apelacion ley 29944-2013-cog

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Sumilla: “Interpongo Recurso de Apelación contra La Resolución Directoral UGEL 03 Nº08414, De fecha 17 de septiembrede 2013” SR. DIRECTOR DE LA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL Nº 03. S. D. ……………………………, identificada con DNI Nº ………..con domicilio real y procesal en Jr. ………. ……., Breña, provincia y departamento de Lima, Profesora de Aulanombrada, con más de 25 años de servicios ininterrumpidos, actualmente prestando servicios en la Institución Educativa Pública Nº1014, “República Oriental del Uruguay” del distrito de Breña; a Ud., respetuosamente, me presento y digo: Que, conforme a lo prescrito por el Art. 109º, numerales 109.1, 109.2, 109.3, y dentro del término procesal previsto en el numeral 207.2 del artículo 207º de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, concordante con el Art. 125º del D.S. Nº 005-90-PCM, interpongo recurso de apelación contra la Resolución Directoral UGEL 03 Nº 08414, de fecha 17 de septiembre de 2013; a fin de que el Órgano superior examine de manera imparcial los siguientes argumentos fácticos y jurídicos que expongo: I. EXPRESIÓN CONCRETA DE LO PEDIDO. 1. Solicito que se revoque la apelada y, reformándola, se declare nula de pleno derecho por cuanto, contraviniendo la Constitución Política del Estado se pretende desconocer los derechos adquiridos al amparo delo establecido en la Ley Nº 24029, modificada por la Ley Nº 25212, y su Reglamento el DS Nº 019-90-ED, por cuanto la Constitución y las leyes garantizan la irretroactividad de las normas. 2. Asimismo, se declare la nulidad de la recurrida porque pretende vulnerar el estado de derecho y atentar contra la estabilidad jurídica del país, y alterar el orden público, la paz y tranquilidad social de manera pública y abierta.

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Page 1: Apelacion  ley 29944-2013-cog

Sumilla: “Interpongo Recurso de Apelación contra La Resolución Directoral UGEL 03 Nº08414,

De fecha 17 de septiembrede 2013”

SR. DIRECTOR DE LA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL Nº 03. S. D.

……………………………, identificada con DNI Nº ………..con domicilio real y

procesal en Jr. ………. N° ……., Breña, provincia y

departamento de Lima, Profesora de

Aulanombrada, con más de 25 años de servicios

ininterrumpidos, actualmente prestando servicios

en la Institución Educativa Pública Nº1014,

“República Oriental del Uruguay” del distrito de

Breña; a Ud., respetuosamente, me presento y

digo:

Que, conforme a lo prescrito por el Art. 109º, numerales 109.1, 109.2, 109.3, y dentro

del término procesal previsto en el numeral 207.2 del artículo 207º de la Ley 27444,

Ley del Procedimiento Administrativo General, concordante con el Art. 125º del D.S.

Nº 005-90-PCM, interpongo recurso de apelación contra la Resolución Directoral

UGEL 03 Nº 08414, de fecha 17 de septiembre de 2013; a fin de que el Órgano

superior examine de manera imparcial los siguientes argumentos fácticos y jurídicos

que expongo:

I. EXPRESIÓN CONCRETA DE LO PEDIDO.

1. Solicito que se revoque la apelada y, reformándola, se declare nula de pleno

derecho por cuanto, contraviniendo la Constitución Política del Estado se

pretende desconocer los derechos adquiridos al amparo delo establecido en

la Ley Nº 24029, modificada por la Ley Nº 25212, y su Reglamento el DS Nº

019-90-ED, por cuanto la Constitución y las leyes garantizan la

irretroactividad de las normas.

2. Asimismo, se declare la nulidad de la recurrida porque pretende vulnerar el

estado de derecho y atentar contra la estabilidad jurídica del país, y alterar

el orden público, la paz y tranquilidad social de manera pública y abierta.

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3. Finalmente, pido que se realice una correcta interpretación de las Normas

citadas y se revoque la apelada, por ser nula de pleno derechoal

encontrarse incursa en las causales de nulidad establecidas en el numeral 1

del Art. 10º de la Ley Nº 27444; se la declare nula de pleno derecho y

disponga la plena validez de mi resolución primigenia dada al amparo de lo

dispuesto por la Ley Nº 24029, modificada por la Ley Nº 25212 conforme a

lo establecido en la Constitución Política del Estado.

II. PROCEDENCIA DEL RECURSO

Mi recurso de apelación procede por tratarse de cuestiones de puro derecho,

conforme a lo dispuesto por el Art. 209º de la Ley 27444.

III. FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO.

1.- La recurrida amparada en la Nueva Ley de Reforma Magisterial que ha derogado la

Ley Nº 24029, modificada por la Ley Nº 25212 , y su reglamento el DS Nº 019-90-

EDmediante la promulgación y puesta en vigencia de Ley Nº 29944, es decir, la Ley Nº

24029, modificada por la Ley Nº 25212 , y su reglamento el DS Nº 019-90-ED, desde el

26 de noviembre del año 2012 ha perdido vigencia y no se debe aplicar a las

relaciones laborales que se generen a partir de esa fecha hacia adelante la Ley del

Profesorado, Ley Nº 24029, modificado por la Ley Nº 25212 , ni su reglamento el DS

Nº 019-90-ED, sino la Ley Nº 29944 y su reglamento el DS Nº 004-2013-ED.

2.- Se ha establecido un nuevo régimen laboral regulado por la Ley Nº 29944 y su

reglamento el DS Nº 004-2013-ED y que por ello se debe aplicar, desde noviembre del

año 2012 hacia adelante, solamente las mencionadas normas, pero solamente a las

nuevas relaciones laborales de los docentes al servicio del Estado.

3.- Sin embargo, la recurrida desconociendo la vigencia y permanencia de las normas

en el tiempo pretendeaplicar de manera retroactiva la Ley Nº 29944 y su reglamento

DS Nº 004-2013 contraviniendo los principios de irretroactividad de las normas, de

legalidad y demás principios establecidos en el Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444.

4.- La recurrida, al pretender anular la Ley Nº 24029, modificada por la Ley Nº 25212,

mediante la aplicación indiscriminada e irracional de Ley Nº 29944 pretendiendo

desconocer los derechos laborales adquiridos que tienen naturaleza de ser derechos

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humanos y tienen la condición de ser irrenunciables e imprescriptibles contraviene

tratados supra nacionales y comete prevaricato y abuso de autoridad.

5.- En ese mismo sentido, la recurrida al desconocer derechos adquiridos como:

licencia de permiso con goce de haberes hasta por cinco días; estabilidad laboral en el

lugar, centro educativo, plaza, y turno; bonificación del 30% por preparación de clases

y evaluación; bajar de nivel o escala profesional alcanzado; pago de tres

remuneraciones totales por 25 y 30 años de servicios; presencia sindical en las

evaluaciones de desempeño; etc., etc. vulnera las garantías que se encuentran

establecidas en la Constitución Política del Estado.

6.- En tal virtud, la recurrida al infringir leyes y contravenir la Constitución Política del

Estado y normas supra nacionales y tratados se encuentra incursa en las causales de

nulidad establecidas en el numeral 1 del Art. 10 de la Ley Nº 27444; por tanto, debe

ser declarada nula de pleno derecho conforma a los fundamentos expuestos.

7.- Finalmente recordarle que, la inaplicación retroactiva de la norma es una garantía

Constitucional por lo que no se debe desconocer los derechos adquiridos de los

docentes cuyo régimen laboral se encuentra regulado y se aplicara hasta que no exista

docente con ese régimen. Sin embargo, los nuevos docentes incorporados al servicio

del Estado se regirán con la Nueva Ley de Reforma Magisterial, Ley Nº 29944 y el DS

Nº 004-2013-ED.

8.- Por los fundamentos expuestos solicite que se declare nula de pleno derecho la

Resolución Directoral UGEL 03 Nº 08414, de fecha 17 de septiembre de 2013.

IV. ANEXOS Y MEDIOS PROBATORIOS:

Anexo 1-A: Copia simple de la Constancia de Recepción en original

Anexo 1-B: Copia simple de la Recurrida.

POR LO EXPUESTO:

A Ud., Director, pido darle el trámite correspondiente; por ser de justicia.

Lince, ….de Noviembre del 2013.