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REGLAMENTOS TECNICOS DE AGUA Y SANEAMIENTO BÁSICO
VICEMINISTERIO DE AGUA Y SANEAMIENTO BÁSICO
Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio
Aspectos generales de la reglamentación técnica
del sector de agua potable y saneamiento básico
Viceministerio de Agua y Saneamiento Básico
Bogotá, junio de 2017
“Por la cual se adopta el Reglamento Técnico para el Sector de Agua Potable y
Saneamiento Básico – RAS y se derogan las resoluciones 1096 de 2000, 0424 de 2001, 0668 de 2003, 1459 de 2005, 1447 de 2005
y 2320 de 2009”
“Por la cual se expide el Reglamento Técnico que señala los requisitos técnicos
que deben cumplir los tubos de acueducto, alcantarillado, los de uso sanitario y los de
aguas lluvias y sus accesorios que adquieran las personas prestadoras de los
servicios de acueducto y alcantarillado”
Reglamentación técnica
1) Resolución 330 de 2017
2) Resolución 1166 de 2006
Soportados en la Ley 142 de 1994 “Régimen de Servicios Públicos Domiciliarios” y
En el Sistema Nacional de Normalización, Certificación y Metrología, hoy Subsistema Nacional de Calidad – Sistema Nacional de Productividad
REGLAMENTACIÓN TÉCNICA Antecedentes
Objetivos legítimos de país que persigue un Reglamento Técnico:
1. Eliminar o prevenir adecuadamente riesgos para la seguridad nacional.
2. Eliminar o prevenir adecuadamente un riesgo para la salud humana, la salubridad o el medio ambiente.
3. Proteger la vida humana y la salud animal o vegetal.
4. Prevenir prácticas que puedan inducir a error.
REGLAMENTACIÓN TÉCNICA
Antecedentes
Esquema del SICAL,
su conexión con el resto del mundo
Fuente: Presentación ONAC - 2015
REGLAMENTACIÓN TÉCNICA
Antecedentes
Resolución 330 de 2017 Reglamento Técnico de Agua y Saneamiento - RAS
OBJETO: La presente Resolución reglamenta los requisitos técnicos que se deben cumplir en las etapas de planeación, diseño, construcción, puesta en marcha, operación, mantenimiento y rehabilitación de la infraestructura relacionada con los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo.
Actualización Resolución RAS
Prestadores de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo
Entidades formuladoras de proyectos de inversión en el sector Entes de vigilancia y control Entidades territoriales Las demás con funciones en el sector de agua potable y saneamiento
básico, en el marco de la Ley 142 de 1994 Diseñadores, constructores, interventores, operadores, entidades o
personas contratantes que elaboren o adelanten diseños, ejecuten de obras, operen y mantengan obras, instalaciones o sistemas propios del sector.
Ámbito de aplicación:
1. Garantizar la calidad de la prestación de los servicios. 2. Lograr la atención prioritaria de las NBI en materia de APSB. 3. Buscar la ampliación permanente de las coberturas de los servicios. 4. Garantizar la prestación continua e ininterrumpida de los servicios. 5. La planeación, economía, celeridad, transparencia, eficacia, imparcialidad,
oportunidad, publicidad y responsabilidad en la contratación de las obras y de las actividades de operación y mantenimiento.
6. Garantizar la seguridad, durabilidad, funcionamiento adecuado, calidad, eficiencia, sostenibilidad y redundancia de la infraestructura requerida para la prestación de los servicios públicos de APSB.
7. Durante las etapas del proyecto, la interacción con la comunidad deberá ser proactiva y preventiva.
Criterios Orientadores:
Actualización Resolución RAS
Actualización Resolución 1166 de 2006 Tuberías y Accesorios
“Por la cual se expiden los requisitos técnicos relacionados con composición química e información, que deben cumplir los tubos, ductos y accesorios de acueducto y alcantarillado, los de uso sanitario y los de aguas lluvias, que adquieran las personas prestadoras de los servicios de acueducto y alcantarillado, así como las instalaciones hidrosanitarias al interior de las viviendas y se derogan las resoluciones 1166 de 2006 y 1127 de 2007”
Actualización Resolución 1166 de 2006 Tuberías y Accesorios
Señalar los requisitos técnicos mínimos asociados con la composición química de los materiales y, la estandarización de la información mínima sobre los requisitos técnicos que deben tener presentes los prestadores de servicios públicos domiciliarios, constructores y urbanizadores, con el fin de garantizar la calidad del servicio, para los tubos de acueducto y sus accesorios, integrantes en su conjunto de los sistemas de conducción y distribución de agua para consumo humano y para los tubos y accesorios integrantes en su conjunto de los sistemas de conexión, recolección y transporte final y tratamiento de las aguas residuales domésticas, industriales, pluviales o combinadas.
OBJETO:
Actualización Resolución 1166 de 2006 Tuberías y Accesorios
Personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios (Ley 142 de 1994). Urbanizadores y constructores de vivienda que requieran en sus sistemas de
redes internas hidrosanitarias. Tubos con sus uniones, sellos y accesorios, sus revestimientos internos y
pinturas de protección interna. Ductos prefabricados, conformados o construidos en sitio. Tubos y accesorios utilizados en los métodos de renovación de instalaciones
existentes y métodos constructivos tecnología sin zanja. En general, todos los elementos de transporte o conducción de agua cruda,
agua potable, aguas residuales domiciliarias, aguas lluvias y aguas combinadas, de acuerdo con las especificaciones definidas en los proyectos.
Ámbito de aplicación:
Actualización Resolución 1166 de 2006 Tuberías y Accesorios
Entiéndase por accesorios, cubiertos por esta Resolución, los elementos componentes de un sistema de tuberías, diferentes de los tubos. En el caso de acueductos y redes hidráulicas al interior de las viviendas, son los elementos prefabricados que debidamente instalados con los tubos, permiten cambios de dirección, empalmes, derivaciones, reducciones, conexiones y uniones con otros elementos o accesorios de control de las tuberías para acueducto, tales como: uniones, codos, semicodos, tees, cruces, yees, reducciones, acoples, empaques, sellos y cauchos para uniones, adaptadores, sillas, galápagos, collares de derivación, tapones, uniones de montaje, válvulas, medidores, hidrantes, sistemas para purga, ventosas, pitómetros, bypass, bocas de acceso, uniones bridadas, hidrantes, equipos de bombeo y presurización, y tanques domiciliarios de almacenamiento, entre otros elementos que estén en contacto con el agua de suministro.
Ámbito de aplicación:
Actualización Resolución 1166 de 2006 Tuberías y Accesorios
Entiéndase por accesorios, cubiertos por esta Resolución, los elementos componentes de un sistema de tuberías, diferentes de los tubos. En el caso de sistemas de alcantarillado y de redes de drenaje y desagües al interior de las viviendas, son los elementos que debidamente instalados con los tubos, que permiten cambios de dirección, empalmes, conexiones y uniones con otros elementos o accesorios de las tuberías para alcantarillado, tales como: sillas, derivaciones, galápagos, yees, codos, semicodos, tees, acoples, adaptadores, uniones de montaje, válvulas, pozos, cámaras y cajas de inspección, conexiones domiciliarias; elementos prefabricados como sumideros, tanques de amortiguamiento, pozos y cámaras de inspección o acceso y rejillas entre otros elementos que estén en contacto con el agua de drenaje y/o desagüe.
Ámbito de aplicación:
Actualización Resolución 1166 de 2006 Tuberías y Accesorios
ROTULADO. Debe ubicarse en un lugar visible de la tubería donde se indique información relacionada con el uso, diámetro, país de origen entre otros.
CATÁLOGOS TÉCNICOS En ellos se deben incluir las características, propiedades, especificaciones técnicas de la tubería, entre otros.
Tuberías de Acueducto
Tuberías de Alcantarillado
Se debe cumplir con las condiciones mínimas necesarias para garantizar las características fisicoquímicas de agua potable; las cuales pueden ser alteradas por material residual de las tuberías.
Resistencia química, cuya verificación se realiza mediante diferentes ensayos, propios para cada tipo de tubería con su respectiva norma técnica).
REQUISITOS TÉCNICOS
Actualización Resolución 1166 de 2006 Tuberías y Accesorios
• Incluir nuevos materiales, accesorios y tecnologías de conformación de ductos y de obras de rehabilitación.
• Ampliar el objeto de la resolución a las instalaciones hidráulicas y sanitarias al interior de las viviendas.
• Aclarar el certificado tanto para el producto nacional como para el importado.
• Dar mayor claridad a la información mínima solicitada para el rotulado y el catálogo.
• Actualizar las normas técnicas. • Reforzar la captura, seguimiento y análisis de información reportada al SUI
por parte de los prestadores de servicio para registrar el cumplimiento del Reglamento.
• Reforzar el anexo con un capítulo de Referencias bibliográficas.
Actualización Resolución 1166 de 2006 Tuberías y Accesorios
Título 1 - Objeto y campo de aplicación Título 2 - Requisitos técnicos para tuberías y otros ductos de acueducto y redes
hidráulicas al interior de las viviendas y sus accesorios, como productos terminados para la conservación de la calidad del agua
Título 3 - Requisitos técnicos de conservación de la calidad de tubos, accesorios y otros ductos para alcantarillado y para redes sanitarias y de desagüe en viviendas, como productos terminados
Título 4 - Estandarización de la información mínima sobre los requisitos técnicos Título 5 - Control, vigilancia y otras disposiciones Título 6 - Definiciones Título 7 - Condiciones generales Anexo complementario sobre los ensayos exigidos en la resolución Artículo sobre procedimiento para el uso de otros materiales en el país.
Actualización Resolución 1166 de 2006 Tuberías y Accesorios
Procedimiento seguido: • Evaluación y propuesta de actualización de la resolución 1166/06 • Proceso de participación ciudadana – septiembre de 2016 • Ajuste según observaciones recibidas • Aprobación en reunión de la Junta del RAS – marzo 21 de 2017
Pendiente: • Ajuste según conceptos solicitados dentro del Decreto
1595 de 2015 del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y de la Superintendencia de Industria y Comercio
• Envío a la Oficina Jurídica del MVCT para su expedición
GRACIAS
INTEGRANTES DEL GRUPO TÉCNICO DEL RAS
Viceministerio de Agua y Saneamiento Básico: Miguel Ángel Castro Munar – DP
Cristóbal Oliveros – DP
María Elena Cruz, DDS - GPS
José Manuel Vásquez, DDS – GPS
Diana vega, DDS – GPS
Manuel Serna, DDS
Juan Pablo Yáñez, DDS
Jimmy Leguizamón, DDS - GDS
JUNTA RAS