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PPRROODDUUCCCCIIÓÓNN IINNTTEEGGRRAALL

integra2@elexpresotv.comwww.elexpresotv.comwww.integra2productora.com.ar

Los artículos firmados son responsabilidad de sus autores y no presume que ATACI ni susempresas integrantes compartan necesariamentesus opiniones. La reproducción de artículos es permitida con mención de la fuente.

Nº 116 Marzo/Abril 2010 11

SSuummaarriiooANDESMAR CARGAS S.A.AVELLI S.A.BARTOLONI S.A.CARREÑO Y MOLINA S.R.L.C.D.C. S.A.DISTRIBUIDORA METROPOLITANA S.R.L.DON PEDRO S.R.L.EL AGUILA S.A.EL GAUCHO ARGENTINO S.A.EOS TRANSPORTE Y LOGISTICA S.R.L.EXPRESO EL AGUILUCHO S.A.EXPRESO MAGNONEEXPRESO RUTA 12 S.A.EXPRESO SAUER S.A.EXPRESO TRONADOR S.A.FURLONG S.A.F.J.W.S.A.T.KRAFT CARGO S.A.MANDERLY S.A.MESSINA S.A.T.OSVALDO GARCIA E HIJO S.A.PAÍS OLANO S.A.PETROVALLE S.A.T.RIGATOSSO HNOS. S.A.RYDER LOGISTICA LTDA.SAENZ ALBERTO O.SERVICARGO INTERNACIONAL S.A.TINMER S.A.TRADELOG S.A.TRANCER S.R.L.TTAMGO S.A.TRANSPORTE BOLIVIA S.A.TRANSPORTE LAURENZANO S.A.TRANSPORTES EDAR S.A.TRANSPORTES KÖNIG S.A.TRANSPORTES LO VUOLO S.R.L.TRANSPORTES MESSINA S.A.TRANSPORTES ORLANDO D. MENCONITRANSPORTES RAMON RODRIGUEZTRANSPORTES ROCE S.A.TRANSPORTES TAYARTRANSPORTES VERNAZZAVANAR S.A.

DM INTERNACIONALNTRA. SRA. DE ASUNCIÓN C.I.S.A.TNT MERCURIO

EEmmpprreessaass aassoocciiaaddaass

4XI Reunión de la Comisión deSeguimiento del Acuerdo de alcan-

ce parcial Transporte InternacionalTerrestre

INTERNACIONAL

RINCÓN DEL TRANSPORTISTA

8Cambio climático & Empresa &Transporte

Presidente:

EEdduuaarrddoo LL.. FFuurrlloonnggTTrraannssppoorrtteess FFuurrlloonngg SS..AA

Vicepresidente:

EEsstteebbaann CCaanntteerroossQQBBOOXX SS..AA..

Secretario:

KKuurrtt MMiicchhuulleettzz EEmmddeenn EExxpprreessoo TTrroonnaaddoorr SS..AA..

Tesorero:

JJuulliioo CCééssaarr SSaarrddiiVVaannaarr SS..AA..

Vocales Titulares:

AArriieell OOnngguuiinnooEExxpprreessoo EEll AAgguuiilluucchhoo SS..AA..

FFeerrnnaannddoo MMeennccoonniiTTrraannssppoorrttee OOrrllaannddoo DD.. MMeennccoonnii

SSiillvviiaa FFeerrnnáánnddeezzFFJJWW SSAATT

DDaanniieell ZZeeffffiirrooCCDDCC SS..AA..

Vocales Suplentes:

MMaarriioo BBaaddaalloonniiAAnnddeessmmaarr CCaarrggaass SS..AA..

JJoosséé SSiillvvaaPPeettrroovvaallllee SS..AA..TT..

Revisor de Cuentas Titular:

OOssvvaallddoo GGaarrccííaaTTrraannssppoorrttee OOssvvaallddoo GGaarrccííaa ee HHiijjoo SS..AA..

Revisor de Cuentas Suplente:

GGuussttaavvoo MMaaccííaassSSeerrvviiccaarrggoo IInntteerrnnaacciioonnaall SS..AA..

ATACI - Administración: Sanchez de Bustamante 54, 1º pisoC1173AAB Ciudad de Buenos Aires Tel: (54-11) 4860-7780Fax: (54-11) 4860-7785E-mail: [email protected]

CCoommiissiióónnDDiirreeccttiivvaa ddeeAA..TT..AA..CC..II..

NNºº 111166

MMaarrzzoo//AAbbrriill

22001100

15Costos de transporte:1.40% Abril 2010.

12Documentos de viaje obligato-rios para América del Sur

20Decreto 306/2010:Prórroga para camiones

16Reunión de evaluación de lascondiciones del paso Cristo

Redentor Los Libertadores, en depen-dencias del PTLA

26Plan de renovación de flota.Decreto 353/2010

18El transportista terrestre: surol en la cadena de valor y el

comercio seguro

24Creación de la TasaEspecial Municipal en El

Bolsón. Ordenanza 131/09

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Editorial

Nº 116 Marzo/Abril 201022

El 2010, "Año del Bicentenario",sitúa a nuestro país, y partede América Latina, en unescenario de desafíos y

oportunidades, nutriéndonos deuna motivadora decisión de hacerun esfuerzo más creativo e innova-dor que nos ayude a desarmar lasinnumerables "cuadraturas del cír-culo" que reiteradamente transita-mos en doscientos años de Historia.

A diferencia del autor francés MarcAbeles, quien postula la "cuestión dela supervivencia" como idea centralen el mundo actual, caracterizadopor la precariedad y la inseguridad,amenazado por agresiones a granescala, donde en definitiva, se trataríano de lograr que las cosas mejoren,sino que al menos no empeoren;debemos asumir un rol activo que nospermita identificar soluciones adecua-das para problemas concretos.

El ámbito de nuestra competen-cia, "el transporte de cargas, y enparticular en su modalidad interna-

cional", ha venido creciendo demanera considerable durante losúltimos años en la conformación delproducto bruto interno de nuestropaís y la región, tiene un alto impac-to en el comercio exterior, e induda-blemente, cumple un rol cotidiano ypermanente en el acercamientoentre los pueblos y los productosque éstos consumen.

En tal sentido, aplicar las herra-mientas necesarias para facilitar elcomercio a través de la agilizaciónde los servicios de transporte,haciéndolos más eficientes y a la vezmás seguros y confiables ha de serpara nuestro sector el punto neurál-gico de todas las reivindicaciones.

Durante los días 24, 25 y 26 demarzo pasado se llevó a cabo en lasede de la Asociación Latinoame-ricana de Integración (ALADI), enMontevideo, (República Oriental delUruguay), una Reunión de laComisión del Artículo 16 del Acuerdode Transporte Internacional Terrestre

(ATIT). En el Encuentro, - de caráctertécnico-, quedó lista para su ratifica-ción, la posibilidad de agregar a laflota de las empresas, alternativas deseguros de caución, para garantizarlos tránsitos de importación congarantías suspensivas aduaneras. Deimplementarse esta modificación delAcuerdo, y en el caso en que dichoseguro pudiera ser tomado por laempresa de transporte, el importadoro el exportador indistintamente, esta-ríamos ante la solución de uno de losmayores inconvenientes que enfren-tan actualmente los transportistasdesde el Derecho Aduanero.

Asimismo, vemos con granexpectativa, la posibilidad de que lasobras largamente esperadas delCO-TE-CAR (Complejo Terminal deCargas), de Paso de los Libres, lle-guen a su finalización en diciembredel corriente año, y que consecuen-temente, se logre implementar elcontrol integrado con Brasil en elPaso de frontera más transitado delMERCOSUR. El ejemplo de eficien-

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Nº 116 MArzo/Abril 2010 33

Editorial

teriormente encontrar obstáculoslegales y/ o formales.

Los próximos meses se llevarán acabo Encuentros y Eventos de granenvergadura para el transporte engeneral, y el transporte de cargas enparticular. Algunos de ellos son: LaCumbre Iberoamericana (en Por-tugal), la Asamblea de la CámaraInteramericana de Transporte (CIT),en Medellín; y la Reunión delConsejo Empresarial de Transportepor Carreteras del MERCOSUR ydel Subgrupo de Trabajo Nº 5"Transporte" del MERCOSUR, ennuestro país, dado que la RepúblicaArgentina ostenta la Presidencia ProTémpore del MERCOSUR duranteel primer semestre de 2010.

Sin dudas, serán todas oportuni-dades propicias para avanzar conideas y proyectos que aporten bene-ficios al sector, a nuestro país, y a laregión. No las dejemos pasar.

Dra. Silvia Sudol - Gerente

cia y rapidez en los cruces de vehí-culos que se observa en SantoTomé-San Borja, tanto desde elpunto de vista edilicio como operati-vo, debe ser un espejo en el cual semire Paso de los Libres-Uruguayana.La disminución de los tiempos muer-tos en frontera y la agilidad en la tra-mitación documental y control físicode los camiones (cuando fuera nece-sario), se verá reflejada en menorescostos humanos y mayores benefi-cios para las empresas.

La puesta en vigencia delSistema SINTIA con la RepúblicaFederativa del Brasil en el cortoplazo, genera también un interésprioritario en el sector.

Las reuniones periódicas y la revi-sión de temas pendientes de solu-ción en el transporte internacional decargas, nos renueva la expectativade que sean concretados durante elAño del Bicentenario, los Acuerdosde Eliminación de Doble Imposiciónen materia de Transporte Automotor,

tanto con la República del Perú,como con la República Oriental delUruguay, cuyos textos se encuentranprácticamente consensuados, peroaún no se han materializado a travésde su firma. Acuerdos del mismotenor, ya vigentes con Chile, Brasil yParaguay, significan un importantealivio fiscal para las empresas detransporte.

Diversas conversaciones con lasautoridades de la Subsecretaría deTransporte Automotor de laRepública Argentina, con relación ala internalización de la ResoluciónGMC MERCOSUR 65/2008 "Pesosy Dimensiones de los Vehículos" ylos avances en ese proceso, deacuerdo a lo informado por dichasautoridades, han significado unanovedad altamente positiva para elsector. Asimismo, se ha generadoun consenso entre ambas Partes,en crear mecanismos de consulta yconversación permanentes, paraanalizar de manera conjunta y pre-via las decisiones que pudieran pos-

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AATTAACCII

Internacional

Nº 116 Marzo/Abril 201044

En algunos de los temas, se llegóa un consenso en la reunión

plenaria, como por ejemplo, en laeliminación de la Libreta delTripulante como documento exigiblepara el chofer (Anexo II, AspectosMigratorios), dado que el mismonunca se había implementado enninguno de los países miembros delAcuerdo, y teniendo en cuenta quela Resolución GMC MERCOSUR18/2008 establece claramente cuá-les son los documentos obligatoriospara realizar trámites migratoriospara ingreso y egreso de las perso-nas en cada Estado de la región.

No se llegó a un acuerdo en eltema de Seguros (en particular elSeguro de la carga transportada),dado que si bien la Delegación deBrasil había propuesto que el mismose mantuviera en carácter de obliga-torio, pero que pudiera ser tomadoalternativamente por el transportista,el importador o el exportador, final-

TTRRAANNSSPPOORRTTEE IINNTTEERRNNAACCIIOONNAALL TTEERRRREESSTTRREE

XXII RReeuunniióónn ddee llaa CCoommiissiióónn ddee SSeegguuiimmiieennttoo ddeell AAccuueerrddoo ddee aallccaannccee ppaarrcciiaall

XXII RReeuunniióónn ddee llaa CCoommiissiióónn ddee SSeegguuiimmiieennttoo ddeell AAccuueerrddoo ddee aallccaannccee ppaarrcciiaall

Durante el transcurso de la Reunión se

trataron temas muy importantes para el

sector, que se encuentran en el

articulado del Acuerdo de Transporte

Internacional Terrestre, en su modalidad

automotor y ferroviario.

mente la misma Delegación solicitótratar el tema en una próximaReunión de la Comisión.

Se discutió también sobre el

tema de la "antigüedad del parqueautomotor", y si bien no se llegó aun acuerdo total para establecervalores armonizados entre losEstados Partes, se pudo observar

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Internacional

posiciones más cercanas entre lasDelegaciones que lo sucedido enreuniones anteriores.

Un tema clave para el sector,como es el de las garantías adua-neras en tránsito, logró consensoentre todas las Delegaciones. Por laimportancia del mismo, transcribi-mos textual su desarrollo, siempre

Transporte Internacional Terrestre (Comisión del Artículo 16 )

El acto de apertura contócon la presencia del SeñorSubsecretario de la ALADI,Don Ricardo Hartstein, quiendio la bienvenida a lasDelegaciones y les agradeciósu presencia, manifestandosu satisfacción por haberseelegido la sede de la ALADIcomo lugar de esta reunión.Ello, manifestó, porque elATIT es uno de los Acuerdosque ha facilitado en granmanera el comercio entresiete de los doce paísesmiembros de la ALADI, sien-do por lo tanto uno de los ins-trumentos integradores másimportantes de la región. Alrespecto, aprovechó tambiénpara anunciar a los presentesque este año la ALADI estácelebrando los 50 años de losprocesos de integración, ini-ciados en 1960 por la ALALCy continuados por la ALADIdesde 1980 a la fecha.

Una vez abierta la jornada

de trabajo, en primera instan-cia se designó como Pre-sidente de la Reunión al DrPablo Ortiz, integrante delOrganismo Nacional Compe-tente de Chile, quien en sunombre reiteró la bienvenida alas delegaciones presentes,agradeció a la ALADI la cola-boración recibida y formulóvotos para alcanzar los objeti-vos inicialmente previstos parael desarrollo de esta reunión.Se eligió también a Uruguaypara la Relatoría , para lo quese designó al ing. Javier Ga-ragorry.

Antes de iniciarse los tra-bajos, Paraguay excusó altitular de la DirecciónNacional de Transporte, quienno pudo asistir a la reuniónpor razones de fuerza mayor.A su vez, Perú excusó alDelegado de Transporte deese país quien tampoco pudohacerse presente y luego elDelegado de Chile informó

que su Subsecretaría deTransportes, se encuentraen su país apoyando los tra-bajos de reconstrucción porlos acontecimientos de supaís.

A continuación, pidió lapalabra el jefe de la De-legación de Paraguay, quienpuso énfasis en la necesidadde que las conclusiones tien-dan a la equidad entre lospaíses, mientras que su parde Bolivia resaltó la impor-tancia que para su país tieneeste ámbito, en el cualentiende que deben recoger-se las asimetrías de sus inte-grantes.

� AAccttaa ddee llaa RReeuunniióónn

En la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, en la Sede de la Asociación

Latinoamericana de Integración - ALADI- durante los días 24, 25 y 26 de marzo de 2010, se

celebró la XI Reunión de la Comisión de Seguimiento del Acuerdo de Alcance Parcial sobre

Transporte Internacional Terrestre (Comisión del Artículo 16 ) con la presencia de represen-

tantes de los Organismos Nacionales Competentes de: Argentina, Bolivia, Chile, Paraguay,

Perú y Uruguay. La relación de los participantes obra como Anexo del presente documento.

Antonio Raúl Cuence junto a SilviaSudol durante la Reunión de ALADI.

teniendo en cuenta que para suimplementación debe ser ratificadopor todos los países.

Asimismo, se decidió convocar auna próxima Reunión de la Comisióndel Art 16 del ATIT, en el mes denoviembre de 2010, en la sede de laALADI (Asociación Latinoamericanade Integración), en Montevideo.

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AATTAACCII

Internacional

Nº 116 Marzo/Abril 201066

PPUUNNTTOO 33IInnffoorrmmee ddee llaaCCoommiissiióónn ddeeAAssuunnttoossAAdduuaanneerrooss

““Las delegaciones

acordaron convo-

car a una próxima

Reunión de los

representantes de

las Aduanas a rea-

lizarse entre el 9 y

11 de junio en la

sede de la ALADI, a

los efectos de

completar el trata-

miento de los

temas que

le fueran encomen-

dados.””

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Internacional

Nº 116 Marzo/Abril 201088

CCAAMMBBIIOO CCLLIIMMÁÁTTIICCOO && EEMMPPRREESSAA && TTRRAANNSSPPOORRTTEE

Al hablar de Cambio Climático enlos foros internacionales, uno se

refiere a las emisiones de gases deefecto invernadero: dióxido de car-bono, metano, vapor de agua, óxidonitroso, ozono, y gases cloro-fluoro-carbonados. Emisiones producto delas actividades humanas tales comoel transporte, la producción y la acti-vidad agropecuaria. Para darnosuna idea de su importancia, pense-

mos que la actividad agropecuaria,en la Argentina, es hoy responsabledel 44 % de los gases de efectoinvernadero con los cuales nuestropaís "contribuye" al calentamientoglobal; no es poca cosa. Y el SectorEnergía, que incluye al SectorTransporte, responde por el 50 %del total.

La otra pregunta es porqué

esto es importante para quienesestán dedicados al transporte.Siguiendo lo dicho en el primerpárrafo, va de suyo que las ema-naciones de gases producidaspor el transporte de personas y debienes -mediante automóviles,camiones, ómnibus, trenes, avio-nes y buques- contribuyen demanera significativa al calenta-miento global. Por ejemplo, lascompañías navieras a nivel mun-dial hoy están estudiando la posi-bilidad de reducir la velocidad desus buques para limitar las emi-siones. En el mismo sentido seorienta la producción de biocom-bustibles y la de motores denomi-nados híbridos.

Esto no ocurre en el mundo por-que tengamos un espíritu altruistade buenos ciudadanos-empresa-rios. Hay un "gran garrote" flotandoa nivel mundial que crea la presiónindispensable para que empece-mos a contribuir a disminuir estasemanaciones de gases de efectoinvernadero que producen nuestroscamiones y nuestras fábricas. En elmundo desarrollado estas presio-nes están adoptando desde haceun tiempo la forma de "impuestos alcarbono". En Finlandia, Suecia,Francia, Canadá y los EstadosUnidos (en el Canadá al nivel deprovincias, en los Estados Unidos alnivel de estados) vemos una legis-

Qué entendemos por Cambio Climático y porqué es importante para quie-nes están dedicados al transporte?

““LLaa AArrggeennttiinnaa eessttáá mmuuyy bbiieenn ppoossiicciioonnaaddaa:: ttiieennee mmuucchhooss rreeccuurrssooss nnaattuurraalleess.. EEss llaa nnúúmmeerroo uunnoo eenn ccaappaacciiddaadd ddee

ggeenneerraarr eenneerrggííaa eeóólliiccaa eenn llaa PPaattaaggoonniiaa,, ttiieennee uunnaa ddee llaassmmeejjoorreess ffuueenntteess ddee eenneerrggííaa ssoollaarr eenn eell NNoorrooeessttee yy eess eell qquuiinn--ttoo pprroodduuccttoorr ddee BBiiooddiieesseell,, ggrraacciiaass aa llaa ssoojjaa.. EEll ppaaííss ccuueennttaaccoonn ttooddoo ttiippoo ddee cclliimmaass yy ddee ssuueellooss..””

Mauricio López Dardaine, delEstudio López Dardaine, es consultoren comercio internacional, y suConsultora ha realizado diversos traba-jos relacionados con el cambio climáti-co y los bienes ambientales.

POR MAURICIO LÓPEZ DARDAINE

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Nº 116 Marzo/Abril 2010 99

Internacional

lación cada vez más estricta y one-rosa. En un mundo globalizado,estas tendencias llegan más tem-prano que tarde al Mercosur y a laArgentina.

Por eso al ver en La Nación(1)

un interesante artículo sobre eltema, creí oportuno contribuircon algunos elementos queacercan Cambio Climático yEmpresa.

� "Un estudio holandés pronosticaque en los próximos años las ener-gías renovables serán la terceraindustria en magnitud en elmundo."

� "La Argentina está muy bien posi-

““HHaayy uunn ""ggrraann ggaarrrroottee"" fflloottaannddoo aa nniivveell mmuunnddiiaall qquuee ccrreeaa llaa pprreessiióónn iinnddiissppeennssaabbllee ppaarraa qquueeeemmppeecceemmooss aa ccoonnttrriibbuuiirr aa ddiissmmiinnuuiirr eessttaass eemmaannaacciioonneess ddee ggaasseess ddee eeffeeccttoo iinnvveerrnnaaddeerroo qquueepprroodduucceenn nnuueessttrrooss ccaammiioonneess yy nnuueessttrraass ffáábbrriiccaass.. EEnn eell mmuunnddoo ddeessaarrrroollllaaddoo eessttaass pprreessiioonneesseessttáánn aaddooppttaannddoo ddeessddee hhaaccee uunn ttiieemmppoo llaa ffoorrmmaa ddee ""iimmppuueessttooss aall ccaarrbboonnoo..””

LLaass eemmiissiioonneess ddee ggaasseess EEFFEECCTTOO IINNVVEERRNNAADDEERROO DDEELLSSEECCTTOORR TTRRAANNSSPPOORRTTEE

Si observamos las cifras de la Argentina, vemos que en forma alguna elSector Transporte puede ser eximido de hacer su contribución disminuyen-do sus emisiones. Esto significa, en buen romance, que será un segurodestinatario de futuros "impuestos al carbono"… salvo que demuestre queestá encarando medidas concretas de mitigación (tales como adaptar susmotores a nuevas tecnologías menos contaminantes).

En el año 2005 y en la proyección a 2010, el sector Energía de laArgentina es el emisor número uno, con el 50 % del total

Dentro de ese 50 % un 26 % es responsabilidad del SectorTransporte

Es decir que el Sector Transporte aporta un 13 % de todas las emi-siones de gases de efecto invernadero del país

Razón muy valedera para ir tomando el tema Cambio Climático muyen serio de aquí en más.

cionada: tiene muchos recursosnaturales. Es la número uno encapacidad de generar energía eóli-

ca en la Patagonia, tiene una de lasmejores fuentes de energía solar enel Noroeste y es el quinto productor

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AATTAACCII

Internacional

Nº 116 Marzo/Abril 20101100

de Biodiesel, gracias a la soja. Elpaís cuenta con todo tipo de climasy de suelos."

Más adelante dice el artículo:

� "Lo cierto es que el cambio climá-tico afecta de lleno a las empresas.Según el informe Ansias de Cambio,de la firma PricewaterhouseCoopers, que se realizó entre 700encuestados en 15 países, el 84%de los ejecutivos admite que el cam-bio climático modificará su manerade hacer negocios en los próximosdos o tres años. En Francia, la cifrase eleva al 100%, y se mantienesuperior al 90% en Sudáfrica, ReinoUnido, Canadá y Australia."

� "Por qué las organizacionesmodifican su manera de hacernegocios [frente al CambioClimático]? Los encuestados res-pondieron a esta pregunta: debidoal cumplimiento de las normasambientales [lo que arriba denomi-né el "gran garrote"] (85%), por laimagen corporativa (74%), por elahorro en los costos (73%) y por lasventajas competitivas (67%)."

Y hacia el final se manifiesta:

� "Cambio Climático significa cam-bio en los negocios(2) . Hemos vistocomo algunas industrias están redi-señando sus procesos productivosy hasta su logística para reducir susemisiones de carbono ."

(1) "El cambio no es sólo climático" "Empresas y universidades aceleran la capacitación para responder a una revolución verde que modificará losnegocios". Domingo 7 de marzo de 2010, Economía & Negocios, página 9.

(2) Al referirse a "emisiones de carbono" se están refiriendo aquí en rigor a la emisión de gases de efecto invernadero: dióxido de carbono, meta-no, vapor de agua, óxido nitroso, ozono, cloro-fluoro-carbonados. Conviene aclarar que no toda la literatura sobre gases de efecto invernaderoindica siempre exactamente los mismos gases.

NOTA.Cuando se habla de "emisiones de carbo-no" o del "mercado de carbono", o de las

emisiones de gases de efecto invernadero que tienen quever con el Cambio Climático, nos estamos refiriendo a lasemisiones que generan los procesos, por ejemplo, logísti-cos, de producción, incluso de marketing, o del cultivo,crecimiento y recolección de un cereal, o inclusive del refe-rido a la cría de un novillo o de un lanar, en cuanto a lasemisiones de gases tales como el dióxido de carbono, elvapor de agua, el metano, el óxido nitroso, y que se midenen sus respectivos equivalentes de dióxido de carbono, enfunción del proceso de que se trate: tal cantidad de dióxi-do de carbono equivalente, por tonelada del plástico X pro-ducida con un determinado proceso Y, para dar un ejem-plo no muy complicado. El poder medir dichas emisionesresulta clave en esta relación cambio climático & activida-des empresarias. Al hablar simplemente de "carbono", seestá sobreentendiendo todo lo anterior.

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Internacional

DDOOCCUUMMEENNTTOOSS DDEE VVIIAAJJEE OOBBLLIIGGAATTOORRIIOOSSResolución GMC MERCOSUR 18/2008: Establece los documentos obligatorios que deben portar las personas al realizar viajes fuera del país,en el ámbito de América del Sur . Dicha Resolución ya se encuentra vigente

El Tratado de Asunción, elProtocolo de Ouro Preto y la

Resolución Nº 75/96 del GrupoMercado Común decide

Siendo el deseo de los EstadosPartes y Asociados del MERCO-SUR profundizar las relacionesentre sí y avanzar en medidas quepermitan consolidar el proceso deintegración regional, resulta conve-niente perfeccionar la normativaMERCOSUR relativa a los Do-cumentos que habilitan el tránsitode personas en el territorio de losEstados Parte y Asociados delMERCOSUR con miras a generarlas condiciones para la libre circula-ción de las personas en el ámbitocomunitario.

EL CONSEJO DEL MERCADOCOMÚN decide:

Art. 1 - Aprobar el texto del pro-yecto de "Acuerdo sobre Docu-mentos de Viaje de los EstadosPartes del MERCOSUR y EstadosAsociados",elevado por la Reuniónde Ministros de Interior, que seadjunta a la presente Decisión.

Art. 2 - El Consejo del MercadoComún recomienda a los EstadosPartes del MERCOSUR la suscrip-ción del instrumento mencionado enel artículo anterior.

Art. 3 - La vigencia del Acuerdoadjunto se regirá por lo que estable-ce su artículo 8°.

Art. 4 - Esta decisión no necesitaser incorporada al ordenamientojurídico de los Estados Partes porreglamentar aspectos de la organi-

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Nº 116 Marzo/Abril 2010 1133

Internacional

Asociado establecidos en el Anexodel presente como documentos deviaje hábiles para el tránsito denacionales y/o residentes regularesde los Estados Partes y Asociadosdel MERCOSUR por el territorio delos mismos.

El tiempo de validez de los docu-mentos del Anexo será el estableci-do en los mismos por el Estado emi-sor. En caso de no poseer fecha devencimiento se entenderá que losdocumentos mantienen su vigenciapor tiempo indefinido.

Cuando la fotografía generedudas sobre la identidad del portadordel documento, se podrá solicitar otradocumentación que resulte efectivapara subsanar tal circunstancia.

Art. 2 - A los efectos del presen-te Acuerdo se entenderá como:

Tránsito: el movimiento de nacio-nales o residentes regulares prove-nientes del territorio de alguno delos Estados Partes o Asociados delMERCOSUR, con destino al territo-rio de otro Estado Parte o Asociadodel MERCOSUR, sin que resultenecesario que provenga de su paísde origen o residencia.

Residente regular: son aquellaspersonas extranjeras que accedie-ron a una residencia o radicaciónpermanente, temporaria o provisoriaconforme la legislación migratoriacorrespondiente del Estado Parte oAsociado del MERCOSUR donde lapersona reside, siempre que comoconsecuencia de ello, la legislaciónla habilite a ser titular de alguno delos documentos de viaje enumera-dos en el Anexo de la presente.

Art. 3 - Los extranjeros con resi-dencia regular en algún Estado

zación o del funcionamiento delMERCOSUR.

XXXV CMC San Miguel deTucumán, 30/VI/08

ACUERDO. Sobre documentosde viaje de los Estados Partes delMercosur y Estados Asociados

La República Argentina, laRepública Federativa del Brasil, laRepública del Paraguay y laRepública Oriental del Uruguay, encalidad de Estados Partes delMERCOSUR, y la República deBolivia, la República de Chile, laRepública de Colombia, laRepública del Ecuador, laRepública del Perú y la RepúblicaBolivariana de Venezuela partesdel presente Acuerdo.

Art. 1 - Reconocer la validez delos documentos de identificaciónpersonal de cada Estado Parte y

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AATTAACCII

Internacional

Nº 116 Marzo/Abril 20101144

del presente Acuerdo, dejandoconstancia de ello en un documentoa ser anexado al acta de la respec-tiva reunión del Foro EspecializadoMigratorio.

Art. 6 - Las controversias quesurjan sobre la interpretación, laaplicación,o el incumplimiento delas disposiciones contenidas en elpresente instrumento entre losEstados Partes del MERCOSUR seresolverán por el sistema de solu-ción de controversias vigente en elMERCOSUR.

Las controversias que surjan porla interpretación, aplicación, oincumplimiento de las disposicionescontenidas en el presente Acuerdoentre uno o más Estados Partes delMERCOSUR y uno o más EstadosAsociados se resolverán por elmecanismo que se encuentrevigente al momento de presentarseel problema y que hubiere sido con-sensuado entre las Partes.

Las controversias que surjan por lainterpretación, aplicación, o incumpli-miento de las disposiciones conteni-das en el presente Acuerdo entre doso más Estados Asociados se resolve-

rán por el mecanismo que se encuen-tre vigente al momento de presentar-se el problema y que hubiere sidoconsensuado entre las Partes.

Art. 7 - El presente Acuerdo noobstará a la aplicación de normas odisposiciones vigentes en cadaParte que sean más favorables parael tránsito de los nacionales y /oresidentes regulares.

Art. 8 - El presente Acuerdo entra-rá en vigor al momento de su firma.

Art. 9 - La República delParaguay será depositaria del pre-sente Acuerdo debiendo enviarlescopia debidamente autenticada delmismo.

Art. 10 - Las Partes podrán encualquier momento denunciar elpresente Acuerdo mediante notifica-ción escrita dirigida al depositario,que notificará a las demás Partes.La denuncia producirá sus efectos alos noventa (90) días, después de lareferida notificación.

Art. 11 - El Presente Acuerdoestará abierto a la adhesión de losEstados Asociados del MERCO-

Parte o Asociado del MERCOSURpodrán transitar con los documen-tos establecidos en el Anexo, por elterritorio de los Estados Partes yAsociados del MERCOSUR, siem-pre que, por motivo de su nacionali-dad, la visa consular no fuese requi-sito en el Estado al cual ingresa. Eneste último supuesto deberá utilizarel pasaporte de su nacionalidad yvisado correspondiente.

Art. 4 - Las Partes se comprome-ten a informar eventuales modifica-ciones de los documentos estable-cidos en el Anexo y presentar losrespectivos especímenes en la reu-nión subsiguiente del ForoEspecializado Migratorio o a travésdel Estado Parte del MERCOSURen ejercicio de la Presidencia ProTempore.

Art. 5 - Las Partes podrán pre-sentar en el Foro EspecializadoMigratorio del MERCOSUR las con-sultas que pudiesen surgir sobre lacorrecta interpretación que deberádarse a los artículos del presenteAcuerdo. El Foro podrá expedirserespecto a la interpretación quedeberá darse al Acuerdo siempreque haya consenso entre las Partes

Cédula de Identidadexpedida porPolicíaFederal

Cédula deIdentidadexpedida porcada Estadode laFederacióncon valideznacional

Cédula de Identidad

Cédula de Identidad

Cédula de Identidad

Cédula de Identidad

Cédula deIdentidad

DocumentoNacional deIdentidad

Cédula deCiudadanía

Cédula deIdentidad

PasaporteCédula deIdentidadpara extran-jero expedidapor la PolicíaFederal

Pasaporte Pasaporte Pasaporte Pasaporte Pasaporte PasaportePasaporte Pasaporte

DocumentoNacional deIdentidad

PasaporteCédula deExtranjería

Carné deExtranjería

Cèdula deIdentidad(para extranjeros)

Libreta deEnrolamiento

Libreta Cívica

Argentina Brasil Paraguay Uruguay Bolivia Chile Colombia Ecuador Peru Venezuela

�DDooccuummeennttooss ddee vviiaajjee ddee llooss EEssttaaddooss PPaarrtteess ddeell MMeerrccoossuurr yy AAssoocciiaaddooss

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Nº 116 Marzo/Abril 2010 1155

Internacional

CCOOSSTTOOSS DDEE TTRRAANNSSPPOORRTTEE 11..4400 %% AABBRR--1100

PPRR

OOYY

EECC

CCIIÓÓ

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11ªª

QQUU

IINNCC

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EEssttaa pprrooyyeecccciióónn qquuee ssóólloo ccoonnssiiddeerraa eell iimmppaaccttoo ddee llaa vvaarriiaacciióónn eenn eell

CCoommbbuussttiibbllee sseerráá iinncclluuiiddaa eenn eell ÍÍnnddiiccee ddeeffiinniittiivvoo ddeell mmeess ddee AAbbrriill ddeell

ccoorrrriieennttee aa sseerr ddiiffuunnddiiddoo llooss pprriimmeerrooss ddííaass ddee mmaayyoo..

CCoonn llooss aauummeennttooss ddee ppúúbblliiccoo ccoonnoocciimmiieennttoo ddee llooss pprreecciiooss ddeell ggaass--ooiill,, ssee

iinnffoorrmmaa llaa eevvoolluucciióónn ddeell ÍÍnnddiiccee ddee CCoossttooss ccoorrrreessppoonnddiieennttee aa llaa pprriimmeerraa

qquuiinncceennaa ddee AAbbrriill aa llooss eeffeeccttooss ddee qquuee sseeaann ccoonnssiiddeerraaddooss ppoorr eell ccoonnjjuunnttoo

ddee eemmpprreessaass qquuee ccoonnffoorrmmaann eell SSeeccttoorr AAuuttoottrraannssppoorrttee ddee CCaarrggaass..

CCOOSSTTOOSS DDEE TTRRAANNSSPPOORRTTEE 11..4400 %% AABBRR--1100 EEssttaa pprrooyyeecccciióónn qquuee ssóólloo ccoonnssiiddeerraa eell iimmppaaccttoo ddee llaa vvaarriiaacciióónn eenn eell

CCoommbbuussttiibbllee sseerráá iinncclluuiiddaa eenn eell ÍÍnnddiiccee ddeeffiinniittiivvoo ddeell mmeess ddee AAbbrriill ddeell

ccoorrrriieennttee aa sseerr ddiiffuunnddiiddoo llooss pprriimmeerrooss ddííaass ddee mmaayyoo..

CCoonn llooss aauummeennttooss ddee ppúúbblliiccoo ccoonnoocciimmiieennttoo ddee llooss pprreecciiooss ddeell ggaass--ooiill,, ssee

iinnffoorrmmaa llaa eevvoolluucciióónn ddeell ÍÍnnddiiccee ddee CCoossttooss ccoorrrreessppoonnddiieennttee aa llaa pprriimmeerraa

qquuiinncceennaa ddee AAbbrriill aa llooss eeffeeccttooss ddee qquuee sseeaann ccoonnssiiddeerraaddooss ppoorr eell ccoonnjjuunnttoo

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IITTEEMM -- RRUUBBRROO %%

1 - COMBUSTIBLE 4,41%

2 - LUBRICANTES 0,00%

3 - NEUMATICOS 0,00%

4 - REPARACIONES 0,00%

5 - MATERIAL RODANTE 0,00%

6 - PERSONAL (CONDUCCION) 0,00%

7 - SEGUROS 0,00%

8 - PATENTES Y TASAS 0,00%

9 - C0STO FINANCIERO 1,42%

10 - GASTOS GENERALES 0,00%

11- PEAJE 0,00%

IINNSSIIDDEENNCCIIAA GGEENNEERRAALL DDEELL MMEESS 11,,4400%%

BASE DE DATOS 100

Índice %

Incidencia costos durante el año 2010 107,33 7,33%

AAUUMMEENNTTOO RREELLAATTIIVVOO PPRROODDUUCCIIDDOO EENN LLOOSS PPRREECCIIOOSSPPRROOYYEECCCCIIÓÓNN 11ªª QQUUIINNCCEENNAA MMEESS DDEE AABBRRIILL DDEE 22001100

((FFUUEENNTTEE:: DDTTOO.. DDEE EESSTTUUDDIIOOSS TTRRIIBBUUTTAARROOSS YY CCOOSSTTOOSS DDEE FFAADDEEEEAACC))

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AATTAACCII

Internacional

Nº 116 Marzo/Abril 20101166

RREEUUNNIIÓÓNN DDEE EEVVAALLUUAACCIIÓÓNN ddee llaass ccoonnddiicciioonneess ddeell ppaassooCCrriissttoo RReeddeennttoorr--LLooss LLiibbeerrttaaddoorreessEn dependencias del PTLA (Puerto Terrestre LosAndes) se realizó el día 14 de abril una reuniónde funcionarios del Sistema para observar losavances y problemas que existen en el Complejode cargas Uspallata

Puerto Terrestre de los Andes, 14 de abril

Ala misma asistieron el Directorde Fronteras del la DIFROL,

Don Anselmo Pommes Sermini, enrepresentación de la Dirección deLimites y Fronteras de Argentinaestaba presente el Cmte Ppal JustoJosé Báscolo, los Jefes regionalesde los servicios de Aduana, Policiade Investigaciones, PoliciaInternacional, y SAG de Chile, porArgentina, el Administrador de laAduana de Mendoza, el JefeRegional del SENASA , el Delegadode la Direccion Nacional deMigraciones de Mendoza, elSubsecretario de Infraestructura dela Provincia de Mendoza IngMariano Pombo y los representan-tes de Vialidad Nacional para elPaso Cristo Redentor; losCoordinadores del Paso Inter-nacional Cristo Redentor y estuvopresidida por Henry SaldivarCanales, Representante delMinisterio del Interior, Unidad dePasos fronterizos de Chile.

Durante el transcurso de la reu-nión se dieron detalles de los avan-ces realizados en Uspallata y lasproyecciones como Terminal de car-gas de salida. Gran parte del tema-rio estuvo relacionado al cumpli-miento y los plazos que se ofrecie-ron, especialmente por el SrGobernador de Mendoza, ContadorCelso Jaque, en la Reunión Bilateral

de Transporte realizada en Santiagoen setiembre de 2009 y donde sedispusieron los sistemas de docu-mentación de salida en Uspallata.

En lo referido a las obras queAduana está realizando en Uspallata,se dieron detalles y plazos de termi-nación de dos módulos mas, igualesal ya existente y un galpón para elfuncionamiento del escaner móvil y 5terminales cerrados para revisión decamiones. Estas obra, según infor-ma el Administrador de Aduana de

Mendoza estarían en funcionamientopara fin del corriente año, aclarandoque el plazo de diez meses que sehabía estipulado para esta obra estáen término, aunque la iniciación de lamisma fue retrasada por cuestionesinternas presupuestarias de AFIP.También manifestó que la etapa finalde la infraestructura de Aduana deUspallata es para posteriormente serotorgada en concesión privada, para

alcanzar un funcionamiento similar aldel Ptla en Los Andes Chile.

Al respecto el ComandanteBáscolo aclaró que si bien estasconstrucciones y diseños deAduana de Uspallata son efectivas,están siendo realizadas fuera delmarco del I.I.R.S.A (Iniciativa parala Integración de la InfraestructuraRegional Sudamericana), los que

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AATTAACCII

Nº 116 Marzo/Abril 2010 1177

Internacional

que en su momento ofreciera el SrGobernador de la provincia deMendoza. Se informó que ya estánen obra de conexión los mismos yque en los próximos días segura-mente habrá conectividad.

En los aspectos vinculados altema de los sitios de alojamiento delos funcionarios de Chile, se deter-minó que la situación siga en lasmismas condiciones hasta que sedisponga la ubicación de tres conte-nedores- habitación para cada unode los servicios en Uspallata, solici-tando el sr Henry Saldivar que sean

dentro del resguardo deAduana, dando las corres-pondientes conexiones dered el sector argentino yentendiendo que es enforma provisoria.

Para ello la provincia deMendoza deberá determi-nar la forma de financia-ción que le permita afrontarlos gastos de los provee-dores de servicios deUspallata del alojamiento ycomida de los funcionarios,por el momento, hasta elprimero de Mayo de 2010.

Concluido el Encuentro,

a las 03:00 pm(AR) el Jefe de laUnidad de Pasos de Frontera deChile Sr. Henry Saldivar comunicóextraoficialmente que el próximo 7de Mayo se realizará en Punta deVacas el Grupo de Tarea Invernal(GTI), el cual determinará los hora-rios de cierre y apertura del TúnelInternacional y la modalidad que seadoptará para el paso de vehículosdurante la temporada de inviernoque se acerca.

Agradecemos la presente nota,al Señor Eduardo Yaya,

representante de APROCAM-FADE-EAC en la Reunión del 14 de abril

en definitiva darán las matrices paralas áreas de emplazamientos deestas Aduanas de control integrado.

Con respecto a la ubicación delos funcionarios en forma provisoriadentro del actual edificio de Aduana,el Coordinador de Chile visitóUspallata durante la reunión, a efec-tos de ver los detalles para que todoslos funcionarios chilenos se ubiquenen un mismo sector con mayor priva-cidad y terminales de conexión. Enrelación con este último tema sehizo especial hincapié en la conexiónde terminales de internet para datos,

PPuueerrttoo TTeerrrreessttrree LLooss AAnnddeess

““EEll JJeeffee ddee llaa UUnniiddaadd ddee

PPaassooss ddee FFrroonntteerraa ddee

CChhiillee SSrr.. HHeennrryy SSaallddiivvaarr

ccoommuunniiccóó qquuee eell pprróóxxiimmoo

77 ddee MMaayyoo ssee rreeaalliizzaarráá

eenn PPuunnttaa ddee VVaaccaass eell

GGrruuppoo ddee TTaarreeaa IInnvveerrnnaall

((GGTTII)),, tteemmppoorraaddaa ddee

iinnvviieerrnnoo qquuee ssee aacceerrccaa....””

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AATTAACCII

Internacional

Nº 116 Marzo/Abril 20101188

Ahora bien, el tema esencialdel Encuentro es el "ComercioSeguro". Curiosamente aparece lapalabra seguro, pero no es preci-samente algo que se refiera alseguro como protección sino a laseguridad que debe tener en cuen-ta, en esta coyuntura mundial, el

Los organizadores del Congreso "Alacat-

Assekuransa, Buenos Aires 2010" buscan dar un

marco apropiado para que los operadores de

carga internacional debatan con el objetivo de

actualizar conocimientos, consensuar objetivos,

para negociar y coordinar sus actividades.

EELL TTRRAANNSSPPOORRTTIISSTTAA TTEERRRREESSTTRREE

RROOLL EENN LLAA CCAADDEENNAA DDEE VVAALLOORRYY EELL CCOOMMEERRCCIIOO SSEEGGUURROO

PPoorr JJuuaann AAnnggeell GGoonnzzaalleezz (*)

Los organizadores del Congreso"Alacat-Assekuransa, Buenos

Aires 2010", hemos asumido latarea de ofrecer toda la logísticanecesaria para que los agentes decarga del continente puedan encon-trarse en Buenos Aires entre el 2 yel 5 de mayo del corriente año consus clientes y proveedores deLatinoamérica. Buscamos dar unmarco apropiado para que los ope-radores de carga internacionaldebatan con el objetivo de actuali-zar conocimientos, consensuarobjetivos, para negociar y coordinarsus actividades.

Quisiera puntualizar que elCongreso resulta particularmenteinteresante porque, atañe también alos transportistas terrestres. El agentede carga es el arquitecto de todo eltransporte, de importación y de expor-tación, y normalmente, cualquiertransporte internacional, aéreo omarítimo, tiene que estar precedido,ser continuado o finalizado por untransporte terrestre. Así es que revis-te esencial importancia toda la proble-mática que se vaya a analizar sobrelos intereses e inquietudes de losoperadores de transporte carreterointernacional para nuestro Congreso.

(*) Presidente de Assekuransa y organizador

del Congreso Alacat - Assekuransa 2010

““EEll ttrraannssppoorrttiissttaa tteerrrreessttrree eess uunnaa ppiieezzaa ccllaavvee eenn llaa ccaaddeennaa ddee vvaalloorr,, nnoo ssóólloo eenn eell áámmbbiittoo

nnaacciioonnaall ssiinnoo ttaammbbiiéénn rreeggiioonnaall yyaa qquuee llaass nnoorrmmaattiivvaass qquuee rriiggeenn iinntteerrnnaacciioonnaallmmeennttee ppaarraa eessttee

mmeeddiioo ddee ttrraannssppoorrttee ddeebbeenn sseerr ccoommppaattiibbiilliizzaaddaass yy hhoommoollooggaaddaass eenn eell mmaarrccoo

ddee OOrrggaanniissmmooss IInntteerrnnaacciioonnaalleess yy eennttrree llooss ggoobbiieerrnnooss ppaarraa ffaacciilliittaarr eell

fflluujjoo ddee llooss ttrrááffiiccooss yy hhaacceerrlloo ccoommppeettiittiivvoo YY ssoonn eessooss aassppeeccttooss llooss qquuee

bbuussccaammooss ddeebbaattiirr..””JJuuaann AAnnggeell GGoonnzzaalleezz,, PPrreessiiddeennttee ddee AAsssseekkuurraannssaa..

operador de comercio exterior.Desde el atentado terrorista a lastorres gemelas en 2001, el mundocambió sustancialmente, y almomento que ocurrió aquello, sur-gió un nuevo escenario dondedefinitivamente se debe tener encuenta de manera puntual el pro-blema de la seguridad en activida-

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Nº 116 Marzo/Abril 20101199

Internacional

des específicas como el transportede mercaderías.

La seguridad ya no es solamenteun tema de fuerzas armadas o deaduanas, sino que involucra a losdistintos territorios, como una cues-tión interna y directamente vincula-da al transporte.

Ese tema, que puede parecertangencial, en realidad tiene untremendo impacto económico, sise tiene en cuenta que los conte-nedores pueden arribar y ser rete-nidos, pueden ser secuestrados,destruidos, devueltos o ser acep-tados. Así que, definitivamente,eso genera un costo adicional, ypara eso se necesita tener algúntipo de consenso entre todos losoperadores, para resolver de quémodo solventar ese costo.

Contamos entonces con la partici-pación de los transportistas terrestres,habiendo tantos temas en común.

El transportista terrestre es unapieza clave en la cadena de valor,no sólo en el ámbito nacional sinotambién regional ya que las norma-tivas que rigen internacionalmentepara este medio de transportedeben ser compatibilizadas yhomologadas en el marco deOrganismos Internacionales y entrelos gobiernos para facilitar el flujode los tráficos y hacerlo competitivoY son esos aspectos los que bus-camos debatir.

Del 3 al 5 de mayo de 2010 se llevará a cabo en el Alvear Palace Hotel de la Ciudadde Buenos Aires el Congreso Alacat - Assekuransa, de la Federación de AsociacionesNacionales de Agentes de Carga y operadores logísticos internacionales de AméricaLatina y el Caribe, (Alacat) bajo el lema "El comercio seguro".

El temario preliminar incluye entre otros contenidos, Exportación: El comercio glo-bal, problemática actual, proyecciones. Homologación de proyectos, Como eliminarfronteras; El comercio regional; Mercosur; Unasur; Centroamérica; Importaciones:Evolución del comercio después de la crisis mundial; Alternativas logísticas para faci-litar el comercio; Seguridad: El Comercio seguro. Aspectos legales. Los tipos de segu-ro. La minimización de riesgos. Cabe aclarar que el slogan "Comercio seguro" se refie-re a la seguridad, y no solo a la contingencia del riesgo. Capacitación.; Documentos detransporte, Fiata OMC.

Para más información: www.alacat2010.com.ar o a [email protected]

Características del Congreso Alacat-Assekuransa

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AATTAACCII

Rincón del Transportista

Nº 116 Marzo/Abril 20102200

PRÓRROGA PARACAMIONESEl Decreto 306/2010, establece que las unidadesremolcadas cualquiera sea su carga, (general opeligrosa) pueden continuar en servicio una vezvencida la antigüedad, realizando la RTO cada 6meses. Se destaca también que se establece comoAutoridad de aplicación para la fiscalización, con-trol y sanción de las normas establecidas en losartículos 53, 57 y 58 a la Comisión Nacional deTránsito y Seguridad Vial. Cabe mencionar que elartículo 57, es la aplicación del canon por resarci-miento del deterioro del pavimento, debido alexceso de peso.

Decreto 306/2010 TRANSITO Y SEGURIDAD VIALEN TRANSPORTE DE CARGAS

Por medio del Decreto 306/2010.Bol. Ofic. Nación nº 31857 - 5.3.10,se establece que las unidadesremolcadas podrán continuar enservicio vencidos los plazos legalesestablecidos, cumplimentando conla Revisión Técnica Obligatoria conuna frecuencia de seis meses.

VISTO el Expediente Nº S02:-0000015/2010 del registro de laAGENCIA NACIONAL DE SEGURI-DAD VIAL, organismo descentrali-zado actuante en la órbita del MINIS-TERIO DEL INTERIOR, las LeyesNº 24.449 y Nº 26.363, los DecretosNº 779 del 20 de noviembre de 1995y Nº 1716 del 20 de octubre de2008, y CONSIDERANDO:

Que por Ley Nº 26.363 se crea laAGENCIA NACIONAL DE SEGU-RIDAD VIAL, estableciendo comomisión primaria del organismo, lareducción de la tasa de siniestrali-dad; habilitándolo en tal sentido, aejercer las acciones tendientes apromover y controlar las políticas deseguridad vial, siendo la autoridadde aplicación de las políticas y medi-das de seguridad vial nacionalesprevistas en la normativa vigente.

Que entre las funciones asigna-das a la AGENCIA NACIONAL DESEGURIDAD VIAL, conforme loestablece el artículo 4º apartados b)y h) respectivamente de la Ley Nº26.363, la de propiciar la actualiza-ción normativa en materia de segu-ridad vial.

Que debe tenerse presente quemediante el Decreto Nº 123 del 18de febrero de 2009 y la ResoluciónNº 236 del 6 de mayo de 2009 de laSECRETARIA DE TRANSPORTEdependiente del MINISTERIO DEPLANIFICACION FEDERAL, IN-VERSION PUBLICA Y SERVICIOS,se ha prorrogado la vida útil de losvehículos destinados al transportede pasajeros interurbano, interna-cional y de oferta libre, que excedanel plazo previsto en el artículo 53inciso b) apartado 1 de la Ley Nº

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Nº 116 Marzo/Abril 2010 2211

Rincón del Transportista

24.449, supeditado a la aprobaciónde la Revisión Técnica Obligatoria.

Que las normas precitadas con-templan la prórroga de la vida útil delos vehículos afectados al transportede sustancias peligrosas, indicandoque éstos deberán someterse a laRevisión Técnica Obligatoria.

Que en ese lineamiento, contem-plando la situación actual del par-que de unidades remolcadas, y conel fin de fortalecer la seguridad vialen las rutas y caminos del país,resulta oportuno establecer la posi-bilidad de que las unidades remol-cadas, cualquiera sea la cargatransportada, puedan continuar enservicio vencido los plazos legalesestablecidos, cumpliendo con laRevisión Técnica Obligatoria conuna frecuencia de SEIS (6) meses.

Que a tal efecto, la SECRETARIADE TRANSPORTE del MINISTE-RIO DE PLANIFICACION FEDE-RAL, INVERSION PUBLICA YSERVICIOS podrá establecer condi-ciones mínimas exigibles del estadoestructural de las referidas unida-des, protocolos técnicos, periodici-dad, evaluación de aptitud y otrosaspectos relativos al régimen decontrol y exigencias técnicas.

Que en virtud de la mejora de lainfraestructura vial, se ha detectadouna disminución en el desgaste delas unidades afectadas al transpor-te interjurisdiccional de personas ymercaderías.

Que a lo expuesto debe adicio-narse la emergencia pública decla-rada mediante Ley Nº 25.561, pro-rrogada mediante el artículo 1º dela Ley Nº 26.563.

Que si bien las empresas presta-tarias de estos servicios han comen-zado un plan de renovación de uni-dades, más allá de encontrarse elmaterial rodante en condiciones deseguir prestando servicios, cuestio-nes económicas imperantes, comoasí también, la merma en la cantidadde pasajeros transportados, hanparalizado dicho plan de renovación.

Que en virtud de lo expuesto,resulta conveniente y oportuno,facultar a la SUBSECRETARIA DETRANSPORTE AUTOMOTOR,durante el plazo de vigencia de ladeclaración de emergencia efectua-da por la Ley Nº 25.561 y sus pró-rrogas, a establecer un procedi-miento de sustitución de carroceríasa fin de que los vehículos de trans-porte de pasajeros puedan conti-nuar prestando servicios conformelo establecido por el artículo 53,inciso b) de la Ley Nº 24.449, comoasí también para establecer un pro-cedimiento de reacondicionamientointegral de las unidades y las espe-cificaciones técnicas del mismo.

Que asimismo, a los efectos deunificar criterios normativos y evitarsuperposición de competenciasentre organismos, resulta de vitalimportancia aplicar un mismo proce-dimiento para la tramitación desumarios y aplicación de sanciones,en el caso, el establecido en laSección l del ANEXO aprobado porel Decreto Nº 253 del 3 de agosto de1995, modificado por el Decreto Nº1395 del 27 de noviembre de 1998,y en lo que corresponda, tanto a losTalleres de Revisión TécnicaObligatoria de vehículos afectados alos servicios de transporte de pasa-jeros y cargas de jurisdicción nacio-nal, conforme lo establece el aparta-do 9.18 del Anexo T del Decreto Nº779 del 29 de noviembre de 1995,modificado por su similar Nº 1716del 20 de octubre de 2008, comopara el caso de transporte automo-tor de carga de granos y ganado deJurisdicción Nacional.

Que el procedimiento referencia-do en el párrafo anterior, corres-ponde sea aplicable, en el primerode los supuestos, por parte de laCOMISION NACIONAL DELTRANSITO Y LA SEGURIDADVIAL, en su carácter de órgano acargo de la auditoría y fiscalizacióndel funcionamiento de los talleresde revisión técnica, en los términosdel apartado 9.18 del Anexo T delDecreto Nº 779 del 20 de noviem-bre de 1995, modificado por susimilar Nº 1716 del 20 de octubre

de 2008, y en el segundo de lossupuestos, por parte de la SUBSE-CRETARIA DE TRANSPORTEAUTOMOTOR, en su carácter deúnica autoridad de control y fiscali-zación del cumplimiento de lo esta-blecido en la Ley Nº 24.653 y nor-mas reglamentarias, conforme loestablece el artículo 5º del DecretoNº 34 del 26 de enero de 2009.

Que a los efectos de concentrarcompetencias de idéntica naturale-za en el órgano competente enrazón de la materia, resulta conve-niente sustituir el artículo 4º delDecreto Nº 79 del 22 de enero de1998, estableciendo a la COMI-SION NACIONAL DEL TRANSITOy LA SEGURIDAD VIAL, órganodesconcentrado en el ámbito de laSUBSECRETARIA DE TRANS-PORTE AUTOMOTOR, como auto-ridad de aplicación, control y fiscali-zación de los artículos 53, 57 y 58de la Ley Nacional de Tránsito Nº24.449, facultándola asimismo aestablecer el pago previo al otorga-miento del permiso por el resarci-miento de la reducción de la vidaútil de la vía o los posibles daños ala infraestructura, previo dictamendel ente vial competente.

Que la SUBSECRETARIA DETRANSPORTE AUTOMOTORdependiente de la SECRETARIADE TRANSPORTE del MINISTE-RIO DE PLANIFICACION FEDE-RAL INVERSION PUBLICA YSERVICIOS, ha tomado interven-ción en el marco de sus competen-cias, en concordancia con lo esta-blecido en el artículo 3º del Anexo I,del Decreto Nº 1716/08.

Que la DIRECCION DE ASUN-TOS LEGALES Y JURIDICOS dela AGENCIA NACIONAL DESEGURIDAD VIAL y la DIREC-CION GENERAL DE ASUNTOSJURIDICOS del MINISTERIO DELINTERIOR, han tomado la interven-ción de su competencia.

Que la presente medida se dictaen uso de las atribuciones emer-gentes del artículo 99, inciso 2 de laCONSTITUCION NACIONAL.

AATTAACCII

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AATTAACCII

Rincón del Transportista

Nº 116 Marzo/Abril 20102222

Por ello,LA PRESIDENTA DE LA NA-

CION ARGENTINA DECRETA:

ART. 1º - Incorpórase comopunto 5), del inciso b) del artículo53 del Anexo 1 del Decreto Nº 779del 20 de noviembre de 1995 elsiguiente:

"b.5) Las unidades susceptiblesde ser remolcadas -cualquiera seala carga transportada- podrán conti-nuar en servicio una vez vencidoslos plazos legales establecidos,cumpliendo con la Revisión TécnicaObligatoria (RTO) con una frecuen-cia de SEIS (6) meses. La SECRE-TARIA DE TRANSPORTE delMINISTERIO DE PLANIFICACIONFEDERAL INVERSION PUBLICAY SERVICIOS podrá establecercondiciones mínimas exigibles delestado estructural de las referidasunidades, protocolo técnico, periodi-cidad, evaluación de aptitud y otrosaspectos relativos al régimen decontrol y de exigencias técnicas."

ART. 2º - El procedimiento esta-blecido en la Sección I del ANEXOaprobado por el Decreto Nº 253 del3 de agosto de 1995, modificadopor el Decreto Nº 1395 del 27denoviembre de 1998, será aplicable -

en lo que corresponda- a lossiguientes supuestos:

a) La tramitación de sumarios yaplicación de sanciones por partede la COMISION NACIONAL DELTRANSITO Y LA SEGURIDADVIAL en su carácter de órgano acargo de la auditoría y fiscalizacióndel funcionamiento de los talleresde revisión técnica conforme loestablecido por el apartado 9.18 delAnexo T del Decreto Nº 779 del 20de noviembre de 1995, modificadopor su similar Nº 1716 del 20 deoctubre de 2008.

b) La tramitación de sumarios yaplicación de sanciones por parte dela SUBSECRETARIA DE TRANS-PORTE AUTOMOTOR en su carác-ter de única autoridad de control y fis-calización del cumplimiento de loestablecido en la Ley Nº 24.653 ynormas reglamentarias, para el casodel transporte automotor de cargasde granos y ganados de JurisdicciónNacional, potestad que sólo podráser ejercida a partir de la constata-ción de infracciones que se verifi-quen después de la entrada envigencia del presente decreto. LaSUBSECRETARIA DE TRANS-PORTE AUTOMOTOR de laSECRETARIA DE TRANSPORTE,del MINISTERIO DE PLANIFICA-CION FEDERAL, INVERSIONPUBLICA Y SERVICIOS, será laautoridad de aplicación del transpor-te automotor de cargas de jurisdic-ción nacional e internacional a partirde la entrada en vigencia del presen-te decreto, estando facultada entreotras cosas, a reglamentar todo loatinente al REGISTRO UNICO DETRANSPORTE AUTOMOTOR(RUTA) creado por la Ley Nº 24.653.

ART 3º - La SUBSECRETARIADE TRANSPORTE AUTOMOTORde la SECRETARIA DE TRANS-PORTE del MINISTERIO DE PLA-NIFICACION FEDERAL, INVER-SION PUBLICA Y SERVICIOS,podrá ampliar la antigüedad máxi-ma de los vehículos de transportede pasajeros, conforme lo estable-cido en el artículo 53 inciso b) de laLey Nº 24.449 estando facultada a

establecer un procedimiento de rea-condicionamiento integral de lasunidades y de las especificacionestécnicas del mismo. La atribuciónaludida en el párrafo anterior sólopodrá ser ejercida durante la vigen-cia de la declaración de emergenciaefectuada por la Ley Nº 25.561 ysus prórrogas y, en ningún caso, lacategoría de vehículos a que sehace referencia en el párrafo ante-rior, podrá continuar circulando unavez cumplido los DIEZ (10) años devencido el plazo fijado en el artículo53, inciso b) de la Ley Nº 24.449.

La SECRETARIA DE TRANS-PORTE del MINISTERIO DE PLA-NIFICACION FEDERAL, INVER-SION PUBLICA Y SERVICIOSpodrá delegar sus competencias enla SUBSECRETARIA DE TRANS-PORTE AUTOMOTOR de laSECRETARIA DE TRANSPORTEdel MINISTERIO DE PLANIFICA-CION FEDERAL, INVERSIONPUBLICA Y SERVICIOS.

ART. 4º - Sustitúyese el artículo4º del Decreto Nº 79 del 22 deenero de 1998, por el siguientetexto: "La COMISION NACIONALDEL TRANSITO Y LA SEGURI-DAD VIAL órgano desconcentradoen el ámbito de la SUBSECRETA-RIA DE TRANSPORTE AUTOMO-TOR, es la autoridad de aplicación,control y fiscalización de los artícu-los 53, 57 y 58 de la Ley deTránsito Nº 24.449, quedandofacultada para establecer el pagoprevio al otorgamiento del permisopor el resarcimiento de la reduc-ción de la vida útil de la vía o losposibles daños a la infraestructura,previo dictamen no vinculante delente vial competente, como asítambién otras normas de caráctercomplementario."

ART. 5º- Comuníquese, publí-quese dése a la DIRECCIONNACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archívese. - FERNANDEZDE KIRCHNER.

ANÍBAL D. FERNÁNDEZ. ANÍBAL F. RANDAZZO.

JULIO M. DE VIDO.

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Nº 116 Marzo/Abril 2010 2233

Rincón del Transportista

DDIISSPPOOSSIICCIIÓÓNN 77//22001100SSUUBBSSEECCRREETTAARRÍÍAA DDEE TTRRAANNSSPPOORRTTEE

AAUUTTOOMMOOTTOORR

Dase por prorrogada la continuidad de la pres-tación de los servicios de los vehículos afecta-dos al transporte de sustancias peligrosas per-tenecientes a los modelos 1997, 1998 y 1999.

Se ha fijado las condiciones para la operatoria de losvehículos afectados al transporte de cargas genera-les, que superen el plazo de antigüedad establecidoen el Artículo 53 Inciso b) de la Ley Nº 24.449.

La presente medida se dicta en virtud de las atribucio-nes conferidas por el Artículo 53 de la Ley Nº 24.449y el Decreto Nº 306 de fecha 2 de marzo de 2010.

DISPONE:Art.1º- Dése por prorrogado hasta el 31 de diciem-bre del año 2010 la continuidad en la prestación delos servicios, de los vehículos afectados al trans-porte de sustancias peligrosas pertenecientes alos modelos 1997, 1998 y 1999, que se encontra-ren con la REVISION TECNICA OBLIGATORIA(R.T.O.) aprobada para el transporte de sustanciaspeligrosas al día 31 de diciembre de 2009.

Art. 2º- Aquellas unidades alcanzadas por la pró-rroga dispuesta en el artículo precedente, deberánrealizar la REVISION TECNICA OBLIGATORIA(R.T.O.) en períodos de CUATRO (4) meses.La certificación extendida al efecto, permitirá lacontinuidad de las unidades en servicio hasta elvencimiento de la habilitación de la misma, excep-to las pertenecientes a los modelos 1997 quecaducarán el 31 de diciembre de 2010.

Art. 3º- Los vehículos de transporte automotor decarga, excluída la peligrosa, podrán continuarprestando servicios, mas allá de los plazos esta-blecidos en el Artículo 53, Inciso b), Apartado 2, dela Ley Nº 24.449, siempre que aprueben la REVI-SION TECNICA OBLIGATORIA (R.T.O.) cuyo cer-tificado tendrá una vigencia de SEIS (6) meses.

Art. 4º- Comuníquese a las ENTIDADES REPRE-SENTATIVAS DEL TRANSPORTE AUTOMOTORDE PASAJEROS Y CARGAS, a la COMISIONNACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPOR-TE organismo descentralizado actuante en la órbi-ta de la SECRETARIA DE TRANSPORTE delMINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y a GEN-DARMERIA NACIONAL dependiente del MINIS-TERIO DEL INTERIOR.

Art. 5º- Comuníquese, publíquese, dése a laDirección Nacional del Registro Oficial y archíve-se. - Jorge González.

AATTAACCII

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AATTAACCII

Rincón del Transportista

Nº 116 Marzo/Abril 20102244

OOrrddeennaannzzaa 113311//0099

CCRREEAACCIIÓÓNN DDEE LLAA TTAASSAAEESSPPEECCIIAALL MMUUNNIICCIIPPAALL EENNEEll BBOOLLSSOONN

Dicha Carta Orgánica Municipalen su primera parte, DECLA-

RACIONES GENERALES, DERE-CHOS Y DEBERES, SecciónPrimera, art 1º, establece que elMunicipio de El Bolsón es unapersona jurídica pública, autóno-ma e independiente de todo otropoder en ejercicio de sus compe-tencias políticas, institucionales,administrativas, económicas yfinancieras.

Es irrenunciable su deber de ladefensa de su propia autonomía,sin más limitaciones que laConstitución de la Provincia de RíoNegro y la Constitución Nacional Yque en cuanto a la seguridad vial, elestado municipal debe impulsarotras medidas destinadas a garanti-zar la disminución de accidentes detránsito, la correcta circulación devehículos por sus arterias, en espe-cial el tránsito de unidades de granporte en sus arterias principales,

como son las avenidas Belgrano ySarmiento.

Estas arterias municipales sedeterioran por el tránsito pesadoque circula a diario, en especial losvehículos de gran porte provenien-tes de la República de Chile,teniendo el Estado Municipal quedisponer de fondos especiales paralas distintas reparaciones que con-sisten en el mejoramiento de lacinta asfáltica, pinturas, arreglos decordones cuneta, limpieza y pagode horas extras al personal afecta-dos a tales servicios.

Es por ello que para solventarlos gastos que el deterioro por suuso ocasiona, y para no afectarpartidas destinadas al funciona-miento normal del Municipio, sedebe crear una Tasa EspecialMunicipal que permita cumplir conel mantenimiento de dichas arte-rias municipales.

Nuestra Constituciónprovincial ha recono-cido en su artículo laexistencia delMunicipio como unaComunidad Natural,célula originaria yfundamental de laorganización políticae institucional de laComunidad, asegu-rando su régimenmunicipal basado ensu autonomía políti-ca, administrativa yeconómica y para elcaso de nuestraComunidad, al dictar-se su propia CartaOrgánica Municipalgozan de autonomíaInstitucional.

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Nº 116 Marzo/Abril 20102255

Rincón del Transportista

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN, EN SESIÓN DEL DÍA

30-12-09, ACTA 1.488, APROBÓ EL DICTADO DE LA ORDENANZA

131/09

ARTICULO 1º: CREASE LA TASA ESPECIAL MUNICIPAL (T.E.M) exigible atoda Unidad Móvil de gran porte, que circule en toda época y en todohorario por las avenidas Belgrano y Sarmiento de nuestra localidad, entrelos limites comprendidos al sur por el Paralelo 42 y al norte con el límitenorte del Ejido Urbano.ARTICULO 2º: DETERMINASE que dicha tasa Municipal (T.E.M.) será exigi-ble para cada vez que la Unidad Móvil de gran porte, haga uso de dichasarterias municipales en toda época del año y en todo horario.ARTICULO 3º: DEFINASE el valor de la Tasa Especial Municipal (T.E.M) deacuerdo a la siguiente tabla de valores: Unidades de dos (2) ejes, Pesos veinte ($ 20.-) Unidades de tres (3) ejes, Pesos veinticinco ($ 25.-) Unidades de cuatro (4) ejes, Pesos treinta ($ 30.-) Unidades de cinco (5) ejes, Pesos treinta y cinco ($ 35.-) Unidades de seis (6) ejes o más, Pesos cuarenta ($ 40.-) Cargas peligrosas con tránsito asistido, Pesos sesenta ($ 60.-)ARTICULO 4º: AUTORIZASE al Poder Ejecutivo Municipal a firmar los con-venios respectivos con ONG de nuestra localidad, tales como BomberosVoluntarios u otras que se considere necesario para el cumplimiento de lapresente Ordenanza.ARTICULO 5º: FACULTASE al Poder Ejecutivo Municipal a reglamentarmediante Resolución dictada al afecto el cumplimiento de la presenteOrdenanza.ARTICULO 6º: CREASE una cuenta Especial denominada Cuenta EspecialT.E.M. autorizando al Poder Ejecutivo Municipal a disponer de dichos fon-dos en la conservación , reparación y mejoramiento de dichas arterias,mantenimiento de los espacios verdes de la Avda. Belgrano, adquisiciónde equipos de comunicación, indumentaria , controladores de velocidady todo otro gasto que demande el cumplimiento de la presenteOrdenanza. ARTICULO 7º: REGISTRESE, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal,publíquese, cumplido, archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche,

Provincia de Río Negro, a los treinta días del mes de diciembre de 2009.

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Rincón del Transportista

Nº 116 Marzo/Abril 20102266

DDeeccrreettoo 335533//22001100

PPLLAANN DDEE RREENNOOVVAACCIIÓÓNN DDEE FFLLOOTTAAPara acceder al programa, el pro-

pietario de la unidad debe ins-cribirse en una oficina de FADEE-AC. El Ministerio de Industria yTurismo es el organismo que deter-mina si el transportista cumple conlos requisitos establecidos.

Por último, el Banco Nación otor-ga un crédito a 5 años a tasa subsi-diada por el Ministerio de Industria yTurismo para renovar la unidad. Latasa del crédito para los transportis-tas del norte del país es del 10,5 %

anual, mientras que para el restodel país la tasa es del 12 %.

Esta iniciativa se propone darmayor eficiencia y seguridad al sectordel transporte de carga, reemplazan-do unidades antiguas por otras 0 kmde potencia mayor a 200 HP (camio-nes de carga, semipesados), e impli-ca también un incentivo a la produc-ción local de camiones. Además trae-rá aparejado un uso más eficiente delcombustible y un menor impacto en elmedio ambiente.

A través del plan, quese hizo posible tras lafirma de un conveniorealizado entre elMinisterio de Industriay Turismo, el BancoNación y la FADEEAC,cada transportistaPYME -que posea 5unidades como máxi-mo- recibirá un subsi-dio de entre 25.000 y35.000 pesos a cam-bio de la vieja unidad,y solamente un camiónpor transportistapuede acceder al plande renovación. El vehí-culo debe ser de unaantigüedad mayor a 30años y estar en funcio-namiento al momentode su entrega.

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Nº 116 Marzo/Abril 20102277

Rincón del Transportista

— No poseer deudascon el fisco (tributariasy previsionales)— Estar inscripto en elRegistro Único delTransporte Automotor(RUTA) o en su defec-to, poseer la revisióntécnica obligatoria yseguro al día.— Ser sujeto de crédito— Entregar el certifica-do de baja del registroautomotor más el certi-ficado de chatarrizaciónde la unidad entregada.

El plan alcanza, en su primeraetapa, a 2.100 camiones beneficiandoal 17 % de los transportistas pymes.

El total del universo PYME alque alcanza esta propuesta es de70.000 unidades de más de 30

años: 35.000 unidades que perte-necen a transportistas PyME yestán inscriptos en el RegistroÚnico del (RUTA) y otras 35.000adicionales de más de 30 años queestán inscriptas en RegistrosProvinciales.

PARA ACCEDER AL BENEFICIO EL

TRANSPORTISTA DEBERÁ CUMPLIR

CON LAS SIGUIENTES CONDICIONES:

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Rincón del Transportista

Nº 116 Marzo/Abril 20102288

1º. El Ministerio entregará una com-pensación a quienes cumplan conlos requisitos previstos.La implementación por parte delBanco de una línea de crédito, sobrela base de su política vigente enmateria de Financiación deInversiones Productivas, que contarácon un subsidio parcial de tasa acargo del Ministerio. Dicha línea seráhabilitada sujeta a las disponibilida-des prestables del Banco. Ambas medidas son inescindibles,de manera tal que para acceder a lacompensación, el Beneficiario debe-rá ser sujeto de crédito en el marcode La Línea y viceversa.El límite máximo de beneficios a otor-gar en el marco del "PLAN" será elcorrespondiente a dos mil cien(2100) unidades nuevas.

El "Ministerio" establecerá en elmarco de sus competencias especí-ficas, las características de los bie-nes a adquirir y las condiciones paraacceder al "PLAN".

2º: Las medidas antes indicadasestarán destinadas exclusivamente,a la adquisición de unidades nuevascero (0) kilómetro, correspondientesa las categorías N3 - Vehículo paratransporte de carga, con un pesomáximo superior a los doce mil kilo-gramos (12.000 kg.), establecida enel Artículo 28 del Anexo I del DecretoNº 779 de fecha 20 de noviembre de1995 y sus modificatorios, de poten-cia superior a 200 CV.

3º: Serán requisitos para ser Be-neficiario del Plan:

1. Calificar como Pequeño Trans-portista, entendiéndose por tal, aaquél que cuente con una flota decamiones no mayor a cinco (5) uni-dades.

2. Ser propietario de al menos, unaunidad correspondiente a las catego-rías N1, N2 o N3 establecidas en elArtículo 28 del Anexo I del DecretoNº 779 de fecha 20 de noviembre de1995 y sus modificatorios, de poten-cia superior a 80 CV y cuya antigüe-dad sea superior a los treinta (30)años al momento de la firma del pre-sente. Esta es la unidad a dar de bajapara destrucción total y compacta-ción en el marco del "PLAN".

El "PLAN" AAnneexxoo II

CCOONNVVEENNIIOO MMAARRCCOOPara acceder al programa, el propietario de la unidad

debe inscribirse en una oficina de FADEEAC. El Ministeriode Industria y Turismo es el organismo que determina siel transportista cumple con los requisitos establecidos.

Esta iniciativa se propone dar mayor eficiencia y segu-ridad al sector del transporte de carga, reemplazando uni-dades antiguas por otras 0 km de potencia mayor a 200HP (camiones de carga, semipesados), e implica tambiénun incentivo a la producción local de camiones. Ademástraerá aparejado un uso más eficiente del combustible yun menor impacto en el medio ambiente.

1. El MINISTERIO 1. estará obligado a entregar una

compensación por la destrucción total ycompactación de la unidad usada, deentre pesos veinticinco mil ($ 25.000) ypesos treinta y cinco mil ($ 35.000) porBeneficiario, según la antigüedad ypotencia de motor de la unidad pasadaa destrucción total y compactación.

2. Bonificar dos (2) puntos porcen-tuales la tasa de interés de los créditosque se otorguen en el marco de laLínea, a cada Beneficiario que acceda alPlan hasta un máximo de crédito depesos ciento sesenta mil ($ 160.000) porbeneficiario. El límite máximo de benefi-cios a otorgar será el correspondiente ados mil cien (2100) Unidades nuevas.

2. El BANCO1. Estará obligado a establecer La

Línea : a) La tasa de interés inicial sin bonifi-car será fija del trece por ciento(13%) Tasa Nominal Anual (TNA)para el Norte Grande conforme laszonas definidas por el Banco y delquince por ciento (15%) TasaNominal Anual (TNA) para el restodel país. Dichas tasas podrán variarconforme lo defina el Banco para sulínea destinada a financiar inversio-nes, debiendo aplicarse siempre lamenor tasa sin bonificación que seencuentre vigente. Asimismo, elBanco aplicará sobre aquéllas lasbonificaciones por buen cumplimien-to (pago en término y no tener otras

deudas exigibles vencidas) de cerocoma cinco por ciento (0,5%) y unopor ciento (1%) respectivamente olas que defina en cada momento.La tasa de interés neta inicial bonifi-cada, por el Ministerio y por el Bancoconforme lo arriba acordado, será dediez coma cinco por ciento (10,5%)para el Norte Grande y del doce porciento (12%) para el resto del país.b) El plazo de los créditos será dehasta cinco (5) años.c) El monto del crédito será equiva-lente al saldo del precio -neto delsubsidio- de la unidad nueva a adqui-rir, hasta un máximo de pesos cientosesenta mil ($ 160.000). d) Se constituirá una garantía pren-daria sobre la unidad nueva. En casode que la compensación con el crédi-to no alcance a cubrir el total del pre-cio de la unidad nueva, dicha diferen-cia será solventada por el Bene-ficiario.

2. Abonar a las terminales automotri-ces que se adhieran al Plan, el total delprecio de la unidad nueva, el que seráintegrado por la compensación por des-trucción y compactación de la unidadusada con más el total del monto queconforma el crédito otorgado alBeneficiario y eventualmente, con ladiferencia a cargo del Beneficiario.

3. FADEEAC1. Difundir entre sus afiliados el Plan

informando sobre sus características,

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3. Que el vehículo a dar de baja, seencuentre inscripto en el RegistroÚnico del Transporte Automotor,"R.U.T.A", reglamentado por laResolución Nº 74 de fecha 26 de juliode 2002 de la Secretaria deTransporte del Ministerio dePlanificación Federal, InversiónPública y Servicios, o bien, cuentecon Revisión Técnica Obligatoria(R.T.O.) o Verificación TécnicaVehicular (V.T.V.) aprobada y vigen-te; y que esté en funcionamiento almomento de la entrega para destruc-ción total y compactación.

4. Que las unidades a entregarpara destrucción total y compacta-ción cuenten con seguro obligatoriovigente.

5. Que los conductores que prestenservicios al Beneficiado, cuenten conla Licencia Nacional Habilitante o suequivalente en cada jurisdicción.

6. Ser responsable inscripto en elImpuesto al Valor Agregado (IVA).

7. No registrar deudas líquidas yexigibles con el fisco Nacional ni conel Sistema Nacional de SeguridadSocial.

8. Cumplir con las condiciones ynormativa interna que exija el Banco.

4º: Para acceder al plan el Be-neficiario deberá presentar un certifi-cado de baja para destrucción total ycompactación emitido por cualquierRegistro Seccional de la DirecciónNacional de los Registros de laPropiedad Automotor y de CréditosPrendarios dependiente delMinisterio de Justicia, Seguridad yDerechos Humanos, y constanciafehaciente de la destrucción total ycompactación en las condicionesque oportunamente se establezcan,respecto de una unidad de su propie-dad que reúna las condiciones enun-ciadas en los apartados 2, 3 y 4 de lacláusula precedente.

Cada certificado de baja para des-trucción total y compactación servirápara la compra de una (1) sola uni-dad nueva por medio del Plan ycada unidad nueva tendrá el benefi-cio de un solo Plan Asimismo cadaBeneficiario podrá acceder al Planpara adquirir solo una (1) unidadnueva.

alcances y requisitos.2. Proveer a quienes estén interesa-

dos, los formularios que resulten nece-sarios para acceder al Plan.

3. Participar en la operatoria, fiscali-zando y monitoreando la documenta-ción exigida al transportista.

4. Verificar que las plantas que reali-cen la destrucción total y compactaciónde la unidad entregada por elBeneficiario a los fines de acceder alPlan, se encuentren debidamente habi-litadas, que el certificado emitido porellas sea válido y que la destrucción totaly compactación sea comprobada yacreditada por instrumento público.

5. Coordinar la destrucción total ycompactación de las unidades usadasentregadas por los "beneficiarios" paraacceder al Plan, la que en ningún casopodrá insumir costo alguno para elEstado Nacional.

6º: El Ministerio atenderá el gastoque demanden las medidas a su cargo,con los créditos presupuestarios que seasignen y todos los que por acto admi-nistrativo pertinente se destinen almismo fin y efecto.

7º: El Ministerio, en cada caso parti-cular, autorizará al Banco a debitar de lacuenta habilitada a los fines de esteacuerdo, los fondos necesarios paraefectivizar los beneficios referidos en elpresente, en la forma y condicionesacordadas.

8º: Cada dos (2) meses, el Bancorendirá cuentas al Ministerio, en relaciónal monto de los beneficios otorgados ydebitados.

9º: Las partes acuerdan para susrecíprocas obligaciones que, cuando losdías referidos en el presente conveniosean inhábiles bancarios la obligaciónvencerá el inmediato día hábil bancariosiguiente.

10º. Las partes constituirán unacomisión de seguimiento a los fines dela evaluación periódica del desarrollo delPlan. Asimismo, se acuerda que a lostres (3) meses de la entrada en vigenciadel presente, las partes analizarán losresultados obtenidos pudiendo propo-nerse las acciones que se estimennecesarias para su mejoramiento ycorrección.

11º. El presente Convenio Marcoentrará en vigencia a partir de su apro-bación por parte del Poder EjecutivoNacional y su plazo será de un (1) añoel que se renovará automáticamente

salvo denuncia expresa por parte delMinisterio o del Banco.

12º. Las Partes constituyen sus domi-cilios en los indicados en el encabeza-miento para cada una de ellas, donde setendrán por válidas cuantas notificacio-nes judiciales o extrajudiciales debancursarse. a los días 26 del mes denoviembre del año 2009, en la CiudadAutónoma de Buenos Aires, se firmantres (3) ejemplares de un mismo tenor ya un solo efecto.

OBJETIVOS DEL PLAN ANEXO IIEl límite máximo de beneficios a otor-

gar en el marco del Plan será el corres-pondiente a dos mil cien (2100) unida-des nuevas.

Destino del beneficio:Los beneficios asignados en el

marco del presente PLAN sólo podránestar destinados a la adquisición de uni-dades nuevas cero kilometro (0 Km.),correspondiente a la categoría N3 -vehí-culo para transporte de carga con unpeso máximo superior a los doce milkilogramos (12.000 Kg.)-, establecida enel Artículo 28 del Anexo 1 del Decreto Nº779/95 y sus modificatorios, de potenciade motor superior a doscientos (200) CVofrecidas por terminales que adhieran alpresente PLAN.

PROCEDIMIENTO ¿QUÉ PRESENTAR?

1. Formulario de adhesión al PLAN. 2. Documento Nacional de Identidad

(D.N.I.). En caso de tratarse de personasjurídicas, deberán presentar el Estatutocon constancia de su inscripción en elRegistro que corresponda y la documen-tación que acredite el carácter de repre-sentante legal del presentante.

3. Constancia de Clave Única deIdentificación Tributaria (C.U.I.T.).

4. Informe Nominal expedido por laDirección Nacional de los Registros dela Propiedad del Automotor y deCréditos Prendarios donde consten lasunidades de su propiedad, con indica-ción del número de dominio.

5. Nómina de conductores a sucargo, con indicación de la Clave Únicade Identificación Laboral (C.U.I.L.) ycopia de la Licencia Nacional Habilitanteo su equivalente en cada jurisdicciónlocal.

6. Título de dominio correspondientea la unidad usada a dar de baja para

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Rincón del Transportista

destrucción total. 7. Certificado de dominio vigente res-

pecto de la unidad a dar de baja paradestrucción total, expedido por elRegistro Seccional de la Propiedad delAutomotor de radicación.

8. Comprobante de inscripción en elRegistro Único del TransporteAutomotor, (R.U.T.A), reglamentado porla Resolución Nº 74/02 de la Secretariade Transporte, o bien, de la RevisiónTécnica Obligatoria (R.T.O) o de laVerificación Técnica Vehicular (V.T.V)vigente.

9. Certificado de cobertura de segurode responsabilidad civil vigente, exigidopor el Artículo 10, inciso a) de la Ley deTransporte Automotor de Cargas Nº24.653, vigente respecto de la unidad aentregar para destrucción total.

10. Declaración Jurada donde consteque no registra deudas líquidas y exigi-bles con el Fisco Nacional ni con elSistema Nacional de Seguridad Social.La documentación indicada en losnumerales 1; 3; 4; 5; 7; 9 y 10 debe serpresentada en original. La documenta-ción indicada en los numerales 2; 6 y 8deberá ser presentada en copia certifica-da por Escribano Público.

Control y verificación de docu-mentación:

Recibida la totalidad de la documen-tación, FADEEAC controlará que aquéllacumpla los recaudos fijados en el pre-sente Plan y verificará:

a) La inscripción del beneficiario en elR.U.T.A., o en su caso, que la V.T.V. oR.T.O. presentadas se encuentrenvigentes;

b) Que los conductores que prestenservicios para el beneficiario cuentencon Licencia Nacional Habilitante o suequivalente en cada jurisdicción, y

c) Que la unidad ofrecida para la bajay destrucción total reúna los requisitosfijados en el presente PLAN. Realizadosque fueran dichos controles, deberá emi-tir un informe conforme el formulario quedetermine la Autoridad de Aplicación.

Registro de solicitud: Verificada la documentación y cum-

plidos los requisitos para el acceso a losbeneficios del Plan, FADEEAC ingresarála solicitud en el sistema informático acrearse para tal fin, donde se registraránpor orden de presentación.

Legajo:Con el número que asigne el sistema

informático referido en el artículo ante-rior, se formará un legajo donde se com-pilará la totalidad de la documentaciónpresentada.

Dicho legajo será remitido por FADE-EAC a la Autoridad de Aplicación, la queserá la encargada de gestionar la entre-ga de la compensación por baja y des-trucción total.

Declaración de elegibilidad de launidad:

Recibido el legajo, la Autoridad deAplicación analizará la viabilidad de lasolicitud y, si considera reunidas las con-diciones, emitirá una comunicación alBANCO DE LA NACION ARGENTINAen la cual se declarará a la unidad ofre-cida por el beneficiario para su baja ydestrucción total, como susceptible decompensación económica a los fines delpresente PLAN.

Notificación de elegibilidad:La calidad de cada unidad como ele-

gible a los fines del presente PLAN, seránotificada al beneficiario y al BANCO DELA NACIÓN ARGENTINA.

PRESENTACIÓN DE DOCUMEN-TACIÓN DE ACCESO A LA LÍNEA:

Dentro de los DIEZ (10) días hábilesde practicada la notificación prevista enel artículo precedente, el beneficiariodeberá presentar, ante la sucursal delBANCO DE LA NACIÓN ARGENTINAque corresponda por su domicilio, latotalidad de la documentación que seestablezca para el acceso a la LÍNEA.

Dentro del plazo de VEINTE (20) díashábiles de recibida la totalidad de ladocumentación a satisfacción delBANCO DE LA NACION ARGENTINA,éste emitirá una opinión respecto a si elbeneficiario resulta ser sujeto de créditoo no. En cualquier caso, la decisión queadopte el BANCO DE LA NACIONARGENTINA, será notificada al benefi-ciario y a la Autoridad de Aplicación.

Suscripción del acuerdo de cré-dito:

De resultar favorable el análisis credi-ticio, dentro de los DOS (2) días hábilesde notificada tal decisión, el beneficiariodeberá concurrir al BANCO DE LANACION ARGENTINA para la suscrip-ción del acuerdo de crédito, el cual esta-rá condicionado a la entrega ante laAutoridad de Aplicación, del certificadode destrucción total de la unidad usada yen su caso, al depósito de la diferencia ala que se refiere el Artículo 24 del pre-sente PLAN.

El Iveco Attack es el primer camión adaptado para este crédito, presentado al mercadohace un mes. Las firmas Scania y Mercedes Benz se encuentran interesadas en partici-par de este plan.

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AATT

AACC

IIHumor

Nº 116 Marzo/Abril 20103322

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BIENVENIDOS AL 2010, AÑO DEL BICENTENARIO

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