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Núm. 237 g. 1 Lunes, 15 de octubre de 2012 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID cve-BOPVA-B-2012-237 cve-BOPVA-S-2012-237 SUMARIO I.–ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Valladolid. Edicto de Notificación de Actas. Página 4 III.–ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID Área de Desarrollo Sostenible y Coordinación Territorial. Servicio de Salud y Consumo. Sección de Procedimiento. Edicto de Notificación de incoación en varios expedientes. Página 6 AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID Área de Seguridad y Movilidad. Departamento de Patrimonio. Sección de Bienes. Corrección de errores del Acuerdo de la Junta de Gobierno sobre la concesión de la reforma, mantenimiento y explotación de aparcamiento subterráneo Plaza Juan de Austria. Página 8 AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID Área de Seguridad y Movilidad. Departamento de Patrimonio. Sección de Bienes. Anuncio de ampliación de la licitación para contratar la concesión de obra pública para la reforma, mantenimiento y explotación de un aparcamiento subterráneo en la Plaza Juan de Austria. Página 10 AYUNTAMIENTO DE ALMENARA DE ADAJA Aprobación definitiva de modificación de las Ordenanzas Fiscales reguladoras del I.B.I., del Impuesto sobre vehículos de Tracción Mecánica y de la Tasa por suministro de Agua a Domicilio. Página 12

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SUMARIO

I.–ADMINISTRACIÓN DEL ESTADOMINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Valladolid. Edicto de Notificación de Actas. Página 4

III.–ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

Área de Desarrollo Sostenible y Coordinación Territorial. Servicio de Salud y Consumo. Sección de Procedimiento. Edicto de Notificación de incoación en varios expedientes. Página 6

AYUNTAMIENTO DE VALLADOLIDÁrea de Seguridad y Movilidad. Departamento de Patrimonio. Sección de Bienes. Corrección de errores del Acuerdo de la Junta de Gobierno sobre la concesión de la reforma, mantenimiento y explotación de aparcamiento subterráneo Plaza Juan de Austria. Página 8

AYUNTAMIENTO DE VALLADOLIDÁrea de Seguridad y Movilidad. Departamento de Patrimonio. Sección de Bienes. Anuncio de ampliación de la licitación para contratar la concesión de obra pública para la reforma, mantenimiento y explotación de un aparcamiento subterráneo en la Plaza Juan de Austria. Página 10

AYUNTAMIENTO DE ALMENARA DE ADAJAAprobación definitiva de modificación de las Ordenanzas Fiscales reguladoras del I.B.I., del Impuesto sobre vehículos de Tracción Mecánica y de la Tasa por suministro de Agua a Domicilio. Página 12

BOPVA-A-2012-05840

BOPVA-A-2012-05841

BOPVA-A-2012-05842

BOPVA-A-2012-05843

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AYUNTAMIENTO DE ALMENARA DE ADAJAAprobación definitiva de la Ordenanza por la que se crean, modifican y suprimen Ficheros de carácter Personal. Página 15

AYUNTAMIENTO DE ARROYO DE LA ENCOMIENDAFundación Municipal de Cultura y Deportes. Resolución de concesión de Subvenciones para realización de Actividades y Eventos Deportivos año 2012. Página 30

AYUNTAMIENTO DE ATAQUINESAnuncio de licitación para contratar el aprovechamiento de Piñas en el Monte n.º 23, denominado “Serranos”, correspondiente al año forestal 2013. Página 31

AYUNTAMIENTO DE BECILLA DE VALDERADUEYEdicto de Notificación de incoación de expediente de baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes. Página 33

AYUNTAMIENTO DE CANILLAS DE ESGUEVAAprobación definitiva del Presupuesto General y Plantilla del Personal ejercicio 2012. Página 36

AYUNTAMIENTO DE CEINOS DE CAMPOSAprobación provisional de modificación de la Ordenanza Fiscal del I.B.I. Página 38

AYUNTAMIENTO DE LA CISTÉRNIGAEdicto de Notificación de incoación de expediente. Página 39

AYUNTAMIENTO DE LAGUNA DE DUEROEdicto de Notificación de Propuesta de Resolución en expediente de urbanismo. Página 41

AYUNTAMIENTO DE LANGAYOAprobación inicial de la Ordenanza por la que se crean, modifican y suprimen Ficheros de carácter Personal. Página 42

BOPVA-A-2012-05845

BOPVA-A-2012-05846

BOPVA-A-2012-05847

BOPVA-A-2012-05848

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BOPVA-A-2012-05850

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AYUNTAMIENTO DE OLMEDOEdicto de Notificación de caducidad en expediente de licencia de apertura Expte. n.º 6/2009. Página 43

AYUNTAMIENTO DE SAN PELAYO DEL VALLEAprobación definitiva del Presupuesto General y Plantilla del Personal ejercicio 2012. Página 44

AYUNTAMIENTO DE VILLARMENTERO DE ESGUEVAAprobación inicial del Presupuesto General ejercicio 2012. Página 46

AYUNTAMIENTO DE VILLARMENTERO DE ESGUEVAAnuncio de licitación para contratar el arrendamiento de Fincas Rústicas. Página 47

MANCOMUNIDAD LAS MURALLASAnuncio de licitación para la enajenación de bienes patrimoniales por subasta. Página 49

IV.–ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

Edicto de Notificación en procedimiento Ejecución de Títulos Judiciales 287/2012. Página 51

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3Edicto de Notificación en procedimiento Ejecución de Títulos Judiciales 336/2012. Página 53

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3Edicto de Notificación en procedimiento Ejecución de Títulos Judiciales 308/2012. Página 54

BOPVA-A-2012-05854

BOPVA-A-2012-05855

BOPVA-A-2012-05856

BOPVA-A-2012-05857

BOPVA-A-2012-05858

BOPVA-A-2012-05859

BOPVA-A-2012-05860

BOPVA-A-2012-05861

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I.–ADMINISTRACIÓN DEL ESTADOMINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN

Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de ValladolidNotificación de Actas

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre (B.O.E. del 27), y por ignorarse en el momento actual el domicilio de los interesados, habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido esta no se pudo practicar, se enumeran a través de esta publicación las siguientes actas de infracción y liquidación extendidas en virtud del art. 52 y 53 del Real Decreto Legislativo 5/2000 de 4 de agosto por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el orden social.

N.° de Acta Titular del Acta Sanción A.l. I472012000063642 1.º

ANA ISABEL ARRANZ MARTIN Ctra, Rueda 52 47008 VALLADOLID

A.L. 472012008018046 3°

TRABAJADOR AUTONOMO JUAN JOSE PLAZA ACEBES C/ Dalia 6 bajo 47012 VALLADOLID

912,09 €

A.l. I472012000061319 3°

JUAN JOSE PLAZA ACEBES C/ Dalia 6 bajo 47012 VALLADOLID

626,00 €

A.L. 472012008018147 3°

TRUKO PELUQUEROS C.B. C/ Fuente el Sol n.º 21 47009 VALLADOLID

442,42 €

A.l. I472012000060612 3°

TRUKO PELUQUEROS C.B. C/ Fuente el Sol n° 21 47009 VALLADOLID

3.125,00 €

A.l. I472012000065157 2°

URBAN ANALlSIS y PLANIFICACION URBANISTICA S.L. C/ Medinaceli, 2 47008 VALLADOLID

1.252,00 €

A.I. I472012000062733 1º

RINCASA MANTENIMIENTO S.L.U. C/ Vista Alegre 49, piso b 47195 ARROYO DE LA ENCOMIENDA (VA)

626,00 €

A.L. 472012008018652 3º

VILLA-CUELLAR CARPINTERIA S.L, C/ Turquesa 2 47012 VALLADOLID

2.484.74 €

A.I. I472012000064046 3º

VILLA-CUELLAR CARPINTERIA S.L. C/ Turquesa 2 47012 VALLADOLID

626.00 €

A.L. 472012008018349 3º

CONSTRUCCIONES RIALCA T S.L. C/ Dominicos 2-1° 47100 TORDESILLAS

1.020,84 €

A.I. I472012000063137 3º

CONSTRUCCIONES RIALCA T S.L. C/ Dominicos 2-1° 47100 TORDESILLAS

626,00 €

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http://www.diputaciondevalladolid.es D.L.: N.º: VA-200/2010

En el plazo de los 15 días hábiles a partir del siguiente a la fecha de esta publicación podrán los interesados presentar escrito de alegaciones contra las citadas actas ante:

*1: Actas de infraccion de Obstrucción, Seguridad Social y Empleo: Jefe de la Inspección de Trabajo y S.S. de Valladolid, Pza. España, n.º 13-2.º izda.

Director Provincial de Servicio Público de Empleo Estatal.

*2: Actas de infracción de Trabajo así como de Seguridad y Salud Laboral:

Autoridad competente de la Junta de Castilla y León según lo dispuesto en el Real Decreto 928/98 de 24 de mayo y art. 48, Real Decreto Legislativo 5/2000 de 4 de agosto por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social y art. 9.2 del Decreto 19/2005 de 3 de marzo (B.O.C. y L. del 8).

*3: Actas simultáneas de liquidación e infracción y actas de liquidación:

Jefe de la Unidad Especializada en Seguridad Social de la Inspección de Trabajo en C/ Gamazo 4-6 Valladolid.

*4 Actas de otras provincias:

La autoridad que en las mismas se indica. Para mayor información dirigirse a la Inspección de la Provincia a la que correspondan.

*5 Actas extranjeros:

Subdelegado del Gobierno de Castilla y León C/ Jesús Rivero Meneses s/n Valladolid.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 61 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, el interesado podrá en el plazo de 10 días a partir de la publicación de este anuncio comparecer en las oficinas de la Inspección de Trabajo de Valladolid (o de la Provincia que figura bajo el n.º del acta) al objeto de que le sea notificado el texto íntegro del acta.

El Jefe de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, Miguel A. Díez Mediavilla.

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III.–ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

ÁREA DE DESARROLLO SOSTENIBLE Y COORDINACIÓN TERRITORIALServicio de Salud y Consumo

Sección de ProcedimientoA.–NOTIFICACIÓN DE INCOACIÓN DE EXPEDIENTES SANCIONADORES

ORDENANZA SOBRE PREVENCIÓN DEL ALCOHOLISMO Y OTRAS MEDIDAS DE CONTROL SOBRE ESTABLECIMIENTOS HOSTELEROS (BOP 18-11-2009)

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre de 1992) se hace pública notificación de la incoación de expedientes sancionadores por infracción a la Ley 3/1994, de 29 de marzo de Prevención, Asistencia e Integración Social de Drogodependientes de Castilla y León (BOCYL de 6 de abril de 1994), modificada por Ley 3/2007, y a la Ordenanza Municipal sobre Prevención del Alcoholismo y otras Medidas de Control sobre Establecimientos Hosteleros (B.O.P. de 18 de noviembre de 2009), ya que habiéndose intentado las notificaciones en el último domicilio conocido, éstas no se han podido practicar.

Los expedientes que se citan obran en la Sección de Procedimiento del Servicio de Salud y Consumo, sita en C/ García Morato, 11 bis (edificio “Casa del Barco”) estando a disposición de los interesados el contenido íntegro de los Decretos de incoación.

El plazo para presentación de alegaciones, documentos o informaciones que estimen conveniente y, en su caso, proponer prueba, es de QUINCE DÍAS a contar desde el siguiente a esta publicación. Los escritos se presentarán en las oficinas del Registro General o por cualquier otro medio legalmente admitido.

El artículo 13.2 del Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora establece que de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento en el plazo previsto en el art. 16.1 la iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 de dicho Reglamento.

Nombre/Apellidos. DNI Nº Expediente. F. Infracción F. Incoación ArtículoJavier Villarramiel Lama 12.400.714-B 3.6.1.11.336/2012 29-06-2012 13-08-2012 49.2.b) L 3/94Roberto Franco Martín 12.412.697-B 3.6.1.11.330/2012 29-06-2012 07-08-2012 49.2.b) L 3/94

B.–NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN DE EXPEDIENTES SANCIONADORES

ORDENANZA SOBRE PREVENCIÓN DEL ALCOHOLISMO Y OTRAS MEDIDAS DE CONTROL SOBRE ESTABLECIMIENTOS HOSTELEROS (BOP 18-11-2009)

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento

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Administrativo Común (BOE n.º 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de la resolución sancionadora a las personas que se indica por infracción a la a la Ley 3/1994, de 29 de marzo de Prevención, Asistencia e Integración Social de Drogodependientes de Castilla y León (BOCYL de 6 de abril de 1994), modificada por Ley 3/2007, de 7 de marzo, y a la Ordenanza Municipal sobre Prevención del Alcoholismo y otras medidas de control sobre Establecimientos Hosteleros (BOP de 18 de noviembre de 2009), ya que habiéndose intentado las notificaciones en el último domicilio conocido, éstas no se han podido practicar.

Los expedientes que se citan obran en la Sección de Procedimiento del Servicio de Salud y Consumo, sita en la C/ García Morato, 11 bis (edificio “Casa del Barco”) estando a disposición de los interesados el contenido íntegro de la resolución sancionadora.

Nombre/Apellidos DNI N.º Expediente N.º Decreto Fecha Resolución Sanción Artículo

Jesús Mª Valle Prieto 71.640.424-R 3.6.1.11.256/2012 7639 31-07-2012 30 € 49.2.b) L 3/94Joaquín Cervera Gómez 78.640.074-S 3.6.1.11.215/2012 7863 09-08-2012 30 € 49.2.b) L 3/94Samuel Martín Millán 71.184.707-X 3.6.1.11.235/2012 7969 14-08-2012 30 € 49.2.b) L 3/94Paola Abril Garrido 12.425.108-W 3.6.1.11.242/2012 7970 14-08-2012 30 € 49.2.b) L 3/94Oscar Panero Sevilla 71.131.353-N 3.6.1.11.255/2012 8431 07-09-2012 30 € 49.2.b) L 3/94Verónica Martín González 71.141.291-Z 3.6.1.11.257/2012 8434 07-09-2012 30 € 49.2.b) L 3/94

El pago de la multa deberá hacerse efectivo a través de cualquier Banco o Caja de Ahorros con oficina abierta en esta ciudad, previa solicitud del correspondiente documento de ingreso en la oficina anteriormente citada.

El plazo de pago para las sanciones notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. Si la notificación de la sanción se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si este no fuera hábil hasta el inmediato hábil siguiente.

Transcurrido el plazo de pago sin haberse efectuado el ingreso en periodo voluntario, se procederá a su cobro por el procedimiento de apremio.

Lo que se comunica para conocimiento del interesado, significándole que contra este Decreto, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer recurso de reposición de carácter potestativo ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Valladolid, a contar ambos plazos desde el día siguiente al de esta notificación sin que puedan simultanearse ambos recursos. Asimismo podrá ejercitar cualquier otro recurso que considere pertinente.

Valladolid, 27 de septiembre de 2012.–El Alcalde, P. D. (Decreto 9257, de 19 de septiembre de 2011), El Concejal Delegado del Área de Desarrollo Sostenible y Coordinación Territorial, Jesús Enríquez Tauler.

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III.–ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLIDÁREA DE SEGURIDAD Y MOVILIDAD

Departamento de PatrimonioSección de Bienes

Anuncio de modificación y subsanación de erroes del acuerdo de Junta de Gobierno de fecha 14 de septiembre de 2012, con relación a la concesión

de obra pública para la reforma, mantenimiento y explotación de un aparcamiento subterráneo en la Plaza Juan de Austria

La Junta de Gobierno de Valladolid, en sesión ordinaria de fecha 5 de octubre de 2012, adoptó el acuerdo, que a continuación se transcribe:

“Visto el expediente n.º 169/2012, incoado en virtud del Decreto de trámite de fecha 31 de julio de 2012, relativo a la contratación en procedimiento abierto y tramitación urgente, de la concesión de obra pública para la reforma, mantenimiento y explotación de un aparcamiento en la plaza Juan de Austria, y ATENDIDO que:

1.º– Mediante Acuerdo de Junta de Gobierno de fecha 14 de septiembre de 2012 se aprobó el expediente de contratación y se dispuso la apertura del procedimiento abierto para adjudicar la contratación de la concesión de obra pública para la reforma, mantenimiento y explotación de un aparcamiento subterráneo en la plaza Juan de Austria.

Así mismo se aprobó el pliego de prescripciones técnicas, el pliego de cláusulas administrativas particulares y su cuadro de características que figuran, respectivamente, en los folios 17 a 46 y 125 a 185 del citado expediente.

2.º– Con posterioridad al acuerdo de fecha 14 de septiembre de 2012 por el que la Junta de Gobierno Local aprobó el pliego de prescripciones técnicas que rige este contrato, se ha aprobado un nuevo cuadro de tarifas aplicable al presente aparcamiento, como consecuencia del incremento del IVA al 21%. Este cuadro fue aprobado por Decreto n.º 9.150, de 25 de septiembre de 2012. Las tarifas aprobadas son:

NUEVAS TARIFASBase Imponible PVP IVA 21%

Importe Fijo 0,12288 0,14869Precio Por Minuto 0,01695 0,02051

3.º– Se ha advertido un error material dado que en el pliego de prescripciones técnicas aprobado no se han incorporado las páginas 2, 4, 6, 8, 10, 12 y 14 del pliego de prescripciones técnicas del expediente n.º 259/2011.

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4.º– Resulta de aplicación lo dispuesto por el artículo 105.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, que establece lo siguiente: “Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.

5.º– El órgano competente es la Junta de Gobierno Local Disposición Adicional 2ª TRLCSP, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

Por lo expuesto, se ACUERDA:

Primero.–Modificar el punto 9.5 del pliego de prescripciones técnicas aprobado por acuerdo de Junta de Gobierno de fecha 14 de septiembre de 2012, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto n.º 9.150, de 25 de septiembre de 2012, en los siguientes términos:

Donde dice:

“Las tarifas actuales máximas integradas ascienden por un tramo fijo a 0,145 euros, y otro variable a 0,02 euros/minuto, IVA incluido.”

Debe decir:

“Las tarifas actuales máximas integradas ascienden por un tramo fijo a 0,14869 euros, y otro variable a 0,02051 euros/minuto, IVA incluido.”

Segundo.–Rectificar el error advertido en el apartado TERCERO del acuerdo de la Junta de Gobierno de 14 de septiembre de 2012, relativo a la concesión de obra pública para la reforma, mantenimiento y explotación de un aparcamiento subterráneo situado en la plaza Juan de Austria, en los siguientes términos:

Donde dice:

“Aprobar el pliego de prescripciones técnicas y el pliego de cláusulas administrativas particulares y su cuadro de características que figuran, respectivamente en los folios 17 a 46 y 125 a 185 del expediente”.

Debe decir:

“Aprobar el pliego de prescripciones técnicas y el pliego de cláusulas administrativas particulares y su cuadro de características que figuran, respectivamente en los folios 220 a 256 y 125 a 185 del expediente”.

Tercero.–Publicar el pliego de prescripciones técnicas en el Perfil del Contratante.

Cuarto.–Ampliar el plazo para la presentación de las ofertas hasta las 14,30 horas del décimo tercer día natural, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de este acuerdo en el BOP, o el inmediato día hábil si aquel coincidiera con un día inhábil o sábado o fuera 24 o 31 de diciembre.”

Valladolid, 8 de octubre de 2012.–El Alcalde, P.D., El Concejal Delegado Gral. del Área de Seguridad y Movilidad, Manuel Sánchez Fernández.

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III.–ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLIDÁREA DE SEGURIDAD Y MOVILIDAD

Departamento de PatrimonioSección de Bienes

Anuncio de ampliación de la licitación para contratar, mediante procedimiento abierto y tramitación urgente, de la concesión de obra

pública para la reforma, mantenimiento y explotación de un aparcamiento subterráneo en la Plaza Juan de Austria

1.–Entidad adjudicadora. a) Organismo: Excmo. Ayuntamiento de Valladolid.

b) Dependencia que tramita el expediente: Departamento de Patrimonio. Sección de Bienes.

c) Obtención de documentación e información: En la Sección de Bienes del Departamento de Patrimonio, sita en la Plaza Mayor n.º 1-3.ª planta-torreón.

Horario de atención al público: 8:30 a 14:30 horas de lunes a viernes.

Teléfono 983 426 157 y Fax. 983 426 086.

Web: https://www.valladolid.gob.es/es/perfil-contratante

d) Número de expediente: 169/2012.

2.–Objeto del contrato.a) Tipo: Concesión de obra pública.

b) Descripción: Reforma, mantenimiento y explotación de un aparcamiento subterráneo situado en la plaza Juan de Austria.

3.–Tramitación y procedimiento.a) Tramitación: Urgente.

b) Procedimiento: Abierto.

c) Criterios de adjudicación: Pluralidad de criterios.

4.–Canon a satisfacer: El canon inicial a satisfacer anualmente será de 400.000 € al año, sin perjuicio de la mejora que pueda realizar el adjudicatario en su oferta.

5.–Presupuesto base de licitación de las obras: La inversión estimada mínima es de 1.621.493,20 € (IVA excluido).

6.–Garantías exigidas:a) Provisional: No se exige.

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b) Definitiva: La garantía definitiva del contrato referida a la ejecución de las obras ascenderá al importe equivalente al 5% del presupuesto de las obras a ejecutar por el adjudicatario (IVA no incluido). Al importe anterior hay que añadir también la garantía por el dominio público ocupado que asciende a la cantidad de 188.838€.

7.–Presentación de ofertas o de las solicitudes de participación.a) Presentación de las proposiciones: Las proposiciones se presentarán en la

Sección de Bienes antes de las catorce horas y treinta minutos del decimotercero día natural, a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOP o el inmediato día hábil si aquel coincidiera en un día inhábil o sábado, o fuera el 24 o 31 de diciembre.

b) Modalidad de presentación: Lengua castellana.

8.–Apertura de ofertas: Los actos públicos de apertura de los sobres n.º 2 y 3 tendrán lugar en la fecha, hora y lugar que se especifique en anuncio que se publicará en el Perfil del Contratante del Excmo. Ayuntamiento de Valladolid.

*Nota.–Los gatos de los anuncios serán por cuenta del adjudicatario.

Valladolid, 8 de octubre de 2012.–El Alcalde, P.D., El Concejal Delegado Gral. del Área de Seguridad y Movilidad, Manuel Sánchez Fernández.

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III.–ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ALMENARA DE ADAJA

Transcurrido el plazo de exposición pública de los acuerdos del Ayuntamiento de fecha 4 de Junio de 2012, referidos a la aprobación provisional de la modificación de las Ordenanzas Fiscales Reguladoras del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, Impuesto Sobre Vehículos de Tracción Mecánica y Tasa por Suministro de Agua a Domicilio, sin que se haya presentado ninguna reclamación una vez transcurrido el plazo de exposición pública, dichos acuerdos se elevan a definitivos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, publicándose el texto íntegro de las ordenanzas fiscales / modificaciones de las ordenanzas fiscales, tal y como figura en el anexo de este anuncio.

Contra cada uno de estos acuerdos, elevados a definitivos, y sus respectivas Ordenanzas podrán los interesados interponer recurso Contencioso Administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de estos acuerdos y del texto íntegro de las Ordenanzas en el “Boletín Oficial de la Provincia”.

Almenara de Adaja, 24 de septiembre de 2012.–El Alcalde-Presidente, Jesús A. Martín Albertos.

ANEXO

ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES

Se modifica el artículo 2.2 que quedará redactado en los siguientes términos:

Artículo 2.º–Tipo de gravamen.

2.–Los tipos de gravamen aplicables a los bienes inmuebles de naturaleza rústica serán del 0,85%.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Ordenanza fiscal entrará en vigor en el momento de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia y será de aplicación a partir del 1 de Enero de 2013, permaneciendo en vigor hasta que se acuerde su modificación o su derogación expresa.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA

Se modifica el artículo 8.1 que quedará redactado en los siguientes términos:

Artículo 8.º–Cuota.

1.–Las tarifas fijadas en el apartado primero del artículo 95 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo, se incrementan mediante la aplicación sobre las mismas de un coeficiente del 1,60.

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De acuerdo con el incremento en el párrafo anterior, el impuesto se exigirá con arreglo al siguiente cuadro de tarifas:

Potencia y clase de vehículo Cuota Euros A) Turismos: De menos de ocho caballos fiscales 20,19De 8 hasta 11,99 caballos fiscales 54,53De 12 hasta 15,99 caballos fiscales 115,10De 16 hasta 19,99 caballos fiscales 143,38De 20 caballos fiscales en adelante 179,20B) Autobuses: De menos de 21 plazas 133,28De 21 a 50 plazas 189,82De más de 50 plazas 237,28C) Camiones: De menos de 1.000 kilogramos de carga útil 67,65De 1.000 a 2.999 kilogramos de carga útil 133,28De más de 2.999 a 9.999 kilogramos de carga útil 189,82De más de 9.999 kilogramos de carga útil 237,28D) Tractores: De menos de 16 caballos fiscales 28,27De 16 a 25 caballos fiscales 44,43De más de 25 caballos fiscales 133,28E) Remolques y semirremolques arrastrados por vehículos de tracción mecánica: De menos de 1.000 y más de 750 kilogramos de carga útil 28,27De 1.000 a 2.999 kilogramos de carga útil 44,43De más de 2.999 kilogramos de carga útil 133,28F) Vehículos: Ciclomotores 7,07Motocicletas hasta 125 centímetros cúbicos 7,07Motocicletas de más de 125 hasta 250 centímetros cúbicos 12,11Motocicletas de más de 250 hasta 500 centímetros cúbicos 24,24Motocicletas de más de 500 hasta 1.000 centímetros cúbicos 48,46Motocicletas de más de 1.000 centímetros cúbicos 96,93

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Ordenanza fiscal entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y comenzará a aplicarse a partir del día 1 de Enero de 2013, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR SUMINISTRO DE AGUA A DOMICILIO

Se modifica el artículo, 9.2 que quedará redactado en los siguientes términos:

Artículo 9.º–Cuota Tributaria

2.–La cuota tributaria a exigir por la prestación del servicio de suministro de agua, se determinará en función de los metros cúbicos consumidos, aplicando las siguientes Tarifas:

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Suministro de agua. Facturación semestral.

– Cuota mantenimiento servicio . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20,00 €.

– Primer Bloque: Hasta 50 metros cúbicos . . . . . . . . . . . . . . . 0,25 €.

– Segundo Bloque: De 51 a 70 metros cúbicos . . . . . . . . . . . . 0,40 €.

– Tercer Bloque: De 71 metros cúbicos en adelante . . . . . . . . 0,55 €.

A la cuota de los apartados anteriores se aplicará el tipo que corresponda del Impuesto sobre el Valor Añadido.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Ordenanza fiscal entrará en vigor en el momento de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia y será de aplicación a partir del 1 de Enero de 2013, permaneciendo en vigor hasta que se acuerde su modificación o su derogación expresa.

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III.–ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ALMENARA DE ADAJA

Transcurrido el plazo de exposición pública del acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento de fecha 30 de julio de 2012, referido a la aprobación provisional de la Ordenanza por la que se crean, modifican y suprimen ficheros de carácter personal del Ayuntamiento de Almenara de Adaja, sin que se haya presentado ninguna reclamación, dicho acuerdo se eleva a definitivo, publicándose seguidamente el texto íntegro de la Ordenanza tal y como figura en el Anexo de este anuncio.

Contra este acuerdo elevado a definitivo y, su respectiva Ordenanza, podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación del texto íntegro de la Ordenanza y sus Anexos en el Boletín Oficial de la Provincia.

Almenara de Adaja, 24 de septiembre de 2012.–El Alcalde-Presidente, Jesús A. Martín Albertos.

ORDENANZA DE 30 DE JULIO DE 2012 POR LA QUE SE CREAN, MODIFICAN Y SUPRIMEN FICHEROS DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

DEL AYUNTAMIENTO DE ALMENARA DE ADAJA

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente.

La entrada en vigor del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, aprobado mediante el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, ha introducido, a través de los artículos 53 y 54, algunas novedades en cuanto a la forma y contenido de la disposición, destacando la necesidad de especificar el sistema de tratamiento del fichero, pudiendo ser automatizado, no automatizado o parcialmente automatizado (o mixto).

En el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas el Pleno, y a fin de cumplimentar lo establecido en el artículo 20 de la mencionada Ley, así como del artículo 52 del Reglamento de desarrollo de la misma, se dispone:

Primero.–Los ficheros del AYUNTAMIENTO DE ALMENARA DE ADAJA serán los contenidos en los anexos de esta Ordenanza.

Segundo.–Se crean los ficheros incluidos en el ANEXO I de esta Ordenanza, en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999 y el artículo 54.1 del Reglamento de desarrollo.

Tercero.–Los ficheros que se recogen en los anexos de esta Ordenanza, se regirán por las disposiciones generales e instrucciones que se detallen para cada uno de ellos, y estarán sometidos, en todo caso, a las normas legales y reglamentarias de superior rango que les sean aplicables.

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Cuarto.–En cumplimiento del artículo 55 del Reglamento de desarrollo de la Ley 15/1999, los ficheros serán notificados para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos en el plazo de treinta días desde la publicación de esta Ordenanza en el Boletín Oficial de la Provincia.

Quinto.–La presente Ordenanza entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

ANEXO I

Ficheros de nueva creación

Fichero: PADRÓN DE HABITANTES

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: PADRÓN DE HABITANTES.

a.2) Finalidad y usos previstos: GESTIÓN DE LA POBLACIÓN RESIDENTE EN EL MUNICIPIO, EMISIÓN DE CERTIFICADOS Y VOLANTES DE EMPADRONAMIENTO, REALIZACIÓN DE ESTADÍSTICAS, GESTIÓN DEL CENSO ELECTORAL.

Finalidades varias: FUNCIÓN ESTADÍSTICA PÚBLICA.

PADRÓN DE HABITANTES.

GESTIÓN DEL CENSO POBLACIONAL.

PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

OTRAS FINALIDADES.

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

b.1) Colectivo: CIUDADANOS Y RESIDENTES.

b.2) Procedencia: EL PROPIO INTERESADO O SU REPRESENTANTE LEGAL.

Procedimiento de recogida: FORMULARIOS, CUESTIONARIOS, IMPRESOS, INSTANCIAS Y/O SOLICITUDES.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura:

Datos identificativos: NIF/DNI,

DIRECCIÓN,

Nº SS / MUTUALIDAD,

TELÉFONO,

NOMBRE Y APELLIDOS.

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Otras categorías de carácter personal:

CARACTERÍSTICAS PERSONALES.

ACADÉMICOS Y PROFESIONALES.

c.2) Sistema de tratamiento: Fichero AUTOMATIZADO.

d) Comunicaciones de los datos previstas:

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA.

OTROS ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO.

FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD.

HACIENDA PÚBLICA Y ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA.

ORGANISMOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

ÓRGANOS JUDICIALES.

Existe una norma reguladora que las autoriza: Sí, conforme a la normativa vigente.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países:

No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órganos responsables del fichero:

AYUNTAMIENTO DE ALMENARA DE ADAJA.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

AYUNTAMIENTO DE ALMENARA DE ADAJA.

h) Nivel de medidas de seguridad: Nivel BÁSICO.

Fichero: PADRÓN TRIBUTARIO

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: PADRÓN TRIBUTARIO.

a.2) Finalidad y usos previstos: GESTIÓN Y RECAUDACIÓN DE LOS TRIBUTOS LOCALES E INGRESOS DE DERECHO PÚBLICO. EXPEDICIÓN DE CERTIFICACIONES O JUSTIFICANTES DE PAGO.

Finalidades varias:

HACIENDA PÚBLICA Y GESTIÓN DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA.

GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA PÚBLICA.

GESTIÓN SANCIONADORA

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b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

b.1) Colectivo: CIUDADANOS Y RESIDENTES.

CONTRIBUYENTES Y SUJETOS OBLIGADOS.

b.2) Procedencia: EL PROPIO INTERESADO O SU REPRESENTANTE LEGAL.

Procedimiento de recogida: FORMULARIOS, CUESTIONARIOS, IMPRESOS INSTANCIAS Y/O SOLICITUDES.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura:

Datos identificativos: NIF/DNI,

DIRECCIÓN,

TELÉFONO,

NOMBRE Y APELLIDOS.

Datos relativos a la comisión de infracciones: Infracciones administrativas.

Norma que permite su tratamiento: Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Otras categorías de carácter personal:

ECONÓMICOS, FINANCIEROS Y DE SEGUROS.

INFORMACIÓN COMERCIAL.

TRANSACCIONES DE BIENES Y SERVICIOS.

CARACTERÍSTICAS PERSONALES

c.2) Sistema de tratamiento: Fichero MIXTO.

d) Comunicaciones de los datos previstas:

HACIENDA PÚBLICA Y ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA.

Existe una norma reguladora que las autoriza: Sí, conforme a la normativa vigente.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países:

No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órganos responsables del fichero:

AYUNTAMIENTO DE ALMENARA DE ADAJA.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

AYUNTAMIENTO DE ALMENARA DE ADAJA.

h) Nivel de medidas de seguridad: Nivel MEDIO.

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Fichero: EXPEDIENTES Y LICENCIAS

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: EXPEDIENTES Y LICENCIAS.

a.2) Finalidad y usos previstos: GESTIÓN DE LOS EXPEDIENTES DEL AYUNTAMIENTO. CONTROL DE LAS LICENCIAS, SOLICITUDES Y AUTORIZACIONES CONCEDIDAS POR EL AYUNTAMIENTO.

Finalidades varias:

GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA PÚBLICA.

HACIENDA PÚBLICA Y GESTIÓN DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA.

PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO.

GESTIÓN SANCIONADORA

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

b.1) Colectivo: CIUDADANOS Y RESIDENTES.

SOLICITANTES.

b.2) Procedencia: EL PROPIO INTERESADO O SU REPRESENTANTE LEGAL.

Procedimiento de recogida: FORMULARIOS, CUESTIONARIOS, IMPRESOS, INSTANCIAS Y/O SOLICITUDES.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura:

Datos identificativos: NIF/DNI,

DIRECCIÓN,

TELÉFONO,

NOMBRE Y APELLIDOS.

Datos relativos a la comisión de infracciones: Infracciones administrativas.

Norma que permite su tratamiento: Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por RD 1398/1993, de 4 de agosto; y, en general, toda normativa legal o reglamentaria que tipifique sanciones administrativas de la competencia municipal.

Otras categorías de carácter personal:

ACADÉMICOS Y PROFESIONALES.

ECONÓMICOS, FINANCIEROS Y DE SEGUROS.

INFORMACIÓN COMERCIAL.

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c.2) Sistema de tratamiento: Fichero MIXTO.

d) Comunicaciones de los datos previstas:

No se realizan o no están previstos realizar cesiones o comunicaciones de datos.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países:

No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órganos responsables del fichero:

AYUNTAMIENTO DE ALMENARA DE ADAJA.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

AYUNTAMIENTO DE ALMENARA DE ADAJA.

h) Nivel de medidas de seguridad: Nivel MEDIO.

Fichero: REGISTRO DE ENTRADA Y SALIDA

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: REGISTRO DE ENTRADA Y SALIDA.

a.2) Finalidad y usos previstos: GESTIÓN DEL REGISTRO DE ENTRADA/SALIDA DE DOCUMENTOS.

Finalidades varias: PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO.

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

b.1) Colectivo: CIUDADANOS Y RESIDENTES.

SOLICITANTES.

b.2) Procedencia: EL PROPIO INTERESADO O SU REPRESENTANTE LEGAL.

Procedimiento de recogida: FORMULARIOS, INSTANCIAS Y/O SOLICITUDES.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura:

Datos identificativos: NIF/DNI,

DIRECCIÓN,

NOMBRE Y APELLIDOS.

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Otras categorías de carácter personal:

c.2) Sistema de tratamiento: Fichero MIXTO.

d) Comunicaciones de los datos previstas:

No se realizan o no están previstos realizar cesiones o comunicaciones de datos.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países:

No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órganos responsables del fichero:

AYUNTAMIENTO DE ALMENARA DE ADAJA.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

AYUNTAMIENTO DE ALMENARA DE ADAJA.

h) Nivel de medidas de seguridad: Nivel BÁSICO.

Fichero: PROVEEDORES DE SERVICIOS

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: PROVEEDORES DE SERVICIOS.

a.2) Finalidad y usos previstos: GESTIÓN DE LOS PROVEEDORES DE SERVICIOS AL AYUNTAMIENTO Y ASPIRANTES A LOS MISMOS.

Finalidades varias: GESTIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA PÚBLICA.

GESTIÓN CONTABLE FISCAL Y ADMINISTRATIVA.

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

b.1) Colectivo: PROVEEDORES.

SOLICITANTES.

b.2) Procedencia: EL PROPIO INTERESADO O SU REPRESENTANTE LEGAL.

Procedimiento de recogida: BOLETINES DE INSCRIPCIÓN ELABORADOS AL EFECTO, PROCEDIMIENTOS DE LICITACIÓN Y/O CONTRATOS.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

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c.1) Estructura:

Datos identificativos: NIF/DNI,

DIRECCIÓN,

TELÉFONO,

NOMBRE Y APELLIDOS.

Otras categorías de carácter personal:

ACADÉMICOS Y PROFESIONALES.

INFORMACIÓN COMERCIAL.

ECONÓMICOS, FINANCIEROS Y DE SEGUROS.

TRANSACCIONES DE BIENES Y SERVICIOS.

c.2) Sistema de tratamiento: Fichero MIXTO.

d) Comunicaciones de los datos previstas:

REGISTROS PÚBLICOS.

TRIBUNAL DE CUENTAS O EQUIVALENTE AUTONÓMICO.

Existe una norma reguladora que las autoriza: Sí, conforme a la normativa vigente.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países:

No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órganos responsables del fichero:

AYUNTAMIENTO DE ALMENARA DE ADAJA.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

AYUNTAMIENTO DE ALMENARA DE ADAJA.

h) Nivel de medidas de seguridad: Nivel BÁSICO.

Fichero: MATRIMONIOS CIVILES

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: MATRIMONIOS CIVILES.

a.2) Finalidad y usos previstos: GESTIÓN DE LOS MATRIMONIOS CIVILES QUE SE CELEBRAN EN EL AYUNTAMIENTO.

Finalidades varias: OTRAS FINALIDADES.

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b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

b.1) Colectivo:

Otros colectivos: PERSONAS QUE CONTRAEN MATRIMONIO CIVIL.

b.2) Procedencia: EL PROPIO INTERESADO O SU REPRESENTANTE LEGAL.

Procedimiento de recogida: FORMULARIOS, INSTANCIAS Y/O SOLICITUDES.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura:

Datos identificativos: NIF/DNI,

DIRECCIÓN,

TELÉFONO,

NOMBRE Y APELLIDOS,

FIRMA/HUELLA.

Otras categorías de carácter personal: CARACTERÍSTICAS PERSONALES.

c.2) Sistema de tratamiento: Fichero MIXTO.

d) Comunicaciones de los datos previstas: HACIENDA PÚBLICA Y ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA.

Existe una norma reguladora que las autoriza: Sí, conforme a la normativa vigente.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países:

No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órganos responsables del fichero:

AYUNTAMIENTO DE ALMENARA DE ADAJA.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

AYUNTAMIENTO DE ALMENARA DE ADAJA.

h) Nivel de medidas de seguridad: Nivel BÁSICO.

Fichero: PERSONAL

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: PERSONAL.

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a.2) Finalidad y usos previstos: GESTIÓN DE LAS RELACIONES ENTRE EL AYUNTAMIENTO Y EL PERSONAL DEL MISMO.

Finalidades varias: GESTIÓN NÓMINA.

RECURSOS HUMANOS.

PREVENCIÓN RIESGOS LABORALES.

OTRAS FINALIDADES.

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

b.1) Colectivo: EMPLEADOS.

b.2) Procedencia: EL PROPIO INTERESADO O SU REPRESENTANTE LEGAL.

Procedimiento de recogida: CONTRATOS DE TRABAJO.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura:

Datos identificativos: NIF/DNI

DIRECCIÓN

Nº SS/MUTUALIDAD

TELÉFONO

Nº REGISTRO DE PERSONAL

NOMBRE Y APELLIDOS.

Otros datos especialmente protegidos: Salud

Norma que permite su tratamiento: EXCEPCIÓN LEGAL DEL ART. 81.6 DEL REGLAMENTO DE DESARROLLO DE LA LOPD PARA LAS FINALIDADES TIPIFICADAS COMO GESTIÓN DE NÓMINAS O RECURSOS HUMANOS, ASÍ COMO CON MOTIVO DEL CUMPLIMIENTO DE DEBERES PÚBLICOS Y DE LA LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.

Otras categorías de carácter personal:

CARACTERÍSTICAS PERSONALES.

ACADÉMICOS Y PROFESIONALES.

DETALLES DE EMPLEO.

ECONÓMICOS, FINANCIEROS Y SEGUROS

TRANSACCIONES DE BIENES Y SERVICIOS.

c.2) Sistema de tratamiento: Fichero MIXTO.

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d) Comunicaciones de los datos previstas:

ORGANISMOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

HACIENDA PÚBLICA Y ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA.

BANCOS, CAJAS DE AHORRO Y CAJAS RURALES.

SERVICIO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.

OTRAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS EN EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES.

Existe una norma reguladora que las autoriza: Sí, conforme a la normativa vigente.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países:

No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órganos responsables del fichero:

AYUNTAMIENTO DE ALMENARA DE ADAJA.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

AYUNTAMIENTO DE ALMENARA DE ADAJA.

h) Nivel de medidas de seguridad: Nivel BÁSICO.

Fichero: CENSO CANINO

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: CENSO CANINO.

a.2) Finalidad y usos previstos: GESTIÓN DE LA TRAMITACIÓN DE LICENCIA PARA LA TENENCIA DE ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS. ELABORACIÓN DEL CENSO CANINO MUNICIPAL PARA PODER LLEVAR UN CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LOS PERROS POTENCIALMENTE PELIGROSOS.

Finalidades varias: FUNCIÓN ESTADÍSTICA PÚBLICA.

PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO.

OTRAS FINALIDADES.

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

b.1) Colectivo: CIUDADANOS Y RESIDENTES.

PROPIETARIOS O ARRENDATARIOS.

SOLICITANTES.

ASOCIADOS O MIEMBROS.

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b.2) Procedencia: EL PROPIO INTERESADO O SU REPRESENTANTE LEGAL.

Procedimiento de recogida: FORMULARIOS, INSTANCIAS Y/O SOLICITUDES.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura:

Datos identificativos: NIF/DNI,

DIRECCIÓN,

TELÉFONO,

NOMBRE Y APELLIDOS,

FIRMA/HUELLA.

Otras categorías de carácter personal:

ECONÓMICOS, FINANCIEROS Y DE SEGUROS.

c.2) Sistema de tratamiento: Fichero MIXTO.

d) Comunicaciones de los datos previstas:

ÓRGANOS JUDICIALES.

FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD.

Existe una norma reguladora que las autoriza: Sí conforme a la normativa vigente.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países:

No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órganos responsables del fichero:

AYUNTAMIENTO DE ALMENARA DE ADAJA.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

AYUNTAMIENTO DE ALMENARA DE ADAJA.

h) Nivel de medidas de seguridad: Nivel BÁSICO.

Fichero: ACTIVIDADES CULTURALES, DEPORTIVAS Y SOCIALES

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: ACTIVIDADES CULTURALES, DEPORTIVAS Y SOCIALES.

a.2) Finalidad y usos previstos: GESTIÓN DE LAS ACTIVIDADES CULTURALES, DEPORTIVAS Y SOCIALES QUE SE REALIZAN EN EL MUNICIPIO.

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Finalidades varias: OTRAS FINALIDADES.

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

b.1) Colectivo: CIUDADANOS Y RESIDENTES.

SOLICITANTES.

b.2) Procedencia: EL PROPIO INTERESADO O SU REPRESENTANTE LEGAL.

Procedimiento de recogida: FORMULARIOS, INSTANCIAS Y/O SOLICITUDES.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura:

Datos identificativos: NIF/DNI,

DIRECCIÓN,

TELÉFONO,

NOMBRE Y APELLIDOS,

Otras categorías de carácter personal:

CARACTERÍSTICAS PERSONALES.

ACADÉMICOS Y PROFESIONALES.

INFORMACIÓN COMERCIAL.

TRANSACCIONES DE BIENES Y SERVICIOS.

c.2) Sistema de tratamiento: Fichero MIXTO.

d) Comunicaciones de los datos previstas:

No se realizan o no están previstos realizar cesiones o comunicaciones de datos.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países:

No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órganos responsables del fichero:

AYUNTAMIENTO DE ALMENARA DE ADAJA.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

AYUNTAMIENTO DE ALMENARA DE ADAJA.

h) Nivel de medidas de seguridad: Nivel BÁSICO.

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Fichero: CEMENTERIO

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: CEMENTERIO.

a.2) Finalidad y usos previstos: GESTIÓN DEL CEMENTERIO. TRATAMIENTO DE DATOS DE PERSONAS QUE SON PROPIETARIOS O CONCESIONARIOS DE FOSAS, PANTEONES, SEPULTURAS Y NICHOS EN EL CEMENTERIO.

Finalidades varias: GESTIÓN CONTABLE FISCAL Y ADMINISTRATIVA.

FINES HISTÓRICOS, ESTADÍSTICOS O CIENTÍFICOS.

OTRAS FINALIDADES.

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

b.1) Colectivo: CIUDADANOS Y RESIDENTES.

b.2) Procedencia: EL PROPIO INTERESADO O SU REPRESENTANTE LEGAL.

Procedimiento de recogida: FORMULARIOS, INSTANCIAS Y/O SOLICITUDES.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura:

Datos identificativos: NIF/DNI,

DIRECCIÓN,

TELÉFONO,

NOMBRE Y APELLIDOS.

Otras categorías de carácter personal:

CARACTERÍSTICAS PERSONALES.

ECONÓMICOS, FINANCIEROS Y SEGUROS.

TRANSACCIONES DE BIENES Y SERVICIOS.

c.2) Sistema de tratamiento: Fichero MIXTO.

d) Comunicaciones de los datos previstas:

No se realizan o no están previstos realizar cesiones o comunicaciones de datos.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países:

No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órganos responsables del fichero:

AYUNTAMIENTO DE ALMENARA DE ADAJA.

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g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

AYUNTAMIENTO DE ALMENARA DE ADAJA.

h) Nivel de medidas de seguridad: Nivel BÁSICO.

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III.–ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ARROYO DE LA ENCOMIENDA

Fundación Municipal de Cultura y DeportesEn cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18.2 de la Ley 38/2003, de 17 de

noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 7.2 de la Convocatoria y Bases reguladoras para la concesión de subvenciones, para la realización de actividades y eventos deportivos en el año 2012, a entidades deportivas de Arroyo de la Encomienda, se publica que mediante Decreto de Presidencia n.º 129, de 26 de septiembre de 2012, se ha resuelto el procedimiento de concesión de las citadas subvenciones, encontrándose expuesto el contenido íntegro de la resolución en el tablón de anuncios de la Fundación municipal de Cultura y Deportes.

Arroyo de la Encomienda, 26 de septiembre de 2012.–El Presidente, José Manuel Méndez Freijo.

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III.–ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ATAQUINES

Por Decreto de la Alcaldía de fecha 1 de Octubre de 2012, se anuncia la apertura del procedimiento de adjudicación del aprovechamiento de piñas del M.U.P N.° 23 denominado “Serranos”, correspondiente al año forestal 2013, por procedimiento abierto mediante subasta, con las siguientes condiciones:

a) Objeto: Aprovechamiento de fruto de piñonero, en el M.U.P n.º 23 “Serranos” con arreglo al Pliego de Condiciones Técnicas y Administrativas Particulares.

Fruto de Pino Piñonero LOTE ÚNICO

Localización: Monte “Serranos” (N.º 23 del C.T.U).

Cantidad estimada de Piña: 17.750 Kg.

Fianza Provisional: 2%.

Tasación: 4.064,75 Euros.

I.V.A.: 21 % del importe de adjudicación.

b) Tipo de Licitación: Al Alza.

c) Información: En la Secretaría Municipal en horas de oficina y hasta la presentación de proposiciones.

d) Presentación de Proposiciones: Se redactarán en castellano, siguiendo el modelo previsto del Pliego de Condiciones Administrativas Particulares, con el contenido previsto en la Cláusula n.º 12 de dicho Pliego y se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento, sito en la Plaza Mayor N° 1 de Ataquines (Valladolid), en el plazo de 12 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia.

e) Apertura de proposiciones: Se realizará el día siguiente hábil a aquel en que finalice el plazo de presentación de proposiciones, a las 12:30 horas.

f) Segunda Subasta: Si el aprovechamiento no se adjudicara en la primera, se celebrará una segunda subasta en las mismas condiciones, pudiendo presentarse proposiciones durante los tres días naturales siguientes a la finalización del primer periodo de presentación, procediéndose su apertura el día siguiente hábil a la finalización de este nuevo periodo, a las 12:30 horas.

g) Garantía Provisional: 2% sobre la tasación del aprovechamiento: Se constituirá en cualquiera de las formas previstas en el art. 35 del TRLCAP.

h) Garantía Definitiva: 4% sobre el importe del remate.

i) Gastos de anuncios: Serán de cuenta del adjudicatario.

j) Gastos de señalamiento: Los indicados en la tabla para cada subasta.

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k) Otros gastos: El adjudicatario deberá abonar los importes correspondientes a los siguientes conceptos:

– El 85% del importe definitivo al Ayuntamiento.

– El 15% de dicha cantidad en el Fondo de Mejoras.

– El 21% de IVA correspondiente al valor final de la adjudicación en el Ayuntamiento.

Modelo de Proposición

Don/ña ........................ con domicilio en C/ ..........n.º ... de ......y con DNI n.º ..........en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, actuando en su propio nombre y derecho (o con poder bastante de............................en cuyo nombre y representación comparece), enterado de que por el Ayuntamiento de Ataquines, se va a proceder a subastar el aprovechamiento de piñas del Lote UNICO del MonteU.P. n.º 23 de este municipio, de acuerdo con el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que conoce y acepta en su integridad, se comprometea abonar por el referido aprovechamiento la cantidad de ......................(en número y en letra) por la totalidad del lote citado, entendiendo que a esta cantidad se le debe añadir el I.V.A, establecido para los aprovechamientos forestales.

(Lugar, fecha y firma)

Ataquines, 3 de octubre de 2012.–El Alcalde, Jesús Valero Llorente.

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III.–ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE BECILLA DE VALDERADUEY

Anuncio relativo a Decreto Alcaldía de fecha 19 de septiembre de 2012 por el cual se acuerda la incoación de expediente de baja de oficio

en el Padrón de Habitantes de Becilla de Valderaduey, por inscripción indebida

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, habiéndose intentado a las personas que se reflejan a continuación, la notificación individual y, ante la imposibilidad de practicar aquella por ausencia o ignorado paradero de las citadas personas, es por lo que se efectúa por este medio la notificación, concediendo a los interesados un plazo de 15 días, a partir del siguiente a la publicación del presenta Anuncio en el Tablón de Edictos y BOP, para que puedan formular las alegaciones y presente los documentos y justificaciones que estimen pertinentes, en orden a acreditar la residencia en este municipio al mayor número de días.

Los expedientes de las respectivas bajas de oficio se encuentran a disposición de los interesados o de sus representantes legales, en la Secretaría del Ayuntamiento en horario de oficina.

A continuación se trascribe el texto de dicha RESOLUCIÓN.

Becilla de Valderaduey, 19 de septiembre de 2012.–El Alcalde, Gilberto Castañeda Rivera.

DECRETO ALCALDÍA DE FECHA 19 DE SEPTIEMBRE DE 2012

Asunto: Incoación de expediente de baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes por Inclusión Indebida.

En relación al asunto referenciado, y conforme a la obligación de los Ayuntamientos de realizar las gestiones oportunas a fin de comprobar la continuidad de la residencia de los ciudadanos y, si procediese, a iniciar el correspondiente procedimiento de baja de oficio.

Habiendo comprobado por los medios que marca la legislación, el incumplimiento del artículo 54 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, es por lo que, siguiendo instrucciones dictadas por el Instituto Nacional de Estadística al respecto se propone el inicio del correspondiente expediente de baja de oficio.

Visto cuanto antecede y sobre la base de las facultades que la legislación me confiere al efecto, y en concreto el artículo 72.1 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1630/1986 de 11 de julio.

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RESUELVO:

Primero: Iníciese expediente de baja por inclusión indebida en el Padrón Municipal de Habitantes, a las personas que a continuación se relacionan:

NOMBRE Y APELLIDOS

ATANASKA SEDEFOVA SLAVCHEVA, C/ Escuelas n.º 1

MARIANA ILIEVA NIKOLOVA, C/ Escuelas n.º 1

GEORGIEV YANKOV ALESKSANDROV, C/ Escuelas n.º 1

MIMO MIHAYLOV ASENOV, C/ Cantera n.º 3

SASHO MITKOV LYUBOMIROV, C/ Cantera n.º 3

FILIP ASENOV FILIPOV, C/ San Roque 6

ISKREN FILIPOV ASENOV, C/ San Roque 6

PRESLAV FILIPOV ASENOV, C/ San Roque 6

GOSHO FILIPOV ANENOV, C/ San Roque 6

IVANOV GEROGIEV DENISLAV, C/ Santa María 7

TODOROVA ANTOANETA GEORGINK, C/ Santa María 7

TOSHKO NIKOLAEV TODOROV, C/ Santa María 8

IVANOVA TEODORA DEYANOVA, C/ Pastores 8

NINA GEORGIEVA KOSTOVA, C/ San Roque 6

MICULA CASIANA, C/ Derecha 18

Segundo: Comunicar a los afectados mediante publicación en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y Boletín Oficial de la Provincia, la incoación del expediente de baja de oficio.

Tercero: Habilitar un plazo de quince días, a contar desde el siguiente a la publicación en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y Boletín Oficial de la Provincia, a los efectos de que, en caso de desacuerdo, formulen las alegaciones y presenten los documentos y justificantes que estimen pertinentes, en orden a acreditar la residencia en este municipio el mayor número de días al año.

Cuarto: Remitir comunicación, una vez efectuados los trámites anteriores, al Consejo de Empadronamiento del Instituto Nacional de Estadística, para que adopte la decisión al respecto sobre la procedencia de baja de oficio.

Quinto: Dar cuenta al Pleno del Ayuntamiento en cumplimiento de lo establecido en el artículo 42 del ROF.

Contra el acto anteriormente expresado, que es definitivo en vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de recibo de esta notificación, Recurso Contencioso Administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Valladolid. No obstante, si lo estima oportuno, podrá interponer Recurso

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potestativo de Reposición ante el mismo órgano que lo hubiere dictado, en el plazo de un mes a partir de la notificación de la presente, advirtiéndole expresamente, que no podrá interponer Recurso Contencioso Administrativo, hasta que sea resuelto expresamente, o se haya producido la desestimación presunta del Recurso de Reposición, en caso de presentarse.

Becilla de Valderaduey, 19 septiembre de 2012.–El Alcalde, Gilberto Castañeda Rivera.

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III.–ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE CANILLAS DE ESGUEVA

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, se hace público el presupuesto definitivo de este Ayuntamiento para el ejercicio 2012, resumido por capítulos, tal y como a continuación se detalla:

INGRESOS

A) Operaciones Corrientes

1.–Impuestos directos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20.500,00

2.–Impuestos indirectos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.000,00

3.–Tasas y otros ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .13.330,00

4.–Transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20.130,00

5.–Ingresos patrimoniales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16.430,00

Total Operaciones Corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71.390,00

b) Operaciones de Capital

6.–Enajenación de inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . —

7.–Transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19.710,00

8.–Variación de Activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . —

9.–Variación de Pasivos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . —

Total Operaciones de Capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19.710,00

TOTAL INGRESOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 91.100,00

GASTOS

C) Operaciones Corrientes

1.–Remuneraciones del personal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15.700,00

2.–Compra de bienes corrientes y servicios . . . . . . . . . . . . . . . . 32.800,00

3.–Intereses . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 560,00

4.–Transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.060,00

Total Operaciones Corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 58.120,00

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D) Operaciones de Capital

6.–Inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 27.370,00

7.–Transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .2.610,00

8.–Variación de Activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . —

9.º–Variación de Pasivos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .3.000,00

Total Operaciones de Capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 32.980,00

TOTAL GASTOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 91.100,00

Asimismo, y conforme dispone el artículo 127 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, se publica la plantilla de personal de este Ayuntamiento, que es la que a continuación se detalla:

Plantilla de personal funcionario y laboral

1.–FUNCIONARIOS DE CARRERA

Denominación plaza Situación Grupo N.º N.C.D.Secretaría-Intervención Cubierta B 1 26

2.–PERSONAL LABORAL FIJO

Denominacion plaza Situación N.ºPersonal de limpieza Cubierta 1

Contra la aprobación definitiva del presupuesto podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en los artículos 170 y 171 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, citado anteriormente, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.

Canillas de Esgueva, 8 de octubre de 2012.–El Alcalde, Santiago Bartolomé Monge.

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III.–ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE CEINOS DE CAMPOS

El Pleno de este Ayuntamiento en sesión Ordinaria celebrada el día 25 de septiembre de 2012 acordó la aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza Fiscal N.º 3, Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, durante el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, los interesados podrán examinar el expediente y durante el mismo plazo se les dará audiencia a efectos de que puedan presentar las reclamaciones y hacer las alegaciones y sugerencias que estimen oportunas.

Transcurrido dicho plazo sin interponerse reclamaciones, este acuerdo provisional se elevará a definitivo sin necesidad de segundo acuerdo expreso, publicándose en todo caso el texto integro de la modificación de la Ordenanza Fiscal.

Ceinos de Campos, 25 de septiembre de 2012.–El Alcalde, Celiano Vielba Femández.

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III.–ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE LA CISTÉRNIGA

Intentada sin efecto la notificación personal a cada uno de los conductores de vehículos en el domicilio o lugar adecuado a tal fin, de conformidad con el art. 59.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y de Procedimiento Administrativo Común, por el presente edicto se notifica a cada uno de los interesados que más abajo se indica:

1.– Órgano que ha incoado el expediente: Ilmo. Sr. Alcalde.

Instructor del Expediente: D. Segundo Álvarez Sanz.

2.– Órgano competente para la resolución del expediente: Ilmo. Sr. Alcalde, de conformidad con lo previsto en el Art. 71.4 LSV.

3.– Se le comunica que se ha iniciado expediente sancionador en la fecha que se indica, participándole el derecho que le asiste de alegar cuanto considere conveniente durante un plazo de QUINCE DÍAS NATURALES a contar desde el siguiente a la publicación del presente edicto. El escrito se dirigirá al Ilmo. Sr. Alcalde, presentándose en el registro General del Ayuntamiento de La Cistérniga. Si no presenta alegaciones ésta publicación será considerada propuesta de resolución (Art. 13.2 R.D. 1398/1993 de 4 de agosto).

4.– El pago de la multa podrá realizarse:

a) Enviando Giro Postal a este Ayuntamiento, anotando en el epígrafe “TEXTO” del Talón para destinatario el Número de Expediente y la Fecha de la denuncia indicados.

b) Mediante ingreso en cualquiera de los siguientes números de cuenta, indicando número de expediente, nombre y apellidos o razón social del interesado, y matrícula del vehículo:

BBVA 01821991310010000016 CAJA SEGOVIA 20690117720000000011

CAJA DUERO 21040257509136767019 CAJA MAR 30832220121082172923

LA CAIXA 21004797630200003391 BANCO CASTILLA 00825930160660000173

CAJA LABORAL 30350362423620001581 CAJA ESPAÑA 20960164312051513404

BANESTO 00306367470000395271

5.– El importe de la multa se reducirá el 50 % si se hace efectivo el pago plazo de QUINCE DÍAS NATURALES a contar desde el siguiente a la publicación del presente edicto.

6.– Identificación del conductor: en caso de no haber sido Vd. el conductor del vehículo o cuando la titularidad del mismo ostente una identidad jurídica, tienen el deber de identificar el mismo en el plazo indicado para formular alegaciones, advirtiéndole que en el caso de incumplir esta obligación sin causa justificada podrá ser sancionado como falta muy grave según lo dispuesto en el art. 65.5.1) LSV, con una multa del doble de la prevista para la infracción originaria que la motivó, si es infracción leve, y el triple, si es infracción grave o muy grave, según establece el art. 67.2.A) LSB.

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7.– En caso de haber sido denunciado por la comisión de un infracción grave o muy grave que lleve aparejada la pérdida de puntos –tal y como se indica en el presente documento bajo el epígrafe “PUNTOS A DETRAER”–, de acuerdo con el baremo establecido en el anexo II de la Ley 18/2009, de 23 de noviembre (B.O.E. n.º 283, de 24-11-09), se detraerá el número de puntos indicado del permiso o licencia de conducción, si efectúa el pago reducido de la multa, los puntos se detraerán al día siguiente del pago (art. 80 LSV) o cuando la sanción sea firme (art. 88 LSV). Puede consultar su saldo de puntos en www.dgt.es.

8.– Este procedimiento caducará al año de su iniciación, salvo que concurran causas legales de suspensión (art. 92.3 LSV). Efectos del silencio administrativo: caducidad.

Nombre y Apellidos DNI / NIF / NIE Matrícula Exp./ Boletín

Fecha Denuncia Art. RGC Tipo de

infracciónPuntos a detraer Importe

DIMITROV ALYOSHEV DICHO X6200614K VA7257Z 03524 06/07/2012 94 2-A LEVE — 90,00 € PERFECTO SABORIDO FERNANDEZ 12363833E VA9733AJ 03413 26/06/2012 94.2-A LEVE — 90,00€ FRANCISCO MARTIN DIEZ 12236336Z 8532FDV 03463 13/07/2012 154-5B LEVE — 80,00 €

La Cistérniga, 25 de septiembre de 2012.–El Alcalde, Mariano Suárez Colomo.

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III.–ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE LAGUNA DE DUERO

De conformidad con lo dispuesto en el art. 59 y 61, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y resultando necesario practicar notificación de propuesta de resolución, dirigida a D.ª M.ª Teresa Pérez Martí y otro, dictada en expediente de referencia, ésta ha resultado imposible, por causas no imputables a esta Administración.

En virtud de ello, y por medio del presente anuncio, se cita a la persona mencionada o su representante, para comparecer ante este Servicio Adjunto de Urbanismo (Edificio Anexo al Ayuntamiento, Plaza Mayor) de 9 a 14 horas, y en el plazo de diez días, a contar desde el día siguiente a la inserción del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, para ser notificado por comparecencia sobre el aludido documento.

Se advierte al citado que de no comparecer en el plazo indicado, en entenderá producida la notificación a todos los efectos.

Laguna de Duero, 2 de octubre de 2012.–El Alcalde, L. Mariano Minguela Muñoz.

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III.–ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE LANGAYO

El Pleno de este Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 18 de septiembre de 2012 acordó la aprobación provisional de la Ordenanza municipal por la que se crean, modifican y suprimen ficheros de datos de carácter personal del Ayuntamiento de Langayo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril reguladora de las Bases de Régimen Local durante el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, los interesados podrán examinar el expediente y durante el mismo plazo se les dará audiencia a efectos de que puedan presentar las reclamaciones y hacer las alegaciones y sugerencias que estimen oportunas.

Transcurrido dicho plazo sin interponerse reclamaciones, este acuerdo provisional se elevará a definitivo sin necesidad de segundo acuerdo expreso, publicándose en todo caso el texto íntegro de la Ordenanza General y los ficheros creados.

Langayo, 22 de septiembre de 2012.–La Alcaldesa, Laura Fernández Peña.

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III.–ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE OLMEDO

No habiendo surtido efecto las gestiones realizadas para efectuar la notificación al interesado y de conformidad con lo establecido en el Art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede, mediante la publicación de este anuncio en el “Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid” y la exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, a notificarle la Providencia de la Concejal de Urbanismo, relativa a declaración de caducidad de Licencia de apertura, expte.: 6/2009, que a continuación se relaciona:

“Visto el expediente de solicitud de Licencia de Apertura N.° 6/2009, con Registro de Entrada n.º 2882/25, de fecha 4.08.09, iniciado a instancia de D. José Manuel Velasco Martín, con D.N.I.: 9.268.589 A, en representación de COMERCIALIZADORA DE TRANSPORTES DE CASTILLA, S.A., con CIF: A-47322797, de ALMACÉN DE MERCANCÍAS Y TRANSPORTE, situado en las parcelas 202 y 203 del Polígono Industrial José Antonio González Caviedes de este término municipal.

Visto que han transcurrido ampliamente más de tres meses desde que se le requirió para que presentara la documentación necesaria para continuar la tramitación del expediente.

Visto que la paralización del expediente se ha producido por causa imputable al interesado, se ordena la incoación del expediente de caducidad”.

El interesado en un plazo de diez días desde la recepción de la presente, podrá alegar y presentar los documentos y justificantes que estime pertinentes”.

Olmedo, 4 de octubre de 2012.–La Concejal de Urbanismo, Myriam Martín Frutos.

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III.–ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE SAN PELAYO DEL VALLE

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 169.3 del R.D.L. de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público el presupuesto definitivo de este Ayuntamiento para el ejercicio de 2012, resumido por capítulos, tal y como a continuación se detalla:

GASTOS

Capítulo 1.–Gastos de personal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15.000

Capítulo 2.–Gastos en bienes corrientes y servicios . . . . . . . . . . . . . 38.000

Capítulo 3.–Gastos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0

Capítulo 4.–Transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.000

Total Operaciones Corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 59.000

Operaciones de Capital

Capítulo 6.–Inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 90.000

Capítulo 9.–Pasivos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0

Total Operaciones de Capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 90.000

TOTAL GASTOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 149.000

INGRESOS

Capítulo 1.º–Impuestos indirectos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 40.000

Capítulo 2.º.–Impuestos directos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . —

Capítulo 3.º–Tasas y otros ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10.200

Capítulo 4.º–Transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8.000

Capítulo 5.º–Ingresos patrimoniales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26.400

Total Operaciones Corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 76.600

Operaciones de Capital

Capítulo 6.º–Enajenación de inversiones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . —

Capítulo 7.º–Transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72.400

Capítulo 8.º–Activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . —

Capítulo 9.º–Pasivos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . —

TOTAL INGRESOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 149.000

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Así mismo y conforme dispone el art. 127 del RDL 781, de 18 de Abril se publica la plantilla de personal de este Ayuntamiento, que es la que a continuación se detalla:

Personal Funcionario:

Denominación del puesto : Secretario-Interventor con habilitación de carácter estatal en acumulación: 1

Contra la aprobación definitiva del presupuesto puede interponerse recurso Contencioso Advo. Ante el Tribunal Superior de justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto, sin perjuicio de que puedan interponerse otros recursos.

San Pelayo del Valle, 3 de octubre de 2012.–El Alcalde, Pedro Fraile Gómez.

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III.–ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VILLARMENTERO DE ESGUEVA

El Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el 2 de octubre de 2012, aprobó el Presupuesto General para el ejercicio 2012.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 169.1 del RDL 2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se expone al público, durante el plazo de quince días, en la Secretaría General y durante las horas de oficina, el expediente completo a efectos de que los interesados que se señalan en el artículo 170 del Texto Refundido citado puedan examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno del Ayuntamiento por los motivos que se señalan en el apartado 2.º del mentado artículo 170.

En el supuesto de que en el plazo de exposición pública no se presenten reclamaciones el Presupuesto se entenderá definitivamente aprobado sin necesidad de acuerdo expreso.

Villarmentero de Esgueva, 4 de octubre de 2012.–El Alcalde, Santiago Torres Bazaco.

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III.–ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VILLARMENTERO DE ESGUEVA

El Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el 2 de octubre de 2012, aprobó el Pliego de condiciones que ha de regjr la adjudicación mediante procedimiento abierto del arrendamiento de fincas rústicas de titularidad municipal.

Objeto del contrato: El objeto del contrato a que este Pliego se refiere es el aprovechamiento y disfrute para su cultivo mediante el arrendamiento de las siguientes fincas rústicas.

Superficies

Lote n.º 1. Parcela n.º 86 del Polígono 3. 1,82 Has

Lote n.º 2. Parcela n.º 1 del Polígono 3 1,62 Has

Lote n.º 3. Parcela n.º 11 del Polígono 2 1,55 Has

Parcela n.º 23 del Polígono 2 0,21 Has

Lote n.º 4. Parcela n.º 33 del Polígono 2 1,09 Has

Lote n.º 5 Finca El Prado

Parcela n.º 5.124 del Polígono 3 5,56 Has

Parcela n.º 5.127 del Polígono 3 3,56 Has

Parcela n.º 98 del Polígono 3 0,65 Has

Duración del contrato: El plazo de duración del contrato será de seis años improrrogables.

Tramitación: Ordinaria.

Procedimiento: Abierto.

Presupuesto base de licitación: Cada lote tendrá el siguiente tipo de licitación al alza.

Renta anual

Lote n.º 1 300,51 euros

Lote n.º 2 210,35 euros

Lote n.º 3 240,40 euros

Lote n.º 4 150,25 euros

Lote n.º 5 3.305,57 euros

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Garantías exigidas: a) Provisional: No se exige.

b) Definitiva: 5% del precio de adjudicación.

Presentación de proposiciones: Las proposiciones se presentarán en los días y horas de oficina en el Ayuntamiento de VilIarmentero de Esgueva, durante el plazo de 15 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, con la documentación establecida en el Pliego de Condiciones.

Apertura de plicas: Al día siguiente del plazo de finalización de presentación de las proposiciones, siempre que sea martes o jueves, en la Casa Consistorial a las catorce horas.

Modelo de proposición: El recogido en el pliego de condiciones.

Villarmentero de Esgueva, 4 de octubre de 2012.–El Alcalde, Santiago Torres Bazaco.

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III.–ADMINISTRACIÓN LOCALMANCOMUNIDAD LAS MURALLAS

De conformidad con la Resolución de la Presidencia de fecha 03/08/2012, por medio del presente anuncio se efectúa convocatoria de la subasta para la enajenación de una BARREDORA, conforme a los siguientes datos:

1.–Entidad adjudicadora. Datos generales y datos para la obtención de la información:

a) Organismo: Mancomunidad Las Murallas.

b) Dependencia que tramita el expediente: Sec.-Intervención.

c) Obtención de documentación e información:

1.– Dependencia Sec- Intervención

2.– Domicilio Plaza de Santa María N.º 1

3.– Localidad y Código Postal. Olmedo 47410

4.– Teléfono 983 60 00 64

5.– Telefax 983 60 09 81

6.– Correo electrónico [email protected]

7.– Fecha límite de obtención de documentación e información: 14 dia natural siguiente a la inserción de este anuncio en el BOP.

d) Número de expediente: 1/2012.

2.–Objeto del contrato. a) Tipo: Patrimonial.

b) Descripción del objeto: Enajenación de Máquina Barredora, Marca ROS-ROCA, Modelo CITY CAT 5000.

c) División por lotes y número de lotes/unidades: No.

3.–Tramitación y procedimiento. a) Tramitación: Ordinaria.

b) Procedimiento: Abierto.

4.–Importe del contrato: a) Importe total: 12.000 EUROS. Impuestos excluidos

5.–Requisitos específicos del contratista. a) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional:

b) Otros requisitos:

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6.–Presentación de las ofertas. a) Fecha límite de presentación: 15 días naturales, a contar desde el siguiente a la

inserción de este anuncio en el BOP.

b) Modalidad de presentación.: Presencial y por correo certificado.

c) Lugar de presentación:

1.– Dependencia. Sec.- Intervención.

2.– Domicilio. Plaza de Santa Maria n.º 1.

3.– Localidad y Código Postal. 47410 OLMEDO.

4.– Dirección electrónica: [email protected]

7.–Apertura de las ofertas. a) Dirección. Plaza de Santa María N.º 1.

b) Localidad y Código Postal. Olmedo 47410.

c) Fecha y hora. Séptimo día hábil siguiente al de terminación del plazo de presentación de las ofertas, a las 12,30 horas.

Olmedo, 4 de octubre de 2012.–El Presidente, José E. Escudero García.

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IV.–ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL

VALLADOLID.–NÚMERO 3N.I.G.: 47186 44 4 2011 0300764.

N.º Autos: Ejecución de Títulos Judiciales 0000287/2012.

Demandante/s: Jonathan Luis Arribas.

Demandado/s: Santiago Hernández Navas.

D.ª Esperanza Llamas Hermida, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social n.º 003 de Valladolid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES 0000287/2012 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. JONATHAN LUIS ARRIBAS contra la empresa SANTIAGO HERNÁNDEZ NAVAS sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte Dispositiva

Dispongo: Despachar orden general de ejecución sentencia a favor de la parte ejecutante, JONATHAN LUIS ARRIBAS, frente a SANTIAGO HERNÁNDEZ NAVAS, parte ejecutada, por importe de 4.701,81 euros en concepto de principal, más otros 800,00 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la Secretario/a judicial, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la LEC, quedando la ejecutada apercibida a los efectos mencionados en los razonamientos jurídicos tercero y cuarto de esta resolución, y conforme disponen los artículos 251.2 y 239.3 de la LJS.

Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.

Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este JDO. DE LO SOCIAL N.º 3 abierta en GRUPO BANESTO cuenta n.º 4628-000064-0287/12 debiendo indicar en el

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campo concepto, “Recurso” seguida del código “30 Social-Reposición”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el “código 30 Social-Reposición”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

Así lo acuerda y firma S.S.ª Doy fe.

EL/LA MAGISTRADO/A JUEZ.–EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En Valladolid, a veintiséis de septiembre de dos mil doce.–La Secretaria Judicial, Esperanza Llamas Hermida.

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IV.–ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL

VALLADOLID.–NÚMERO 3N.I.G.: 47186 44 4 2009 0301888.

N.º Autos: Ejecución de Títulos Judiciales 0000336/2012.

Demandante/s: Marta Díez Rodríguez.

Demandado/s: Prosetec Ingeniería y Construcción, S.L.

D.ª Esperanza Llamas Hermida, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social n.º 003 de Valladolid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES 0000336/2012 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D.ª MARTA DÍEZ RODRÍGUEZ contra la empresa PROSETEC INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN, S.L. sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte Dispositiva Acuerdo declarar al/a los ejecutado/s PROSETEC INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN,

S.L. en situación de insolvencia TOTAL por importe de 4.704,80 euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

Archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición ante el/la Secretario/a judicial que dicta esta resolución interponer en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición tenga efectos suspensivos respecto a la resolución recurrida.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En Valladolid, a veinticinco de septiembre de dos mil doce.–La Secretaria Judicial, Esperanza Llamas Hermida.

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IV.–ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL

VALLADOLID.–NÚMERO 3N.I.G: 47186 44 4 2012 0001199.

N.º Autos: Ejecución de Títulos Judiciales 0000308/2012.

Demandante/s: Natalia Redondo Poncela.

Demandado/s: Bisutería Duque, S.L.

Edicto

D.ª Esperanza Llamas Hermida, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social n.º 003 de Valladolid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES 0000308/2012 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D.ª NATALIA REDONDO PONCELA contra la empresa BISUTERÍA DUQUE, S.L., sobre DESPIDO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

“Parte Dispositiva

Dispongo: declarar extinguida la relación laboral que unía a D.ª NATALIA REDONDO PONCELA con la empresa BISUTERÍA DUQUE, S.L., condenando a ésta a que abone a aquel/lla la/s cantidad/des siguientes:

Nombre trabajador: NATALIA REDONDO PONCELA.

Indemnización: 7.991,07 EUROS.

Salarios: DESDE LA FECHA DEL DESPIDO HASTA LA FECHA DE ESTA RESOLUCIÓN.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción cometida en la resolución a juicio del recurrente, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este JDO. DE LO SOCIAL N.º 3 abierta en BANESTO, OFICINA 6.230, cuenta n.° 4628-0000-64-0308-12, debiendo indicar en el campo concepto “Recurso” seguida del código “30 Social-Reposición”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el “código 30 Social- Reposición”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

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Así lo acuerda y firma S.S.ª Doy fe.

EL/LA MAGISTRADO/A JUEZ.–EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL”

Y para que sirva de notificación en legal forma a BISUTERÍA DUQUE, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En Valladolid, a veinte de septiembre de dos mil doce.–La Secretaria Judicial, Esperanza Llamas Hermida.