mapa de zonas y asignación de competencia territorial para las Unidades Fiscales del Fuero Penal y Contravencional Pág.112

Disposición Unidad Operativa de Adquisiciones de la Fiscalía General de la CABA

Disposición-46-UOA/12 Se aprueba pliego y se autoriza el llamado a Licitación Pública N° 16/12 Pág.130

Comunicados y Avisos Comunicados

Ministerio de Modernización Comunicados-23-DGPLC/12 Pág.133 Comunicados-24-DGPLC/12 Pág.133 Comunicados-25-DGPLC/12 Pág.133 Comunicados-25-DGPLC/12 Pág.134 Comunicados-26-DGPLC/12 Pág.134 Comunicados-27-DGPLC/12 Pág.134 Comunicados-27-DGPLC/12 Pág.135 Comunicados-28-DGPLC/12 Pág.135 Comunicados-29-DGPLC/12 Pág.135 Comunicados-29-DGPLC/12 Pág.136

Licitaciones Licitación

Ministerio de Justicia y Seguridad Licitación-1910-DGALPM/12 Pág.137 Licitación-1928-DGALPM/12 Pág.137

Ministerio de Salud

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Licitación-1130-HGAIP/12 Pág.138 Licitación-1489-DGADC/12 Pág.138 Licitación-1576-HGACD/12 Pág.139 Licitación-1833-DGADC/12 Pág.139 Licitación-1888-HGATA/12 Pág.140

Ministerio de Desarrollo Urbano Licitación-1932-DGTALMDU/12 Pág.141

Ministerio de Cultura Licitación-1857-DGIYME/12 Pág.142

Ministerio de Ambiente y Espacio Público Licitación-1760-DGTALMAEP/12 Pág.143

Consejo de la Magistratura Licitación-15-CMCABA/12 Pág.144 Licitación-23-CMCABA/12 Pág.144 Licitación-24-CMCABA/12 Pág.145 Licitación-26-CMCABA/12 Pág.145 Licitación-26-CMCABA/12 Pág.146

Auditoría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Licitación-9-AGCBA/12 Pág.147

Fiscalía General - Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Licitación-16-FG/12 Pág.149

UNID. OPERATIVA DE ADQUISICIONES CENTRAL (DGCYC) Licitación-1772-UOAC/12 Pág.150

Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana Licitación-1935-SECGCYAC/12 Pág.151 Licitación-1937-SECGCYAC/12 Pág.151 Licitación-1941-SECGCYAC/12 Pág.152

Ministerio de Modernización Licitación-207-DGTALMOD/12 Pág.154

Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires Licitación-19-DGCYC/12 Pág.155

Ministerio de Salud Licitación-807-DGADC/12 Pág.156 Licitación-959-DGADC/12 Pág.156 Licitación-1298-HBR/12 Pág.157

Defensor General - Ministerio Público CABA Licitación-10-DG/12 Pág.159

Ministerio de Ambiente y Espacio Público Licitación-1743-DGTALMAEP/12 Pág.160 Licitación-1745-DGTALMAEP/12 Pág.160 Licitación-1746-DGTALMAEP/12 Pág.160 Licitación-1765-DGTALMAEP/12 Pág.160 Licitación-1765-DGTALMAEP/12 Pág.161 Licitación-1858-DGTALMAEP/12 Pág.161

Ente de Turismo Licitación-1931-DGTALET/12 Pág.162

Instituto Universitario Nacional del Arte Licitación-5-IUNA/12 Pág.163

Expediente Ministerio de Salud

Expediente-1678536 Pág.164 Ministerio de Educación

Expediente-1088020 Pág.165 Expediente-1235431 Pág.165 Expediente-1376652 Pág.166 Expediente-1376703 Pág.166 Expediente-1376777 Pág.166 Expediente-1376777 Pág.167 Expediente-1376824 Pág.167 Expediente-1376973 Pág.167 Expediente-1377026 Pág.168 Expediente-1438320 Pág.168 Expediente-1479149 Pág.169

Ministerio de Desarrollo Urbano

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Expediente-506031 Pág.170 Expediente-1272830 Pág.170 Expediente-1397880 Pág.171

Ministerio de Salud Expediente-1372603 Pág.172

Carpeta Banco Ciudad De Buenos Aires

Carpeta-20366 Pág.173 Carpeta-20334 Pág.173

Actuación Ministerio de Educación

Actuación-507 Pág.174 Contratación Directa

Autopistas Urbanas S.A. Contratación Directa-7 Pág.176

Edictos Particulares Retiro de Restos

Particular Retiro de Restos-284-SECLYT/12 Pág.177

Transferencias Particular

Transferencias-284-DGTAD/12 Pág.178 Transferencias-290-SECLYT/12 Pág.178 Transferencias-291-SECLYT/12 Pág.178 Transferencias-292-DGTAD/12 Pág.179 Transferencias-293-DGTAD/12 Pág.179 Transferencias-294-SECLYT/12 Pág.179 Transferencias-297-DGTAD/12 Pág.179 Transferencias-297-DGTAD/12 Pág.180 Transferencias-300-SECLYT/12 Pág.180 Transferencias-28112-SECLYT/12 Pág.180

Otras Normas Particular

Otras Normas-295 Pág.181 Otras Normas-296 Pág.181

Edictos Oficiales Citación

Ministerio de Ambiente y Espacio Público Citación-1215606-DGCEM/12 Pág.183

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BS.AS. Citación-1708256-JPCF/12 Pág.184 Citación-1728142-UFISUTC/12 Pág.184 Citación-1746450-JCF/12 Pág.185

Notificación Administración Gubernamental de Ingresos Públicos

Notificación-1801-DGR/12 Pág.186 Notificación-1809-DGR/12 Pág.190 Notificación-1814-DGR/12 Pág.194

Intimaciones Jefatura de Gabinete de Ministros

Intimaciones-86156-CACTYT/12 Pág.198

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Poder Legislativo Ley Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires

LEY N.° 4220

Buenos Aires, 5 de julio de 2012

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de

Ley Artículo 1°.- Modifícase el Artículo 21 del Título VII "de la Expropiación Inversa", de la Ley 238, que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 21.- La acción de expropiación inversa prescribe a los cinco (5) años desde el momento en que se configure alguna de las causales previstas en el artículo 19 de la presente Ley." Art. 2°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez

Buenos Aires, 17 de agosto de 2012 En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8° del Decreto Nº 2.343/98, certifico que la Ley Nº 4220 (Expediente Nº 1507775/12), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 5 de julio de 2012 ha quedado automáticamente promulgada el día 2 de agosto de 2012. Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Desarrollo Económico. Cumplido, archívese. Clusellas

LEY N.° 4228

Buenos Aires, 5 de julio de 2012

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de

Ley Artículo 1°.- Catalógase con sus respectivos niveles de protección en los términos del Artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano, los inmuebles consignados a continuación, pertenecientes al Club Ferrocarril Oeste:

Página Nº 7Nº3979 - 23/08/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Art. 2°.- Para la Platea y Gimnasio Ricardo Etcheverry se admitirán las intervenciones resultantes de la aplicación de los grados de intervención previstos para su nivel de protección, como así también aquellas tendientes a completar la construcción del edificio según su proyecto original. Art. 3°.- Incorpóranse los inmuebles catalogados por el Art. 1° al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3. "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano. Art. 4°.- El Poder Ejecutivo deberá asentar la catalogación establecida por el Artículo 1° en la Documentación Catastral correspondiente. Art. 5°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez

Buenos Aires, 17 de agosto de 2012 En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8° del Decreto N° 2.343/98, certifico que la Ley N° 4228 (Expediente N° 1510525/12), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 5 de Julio de 2012 ha quedado automáticamente promulgada el día 2 de agosto de 2012. Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, comuníquese al Ministerio de Desarrollo Económico y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Desarrollo Urbano. Cumplido, archívese. Clusellas

LEY N.° 4234

Buenos Aires, 5 de julio de 2012

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de

Ley Artículo 1°.- Modifícase el Artículo 17, Capítulo V -Grados-Estatuto del Personal de la Policía Metropolitana, Ley 2947, que en adelante queda redactado de la siguiente manera: "El Escalafón General Policial se organiza en una categoría única que cuenta con los siguientes grados en orden creciente: a) Oficial b) Oficial Mayor c) Subinspector d) Inspector e) Subcomisionado f) Comisionado g) Comisionado Mayor h) Comisionado General i) Superintendente El cuadro de Oficiales Operativos ésta integrado por el personal con estado policial que alcance los grados de Oficial y Oficial Mayor. El cuadro de Oficiales Supervisores ésta integrado por el personal con estado policial que alcance los grados de Subinspector e Inspector. El cuadro de Oficiales de Dirección ésta integrado por el personal con estado policial que alcance los grados de Subcomisionado, Comisionado y Comisionado Mayor.

Página Nº 8Nº3979 - 23/08/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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El cuadro de Oficiales Superiores de Conducción ésta integrado por el personal con estado policial que alcance los grados de Comisionado General y Superintendente". Art. 2°.- Modifícase el Artículo 39, Capítulo XI-Licencias-Estatuto del Personal de la Policía Metropolitana, Ley N° 2947, que queda redactado de la siguiente manera: "La licencia por maternidad se concederá por ciento cinco (105) días corridos, quedando prohibido el trabajo del personal durante los treinta y cinco (35) días anteriores al parto y hasta setenta (70) días corridos después del mismo, con goce de haberes. Vencido el lapso previsto para el periodo de post-parto, la trabajadora previa comunicación fehaciente a la Policía Metropolitana, podrá optar por prorrogar su licencia hasta ciento veinte (120) días corridos, sin percepción de haberes, debiendo comunicar a dicho organismo su decisión de reincorporarse a la misma con treinta (30) días de anticipación a su vencimiento. a) En caso de nacimiento múltiple el lapso previsto para el período de post-parto se extenderá por el término de quince (15) días corridos por cada hijo/a nacido/a después del primero. b) En caso de adelantarse el alumbramiento, los días no utilizados de la licencia anterior al parto se acumularan al lapso previsto para el período de post-parto.

c) Si el/los recién nacido/s debiera/n permanecer internado/s en el área de neonatología, el lapso previsto para el período de post-parto se extenderá por la cantidad de días que dure dicha intimación." Art. 3°.- Incorpórase el Art. 39 bis al Capítulo XI-Licencias-Estatuto del Personal de la Policía Metropolitana, Ley N° 2947, que queda redactado de la siguiente manera: "A los fines de la alimentación y cuidado del hijo, el personal policial tendrá derecho a una pausa de dos (2) horas diarias que podrán ser divididas en fracciones cuando se destine a la lactancia natural o artificial del hijo menor de doce (12) meses. Podrá ser utilizada durante la jornada laboral como dos (2) descansos de una (1) hora cada uno, o disminución de dos (2) horas de labor a la entrada o a la salida, o una (1) hora a la entrada y una (1) hora a la salida. Asimismo para que el padre pueda utilizar este beneficio deberá acreditar fehacientemente la circunstancia de la ausencia total o imposibilidad absoluta de la madre. Igual beneficio se acordará a los trabajadores que posean la tenencia, guarda o tutela de niños/as de hasta doce (12) meses de edad, debidamente acreditada mediante certificación expedida por autoridad judicial o administrativa competente", Art. 4°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez

Buenos Aires, 7 de agosto de 2012 En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8° del Decreto N° 2.343/98, certifico que la Ley N° 4234 (Expediente N° 1509189/12), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 5 de julio de 2012 ha quedado automáticamente promulgada el día 2 de agosto de 2012. Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido, archívese. Clusellas

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Ley de Aprobación Inicial Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires

Exp. N.º 500/J/11

Buenos Aires, 2 de agosto de 2012

Ley (Aprobación inicial conforme lo establecido en los artículos 89 y 90

de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) Artículo 1º.- Catalógase con Nivel de Protección "Cautelar" en los términos del Artículo 10.3.3, correspondiente al Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano, al inmueble sito en la Avenida Corrientes Nº 701 al 741 esquina Maipú Nº 428 al 432, Nomenclatura Catastral: Sección 1, Manzana 13, Parcela 24a. Art. 2º.- Incorpórase el inmueble catalogado por el Artículo 1º al Listado de Inmuebles Catalogados Singulares de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, previsto en el Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano. Art. 3º.- El Poder Ejecutivo, a través de la Dirección General Registro de Obras y Catastro dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano, deberá asentar en la Documentación Catastral correspondiente, la catalogación establecida por el Artículo 1º. Art. 4º.- La Ficha de Catalogación Nº 1-13-24a forma parte de la presente Ley como Anexo I. Art. 5º.- Publíquese y cúmplase con lo dispuesto en los Artículos 89º y 90º de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Ritondo - Pérez

ANEXO

Exp. N.º 1127/D/11

Buenos Aires, 2 de agosto de 2012

Ley (Aprobación inicial conforme lo establecido en los artículos 89 y 90

de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) Artículo 1º.- Catalógase con Nivel de Protección “Cautelar”, en los términos del Artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3 “Catalogación” del Código de Planeamiento Urbano, el inmueble sito en la Avenida Entre Ríos 1039/45, Sección 22, Manzana 067, Parcela 044, donde funciona la sede del Partido Comunista. Art. 2º.- Incorpórase el inmueble catalogado por el Artículo 1º al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 “Catalogación” del Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Art. 3º.- El Poder Ejecutivo deberá asentar la catalogación establecida por el Artículo 1º en la Documentación Catastral correspondiente.

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ANEXO

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Art. 4º.- La ficha de Catalogación Nº 22-067-044 forma parte de la presente Ley como Anexo I. Art. 5º.- Publíquese y cúmplase con lo dispuesto en los Artículos 89º y 90º de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Ritondo - Pérez

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Poder Ejecutivo Decreto

DECRETO N.° 418/12

Buenos Aires, 17 de agosto de 2012 VISTO: El Expediente Nº 425101/2012, y CONSIDERANDO: Que se encuentra vacante el cargo de Director, con 44 horas semanales, del Hospital "Bernardino Rivadavia", del Ministerio de Salud; Que en consecuencia el Ministerio que nos ocupa, manifiesta la necesidad de cubrir el mismo; Que por lo expuesto, se propicia designar con carácter Interino en el precitado cargo al Dr. Luis Esteban Somaruga, DNI 11.224.268, CUIL. 20-11224268-7, legajo personal 347.248; Que a tal efecto es necesario dictar un acto administrativo de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006, y modificatorias. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA Artículo 1.- Desígnase con carácter Interino al Dr. Luis Esteban Somaruga, D.N.I. 11.224.268, CUIL 20-11224268-7, legajo personal 347.248, como Director, con 44 horas semanales, partida 4022.1500.MS.17.002 (P.60), del Hospital "Bernardino Rivadavia", del Ministerio de Salud, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006, y modificatorias, reteniendo sin percepción de haberes el cargo de Jefe Sección Neonatología, titular con 40 horas semanales, partida 4022.1500.MS.17.016 (P.65), del Citado Hospital. Artículo 2.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Salud y de Hacienda, y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos laborales y Previsionales de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. MACRI - Lemus - Grindetti - Rodríguez Larreta

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DECRETO N.° 419/12

Buenos Aires, 17 de agosto de 2012 VISTO: La Ley Nº 4.013, el Decreto Nº 660/11, el Expediente Nº 2.298.619/11 e incorporado, y CONSIDERANDO: Que por la Ley Nº 4.013 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por el artículo 2º de la mentada Ley se creó el Ministerio de Educación; Que por el Decreto Nº 660/11, se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por los Decretos Nº 531/09 y Nº 863/10, se designó a la Profesora Vanesa del Carmen Casal (DNI Nº 20.370.946), y a la Profesora Maria del Carmen Negro (DNI Nº 5.619.678), como Directora de la Dirección de Educación Especial y Directora de la Dirección de Educación Media, respectivamente; Que según surge de los presentes actuados, la Profesora Vanesa del Carmen Casal ha presentado su renuncia a partir del 14 de diciembre de 2011, al cargo de Directora de la Dirección de Educación Especial dependiente de la Dirección General de Educación de Gestión Estatal del Ministerio de Educación; Que asimismo la Profesora María del Carmen Negro, ha presentado su renuncia a partir del 15 de diciembre de 2011, al cargo de Directora de la Dirección de Educación Media dependiente de la Dirección General de Educación de Gestión Estatal del Ministerio de Educación; Que en este mismo acto corresponde proceder a la designación de los reemplazantes de los cargos referidos, resultando la Sra. Marta Teresa Gallardo (DNI Nº 6.216.401) designada para ocupar el cargo de Directora de la Dirección de Educación Especial, a partir del día 15 de diciembre de 2011, y el Prof. Eduardo García del Río (DNI Nº 11.986.460) designado para ocupar el cargo de Director de la Dirección de Educación Media, a partir del día 16 de diciembre de 2011; Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar la norma legal pertinente. Que ha tomado intervención la Dirección General de Coordinación Legal e institucional del Misterio de Educación. Por ello en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA Artículo 1.- Acéptase, a partir del día 14 de diciembre de 2011, la renuncia presentada por la Profesora Vanesa del Carmen Casal (DNI Nº 20.370.946), como Directora de la Dirección de Educación Especial dependiente de la Dirección General de Educación de Gestión Estatal del Ministerio de Educación. Artículo 2.- Desígnase, a partir del día 15 de diciembre de 2011 en carácter "Ad Honorem" a la Sra. Marta Teresa Gallardo (DNI Nº 6.216.401), para ocupar el cargo de Directora de la Dirección de Educación Especial dependiente de la Dirección General de Educación de Gestión Estatal del Ministerio de Educación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 127 del Estatuto del Docente aprobado por la Ordenanza Nº 40.593 y lo prescripto por los Decretos Nº 1334/05 y Nº 315/06.

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Artículo 3.- Acéptase a partir del día 15 de diciembre de 2011, la renuncia presentada por la Prof. María del Carmen Negro (DNI Nº 5.619.678), como Directora de la Dirección de Educación Media dependiente de la Dirección General de Educación de Gestión Estatal del Ministerio de Educación. Artículo 4.- Desígnase, a partir del día 16 de diciembre de 2011, al Prof. Eduardo García del Río (DNI Nº 11.986.460), para ocupar el cargo de Director de la Dirección de Educación Media dependiente de la Dirección General de Educación de Gestión Estatal del Ministerio de Educación, partida 5502.0498.B20, otorgándosele licencia sin goce de sueldo en los siguientes cargos: a) Rector Titular Colegio Nº 6 "Manuel Belgrano", b) Profesor TP3 (18 hs. cátedra) y c) Profesor (2 hs. cátedra), en las condiciones establecidas en el artículo 10 de los Decretos Nº 1334/05 y Nº 315/06. Artículo 5.- Agradécese a las funcionarias salientes los servicios prestados. Artículo 6.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Educación, de Modernización y de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 7.- Dése al Registro. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización, a la Dirección General de Oficina de Gestión Publica y Presupuesto del Ministerio de Hacienda y, para su conocimiento y demás efectos remítase al Ministerio de Educación. Cumplido, archívese. MACRI - Bullrich - Ibarra - Grindetti - Rodríguez Larreta

DECRETO N.° 420/12

Buenos Aires, 17 de agosto de 2012 VISTO: La Ley Nº 4.013, los Decretos Nº 155/10, Nº 172/10, Nº 660/11 y su modificatorio Nº 339/12, el Expediente Nº 1515042/12, y CONSIDERANDO: Que por la Ley Nº 4.013 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Que el artículo 2º de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo, al Ministerio de Ambiente y Espacio Público; Que por Decreto Nº 660/11, se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por medio del Decreto Nº 339/12 que modificó parcialmente el Decreto Nº 660/11, se estableció la actual estructura organizativa del Ministerio de Ambiente y Espacio Publico. Que el señor Brian Luis Lehmann, DNI Nº 25.912.994, CUIT Nº 20-25912994-0, ha presentado su renuncia con fecha 18 de Julio de 2012, al cargo de Director General de la Dirección General de Espacios Verdes dependiente de la Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Publico del Ministerio de Ambiente y Espacio Publico, cuya designación fuera dispuesta mediante Decreto Nº 155/10; Que la Cdra. Florencia Fabiana Scavino, DNI Nº 20.647.944 CUIL Nº 27-20647944-8, ha presentado su renuncia, con fecha 19 de julio de 2012, al cargo de Auditora Interna de la Unidad de Auditaría Interna del Ministerio de Ambiente y Espacio Publico, cuya designación fuera dispuesta mediante Decreto Nº 172/10; Que en atención a que el cargo de Director General de Espacies Verdes se encuentra vacante, el Ministro de Ambiente y Espacio Público propicia la designación de la Cdra. Florencia Fabiana Scavino para cubrir dicho cargo; Que asimismo, corresponde agradecer a los funcionarios salientes los importantes servicios prestados;

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Que por lo expuesto deviene procedente el dictado de la norma legal pertinente. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires.

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA Artículo 1º.- Acéptase, a partir del 18 de julio de 2012 la renuncia presentada por el señor Brian Luis Lehmann, DNI Nº 25.912.994, CUIT Nº 20-25912994-0, al cargo de Director General de la Dirección General de Espacios Verdes dependiente de la Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público del Ministerio de Ambiente y Espacio Público.

Artículo 2º.- Acéptase a partir del 19 de julio 2012, la renuncia presentada por la Cdra. Florencia Fabiana Scavino, DNI Nº 20.647.944, CUIL Nº 27-20647944-8, al cargo de Auditora Interna de la Unidad de Auditoría Interna del Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Artículo 3º.- Agradécense a los funcionarios salientes los importantes servicios prestados. Artículo 4°.- Desígnase, a partir del 19 de julio de 2012, a la Cdra. Florencia Fabiana Scavino, DNI Nº 20.647.944, CUIL Nº 27-20647944-8, como Directora General de la Dirección General de Espacios Verdes dependiente de la Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público, del Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Artículo 5º.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Ambiente y Espacio Público y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 6º.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Modernización y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente del Ministerio de Hacienda, y cara su conocimiento y demás efectos remítase al Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Cumplido, archívese. MACRI - Santilli - Rodríguez Larreta

DECRETO N.° 421/12

Buenos Aires, 17 de agosto de 2012 VISTO: La Ley Nº 4013, el Decreto Nº 660/2011, el Expediente Nº 465542/2012, y CONSIDERANDO: Que por la Ley Nº 4013, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Decreto Nº 660/2011, se aprobó la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que en virtud que el cargo de Director General, de la Dirección General de Relaciones Interinstitucionales, del Ministerio de Salud, se encuentra vacante, el precitado Ministerio, propone cubrir el mismo; Que a tal efecto propicia la designación, del Dr. Francisco Luís Tropea, D.N.I 04.534.737, CUIL 20-04534737-1, legajo personal 347.580, toda vez que posee la idoneidad necesaria para el desempeño del cargo para el cual fue propuesto; Que conforme lo expresado precedentemente procede dictar la norma legal pertinente. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

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EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA Artículo 1.- Desígnase al Dr. Francisco Luís Tropea, D.N.I. 04.534.737, CUIL 20-04534737-1, legajo personal 347.580, como Director General, de la Dirección General de Relaciones Interinstitucionales, de la Subsecretaría de Planificación Sanitaria, del Ministerio de Salud, partida 4001.0000.M.06, reteniendo sin percepción de haberes el cargo de Subdirector Asistente Área Programática y Atención Quirúrgica, titular, con 44 horas semanales, partida 4022.1500.MS.16.007 (P.61), del Hospital "Bernardino Rivadavia", del citado Ministerio. Artículo 2.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Salud y de Hacienda, y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3.- Dése el Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos Cumplido, archívese. MACRI - Lemus - Grindetti - Rodríguez Larreta

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Resolución Jefatura de Gabinete de Ministros

RESOLUCIÓN N.º 422/SSTRANS/12

Buenos Aires, 17 de agosto de 2012 VISTO: la ley 2148, el Decreto 588/10 y el Decreto 498/08, Ex N° 1593594/2012; CONSIDERANDO: Que en la actualidad, el sistema de Otorgamiento/Renovación de licencias de conducir se encuentra en pleno proceso de desconcentración. Que en este proceso se trabajó con una doble premisa, la de acercar el trámite a los vecinos de la ciudad haciéndolo más ágil y la de conferirle al mismo el mayor rigor profesional posible, manteniendo el nivel de evaluación –previo al proceso de desconcentración- para determinar la aptitud de los conductores de vehículos que habilita la Ciudad de Buenos Aires. Que las experiencias en países que han logrado disminuir sensiblemente los índices de siniestralidad en el tránsito, indican que el rigor y la seriedad a la hora de habilitar a una persona por primera vez para conducir cualquier tipo de vehículo en la vía pública y luego a renovar su habilitación resulta determinante. Que la evaluación del conductor por parte de los profesionales que determinan el apto psicofísico, resulta primordial y la elección de dichos profesionales requiere la verificación del cumplimiento de determinados requisitos de idoneidad. Que en el marco del proceso de desconcentración aludido supra, se hace necesario crear un sistema que abastezca en cantidad y calidad debidamente, de los profesionales que intervengan en el proceso de evaluación que integra el trámite de habilitación para conducir. Que en ese camino, resulta apropiado crear un Registro de Prestadores de Servicios de Examen Psico -Físico, para conductores. Que el sistema debe establecer las características, requisitos, condiciones y demás particularidades que deberán reunir los aspirantes a integrar el mencionado registro tanto en la faceta jurídico-administrativa, como en la específicamente psico- médica. Que se debería priorizar la autorización para ingresar al Registro a aquellas personas jurídicas de trayectoria en la actividad médica. Que esas entidades deberán aceptar formalmente los Criterios de Evaluación establecidos en la Reglamentación del Código de Transito de la Ciudad de Buenos Aires y los Protocolos de Evaluación Psicofísica determinados por la entidad otorgante de licencias. Estos protocolos, establecerán la cantidad, tipo y profundidad de las pruebas a las que se deberá someter a los aspirantes a obtener una licencia, de acuerdo al tipo de trámite y categoría a la que corresponda. Que por su parte, existe normativa que regula la actividad de conductores de transporte, imponiéndoles exámenes psicofísicos anuales que son realizados por prestadores médicos autorizados por el propio Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Que en tal sentido, verificados que los parámetros exigidos para la evaluación psicofísica que realizan los prestadores mencionados en el considerando anterior se corresponden con los exigibles para la obtención y /o renovación de la licencia de

conducir; deberá reconocerse su validez, de modo de optimizar la tarea y en su caso economizar tanto a la administración como al contribuyente gestiones y costos. Por ello,

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RESUELVE Artículo. 1. Objeto. Créase el Registro de Prestadores de los Servicios de Examen Psicofísico para Conductores, a los fines de servir como nómina de las entidades prestadoras habilitadas para realizar el apto médico necesario para la obtención y renovación de la licencia de conducir otorgada por el GCBA. Artículo 2. Parámetros. Se designa a la Dirección General de Licencias como autoridad de aplicación la cuál establecerá los requisitos para la inscripción y baja de dichos prestadores, y efectuará los controles necesarios para asegurar su óptimo funcionamiento, como así también determinará los protocolos de evaluación y criterios médicos de acuerdo al tipo de trámite y clase de licencias, reglamentando los procesos y condiciones necesarios para implementar el sistema. Artículo 3. Control. La autoridad de aplicación deberá verificar el cumplimiento de los parámetros psicomedicos exigidos para la obtención del apto médico de las licencias de conducir, y en su caso reconocer como válidos los certificados que emitan las entidades prestadoras reglamentando los plazos de validez y demás mecanismos que favorezcan la implementación del sistema de homologación de dichos certificados. Artículo 4. Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y luego gírese a la Subsecretaría de Transporte para su conocimiento. Luego, gírese a la Dirección General de Licencias quien comunicará a las reparticiones correspondientes. Dietrich

RESOLUCIÓN N.º 423/SSTRANS/12

Buenos Aires, 17 de agosto de 2012 VISTO: EL DECRETO Nº 660-GCABA-2011 Y EL EXPEDIENTE Nº 1.042.274-2012, Y CONSIDERANDO: Que, dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de Transporte se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma; Que, por el Expediente mencionado, el Instituto Santísima Virgen Niña, solicita permiso para la afectación de la calzada Cuenca entre Baigorria y Marcos Sastre, el día Sábado 08 de Septiembre de 2012, en el horario de 15:00 a 17:00 horas, con cobertura climática al día Sábado 15 de Septiembre de 2012 en el mismo horario, con motivo de celebrar el 100° Aniversario de la Institución; Que, la Dirección General de Tránsito ha tomado la intervención de su competencia, emitiendo opinión favorable, respecto al corte solicitado; Que, a tales efectos la Dirección General de Seguridad Vial, considera viable realizar el corte de tránsito solicitado, dejando a consideración de la Subsecretaria de Transporte para el dictado del acto administrativo respectivo; Que, los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza Nº 51.277. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

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EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE

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EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1º.- Autorizar el corte total de tránsito solicitado por el Instituto Santísima Virgen Niña, con la concurrencia de la Policía Federal Argentina, de la calzada Cuenca entre Baigorria y Marcos Sastre, sin afectar bocacalles, el día Sábado 08 de Septiembre de 2012, en el horario de 15:00 a 17:00 horas, con cobertura climática al día Sábado 15 de Septiembre de 2012 en el mismo horario, con motivo de celebrar el 100° Aniversario de la Institución. Artículo 2º.- El transito que pretenda circular por la calle afectada deberá desviarse por la transversal inmediata anterior al corte y retomar por la calle paralela mas próxima de igual sentido de circulación. Artículo 3º.- Los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo, se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el Artículo 2.1.10 de la Ley Nº 2.148. Artículo 4º.- Los solicitantes deberán arbitrar los medios necesarios para contar en forma obligatoria con el apoyo de la Policía Federal Argentina y la Policía Metropolitana, y procederá al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 51.277/96. Artículo 5º.- De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 3º y 4º de la presente, la misma carecerá de válidez. Asimismo, no implica autorización para la realización de actividades comerciales ni autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las que deberán tramitarse por cuerda separada en las Áreas correspondientes. Artículo 6º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento pase a la Subsecretaría de Transporte. Luego, gírese a la Dirección General de Tránsito quien comunicará a la Policía Federal Argentina, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales de Limpieza, de Seguridad Vial, de Tránsito, y de Ordenamiento del Espacio Público. Dietrich

RESOLUCIÓN N.º 424/SSTRANS/12

Buenos Aires, 17 de agosto de 2012 VISTO: EL DECRETO Nº 660-GCABA-2011Y EL EXPEDIENTE Nº 1.408.282/2012, Y CONSIDERANDO: Que, dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de Transporte se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma; Que, por el Expediente mencionado, la Asociación de Patrocinadores de Turismo, la Hotelería y la Gastronomía de la República Argentina, solicita permiso para la afectación de varias calzadas, el día Sábado 13 de Octubre de 2012, en el horario de 14:00 a 19:00 horas, con cobertura climática al día Sábado 20 de Octubre de 2012 en el mismo horario, con motivo de realizar la Carrera de Mozos en la zona de la Plaza de Mayo;

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Que, la Dirección General de Tránsito ha tomado la intervención de su competencia, emitiendo opinión favorable, respecto a los cortes solicitados; Que, a tales efectos la Dirección General de Seguridad Vial, considera viable realizar los cortes de tránsito solicitados, dejando a consideración de la Subsecretaria de Transporte para el dictado del acto administrativo respectivo; Que, los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicitan los cortes de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza Nº 51.277. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1º.- Autorizar los cortes de tránsito solicitados por la Asociación de Patrocinadores de Turismo, la Hotelería y la Gastronomía de la República Argentina, con la concurrencia de la Policía Federal Argentina, el día Sábado 13 de Octubre de 2012, en el horario de 14:00 a 19:00 horas, con cobertura climática al día Sábado 20 de Octubre de 2012 en el mismo horario, con motivo de realizar la Carrera de Mozos en la zona de la Plaza de Mayo. Esquema de afectaciones: a. Corte parcial, de dos carriles de Av. De Mayo (mano izquierda) entre Bernardo de Irigoyen y Tacuarí, a partir de las 08:00 horas. b. Corte total de Av. de Mayo entre Bernardo de Irigoyen y Tacuarí, sin afectar bocacalles, a partir de las 12:00 horas. c. Corte total de Av. de Mayo entre Bernardo de Irigoyen y Bolívar, y sucesivos y momentáneos de las transversales a medida que van pasando los participantes, a partir de las 15:30 horas. d. Cortes parciales, momentáneos y sucesivos, de dos carriles de las arterias que rodean la Plaza de Mayo durante el desarrollo de la competencia, a saber: H. Yrigoyen, Rivadavia y Bolivar. Artículo 2º.- En las arterias afectadas parcialmente se deberán colocar vallas rígidas a fin de separar el transito vehicular de los participantes. Artículo 3º.- El tránsito que pretenda circular por la calle que se afecta deberá desviarse por la transversal inmediata anterior al corte y retomar por la calle paralela mas próxima de igual sentido de circulación. Artículo 4º.- Los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo, se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el Artículo 2.1.10 de la Ley Nº 2.148. Artículo 5º.- Los solicitantes deberán arbitrar los medios necesarios para contar en forma obligatoria con el apoyo de la Policía Federal Argentina y la Policía Metropolitana, y procederá al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 51.277/96. Artículo 6º.- De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 4º y 5º de la presente, la misma carecerá de válidez. Asimismo, no implica autorización para la realización de actividades comerciales ni autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las que deberán tramitarse por cuerda separada en las Áreas correspondientes.

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Artículo 7º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento pase a la Subsecretaría de Transporte. Luego, gírese a la Dirección General de Tránsito quien comunicará a la Policía Federal Argentina, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales de Limpieza, de Seguridad Vial, de Tránsito, y de Ordenamiento del Espacio Público. Dietrich

RESOLUCIÓN N.º 425/SSTRANS/12

Buenos Aires, 17 de agosto de 2012 VISTO: EL DECRETO Nº 660-GCABA-2011Y EL EXPEDIENTE Nº 1.605.232/2012, Y CONSIDERANDO: Que, dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de Transporte se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma; Que, por el Expediente mencionado, Daniela Donadío, solicita permiso para la afectación de varias calzadas, el día Sábado 28 de Agosto de 2012, en el horario de 13:00 a 17:30 horas, con motivo de realizar una bicicleteada denominada “Mejor en Bici”, de acuerdo al siguiente recorrido: Partiendo desde Av. Brasil entre Combate de los Pozos y Pichincha, por Brasil, Av. Entre Ríos, Av. San Juan, Azopardo, EE.UU., Rosario Vera Peñaloza hasta el anfiteatro, retomando por esta, EE.UU., Azopardo, Av. Independencia, Av. Jujuy, y Av. Brasil hasta el punto de partida; Que, la Dirección General de Tránsito ha tomado la intervención de su competencia, emitiendo opinión favorable, respecto a los cortes solicitados; Que, a tales efectos la Dirección General de Seguridad Vial, considera viable realizar los cortes de tránsito solicitados, dejando a consideración de la Subsecretaria de Transporte para el dictado del acto administrativo respectivo; Que, los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicitan los cortes de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza Nº 51.277. Por ello, y en uso de las facultades conferidas;

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1º.- Autorizar los cortes de tránsito solicitados por Daniela Donadío, con la concurrencia de la Policía Federal Argentina, el día Sábado 28 de Agosto de 2012, en el horario de 13:00 a 17:30 horas, con motivo de realizar una bicicleteada denominada “Mejor en Bici”, de acuerdo al siguiente recorrido: Partiendo desde Av. Brasil entre Combate de los Pozos y Pichincha, por Brasil, Av. Entre Ríos, Av. San Juan, Azopardo, EE.UU., Rosario Vera Peñaloza hasta el anfiteatro, retomando por esta, EE.UU., Azopardo, Av. Independencia, Av. Jujuy, y Av. Brasil hasta el punto de partida. Esquema de afectaciones:

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a. Corte total de Av. Brasil entre Combate de los Pozos y Pichincha, sin afectar bocacalles y dejando un carril libre para emergencias. b. Cortes parciales, momentáneos y sucesivos de dos carriles mano derecha, según sentido de circulación, de las arterias por donde se desarrolla la bicicleteada al momento del paso de los participantes. c. Cortes totales, momentáneos y sucesivos de las transversales, al momento del paso de los participantes. Artículo 2º.- En las arterias afectadas parcialmente se deberán colocar vallas rígidas a fin de separar el transito vehicular de los participantes. Artículo 3º.- El tránsito que pretenda circular por la calle que se afecta deberá desviarse por la transversal inmediata anterior al corte y retomar por la calle paralela mas próxima de igual sentido de circulación. Artículo 4º.- Los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo, se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el Artículo 2.1.10 de la Ley Nº 2.148. Artículo 5º.- Los solicitantes deberán arbitrar los medios necesarios para contar en forma obligatoria con el apoyo de la Policía Federal Argentina y la Policía Metropolitana, y procederá al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 51.277/96. Artículo 6º.- De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 4º y 5º de la presente, la misma carecerá de válidez. Asimismo, no implica autorización para la realización de actividades comerciales ni autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las que deberán tramitarse por cuerda separada en las Áreas correspondientes. Artículo 7º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento pase a la Subsecretaría de Transporte. Luego, gírese a la Dirección General de Tránsito quien comunicará a la Policía Federal Argentina, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales de Limpieza, de Seguridad Vial, de Tránsito, y de Ordenamiento del Espacio Público. Dietrich

RESOLUCIÓN N.º 426/SSTRANS/12

Buenos Aires, 17 de agosto de 2012 VISTO: EL DECRETO Nº 660-GCABA-2011 Y EL EXPEDIENTE Nº 1.303.500-2012, Y CONSIDERANDO: Que, dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de Transporte se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma; Que, por el Expediente mencionado, el Instituto San Rafael, solicita permiso para la afectación de la calzada Benito Juárez entre Av. Álvarez Jonte y Alcaraz, el día Jueves 20 de Septiembre de 2012, en el horario de 08:00 a 14:00 horas, con motivo de realizar una Misa; Que, la Dirección General de Cultos ha manifestado que esta celebración es de suma importancia para los miembros de la comuna;

Página Nº 22Nº3979 - 23/08/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que, la Dirección General de Tránsito ha tomado la intervención de su competencia, emitiendo opinión favorable, respecto al corte solicitado; Que, a tales efectos la Dirección General de Seguridad Vial, considera viable realizar el corte de tránsito solicitado, dejando a consideración de la Subsecretaria de Transporte para el dictado del acto administrativo respectivo; Que, los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza Nº 51.277. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1º.- Autorizar el corte total de tránsito solicitado por el Instituto San Rafael, con la concurrencia de la Policía Federal Argentina, de la calzada Benito Juárez entre Av. Álvarez Jonte y Alcaraz, sin afectar bocacalles, el día Jueves 20 de Septiembre de 2012, en el horario de 08:00 a 14:00 horas, con motivo de realizar una Misa. Artículo 2º.- El transito que pretenda circular por la calle afectada deberá desviarse por la transversal inmediata anterior al corte y retomar por la calle paralela mas próxima de igual sentido de circulación. Artículo 3º.- Los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo, se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el Artículo 2.1.10 de la Ley Nº 2.148. Artículo 4º.- Los solicitantes deberán arbitrar los medios necesarios para contar en forma obligatoria con el apoyo de la Policía Federal Argentina y la Policía Metropolitana, y procederá al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 51.277/96. Artículo 5º.- De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 3º y 4º de la presente, la misma carecerá de válidez. Asimismo, no implica autorización para la realización de actividades comerciales ni autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las que deberán tramitarse por cuerda separada en las Áreas correspondientes. Artículo 6º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento pase a la Subsecretaría de Transporte. Luego, gírese a la Dirección General de Tránsito quien comunicará a la Policía Federal Argentina, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales de Limpieza, de Seguridad Vial, de Tránsito, y de Ordenamiento del Espacio Público. Dietrich

RESOLUCIÓN N.º 427/SSTRANS/12

Buenos Aires, 17 de agosto de 2012 VISTO el Expte. Nº 2351431/11 CONSIDERANDO:

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Que se ha realizado un estudio de una zona ubicada entre los barrios de Liniers y Versalles delimitada por la Colectora Av. Gral Paz, calle Nogoya, calle Ruiz de los Llanos, Av. Alvarez Jonte, Av. Reservistas Argentinos, calle Francisco de Viedma, calle Dr. Angel E. Roffo y Colectora Av. Gral. Paz, a fin de incrementar la oferta de estacionamiento en la vía pública, con el objeto de facilitar el mismo a los vecinos que moran en el lugar y a la concurrencia de público a los comercios, restaurantes y colegios de la zona; Que se ha verificado que dichas vías, pueden albergar el estacionamiento junto a ambas aceras, observando una alta demanda de estacionamiento incluso junto a la acera izquierda donde actualmente está prohibido hacerlo; destacándose que la trama vial en ese sector corresponde a calles con circulación local a escala barrial, en su mayoría con pavimento granítico, con un ancho de calzada uniforme en el orden de los ocho (8) metros; Que el artículo 7.1.16 titulado “Adecuación por demandas barriales”, del Código de Transito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, otorga la facultad de permitir el estacionamiento junto a la acera izquierda durante las 24 hs., en calles de más de ocho (8) metros de ancho; Que estas autorizaciones serán consideradas normas particulares, siendo de aplicación lo normado en el artículo 7.1.12 de dicho Código, correspondiendo ejercer dicha facultad a esta Subsecretaría de Transporte, de acuerdo a lo prescripto en el artículo 13 de la reglamentación aprobada por el Decreto Nº 714–GCBA-2003, de aplicación en el presente caso; Por ello, conforme la facultad otorgada por el artículo 7.1.16 del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la delegación otorgada a esta Subsecretaría por el Decreto Nº 498-GCBA-2008 (B.O.C.B.A. Nº 2.926),

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1º.- Permitir el estacionamiento general de vehículos, junto a la acera izquierda, según el sentido de circulación, durante las 24 hs., en los siguientes tramos de arterias: *GALLARDO: entre Av. Juan B. Justo y Nogoya y entre Fragueiro y Av. Reservistas Argentinos . *MANUEL PORCEL DE PERALTA: entre Nogoya y Marcelo Gamboa. *BRUSELAS: entre Manuel Porcel de Peralta y Nogoya. *ROMA: entre Ruiz de los Llanos y Av. Álvarez Jonte. *AV. RESERVISTAS ARGENTINOS: entre Av. Álvarez Jonte y Francisco de Viedma. *FRAGUEIRO: entre Av. Juan B. Justo y Colectora Av. Gral. Paz. *BYNNON: entre Madero y Gana. *AMADEO JACQUES: entre Colectora Av. Gral. Paz y Madero. *MADRID: entre Fragueiro y Colectora Av. Gral. Paz. *LASCANO: entre Colectora Av. Gral. Paz y Ruiz de los Llanos. *SANTO TOMÉ: entre Ruiz de los Llanos y Colectora Av. Gral. Paz. Artículo 2º.- Las medidas establecidas requerirán la instalación del pertinente señalamiento vertical, para lo cual la Dirección General de Tránsito realizará su instalación y fijará la fecha de su puesta en vigencia mediante el dictado de la correspondiente Disposición. Artículo 3º. - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Transporte y remítase a la Dirección General de Transito la que comunicará a la Policía Federal Argentina, a la Direcciones Generales de Seguridad Vial y del Cuerpo de Agentes del Control de Transito y Transporte y a los Centros de Gestión y Participación Comunal Número 9 y 10, cumplido, continúese el trámite establecido en el artículo precedente. Dietrich

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RESOLUCIÓN N.º 646/MJGGC/12

Buenos Aires, 16 de agosto de 2012 VISTO: El Decreto Nº 28/12, el Expediente N° 1.688.685-MGEYA-DGTALMJG/12, y CONSIDERANDO: Que, por la citada actuación, tramita una modificación presupuestaria entre partidas de los Incisos 3- Servicios no personales, y 4- Bienes de uso, del presupuesto asignado a las Unidades Ejecutoras 320- Subsecretaría de Transporte, y 757- Dirección General de Transporte; Que, dicha modificación, responde a la necesidad de la Unidad Ejecutora 320- Subsecretaría de Transporte, de hacer frente a la contratación de un servicio de consultoría de estacionamiento medido, para lo cual la partida presupuestaria 3.5.2- Servicios especializados, del Programa 70- Administración y Control del Tránsito y el Transporte (Proyecto 1- Transporte Público Alternativo, Obra 53- Sistema Inteligente de Tránsito y Transporte), no cuenta con crédito suficiente; Que, a tal fin, se propone incrementar la partida citada anteriormente por compensación con el crédito asignado a las partidas 3.2.9- Alquileres y derechos no especificados, 4.2.2- Construcciones en bienes de dominio público, y 4.3.9- Equipos varios, de los Programas 70- Administración y Control del Tránsito y el Transporte (Proyecto 1- Transporte Público Alternativo, Obra 53- Sistema Inteligente de Tránsito y Transporte), y 74- Acciones de Ordenamiento del Transporte Público y Privado de Pasajeros y Cargas (Proyecto 2- Jerarquización Vial, Obra 52- Sistemas Complementarios (Vías Preferenciales), dado que las mismas cuentan con saldo suficiente para ello; Que, en función de lo expuesto, se considera conveniente la adopción de acciones tendientes a dar curso a lo solicitado. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 28/12 que aprueba las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2012,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase la modificación presupuestaria, consistente en la compensación de los créditos asignados a los Incisos 3- Servicios no personales, y 4- Bienes de uso, de los Programas 70- Administración y Control del Tránsito y el Transporte, y 74- Acciones de Ordenamiento del Transporte Público y Privado de Pasajeros y Cargas, sin variación de metas físicas, de acuerdo al Comprobante de "Modificaciones y Compensaciones Presupuestarias" que se adjunta. Artículo 2º.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda, y gírese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de este Ministerio. Cumplido archívese. Rodríguez Larreta

ANEXO

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Ministerio de Justicia y Seguridad

RESOLUCIÓN N.º 105/ISSP/12

Buenos Aires, 8 de agosto de 2012 VISTO: Las Leyes N° 2.894 y N° 2.895, el Decreto Nº 477/11, la Providencia Nº 1490386/PMCBA/12 y el Expediente N° 1307814/12, y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 2.894 establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, encomendando al Gobierno de la Ciudad, a través del Ministerio de Justicia y Seguridad, la conducción política e institucional de dicho sistema; Que el Artículo 56 de la mencionada Ley de Seguridad Pública crea al Instituto Superior de Seguridad Pública como un ente autárquico, dependiente orgánica y funcionalmente del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires cuya misión es formar profesionalmente y capacitar funcionalmente al personal de la Policía Metropolitana; Que la Ley Nº 2.895 establece los principios básicos para la capacitación, formación e investigación científica y técnica en materia de seguridad pública y la formación y capacitación del personal policial; Que entre los días 3 al 14 de septiembre del presente año se realizará en la Ciudad de San José de Costa Rica el “XXX Curso Interdisciplinario en Derechos Humanos, Sistema Interamericano de Derechos Humanos: Historización, Debate Actual y Perspectivas al Futuro”, organizado por el Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH); Que el curso en mención, por la especialidad de la temática que aborda, constituye un espacio curricular de muy elevada importancia para este Instituto, en tanto encargado de la misión de formar profesionalmente y capacitar funcionalmente al personal de la Policía Metropolitana, a los/as funcionarios/as responsables de la formación, implementación y evaluación de las políticas y estrategias de seguridad ciudadana y de la dirección y la administración general del sistema policial, a todos aquellos sujetos públicos o privados vinculados con los asuntos de la seguridad, asi como también la investigación científica y técnica en materia de seguridad ciudadana de acuerdo con los principios de objetividad, igualdad de oportunidades, mérito y capacidad; Que en tal sentido, se aprecia de sumo interés institucional, promover el acceso a ese espacio de formación a personal de la Policía Metropolitana que se desempeña en funciones docentes como instructores del cuerpo de cadetes del Instituto, para que luego pueda transmitir a los cursantes los valores, principios y conocimientos adquiridos en relación con la temática de los Derechos Humanos que atraviesa transversalmente toda la capacitación de los futuros oficiales de la Policía Metropolitana; Que a tal efecto, se ha propuesto la concurrencia de los Subinspectores Alejandro Benza y Alejandro Javier Vergara, quienes cuentan con una sólida formación académica y con las capacidades necesarias para cumplir con los cometidos mencionados en el párrafo precedente toda vez que los nombrados se desempeñan como docentes de distintitas materias del “Curso de Formación Inicial para Aspirantes a Oficial de Policía Metropolitana”; Que por su parte, mediante Providencia Nº 1490386/PMCBA/12 obrante a fojas 19 del Expediente citado en el Visto, el Jefe de la Policía Metropolitana ha tomado la debida intervención, considerando que no existe óbice alguno para impedir la capacitación constante y de nivel internacional para el personal de la Policía Metropolitana;

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Que por Decreto Nº 477/11 se aprobó el nuevo régimen de viáticos, alojamiento y pasajes, destinado a misiones transitorias de carácter oficial en el interior y exterior del país; Que dicha norma establece que los viajes están sujetos a la operatoria instrumentada a través de la Licitación Pública Nº 4/DGCyC/11, excepto aquellos que determine la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda, los que se regirán por lo dispuesto por los Artículos 8º y 9º del régimen en cuestión; Que se ha realizado la reserva presupuestaria pertinente mediante la solicitud de entrega de fondos Nº 2167/SIGAF/12 por la suma total de PESOS DIECIOCHO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO CON 40/100 ($18.835,40); Que por lo expuesto resulta pertinente autorizar el viaje de los Subinspectores Alejandro Benza, DNI 27.607.262, y Alejandro Javier Vergara, DNI 28.632.170 para concurrir a la Ciudad de San José de Costa Rica, a fin de participar del “XXX Curso Interdisciplinario en Derechos Humanos, Sistema Interamericano de Derechos Humanos: Historización, Debate Actual y Perspectivas al Futuro”, organizado por el Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH) que se llevará a cabo entre los días 3 al 14 de septiembre del corriente año, asignándoseles los viáticos correspondientes estipulados por el Decreto Nº 477/11. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 8 del Decreto Nº 477/11,

LA RECTORA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA RESUELVE

Artículo 1.- Autorizar el viaje de los Subinspectores Alejandro Benza (DNI 27.607.262 - LP 326), y Alejandro Javier Vergara (DNI 28.632.170 - LP 414), para concurrir a la Ciudad de San José de Costa Rica, a fin de participar del “XXX Curso Interdisciplinario en Derechos Humanos, Sistema Interamericano de Derechos Humanos: Historización, Debate Actual y Perspectivas al Futuro”, organizado por el Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH) que se llevará a cabo entre los días 3 al 14 de septiembre de 2012, lo que ocasionará gatos desde el día 2 al 15 del mismo mes y año. Artículo 2.- Entréguese a favor del Instituto Superior de Seguridad Pública, en los términos del Decreto Nº 477/11, para solventar gastos por la suma total de PESOS DIECIOCHO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO CON 40/100 ($ 18.835,40), con motivo de la concurrencia de los agentes mencionados en el Artículo 1 de la presente Resolución al evento detallado, correspondiendo la suma de PESOS NUEVE MIL CIENTO OCHENTA Y OCHO ($ 9.188.-) en concepto de Servicio de Capacitación para Personal de Vigilancia y la suma de PESOS NUEVE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 40/100 ($ 9.647,40) en concepto de Viáticos. Articulo 3.- El importe mencionado en el Artículo precedente deberá ser depositado al Beneficiario Nº 98747, Cuenta Corriente del Banco de la Ciudad de Buenos Aires Nº 3421/0 Sucursal Nº14.

Artículo 4.- La Dirección Técnica Administrativa y Legal del Instituto Superior de Seguridad Pública gestionará bajo el procedimiento previsto en el Decreto Nº477/11 y al amparo de lo establecido en la operatoria instrumentada a través del la Licitación Pública Nº 4/DGCyC/11, la cobertura de pasajes de los agentes citados en el Artículo 1, cuyo desplazamiento ha sido autorizado por la presente Resolución. Artículo 5.- El gasto que irrogue el pago de las erogaciones autorizadas por la presente Resolución, deberá ser imputado a la partida presupuestaria correspondiente al presente ejercicio. Artículo 6.- La Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda emitirá la orden de pago a favor del beneficiario, por la suma total de PESOS DIECIOCHO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO CON 40/100 ($ 18.835,40), según lo detallado en el Artículo 2 de la presente resolución, siendo los agentes mencionados en el Artículo 1, responsables de la administración y posterior rendición de los fondos asignados. Artículo 7.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Administración General de Policía Metropolitana y a los efectos de cumplimiento del Articulo 6 de la presente, pase a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. De Langhe

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RESOLUCIÓN N.º 174/SSAPM/12

Buenos Aires, 17 de agosto de 2012 VISTO: La Ley Nº 2.095, su Decreto reglamentario Nº 754/08, su modificatorio Decreto Nº 232/10, el Decreto N° 109/12, y el Expediente Nº 1671567/12, y CONSIDERANDO: Que por el actuado citado en el visto, tramita la adquisición de porta credenciales y porta chapas identificatorias para la Policía Metropolitana; Que obra la Solicitud de Gastos debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria; Que la Dirección General de Suministros a la Policía Metropolitana tomó la intervención de su competencia, elaborando los proyectos de Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, emitiendo la providencia N° 1675750/12; Que, por Disposición Nº 171-DGCyC/08 la Dirección General de Compras y Contrataciones, en su carácter de Órgano Rector del sistema de contrataciones, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que por Resolución N° 876/MJYSGC/11 se constituyó la Comisión de Evaluación de Ofertas y se designaron sus miembros permanentes; Por ello, en virtud de las atribuciones conferidas por el Artículo 13 del Decreto N° 754/08, reglamentario de la Ley N° 2.095, modificado por Decreto Nº 232/10,

EL SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACION DE LA POLICIA METROPOLITANA

RESUELVE Artículo 1.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, que como Anexo forma parte de la presente Resolución, para la adquisición de porta credenciales y porta chapas identificatorias para la Policía Metropolitana, por un monto aproximado de pesos doscientos cuarenta y seis mil setecientos cincuenta ($ 246.750.-). Artículo 2.- Llámase a Licitación Pública de Etapa Única 1903/SIGAF/2012 para el día 28 de agosto de 2012 a las 13:00 horas, al amparo de lo establecido en el Artículo 31 de la Ley N° 2.095, el Decreto Reglamentario N° 754 /08 y modificatorio Decreto N° 232 /10. Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, efectúense las invitaciones de rigor, comuníquese a la Dirección General de Suministros a la Policía Metropolitana, y remítase a la Dirección General Administrativa y Legal de la Policía Metropolitana Pública para la prosecución de su trámite. Greco

ANEXO

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RESOLUCIÓN N.º 175/SSAPM/12

Buenos Aires, 17 de agosto de 2012 VISTO: La Ley Nº 2.095, su Decreto Reglamentario Nº 754/08, su modificatorio Decreto Nº 232/10, el Expediente Nº 1411805/12, y CONSIDERANDO: Que, por el actuado citado en el visto tramita la contratación del servicio de alquiler de equipos fotocopiadores por un plazo de veinticuatro (24) meses con provisión de insumos y servicio técnico asociado con destino a dependencias de la Policía Metropolitana; Que se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión; Que se ha tomado la intervención que la compete la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto (OGEPU), en cumplimiento de lo normado por el Decreto N° 28/12; Que por Disposición Nº 171/DGCyC/08 la Dirección General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano Rector del sistema de contrataciones aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que mediante Disposición Nº 72/DGALPM/12 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, y se realizó el llamado a Licitación Pública de Etapa Única N° 1656/SIGAF/12 para el día 07 de agosto de 2012 a las 13:00 horas, al amparo de lo establecido en el Artículo 31 concordante con el primer párrafo del Artículo 32 de la Ley Nº 2.095, su Decreto Reglamentario Nº 754/08, y su modificatorio Decreto Nº 232/10; Que por Resolución N° 876/MJYSGC/11 se constituyó la Comisión de Evaluación de Ofertas y se designaron sus miembros permanentes; Que tal como luce en el Acta de Apertura de Propuestas Nº 2130/2012 se recibió una (1) oferta de la firma New Start S.A. (CUIT N° 30-64282835-1); Que se ha cumplimentado el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación; Que mediante Dictamen de Evaluación de Ofertas N° 1838/2012, la Comisión Evaluadora de Ofertas aconsejó adjudicar a la firma New Start S.A. el Renglón 1) de la presente contratación, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 109 concordante con el Artículo 108 de la Ley 2.095, su Decreto Reglamentario Nº 754/08, y su modificatorio Decreto Nº 232/10; Que el acta emitida en consecuencia fue notificada a la empresa oferente, exhibida en la cartelera del Organismo Licitante y efectuadas sus publicaciones conforme lo dispuesto en el Artículo 108 de la Ley 2.095, su Decreto Reglamentario Nº 754/08, y su modificatorio Decreto Nº 232/10; Que vencido el plazo para formular impugnaciones no fue recibida ninguna presentación en tal sentido; Que en consecuencia y atento lo actuado, procede el dictado del presente acto administrativo por medio del cual se aprueba y adjudica el presente procedimiento. Por ello y en uso de las facultades conferidas en el Artículo Nº 13 del Decreto Reglamentario Nº 754/08, modificado por Decreto Nº 232/10,

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Artículo 1.- Apruébase la Licitación Pública de Etapa Única N° 1656/SIGAF/12, realizada al amparo de lo establecido en el Artículo 31 concordante con el primer párrafo del Artículo 32 de la Ley Nº 2.095, su Decreto Reglamentario Nº 754/08, y su modificatorio Decreto Nº 232/10, y adjudícase la contratación del servicio de alquiler de equipos fotocopiadores por un plazo de veinticuatro (24) meses con provisión de insumos y servicio técnico asociado con destino a dependencias de la Policía Metropolitana a la firma New Start S.A. (CUIT N° 30-64282835-1), por un monto de pesos ciento cuarenta y cuatro mil ($ 144.000,00.-). Artículo 2.- El gasto previsto en el artículo precedente se imputará a la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos correspondiente a los ejercicios 2012, 2013 y 2014. Artículo 3.- Autorízase a la Sra. Directora General Administrativa y Legal de la Policía Metropolitana a suscribir la respectiva orden de compra. Artículo 4.- Exhíbase copia de la presente en la cartelera oficial de la Dirección General Administrativa y Legal de la Policía Metropolitana por el término de un (1) día. Artículo 5.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de un (1) día, notifíquese a la empresa oferente, de acuerdo con los términos establecidos en los Artículos 60 y 61 del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1510/97, aprobado por Resolución Nº 41-LCABA/98. Artículo 6.- Regístrese, comuníquese a la Dirección General de Suministros a la Policía Metropolitana, y remítase a la Dirección General Administrativa y Legal de la Policía Metropolitana en prosecución de su trámite. Greco

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EL SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACION DE LA POLICIA METROPOLITANA

RESUELVE

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Ministerio de Educación

RESOLUCIÓN N.º 267/SSGEFYAR/12

Buenos Aires, 16 de agosto de 2012 VISTO: La Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, los Decretos Nº 1254/GCBA/08, N° 481/GCBA/11 y Nº 714/GCBA/11, la Disposición Nº 147/DGAR/12, el Expediente Nº 23256/12, y CONSIDERANDO: Que por Disposición Nº 147/DGAR/12 se llamó a Licitación Pública N° 458-SIGAF-12 (2/12) para llevar a cabo trabajos de instalación de gas y termomecánica en el edificio de la Escuela N° 1 sita en la calle Ayacucho 1680 del Distrito Escolar Nº 1, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el sistema de ajuste alzado y fijando como Presupuesto Oficial la suma de PESOS DOS MILLONES CATORCE MIL TREINTA Y SEIS ($ 2.014.036); Que con fecha 18 de abril de 2012 ha tenido lugar el acto de apertura de ofertas correspondiente, presentándose cinco (5) ofertas: Estudio Ingeniero Villa S.R.L., Sunil S.A., Codyar S.R.L., Coypro S.A. y Obras y Mantenimiento Urbano S.A.; Que con fecha 19 de abril de 2012 se realizó el análisis y evaluación del aspecto legal de las ofertas presentadas en el acto de apertura, donde se concluyó que las ofertas presentadas por las empresas Estudio Ingeniero Villa S.R.L., Sunil S.A., Codyar S.R.L., Coypro S.A. y Obras y Mantenimiento Urbano S.A. estaban en condiciones de ser analizadas por el Área de Control y Ejecución de Contratos, previo cumplimiento de las requisitorias que les sean efectuadas por cédula de notificación, para completar y/o subsanar la documentación exigida por los pliegos licitatorios; Que con fecha 26 de abril de 2012 el Área de Control y Ejecución de Contratos realizó el estudio técnico de la documentación presentada, donde se concluyó que: se aceptaron las ofertas de Estudio Ingeniero Villa S.R.L., Sunil S.A., Codyar S.R.L., Coypro S.A. y Obras y Mantenimiento Urbano S.A. y se solicitó a la firma Coypro S.A., en virtud de ser económicamente conveniente y cumplir en términos generales con las exigencias técnicas, legales y contables del Pliego de la Licitación, que presente la documentación faltante; Que en forma previa a la preadjudicación la Dirección General de Administración de Recursos intimó a dicha empresa a actualizar la documentación presentada al momento de la oferta; Que la mencionada empresa adjuntó la documentación requerida, obrando en el Expediente un segundo informe del Área de Control y Ejecución de Contratos donde dió por cumplido lo solicitado; Que la Comisión de Preadjudicaciones creada por Resolución Nº 185/SSGEFyAR/12 en ejercicio de las atribuciones estipuladas en la misma, mediante Acta de Preadjudicación Nº 36 de fecha 19 de junio de 2012 procedió a declarar admisibles las ofertas presentadas por Estuido Ingeniero Villa S.R.L, Sunil S.A., Codyar S.R.L., Coypro S.A. y Obras y Mantenimiento Urbano S.A. y preadjudicar los trabajos en el edificio indicado en el primer párrafo del Considerando de la presente a la empresa Coypro S.A. por la suma de PESOS UN MILLÓN NOVECIENTOS VEINTISEIS MIL OCHOCIENTOS UNO CON CUARENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 1.926.801,49) en virtud de ser la oferta más conveniente entre las admisibles; Que el resultado de la preadjudicación fue notificado mediante cédula al preadjudicatario y al resto de los oferentes, publicado en el Boletín Oficial por un día, en el sitio de internet de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la cartelera de la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones conforme lo dispone el Pliego de Condiciones Particulares;

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Que no hubo impugnaciones a la preadjudicación; Que por los motivos reseñados y en atención al resultado de la preadjudicación, corresponde adjudicar a la empresa Coypro S.A. los trabajos de instalación de gas y termomecánica en el edificio de la Escuela Nº 1 sita en la calle Ayacucho 1680 del Distrito Escolar Nº 1, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el sistema de ajuste alzado por la suma de PESOS UN MILLÓN NOVECIENTOS VEINTISEIS MIL OCHOCIENTOS UNO CON CUARENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 1.926.801,49); Que ha tomado debida intervención la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional dependiente de este Ministerio; Que en razón del monto no corresponde la intervención de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires (conf. Ley N° 1218 modificada por la Ley N° 3167). Por ello, en razón de lo normado por los Decretos Nº 481/GCBA/11 y Nº 714/GCBA/11,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS

RESUELVE Artículo 1.- Aprobar la Licitación Pública N° 458-SIGAF-12 (2-12) y adjudícase a Coypro S.A. los trabajos de instalación de gas y termomecánica en el edificio de la Escuela Nº 1 sita en la calle Ayacucho 1680 del Distrito Escolar Nº 1, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el sistema de ajuste alzado y por la suma de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS VEINTISEIS MIL OCHOCIENTOS UNO CON CUARENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 1.926.801,49). Artículo 2.- Impútese a la partida correspondiente por la suma de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS VEINTISEIS MIL OCHOCIENTOS UNO CON CUARENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 1.926.801,49). Artículo 3.-Autorízar al Sr. Director General de Administración de Recursos a suscribir la Contrata y la Orden de Comienzo respectiva. Asimismo, encomiéndase al Director General de Infraestructura Escolar emitir todos los actos administrativos necesarios durante la ejecución del contrato, en el marco de su competencia. Artículo 4.-Regístrese. Notifíquese a las empresas oferentes en los términos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y publíquese en el BOCBA por un día, en el sitio de Internet de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y prosecución del trámite pase a la Dirección General de Administración de Recursos. Regazzoni

RESOLUCIÓN N.º 2654/MEGC/12

Buenos Aires, 8 de agosto de 2012 VISTO: La Ley N° 4.041, el Decreto N° 28-MHGC-12, en el cual se aprobaron las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto Sancionado 2012 del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2012, y CONSIDERANDO: Que es necesario una modificación presupuestaria tendiente a redistribuir los créditos del Programa 32 Inclusión Escolar, Programa 3 Actividades Comunes a los Programas 51 a 57 y Programa 53 Infraestructura Escolar, de acuerdo al detalle que se adjunta en el anexo; Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 28/12,

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EL MINISTRO DE EDUCACION RESUELVE

Artículo 1º.- Modifícanse los créditos sancionados en el Programa 32 Inclusión Escolar, Programa 3 Actividades Comunes a los Programas 51 a 57 y Programa 53 Infraestructura Escolar conforme se detalla en el anexo adjunto. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Dirección General de Administración de Recursos (Coordinación Oficina de Gestión Sectorial) dependiente del Ministerio de Educación y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Bullrich

ANEXO

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Ministerio de Desarrollo Urbano

RESOLUCIÓN N.º 310/MDUGC/12

Buenos Aires, 14 de agosto de 2012 VISTO: La Ley 2.095 promulgada por Decreto N° 1.772/GCBA/2008 (B.O.C.B.A. N° 2.557) y su Decreto Reglamentario N° 754/GCBA/2008(B.O.C.B.A. N° 2.960), Decreto N° 660/GCBA/11 (B.O.C.B.A. N° 3.811), el expediente N° 1013293/2012 y CONSIDERANDO: Que, por los presentes actuados se solicitó la “Contratación de servicio de Planeamiento Estratégico, Producción y Organización Integral de Eventos” con destino a la Dirección General de Coordinación Institucional y Comunitaria; Que, se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión; Que, mediante Disposición Nº 61-DGTALMDU-2.012, se dispuso el llamado a Licitación Publica N° 1.152/2.012 para el día 14 de Junio de 2.012 a las 12:30 hs; Que, tal como luce en el Acta de Apertura Nº 1597/2012, se recibieron las propuestas de las firmas: TRIDELUX S.A.; MOTIVARE S.A. y PERSONAL PUBLICIDAD S.A.; Que, efectuado el análisis de las ofertas presentadas, la Comisión de Preadjudicación, mediante el Dictamen de Evaluación de Ofertas Nº 1.762/2.012 decide preadjudicar la “Contratación de servicio de Planeamiento Estratégico, Producción y Organización Integral de Eventos”, a la firma MOTIVARE S.A. por un monto de PESOS TRESCIENTOS VEINTIOCHO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO (328.264,00); Que, no se produjo impugnación alguna al Acta de Preadjudicación; Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 13 del Decreto Reglamentario Nº 754-GCBA-2.008 (B.O.C.B.A N° 2.960) de la Ley N° 2.095/06 (B.O.C.B.A. N° 2.557);

EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO RESUELVE

Art. 1º .-Apruébase la Licitación Publica Nº 1.152/2.012 realizada al amparo de lo establecido en la Ley 2.095; Art. 2º.-Adjudicase la “Contratación de servicio de Planeamiento Estratégico, Producción y Organización Integral de Eventos”, con destino a la Dirección General de Coordinación Institucional y Comunitaria a la firma MOTIVARE S.A. por un monto de PESOS TRESCIENTOS VEINTIOCHO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO ($ 328.264,00); Art. 3º.- Autorizase a la Subgerencia Operativa de Compras Licitaciones y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra; Art. 4º.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (www.compras.buenosaires.gov.ar), comuníquese a la Dirección General de Coordinación Institucional y Comunitaria y remítase a la Subgerencia Operativa de Compras Licitaciones y Suministros dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal para la prosecución de su trámite. Chaín

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Ministerio de Cultura

RESOLUCIÓN N.º 510/EATC/12

Buenos Aires, 17 de agosto de 2012 VISTO: La Resolución Nº 288-EATC-2012 y el Expediente Nº 588799/2012, y CONSIDERANDO: Que por la mencionada Resolución se establece a partir del 1º de diciembre de 2011 el suplemento remunerativo de carácter selectivo y transitorio previsto en el Art. 2º de la Resolución Nº 2.322/MHGC/06 al agente CAPANO LUIS ALBERTO, Ficha Municipal Nº 319.081 como 2º Jefe Escenotécnico del Sector Utilería y al agente BRYLKA ROBERTO LORENZO, Ficha Municipal Nº 196.243 como Supervisor Escenotécnico del mismo Sector; Que en el Art. 1º de la referida Resolución figura como Nº de DNI del agente BRYLKA ROBERTO LORENZO “196.243”, cuando debió consignarse “10.703.574”, Que en vista de lo expuesto, corresponde dictar acto administrativo que subsane el error involuntario cometido. Por ello, en uso de las facultades conferidas por la ley Nº 2.855,

EL DIRECTOR GENERAL Y ARTÍSTICO DEL ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON

RESUELVE Artículo 1 - Modifícase el Art. 1º de la Resolución Nº 288-EATC-2012, el que quedará redactado de la siguiente forma: “…y al agente BRYLKA ROBERTO LORENZO, Ficha Municipal Nº 196.243, DNI. Nº 10.703.574, en razón de su cobertura interina como Supervisor Escenotécnico del Sector Utilería”. Artículo 2 - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General de Recursos Humanos del Ente Autárquico Teatro Colón. Cumplido, archívese. García Caffi

RESOLUCIÓN N.º 511/EATC/12

Buenos Aires, 17 de agosto de 2012 VISTO: La Resolución Nº 303-EATC-2012 y el Expediente Nº 732298/2012, y CONSIDERANDO: Que por la mencionada Resolución se establece a partir del 1º de abril de 2012 el suplemento remunerativo de carácter selectivo y transitorio previsto en el Art. 2º de la Resolución Nº 2.322/MHGC/06 al agente NOGUEIRA RAUL GUILLERMO, Ficha Municipal Nº 319.081 como Supervisor Escenotécnico del Sector Luminotecnia; Que en el Art. 1º de la referida Resolución figura como Nº de DNI del agente NOGUEIRA RAUL GUILLERMO “11.361.025”, cuando debió consignarse “10.962.896”,

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Que en vista de lo expuesto, corresponde dictar acto administrativo que subsane el error involuntario cometido. Por ello, en uso de las facultades conferidas por la ley Nº 2.855,

EL DIRECTOR GENERAL Y ARTÍSTICO DEL ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON

RESUELVE Artículo 1 - Modifícase el Art. 1º de la Resolución Nº 303-EATC-2012, el que quedará redactado de la siguiente forma: “… al agente NOGUEIRA RAUL GUILLERMO, Ficha Municipal Nº 225.528, DNI. Nº 10.962.896, en razón de su cobertura interina como Supervisor Escenotécnico del Sector Luminotecnia”. Artículo 2 - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General de Recursos Humanos del Ente Autárquico Teatro Colón. Cumplido, archívese. García Caffi

RESOLUCIÓN N.º 3485/MCGC/12

Buenos Aires, 3 de agosto de 2012 VISTO: El Expediente Nº 1640178/2012 y la Resolución N° 270-MCGC-2012, y CONSIDERANDO: Que, por la Resolución del Visto se autorizó al F/N Dirección General de Festivales y Eventos Centrales a realizar el evento “Tango Buenos Aires: 14º Festival y 10º Mundial de Baile” entre los días 14 y 28 de agosto de 2012; Que, en el marco del citado Festival está prevista la venta de diversos productos alusivos al Tango; Que, en virtud del interés demostrado por numerosos particulares en la compra de dichos productos, el Fuera de Nivel citado solicita se fijen los precios de venta minorista, mediante el dictado del pertinente acto administrativo; Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE:

Artículo 1º- Fíjanse los precios de venta minorista de los siguientes productos: Lápiz Valor de venta por unidad $5.00 Cantidad a vender 300 Posavasos Valor de venta por pack (6u) $40.00 Cantidad a vender 100 Medias ¾ Valor de venta por unidad $60.00 Cantidad a vender 60 Remeras Valor de venta por unidad $100.00 Cantidad a vender 300 Remeras ediciones anteriores (BAFICI, Tango, FIBA y Jazz) Valor de venta por unidad $ $60.00

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Cantidad a vender 300 Artículo 2º- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase al Fuera de Nivel Dirección General de Festivales y Eventos Centrales y al área de Fiscalización de la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Lombardi

Página Nº 37Nº3979 - 23/08/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Desarrollo Económico

RESOLUCIÓN N.º 160/SSDE/12

Buenos Aires, 16 de agosto de 2012 VISTO: las Resoluciones Nros. 65/SSDE/2012, 83/SSDE/2012, 91/SSDE/2012 y 92/SSDE/2012, y los Expedientes Nros. 865841, 834109, 865325, 867253, 870107, 895277, 895745, 896006, 901316, 901545, 920143, 920185, 920235, 926550, 929149; 744521, todos del año 2012; y CONSIDERANDO Que, en virtud de ello, por medio de la Resolución N° 65/SSDE/2012 se convocó al Concurso “Buenos Aires Emprende 2012”, en el marco del Programa “Red Institucional de Apoyo a MIPyMEs de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” creado por el Decreto N° 923/05; estableciendo las Bases y Condiciones a las que debían ajustarse las propuestas de patrocinio de las entidades interesadas en participar; Que, en éste marco jurídico, mediante la Resolución N° 83/SSDE/2012, se aprobaron las herramientas de evaluación para la calificación y selección de las propuestas de las entidades patrocinadoras, así como también los criterios de evaluación de entidades patrocinadoras y sus propuestas de patrocinio; Que la Resolución N° 91/SSDE/2012 aprobó las propuestas técnicas de selección y tutoría las Entidades Patrocinantes para proyectos de negocios de emprendedores que participaron en el marco del concurso “Buenos Aires Emprende 2011”, quedando determinadas como entidades participantes, Asociación Civil de Estudios Superiores -ACES-Escuela de Economía y Negocios-IAE-, Fundación Pro Instituto Universitario Escuela Argentina de Negocios, Fundación Endeavor Argentina, Emprendedores Argentinos Asociación Civil-EMPREAR-, Fundación Iberoamericana de Estudios Superiores Universidad Abierta Interamericana –U.A.I.,Instituto de Emprendiéndoos Científicos y Tecnológicos Asociación Civil –IECYT-, Asociación Civil Universidad del CEMA, Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires, Fundación Universidad de San Andrés, Polo de Tecnología Informática de la Ciudad de Buenos Aires Asociación Civil (POLO IT), Red de Exportadores de Buenos Aires -Asociación Civil -Bairexport-, ESEADE Escuela Superior de Economía y Administración de Empresas, Consejo Profesional Ciencias Económicas de La Ciudad de Buenos Aires, Asociación Centro de Estudios para el Desarrollo de la Industria Químico-Farmacéutica Argentina (Cediquifa) y Cámara Argentina De Comercio; Que, en la citada Resolución N° 65/SSDE/2012 se dispuso que la Autoridad de Aplicación dictaría una resolución complementaria, estableciendo los requerimientos, a los cuales debería ajustarse, la presentación de cada proyecto de negocio; Que la Resolución Nº 92/SSDE/2012 estableció las Bases y Condiciones para la presentación de los proyectos de negocios de los emprendedores a ser patrocinados por dichas instituciones; Que, a través del Anexo I de la referida Resolución, en el punto III- PRESENTACION DE LOS PROYECTOS DE NEGOCIOS DE EMPRENDEDORES, se instituyó el procedimiento a seguir por parte de las Entidades Patrocinadoras, seleccionadas en el marco del Concurso “Buenos Aires Emprende 2012”, para la presentación de los proyectos de negocios de emprendedores;

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Que en atencióna ello, se estableció que al 15 de agosto de 2012, las instituciones referidas, deberían dar de alta el proyecto de negocios para cada uno de los emprendedores y/o equipo de emprendedores patrocinados, a través del aplicativo creado por la SSDE para tal efecto en la dirección http://programabae.mdebuenosaires.gov.ar; debiendo adjuntar los documentos solicitados en el inciso a) del Anexo II – Listado de Documentación Requerida para los proyectos de emprendedores; debiendo presentar, en formato papel ante la mesa de entradas de la Subsecretaría de Desarrollo Económico la documentación enumerada en el inciso b) del referido Anexo II, una vez completada y confirmada el alta del proyecto en el aplicactivo; Que cabe poner de manifiesto, los proyectos presentados por las entidades seleccionadas por la Resolución N° 91/SSDE/2012 ingresados a través del aplicativo web y los que fueron presentados por la Mesa de Entredas de esta Subsecretaría conforme lo establecido en la Resolución N° 92/SSDE/2012 Anexo I, punto III- PRESENTACION DE LOS PROYECTOS DE NEGOCIOS DE EMPRENDEDORES, en el marco del presente concurso; Que, a la luz de los principios de transparencia y concurrencia; resulta procedente efectuar el relevamiento de los proyectos dados de alta por las entidades seleccionadas, y el cumplimiento de la carga de documentación exigida por las Bases y Condiciones del Concurso; ello, por ser requisito habilitante para la presentación de los proyectos al concurso “Buenos Aires Emprende 2012”; Que, asi las cosas, y dado la instancia del concurso, esta Subsecretaría tiene entre otras responsabilidades, la evaluación de los proyectos de emprendedores que se presenten en el marco del mencionado concurso, y en virtud de la cual, esta Autoridad de Aplicación, resolverá cuales serán los emprendimientos que resultarán seleccionadas en la presente convocatoria para cada una de las categorías establecidas en el Anexo I de la Resolución N° 92/SSDE/2012: a) Categoría “Idea -Proyecto”, y b) Categoría “Emprendiemiento en Marcha”; Que, en consecuencia, corresponde dotar a los evaluadores de herramientas a los efectos de garantizar la uniformidad de criterios y la transparencia en los procesos de evaluación y selección de los proyectos concursantes, conforme lo previsto en las Bases y Condiciones estipuladas y, para ello, se hace necesario explicitar los criterios, las pautas y aprobar las herramientas via web, a las cuales se accederá a través de: http://programabae.mdebuenosaires.gov.ar, y mediante las cuales se realizarán las mismas, y los recursos que se avocarán a la tarea; Por ello, y en uso de las facultades que le son propias

EL SUBSECRETARIO DE DESARROLLO ECONOMICO RESUELVE

Artículo 1º.- Dése a conocer el listado de proyectos de empendedores presentados por las entidades seleccionadas por Resolución N° 91/SSDE/2012, a través del aplicativo web http://programabae.mdebuenosaires.gov.ar, conforme lo establecido en la Resolución N° 92/SSDE/2012 Anexo I de la referida Resolución, en el punto III- PRESENTACION DE LOS PROYECTOS DE NEGOCIOS DE EMPRENDEDORES, en

el marco del concurso “Buenos Aires Emprende 2012”, que como Anexo I A; forma parte integrante de la presente. Artículo 2°.- Dése a conocer el listado de proyectos de empendedores presentados por las entidades seleccionadas por Resolución N° 91/SSDE/2012, a traves del aplicativo web http://programabae.mdebuenosaires.gov.ar y ante la mesa de entradas de la SSDE hasta el 15 de agosto de 2012 a las 16hs., cita en Av. Roque Sáenz Peña 832, 4º piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires conforme lo establecido en la Resolución N° 92/SSDE/2012 Anexo I, en el punto III- PRESENTACION DE LOS PROYECTOS DE NEGOCIOS DE EMPRENDEDORES, en el marco del concurso “Buenos Aires Emprende 2012”, que como Anexo I - B; forma parte integrante de la presente.

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Artículo 3°.- Apruébase la Herramienta de Evaluación via web: http://programabae.mdebuenosaires.gov.ar para la calificación y selección de los proyectos de negocios de emprendedores en el marco del concurso “Buenos Aires Emprende 2012”, que como Anexo II A) “Resúmen de la Evalución del Proyecto”, II B ”Control Formal Legal”, II C ”Control Formal Evaluadores”, II D ”Verificación de Bases y Condiciones”, II E ”Evaluación del Prefil Emprendedor”, II F.1 “Evaluación del proyecto –Idea Proyecto”, II F.2 “Evaluación del proyecto – Proyecto en Marcha” y II G “Resultado de la Evaluación”, forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 4°.- Establécese que los recursos humanos que se individualizan en el Anexo III, que forma parte integrante de la presente resolución participarán como evaluadores de los proyectos de negocios presentados en el marco del concurso “Buenos Aires Emprende 2012”. Artículo 5º.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Svarzman

ANEXO

RESOLUCIÓN N.º 161/SSDE/12

Buenos Aires, 17 de agosto de 2012 VISTO: el Decreto N° 923/GCBA/2005, las Resoluciones Nros. 40/SSDE/2010, 52/SSDE/2010, 66/SSDE/2010, 67/SSDE/2010 y 183/SSDE/2010 y los Expedientes Nros. 539.900/2010 y 1.071.788./2010; y CONSIDERANDO: Que el Decreto N° 923/GCBA/2005 creó el Programa Red Institucional de Apoyo a MIPyMES de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el objetivo de desarrollar acciones que permiten mejorar las capacidades de la red de organizaciones sin fines de lucro que prestan apoyo a las empresas porteñas; Que, en el marco del citado decreto, por Resolución Nº 40/SSDE/2010 se convocó al concurso “Buenos Aires Emprende 2010”, destinado a seleccionar entidades especializadas para que participen como patrocinantes de proyectos de negocios de emprendedores; aprobándose las herramientas de evaluación para la calificación y selección de las propuestas de las entidades patrocinantes de proyectos de negocios de emprendedores por medio de la Resolución N° 52/SSDE/2010; Que en el Anexo I de la resolución mencionada se estipulan las Bases y Condiciones del Concurso, determinando dos etapas de actividades, una de patrocinio y otra de tutoría para las instituciones que resulten seleccionadas; Que la Resolución N° 66/SSDE/2010 estableció las Bases y Condiciones para la presentación de los proyectos de negocios por parte de las Entidades Patrocinantes, que resultaran seleccionadas en el marco de la convocatoria efectuada por la Resolución N° 40/SSDE/2010; Que, la Resolución N° 67/SSDE/2010, aprobó las propuestas técnicas de selección y tutoría de las Entidades Patrocinantes, para los proyectos de negocios de emprendedores, entre ellas la de entidad Asociación Civil Universidad del CEMA (Expte. N° 539.900/2010);

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Que, con fecha 25 de junio de 2010 se suscribió la correspondiente Acta Acuerdo entre la entidad Asociación Civil Universidad del CEMA y la Subsecretaría de Desarrollo Económico, comprometiéndose ésta última a realizar un Aporte No Reembolsable de PESOS DOS MIL QUINIENTOS ($2.500) por cada proyecto de negocios de los emprendedores que hayan sido seleccionados, de conformidad con la cláusula primera, punto (i); y “Un aporte de PESOS MIL OCHOCIENTOS ($1.800) mensuales por proyecto, con el objeto de apoyar las acciones de tutoría de los proyectos a que se hace referencia en el apartado anterior. Este aporte cubrirá un plazo máximo de doce (12) meses. En caso que el plazo de ejecución de alguno de la proyectos sea menor a los doce (12) meses, el monto a pagar será el que surja de multiplicar el aporte mensual por la cantidad de meses de duración del proyecto”, cláusula primera, punto ii; Que, en éste contexto habiéndose cumplido las etapas de evaluación previstas, por medio de la Resolución N° 183/SSDE/2010, se aprobó el orden de mérito de los proyectos de negocios presentados por las Entidades Patrocinantes, entre los que se encontraba el de la emprendedora Sra. María José Gambandé DNI 27.171.896 denominado “Mate Eléctrico Autocebante” con el patrocinio de la Asociación Civil Universidad del CEMA, siendo el plazo de ejecución del proyecto de siete (7) meses; Que según lo estipula la Resolución N° 183/SSDE/2010, se aprobaron las sumas a ser desembolsadas a favor de la entidad patrocinadora en concepto de ANR para el financiamiento del proyecto y tutorías que se otorgaron a cada emprendimiento; Que, en particular respecto al proyecto de Sra. María José Gambandé DNI 27.171.896, se aprobó en concepto de ANR destinado a cofinanciar la ejecución del mismo la suma de PESOS CUARENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS ($ 48.800.-); Que, en consecuencia, se desembolsó –con fecha 9 de febrero de 2011- en la cuenta que la Asociación Civil Universidad del CEMA tiene en el Banco Ciudad de Buenos Aires, la suma total de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS CIENCUENTA ($ 248.950.-), conforme surge de la constancia del SIGAF obrante en los actuados, correspondiente a los montos por tutorías, y los ANR totales destinado a la financiación de todos los proyectos de negocios bajo su patrocinio; Que, en cumplimiento con lo establecido en el Acta Acuerdo en la cláusula tercera, la entidad citada constituyó la Póliza de Caución N° 97225 tomada con ZURICH ARGENTINA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. por la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS CIENCUENTA ($ 248.950.-), a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones asumidas en el marco del programa; Que, en virtud de ello, la entidad inició las actividades de tutoría y administración del ANR, tendiente a apoyar la ejecución del proyecto; Que, en éste sentido, la entidad patrocinadora presentó los respectivos Informes de Avance Etapas y Actividades, y sus correspondientes Informes de Rendición de cuentas; motivando las auditorias correspondientes; a través de las cuales se verificó que el proyecto se encontraba en pleno funcionamiento; Que, encontrándose en plena ejecución el proyecto, la titular presentó una solicitud de modificación del mismo consistente en la reasignación de fondos y la extensión del plazo de duración del mismo en dos (2) meses; Que, al respecto, el artículo 9° de la Resolución N° 66/SSDE/10, establece que: “El Período de Inversión tendrá una duración máxima de doce (12) meses.”; Que, en concordancia en ello, el artículo 10° de la Resolución N° 66/SSDE/10, fija que: “En el caso de que la ejecución del proyecto lo justifique, la entidad patrocinadora y los equipos emprendedores podrán solicitar conjuntamente y de manera formal a la Autoridad de Aplicación la extensión del período de inversión que podrá ser de hasta seis (6) meses adicionales al período otorgado originariamente. Durante el período de extensión, la Entidad Patrocinadora no tendrá derecho a percibir ANR alguno por parte de la Subsecretaría.”; Que, a la luz de las normas analizadas, el plazo de ejecución del proyecto con la extensión de plazo solicitada sería de nueve (9) meses, dentro del límite máximo admitido por la normativa aplicable;

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Que, al respecto se expidió el Área de Seguimiento de Programas de está Subsecretaría, en su informe, sosteniendo la viabilidad de los cambios solicitados, en virtud de lo cual estimó procedente su aprobación; Que, con fecha 7 de marzo de 2012, se presentaron en forma conjunta la titular del proyecto, Sra. María José Gambandé DNI 27.171.896, y el director técnico de la entidad patrocinadora, José Dapena, notificando la interrupción del proyecto

denominado “Mate Eléctrico Autocebante” y renunciando a los beneficios que se le otorgaron en el marco del concurso “Buenos Aires Emprende 2010”; ello, debido al incremento sustancial del costo de matricería, lo cual la llevó a tomar la decisión notificada; Que, conforme a lo establecido en el Anexo I de la Resolución N° 40/SSDE/2010, indica que si por alguna razón se viera interrumpida la tutoría de alguno o varios de los proyectos patrocinados por la entidad, ésta deberá devolver el importe proporcional correspondiente a la parte de la tutoría del proyecto no ejecutada; Que, en concordancia con ello, la cláusula novena de la referida Acta Acuerdo se instituyó que: “Si por algún motivo se viera interrumpido el proceso de tutoría correspondiente a la Etapa II de este Concurso, de alguno o varios de los proyectos patrocinados por “EL BENEFICARIO”, seleccionados en la operatoria que a tal efecto se describe en las Bases y Condiciones del presente CONCURSO, la Autoridad de Aplicación podrá exigir a “EL BENEFICIARIO” la devolución proporcional del beneficio correspondiente a la parte no ejecutada del proyecto”; Que en atención a los antecedentes expuestos, se expidió el Área de Programas a través de su Informe Final, en el cual señalo que resultaría procedente dar el cierre al proyecto de negocios denominado “Mate Eléctrico Autocebante” de la Sra. María José Gambandé DNI 27.171.896; y consecuentemente, que la entidad Asociación Civil Universidad del CEMA proceda a la devolución de la suma total de PESOS VEINTIUN MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO CON 75/100 CENTAVOS ($ 21.488,75.-), correspondiente al Aporte No Reembolsable (ANR) destinado a cofinanciar el respectivo proyecto de negocios. Indicando, respecto al ANR por tutorías que no corresponde reintegro alguno sobre éste concepto, a la luz de las acciones desarrolladas por la entidad; Que, en virtud de lo expuesto, resulta procedente el dictado del acto administrativo que propicia la devolución del monto no ejecutado de Aporte No Reembolsable (ANR) destinado a cofinanciar la ejecución del proyecto de negocios de las citadas emprendedoras; y consecuentemente, una vez restituido éste, dar por finalizado el mismo; ello, de conformidad con lo establecido en las Bases y Condiciones del presente concurso; Por ello, y en ejercicio de las facultades que le son propias

EL SUBSECRETARIO DE DESARROLLO ECONOMICO RESUELVE

Articulo 1°.- Apruébase la solicitud de modificación del proyecto denominado “Mate Eléctrico Autocebante” de titularidad de la Sra. María José Gambandé DNI 27.171.896, consistente en el redireccionamiento de fondos y en la extensión del plazo de ejecución en dos (2) meses. Artículo 2°.- Resuélvese que la entidad Asociación Civil Universidad del CEMA deberá proceder a la devolución de la suma total PESOS VEINTIUN MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO CON 75/100 CENTAVOS ($ 21.488,75.-), correspondiente al Aporte No Reembolsable (ANR) no ejecutado en el marco del proyecto referido. Artículo 3º.- Establécese el plazo de quince (15) días hábiles administrativos a contar desde la notificación de la presente, para que la entidad Asociación Civil Universidad del CEMA de cumplimiento con la devolución de fondos aquí dispuesta, y acredite su cumplimiento ante la Mesa de Entradas de ésta Subsecretaría, sita en Diagonal Roque Sáenz Peña 832 Piso 4°, en el horario de 10 hs. a 17 hs.

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Artículo 4º.- Establécese que para proceder a la devolución de la suma indicada en el artículo 2º, la entidad mencionada deberá ajustarse a las normas y procedimientos previstos por las dependencias competentes en materia de administración financiera del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Artículo 5º.- Cumplido con lo establecido en los artículos Nros. 2°, 3° y 4°, dese por aprobada la ejecución parcial del proyecto denominado “Mate Eléctrico Autocebante” de titularidad de la Sra. María José Gambandé DNI 27.171.896, por la suma de PESOS VEINTISIENTE MIL TRESCIENTOS ONCE CON 25/100 CENTAVOS ($ 27.311,25.-), aprobado en el marco del Concurso “Buenos Aires Emprende 2010”. Artículo 6º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y pase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General de Contaduría y Dirección General de Tesorería. Notifíquese a los interesados. Cumplido, archívese. Svarzman

RESOLUCIÓN N.º 162/SSDE/12

Buenos Aires, 17 de agosto de 2012 VISTO: El Decreto N° 923/GCABA/2005, las Resoluciones Nros. 38/SSDE/09, 71/SSDE/09, 140/SSDE/09 y 141/SSDE/09, 69/SSDE/11, Disposiciones Nros. 2011-36-DGFPIT, 2011-53-DGFPIT, 2011-57-DGFPIT, 2011-70-DGFPIT y lo que surge de los Exptes. Nros 1223453/09, 1223437/09, 1223488/09, 40876/09, y CONSIDERANDO: Que el Decreto N° 923/GCABA/05 creó el Programa Red Institucional de Apoyo a MIPyMEs de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el objetivo de desarrollar acciones que permitan mejorar las capacidades de la red de organizaciones sin fines de lucro que prestan apoyo a las empresas porteñas; Que mediante la Resolución N° 38/SSDE/09 se convocó el concurso “Apoyo a la Competitividad PyME 2009”, destinado a seleccionar entidades que actuarán como patrocinantes de proyectos productivos en las tres categorías del presente Programa –"Buenos Aires Calidad 2009", "Buenos Aires Innovación, Diseño y Management 2009" y "Buenos Aires Eficiencia Energética y Producción Sustentable 2009"-; Que la Resolución Nº 71/SSDE/09 aprobó las propuestas de selección y tutoría de proyectos presentados por las distintas entidades para las tres categorías anteriormente mencionadas; Que en éste contexto, la Resolución N° 140/SSDE/09 aprobó el orden de mérito de los proyectos y la Resolución N° 141/SSDE/09 aprobó los pagos para las entidades patrocinadoras, que tendrían como objeto el de compensar las acciones de tutoría que se realizaran, así como también el tiempo en el que se llevarían a cabo; Que, entre los proyectos seleccionados por la Resolución N° 140/SSDE/09 para el concurso “Buenos Aires Innovación Diseño y Management 2009”, se encontraron las empresas: TECNICA ARMAQ S.A. Expediente N° 1223453/09, GRUPO NABEL S.A. Expediente Nº 1223437/09 y NH CONSTRUCCIONES S.R.L. Expediente Nº 1223488/09, bajo la tutoría de la entidad “FUNDES ARGENTINA” Expediente Nº 40876/09; Que, en atención a lo prescripto en la Resolución N° 38/SSDE/09, las entidades constituyeron un seguro de caución a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por un monto igual a la suma establecida por la Resolución N° 141/SSDE/09, con el fin de avalar el fiel cumplimiento de las obligaciones de tutorías de los proyectos aprobados;

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Que en particular, la entidad “FUNDES ARGENTINA”, constituyó la Póliza de Seguro de Caución N° 25143 otorgada por El Surco Compañía de Seguros S.A., por la suma de PESOS TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS ($ 39.900.-); Que, mediante la Resolución Nº 69/SSDE/11, fue dado por cumplido técnica y contablemente el proyecto de la empresa GRUPO NABEL S.A.; la Disposición Nº 2011-106-DGFPIT hizo lo suyo con el proyecto correspondientes a las firma de NH CONSTRUCCIONES S.R.L. y la Disposicion Nº 2011-133-DGFPIT dio por cumplido el el proyecto denominado TECNICA ARMAQ S.A.;

Que asimismo, el Área de Seguimientos de Programas de está Subsecretaría, informó el 1 de agosto de 2012 en su Informe Final que consideraba concluidas las acciones de tutorias de la entidad, y en consecuencia, se proceda a la devolución de la póliza referida; Que analizadas las constancias de estos actuados, corresponde aprobar las acciones de tutoría desarrolladas por la entidad “FUNDES ARGENTINA” en relación a los proyectos seleccionados por la Resolución 140/SSDE/09, y consecuentemente proceder a la restitución de la Póliza de Seguro de Caución otorgada oportunamente; Por ello, y en ejercicio de sus facultades que son propias;

EL SUBSECRETARIO DE DESARROLLO ECONÓMICO, RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase las acciones de tutorías desarrolladas por la entidad “FUNDES ARGENTINA”, correspondiente a los proyectos seleccionados por la Resolución 140/SSDE/09, en el marco del concurso “Buenos Aires Innovación Diseño y Management 2009” de acuerdo a lo establecido en la Resolución 38/SSDE/09. Artículo 2º.- Restitúyase la Póliza de Seguro de Caución N° 25143 otorgada por El Surco Compañía de Seguros S.A., por la suma de PESOS TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS ($ 39.900.-), constituida por la entidad “FUNDES ARGENTINA”, a efectos de garantizar fiel cumplimiento de las obligaciones asumidas. Artículo 3º.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Fomento Productivo e Innovación Tecnológica. Notifíquese. Cumplido, archívese. Svarzman

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Ministerio de Ambiente y Espacio Público

RESOLUCIÓN N.º 949/MAYEPGC/12

Buenos Aires, 16 de agosto de 2012 VISTO: las Leyes N° 992 y N° 1854, los Decretos N° 639/GCABA/2007, N° 84/GCABA/2006 y N° 424/GCABA/2009, las Resoluciones N° 1003/MAYEPGC/2009; el Expediente N° 1503374/2012 y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el visto tramita la presentación efectuada por Cooperativa de Trabajo Amanecer de los Cartoneros Limitada mediante la que solicita la ampliación del proyecto "Reciclando Buenos Aires", que consiste en la extensión al área del barrio de Chacarita de las actividades de recolección diferenciada de residuos contempladas en el proyecto "Reciclando Buenos Aires" que fue oportunamente aprobado mediante Resolución N° 1003/MAYEPGC/2009, posteriormente ampliado mediante diversos actos administrativos, cuya vigencia ha sido prorrogada por todo el año 2012 mediante Resolución N° 1580/MAyEPGC/2011. Que la referida cooperativa solicita que se amplíe el subsidio oportunamente concedido en el marco del referido proyecto a fin de posibilitar el otorgamiento de asignaciones por capacitación a sesenta y dos (62) nuevos asociados que desde hace un tiempo cumple servicios de recolección diferenciada de residuos sólidos en la Ciudad en iguales condiciones que el resto de sus asociados, los que se hallan asociados a esa cooperativa e inscriptos en el Registro Único Obligatorio Permanente de Recuperadores de Materiales Reciclables (RUR). Que la Dirección General de Reciclado propicia la procedencia de la solicitud por entenderla justificada en virtud de los fundamentos que vierte en su informe (Providencia N° 01504566/DGREC/2012). Que, en este sentido, la citada repartición, luego de ponderar los beneficios que la implementación del plan traerá aparejados y de haber comprobado la efectiva implementación del programa, que los recursos a él afectados son adecuados para el fin que se pretende alcanzar, así como que el importe del subsidio solicitado con imputación a ese propósito es razonable por ser compatible con las pautas actualmente vigentes en relación con los recuperadores urbanos que ya perciben el beneficio en cuestión en el marco del mencionado proyecto, sugiere la admisión de lo solicitado, en las condiciones que ya rigen para los restantes asociados a la cooperativa, es decir las que resultan del Convenio entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Cooperativa de Trabajo Amanecer de los Cartoneros Limitada suscripto el 29 de mayo de 2009 y de sus sucesivas addendas. Que, por compartir los argumentos y sugerencias expuestas por la Dirección General de Reciclado en el mencionado informe, procede acceder al aumento del subsidio en cuestión en la medida y en las condiciones sugeridas por dicha repartición. Que, en virtud de lo expuesto, procede elevar el monto del subsidio vinculado al proyecto "Reciclando Buenos Aires", con imputación al programa Chacarita, en hasta la suma de PESOS SESENTA Y DOS MIL ($62.000) a partir del 1° de junio de 2012. Que, a su vez, cabe autorizar el pago de las comisiones bancarias que correspondan para posibilitar el pago de los incentivos por capacitación en cuestión. Que, a los fines de instrumentar lo decidido, procede la suscripción de una nueva addenda al Convenio entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Cooperativa de Trabajo Amanecer de los Cartoneros Limitada, suscripto en el marco del proyecto "Reciclando Buenos Aires".

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Que resulta conveniente aprobar el proyecto de addenda que, como anexo, integra la presente norma, ya que su contenido se adecua a la finalidad perseguida, así como autorizar al Sr. Director General de Reciclado a representar al Ministerio de Ambiente y Espacio Público en la suscripción de dicho instrumento. Que, por todo lo expuesto, y en virtud de las facultades que resultan del Decreto N° 424/GCABA/2009,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébase, a partir del mes de junio de 2012, el Proyecto Reciclando Buenos Aires Anexo Chacarita, presentado por la Cooperativa de Trabajo Amanecer de los Cartoneros Limitada y el listado de personas integrantes de la mencionada organización, que como Anexo I forma parte de la presente. Artículo 2°.- Aumentar el subsidio concedido a Cooperativa de Trabajo Amanecer de los Cartoneros Limitada en el marco del proyecto "Reciclando Buenos Aires", con imputación al programa contemplado en el Anexo Chacarita, en hasta PESOS SESENTA Y DOS MIL ($62.000) mensuales a partir de de junio de 2012. Artículo 3°.- Páguense oportunamente las comisiones bancarias correspondientes, en cuanto se vinculen con los montos totales que mensualmente corresponda depositar para el efectivo pago del subsidio referido en los Artículos anteriores. Artículo 4°.- El gasto que demande la presente se imputará a la partida presupuestaria correspondiente del ejercicio en vigor. Artículo 5°.- Lo resuelto en los Artículos anteriores queda supeditado a la suscripción de una addenda al convenio oportunamente suscripto por Cooperativa de Trabajo Amanecer de los Cartoneros Limitada y el Ministerio de Ambiente y Espacio Público en el marco del proyecto "Reciclando Buenos Aires". A tales efectos, apruébase el proyecto de addenda que, como Anexo II, integra la presente norma y autorizase al Sr. Director General de Reciclado a suscribirlo en representación del Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Artículo 6°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería, dependientes del Ministerio de Hacienda. Luego pase a la Dirección General de Reciclado para notificar la presente a Cooperativa de Trabajo Amanecer de los Cartoneros Limitada. Cumplido, archívese. Santilli

ANEXO

RESOLUCIÓN N.º 950/MAYEPGC/12

Buenos Aires, 17 de agosto de 2012 VISTO: La Ley N° 471, el Expediente N° 1596211/2012, Y CONSIDERANDO: Que, por la citada actuación tramita la solicitud de licencia sin goce de haberes con retención de situación de revista, formulada por la agente ALEJANDRO JOSE GARCIA, CUIL N° 20-14555438-2, F.C. N° 428.920, perteneciente a la Dirección General de Arbolado dependiente de la Subsecretaria de Mantenimiento del Espacio público del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, desde el 1 de mayo de 2012 y mientras dure su mandato;

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Que, por Expediente N°4330/2012 de la Secretaria de Cultura de la Nación tramita la designación, en carácter transitorio como Director de Administración, Presupuesto y Finanzas dependiente de la Secretaria de Cultura de la Nación a partir del 1 de mayo del corriente año y que el beneficio se encuentra previsto en los términos de los art 16 inciso k) y 42 de la ley 471; Que, por tanto es procedente dictar el acto administrativo que contemple dicha situación. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N°293/02 y 1550/08,

EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESUELVE

Artículo 1°._ Otórguese licencia extraordinaria sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía al agente ALEJANDRO JOSE GARCIA, CUIL N° 20-14555438-2, F.C. N° 428.920, perteneciente a la Dirección General Arbolado dependiente de la Subsecretaria de Mantenimiento del Espacio Público del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, desde el 1 de mayo de 2012 y mientras dure su mandato, de acuerdo a los términos de los art 16 inciso k) y 42 de la ley 471. Artículo 2°._ Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales Técnica Administrativa y Legal y de Arbolado del Ministerio de Ambiente y Espacio Público para la fehaciente notificación del agente, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización Cumplido, archívese. Santilli

RESOLUCIÓN N.º 953/MAYEPGC/12

Buenos Aires, 17 de agosto de 2012 VISTO: la Ley N° 2.809, los Decretos N° 1.312/08 y N° 948/08, la Resolución Nº 4.271-MHGC/08, el Registro N° 1.220.837/DGTALMH/2009, los Expedientes N° 1.608.148/2010, N° 329.774/2011, N°1.736.419/2011, N° 1.059.421/2011 y N° 1.965.335/2011, y CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución N° 629-MAYEPGC/08 del 30 de abril de 2008, fue aprobada la Licitación Pública N° 1.444/07 y adjudicada a la firma DYCASA S.A. la obra “Rehabilitación y Mantenimiento de Arterias Urbanas por Niveles de Servicio – Plan de Recuperación Vial - Zona Nº 8”; Que dicha empresa solicitó la Segunda (2°) Redeterminación Definitiva de Precios del respectivo Contrato Básico, ítems nuevos y ampliaciones del 20% y 30%, en el marco de la Ley N° 2.809, donde la Tabla de Ponderación de Insumos Principales al mes de julio de 2009 sufrió un incremento del once con cuarenta y ocho por ciento (11,48%), respecto de agosto de 2008; Que el Ente de Mantenimiento Urbano Integral, ha tomado la intervención prevista en la normativa vigente; Que la readecuación de precios solicitada encuentra amparo conforme lo dispuesto en la Ley N° 2809 y la Resolución 4271-MHGC/08;

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Que habiendo intervenido la UPE de Redeterminación de Precios del Ministerio de Hacienda, la Sindicatura General de la Ciudad y la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires conforme las prescripciones de la Ley N° 1.218, se suscribió el Acta Acuerdo de Redeterminación de Precios entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado por el Director General Técnico Administrativo y Legal, y la empresa contratista, ad referéndum de este Ministerio; Que en virtud del Acta Acuerdo precitada, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoció la ruptura del equilibrio económico-financiero y el derecho a gestionar el potencial impacto que podría generarse, comprometiéndose a su tratamiento y resolución; Por ello, y en uso de las facultades que le fueran conferidas mediante el artículo 2º del Decreto Nº 948/08,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébese el Acta Acuerdo de la Segunda (2°) Redeterminación Definitiva de Precios del Contrato Básico, ítems nuevos y ampliaciones del 20% y 30%, suscripta por el Sr. Director General de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, Dr. Lisandro Greco, y la empresa DYCASA S.A. en el marco de la Ley N° 2.809, con respecto a la Licitación Pública Nº 1.444/07 en la obra “Rehabilitación y Mantenimiento de Arterias Urbanas por Niveles de Servicio – Zona 8” adjudicada mediante

Resolución Nº 629-MAyEP/2008, y que como Anexo forma parte integrante de la presente. Artículo 2º.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Redeterminación de Precios del Ministerio de Hacienda y pase para su notificación y demás efectos a la Gerencia Operativa de Redeterminación de Precios de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio. Cumplido, archívese. Santilli

ANEXO

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Ministerio de Modernización

RESOLUCIÓN N.º 36/SSGPM/12

Buenos Aires, 13 de julio de 2012 VISTO: Los Decretos Nº 35/11, Nº 178/11, la Resolución Conjunta Nº 16- MJGGC-SECLYT-11 y el Expediente Nº 1.228.811/2012, y CONSIDERANDO: Que por las presentes actuaciones tramita la modificación presupuestaria a fin de atender el gasto que demanda las publicaciones en los diarios Ámbito Financiero, La Nación y Clarín de los Concursos para los cargos de Gerentes y Subgerentes Operativos llevados adelante por la Dirección General de Planeamiento de Carreras; Que atento lo informado por la Subgerencia Operativa de Presupuesto dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Modernización, la compensación crediticia se efectúa en la U.E. 919 Subsecretaria de Gestión de Proyectos de Modernización, disminuyendo en $200.000 del Programa 44 –Estrategia y Desarrollo- Actividad 2- Partida 3.9.6. a fin de crear la Partida 3.6.1 en la actividad 14- DGPLC; Que en consecuencia procede arbitrar las medidas necesarias, utilizando para tales fines las facultades conferidas en las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2012, aprobadas mediante Decreto N° 28-GCABA-12; Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE PROYECTOS DE MODERNIZACIÓN

RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébase la modificación en las Partidas Presupuestarias pertenecientes a la Subsecretaría de Gestión de Proyectos de Modernización, conforme al Anexo adjunto, que no modifica metas físicas y el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente. Artículo 2º- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Modernización y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Martelli

ANEXO

RESOLUCIÓN N.º 40/SSGPM/12

Buenos Aires, 23 de julio de 2012 VISTO:

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El Decreto Nº 67/GCBA/2010, las Resoluciones Nº 51/MHGC/2010, Nº 186/MHGC/2011 y la Disposición Nº 9/DGC/2010 y el Expediente Nº 1165597-MGEYA-2012;

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CONSIDERANDO: Que, por las citadas normas se aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos para las reparticiones del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Que de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 16 Anexo I del Decreto Nº 67/GCBA/2010, corresponde al titular de la Unidad receptora de los fondos aprobar los gastos mediante Acto Administrativo, siendo responsable de la oportunidad, mérito y conveniencia de dichas erogaciones; Que, conforme Resolución Nº 30-SSGPM-2012 se aprobaron los gastos por la Caja Chica Común Nº 1 de la Subsecretaría de Gestión de Proyectos de Modernización, Ministerio de Modernización por un importe de $7854,53 (PESOS SIETE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON 53/100); Que, con posterioridad al dictado de la mencionada Resolución y se han agregado a las presentes actuaciones comprobantes correspondientes a nuevos gastos de la Subsecretaría; Que conforme comprobantes Nº 17, 40, 48, 74, 109 y 157 se han aprobado gastos correspondientes a los servicios de correo; Que, como surge de los comprobante Nº 38 y 140 se adquirieron por razones de urgencia diversos artículos de librería, fuera de la licitación centralizada, por tal motivo se procede a la aprobación de los gastos efectuados en la Caja Chica Común Nº 1 asignada a la Subsecretaría de Gestión de Proyectos de Modernización del Ministerio de Modernización y las planillas anexas de acuerdo a lo establecido en el punto 1 Anexo III de la Disposición Nº 9/DGC/2010 publicada en el Boletín Oficial Nº 3366 de fecha 23/02/2010; Que por lo expuesto y atento los términos de la Resolución Nº 30, corresponde ampliar los fundamentos de dicho acto administrativo, así como modificar el monto de aprobación de los gastos antes descriptos; Por ello, en uso de las facultades que les son propias,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE PROYECTOS DE MODERNIZACIÓN

RESUELVE Artículo 1°- Apruébanse los gastos efectuados por la Caja Chica Común Nº 1 asignada a la Subsecretaría de Gestión de Proyectos de Modernización, Ministerio de Modernización, por un importe de $ $9.301,50.- (NUEVE MIL TRESCIENTOS UNO CON 50/100) y las planillas anexas a dicha rendición de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 67/GCBA/2010 y su Reglamentario Resolución Nº 51/MHGC/2010 y Disposición Nº 9/DGC/2010.- Artículo 2º.- Regístrese y para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Modernización. Cumplido Archívese. Martelli

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Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos

RESOLUCIÓN N.º 564/AGIP/12

Buenos Aires, 15 de agosto de 2012 VISTO: La Ley Nº 2.603(BOCBA Nº 2.846) y su Decreto Reglamentario Nº 745/GCABA/2008 (BOCBA Nº 2.961),la Resolución N° 500/AGIP/2008 y sus modificatorias, la Resolución 282/AGIP/2011, la Resolución Nº 495/AGIP/2011 (BOCBA 3740), la Resolución 251/AGIP/2012 (BOCBA 3905) , y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 2.603 faculta al Administrador Gubernamental de Ingresos Públicos a establecer la estructura de la referida Administración; Que el Decreto Nº 745/GCABA/2008, reglamentario de la precitada Ley, faculta al Señor Administrador Gubernamental de Ingresos Públicos a realizar ceses y designaciones en los cargos estructurales que conforman dicha Administración; Que mediante la Resolución N° 500/AGIP/2008 se aprobó la Estructura Orgánica Funcional de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos; Que por Resolución 282/AGIP/2011 se creó la Dirección de Servicios y Orientación al Contribuyente dependiente de la Subdirección General de Servicios al Contribuyente de la Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, y los niveles jerárquicos de Departamento y División dependientes, entre los que se encuentra la División Orientación General, habiéndose designado por la misma Resolución a la agente Silvana Claudia Antonini, F.C. N° 312.137 como Jefe de División de la misma; Que por el Artículo 1º de la Resolución Nº 251/AGIP/2012 se designó en forma definitiva a la agente Silvana Claudia Antonini, F.C. N° 312.137, como Jefa de Departamento Centro de Atención Telefónica dependiente de la Subdirección General Servicios al Contribuyente dependiente de la Dirección General de Rentas; Que como consecuencia del mencionado nombramiento se encuentra vacante el cargo de Jefe de División de la División Orientación General dependiente de la Subdirección General de Servicios al Contribuyente dependiente de la Dirección General de Rentas Que en consecuencia, corresponde designar, provisoriamente por un plazo de ciento veinte (120) días hábiles, al funcionario que por su idoneidad y experiencia, sea responsable de desempeñar el cargo de Jefe de División mencionado; Que la agente Hurtado, María Laura, FC N° 353.734 reúne las condiciones para desempeñarse en dicho cargo. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS RESUELVE

Artículo 1.- Desígnase provisoriamente por un plazo de 120 (ciento veinte) días, a la agente Hurtado, María Laura , FC N° 353.734, como Jefa de División de la División Orientación General de la Dirección de Servicios y Orientación al Contribuyente, dependiente de la Subdirección General de Servicios al Contribuyente de la Dirección General de Rentas de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.

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Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a todas las áreas dependientes de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, al Ministerio de Hacienda, a la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización y pase, para la notificación fehaciente de la interesada, al Departamento Recursos Humanos de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. Cumplido, archívese. Walter

RESOLUCIÓN N.º 578/AGIP/12

Buenos Aires, 16 de agosto de 2012 VISTO: LAS LEYES N° 3 Y N° 2603 Y SU DECRETO REGLAMENTARIO N° 745/GCABA/08 Y LAS RESOLUCIONES N° 500/AGIP/2008 Y N° 282/AGIP/2011, Y CONSIDERANDO: Que la Ley 3 establece el funcionamiento de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que mediante Resolución N° 500/AGIP/08 se aprobó la Estructura Orgánica Funcional de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos; Que a través de la Resolución N° 282/AGIP/11 se creó, dentro de la Dirección General de Rentas, dependiendo de la Subdirección General de Servicios al Contribuyente, el Departamento Coordinación con Organismos y los niveles jerárquicos de División dependientes del mismo; Que dicho Departamento tiene entre sus funciones, la de intervenir en los pedidos y recomendaciones que provengan de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que para el correcto cumplimiento de dichas funciones es necesario establecer el procedimiento de tramitación de las actuaciones que se originen al respecto; Que corresponde imponer un tratamiento preferencial de urgente trámite y despacho a las actuaciones que se generen en consecuencia. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS RESUELVE

Artículo 1.- Las actuaciones originadas en la Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberán ser tramitadas con urgente y preferencial despacho. Artículo 2.- Las actuaciones originadas en el Organismo mencionado en el artículo 1 de la presente, deberán ser ingresadas por la Mesa de Entradas de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos y remitirse en el día de recepción a intervención del Departamento Coordinación con Organismos, quien será el responsable del seguimiento y control de los requerimientos efectuados. Artículo 3.- Las referidas actuaciones deberán ser contestadas y remitidas al Departamento Coordinación con Organismos en el plazo de 10 (diez) días, a contar desde su ingreso a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. La contestación deberá contener la totalidad de la información que deberá servir de sustento para elaborar el informe final de respuesta a la solicitud del Organismo. El Departamento Coordinación con Organismos analizará la viabilidad de la misma, solicitándole en su caso, la ampliación de los datos que considere pertinente.

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Artículo 4.- En aquellos casos en que las áreas que deban intervenir en la tramitación de la actuación adviertan que el plazo mencionado en el articulo anterior resulta

exiguo, en merito a la complejidad del objeto se podrá, mediante providencia debidamente fundada, solicitar su ampliación por única vez y hasta por igual plazo. La solicitud de prorroga de plazo deberá requerirse por el área interviniente dentro de los 3 (tres) primeros días de recibida la actuación. El Departamento Coordinación con Organismos, previa consulta con la entidad oficiante y/o requirente, resolverá su otorgamiento o denegatoria dentro de las 24 hs. de recepcionada la solicitud. En caso de concederse un plazo ampliatorio, éste se adicionará al plazo original. El pedido de prorroga tramitará mediante solicitud, utilizándose al respecto el módulo de Comunicaciones Oficiales. Del requerimiento de prórroga y de su contestación deberá dejarse constancia en el trámite principal. Artículo 5.- En aquellos casos en que se advierta que en un mismo trámite deban intervenir de manera independiente diferentes áreas de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, el Departamento Coordinación con Organismos determinará la escisión del trámite original generando nuevas actuaciones para que sean tratadas individualmente por el área de destino. De las diversas actuaciones conexas se dejará constancia en el trámite original con el objeto de mantener un correcto orden administrativo. Los nuevos trámites se generarán mediante expediente y contendrán la copia simple del requerimiento o solicitud original y la providencia de Departamento Coordinación con Organismos que requiera el cumplimiento del área de destino. Artículo 6.- El Departamento Coordinación con Organismos determinará en su primera intervención cual será el área competente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos que deberá sustanciar el trámite administrativo. A efectos de elaborar un detalle de las actuaciones en trámite ante las diferentes áreas, el Departamento Coordinación con Organismos generará un correo electrónico de la cuenta oficial @agip.gov.ar al Director y Subdirector General del cual dependa el área interviniente. En dicho mensaje de correo se lo pondrá en conocimiento del N° de actuación, trata de la misma, y plazo concedido a su área dependiente para que sea contestado. Artículo 7.- El Departamento Coordinación con Organismos deberá poner en conocimiento de la Subdirección General de Servicios al Contribuyente el incumplimiento por parte de las distintas áreas de los plazos dispuestos en el artículo 3 de la presente. Artículo 8.- Cumplimentado el trámite, el Departamento Coordinación con Organismos registrará el cumplimiento. Con la conformidad de la Subdirección General de Servicios al Contribuyente se procederá al giro de las actuaciones a la Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o al organismo correspondiente, de conformidad a las previsiones contenidas en el Decreto N° 660/GCBA/11, observando la debida intervención de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control. Artículo 9.- Deróguese la Disposición N° 002/DGR/07. Artículo 10.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a todas las Direcciones Generales, Subdirecciones Generales y Direcciones dependientes de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. Cumplido, archívese. Walter

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Agencia de Sistemas de Información

RESOLUCIÓN N.º 129/ASINF/12

Buenos Aires, 9 de agosto de 2012 VISTO: El Expediente Nº 675234/2012, y CONSIDERANDO: Que por Decreto Nº 660/2011, se aprobó la Estructura Orgánico Funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que entre otras medidas, el Artículo 5 del citado Decreto instituye a partir del 10 de diciembre de 2011, el Régimen Modular de las Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores de este Gobierno; Que según surge de los presentes actuados, la Dirección Ejecutiva de la Agencia de Sistemas de Información (ASINF), propicia la designación del señor Marcos Magnanini, D.N.I. 32.144.506, CUIL. 20-32144506-4, como Personal de la Planta de Gabinete de la Dirección General de Infraestructura, a partir del 16 de julio de 2012; Que dicho acto administrativo se efectúa teniendo en cuenta las certificaciones obrantes en el presente actuado de acuerdo a lo dispuesto por Resolución Nº 698/MHGC/2008 y sus modificatorias; Que a tal fin resulta necesario dictar la norma legal que posibilite lo requerido. Por ello, conforme las facultades conferidas por el artículo 1, del Decreto N° 638/2007,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

RESUELVE Artículo 1º.- Desígnase a partir del 16 de julio de 2012, al señor Marcos Magnanini, D.N.I. 32.144.506, CUIL. 20-32144506-4, como Personal de la Planta de Gabinete, de la Dirección General de Infraestructura, de la Agencia de Sistemas de Información (ASINF), con 1028 Unidades Retributivas Mensuales, en las condiciones establecidas por el Artículo 5 del Decreto Nº 660/2011. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Agencia de Sistemas de Información (ASINF) y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Gazzaneo

RESOLUCIÓN N.º 130/ASINF/12

Buenos Aires, 13 de agosto de 2012 VISTO: El Expediente Nº 721.100/2012, y CONSIDERANDO:

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Que por el expediente indicado en el visto tramita la intimación efectuada por el Sr. José Luis Petersen, DNI N° 13.242.556, quien solicita la registración de lo que considera su contrato de trabajo en los términos de la Ley Nacional N° 24.013 y su modificatoria Ley Nacional N° 25.345; Que por Resolución N° 38/ASINF/12 se denegó la petición interpuesta por el causante, notificándosele con fecha 20 de abril de 2.012; Que entre el Sr. Petersen y el ex Director General Técnico, Administrativo y Legal de la Agencia de Sistemas de Información (ASINF), en representación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCABA), han suscripto contrato de locación de servicios -autorizado por Disposición N° 18/DGTALINF/12, en virtud de las facultades delegadas por Resolución N° 1/ASINF/12- a fin que el reclamante preste servicios desde el 1° de enero hasta el 31 de diciembre de 2.012; Que por otra parte, mediante Cedula de Notificación N° 151/ASINF/12, se comunicó al Sr. Petersen la voluntad de resolver el contrato de locación de servicios que lo vinculaba esta ASINF a partir del 30 de abril de 2.012, en los términos de la cláusula quinta, punto 1°, del contrato suscripto; Que consecuentemente, por Resolución N° 46/ASINF/12 se resolvió el contrato en cuestión a partir de la fecha comunicada, habiendo sido notificando al interesado el día 2 de mayo de 2.012; Que a fs. 17 obra agregado el Telegrama N° 80.751.923 de fecha 14 de mayo de 2.012, mediante el cual el Sr. Petersen impugna ambos actos administrativos correspondiendo, consecuentemente, su tratamiento como recurso de reconsideración; Que el art. 103 de la Ley de Procedimientos Administrativos (LPA) de la Ciudad de Buenos Aires establece que el “Recurso de reconsideración. (…) Deberá interponerse dentro de los diez (10) días de notificado el acto ante el mismo órgano que lo dictó, el cual será competente para resolver lo que corresponda conforme a lo dispuesto por el artículo 101”; Que en tal sentido, corresponde denegar el recurso de reconsideración incoado en contra los términos de la Resolución N° 38/ASINF/12 por resultar extemporáneo; Que por otro lado, en relación a recuso interpuesto contra la Resolución N° 46/ASINF/12, corresponde su tratamiento toda vez que el mismo resulta procedente por cumplir el plazo fijado por el art. 103 de la LPA; Que en relación a ello resulta oportuno destacar, atento a las afirmaciones realizadas por el interesado, que éste conocía los términos del contrato que lo vinculaba con la ASINF, circunstancia que aceptó al suscribirlo voluntariamente; Que de acuerdo a lo dispuesto en la cláusula quinta, punto 1°, del contrato suscripto, el GCABA puede resolverlo, sin expresión de causa, previa notificación al locador;

Que se procedió a notificar al recurrente la voluntad de resolver el mencionado contrato previo al dictado del acto administrativo que dispuso lo propio; Que pretender desconocer las condiciones pactadas sería ir contra sus propios actos -“venire contra actum propium non valet”- razón por la cual el recurso interpuesto no podría prosperar;

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Que sobre este punto, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario ha expresado: “En el caso, al suscribir los contratos de locación de servicios con la Administración, el actor aceptó los términos de la relación jurídica que –conforme las normas aplicables- no constituye una relación de empleo público sino una relación de naturaleza distinta” “De acuerdo al tenor de los contratos, no existió entre las partes un vínculo laboral con relación de dependencia, sino sucesivos contratos, cuya vigencia se extendió por los plazos previstos en cada caso” “La aceptación de los contratos y sus pertinentes prórrogas, presididos por un régimen de inestabilidad, veda al actor a reclamar, en particular, el derecho emergente de la relación laboral de empleo público, esto es, la estabilidad en sentido propio. Ello así, pues, el voluntario sometimiento a un régimen jurídico, comporta un inequívoco acatamiento que determina la improcedencia de su impugnación ulterior (CSJN, Fallos 310:2117, 312:245 y 1371)” Datos: C.A. Cont. Adm. y Trib. C.A.B.A. Expte. EXP 4346 – Autos: Cecconi, Leandro Luis c/ GCBA s/ Amparo – Sala I del voto de los Dres. Weinberg de Roca y Carlos Balbín, agosto 15 de 2012. Sentencia N° 34. Boletín CAyT N° 6 – www.jusbaires.gov.ar, citado por la Procuración General en Dictamen N° IF-2012-1542968-DGEMPP; Que la Procuración General de la Ciudad ha dictaminado de conformidad con el criterio aquí sustentado; Que en consecuencia, resulta pertinente dictar el acto administrativo que deniegue el recurso de reconsideración interpuesto por el Señor José Luis Petersen, DNI N° 13.242.556, contra la Resolución N° 38/ASINF/12 por resultar formalmente extemporáneo y desestimar el recurso de interpuesto contra la Resolución N° 46/ASINF/12 en virtud de lo expuesto. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

RESUELVE Artículo 1º.- Deniégase el recurso de reconsideración interpuesto por el Señor José Luis Petersen, DNI N° 13.242.556, contra los términos de la Resolución N° 38/ASINF/12 por resultar formalmente extemporáneo. Artículo 2º.- Desestímase el recurso de reconsideración interpuesto por el Señor José Luis Petersen, DNI N° 13.242.556, contra los términos de la Resolución N° 46/ASINF/12 por los fundamentos expuestos en los considerandos. Artículo 3º.- Regístrese, publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Agencia de Sistemas de Información. Notifíquese al interesado. Cumplido, archívese. Gazzaneo

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Unidad de Coordinación del Plan Estratégico

RESOLUCIÓN N.º 10/CPE/12

Buenos Aires, 17 de agosto de 2012 VISTO: el Expediente Nº 1709914 / 2012, y CONSIDERANDO: Que de la citada actuación tramita la solicitud de inscripción formulada por la FUNDACIÓN ARGENTINA CIUDADANA en el Registro de Entidades Miembros del CoPE. Que la Ley Nº 310 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece a través de su artículo 3° que El Consejo de Planeamiento Estratégico está integrado por todas las organizaciones sociales representativas del trabajo, la producción, religiosas, culturales, educativas, los partidos políticos y otras organizaciones no gubernamentales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires e instituciones, que así manifiesten su voluntad de integrarlo en los términos que disponga la reglamentación respectiva. Que el artículo 4° de la Resolución Nº 10/09 de la UCPE, dictado de conformidad a las facultades conferidas por el Decreto Nº 823/01 establece los requisitos a cumplimentar por aquellas entidades que peticionen su inscripción en el registro de entidades. Que el Área Registro de la Unidad de Apoyo Administrativo mediante Informe Nº 2012-01710743-CPE- se expide indicando que la peticionante ha dado cumplimiento a la presentación de la documentación exigida por la reglamentaria. Que el art. 7° de la Ley de Procedimientos Administrativos establece los requisitos esenciales del acto administrativo, el cual conforme a su inc. b) "deberá sustentarse en los hechos y antecedentes que le sirvan de causa y en el derecho". Que en el caso se encuentran cumplidos los procedimientos esenciales y sustánciales previstos por el ordenamiento jurídico. Que por lo tanto nada obsta a proceder a su inclusión en el Registro de Entidades Inscriptas. Por ello, y en uso de facultades propias.

EL SUBSECRETARIO DE LA UNIDAD DE COORDINACIÓN DE PLANES ESTRATÉGICOS

RESUELVE: Artículo 1° .- Inscríbase a la "FUNDACIÓN ARGENTINA CIUDADANA" en el Registro de Entidades Miembros del Consejo del Plan Estratégico; Artículo 2° .- Regístrese, Notifíquese. Dése al Registro Oficial para su publicación, por conducto de su Dirección Ejecutiva para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese. Herrera Bravo

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Ministerio de Modernización - Jefatura de Gabinete de

Ministros - Secretaría Legal Y Técnica

RESOLUCIÓN N.º 14/MMGC/MJGGC/SECLYT/12

Buenos Aires, 17 de agosto de 2012 VISTO: Las Leyes N°, N° 3304 y N° 4013, el Decreto N° 196/11 y N° 193/12, y el Expediente N° EX-2012-01664445-MGEYA-DGMAD; CONSIDERANDO: Que en el marco de la política de modernización de la Administración Pública, este Gobierno ha impulsado distintas medidas tendientes a adoptar el uso de herramientas tecnológicas que permitan agilizar y racionalizar considerablemente los trámites administrativos, al tiempo de dotarlos de una mayor transparencia y accesibilidad para su control, al hacerlos disponibles por medios informáticos; Que una de las medidas adoptadas en esta línea fue la aprobación, mediante el Decreto N° 589/09, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos SADE-que, asimismo, facultó a la Secretaría Legal y Técnica a dictar las normas necesarias para la implementación y funcionamiento de dicho sistema; Que, posteriormente, la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a fin de encarar un proceso de modernización administrativa; Que en el Capítulo III, Título II del Anexo de la Ley antes mencionada, denominado "Del Gobierno Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación", se dispuso entre sus actividades "....desarrollar la arquitectura tecnológica para la implementación del expediente electrónico"; Que en ese marco, por Decreto N° 196/11 se ordenó la implementación del "Expediente Electrónico", en los términos de la Ley N° 3.304"; Que dicho Decreto encomendó a la Jefatura de Gabinete de Ministros y a la Secretaría Legal y Técnica, a dictar las normas reglamentarias, aclaratorias y complementarias que resulten necesarias Que por su parte el artículo 26 de la Ley de Ministerios N° 4013 designa al Ministerio de Modernización como la Autoridad de Aplicación del referido Plan de Modernización de la Administración Pública, quedando además facultado a diseñar e implementar las políticas de incorporación y mejoramiento de los procesos, tecnologías, infraestructura informática y sistemas y tecnologías de gestión, del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que asimismo dicha Ley establece que le corresponde a la Jefatura de Gabinete, en forma conjunta con el Ministerio de Modernización, diseñar, coordinar y verificar la implementación de las políticas de gobierno electrónico y tecnologías de la información para el Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad; Que en ese marco y con el objeto de fomentar la planificación, la eficiencia y la transparencia a fin de poder potenciar su labor, este Gobierno ha buscado estandarizar procesos, procedimientos y tareas inherentes a diferentes trámites administrativos; Que asimismo distintas normas han previsto la incorporación de trámites administrativos al Expediente Electrónico corno herramienta de gestión administrativa;

Que en esta instancia resulta pertinente avanzar en el proceso de incorporación de trámites al Expediente Electrónico, a fin de dar cumplimiento al Decreto N° 196/11. Por ello y en uso de las facultades que les son propias,

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Y EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO RESUELVEN

Artículo 1°.- Establécese que, a partir del 20 de Agosto del corriente, deberán tramitar por Expediente Electrónico utilizando el Módulo "EE" del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE-, de conformidad con lo establecido en el Decreto N° 196/11, los procedimientos de: Certificado de Dominio de Bóveda y/o Nicho (Cementerios) Actualización de Título de Bóveda y/o Nicho (Cementerios) Renovación de Bóveda y/o Nicho (Cementerios) Transferencia de títulos de Bóveda y/o Nicho (Cementerios) Provisión de ataúdes (Cementerios) Administración de consorcios (Defensa del Consumidor) Solicitud Ciudadana al Poder Ejecutivo Reconocimiento de cambio de alícuota (Hacienda) Recuperación de Fachadas (Casco Histórico) Casa Habitación (Escuelas) Plan de Estudios (Escuelas) Proyecto Institucional (Escuelas) Imposición de Nombre (Escuelas) Aprobación de Curso (Escuelas) Seguridad y/o Vigilancia en Establecimientos (Escuelas) Experiencia Directa (Escuelas) Viajes (Escuelas) Reserva de salas/salones y otros (Cultura) Designación de Subsecretario Artículo 2°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a todas las reparticiones con rango o nivel equivalente, a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires y a los Organismos Descentralizados del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ibarra - Rodríguez Larreta - Clusellas

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EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN, EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

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Disposición Jefatura de Gabinete de Ministros

DISPOSICIÓN N.º 53/DGTRANSP/12

Buenos Aires, 9 de agosto de 2012 VISTO: la Disposición Nº 177-DGTRANSI-2012, y CONSIDERANDO: Que por medio de la Disposición mencionada en el Visto, la Dirección General de Tránsito autorizó el cierre de la calle Juan Ramírez de Velasco entre Thames y Av. Juan B. Justo, sin afectar bocacalles, a partir del día 03 de agosto y hasta el día 07 de septiembre de 2012, para realizar tareas sobre conductos de desagües; Que por el lugar transitan con sus recorridos autorizados, diversas líneas de autotransporte público de pasajeros; Que con motivo del cierre en cuestión resulta necesario adecuar los recorridos de las líneas involucradas, considerando las características y disponibilidades del entorno próximo al sector afectado; Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE DISPONE

Artículo 1º.- Autorízase provisoriamente a las líneas de autotransporte público de pasajeros Nº 19, 127 y 168 a modificar sus recorridos a partir de la materialización del cierre de la calle Juan Ramírez de Velasco entre Thames y Av. Juan B. Justo, autorizado por la Dirección General de Tránsito a través de la Disposición Nº 177-DGTRANSI-2012 y eventuales complementarias, "ad referéndum" de lo que oportunamente disponga la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, según el siguiente detalle: Líneas Nº 19 y 127 a Provincia de Buenos Aires y línea Nº 168 a Villa Devoto/Estación Federico Lacroze: por sus rutas, Juan Ramírez de Velasco, Serrano, Aguirre, Av. Juan B. Justo (por carril general), Juan Ramírez de Velasco, sus rutas. Regresos: sin modificación. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, a las Cámaras representativas de las líneas de autotransporte público de pasajeros involucradas, a la Policía Federal Argentina, a las Direcciones Generales de Seguridad Vial y de Tránsito, al Ente Regulador de la Ciudad, a la Gerencia Operativa de Regulación del Transporte y para su conocimiento, notificaciones y demás fines, pase al Departamento Administrativo. Cumplido archívese. Krantzer

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Ministerio de Hacienda

DISPOSICIÓN N.º 268/DGCG/12

Buenos Aires, 14 de agosto de 2012 VISTO: Los términos de la Ley 70 de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público en su Título II, Artículos 11º, 12 y 13 y con los atributos conferidos por el Capítulo V del Sistema de Contabilidad, y CONSIDERANDO: Que la Dirección General de Contaduría es el Órgano Rector del Sistema de Contabilidad Gubernamental responsable de dictar normas, poner en funcionamiento y mantener dicho sistema en todo el ámbito del Sector Público; Que el Área Departamento Fiscalización se encuentra abocada al relevamiento de los ingresos no tributarios que se perciben en el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Que ante la necesidad operativa de las Áreas, Dependencias y Reparticiones del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, de ofrecer las entradas a sus espectáculos y/o eventos de manera descentralizada, mediante la modalidad de venta telefónica e internet a través de los medios de pago actuales, se hace necesario dictar una norma que conviva con las Disposiciones A 48-DGC/2005 y A 134-DGC/2010 estableciendo el procedimiento administrativo y contable para la rendición de los ingresos no tributarios, cuando la emisión, impresión y venta de entradas éste a cargo de un agente ajeno al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE CONTADURIA DISPONE

Artículo 1º.- Establécese el procedimiento administrativo y contable para la rendición de los ingresos no tributarios que se perciben en el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, cuando la emisión, impresión y venta de entradas este a cargo de un tercero ajeno al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, el cual obra como Anexo 1692193 de la presente norma. Artículo 2º.- El producido diario por la venta de entradas deberá depositarse en la cuenta recaudadora con reflejo escritural que corresponda. Únicamente se podrá deducir la comisión que cobren las tarjetas de débito y/o crédito. Articulo 3º.- El Área Departamento Fiscalización se encuentra autorizada a realizar tareas de fiscalización a los fines de comprobar el cumplimiento de la presente norma. Artículo 4º.- Las observaciones que pudieran surgir de una fiscalización serán informadas de manera sumarísima al Contador General quien las remitirá para su conocimiento y corrección al Área, Dependencia o Repartición del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires pertinente. Asimismo se remitirá copia de lo actuado a la Sindicatura General de Ciudad de Buenos Aires y a la Unidad de Auditoria Interna del Ministerio involucrado a los fines de sus respectivas competencias.

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ANEXO

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Artículo 5º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires para su conocimiento remítase a la Dirección General Técnico Administrativa y Legal de todos los Ministerios que componen la Estructura Orgánica del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, Dirección General de Tesorería y al Área Departamento Fiscalización de la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en el Área Departamento Técnico Normativo de la Dirección Operativo Legal de la Dirección General de Contaduría. Messineo

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Ministerio de Salud

DISPOSICIÓN N.º 71/DGADC/12

Buenos Aires, 15 de agosto de 2012 VISTO: la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064, los Decretos Nº 1254/GCBA/08 y modificatorio, Decretos Nros. 1132/GCBA/08, 663/GCBA/09, 1013/GCBA/08 y 481/GCBA/11 y el Expediente Nº 811.209/2011; y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita la Licitación Pública Nº 1833/SIGAF/2012, para la contratación de la obra “Recuperación de fachadas de los Pabellones A y B, del Hospital General de Agudos Bernardino Rivadavia, sito en Av. Las Heras 2670 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, al amparo de lo establecido por la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y el Decreto Nº 1254/GCBA/08; Que resulta necesario realizar la presente obra a fin de restaurar en forma completa las fachadas de los pabellones A sobre la Av. Las Heras y B sobre la calle Austria del efector destinatario; Que en ese sentido, corresponde adoptar las acciones pertinentes para la realización de la contratación de la obra de referencia; Que, la Dirección General Recursos Físicos en Salud dependiente del Ministerio de Salud, en carácter de organismo técnico, confeccionó la Memoria Descriptiva, el Pliego de Especificaciones Técnicas, y el plano de aplicación y las planillas de acopio y de cómputo y presupuesto; Que la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, en base a los lineamientos reseñados, elaboró el Pliego de Condiciones Particulares de aplicación para la obra de marras; Que la presente contratación se encuadra como Licitación Pública, al amparo de lo establecido en la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064; Que por Decreto Nº 1254/GCBA/08, y su modificatorio Nº 663/GCBA/09, se aprobó el Pliego de Condiciones Generales para las Obras Públicas Mayores; Que el plazo para la realización de la presente obra es de trescientos (300) días corridos; Que obra la Solicitud de Gastos debidamente valorizada por un importe de pesos un millón ochocientos cincuenta y ocho mil seiscientos cincuenta y ocho ($ 1.858.658.-), con cargo al Presupuesto de los Ejercicios 2012 y 2013, para hacer frente a la erogación que por la presente tramita; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 y siguientes del Anexo I del Decreto Nº 28/12 – Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la autorización y el compromiso del gasto queda subordinado al crédito que se consigne en el respectivo Ejercicio. Que obran en el Expediente el Pliego de Condiciones Generales y su Anexo que rigen la presente licitación; Que, asimismo, se encuentran glosados en el actuado, los Pliegos de Condiciones Particulares, de Especificaciones Técnicas, la memoria descriptiva, el plano y fotografías de aplicación, el cartel de obra y las planillas de acopio y de cómputo y presupuesto, que integran la documentación licitatoria de la obra que nos ocupa; Que ha tomado intervención la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires en el marco de lo establecido en la Ley Nº 1218 y modificatoria y el Decreto Nº 752/GCBA/08;

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Que por Resolución Nº 370/SSASS/12 se encomendó, en caso de ausencia temporaria y/o licencia ordinaria del titular de la Dirección General Recursos Físicos en Salud, la suscripción del despacho al titular de la Dirección General Administrativa Contable; Que, por otra parte, a tenor de los niveles de competencia establecidos en el Decreto Nº 481/GCBA/11 y las responsabilidades primarias asignadas por el Decreto Nº 660/GCBA/11 modificado por el Decreto Nº 260/GCBA/12, es competencia de este nivel dictar el presente acto administrativo. Por ello, en un todo de acuerdo a lo previsto en la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064, y en virtud de las competencias conferidas por Decreto Nº 481/GCBA/11,

LA DIRECTORA GENERAL ADMINISTRATIVA CONTABLE DISPONE

Artículo 1º.- Apruébanse los Pliegos de Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, la memoria descriptiva, el plano y fotografías de aplicación, el cartel de obra y las planillas de acopio y de cómputo y presupuesto que, como Anexos suscriptos mediante firma ológrafa, forman parte integrante de la presente. Artículo 2º.- Llámase a Licitación Pública Nº 1833/SIGAF/2012 para la realización de la obra denominada “Recuperación de fachadas de los Pabellones A y B, del Hospital General de Agudos Bernardino Rivadavia, sito en Av. Las Heras 2670 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, al amparo de lo establecido por la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064, en base a la documentación aprobada por el Artículo 1º de la presente, y fíjase como fecha para el acto de apertura de ofertas el día 26 de Septiembre de 2012 a las 11,00 horas. Artículo 3º.- Fíjase fechas de visita de obra para los días 31 de Agosto y 03 de Septiembre de 2012 a las 11,00 horas. Artículo 4º.- Será de aplicación el Pliego de Bases y Condiciones Generales que fuera aprobado por Decreto Nº 1254/GCBA/08 y su modificatorio Nº 663/GCBA/09. Artículo 5º.- Los Pliegos de Condiciones que rigen la Licitación Pública convocada por el Artículo 2º de la presente serán entregados, sin valor comercial, en la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, sita en Carlos Pellegrini Nº 313, Piso 4º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 6º.- El Presupuesto Oficial de la obra asciende a la suma de pesos un millón ochocientos cincuenta y ocho mil seiscientos cincuenta y ocho (1.858.658.-), con imputación al Presupuesto de los Ejercicios 2012 y 2013. Artículo 7º.- El llamado a Licitación Pública dispuesto por el Artículo 2º de la presente deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la Cartelera Oficial de la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones por un periodo de diez (10) días con quince (15) días de anticipación a la fecha de apertura de sobres, de conformidad con lo establecido en el Decreto Nº 1132/GCBA/08. Artículo 8º.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Remítase a la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones para la prosecución del trámite licitatorio y comuníquese, al Hospital General de Agudos Bernardino Rivadavia. Oportunamente, archívese. Filippo

ANEXO

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DISPOSICIÓN N.º 229/HGAP/12

Buenos Aires, 15 de agosto de 2012 VISTO: el Expediente N° 1396142-MGEYA/2012, y; CONSIDERANDO: Que por los presentes actuados el Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna", gestiona la adquisición de reguladores con manómetro para tubo de oxigeno en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 2.095 promulgada por Decreto Nº 1.772-G.C.A.B.A./06 (B.O.C.B.A. Nº 2.557) y su Decreto Reglamentario N° 754/GCABA/2008 (BOCBA. N° 2.960) y Resolución Nº 1.226-M.S.G.C./07; Que se procedió a imputar en el código contable correspondiente los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión con el respectivo movimiento presupuestario (IF-2012-01398760-HGAP); Que mediante Disposición Nº DI-2012-201-HGAP se dispuso el llamado a Contratación Directa Menor N° 6125/12 para el día 23/07/2012 a las 10:00 hs. al amparo de lo establecido en el Art. 38 de la Ley 2.095 y su Decreto Reglamentario Nº 754/GCABA/08; Que tal como luce en el Acta de Apertura Nº 1985/12 (IF-2012-01533057-HGAP) se recibió: 1 (una) Oferta de la firma: Oxigenoterapia Norte S.A.C.I.F.I.A., proveedor inscripto en el RIUPP; Que se confecciono el cuadro comparativo de ofertas (IF-2012-01646103-HGAP) y el el Acta de Asesoramiento (IF-2012-01646134-HGAP) , en base a los cuales la Comisión de Evaluación de Ofertas ha emitido el Dictamen de Evaluación de Ofertas N° 1826 /12 (IF-2012-1703694-HGAP)), recomendando adjudicar la Contratación Directa Menor N° 6125/2012 por la suma de Pesos: catorce mil ciento noventa y tres con treinta centavos - $ 14.193,30 - a la firma: Oxigenoterapia Norte S.A.C.I.F.I.A. (Renglón N° 1 ), por oferta convenientes conforme Ley 2.095; Que la presente aprobación corresponde a la número 1 (uno) de Julio y novena (9°) del corriente ejercicio, encontrándose dentro de los limites establecidos en el inciso b) del artículo 38 de la Ley 2095. Por ello, y en un todo de acuerdo con el Artículo 13° del Decreto N° 754/GCABA/2008 (B.O.C.B.A. N° 2.960) reglamentario de la Ley Nº 2095, Art. 6° del Decreto N° 392/10 y Resolución Nº 1226/MSGC/07,

LA GERENTE OPERATIVA GESTION ADMINISTRATIVA ECONOMICA FINANCIERA

Y EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. JOSE M. PENNA", EN CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICION

DISPONEN Artículo 1º: Apruébase la Contratación Directa Menor N° 6125/12, realizada al amparo de lo establecido en el Art. 38 de la ley 2.095 y su Decreto Reglamentario Nº 754/GCABA/08 (BOCBA N° 2.960), por el Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna" por la adquisición de reguladores con manómetro para tubo de oxigeno y adjudicase a la firma: Oxigenoterapia Norte S.A.C.I.F.I.A. (Renglón N° 1 ) por la suma de Pesos: catorce mil ciento noventa y tres con treinta centavos - $ 14.193,30 Artículo 2º.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del presupuesto en vigor. Artículo 3°.- Autorizase a emitir la respectiva Orden de Compra (IF-2012-01703552-HGAP).

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Artículo 4°.- Dese al Registro, notifíquese y publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa - Gestión Contable a fin de efectuar la imputación presupuestaria correspondiente, cumplido gírese al Hospital General de Agudos "Dr. José M. Penna". Grasso Fontan - Dalpiaz

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Ministerio de Educación

DISPOSICIÓN N.º 182/DGEGP/12

Buenos Aires, 16 de agosto de 2012 VISTO: La Ley N° 24.049, la Ordenanza N° 40.593/86 y sus modificatorias, la Disposición N° 419-SNEP/85 y la Disposición N° 1063-DGEGP/99, y CONSIDERANDO: Que por la citada ley, fueron transferidos los establecimientos educativos del ámbito nacional a las distintas jurisdicciones; Que en su artículo 23 dicha norma garantizó para los servicios educativos de gestión privada el mantenimiento del régimen de aportes en concordancia con el fijado en el orden nacional; Que en el ámbito nacional, era la Superintendencia Nacional de Enseñanza Privada la que regulaba los distintos aspectos relativos al control y supervisión de los establecimientos de gestión privada incorporados a la enseñanza oficial; Que en ejercicio de sus facultades, oportunamente reguló por la disposición del visto, la liquidación de suplencias a los docentes de aquellas instituciones que recibían aporte gubernamental; Que una vez realizada la transferencia educativa, la administración, supervisión y control del subsistema de gestión privada en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, es facultad de la Dirección General de Educación de Gestión Privada del Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad; Que, oportunamente, dicha Dirección General ha dictado la Disposición N° 1063-DGEGP/99, estableciendo el criterio para el aporte económico de las licencias de directivos de establecimientos educativos de gestión privada con aporte gubernamental incorporados a la enseñanza oficial; Que para el subsistema de gestión estatal, dichos parámetros se encuentran previstos en el estatuto del docente Municipal (Ordenanza N° 40.593/86 y sus modificatorias); Que atento a que se trata de un único sistema educativo con dos gestiones, estatal y privada, resulta oportuno homogenizar los criterios para el reconocimiento de las licencias de docentes y directivos, sin por ello desconocer las particularidades propias de cada uno de los subsistemas. Por ello, en orden a las facultades conferidas por el Decreto N° 660/11,

LA DIRECTORA GENERAL DE EDUCACION DE GESTION PRIVADA DISPONE

Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Disposición N° 419-SNEP/85. Artículo 2°.- Derogar el Artículo 5° de la Disposición N° 1063-DGEGP/99. Artículo 3º.- Los institutos con aporte gubernamental sólo podrán liquidar las licencias de cargos de ejecución, con aporte, cuando la licencia otorgada al docente a ser suplantado sea mayor a 2 (dos) días corridos. Artículo 4º.- Los institutos con aporte gubernamental sólo podrán liquidar las licencias de cargos de conducción, con aporte, cuando la licencia otorgada al docente a ser

suplantado sea mayor a 10 (diez) días corridos, salvo cuando se trate de una sección o nivel con un sólo cargo directivo. Artículo 5º.- A partir de la firma de la presente disposición, esta Dirección General no reconocerá el aporte de suplencias motivadas en licencias que no se adecuen a lo establecido en la presente norma.

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Artículo 6°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese a efectos de su implementación a la Gerencia Operativa de Transferencias a Institutos y la Coordinación de Supervisión de Organización Escolar. Cumplido, Archívese. Jáuregui

DISPOSICIÓN N.º 541/DGAR/12

Buenos Aires, 13 de agosto de 2012 VISTO: La Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, los Decretos N° 481/GCBA/11 y N° 714/GCBA/11, la Disposición Nº 127/DGAR/12, el Expediente N° 1919262/11, y CONSIDERANDO: Que por Disposición Nº 127/DGAR/12 se llamó a Licitación Privada N° 72-SIGAF-12 (35-12) para llevar a cabo los trabajos de reparación y reposición de carpinterías en el edificio de la Escuela Primaria Común N° 19 sita en la calle Albariño 2062 del Distrito Escolar Nº 13, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el sistema de ajuste alzado y fijando como Presupuesto Oficial la suma de PESOS SETENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y SIETE CON SESENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 74.577,64); Que con fecha 28 de Marzo de 2012 ha tenido lugar el acto de apertura de ofertas correspondiente, presentándose una (1) oferta: Opus Construcciones S.R.L.; Que con fecha 28 de Marzo de 2012 se realizó el análisis y evaluación del aspecto legal de la oferta presentada en el acto de apertura, donde se concluye que: la oferta presentada por la empresa Opus Construcciones S.R.L. está en condiciones de ser analizada por el Área de Control y Ejecución de Contratos, previo cumplimiento de las requisitorias que le sean efectuadas por cédula de notificación, para completar y/o subsanar la documentación exigida por los Pliegos Licitatorios; Que con fecha 10 de Abril de 2012 el Área de Control y Ejecución de Contratos realizó el estudio técnico de la documentación presentada, donde se concluye que: se acepta la oferta de Opus Construcciones S.R.L. y se solicita a dicha empresa, en virtud de ser económicamente conveniente y cumplir en términos generales con las exigencias técnicas, legales y contables del Pliego de la Licitación, que presente la documentación faltante; Que en forma previa a la preadjudicación esta Dirección General intimó a dicha empresa a actualizar la documentación presentada al momento de la oferta; Que la mencionada empresa adjuntó la documentación requerida, obrando en el Expediente un segundo informe del Área de Control y Ejecución de Contratos donde da por cumplido lo solicitado; Que la Comisión de Preadjudicaciones creada por Resolución Nº 185/SSGEFyAR/12 en ejercicio de las atribuciones estipuladas en la misma, mediante Acta de Preadjudicación Nº 31 de fecha 11 de Julio de 2012 procedió a declarar admisible la oferta presentada por Opus Construcciones S.R.L. y preadjudicar los trabajos en el edificio indicado en el primer Considerando a la empresa Opus Construcciones S.R.L. por la suma de PESOS SESENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y CINCO CON NOVENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 68.775,97) en razón de ser conveniente la única oferta presentada; Que el resultado de la preadjudicación fue notificado mediante cédula al preadjudicatario, publicado en el Boletín Oficial por un día, en el sitio de Internet de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la cartelera de la Dirección Operativa de Compras y Contrataciones conforme lo dispone el Pliego de Condiciones Particulares; Que no hubo impugnaciones a la preadjudicación;

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Que por los motivos reseñados y en atención al resultado de la preadjudicación, corresponde adjudicar a la empresa Opus Construcciones S.R.L. los trabajos de reparación y reposición de carpinterías en el edificio de la Escuela Primaria Común Nº 19 sita en la calle Albariño 2062 del Distrito Escolar Nº 13, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el sistema de ajuste alzado por la suma de PESOS SESENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y CINCO CON NOVENTA Y SIETE CENTAVOS ($68.775,97); Que en razón del monto no corresponde la intervención de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires (conf. Ley N° 1218 modificada por la Ley N° 3167). Por ello, en razón de lo normado por los Decretos N° 481/GCBA/11 y N° 714/GCBA/11,

EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACION DE RECURSOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DISPONE Artículo 1.- Apruébase la Licitación Privada N° 72-SIGAF-12 (35-12) y adjudícase a Opus Construcciones S.R.L. los trabajos de reparación y reposición de carpinterías en el edificio de la Escuela Primaria Común Nº 19 sita en la calle Albariño 2062 del Distrito Escolar Nº 13, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el sistema de ajuste alzado y por la suma de PESOS SESENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y CINCO CON NOVENTA Y SIETE CENTAVOS ($68.775,97). Artículo 2.- Impútese a la partida correspondiente por la suma de PESOS SESENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y CINCO CON NOVENTA Y SIETE CENTAVOS ($68.775,97). Artículo 3.- Regístrese. Notifíquese a la empresa oferente en los términos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y publíquese en el BOCBA por un día, en el sitio de Internet de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y prosecución del trámite pase a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones. Loprete

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Ministerio de Desarrollo Urbano

DISPOSICIÓN N.º 1235/DGIUR/12

Buenos Aires, 9 de agosto de 2012 VISTO: El Expediente Nº 1.531.764/2012 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar los usos: “Maxiquiosco”, para el inmueble sito en la calle La Pampa Nº 3096, Planta Baja, UF Nº 2, con una superficie de 22m2, y CONSIDERANDO: Que el predio en cuestión se encuentra emplazado en un Distrito U28 “Belgrano R” de Zonificación General, en virtud de lo normado por el Parágrafo 5.4.6.29, Apartado 2, del Código de Planeamiento Urbano; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Dictamen Nº 2893-DGIUR-2012, indica que en lo referente a la actividad solicitada y acorde a la consignación de usos atinente al Distrito de implantación, el Apartado 5.1.2 del parágrafo precitado establece: “5.1.2 Otros Usos: En los locales existentes no habilitados, se admitirá el funcionamiento de usos comerciales y de servicios con una superficie máxima de 100m2 según lo siguiente: a) Exposición y venta minorista de antigüedades, exposición y venta de libros, exposición y venta de pinturas y artes gráficas, Taller de artesanía, Textiles, Cerámica, Madera, Taller de reparaciones de bicicletas, Taller de reparaciones de Calzado, Taller de reparaciones de Relojes y joyería, Heladería, Panadería, Despacho de Pan, Taller de reparación de lapiceras, paraguas, Cuchillos, Ferretería, Farmacia, Cerrajería, Librería y Papelería, Perfumería, Bombonería, Bazar, Venta de Calzados, Venta de ropa, Óptica y Fotografía, Casa de regalos, Casa de Iluminación, Lencería, Florería, Vivero, Juguetería, Mercería, Casa de alquiler de videos, Casa de Computación, Taller de marcos, Tapicería, Quioscos (…)”; Que en atención al análisis de la documentación adicionada por el requirente, se observa que: a. Según el plano de uso obrante a fs. 3, se trata de un local ubicado en la Planta Baja de un edificio existente (abarcando su UF Nº 2), emplazado en una parcela de esquina, y cuya superficie total a localizar consta de 22m2. A dichos efectos, su distribución consiste en un espacio destinado a local, de 17,64m2; y un sanitario, de 2,11m2. Mismo criterio rige en cuanto al Reglamento de Copropiedad, adjunto a fs. 10-22, cuyo Artículo 6 no ofrece obstáculos en relación a la presente solicitud. b. En lo que respecta al contrato de locación, si bien este no luce provisto en la documentación actuante, a fs. 23-24 se identifica una Declaración Jurada de habilitación comercial, cual en su apartado h) certifica la existencia del contrato de locación vigente y la autorización concordante al objeto de la presente localización. c. En lo atinente al entorno, se puede notar una zona residencial, en conjunción con usos coexistentes con dicho carácter; Que en tal sentido, se informa que si bien resulta cierto que la actividad “Maxiquiosco” no se encuentra taxativamente contemplada dentro de la consignación prevista por el Apartado 5.1.2 del Parágrafo 5.4.6.29, efectuando una interpretación enunciativa del uso “Quioscos”, ésta podría yacer encuadrada al amparo de dicho rubro. Asimismo, en vista del carácter escaso de la superficie destinada a la actividad en cuestión, así como su conexidad con la naturaleza del entorno, se infiere que el impacto urbanístico de la propuesta de referencia no resulta ostensible o relevante;

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Que por consiguiente, el Área Técnica competente entiende que, desde el punto de vista urbanístico, no existirían inconvenientes en acceder a la localización de la actividad “Maxiquiosco”, encuadrada dentro del uso “Quioscos”, para el local sito en la calle La Pampa Nº 3096, Planta Baja, UF Nº 2, con una superficie de 22m2; Que no obstante lo expresado anteriormente, se deja expresa constancia de los siguientes aspectos: a. Al no hallarse adjunto ningún plano registrado de obra dentro de la documental actuante, de existir modificaciones y/o ampliaciones de índole morfológica, éstas deberán ser objeto de regularización ante el Organismo de competencia. b. Dada la naturaleza residencial del entorno inmediato, la actividad en cuestión no podrá extenderse hacia la vía pública con la instalación de mesas y/o sillas o bancos o afines. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico la localización del uso “Maxiquiosco”, encuadrada dentro del uso “Quioscos”, para el local sito en la calle La Pampa Nº 3096, Planta Baja, UF Nº 2, con una superficie de 22m2 (Veintidós metros cuadrados), debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente que al no hallarse adjunto ningún plano registrado de obra dentro de la documental actuante, de existir modificaciones y/o ampliaciones de índole morfológica, éstas deberán ser objeto de regularización ante el Organismo de competencia. Artículo 3º.- Notifíquese al interesado que dada la naturaleza residencial del entorno inmediato, la actividad en cuestión no podrá extenderse hacia la vía pública con la instalación de mesas y/o sillas o bancos o afines. Artículo 4º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de notificación; dentro de este plazo, el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes. De no hacerlo caducara de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 5º.- Regístrese, notifíquese, y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.º 1236/DGIUR/12

Buenos Aires, 9 de agosto de 2012 VISTO: El Expediente Nº 157.412/2012, por el que se consulta respecto del proyecto de Compensación Volumétrica para el edificio a construirse, en el predio sito en la calle Perú Nº 1319/21/41/45, según los criterios establecidos en el Acuerdo Nº 572-CPUAM-2004 , y; CONSIDERANDO: Que el predio en cuestión se encuentra afectado a un Distrito R2aII de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley Nº 449, texto ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007; Que el mencionado Acuerdo Nº 572-CPUAM-2004 prevé:

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“Art. 1º: En todos los Distritos de Zonificación del Código de Planeamiento Urbano que admitan la materialización de la tipología “Perímetro Libre“ y sus derivados “Semi Perímetro Libre“ y “Combinación de Tipologías“, se podrá autorizar el desarrollo de un volumen, que rebase el plano límite, resultante de aplicar las relaciones R y r“ establecida para su distrito de zonificación, con una superficie cubierta no mayor al 9% (nueve por ciento) de la superficie cubierta computable para el cálculo de F.O.T. que se construya por debajo de dichos planos y por encima de la cota de la parcela“; Que en caso de optar por esta variante, indica que se deberá cumplir con las siguientes restricciones concurrentes: “...La superficie total a construir no podrá superar aquella determinada por la aplicación de las relaciones determinadas por el Art. 4.3.3. Altura de un Edificio de Perímetro Libre del Código de planeamiento Urbano y el FOT establecido para el Distrito correspondiente. ...Ninguna construcción podrá superar un plano horizontal ubicado a 10m por debajo del encuentro de las tangentes determinadas por la relación r. ...No podrán proyectarse plantas habitables con una superficie menor al 25% de la planta tipo del edificio. Por encima de estas plantas solo podrán ubicarse los servicios del edificio como salas de máquinas y tanques de agua...“; Que en el Dictamen Nº 2745-DGIUR-2012, el Área Técnica competente informa que se trata de una propuesta de obra nueva, a localizarse en el predio que resulte del englobamiento de las parcelas 39 y 40, sito en la manzana delimitada por las calles Perú, Chacabuco, Av. Juan de Garay y Cochabamba; Que se propone un edificio en combinación tipológica de Perímetro Libre y Entre medianeras superpuesto, con planta baja libre de acuerdo a lo previsto por el parágrafo 4.2.7.4 y el art. 4.3.10 “Edificación con Planta Baja Libre“; Que en relación a la capacidad constructiva del predio, el mismo posee una superficie total aproximada de 1370.91 m2; el F.O.T. correspondiente de acuerdo al ancho de calle es 3.464 con un incremento en aplicación del Art. 8.1.2 del Código de Planeamiento Urbano, del 25% resultando un F.O.T. total de 4.33; la superficie permitida según F.O.T. es de 5942.32 m2; y la superficie proyectada según F.O.T. de

5923.40 m2, la cual deberá ser verificada por el Área competente al momento de la presentación de los planos; Que del estudio realizado por el Área Técnica, según lo declarado y graficado de fs. 85 a 91, surge que: - La superficie computable bajo tangentes es 4219.63 m2; el 9% de la superficie computable bajo tangentes es de 379.77 m2; y la superficie sobre tangentes es de 379.51 m2. - En relación con la altura del edificio, el mismo no supera un plano ubicado a 10m por debajo del encuentro de las tangentes determinadas por la relación r; toda vez que la altura de encuentro de tangentes es 72.25 m aproximadamente; la altura total del edificio es de 56.96 m y el plano límite permitido resulta ser 62.25 m. - La superficie de la planta tipo es de 595.75 m2; el 25% de la superficie de la planta tipo es de 148.94 m2 y la superficie de la última planta habitable es de 217.83 m2. Que el Área Técnica indica que lo informado precedentemente queda sujeto al registro de la compensación solicitada por Expediente Nº 2170002 /2001, ante la Dirección General Registro de Obras y Catastro; Que en función del análisis realizado, se concluye que la documentación obrante de fs.87 a 91, se encuadra en los términos del Acuerdo Nº 572-CPUAM-2004; antes mencionado. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

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Artículo 1º.- Considerase factible desde el punto de vista urbanístico, y dentro de los lineamientos previstos en el Acuerdo Nº 572-CPUAM-2004, el proyecto a localizarse en el predio sito en la calle Perú Nº 1319/21/41/45, Nomenclatura Catastral: Sección 04, Manzana 13, Parcelas 39-40; de acuerdo a lo indicado en los considerandos de la presente y debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Notifíquese a los interesados que lo consignado en el Artículo 1º, no implica la aprobación de plano alguno ni exime del cumplimiento de las restantes disposiciones contenidas en los Códigos de Planeamiento Urbano y de la Edificación y las relacionadas con los usos a localizar en la oportunidad de la presentación de la documentación de obra por ante la Dirección General de Registro de Obras y Catastro. Artículo 3°.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de notificación; dentro de este plazo, el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes, de no hacerlo caducara de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese, entréguese la presente al interesado y la documentación obrante de fs. 92 a 96; y para el archivo del Organismo se destinará las fs.97 a 101; publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.º 1237/DGIUR/12

Buenos Aires, 9 de agosto de 2012 VISTO: El Expediente Nº 1.335.906/2012, por el que se consulta sobre la compensación de Línea de Frente Interno, en el predio sito en la calle Gallo Nº 488, y; CONSIDERANDO: Que a través de PV-2012-1479509-DGROC, la Dirección General de Registro de Obras y Catastro solicita la intervención de este organismo, toda vez que se trata de una Compensación de Línea de Frente Interno con franjas con capacidad edificatoria discontinua; Que el predio en cuestión, se encuentra afectado a un Distrito C3I de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley Nº 449, texto ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007 (BOCBA Nº 2.772); Que el Área Técnica competente, indica en el Dictamen Nº 2.892-DGIUR-2012 que para el presente caso resulta de aplicación lo dispuesto en el Artículo 4.2.3 “Línea de Frente Interno“ del citado código; Que del análisis del caso en cuestión, desde un punto de vista urbanístico y de acuerdo al Plano de Compensación obrante fs. 1, dicha Área observa que se trata de la Parcela 25 situada en la manzana delimitada por las calles Gallo, Humahuaca, Sánchez de Bustamante y la Avenida Corrientes; Que la misma posee 9,50m de frente sobre la calle Gallo, 40,40m y 40,06m de lado respectivamente, y aproximadamente 400,29 m² de superficie total; Que la parcela en cuestión, resulta afectada por la extensión del espacio libre de manzana, comúnmente denominada tronera, así como las Parcelas 1b y 24 linderas. Toda vez que, del trazado de la Línea de Frente Interno resultan franjas con capacidad edificatoria discontinua, la misma es motivo de regularización;

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EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACION URBANISTICA DISPONE

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Que en relación a los predios linderos, informa que el edificio de la Parcela 1b de la calle Gallo Nº 490, resulta ser un edificio de tipología “entre medianeras“, que presenta un edificio materializado de 10 pisos sobre la Línea Oficial más 2 retiros, con un espacio urbano en el fondo de la parcela, y que por su alto grado de consolidación no tendería a una pronta renovación; Que el edificio de la Parcela 24 de la calle Gallo Nº 470, resulta ser también un edificio entre medianeras; que presenta un edificio de 3 pisos, con ocupación total de la parcela y un grado de consolidación medio; Que según esquema de compensación propuesto, la Línea de Frente Interno que afecta a la manzana, se ubica a 26,96m y a 23,11m medidos desde la Línea Oficial de las calles Gallo y Humahuaca respectivamente, cuya extensión del espacio libre de manzana o tronera, conforma franjas con capacidad edificatoria discontinua en la parcela en cuestión, las cuales se proponen compensar, liberando una superficie de aproximadamente 14,54 m² dentro de la franja edificable, y ocupar una superficie inferior de 10,38 m² por detrás de la Línea de Frente Interno de la parcela, compensándose dicha ocupación de acuerdo a lo previsto en el Artículo 4.2.3 Línea de Frente Interno del Código de Planeamiento Urbano; Que del estudio realizado, surge que con la Línea de Frente Interno propuesta a 19,00m medidos desde la Línea Oficial de la calle Gallo, se regulariza la misma, sin desvirtuar la vinculación de los predios linderos, con el centro libre de manzana; Que de acuerdo a esto último, el Área Técnica competente entiende que no existirían inconvenientes en acceder a la compensación propuesta a fs. 1, sin superar una Línea de Frente Interno compensada que se ubica a 19,00m medidos desde la Línea Oficial de la calle Gallo, toda vez que no causaría un impacto negativo, desde el punto de vista urbanístico; Que además deja constancia, que lo indicado en los considerandos que anteceden no exime del cumplimiento de las restantes disposiciones contenidas en los Códigos de Planeamiento Urbano y de la Edificación, así como las relacionadas con los usos a localizar, en la oportunidad de la presentación de la documentación correspondiente ante la Dirección General Registro de Obras y Catastro. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACION URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Autorizase desde el punto de vista urbanístico, la Compensación de Línea de Frente Interno graficada a fs. 1, para el inmueble sito en la calle Gallo Nº 488, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 09, Sección 13, Manzana 40, Parcela 25; que se ubique a 19m (Diecinueve metros) medidos desde de la Línea Oficial de la calle Gallo, debiendo dar cumplimiento con toda la normativa vigente que resulte de aplicación. Artículo 2º.- Notifíquese al interesado que, lo consignado en el Artículo 1º no implica la aprobación de los planos de obra, ni exime del cumplimiento de las restantes disposiciones contenidas en los Códigos de Planeamiento Urbano y de la Edificación, y las relacionadas con los usos a localizar en la oportunidad de la presentación de la documentación de obra ante la Dirección General de Registro de Obras y Catastro. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación. Dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes, de no hacerlo caducarán de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese; entréguese la presente al interesado y el plano obrante a fs. 2, para el organismo se destina la fs. 3; publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, gírese a la Dirección General de Registro de Obras y Catastro. Ledesma

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DISPOSICIÓN N.º 1238/DGIUR/12

Buenos Aires, 9 de agosto de 2012 VISTO: El Expediente Nº 1.866.953/2011, por el que se consulta sobre el proyecto de Obra Nueva con destino “Vivienda Multifamiliar“, en el predio sito en la Avenida De los Incas Nº 3.989/91 y calle Plaza Nº 1.519/23, y; CONSIDERANDO: Que el predio en cuestión, se encuentra afectado al Distrito U28 “Belgrano R“ de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley Nº 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007 (BOCBA Nº 2.772); resultando de aplicación lo establecido en el punto 4.2.1 “Integración del Paisaje Urbano“ del Parágrafo 5.4.6.29 del mencionado Código; con el objeto de preservar las características predominantes de la morfología edilicia del barrio de “Belgrano R“; de acuerdo a lo previsto para el caso a) “Edificios nuevos“; Que en el Dictamen Nº 2.591-DGIUR-2012, el Área Técnica competente analizó lo solicitado, en función de la documentación adjunta, la que está compuesta por Plano de plantas, corte y fachada del proyecto a fs. 70; Relevamiento fotográfico de la cuadra y de la acera frentista a fs.78; Axonométricas de frente y contrafrente del proyecto y edificios linderos a fs. 81 y 84; 95 y 96; y Documentación Catastral de las parcelas en consulta de fs.17 a 26; Que de la observación de la mencionada documentación, dicha Área informa que se trata del proyecto para una Obra Nueva con destino “Vivienda multifamiliar“, a localizarse en el predio pasante que resulte del englobamiento de las parcelas intermedias identificadas como 20a y 18, con un frente de 17,30m sobre la Avenida de los Incas y de 8,70m sobre la calle Plaza, y una superficie total aproximada de 688,27 m²; Que de la observación del entorno, los linderos presentan viviendas de baja densidad residencial, de planta baja y 1 a 2 pisos, de construcción ladrillera y techos inclinados de tejas, con fondos y espacios libres parcialmente parquizados con presencia de árboles y arbustos, así como también se observan en el mismo predio de consulta, según se desprende del relevamiento fotográfico adjunto; Que para el predio en cuestión, se propone un volumen entre medianeras de Planta Baja, mas 3 Pisos y 1 nivel en Subsuelo, que respeta el retiro de frente mínimo de 3m, la altura máxima y planos limite establecidos para el distrito, alcanzando una altura total de +11,80m; Que respecto a la Ocupación del Suelo (FOS), el predio resulta afectado por la extensión del espacio libre de manzana, comúnmente denominado tronera, en una proporción del 30% aproximadamente de la superficie total del predio, y de la cual sólo un 6% se destinaría a espacio libre parquizado, según se deduce de lo graficado a fs. 70; en tanto el 24% restante se vería afectado por la localización de cocheras, parte de las cuales son semicubiertas y para lo cual se propone una compensación en los términos del Artículo 4.2.3 del Código de Planeamiento Urbano, que en el mismo plano se gráfica;

Que corresponde aclarar, que el volumen de viviendas, se emplaza en su totalidad dentro de la banda edificable de la actual Parcela 20a, sobre la Avenida De los Incas, en tanto la actual Parcela 18, sobre la calle Plaza, sólo se localizarán cocheras en planta baja y subsuelo y el acceso a las mismas; Que por lado y de la observación de los planos precitados, se contabilizan un total de 31 cocheras y 4 espacios guarda coches, para un total de 6 unidades de vivienda;

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Que asimismo, y con relación a el Factor Ocupación Total (FOT), se admite un FOT=1, siendo la superficie total aproximada del predio 688,27 m²; la superficie proyectada según FOT sería de 684,76 m², mientras que la superficie cubierta total declarada es de 1.760,46 m², por lo que se deduce una superficie de 1.075,70 m² declarada como No computable, que se destinaría a cocheras, circulaciones y servicios; Que en cuanto al tratamiento exterior de las fachadas y/o muros expuestos, se propone terminaciones de revoque tipo “tarquini“, sectores de ladrillo visto, aberturas de aluminio y pisos tipo “deck“; se observan expansiones sobre el frente y ausencia de éstas en el contrafrente, a excepción de las superficies aterrazadas sobre el nivel 0, que cubren las cocheras, según lo representado a fs. 81 y 84, 95 y 96 Que por otra parte a fs.68 y 98, se observa la conformidad de la Sociedad de Fomento de Belgrano R, respecto del proyecto presentado para el predio en cuestión, con las consideraciones del caso y sugerencias sobre el tratamiento arquitectónico de las medianeras expuestas, que en las mismas se detalla; Que del estudio realizado, de acuerdo a las imágenes puestas en consideración por los interesados y siendo competencia de este organismo ejercer el control arquitectónico-morfológico de una correcta inserción urbana, se visualiza una ausencia de atención a la pretendida relación contextual; la falta de un adecuado tratamiento arquitectónico de fachadas, sin expansiones, falta de espacios verdes parquizados, sobre ocupación del espacio libre de manzana, con una importante superficie de losas expuestas sobre la planta baja, casi en su totalidad destinada a estacionamiento, mas el nivel de subsuelo por un lado, no devuelve una estética que armonice con el carácter residencial exclusivo del distrito, así como no se tienen en cuenta las condiciones ambientales y de integración paisajística que hacen a los aspectos principales a preservar en el distrito, tal lo reza el Código de Planeamiento Urbano vigente en el parágrafo precitado; Que por lado, se observa una desproporción en la cantidad de 31 cocheras, mas espacios guardacoches, para un total de 6 unidades de vivienda, que se traduce en una superficie cubierta No computable 2,5 veces mayor a la superficie admitida según FOT; y que, dada la disposición exclusiva de la actual Parcela 18 sobre la calle Plaza, para localización de estacionamiento, se presume la posibilidad de subdivisiones y/o refuncionalizaciones futuras, con una consecuente y preocupante alteración de los indicadores constructivos del distrito; Que en función de las razones expuestas, el Área Técnica competente considera que el proyecto presentado no encuadra en los parámetros de integración paisajística previstos por el Parágrafo 5.4.6.29 Distrito U28 “Belgrano R“ del mencionado código, y que produciría un impacto negativo desde el punto de vista urbanístico, si se accediera a lo solicitado; Que a su vez, el mencionado parágrafo indica para casos como el que nos ocupa la intervención del Consejo del Plan Urbano Ambiental; Que en el Dictamen Nº 187-CPUAM-2012, el citado consejo analizó la propuesta indicando que el punto 4.2.1 del Parágrafo 5.4.6.29 establece “... 4.2.1 Integración del

Paisaje Urbano: el paisaje del distrito es derecho legitimo de los vecinos y de los ciudadanos en general. Ningún edificio podrá contrariar la armonía del paisaje cualquiera sea la expresión arquitectónica que se adopte en las obras nuevas.“; Que además en el punto a) “Edificios Nuevos“, se establece que “Toda obra nueva deberá integrarse a las características predominantes en la cuadra o manzana“; Que observa, entre otros, la falta de tratamiento de las fachadas en el proyecto; no proponiendo una estética que se integre con el carácter residencial exclusivo del Distrito U28; Que también, objeta la desproporción de 31 (treinta y un) cocheras y 4 (cuatro) guarda coches, para un total de 6 (seis) unidades de vivienda, que se traduce en una superficie no computable 2,5 veces mayor a la superficie admitida según FOT; Que en función del análisis realizado, el Consejo del Plan Urbano Ambiental considera que el proyecto presentado no se adecua a los parámetros de integración paisajística previstos por la normativa vigente y que produciría un impacto negativo desde el encuadre normativo. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

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EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACION URBANISTICA

DISPONE Artículo 1º.- Deniéguese desde el punto de vista urbanístico, respecto de la Integración al Paisaje Urbano indicado en el punto 4.2.1 del Parágrafo 5.4.6.29 del Código de Planeamiento Urbano, para el predio sito en la Avenida De los Incas Nº 3.989/91, y calle Plaza Nº 1.519/23, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 15, Sección 49, Manzana 94, Parcelas 18 y 20a, el proyecto de Obra Nueva con destino “Vivienda Multifamiliar“, en un todo de acuerdo con los parámetros indicados en los considerandos que anteceden. Artículo 2º.- Regístrese, notifíquese, entréguese la presente al interesado; publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.º 1239/DGIUR/12

Buenos Aires, 9 de agosto de 2012 VISTO: El Expediente Nº 1.443.626/2012 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar los usos “Servicios Personales Directos en General (peluquería, salón de belleza, etc.)”, en el inmueble sito en la calle Bucarelli Nº 2476/78, Planta Baja, UF Nº 2 y 3, con una superficie de 84,03m2, y CONSIDERANDO: Que el inmueble en cuestión se encuentra afectado a un Distrito C3I de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Dictamen Nº 2912-DGIUR-2012, indica que analizado el uso solicitado de acuerdo al Cuadro de Usos 5.2.1 a) para el Distrito C3 del presente Código se informa que: a) Se trata de una parcela circunscripta por la Av. Franklin D. Roosevelt; las calles Bucarelli, Emilio Civit y Andonaegui de acuerdo con la Documentación Catastral de fs. 14 a 17. b) De la observación de Plano de Permiso de Uso a fs. 1 y las fotografías adjuntas de fs. 2 a 5, surge que se trata de dos locales unificados en la Planta Baja de un edificio existente (según Contrato de Locación a fs. 30) que posee una Recepción, sala de espera, tres gabinetes de atención y sanitarios, con una superficie total de 84,03m². c) A fs. 6 y 7 se adjunta memoria descriptiva en la cual se explican los tratamientos que se realizarán y que se considera se encuadran dentro del rubro “Servicios Personales Directos en General (peluquería, salón de belleza, etc.)”; Que la actividad “Personales directos en general (peluquería, salón de belleza, etc.)” se encuentra incluida en el Cuadro de Usos Nº 5.2.1a) dentro del Agrupamiento “Servicios Terciarios”, “Servicios para la vivienda y sus ocupantes” que resulta “Permitida” en el Distrito C3 I, debiendo cumplir con la norma de tejido; Que con referencia a la aplicación de la Ley Nº 452 y su Decreto Reglamentario Nº 1.352, modificatoria de la Ley Nº 123 (Evaluación de impacto Ambiental), el uso solicitado se encuentra referenciado como “Sin Relevante Efecto” (S.R.E); Que en tal sentido, el Área Técnica competente entiende que no existen inconvenientes desde un punto de vista urbanístico en acceder a la localización del uso solicitado: “Servicios personales directos en general (peluquería, salón de belleza, etc.)”, en el local sito en la calle Bucarelli Nº 2476/78, Planta Baja, UF Nº 2 y 3, con una superficie total de 84,03m².

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Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico la localización de los usos “Servicios Personales Directos en General (peluquería, salón de belleza, etc.)”, en el inmueble sito en la calle Bucarelli Nº 2476/78, Planta Baja, UF Nº 2 y 3, con una superficie de 84,03m2 (Ochenta y cuatro metros cuadrados con tres decímetros cuadrados), debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de notificación; dentro de este plazo, el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes. De no hacerlo caducara de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 3º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.º 1240/DGIUR/12

Buenos Aires, 9 de agosto de 2012 VISTO: El Expediente Nº 942.912/2012 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar los usos: “Bar, Café; Comercio Minorista Bar Lácteo, Despacho de Bebidas, Whisquería, Cervecería, Confitería”, para el inmueble sito en la calle Cerrito Nº 1541, Planta Baja, Local 21, con una superficie a habilitar de aproximadamente 46,40 m², y CONSIDERANDO: Que el predio se encuentra afectado al Distrito RU (Artículo 5.4.8 – Distrito de Renovación Urbana) de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Dictamen Nº 2940-DGIUR-2012, en relación con la normativa vigente, informa que resulta de aplicación el Artículo Nº 5.4.8. - Distrito de Renovación Urbana - RU, y el Artículo 8.2.2 Zonas Bajo Viaductos de Autopistas Urbanas, Parágrafo 8.2.2.4 Usos del Suelo; Que los usos “Bar, Café, Comercio Minorista Bar Lácteo, Despacho de Bebidas, Whisquería, Cervecería, Confitería”, se encuentran comprendidos en la Clase A en la “Descripción Servicios para la Vivienda y sus Ocupantes, en el Agrupamiento “Servicios Terciarios”, en el rubro "Bar, Café, whisquería, cervecería, lácteos, heladería, etc.", y resulta un uso “Permitido” en los Distritos C2 y C3; Que ahora bien, pese a las modificaciones operadas en el sector, a la fecha no se han dictado normas que modificaran esa zona de la Ciudad que sufrió cambios ya sea por la inserción de la Estación de Servicio, como así también un paseo comercial y áreas de esparcimiento; Que es dable aclarar entre otras cosas el estado previo al sector y con antelación a las actuales construcciones, que dejando de lado los usos que se instalaron, es indudable la recuperación, restauración, saneamiento y la salvaguardia estética paisajista que se brindó al lugar, luego del abandono por la construcción de la autopista;

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Que en tal sentido, el Área Técnica competente entiende que no existirían inconvenientes desde el punto de vista urbanístico en acceder a la localización de los usos “Bar, Café, Comercio Minorista Bar Lácteo, Despacho de Bebidas, Whisquería, Cervecería, Confitería”, en el Local Nº 21, sito en la calle Cerrito Nº 1541, con una superficie total de uso de 46,40m², debiendo cumplir con toda la normativa vigente para la presente actividad. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización de los usos: “Bar, Café; Comercio Minorista Bar Lácteo, Despacho de Bebidas, Whisquería, Cervecería, Confitería”, para el inmueble sito en la calle Cerrito Nº 1541, Planta Baja, Local 21, con una superficie a habilitar de aproximadamente 46,40 m² (Cuarenta y seis metros cuadrados con cuarenta decímetros cuadrados), debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 3º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.º 1241/DGIUR/12

Buenos Aires, 9 de agosto de 2012 VISTO: El Expediente Nº 926.347/2012 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar los usos “Cajero Automático”, en el inmueble sito en la Av. Triunvirato Nº 3791, con una superficie a habilitar de 2,56m², y CONSIDERANDO: Que se trata de un inmueble afectado a un Distrito C3 de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Dictamen Nº 2913-DGIUR-2012, indica que en relación con la normativa vigente, se informa que: a) El Artículo Nº 5.1.1. Nomenclatura; para los Distritos Centrales, C, establece: “…Se denomina así los agrupamientos de usos: administrativo, financiero, comercial y de servicios a distintos niveles cuali y cuantitativos, que definen rasgos diferenciales entre distintas categorías de centros…”. b) El rubro “Banco, Oficinas crediticias, financieras y cooperativas”, pertenece a la Clase “A”, dentro de la Descripción: Servicios para la vivienda y sus ocupantes; resulta un uso Permitido (P) en el Distrito C3 de localización. De acuerdo con los alcances de la Ley Nº 123, está Categorizado “S.R.E.” (Sin Relevante Efecto); Que analizado el caso en cuestión, dicha Área Técnica informa que: a) Se trata de la localización de un Cajero Automático dentro de una entidad bancaria en Planta Baja. b) Según plano de habilitación a fs. 1, dicho Cajero Automático, se localiza dentro de un gabinete de 1,60 m. x 1,60 m., donde se emplaza la máquina en cuestión, no comprometiendo ningún medio de salida exigido y con una superficie de 2,56m²;

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Que en tal sentido, el Área Técnica competente entiende que no existen inconvenientes desde un punto de vista urbanístico, en acceder a la localización del citado “Cajero Automático”, en el edificio motivo de consulta, toda vez que el uso es similar al rubro “Banco, Oficinas crediticias, financieras y cooperativas”, permitido en el Distrito de Zonificación C3II, siempre que cumpla con todas las reglamentaciones exigibles para esta instalación. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico la localización de los usos “Cajero Automático”, asimilable al rubro “Banco, Oficinas crediticias, financieras y cooperativas”, en el inmueble sito en la Av. Triunvirato Nº 3791, con una superficie a habilitar de 2,56m² (Dos metros cuadrados con cincuenta y seis decímetros cuadrados), siempre que cumpla con todas las reglamentaciones exigibles para esta

instalación y debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de notificación; dentro de este plazo, el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes. De no hacerlo caducara de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 3º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.º 1242/DGIUR/12

Buenos Aires, 9 de agosto de 2012 VISTO: El Expediente Nº 1.478.887/2012 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso: “Café Bar; Casa de Lunch; Despacho de Bebidas, Whisqueria, Cervecería; Confitería“, para el inmueble sito en la Av. Luís María Campos N° 901/17/27/31/37/77/87, Gorostiaga s/N°, Arce N° 902/20/30/40/60/70/98 y Maure N° 1835 Planta Baja Local N° 631, con una superficie a habilitar de 55,33 m², y CONSIDERANDO: Que se trata de un inmueble afectado al Distrito APH 39 “Corredor Luís María Campos entre Olleros y Av. Dorrego“ de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007. Los usos son los que resulten de aplicar las disposiciones del Cuadro de Usos N° 5.2.1. para el Distrito R2aI; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Dictamen Nº 2908-DGIUR-2012, obrante a foja 49, considera que desde el punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el Distrito APH 39; Que en relación a la localización de los usos permitidos son: “Servicios: Bar, Café, Whisqueria, Cervecería, Lácteos, Heladería, etc.“; Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta alguna, por lo que no corresponde su visado;

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Se exime de la obligación de cumplimentar los requerimientos de estacionamiento establecido en el Cuadro de Usos Nº 5.12.1. por aplicación del Artículos 5.3.4.1 inciso b) por ser inmueble preexistente al 01/05/77; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización del uso: “Servicios: Bar, Café, Whisqueria, Cervecería, Lácteos, Heladería“, para el inmueble sito en la Av. Luís María Campos N° 901/17/27/31/37/77/87, Gorostiaga s/N°, Arce N° 902/20/30/40/60/70/98 y Maure N° 1835 Planta Baja Local N° 631, con una superficie a habilitar de 55,33 m², (Cincuenta y cinco metros cuadrados con treinta y tres decímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma, modificación del inmueble, pintura de la fachada deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.º 1243/DGIUR/12

Buenos Aires, 9 de agosto de 2012 VISTO: El Expediente Nº 352.219/2012 por el que se solicita el visado de Aviso de Obra y la localización de los usos “Comercio minorista venta de automotores”, en el inmueble sito en la calle Lavalle Nº 1101/09/15 esquina Cerrito Nº 508/12, con una superficie de 478,86m², y CONSIDERANDO: Que el inmueble en cuestión está emplazado en el Distrito de Zonificación C1 y el mismo está Catalogado con Nivel de Protección Cautelar; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Dictamen Nº 2926-DGIUR-2012, obrante a fs. 36, indica que respecto al pedido de Aviso de obra, a fs. 28 el recurrente desiste al mismo; Que respecto a los usos solicitados los mismos están referenciados en el Código de Planeamiento Urbano y son asimilables a los permitidos “Comercio minorista de Automotores, repuestos y accesorios, embarcaciones, aviones y motos”; Que cabe destacar que el mismo es un edificio con Protección de Nivel Cautelar, por lo cual queda exento de cumplir con los requisitos de Espacios de Carga y descarga, por Artículo 5.3.4. “Casos especiales”; Que respecto a la localización de publicidad, se visa el esquema del cartel, obrante a fs. 33, 34 y 35, el cual es permitido, y el mismo cumple con los parámetros establecidos por la normativa vigente;

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Que en tal sentido, el Área Técnica competente considera que no existirían inconvenientes en acceder al visado Patrimonial para la localización de uso “Comercio minorista de Automotores, repuestos y accesorios, embarcaciones, aviones y motos”, para el inmueble sito en la calle Lavalle Nº 1101/09/15 esquina Cerrito Nº 508/12, debiendo cumplimentar con todos los requerimientos de la normativa vigente; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.-.Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización de los usos: “Comercio minorista venta de automotores”, en el inmueble sito en la calle Lavalle Nº 1101/09/15 esquina Cerrito Nº 508/12, con una superficie de 478,86m² (Cuatrocientos setenta y ocho metros cuadrados con ochenta y seis decímetros cuadrados), debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Vísase el esquema del cartel, obrante a fs. 33, 34 y 35, el cual es permitido, y el mismo cumple con los parámetros establecidos por la normativa vigente. Artículo 3º.- Hágase saber al recurrente, que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 4º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación. Dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes, de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 5º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente y de los planos de esquema de publicidad obrantes a fs. 33 al recurrente; para archivo de la documentación en el Organismo se destinará la fs. 34; para archivo de la documentación en el Área Técnica competente se reserva la fs. 35. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, vuelva para su control. Ledesma

DISPOSICIÓN N.º 1244/DGIUR/12

Buenos Aires, 9 de agosto de 2012 VISTO: El Expediente Nº 1.107.819/2012 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar los usos: “Comercio Minorista de: Ropa de Confección Lencería, Blanco, Mantelería, Textiles en general y Pieles, Comercio Minorista de Calzados en general, Artículos de Cuero, Talabartería, Marroquinería; Comercio Minorista de: Artículos Personales y para Regalos“, en el inmueble sito en la Av. Callao Nº 1609 Planta Baja, UF N° 11, con una superficie a habilitar de 19,60 m², y CONSIDERANDO: Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 2 del Distrito APH 50 “Av. Callao“ Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007. Los usos corresponden al Distrito de Zonificación R2aI y el mismo se encuentra Catalogado con Nivel de Protección Estructural;

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Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Dictamen Nº 2906-DGIUR-2012, obrante a foja 40 considera que desde el punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización del uso solicitado toda vez que los mismos se encuentren expresamente consignados en el Cuadro de Usos 5.2.1.a) del Código de Planeamiento Urbano resultan Permitidos en la zona 2 del APH 50 “Av. Callao“; Que los usos consignados Permitidos son: “Comercio Minorista de: Textiles, Pieles, Cueros, Artículos Personales, del Hogar y afines. Regalos“; Que se visa Plano de Toldo rebatible de foja 32 y sus copias a fojas 33 y 34 los mismos cumplen con los parámetros establecidos por la normativa vigente y son permitidos para el Distrito; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización de los usos: “Comercio Minorista de: Textiles, Pieles, Cueros, Artículos Personales, del Hogar y afines. Regalos“, en el inmueble sito en la Av. Callao Nº 1609 Planta Baja, UF N° 11, con una superficie a habilitar de 19,60 m², (Diecinueve metros cuadrados con sesenta decímetros cuadrados), debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Vísase Plano de Toldo rebatible de foja 32 y sus copias a fojas 33 y 34. Artículo 3º.- Hágase saber al recurrente, que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 4º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 5º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente Disposición y copia de foja 32 al recurrente; para archivo de la documentación en el Organismo se destinará la foja 33; para archivo de la documentación en la Supervisión Patrimonio Urbano se reserva la foja 34. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.º 1245/DGIUR/12

Buenos Aires, 9 de agosto de 2012 VISTO: El Expediente Nº 1.263.954/2011 el que se solicita el visado del Plano de “Modificación y ampliación con demolición parcial“ con destino “Vivienda Unifamiliar“, para el inmueble sito en la calle Dr. Juan Felipe Aranguren Nº 1710/12, con una superficie de terreno de 238,70m2, una superficie cubierta existente a conservar de 240,49m2, una superficie a demoler de 13,13m2, una superficie cubierta nueva de 73,52m2, una superficie libre de 17,45m2 lo que totaliza una superficie de 314,01m2, de acuerdo a la documentación presentada a fs. 15 y copia a fs. 16, y CONSIDERANDO:

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Que el inmueble en cuestión se encuentra incluido en el Listado Preventivo de Inmuebles Singulares de la Ciudad de Buenos Aires, según Resolución Nº 375-SECPLAN-12 del 21/06/12, publicada en BOCBA Nº 3946 del 5/07/2012, con Nivel de Protección “Cautelar“; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Dictamen Nº 2933-DGIUR-2012, indica que de acuerdo a los parámetros dispuestos para el estudio de obras de “Modificación y ampliación con demolición parcial“, en edificios catalogados con Nivel de Protección “Cautelar“, se informa que: a) En el Artículo 5.4.12 del Código de Planeamiento Urbano, Ítem 4.1.1.3, se indica: “Protección Cautelar (...) Protege la imagen característica del área previniendo actuaciones contradictorias en el tejido y la morfología“. b) En el Nivel de Protección “Cautelar“ se admiten los Grados de Intervención 1 a 4. c) Las obras de ampliación propuestas en el proyecto presentado se encuadran dentro del Grado de Intervención 4; Que en tal sentido, el Área Técnica competente concluye que, desde el punto de vista del patrimonio urbano, no existirían inconvenientes en acceder al visado de los planos de “Modificación y ampliación con demolición parcial“, para el inmueble sito en la calle Dr. Juan Felipe Aranguren Nº 1710/12, con destino “Vivienda Unifamiliar“, con una superficie de terreno de 238,70m2, una superficie cubierta existente a conservar de 240,49m2, una superficie a demoler de 13,13m2, una superficie cubierta nueva de 73,52m2, una superficie libre de 17,45m2, lo que totaliza una superficie de 314,01m2, de acuerdo a la documentación presentada a fs. 15 y copia a fs. 16. El uso será permitido una vez finalizadas las obras en su totalidad de acuerdo a los términos en los cuales fueron aprobadas las mismas; Que se deja constancia que el visado de los planos de obra se circunscribe a la conformidad respecto de las intervenciones a ejecutar en el inmueble y del uso correspondiente, exclusivamente en los aspectos que están regulados en el Artículo 5.4.12, relacionados con la protección del patrimonio. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Vísase el Plano de “Modificación y ampliación con demolición parcial“ con destino “Vivienda Unifamiliar“, para el inmueble sito en la calle Dr. Juan Felipe Aranguren Nº 1710/12, con una superficie de terreno de 238,70m2 (Doscientos treinta y ocho metros cuadrados con setenta decímetros cuadrados), una superficie cubierta existente a conservar de 240,49m2 (Doscientos cuarenta metros cuadrados con cuarenta y nueve decímetros cuadrados), una superficie a demoler de 13,13m2 (Trece metros cuadrados con trece decímetros cuadrados), una superficie cubierta nueva de 73,52m2 (Setenta y tres metros cuadrados con cincuenta y dos decímetros cuadrados), una superficie libre de 17,45m2 (Diecisiete metros cuadrados con cuarenta y cinco decímetros cuadrados), lo que totaliza una superficie de 314,01m2 (Trescientos catorce metros cuadrados con un decímetro cuadrado), de acuerdo a la documentación presentada a fs. 15 y copia a fs. 16, debiendo cumplir con toda la normativa vigente para el presente caso. Artículo 2º.- Notifíquese al interesado que el visado del plano de obra y la memoria descriptiva se circunscribe a la conformidad respecto de las intervenciones a ejecutar en el inmueble y del uso correspondiente, exclusivamente en los aspectos que están relacionados con la protección del Patrimonio. El uso será permitido una vez finalizadas las obras en su totalidad, de acuerdo a los términos en los cuales fueron aprobadas las mismas. Artículo 3º.- Hágase saber al recurrente, que toda reforma, modificación del inmueble o tratamiento de la fachada deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 4º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación. Dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes, de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente.

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Artículo 5º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente Disposición y la fs. 16 al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma DISPOSICIÓN N.º 1246/DGIUR/12

Buenos Aires, 9 de agosto de 2012 VISTO: El Expediente Nº 287.736/2012 por el que se solicita el visado de Aviso de Obra, para el inmueble sito en la Av. Jujuy Nº 2181, con motivo al cumplimiento de la Ley Nº 257, de acuerdo a lo descripto a fs. 11, y CONSIDERANDO: Que el inmueble en cuestión, correspondiente a una estación de servicio sin uso, está emplazado en la parcela correspondiente a la Iglesia Nuestra Señora de Luján, incluida en el Catálogo Preventivo de Inmuebles Singulares de la Ciudad de Buenos Aires, según Ley Nº3590 del 07/10/2010 publicada en BOCBA Nº 3560 del 09/12/10; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Dictamen Nº 2931-DGIUR-2012, indica que las obras propuestas, de acuerdo a lo descripto a fs. 11, que consisten en el retiro de la marquesina y los revoques sueltos en la totalidad de los aleros de la estación de servicio ubicada en la esquina de Av. Jujuy y Av. Caseros, no afectarían los valores patrimoniales del inmueble protegido por lo que correspondería acceder a lo solicitado; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Vísase el Aviso de Obra, para el inmueble sito en la Aviso de Obra, para el inmueble sito en la Av. Jujuy Nº 2181, con motivo al cumplimiento de la Ley Nº 257, de acuerdo a lo descripto a fs. 11, debiendo cumplir con la normativa vigente para el Distrito en cuestión. Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente, que toda reforma, modificación del inmueble, pintura o tratamiento de la fachada deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación. Dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes, de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, vuelva para su control. Ledesma

DISPOSICIÓN N.º 1247/DGIUR/12

Buenos Aires, 9 de agosto de 2012

VISTO:

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El Expediente Nº 1.414.647/2012 por el que se solicita el Visado de Publicidad, para el inmueble sito en la calle Esmeralda Nº 199, y

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CONSIDERANDO: Que el inmueble en cuestión está Catalogado con Nivel de Protección Estructural y el mismo funciona como “Banco, Oficinas crediticias, financieras y cooperativas”; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Dictamen Nº 2930-DGIUR-2012, indica que a fs. 1 se adjunta fotografía del cartel de publicidad, el cual es permitido, a fs. 2 presenta “Plano de letreros frontales iluminados (c/letras sueltas corpóreas), de letrero frontal simple (c/letras sueltas corpóreas)” y sus copias a fs. 3, 4 y 5; los mismos cumplen con los parámetros establecidos por la normativa vigente y se considera que no existen inconvenientes para su visado; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o modificación del toldo y/o publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Vísase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial, el “Plano de letreros frontales iluminados (c/letras sueltas corpóreas), de letrero frontal simple (c/letras sueltas corpóreas)” obrante a fs. 2 y sus copias de fs. 3 a 5, para el inmueble sito en la calle Esmeralda Nº 199, debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente, que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o modificación del toldo y/o publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente y los planos de Esquema de Publicidad obrantes a fs. 2 al recurrente; para archivo de la documentación en el Organismo se destinará la fs. 3; para archivo de la documentación en el Área Técnica competente se reserva la fs. 4. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.º 1248/DGIUR/12

Buenos Aires, 9 de agosto de 2012 VISTO: El Expediente Nº 1.043.355/2012, por el que se consulta sobre la compensación de Línea de Frente Interno, en el predio sito en la Avenida Álvarez Thomas Nº 873/75, y; CONSIDERANDO: Que el predio en cuestión, se encuentra afectado a un Distrito C3II de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley Nº 449, texto ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007 (BOCBA Nº 2.772);

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Que el Área Técnica competente, indica en el Dictamen Nº 2.894-DGIUR-2012 que para el presente caso resulta de aplicación lo dispuesto en el Artículo 4.2.3 “Línea de Frente Interno“ del citado código; Que para el correspondiente estudio se adjunto documentación, la que está compuesta por Plano de compensación de Línea de Frente Interno a fs. 5; Plano de Obra nueva a fs. 8 y 9; Consulta de registro catastral, Perímetro y Ficha Poligonal de fs. 31 a 38 y Relevamiento Fotográfico y de edificaciones de la manzana según USIG de fs. 43 a 45; Que de acuerdo a la documentación antes citada; dicha Área observa que se trata de la parcela intermedia, identificada con el número 27, emplazada en la manzana típica delimitada por las calles Céspedes, Delgado, Palpa y la Avenida Álvarez Thomas, Que la misma, posee 10,50m de frente sobre la Avenida Álvarez Thomas, 50,00m en cada uno de sus lados y aproximadamente 525,00 m² de superficie total; Que dicha parcela, resulta afectada por la extensión del espacio libre de manzana, comúnmente denominada Tronera. Toda vez que del trazado de la Línea de Frente Interno resultan franjas con capacidad edificatoria discontinua, la misma es motivo de regularización; Que respecto a los predios linderos, observa que la Parcela 28, lindera derecha, de la Avenida Álvarez Thomas Nº 869, tiene materializado una construcción de planta baja + 1 piso, la cual por su bajo grado de consolidación tendería a una pronta renovación; Que la Parcela 26, lindera izquierda, de la Avenida Álvarez Thomas Nº 881, no presenta edificaciones; Que según esquema de compensación propuesto a fs. 5, la Línea de Frente Interno que afecta a la manzana en cuestión, se ubica por un lado a 25,34m de la Línea Oficial de la Avenida. Álvarez Thomas y a 41,02m aproximadamente de la Línea Oficial de la calle Céspedes, cuya extensión del espacio libre de manzana o tronera conforma franjas con capacidad edificatoria discontinuas, las cuales se proponen compensar liberando una superficie de 155,26 m² dentro de la franja edificable y ocupando una superficie igual dentro del espacio libre de manzana, lo que determina una Línea de Frente Interno compensada ubicada a 31,13m de la Línea Oficial de la Avenida Álvarez Thomas; Que del estudio realizado, surge que con la Línea de Frente Interno propuesta, se regulariza la misma, a la vez que favorece la vinculación de los predios del entorno inmediato con el centro libre y reduce el impacto morfológico en su relación con el distrito más bajo y de menor densidad, adyacente en la misma manzana; Que en virtud de ello, el Área Técnica competente entiende que no existen inconvenientes de carácter urbanístico en acceder a la compensación propuesta a fs.5; toda vez que no causaría un impacto urbano negativo en su entorno inmediato; Que además deja constancia, que lo indicado en los considerandos que anteceden no exime del cumplimiento de las restantes disposiciones contenidas en los Códigos de Planeamiento Urbano y de la Edificación, así como las relacionadas con los usos a localizar, en la oportunidad de la presentación de la documentación correspondiente ante la Dirección General Registro de Obras y Catastro. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACION URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Autorizase desde el punto de vista urbanístico, la Compensación de Línea de Frente Interno graficada a fs. 5, para el inmueble sito en la Avenida Álvarez Thomas Nº 873/75, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 17, Sección 37, Manzana 24, Parcela 27; que se ubique a 31,13m (Treinta y un metros con trece decímetros) medidos desde de la Línea Oficial de la Avenida Álvarez Thomas, debiendo dar cumplimiento con toda la normativa vigente que resulte de aplicación.

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Artículo 2º.- Notifíquese al interesado que, lo consignado en el Artículo 1º no implica la aprobación de los planos de obra, ni exime del cumplimiento de las restantes disposiciones contenidas en los Códigos de Planeamiento Urbano y de la Edificación, y las relacionadas con los usos a localizar en la oportunidad de la presentación de la documentación de obra ante la Dirección General de Registro de Obras y Catastro. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación. Dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes, de no hacerlo caducarán de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese; entréguese la presente al interesado y el plano obrante a fs. 6, para el organismo se destina la fs. 7; publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.º 1249/DGIUR/12

Buenos Aires, 9 de agosto de 2012 VISTO: El Expediente Nº 1.258.611/2012 por el que se solicita el Visado de Publicidad, para el inmueble sito en la Av. Callao Nº 701 esquina Viamonte Nº 1799, y CONSIDERANDO: Que el inmueble en cuestión se encuentra afectado al Distrito APH50 del Código de Planeamiento Urbano y el mismo no se encuentra Catalogado; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Dictamen Nº 2928-DGIUR-2012, indica que el edificio funciona como “Banco, Oficinas crediticias, financieras y cooperativas”; Que a fs. 9 se adjunta fotografía de los carteles de publicidad, el cual es permitido, a fs. 1 presenta “Plano de letreros frontales iluminados (c/letras sueltas corpóreas)” y sus copias a fs. 2, 3 y 4; los mismos cumplen con los parámetros establecidos por la normativa vigente y se considera que no existen inconvenientes para su visado; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o modificación del toldo y/o publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Vísase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial, el “Plano de letreros frontales iluminados (c/letras sueltas corpóreas)” obrante a fs. 1 y sus copias de fs. 2 a 4, para el inmueble sito en la Av. Callao Nº 701 esquina Viamonte Nº 1799, debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente, que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o modificación del toldo y/o publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente.

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Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente y los planos de Esquema de Publicidad obrantes a fs. 1 al recurrente; para archivo de la documentación en el Organismo se destinará la fs. 2; para archivo de la documentación en el Área Técnica competente se reserva la fs. 3. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.º 1250/DGIUR/12

Buenos Aires, 9 de agosto de 2012 VISTO: El Expediente Nº 1.196.779/2012 por el que se solicita el Visado de Publicidad, para el inmueble sito en la Av. Paseo Colón Nº 505, y CONSIDERANDO: Que el inmueble en cuestión se encuentra afectado a la Zona 7e del Distrito APH1, de acuerdo a lo establecido en el Parágrafo 5.4.12.1 del Código de Planeamiento Urbano y se encuentra Catalogado con Nivel de Protección Estructural; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Dictamen Nº 2923-DGIUR-2012, indica que toda vez que el Esquema de Publicidad obrante a fs. 1 y sus copias de fs. 2 a 4, cumplimenta lo normado en la materia para el Distrito APH1, no afecta los valores patrimoniales del ámbito en cuestión, se considera que no existirían inconvenientes en acceder a lo solicitado; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o modificación del toldo y/o publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Vísase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial, el Esquema de Publicidad obrante a fs. 1 y sus copias de fs. 2 a 4, para el inmueble sito en la Av. Paseo Colón Nº 505, debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente, que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o modificación del toldo y/o publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente y el Esquema de Publicidad obrante a fs. 4 al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma

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DISPOSICIÓN N.º 1251/DGIUR/12

Buenos Aires, 10 de agosto de 2012 VISTO: El Expediente Nº 160.511/2011, la Disposición Nº 1.129-DGIUR-2011 y la Presentación Agregar Nº 1, y; CONSIDERANDO: Que por la mencionada disposición, se viso EL Plano de “Modificación y Obras ejecutadas sin permiso reglamentarias“, para el inmueble localizado en la Av. Chorroarín Nº 531/37/99, Baunnes Nº 762/858, Tronador s/Nº y Av. De los Constituyentes Nº 2985/87/95, con destino “Hotel Industrial“, con una superficie de terreno de 32.474,98 m² (Treinta y dos mil cuatrocientos setenta y cuatro metros cuadrados con noventa y ocho decímetros cuadrados), una superficie cubierta existente de 31.420.17 m² (Treinta y un mil cuatrocientos veinte metros cuadrados con diecisiete decímetros cuadrados), una superficie a ajustar de 5452,41 m² (Cinco mil cuatrocientos cincuenta y dos metros cuadrados con cuarenta y un decímetros cuadrados) y una superficie libre de 13.047 (Trece mil cuarenta y siete metros cuadrados), según planos obrantes de fs. 109 a 113, 116 y 117 y sus copias de fs. 118 a 122, 125 y 126; 127 a 131, 134 y 135, debiendo cumplir con toda la normativa vigente para el presente caso; Que a través de la Presentación Agregar Nº 1, los interesados solicitan la actualización del referido acto administrativo; toda vez que su vigencia se encuentra vencida; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, analizó lo solicitado en el Dictamen Nº 3.003-DGIUR-2012, indicando que la normativa con la cual fue estudiado el caso, como las condiciones que permiten la aplicación de la misma, no han sufrido modificaciones a la fecha, por lo que considera atendible dicho requerimiento. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACION URBANÍSTICA DISPONE

Artículo 1º.- Amplíase la vigencia de la Disposición Nº 1.129-DGIUR-2011 por un plazo de Noventa (90) días a partir de la notificación de la presente, debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Dentro del plazo contemplado en el Artículo Primero el interesado deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes, de no hacerlo caducarán de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 3º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al interesado; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.º 1252/DGIUR/12

Buenos Aires, 10 de agosto de 2012 VISTO: El Expediente Nº 1219245/2012 por el que se consulta sobre la obra nueva a realizarse en el predio sito en la Avenida Cramer Nº 3240/46/52/58/66 y calle Conesa Nº 3249/51/57/61/63/75, y;

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CONSIDERANDO: Que el inmueble en cuestión, se halla emplazado en el Distrito E3 de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley Nº 449, texto ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007 (BCOBA Nº 2.772); Que de acuerdo a la normativa vigente, el Área Técnica manifiesta en el Dictamen Nº 3005-DGIUR-2012 que resulta de aplicación lo estipulado en el Artículo 4.9.2 inciso g) que establece: “Pueden proponerse compensaciones volumétricas a los efectos de optimizar la estética urbana o el centro libre de manzana, atendiendo los hechos existentes en la misma.“; Que el Área Técnica analizó la propuesta, en función de la documentación presentada, consistente en de fs. 2 a 6, Plantas y Cortes de Demolición Parcial; de fs. 7 a 16 Plantas, Vistas y Corte; a fs. 1 Plano de Mensura de englobamiento de parcelas 10, 11, 12, 13, 26e, 29, 30 y 31 por Expediente Nº 637300/2012, lo cual figura a fs. 93, y a fs. 17 Imágenes del entorno, axonometría y gráfico de compensación solicitada; Que según los datos catastrales obrante a fs.109; se trata de la actual Parcela 10ª, que resulta del englobamiento de parcelas 10, 11, 12, 13, 26e, 29, 30 y 31 por Expediente Nº 637300 /2012; Manzana 104; Sección 41; Circunscripción 16; Que se trata de una Obra de Demolición Parcial, Modificación y Ampliación, a localizarse en la parcela intermedia Nº 10a, sita en la manzana delimitada por la Av. Cramer y las calles Jose P. Tamborini, Conesa y Pedraza y posee un frente de 49.82m sobre la calle Av. Cramer y 39.70m sobre la calle Conesa con una superficie total aproximada de 3555.31m2 según consta en Plano de englobamiento de parcelas correspondientes obrante a fs. 1, y fs. 109 lo cual por Sistema Informático webGIS, figura el englobamiento solicitado; Que según la documentación obrante a fs. 17, los interesados han graficado un diagrama de superficies a compensar contra superficies libres que podrían ser utilizadas a efectos de una eventual construcción; Que lo antes mencionado, es así ya que, sobre el borde de la calle Conesa, se observa una construcción preexistente propia del complejo educativo “ASOCIACION JUDEO ARGENTINA DE CULTURA Y EDUCACION“, desarrollada en Planta Baja y 3 niveles superiores. Esta construcción existente ocupa una franja edilicia de 9.44m x 39.70m, parte esta de un volumen mayor en forma de “L“ complementado en este caso con una tira desarrollada en Planta Baja + 1 nivel superior. Esta pieza, concede una ocupación del suelo en menos 864.00m2 libres utilizados como área libre de expansión; Que, por otra parte, se verifica una segunda pieza construida y preexistente sobre la Avenida Cramer, la cual invade el espacio libre interior de manzana en mas 9.15m por

sobre la Línea de Frente Interno. Esta construcción preexistente, ha sido graficada por los interesados como “Gimnasio“; Que la superficie ya construida que supera la precitada L.F.I. es de 358.00m2 siempre de acuerdo a los planos de esquemas graficados de compensación incorporados por los recurrentes a la forma de Declaración Jurada de fs. 105 a 107; Que, sobre la pieza antes descripta que da en su frente mayor sobre la Avenida Cramer se propone una ampliación en adición al “Gimnasio“ con un volumen de 52.00m2 de planta a construirse desde la losa superior de la Planta Baja + 1º nivel del volumen preexistente declarado como “Gimnasio“; Que, dicha operación de completamiento, conforma una superación mas 52.00m2 de la Línea de Frente Interno de la normativa por Ordenanza N° 35.954, B.M. N° 16.336; Que, en tal sentido, lo que se solicita y se trata específicamente en este estudio es, la autorización para una compensación de volúmenes edificados y a edificar con una superficie libre de 864.00m2 graficadas en pieza construida sobre la calle Conesa contra un volumen construido sobre frente Avenida Cramer que supera en más 358.00m2, sumando un volumen a construirse en adición al antes definido con una superficie en superación de la L.F.I. (Línea de Frente interno (Escuelas)) en mas 52.00m2. Esto conforma una estructura de compensaciones de 864.00m2 - 410.00m2;

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Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, informa que las superficies de los volúmenes a compensarse conforman una cifra de 454.00m2 favorable a la liberación de volúmenes por sobre la Línea de Frente Interno (Escuelas) normada, por lo que no encuentra inconvenientes desde el punto de vista urbanístico en acceder a lo solicitado, sobre la “Demolición Parcial, Modificación y Ampliación“ sobre un edificio preexistente destinado originalmente a “Escuela de Educación Media y Oficinas Comerciales“ sobre un terreno de 3555.31m2, una superficie a demoler de 2653.17m2, una superficie existente de 5793.46m2, una superficie a construir de 4085.15m2 y una superficie libre de 640.94m2; Que el análisis realizado por el Área Técnica, no exime del cumplimiento de las restantes disposiciones vigentes contenidas en los Códigos de Planeamiento Urbano y de la Edificación, que no hayan sido expresamente contemplados en el presente, en la oportunidad de la presentación de la documentación de obra ante la Dirección General de Registro de Obras y Catastro. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACION URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Considérese aplicable desde el punto de vista urbanístico, respecto del predio sito en la Avenida Cramer Nº 3240/46/52/58/66 y calle Conesa Nº 3249/51/57/61/63/75, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 16, Sección 41, Manzana 104, Parcelas 10a, las normas establecidas en el inciso g) del Artículo 4.9.2 del Código de Planeamiento Urbano; debiendo dar cumplimiento con toda la normativa vigente que resulte de aplicación. Artículo 2º.- Notifíquese al interesado, que lo consignado en el Artículo 1º no implica la aprobación de los planos de obra, ni exime del cumplimiento de las restantes disposiciones contenidas en los Código de Planeamiento Urbano y de la Edificación, y las relacionadas con los usos a localizar en la oportunidad de la presentación de la documentación de obra ante la Dirección General de Registro de Obras y Catastro. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de notificación. Dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes, de no hacerlo caducarán de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese, entréguese la presente al interesado y la documentación obrante de fs. 34 a 49; para el Organismo se destinan de las fs. 2 a 17, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.º 1253/DGIUR/12

Buenos Aires, 10 de agosto de 2012 VISTO: El Expediente Nº 962.243/2012 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar los usos “Mini-Futbol y/o Futbol Cinco, Hockey, Volleyball y Handball, etc.”; “Café, Bar”, en el inmueble sito en la calle Ladines Nº 3720/32, Planta Baja y Planta Alta, con una superficie de 880,89m², y CONSIDERANDO: Que el inmueble en cuestión se encuentra afectado al Distrito R2bII de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007;

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Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Dictamen Nº 2756-DGIUR-2011, indica que analizado lo solicitado de acuerdo al Cuadro de Usos según Distritos Nº 5.2.1a) del Código antes citado se informa que: a) Los usos “Mini-Futbol y/o Futbol cinco, Hockey, Volleyball y Handball”, en este caso en particular, se encuentra en el Agrupamiento “Equipamiento”, en la Clase III, en la Descripción “Locales deportivos”, en el rubro "Club Deportivo con Instalaciones al Aire Libre. Canchas de golf. Futbol 5, Minifútbol” referenciado con el Numeral 34 para Estacionamiento, por lo que deberán solicitarse al Consejo normas especiales en cada caso en particular; Que del estudio realizado por el Área Técnica competente, se informa que: a) La superficie que se pretende habilitar es de 880,89m² aproximadamente. b) Los usos en los lotes adyacentes son: - Laterales: Vivienda (Ladines Nº 3756), Vivienda, Local Venta de Toldos (Ladines Nº 3712). - Contrafrente: Vivienda. - Frente: Vivienda, Local Venta de Toldos; c) La cuadra tiene aproximadamente un 74% de uso Residencial (sin tener en cuenta la parcela en cuestión). d) Se encuentra a 25 m. de la Avenida San Martín. e) Se observa que el nivel de ruido en la calle resulta Medio Alto y con alto flujo de tránsito en el momento del relevamiento (horario diurno). f) A fs. 12 el recurrente presenta Plano de Ampliación registrado por la Empresa Obras Sanitarias de la Nación de fecha Septiembre de 1992, en el que se observa que las canchas solicitadas resultan existentes. g) No se observan alteraciones producidas por la actividad motivo de la consulta, en el entorno mediato. h) De acuerdo a la información suministrada por el SADE no existen denuncias respecto del predio en cuestión (se adjunta copia); Que analizado el plano de uso obrante a fs. 1, se observa que el proyecto cuenta con 3 canchas, Bar Café, Vestuarios y Sanitarios complementarios; Que con respecto a los espacios de Guarda o Estacionamiento Vehicular el Área Técnica competente establece que deberá prever seis (6) módulos con un contrato de

locación en un garaje que no diste más de 200 m. de distancia, dado que no se encuentran previstos en el predio en cuestión; Que ahora bien, respecto de la categorización de las actividades, es dable aclarar que de acuerdo a la Ley Nº 452, modificatoria de la Ley Nº 123, Decreto Reglamentario 1.120/2001, se informa que el uso “Mini-Futbol y/o Futbol 5, Hockey, Volleyball y Handball” resulta clasificado según categorización (S/C); Que en tal sentido, y de acuerdo a los parámetros dispuestos para el estudio de la localización del uso propuesto en los Distritos R2BII, ésto es áreas residenciales de baja densidad, se entiende que dado que en la vía pública no se observan alteraciones vehiculares y que se trata de un edificio existente, el Área Técnica competente considera que podría accederse en primera instancia a la localización del uso solicitado, en la calle Ladines Nº 3720/32, Planta Baja y Planta Alta, con una superficie de 880,89m²; Que el Consejo del Plan Urbano Ambiental, a través del Dictamen Nº 190-CPUAM-2012, indica que considera admisible desde el punto de vista urbanístico, acceder a la localización del uso “Canchas de Futbol 5 (3 canchas) y Café Bar, como actividad complementaria”, para el local en cuestión, por lo que deberá prever de Seis (6) módulos de estacionamiento vehicular, en un garaje y/o playa que se encuentre dentro de los 200 metros radiales al local en cuestión. Asimismo deberán regularizarse las obras ejecutadas sin permiso ante el organismo competente, previo al trámite de habilitación; Que el Área Técnica competente, mediante Dictamen Nº 2993-DGIUR-2012, toma conocimiento de lo expuesto por el Consejo del Plan Urbano Ambiental. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

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DISPONE Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico la localización de los usos “Mini-Futbol y/o Futbol Cinco, Hockey, Volleyball y Handball, etc.”; “Café, Bar”, en el inmueble sito en la calle Ladines Nº 3720/32, Planta Baja y Planta Alta, con una superficie de 880,89m² (Ochocientos ochenta metros cuadrados con ochenta y nueve decímetros cuadrados), debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente que deberá prever de Seis (6) módulos de estacionamiento vehicular, en un garaje y/o playa que se encuentre dentro de los 200 metros radiales al local en cuestión. Asimismo deberán regularizarse las obras ejecutadas sin permiso ante el organismo competente, previo al trámite de habilitación. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de notificación; dentro de este plazo, el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes. De no hacerlo caducara de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.º 1254/DGIUR/12

Buenos Aires, 10 de agosto de 2012 VISTO: El Expediente Nº 631.962/2012 por el que se solicita el visado de las obras de readecuación Ley 962 y otras para el edificio sito en la calle Alagón Nº 300, Coronel Pagola Nº 4.181, perteneciente a la Escuela Nº 1 DE 19 “María Silventi de Amato“, y; CONSIDERANDO: Que a través de los presentes, la Dirección General de Infraestructura solicita el visado de las obras a realizarse en el edificio escolar en cuestión; Que dicho edificio se encuentra afectado al Distrito E2 de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano, y se encuentra en Catalogo Preventivo con Nivel de Protección Cautelar; Que en el Dictamen Nº 2.998-DGIUR-2012, el Área Técnica informa que las obras para el inmueble en cuestión, consisten en efectuar la readecuación a la Ley Nº 962 de accesibilidad, a la normativa vigente contra incendio y el re acondicionamiento edilicio; Que en documentación obrante de fs. 3 a 14, se describen las obras a realizar, indicando que las mismas consisten en: a) Acceso Principal: Se necesita salvar el desnivel existente en el hall de acceso sobre línea oficial, de dos (2) escalones (0,40m); se propone continuar con la solución actual para la accesibilidad, mediante la colocación de una rampa móvil cada vez que es necesario, según P3.1 a fs. 4; b) Timbre en el acceso al edificio: Se modifica la altura del existente ajustándolo a normativa, de 1,70m a 1,10m desde nivel de vereda, según P3.1 a fs. 14; c) Reacondicionamiento de sanitario de mujeres: para adecuación a normativa subdividiéndolo en baño para mujeres y sanitario especial para discapacitados, según P2.1 y P2.2 a fs. 12 y 13;

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EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

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Que el Área Técnica considera que sería factible acceder al visado de las tareas enumeradas, toda vez quela propuesta de las obras de adecuación a los requerimientos de la normativa vigente, tiene en cuenta criterios de mínima intervención y máxima eficiencia que no afectarían los valores patrimoniales del inmueble por lo que correspondería el visado de la documentación presentada de fs. 7 a 15 y sus copias; Que toda reforma, y/o modificación del inmueble, y/o tratamiento de las fachadas, deberán ser consultadas a esta Dirección General. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACION URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Vísase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial, la documentación obrante de fs. 7 a 15, para la readecuación a la Ley Nº 962 de accesibilidad, a la normativa vigente contra incendio y el reacondicionamiento edilicio, del edificio sito en

la calle Alagón Nº 300, Coronel Pagola Nº 4.181, perteneciente a la Escuela Nº 1 DE 19 “María Silventi de Amato“, en un todo de acuerdo a los indicado en los considerandos que anteceden y debiendo dar cumplimiento con toda la normativa vigente que resulte de aplicación. Artículo 2º.- Hágase saber que toda reforma posterior, modificación del inmueble, o tratamiento de las fachadas deberá ser consultada a esta Dirección General de Interpretación Urbanística. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de su fecha de notificación. Dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante él o los organismos correspondientes, de no hacerlo caducarán de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su notificación gírese a la Dirección General de Infraestructura, perteneciente al Ministerio de Educación de la Ciudad de Buenos Aires. Ledesma

DISPOSICIÓN N.º 1255/DGIUR/12

Buenos Aires, 10 de agosto de 2012 VISTO: El Expediente Nº 456.045/2012 por el que se solicita el visado de las obras de readecuación Ley 962 y otras para el edificio sito en la calle 24 de Noviembre Nº 1.536, perteneciente a la Escuela Nº 7 DE 6 "Olegario Víctor Andrade", y; CONSIDERANDO: Que a través de los presentes, la Dirección General de Infraestructura solicita el visado de las obras a realizarse en el edificio escolar en cuestión; Que dicho edificio se encuentra afectado al Distrito R2aII de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano, y se encuentra en Catalogo Preventivo con Nivel de Protección Cautelar; Que en el Dictamen Nº 2.997-DGIUR-2012, el Área Técnica informa que las obras para el inmueble en cuestión, consisten en efectuar la readecuación a la Ley Nº 962 de accesibilidad, a la normativa vigente contra incendio y el re acondicionamiento edilicio; Que en documentación obrante de fs. 7 a 15, se describen las obras a realizar, indicando que las mismas consisten en:

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a) Acceso Principal: Se necesita salvar los desniveles existentes en el hall de acceso sobre Línea Oficial, un escalón de 13cm, aceptándose lograr la accesibilidad, mediante la opción 2 a fs. 7, que consiste en la colocación de una rampa móvil cada vez que sea necesario, asimismo, en el hall interior, la escalera original de mármol de Carrara salva un desnivel de 0,60m (4 alzadas) y se propone lograr la accesibilidad mediante la colocación de una rampa elevadora oblicua, según P2.1 a fs. 13; b) Timbres en el acceso al edificio: Se modifica la altura del existentes ajustándolos a normativa, de 1,93m y de 1,57m a 1,10m desde nivel de vereda, según P3.1 a fs. 14; c) Re acondicionamiento de sanitario ubicado en el hall principal del edificio para adecuación a normativa vigente subdividiéndolo en baño para docentes y otro sanitario especial para discapacitados, según P 4.1 a fs. 15; Que el Área Técnica considera que sería factible acceder al visado de las tareas enumeradas, toda vez quela propuesta de las obras de adecuación a los requerimientos de la normativa vigente, tiene en cuenta criterios de mínima intervención y máxima eficiencia que no afectarían los valores patrimoniales del inmueble por lo que correspondería el visado de la documentación presentada de fs. 7 a 15; Que toda reforma, y/o modificación del inmueble, y/o tratamiento de las fachadas, deberán ser consultadas a esta Dirección General. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACION URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Vísase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial, la documentación obrante de fs. 7 a 15, para la readecuación a la Ley Nº 962 de accesibilidad, a la normativa vigente contra incendio y el reacondicionamiento edilicio, del edificio sito en la calle 24 de Noviembre Nº 1.536, perteneciente a la Escuela Nº 7 DE 6 "Olegario Víctor Andrade", en un todo de acuerdo a los indicado en los considerandos que anteceden y debiendo dar cumplimiento con toda la normativa vigente que resulte de aplicación. Artículo 2º.- Hágase saber que toda reforma posterior, modificación del inmueble, o tratamiento de las fachadas deberá ser consultada a esta Dirección General de Interpretación Urbanística. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de su fecha de notificación. Dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante él o los organismos correspondientes, de no hacerlo caducarán de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su notificación gírese a la Dirección General de Infraestructura, perteneciente al Ministerio de Educación de la Ciudad de Buenos Aires. Ledesma

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Ministerio de Ambiente y Espacio Público

DISPOSICIÓN N.º 237/DGTALMAEP/12

Buenos Aires, 17 de agosto de 2012 VISTO: La Ley de Obras Públicas N° 13.064, aplicable en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre la base de lo dispuesto en la Cláusula Transitoria N° 3 de la Ley Nº 70, el Decreto N° 481/GCBA/11, la Resolución Nº 869/MAYEPGC/12, la Disposición Nº 202/DGTALMAEP/12, el Expediente Nº 507.875/12, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto tramita la contratación de la Obra Pública: "Puesta en Valor de la Calle Florida" mediante el procedimiento de Licitación Pública; Que por Resolución Nº 869/MAYEPGC/12, se aprueba el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas como así también se autoriza al Director General Técnico Administrativo y Legal a realizar el pertinente llamado a Licitación Pública; Que por Disposición Nº 202/DGTALMAEP/12 se dispuso el llamado a Licitación Pública Nº 1745/SIGAF/2012 para el día 24 de agosto a las 12:00 horas, al amparo de la ley Nº 13.064; Que por cuestiones administrativas se considera conveniente postergar la fecha de apertura de ofertas; Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL TECNICO ADMINISTRATIVO Y LEGAL DEL MINISTERIO DE AMBIENTE ESPACIO PUBLICO

DISPONE Artículo 1°.- Postérgase la Licitación Pública Nº 1745/2012 cuya fecha de apertura se encontraba prevista para el día 24 de Agosto de 2012 a las 12:00 horas, para el día 11 de Septiembre a las 12:00 horas. Artículo 2°.- Establecese que la prórroga dispuesta en el artículo precedente es al sólo efecto del acto de apertura de ofertas, no encontrándose alcanzada la recepción de consultas ni el retiro y adquisición de pliegos. Artículo 3º.- Notifíquese de los términos de la presente a todas las firmas adquirentes de Pliego de Bases y Condiciones que rige el llamado a licitación. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el termino de 7 (siete) días y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 5º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y exhíbase copia de la presente Disposición en la cartelera de la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Comuníquese a la Dirección General de Regeneración Urbana. Cumplido, remítase a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones del Ministerio de Ambiente y Espacio Público en prosecución del trámite. Greco

Página Nº 97Nº3979 - 23/08/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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DISPOSICIÓN N.º 238/DGTALMAEP/12

Buenos Aires, 17 de agosto de 2012 VISTO: La Ley de Obras Públicas N° 13.064, aplicable en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre la base de lo dispuesto en la Cláusula Transitoria N° 3 de la Ley Nº 70, el Decreto N° 481/GCBA/11, la Resolución Nº 866/MAYEPGC/12, la Disposición Nº 204/DGTALMAEP/12, el Expediente Nº 622.068/12, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto tramita la contratación de la Obra Pública: "Virreyes Estacionamiento" mediante el procedimiento de Licitación Pública; Que por Resolución Nº 866/MAYEPGC/12 se aprueba el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Tecnicas como así también se autoriza al Director General Técnico Administrativo y Legal a realizar el pertinente llamado a Licitación Pública; Que por Disposición Nº204/DGTALMAEP/12 se dispuso el llamado a Licitación Pública Nº 1743/2012 para el día 28 de Agosto a las 14:00 horas, al amparo de la ley Nº 13.064; Que por cuestiones administrativas se considera conveniente postergar la fecha de apertura de ofertas; Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL TECNICO ADMINISTRATIVO Y LEGAL DEL MINISTERIO DE AMBIENTE ESPACIO PUBLICO

DISPONE Artículo 1°.- Postérgase la Licitación Pública Nº 1743/2012 cuya fecha de apertura se encontraba prevista para el día 28 de Agosto de 2012 a las 14:00 horas, para el día 11 de Septiembre a las 14:00 horas. Artículo 2°.- Establecese que la prorroga dispuesta en el artículo precedente e al sólo efecto del acto de apertura de ofertas, no encontrándose alcanzada la recepción de consultas ni el retiro y adquisición de pliegos. Artículo 3º.- Notifíquese de los términos de la presente a todas las firmas adquirentes de Pliego de Bases y Condiciones que rige el llamado a licitación. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el termino de 7 (siete) días y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 5º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y exhíbase copia de la presente Disposición en la cartelera de la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Comuníquese a la Dirección General de Regeneración Urbana. Cumplido, remítase a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones del Ministerio de Ambiente y Espacio Público en prosecución del trámite. Greco

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Ministerio de Gobierno

DISPOSICIÓN N.º 2/DGAINT/12

Buenos Aires, 16 de agosto de 2012 VISTO: El Decreto Nº 67/GCABA/10, sus normas modificatorias y complementarias, el Expediente Nº1486978/2012, y CONSIDERANDO: Que por el Decreto N° 67/GCABA/10 se aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que impliquen el pago de obligaciones, la ejecución de gastos mediante los mismos, sus rendiciones y condiciones de aprobación; Que mediante la Resolución N° 51/MHGC/10 se aprobó la reglamentación del mencionado Decreto; Que la Disposición N° 9/DGCG/10 aprobó los procedimientos para las asignaciones en concepto de Caja Chica, Caja Chica Especial y Fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones; Que la misma establece que se deberán aprobar, junto con la aprobación del gasto efectuado por la Unidad de Organización, las planillas 1, 2 y 3 adjuntas como Anexo V de la citada Disposición; Que por la Resolución N° 38/MGOBGC/12 se designó a los responsables de la administración y rendición de los fondos otorgados en concepto de Caja Chica Común y Gastos de Movilidad de la Dirección General de Asuntos Interjurisdiccionales; Que los gastos efectuados por la Dirección General de Asuntos Interjurisdiccionales se realizaron de conformidad con los artículos 4 y 10 del citado Decreto N° 67/GCABA/10; Que asimismo, se han respetado los montos máximos por comprobante que establece la Resolución N° 186/MHGC/12; Que el comprobante N° 5 que corresponde al servicio de cable y banda ancha, refleja la denominación GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES toda vez que el sistema de facturación solo acepta una denominación y un domicilio asociado al número de CUIT; Que los comprobantes N° 4, 9, 10, 11, 12, 16, 19, 20, 21, 25, 27, 28, 29, 30, 31, 34 y 35 corresponden a gastos de movilidad de los funcionarios de esta Dirección necesarios para el normal cumplimiento de sus funciones y atento a la falta del vehículo oficial asignado a esta repartición, de acuerdo a lo nombrado en el Art. 7º del acto 158-GCBA-05; Que los comprobantes N° 13, 18, 22, 23 y 26 corresponden a gastos de refrigerios realizados desde esta Dirección en el ámbito de reuniones con funcionarios nacionales, provinciales y municipales; Que el comprobante N° 15 corresponde a gastos de correo necesarios para el cumplimiento de las actividades de esta Dirección; Que el comprobante N° 8 corresponde a servicios de artes gráficas y los comprobantes N° 1, 2, 3, 7, 17, 24 y atañen a elementos necesarios para el normal funcionamiento de esta Dirección;

Que el comprobante N° 6 corresponde a insumos de café, azúcar y edulcorante. Solicitándose al proveedor la facturación a nombre de la Subsecretaria de Asuntos Públicos - Dirección General de Asuntos Interjurisdiccionales. Toda vez que el sistema de facturación solo acepta una cantidad determinada de caracteres, dicha factura refleja Subsecretaria Asuntos P; Que los comprobantes N° 14 y 33 corresponden a insumos varios, necesarios para el mantenimiento del espacio laboral; Que el presente gasto cuenta con el correspondiente respaldo presupuestario;

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Que en el marco de lo expuesto, con la fecha 15 de agosto del corriente, el suscripto dictó la Disposición N° 1-DGAINT/12, por medio de la cual se aprobaran los gastos efectuados en concepto de Caja Chica Común N° 01/2012 de la Dirección General de Asuntos Interjurisdiccionales del Ministerio de Gobierno; conjuntamente con los Anexos I, II y III. Que al respecto, se ha advertido la comisión de un error material involuntario al suscribir electrónicamente la citada disposición, toda vez que los Anexos no quedaron debidamente incorporados a la misma; Que por lo expuesto, a fin de subsanar dicho error, corresponde dejar sin efecto la Disposición N° 1-DGAINT/12 y aprobar los gastos efectuados conjuntamente con los Anexos que la integran; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 67/GCABA/10 y la Disposición N° 9/DGCG/10,

EL DIRECTOR GENERAL DE ASUNTOS INTERJURISDICCIONALES DISPONE

Artículo 1º.- Déjase sin efecto la Disposición N° 1-DGAINT/2012. Articulo 2°.- Apruébense los gastos efectuados en concepto de Caja Chica Común N°01/2012 de la Dirección General de Asuntos Interjurisdiccionales del Ministerio de Gobierno por la suma de PESOS NUEVE MIL DOSCIENTOS VEINTIDOS CON 95/100 ($ 9.222,95) y las Planillas que como Anexo I, II y III forman parte integrante de la presente Disposición. Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Gobierno para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, Archívese. Corvalán Espina

ANEXO

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Agencia de Protección Ambiental

DISPOSICIÓN N.º 150/DGTALAPRA/12

Buenos Aires, 16 de agosto de 2012 VISTO: La Ley Nº 2.628, la Ley N° 2.095 su Decreto Reglamentario N° 754/08, el Expediente Nº 1206660/2012 y, CONSIDERANDO: Que por las actuaciones mencionadas en el VISTO tramita la adquisición DOCE (12) Vehículos eléctricos Nuevos CERO (0) km destinados a la Dirección General de Estrategias Ambientales de esta Agencia; Que la Ley Nº 2.628 dispone como objeto de la Agencia de Protección Ambiental el de proteger la calidad del medio ambiente de la Ciudad de Buenos Aires a través de la planificación, programación y ejecución de las acciones necesarias para cumplir con la política ambiental de la Ciudad de Buenos Aires; Que en su Capítulo III la citada Ley establece el marco general al cual debe sujetarse esta Agencia de Protección Ambiental en su gestión financiera, patrimonial y contable incluyendo a Ley Nº 2.095 Régimen de Compras y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Que la Dirección General de Estrategias Ambientales en el marco del Anexo I de la Resolución Nº 163/APRA/2012 mediante la cual se creó el Programa Plazas Sustentables en el que se estableció como uno de sus objetivos la implementación de acciones a fin de favorecer el transporte sustentable informó la necesidad de adquirir DOCE (12) carros eléctricos; Que la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial imputó el presupuesto preventivo; Que la Gerencia Operativa de Cambio Climático y Energía Sustentable conformó los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, Cláusulas Particulares y de Especificaciones Técnicas; Que en consecuencia corresponde aprobar el llamado a Licitación Pública integrando a la presente los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Particulares, Cláusulas Particulares y de Especificaciones Técnicas; Que por Disposición Nº 171/DGCyC/08 la Dirección General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo con lo establecido en el Artículo 85 de la Ley Nº 2.095 del Gobierno de la Ciudad, aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales que rige la presente Contratación; Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de esta Dirección General Técnica, Administrativa y Legal ha tomado su debida intervención. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 13 del Anexo I del Decreto Nº 754/08 reglamentario de la Ley Nº 2095,

EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVO Y LEGAL DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DISPONE

Articulo 1º.- Apruébanse los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, Cláusulas Particulares y de Especificaciones Técnicas que como Anexo DI-2012-01738525-DGTALAPRA forman parte integrante de la presente.

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Articulo 2º.- Llámase a Licitación Pública N° 1601/2012 para el día 03 de septiembre a las 12:00 horas conforme lo establecido en el artículo 31 párrafo primero de la Ley Nº 2.095, para la adquisición de vehículos eléctricos destinados a la Dirección General de Estrategias Ambientales por un monto total estimado de PESOS NOVECIENTOS MIL ($ 900.000.-). Artículo 3º.- Los pliegos podrán ser consultados y obtenidos sin cargo alguno en el Departamento de Compras y Contrataciones de esta Agencia de Protección Ambiental, sita en la calle Moreno 1379, 3° piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 4º.- Las ofertas se recibirán hasta el día 03 de septiembre a las 12:00 horas en el Departamento de Compras y Contrataciones de esta Agencia de Protección Ambiental sita en la calle Moreno Nº 1379, 3° piso, de esta Ciudad, lugar donde se llevará a cabo el Acto de Apertura. Artículo 5º.- El presente gasto se imputará a las partidas presupuestarias correspondientes al ejercicio en curso. Artículo 6º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y en el Sitio Oficial de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y remítase al Departamento de Compras y Contrataciones dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal para las notificaciones y prosecución de su trámite. Navarro

ANEXO

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Organos de Control Disposición Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DISPOSICIÓN N.º 66/DGTALPG/12

Buenos Aires, 15 de agosto de 2012 VISTO: el Decreto Nº 556/GCBA/2010 (BOCBA Nº 3463) y su modificatorio Decreto Nº 752/GCBA/2010 (BOCBA N 3512) y el Expediente Nº 1649526/2012 y; CONSIDERANDO: Que, por Expediente Nº 1649526/2012 tramita la aprobación de gasto originado por la provisión de 200 tarjetas de proximidad para el control del acceso al Edificio de la Procuración General, atento resultar esenciales para el normal desarrollo de las actividades habituales; Que, el articulo 1° inc. d) del Decreto Nº 556/GCBA/2010 (BOCBA Nº 3463), faculta a los funcionarios, según el cuadro de competencias de su Anexo I, modificado por el Decreto Nº 752/GCBA/2010 (BOCBA Nº 3512), a aprobar gastos de imprescindible necesidad, los cuales justificadamente no pudieren ser gestionados a través de los procedimientos vigentes en materia de compras y contrataciones del Estado o mediante la respectiva caja chica; Que, el gasto que se aprueba por la presente, no excede el monto mensual establecido en el cuadro de competencias del Anexo I, perteneciente al artículo 1º inc. d) del Decreto Nº 556/GCBA/2010 (BOCBA Nº 3463), modificado por el Decreto Nº 752/GCBA/2010 (BOCBA Nº 3512); Que, la presente aprobación de gastos cumple con los requisitos exigidos por el artículo 2° inc. a) del Decreto Nº 556/GCBA/2010 (BOCBA Nº 3463) y su modificatorio, Decreto Nº 752/GCBA/2010 (BOCBA Nº 3512) en cuanto al carácter de impostergable la provisión que se propicia, para cumplir con la prestación de los servicios esenciales del organismo; y dado que por tratarse de requerimientos que hacen a la funcionalidad y operatividad del edificio, la adquisición debe llevarse a cabo con una celeridad tal que imposibilita la utilización de los procedimientos de compras y contrataciones vigentes; Que, el inc. b) del artículo 2º de dicha normativa exige como requisito que, si correspondiere en el caso concreto, la gestión de aprobación del gasto cuente con al menos tres (3) invitaciones a cotizar cursadas por medios efectivos y comprobables y/o tres (3) presupuestos; y a su vez el inc. c) establece que al momento de la aprobación del gasto el proveedor se encuentre inscripto en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores; Que, se han recibido tres (3) presupuestos de las firmas: NET MODULE SA, ID GROUP SA y SUNDIAL SRL; Que, efectuado el análisis de los presupuestos recibidos y confeccionado el “Cuadro Comparativo de Ofertas”, resulta el más conveniente, el presupuesto presentado por la firma SUNDIAL SRL, la que se encuentra inscripto en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Que, se ha realizado la afectación preventiva de fondos obrante en la Solicitud de Gastos Nº 42434/SIGAF/2012;

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Que, corresponde dictar el acto administrativo que apruebe el gasto, imputando la erogación en cuestión, a la partida del presupuesto en vigencia, por un monto total de PESOS DOS MIL SEISCIENTOS ($2600), en concepto de provisión de 200 tarjetas de proximidad para el control de acceso al Edificio de la Procuración General; Por ello y en uso de las facultades conferidas por el art.1°, inciso d) del Decreto Nº 556/GCBA/2010 (BOCBA Nº 3463) modificado por el Decreto Nº 752/GCBA/2010 (BOCBA Nº 3512);

LA DIRECTORA GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL DISPONE:

Artículo 1º.- Apruébase el gasto originado para la provisión de 200 tarjetas de proximidad para el control de acceso al Edificio de la Procuración General a favor de la firma SUNDIAL SRL por un importe de PESOS DOS MIL SEISCIENTOS ($2600). Artículo 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente será atendido con cargo a la partida presupuestaria del ejercicio vigente. Artículo 3º.- Autorízase, en consecuencia, a la Dirección General de Contaduría General a incluir el importe citado en una Orden de Pago. Artículo 4º.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Procuración General. González Castillón

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Resolución Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

RESOLUCIÓN N.º 198/PG/12

Buenos Aires, 19 de julio de 2012 VISTO: La Ley 1218, los Decretos Nros. 915/GCABA/09, 1008/GCABA/09, 694/GCABA/11, las Resoluciones Conjuntas Nros. 2495/GCABA/MJG/MH/09, 212/GCABA/MJG/MH/10 y 3/GCABA/MJG/MH/11, la Resolución Nº 21/PG/10 y los Expedientes Loys que se detallan en el Anexo I que es parte integrante de la presente, y CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 1218 fija las obligaciones, deberes, atribuciones y competencia de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, por el Decreto Nº 915/GCBA/09, modificado por Decretos Nos. 1008/GCABA/09 y 694/GCABA/11, se facultó a el/la titular de la Vicejefatura de Gobierno, a los/las Ministros/as, Secretarios/as y Subsecretarios/as del Poder Ejecutivo y a los funcionarios/as con rango o nivel equivalente, para contratar a personas bajo los regímenes de locación de servicios y de obra hasta un monto máximo de pesos veinte mil ($ 20.000.-) mensuales por contrato, dentro de sus disponibilidades presupuestarias; Que mediante Resoluciones Conjuntas Nros. 2495/GCABA/MJG/MH/09, 212/GCABA/MJG/MH/10 y 3/GCABA/MJG/MH/11, y la Resolución Nº 21/PG/10, se aprobó el procedimiento de contratación de personas bajo el régimen de locación de servicios y de obra; Que, las personas a contratar no se encuentran inscriptas en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos creado por la Ley Nº 269; Que, han declarado bajo juramento que no se encuentran revistando en la planta permanente ni planta transitoria del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, ni prestan servicios en el mismo en calidad de pasantes o asistentes técnicos por convenios realizados con institución alguna, ni perciben subsidios por razones de falta de empleo y que, además, no han celebrado contrato alguno con este Gobierno cuya vigencia se superponga con el período que esta Resolución autoriza; Que, de conformidad con lo expuesto, por la presente actuación se propicia la contratación bajo la figura de Locación de Servicios de las personas que se detallan en el Anexo I que es parte integrante de la presente; Que por todo lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo pertinente; Por ello, y en uso de las atribuciones legales que le son propias;

EL PROCURADOR GENERAL RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorízase la contratación para prestar servicios en el ámbito de esta Procuración General, por el período comprendido entre el 01/07/2012 y el 30/09/2012, del personal que se detalla en el Anexo I que es parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2º.- La Dirección General de Contaduría incluirá el importe de todas las remuneraciones mensuales en una Orden General de Pago. Artículo 3º.- A los efectos de su cobro, mensualmente deberán adicionarse las certificaciones de servicios correspondientes.

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Artículo 4º.- Las personas contratadas, en caso de corresponder, deberán proceder a la apertura de una cuenta corriente o caja de ahorro en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, casa matriz o sucursales, a fin de que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires deposite las remuneraciones correspondientes y comprometerse a comunicar fehacientemente los datos de la cuenta precitada a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal dependiente de la Procuración General. Artículo 5º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la respectiva partida del presupuesto del año 2012. Artículo 6º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal dependiente de la Procuración General, a la Subsecretaría Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización y a la Dirección General de Contaduría General del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Conte Grand

ANEXO

RESOLUCIÓN N.º 212/PG/12

Buenos Aires, 16 de agosto de 2012 VISTO La Ley 1218, la Ley 70, los Decretos 1000/GCBA/1999, 804/GCBA/09, 311/GCBA/2010, 678/GCBA/2011, 191/GCBA/2012 y 305/GCBA/2012, la Disposición 24/GCBA/DGOGPP/11, el Expediente nº 1561646-MGEYA-2012, y CONSIDERANDO: Que la Ley 1218 fija las obligaciones, deberes, atribuciones y competencia de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Que el Decreto 804/GCBA/09, modificado parcialmente por los Decretos 678/GCBA/11 y 191/GCBA/12, establece la estructura orgánica funcional de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Ley 70 establece en su artículo 25 que: "Los/as responsables de programas y proyectos y sus superiores jerárquicos cuando se alejen de sus cargos deben redactar un informe final sobre su gestión. Dicha presentación no puede demorar más de un mes, debiendo recibir la colaboración de quienes fueron sus asistentes y prestándola a quienes legítimamente lo/la suceda. La tarea es remunerada"; Que por el artículo 14 del Decreto 1000/GCBA/1999, reglamentario del artículo 25 de la Ley 70, se instituye que la remuneración será equivalente a la del cargo que ocupaban y que la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto tiene a su cargo establecer las características y alcance del mencionado informe; Que por la Disposición 24/GCBA/DGOGPP/11, el precitado Organismo aprueba los estándares establecidos para la presentación de los informes finales de gestión previstos en el artículo 25 de la Ley 70; Que por el Decreto 305/GCBA/2012, se designa al Dr. Fabián Horacio Zampone (DNI Nº 16.764.498, CUIL Nº 20-16764498-9) como Procurador General Adjunto de Asuntos Institucionales y Empleo Público, cesando como Director General de la Dirección General de Asuntos Patrimoniales, dependiente de la Procuración General Adjunta de Asuntos Patrimoniales y Fiscales de esta Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cargo en el que fuera designado mediante Decreto 311/GCBA/2010;

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Que por el Expediente 1561646/MGEYA/2012 tramita el informe final de gestión presentado por el precitado funcionario ajustándose en un todo a los requisitos de tiempo y de forma prescriptos por la normativa vigente en la materia; Que en consecuencia corresponde dictar el acto administrativo que apruebe la tarea establecida en el artículo 25 de la Ley 70; Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL PROCURADOR GENERAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE: Artículo 1º.- Acredítase el cumplimiento por parte del Dr. Fabián Horacio Zampone

(DNI Nº 16.764.498, CUIL Nº 20-16764498-9) en legal tiempo y forma, de la responsabilidad que emana del artículo 25 de la Ley 70, atinente a la presentación del informe final de gestión, y retribúyase la misma conforme lo determina la reglamentación de la ley citada. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, remítase copia del Informe a la Sindicatura General de la Ciudad y a la Dirección General de Asuntos Patrimoniales de la Procuración General, comuníquese la presente a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Procuración General. Cumplido, archívese. Conte Grand

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Poder Judicial Resolución Consejo de la Magistratura

RESOLUCIÓN N.º 11/CACFJ/12

Buenos Aires, 13 de agosto de 2012 VISTO: El informe presentado por el Secretario Ejecutivo del Centro de Formación Judicial, mediante Memo CFJ Nº 364/12, con relación a la firma de un Convenio de Cooperación, Asistencia Técnica y Complementación con la Asociación para la Defensa de los Derechos de la Infancia y Adolescencia, y CONSIDERANDO: Que los objetivos del convenio se encuentran entre las funciones y misiones de ambas entidades. Que por medio del convenio las partes se comprometen a llevar a cabo actividades de cooperación, complementación e intercambio académico y científico de interés mutuo. Que la Secretaría Ejecutiva del Centro de Formación Judicial evalúa positivamente la propuesta, y señala que el convenio se ajusta a lo establecido en el artículo 44 de la Ley 31 y a los términos de la Res. CACFJ Nº 25/11. Por ello,

EL CONSEJO ACADÉMICO DEL CENTRO DE FORMACIÓN JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE: Art. 1º: Apruébase la celebración del Convenio marco de Cooperación, Asistencia Técnica y Complementación con la Asociación para la Defensa de los Derechos de la Infancia y Adolescencia en los términos del modelo que como Anexo I integra la presente. Art. 2º: Regístrese, comuníquese al Consejo de la Magistratura, hágase saber al Tribunal Superior de Justicia, al Ministerio Público, a la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario y a la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas, a la Oficina de Administración y Financiera del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a la institución cocelebrante, publíquese en el Boletín Oficial y en la página web del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, oportunamente, archívese. Balbín - Franza - Lozano - Maffía - Christe - Casás

ANEXO

RESOLUCIÓN N.º 12/CACFJ/12

Buenos Aires, 13 de agosto de 2012 VISTO:

Página Nº 108Nº3979 - 23/08/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

El informe presentado por el Secretario Ejecutivo del Centro de Formación Judicial mediante Memo CFJ Nº 366/12, y la realización del “XVI Congreso Nacional de Capacitación Judicial”,

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CONSIDERANDO: Que en el marco del “XVI Congreso Nacional de Capacitación Judicial”, el Centro de Formación Judicial junto con la Red de Escuelas Judiciales de las Provincias Argentinas y de la CABA (REFLEJAR) publicarán una obra denominada “Visiones de la Capacitación Judicial”, para la que se ha recabado la opinión de calificados referentes y responsables institucionales de la capacitación judicial en el país sobre distintos aspectos la temática. Que se ha encomendado la tarea de compilador para el armado y publicación de la mentada obra al Dr. Carlos María Parise, Director de Formación Judicial y Administrativa del Centro de Formación Judicial. Por ello,

EL CONSEJO ACADÉMICO DEL CENTRO DE FORMACIÓN JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE: Art. 1º: Apruébase la publicación del libro “Visiones de la Capacitación Judicial”, a cargo del Centro de Formación Judicial junto con la Red de Escuelas Judiciales de las Provincias Argentinas y de la CABA (REFLEJAR), en el marco del “XVI Congreso Nacional de Capacitación Judicial”. Art. 2º: Desígnase al Dr. Carlos María Parise, Director de Formación Judicial y Administrativa del Centro de Formación Judicial, como compilador para el armado y publicación de la mentada obra. Art. 3º: Regístrese, comuníquese al Consejo de la Magistratura; hágase saber a la Oficina de Administración y Financiera del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Dirección de Administración y Programación Contable, publíquese en el Boletín Oficial y en la página web del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, oportunamente, archívese. Balbín - Franza - Lozano - Maffía - Christe - Casás

RESOLUCIÓN N.º 13/CACFJ/12

Buenos Aires, 13 de agosto de 2012 VISTO: Las Disp. SE-CFJ Nº 090, 091 y 096/12, el informe presentado por el Secretario Ejecutivo del Centro de Formación Judicial mediante Memo CFJ Nº 367/12, y CONSIDERANDO: Que por Disp. SE-CFJ Nº 090/12 se aprobó la Mesa de Trabajo “Los derechos fundamentales en los standards de la Unión Europea. Los precedentes de los órganos supranacionales”. Que por Disp. SE-CFJ Nº 091/12 se establecieron los resultados del “Premio Formación Judicial 2011/12”. Que por Disp. SE-CFJ Nº 096/12 se auspició y declaró de interés la Jornada “Nuevas Perspectivas del Derecho Ambiental”. Que estas disposiciones fueron dictadas por razones de urgencia y “ad referendum”, de lo que resuelva el Consejo Académico.

Página Nº 109Nº3979 - 23/08/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que así las cosas, corresponde dictar el acto administrativo pertinente y ratificar las mencionadas disposiciones. Por ello,

EL CONSEJO ACADÉMICO DEL CENTRO DE FORMACIÓN JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE: Art. 1º: Ratifícase la Disposición SE-CFJ Nº 090/12, que como Anexo A integra la presente. Art. 2º: Ratifícase la Disposición SE-CFJ Nº 091/12, que como Anexo B integra la presente. Art. 3º: Ratifícase lo actuado por el Sr. Secretario Ejecutivo del Centro de Formación Judicial respecto de la declaración de interés resuelta por Disposición SE-CFJ Nº 096/12, que como Anexo C integra la presente. Art. 4º: Regístrese, comuníquese al Consejo de la Magistratura y a la Oficina de Administración y Financiera del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, publíquese en el Boletín Oficial y en la página web del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, oportunamente, archívese. Balbín - Franza - Lozano - Maffía - Christe - Casás

ANEXO

RESOLUCIÓN N.º 14/CACFJ/12

Buenos Aires, 13 de agosto de 2012 VISTO: La Actuación Nº 12293/12 y el informe presentado por el Secretario Ejecutivo del Centro de Formación Judicial mediante Memo CFJ Nº 363/12, con motivo de la propuesta de realización de distintas actividades y, CONSIDERANDO: Que se propone la realización de las siguientes actividades: Actividades propuestas 1. Seminario: “Introducción a los delitos contra la Administración Pública ocurridos en la C.A.B.A.” 2. Curso: “Victimología e intervención interdisciplinaria” 3. “Oralidad en las etapas previas al juicio” Que su contenido, se inscribe en el marco de objetivos del Plan Anual de Actividades 2012. Que a tales efectos se ha convocado a destacados docentes y expertos en dichas temáticas. Que estas actividades redundarán en beneficio de una capacitación específica en la materia para sus destinatarios. Que, en cuanto a fecha y horario de realización de las actividades, para una mejor organización, corresponde delegar su determinación en la Secretaría Ejecutiva del Centro de Formación Judicial. Que las actividades se desarrollarán de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria del CFJ, priorizando aquellos contenidos novedosos.

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Que se ha elaborado una propuesta de contenidos y metodologías que resultan adecuadas a los objetivos señalados, que puede incluirse entre los fines del Sistema de Formación y Capacitación Judicial y, Por ello,

EL CONSEJO ACADÉMICO DEL CENTRO DE FORMACIÓN JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE: Art. 1º: Apruébase la realización de las actividades mencionadas en el Considerando, con los contenidos y desarrollo que se detallan en los Anexos I a III. Art. 2º: Los docentes, coordinadores y demás expositores que dicten las actividades señaladas percibirán los honorarios conforme la resolución vigente al momento de su dictado. Art. 3º: Las actividades se dictarán de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria del Centro de Formación Judicial. Art. 4°: Delégase en la Secretaría Ejecutiva del Centro de Formación Judicial la determinación de fechas y horarios en los que se desarrollarán las actividades que figuran en la presente resolución.

Art. 5°: Regístrese, comuníquese al Consejo de la Magistratura, hágase saber a la Oficina de Administración y Financiera del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Tribunal Superior de Justicia, al Ministerio Público, a la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas y a la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario. Publíquese en el Boletín Oficial y en la página web del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, oportunamente, archívese. Balbín - Franza - Lozano - Maffía - Christe - Casás

ANEXO

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Fiscalía General - Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

RESOLUCIÓN N.º 332/FG/12

Buenos Aires, 10 de agosto de 2012 VISTO: Los artículos 124 y 125 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las leyes Nº 7, 1903 y 3318, los concursos públicos de oposición y antecedentes Nº 29/06, 37/10 y Nº 42/10; las resoluciones FG nº Nº 41/09, 71/09, 178/09, 205/09, 222/09, 241/09, 335/09, 369/09, 419/09, 2/10, 5/10, 26/10, 170/10, 231/10, 284/10, 365/10, 405/10, 426/10, 427/10, 15/11, 17/11 y 110/11; y los dictámenes de la Secretaría General de Política Criminal y Planificación Estratégica 9/07, 19/07, 26/07, 27/07, 44/08, 69/09, 97/10, 126/12 y 130/12; Y CONSIDERANDO: Que, desde el inicio de la gestión a cargo de este Ministerio Público Fiscal se ha realizado una profunda transformación organizacional tendiente a mejorar el sistema de administración de justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tanto en el fuero penal, contravencional y de faltas como en el contencioso administrativo y tributario. Entre tantas otras cuestiones, se puso en marcha un cambio de paradigma en el modo de gestionar los conflictos, para lo cual se optimizaron los recursos existentes con la finalidad elevar los estándares de respuesta judicial. Esta novedosa metodología implementada permitió, a través de la reestructuración y reorganización de las oficinas judiciales, hacer frente al constante incremento de la carga de trabajo que se observó en los últimos años1 con la misma cantidad de Fiscales2. Ahora bien, la sanción de la ley 3318 -modificatoria de la ley 1903-3 amplió el número de Fiscales que conforman la nómina de integrantes del Ministerio Público Fiscal en ambos fueros, y el avance de los concursos públicos de oposición y antecedentes para cubrir dichos cargos4 obliga a estipular con antelación suficiente un mecanismo idóneo para su incorporación a la actual estructura. Sin perjuicio de las características propias del nuevo diseño organizacional y, puntualmente, su adaptabilidad a los cambios estructurales que se aproximan, este panorama torna indispensable el establecimiento de un cronograma de implementación por etapas que garantice su efectividad frente a las múltiples y variadas modificaciones que habrán de producirse contemporáneamente con la incorporación de los nuevos Fiscales. Vale recordar que en lo que respecta al fuero penal, contravencional y de faltas5 la cantidad de Fiscales que próximamente se sumarán para cubrir las vacantes existentes y los nuevos cargos -tres (3) de segunda instancia y diecinueve (19) de primera instancia- exige la creación de una línea temporal que indique el momento y el modo adecuado en que se introducirán en el moderno esquema de organización actual, más aún teniendo en cuenta la complejidad que ésta exhibe. Es que la organización interna y externa de las distintas Unidades Fiscales está delimitada por el modo en que interactúan sus componentes (equipos fiscales entre sí y éstos con las oficinas de servicios comunes internas -U.I.T y U.T.C-.), el rol atribuido

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al Fiscal Coordinador, las funciones que cumplen las oficinas vinculadas al servicio de acceso a justicia (Unidades de Orientación y Denuncia, Oficina Central Receptora de Denuncias, Oficina de Asistencia a la Víctima y al Testigo y la Oficina de Coordinación de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos), la existencia de equipos especializados en materia de violencia doméstica, la constante interacción con el organismo que cumple funciones de policía judicial y con las fuerzas de seguridad nacionales y locales, etc. La inclusión de los nuevos integrantes -que en muchos casos conlleva asimismo la incorporación de reducidos equipos- deberá estar acompañada indefectiblemente de reformas a nivel institucional que impactarán directamente en aspectos centrales del diseño de la organización y requerirá la intervención en diferentes áreas (recursos humanos, infraestructura, tecnología, etc.). Por ello, a través de la presente resolución se fijarán las nuevas pautas de distribución y asignación del trabajo, se aprobará un nuevo esquema de organización del fuero penal, contravencional y de faltas y se establecerá un cronograma de implementación por etapas que garantice un proceso de transición ordenado. Estas medidas constituyen un camino hacia la consolidación del rediseño organizacional implementado por esta Fiscalía General a través de la Secretaría General de Política Criminal y Planificación Estratégica y un logro transcendental para el cumplimiento de los objetivos trazados en el plan estratégico del Ministerio Público Fiscal. A) Nueva jurisdicción territorial de las Unidades Fiscales. A través de las resoluciones FG nº 107/07 y 147/07 emitidas con fecha 17 de octubre y 4 de diciembre del año 2007, de conformidad con lo oportunamente dictaminado por la Secretaría General de Política Criminal y Planificación Estratégica6, se estableció la distribución territorial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que quedó finalmente dividida, a los efectos de una distribución equitativa del trabajo y el establecimiento de un sistema de turnos rotativos de Fiscales, en cuatro (4) zonas (actualmente denominadas Norte, Este, Sudeste y Sur). Con la implementación del nuevo diseño de organización judicial, cada Unidad Fiscal que fue puesta en marcha se estableció físicamente en el ámbito de esas cuatro zonas, donde ejerció su competencia territorial con una carga de trabajo que -a esa altura- mostraba un equilibrio entre cada una de ellas. Ahora bien, el flujo variable y dinámico establecido por el ingreso de casos penales y contravencionales a través de las fuerzas de seguridad y de las oficinas del Ministerio Público Fiscal destinadas a tal fin (UOD) y, principalmente, la existencia de cinco (5) Fiscales de Cámara a partir de la sanción de la ley 3318, implicará la aprobación de una nueva distribución geográfica de las zonas que le otorgue a cada uno de ellos la supervisión exclusiva de un sector de la Ciudad y, al mismo tiempo, ajuste con mayor precisión la distribución de la carga de trabajo generada en cada zona. A través del trabajo estadístico realizado por la Secretaría General de Política Criminal y Planificación Estratégica se ha determinado el volumen de ingresos de casos a las Unidades Fiscales según el lugar del hecho segmentado a través del ámbito territorial asignados a las Seccionales de la P.F.A. con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, variable utilizada -al menos hasta el momento- para establecer los límites de la competencia territorial de las Unidades Fiscales.

Ese minucioso estudio comparativo -ver informe aprobado como Anexo II de la presente-, al fijar el porcentual de la carga de trabajo que se genera dentro de los límites de cada jurisdicción policial, permite no sólo diagramar un nuevo mapa de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con la inclusión de una quinta zona (Oeste), sino también establecer con mayor equilibro la distribución del trabajo para cada Fiscal, más allá de lo dinámico de la materia en cuestión.

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Cada una de las cinco zonas establecidas (ahora Norte, Este, Sudeste, Sur y Oeste) estará integrada por el ámbito espacial de las Seccionales de la Policía Federal Argentina, de las Comisarías Comunales de la Policía Metropolitana, del territorio asignado a la Prefectura Naval Argentina (Puerto Madero), y la Policía de Seguridad Aeroportuaria, según el detalle que surge del siguiente cuadro:

Conforme lo señalado, la selección de los límites que impone el cuadro anterior se efectuó teniendo en cuenta la cantidad de equipos fiscales que actuarán en cada zona, de modo tal de generar una carga de trabajo equilibrada considerando tanto los ingresos de casos generados dentro de cada jurisdicción policial como así también la proximidad territorial entre ellas -ver Anexo II de la presente resolución-. Asimismo, el análisis comparativo efectuado por la Secretaría General de Política Criminal y Planificación Estratégica contempla la totalidad de los casos cuyo lugar del hecho se encuentra dentro del ámbito territorial de las comisarías, es decir que incluye también las denuncias recibidas por las Unidades de Orientación y Denuncias del Ministerio Público Fiscal y aquellas iniciadas frente a otras fuerzas de seguridad actuantes en el ámbito capitalino7. Cabe señalar aquí que la propuesta efectuada por la Secretaría General de Política Criminal y Planificación Estratégica, en cuanto a los porcentajes de carga de trabajo por zona -sobre la base de la cantidad de equipos asignados por Unidad Fiscal-, garantizan la distribución pretendida (Norte: 22,2% -con 8 equipos-, Este: 19,4% -con 7 equipos-, Sudeste: 14% -con 5 equipos-, Sur: 22,2% -con 8 equipos- y Oeste 22,2% -con 8 equipos) registrándose, entre lo proyectado y el relevamiento empírico, una diferencia máxima que sólo alcanza al 1.5% en la zona Oeste8. En lo que respecta a la intervención de las restantes fuerzas de seguridad que actúan en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Policía Metropolitana, Gendarmería Nacional, Policía de Seguridad Aeroportuaria, Prefectura Naval Argentina y demás divisiones especiales de la Policía Federal Argentina), tal como sucede hasta el momento la determinación de la Unidad Fiscal a intervenir estará signada por el lugar en donde cada fuerza de seguridad haya actuado conforme el mapa de zonas que se aprueba como Anexo I. El momento en que entrará en vigencia el nuevo mapa de zonas y atribución de competencia territorial de las Unidades Fiscales será el próximo 1º de enero del año 2013, razón por la cual habrá de comunicarse ello -con antelación suficiente-, a los jefes de las respectivas fuerzas de seguridad señaladas en el párrafo anterior. Tal como funciona actualmente, las sedes de las Unidades Fiscales estarán ubicadas dentro de cada sector en donde le corresponda su intervención, a excepción de la Unidad Fiscal que actuará en la nueva zona Oeste conforme se detallará en el punto siguiente.

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ZONAS ÁMBITO TERRITORIAL SEGÚN SECCIONALES DE LA 

P.F.A./COMUNAS METROPOLITANAS OTRAS FUERZAS DE SEGURIDAD 

CON POSIBLE INTERVENCIÓN 

NORTE 23 ‐ 29 ‐ 31 ‐ 33 ‐ 35 ‐ 37 ‐ 39 ‐ 41 ‐ 45 ‐ 47 ‐ 49 – 51 

COMISARÍA COMUNA 12 

ESTE 5 ‐ 7 ‐ 9 ‐ 11 ‐ 15 ‐ 17 ‐ 19 ‐ 21 ‐ 25 ‐ 27 ‐ 46 ‐53 ‐  

P.S.A. 

SUDESTE 1 ‐ 2 ‐ 3 ‐ 4 ‐ 6 ‐ 8 ‐ 18 ‐ 20 ‐ 22 ‐ PUERTO MADERO 

(P.N.A.) 

SUR 10 ‐ 12 ‐ 14 ‐ 16 ‐ 24 ‐ 26 ‐ 28 ‐ 30 ‐ 32 ‐ 34 ‐ 36 ‐ 52  

COMISARIA COMUNAL 4 

OESTE  13 ‐ 38 ‐ 40 ‐ 42 ‐ 43 ‐ 44 ‐ 48 ‐ 50 

POLICÍA M

ETRO

POLITA

NA 

GEN

DARM

ERÍA N

ACIONAL 

PREFEC

TURA

 NAVA

L ARG

ENTINA 

POLICÍA DE SE

GURIDAD 

AER

OPO

RTUARIA 

DIVISIONES ESPEC

IALES P.F.A. 

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Finalmente, habrá de encomendarse a la Secretaría General de Política Criminal y Planificación Estratégica analizar la viabilidad de implementar en el futuro cercano un sistema zonas que adopte como base los límites actuales establecidos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para las respectivas comunas, de acuerdo a los términos de los dictámenes elaborados por dicha Secretaría General que fueron oportunamente remitidos a conocimiento de la Secretaría de Seguridad de la Nación para su conocimiento y la implementación de una estrategia conjunta que facilite la logística y el trabajo diario de los actores de ambas Instituciones9. B) Nuevo esquema de organización del fuero penal, contravencional y de faltas. Conforme se anticipó, la ampliación del número de fiscales que conlleva la sanción de la ley 3318 y la consecuente modificación del sistema de zonas geográficas explicitada en el apartado anterior, también acarreará cambios profundos en la estructura bajo la cual se organizan las oficinas judiciales del fuero. En efecto, más allá de diagramarse cinco (5) zonas, el esquema organizativo del fuero penal, contravencional y de faltas pasará a tener un total de seis (6) Unidades Fiscales, sumándose a las cuatro (4) ya existentes la Unidad Fiscal Oeste y la Unidad Fiscal con Competencia Especial Única (Fiscalía Especializada). La primera de ellas intervendrá en los casos que se inicien en la jurisdicción de la nueva zona que lleva su mismo nombre, comenzará a funcionar como tal a partir del día 1 de enero del año 2013 y su sede estará en el edifico de la Av. Paseo Colón 1333. El resto de las Unidades Fiscales ya existentes (Norte, Este, Sudeste y Sur) mantendrán su actual ubicación física.

Con respecto a la Unidad Fiscal con Competencia Especial Única, la misma comenzará a prestar funciones el día 1 de octubre del corriente año y su sede definitiva estará ubicada en el edificio de la calle B. Mitre 1375, de esta ciudad, sin

perjuicio del espacio físico provisorio que se le asignará en la presente. De acuerdo a las facultades que oportunamente se previeron10, cada Fiscal de Cámara supervisará de manera exclusiva el funcionamiento de una Unidad Fiscal, a excepción del que supervise la Unidad Fiscal Sudeste, quien además de desarrollar sus funciones específicas dentro de ésta, lo hará respecto de la Unidad Fiscal con Competencia Especial Única. Con relación a los equipos fiscales, a la luz de lo señalado anteriormente con respecto a la necesidad de lograr los niveles más altos de equiparación de carga de trabajo, la integración de cada Unidad Fiscal se establecerá de manera proporcional, más allá de los condicionamientos de espacio físico y la incidencia que tendrá la determinación de equipos con competencia especializada. Así, de acuerdo al diagrama que se aprueba como Anexo III de la presente, la Unidad Fiscal Norte estará integrada por ocho (8) equipos fiscales, la Unidad Fiscal Este por siete (7) equipos fiscales, la Unidad Fiscal Sudeste por cinco (5) equipos fiscales, la Unidad Fiscal Especializada por cuatro (4) equipos fiscales, la Unidad Fiscal Sur por ocho (8) equipos fiscales y la Unidad Fiscal Oeste por ocho (8) equipos fiscales.

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Se mantendrá el apoyo que en cada Unidad Fiscal brindan las Unidades de Intervención Temprana (U.I.T.) y las Unidades de Tramitación Común, aunque respecto de estas últimas, dada la naturaleza del servicio que brindan, existirá en la sede de la Av. Paseo Colón 1333 una única U.T.C. que apoyará la labor de los Fiscales que integran tanto la Unidad Fiscal Sur como la Oeste (U.T.C. Sur y Oeste). En otro orden, sin perjuicio del análisis particular que se efectuará en el aparatado siguiente, cabe adelantar que en todas las Unidades Fiscales uno de los equipos continuará abordando exclusivamente y de manera especializada los casos contextualizados en el marco de la violencia doméstica, con el apoyo de una oficina de servicio común que se incorporará al nuevo esquema de organización. Con respecto al proyecto de formar la Unidad Fiscal especializada11, el mismo se implementará a través de la atribución de competencia específica a un grupo de equipos fiscales que, conforme se explicitará más adelante, funcionará de manera autónoma bajo la denominación de Unidad Fiscal con Competencia Especial Única (Fiscalía Especializada), y con el apoyo de una Secretaría que colaborará con el tratamiento de los casos que allí tramiten. Por su parte, el organigrama definitivo que aquí se aprueba prevé mantener el funcionamiento de la Unidad de Coordinación de Investigaciones Complejas que, a diferencia de lo previsto en su resolución de reorganización y puesta en marcha12, pasara a depender funcional y jerárquicamente de la Fiscalía de Cámara que actuará en la Unidad Fiscal Sudeste. Asimismo, se incorporará a la estructura actual la Secretaría de Gestión Jurisdiccional que actuará en el ámbito de la Fiscalía General Adjunta en lo Penal, Contravencional y de Faltas, y de la cual pasarán a depender las oficinas de servicios comunes (como la Unidad de Apoyo para los casos de violencia doméstica) que hasta su puesta en funcionamiento quedarán bajo la órbita de la Secretaría General de Política Criminal y Planificación Estratégica. Habiéndose determinado los lineamientos principales de esta reestructuración, a continuación se desarrollará un cronograma que, a través de dos fases, permitirá la inclusión ordenada de los nuevos integrantes del Ministerio Público Fiscal por un lado, y la reestructuración del esquema de organización conforme los lineamientos señalados. Dicho cronograma constituye en sí los parámetros de un proceso de transición que comienza a partir de la presente resolución y culminará el día 1 de enero de 2013, con el pleno funcionamiento del nuevo mapa de atribución de competencia territorial mencionado en el punto a) -ver Anexo I- y el organigrama definitivo de las oficinas judiciales del fuero penal, contravencional y de faltas que se aprueba como Anexo III. En consecuencia, se remitirán las presentes consideraciones a conocimiento del Presidente del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a sus efectos. C) Cronograma de Implementación. El proceso de transición aludido se llevará a cabo a través de dos fases y culminará con la puesta en funcionamiento de la nueva estructura de organización judicial el día 1 de enero de 2013. Las mismas tendrán lugar a partir del día 1 de septiembre hasta el 31 de octubre (Etapa 1) y desde el 1 de noviembre hasta el 31 de diciembre del corriente año (Etapa 2). A continuación se abordarán los distintos aspectos que serán objeto de ajustes o modificaciones y se indicará en cada uno de ellos la etapa en la cual operarán los mismos. 1.- Fiscales de Cámara. - Implementación

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Habida cuenta el avance significativo que ha evidenciado el proceso correspondiente a cubrir los tres cargos de Fiscal de Cámara13, se estima conveniente que el puntapié inicial del período de transición aludido (Etapa 1) se materialice a través de la puesta en marcha de las Fiscalías de Cámara, conforme los parámetros mencionados en el punto b). En efecto, las cinco Fiscalías de Cámara que actuarán en el ámbito penal contravencional y de faltas ejercerán sus funciones específicas en una Unidad Fiscal. En base a ello, tanto la denominación de las actuales Fiscalías de Cámara como su sede definitiva cambiarán, y las mismas mantendrán congruencia con la Unidad Fiscal donde se desempeñe, conforme el siguiente cuadro:

En cuanto a su puesta en funcionamiento, las Fiscalía de Cámara Norte y Sur comenzarán a prestar funciones como tales a partir del día 1º de octubre del año 2012, momento en el cual, por su parte, la actual Fiscalía de Cámara nº 1 pasará a denominarse Fiscalía de Cámara Este -con intervención exclusiva en esa misma zona- y la actual Fiscalía de Cámara nº 2 pasará a denominarse Fiscalía de Cámara Sudeste con intervención exclusiva en la zona que lleva su mismo nombre. Los casos se que hallaren a conocimiento de las actuales Fiscalías de Cámara nº 1 y 2 a la fecha indicada permanecerán en el ámbito de las nuevas Fiscalías de Cámara Este y Sudeste respectivamente. En cuanto a la conformación de las Fiscalías de Cámara Norte y Sur -sin perjuicio del momento en el cual se produzca el nombramiento de los Fiscales correspondientes- los demás integrantes serán designados a partir del día 1 de septiembre del corriente año; y el lapso de tiempo previsto desde su nombramiento hasta la puesta en marcha (del 1 de septiembre al 1º de octubre) se destinará para la preparación y organización interna de las nuevas Fiscalías. Con relación a la Fiscalía de Cámara Oeste, resta señalar que en virtud de que su nueva jurisdicción territorial entrará en vigencia el día 1 de enero de 2013 -cfr. punto A)-, sus integrantes también transitarán un proceso de preparación y organización interna de 30 días; y a partir del día 1 de octubre y hasta el 31 de diciembre de 2012 iniciarán sus labores coadyuvando con la tarea de la Fiscalía de Cámara Sur, que actúa en la zona de mayor conflictividad según el diagrama de zonas actual y con quien, además, compartirá su sede. - Espacio Físico En otro orden, desde el mismo día de la designación del personal de las Fiscalías de Cámara Sur y Oeste, el espacio físico a ocupar será aquel correspondiente a su sede definitiva en la Av. Paseo Colon 1333, de esta Ciudad -ver planos con distribución de espacios físicos que se aprueba como Anexo VI y VII-. Por el contrario, el avance de la obra en la sede de la Unidad Fiscal Norte no permite por el momento establecer a su Fiscalía de Cámara en la Av. Cabildo 3067, Piso 4º, de esta ciudad, razón por la cual se le asignará una sede provisoria en la calle Combate de los Pozos 155, piso 9º, de esta ciudad, hasta que finalicen las tareas de ampliación de la sede definitiva en aquel edificio -ver distribución de espacios físicos que se aprueba como Anexo VIII-. - Personal

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En lo que atañe a los recursos humanos, en el anexo V de la presente se indican las promociones, reasignaciones y/o designaciones -según el caso- de los integrantes de las nuevas Fiscalías de Cámara Norte, Sur y Oeste14, que de acuerdo a lo señalado se harán efectivas a partir del día 1 de septiembre del corriente año. Cabe señalar aquí que la planta de personal prevista para estas nuevas estructuras, además de respetar las necesidades de carácter funcional, estipulan la incorporación de agentes provenientes del Consejo de la Magistratura en cumplimiento de los términos de la ley 3318, en su disposición transitoria cuarta. 2.- Fiscales Coordinadores A partir del nuevo diseño organizacional del Ministerio Público Fiscal el debido funcionamiento de las Unidades Fiscal es garantizado por la figura del Fiscal Coordinador, quien vela por el mantener el equilibro entre sus integrantes y se posiciona como máximo referente de la Unidad no sólo internamente sino también frente a los organismos externos y la sociedad en general15.

Los resultados satisfactorios que evidencia su presencia y, fundamentalmente, el rol que cumple en la vida de la Unidad Fiscal hacen viable su permanencia dentro de la organización judicial. Asimismo, la experiencia positiva recabada en estos años de implementación y funcionamiento del nuevo diseño con la incorporación de esta figura permiten afirmar la necesidad de extender el plazo de gestión utilizado actualmente -tres meses con posibilidad de renovación por un período igual- y que la designación se efectué por el término de un año. En este sentido, la ampliación de la gestión del Fiscal Coordinador repercutirá favorablemente en la Unidad Fiscal pues le dará continuidad a sus acciones y brindará un plazo razonable para la consolidación de los procedimientos que se establezcan durante ese año. En base a esos argumentos y toda vez que existe una limitación legal para la propuesta indicada -ver artículo 19, inciso e) del Reglamento de Personal del Ministerio Público- habrá de solicitarse de manera urgente a la Comisión Conjunta del Ministerio Público la modificación de la norma señalada. No obstante ello, la incorporación de los cuarenta (40) fiscales que conformarán la planta total de magistrados de primera instancia impide que las designaciones de los Fiscales Coordinadores se sigan llevando a cabo bajo la modalidad actual. Ello por cuanto partir de la fecha que se fije para la incorporación de todos los fiscales de esa instancia ya no existirá la posibilidad de ordenar la cobertura interina del cargo de fiscal que deja actualmente el funcionario designado como Fiscal Coordinador. A la luz de tales premisas y en el marco del contexto indicado, se encomendará a la Secretaría General de Política Criminal y Planificación Estratégica que, previo al inicio de la etapa 2 del proceso de transición -1 de noviembre del corriente año- elabore un proyecto para el funcionamiento de las Unidades Fiscales con la intervención de los Fiscales Coordinadores durante el plazo de un año, debiendo prever en el análisis el modo en que el mismo desempeñará sus funciones como coordinador de la Unidad Fiscal y a la vez como máximo responsable de su equipo fiscal. Para ello, deberán tenerse en cuenta diferentes variables de trabajo que permitan al Fiscal designado como coordinador poder desarrollar sus funciones como tal y a la vez cumplir con sus obligaciones al frente del equipo fiscal, sin que esta doble atribución repercuta negativamente en el funcionamiento de la Unidad Fiscal. 3.- Equipos Fiscales de Primera Instancia. - Implementación. De acuerdo al organigrama definitivo que se aprueba como Anexo III, la primera instancia del fuero penal, contravencional y de faltas estará compuesta por cuarenta (40) equipos fiscales, de sólo cuatro personas, distribuidos en las seis Unidades Fiscales16.

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Específicamente, y de conformidad con lo ya expresado, en la Unidad Fiscal Norte los equipos se identificarán de la letra “A” hasta la “H”, en la Unidad Fiscal Este de la letra “A” hasta la “G”, en la Unidad Fiscal Sudeste de la “A” hasta la “E”, en la Unidad Fiscal con Competencia Especial Única del “1” al “4”, en la Unidad Fiscal Sur de la letra “A” hasta la “H” y en la Unidad Fiscal Oeste de la “A” hasta la “H” también. A los efectos de realizar una implementación organizada, este nuevo diagrama comenzará a regir contemporáneamente con la vigencia del nuevo mapa de zonas, es decir el día 1 de enero del año 2013, sin perjuicio de la aclaración que se efectuará a continuación. Y es que al igual que lo explicitado para el caso de las Fiscalías de Cámara no existirá congruencia entre la fecha de la puesta en marcha de los equipos fiscales bajo este nuevo diseño y la designación o nombramiento de sus integrantes ya que, éste último acto se producirá durante la Etapa 2 del proceso de transición; es decir con una antelación suficiente que permita a la gran cantidad de agentes que se deban incorporarse transitar un proceso de preparación y capacitación previo al inicio de las actividades del equipo fiscal. Por ello, más allá de las excepciones que se señalarán, oportunamente este Ministerio Público Fiscal solicitará al Consejo de la Magistratura -para el caso en que aún no se haya cumplido el proceso de designación en el marco del respectivo concurso- la designación interina de los Fiscales que ocuparon los primeros dieciocho (18) lugares del orden de mérito del concurso nº 42/10 a partir del mes de noviembre del corriente año. Para esa misma fecha se efectuarán las promociones, reasignaciones y/o nombramientos para la cobertura de los cargos de los demás integrantes de los equipos fiscales cuya creación resta aún ordenar. El lapso de tiempo comprendido entre la designación de los fiscales, funcionarios y empleados y la plena puesta en funcionamiento de los equipos será utilizada, para quienes no se encuentran actualmente prestando funciones en el Ministerio Público Fiscal, como un período de formación y capacitación en las metodologías de trabajo específicas que se utilizan conforme las políticas implementadas dentro de esta Institución y los principios que rigen el código procesal penal vigente en la Ciudad de Buenos Aires -ver el cronograma de capacitaciones que se detalla en el Anexo XI de la presente-. Ello, sin perjuicio de la posibilidad de asignarles también en ese mismo período una función de colaboración provisoria con los equipos fiscales con competencia exclusiva en materia de violencia doméstica -o bien la Fiscalía de Transición-. A su vez, se encomendará a la Secretaría General de Política Criminal y Planificación Estratégica, junto al Departamento de Infraestructura dependiente de la Secretaría General de Coordinación, la búsqueda de un espacio físico provisorio para quienes transiten el período de adaptación y capacitación señalados en los párrafos precedentes. Por su parte, los funcionarios y empleados que actualmente se desempeñan en el Ministerio Público Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires y sean propuestos para cumplir funciones en los equipos fiscales a crearse en este proceso de transición, continuarán trabajando en su lugar de origen y su nombramiento se hará efectivo contemporáneamente con la puesta en funcionamiento de los nuevos equipos fiscales (1º de enero de 2013). En otro orden, en pos de avanzar progresivamente en este camino de transición y que las incorporaciones de los Fiscales se produzca de manera gradual, se arbitrarán los medios necesarios para que al menos cuatro (4) de ellos sean designados como Fiscales de Primera Instancia durante la Etapa 1º del proceso de transición. En primer término, al igual que el concurso correspondiente a los cargos de Fiscal de Cámara, aquel identificado con el nº 29/06 para cubrir un (1) cargo de Fiscal de Primera Instancia alcanzó la etapa de la audiencia pública en la Legislatura Porteña el día 31 de julio próximo pasado.

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En virtud de ello es que habrá de solicitarse al Consejo de la Magistratura que, por intermedio de su Presidente, en caso de no haber culminado aún el proceso correspondiente, se proceda a la designación interina del Dr. Carlos Fel Rolero Santurián -quien ocupara el primer puesto del orden de mérito respectivo- como Fiscal de Primera Instancia en lo penal, contravencional y de faltas a partir del día 1º de septiembre del corriente año. Bajo las mismas condiciones se efectuará la solicitud al Consejo de la Magistratura respecto de los tres primeros postulantes del orden de mérito del concurso identificado con el nº 42/12 -Dres. Mauro Andrés Tereszko, Walter Eduardo López y Javier Martín López Zavaleta- para que a partir del día 1 de septiembre sean designados interinamente en calidad de Fiscales de Primera Instancia en lo penal, contravencional y de faltas, para el caso en que no se hayan terminado aún los pasos previstos en el concurso señalado. En la fecha indicada, el Dr. Rolero Santurian asumirá el cargo de Fiscal en el Equipo Fiscal “B” de la actual Unidad Fiscal Sur, el Dr. Mauro Tereszko asumirá la función en el Equipo “G” de la actual Unidad Fiscal Sudeste, el Dr. Walter López hará lo propio en el Equipo Fiscal “C” de la actual Unidad Fiscal Sudeste y el Dr. Javier Martín López Zavaleta asumirá el mismo cargo en el Equipo “G” de la actual Unidad Fiscal Sur. Todo ello, sin perjuicio de la asignación que se efectuará al momento de establecer la conformación definitiva de las Unidades Fiscal en el marco de la nueva estructura de organización judicial (Etapa 2). 4.- Equipos Especiales en materia de violencia doméstica. La experiencia piloto aprobada en la Unidad Fiscal Este para el abordaje especial de los casos de violencia doméstica17 no sólo fue extendida por un año más mediante la resolución FG nº 99/12, sino que también se reprodujo tanto en la Unidad Fiscal Sudeste como en la Unidad Fiscal Sur; ésta última con dos equipos especializados en esa temática. Los resultados positivos de la iniciativa y la trascendencia de este fenómeno social en aumento ameritan la consolidación de los equipos especiales en el tratamiento y abordaje de esta clase de conflictos, cuyas particularidades obliga a diseñar esquemas de trabajo específicos para lograr respuestas superadoras en esta materia. Por ello, y tal como se anticipó, a partir del día 1º de enero del año 2013 la intervención especial de este tipo de equipos fiscales se extenderá a toda la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, pues uno de los equipos fiscales de cada Unidad Fiscal (Norte, Este, Sudeste, Sur y Oeste) estará abocado de manera exclusiva al tratamiento de los casos contextualizados en un marco de violencia doméstica, conforme la definición que de ese concepto brinda el criterio general de actuación aprobado mediante resolución FG nº 16/1018. En el transcurso de la Etapa 2 del proceso de transición se definirán los equipos fiscales que actuarán específicamente en esta clase de conflictos. No obstante ello, no escapa al criterio del suscripto que la cantidad de casos registrados y el abordaje integral que establece dicho criterio general en algunos caso produce un cúmulo de trabajo que atenta contra la eficiencia y eficacia que se intenta impulsar en estos supuestos19. En razón de ello es que se continuará con los lineamientos expresados en la resolución FG nº 271/1120, y todos los equipos fiscales con competencia en esta

materia intervendrán en los casos en donde el informe de evaluación obligatorio arroje como resultado un riesgo “alto” o “altísimo”, en tanto que el resto de los casos cuyo riesgo sea catalogado como “medio” o “bajo” podrá ser derivado al resto de los equipos fiscales. En cada caso, se mantendrá la obligación del titular de esos equipos y del Fiscal Coordinador que corresponda la elevación a la Secretaria General de Política Criminal y Planificación Estratégica de un informe trimestral en donde se detalle el ingreso y tratamiento otorgado a este tipo de casos21, con el objeto de evaluar en cada equipo en particular el grado de su intervención según los parámetros de los informes de evaluación de riesgo señalados anteriormente.

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Con la misma intención, y en virtud de los resultados positivos que han mostrado las oficinas de servicios comunes en todos los ámbitos (tanto aquellas que integran la Unidad Fiscal -U.I.T. y U.T.C.- como las externas) se dispondrá la reorganización de los servicios comunes y del personal que actúa dentro del área de Apoyo Jurídico para la puesta en marcha de una Unidad de Apoyo de Violencia Doméstica (U.A.V.D.) cuyos integrantes estarán distribuidos en las cinco Unidades Fiscales a partir del día 1º de enero del año 2013. Los funcionarios que integrarán la Unidad de Apoyo colaborarán con la labor que desarrolla el equipo especializado en violencia doméstica de la Unidad Fiscal, llevando adelante la investigación de los casos que el fiscal le asigne, de acuerdo a las directivas que éste imparta. La cooperación en el aspecto jurídico/investigativo obedece a que el trabajo en etapas tempranas del proceso se encuentra garantizado por la labor de la U.I.T., el apoyo a nivel administrativo se materializa a través de la U.T.C. y el abordaje integral en estos supuestos se completa con la intervención de los profesionales de la Oficina de Asistencia a la Víctima y al Testigo (OFAVyT). En razón de lo dicho hasta aquí, los funcionarios que integren la Unidad de Apoyo de Violencia Doméstica dependerán funcionalmente del Fiscal a cargo del equipo de violencia doméstica de la Unidad Fiscal donde preste servicios, pero la dependencia jerárquica y administrativa estará reservada a la Secretaría General de Política Criminal y Planificación Estratégica, hasta tanto se apruebe el nuevo organigrama y se ponga en marcha la Secretaría de Gestión Jurisdiccional. En cuanto al personal que conformará la Unidad de Apoyo, cabe señalar que todos ellos revestirán la calidad de funcionarios22 y, si bien comenzarán a cumplir sus tareas a partir del año próximo, su designación podrá adelantarse al último bimestre del corriente año de conformidad con lo señalado en el punto 3 del presente apartado (Etapa 2), siempre y cuando se trate de agentes que no se desempeñen en el Ministerio Público Fiscal. 5.- Fiscalía de Transición. Al momento de poner en marcha la primera de las Unidades Fiscales bajo los lineamientos del nuevo diseño organizacional (Sudeste), se estableció una Fiscalía de Transición con el objetivo de tomar intervención en los casos que se hallaban tramitando en las antiguas Fiscalías que se reorganizaban, lo que permitió que los nuevos equipos iniciaran sus labores sin carga de trabajo anterior. De este modo, esta Fiscalía especial fue receptando los casos a medida que las Unidades Fiscales se fueron implementando, siendo que la última de las remisiones de los legajos a esa sede ocurrió el día 15 de agosto 2011, cuando se puso en funcionamiento la Unidad Fiscal Sur23. Sin perjuicio de la ardua tarea desarrollada en estos años por el personal que actuó en la Fiscalía de Transición y que aún se encuentran en trámite una cantidad considerable de casos, la reforma a nivel estructural que genera la puesta en marcha de los cargos de Fiscal creados a través de la ley 3318 es la oportunidad propicia para introducir en el nuevo esquema a la actual Fiscalía de Transición. En consecuencia dicha Fiscalía dejará de funcionar como tal a partir del día 1º de enero del año 2013 y sus actuales co-titulares (Dres. Graciela Navarro y Adolfo Bormida) serán designados a partir de esa fecha en un equipo fiscal de acuerdo a la distribución que fija el nuevo organigrama; y un proceso similar se llevará a cabo para la reubicación de los funcionarios y empleados que allí se desempeñan. Con el objetivo de medir la carga de trabajo actual que pesa sobre la Fiscalía de Transición y estipular en base a ello el modo en que ella se absorberá, habrá de encomendarse a la Secretaría General de Política Criminal y Planificación Estratégica un análisis estimado del tiempo necesario para arribar a una resolución definitiva de esos casos y las acciones a implementar en la etapa de transición para reducir la carga de trabajo.

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En ese contexto deberá evaluarse el apoyo que los integrantes de los futuros equipos fiscales podrán realizar durante la segunda etapa de esta implementación (del 1 de noviembre al 31 de diciembre de 2012), como así también la viabilidad de destinar a equipos fiscales para que se aboquen a la resolución de estos casos durante el año 2013 sin ingresar en el cuadro de turnos ni recibir casos a través del sistema de asignación por flujo durante un tiempo prudencial. 6.- Unidad Fiscal con Competencia Especial Única. - Implementación. Durante la Etapa 1 del proceso de transición se pondrá en marcha uno de los proyectos ya anunciados por este Ministerio Público Fiscal y que consistirá en la conformación de un grupo de equipos fiscales a los cuales se les otorgará competencia exclusiva para intervenir en casos cuyas características exigen un tratamiento específico y un abordaje integral desde una óptica especial por parte de Fiscales con conocimientos específicos en la materia. Este grupo de trabajo se desempeñará bajo la denominación de Unidad Fiscal con Competencia Especial Única, estará integrado por cuatro (4) equipos fiscales que actuarán en la misma sede donde se ubica la Unidad Fiscal Sudeste y su supervisión la ejercerá el Fiscal de Cámara de la misma Unidad. Los mismos se identificarán como equipos fiscales “1”, “2”, “3” y “4”. El inicio de sus actividades está previsto para el día 1 de octubre del corriente año y, al igual que el supuesto de las Fiscalías de Cámara, sus integrantes serán nombrados a partir del día 1 de septiembre del corriente año. En esta primera fase serán los Dres. María del Carmén Gioco y Federico Villalba Díaz24 los designados para hacerse cargo de los equipos fiscales “1” y “2” respectivamente, en tanto que los cargos correspondientes a los titulares de los equipos “3” y “4” se cubrirán por el régimen de subrogancias -ver esquema de organización judicial incorporado como Anexo III -. - Oficina de Servicio Común

En la fecha indicada anteriormente también se prevé la puesta en marcha de la Oficina de Apoyo e Intervención Inicial de la Unidad Fiscal con Competencia Especial Única, como parte de un proceso de reorganización de las tradicionales Fiscalías y de las oficinas de servicios comunes. Se trata de un sector que será dotado de múltiples funciones para lograr un verdadero abordaje integral y especializado en las materias escogidas de esa clase de casos. Bajo la supervisión de la Secretaría General de Política Criminal y Planificación, el período comprendido entre el nombramiento y la puesta en marcha efectiva será utilizado para la elaboración del manual de procesos y procedimiento que regirá la actividad de los equipos fiscales en conjunto con la oficina de servicio común que brindará la cooperación necesaria para el normal desenvolvimiento de toda la Unidad Fiscal especializada. En consecuencia, el marco de actuación específico de esa Oficina deberá ser analizado en el contexto de las reuniones que coordinará dicha Secretaría General con los Fiscales designados en los equipos con competencia especial, la Fiscal de Cámara de la Unidad Fiscal Sudeste y quien resulte designado como máximo responsable. - Espacio Físico Hasta tanto exista la posibilidad de asignar puestos de trabajo definitivos en la sede de la Unidad Fiscal (B. Mitre 1735 de esta ciudad), habrá de establecerse una sede provisoria que no perjudique su labor y, en especial, que se encuentre a una distancia prudencial de las sedes de los Juzgados donde se celebran las audiencias. Por ello, durante el proceso de transición (1 de septiembre al 31 de diciembre) tanto los equipos fiscales como el personal de la Secretaría de Apoyo e Intervención Inicial se ubicarán provisoriamente en el Piso 3 del edificio sito en Combate de los Pozos 155. - Personal

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En el anexo IX de la presente resolución se detallan las promociones, reasignaciones y/o designaciones -según el caso- de los integrantes de las equipos fiscales con competencia especial única y la Oficina de Apoyo e Intervención Inicial, que de conformidad con lo estipulado se harán efectivas a partir del día 1 de septiembre del corriente año. Cabe señalar aquí que la planta de personal prevista para estas nuevas estructuras también prevé la incorporación de agentes provenientes del Consejo de la Magistratura en cumplimiento de los términos de la ley 3318, en su disposición transitoria cuarta, por ser parte de la reorganización de las Fiscalías creadas. - Competencia Especial Única. Uno de los rasgos distintivos que tendrá ésta Unidad Fiscal, además de la competencia específica que se le atribuirá, es el factor que determina su intervención por cuanto no será el ámbito territorial establecido en el mapa de zonas el que lo haga, sino que la atribución de competencia se efectuará en razón de la materia, con jurisdicción única en toda la Ciudad. Es decir que dada las características propias que poseen los conflictos cuya competencia se le asignará a este grupo de trabajo especial y en algunos casos el tipo de proceso y la normativa aplicable a ellos, es conveniente unificar el tratamiento de estos casos en un solo grupo de Fiscales que, sobre esta materia, tendrán competencia territorial en toda la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (competencia especial única). En cuanto a la competencia que se le asignará, la Unidad Fiscal intervendrá en todos los procesos de faltas que sea requerida la intervención del Ministerio Público Fiscal, en aquellas contravenciones y delitos destinados a la protección del medio ambiente como bien jurídico tutelado y las conductas que infrinjan el régimen penal tributario -art. 18 de la ley 26.735-. En todos los supuestos, la intervención de la Unidad Fiscal con competencia especial se efectuará respecto de los casos ingresados al Ministerio Público Fiscal con posterioridad al día 1 de octubre del corriente año. Vale precisar, que las figuras establecidas por el régimen de faltas tienden a prevenir y sancionar la afectación de bienes jurídicos de importante valoración social, en muchos casos superiores a los protegidos por algunas contravenciones y delitos, lo que nos impone el deber de prestar especial atención en la gravedad actual y potencial ínsita en el incumplimiento de esta clase de normas25. No puede dejar de sopesarse en este estudio analítico que la adecuada aplicación del régimen de faltas constituye un valor trascendental, por cuanto contribuye a reducir la conflictividad contravencional y penal, en tanto importa una reacción del arquetipo punitivo, que se anticipa a la consumación de hechos más graves y, por ende, contribuye a evitar la proliferación de hechos penales/contravencionales o la sustanciación de procesos aún más complejos. Desde otro punto de vista, además de la importancia de establecer una jurisdicción única en todo el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -lo que permite la uniformidad de criterios y facilita la implementación de políticas institucionales en esta materia- es dable señalar que su tratamiento diferenciado surge de su propia naturaleza, distante del resto de la competencia penal y contravencional en la cual intervienen los Fiscales de esta Institución. En ese sentido, no sólo la lógica jurídica aplicable en esos casos es notoriamente diferente de la utilizada en los casos penales y contravencionales, sino que también los lineamientos que marcan las normas procesal aplicables (ley 1217) y la cantidad de bloques normativos accesorios y complementarios que definen las conductas pasibles de sanción evidencian la necesidad de especializar a un grupo determinado de integrantes del Ministerio Público Fiscal para elevar los resultados obtenidos hasta el momento en esta materia. Asimismo, el abordaje especial del régimen de faltas facilitará el estudio y análisis de la actuación del Ministerio Público Fiscal en estos procesos, y permitirá evaluar de manera constante la carga de trabajo que ello implica a la luz del criterio general de actuación vigente al día de la fecha26.

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La estructura fijada para la Unidad Fiscal Especial -conforme lo señalado al inicio de este apartado- fue proyectada en virtud de la carga de trabajo actual, y en especial, de la labor y el tiempo que insume la presencia de los Fiscales en las audiencias orales generadas en esos procesos. Otro de los aspectos en donde se avizora la necesidad de asumir una perspectiva semejante es en lo concerniente a todas aquellas conductas tipificadas como delitos, contravenciones y faltas que afectan el medio ambiente, ya que su especificidad y complejidad justifica una intervención diferenciada del Ministerio Público Fiscal en su faz investigativa. La irrupción de nuevos bienes jurídicos macrosociales o supraindividuales -entre ellos el medio ambiente-, avala la adopción de medidas consustanciadas con realidades preexistentes, pero que actualmente se han potenciado en su grado de vulnerabilidad y alteran el contexto de la sociedad en general, a través del deterioro de determinados recursos naturales y la degradación ambiental27. Ello, exige la implementación de una política criminal adaptada a estas circunstancias con la finalidad de lograr una protección eficaz de estos bienes colectivos e intereses difusos. La tutela de este bien jurídico (medio ambiente) y el aseguramiento de su preservación revisten singular importancia, en la medida en que el derecho al goce de un ambiente sano es irrenunciable y se encuentra consagrado tanto en la Constitución Nacional (art. 41) como en la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (arts. 26/30). De ahí que, bien como lo exhorta la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la actuación del sistema de justicia debe ser enérgica para hacer efectiva esta manda constitucional, pues “no configura una mera expresión de buenos y deseables propósitos para las generaciones del porvenir”28. Por su parte, la centralización de estos casos en una única Unidad Fiscal resultará esencial, puesto que la identificación de los responsables (personas individuales o colectivas) de estas conductas reprochables, la individualización de los perjudicados, damnificados u ofendidos, la determinación del daño causado o, en su caso, el peligro para el medio ambiente y la configuración de los hechos -penales/contravencionales/faltas- en esta materia presenta dificultades notables. En el marco de las tareas que realizará el grupo de trabajo coordinado por la Secretaría General de Política Criminal y Planificación Estratégica, junto con los integrantes de la Unidad Fiscal con Competencia Especial Única, se fijarán -en lo que a medio ambiente refiere- los tipos penales, contravencionales y de faltas cuya competencia se atribuirá exclusivamente a esa Unidad Fiscal. Por último, la competencia especial atribuida a la Unidad Fiscal se completa con las infracciones al régimen penal tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que, por su particular naturaleza y tratamiento judicial, también merece la intervención de integrantes especializados. D) Recursos Humanos y Capacitación. El proceso de incorporación de agentes que indefectiblemente acarreará el proceso de transición que aquí se detalla obliga a adoptar las medidas necesarias para cumplir con los recaudos legales pertinentes y, a la vez, generar un espacio propicio para la adaptación y capacitación de quienes se integren al Ministerio Público Fiscal. En este sentido, así como se mencionó tanto respecto de la integración de las Fiscalías de Cámara como de la Unidad Fiscal con Competencia Especial Única, y lo cumplimentado en el fuero contencioso administrativo y tributario29, la integración de los equipos fiscales en lo penal y contravencional que se desarrollará en la etapa 2º (último bimestre del año en curso) se llevará a cabo en el marco de las previsiones de la disposición transitoria cuarta de la ley 3318, estipulándose los cargos reservados para el traspaso de personal proveniente del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Del mismo modo, en dicho procedimiento se cumplirá también con el cupo del 5% establecido por la ley 1502, para la inclusión de personas con discapacidad en la planta del Ministerio Público Fiscal.

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Asimismo, el personal que ingrese a la estructura fijada para la primera instancia del fuero penal y contravencional deberá trascurrir un período de adaptación a las organizaciones y estructuras internas del Ministerio Público Fiscal, a las metodologías

de trabajo implementadas, el novedoso sistema de gestión digital e integral denominado Kiwi, como así también a los lineamientos del código procesal penal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Por ello, el programa de integración y capacitación que habrá de llevarse a cabo en ese período con carácter obligatorio para quienes no se encuentren cumpliendo funciones dentro del Ministerio Público Fiscal -ver Anexo XII- prevé encuentros con las distintas áreas de la Institución a los efectos de que se interioricen de los nuevos mecanismos y herramientas que utilizan los equipos fiscales y los oficinas de servicios comunes, tanto a nivel investigativo como administrativo. E) Tecnología y Gestión Digital. Tanto durante el proceso de transición de la implementación como al momento de encontrarse en pleno funcionamiento el nuevo esquema de organización judicial, será necesario efectuar modificaciones en los sistemas informáticos de gestión judicial y administrativos que reflejen los cambios estructurales que aquí se establecen. Por tal razón, se encomendara al Secretaría General de Coordinación que, a través del Departamento de Tecnología y Comunicaciones se adopten las medidas pertinentes para que el sistema informático de gestión digital e integral “Kiwi” y el sistema de administración digital “Ombú” adopten los cambios que aquí se mencionan. Asimismo, por intermedio del Presidente del Consejo de la Magistratura, se requerirá al Departamento de Informática y Tecnología de dicho organismo que se sirva disponer lo necesario para realizar los ajustes que aquí en proponen en el diseño actual del sistema informático JusCABA. F) Aspecto presupuestario A los efectos de la previsión presupuestaria correspondiente se ha puesto en conocimiento de la Oficina de Programación y Control Presupuestario y Contable los cambios que a nivel de recursos humanos conllevará la reorganización y reestructuración del fuero penal, contravencional y de faltas y la ampliación de los cargos que estipula la ley 3318, como así también pautas previstas en el cronograma de implementación señalado en el punto C) de la presente, dejándose constancia acerca de la existencia de las partidas presupuestarias necesarias para afrontar los gastos que implica. Por las razones expuestas, en función de la autonomía y autarquía que el art. 124 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires le asigna al Ministerio Público Fiscal, y de acuerdo con las facultades que derivan en los artículos 1, 3, 4, 5, 16, 17, 18, 21, 22, 23, 29, 34 y concordantes de la Ley 1.903 y de las modificaciones introducidas por la Ley 3.318,

EL FISCAL GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE: Artículo 1º: Aprobar, como anexo I de la presente resolución, el mapa de zonas y asignación de competencia territorial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para las

Unidades Fiscales del fuero penal y contravencional, el cual entrará en vigencia a partir de las 0:00 del día 1 de enero del año 2013. Artículo 2: Aprobar el informe estadístico elaborado por la Secretaría General de Política Criminal y Planificación Estratégica, a través de la Oficina de Asuntos Normativos e Información, vinculado con el estudio comparativo de la carga de trabajo total que ingresa al Ministerio Público Fiscal según el lugar del hecho, segmentado en base al ámbito territorial de las Seccionales de la P.F.A. con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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Artículo 3º: Comunicar a los Sres. Jefes de la Policía Federal Argentina, la Policía Metropolitana, la Gendarmería Nacional, la Prefectura Naval Argentina y la Policía de Seguridad Aeroportuaria y a la Excma. Cámara en lo Penal, Contravencional y de Faltas el nuevo mapa de zonas y asignación de competencia territorial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires señalado en el artículo 1°, como así también la fecha estipulada para su entrada en vigencia. Artículo 4º: Encomendar al Sr. Secretario General de Política Criminal y Planificación Estratégica un nuevo análisis acerca de la viabilidad de implementar un sistema zonas y atribución de competencia territorial que adopte como base los límites actuales establecidos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para las respectivas comunas. Artículo 5º: Aprobar el nuevo esquema de organización de las Unidades Fiscales en lo penal, contravencional y de faltas que, como Anexo III, forma parte integral de la presente resolución. Artículo 6º: Aprobar el cronograma de implementación para la reorganización del fuero penal contravencional y de faltas que como Anexo IV forma parte de la presente resolución. Artículo 7º: Aprobar el nuevo diseño para la actuación de las Fiscalías de Cámara del fuero penal, contravencional y de faltas, que comenzarán a desempeñarse bajo ese formato partir del día 1 de octubre del corriente año, conforme las consideraciones y excepciones señaladas en el punto 1), apartado C de la presente resolución. Artículo 8º: Disponer la promoción, reasignación y/o designación -según el caso- del personal que prestará funciones en las Fiscalías de Cámara Norte, Sur y Oeste, de acuerdo al detalle que surge del Anexo V, las que se harán efectiva a partir del día 1 de septiembre del corriente año. Artículo 9º: Aprobar los planos de asignación de espacios físicos definitivos en la sede del edificio de la Av. Paseo Colon 1333 para las Fiscalías de Cámara Sur y Oeste -ver Anexos VI y VII respectivamente-. Artículo 10º: Aprobar el plano de asignación de espacios físicos provisorios en la sede del edifico de la calle Combate de los Pozos 155 para la Fiscalía de Cámara Norte -ver Anexos VIII-. Artículo 11º: Disponer la puesta en funcionamiento de la Unidad Fiscal con Competencia Especial Única (Fiscalía Especializada) a partir del día 1 de octubre del corriente año, la que estará integrada por cuatro (4) equipos fiscales y una Oficina de Apoyo e Intervención Inicial, de acuerdo a los parámetros señalados en el punto 6 del apartado “C” de la presente resolución. Artículo 12º: Encomendar al Secretario General de Política Criminal y Planificación Estratégica la supervisión de la tareas de elaboración y redacción de los manuales de procesos y procedimientos que regirá la actividad de la Unidad Fiscal con Competencia Especial Única, para lo cual se creará un grupo de trabajo integrado por la titular de la Fiscalía de Cámara Sudeste, los Fiscales designados en los equipos fiscales y quien resulta titular de la Oficina de Apoyo e Intervención Inicial. Artículo 13º: Asignar a la Dra. María del Carmen Gioco al equipo fiscal “1” de la Unidad Fiscal con Competencia Especial Única, a partir del día 1 de septiembre del corriente año. Artículo 14º: Asignar al Dr. Federico Villalba Díaz al equipo fiscal “2” de la Unidad Fiscal con Competencia Especial Única, a partir del día 1 de septiembre del corriente año. Artículo 15º: Disponer la promoción, reasignación y/o designación -según el caso- del personal que prestará funciones en la Unidad Fiscal con Competencia Especial Única, de conformidad con lo que surge del Anexo IX, las que se harán efectiva a partir del día 1 de septiembre del corriente año. Artículo 16º: Aprobar los planos de asignación de espacios físicos provisorios en la sede del edifico de la calle Combate de los Pozos 155 para la Unidad Fiscal con Competencia Especial Única -ver Anexos X y XI-.

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Artículo 17º: Solicitar al Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires, por intermedio de su Presidente, la designación interina del Dr. Carlos Fel Rolero Santurián -1º puesto en el orden del mérito del concurso nº 29/10 del Consejo de la Magistratura- como Fiscal en lo Penal, Contravenconal y de Faltas a partir del día 1 de septiembre del corriente año y hasta tanto se culmine el proceso de designación que se está llevando a cabo a su respecto. Artículo 18º: Solicitar al Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires, por intermedio de su Presidente, la designación interina de los Dres. Mauro Andrés Tereszko, Walter Eduardo López y Javier Martín López Zavaleta -1º, 2º y 3º puesto en el orden del mérito del concurso nº 42/10 del Consejo de la Magistratura- como Fiscal en lo Penal, Contravenconal y de Faltas a partir del día 1 de septiembre del corriente año y hasta tanto se culmine el proceso de designación que se está llevando a cabo a su respecto. Artículo 19: Disponer la puesta en funcionamiento de la Unidad Fiscal Oeste a partir del día 1 de enero del año 2013, la cual estará integrada conforme el detalle que surge del esquema de organización judicial aprobado en el artículo 5º y tendrá su sede en el edificio de la Av. Paseo Colón 1333, de esta ciudad. Artículo 20º: Encomendar al Sr. Secretario General de Política Criminal y Planificación Estratégica la elaboración de un proyecto que prevea el modo en que actuará el Fiscal Coordinación luego de la incorporación de la totalidad de los integrantes del Ministerio Público Fiscal conforme la ley 3318, teniendo en cuenta las premisas señaladas en el punto 2 del apartado C). Artículo 21º: Encomendar al Sr. Secretario General de Política Criminal y Planificación Estratégica, junto con el Departamento de Infraestructura de la Secretaría General de Coordinación, la búsqueda de espacios físicos provisorios para la 2º etapa del período de transición que transitará el personal que integrará los equipos fiscales de primera instancia y que actualmente no se desempeña dentro de la órbita del Ministerio Público Fiscal. Artículo 22º: Proponer a la Comisión Conjunta del Ministerio Público el tratamiento y eventual modificación de los términos del artículo 19, inciso e) del Reglamento de Personal del Ministerio Público. Artículo 23º: Encomendar al Sr. Secretario General de Política Criminal y Planificación Estratégica la evaluación del mecanismo y las herramientas a utilizar en el marco del proceso que iniciará la Fiscalía de Transición para arribar a la resolución definitiva de los casos que allí tramitan y el tiempo estimado para ello, teniendo en cuenta la fecha fijada para la implementación del nuevo esquema de organización judicial. Artículo 24º: Aprobar el programa de integración y capacitación de los agentes ingresantes al Ministerio Público Fiscal que como Anexo XII forma parte integral de la presente resolución, el cual se llevará a cabo en el transcurso del último bimestre del corriente año -2º etapa de implementación, de acuerdo al cronograma aprobado en el artículo 6º-. Artículo 25º: Solicitar al Departamento de Informática y Tecnología del Consejo de la Magistratura que se sirva disponer lo necesario para realizar las modificaciones que se proponen para el esquema de organización judicial del fuero penal, contravencional y de faltas en el sistema informático JusCABA. Artículo 26º: Encomendar al titular del Departamento Tecnología y Comunicaciones del Ministerio Público Fiscal que arbitre los medios pertinentes para efectuar en los sistemas informáticos de gestión digital e integral (Kiwi) y de gestión digital administrativos (Ombu-Payroll) los ajustes necesarios para que éstos reflejen los cambios realizados en el nuevo mapa de zonas y atribución de competencia -Anexo I- y el nuevo esquema de organización judicial del fuero penal, contravencional y de faltas -Anexo II-. Artículo 27º: Encomendar al titular del Departamento de Relaciones Laborales del Ministerio Público Fiscal que arbitre los medios para ajustar los registros de personal y recursos humanos a los cambios previstos en el nuevo esquema de organización judicial del fuero penal, contravencional y de faltas -Anexo II-.

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Artículo 28º: Poner en conocimiento de todo lo dispuesto en la presente resolución al Sr. Presidente del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a sus efectos. Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y en la página de Internet del Ministerio Público Fiscal, comuníquese por nota al Sr. Fiscal General Adjunto en lo Contencioso Administrativo y Tributario; a la Sra. Fiscal de Cámara y a los/as Sres/as Fiscales de Primera Instancia del mismo fuero; a los Sres. Jueces de primera instancia y a la Cámara de Apelaciones, al Presidente de la Comisión de Justicia de la Legislatura Porteña y por su intermedio a todos sus integrantes, a la Dirección de Política Judicial del Consejo de la Magistratura, a los demás funcionarios mencionados en la resolución; al Sr. Secretario General de Política Criminal y Planificación Estratégica; a la Dirección de Tecnología e Informática del Consejo de la Magistratura; a la Secretaría General de Coordinación y a los Departamentos de Tecnología y de Infraestructura del Ministerio Público Fiscal. Oportunamente, archívese. Garavano

ANEXO

Notas: 1) Principalmente en el ámbito penal, contravencional y de faltas, donde desde el año 2007 hasta el año 2010 existió un incremento en la carga de trabajo de un 85% aproximadamente. 2) En ese sentido “...cuando hacen falta más órganos de decisión, se aborda el problema creando nuevos juzgados, con jueces pero también con personal, cuando lo apropiado hubiera sido pensar en una forma organizacional que robusteciera lo que está débil –la capacidad decisional-, sin agregar nada allí donde no es necesario –el personal de apoyo-“ (BIELSA, Rafael, “El Concepto de Reforma Orgánica del Servicio de Justicia” – Cuadernos de Fundejus, Buenos Aires. Diciembre de 1993). Concepto que fuera también incorporado en el “Plan Nacional de Reforma Judicial”, Ministerio de Justicia de la Nación, Centro de Estudios Jurídicos y Sociales, Nueva Justicia Siglo XXI, Propuestas para la Reforma del Sistema de Justicia, 1998. 3) Publicada en el Boletín Oficial el día 14 de enero del año 2010. 4) Concursos nº 29/06, 37/10, 42/10 del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 5) En el fuero contencioso administrativo y tributario ya se estipuló, a través de las resoluciones FG nº 190/12 y 285/12, el modo en que se implementarán los nuevos equipos fiscales que previó la ley 3318 en ese fuero. 6) Ver Dictámenes SGPCyPE nº 19/07, 26/07 y 27/07. 7) En base a ello es que se puede señalar que el diseño propuesto por la Secretaría General de Política Criminal y Planificación Estratégica se elaboró sobre la base de la carga de trabajo total que ingresa al Ministerio Público Fiscal. 8) No obstante, esa diferencia se equilibra en virtud de la carga que genera las Comisarias 24º, 28º, 44º y 50ª de la P.F.A. y, específicamente, los casos que efectivamente son derivados a los equipos fiscales luego de la tarea de clasificación que realiza la Unidad de Intervención Temprana. 9) Ver Nota FG 506/11 y dictámenes de la Secretaría General de Política Criminal y Planificación Estratégica nº 117/11 y 118/11. 10) Ver resolución FG 335/09 -Anexo IV-. 11) Ver resoluciones FG nº 171/11 -Anexo I- 12) Ver resoluciones FG nº 376/10 y 17/11. 13) El día 31 de julio próximo pasado los postulantes a los cargos tuvieron la correspondiente audiencia pública ante la Legislatura Porteña 14) Cabe señalar que las Fiscalías de Cámara Este y Sudeste mantendrán el personal que actualmente se desempeña en las Fiscalías de Cámara 1 y 2 respectivamente. 15) Ver resoluciones FG 178/09 y 335/09 -Anexo IV-. 16) Ello, de conformidad con lo estipulado en la ley 1903 y la ley 3318, modificatoria de la anterior.

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17) Conforme la Resolución FG nº 100/11. 18) En dicho criterio se estableció que por violencia doméstica se entiende “toda violencia cometida por una persona con la cual la víctima tiene una relación íntima o por otros miembros de la familia, cualesquiera sea el lugar y la forma en que se manifieste dicha violencia”. 19) Ello se advirtió principalmente en la cantidad de casos que se registraron en trámite en los equipos fiscales de la Unidad Fiscal Sur y en el equipo fiscal de violencia doméstica de la Unidad Fiscal Sudeste durante el primer semestre del año en curso. 20) En esa ocasión se establecieron esos parámetros de funcionamiento para el actual equipo fiscal “G” de la Unidad Fiscal Sur, con competencia exclusiva de materia de violencia doméstica. 21) Ello conforme el apartado e) de la Resolución FG nº 100/11. 22) En ese sentido, se evaluará la posibilidad de que los actuales funcionarios que se desempeñan en la órbita de la Oficina de Apoyo Jurídico de la Secretaría General de Política Criminal y Planificación Estratégica -ver Res. FG 132/12- pasen a prestar

funciones definitivamente en la Unidad de Apoyo para los casos de violencia doméstica 23) Ver resolución FG 271/11, artículo 2º. 24) Ambos magistrados cesarán en sus cargos de Fiscal de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario próximamente, cuando culmine el proceso del concurso correspondiente (cfr. Resolución FG nº 285/12). 25) Debe advertirse que ciertas figuras de la normativa de faltas se relacionan con bienes jurídicos más sensibles o de mayor valoración social que algunos tutelados mediante el ordenamiento contravencional, e incluso otros, amparados a través del sistema penal. 26) Ver criterio general de actuación aprobado por Resolución FG 7/04. 27) Más aún si se pondera que en las últimas décadas el desarrollo industrial y el incremento de las nuevas tecnologías dentro de este modelo contemporáneo de comunidad global, no sólo ha provocado riesgos sino que a la par ha impactado negativamente en los recursos naturales. 28) CSJN en autos caratulados: “Mendoza, Beatriz Silvia y otros c/Estado Nacional y otros s/Daños y Perjuicios derivados de la contaminación ambiental del Río Matanza Riachuelo”, expediente M. 15698. XL. 29) Ver Anexos III y IV de la resolución FG 285/12

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Disposición Unidad Operativa de Adquisiciones de la

Fiscalía General de la CABA

DISPOSICIÓN N.º 46/UOA/12

Buenos Aires, 16 de agosto de 2012 VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; las Leyes Nº 1903, Nº 2095, Nº 3318 y Nº 4041, la Resolución CCAMP Nº 11/10, la Resolución FG Nº 126/07 y la Actuación Interna Nº 22010/12 del registro de la Fiscalía General; Y CONSIDERANDO: Que mediante la actuación interna citada en el Visto de la presente, tramita la adquisición de artículos de ceremonial para uso del Ministerio Público Fiscal de la C.A.B.A. Que mediante Nota OPCPyC Nº 1664/12, el señor Jefe de la Oficina de Programación, Control Presupuestario y Contable manifestó la necesidad de proceder a la adquisición de artículos de ceremonial para uso del Ministerio Público Fiscal indicando al efecto las cantidades y especificaciones técnicas de dichos bienes. Que en tal sentido, se elaboró el proyecto de Pliego de Bases y Condiciones Particulares, dándose intervención al área requirente a fin de prestar conformidad con el mismo, lo cual se cumplió a fs. 13. Que se ha dado cumplimiento con lo dispuesto por las Resoluciones FG Nº 74/10 y Nº 248/10, respecto al período de publicación en la página Web oficial de Internet del proyecto de Pliego de Bases y Condiciones Particulares elaborado para la presente contratación. Que el Departamento de Compras y Contrataciones realizó averiguaciones de los precios orientativos para adquirir los bienes objeto de la presente licitación. En tal sentido, se elevó la Nota DCyC Nº 430/12 (fs. 35/36) informando el presupuesto oficial, el cual asciende a la suma de pesos setenta y cinco mil cuatrocientos ($75.400,00), IVA incluido. Que a fs. 57/58, ha tomado intervención el Departamento de Presupuesto y Contabilidad, informando sobre la existencia de partidas presupuestarias suficientes para hacer frente a las erogaciones de la contratación que tramita en estos actuados, habiéndose efectuado la imputación preventiva correspondiente en la partida presupuestaria 2.9.9. del presente ejercicio. Que el artículo 25 de la Ley Nº 3318, modificatorio del inciso 2º del artículo 21 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, dispone que es atribución de la Fiscalía General el “realizar contrataciones para la administración del Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (…)”. Que de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución FG Nº 126/07 se ha constituido, en el ámbito de la Oficina de Programación y Control Presupuestario y Contable, la Unidad Operativa de Adquisiciones del Ministerio Público Fiscal de la C.A.B.A., a fin de intervenir en todos los procesos de adquisiciones que se realicen dentro de su órbita. Que conforme lo establece la reglamentación del artículo 13º de la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad (Resolución CCAMP Nº 11/10), el acto administrativo que autoriza el procedimiento de selección y aprueba los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, recae en cabeza del titular de la Unidad Operativa de Adquisiciones.

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Que en consecuencia, corresponde autorizar el procedimiento de selección por Licitación Pública y disponer el correspondiente llamado, conforme lo previsto en los artículos 25, 26, 27, 30, 31, 32 y concordantes de la Ley Nº 2095, aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que como Anexo I forma parte integrante de la presente y los Anexos II a IV que, conjuntamente con el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, regirán la adquisición de cincuenta (50) banderas de la República Argentina, cincuenta (50) banderas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y cien (100) juegos de asta y base para uso del Ministerio Público Fiscal de la C.A.B.A. Que los pliegos podrán ser obtenidos gratuitamente por los interesados, coadyuvando de tal forma a una mayor concurrencia y facilitando el acceso de posibles oferentes y por lo tanto a la posibilidad de ofertar. Que conforme lo dispone el artículo 98 de la Ley Nº 2095 y su reglamentación aprobada por la Resolución CCAMP Nº 11/10, la presente convocatoria a Licitación Pública deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante dos (2) días, con al menos cuatro (4) días de anticipación a la fecha de apertura de ofertas. Que asimismo, deberán anunciarse el llamado, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares en la cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones y en la página de Internet de este Ministerio Público Fiscal en los términos establecidos por la normativa. Que resulta conveniente que la señora titular de la Unidad de Auditoría Interna del Ministerio Público presencie el acto de apertura de ofertas, a los fines de realizar el control concomitante del proceso, a cuyos fines deberá notificársele con una antelación no menor a cinco (5) días a la fecha del acto de apertura. Que a fs. 59/61, ha tomado intervención el Departamento de Asuntos Jurídicos dependiente de la Oficina de Despacho, Legal y Técnica, no habiendo efectuado observaciones de orden jurídico al progreso de la presente medida. Por ello, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los artículos 1, 2, 3, 21 inc. 2º, 22, 23 y concordantes de la Ley Nº 1903, la Ley Nº 4041, los artículos 13 y 26 de la Ley Nº 2095 y su reglamentación (Resolución CCAMP Nº 11/10) y el artículo 1º de la Resolución FG Nº 126/07;

EL TITULAR DE LA UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES DEL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Autorizar el llamado a Licitación Pública Nº 16/12, tendiente a lograr la adquisición de cincuenta (50) banderas de la República Argentina, cincuenta (50) banderas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y cien (100) juegos de asta y base para las dependencias del Ministerio Público Fiscal de la C.A.B.A. sitas en el edificio de la Av. Paseo Colón 1333, con las características y demás condiciones descriptas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que integra esta Disposición, con un presupuesto oficial de pesos setenta y cinco mil cuatrocientos ($75.400,00) IVA incluido. ARTÍCULO 2º.- Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que como Anexo I forma parte integrante de la presente y que, conjuntamente con el Pliego

Único de Bases y Condiciones Generales, regirá el procedimiento aludido en el artículo 1º de la presente. ARTÍCULO 3º.- Aprobar los modelos de formulario original para cotizar, de publicación y de invitación a cotizar, que como Anexos II a IV integran la presente Disposición. ARTÍCULO 4º.- Invitar a no menos de cinco (5) posibles oferentes. ARTÍCULO 5º.- Establecer que los pliegos de la presente Licitación Pública serán gratuitos. ARTÍCULO 6º.- Establecer el día 19 de septiembre de 2012, a las 11:15 horas como fecha para la apertura de las ofertas.

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ARTÍCULO 7º.- Publicar la convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por dos (2) días, con al menos cuatro (4) días de anticipación a la apertura y efectuar anuncios en la cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones y en la página de Internet del Ministerio Público Fiscal. ARTÍCULO 8º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se deberá atender con cargo a la partida 2.9.9. del Presupuesto General de Gastos de este Ministerio Público Fiscal para el ejercicio en curso. ARTÍCULO 9º.- Invitar a la señora titular de la Unidad de Auditoría Interna del Ministerio Público a presenciar el acto de apertura de ofertas, a los fines de realizar el control concomitante del proceso, a cuyos fines deberá notificársele con una antelación no menor a cinco (5) días a la fecha del acto de apertura. ARTÍCULO 10º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, anúnciese en la cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones y en la página de Internet del Ministerio Público Fiscal, invítese a los posibles interesados, comuníquese a la Oficina de Programación, Control Presupuestario y Contable del Ministerio Público Fiscal, a la Unión Argentina de Proveedores del Estado (UAPE), a la Cámara Argentina de Comercio, a la Guía de Licitaciones y a la Cámara del rubro a licitar y oportunamente archívese. Espiño

ANEXO

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Comunicados y Avisos Ministerio de Modernización

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN DIRECCIÓN GENERAL PLANEAMIENTO DE CARRERAS Comunicación En el marco del Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición del Régimen Gerencial, convocado por Resolución Nº 87/MMGC/12 para cubrir el cargo Gerencia Operativa Títulos y Legalizaciones dependiente de la Dirección General Coordinación Legal e Institucional del Ministerio de Educación, el Comité de Selección comunica la nómina de postulantes que integran la terna final, la que se detalla a continuación: Apellido y Nombre Documento de Identidad Toloza, Daniel Alberto D.N.I. 16126216. Velez, Nancy Noemí D.N.I. 14603700.

Julia Domeniconi Directora General Planeamiento de Carreras

CA 497 Inicia: 23-8-2012 Vence: 24-8-2012

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN DIRECCIÓN GENERAL PLANEAMIENTO DE CARRERAS Comunicación En el marco del Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición del Régimen Gerencial, convocado por Resolución Nº 192/MMGC/12 para cubrir el cargo Subgerencia Operativa Presupuesto, dependiente de la Dirección General Técnica y Administrativa de la Secretaría Legal y Técnica, el Comité de Selección comunica la nómina de postulantes que integran la terna final, la que se detalla a continuación: Apellido y Nombre Documento de Identidad Boffi, Jorge Luis D.N.I. 27861816. Santos, Jorge Miguel D.N.I. 14924916. Saldaña, Leandro D.N.I. 22825883.

Julia Domeniconi Directora General Planeamiento de Carreras

CA 498 Inicia: 23-8-2012 Vence: 24-8-2012

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MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN DIRECCIÓN GENERAL PLANEAMIENTO DE CARRERAS Comunicación En el marco del Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición del Régimen Gerencial, convocado por Resolución Nº 108/MMGC/12 para cubrir el cargo Gerencia Operativa Educación y Trabajo, dependiente de la Subsecretaría Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica del Ministerio de Educación, el Comité de Selección comunica la nómina de postulantes que integran la terna final, la que se detalla a continuación: Apellido y Nombre Documento de Identidad Alvarez, Gustavo Fabián D.N.I. 26331599.

Julia Domeniconi Directora General Planeamiento de Carreras

CA 499 Inicia: 23-8-2012 Vence: 24-8-2012

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN DIRECCIÓN GENERAL PLANEAMIENTO DE CARRERAS Comunicación En el marco del Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición del Régimen Gerencial, convocado por Resolución Nº 194/MMGC/12 para cubrir el cargo Gerencia Operativa Gestión Administrativa, Económica y Financiera Hospital Enrique Tornu, dependiente de la Dirección General Región Sanitaria III del Ministerio de Salud, el Comité de Selección comunica la nómina de postulantes que integran la terna final, la que se detalla a continuación: Apellido y Nombre Documento de Identidad Cuomo, Claudia Andrea D.N.I. 20983990. Lezcano, Fernando Gabriel D.N.I. 16902655. Santos, Jorge Miguel D.N.I. 14924916.

Julia Domeniconi Directora General Planeamiento de Carreras

CA 500 Inicia: 23-8-2012 Vence: 24-8-2012

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MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN DIRECCIÓN GENERAL PLANEAMIENTO DE CARRERAS Comunicación En el marco del Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición del Régimen Gerencial, convocado por Resolución Nº 191/MMGC/12 para cubrir el cargo Gerencia Operativa Gestión Administrativa, Económica y Financiera Hospital Dr. Ignacio Pirovano, dependiente de la Dirección General Región Sanitaria IV del Ministerio de Salud, el Comité de Selección comunica la nómina de postulantes que integran la terna final, la que se detalla a continuación: Apellido y Nombre Documento de Identidad Vitali, Francisco Daniel D.N.I. 8479363. Santos, Jorge Miguel D.N.I. 14924916. Lezcano, Fernando Gabriel D.N.I. 16902655.

Julia Domeniconi Directora General Planeamiento de Carreras

CA 501 Inicia: 23-8-2012 Vence: 24-8-2012

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN DIRECCIÓN GENERAL PLANEAMIENTO DE CARRERAS Comunicación En el marco del Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición del Régimen Gerencial, convocado por Resolución Nº 195/MMGC/12 para cubrir el cargo Subgerencia Operativa Compras, dependiente de la Dirección General Técnica y Administrativa de la Secretaría Legal y Técnica, el Comité de Selección comunica la nómina de postulantes que integran la terna final, la que se detalla a continuación: Apellido y Nombre Documento de Identidad Ameijeira, Mariano Javier D.N.I. 26803594. Di Dario, Gabriel D.N.I. 20425049. Ghezzi, Sergio Walter D.N.I. 14386883.

Julia Domeniconi Directora General Planeamiento de Carreras

CA 502 Inicia: 23-8-2012 Vence: 24-8-2012

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MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN DIRECCIÓN GENERAL PLANEAMIENTO DE CARRERAS Comunicación En el marco del Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición del Régimen Gerencial, convocado por Resolución Nº 193/MMGC/12 para cubrir el cargo Gerencia Operativa Gestión Administrativa, Económica y Financiera Hospital Parmenio T. Piñero, dependiente de la Dirección General Región Sanitaria II del Ministerio de Salud, el Comité de Selección comunica la nómina de postulantes que integran la terna final, la que se detalla a continuación: Apellido y Nombre Documento de Identidad Efron, Silvia Judith D.N.I. 13638264. Lezcano, Fernando Gabriel D.N.I. 16902655. Santos, Jorge Miguel D.N.I. 14924916.

Julia Domeniconi Directora General Planeamiento de Carreras

CA 503 Inicia: 23-8-2012 Vence: 24-8-2012

Página Nº 136Nº3979 - 23/08/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Licitaciones Ministerio de Justicia y Seguridad

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA Y LEGAL DE LA POLICÍA METROPOLITANA Adquisición de elementos e insumos químicos para Criminalística - Expediente Nº 1.602.186/12 Llámase a Licitación Pública Nº 1910/SIGAF/2012, cuya apertura se realizara el día 29/8/2012, a las 13 hs. Autorizante: Resolución Nº 176/SSAPM2012 Repartición destinataria: Policía Metropolitana Adquisición y consultas de pliegos: en Dirección General Administrativa y Legal de la Policía Metropolitana, Av. Regimiento de Patricios 1142, piso 1º, C.A.B.A., de lunes a viernes en el horario de 10 a 16 hs. Valor del pliego: Sin valor Lugar de apertura: Dirección General Administrativa y Legal de la Policía Metropolitana, Av. Regimiento de Patricios 1142, 1º piso.

Mariana Ostiglia Directora General

OL 3310 Inicia: 23-8-2012 Vence: 23-8-2012

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA Y LEGAL DE LA POLICÍA METROPOLITANA Adquisición de municiones para la Policía Metropolitana - Expediente Nº 1.320.267/12 Llámase a Licitación Pública Nº 1928/SIGAF/2012, cuya apertura se realizara el día 4/9/2012, a las 13 hs. Autorizante: Resolución Nº 177/SSAPM/2012 Repartición destinataria: Policía Metropolitana Adquisición y consultas de pliegos: en Dirección General Administrativa y Legal de la Policía Metropolitana, Av. Regimiento de Patricios 1142, piso 1º, C.A.B.A., de lunes a viernes en el horario de 10 a 16 hs. Valor del pliego: Sin valor Lugar de apertura: Dirección General Administrativa y Legal de la Policía Metropolitana, Av. Regimiento de Patricios 1142, 1º piso

Mariana Ostiglia Directora General

OL 3311 Inicia: 23-8-2012 Vence: 24-8-2012

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Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. IGNACIO PIROVANO” Adquisición de Material Biomédico (Gasas) - Expediente N° 1079976/12 Llámese a Licitación Pública N° 1130/12 Fecha de apertura: 29/8/2012, a las 9.30 hs. Adquisición: de Material Biomédico (Gasas). Autorizante: Art. 31 de la Ley N° 2.095 y su Decreto Reglamentario N° 754/GCBA/08 Retiro o adquisición de pliegos: de lunes a viernes de 8 a 12.30 hs. hasta un día antes de la apertura -sin excepción- en Monroe 3555, 1° piso, Oficina de Compras. Valor del pliego: sin valor económico. Consultas de pliegos: de lunes a viernes de 8 a 12.30 hs., hasta un día antes de la apertura -sin excepción- en Monroe 3555 1° Piso, Oficina de Compras. Lugar de apertura: Hospital General de Agudos Ignacio Pirovano, Monroe 3555, 1° piso, Oficina de Compras.

José Luis Tobar Subdirector Médico

F. Daniel Vitali

Gerente Operativo OL 3287 Inicia: 22-8-2012 Vence: 23-8-2012

MINISTERIO DE SALUD DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA CONTABLE -GOCYC- Obra: “Proyecto, construcción, montaje y puesta en marcha de una red de gas natural, sistemas de calefacción y de agua caliente (2da. Etapa) - Expediente Nº 964.459/2012 Llámase a Licitación Pública Nº 1489/SIGAF/2012 - Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y Decreto Nº 1.254/08, para contratar la siguiente obra: “Proyecto, construcción, montaje y puesta en marcha de una red de gas natural, sistemas de calefacción y de agua caliente (2da. Etapa) para distintos pabellones del Hospital General de Agudos Bernardino Rivadavia, sito en Av. Las Heras 2670 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”. Autorizante: Disposición Nº 73/DGADC/2012 Sistema de contratación: Ajuste alzado. Presupuesto oficial: 5.009.187,04. Plazo de ejecución: ciento cincuenta (150) días corridos. Fecha de apertura: 15 de octubre de 2012, a las 11 hs. Visita lugar de obra: Los días 11 y 12 de Septiembre de 2012 a las 11 horas en el Hospital General de Agudos Bernardino Rivadavia, sito en Av. Las Heras 2670 de la C.A.B.A. Lugar de encuentro: Dirección del Hospital.- Consultas técnicas: Deberán presentarse por escrito en el Ministerio de Salud – Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Carlos Pellegrini 313, piso 4º C.A.B.A., de lunes a viernes de 9 a 17 hs., hasta el día 2 de octubre de 2012.

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Retiro y consultas de pliegos: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones - Carlos Pellegrini 313, 4º piso, C.A.B.A de lunes a viernes de 9 a 17 hs. o en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: www.buenosaires.gob.ar/hacienda/comprasycontrataciones/licitacionesycompras/ consultadecomprasycontrataciones. Se deja constancia que la página de internet del GCABA deberá ser consultada periódicamente a los efectos de constatar la emisión de circulares. Lugar de apertura: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Carlos Pellegrini 313, 4º piso, C.A.B.A. Repartición destinataria: Hospital General de Agudos Bernardino Rivadavia, sito en Av. Las Heras 2670 de la C.A.B.A. Valor del pliego: Sin valor comercial.

Mónica González Biondo Gerente Operativa Compras y Contrataciones

OL 3259 Inicia: 21-8-2012 Vence: 10-9-2012

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. CARLOS G. DURAND” Ácido urico,etc. - Expediente Nº 1282621 Licitación Pública Nº 1576/12. Apertura: 29/8/2012, a las 12hs. Objeto de la licitación: Ácido urico,etc Valor del pliego: sin valor. Los respectivos pliegos podrán ser retirados del Hospital Gral. de Agudos Carlos Durand, Oficina de Compras, Díaz Vélez 5044, Capital Federal, de lunes a viernes de 8 a 12 hs., hasta el día anterior a la apertura de la Licitación y las ofertas podrán ser presentadas en el mismo lugar hasta la fecha y hora de la apertura.

Carlos D. Rosales Director

OL 3312 Inicia: 23-8-2012 Vence: 23-8-2012

MINISTERIO DE SALUD DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA CONTABLE -GOCYC- Obra: “Recuperación de fachadas de los Pabellones A y B - Expediente Nº 811.209/2011 Llámase a Licitación Pública Nº 1833/SIGAF/2012 - Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y Decreto Nº 1.254/08, para contratar la siguiente obra: “Recuperación de fachadas de los Pabellones A y B, del Hospital General de Agudos Bernardino Rivadavia, sito en Av. Las Heras 2670 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”. Autorizante: Disposición Nº 71/DGADC/2012. Sistema de contratación: Ajuste alzado. Presupuesto oficial: $ 1.858.658. Plazo de ejecución: trescientos (300) días corridos. Fecha de apertura: 26 de Septiembre de 2012, a las 11 hs.

Página Nº 139Nº3979 - 23/08/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Visita lugar de obra: Los días 31 de agosto y 3 de septiembre de 2012 a las 11 horas en el Hospital General de Agudos Bernardino Rivadavia, sito en Av. Las Heras 2670 de la C.A.B.A. Lugar de encuentro: Dirección del Hospital.- Consultas técnicas: Deberán presentarse por escrito en el Ministerio de Salud – Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Carlos Pellegrini 313, piso 4º, C.A.B.A., de lunes a viernes de 9 a 17 hs., hasta el día 14 de septiembre de 2012. Retiro y consultas de pliegos: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones - Carlos Pellegrini 313, 4º piso, C.A.B.A de lunes a viernes de 9 a 17 hs. o en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: www.buenosaires.gob.ar/hacienda/comprasycontrataciones/licitacionesycompras/consulta de compras y contrataciones. Se deja constancia que la página de internet del GCABA deberá ser consultada periódicamente a los efectos de constatar la emisión de circulares. Lugar de apertura: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Carlos Pellegrini 313, 4º piso, C.A.B.A. Repartición destinataria: Hospital General de Agudos Bernardino Rivadavia, sito en Av. Las Heras 2670 de la C.A.B.A. Valor del pliego: Sin valor comercial.

Mónica González Biondo Gerente Operativa Compras y Contrataciones

OL 3205 Inicia: 16-8-2012 Vence: 30-8-2012

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. TEODORO ALVAREZ” Adquisición de Instrumental, Equipos y Suministros Médicos y Quirúrgicos - Expediente N° 1280034/12 Llámase a Licitación Pública Nº 1888/12, cuya apertura se realizará el día 24/8/2012, a las 12.30 hs., para la adquisición de Instrumental, Equipos y Suministros Médicos y Quirúrgicos. Autorizante: Disp. 305/HGATA/12. Repartición destinataria: División Obstetricia (Consultorios Externos). Valor del pliego: $ 0.- Adquisición y consultas de pliegos: en Div. Compras, Aranguren 2701, Pabellón “A”, de lunes a viernes en el horario de 8 a 12 hs. Lugar de apertura: en Div. Compras.

Diana Galimberti Directora

Viviana Bobovnik

Gerente Operativa Gestión Adm. Econom. y Financiera OL 3290 Inicia: 22-8-2012 Vence: 23-8-2012

Página Nº 140Nº3979 - 23/08/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Desarrollo Urbano

MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Adquisición de Placas HBA ISCSI - Expediente Nº 1703578/2012 Llámase a Licitación Pública Nº 1932/12, cuya apertura se realizará el día 30/8/12, a las 13 hs., para la “Adquisición de Placas HBA ISCSI” Autorizante: Resolución Nº 117-SSPUAI/2012 Repartición destinataria: Ministerio de Desarrollo Urbano Valor del pliego: gratuito. Adquisición y consultas de pliegos: en la Subgerencia de Compras, Licitaciones y Suministros de lunes a viernes en el horario de 10 a 16 hs., hasta el 30/8/12 a las 13 hs. Lugar de apertura: en la Subgerencia de Compras, Licitaciones y Suministros en Carlos Pellegrini 211, 9º piso.

Fernando Codino Director General

OL 3308 Inicia: 23-8-2012 Vence: 27-8-2012

Página Nº 141Nº3979 - 23/08/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Cultura

MINISTERIO DE CULTURA SUBSECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y MANTENIMIENTO EDILICIO Obra: “Ex Cine el Plata – Recuperación y Remodelación Integral – 2ª Etapa – Ubicación: Av. Juan Bautista Alberdi 5751” - Expediente Nº 20.458/2012 Licitación Pública Nº 1857/2012 Objeto del llamado: El presente llamado a Licitación tiene por objeto la contratación de la Segunda Etapa del proyecto que contempla los trabajos para generar una gran sala para espectáculos teatrales de envergadura, incluyendo la platea y el pullman existentes, y reservando el superpullman para una microsala. Finalmente y en función de los distintos niveles de demanda, se propone la fragmentación del antiguo cine (desarrollado a modo de sala única con platea, pullman y superpullman) en tres espacios culturales que permitan actividades diferenciales, conservando la fachada, la caja arquitectónica y el hall central como elementos unificadores del nuevo Centro Cultural. Consulta y entrega de pliegos: los Pliegos de Bases y Condiciones solamente se suministrarán en soporte digital y serán de consulta y entrega gratuita a los interesados, en la Dirección General de Infraestructura, dependiente del Ministerio de Cultura, cita en Av. de Mayo 575 4º piso of. 401, de esta Ciudad, de lunes a viernes de 10 a 15 hs; Presupuesto Oficial: pesos catorce millones seiscientos un mil cincuenta y uno con ochenta y cuatro centavos ($ 14.601.051,84) con precios base: mes de septiembre de 2011 Lugar y fecha de recepción de ofertas: Las ofertas deberán ser presentadas, en sobre cerrado, en la Dirección General de Infraestructura y Mantenimiento Edilicio, Ministerio de Cultura, sita en la Avenida de Mayo 575, piso 4º, oficina 401, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, teléfono 4323-9400 Interno 2549, a partir de este anuncio y hasta las 12 hs. del día 11 de octubre de 2012. Vencido este plazo, no se recibirán mas propuestas, fijado en el Art. 1.3.4 del P.C.G. – P.G Acto de apertura: Se llevara a cabo el día 17 de octubre de 2012 a las 12 hs, en la Dirección General de Infraestructura y Mantenimiento Edilicio, Ministerio de Cultura, sita en la Avenida de Mayo 575, piso 4º, oficina 401, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, teléfono 4323-9400 Interno 2549. Fecha/hora de visita de obra: 1º visita: 12 de septiembre de 2012 a las 11 hs y 2º visita: 14 de Septiembre de 2012 a las 11 hs. Plazo de mantenimiento de oferta: El plazo de mantenimiento de la Oferta fijado en el Art. 2.3.9 del P.C.P. – P.G., se fija en 150 (ciento cincuenta) días corridos, computados a partir de la fecha del Acto de Apertura de Ofertas. Se considera que la oferta se mantiene vigente, salvo que el oferente manifieste expresamente que la retira dentro del plazo establecido en Pliegos Plazo de ejecución de las obras: seiscientos (600) días corridos a partir de la fecha establecida en la respectiva Acta de Inicio de Obra. Miguel Angel Cervini

Director General OL 3307 Inicia: 23-8-2012 Vence: 12-9-2012

Página Nº 142Nº3979 - 23/08/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Ambiente y Espacio Público

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL Obra “Puesta en Valor de Costanera”- Expediente N° 2.086.231/12 Llámase a Licitación Pública N° 1760/2012 para el día 10 de Septiembre de 2012, a las 12 horas, de conformidad con el régimen establecido en la Ley N° 13.064, para la contratación de la Obra “Reparación de pavimentos de granito y/o Granitullo del Área de Protección Histórica 1 (APH 1) de la Ciudad de Buenos Aires” Presupuesto oficial: Seis millones cinco mil cien ($ 6.005.100) Plazo de ejecución: 10 (Diez) meses corridos. Adquisición y consulta del pliego: los pliegos de bases y condiciones pueden ser obtenidos en forma gratuita y consultados, en el Área Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, sita en Av. Pte. Roque Sáenz Peña 570, 5° piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 10 a 15 hs. Lugar y fecha de presentación y apertura de las ofertas: se recibirán hasta el 10 de Septiembre de 2012 a las 12 hs., momento en que se realizará la apertura de las ofertas, en el Área Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, sita en Av. Pte. Roque Sáenz Peña 570, 5° piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Lisandro Greco Director General

OL 3219 Inicia: 17-8-2012 Vence: 27-8-2012

Página Nº 143Nº3979 - 23/08/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Consejo de la Magistratura

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES Adquisición de Arcos Detectores de Metales - Licitación Pública Nº 15/2012 Expediente CM Nº DCC-151/12-0 Resolución O.A. y F. Nº 188 /2012 Objeto: adquisición e instalación de diez (10) arcos detectores de metales para los edificios sitos en Beruti 3345, Libertad 1042, Av. Roque Saenz Peña 636 y Av. de Mayo 654 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consultas: Dirección de Compras y Contrataciones, sita en Av. Leandro N. Alem 684, Piso 1º Frente, de esta Ciudad, de lunes a viernes de 11.00 a 17.00 horas; y/o al teléfono 4011-1357, o en la página Web: www.jusbaires.gov.ar Pliegos: Los interesados deberán concurrir de lunes a viernes de 11.00 a 17.00 horas y hasta el día anterior a la fecha fijada para la apertura pública de las ofertas a la Dirección de Compras y Contrataciones del Consejo de la Magistratura, sita en Av. Leandro N. Alem 684, Piso 1º Frente de esta Ciudad, a los efectos de retirar los respectivos Pliegos sin cargo. La Dirección de Compras y Contrataciones emitirá una constancia de retiro de los respectivos Pliegos, la que se deberá acompañar en forma obligatoria junto a la oferta, conforme Art. 102 de la ley Nº 2095, reglamentada por Resolución CM Nº 810/2010. Reunión informativa: 21 de agosto de 2012 a las 16.00 horas. Presentación de las Ofertas: Hasta las 12.00 horas del 30 de agosto de 2012, en la Mesa de Entradas del Consejo de la Magistratura, Av. Leandro N. Alem 684, Entrepiso, de esta Ciudad. Fecha y Lugar de Apertura: 30 de agosto de 2012 a las 12:00 horas, en la sede de este Consejo, Av. Leandro N. Alem 684, Piso 7º frente, Ciudad de Buenos Aires.

Mario H. Jusid Dirección de Compras y Contrataciones

OL 3325 Inicia: 23-8-2012 Vence: 24-8-2012

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES Provisión e Instalación de Grupo Electrógeno en Beruti 3345 - Licitación Pública Nº 23/2012 Expediente CM Nº DCC-198/12-0 Objeto: Provisión, instalación y puesta en funcionamiento de un grupo electrógeno en el edificio sito en Beruti 3345 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consultas: Dirección de Compras y Contrataciones, sita en Av. Leandro N. Alem 684, Piso 1º Frente, de esta Ciudad, de lunes a viernes de 11:00 a 17:00 horas; o al teléfono 4011-1357, o en la página Web: www.jusbaires.gov.ar

Página Nº 144Nº3979 - 23/08/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Pliegos: Los interesados deberán concurrir de lunes a viernes de 11:00 a 17:00 horas y hasta el día anterior a la fecha fijada para la apertura pública de las ofertas a la Dirección de Compras y Contrataciones del Consejo de la Magistratura de la CABA, sita en Av. Leandro N. Alem 684, Piso 1º Frente de esta Ciudad, a los efectos de retirar los respectivos Pliegos, los que serán entregados sin cargo. La Dirección de Compras y Contrataciones emitirá una constancia de retiro de los Pliegos, la que se deberá acompañar en forma obligatoria junto a la oferta, conforme Art. 102 de la ley Nº 2095, reglamentada por Resolución CM Nº 810/2010. Presentación de las Ofertas: hasta las 12.00 horas del día 29 de agosto de 2012, en la Mesa de Entradas de este Consejo de la Magistratura, sita en Av. Leandro N. Alem 684, Entrepiso contrafrente, de esta Ciudad. Fecha y Lugar de Apertura: 29 de agosto de 2012, a las 12.00 horas, en la sede de este Consejo, Av. Leandro N. Alem 684, Piso 7º Frente, Ciudad de Buenos Aires.

Mario H. Jusid Dirección de Compras y Contrataciones

OL 3326 Inicia: 23-8-2012 Vence: 24-8-2012

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES Adquisición de Equipamiento de Electrónica de Red - Licitación Pública Nº 24/12 Expediente CM Nº DCC-224/12-0 Objeto: Adquisición de equipamiento de electrónica de red. Consultas: Dirección de Compras y Contrataciones, sita en Av. Leandro N. Alem 684, Piso 1º Frente, de esta Ciudad, de lunes a viernes de 11:00 a 17:00 horas; o al teléfono 4011-1357, o en la página web: www.jusbaires.gov.ar. Pliegos: Los interesados deberán concurrir de lunes a viernes de 11:00 a 17:00 horas y hasta el día anterior a la fecha fijada para la apertura pública de las ofertas a la Dirección de Compras y Contrataciones del Consejo de la Magistratura, sita en Av. Leandro N. Alem 684, Piso 1º Frente de esta Ciudad, a los efectos de retirar los respectivos Pliegos, los que serán entregados sin cargo. La Dirección de Compras y Contrataciones emitirá una constancia de retiro de los Pliegos, la que se deberá acompañar en forma obligatoria junto a la oferta, conforme Art. 102 de la ley Nº 2095, reglamentada por Resolución CM Nº 810/2010. Presentación de las Ofertas: hasta las 12.00 horas del día 28 de agosto de 2012, en la Mesa de Entradas de este Consejo de la Magistratura, sita en Av. Leandro N. Alem 684, Entrepiso contrafrente, de esta Ciudad. Fecha y Lugar de Apertura: 28 de agosto de 2012, a las 12.00 horas, en la sede de este Consejo, Av. Leandro N. Alem 684, Piso 7º Frente, Ciudad de Buenos Aires.

Mario H. Jusid Director

OL 3320 Inicia: 23-8-2012 Vence: 24-8-2012

Página Nº 145Nº3979 - 23/08/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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CONSEJO DE LA MAGISTRATURA Mantenimiento y Garantía de Dispositivos CISCO - Licitación Pública Nº 26/12 Comisión de Administración Financiera, Infraestructura y Tecnología de la Información y Telecomunicaciones Resolución CAFITIT N° 34 /2012 Expediente CM Nº DCC-099/12-0 Objeto: contratación del servicio de mantenimiento y garantía de los dispositivos marca Cisco del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consultas: Dirección de Compras y Contrataciones, sita en Av. Leandro N. Alem 684, Piso 1º Frente, de esta Ciudad, de lunes a viernes de 11:00 a 17:00 horas; o al teléfono 4011-1357, o en la página web: www.jusbaires.gov.ar Adquisición de Pliegos: Dirección de Compras y Contrataciones, de lunes a viernes de 11.00 a 17.00 horas y hasta a la fecha y hora fijada para la apertura pública de las ofertas, previo depósito del valor de los Pliegos en la Cuenta Corriente Nº 769/8 en la sucursal 53 del Banco Ciudad de Buenos Aires, sita en Av. Córdoba 675, presentando original y copia del talón de depósito para su adquisición. Valor de los Pliegos: $ 990.- Reunión Informativa: La Dirección de Compras y Contrataciones realizará el día 24 de agosto de 2012, a las 16.00 horas una reunión informativa para que participen las empresas interesadas, la cual se desarrollará en Av. Leandro N. Alem 684, piso 1º frente de esta Ciudad. Presentación de las Ofertas: hasta las 12:00 horas del día 6 de septiembre de 2012, en la Mesa de Entradas de este Consejo de la Magistratura, sita en Av. Leandro N. Alem 684, Entrepiso contrafrente, de esta Ciudad. Fecha y Lugar de Apertura: 6 de septiembre de 2012, a las 12:00 horas, en la sede de este Consejo, Av. Leandro N. Alem 684, Piso 7º Frente, Ciudad de Buenos Aires.

Mario H. Jusid Director

OL 3319 Inicia: 23-8-2012 Vence: 24-8-2012

Página Nº 146Nº3979 - 23/08/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Auditoría General de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires

AUDITORIA GENERAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES Preadjudicación - Licitación Pública Nº 9/12 Objeto: Biblioratos y resmas de papel Acta Nº 10/12 Proveedores Preadjudicados: LIBRERÍA POPEYE DE ROIG HORACIO NORBERTO y LEDESMA S.A. Esta Comisión recomienda: 1) Desestimar la oferta de la empresa COMERCIAL BARCA S.R.L. por no haber presentado la garantía de oferta en las condiciones prescriptas en el art. 11° del PCG y el punto 9, Inc. b) del PCP, conforme lo dispuesto en el art. 100° de la ley 2095. 2) Desestimar la oferta de la empresa PAPELERA ALSINA S.A. por no haber presentado la garantía de oferta en las condiciones prescriptas en el art. 11° del PCG y el punto 9, Inc. b) del PCP, conforme lo dispuesto en el art. 100° de la ley 2095. 3) Desestimar la oferta de la empresa ESTRAME S.A. por no haber presentado la garantía de oferta en las condiciones prescriptas en el art. 11° del PCG y el punto 9, Inc. b) del PCP, conforme lo dispuesto en el art. 100° de la ley 2095. 4) Desestimar la oferta de la empresa LIMAYO S.R.L. por no haber completado la documentación correspondiente a la presente Licitación. 5) Desestimar la oferta de la empresa LIBRERIA POPEYE DE ROIG HORACIO NORBERTO, por el Renglón 3 por no dar cumplimiento a las especificaciones técnicas establecidas en el PET de la presente Licitación, respecto de la cantidad de unidades solicitadas. 6) Preadjudicar a la empresa LIBRERIA POPEYE DE ROIG HORACIO NORBERTO el Renglón 1 por un precio unitario de pesos once con 60/100 ($11,60). Precio Total: pesos ocho mil trescientos cincuenta y dos ($8.352,00) ad referéndum que la Dirección General de Administración proceda a verificar el cumplimiento de la inscripción de la empresa en el RIUPP. 7) Preadjudicar a la empresa LIBRERIA POPEYE DE ROIG HORACIO NORBERTO el Renglón 2 por un precio unitario de pesos once con 50/100 ($11,50). Precio Total: pesos tres mil cuatrocientos cincuenta ($3.450,00) ad referéndum que la Dirección General de Administración proceda a verificar el cumplimiento de la inscripción de la empresa en el RIUPP. 8) Preadjudicar a la empresa LEDESMA S.A. el Renglón 3 por un precio unitario de pesos veintiséis con 11/100 ($26,11). Precio Total: pesos setenta y ocho mil trescientos treinta ($78.330,00). 9) Preadjudicar a la empresa LEDESMA S.A. el Renglón 4 por un precio unitario de treinta y dos con 14/100 ($32,14). Precio Total: pesos once mil doscientos cuarenta y nueve ($11.249,00). 10) Para el caso de una eventual imposibilidad de perfeccionar la contratación con el oferente preadjudicado, teniendo en cuenta los principios de celeridad, economía y eficiencia consagrados en el art. 7º de la Ley de Compras 2095 y su Decreto Reglamentario 754/08 se recomienda el orden de mérito que se ha determinado en el presente acta: Renglón 4: 1°) La oferta presentada por la empresa LIBRERIA POPEYE DE ROIG HORACIO NORBERTO ad referéndum que la Dirección General de Administración proceda a verificar el cumplimiento de la inscripción de la empresa en el RIUPP. Siendo las 13.30 hs se concluye el acto firmándose 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

Página Nº 147Nº3979 - 23/08/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Lic. Silvia H. Momesso Sr. Antonio Albamonte Sr. Oscar Vera

Comisión de Evaluación de Ofertas Auditoria General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

OL 3329 Inicia: 23-8-2012 Vence: 23-8-2012

Página Nº 148Nº3979 - 23/08/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Fiscalía General - Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

FISCALÍA GENERAL UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES Adquisición de artículos de ceremonial para uso del Ministerio Público Fiscal - Licitación Pública Nº 16/12. Actuación Interna Nº 22010/12 Disposición UOA Nº 46/12. Objeto de la contratación: La Licitación Pública Nº 16/12, tiene por objeto la adquisición de artículos de ceremonial para uso del Ministerio Público Fiscal, conforme las características y demás condiciones que surgen del Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Lugar de consulta y retiro del pliego: Por correo electrónico a [email protected] o en la página de Internet http://www.mpf.jusbaires.gov.ar/lang/es/administracion/compras-y-contratacionesprocurement-2-2-2/licitaciones-publicas-competitive-biddings/ Valor del pliego: gratuito. Lugar de entrega de las ofertas: hasta las 11:00 horas del día 19 de septiembre de 2012 en la Mesa de Entradas del Ministerio Público Fiscal, sita en la avenida Paseo Colón 1333, planta baja de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Lugar y fecha de apertura de ofertas: Avenida Paseo Colón 1333, 10º piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el día 19 de septiembre de 2012, a las 11:15 horas. Plazo de mantenimiento de la oferta: plazo mínimo de treinta (30) días, hábiles a contar de la fecha de la apertura, prorrogables automáticamente por igual plazo. Presupuesto oficial: El presupuesto oficial de la Licitación Pública Nº 16/12 asciende a la suma de pesos setenta y cinco mil cuatrocientos ($75.400,00) IVA incluido. Miguel

Ángel Espiño Unidad Operativa de Adquisiciones

OL 3327 Inicia: 23-8-2012 Vence: 24-8-2012

Página Nº 149Nº3979 - 23/08/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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UNID. OPERATIVA DE ADQUISICIONES CENTRAL

(DGCYC)

MINISTERIO DE SALUD UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD Adquisición de Insumos para Laboratorio - Expediente Nº 1.999.117/11 Llámase a Licitación Pública Nº 1772/12, cuya apertura se realizará el día 29/08/12, a las 11.00 hs., para la adquisición de: Insumos para Laboratorio. Autorizante: Resolución N° 209/UCAS/12. Repartición destinataria: Hospitales y Centros de Salud dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Valor del pliego: sin valor. Adquisición y consultas de pliegos: en Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud, Av. de Mayo 575, of. 14 de lunes a viernes en el horario de 08.00 a 15.00 hs., hasta una hora antes de la apertura. Lugar de apertura: en Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud, Av. De Mayo 575 –EP- of. 17.

Federico M. Arata Titular de la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud

OL 3293 Inicia: 22-8-2012 Vence: 23-8-2012

Página Nº 150Nº3979 - 23/08/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Secretaría de Gestión Comunal y Atención

Ciudadana

SECRETARÍA DE GESTIÓN COMUNAL Y ATENCIÓN CIUDADANA DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL GERENCIA OPERATIVA COMPRAS Y CONTRATACIONES -GOCYC- Obra: “Puesta en Valor Paseo Versalles” - Expediente Nº 290.289/2012 Llámase a Licitación Pública Nº 1935/SIGAF/2012 para contratar la siguiente obra: “Puesta en Valor Paseo Versalles”, al amparo de lo establecido por la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y el Decreto Nº 1254/GCBA/08. Autorizante: Resolución N° 349/SECGCYAC/2012 Sistema de contratación: Ajuste alzado. Presupuesto oficial: $ 3.373.879,26.- Plazo de ejecución: Ciento veinte (120) días corridos. Fecha de apertura: 10 de septiembre de 2012, a las 12 hs. Visita lugar de obra: Se efectuará los días 28 y 30 de agosto de 2012 a las 11 hs., en la intersección de las calles Lascano y Porcel de Peralta de la C.A.B.A. Consultas: Deberán presentarse por escrito en la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana – Gerencia Operativa Compras y Contrataciones – Av. de Mayo 591, 1º piso C.A.B.A., de lunes a viernes de 10 a 17 hs., hasta el día 3 de septiembre de 2012. Retiro y consultas de pliegos: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones - Av. de Mayo 591, 1° piso, C.A.B.A., en el horario de 10 a 17 hs., o en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: http://www.buenosaires.gob.ar/areas/hacienda/compras/consulta/ Se deja constancia que la pagina de internet del GCABA deberá ser consultada periódicamente a los efectos de constatar la emisión de circulares. Lugar de apertura: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones – Av. de Mayo 591 1º piso, C.A.B.A. Valor del pliego: Sin valor comercial.

Raúl Barrueco Gerente Operativo

OL 3291 Inicia: 22-8-2012 Vence: 29-8-2012

SECRETARÍA DE GESTIÓN COMUNAL Y ATENCIÓN CIUDADANA DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL GERENCIA OPERATIVA COMPRAS Y CONTRATACIONES -GOCYC- Obra: “Intervención Acceso Av. Francisco Beiró” - Expediente Nº 290.271/2012 Llámase a Licitación Pública Nº 1937/SIGAF/2012 para contratar la siguiente obra: “Intervención Acceso Av. Francisco Beiró”, al amparo de lo establecido por la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y el Decreto Nº 1254/GCBA/08. Autorizante: Resolución N° 350/SECGCYAC/2012 Sistema de contratación: Ajuste alzado. Presupuesto oficial: $ 2.643.724,71.-

Página Nº 151Nº3979 - 23/08/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Plazo de ejecución: ciento veinte (120) días corridos. Fecha de apertura: 11 de septiembre de 2012, a las 11 hs. Visita lugar de obra: Se efectuará los días 29 y 31 de agosto de 2012 a las 10 hs., en la esquina de la Av. Francisco Beiró e Irigoyen de la C.A.B.A. Consultas: Deberán presentarse por escrito en la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana – Gerencia Operativa Compras y Contrataciones – Av. de Mayo 591, 1º piso, C.A.B.A., de lunes a viernes de 10 a 17 hs., hasta el día 4 de septiembre de 2012. Retiro y consultas de pliegos: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones - Av. de Mayo 591, 1° piso, C.A.B.A., en el horario de 10 a 17 hs o en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: http://www.buenosaires.gob.ar/areas/hacienda/compras/consulta/ Se deja constancia que la página de internet del GCABA deberá ser consultada periódicamente a los efectos de constatar la emisión de circulares. Lugar de apertura: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones – Av. de Mayo 591 1º piso, C.A.B.A. Valor del pliego: Sin valor comercial.

Raúl Barrueco Gerente Operativo

OL 3315 Inicia: 23-8-2012 Vence: 30-8-2012

SECRETARÍA DE GESTIÓN COMUNAL Y ATENCIÓN CIUDADANA DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL GERENCIA OPERATIVA COMPRAS Y CONTRATACIONES -GOCYC- Obra: “Readecuación Sede Comunal 11” - Expediente Nº 1.125.204/2012 Llámase a Licitación Pública Nº 1941/SIGAF/2012 para contratar la siguiente obra: “Readecuación Sede Comunal 11”, al amparo de lo establecido por la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y el Decreto Nº 1254/GCBA/08. Autorizante: Resolución N° 351/SECGCYAC/2012 Sistema de contratación: Ajuste alzado. Presupuesto oficial: $ 1.471.959,95. Plazo de ejecución: ciento veinte (120) días corridos. Fecha de apertura: 11 de septiembre de 2012, a las 15 hs. Visita lugar de obra: Se efectuará los días 29 y 31 de agosto de 2012 a las 12 hs., en Av. Francisco Beiró 4680 de la C.A.B.A. Consultas: Deberán presentarse por escrito en la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana – Gerencia Operativa Compras y Contrataciones – Av. de Mayo 591, 1º piso, C.A.B.A., de lunes a viernes de 10 a 17 hs., hasta el día 4 de septiembre de 2012. Retiro y consultas de pliegos: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones - Av. de Mayo 591, 1° piso, C.A.B.A., en el horario de 10 a 17 hs o en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: http://www.buenosaires.gob.ar/areas/hacienda/compras/consulta/ Se deja constancia que la página de internet del GCABA deberá ser consultada periódicamente a los efectos de constatar la emisión de circulares.

Página Nº 152Nº3979 - 23/08/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Raúl Barrueco Gerente Operativo

OL 3316 Inicia: 23-8-2012 Vence: 30-8-2012

Página Nº 153Nº3979 - 23/08/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Lugar de apertura: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones – Av. de Mayo 591 1º piso C.A.B.A. Valor del pliego: Sin valor comercial.

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Ministerio de Modernización

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE PROYECTOS DE MODERNIZACIÓN Provisión del Servicio de Capacitación en Gerenciamiento Político - Expediente Nº 1464478/12 Llámase a Licitación Privada Nº 207/2012, cuya apertura se realizará el día 30/8/12, a las 15 hs., para la Provisión del Servicio de Capacitación en Gerenciamiento Político. Autorizante: Resolución Nº 50/SSGPM/2012 Repartición destinataria: Dirección General Capital Humano. Valor del pliego: Gratuito Adquisición y consultas de pliegos: en Ministerio de Modernización, Av. Roque Sáenz Peña 788, 6º piso, hasta el 29/8/2012 Lugar de apertura: en Ministerio de Modernización, Av. Roque Sáenz Peña 788, 6º piso.

ANEXO

Eduardo Martelli Subsecretario

OL 3296 Inicia: 22-8-2012 Vence: 24-8-2012

Página Nº 154Nº3979 - 23/08/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES Preadjudicación – Expediente Nº 42107/SA/12 Tipo de Procedimiento de Selección: Licitación Pública - N° 019/2012. Acta de Preadjudicación N° 019/CEO/2012, de fecha 13/08/2012. Rubro comercial: 0603 – Equipos de Impresión, Copiado y Encuadernación. Objeto de la contratación: Adquisición de dos módulos compaginadores. Fundamento de la preadjudicación: ARTICULO PRIMERO : Adjudicar la Licitación Pública Nº 019/12 a la firma AZ GRAPHIC MACHINES S.A. por un monto unitario de PESOS CIENTO DIECISIETE MIL ($117.000.-) y un monto total de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL ($234.000.-), por resultar la única oferta ajustada al Pliego. Sr. Federico Méndez Casariego, Cont. Karina Tur, Lic. Laura Ferreirós y Prof. Daniela Borsalino. Lugar de exhibición del acta: Dirección General de Compras y Contrataciones, sito en Perú 130/160, dos (2) días a partir del día 22 de agosto de 2012 en la cartelera de esta Dirección General. Vencimiento de período de impugnación: 28/8/12

Marcelo Del Sol Director General de Compras y Contrataciones

OL 3305 Inicia: 22-8-2012 Vence: 23-8-2012

Página Nº 155Nº3979 - 23/08/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA CONTABLE (GOCyC) Preadjudicación - Expediente Nº 274.419/2012 Licitación Pública Nº 807/SIGAF/2012. Acta de Asesoramiento Nº 17/2012 de fecha 16 de Agosto de 2012. Clase: Etapa única Rubro comercial: Contratación de Obras en General, Carpintería, Herrería, Pintura, Servicio de Profesionales de la Construcción. Objeto de la contratación: “Remodelación de patios y galería de internación del Hospital de Salud Mental Infanto Juvenil Dra. Carolina Tobar García, sito en Ramón Carrillo 315 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con la provisión de mano de obra, materiales y equipos” Oferta desestimada: Se desestima la única oferta presentada correspondiente a la firma David Alberto Bonaldi, CUIT N° 20-04677305-6, por no cumplir con los requisitos exigidos en el Pliego de Condiciones Generales, Particulares y Especificaciones Técnicas que rige la Licitación y asimismo, ser no conveniente por oferta económica excesiva respecto de presupuesto oficial según la mencionada Acta de Asesoramiento.

Mónica González Biondo Gerente Operativa Compras y Contrataciones

OL 3278 Inicia: 22-8-2012 Vence: 24-8-2012

MINISTERIO DE SALUD DIRECCION GENERAL ADMINISTRATIVA CONTABLE (GOCyC) Preadjudicación - Expediente Nº 418.782/2011 Licitación Pública Nº 959/SIGAF/2012. Acta de Asesoramiento Nº 16/2012 de fecha 16 de agosto de 2012. Clase: Etapa única Rubro comercial: Contratación de Obras en General, Carpintería, Herrería, Pintura, Servicio de Profesionales de la Construcción. Objeto de la contratación: “Remodelación de la Cocina del Hospital de Rehabilitación Manuel Rocca, sito en la Av. Segurola 1949 de la C.A.B.A, con la provisión de mano de obra, materiales y equipos especializados”. Orden de Mérito: 1° Mig S.A., 2° Estudio. Ing. Villa S.R.L., 3° Kir S.R.L., 4° Sunil S.A. de conformidad a lo aconsejado en el Acta de Asesoramiento N° 16/2012 efectuada por la Comisión de Análisis Técnico, Evaluación de Ofertas y Preadjudicaciones. Firma preadjudicataria: Mig S.A. – CUIT N° 30-56126525-5 (Av. Cabildo 2230, piso 10 - C.A.B.A. Renglón: 1 - Precio Unitario $ 2.657.662,62 - Precio Total $ 2.657.662,62 Total preadjudicado: son pesos dos millones seiscientos cincuenta y siete mil seiscientos sesenta y dos con sesenta y dos centavos ($ 2.657.662,62.-) Fundamento de la preadjudicación: Por ajustarse a Pliego y ser la primera oferta en orden de merito (superior en un 2,79 % (dos con setenta y nueve por ciento) al Presupuesto Oficial).

Página Nº 156Nº3979 - 23/08/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ofertas desestimadas: La oferta presentada por la firma Técnica Ambiental S.A. por no cumplir con los requisitos de los pliegos que rigen la Licitación, según la mencionada Acta de Asesoramiento.

Mónica González Biondo Gerente Operativa Compras y Contrataciones

OL 3250 Inicia: 21-8-2012 Vence: 23-8-2012

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. BERNARDINO RIVADAVIA” Adjudicación - Expediente N° 1198307/HBR/12 Licitación Pública Nº 1298-SIGAF/12. Objeto de la contratación: Adquisición de Insumos para Cirugía Firmas adjudicadas: Barraca Acher Argentina S.R.L. Renglón: 20 - cantidad: 10 unid. Precio unitario: $ 190.00 - precio total: $ 1900.00 Renglón: 28 - cantidad: 2 unid. Precio unitario: $ 1.990.00 - precio total: $ 3.980,00 Renglón: 29 - cantidad: 2 unid. Precio unitario: $ 1.990.00 - precio total: $ 3.980.00 Renglón: 30 - cantidad: 2 set. Precio unitario: $ 21.862.50 - precio total: $ 43725.00 Renglón: 34 - cantidad: 50 set .Precio unitario: $ 1.200.00 - precio total: $ 60.000,00 Renglón: 38 - cantidad: 10 unid. Precio unitario: $ 1.350.00 - precio total: $ 13500.00 Renglón: 39 - cantidad: 10 unid. Precio unitario: $ 7844.00 - precio total: $ 78440.00 Renglón: 40 - cantidad: 10 unid .Precio unitario: $ 1.750.00 - precio total: $ 17.500,00 Renglón: 44 - cantidad: 2 unid .Precio unitario: $ 4.950.00 - precio total: $ 9.900.00 Renglón: 45 - cantidad: 5 unid .Precio unitario: $ 2.450,00 - precio total: $ 12.250.00 Renglón: 60 - cantidad: 10 unid. Precio unitario: $ 7.897,00 - precio total: $ 78.970,00 Cemetec S.R.L. Renglón: 53 - cantidad: 1 unid. . Precio unitario: $ 6.234,00 - precio total: $ 6234.00 Renglón: 54 - cantidad: 1 unid. . Precio unitario: $ 6.234,00 - precio total: $ 6234.00 Renglón: 55 - cantidad: 1 unid. . Precio unitario: $ 6.234,00 - precio total: $ 6234.00 Renglón: 62 - cantidad: 10 unid. . Precio unitario: $ 134.00 - precio total: $ 1.340.00 Grow Medical S.R.L. Renglón: 14 - cantidad: 30 unid. . Precio unitario: $ 735.00 - precio total: $ 22.050.00 Renglón: 33 - cantidad: 30 set. Precio unitario: $ 750.00 - precio total: $ 22.050.00 Renglón: 35 - cantidad: 30 unid. . Precio unitario: $ 300.00 - precio total: $ 9.000.00 Renglón: 43 - cantidad: 12 unid. . Precio unitario: $ 1.800.0 - precio total: $ 21.600.00 Renglón: 46 - cantidad: 5 unid. . Precio unitario: $ 735.00 - precio total: $ 3.675.00 S.C.M S.A. Renglón: 36 - cantidad: 30 unid. . Precio unitario: $ 300.00 - precio total: $ 9.000.00 Renglón: 37 - cantidad: 30 unid. . Precio unitario: $ 360.00 - precio total: $ 10.800.00 Renglón: 42 - cantidad: 1 unid. . Precio unitario: $ 5100.00 - precio total: $ 5.100.00 Macor Insumos Hospitalarios S.R.L. Renglón: 3 - cantidad: 30 rollos. Precio unitario: $ 425.90 - precio total: $ 12.777.00 Renglón: 31 Op. 2 -cantidad 30 unid. Precio unitario: $ 230.17 - precio total: $ 6.905.10 Renglón: 32 - cantidad: 200sobre. . Precio unitario: $ 94.76 - precio total: $ 18.952.00 Droguería Artigas S.A. Renglón: 7 - cantidad: 15 unid. . Precio unitario: $ 860.00 - precio total: $ 12.900.00 Renglón: 8 - cantidad: 4 unid. . Precio unitario: $ 1.433.00 - precio total: $ 5.732.00 Renglón: 27 - cantidad: 3000unid. . Precio unitario: $ 29.60 - precio total: $ 88800.00 Argentina Medical Products. S.R.L. Renglón: 5 - cantidad: 15 unid. . Precio unitario: $ 837.00 - precio total: $ 12.555.00

Página Nº 157Nº3979 - 23/08/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Renglón: 10 - cantidad: 36 env . Precio unitario: $ 267.00 - precio total: $ 9.612.00 Renglón: 11 - cantidad: 48 unid. . Precio unitario: $ 897.00 - precio total: $ 43.056.00

Renglón: 23 - cantidad: 30 unid. . Precio unitario: $ 1.773.00 - precio total: $ 53.190.00 Renglón: 51 - cantidad: 360 set . Precio unitario: $ 53.51 - precio total: $ 19.263.60 Renglón: 52 - cantidad: 360 set . Precio unitario: $ 990.00 - precio total: $ 356.400.00 Renglón: 61 - cantidad: 10 unid. . Precio unitario: $ 1855.00 - precio total: $ 18.550.00 Gastrotex S.R.L. Renglón: 19 - cantidad: 10 unid. . Precio unitario: $ 368.00 - precio total: $ 3.680.00 Plastimed S.R.L. Renglón: 41 - cantidad: 1 unid. . Precio unitario: $ 3200.00 - precio total: $ 3.200.00 Renglón: 53 - cantidad: 2 unid. . Precio unitario: $ 4.300.00 - precio total: $ 8.600.00 Renglón: 54 - cantidad: 2 unid. . Precio unitario: $ 4.200.00 - precio total: $ 8.400.00 Renglón: 5 - cantidad: 2 unid. . Precio unitario: $ 4.000.00 - precio total: $ 8.000.00 Diagnostico Belgrano S.R.L. Renglón: 2 - cantidad: 6 unid. . Precio unitario: $ 5.395.68- precio total: $ 32.374.08 Foc S.R.L. Renglón: 1 - cantidad: 2 unid. . Precio unitario: $ 1659.00 - precio total: $ 3318.00 Renglón: 4 - cantidad: 30 m. Precio unitario: $ 164.24 - precio total: $ 4.927.20 Renglón: 6 - cantidad: 32unid. . Precio unitario: $ 699.38 - precio total: $ 22.380.16 Renglón: 9 - cantidad: 2 unid. . Precio unitario: $ 14043.55 - precio total: $ 28087.10 Renglón: 12 - cantidad: 48 unid. . Precio unitario: $ 916.60 - precio total: $ 43.996.80 Renglón: 13 - cantidad: 3 unid. . Precio unitario: $ 1572.00 - precio total: $ 4.716.00 Renglón: 15 - cantidad: 20 unid. . Precio unitario: $ 5.510.40 - precio total: $ 110208.00 Renglón: 16 - cantidad: 20 unid. . Precio unitario: $ 3512.00 - precio total: $ 70.240.00 Renglón: 17 - cantidad: 20 unid. . Precio unitario: $ 3.512.00 - precio total: $ 70240.00 Renglón: 18 - cantidad: 30 unid. . Precio unitario: $ 3582.90- precio total: $ 107487.00 Renglón: 21 - cantidad: 15 unid. . Precio unitario: $ 3586.50 - precio total: $ 53797.50 Renglón: 22 - cantidad: 15 unid. . Precio unitario: $ 3123.60 - precio total: $ 46854.00 Renglón: 56 - cantidad: 50 unid. . Precio unitario: $ 2752.00 - precio total: $ 137600.00 Renglón: 57 - cantidad: 50 unid. . Precio unitario: $ 4087.40 - precio total: $ 204370.00 Renglón: 58 - cantidad: 50 unid. . Precio unitario: $ 2143.50 - precio total: $ 107175.00 Renglón: 59- cantidad: 20 unid. . Precio unitario: $ 3512.00 - precio total: $ 70240.00 Adjudicado: pesos: dos millones doscientos cincuenta y seis mil cuatrocientos noventa y cinco con 54/100 ($ 2.256.495.54).

Luis E. Somaruga Director de Atención Médica

María del Carmen Maiorano

Gerente Operativo de Gestión Administrativa, Económico y Financiera OL 3309 Inicia: 23-8-2012 Vence: 23-8-2012

Página Nº 158Nº3979 - 23/08/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Defensor General - Ministerio Público CABA

DEFENSORIA GENERAL Adjudicación - Licitación Pública Nº 10/12 Adquisición de Herramientas Menores, Materiales y Ropa de Trabajo – Expte. Nº 147/12 - Licitación Pública Nº 10/12 Recomendación de la Comisión Evaluadora de Ofertas: A) Recomendación: ADJUDICAR: La presente licitación publica a la empresa Electricidad Chiclana de Santoianni y Rodríguez SH.. Fundamento de la preadjudicación: Dr. Guillermo Patricio Canepa – Dr. Jorge Alberto Fernandez – Dr. Guillermo García Fabués. Lugar de exhibición del acta: Departamento de Compras y Contrataciones, sito en calle Florida 15, Piso 7º, a partir del 13 de agosto de 2012 se exhibirá el acta en el Departamento de Compras y Contrataciones.

Alejandro Guyon Departamento de Compras y Contrataciones

OL 3328 Inicia: 23-8-2012 Vence: 23-8-2012

Página Nº 159Nº3979 - 23/08/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Ambiente y Espacio Público

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL Prórroga - Expediente N° 622.068/12 Prorrogase la Licitación Pública N° 1743/2012 para el día 11 de septiembre de 2012, a las 14 horas, de conformidad con el régimen establecido en la Ley N° 13.064, para la contratación de la Obra “Estacionamiento Virreyes”.

Lisandro Greco Director General

OL 3302 Inicia: 22-8-2012 Vence: 30-8-2012

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCIÓN GENERAL TECNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Prórroga - Expediente N° 507.875/12 Prorrogase la Licitación Pública N° 1745/2012 para el día 11 de septiembre de 2012, a las 12 horas, de conformidad con el régimen establecido en la Ley N° 13.064, para la contratación de la Obra “Puesta en Valor de la Calle Florida”.

Lisandro A. Greco

Director General OL 3284 Inicia: 22-8-2012 Vence: 30-8-2012

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCIÓN GENERAL TECNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Prórroga – Expediente N° 125.422/2012 Prorróguese la Licitación Pública Nº 1746/2012 cuya fecha de apertura de ofertas se encontraba prevista para el día 27 de agosto de 2012 a las 12 hs. para el día 12 de septiembre de 2012 a las 12 hs., referente a la Obra Pública de “Puesta en Valor Obra Costanera”.

Lisandro A. Greco Director General

OL 3283 Inicia: 22-8-2012 Vence: 30-8-2012

Página Nº 160Nº3979 - 23/08/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL Prórroga - Expediente N° 622.028/12 Prorrogase la Licitación Pública N° 1765/2012 para el día 12 de septiembre de 2012, a las 14 horas, de conformidad con el régimen establecido en la Ley N° 13.064, para la contratación de la Obra “Plaza de los Virreyes”.

Lisandro Greco Director General

OL 3303 Inicia: 22-8-2012 Vence: 30-8-2012

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCIÓN GENERAL TECNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Postergación – Expediente N° 997.672/2012 Postérgase la Licitación Pública Nº 1858/2012 cuya fecha de apertura de ofertas se encontraba prevista para el día 22 de agosto de 2012 a las 12 hs. para el día 20 de septiembre de 2012 a las 12 hs., al amparo de lo establecido en el artículo 31°, primer párrafo del artículo 32°, de la Ley N° 2.095 y sus reglamentarios, referente a el “Servicio de Reparación y Mantenimiento del Mástil de Plaza de Mayo”.

Lisandro A. Greco Director General

OL 3318 Inicia: 23-8-2012 Vence: 23-8-2012

Página Nº 161Nº3979 - 23/08/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ente de Turismo

MINISTERIO DE CULTURA ENTE DE TURISMO Prórroga - Expediente Electrónico Nº 1.678.901/12 El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Prorroga el acto de apertura de ofertas de la Licitación Publica Nº 1.931-SIGAF/2012 para el día 24 de agosto de 2012 a las 12 hs. en Balcarce 360, 1er. piso, sede de la Unidad Operativa de Adquisiciones - Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ente de Turismo de esta Ciudad. Las ofertas serán recibidas hasta las 11.30 hs. del 24 de agosto de 2012 en Balcarce 360, 1er piso contrafrente Mesa de Entradas. Repartición destinataria: Ente de Turismo (ENTUR)

Marta Porto Directora General Técnica Administrativa y Legal

del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires OL 3317 Inicia: 23-8-2012 Vence: 23-8-2012

Página Nº 162Nº3979 - 23/08/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Instituto Universitario Nacional del Arte

INSTITUTO UNIVERSITARIO NACIONAL DEL ARTE Prorroga de Plazos - Licitación Publica Nº 5/12 Expediente IUNA Nº 01/153/11 Obra: “Puesta en Valor Sede French Departamento de Artes Dramáticas.” Presupuesto oficial: $ 2.381.961.81 (pesos: dos millones trescientos ochenta y un mil novecientos sesenta y uno con ochenta y uno). Plazo de ejecución de obra: 8 (ocho) meses. Modalidad: ajuste alzado El monto de la garantía de mantenimiento de oferta es de: $23.819,62 (pesos: veintitres mil ochocientos diecinueve con sesenta y dos centavos) Consulta y venta de pliegos: A partir del 23 de agosto de 2012 hasta el 31 de agosto de 2012 inclusive en Área de Compras y Contrataciones, Rectorado, IUNA, Azcuénaga 1169, Planta Baja “A”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 11 a 15hs. ([email protected]). Valor del pliego: $ 150.- (PESOS: CIENTO CINCUENTA). Presentación De Ofertas: En el Área de Compras y Contrataciones, Rectorado del IUNA, Azcuénaga 1169, Planta Baja “A” Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el: 29 de agosto de 2012 a las 12 hs. Apertura de ofertas: 07 de septiembre de 2012 a las 12 hs, en el Rectorado del IUNA, Salón de los Vitrales, Azcuénaga 1129, Primer Piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

María Marta Gigena Secretaria General

OL 3304 Inicia: 23-8-2012 Vence: 29-8-2012

Página Nº 163Nº3979 - 23/08/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL OFTALOMLÓGICO “DR. PEDRO LAGLEYZE” Servicio de Reparación de Equipos - Expediente N° 1678536/MGEyA-HOPL/2012 Llámase a Licitación Pública Nº 1891/SIGAF/2012, cuya apertura se realizará el día 3 de septiembre de 2012, a las 11 hs. Disposición Nº 133/HOPL/2012 Rubro: Servicio de Reparación de Equipos Valor del pliego: $ 00,00. Adquisición y consulta del pliego: Hospital Oftalmológico “Dr. Pedro Lagleyze”, sito en Av. Juan B. Justo 4151, 3º piso, Oficina de Compras, de Lunes a Viernes de 9 a 13 hs., hasta el 7/9/2012. Lugar de apertura: Hospital Oftalmológico “Dr. Pedro Lagleyze”, sito en Avda. Juan B. Justo 4151, 3º piso, Oficina de Compras, el día 7 de septiembre de 2012 a las 11 hs.

Ernesto J. Anauati Director Médico

OL 3314 Inicia: 23-8-2012 Vence: 23-8-2012

Página Nº 164Nº3979 - 23/08/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACION DE RECURSOS Trabajos de rehabilitación integral - Expediente Nº 1088020/2012 Programa Nacional de Refacción Integral de Edificios de Educación Técnico Profesional - Financiamiento del Ministerio de Educación de la Nación. Licitación Pública Nº 12/12 Objeto del llamado: Trabajos de rehabilitación integral en el edificio de la Escuela Técnica N° 15 D.E. Nº 5, sita en Martín García 874 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consulta y entrega de pliegos: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255 2º Piso Frente, de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 10:00 hs. a 17: 00 hs. Valor del Pliego: $ 800 (Pesos ochocientos) Presupuesto oficial: $ 4.010.074,69 (Pesos cuatro millones diez mil setenta y cuatro con sesenta y nueve centavos) Lugar de presentación de las ofertas: Ministerio de Educación sector de Licitaciones, Avda. Paseo Colón 255 2º Piso Frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha/hora de apertura: 13 de septiembre de 2012 a las 13:00 hs. Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. Fecha/hora de visita a obra: 29 de agosto de 2012 a las 11:00 hs. Lugar de apertura: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255 2º Piso Frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo de ejecución de las obras: 300 días corridos, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Marcelo Aníbal Loprete Director General

OL 3017 Inicia: 6-8-2012 Vence. 27-8-2012

MINISTERIO DE EDUCACIÓN UNIDAD EJECUTORA JURISDICCIONAL Adquisición de Informática – Expediente Nº 1235431/2011 Contratación Directa Nº 02/11 Objeto de la contratación: Adquisición de Informática Presentación de ofertas: Esmeralda 55, piso 3º – Oficina 5, hasta las 10.30 hs., del día 31 de agosto de 2012. Vencimiento validez de oferta: 30/9/12. Consulta de pliegos: [email protected] Acto de apertura: 31 de agosto de 2012, a las 12 hs., Unidad Ejecutora Jurisdiccional – Ministerio de Educación – Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Marcelo Lorenzo Coordinador General Ejecutivo

Página Nº 165Nº3979 - 23/08/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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(Resolución 4733 – Ministerio de Educación GCBA)

OL 3267 Inicia: 21-8-2012 Vence: 24-8-2012

MINISTERIO DE EDUCACIÓN UNIDAD EJECUTORA JURISDICCIONAL Adquisición de Equipamiento Informático – Expediente Nº 1376652/2012 Contratación Directa Nº 01/12 Objeto de la contratación: Adquisición de Equipamiento Informático. Presentación de ofertas: Esmeralda 55, piso 3º – Oficina 5, hasta las 10.30 hs. del día 31 de agosto de 2012. Vencimiento validez de oferta: 30/9/12. Consulta de pliegos: [email protected] Acto de apertura: 31 de agosto de 2012, a las 11 hs., Unidad Ejecutora Jurisdiccional – Ministerio de Educación – Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Marcelo Lorenzo

Coordinador General Ejecutivo (Resolución 4733 – Ministerio de Educación GCBA)

OL 3268 Inicia: 21-8-2012 Vence: 24-8-2012

MINISTERIO DE EDUCACIÓN UNIDAD EJECUTORA JURISDICCIONAL Adquisición de Cámara – Expediente Nº 1376703/2012 Contratación Directa Nº 02/12 Objeto de la contratación: Adquisición de Cámara Presentación de ofertas: Esmeralda 55, piso 3º – Oficina 5, hasta las 10.30 hs., del día 31 de agosto de 2012. Vencimiento validez de oferta: 30/9/12. Consulta de pliegos: [email protected] Acto de apertura: 31 de agosto de 2012, a las 11.10 hs., Unidad Ejecutora Jurisdiccional – Ministerio de Educación – Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Marcelo Lorenzo Coordinador General Ejecutivo

(Resolución 4733 – Ministerio de Educación GCBA)

OL 3269 Inicia: 21-8-2012 Vence: 24-8-2012

Página Nº 166Nº3979 - 23/08/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 167: Boletín Oficialboletinoficial.buenosaires.gob.ar/.../2012/08/20120823.pdf2012/08/23  · del día 5 de Julio de 2012 ha quedado automáticamente promulgada el día 2 de agosto de

MINISTERIO DE EDUCACIÓN UNIDAD EJECUTORA JURISDICCIONAL Adquisición de Procesador – Expediente Nº 1376777/2012 Contratación Directa Nº 03/12 Objeto de la contratación: Adquisición de Procesador Presentación de ofertas: Esmeralda 55 – piso 3º – Oficina 5, hasta las 10.30 hs., del día 31 de Agosto de 2012. Vencimiento validez de oferta: 30/09/12. Consulta de pliegos: [email protected] Acto de apertura: 31 de agosto de 2012, a las 11.20 hs., Unidad Ejecutora Jurisdiccional – Ministerio de Educación – Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Marcelo Lorenzo Coordinador General Ejecutivo

(Resolución 4733 – Ministerio de Educación GCBA)

OL 3270 Inicia: 21-8-2012 Vence: 24-8-2012

MINISTERIO DE EDUCACIÓN UNIDAD EJECUTORA JURISDICCIONAL Adquisición de Equipamiento Electrónico – Expediente Nº 1376824/2012 Contratación Directa Nº 04/12 Objeto de la contratación: Adquisición de Procesador Presentación de ofertas: Esmeralda 55 – piso 3º – oficina 5, hasta las 10.30 hs del día 31 de agosto de 2012. Vencimiento validez de oferta: 30/9/12. Consulta de pliegos: [email protected] Acto de apertura: 31 de Agosto de 2012, a las 11.30 hs., Unidad Ejecutora Jurisdiccional – Ministerio de Educación – Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Marcelo Lorenzo Coordinador General Ejecutivo

(Resolución 4733 – Ministerio de Educación GCBA)

OL 3271 Inicia: 21-8-2012 Vence: 24-8-2012

MINISTERIO DE EDUCACIÓN UNIDAD EJECUTORA JURISDICCIONAL Adquisición de Equipamiento de Impresiones y Publicaciones - Expediente Nº 1376973/2012

Página Nº 167Nº3979 - 23/08/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Contratación Directa Nº 01/12 Objeto de la contratación: Adquisición de Equipamiento de Impresiones y Publicaciones Presentación de Ofertas: Esmeralda 55, piso 3º, Oficina 5, hasta las 10.30 hs., del día 31 de agosto de 2012. Vencimiento validéz de oferta: 30/9/12. Consulta de pliegos: [email protected] Acto de Apertura: 31 de agosto de 2012, a las 12.30 hs., Unidad Ejecutora Jurisdiccional – Ministerio de Educación – Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Marcelo Lorenzo Coordinador General Ejecutivo

(Resolución 4733 – Ministerio de Educación GCBA)

OL 3272 Inicia: 21-8-2012 Vence: 24-8-2012

MINISTERIO DE EDUCACIÓN UNIDAD EJECUTORA JURISDICCIONAL Adquisición de Insumos para Taller - Expediente Nº 1377026/2012 Contratación Directa Nº 02/12 Objeto de la contratación: Adquisición de Insumos para Taller Presentación de ofertas: Esmeralda 55, piso 3º – Oficina 5, hasta las 10.30 hs., del día 31 de agosto de 2012. Vencimiento validez de oferta: 30/9/12. Consulta de pliegos: [email protected] Acto de apertura: 31 de agosto de 2012, a las 12.40 hs., Unidad Ejecutora Jurisdiccional – Ministerio de Educación – Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Marcelo Lorenzo Coordinador General Ejecutivo

(Resolución 4733 – Ministerio de Educación GCBA)

OL 3273 Inicia: 21-8-2012 Vence: 24-8-2012

MINISTERIO DE EDUCACIÓN UNIDAD EJECUTORA JURISDICCIONAL Adquisición de Equipamiento Informático – Expediente Nº 1438320/2012 Contratación Directa Nº 01/12 Objeto de la contratación: Adquisición de Equipamiento Informático Presentación de ofertas: Esmeralda 55, piso 3º – oficina 5, hasta las 10.30 hs., del día 31 de agosto de 2012. Vencimiento validez de oferta: 30/9/12. Consulta de pliegos: [email protected] Acto de apertura: 31 de agosto de 2012, a las 11.40 hs., Unidad Ejecutora Jurisdiccional – Ministerio de Educación – Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Página Nº 168Nº3979 - 23/08/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Marcelo Lorenzo

Coordinador General Ejecutivo (Resolución 4733 – Ministerio de Educación GCBA)

OL 3274 Inicia: 21-8-2012 Vence: 24-8-2012

MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACION DE RECURSOS Trabajos de Refacción Integral - Expediente Nº 1479149/2012 Programa Nacional de Refacción Integral de Edificios de Educación Técnico Profesional - Financiamiento del Ministerio de Educación de la Nación. Licitación Pública Nº 17-12 Objeto del llamado: Trabajos de Rehabilitación Integral en el edificio de la Escuela Técnica N° 2 D.E. Nº 9, sita en Avda. Santa Fe 3727 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consulta y entrega de pliegos: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255 2º Piso Frente, de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 10:00 hs. a 17: 00 hs. Valor del Pliego: $ 800 (Pesos ochocientos) Presupuesto oficial: $ 3.836.486,66 (Pesos tres millones ochocientos treinta y seis mil cuatrocientos ochenta y seis con sesenta y seis centavos) Lugar de presentación de las ofertas: Ministerio de Educación sector de Licitaciones, Avda. Paseo Colón 255 2º Piso Frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha/hora de apertura: 14 de septiembre de 2012 a las 13:00 hs. Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. Fecha/hora de visita a obra: 30 de agosto de 2012 a las 11:00 hs. Lugar de apertura: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255 2º Piso Frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo de ejecución de las obras: 300 días corridos, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Marcelo Aníbal Loprete Director General

OL 3018 Inicia: 6-8-2012 Vence: 27-8-2012

Página Nº 169Nº3979 - 23/08/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Desarrollo Urbano

MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO DIRECCION GENERAL TECNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Obra “Ajuste de la Red Pluvial de Captación de la Ciudad de Buenos Aires en Base al Mapeo de Reclamo de Vecinos” - Licitación Pública Nº 1823/2012 Expediente Nº 506.031/12 Llámese a Licitación Pública Nº 1823/2012 Obra “Ajuste de la Red Pluvial de Captación de la Ciudad de Buenos Aires en Base al Mapeo de Reclamo de Vecinos” Valor del Pliego: Gratuito. Consulta y Descarga de Pliegos: En el sitio web del G.C.B.A.: http://www.buenosaires.gov.ar/areas/planeamiento_obras/licitations/web/frontend_dev.php Presentación de Ofertas y Fecha de Apertura: Hasta las 13:00 hs. del día 10 de septiembre de 2012 en la Subdirección Operativa de Compras, Licitaciones y Suministros del Ministerio de Desarrollo Urbano.

Fernando Codino Director General

OL 3097 Inicia: 9-8-2012 Vence: 30-8-2012

MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO DIRECCION GENERAL TECNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Obra “Oasis Magaldi Unamuno” - Licitación Pública Nº 1816/12 Expediente Nº 1.272.830/2012 Llámese a Licitación Pública Nº 1816/2012 Obra “Oasis Magaldi Unamuno” Valor del Pliego: Gratuito. Consulta y Descarga de Pliegos: En el sitio web del G.C.B.A.: http://www.buenosaires.gov.ar/areas/planeamiento_obras/licitations/web/frontend_dev.php Presentación de Ofertas y Fecha de Apertura: Hasta las 15:00 hs. del día 6 de septiembre de 2012 en la Subdirección Operativa de Compras, Licitaciones y Suministros del Ministerio de Desarrollo Urbano.-

Fernando Codino Director General

OL 3098 Inicia: 9-8-2012 Vence: 30-8-2012

Página Nº 170Nº3979 - 23/08/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL Obra: “Puesta en valor manzana de las luces casco histórico calle Perú y Moreno - Etapa II - Expediente Nº 1.397.880/12 Llámese a Licitación Pública Nº 1814/12. Obra “Puesta en valor manzana de las luces casco histórico calle Perú y Moreno - Etapa II”. Valor del pliego: gratuito. Consulta y descarga de pliegos: en el sitio web del G.C.B.A.: http://www.buenosaires.gov.ar/areas/planeamiento_obras/licitations/web/frontend_dev.php Presentación de ofertas y fecha de apertura: hasta las 13 hs. del día 6 de septiembre de 2012 en la Subdirección Operativa de Compras, Licitaciones y Suministros del Ministerio de Desarrollo Urbano.

Fernando Codino Director General

OL 3046 Inicia: 7-8-2012 Vence: 28-8-2012

Página Nº 171Nº3979 - 23/08/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. ABEL ZUBIZARRETA” Reactivos para gases en sangre - Expediente N° 1372603-HGAZ/12 Licitación Privada N° 228-HGAZ/12. Clase: etapa única. Rubro comercial: salud. Disposición de Llamado Objeto de la contratación: reactivos para gases en sangre.

Lilia Borelli Subdirectora Medica a/c de la Dirección

Martín Kelly

Gerente Operativo de Gestión Administrativa Económica y Financiera

OL 3313 Inicia: 23-8-2012 Vence: 23-8-2012

Página Nº 172Nº3979 - 23/08/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Banco Ciudad De Buenos Aires

BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES GERENCIA DE COMPRAS

Servicio de recarga, prueba hidráulica y controles trimestrales para todos los extintores de la Institución - Carpeta de Compra Nº 20.366 Llámese a Licitación Pública con referencia al “Servicio de recarga, prueba hidráulica y controles trimestrales para todos los extintores de la Institución por el plazo de 12 meses con opción por parte del Banco a renovarlo por un período similar”. Fecha de apertura de sobres: 13.09.2012 a las 11 hs. Valor del pliego: $ 0,00.- (Pesos: Sin Cargo) Adquisición y Consulta de pliegos: el Pliego de Bases y Condiciones Particulares podrá ser consultado u obtenido desde la página web del Banco www.bancociudad.com.ar en el link Licitaciones a partir del día 21.08.2012. Fecha tope de consultas: 07.09.2012

Jessica Maiolo Jefe de Equipo

Contrataciones Diversas BC 186 Inicia: 21-8-2012 Vence: 23-8-2012

BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES GERENCIA DE COMPRAS

Postergación - Carpeta de Compra Nº 20.334 Se comunica a los Sres. Oferentes que la fecha de apertura de la Licitación Pública correspondiente a la Carpeta de Compra Nº 20.334, que tramita los “Trabajos de remodelación parcial de la Sucursal Nro. 58 “Consejo Profesional”, sita en la calle Paraná 744, Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, se posterga para el día 07/09/2012 a las 11 horas. Valor del pliego: $ 200 (Son pesos: Doscientos) Consultas de pliegos: Gerencia de Compras, sita en Sarmiento 611 - 7mo. Piso – Capital Federal, en el horario de 10.00 a 15.00 horas. Fecha tope de consultas: 03/09/2012.-

Leandro D. Biondo Jefe de Equipo

Equipo de Obras BC 188 Inicia: 23-8-2012 Vence: 23-8-2012

Página Nº 173Nº3979 - 23/08/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS DISPOSICIÓN N.º 507/DGAR/12 Se aprueban Pliegos y se llama a Licitación Pública Nº 12/12

Buenos Aires, 30 de julio de 2012 VISTO: La Ley Nacional Nº 13064, las Resoluciones Ministeriales Nº 515/08, 2055/11 y Nº 612/09, los Decretos Nº 481/GCBA/11 y Nº 714/GCBA/11, la Resolución Nº 4548/MEGC/10, el Expediente Nº 1088020/12, y CONSIDERANDO: Que la Dirección General de Infraestructura Escolar ha elaborado el informe técnico correspondiente en el que se señala la necesidad de ejecutar una Rehabilitación Integral del edificio de la Escuela Técnica Nº 15 Distrito Escolar 5 sita en Martín García 874 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que en virtud de las conclusiones técnico presupuestarias alcanzadas por la Dirección General de Infraestructura Escolar el presupuesto oficial total para la realización de las obras enunciadas será de PESOS CUATRO MILLONES DIEZ MIL SETENTA Y CUATRO CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 4.010.074,69); Que a tal efecto, corresponde el dictado del acto administrativo que llame a Licitación Pública N° 12/12 que tenga por objeto la Rehabilitación Integral en el establecimiento educativo precedentemente mencionado; Que por Resolución Nº 4548/MEGC/2010, el Ministro de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires delegó en el Director General de Administración de Recursos, el ejercicio de las atribuciones conferidas al Coordinador General de la Unidad Coordinadora Provincial de ésta Jurisdicción, en los términos de las Resoluciones Ministeriales antes mencionadas; Que dicha obra se realizará en el marco del Programa Nacional de Refacción Integral de Edificios de Educación Técnico Profesional aprobado por el Ministerio de Educación de la Nación; Que, en virtud de lo expuesto se ha procedido a confeccionar el correspondiente Pliego de Bases y Condiciones Particulares, con la finalidad de regir el procedimiento de selección del contratista como así también la ejecución de las obras a contratarse; Que de acuerdo al procedimiento de selección indicado corresponde la publicación en el Boletín Oficial de la Nación durante 15 (quince) días hábiles, por el mismo periodo en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y durante dos (2) días en un diario de distribución de reconocida circulación nacional con una anticipación mínima de quince (15) días corridos de la fecha de apertura de ofertas; Que la presente licitación se llevará a cabo afectando los fondos depositados en las cuentas respectivas por el Ministerio de Educación de la Nación; Que la adjudicación del presente proceso licitatorio queda sujeto a la integración por parte del Ministerio de Educación de la Nación, de la diferencia entre el presupuesto oficial y la suma transferida por dicho ministerio mediante Resolución N° 612/09;

Que, el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto, en virtud de lo preceptuado por los Decretos N° 481/GCBA/11 y N° 714/GCBA/11 y la Resolución N° 4548/MEGC/10. Por ello,

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Artículo 1°.- Llámase a Licitación Pública N° 12/12 bajo la modalidad instaurada por el Pacto Federal Educativo, con el objeto de proceder a la contratación de la obra de rehabilitación integral en el edificio de la Escuela Técnica Nº 15 Distrito Escolar 5 sita en Martín García 874, fijando como presupuesto oficial la suma de PESOS CUATRO MILLONES DIEZ MIL SETENTA Y CUATRO CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 4.010.074,69). Artículo 2°.- Establécese como fecha de apertura de ofertas el día 13 de septiembre de 2012, a las 13:00 hs. en Licitaciones, Ministerio de Educación sito en Av. Paseo Colón 255, Piso 2° frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Artículo 3°.- Establécese el precio de los Pliegos respectivos en pesos ochocientos ($ 800.-), los que se podrán consultar, retirar y adquirir en la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones, sita en Av. Paseo Colón 255 Piso 2º frente, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Nación durante 15 (quince) días hábiles, en el de la Ciudad de Buenos Aires durante el mismo período, con una anticipación mínima de quince (15) días corridos de la fecha de apertura de ofertas y durante dos (2) días en un diario de distribución de reconocida circulación nacional, en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, www.buenosaires.gob.ar y en la cartelera de Licitaciones del Ministerio de Educación sito en Av. Paseo Colón 255 Piso 2º frente. Artículo 5°.- Regístrese, publíquese conforme lo ordena la parte dispositiva y para su conocimiento y prosecución del trámite pase a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones. Loprete. OL 2963 Inicia: 3-8-2012 Vence: 24-8-2012

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EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACION DE RECURSOS DISPONE

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Autopistas Urbanas S.A.

AUTOPISTAS URBANAS S.A. “Proyecto Ejecutivo y Construcción de la Obra de Infraestructura Hidráulica complementaria al Paso Bajo Nivel Iberá, ramal Arcos” - Contratación Nº 2012-01-0007-00 Llamase a Contratacion Nº 2012-01-0007-00, cuya apertura se realizará el día 03 de Septiembre de 2012, a las 16:00 hs., para la contratación: “Proyecto Ejecutivo y Construcción de la Obra de Infraestructura Hidráulica complementaria al Paso Bajo Nivel Iberá, ramal Arcos”. Valor del pliego: Sin cargo. Obtención de pliegos y consultas: a través del sitio Web del AUSA, a partir del 22 de agosto al 29 de agosto de 2012, ingresando en el siguiente link: www.ausa.com.ar/compras/licitaciones_publicas.aspx Lugar de apertura: En Autopistas Urbanas S.A. Piedras 1260, Edificio “A” 1° piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Presentación de ofertas: En Autopistas Urbanas S.A., Piedras 1260 Edificio A Piso 1°; Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el día 03 de septiembre de 2012 a las 16:00 hs.

Gustavo Gené Director Operativo de Áreas de Soporte

Autopistas Urbanas S.A. OL 3306 Inicia: 22-8-2012 Vence: 23-8-2012

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Edictos Particulares

Retiro de restos Se comunica a los deudos que tengan los restos de familiares depositados en la bóveda Paciarotti – Zocchi, lotes 37 y 38, tablón 6, manzana 2, sección 5 del Cementerio de la Chacarita, deberán retirarlos dentro de los 10 días corridos de la fecha, caso contrario se solicitará a la Dirección General de Cementerios del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires su cremación, siendo las cenizas retiradas por su titular.

Solicitante: Carlos Ernesto Paciarotti EP 284 Inicia: 16-8-2012 Vence: 23-8-2012

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Transferencia de Habilitación

Chung Fu Hsiang, DNI N°18.709.798, argentino naturalizado, con domicilio particular y legal: Arribeños Nº 2465 C.A.B.A. representado por su apoderada Liu Fabiana, DNI N° 32.236.629 argentina, con domicilio particular y legal: Arribeños Nº 2465 C.A.B.A., comunica que transfiere a Comercio Victoria S.R.L., con domicilio en Arribeños 2465 CABA, la habilitación municipal sito en Arribeños 2461 CABA, que funciona como “Com. Min. Autoservicio”, “Com. Min. de semillas, plantas, articul. y herramientas para jardinería”, “Com. Min. de flores, plantas de interior y semillas en pequeña escala”, habilitado por expediente 4643/1998. Reclamos de ley en Arribeños 2461 CABA Solicitante: Comercio Victoria S.R.L. EP 284 (bis) Inicia: 17-8-2012 Vence: 24-8-2012

Transferencia de Habilitación Xima S.A. (CUIT 30-70814777-6) domicilio Av. La Plata 96, PB, EP, Locales 1, 2, 3 y 4, CABA, transfiere la Habilitación Municipal bajo Expediente Nº 66422/2007, con el rubro: “Com. Min. de helados (sin elaboración) restaurante, cantina, casa de lunch, café, bar, com. min. bar lácteo, despacho de bebidas, wiskería, cervecería, casa de comidas, rotisería, com. min. elab. y vta de pizza, fugazza, fainá, empan., postres, flanes, churros, grill, parrilla, confitería”, a Rumena S.A., con domicilio en Av. La Plata 96, PB, EP, Locales 1, 2, 3 y 4, CABA. Observaciones: Sin envío a domicilio. Reclamo de ley y domicilio de partes en el mismo establecimiento. .

Solicitante: Leonardo Hernán Franco EP 290 Inicia: 21-8-2012 Vence: 27-8-2012

Transferencia de Habilitación Transtex S.A. transfiere a Valid Soluciones y Servicios de Seguridad en Medios de Pago e Identificación S.A. con domicilio en la calle José C. Paz 3640, P.B., pisos 1º y 2º de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el inmueble sito en la calle José C. Paz 3640/58, P.B., pisos 1º y 2º de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que funciona en carácter de “Fábrica de Equipos y Aparatos de Comunicación, Taller de Reparación de Máquinas de Escribir, Contabilidad, Cajas registradoras y de sus Repuestos y Accesorios, Corte y Armado de Artículos Plásticos, Fábrica de Instrumentos de Precisión: de Uso Industrial, Taller de Reparación de Instrumentos de Precisión por Oficio Judicial 35390/1997 en fecha 26/7/2001 mediante Disposición Nº 3024/DGVH/2001.Observaciones: se deja constancia que la presente transferencia se otorga conforme lo resuelto en el art. 1º de la Resolución Nº 280/SG/2000. Libre de deudas y gravámenes. Reclamos de Ley en José C. paz 3640, P.B., pisos 1º y 2º de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Solicitante: Pablo A. Heller (Apoderado (Valid Soluciones y Servicios de Seguridad en

Medios de Pago e Identificación S.A.)

EP 291 Inicia: 21-8-2012 Vence: 27-8-2012

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Transferencia de Habilitación

La firma Saluvi S.R.L. avisa que transfiere su habilitación del local que funciona como: Elaboración de masas, pasteles, sándwiches y productos similares, etc - Elaboración de productos de panadería con ventas directa al público - Comercio minorista despacho de pan productos afines - Comercio minorista de masas, bombones, sándwiches (sin elaboración); por Exp. Nº 39198/2002 de fecha 19/03/2004, ubicado en la calle Av. Nazca 1901 y Camarones 2889 P.B., con una superficie total de 365,40 m2, a la firma Avenida Nazca 2011 S.R.L. Reclamos de Ley mismo local. Solicitante: Avenida Nazca 2011 S.R.L. EP 292 Inicia: 17-8-2012 Vence: 24-8-2012

Transferencia de Habilitación

Pedro Franco Del Rosso, CUIT 20-93267410-7, con domicilio en la Av. Carabobo 489 C.A.B.A. comunica que transfiere a favor de Galitex S.A. con domicilio en la calle Murguiondo Nº 3246 de esta Ciudad, la habilitación del local sito con frente a la calle Murguiondo Nº 3246 , de esta ciudad. Destinado según certificado de Habilitación Expediente Nº 21010/2002 a Fabr. de tejidos de punto.- libre de toda deuda y gravamenes, impuestos o multas, inhibiciones o embargos y sin personal. Reclamos de Ley en el domicilio de la calle Murguiondo 3246, de esta Ciudad Solicitante:. Galitex S.A. EP 293 Inicia: 22-8-2012 Vence: 28-8-2012

Transferencia de Habilitación Actos Rabboni e Hijos S.C.A. con domicilio en Sánchez de Loria 1362/64/66 comunica que transfiere a Arbros S.A. con domicilio en Sánchez de Loria 1356/62/64/66 la habilitación Municipal como “Taller de Tornería Mecánica, Exposición y Venta de Artículos para la Industria”, bajo Expediente Nº 37722/1943 para realizar actividades de fabricación de válvulas de seguridad/reductoras de presión y otros productos de alta especialización técnica en el rubro de tratamiento de fluidos, así como servicios de mantenimiento y reparación. Reclamos de ley en Sánchez de Loria 1366 CABA.

Solicitante: Arbros S.A. EP 294 Inicia: 22-8-2012 Vence: 28-8-2012

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Transferencia de Habilitación

José Cambria (DNI 93.327.963) domiciliado en White 1416 CABA avisa que transfiere habilitación municipal del local sito en White 1347 PB que funciona como “Garage comercial (con capacidad para 48 cocheras)” Expte. Nº 8366/88 Disposición Nº 819/DGHP/92, a Claudio José Cambria (DNI 17.199.995) domiciliado en White 1416 CABA. Reclamos de Ley y domicilio de partes en White 1347 CABA. Solicitante:. Claudio José Cambria EP 297 Inicia: 23-8-2012 Vence: 29-8-2012

Transferencia de Habilitación Carlos Adrián Romero Abogado, tomo 84 Folio 695 C.P.A. C.A.B.A., con oficinas en Belgrano 342 Piso 2º Of. 23 C.A.B.A avisa que BH 211 S.R.L. transfiere la habilitación municipal del local sito en Baez 227 PB y PA C.A.B.A que funciona como: “Restaurante, cantina - café bar - despacho de bebidas, wisquería, cervecería - parrilla” Expte. Nº 72680/2007 Superficie: 241,93 m2 a Baez 227 S.A. Reclamos de Ley y domicilio de partes en mis oficinas Belgrano 342 Piso 2º Of. 23 C.A.B.A.

Solicitantes: Baez 227 S.A. EP 300 Inicia: 22-8-2012 Vence: 28-8-2012

Transferencia de Habilitación Airoli Leandro Aníbal con domicilio en Mariscal Francisco Solano López 2430, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, avisa que transfiere a Fernando Diego Airoli, con domicilio en Mariscal Francisco Solano López 2430, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, su local sito en la calle Bolivia 2526/2528, P.B., habilitado con el rubro Elab. de Productos de panadería con venta directa al público (500.202), por Expediente Nº 16.008/2001. Reclamos de Ley en Bolivia 2526, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Solicitante: Hugo Omar Soria EP 281 Inicia: 21-8-2012 Vence: 27-8-2012

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CONVOCATORIA DE ASAMBLEA

Buenos Aires 17 de agosto de 2012 ASOCIACION DE MAESTROS CONFEDERADOS Convocatoria La Asociación de Maestros Confederados, Inscripción Gremial Nº 2064, convoca a Asamblea Ordinaria para: A. Consideración de Memoria y Balance. B. Integración de la AMC en la Federación de Acuerdo Docente de la Ciudad. Fecha: 28 de septiembre de 2012. Horario: 18 hs. Primer llamado. 19 hs. Segundo llamado. Lugar: Av. de Mayo 953 1º Piso Oficina 20. Orden del Día: 1) Elección del Presidente de la Asamblea. 2) A. Lectura y consideración de la Memoria y Balance correspondiente al período 01/07/ 2011 al 30/06/2012 B. Propuesta de integración de AMC en la Federación de Acuerdo Docente de la Ciudad. 3) Designación de asambleístas para firmar el Acta.

Norberto Abel Santillán Secretario General

Solicitante: Asociación de Maestros Confederados EP 295 Inicia: 22-8-2012 Vence: 24-8-2012

CONVOCATORIA DE ASAMBLEA Anual 2012 Postergación

Postergación para el jueves 27 de septiembre de 2012 El Consejo Directivo del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires dispuso postergar la fecha de realización de la Asamblea Ordinaria Anual para el jueves 27 de septiembre de 2012, a las 18:00 horas (1º citación) y a las 19:00 horas (2º citación) en su sede de Av. Callao 1542.

Eduardo H. Plaetsier Colegio de Escribanos

Secretario

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Carlos Marcelo D’Alessio Colegio de Escribanos

Presidente

Solicitante: Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires EP 296 Inicia: 21-8-2012 Vence: 23-8-2012

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Edictos Oficiales Ministerio de Ambiente y Espacio Público

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCIÓN GENERAL DE CEMENTERIOS Citación Cítase por el término de cinco (5) días a los co-titulares de la Bóveda formada por la sepultura 3, el Nº 35 más la sepultura 1 del Nº 40, y fracción sección 3 del Cementerio de la Recoleta en la Dirección General de Cementerios, Departamento Obras y Mantenimiento sita en la calle Guzmán 730 de esta Capital a los efectos de tomar conocimiento de que dicho sepulcro presenta alto grado de deterioro y abandono todo esto producto de la falta de mantenimiento ocasionando daños a bóvedas vecinas. Deberá comparecer a los efectos que arbitren las acciones necesarias tendientes a solucionar los problemas planteados.

Néstor Pan Director General

EO 416 Inicia: 21-8-2012 Vence: 24-8-2012

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PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BS.AS.

JUZGADO DE 1º INST. DE DISTRITO CIVIL Y COMERCIAL DE LA 1ª NOM. DE ROSARIO JUSTICIA PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS Citación (Oficio Judicial Nº 1708256) Causa Nº 43896/11 Carátula “Guaraglia Natalia Verónica s/ inf. Art. 149 bis del C.P.” Nº 43.896/11 (reg. int. 406/12-D), caratulada "Guaraglia, Natalia Verónica s/ inf. Art. 149bis del C.P.”, que tramita ante este Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas Nro. 29 a mi título, sito en la calle Beruti 3345, 4° piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tel./fax: 4014-5853/52/6156/76. Se cita por el presente a la Sra. Natalia Verónica Guaraglia, identificada con el DNI Nº 28.630.767, que deberá presentarse dentro de los tres (3) días a partir de la última publicación, en la sede de este Juzgado a los efectos de ponerse a disposición de esta Judicatura. Fdo. María Araceli Martínez, Jueza. Ante mí: María del Pilar Ávalos, Secretaria.

María Araceli Martínez Jueza

OJ 139 Inicia: 17-8-2012 Vence: 24-8-2012

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES JUSTICIA PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS Citación (Oficio Judicial Nº 1728142) Carátula “Ruiz Díaz Aquino Cirilo Luis s/ inf. Art. 149 bis, Amenazas - CP (p/ L 2303)” Hagase saber a Ud. que en relación a la causa caratulada “Ruiz Díaz, Aquino Cirilo Luis s/ inf. Art. 149 bis, Amenazas – CP (p/L 2303)” que se tramita ante esta sede se ha resuelto: El Sr. Fiscal a cargo de la investigación ha ordenado requerirle la publicación por el término de cinco días de la siguiente resolución dictada" "Buenos Aires, 14 de agosto de 2012. Hágase saber a Cirilo Luis Ruiz Díaz Aquino DNI Nº 92.476.886, que deberá comparecer a esta Unidad Fiscal Sudeste, Equipo "B" (situada en Bartolomé Mitre 1735 piso 4° de esta Ciudad) dentro del tercer día hábil de notificado a partir de la última publicación y en el horario comprendido entre las 9:00 y 14:00 horas, a los efectos de ser intimado del hecho en los términos del art. 161 del C.P.P.C.A.B.A" bajo apercibimiento en caso de incomparecencia injustificada de solicitar su rebeldía (art. 158 CPPCABA). Comuníquese a la nombrada el derecho que le asiste de ser asistido por un abogado de su confianza o por el defensor oficial que por turno corresponda. Déjese constancia que el delito que motiva el proceso es aquel previsto y reprimido por el art. 149 bis del Código Penal. Fdo: Sergio Martín Lapadu. Fiscal. Ante mí: Sebastián Stoppani. Secretario.

Liliana Vera Secretaria

Unidad de Tramitación Común Unidad Fiscal Sudeste

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OJ 140 Inicia: 21-8-2012 Vence: 27-8-2012

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PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES JUSTICIA CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS Citación (Oficio Judicial Nº 1746450) Causa Nº 48680/11 Carátula “Gómez, Daniel Alejandro s/inf. Art. 183 del Código Penal” Por disposición de S.S. tengo el agrado de dirigirme a Ud., en mi carácter de Secretaria del Juzgado de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas nº 17, a cargo del doctor Norberto R. Tavosnanska, sito en la calle Tacuarí 138, piso 5° frente, de esta ciudad, en el marco de la causa nº 48680/11 número interno 3948/D caratulada "Gómez, Daniel Alejandro s/inf. Art. 183 del Código Penal", a fin de solicitarle tenga a bien publicar por edicto durante cinco días en el Boletín Oficial, el proveído que se transcribe a continuación: "Buenos Aires, 7 de agosto de 2012. Cítese al señor Daniel Alejandro Gómez DNI 28.122.118 para que en el plazo de cinco días desde su notificación, comparezca personalmente a los estrados de este Juzgado a fin de estar a derecho, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía y en consecuencia librarse oficios para requerir su detención. En atención a que el imputado no ha sido notificado mediante edictos, conforme lo prevé el artículo 63 del Código Procesal Penal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, líbrese oficio de estilo a la Secretaría Legal y Técnica del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, cíteselo mediante despacho teletipográfico a su domicilio real". Fdo.: Norberto R. Tavosnanska (Juez) Ante mí: Beatriz Andrea Bordel (Secretaria). Asimismo, le hago saber que el dicha publicación deberá constar que se trata de la causa 9110/0-2011, Gómez, Daniel Alejandro s/inf. art(s) 183, Daños - CP (p/L 2303).

Beatriz Andrea Bordel Secretaria

OJ 141 Inicia: 23-8-2012 Vence: 29-8-2012

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Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS Notificación - Resolución Nº 1801/DGR/2012

Buenos Aires, 14 de agosto de 2012. VISTO: El Expte. Nº 285227/2011 e Inc. CA. N° 458.009-DGR-2010, relacionadas con el cumplimiento de las obligaciones impositivas de LOUNGE BISTRO S.A., con domicilio fiscal en la calle PARAGUAY Nº 4661, (Comuna N° 14) de esta Ciudad (fs. 221 del Expediente Nº 285227/2011), inscripta en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos bajo el N° 1158691-05 y CUIT N° 30-70909240-1, cuyas actividades sujetas a tributo consisten en “SERVICIOS DE RESTAURANTES Y CANTINAS” y “SERVICIOS DE SALONES DE BAILE”, de las que resulta: Que, verificada la situación fiscal de la contribuyente, frente a sus obligaciones por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, la inspección interviniente constató la existencia de ajustes a favor de este Fisco, por los períodos fiscales 2006 (1° y 2° ant. mens.), 2007 (10°, 11° y 12º ant. mens.), 2008 (1° a 12° ant. mens.), 2009 (1° a 12° ant. mens.), 2010 (1º a 12º ant. mens.) y 2011 (1° a 8° ant. mens.); Que el ajuste fiscal ha sido establecido en autos con los alcances, términos y condiciones de que da cuenta la Resolución N° 740-DGR-2012 (fs. 181/189 del Expte. N° 285227/2011), de fecha 13 de marzo de 2012; Que conferida la vista de ley, conforme cédulas de notificación obrantes a fs. 194/195, notificadas en fecha 04/05/2012 y 24/04/2012 y mediante publicación de edictos en el Boletín Oficial, desde el 09/05/2012 hasta el 11/05/2012, fs. 196/214 (todas del Expte. Nº 285227/2011) y siendo que al vencimiento del plazo legal otorgado al efecto, la contribuyente ni el responsable solidario, presentaron descargo, ni ofrecieron prueba alguna tendiente a hacer valer sus derechos, Y; CONSIDERANDO: Que, analizadas las constancias de autos corresponde resolver definitivamente en esta instancia, teniendo en cuenta que mediante la documentación que dispuso la inspección interviniente se establecieron ajustes a favor de este Fisco, por los periodos mencionados en los “vistos” de la presente Resolución; Que por lo expuesto corresponde: a) Mantener el ajuste practicado por la inspección interviniente, considerándolo técnicamente correcto; b) Impugnar las declaraciones efectuadas por la contribuyente respecto a los períodos fiscales 2006 (1° y 2° ant. mens.), 2007 (10°, 11° y 12º ant. mens.), 2008 (1° a 12° ant. mens.), 2009 (1° a 12° ant. mens.), 2010 (1º a 12º ant. mens.) y 2011 (1° a 8° ant. mens.); c) Determinar de oficio sobre base presunta y con carácter parcial, la materia imponible y el impuesto resultante de la contribuyente, por los períodos fiscales 2006 (1° y 2° ant. mens.), 2007 (10°, 11° y 12º ant. mens.), 2008 (1° a 12° ant. mens.), 2009 (1° a 12° ant. mens.), 2010 (1º a 12º ant. mens.) y 2011 (1° a 8° ant. mens.); en los montos que se detallan en el cuadro Anexo, que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución, a los cuales deben agregarse los intereses establecidos en el artículo 67 del Código Fiscal T.O. 2012 y disposiciones concordantes de años anteriores, hasta el momento de su efectivo pago;

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d) Establecer que los ingresos de la contribuyente LOUNGE BISTRO S.A., deben tributar por la totalidad de los períodos motivo de ajuste, a la alícuota al 3%, respecto de la actividad “Servicios de Restaurantes y Cantinas” conforme lo establecido en el art. 55 de la Ley Tarifaria 2011 y concordantes de años anteriores motivo de ajuste y a la alícuota del 15% respecto a la actividad “Servicios de Salones de Baile”, conforme lo establecido por el art. 63 de la Ley Tarifaria 2011 y concordantes de años anteriores motivo de ajuste; Que, en cuanto al sumario instruido es necesario poner de manifiesto que la doctrina al comentar el incumplimiento por omisión de la obligación tributaria sustancial ha sostenido: “De la relación jurídica sustantiva nace la obligación del contribuyente (o el responsable en su reemplazo) de pagar el tributo como objeto de esa obligación, en tanto y en cuanto este ha sido creado por ley (cumplimiento del principio de legalidad) y se dan en el caso los presupuestos de hecho o de derecho incluidos en la norma como hecho imponible (…) Esta obligación de dar debe cumplirse en el tiempo y en la forma en que los recaudos exigidos por el derecho tributario administrativo establecen a su respecto” (García Belsunce, Horacio “Derecho Tributario Penal”, Editorial Depalma 1985, pág. 291); Que la omisión establecida en el art. 97 del Código Fiscal T.O. 2012, supone negligencia o inobservancia por parte de la responsable del necesario cuidado para con el cumplimiento de las obligaciones fiscales de orden material que le son propias; Que para que se encuentre configurada la infracción imputada basta la mera culpa o negligencia en la observancia de las obligaciones de los contribuyentes; Que al respecto la Corte Suprema de Justicia, con fecha 31 de marzo de 1999, en autos “Casa Elen-Valmi de Claret y Garello c/ Dirección General Impositiva” ha expresado que “En el campo del derecho represivo tributario rige el criterio de la personalidad de la pena que, en su esencia, responde al principio fundamental de que sólo puede ser reprimido quien sea culpable, es decir aquel a quien la acción punible pueda ser atribuida tanto objetiva como subjetivamente. Si bien, por lo tanto, es inadmisible la existencia de responsabilidad sin culpa, aceptando que una persona ha cometido un hecho que encuadra en una descripción de conducta que merezca sanción, su impunidad sólo puede apoyarse en la concreta y razonada aplicación al caso de alguna excusa admitida por la legislación” (Revista Impuestos 1999-B 2175. Periódico Económico Tributario 1999-645; Fallos 322:519); Que, en cuanto al juzgamiento de la conducta de la imputada, cabe resaltar que no obstante haber sido debidamente notificada de los cargos formulados, no presentó descargo ni ofreció prueba alguna tendiente a enervar el peso de los hechos. Y toda vez que los incumplimientos de la responsable a sus obligaciones fiscales resultan debidamente acreditados en autos, corresponde considerarla incursa en la infracción prevista y sancionada en el artículo 97 –omisión- del Código Fiscal T.O. 2012 y disposiciones concordantes de años anteriores; Que el artículo precitado prevé una multa graduable hasta el 100% del gravamen omitido; la que en cada caso se merituará considerando las circunstancias y gravedad de los hechos, conforme lo establecido en el artículo 105 del mencionado cuerpo legal; Que a fin de evaluar la conducta de LOUNGE BISTRO S.A., para la graduación de la sanción a aplicar, se tiene presente que la contribuyente ha omitido presentar declaraciones juradas declarando los ingresos e impuesto resultante en algunos anticipos y en otros ha presentado las declaraciones juradas mensuales correspondientes, las cuales fueron consideradas inexactas por la inspección actuante, efectuando en consecuencia los ajustes pertinentes conjuntamente con la determinación del impuesto omitido totalmente, los cuales no fueron conformados por la responsable, motivando su negativa la presente determinación de oficio de la obligación tributaria por parte de esta Administración; Que por lo expuesto, corresponde sancionar a la contribuyente con una multa de $121.498,40 (PESO CIENTO VEINTIUN MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 40/100 CENTAVOS) equivalente al 80 % del impuesto omitido;

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Que asimismo corresponde remarcar que en virtud de los artículos 11 inciso 4º y 5º, 12, 14 inciso 1º y 100 del Código Fiscal T.O. 2012, deviene responsable del cumplimiento de las obligaciones tributarias, el Presidente de la firma, el Sr. José Francisco Cardozo, DNI 6.291.503, con domicilio en la calle OLLEROS Nº 2856, PISO 1º, DPTO. “1” (COMUNA Nº 13), de esta Ciudad, (fs. 11/12 del Expte. Nº 285227/2011) y/o quien resulte responsable hasta la actualidad; extendiéndole su responsabilidad en forma solidaria; Que resulta necesario observar que dado que la responsable no ha denunciado el cambio de domicilio fiscal, de acuerdo con lo previsto en el art. 24 del Código Fiscal T.O. 2012 y en virtud a lo establecido en el artículo 6º de la Resolución Nº 740/DGR/2012, corresponde hacer efectivo el apercibimiento teniendo por constituido el domicilio fiscal de la contribuyente en la sede de esta Dirección General, teniendo el mismo plenos efectos legales. En función de ello, las resoluciones se han de considerar válidamente notificadas el día martes o viernes –o el siguiente día hábil si alguno es feriado- inmediato a la fecha de suscripción del acto resolutivo respectivo; Que corresponde intimar a LOUNGE BISTRO S.A., y al responsable solidario y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta resolución, acrediten en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiere tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se los intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar con el trámite de los actuados, según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la contribuyente y el responsable solidario la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que le pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales; Por ello, en vista de lo manifestado, y en virtud de las prerrogativas legales invocadas y la Resolución Nº 11-AGIP-2009;

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS RESUELVE

Art. 1°: Impugnar las declaraciones efectuadas por la contribuyente LOUNGE BISTRO S.A., con domicilio fiscal en la calle PARAGUAY Nº 4661, (Comuna N° 14) ), de esta Ciudad, (fs. 221 del Expediente Nº 285227/2011inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos bajo el N° 1158691-05 y CUIT N° 30-70909240-1 cuyas actividades sujetas a tributo consisten en “SERVICIOS DE RESTAURANTES Y CANTINAS” y “SERVICIOS DE SALONES DE BAILE”, con relación a los periodos fiscales 2006 (1° y 2° ant. mens.), 2007 (10°, 11° y 12º ant. mens.), 2008 (1° a 12° ant. mens.), 2009 (1° a 12° ant. mens.), 2010 (1º a 12º ant. mens.) y 2011 (1° a 8° ant. mens.). Art. 2° : Determinar de oficio sobre base presunta y con carácter parcial la materia imponible y el impuesto resultante por los períodos fiscales 2006 (1° y 2° ant. mens.), 2007 (10°, 11° y 12º ant. mens.), 2008 (1° a 12° ant. mens.), 2009 (1° a 12° ant. mens.), 2010 (1º a 12º ant. mens.) y 2011 (1° a 8° ant. mens.); en los montos que se detallan en el cuadro Anexo, que a todos los efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Art. 3°: Establecer que los ingresos de la contribuyente LOUNGE BISTRO S.A., deben tributar por la totalidad de los períodos motivo de ajuste, a la alícuota al 3%, respecto de la actividad “Servicios de Restaurantes y Cantinas” conforme lo establecido en el art. 55 de la Ley Tarifaria 2011 y concordantes de años anteriores motivo de ajuste y a la alícuota del 15% respecto a la actividad “Servicios de Salones de Baile”, conforme lo establecido por el art. 63 de la Ley Tarifaria 2011 y concordantes de años anteriores motivo de ajuste.

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Art. 4º: Concluir el sumario instruido, considerando a la contribuyente incursa en la figura de omisión fiscal aplicándole una multa total de $121.498,40 (PESO CIENTO VEINTIUN MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 40/100 CENTAVOS) de acuerdo a lo dispuesto en los Considerandos de la presente. Art. 5°: Hacer extensiva la responsabilidad solidariamente por el cumplimiento de las obligaciones tributarias al presidente de la firma, el Sr. José Francisco Cardozo, DNI 6.291.503, co n domicilio en la calle OLLEROS Nº 2856, PISO 1º, DPTO. “1” (COMUNA Nº 13), de esta Ciudad, (fs. 11/12 del Expte. Nº 285227/2011) y/o quien en la actualidad resulte responsable, en virtud de lo establecido en los arts. 11 inc. 4to. y 5to., 12, 14 inc. 1 y 100 del Código Fiscal T.O. 2012. Art. 6º: Intimar a LOUNGE BISTRO S.A., y al responsable solidario y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad para que dentro del término de quince (15) días de quedar notificada y firme la presente, ingresen la suma de $151.873,00 (PESOS CIENTO CINCUENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES) que resulta adeudar, y que proviene de las diferencias emergentes de esta determinación, a la cual deberán aditarse los intereses establecidos por el artículo 67 del Código Fiscal T.O. 2012, hasta el momento del efectivo pago, y la multa aplicada $121.498,40 (PESO CIENTO VEINTIUN MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 40/100 CENTAVOS) equivalente al 80% del impuesto omitido, debiendo acreditar su pago ante esta Dirección General bajo apercibimiento de solicitar la inhibición general de bienes y/o el embargo preventivo, en caso de corresponder, previsto en el artículo 3º inciso 12 del Código Fiscal T.O. 2012, y ejecución fiscal, a cuyo efecto deberá concurrir ante la Dirección de Técnica Tributaria de la mencionada repartición sita en Viamonte 900 (Edificio Esmeralda) 4° piso, a los efectos de posibilitar la efectivización del pago intimado. Art. 7º: Hacer efectivo el apercibimiento establecido en el artículo 6º de la Resolución Nº 740/DGR/2012, teniendo por constituido el domicilio fiscal de la contribuyente en la sede de esta Dirección General, teniendo el mismo plenos efectos legales y considerando válidamente notificadas las resoluciones el día martes o viernes –o el siguiente día hábil si alguno es feriado- inmediato a la fecha de suscripción del acto resolutivo respectivo, de acuerdo con lo previsto en el art. 24 del Código Fiscal T.O. 2012. Art. 8°: Intimar a LOUNGE BISTRO S.A. y al responsable solidario, y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta resolución, acrediten en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiere tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se los intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar el trámite de estos actuados según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la contribuyente y el responsable solidario la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales. Art. 9º: Regístrese, notifíquese a la contribuyente la presente resolución, conforme lo establecido en el artículo 7°, dejándose constancia en estos obrados y al Presidente de la firma, el Sr. José Francisco Cardozo, en el domicilio consignado en el artículo 5º; y mediante publicación de edictos en el Boletín Oficial a la contribuyente y al responsable solidario, de conformidad con lo dispuesto en el art. 30 del Código Fiscal T.O. 2012, con copia de la presente y resérvese. Tujsnaider.

ANEXO

Damián Tujsnaider Director General Adjunto

EO 417 Inicia: 21-8-2012 Vence: 23-8-2012

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ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS Notificación - Resolución Nº 1809-DGR/12

Buenos Aires, 14 de Agosto del 2012.

VISTO: La Carpeta N° 1.096.992-DGR-2009 relacionada con el cumplimiento de las obligaciones impositivas de Confeccionistas Asociados S.R.L., con domicilio fiscal en la calle Francisco Acuña de Figueroa 854 –Comuna N° 5-, de esta Ciudad; inscripta en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos bajo el N° 1180411-04 y CUIT N° 30-71059663-4, cuya actividad principal sujeta a tributo consiste en confección de prendas de vestir, de las que resulta: Que esta Administración en ejercicio de las facultades de fiscalización de impuestos que le conceden los sucesivos ordenamientos fiscales de aplicación en el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, dispuso la realización de una inspección en el domicilio de la contribuyente, con el objeto de controlar el correcto cumplimiento de sus obligaciones tributarias, como resultado de la cual se establecieron ajustes a favor del Fisco local, con relación a los períodos fiscales 2008 (10° a 12° anticipos mensuales), 2009 (1° a 12° anticipos mensuales) y 2010 (1° a 6° anticipos mensuales). Que los ajustes fiscales han sido establecidos en autos con los alcances, términos y condiciones de que da cuenta la Resolución N° 405-DGR-2012 (fojas 301/304); Que corrido formal traslado de ley, de conformidad al Acta de Notificación de fecha 6 de Marzo del 2012 y publicación de edictos en el Boletín Oficial desde el 8/6/2012 al 12/6/2012, según constancias obrantes a fojas 341 y 349/352 –respectivamente-, la imputada no presentó descargo ni ofreció pruebas tendientes a hacer valer sus derechos. Y, CONSIDERANDO: Que, analizadas las constancias de autos corresponde resolver definitivamente en esta instancia, teniendo en cuenta que mediante la documentación que dispuso la inspección interviniente, se constataron ingresos que la responsable omitió declarar, por los períodos mencionados en los "vistos" de la presente Resolución. Que por todo lo expuesto corresponde: a) Considerar técnicamente correcto el ajuste practicado por la inspección actuante. b) Impugnar las declaraciones juradas presentadas por la contribuyente respecto de los períodos fiscales 2008 (10° a 12° anticipos mensuales), 2009 (1° a 12° anticipos mensuales) y 2010 (1° a 6° anticipos mensuales). c) Determinar de oficio sobre base presunta y con carácter parcial la materia imponible y el impuesto resultante, por los períodos fiscales 2008 (10° a 12° anticipos mensuales), 2009 (1° a 12° anticipos mensuales) y 2010 (1° a 6° anticipos mensuales), en los montos que se detallan en el cuadro Anexo, que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución, a los cuales deberán aditarse los intereses establecidos en el artículo 67 del Código Fiscal texto ordenado 2012 y disposiciones concordantes de años anteriores, hasta el momento de su efectivo pago. d) Establecer que a la rubrada le corresponde tributar el impuesto que nos ocupa bajo la alícuota del 3%, conforme lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley Tarifaria para el año 2010 y disposiciones concordantes con años motivo de ajuste.

Que, en cuanto al sumario instruido es necesario poner de manifiesto que la doctrina al comentar el incumplimiento por omisión de la obligación tributaria sustancial ha sostenido: “De la relación jurídica sustantiva nace la obligación del contribuyente (o el

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responsable en su reemplazo) de pagar el tributo como objeto de esa obligación, en tanto y en cuanto este ha sido creado por ley (cumplimiento del principio de legalidad) y se dan en el caso los presupuestos de hecho o de derecho incluidos en la norma como hecho imponible (…) Esta obligación de dar debe cumplirse en el tiempo y en la forma en que los recaudos exigidos por el derecho tributario administrativo establecen a su respecto” (García Belsunce, Horacio “Derecho Tributario Penal”, Editorial Depalma 1985, página 291); Que la omisión descripta supone negligencia o inobservancia por parte de la responsable del necesario cuidado para con el cumplimiento de las obligaciones fiscales de orden material que le son propias; Que para que se encuentre configurada la infracción imputada basta la mera culpa o negligencia en la observancia de las obligaciones de los contribuyentes; Al respecto la Corte Suprema de Justicia, con fecha 31/03/99, en autos “Casa Elen-Valmi de Claret y Garello c/ Dirección General Impositiva” ha expresado que “En el campo del derecho represivo tributario rige el criterio de la personalidad de la pena que, en su esencia, responde al principio fundamental de que sólo puede ser reprimido quien sea culpable, es decir aquel a quien la acción punible pueda ser atribuida tanto objetiva como subjetivamente. Si bien, por lo tanto, es inadmisible la existencia de responsabilidad sin culpa, aceptando que una persona ha cometido un hecho que encuadra en una descripción de conducta que merezca sanción, su impunidad sólo puede apoyarse en la concreta y razonada aplicación al caso de alguna excusa admitida por la legislación” (Revista Impuestos 1999-B 2175. Periódico Económico Tributario 1999-645; Fallos 322:519); Que en cuanto al juzgamiento de la conducta de la imputada es necesario poner de manifiesto que, no obstante haber sido debidamente notificado de los cargos formulados, no presentó descargo ni ofreció prueba alguna tendiente a enervar el peso de los hechos. Y, toda vez que los incumplimientos de la responsable a sus obligaciones fiscales resultan debidamente acreditados en autos, corresponde considerarla incursa en la infracción prevista y sancionada en el artículo 97 –omisión- del Código Fiscal texto ordenado 2012 y disposiciones concordantes de años anteriores; Que el artículo precitado prevé una multa graduable hasta el 100% del gravamen omitido; la que en cada caso se merituará considerando las circunstancias y gravedad de los hechos, conforme lo establecido en el artículo 105 del mencionado cuerpo legal; Que en atención a esta normativa y toda vez que la contribuyente no articuló defensa alguna, confirmó los cargos formulados; tras lo cual, la pretensión punitiva sustentada en elementos de convicción contundentes se ha configurado, otorgando justificativo al porcentaje de sanción que por está vía se aplica, el que guarda total relación con la infracción constatada, no evidenciando desmérito alguno que la invalide ni la concurrencia de otros factores que admitan atemperar su rigor; Que por lo expuesto, corresponde sancionar a la contribuyente con una multa de $ 51.997,40 (Pesos Cincuenta y un mil novecientos noventa y siete con cuarenta centavos), equivalente al 65% del impuesto omitido; Que asimismo, corresponde remarcar que en virtud de los artículos 11, incisos 4° y 5°, 12, 14, inciso 1° y 100 del Código Fiscal texto ordenado 2012, deviene responsable del cumplimiento de las obligaciones tributarias de la contribuyente, el Socio Gerente de la S.R.L. Señor Antonio Rene Fuentes con D.N.I. Nº 7.037.612, domiciliado en la calle Federico Garcia Lorca 452, Piso 2º, Departamento “F” -Comuna Nº 6- de esta Ciudad (datos extraídos del formulario Anexo I –Responsable por Deuda Ajena- suscripto en carácter de declaración jurada obrante a fojas 196 y fojas 8) y/o quien resulte responsable hasta la actualidad, manteniendo su responsabilidad solidariamente;

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Que en virtud de la situación que se presenta con el domicilio fiscal, toda vez que la responsable no pudo ser ubicada mediante las notificaciones cursadas a fojas 313/340, lo cual motivara a su notificación mediante publicación de Edictos, conforme se desprende de fojas 349/352, es que obliga a que la presente sea también notificada por edictos, por lo que se intima a la contribuyente a que comunique el correcto domicilio fiscal o bien constituya un domicilio especial, bajo apercibimiento de que si así no lo hace, el mismo quedará constituido en la sede de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, sirviendo esta mención de suficiente constancia en autos, considerándose a partir de la presente como válidamente notificadas las resoluciones que se dicten en el futuro los días martes o viernes – o el siguiente hábil si alguno es feriado – inmediato a la fecha de su suscripción, conforme lo dispuesto en los artículos 21, 22 y 24 del Código Fiscal texto ordenado 2012; Que corresponde intimar a Confeccionistas Asociados S.R.L., al Socio Gerente de la S.R.L. Sr. Antonio Rene Fuentes con D.N.I. Nº 7.037.612 y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad, para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta Resolución, acrediten en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, tal como pagos, acogimientos a planes de facilidades, o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se los intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar el trámite de los actuados, según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que le pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales; Por ello y en virtud de los artículos 3, 134, 157, 158, 159, 160, 162, 163, 164, 167, 168 y 169 del Código Fiscal texto ordenado 2012 y Resolución N°11-AGIP/09 (B.O. 3095 -14/1/09).

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS RESUELVE

Artículo 1°: Impugnar las declaraciones juradas presentadas por Confeccionistas Asociados S.R.L., con domicilio fiscal en la calle Francisco Acuña de Figueroa 854 –Comuna N° 5-, de esta Ciudad; inscripta en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos bajo el N° 1180411-04 y CUIT N° 30-71059663-4, cuya actividad principal sujeta a tributo consiste en confección de prendas de vestir, con relación a los períodos fiscales 2008 (10° a 12° anticipos mensuales), 2009 (1° a 12° anticipos mensuales) y 2010 (1° a 6° anticipos mensuales). Artículo 2°: Determinar de oficio sobre base presunta y con carácter parcial la materia imponible y el impuesto resultante de la contribuyente, con relación a los períodos fiscales 2008 (10° a 12° anticipo mensual), 2009 (1° a 12° anticipos mensuales) y 2010 (1° a 6° anticipos mensuales), en los montos que se detallan en el cuadro Anexo, que a todos los efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3°: Establecer que a la contribuyente le corresponde tributar el impuesto que nos ocupa bajo la alícuota del 3%, conforme lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley Tarifaria para el año 2010 y disposiciones concordantes con años motivo de ajuste. Artículo 4°: Mantener la responsabilidad solidaria por el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la contribuyente del procedimiento de determinación de oficio, al Socio Gerente de la S.R.L. Señor Antonio Rene Fuentes con D.N.I. Nº 7.037.612, domiciliado en la calle Federico Garcia Lorca 452, Piso 2º, Departamento “F” -Comuna Nº 6- de esta Ciudad (datos extraídos del formulario Anexo I –Responsable por Deuda Ajena- suscripto en carácter de declaración jurada obrante a fojas 196 y fojas 8) y/o quien resulte responsable hasta la actualidad, en virtud de lo establecido en los artículos 11 incisos 4° y 5°, 12, 14 inciso 1° y 100 del Código Fiscal texto ordenado 2012 y disposiciones concordantes con años motivo de ajuste.

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Artículo 5°.- Hacer saber a la contribuyente Confeccionistas Asociados S.R.L., al Socio Gerente de la S.R.L. Sr. Antonio Rene Fuentes con D.N.I. Nº 7.037.612 y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad, que de no formalizar la comunicación del correcto domicilio fiscal dentro del ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, el mismo quedará constituido en la sede de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. En función de ello, las resoluciones posteriores a la presente se han de considerar válidamente notificadas los días martes o viernes - o el siguiente hábil si alguno es feriado – inmediato al de su suscripción. Artículo 6°: Concluir el sumario instruido a la contribuyente, considerándola incursa en la figura de omisión fiscal aplicándole una multa de $ 51.997,40 (Pesos Cincuenta y un mil novecientos noventa y siete con cuarenta centavos), de acuerdo a lo dispuesto y en mérito a lo expuesto en los “Considerandos” de la presente. Artículo 7°: Intimar a Confeccionistas Asociados S.R.L., al Socio Gerente de la S.R.L. Sr. Antonio Rene Fuentes con D.N.I. Nº 7.037.612 y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad, para que dentro del plazo de 15 (quince) días de notificada y firme la presente ingrese el impuesto adeudado de $ 79.995,94 (Pesos Setenta y nueve mil novecientos noventa y cinco con noventa y cuatro centavos), que resulta adeudar y que proviene de esta determinación, a la cual deben agregarse los intereses establecidos en el artículo 67 del Código Fiscal texto ordenado 2012 y disposiciones concordantes contenidas en los ordenamientos tributarios sustantivos de años anteriores, desde la fecha de vencimiento original hasta la fecha de efectivo pago, y la multa de $ 51.997,40 (Pesos Cincuenta y un mil novecientos noventa y siete con cuarenta centavos), debiendo acreditar su ingreso ante esta Administración bajo apercibimiento de solicitar el embargo preventivo y/o la inhibición general de bienes, en caso de corresponder, previsto en el artículo 3°, inciso 12 del Código Fiscal ya mencionado y de ejecución fiscal, a cuyo efecto se ha de concurrir ante la Dirección de Técnica Tributaria de la mencionada repartición, sita en Viamonte 900 -edificio de Esmeralda, 4° piso-, a los efectos de posibilitar la concreción del pago intimado. Artículo 8°: Intimar a Confeccionistas Asociados S.R.L., al Socio Gerente de la S.R.L. Sr. Antonio Rene Fuentes con D.N.I. Nº 7.037.612 y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad, para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta Resolución, acrediten en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva

cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se los intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal, sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar con el trámite de los actuados según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que le pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales. Artículo 9°: Remítase copia de la presente Resolución a los fines de su conocimiento, a la Dirección Administración del Padrón de Contribuyentes –dependiente de la Subdirección General de Recaudación y Atención al Contribuyente-. Artículo 10°: Regístrese; Notifíquese mediante publicación de edictos y a los domicilios mencionados en los artículos 1° y 4° de la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 del mencionado Código Fiscal, con copia de la presente y resérvese.

ANEXO

Demián Eliel Tujsnaider Director General

EO 418 Inicia: 23-8-2012 Vence: 27-8-2012

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ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS Notificación - Resolución Nº 1814-DGR/2012

Buenos Aires, 15 agosto 2012. VISTO: El Expediente N° 782.088-DGR-2011, relacionado con el cumplimiento de las obligaciones impositivas de KILBON S.A., inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos en el régimen del Convenio Multilateral bajo el Nº 901-215714-9 (CUIT Nº 30-70943469-8), con domicilio fiscal en FITZ ROY 2469 Piso 1° Departamento “A” (fs. 317), Comuna N° 14, de esta Ciudad, cuya actividad detectada sujeta a tributo consiste en VENTA AL POR MENOR DE ARTÍCULOS NUEVOS n.c.p., de la que resulta: Que, verificada la situación fiscal de la contribuyente frente a sus obligaciones por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, la inspección interviniente constató la existencia de ajustes a favor de este Fisco, con relación a los períodos fiscales 2005 (12° anticipo mensual), 2006 (1° a 6° anticipos mensuales), 2007 (3° a 12° anticipos mensuales), 2008 (1° a 12° anticipos mensuales), 2009 (1° a 12° anticipos mensuales), 2010 (1° a 12° anticipos mensuales) y 2011 (1° a 8° anticipos mensuales). Que el ajuste fiscal ha sido establecido en autos con los alcances, términos y condiciones de que da cuenta la Resolución Nº 1130-DGR-2012 (fojas 287/296). Que corrido formal traslado de ley, de conformidad con la constancia de publicación de edictos de fojas 302/311 (desde el 6/6/2012 hasta el 8-6-2012) y cédulas de notificación obrantes a fojas 312/313 (de fecha 8/6/2012), al vencimiento del plazo legal otorgado al efecto, la imputada no presentó descargo ni ofreció prueba alguna tendiente a hacer valer sus derechos, como así tampoco su responsable solidario, y; CONSIDERANDO: Que, analizadas las constancias de autos corresponde resolver definitivamente en esta instancia teniendo en cuenta que mediante la documentación que dispuso la inspección interviniente se constataron ingresos que la responsable omitió declarar, por los períodos mencionado en los vistos de la presente Resolución. Que por lo expuesto corresponde: a) Mantener el ajuste practicado por la inspección interviniente, considerándolo técnicamente correcto; b) Impugnar las declaraciones juradas efectuadas por la contribuyente en relación a los períodos fiscales 2005 (12° anticipo mensual), 2006 (1° a 6° anticipos mensuales), 2007 (3° a 11° anticipos mensuales) y 2008 (1° a 3°, y 5° a 8° anticipos mensuales); c) Determinar de oficio sobre base presunta y con carácter parcial, la materia imponible y el impuesto resultante de la contribuyente, respecto de los períodos fiscales 2005 (12° anticipos mensuales), 2006 (1° a 6° anticipos mensuales), 2007 (3° a 12° anticipos mensuales), 2008 (1° a 12° anticipos mensuales), 2009 (1° a 12° anticipos mensuales), 2010 (1° a 12° anticipos mensuales) y 2011 (1° a 8° anticipos mensuales), en los montos que se detallan en el cuadro Anexo, que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución, a los cuales deben

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agregarse los intereses establecidos en el artículo 67 del Código Fiscal t.o. 2012 y disposiciones concordantes de años anteriores, hasta el momento de su efectivo pago. Que, en cuanto al sumario instruido es necesario poner de manifiesto que la doctrina al comentar el incumplimiento por omisión de la obligación tributaria sustancial ha sostenido: “De la relación jurídica sustantiva nace la obligación del contribuyente (o el responsable en su reemplazo) de pagar el tributo como objeto de esa obligación, en tanto y en cuanto este ha sido creado por ley (cumplimiento del principio de legalidad) y se dan en el caso los presupuestos de hecho o de derecho incluidos en la norma como hecho imponible (…) Esta obligación de dar debe cumplirse en el tiempo y en la forma en que los recaudos exigidos por el derecho tributario administrativo establecen a su respecto” (García Belsunce, Horacio “Derecho Tributario Penal”, Editorial Depalma 1985, página 291). Que la omisión descripta supone negligencia o inobservancia por parte de la responsable del necesario cuidado para con el cumplimiento de las obligaciones fiscales de orden material que le son propias. Que para que se encuentre configurada la infracción imputada basta la mera culpa o negligencia en la observancia de las obligaciones de los contribuyentes. Al respecto la Corte Suprema de Justicia, con fecha 31 de Marzo de 1999, en autos “Casa Elen-Valmi de Claret y Garello c/ Dirección General Impositiva” ha expresado que “En el campo del derecho represivo tributario rige el criterio de la personalidad de la pena que, en su esencia, responde al principio fundamental de que sólo puede ser reprimido quien sea culpable, es decir aquel a quien la acción punible pueda ser atribuida tanto objetiva como subjetivamente. Si bien, por lo tanto, es inadmisible la existencia de responsabilidad sin culpa, aceptando que una persona ha cometido un hecho que encuadra en una descripción de conducta que merezca sanción, su impunidad sólo puede apoyarse en la concreta y razonada aplicación al caso de alguna excusa admitida por la legislación” (Revista Impuestos 1999-B 2175. Periódico Económico Tributario 1999-645; Fallos 322:519). Que, toda vez que los incumplimientos de la responsable a sus obligaciones fiscales resultan debidamente acreditados en autos, corresponde considerarla incursa en la infracción prevista y sancionada en el artículo 97 –omisión- del Código Fiscal t.o. 2012 y disposiciones concordantes de años anteriores; de aplicación a la totalidad de la presuntas infracciones cometidas en virtud del principio de la Ley Penal más Benigna. Que el mencionado artículo, prevé una multa graduable de hasta el 100% del gravamen omitido; la que en cada caso se merituará considerando las circunstancias y gravedad de los hechos, conforme lo establecido en el artículo 105 del mencionado cuerpo legal. Que para la imposición de la multa se ha tenido en cuenta que los ajustes efectuados tienen su origen en las omisiones totales en la declaración de ingresos y pago del impuesto resultante, como así también en las diferencias de ingresos ajustadas en base a la verificación efectuada, y las demás pautas mensurativas de la sanción establecidas en el ya mencionado artículo 105 del Código Fiscal (T.O. 2012). Que por ello, corresponde sancionar a la contribuyente con una multa de $ 519.754,70 (PESOS QUINIENTOS DIECINUEVE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON SETENTA CENTAVOS), equivalente al 80% del impuesto omitido, conforme se desprende del cuadro Anexo que forma parte integrante de la presente. Que debe mantenerse la extensión de la responsabilidad solidaria por el cumplimiento de las obligaciones emergentes de la presente, a su Presidente, el Sr. GUILLERMO

OTTO GRIEBEN (DNI 28.383.470), con domicilio en FITZ ROY 2469 Piso 1° Departamento “A” (fojas 269 vta.), Comuna N° 14, de esta Ciudad, a todos sus representantes legales y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad, conforme las previsiones de los artículos 11, 12, 14, 15, 16, 17 y 100 del mencionado ordenamiento Fiscal.

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Que en otro orden de ideas, en relación a la intimación efectuada a la contribuyente, contenida en el artículo 5º de la Resolución N° 1130-DGR-2012, corresponde hacer efectivo el apercibimiento allí consignado, teniendo en consecuencia por constituido su domicilio en la Sede de esta Dirección General de Rentas y por válidamente notificada la presente Resolución y los subsiguientes actos administrativos que se dicten en consecuencia los días martes o viernes, o el siguiente hábil si alguno fuere feriado, inmediato al de su suscripción. Que corresponde intimar a KILBON S.A., a su Presidente, el Sr. GUILLERMO OTTO GRIEBEN, a todos sus representantes legales y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad, para que en el plazo de quince (15) días contados a partir del siguiente al de la notificación de la presente, acrediten en estas actuaciones toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiere tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se los intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar con el trámite de la actuación según constancias obrantes en la misma, asumiendo la contribuyente y sus responsables solidarios, la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que pudiera eventualmente sobrevenir, especialmente las costas judiciales. Por ello, y en virtud de los artículos 134, 135, 136, 159, 160, 162, 167, 168 y 169 del Código Fiscal t.o. 2012 y la Resolución N° 11-AGIP-09.

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS RESUELVE

Artículo 1°: Impugnar las liquidaciones efectuadas por la contribuyente KILBON S.A., inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos en el régimen del Convenio Multilateral bajo el Nº 901-215714-9 (CUIT Nº 30-70943469-8), con domicilio fiscal en FITZ ROY 2469 Piso 1° Departamento “A” (fojas 317), Comuna N° 14, de esta Ciudad, cuya actividad detectada sujeta a tributo consiste en VENTA AL POR MENOR DE ARTÍCULOS NUEVOS n.c.p., respecto de los períodos fiscales 2005 (12° anticipo mensual), 2006 (1° a 6° anticipos mensuales), 2007 (3° a 11° anticipos mensuales) y 2008 (1° a 3°, y 5° a 8° anticipos mensuales). Artículo 2°: Determinar de oficio sobre base presunta y carácter parcial la materia imponible y el impuesto resultante de KILBON S.A., respecto de los períodos fiscales 2005 (12° anticipo mensual), 2006 (1° a 6° anticipos mensuales), 2007 (3° a 12° anticipos mensuales), 2008 (1° a 12° anticipos mensuales), 2009 (1° a 12° anticipos mensuales), 2010 (1° a 12° anticipos mensuales) y 2011 (1° a 8° anticipos mensuales), en los montos que se detallan en el cuadro Anexo, que a todos los efectos forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3°: Concluir el sumario instruido, considerando a la contribuyente incursa en la figura de omisión fiscal aplicándole una multa de $ 519.754,70 (PESOS QUINIENTOS DIECINUEVE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON SETENTA CENTAVOS), equivalente al 80% del impuesto omitido, graduada y establecida de acuerdo a lo dispuesto en los considerandos de la presente. Artículo 4º: Mantener la extensión de la responsabilidad solidaria por las obligaciones emergentes de la presente a su Presidente, el Sr. GUILLERMO OTTO GRIEBEN (DNI 28.383.470), con domicilio en FITZ ROY 2469 Piso 1° Departamento “A” (fojas 269 vta.), Comuna N° 14, de esta Ciudad, a todos sus representantes legales y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad, conforme lo expuesto en los Considerandos de la presente.

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Artículo 5°: Intimar a KILBON S.A., a su Presidente, el Sr. GUILLERMO OTTO GRIEBEN, a todos sus representantes legales y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad, para que dentro del término de quince (15) días de quedar notificada y firme la presente, ingresen la suma de $ 649.693,40 (PESOS SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES CON CUARENTA CENTAVOS), que resultan adeudar, y que proviene de las diferencias emergentes de esta determinación, a la cual deberán aditarse los intereses establecidos por el artículo 67 del Código Fiscal t.o. 2012 y disposiciones concordantes de años anteriores, hasta el momento del efectivo pago, y la multa aplicada de $ 519.754,70 (PESOS QUINIENTOS DIECINUEVE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON SETENTA CENTAVOS), debiendo acreditar su pago en esta Administración bajo apercibimiento de solicitar la inhibición general de bienes y/o el embargo preventivo, en caso de corresponder, de acuerdo a lo previsto en el artículo 3° inc. 12 de la normativa mencionada, y ejecución fiscal a cuyo efecto deberá concurrir ante la Dirección de Técnica Tributaria de la mencionada repartición sita en Viamonte 900 (Edificio Esmeralda 4° Piso), Comuna N° 1, de esta ciudad, a los efectos de posibilitar la efectivización del pago intimado. Artículo 6º: Intimar a KILBON S.A., a su Presidente, el Sr. GUILLERMO OTTO GRIEBEN, a todos sus representantes legales y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad, para que en el plazo de quince (15) días contados a partir del siguiente al de la notificación de la presente, acrediten en estas actuaciones toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiere tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se los intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar con el trámite de la actuación según constancias obrantes en la misma, asumiendo la contribuyente y los responsables solidarios, la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que pudieran eventualmente sobrevenir, especialmente las costas judiciales. Articulo 7°: Tener por constituido el domicilio de la contribuyente en la sede de esta Dirección General de Rentas, en mérito a lo dispuesto en los considerandos precedentes, y por válidamente notificada la presente y los subsiguientes actos administrativos que se dicten en consecuencia los días martes o viernes, o el siguiente hábil si alguno fuere feriado, inmediato al de su suscripción.

Artículo 8°: Regístrese; Notifíquese a la contribuyente de acuerdo a lo establecido en el artículo precedente, y a su responsable solidario en el domicilio consignado en el artículo 4°, y mediante la publicación de edictos, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 del Código Fiscal mencionado, con copia de la presente; y resérvese. Tujsnaider.

ANEXO

Demián Eliel Tujsnaider Director General

EO 419 Inicia: 23-8-2012 Vence: 27-8-2012

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Jefatura de Gabinete de Ministros

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS DIRECCIÓN GENERAL CUERPO DE AGENTES DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE Intimación - Expediente N° 86156/MGEYA/12 Se intima al señor Lombardi, José Luis CUIL N° 20-18118521-0 a presentarse a regularizar situación laboral dentro del plazo de 48 hs., en la oficina de personal de la D.G.C.A.C.T.y.T. sita en Cochabamba 1571, 5º piso, en el horario de 10 a 16 hs., bajo apercibimiento de ser aplicado el art. 48 de la Ley Nº 471, atento no presta servicio ni justifica sus inasistencias desde el día 12 de abril del 2011.

Carlos A. Pérez Director General

EO 415 Inicia: 21-8-2012 Vence: 23-8-2012

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Factor Puntaje máximo por factorExamen escrito de oposición 40 Evaluación de antecedentes curriculares y laborales 35 Entrevista personal 25 Metodología de Evaluación de los Antecedentes Curriculares y Laborales

Factor Subfactor Forma de Evaluación Puntaje Máximo del Subfactor

Máx

Antecedentes Curriculares

Nivel educativo requerido

Posee nivel educativo requerido para el cargo

5

10

Nivel superior al requerido

Posee nivel superior al requerido para el cargo

Programas aprobados en el Instituto Superior de la Carrera.

4 Cursos, Congresos y/o Jornadas en el Instituto Superior de la Carrera o en instituciones de reconocido prestigio. (Se evaluarán hasta 10 cursos de capacitación relacionados con el cargo).

Experiencia Docente Posee experiencia docente 1

Antecedentes Laborales

Experiencia en el Sector Público o Privado, relacionada con los requisitos específicos del cargo.

15

25 Experiencia en el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, relacionada con los requisitos específicos del cargo.

10