anexo: extracto de sucesorios · la directora de producción vegetal dispone: artÍculo 1º:...
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Anexo: Extracto de Sucesorios
Sección Administrativa
Licitaciones ................................ Pág: Nº 13
Sección General
Citaciones - Interior ............ Pág: Nº 12
AÑO CV - N° 27.757CORRIENTES, MARTES, 05 de FEBRERO de 2019
Sección Judicial
Decretos ...................................................................... Pág: Nº 2
Resoluciones ......................................................... Pág: Nº 8 Convocatorias ......................... Pág: Nº 13
Testimonios ................................ Pág: Nº 15
Sección Comercial
Avisos Varios ............................ Pág: Nº 15
Ordenanzas ......................................................... Pág: Nº10 Edictos Municipales ......... Pág: Nº 14
Avisos Varios ............................ Pág: Nº 18
Dr. Gustavo J. A. Canteros
Dr. Horacio David OrtegaMinistro Coordinación y Planificación
Lic. Raúl Ernesto SchiaviMinistro Industria, Trabajo y Comercio
Dr. Juan José Lopez DesimoniMinistro de Seguridad
Bioq. Federico Martín MouliaMinistro Desarrollo Social
Dr. Jorge Oscar Quintana
Dr. Cristian Ricardo Abel Piris
Dr. Gustavo Adolfo Valdés
C.P. Bernardo Eugenio Rodriguez
Dr. Victor Eduardo Ojeda
Dr. Ricardo Alberto Cardozo
Lic. Susana Mariel Benitez
Ministro de Turismo
Sección AdministrativaDecretos
Decreto N° 25Corrientes, 18 de enero de 2019
Visto:El expediente N° 100-09-08-01084/2018 (IV CUERPOS), y agregado por cuerda
separada dos (2) carpetas con documentación de ofertas; Carpeta Nº 1 con 74
fojas, y carpeta Nº 2 con 122 fojas, caratulado: “MINISTERIO DE HACIENDA Y
FINANZAS UCAPFI SOLICITA MODIFICACIÓN DECRETO Nº 1.727/2018 ARTÍCULO
5º PROYECTO PAGO DE LOS DESEOS PROSOFA”, yConsiderando:Que en estas actuaciones se tramita la aprobación de la Resolución Nº 0189 de
fecha 21 de diciembre de 2018 dictada por el Ministerio de Hacienda y Finanzas.Que a fs. 628/629 se expidió el Ministro de Hacienda y Finanzas conforme a los
artículos 6º y 9º de la Ley Nº 6.233, a través del cual efectuó una breve reseña de las
constancias de autos, y expresó su opinión en sentido favorable a lo solicitado en
autos. En consecuencia a fs. 630 intervino la Fiscalía de Estado y emitió el
Dictamen Nº 01276 de fecha 27 de diciembre de 2018 en el que se expidió de
conformidad al dictado del presente decreto. Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 162 incisos 1 y
2 de la Constitución de la Provincia de Corrientes, El Gobernador de la ProvinciaDecreta: ARTÍCULO 1º: APRUÉBASE la Resolución N° 0189 de fecha 21 de diciembre de
2018, dictada por el Ministerio de Hacienda y Finanzas, la que se adjunta en copia
certificada y forma parte del presente decreto.ARTÍCULO 2º: El presente decreto es refrendado por el Ministro de Hacienda
y Finanzas.ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial y pásese a la
Unidad Central de Administración de Programas con Financiamiento
Internacional (UCAPFI), del Ministerio de Hacienda y FinanzasDr. Gustavo Adolfo Valdés C.P. Marcelo Rivas Piasentini
Decreto Nº 26Corrientes, 18 de enero de 2019.
de Junio de 2010El Gobernador de la ProvinciaDecretaARTÍCULO 1º: AUTORÍZASE a la Escribanía Mayor de Gobierno a extender a favor
del señor ERRO, HÉCTOR FERNANDO, DNI Nº 10.663.472, la escritura pública
traslativa de dominio de la Parcela a de la Sección Casuarinas de la Colonia Oficial
Mocoretá, Departamento Monte Caseros (Corrientes), constante de una
superficie de CIENTO TREINTA HECTÁREAS OCHENTA Y CINCO ÁREAS CERO SEIS
CENTIÁREAS (130 ha 85 a 06 ca), dentro de los siguientes límites: NORTE: Parte de
los Lotes Nº 21-C y Nº 23-C, SUR: Parcela b, ESTE: Parte del Lote Nº 36-C y OESTE:
Calle Pública, conforme los datos contenidos en el Plano de Mensura Nº 703-R.ARTÍCULO 2º: ESTABLÉCESE que los gastos de escrituración son a cargo del
interesado.ARTÍCULO 3º: El presente decreto es refrendado por el Ministro de Producción.ARTÍCULO 4º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial, pásese al
Instituto Correntino del Agua y del Ambiente, a sus efectos.Dr. Gustavo Adolfo Valdés Ing. Agr. Jorge Alberto Vara
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Decreto N° 28Corrientes, 18 de enero de 2019
El Gobernador de la ProvinciaDecreta:ARTÍCULO 1º: RECHÁZASE el recurso de apelación interpuesto por el señor MARTÍNEZ CÁCERES, DOMINGO JUAN DNI N° 7.846.898, contra la Resolución Nº 1.778 de fecha 05 de agosto de 2016, del Instituto de Previsión Social de Corrientes, obrante a fs. 167/168, por las razones expuestas en el considerando del presente decreto.ARTÍCULO 2º: El presente decreto es refrendado por el Ministro de Hacienda y Finanzas.ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial, líbrese copia al Ministerio de Hacienda y Finanzas, y pásese al Instituto de Previsión Social, para su legal notificación a la parte interesada. Dr. Gustavo Adolfo Valdés C.P. Marcelo Rivas Piasentini
Decreto Nº 29Corrientes, 18 de enero de 2019
Visto:El expediente Nº 310-16.798/2018 del registro del Ministerio de Salud Pública; YConsiderando: Que el citado organismo, eleva la Resolución Nº 3.872 de fecha 14 de diciembre de 2018 solicitando su aprobación correspondiente por decreto del Poder Ejecutivo. Que en atención de la normativa vigente resulta necesario aprobar el acto administrativo citado, obedeciendo el dictado de la misma a necesidades operativas del área, atento a las previsiones establecidas en el Decreto Nº 612 de fecha 3 de abril de 2002, por lo que se estima oportuno proceder en consecuencia. Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 162 incisos 1, 2 y 11 de la Constitución de la Provincia de Corrientes, El Gobernador de la ProvinciaDecreta:ARTÍCULO 1º: APRUÉBASE la Resolución Nº 3.872 de fecha 14 de diciembre de 2018 dictada por el Ministro de Salud Pública, la que como anexo forma parte del presente decreto.ARTÍCULO 2º: El presente decreto es refrendado por el Ministro de Salud Pública.ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial y pásese al Ministerio de Salud Pública a sus efectos.Dr. Gustavo Adolfo Valdés Dr. Ricardo Cardozo
Decreto Nº 31 Corrientes, 18 de enero de 2019
Visto:El expediente N° 135-00041-2019 del registro del
Ministerio de Coordinación y Planificación; yConsiderando:Que por medio del Decreto N° 1.947 de fecha 06 de agosto de 2018 y su modificatorio N° 3.122 de fecha 17 de diciembre de 2018 se crea el Fondo de Desarrollo, Garantía y Sustentabilidad y Anticíclico.Que el Fondo creado tiene como objetivo atenuar el impacto financiero negativo que sobre las finanzas públicas provinciales pudiera ejercer la evolución negativa de variables económicas, el manejo sustentable de excedentes instrumentando una adecuada inversión que preserve el valor y rentabilidad de los recursos, garantizar el círculo virtuoso entre el crecimiento económico sostenible y el incremento de los recursos de la provincia y la promoción del desarrollo, la producción y el empleo.Que el Ministerio de Coordinación y Planificación debe realizar la registración presupuestaria y contable de la integración del Fondo de Desarrollo, Garantía y Sustentabilidad y Anticíclico.Que el Ministerio de Hacienda y Finanzas transferirá al Ministerio de Coordinación y Planificación el crédito presupuestario destinado a tal efecto.Que el artículo 15 de la Ley 6.492 de Presupuesto de gastos y cálculo de recursos de la Administración Provincial faculta al Poder Ejecutivo para que por intermedio del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a u t o r i c e p o r d e c r e t o l a s m o d i fi c a c i o n e s presupuestarias que impliquen traspasos de partidas entre distintas Entidades cuando existan razones debidamente justificadas.Que el artículo 34 (tercer apartado) de la Ley Nº 5.571 de Administración Financiera establece que, cuando el P o d e r E j e c u t i v o d i s p o n g a m o d i fi c a c i o n e s presupuestarias que impliquen refuerzos de partidas, deberá instrumentarlo mediante decreto enviando copia del mismo al Poder Legislativo.Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 162, incisos 1 y 2, de la Constitución de la Provincia de Corrientes,El Gobernador De La Provincia Decreta:A R T Í C U LO 1 ° : A P R U É B A S E l a m o d i fi c a c i ó n presupuestaria de gastos N° 03/2019 de la Jurisdicción 02 – Ministerio de Hacienda y Finanzas la que, como anexo, forma parte del presente decreto.ARTÍCULO 2°: AUTORÍZASE a la Dirección de Administración y Recursos Humanos del Ministerio de Coordinación y Planificación a emitir el comprobante de libramiento de pago contra la Tesorería General de la Provincia por la suma de PESOS CIEN MILLONES ($ 100.000.000,00) a favor del Ministerio de Coordinación y Planificación, destinada a la integración del Fondo de Desarrollo, Garantía y Sustentabilidad y Anticíclico, creado por el Decreto N° 1.947/2018 y su modificatorio N° 3.122/2018, en la estructura programática presupuestaria 01-00-00-01-589 Transferencias a Otros Fondos (fuente 10) detallada en el anexo del artículo 1°. Dicha suma será transferida a la Cuenta Corriente N°
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428970/13 del Banco de Corrientes S.A. creada a tal efecto.ARTÍCULO 3°: El presente decreto es refrendado por los Ministros de Hacienda y Finanzas y de Coordinación.ARTÍCULO 4°: COMUNÍQUESE, a la Honorable Legislatura provincial, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 35 de la Ley Nº 5.571 de Administración Financiera.
ARTÍCULO 5°: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial, líbrese copia al Honorable Tribunal de Cuentas, Dirección General de Presupuesto, Contaduría General de la Provincia y pásese al Ministerio de Coordinación y Planificación, a sus efectos.Dr. Gustavo Adolfo Valdés C.P. Marcelo Rivas PiasentiniDr. Horacio David Ortega
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DisposicionesMinisterio de Producción
Dirección de Producción VegetalDisposicion N° 06
Corrientes, 01 de febrero de 2019
VistoLa Ley Nº 6433 de Emergencia fitosanitaria por la presencia del Huanglongbing (HLB) en el territorio provincial y la Disposición Nº 21 del 14 de mayo de 2018.ConsiderandoQue, La Ley Nº 6433 declara el Estado de Emergencia Fitosanitaria en todo el territorio de la provincia de Corrientes hasta el 01 de enero del 2020 por la presencia del Huanglongbing (HLB) en el territorio Provincial.Que, la misma dispone que será autoridad de aplicación el Ministerio de Producción a través de la Dirección de Producción Vegetal facultándola a instrumentar las políticas de prevención y control necesarios para el cumplimiento de los fines de la misma.Que, la Disposición Nº 21/18 establece como obligatorio el monitoreo oficial de HLB en todo el territorio de la provincia de Corrientes, durante el período que dure la declaración de emergencia fitosanitaria dispuesta por Ley Nº 6433, facultando a los agentes monitoreadores oficiales al acceso a espacios públicos y privados donde existan plantaciones de cítricos y hospedantes alternativos del HLB (Mirto o Murraya paniculata) en cumplimiento de las actividades de prevención y control del HLB de acuerdo al plan de trabajo establecido por la Fundación Correntina de Sanidad Vegetal (FUCOSAVE).Que, la Dirección de Producción Vegetal facultó a la FUCOSAVE a llevar adelante un plan de monitoreo aprobado por la Comisión Provincial de Sanidad Vegetal
(COPROSAVE).Que, en virtud de lo establecido precedentemente el personal autorizado por el Organismo de Aplicación de la Ley Nº 6433 desarrollara sus actividades de monitoreo y control obligatorio del HLB en el territorio provincial de acuerdo al plan de trabajo establecido por la FUCOSAVE, siendo necesaria la confección de Actas de Monitoreo a fin de dejar constancia de la visita y, de corresponder, Actas de Erradicación de plantas con resultado positivo a Candidatus Liberibacter spp, de acuerdo al protocolo establecido por el SENASA para llevar a cabo esta acción.Que, la suscripta es competente para dictar el acto que se propicia, en función de lo establecido por la Ley Nº 6433/18.Por ElloLa Directora de Producción VegetalDispone:ARTÍCULO 1º: APROBAR el Acta de Monitoreo de HLB en la provincia de Corrientes que como Anexo I forma parte de la presente Disposición. ARTÍCULO 2º: APROBAR el Acta de Erradicación de Plantas con resultado positivo a Candidatus Liberibacter spp que como Anexo II forma parte de la presente.A R T Í C U L O 3 º : A U T O R I Z A R a l o s a g e n t e s monitoreadores oficiales de la Dirección de Producción Vegetal y de la FUCOSAVE, Ente Sanitario Provincial, a labrar las actas aprobadas en los ARTÍCULOS 1º y 2º y a realizar todas las actividades de prevención y control del HLB durante el período que dure la declaración de emergencia fitosanitaria dispuesta por Ley Nº 6433.ARTÍCULO 4º: COMUNÍQUESE, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.Ing. Agr.Mariela Pletsch
Anexo I Disposición Nº 06/19
Acta Nº……………Acta de Monitoreo de Hlb
Ley Nº 6433/18 de Emergencia Fitosanitaria por la presencia del Huanglongbing (HLB) en el Territorio Provincial.
En la localidad de ………………………………… departamento de ……………………… de la provincia de Corrientes a los ………. días del mes de ………………… de 20…….., siendo las ….…. horas, el/ los agentes monitoreadores: ……………………………….............................................................. se constituyen en el i n m u e b l e / e s t a b l e c i m i e n t o s i t o e n … … … … … … . … . . … … … … … … … … … … … R E N S PA N º : ………………………………………, denominado:………………………………………………………., superficie citrícola…........................, siendo atendidos por:........…………............................................................................................................
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D.N.I………………….…………en su carácter de……………………………… Se deja constancia de la visita.En caso de corresponder se procederá a la toma de muestras que serán enviadas a laboratorio para el correspondiente análisis.
OrdenanzasMunicipalidad de Santa Rosa
Ordenanza N° 210/2018
Santa Rosa, Corrientes, 6 de Noviembre de 2018
Visto:La Ordenanza Nº 23/2010, que ordena la instalación de Estructuras Portantes de Antenas y sus Equipos Complementarios en el ámbito del Municipio, y;Considerando:Que, resulta necesario actualizar los montos que gravan
la tasa de emplazamiento de estructuras soporte de a n t e n a s y s u s e q u i p o s c o m p l e m e n t a r i o s d e telecomunicación y otras, y la tasa de verificación de seguridad y condiciones de registración.-Que, al efecto se intercambiaron opiniones con municipios de la Provincia de Corrientes, coincidiendo en una actualización, previendo su aplicación a partir del 1º de enero del año 2019.-Que, el Departamento Ejecutivo ha elevado el proyecto de modificación de los artículos 5° y 9° de la Ordenanza Nº 23/2010.-Por Ello:El Honorable Concejo Deliberante de Santa Rosa,
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Sanciona Con Fuerza de Ordenanza:Artículo 1º: Modi�case a partir del 1º de Enero del año 2017, el punto a) del Artículo 5° de la Ordenanza Nº 23/2010 el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 2º: Modi�case a partir del 1º de Enero del año 2019, el punto a) del Artículo 9° de la Ordenanza Nº 23/2010 el quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 3º: Determinese la tasa de derecho de construcción el 1% del total del presupuesto de obra, toda construcción sin permiso y siendo debidamente observada, es considerada clandestina y abonarán el 3% del total de la obra.-Artículo 4º: Los derechos, tasas, contribuciones, obligaciones en general, no consolidadas, que se encuentren vencidos e impagos, serán liquidados de acuerdo con las tarifas vigentes a la fecha más los intereses resarcitorios, multas y gastos de determinación administrativa que fije el DEM.-Artículo 5º: Determínese, la fecha de vencimiento el día 10 de Enero de 2019, por pago fuera de término tendrá un interés del 2% mensual.-Artículo 6º : Toda Ordenanza, Decreto o Acto Administrativo que se oponga o contradiga a la presente, queda automáticamente modificada.-Artículo 7°: Facultase, al D.E.M., a suscribir los acuerdos necesarios para la gestión pertinente con la Empresa especializada Servicios Comunales S.A.-Artículo 8º: Comuníquese, al Departamento Ejecutivo Municipal, a quien corresponda, publíquese y archívese.-María Alejandra Lator Stella Maris SolisDr. José Dardo Ignacio
Hugo Celestino AguirreProf. Pedro José González María Beatriz FerragutMaidana Cesar Agustín Lagraña Ricardo Daniel
Municipalidad de Santa Rosa Ordenanza N° 209/2018
Santa Rosa, Corrientes 30 de Octubre de 2018
Visto:La Celebración de la Fiesta de las Artes del Colegio Secundario de Santa rosa y Extensión Áulica de Ibaté Porá, y; Considerando:Que, el 6 de Noviembre del corriente año se estará Celebrando la Fiesta de las Artes, que es organizado por el Colegio Secundario de Santa Rosa y Extensión Áulica de Ibaté Porá.- Que, dicha Institución ha sabido llevar continuidad de dicha fecha por 10 años consecutivos, en donde se tiene por objetivo revalorizar la apreciación que los jóvenes hacen sobre las artes, potenciando la creatividad que los mismos realizan en sus trabajos.-Que, por la notable tarea realizada por los directivos del Colegio Secundario de Santa Rosa y de la Extensión Áulica de Ibaté Porá; brindando herramientas a los jóvenes, corresponde la Declaración de Interés Municipal de la mencionada Fiesta.- Por Ello:El Honorable Concejo Deliberante de Santa Rosa, Sanciona Con Fuerza de Ordenanza:Ar tículo 1º: Declarar de Interés Municipal la Celebración de la Fiesta de las Artes del Colegio Secundario de Santa Rosa y Extensión Áulica de Ibaté Porá, a llevarse a cabo el próximo 6 de Noviembre de 2018.- Artículo 2º: La presente Ordenanza será refrendada por la Secretaría del Concejo Municipal, y a través del mismo se notificará, de la presente, a los Directivos del Colegio Secundario.-Articulo 3°.- Comuníquese, Publíquese, dese al registro Municipal, y archívese. María Alejandra Lator Dr. José Dardo Ignacio Hugo Celestino AguirreProf. Pedro José González María Beatriz FerragutMaidana Cesar Agustín Lagraña Ricardo Daniel
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Sección JudicialCitaciones - Capital
Expte. N° 133004/16
El Juzgado Civil y Comercial N°6, de la ciudad de
Corrientes, sito en 9 de Julio 1.099 - 3er. piso, a cargo de la dra. Sonia Elizabeth Filipigh, cita y emplaza a la Srta. Anahi Tomasella Olivo (D.N.I Nº 92.544.951) para que
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Sección General
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comparezca a tomar la intervención que le corresponda en el proceso caratulado. “Tomasella Olivo Anahi S/Declar. De Ausencia con presunción de fallecimiento”, Expte. N° EXP 133004/16, Secretaria N° 11, a cargo de la Dra. Ma. Fernanda Benítez Cima.Corrientes, 17 de Septiembre de 2018.-Ma. Fernanda Benítez Cima. Abogada SecretariaN° 3582 I: 05/02 V: 05/02
Expte. N° 44641/9
La Sra. Juez del Juzgado Civil y Comercial N°9 de esta
Ciudad de Corrientes, sito en calle 9 de Julio N° 1.099- 4° Piso, Dra Marina Alejandra Antúnez, cita y emplaza al Sr. Lindor Valentín Soto D.N.I. N°17.956.461 para que en el término perentorio de diez (10) días de notificada comparezca a tomar la intervención que le corresponda en los autos caratulados: “Credinea S.A. C/ Lindor Valentín Soto S/ Ejecutivo” Expte. N° 44641/9, bajo apercibimiento de nombrársele Defensor Oficial de Ausentes para que los represente en juicio.Corrientes, 05 de Septiembre de 2018.Dra. Valeria M. de los A. Tadinac.N° 28 I: 05/02 V: 06/02
Sección JudicialCitaciones - Interior
Expte. N° BXP 6168/18
En los autos caratulados “Benítez Bar tolomé S/Información Sumaria (cambio de nombre)” Expte. N° BXP 6168/18, que se tramita ante el Juzgado Civil, Comercial, Laboral y de familia de la ciudad de Bella Vista a cargo de la Sra. Juez Dra. Irma L. Sánchez de Tatarinoff, Secretaría N°: 2 a cargo de la Dra. Marina L. Morello, sito en calle Salta N° 801 de la ciudad de Bella VistaEl Objeto del presente es a los fines de publicar una vez por mes, en el lapso de dos meses, lo referente al cambio de nombre del Sr. Bartolomé Benítez, D.N.I. Nº 18.036.966 para que formulen oposición quien se crea con derecho en caso de existir un interés legítimo sobre el mismo, según lo ordenado en la providencia Nº 20.277 de 27 de Noviembre de 2018Se transcribe a continuación para su conocimiento y demás efectos legales el auto que ordena la providencia que ordena la medida y Dice: Nº 20 277 Bella Vista, ( Ctes.) 27 de Noviembre de 2018.- Y Vistos: Que a fs. 20 vta., se han pasado estos autos para resolver y analizada que fuere la causa surge que la cuestión traída a despacho (adición de nombre) se halla
contemplada en el art. 70 ss. y ccs. del Código Civil y Comercial de la Nación (Ley 26.994), en concordancia con la norma específica Ley Nº 18.248 y, las que señalan el procedimiento aplicable para este tipo de procesos y; de las constancias de autos se advierte que no se ha cumplido con el mismo, razón por la cual, corresponde y así: Resuelvo: 1°) Dejar sin efecto el llamamiento de autos para resolver hasta tanto se cumplan los siguientes recaudos: I) Requerir al interesado la presentación de la documental original o copias certificadas. II) Dar intervención al Ministerio Público Fiscal. III) Publicar el pedido en el Boletín Oficial una vez por mes, en el lapso de dos meses, conforme lo ordenado por el art. 70 del Código Unificado IV) Oficiar al Registro de la Propiedad Inmueble y al Registro de la Propiedad Automotor a fin que informen sobre medidas precautorias existentes respecto del interesado. 2°) Tómese razón por Mesa de Entradas y Salidas. Notifíquese.- Fdo. Dra. Irma L. Sanchez De Tatarinoff Juez Civil Comercial, Laboral y de Familia de la ciudad de Bella Vista (Ctes)Dra. Irma L. Sanchez De Tatarinoff - JuezI: 04/02 – V: 05/02
Estancia Merceditas S.C.A.
Se convoca a los señores accionistas de Estancia Merceditas S.C.A. a Asamblea General Extraordinaria, para el día 9 de marzo de 2.019 a las 15:00 horas, y en segundo llamado a las 16:00 horas; en el local de San Martín 988, Piso 1° de la ciudad de Paso de los Libres, provincia de Corrientes, dejándose constancia de que la asamblea se realizará con los accionistas que se hallen presentes, la que deberá tratar lo siguiente: Orden del día:1.- Entrega de Certificados de Acciones a los señores socios correspondientes a la sucesión de Nelly Sanguinetti de Layerle ya realizada.
2.- Consideraciones de avance y decisiones sobre Convenio Transaccional - Acuerdo de Socios del 6 de agosto de 2016. 3.- Autorización para la firma de las escrituras al Sr. Socio Comanditado Luis Enrique Layerle. 4.- Designación de socio(s) para firmar el acta. Nota: A fin de poder asistir a la Asamblea, se deberá proceder por parte de los señores accionistas conforme al artículo 238, ley 19550, con no menos de tres días hábiles de anticipación al de la fecha fijada. A dichos fines se recibirán las comunicaciones y recaudos pertinentes en calle San Martín 988, Planta Alta de la ciudad de Paso de los Libres de lunes a viernes de 10:00 a 12:00 y de 16:00
Convocatorias
a 18:00 horas. Ing. Luis Enrique Layerle - Socio Comanditado-Administrador I: 30/01 V: 06/02
Asociación Civil de Prestadores de Servicios Turístico MAITEL Loreto
La Comisión Directiva de la Asociación Civil de Prestadores de Servicios Turísticos MAITEL Loreto, Corrientes, convoca a sus asociados a la Asamblea General Ordinaria a llevarse a cabo el día Sábado 16 de Febrero del 20119 a las 10:30 hs, en su sede social, cito en su sede social, para tratar el siguiente: Orden del Día.1) Elección de dos socios para la firma del acta. 2) Lectura de la Memoria, Inventario de Bienes, Informe Revisor de Cuentas y Balance del Presupuesto año 2017 y 2018. 3) Elección de Comisión Directiva. Secretaria: Álvarez, Gladys Estela. Presidente: Morilla, Marcelo José La Comisión DirectivaNº 147-I: 04-02-V: 04/02
Atlántico Santa Catalina
La Comisión Especial Normativa del Club Atlántico Santa Catalina Personería Jurídica Resolución Nº 032/14, Legajo Nº 1403, convoca a Asamblea General Extraordinaria para el día 28 de Diciembre de 2018, a la hora 20:00 en el Bº Dr. Montaña 400 viv. Mz. 74 Casa 3 de esta ciudad a los efectos de considerar el siguiente: Orden del día:1º) Lectura, consideración y aprobación del informe del Estado de Situación Patrimonial y Contable de la entidad2º) Elección total de la Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas3º) Designación de dos (2) socios para firmar el acta de la Asamblea juntamente con el Presidente y el SecretarioPaula Maria Billordo – Pte Esteban Ivan Acevedo – SecretaioNº 154 – I: 05 / 02 – V: 05 / 02
El Consejo Provincial de la Federación de Básquet de la Provincia de Corrientes
El Consejo Provincial de la Federación de Básquet de la Provincia de Corrientes, en su sesión del 22 de Septiembre de 2018 llevada a cabo en la sede social de la
entidad sita en 9 de julio 1536 de la ciudad de Corrientes, de acuerdo a lo establecido en el Art. 23º del estatuto social, convoca a Asamblea General Extraordinaria a llevarse a cabo en sábado 27 de Octubre de 2018, a las 11:00hs en 24 de Mayo y Sargento Cabral de la ciudad de Saladas (Corrientes), para tratar el siguiente: Orden Del Día:1.-Consideración de los Poderes de los Delegados.2.-Designación de un Tesorero por renuncia del anterior hasta completar mandato.3.-Reforma del Estatuto Social: Reforma de Articulo:1º inc. B) e incorporando los inc. E) y 4.-Reforma de los Art. 5º y 6º, Reforma del Art. 9º incorporando puntos 1, 2, 3, 4, 5 y 6. Reforma de los Art. 12º suprimiendo los inc. A), b) y c) . Reforma de los originales Artículos 31º, 32º, 33º, 35º, 39º, 41º, 42º, 43º, 44º, 45º, 46º, 47º, 48º, 49º, 50º, 51º, 52º, 56º, 58º. Incorporación del Articulo 64º reformando el orden numérico de los subsiguientes. Incorporación del Articulo 71º.5.-Designación de dos delegados para aprobar y firmar el Acta.José Miguel Pérez González – PteMarcelo F. Quagliozzi -Secretario I: 05/ 02 – V: 11 / 02
El Consejo Provincial de la Federación de Basquetbol de la Provincia de Corrientes
El Consejo Provincial de la Federación de Basquetbol de la Provincia de Corrientes, en su sesión del 22 de septiembre de 2018, llevada a cabo en la sede social de la entidad, sita en 9 de Julio 1536 de la ciudad de Corrientes, de acuerdo a lo establecido en el Art. 22º del estatuto social, convoca a Asamblea General Ordinaria a llevarse a cabo el sábado 27 de octubre de 2018 a las 9:00hs en 25 de Mayo y Sargento Cabral de la ciudad de Saladas (Corrientes) para tratar el siguiente: Orden Del Día:
a) Consideración de los Poderes de los Delegados.
b) Consideración de la Memoria y Balance del ejercicio
fenecido el 30/06/2018
c) Designación de dos delegados para aprobar y firmar
el acta.José Miguel Pérez González – PteMarcelo F. Quagliozzi -Secretario I: 05/ 02 – V: 11/ 02
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Nº 27.757 CORRIENTES, 05 DE FEBRERO DE 2019
Avisos VariosAsociación Correntina de Anestesia, Analgesia y
Reanimación
La Junta Electoral informa que el día 28 de Enero de 2019 ha resuelto proclamar ganadora a la lista “Verde” quedando renovada la Comisión Directiva de la Asociación Correntina de Anestesia, Analgesia y
Reanimación para el periodo 2019-2021 y conformada de la siguiente manera:Presidente: Dr. Diego OliveiraSecretaria General: Dra. Nora OviedoTesorero: Dr. Néstor GuimpelevichSecretario Gremial: Dr. Pablo PasianSecretario Científico: Dr. Rodolfo JaraSecretaria de Recursos Humanos: Dra. Marina Avalos
PAG. Nº 9
Sección ComercialTestimonios
Dabra S.A.
Se hace saber que Dabra S.A. Por Acta de Asamblea
General Extraordinaria de fecha 29/05/2018 certificada
por La escribana Carolina A. Martínez, Adscripta AL RN
Nº 9, ha resuelto una apertura de sucursal en La ciudad
de Corrientes, fijado domicilio en la sede social calle
Peatonal Junín Nº 1385 de La ciudad de Corrientes-
Provincia de Corrientes.- Representante Legal. Sra Paula
Gabriela Rompani Nº 21.479.611
Publíquese el Edicto en el Boletín Oficial Por el término
de un (1) día como esta Ordenado en el Expte 221-4009-
18 Caratulado DABRA S.A. S/Insc. Apertura de Sucursal.
Inspección General de Personas Jurídicas. Corrientes 12-
12-2018
Dr. Juan Carlos Noya – Inspector General Nº150 – I: 05 / 02 – V: 05 / 02
Artrans S.A.
Se hace saber que por Acta de Reunión de Directorio Nº 135 de fecha 10/12/2018, se decide y aprueba La Apertura de una sucursal de La Sociedad denominada Artrans S.A. con casa central en Av. De Acceso Sur Nº 8407 – Distrito Carrodilla- Departamento de lujan de Cuyo – Provincia de Mendoza; estableciendo como Sede S ocia l la d i rección de cal le Belgrano Nº 166 –Departamento 3 –W3400AAB en la Ciudad de Corrientes –Provincia de Corrientes. En el mismo Acto de designa al Sr. Juan Martin Izurieta DNI: 18.532.805 en carácter de Representante Técnico de la Sucursal.Publíquese el Edicto en el Boletín Oficial Por el término de un (1) día como esta Ordenado en el Expte 221-5032-18 Caratulado ARTRANS S.A S/Insc. de Apertura de Sucursal. Inspección General de Personas Jurídicas. Corrientes 21-12-2018Dr. Juan Carlos Noya – Inspector General Nº 151 – I: 05 / 02 – V: 05 / 02
Nº 27.757 CORRIENTES, 05 DE FEBRERO DE 2019
Secretario del Interior: Dr. Fernando IrastorzaVocal 1º: Dr. Abel FernándezVocal 2º: Dr. Fernando ZalazarRevisor de Cuentas Titular: Dr. Miguel Ángel GonzálezRevisor de Cuentas Suplente: Dr. Alejandra Echazarreta
Tribunal de Ética: Dra. Olga Gorowski de Mill, Dr. Francisco Tarrago, Dr. Jorge Oliveira Dra. Acquarone Hessel Maria AndreaDra. Ojeda MercedesDra. Bengoa Nancy I: 01 / 02 – V: 07 / 02
Avisos VariosTransferencia de Fondo de Comercio
Farmacia Santa Lucia SCS
En cumplimiento de lo establecido por el Art. 2 de la ley
11.867, el Sr. Miguel ángel Lombardo DNI Nº 27.324.350,
en representación de la sociedad denominada Farmacia
Santa Lucia SCS CUIT 30-56774250-0, con domicilio en
Junín 1.298 de la ciudad de Corrientes, Provincia de
Corrientes anuncia La Transferencia del Fondo de
Comercio de propiedad de su representada, dedicado al
rubro Farmacia y Per fumería, que gira bajo la
denominación comercial de “FARMACIA SANTA LUCIA
SCS”, sita en Junín 1.298 de la ciudad de Corrientes,
Provincia de Corrientes. Pasivo a cargo de la vendedora.
Comprador: Total Pharma SRL CUIT 30-7151610-1
Domicilio San Lorenzo 914 Oficina 1 de la ciudad de
Corrientes, Provincia de Corrientes. Reclamos por el
plazo de ley en el domicilio calle Catamarca 658 de la
ciudad de Corrientes, Provincia de Corrientes.
Gerardo Ariel Franco ApoderadoNº 128-I: 04/02 –V: 08/02
Transferencia de Fondo de ComercioFarmacia Laplaza SCS
En cumplimiento de lo establecido por el Art. 2 de la ley
11.867, la Sra. María Andrea Bartolomey DNI Nº
27.324.350, en representación de la sociedad
denominada Farmacia Laplaza SCS CUIT 30-71090643-9,
con domicilio en calle 25 de mayo 538 de la localidad de
S a l a d a s , Prov i n c i a d e Co r r i e nte s a n u n c i a L a
Transferencia del Fondo de Comercio de propiedad de
su representada, dedicado al rubro Farmacia y
Perfumería, que gira bajo la denominación comercial de
“Farmacia Laplaza”, sita en calle 25 de mayo 538 de la
localidad de Saladas, Provincia de Corrientes. Pasivo a
cargo de la vendedora. Comprador: Total Pharma SRL
CUIT 30-71515610-1 domicilio San Lorenzo 914 Oficina 1
de la ciudad de Corrientes. Provincia de Corrientes.
Reclamos por el plazo de ley en el domicilio: calle
Catamarca 658 de la ciudad de Corrientes, Provincia de
Corrientes. Gerardo Ariel Franco Apoderado Nº 129-I: 04/02-V: 08/02
PAG. Nº 10
Presentar en Recepción de Avisos el comprobante
de pago y el Edicto para su publicación
CREADO POR LEY Nº 74 DEL 31 DE OCTUBRE DE 1911 DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES
GUÍA de TRÁMITES
De lunes a viernes de 7,00 a 13,00 en calle Salta Nº 450 - Telfax 0379-4475418 Email: boletinoficial.corrientes@gmail. com / [email protected]
La Publicación
a. Presencial b. Vía FAX c. Vía Correo Electrónico
En qué consiste :
La Suscripción
Cómo se puede realizar :
Dónde se realizael Pago :
Cual es el costo :
Cual es el costo :
Cómo se realizael Pago :
Quien lo debe realizar :
En qué consiste :
Con éste trámite, el usuario podrá dar a publicidad los edictos que por ley debenser dados a conocer por este medio.
Presentar el edicto enRecepción de Avisos
para su cotización.
Remitir por fax el edicto para su cotización.
Enviar por correo electrónico el edicto para su cotización
El costo se calcula según la cantidad de palabras a publicar, de conformidad con elDecreto Reglamentario Nº 2359/2003.
Abonar en Dirección General de Rentas o Banco de Corrientes
Abonar en Dirección Gral. de Rentas, Banco de
Corrientes o Sucursal
Abonar en Dirección Gral. de Rentas, Banco de Corrientes, Sucursales o remitir a nuestra oficina cheque o Giro Postal.
Lo puede realizar cualquier persona física o jurídica .
Con éste trámite, el usuario podrá : a) Acceder al Boletín Oficial publicado diariamente, retirando de nuestras oficinas o por correo electrónico en formato PDF.b) Solicitar información personal o telefónicamente sobre publicaciones en las diferentes secciones del Boletín Oficial, a partir del año 1960 o acceder por correo electrónico a ediciones digitalizadas desde el año 1997. c) En caso de solicitar ediciones que se hallan encuadernadas o no digitalizadas, se le entregan o remiten copias certificadas de las mismas. d) Adquirir colecciones anuales gravadas en CD, con costo adicional conforme al cuadro tarifario vigente
Luego del Pago : Remitir por la misma vía el Comprobante
de Pago
Enviar por el mismo medio el Comprobante
de Pago
Abonar el importe en Dirección General de Rentas o Banco de Corrientes SA o en sucursales. y Acercar el Comprobante a nuestras oficinas o remitir por fax o correoelectrónico, con los datos personales o razón social y domicilio o correo electrónico, según el medio seleccionado para suscribirse .
c. Vía Correo Electrónico
Atención al USUARIO :
Anual: $ 100,00 Semestral $ 50,00Trimestral: $ 30,00
Las condiciones y requisitos para los trámites, se hallan contemplados en la Reglamentación del Boletín Oficial y normas vigentes de la Administración Pública Provincial.
Aviso al USUARIO :
Ley Nº 5.906-Artículo 1º: La publicación del Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes, en el sito oficial del Gobierno Provincial, en la forma y condiciones y con las garantías que establezca la reglamentación, tendrá carácter oficial y auténtico,
y producirá los mismos efectos jurídicos que corresponden a su edición impresa. Sitio web: boletinoficial.corrientes.gob.ar
Nº 27.757 CORRIENTES, 05 DE FEBRERO DE 2019