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LPN/SCJN/DGRM-DABI/014/2012, PARA LA “ADQUISICIÓN DE EQUIPO DE AUDIO Y VIDEO”
ANEXO 1a
CARTA DE DOMICILIO LEGAL DE LA EMPRESA (EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)
FECHA:________________
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E
(Nombre del representante legal de la persona física o moral) actuando en nombre y
representación de (nombre de la persona física o moral), por medio del presente escrito señalo como domicilio legal para recibir y oír las notificaciones, relacionadas con el procedimiento de contratación mediante _______________________ número _______________________, así como las relacionadas con la contratación que llegare a celebrar con los órganos del Poder Judicial de la Federación, el ubicado en Calle ______________ número exterior _________, número interior________, Colonia __________, Delegación o Municipio ___________, Código Postal __________, Ciudad ______________________.
Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.
ATENTAMENTE
Nombre y firma del representante legal
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ANEXO 1b
CARTA PROTESTA DE NO IMPEDIMENTOS PARA CONTRATAR (PERSONAS FÍSICAS Y MORALES)
(EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)
FECHA:________________
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E
(Nombre de la persona física o del representante legal de la empresa licitante) actuando a
nombre y representación de (Nombre de la empresa licitante). Por medio del presente
manifiesto bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que
declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial, que conocemos el Acuerdo General
de Administración VI/2008, de fecha 25 de septiembre de 2008, y no nos encontramos en
ninguno de los supuestos a que se refieren los artículos 48, fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII,
VIII y X, así como 58 fracción XVI, del instrumento normativo antes referido.
Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.
ATENTAMENTE
Nombre y firma del participante
(persona física o representante de la persona moral)
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ANEXO 1c
CARTA DE CONFIDENCIALIDAD
(EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)
FECHA:________________
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E
(Nombre del representante o apoderado legal) actuando en nombre y representación de (Nombre de la persona física o moral). Por medio de la presente manifiesto bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial, el compromiso para guardar estricta confidencialidad y no divulgar a título personal, ni por medio de mi representada, la información recibida en la carpeta correspondiente a la ________________ número ___________________, para la __________________________________________. De la misma forma manifiesto el compromiso de no hacer uso de dicha información para propósitos diferentes en trabajos presentes o futuros que no sean ejecutados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Estamos conscientes de que los datos son exclusiva propiedad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, razón por la cual nos obligamos a devolver a ese Alto Tribunal, toda la documentación recibida, sin haber obtenido copia de esta a la entrega de nuestra propuesta. En nombre de mi representada, protesto que conocemos el alcance de nuestro compromiso y las consecuencias legales que de su incumplimiento deriven, conforme a la Ley de Propiedad Industrial, Código Penal Federal y demás disposiciones legales aplicables, las cuales aceptamos en esta manifestación.
ATENTAMENTE
Nombre y firma del representante o apoderado legal
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ANEXO 1d
ANTECEDENTES DE PARTICIPACIÓN (EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)
FECHA:________________
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E
(Nombre del representante legal de la persona física o moral) actuando en nombre y
representación de (nombre de la persona física o moral), por medio del presente escrito señalo que mi representada ha participado en los siguientes procedimientos de contratación en la Suprema Corte de Justicia de la Nación:
Número de la licitación o concurso Fecha
Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.
ATENTAMENTE
Nombre y firma del representante legal
“BASES DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LPN/SCJN/DGRM-DABI/014/2012, PARA LA “ADQUISICIÓN DE EQUIPO DE AUDIO Y VIDEO”
ANEXO 2b
CARTA CUMPLIMIENTO DE NORMAS
(EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)
FECHA:________________
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E
Declaro bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial, que los bienes ofertados cumplen con las normas de calidad nacionales e internacionales conforme a la Ley Federal de Metrología y Normalización y demás disposiciones aplicables que para cada partida resulten aplicables especificadas en el Anexo 2a “Requerimiento Técnico”.
Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.
ATENTAMENTE
Nombre y firma del representante ó apoderado legal
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ANEXO 2c
CARTA DE DISTRIBUIDOR AUTORIZADO O FABRICANTE (EN PAPEL MEMBRETADO)
FECHA:________________
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E
(Nombre del representante legal de la empresa) actuando a nombre y representación de (Nombre de la empresa). Por medio del presente manifiesto bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial que la empresa (Nombre de la empresa fabricante/titular de la patente) es fabricante y/o tiene titularidad de derechos para fabricar, distribuir y comercializar la(s) marca(s) _______________ de los bienes ofertados.
ATENTAMENTE
Nombre y firma del representante ó apoderado legal
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ANEXO 3
Formato de propuesta económica
(EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)
FECHA DE LA PROPUESTA ECONÓMICA:
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL PARTICIPANTE:
RFC: ______________________________
Pa
rtid
a
DESCRIPCIÓN CORTA UNIDAD DE
MEDIDA
COLUMNA “A”
COLUMNA “B”
COLUMNA “C”
COLUMNA “D”
COLUMNA “E”
COLUMNA “F”
COLUMNA “G”
MARCA CANTIDAD PRECIO UNITARIO
(MENSUAL) ANTES DE I.V.A.
DESCUENTOS
SUBTOTAL ANTES DE I.V.A.
“B” X “C”-“D”
16% IVA
“E” X 16%
TOTAL NETO
“E” + “F”
1 Pza.
2 Pza.
3 Pza.
4 Pza.
5 Pza.
6 Pza.
7 Pza.
∑ ∑ Pza.
T O T A L E S
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ANEXO 3
Las operaciones aritméticas se deberán efectuar con redondeo a dos decimales. Importe total global en letra: __________________________________________________. Vigencia de propuesta económica: Manifestación de que los precios ofertados serán en moneda nacional o dólares y no serán sujetos a ningún ajuste y que estarán vigentes hasta la prestación total de los servicios. De conformidad con lo señalado en los numerales 9 y 19 de las bases de la licitación, especificar:
a) Plazo de entrega y prestación de los servicios. b) Plazo y forma de pago. c) Nombre y firma del representante legal.
d) Las propuestas presentadas en dólares se pagarán en moneda nacional conforme al tipo de cambio publicado en el Diario Oficial de la Federación, el día de la presentación de la factura
correspondiente en la Dirección General de Presupuesto y Contabilidad. e) Si se presentan propuestas en dólares, el tipo de cambio que se considerará para fines de la evaluación de las propuestas será el publicado en el Diario Oficial de la Federación en la
fecha de la sesión de presentación de documentación legal y financiera y apertura de propuestas técnicas y económicas. Los servicios de instalación se pagaran hasta que se hayan entregado la totalidad de los bienes.
f) El precio ofertado no será sujeto a ningún ajuste y cualquier error en el mismo será de la estricta responsabilidad del licitante, de conformidad con lo señalado en el numeral 11.5.7 de las bases.
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ANEXO 4
FIANZA DE GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
AG
Para garantizar el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que “el Proveedor” asume con la celebración del presente contrato, así como para el pago de las penas estipuladas y posibles pagos en exceso, se obliga a otorgar fianza de compañía legalmente autorizada por el equivalente al 10% del monto total del mismo, sin contar con el impuesto al valor agregado, esto es por la cantidad de $___,___.__ (______________________________________ pesos __/100 moneda nacional), y hasta 20% más en el supuesto de que por algún motivo deba incrementarse el costo de los bienes contratados. La presente garantía, deberá contratarse de modo que esté vigente hasta que los bienes materia del contrato de referencia hayan sido prestados en su totalidad y a entera satisfacción de “la Suprema Corte” y se haya presentado el acta de entrega-recepción correspondiente. Dicha fianza sólo podrá ser cancelada con el consentimiento expreso y por escrito de “la Suprema Corte”. I. En la póliza de fianza que se expida por la institución autorizada, deberá constar la siguiente leyenda: "- Nombre de la afianzadora- en ejercicio de la autorización que le fue concedida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de conformidad con lo dispuesto en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, se constituye ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación en fiadora hasta por la cantidad de $___,___.__ (______________________________________ pesos __/100 moneda nacional) y hasta un 20% más en el supuesto de que por algún motivo deba incrementarse el costo de los bienes contratados para garantizar por parte de _______________________, S.A. de C.V., con domicilio en _______________________________________________________________, código postal ___________, el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo, derivadas del contrato número SCJN/DGRM/__-___/__/2012, celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y _______________________________, S.A. de C.V., con un monto total contratado que asciende a la cantidad de $___,___.__ (____________________________________________________________ pesos __/100 moneda nacional) sin incluir el correspondiente impuesto al valor agregado. “La afianzadora” expresamente declara que: - La presente fianza se expide de conformidad con lo establecido en el “Acuerdo General de Administración VI/2008 del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y bienes requeridos por este Tribunal” y en el contrato número SCJN/DGRM/__-___/__/2012, celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y _______________________________, S.A. de C.V., con el objeto de__________________________, con un monto total contratado que asciende a la cantidad de $___,___.__ (____________________________________________________________ pesos __/100 moneda nacional), sin incluir el impuesto al valor agregado. - La fianza se otorga atendiendo a las estipulaciones contenidas en el contrato número SCJN/DGRM/__-___/__/2012. - La presente fianza tendrá vigencia desde la fecha de su expedición y hasta que los bienes materia del contrato de referencia hayan sido prestados en su totalidad y recibidos a satisfacción de “la Suprema Corte” y sólo podrá ser cancelada con el consentimiento expreso y por escrito de “la Suprema Corte”.
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- De existir recursos legales o juicios relacionados con el contrato número SCJN/DGRM/__-___/__/2012, la fianza otorgada tendrá vigencia durante su substanciación y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente. - La afianzadora acepta someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para la efectividad de la fianza, aún para el caso de que procediera el cobro de intereses, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida. - La fianza garantiza el cumplimiento total de lo contratado, aun cuando exista subcontratación con la autorización expresa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, así como penas convencionales y los intereses correspondientes por pagos en exceso ó accesorios que correspondan. - La Suprema Corte o la Tesorería de la Federación, podrán reclamar el pago de la cantidad establecida en la presente póliza de fianza, conforme a los procedimientos señalados en los artículos 93 y 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas. -La presente fianza podrá ser liberada a “el Proveedor” siempre y cuando “la Suprema Corte” emita su consentimiento por escrito en el que conste el cumplimiento del contrato. - La presente fianza garantizará la obligación principal del contrato debiendo cubrir el importe correspondiente a la obligación principal, así como los intereses por pagos en exceso y/o penas convencionales que se llegaren a determinar. Tratándose de prórrogas en el plazo de ejecución pactadas en algún instrumento de la misma naturaleza del contrato original, la presente fianza quedará vigente por un plazo igual al acordado en el convenio modificatorio que en su caso llegare a suscribirse o el que corresponda al plazo de atraso. De existir incremento al monto, la fianza cubrirá hasta un 20% adicionalmente al originalmente pactado. -Para la interpretación y cumplimiento de las estipulaciones contenidas en el presente contrato de fianza así como en caso de controversia siempre que una de las partes en contienda sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la institución de fianzas se somete expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, órgano competente para interpretar y hacer cumplir lo pactado en este contrato en términos de lo dispuesto en el artículo 11, fracción XX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, renunciando en forma expresa a cualquier otro fuero que en razón de su domicilio tengan o llegaren a tener. II. Las partes convienen en que la fianza deberá ser presentada dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que se firme el contrato; en caso de que transcurrido el plazo señalado no se hubiere presentado la fianza en la forma y términos pactados, “la Suprema Corte” podrá rescindir el presente contrato. “El Proveedor “ por medio de este instrumento renuncia expresamente al derecho de compensación que pudiera hacer valer en contra de la Suprema Corte“ dando esta renuncia cumplimiento a lo que establece el párrafo último del artículo 118 Bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas. Las partes convienen que la presente garantía será exigible cuando “el Proveedor” incumpla cualquiera de las cláusulas previstas en el presente instrumento.
CONTRATO NÚMERO SCJN/DGRM/DABI-000/00/2012
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CONTRATO DE COMPRAVENTA DE EQUIPO DE AUDIO Y VIDEO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, EN LO SUCESIVO “LA SUPREMA CORTE", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL LICENCIADO RODOLFO HÉCTOR LARA PONTE, EN SU CARÁCTER DE OFICIAL MAYOR, Y POR LA OTRA, LA EMPRESA DENOMINADA ________________________, S.A. DE C.V., EN LO SUCESIVO “EL PROVEEDOR” REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR ____________ ______________ ______, EN SU CARÁCTER DE APODERADO ____________, A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES IDENTIFICARÁ COMO “LAS PARTES” AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
I. DE “LA SUPREMA CORTE” QUE: I.1. Es uno de los órganos depositarios del Poder Judicial de la Federación en términos de lo dispuesto en los artículos 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1º, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. I.2. Requiere adquirir diverso equipo de audio y video para el proyecto de República de El Salvador (equipamiento para 2 estudios), el cual se describe de manera detallada en la cláusula primera del presente contrato. I.3. El Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones, en su _______ sesión _________ celebrada el día ______ de _______ de dos mil doce, emitió el fallo de la Licitación Pública Nacional LPN/SCJN/DGRM-DABI/014/2012, conforme a lo establecido en el artículo 73 del Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal. La suficiencia presupuestal se encuentra contemplada en el Programa Anual de Necesidades 2012, para cubrir las erogaciones provenientes del presente contrato y se encuentra disponible en las partidas presupuestales números ________ denominadas “____________________________” del Presupuesto autorizado para el ejercicio 2012. Respecto del ejercicio 2013, los recursos quedarán sujetos a la autorización del Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente, en atención al artículo 50 de la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y a lo dispuesto en el último párrafo de la fracción II del artículo 35 del Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal. . I.4. El licenciado Rodolfo Héctor Lara Ponte, en su carácter de Oficial Mayor de “la Suprema Corte”, está facultado para suscribir el presente contrato, según lo dispuesto en el artículo 13, fracción XIX, del Reglamento Interior en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. I.5. Cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes expedido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público SCJ9502046P5 a nombre de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. I.6. Para todo lo relacionado con el presente contrato señala como su domicilio el ubicado en la calle de José María Pino Suárez número 2, Colonia Centro de la Ciudad de México, delegación Cuauhtémoc, código postal 06060, Distrito Federal. II. DE “EL PROVEEDOR” QUE: II.1. Acredita ser una sociedad mercantil legalmente constituida y registrada conforme a las leyes mexicanas, en términos de la escritura pública número
CONTRATO NÚMERO SCJN/DGRM/DABI-000/00/2012
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________ de fecha __________________, otorgada ante la fe del licenciado ________________, Notario Público número ___ de _________, cuyo primer testimonio quedó inscrito en el Registro Público de Comercio en el folio mercantil número _________, de fecha __________ de ________de ________. II.2. El señor ____________ ______________ ______, cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente contrato en términos del poder que le fue otorgado en el instrumento notarial número ________ de fecha __________________, otorgada ante la fe del licenciado ________________, Notario Público número ___ de ____________, el cual no le ha sido revocado ni limitado en forma alguna. II.3. No se encuentra en ninguno de los supuestos previstos en los artículos 48 y 58, fracción XVI, del Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal. II.4. Conoce perfectamente las especificaciones técnicas de los bienes y cuenta con los elementos técnicos y capacidad económica necesarios para entregarlos y prestarlos a satisfacción de "la Suprema Corte". II.5. Cuenta con Registro Federal de Contribuyentes número ____________, otorgado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, según cédula de identificación fiscal que exhibe. II.6. Señala como domicilio para todos los efectos del presente contrato el ubicado en la Avenida __________________número ___, colonia ________, delegación ____________, código postal _______, ______________. Asimismo, manifiesta que notificará por escrito a este Alto Tribunal cualquier cambio de domicilio que realice. II.7. Para recibir los pagos derivados del presente contrato, señala la cuenta número ___________, de la institución bancaria __________, S.A., sucursal ___, con número de clave bancaria estandarizada ________________, en moneda nacional. III. DE LAS PARTES QUE: III.1. Se reconocen mutuamente la personalidad jurídica con la que comparecen por conducto de sus representantes para la celebración del presente instrumento sin mediar vicio del consentimiento alguno y manifiestan que todas las comunicaciones que se realicen entre ellas se dirigirán a los domicilios indicados en los antecedentes I.6 y II.6 de este instrumento.
C L Á U S U L A S
PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO. En los términos y condiciones de este contrato, “el Proveedor” se obliga a proporcionar a “la Suprema Corte” diverso equipo de audio y video para el proyecto de República de El Salvador (equipamiento para 2 estudios), el cual se describe a continuación:
PARTIDA CANTIDAD DESCRIPCIÓN COSTO UNITARIO COSTO TOTAL
1 2 MEZCLADOR DE
VIDEO HD
2 2 MEZCLADOR DE AUDIO DIGITAL
3 10 MAQUINAS DE
VIDEOGRABACIÓN
4 6 GRABADORES
REPRODUCTORES DE DVD
5 1
SISTEMA DE TELEPROMTER
COMPLETO PARA 3 CÁMARAS
CONTRATO NÚMERO SCJN/DGRM/DABI-000/00/2012
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6 6
JUEGO DE 2 MONITORES DE
AUDIO PARA ESTUDIO (BOCINAS ESTUDIO Y
CABINA)
7 5
CÁMARAS VERSIÓN ESTUDIO COMPLETAS HDK-55, INCLUYENDO
PEDESTAL
8 1 SISTEMA DE
INTERCOMUNICACIÓN COMPLETO
9 4 TIRAS DE PARCHEO
PARA AUDIO
10 4 TIRAS DE PARCHES
DE VIDEO
11 4 RACKS DE 40 UNIDADES.
12 2
SISTEMA MULTIVIEWER DE 32
ENTRADAS CON 2 PANTALLAS LED DE
60 PULGADAS
13 1
GENERADOR DE GRÁFICOS Y
CARACTERES DE 2 CANALES HD
14 4 MONITOR FORMA DE
ONDA
15 8 PANEL DE 2
MONITORES DE 9 PULGADAS
16 10 PANEL DE 3
MONITORES DE 5 PULGADAS
17 4
CHAROLAS CON TARJETAS DE
DISTRIBUCIÓN Y FUENTE
REDUNDANTE.
18 2
GENERADOR DE SEÑALES DE
REFERENCIA Y PRUEBA,
MULTIFORMATO, AMARRE EXTERNO E
INTERNO.
19 4 MONITOR DE AUDIO
MULTIFORMATO
20 4 CONMUTADOR DE
SEÑALES DE VIDEO
21 1
MUEBLES PARA INSTALACIÓN DE
EQUIPOS DE T.V. EN 2 CABINAS Y CONTROL
MAESTRO.
22 4 MICRÓFONO
LAVALIER ALAMBRICOS
23 4 MICRÓFONO DE
MANO ALAMBRICOS
24 6
SISTEMA O KIT DE MICROFONOS
INALAMBRICOS UHF-R (DUAL CHANEL
COMBO)
25 2 SISTEMA DE
DISTRIBUCIÓN DE ANTENAS
26 2 AMPLIFICADOR
DISTRIBUIDOR PARA AURICULARES
27 2 HIBRIDO TELEFONICO
28 2 SCAN CONVERTER
29 1
CABLES Y CONECTORES DE
AUDIO Y VIDEO PARA INSTALACIÓN.
30 2
GRABADOR PROFESIONAL DE CD CON CAPACIDAD DE REPRODUCIR MP3
31 2 PROCESADOR DE
AUDIO
32 4 SINCRONIZADORES
DE CAMPO
33 10 ELIMINADORES DE
HUM DE VIDEO
34 10 ELIMINADORES DE
HUM DE AUDIO
35 1 INSTAN REPLAY DE
CONTRATO NÚMERO SCJN/DGRM/DABI-000/00/2012
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AUDIO
36 2 SISTEMA DE MONITOREO PERSONAL
37 2 MODULADOR DE RF
DE CANAL FIJO
38 2 GRABADOR
REPRODUCTOR DE VIDEO HD
Los bienes anteriormente señalados deberán ser nuevos y originales y cumplir con la Ley Federal de Metrología y Normalización, así como con las demás disposiciones aplicables en la materia. Las características de los bienes no especificadas en esta cláusula, se contienen en la propuesta técnica presentada por "el Proveedor", de __________ de ___________ de dos mil ______, documento que forma parte integrante del presente contrato y se agrega a él como Anexo “1”. Para efectos de la obligación antes señalada “el Proveedor” se compromete a entregar los bienes y “la Suprema Corte” a efectuar su pago.
SEGUNDA. MONTO DEL CONTRATO. “La Suprema Corte" cubrirá a “el Proveedor” como precio por la entrega de los bienes mencionados en la cláusula primera de este contrato, hasta la cantidad de USD$_______________.00 (________________________ dólares americanos 00/100 moneda extranjera), más el 16% del impuesto al valor agregado equivalente a USD$__,____.__ (____________________ dólares americanos 00/100 moneda extranjera), dando un importe total de USD$_’___________.__ (______________________ dólares americanos __/100 moneda extranjera). “El Proveedor” se obliga a respetar los precios y condiciones de pago pactados en este instrumento. Cualquier otra característica en el monto no especificada en esta cláusula, se contiene en la propuesta económica presentada por "el Proveedor", el ___________ dos mil doce, con motivo de su participación en la Licitación Pública Nacional LPN/SCJN/DGRM-DABI/014/2012, documento que forma parte integrante del presente contrato y se agrega a él como Anexo “2”.
TERCERA. AJUSTE DE PRECIOS. Las partes convienen que no existirá obligación alguna por parte de “la Suprema Corte” de otorgar incrementos o ajustes de precios a “el Proveedor” durante la vigencia del presente instrumento, por lo que los precios unitarios y totales contenidos en el mismo se mantendrán firmes hasta su total entrega. CUARTA. FORMA DE PAGO. “La Suprema Corte” realizará el pago en una sola exhibición por el por el 100%
del monto total de los equipos, por la cantidad de USD $________.00 (____________________________________dólares americanos 00/100 moneda extranjera), más el 16% del impuesto al valor agregado equivalente a USD $______.00 (_____________________________dólares americanos 00/100 moneda extranjera), con un importe total neto de USD $_________.50 (____________________________dólares americanos 00/100 moneda extranjera) incluido el 16% del impuesto al valor agregado. El pago único por los equipos, serán pagaderos en moneda nacional conforme a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos y conforme al tipo de cambio que publique el Diario Oficial de la Federación en la fecha de la presentación de la factura en la Dirección General de Presupuesto y Contabilidad. Las facturas antes referidas deberán cumplir con los requisitos de ley y con los datos señalados en las declaraciones I.5 y I.6 de este instrumento. Los pagos procedentes se realizarán a los ocho días hábiles siguientes a la presentación de la factura correspondiente, en la Dirección General de Presupuesto y Contabilidad de “la Suprema Corte”, previa verificación de la recepción de los bienes a entera satisfacción de “la Suprema Corte” y deberá estar debidamente validada por el Administrador del Contrato; Asimismo, “las Partes” convienen que si el día octavo es inhábil el pago se recorrerá al siguiente día hábil.
CONTRATO NÚMERO SCJN/DGRM/DABI-000/00/2012
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La documentación se presentará en la Dirección General de Presupuesto y Contabilidad, ubicada en Calle de 16 de Septiembre No. 38, planta baja, Colonia Centro de la Ciudad de México, Código Postal 06000, Delegación Cuauhtémoc, Distrito Federal, en el siguiente horario: lunes y miércoles de 8:30 a 14:00 horas; para lo cual “el Proveedor” deberá anexar los siguientes documentos:
I. Carta membretada en la que se indiquen sus datos bancarios (original):
a. Cuenta b. Clave bancaria estandarizada a 18 posiciones (CLABE) c. Banco d. Sucursal e. Beneficiario
II. Factura a nombre de la Suprema Corte de Justicia de la
Nación, con número de Registro Federal de Contribuyentes SCJ 950204 6P5, que cumpla con los requisitos fiscales establecidos por la legislación en la materia, con el Impuesto al Valor Agregado desglosado (original).
III. Entrada al Almacén, emitida por la Dirección de Almacenes,
debidamente sellada y firmada, en donde conste el registro de dicha recepción a entera satisfacción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (original).
IV. Copia de oficio en el que la Dirección General del Canal Judicial valida que todos los bienes se hayan entregado y el término de todos los trabajos respectivos.
V. Copia del instrumento contractual para efectos de pago.
VI. En su caso, copia de la póliza de fianza de cumplimiento del
instrumento contractual dictaminada. No se realizará el pago de facturas de bienes o servicios que no se hayan recibido y prestado en su totalidad y a entera satisfacción de “la Suprema Corte”. Los pagos que realice “la Suprema Corte” a favor de “el Proveedor” sólo podrán realizarse mediante depósito en la cuenta de cheques señalada en la declaración segunda, apartado II.7 de este instrumento, la que podrá sustituirse mediante escrito firmado por el Apoderado General de “el Proveedor”. QUINTA. IMPUESTOS. Cada una de “las partes” acepta que se hará responsable de los impuestos que pagará con motivo de la celebración del presente contrato. SEXTA. PAGOS EN EXCESO. Tratándose de pagos en exceso que haya recibido “el Proveedor”, deberá reintegrar las cantidades respectivas más los intereses conforme a la tasa que fije la Ley de Ingresos de la Federación para los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días calendario desde la fecha del pago a “el Proveedor”, hasta la fecha en que sean entregadas dichas cantidades a “la Suprema Corte”. SÉPTIMA. MULTIANUALIDAD. Toda vez que la prestación de los servicios de mantenimiento preventivo y correctivo abarcarán cuatro ejercicios presupuestales, los pagos descritos en las cláusulas segunda y cuarta del presente instrumento, estarán condicionados a que “la Suprema Corte” cuente con los recursos presupuestales destinados para tales efectos para los años dos mil trece, dos mil catorce y dos mil quince. En tal virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 50, de la Ley Federal de Presupuesto Responsabilidad Hacendaria, a continuación se desglosan los recursos presupuestales correspondientes a cada ejercicio:
CONTRATO NÚMERO SCJN/DGRM/DABI-000/00/2012
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EJERCICIO IMPORTE
2012
2013
TOTAL*
*Los montos anteriores no contemplan los impuestos aplicables. OCTAVA. PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA DE LOS BIENES. “El Proveedor” se compromete a entregar los bienes descritos en la cláusula primera del presente contrato en un plazo que no deberá exceder del quince de abril de dos mil trece; asimismo, se aceptarán entregas parciales dentro del plazo estipulado y se sujetará a lo siguiente:
Los bienes se entregarán en el Almacén General de la Dirección General de Recursos Materiales ubicado en Calzada Ignacio Zaragoza, No. 1340, Colonia Juan Escutia, Código Postal 09100, México, Distrito Federal. En ningún caso, la entrega e instalación de los bienes deberá rebasar el referido plazo. En caso de que esto no sea posible por causas imputables a “la Suprema Corte”, dicho plazo se contará a partir de la fecha que por escrito le señale “la Suprema Corte” a “el Proveedor”. Por así convenir a los intereses de “la Suprema Corte”, o por caso fortuito o fuerza mayor, podrán realizarse entregas parciales de algunos de los bienes descritos en la cláusula primera del presente contrato. Estas entregas se programarán por la Dirección General del Canal Judicial y se llevarán a cabo mediante solicitud por escrito a “el Proveedor”. NOVENA. PROCESO DE RECEPCIÓN Y VERIFICACIÓN DE LOS BIENES. “El Proveedor” se obliga a entregar en los términos pactados en las bases de la Licitación Pública Nacional LPN/SCJN/DGRM-DABI/014/2012, los bienes adquiridos, así como a completar y, en su caso, a sustituir los bienes defectuosos o faltantes una vez que se haya realizado el proceso de recepción correspondiente por parte de la Dirección de Almacenes adscrita a la Dirección General de Recursos Materiales de “la Suprema Corte”. Posteriormente, la referida Dirección General de Recursos Materiales en un plazo no mayor a tres días hábiles, extenderá a “el Proveedor” la constancia de entrega-recepción de los bienes o la solicitud de entrega de los bienes faltantes y, en su caso, de requerimiento de la reposición de los que se encuentren defectuosos. En caso de vicios ocultos o defectos de fabricación deberá sustituirlo por otro igual al originalmente ofertado. Los materiales que estén fuera de especificaciones o presenten defectos que imposibiliten su uso adecuado y oportuno antes de su aceptación o bien después y dentro de los diez días hábiles siguientes deberán ser reemplazados por productos nuevos por parte de “el Proveedor”, sin ningún costo adicional para “la Suprema Corte”. Lo anterior, sin menoscabo de las garantías que “el Proveedor” debe otorgar respecto de los bienes adquiridos. En la recepción de los bienes, así como durante el periodo de garantía, “la Suprema Corte” podrá realizar pruebas a los bienes en forma aleatoria para comprobar que cumplan con las especificaciones y calidad de fabricación. Si derivado de las pruebas aleatorias, se advierte que algún bien no cumple con las especificaciones y calidad, “el Proveedor” deberá sustituirlo dentro de un periodo de diez días cuando se haya vencido del plazo de entrega señalado en la cláusula octava del presente contrato. En caso de que los bienes no sean sustituidos, se aplicarán las penas convenidas. En caso de que de las revisiones se advierta que el 30% de los bienes no cumplan con las especificaciones y calidad, “la Suprema Corte” podrá optar a su elección por la sustitución de los bienes o por la rescisión total del presente contrato, más la aplicación de la garantía correspondiente y, en su caso, la pena convencional que resulte aplicable.
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Asimismo, “la Suprema Corte” estará en posibilidad de solicitar la verificación de la autenticidad y licitud de los bienes a los fabricantes o distribuidores autorizados. “El Proveedor” será responsable de la integridad de los bienes adquiridos por “la Suprema Corte”, hasta que sean entregados y recibidos a entera satisfacción en el lugar de su destino final, por lo que, el riesgo correrá a cargo del “el Proveedor” hasta ese momento, bajo los siguientes términos:
I. El tipo de transporte a utilizar será aquel que “el Proveedor” considere conveniente y que garantice la entrega oportuna, así como que los bienes sean entregados en óptimo estado, con el empaque necesario para evitar daños en el transporte y soportar las maniobras a las que estarán sujetos, a prueba de humedad y polvo; de forma que preserven su calidad y condiciones óptimas durante el transporte, manejo y almacenaje, sin merma de su vida útil.
II. “El Proveedor” será responsable de cubrir los costos de traslado y seguro de los bienes, desde sus instalaciones, hasta el lugar de destino final. Para la entrega de los bienes deberá presentarse la información y documentación necesaria para su identificación, así como una copia de la factura o remisión correspondiente y, copia del contrato simplificado.
III. No será aceptada condición alguna en cuanto a cargos adicionales por concepto de fletes, maniobras de carga y descarga, seguros y otros costos adicionales para la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Responsabilidad objetiva: “El Proveedor”, responderá por los daños que se causen a las personas o bienes con motivo de la entrega de los bienes aún cuando no exista negligencia. La reparación del daño consistirá, a elección de “la Suprema Corte”, en el restablecimiento de la situación anterior, cuando ello sea posible, o en el pago de daños y perjuicios, con independencia de ejercer las acciones legales a que haya lugar. “La Suprema Corte” no recibirá los bienes en mal estado por causas imputables a “el Proveedor” o su transportista, por lo que, la aceptación de los bienes solicitados, será a entera satisfacción de “la Suprema Corte”, de acuerdo con las especificaciones descritas en los requerimientos generales (Anexos Técnicos) de las bases de la Licitación Pública Nacional
LPN/SCJN/DGRM-DABI/014/2012 y de conformidad con la propuesta técnica presentada por “el Proveedor”. “La Suprema Corte”, podrá hacer devoluciones de bienes cuando:
I. Se compruebe que no son de la calidad solicitada.
II. Presenten defectos de fabricación o deficiencias durante su uso por causas imputables a “el Proveedor”.
III. Cuando los bienes entregados no cumplan con las características técnicas solicitadas por “la Suprema Corte”.
IV. En estos casos “el Proveedor” se obliga a sustituir, sin condición alguna a “la Suprema Corte”, los bienes devueltos, dentro de los 10 días naturales siguientes a la presentación de la reclamación.
Cuando “la Suprema Corte” requiera hacer la devolución de los bienes por causas distintas a las indicadas, estas se efectuarán previo acuerdo por escrito de “las partes”, en cuyo caso se deberá efectuar la devolución de los recursos efectivamente pagados por “la Suprema Corte”, en un plazo que no exceda de 15 días hábiles, mediante depósito o cheque certificado a nombre de “la Suprema Corte”, así como los intereses que se generen hasta la fecha en que se pongan efectivamente dichas cantidades a disposición de “la Suprema Corte” y que se computarán por días calendario. La Dirección General de Recursos Materiales de “la Suprema Corte” por muestreo evaluará los bienes entregados por “el Proveedor”, con el fin de constatar que corresponden a las propuestas que cumplieron técnicamente. Atendiendo los resultados obtenidos, “la Suprema Corte” procederá conforme lo establecido en el presente contrato y en las bases de la Licitación Pública Nacional LPN/SCJN/DGRM-DABI/014/2012.
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DÉCIMA. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. Para garantizar el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que “el Proveedor” asume con la celebración del presente contrato, así como para el pago de las penas estipuladas y posibles pagos en exceso con los intereses correspondientes, se obliga a otorgar fianza de compañía legalmente autorizada por el equivalente al 10% del monto total del mismo sin contar el Impuesto al Valor Agregado, esto es, por la cantidad de USD $___,___.00 (____________________ dólares americanos 00/100 moneda extranjera), y hasta 20% más en el supuesto de que por algún motivo deba incrementarse la cantidad de los bienes adquiridos. La presente garantía, deberá contratarse de modo que esté vigente hasta que los bienes materia del contrato de referencia hayan sido recibidos en su totalidad y a entera satisfacción de “la Suprema Corte” y se haya presentado el acta de entrega-recepción correspondiente. Dicha fianza sólo podrá ser cancelada con el consentimiento expreso y por escrito de “la Suprema Corte”. I. En la póliza de fianza que se expida por la institución autorizada, deberá constar la siguiente leyenda: "- Nombre de la afianzadora- en ejercicio de la autorización que le fue concedida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de conformidad con lo dispuesto en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, se constituye ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en fiadora hasta por la cantidad de USD $___,___.00 (____________________ dólares americanos 00/100 moneda extranjera), y hasta un 20% más en el supuesto de que por algún motivo debe incrementarse la cantidad de los bienes adquiridos o el plazo de ejecución para garantizar, por parte de la empresa ________________________, S.A. DE C.V. con domicilio en Avenida __________________número ___, colonia ________, delegación ____________, código postal _______, ______________, el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo, derivadas del contrato número SCJN/DGRM/DABI-000/00/2012, celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la empresa ________________________, S.A. DE C.V., con un monto total contratado que asciende a la cantidad de $_______________.00 (________________________ pesos 00/100 moneda nacional), más el Impuesto al Valor Agregado. "La afianzadora” expresamente declara que: - La presente fianza se expide de conformidad con lo establecido en el “Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal” y en el contrato número SCJN/DGRM/DABI-000/00/2012 celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y ________________________, S.A. DE C.V., con el objeto de garantizar el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a cargo de “el Proveedor”, relativo a ___________________________________________________, con un monto total contratado de USD $_______________.00 (________________________ dólares americanos 00/100 moneda extranjera), más el Impuesto al Valor Agregado. - La fianza se otorga atendiendo a las estipulaciones contenidas en el contrato número SCJN/DGRM/DABI-000/00/2012. - La presente fianza tendrá vigencia desde la fecha de su expedición y hasta que los bienes materia del contrato de referencia hayan sido recibidos en su totalidad y a entera satisfacción de “la Suprema Corte” y se haya presentado el acta de entrega-recepción correspondiente y sólo podrá ser cancelada con el consentimiento expreso y por escrito de “la Suprema Corte”. - De existir recursos legales o juicios relacionados con el contrato número SCJN/DGRM/DABI-000/00/2012, la fianza otorgada por “el Proveedor” tendrá plena vigencia durante la substanciación y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente.
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- La afianzadora acepta someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para la efectividad de la fianza, aun para el caso de que procediera el cobro de intereses con motivo del pago extemporáneo del importe de la fianza requerida. - La fianza garantiza el cumplimiento total de lo contratado, aún cuando exista subcontratación con la autorización expresa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. - La Suprema Corte de Justicia de la Nación o la Tesorería de la Federación, podrán reclamar el pago de la cantidad establecida en la presente póliza de fianza, conforme a los procedimientos señalados en los artículos 93 y 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas. - La presente fianza podrá ser liberada a “el Proveedor” siempre y cuando “la Suprema Corte” emita su consentimiento por escrito en el que conste el cumplimiento del contrato. - La presente fianza garantizará la obligación principal del contrato debiendo cubrir el importe correspondiente a la obligación principal, así como el pago de penas convencionales a que se haga acreedor “el Proveedor”, pagos en exceso y los intereses que correspondan por los mismos. Tratándose de prórrogas en el plazo de ejecución pactadas en algún instrumento de la misma naturaleza del contrato original, la presente fianza quedará vigente por un plazo igual al acordado en el convenio modificatorio que en su caso llegare a suscribirse o el que corresponda al plazo de atraso. De existir incremento al monto o al plazo de ejecución, la fianza cubrirá hasta un 20% adicionalmente al originalmente pactado. - Para la interpretación y cumplimiento de las estipulaciones contenidas en el presente contrato de fianza, así como en caso de controversia, siempre que una de las partes en contienda sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la institución de fianzas se somete expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, órgano competente para interpretar y hacer cumplir lo pactado en este contrato, en términos de lo dispuesto en el artículo 11 fracción XX de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, renunciando en forma expresa a cualquier otro fuero que, en razón de su domicilio, tengan o llegaren a tener." II. Las partes convienen en que la fianza deberá ser presentada dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que se firme el contrato, en caso de que transcurrido el plazo señalado no se hubiere presentado la fianza en la forma y términos pactados, “la Suprema Corte” podrá rescindir el presente contrato. “El Proveedor” por medio de este instrumento renuncia expresamente al derecho de compensación que pudiera hacer valer en contra de “la Suprema Corte”, dando con esta renuncia cumplimiento a lo que se establece en el párrafo último del artículo 118 Bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas. Las partes convienen que la presente garantía será exigible cuando “el Proveedor” incumpla cualquiera de las cláusulas previstas en el presente instrumento. DÉCIMA PRIMERA. PENA CONVENCIONAL Y SANCIÓN ECONÓMICA. En caso de incumplimiento de las obligaciones pactadas en este instrumento contractual, “la Suprema Corte” podrá aplicar a “el Proveedor” una pena convencional hasta por un 10% del monto que corresponda al valor de los bienes (sin incluir I.V.A.) que no se hayan entregado, a entera satisfacción de “la Suprema Corte”.
En caso de incumplimiento en el pazo de entrega a cargo de “el Proveedor” se aplicará una pena convencional por los atrasos que le sean imputables en la entrega de los bienes equivalente al monto que resulte de aplicar el 10 al millar por cada día natural de retraso, a la cantidad que importen los bienes pendientes de entrega, pena que no podrá exceder del 10% del monto total del contrato, sin incluir I.V.A.
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“El Proveedor” responsable del incumplimiento se hará acreedor a las sanciones previstas en laos párrafo anteriores, con independencia de que se haga efectiva las garantías de cumplimiento descrita en el presente contrato.
Las penas podrán descontarse de los montos pendientes de cubrir por parte de “la Suprema Corte” a “el Proveedor”. DÉCIMA SEGUNDA. PROPIEDAD INTELECTUAL. “El Proveedor” asume totalmente la responsabilidad para el caso de que al entregar los bienes infrinja o viole registros de patentes, marcas o derechos de autor, así como respecto a su origen y por lo tanto libera a “la Suprema Corte” de cualquier responsabilidad de carácter civil, penal, fiscal o de cualquier otra índole. DÉCIMA TERCERA. RESCISIÓN DEL CONTRATO. Las partes convienen y aceptan que “la Suprema Corte” podrá rescindir el presente contrato sin que medie declaración judicial, en caso de que “el Proveedor” deje de cumplir cualquiera de las obligaciones que asume en el presente contrato por causas que le sean imputables, o bien, en caso de ser objeto de embargo, huelga estallada, concurso mercantil o liquidación. Antes de declarar la rescisión, “la Suprema Corte” notificará por escrito las causas respectivas a “el Proveedor” en el domicilio señalado en la declaración II.6 de este instrumento, con quien en el acto se encuentre, otorgándole un plazo de quince días hábiles para que manifieste lo que a su derecho convenga y anexe los documentos que estime convenientes y vencido este plazo con su respuesta o sin ella, el órgano competente de “la Suprema Corte” resolverá sobre la procedencia de la rescisión lo que se comunicará a “el Proveedor” en su domicilio señalado en la declaración II.6 de este instrumento con quien en el acto se encuentre. Serán causas de rescisión del presente instrumento las siguientes circunstancias:
1. Si “el Proveedor” no exhibe la garantía descrita en el presente instrumento en el plazo establecido.
2. Si “el Proveedor” suspende injustificadamente la entrega de los bienes
señalados en la cláusula primera del presente contrato.
3. Si cede cualquier derecho, u obligación, derivados del presente contrato,
4. Si “el Proveedor” no entrega los bienes de conformidad con lo estipulado en su propuesta y en el presente contrato.
5. Si “el Proveedor” incurre en falsedad total o parcial respecto de la
información proporcionada para la celebración del presente contrato.
6. En general por el incumplimiento por parte de “el Proveedor” a cualquiera de las obligaciones derivadas del presente contrato.
En los supuestos a que se refiere esta cláusula, las partes convienen en que “la Suprema Corte” podrá descontarle a “el Proveedor” del monto pendiente por pagar, la pena convencional decretada por “la Suprema Corte” a que se refiere la cláusula décima primera del presente instrumento, considerando las causas que hayan motivado la rescisión y podrá hacerla efectiva con cargo a las cantidades pendientes de cubrirse por los bienes no entregados, ello independientemente de que haga efectiva la garantía de cumplimiento establecida en este contrato o se solicite a “el Proveedor” su pago ingresando el monto de la pena convencional a la Tesorería de “la Suprema Corte”. DÉCIMA CUARTA. SUPUESTOS DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, DIVERSOS A LA RESCISIÓN. El presente contrato podrá darse por terminado, además de los supuestos de rescisión a que se refiere la cláusula décima tercera de este instrumento, al cumplimentarse su objeto o bien de manera anticipada cuando existan causas justificadas o razones de interés general, en términos de lo previsto en los artículos 148, 149, 150, y 151 del Acuerdo General de Administración VI/2008.
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DÉCIMA QUINTA. SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO. Las partes acuerdan que “la Suprema Corte” podrá en cualquier momento suspender temporalmente, en todo o en parte el objeto materia de este contrato, por causas justificadas o por razones de interés general, sin que ello implique su terminación definitiva y, por tanto, el presente contrato podrá continuar produciendo todos sus efectos legales una vez desaparecidas las causas que motivaron dicha suspensión. El procedimiento de suspensión se regirá por lo previsto en el artículo 145 del Acuerdo General de Administración VI/2008. DÉCIMA SEXTA. GARANTÍA DE LOS BIENES. “El Proveedor” otorgará a “la Suprema Corte” una carta garantía de calidad por los bienes entregados que no podrá ser menor a 12 meses contados a partir de que la Dirección General de Recursos Materiales de “la Suprema Corte” haya recibido a entera satisfacción cada uno de los bienes, contra cualquier vicio oculto o defecto de fabricación, comprometiéndose “el Proveedor” a sustituirlo por otro igual al originalmente ofertado. Los materiales que estén fuera de especificaciones o presenten defectos que imposibiliten su uso adecuado, después y dentro de los diez días hábiles siguientes a la reclamación, deberán ser reemplazados por productos nuevos, por parte de “el Proveedor”, sin ningún costo adicional para “la Suprema Corte”. DÉCIMA SÉPTIMA. MODIFICACIÓN AL CONTRATO. Las partes convienen y aceptan que cualquier modificación al presente instrumento procederá sólo por causas excepcionales plenamente justificadas a solicitud y por acuerdo de las partes y plena aprobación de los órganos competentes de “la Suprema Corte” de conformidad con lo previsto en los artículos 77, 143, fracción I, y 162 del Acuerdo General de Administración VI/2008, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación del veinticinco de septiembre de dos mil ocho. DÉCIMA OCTAVA. ADMINISTRADOR DEL CONTRATO. “La Suprema Corte” designa al Director de ________________ de la Dirección General del Canal Judicial de “la Suprema Corte” como “ADMINISTRADOR” del presente contrato, quien tendrá las facultades para supervisar su estricto cumplimiento, por lo que podrá revisar e inspeccionar las actividades que desempeñe “el Proveedor” y girar las instrucciones que considere oportunas, así como verificar que los bienes cumplan con las especificaciones señaladas en el presente contrato. Asimismo el Director General del Canal Judicial, podrá nombrar al administrador o administradores del presente contrato, lo que se informará por escrito a “el Proveedor”. DÉCIMA NOVENA. INEXISTENCIA DE LA RELACIÓN LABORAL. Todas las personas que intervengan para la realización del objeto de este contrato, serán trabajadores de “el Proveedor”, por lo que de ninguna manera existirá relación laboral entre ellos y “la Suprema Corte”. Será responsabilidad de “el Proveedor” cumplir con todas las obligaciones que a cargo de los patrones establecen las disposiciones que regulan SAR, INFONAVIT, Seguro Social y las contempladas en la Ley Federal del Trabajo; por tanto, responderá a todas las reclamaciones administrativas y juicios de cualquier orden que los trabajadores de “el Proveedor” presenten en su contra o de “la Suprema Corte”, en relación con la compraventa motivo del presente contrato. El costo que implique el cumplimiento de estas obligaciones correrán a cargo de “el Proveedor” el que será el único responsable de las obligaciones adquiridas con sus trabajadores. “La Suprema Corte” estará facultada para requerir a “el Proveedor” los comprobantes de afiliación de sus trabajadores al IMSS, así como los comprobantes de pago de las cuotas al SAR, INFONAVIT e IMSS. En caso de que alguno o algunos de los trabajadores de “el Proveedor” ejecuten o pretendan ejecutar alguna reclamación administrativa o juicio en contra de “la Suprema Corte”, “el Proveedor” deberá rembolsar la totalidad de
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los gastos que erogue “la Suprema Corte” con motivo de las demandas instauradas por concepto de traslado, viáticos, hospedaje, transportación, alimentos y demás inherentes, con el fin de acreditar ante la autoridad competente que no existe relación laboral alguna con los mismos y deslindar a “la Suprema Corte” de cualquier tipo de responsabilidad en ese sentido. Las partes acuerdan que el importe de los referidos gastos que se llegaran a ocasionar podrá ser deducido por “la Suprema Corte” de las facturas que se encuentren pendientes de pago, independiente de las acciones legales que se pudieran ejercer. VIGÉSIMA. INTRANSMISIBILIDAD DE LOS DERECHOS DERIVADOS EN EL PRESENTE CONTRATO. "El Proveedor" no podrá ceder, gravar, transferir o afectar bajo cualquier título todo o parte de los derechos y obligaciones que adquiere con motivo del presente contrato, con excepción de los derechos de cobro, con la autorización del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones de “la Suprema Corte”. VIGÉSIMA PRIMERA. CONFIDENCIALIDAD, FOMENTO A LA TRANSPARENCIA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. Las partes están de acuerdo en que el presente instrumento constituye información pública en términos de lo dispuesto en los artículos 1°, 7°, y 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, por lo que los gobernados podrán realizar su consulta. Sin embargo, de conformidad con lo establecido en el artículo 71 del Acuerdo General de la Comisión de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación del nueve de julio de dos mil ocho, relativo a los órganos y procedimientos para tutelar en el ámbito de este Alto Tribunal los derechos de acceso a la información, a la privacidad y a la protección de datos personales garantizados en el artículo 6° Constitucional, “el Proveedor” se obliga a guardar secreto y a no divulgar por medio de publicaciones, conferencias, informes o cualquier otro medio de comunicación, aún electrónico, los datos personales a que tenga acceso con motivo de la documentación que maneje o conozca al desarrollar las actividades objeto del presente contrato, así como los resultados obtenidos en los trabajos contratados. En caso de incumplimiento “la Suprema Corte” podrá exigir el pago correspondiente al 10% del monto total de este instrumento, por concepto de indemnización. VIGÉSIMA SEGUNDA. LEGISLACIÓN APLICABLE. El acuerdo de voluntades previsto en este instrumento contractual se rige por lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Reglamento Interior en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y en lo no previsto en estos por el Código Civil Federal, Código Federal de Procedimientos Civiles, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y la Ley Federal del Procedimiento Administrativo en lo conducente. VIGÉSIMA TERCERA. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. Las partes manifiestan y convienen que el presente acuerdo de voluntades fue pactado con fundamento en los artículos 1794 y 1796 del Código Civil Federal vigente, por lo que el plazo de entrega fue acordado con independencia de que, debido a los trámites y gestiones internas, el contrato se formalice en fecha posterior a la propia entrega. VIGÉSIMA CUARTA. PREVALENCIA DE BASES. Las partes aceptan que, en caso de que se actualice alguna discrepancia u omisión entre las bases de la Licitación Pública Nacional LPN/SCJN/DGRM-DABI/014/2012 y el presente contrato, prevalecerá lo estipulado en aquellas sobre el presente instrumento jurídico.
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VIGÉSIMA QUINTA. TRIBUNAL COMPETENTE. Para la interpretación y cumplimiento de las estipulaciones contenidas en el presente contrato, las partes se someten expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, órgano competente para interpretar y hacer cumplir lo pactado en el mismo, renunciando en forma expresa a cualquier otro fuero que en razón de su domicilio o vecindad tengan o llegaren a tener, en términos de lo dispuesto en el artículo 11, fracción XX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. VIGÉSIMA SEXTA. ANEXOS. Forman parte integrante del presente contrato como anexos: Forman parte integrante del presente instrumento los siguientes anexos:
La Propuesta Técnica de “el Proveedor”, como Anexo “1”. La Propuesta Económica de “el Proveedor”, como Anexo “2”.
Leído y explicado el presente contrato y al estar de acuerdo en su contenido y alcance, se firma con la conformidad de las partes, por triplicado, en México, Distrito Federal, el ______________ de ________ de dos mil doce.
POR “LA SUPREMA CORTE”
LICENCIADO RODOLFO HÉCTOR LARA PONTE
OFICIAL MAYOR
POR “EL PROVEEDOR”
____________ ______________ ______ APODERADO ____________
________________________, S.A. DE C.V.
LICENCIADA MARÍA ESTHER HERNÁNDEZ Y CHÁVEZ
DIRECTORA GENERAL DE RECURSOS MATERIALES
LICENCIADO JOSÉ ENRIQUE RODRÍGUEZ MARTÍNEZ
DIRECTOR GENERAL DEL CANAL JUDICIAL
____________________________________________________________
DIRECTOR DE _____________ DIRECCIÓN GENERAL DEL CANAL JUDICIAL
AVALA QUE LOS ALCANCES DE LOS BIENES A CONTRATAR, SON
PRECISAMENTE LOS QUE DARÁN SATISFACCIÓN A SU REQUERIMIENTO
(ADMINISTRADOR DEL CONTRATO)
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ANEXO TÉCNICO.
Partida Concepto Cantidad solicitada
Unidad de medida
Marca y/o modelo
1 MEZCLADOR DE VIDEO EN HD
2 PZA SIN MARCA
MEZCLADOR DE VIDEO EN HD
Mezclador de 3 MLE (3 Bancos)
Mezclador de 32 entradas con panel de control que incluya botonera para asignar fuentes a las
salidas auxiliares.
Mezclador de 16 salidas. Programables
Operación en Alta definición y en Definición Estándar en forma simultánea, sin utilizar
convertidores externos. Que se puedan integrar imágenes SD en la producción HD sin la up-conversión. Que las entradas de puedan configurar en campo para funcionar para señales HD y SD.
Que cuente con pantalla de touch screen para su configuración.
4 Keyers por MLE que permiten realizar Keys lineales, de luminancia y chroma
2 chroma por MLE.
2 DSK
Efectos digitales en 2D. Cada key con DVE en 2D que permite modificar el tamaño y posición de la imagen
Un Clip/Still Store por cada MLE con capacidad de 12 segundos de almacenamiento en alta definición sin compresión
Efectos digitales en 3D DVE en cada MLE
Corrección de color en entradas y salidas
Key border con drop shadow
Transición independiente por keyer
Generador multi-mate
Generadores de pre-set wipe/mask
Tally’s
Salidas Auxiliares
Salidas de clean fed
Sistema de memoria avanzado para almacenar todos los ajustes de los MLE, Global store, estados de DVE, Macros, Time Line, etc.
Mnemónicos en panel de control y panel auxiliar.
Fuente de alimentación de 100-250 V de CA, 50/60 Hz.
Formatos de video 625/525 4:3, 625/525 16:9 Todos los formatos autorizados en alta definición tales como 1080i, 1035i, 1080p, 720p a 50 y 60 Hz.
Que incluya un panel auxiliar remoto
Capacitación en sitio para 4 personas. Con duración mínima de 8 días hábiles.
Instalación y puesta en marcha.
Manuales de operación y servicio.
Garantía de un año contra defectos de fabricación y vicios ocultos.
Tiempo de entrega de 60 días naturales.
Partida Concepto Cantidad solicitada
Unidad de medida
Marca y/o modelo
2
MEZCLADOR DE AUDIO DIGITAL
2 PZA
YAMAHA Modelo
M7CL-48
MEZCLADOR DE AUDIO DIGITAL MEZCLADOR DE AUDIO, DIGITAL.
YAMAHA MODELO M7CL48 Versión 3.
48 ENTRADAS LÍNEA/MICRÓFONO, MÁS 4 ENTRADAS DE LÍNEA ESTEREO(TOTAL DE 56 CANALES DE ENTRADA)
16 SALIDAS ANALÓGICAS OMNI
UNA SALIDA DIGITAL 2TR
27 BUSES EN LA FORMA DE 16 BUSES MIX, UN BUS LCR Y 8 MATRICES QUE PUEDEN SER USADAS COMO BUSES.
HASTA 4 PROCESADORES DE EFECTOS SIMULTANEOS Y HASTA 8 GEQ DE 31 BANDAS
FADERS DE 100 MILÍMETROS, 2 PROCESADORES DINÁMICOS Y PEQ DE 4 BANDAS POR CANAL
INTERFACE INTUITIVA CENTRALOGIC, CON TOUCH SCREEN QUE INCLUYA LOS SIGUIENTES ACCESORIOS
1 PUENTE MEDIDORES YAMAHA MODELO MBM7CL
2 LAMPARAS LA1L (GOOSENECK LAMP)
CABLE DE CONEXIÓN PAR FUENTE SE ALIMENTACIÓN EXTERNA YAMAHA PSL360
FUENTE DE ALIMENTACIÓN EXTERNA YAMAHA PW800W
1 TARJETA DE DISTRIBUCIÓN DE 8 CANALES AES/EBU FORMAT, YAMAHA MY8AEB
1 TARJETA DE 8 ENTRADAS/SALIDAS AES/EBU FORMAT, YAMAHA MY8-AE.
MANUALES DE OPERACIÓN
INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA
CAPACITACIÓN SE SITIO PARA 2 PERSONAS POR 3 DÍAS.
Garantía de un año contra defectos de fabricación y vicios ocultos.
Tiempo de entrega de 60 días naturales.
Partida Concepto Cantidad solicitada
Unidad de medida
Marca y/o modelo
3
VIDEOGRABADORA SONY MODELO PDW-F1600
10 PZA
SONY Modelo PDW-
F1600
VIDEOGRABADORA SONY MODELO PDW-F1600
Que contenga :
Tarjeta MPEG TS Board marca SONY PDBK-201
Controlador de edición marca SONY RM-280
2 Cables de control remoto RCC-5G.
Grabación/Reproducción HD/SD multiformato.
Grabación en Alta Definición hasta 50 Mbps utilizando MPEG HD422 (compresión MPEG-2 4:2:2P@HL) - Grabación y reproducción en formato MPEG HD (compresión MPEG-2 MP@HL) - Grabación y reproducción de 1080i y 720P - Up y downconversión y cross conversión entre 1080i y 720P - Tres tipos de modos de downconversión: Edge crop (recorte de bordes), Squeeze (comprimido) y Letterbox (buzón) (16:9/14:9/13:9)
Grabación de audio de ocho canales (HD-SDI) de 24 bits de gran calidad
Compatible con disco de doble capa (PFD50DLA) y discos de una sola capa (PFD23A)
Transferencia de archivos de alta velocidad Modo de acceso a archivos (FAM) i.LINK FTP a través de Gigabit Ethernet
La interfaz de control remoto de 9 pines RS-422 permite que el deck pueda utilizarse como alimentador de edición lineal
Edición por inserción/ensamblaje, que funcione como grabador en un sistema de edición lineal, como
una VTR convencional.
Entrada de referencia 2 BNC Sincronía HD tri-level (0,6 Vp-p/75 Ω/negativa) o señal de negro.
Entrada HD-SDI 1 BNC (conmutable HD/SD) HD-SDI: SMPTE 292M (con audio embebido) SD-SDI: SMPTE 259M (con audio embebido)
Entrada de audio analógica
Entrada de audio digital (AES/EBU)
Entrada de código de tiempo
Salida compuesta analógica
2 Salidas video HD-SDI con audio embebido
2 Salidas video SD-SDI con audio embebido
2 Salida de audio analógica conector XLR
Salida de Monitor de audio analógico 2 conectores XLR3
Salida de audio digital (AES/EBU) 2 conectores BNC, 4 canales
Salida de código de tiempo
i.LINK IEEE 1394 de 6 pines, HDV 1080i/720P Entrada/Salida
Conector Ethernet RJ-45 x 1
Conector Control de vídeo, conector tipo D-sub de 9 pines (hembra) x1, EIA RS-423
Entrada Control Remoto, conector tipo D-sub de 9 pines (hembra) x 1, RS-422
Que opere en 100 - 240 V CA, 50/60 Hz, 12 V CC
Formato de grabación/reproducción de video MPEG HD422 (CBR: 50 Mb/s) MPEG HD: Modo HQ (VBR, tasa bits máxima: 35 Mb/s) Modo SP (CBR, 25 Mb/s) Modo LP (VBR, tasa bits máxima: 18 Mb/s) (Sólo reproducción) MPEG IMX (CBR, 50/40/30 Mb/s) DVCAM (CBR, 25 Mb/s) Vídeo proxy: MPEG-4
Formato de grabación/reproducción de audio MPEG HD422: 8 can./24 bits/48 kHz MPEG HD: 4 can./16 bits/48 kHz MPEG IMX: 4 can./24 bits/48 kHz o bien 8 can./16 bits/48 kHz DVCAM: 4 can./16 bits/48 kHz Audio proxy: A-law (8 can./8 bits/8 kHz)
Conector de control remoto de 9 pines RS-422
Altavoz integrado
2 salidas HD-SDI
Pantalla LCD de fácil visibilidad de 4,3" en color
Control TBC en el panel frontal o del control remoto a través de RS-422.
Grabación continua de clips
Manuales de operación e instalación.
Software de aplicación XDCAM
Garantía de un año contra defectos de fabricación y vicios ocultos.
Tiempo de entrega de 60 días naturales.
Partida Concepto Cantidad solicitada
Unidad de medida
Marca y/o modelo
4
GRABADORES REPRODUCTORES DE DVD MARCA TASCAM MODELO BDR-
2000
6 PZA
MARCA TASCAM
MODELO BDR-2000
GRABADORES REPRODUCTORES DE DVD MARCA TASCAM MODELO BDR-2000
Escritura. BD-R (SL/DL), BD-RE (SL/DL), DVD-R (SL/DL), DVD-RW Lectura. BD-Video, BD-R (SL/DL), BD-RE (SL/DL), DVD-R (SL/DL), DVD-RW, DVD-RAM,
DVD+R (SL/DL), DVD+RW
Capacidad Disco Duro. 500GB. Sistema de Grabación de Video: MPEG-2 TS, H.264 (MPEG-4 AVC), MPEG-2 PS y JEPG(Still)
Sistema de Grabación de Audio: Dolby Digital, Linear PCM.
Entrada/Salida de Video (BNC) 75 ohms.
Entrada/Salida S-Video (2) 4 Pines
Entrada DV 4 pins
Entrada de Audio 2 Conector RCA
Salida de Audio 2 Conector RCA
Entrada de control remoto
Comando Serial RS-232C (D-sub9-pins)
Que permita la función de Disc DUBBING
Opere en 120 Volts de Corriente Alterna, 60 Hz.
Incluya control remoto.
Incluya montaje en rack.
Manuales de operación y servicio.
Garantía de un año contra defectos de fabricación y vicios ocultos.
Tiempo de entrega de 60 días naturales.
Partida Concepto Cantidad solicitada
Unidad de medida
Marca y/o modelo
5
SISTEMA DE TELEPROMTER COMPLETO PARA 3 CAMARAS
1 PZA
SIN MARCA
SISTEMA DE TELEPROMTER COMPLETO PARA 3 CAMARAS
Incluye 3 pantallas de LED de 17 pulgadas
3 parasol rígido para estudio,
3 herrajes de montaje, parasol
3 espejos,
1 software,
1computadoras lap-top para trabajar con el telepromter
1 USB scroll- control.
Manuales de operación
Garantía de un año contra defectos de fabricación y vicios ocultos.
Tiempo de entrega de 60 días naturales.
Partida Concepto Cantidad solicitada
Unidad de medida
Marca y/o modelo
6
JUEGO DE 2 MONITORES DE AUDIO PARA ESTUDIO MARCA M-AUDIO, MODELO STUDIO PHILE DSM1
6 PZA
MARCA M-AUDIO, MODELO STUDIO
PHILE DSM1
JUEGO DE 2 MONITORES DE AUDIO PARA ESTUDIO. (Bocinas estudio y cabina)
RESPUESTA EN FRECUENCIA 49 Hz-27 KHz.
SPL DE PICO A UN METRO: 110 Db.
ENTRADAS ANALOGICAS XLR y TRS balanceados y digitales S/PDIF y AES/EBU, hasta 24 bit/192 KHz.
Ecualización para entorno de audición..
Bi amplificación de 180 watts.
Altavoz de graves: Driver de 6.5” de aluminio anodizado.
Altavoz de agudos: Tweeter de 1” de Teteron, con imán de Neodimio y refrigerado por ferrofluido.
Frecuencia de cruce: 2.7 KHZ. 24 dB/octava.
Impedancia de entrada: 20 Kohmios Sensibilidad de entrada: +4 dBu proporciona 90 dB a 1 metro Ajuste de Ganancia: De -22 dB a +10dB
Especificaciones AD Nivel de entrada máximo: 18dBu Relación señal a Ruido: 102 dB.
Amplificación Digital
Potencia de salida (1% THD)::LF: 100 W, HF: 80 W THD + ruido (10 W, 1 kHz)::< 0.05% Relación señal ruido:100 dB (A-weighted) Respuesta en frecuencia (+0, -3 dB)::20 Hz – 40 kHz Eficiencia:> 90% Dimensiones:325.5 x 228.7 x 261.5 mm. Peso:7.5 Kg.
Manual de operación
Garantía de un año contra defectos de fabricación y vicios ocultos.
Tiempo de entrega de 60 días naturales.
Partida Concepto Cantidad solicitada
Unidad de medida
Marca y/o modelo
7 SISTEMA DE
INTERCOMUNICACIÓN. 1 PZA
SIN MARCA
SISTEMA DE INTERCOMUNICACIÓN.
De dos canales.
Que contenga su matriz y los key panels necesarios.
Montaje en rack.
1 Panel para comunicar el Control Maestro con 2 estudios, con las áreas de edición, posproducción y cabina de posproducción de audio, cabina de producción en edificio Sede, Central de video en Sede. 1 Matriz principal en el control maestro. Comunicación de todos contra todos, configurable.
3 Panel, uno para cada cabina de producción, uno para sala ingesta. Comunicación con Control Maestro y camarógrafos, con control de video y áreas de edición, posproducción y cabina de posproducción de audio en el edificio Sede con cabina de producción y Central de video.
2 Panel, uno para cada control de video. Comunicación con cabina de producción, control maestro y edición.
4 Panel para sala de edición. Comunicación a cabinas de producción, posproducción de audio.
1 Panel para cabina de posproducción de audio. Comunicación con cabinas de producción en estudio, control maestro y edición.
1 Panel en la oficina de la Subdirección General de Ingeniería. Comunicación con todos.
1 Panel en la oficina de mantenimiento de Ingeniería. Comunicación con todos.
1 Matriz en la Central de video en el edificio Sede, con un convertidor de 2 a 4 hilos. (aproximadamente a 2 kilómetros de distancia).Comunicación a Control maestro y cabinas de
estudios en República de El Salvador.
Que contenga las fuentes de alimentación necesarias en forma redundante.
Que contenga los micrófonos cuello de ganso necesarios.
Que contenga una diadema de comunicación por cada micrófono cuello de ganso.
Que sea compatible con equipo RTS/ TELEX.
Instalación y puesta en marcha.
Manuales de operación.
Capacitación en sitio para 6 personas. Duración de 3 días hábiles.
Garantía de un año contra defectos de fabricación y vicios ocultos.
Tiempo de entrega de 60 días naturales.
Partida Concepto Cantidad solicitada
Unidad de medida
Marca y/o modelo
8 TIRA DE PARCHES DE AUDIO
4 PZA
SIN MARCA
TIRA DE PARCHES DE AUDIO
Para audio digital AES/EBU conector 75 ohms
normalmente cerrada, montaje en rack,
20 cordones de parcheo de 60 centímetros de largo por tira.
Garantía de un año contra defectos de fabricación y vicios ocultos.
Tiempo de entrega de 60 días naturales.
Partida Concepto Cantidad solicitada
Unidad de medida
Marca y/o modelo
9 TIRA DE PARCHES DE VIDEO
4 PZA
SIN MARCA
TIRA DE PARCHES DE VIDEO
Para señal HD.
Normalmente cerrada.
20 cordones de parcheo de 60 centímetros de longitud, por cada tira de parcheo.
Garantía de un año contra defectos de fabricación y vicios ocultos.
Tiempo de entrega de 60 días naturales.
Partida Concepto Cantidad solicitada
Unidad de medida
Marca y/o modelo
10 RACKS DE 40 UNIDADES
4 PZA
SIN MARCA
RACKS DE 40 UNIDADES
Incluya 5 charolas por rack
200 tornillos por cada rack.
Doble tira de 12 contactos polarizados por rack.
Ventiladores para extracción de calor
Garantía de un año contra defectos de fabricación y vicios ocultos.
Tiempo de entrega de 60 días naturales.
Partida Concepto Cantidad solicitada
Unidad de medida
Marca y/o modelo
11
SISTEMA MULTIVIEWER DE 32 ENTRADAS CON 2 PANTALLAS LED DE 60 PULGADAS.
2 PZA
SIN MARCA
SISTEMA MULTIVIEWER DE 32 ENTRADAS CON 2 PANTALLA DE 65 PULGADAS.
Sistema de Monitoreo de 32 entradas de video HD/SD - SDI y COMPUESTO auto detectables. Monitoreo de Audio embebido en pantalla
Fuente de poder Redundante.
16 entradas de audio AES/EBU,
Opción para aceptar audio analógico.
Terminal para conexiones de audio,
2 Salidas dvi con resolución hasta de 1920 x 1080,
Medidor de nivel de audio con salidas para monitoreo para audio embebido, AES y analógico,
Reloj, tally, identificador de entradas, marcador de relación de aspecto,
Totalmente configurable, con control remoto,
Montaje en rack,
120 volts.
Incluya pantalla de 65 pulgadas mínimo(montaje a pared).
Instalación y puesta en marcha.
Manuales de operación.
Garantía de un año contra defectos de fabricación y vicios ocultos.
Tiempo de entrega de 60 días naturales.
Partida Concepto Cantidad solicitada
Unidad de medida
Marca y/o modelo
12
GENERADOR DE GRAFICOS Y CARACTERES DE 2 CANALES HD MARCA CHYRON MODELO LEX3.1 CON SOFTWARE Lyric Pro.
1 PZA
MARCA CHYRON MODEL LEX3.1 CON SOFTWARE Lyric Pro.
GENERADOR DE GRAFICOS Y CARACTERES DE 2 CANALES MARCA CHYRON MODEL LEX3 CON SOFTWARE Lyric Pro.
Incluya Monitor,
Teclado CHYRON.
Mouse
Fuente de Poder Redundante
110 volts, 60 Hz
Que opere en alta definición, 1080i/60, 1080i/59.94, 1080i/50, 720p/60, 720p/59.94
Cuente con 2 canales y clip player
Salida de video y key SMPTE 292M Compliant.
Entradas de video y Key SMPTE 292 M Compliant.
Resincronización automática de las entradas
Que permita manipular clips de video en tiempo real en 2D y 3D con el 3D DVE incluido.
Producción en tiempo real de gráficos y efectos, transiciones estilo DVE.
Operación total en tiempo real.
Acepte referencia de video Tri-Level Sync y Black Burts.
Soporte reproducción de clips y su procesamiento: captura, posibilidad de hacer loop, hasta 2 clips por canal, posición y tamaño del clip en tiempo real para 2D y 3D.
Que tenga herramientas para trabajar simultáneamente en las relaciones de aspecto 4:3 y 16:9.
Permita operación permanente de crawls, clocks, tickers, identificaciones de estación, etc.
Capacidad de operación doble canal, con animaciones independientes y diferentes en cada canal, tanto en SD como en HD.
Reconocimiento de Metadata de gráficos externos e integración de dicha información a las gráficas.
Manejo nativo de formatos de archivo de programas externos, en 2D, 3D y de animación tales como: ODBC, FBX, XMP, MOV, 3DS, WAV, TRUE TYPE, POST SCRIPT EN 2D Y 3D, OBJ, AVI, TIF, PNG, TGA, BMP, JPG, INFINIT.PSD.
Interpretación de Movimientos de cámara desde animaciones realizadas en programas 3D como Maya, 3DMax, Lighwave, etc.
Incluya Manuales de Operación
Capacitación en sitio para 6 personas por 5 días.
Garantía de un año
Tiempo de entrega de 60 días naturales.
Partida Concepto Cantidad solicitada
Unidad de medida
Marca y/o modelo
13 MONITOR FORMA DE ONDA
4 PZA
Tektronix modelo WFM5200.
MONITOR FORMA DE ONDA
Marca Tektronix Modelo WFM5200
Que pueda monitorear HD y SD
Que pueda monitorear audio AES y embebido.
Montaje en rack.
Operación con Corriente Alterna.
Incluya Gamut Displays, Diamond, Split-Diamond, Arrowhead.
Vector Display
Estatus de Alarma
Monitoreo de imagen
Monitoreo de Audio Digital Embebido
Monitoreo de Audio Digital AES
Auto detección de entradas HD o SD
Opciones WFM5200CAM, WFM5200AUD, WFM5200C3 y WFMRACKNN.
Manuales de operación y mantenimiento
Garantía de un año contra defectos de fabricación y vicios ocultos.
Tiempo de entrega de 60 días naturales.
Partida Concepto Cantidad solicitada
Unidad de medida
Marca y/o modelo
14
PANEL DE 2 MONITORES DE 9 PULGADAS.
8 PZA
SIN MARCA
PANEL DE 2 MONITORES DE VIDEO DE 9 PULGADAS
Cada monitor contiene:
16:9 NATIVO
CONMUTABLE A 4:3
PANTALLA TFT
Resolución mínima de 1024 X 600
Multiformato HD
2 entradas de HD/SD-SDI por monitor
1 entrada DVI-1 por monitor
Entrada de sincronía externa.
Desembebedor de audio
Dos salidas de audio
Picture in Picture.
Tally
Funciones en pantalla de: Marcadores y Área de seguridad,
Blue Only Cross Pulse, Overscan. etc.
Montaje en rack .
Manual de operación
Garantía de un año contra defectos de fabricación y vicios ocultos.
Tiempo de entrega de 60 días naturales.
Partida Concepto Cantidad solicitada
Unidad de medida
Marca y/o modelo
15
PANEL DE 3 MONITORES DE 5 PULGADAS.
10 PZA
SIN MARCA
PANEL DE 3 MONITORES DE 5 PULGADAS.
Cada monitor contiene:
Pantalla TFT de 5 pulgadas.
Que permitan entradas de señal HD/SD-SDI y análogo.
Aspecto 16:9
Resolución 800X480 píxeles como mínimo,
Angulo de visión de 170 grados.
Tally
Blue only, underscan.
Acepte Sincronía externa
Contraste 600:1 mínimo
Brillo 300 cm/m2.
Montaje en rack .
Manual de operación
Garantía de un año contra defectos de fabricación y vicios ocultos.
Tiempo de entrega de 60 días naturales.
Partida Concepto Cantidad solicitada
Unidad de medida
Marca y/o modelo
16
CHAROLAS CON TARJETAS DE DISTRIBUCIÓN Y FUENTE REDUNDANTE MARCA ENSEMBLE DESIGNS
4 PZA
MARCA ENSEMBLE DESIGNS
CHAROLAS CON TARJETAS DE DISTRIBUCIÓN Y FUENTE REDUNDANTE MARCA ENSEMBLE DESIGNS
Charola 1 y 2 que contengan. Fuente de alimentación redundante 2 tarjetas de distribución de sincronía de tres niveles: modelo 5150, una entrada por nueve salidas, con rango de ajuste en ganancia de +/-10%, impedancia de entrada y salidas de 75 ohms.
6 tarjetas de distribución de video hd : modelo 7110, 1 entrada por 8 salidas, soporte todos los estándares de hd (hd serial digital 1.485Gb/s, SMPTE 274M, 292M o 296M), salidas con recloking, con auto ecualización, alarma de perdida de señal, permita el paso del audio embebido, impedancia de entrada y salidas de 75 ohms
2 tarjetas de CONVERSIÓN DE SD A HD, modelo7910, procesamiento de de 16 bits que contenga la opción 8415.
Charolas 3 y 4 que contengan. Fuente de alimentación redundante
4 tarjeta de distribución de audio aes/ebu : modelo 5150, 1 entrada por 9 salidas. Cada tarjeta debe incluir 4 adaptadores de 5 puertos de conversión de 110 ohms a 75 ohms modelo 5080
1 tarjeta de distribución de video hd: modelo 7110, 1 entrada por 8 salidas, soporte todos los estándares de hd (hd serial digital 1.485Gb/s, SMPTE 274M, 292M o 296M), salidas con recloking, con auto ecualización, alarma de pérdida de señal, permita el paso del audio embebido, impedancia de entrada y salidas de 75 ohms.
1tarjeta de conversión de audio análogo a digital AES/EBU. Modelo 6010, entradas balanceadas y salidas a 75 ohms. Procesamiento de 24 bits, operen con referencia externa e interna. 1 tarjetas de conversión de audio digital AES/EBU a audio analógico. Modelo 6020, entradas desbalanceadas y salidas balanceadas. 2 entradas AES y 4 salidas analógicas balanceadas. 3 tarjetas para embeber audio, modelo 7600.
Manuales de operación.
Garantía de un año contra defectos de fabricación y vicios ocultos.
Tiempo de entrega de 60 días naturales.
Partida Concepto Cantidad solicitada
Unidad de medida
Marca y/o modelo
17
GENERADOR DE SEÑALES DE REFERENCIA Y PRUEBA, MULTIFORMATO, CON AMARRE INTERNO Y EXTERNO.
2 PZA
Tektronix modelo TG8000
GENERADOR DE SEÑALES DE REFERENCIA Y PRUEBA, MULTIFORMATO, CON AMARRE INTERNO Y EXTERNO. Marca Tektronix modelo TG8000
Que contenga las siguientes opciones: AGL7 , AG7 y SD17
Manuales de operación
Garantía de un año contra defectos de fabricación y vicios ocultos.
Tiempo de entrega de 60 días naturales.
Partida Concepto Cantidad solicitada
Unidad de medida
Marca y/o modelo
18 MONITOR DE AUDIO MULTIFORMATO
(DECIBELÍMETRO DE RACK.) 4 PZA
Wohler modelo
AMP2-E8DA
MONITOR DE AUDIO MULTIFORMATO (DECIBELÍMETRO DE RACK.)
Modelo AMP2-E8DA de Wohler
Monitor de audio dolby e, dolby digital (ac-3), aes/ebu y señales analógicas.
altura de 2 unidades de rack. sistema de bocinas wohler; salida de audífonos.
monitoreo y procesamiento de hasta 8 entradas analógicas balanceadas, sobre db-25.
4 entradas de señales aes/ebu desbalanceadas sobre bnc, 4 entradas aes balanceadas sobre dv-25
que contenga 8 medidores de nivel de audio,8 barras de led tri-color de 53 segmentos. mostrando simultáneamente ppm sobre vu
display lcd en el panel frontal.
2 salidas analógicas balanceadas con la mezcla de los canales aes seleccionados, en xlrs.
8 salidas analógicas loop trough
4 salidas desbalanceadas aes de dolby-e/ac-3 sobre bnc
1 salida desbalanceada de mezcla aes.
respuesta en frecuencia de 80hz- 18KHZ.
Manuales de operación.
Garantía de un año contra defectos de fabricación y vicios ocultos.
Tiempo de entrega de 60 días naturales.
Partida Concepto Cantidad solicitada
Unidad de medida
Marca y/o modelo
19 CONMUTADOR DE SEÑALES DE VIDEO
4 PZA
SIN MARCA
CONMUTADOR DE SEÑALES DE VIDEO
Montaje en rack
Fuente AC interna
Reclocking automático
Ecualizador de entradas
16 entradas X 2 salida
Opere video HD/SD- SDI, audio AES follow
Panel de control local
2 unidades de rack máximo
Manuales de operación.
Garantía de un año contra defectos de fabricación y vicios ocultos.
Tiempo de entrega de 60 días naturales.
Partida Concepto Cantidad solicitada
Unidad de medida
Marca y/o modelo
20
MUEBLES PARA INSTALACIÓN DE EQUIPOS DE TELEVISIÓN EN 2 CABINAS DE PRODUCCIÓN, CONTROL MAESTRO, CABINA DE AUDIO Y SALA DE EDICIÓN.
1 PZA
SIN MARCA
MUEBLES PARA INSTALACIÓN DE EQUIPOS DE TELEVISIÓN EN 2 CABINAS DE PRODUCCIÓN, CONTROL MAESTRO, CABINA DE AUDIO Y SALA DE EDICIÓN.
Consta de:
CONTROL MAESTRO.
1 Mueble con mesa de trabajo, puente de monitoreo y brazos para soportar pantalla de 65”. Largo de 2.8 metros. Fondo total del mueble, con mesa de trabajo, de 1.10 metros. Altura de la mesa de .73 metros. Fondo de la mesa de trabajo .58 metros. Altura del puente para monitoreo de .30 metros Fondo del puente de monitoreo de .52 metros. Parte inferior del mueble con separaciones y herrajes laterales tipo rack para montar equipo de televisión profesional (19”), con puertas. El mueble debe contener 4 tiras de 6 contactos dobles polarizados y facilidades, para los cableados de video, audio y control de los equipos, en la parte inferior y en el copete. El puente monitoreo con separaciones y herrajes laterales para montar equipo de televisión profesional (19”). El montaje para soportar pantalla de 65” debe quedar centrado en el mueble. 2 muebles con mesa de trabajo y pedestal. Largo total de 1.20 metros. Fondo total de .80 metros. Altura total de la mesa .73 metros. Altura del pedestal de .30 metros. Ancho del pedestal de .30 metros. El mueble debe contener en la parte inferior 2 cajones tipo archivo, soporte para computadora, teclado y 1 tira de 3 contactos dobles polarizados. EDICIÓN.
14 muebles con mesa de trabajo y puente, con separaciones y herrajes para montar equipo de televisión estándar de 19”, como son; monitores de video y audio, videograbación y posproducción, Largo total del mueble 1.5 metros. Altura total del mueble 1.60 metros Fondo total del mueble con mesa 1.2 metros Ancho de la mesa de trabajo .54 metros Altura de la mesa de .73 metros. Altura del puente .87 metros. Fondo del Copete .66 metros. El mueble debe contener 2 tiras de 6 contactos dobles polarizados y facilidades, para los cableados
de video y audio de los equipos, en la parte inferior y en el copete. CABINAS DE ESTUDIOS
2 mueble con mesa de trabajo, brazos para soportar 2 pantallas y 2 puentes de monitoreo laterales, para soportar equipo de televisión como son panel de control de mezclador de video, teclado y monitor de generador de caracteres, equipo de medición, equipo de intercomunicación, etc. Parte inferior del mueble con separaciones y herrajes laterales para montar equipo de televisión profesional (19”) Largo total del mueble 3.2 metros Fondo total del mueble con la mesa de trabajo de .80 metros Fondo de la parte inferior del mueble de .61 metros. Los puentes deben estar en los extremos y tiene las siguientes dimensiones. Altura total de los puentes de .30 metros Largo ó frente total de cada puente de .53 metros, con herraje para soportar equipo de televisión profesional (19”). Fondo de los puentes .30 metros Los brazos para el mueble deben soportar pantallas de 55” en forma horizontal. El mueble debe contener 3 tiras de 6 contactos dobles polarizados y facilidades, para los cableados de video y audio de los equipos, en la parte inferior y en el copete. 2 muebles con mesa de trabajo y copete lateral, para soportar consola mezcladora de audio y consola de control de iluminación. Parte inferior del mueble con separaciones y herrajes tipo rack para montar equipo de televisión profesional (19”). Largo total del mueble de 2.7 metros. Ancho total del mueble con mesa de trabajo de .80 metros. Altura total de la mesa de trabajo de .73 metros Altura del copete de .87 metros. Fondo total del copete de .66 metros. El copete debe tener herraje tipo rack para el montaje de equipo de audio profesional de 19”. El mueble debe contener 2 tiras de 6 contactos dobles polarizados y facilidades, para los cableados de audio y control de los equipos, en la parte inferior y en el copete. 6 racks de 40UR, 2 tira de contactos de AC con 6 contactos polarizados dobles, puertas traseras y tapas laterales. CABINA DE AUDIO
1 mueble con mesa de trabajo dividido en dos partes formando un ángulo recto ( en escuadra) para soportar consola mezcladora de audio y equipo de posproducción en cabina de Audio, Parte inferior del mueble con separaciones y herrajes tipo rack para montar equipo de televisión profesional (19”). Altura total de la mesa de trabajo de .73 metros. La escuadra es de 1.90 metros por 1.50 metros en el fondo. Ancho de la mesa de trabajo de .88 metros y .70 metros Fondo de la parte inferior del mueble de .66 metros. El mueble debe contener 2 tiras de 4 contactos dobles polarizados y facilidades, para los cableados de audio y control de los equipos, en la parte inferior.
Todas las mesas de trabajo deben ser fabricadas en triplay de pino de primera, de ¾” de espesor, con retardantes al fuego, terminado en laminado plástico de alta resistencia y rematado en madera. La mesa de trabajo debe tener un acabado de confort en el borde principal, de color que combine con el de la mesa, combinación de tonos claros y obscuros.
Los copetes, en su parte superior, y tapas laterales de los muebles deben tener el mismo color y acabado de la mesa de trabajo. Además, las tapas laterales deben tener ranuras de ventilación.
La estructura básica de los muebles debe ser de acero pintado al polvo de calidad tipo rack, con los mismos acabados y de color negro mate.
Instalación y puesta en marcha.
Garantía de 2 años contra defectos de fabricación.
Tiempo de entrega de 60 días naturales.
Partida Concepto Cantidad solicitada
Unidad de medida
Marca y/o modelo
21
MICRÓFONO LAVALIER ALÁMBRICO
4 PZA
Shure modelo SM-93
MICRÓFONO LAVALIER ALÁMBRICOS
Marca Shure modelo SM-93
Con preamplificador
Patrón Polar Omnidireccional
Respuesta en frecuencia 80 a 20,000 Hz
Impedancia de salida de 150 ohms.
Que contenga las opciones RK307DB, RK355WS y RK304T.
Manuales de operación.
Garantía de un año contra defectos de fabricación y vicios ocultos.
Tiempo de entrega de 60 días naturales.
Partida Concepto Cantidad solicitada
Unidad de medida
Marca y/o modelo
22
MICRÓFONOS DE MANO ALAMBRICOS
4 PZA
Shure
modelo SM58
MICRÓFONOS DE MANO ALÁMBRICOS
Marca Shure modelo SM58
Micrófono dinámico unidireccional.
Respuesta en frecuencia 50-15,000 Hz.
Patrón Polar cardíoide
150 ohms(300 ohms real)
Sensibilidad a 1 kHz. De -54,5 dBV/Pa (1,85 mV)
Conector tipo XLR macho
Con switch de encendido.
Windscreen
Manuales de operación.
Garantía de un año contra defectos de fabricación y vicios ocultos.
Tiempo de entrega de 60 días naturales.
Partida Concepto Cantidad solicitada
Unidad de medida
Marca y/o modelo
23
SISTEMA O KIT DE MICRÓFONOS INALÁMBRICOS UHF-R (DUAL CHANEL COMBO)
6 PZA
SHURE
Modelo AXIENT
SISTEMA O KIT DE MICRÓFONOS INALÁMBRICOS UHF-R (DUAL CHANEL COMBO)
MARCA SHURE
MODELO AXIENT
Receptor dual diversity AXT400 para instalar en rack,
2 antenas de ½ onda conector bnc, impedancia de 50 ohms
100 a 240 volts ca., 50/60 hz.
Rango de frecuencia, 3 receptores dobles en 578-638 MHz. y 3 receptores dobles en 638-690 MHz.
Selección de frecuencia automática
Sincronización de transmisores en forma automática
Pantalla lcd multifuncional
Salidas de audio, monitor en jack audifono de ¼ de pulgada, desbalanceada, 50 ohms, nivel máximo de 1 watt.
Jack de audífono de ¼ de pulgada balanceada 200 ohms +18 dbu.
XIR balanceada 200 ohms (150 ohms micrófono), nivel máximo de salida de +24 dbu. con tono de modulación de 100 hz.
2 transmisores tipo body pack ur1,
Adaptador TA4F
Potencia de rf conmutable,
Sincronización automática con receptor
Pantalla lcd
Antena removible.
Rango de ajuste de ganancia entre -20 a +35 db.
1 micrófono ur2 pastilla BETA 87A,
Rango de frecuencia de portadora de rf entre 518 y 865 mhz., respuesta en frecuencia de audio entre 40 hz. y 18 khz. (+ 1 db, -3 db.), ajuste de ganancia de -10 a +20 db., potencia de salida conmutable, pantalla lcd.
Sincronización automática con receptor
2 pinzas para micrófono y
2 windscreen
2 micrófonos tipo lavalier wl-93
con cable de conexión de 6 pies,
patrón polar omnidireccional,
respuesta en frecuencia de 80 hz – 20 khz,
relación señal a ruido de 72db,
impedancia de salida de 3000 ohms,
cable terminado en conector ta4f,
incluya windscreen,
block de montaje sencillo y doble.
Manuales de operación.
Garantía de un año contra defectos de fabricación y vicios ocultos.
Tiempo de entrega de 60 días naturales.
Partida Concepto Cantidad solicitada
Unidad de medida
Marca y/o modelo
24
SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN DE ANTENAS
2 PZA
Shure
modelo AXT630
SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN DE ANTENAS
Marca SHURE modelo AXT630
Que coincida con las bandas de frecuencia disponibles en los transmisores AXIENT (J5, L3 y H4),
cables para antena,
antenas,
montaje en rack
cable de salida de potencia de 18"
cables de alimentación cc
2 puertos de conectores para antena tipo bnc,
2 juegos, de 4 conectores cada uno, de salida de rf tipo bnc,
1 juego de 6 amplificador en línea de rf ua830
Voltaje de entrada/salida de 100 a 240 volts de corriente alterna, 50/60 hz.
Voltaje dc de salida 12 volts
Impedancia de 50 ohms
2 antenas activas direccionales modelo UA874
Manuales de operación.
Garantía de un año contra defectos de fabricación y vicios ocultos.
Tiempo de entrega de 60 días naturales.
Partida Concepto Cantidad solicitada
Unidad de medida
Marca y/o modelo
25
AMPLIFICADOR DISTRIBUIDOR PARA AURICULARES
2 PZA
SIN MARCA
AMPLIFICADOR DISTRIBUIDOR PARA AURICULARES
De 1 entrada
6 salidas
Ajuste de nivel en cada salida
Manuales de operación.
Garantía de un año contra defectos de fabricación y vicios ocultos.
Tiempo de entrega de 60 días naturales.
Partida Concepto Cantidad solicitada
Unidad de medida
Marca y/o modelo
26 HIBRIDO TELEFÓNICO
2 PZA
SIN MARCA
HIBRIDO TELEFÓNICO
De 3 líneas
Entradas y salidas AES/EBU y analógicas
Que se pueda conectar a consolas análogas y digitales.
Cancelación de techo acústico seleccionable
Panel de control frontal
DSP de 24 bits
Función de record y cue
Control de volumen de monitor en el panel frontal
Control de llamada ajustable
Ecualizador ajustable
Preamplificador de micrófono send y cue
Expansor y compresor ajustables
Opere 120 volts 60 hz.
Cumpla normas FCC, CSA, CE, CTR21
Manuales de operación.
Garantía de un año contra defectos de fabricación y vicios ocultos.
Tiempo de entrega de 60 días naturales.
Partida Concepto Cantidad solicitada
Unidad de medida
Marca y/o modelo
27 SCAN CONVERTER 2 PZA
SIN MARCA
SCAN CONVERTER.
Scan Converter o Convertidor de barrido
Entradas: Digital DVI-I Analógica RGB, en resolución hasta de 1920x1200
Salidas: HD/SD SDI Resolución de salida HD-SDI hasta1080i para SMPTE 292 y la resolución para SD-SDI (NTSC y PAL) para SMPTE 259.
Procesamiento de 10 bit.
Que tenga puertos Ethernet y RS-232.
Acepte referencia black-burts o sincronía try-level.
Control de procesamiento que incluya: Brillantes, Contraste, detalle, hue y saturación.
Control de reducción de Flicker Variable,
Funciones de Zoom y Pan horizontal y vertical manteniendo la relación de aspecto.
Controles en el panel frontal.
Control de posición de imagen horizontal y vertical.
Generador de barras de color interno.
Led de estatus.
1 unidad de rack, con montaje.
120 volts de corriente alterna 60 Hz.
Manuales de operación.
Garantía de un año contra defectos de fabricación y vicios ocultos.
Tiempo de entrega de 60 días naturales.
Partida Concepto Cantidad solicitada
Unidad de medida
Marca y/o modelo
28
CABLES Y CONECTORES DE AUDIO Y VIDEO PARA INSTALACIÓN
1 KIT
Belden, Canare, Neutrick.
CABLES Y CONECTORES DE AUDIO Y VIDEO PARA INSTALACIÓN
600 Metros de Cable de Video Marca Belden Modelo 7731A RG-11/U color Negro para HD.
100 Conector BNC de Video para cable Belden Modelo 7731A RG-11/U
2000 Metros de Cable de Video, Marca Belden Modelo 1505A ,color Violeta
2000 Metros de Cable de Video, Marca Belden modelo 1505A ,Color Naranja
1200 Metros de cable de video marca Belden modelo 8281F, color negro.
300 Conectores BNC para cable coaxial 8281F (Canare modelo BCP-C77A).
800 Conector BNC de Video, Marca Canare Modelo BCP-C4F
3000 Metros de Cable de Audio, Marca Canare Modelo DA206, Color Azul.
1200 metros de cable de audio Belden modelo 8412
1500 metros de cable Belden modelo 9116.
300 Conector de Audio, Marca Neutrick XLR- 3M
300 Conector de Audio, Marca Neutrick XLR- 3F
100 Conector de Audio Tipo Pared, Marca Neutrick XLR- 3M
100 Conector de Audio Tipo Pared, Marca Neutrick XLR- 3F
100 Conector de Pared BNC – BNC Hembra – Hembra
100 Cargas BNC para Video 75 Ohms.
500 Cinturón Plástico de 25 cms. de Largo, Color Negro
200 Metros de Tira de Belcro de 2 Cms. de Ancho, Color Negro
05 Rollos de Soldadura 60/50 de 1 mm. de Diámetro
02 Piezas de Pasta Para Soldar
50 Metros de Termofit de ¼ de Diámetro
Garantía que aplique contra defectos de fabricación y vicios ocultos.
Tiempo de entrega de 60 días naturales.
Partida Concepto Cantidad solicitada
Unidad de medida
Marca y/o modelo
29
GRABADOR PROFESIONAL DE CD CON CAPACIDAD DE REPRODUCIR MP3
2 PZA
SIN MARCA
GRABADOR PROFESIONAL DE CD CON CAPACIDAD DE REPRODUCIR MP3
Grabación y Reproduce todos los formatos de CD disponibles en el mercado (CD-R, CD-RW, CD-RDA y CD-
RWDA).
Reproduce discos de MP3 con Lectura de Títulos. Grabación de discos de 74 y 80 minutos.
Sistema de Carga tipo SLOT.
Conversor de frecuencia de muestreo interno.
Entradas y salidas Análogas Balanceadas (XLR), Level +4 dBu, y Desbalanceadas (RCA), Level -10 dBV +/- 2 dB.
Entradas y salidas Digitales SPDIF, AES/EBU y TOS Link (ópticas).
Funciones de Auto Cue y Auto ready.
Entrada para teclado.
Ajuste de nivel de señal de entrada.
Función de Fade In/Out
Grabación Sincronizada a DAT, MD o CD.
Incremento Manual o Automático de pistas.
Borrado de Discos o pistas (CD-RW o CD-RWDA).
Incluye Control Remoto.
Manuales de operación y servicio.
Garantía de un año contra defectos de fabricación y vicios ocultos.
Tiempo de entrega de 60 días naturales.
Partida Concepto Cantidad solicitada
Unidad de medida
Marca y/o modelo
30 PROCESADOR DE AUDIO 2 PZA Orban
modelo OPTIMOD-TV8382
PROCESADOR DE AUDIO.
Procesador de audio totalmente digital marca ORBAN
Modelo OPTIMOD-TV 8382
Opere en Estereo y Dual- Mono
Medidores de LED
Display LCD
Entradas digitales AES/EBU en configuración Estereo o 2-Canales, con conectores tipo XLR hembra.
Nivel de referencia de entrada Variable.
Salidas digitales AES/EBU en configuración Estereo o 2 canales, Flat ó con pre-énfasis, conectores tipo XLR.
Nivel de salida controlado.
Entradas analógicas en configuración Estereo/ Dual-Mono con conectores tipo XLR, conversión de análogo a digital de 24 bit.
Salidas analógicas en configuración Estereo, Flat o con pre-énfasis, conectores tipo XLR
Alimentación de 100 a 132 volts de corriente alterna, 50 a 60 Hz.
Puertos de interfase de propósito general
Incluya software PC Remote 8382.
Generador de tono interno.
Reloj de tiempo real.
Manuales de operación
Garantía de un año contra defectos de fabricación y vicios ocultos.
Tiempo de entrega de 60 días naturales.
Partida Concepto Cantidad solicitada
Unidad de medida
Marca y/o modelo
31 SINCRONIZADORES DE CAMPO HARRIS, MODELO X85 4 PZA
MARCA HARRIS, MODELO X85.
SINCRONIZADORES DE CAMPO MARCA HARRIS, MODELO X85.
Procesador Sincronizador Digital de Alta definición( UP/Down/Cross Converter y sincronizador).
Contenga panel de control local (para simultáneamente tener up y down o simultáneamente tener Cross y Down conversión).
Que contenga los software necesarios para realizar todas sus funciones.
Fuente de poder redundante.
Montaje en rack.
Procesamiento de video y audio con posibilidad de upconvert, downconvert , cross-convert y sincronizador.
Una entrada y una salida de HDTV (HD-SDI) fibra óptica video digital componentes serial.
2 entradas, una salida HDTV (HD-SDI) video digital componente serial. Conectores BNC.
2 entradas y salidas SDI video digital componentes serial.
Salida de video STREAMING sobre IP.
Entrada , salida de video de componentes analógicos.
Salida de S-video
Entrada, salida de video compuesto
Salida DVI-D
Entradas, salidas de audio analógico.
Entradas salidas de audio AES/EBU
Opere el audio embebido
Procesamiento de video:
Controles de Nivel, color, hue y clip
Codificación de color de 12 bit,
Reducción de ruido,
Sincronización de cuadro y corrección de base de tiempo para señales no sincronías,
Conversión de video de análogo a digital y de digital a análogo,
Up/Down conversión con conversión de relación de aspecto para estándar y alta definición,
Cross- conversión HD para transmisión y producción.
Procesamiento de audio.
Controles de nivel, inversión y delay,
Conversión de Análogo a digital y de digital a análogo,
Embebedor y De-embebedor para SDI y HD-SDI,
Corrección de lip-sync,
Descompresión y procesamiento para audio embebido, señales como Dolby E y AC-3
Limitador de audio
Manuales de operación
Garantía de un año contra defectos de fabricación y vicios ocultos.
Tiempo de entrega de 60 días naturales.
Partida Concepto Cantidad solicitada
Unidad de medida
Marca y/o modelo
32 ELIMINADORES DE HUM DE VIDEO
10 PZA
ADC
ELIMINADORES DE HUM DE VIDEO
Una entrada
Una salida
ADC HUM-1 Humbucker video.
Garantía de un año contra defectos de fabricación y vicios ocultos
Tiempo de entrega de 60 días naturales.
Partida Concepto Cantidad solicitada
Unidad de medida
Marca y/o modelo
33
ELIMINADORES DE HUM DE AUDIO
10 PZA
SIN MARCA
ELIMINADORES DE HUM DE AUDIO
Para eliminar hum de AC, ruido e inducciones de audio.
Conversión entre líneas balanceadas y desbalanceadas sin pérdida de señal
Entradas y salidas balanceadas XLR, además entradas y salidas desbalanceadas.
Garantía de un año contra defectos de fabricación y vicios ocultos
Tiempo de entrega de 60 días naturales.
Partida Concepto Cantidad solicitada
Unidad de medida
Marca y/o modelo
34
INSTAN REPLAY DE AUDIO
1 PZA
SIN MARCA
INSTAN REPLAY DE AUDIO
Tiempo de grabación total mayor a 250 horas en 44.1k, 16 bit,
Medio de grabación disco duro interno de 3.5".
Número máximo de cortes 1,000.
Archivo de grabación/reproducción .WAV Files.
Medidor de nivel de audio de LED, 2 canales y lector de picos.
Diplay de 2 líneas por 20 caracteres.
Panel de botones iluminados de acción silenciosa.
Conector para audífonos de 1/4" (6.35 mm) con control de nivel.
Que opere entre 95 y 240 volts, 50/60 Hz, consumo de 25 watts.
Formato de audio Lineal PCM
48 k ó 44.1 k, 16/24 bit estéreo.
Entradas balanceadas XLR-3F Zin= 15 kohms, Desbalanceadas conector RCA Zin = 10 kohms. máximo nivel de salida +27 dBu balanceados.
Salidas analógicas balanceadas conector XLR-3 + 4 dBu, salida desbalanceada conector RCA -10 dBV.
Máximo nivel de salida +24 dBu balanceados. respuesta en frecuencia de 20 Hz a 20 kHz +/- 0.5dB.
Rango dinámico mayor de 90 dB.
Entrada/Salida digital AES/EBU conectores XLR-3, AES3-ID sobre conectores RCA, IEC-958 tipo II (semi-pro) sobre conectores RCA.
Trabaje en red para almacenamiento de transferencia de archivos y respaldo.
Manuales de operación y mantenimiento.
Garantía de un año contra defectos de fabricación y vicios ocultos.
Tiempo de entrega de 60 días naturales.
Partida Concepto Cantidad solicitada
Unidad de medida
Marca y/o modelo
35 SISTEMA DE MONITOREO PERSONAL INALÁMBRICO
2 PZA SHURE
SISTEMA DE MONITOREO PERSONAL INALÁMBRICO
1 transmisor con montaje en rack P10T de SHURE
4 Receptores de cuerpo inalámbrico P10R de SHURE.
4 Audífonos SE315-K de SHURE
Montaje para rack
2 Antena,
Baterías
2 cables de antena
Salida de monitoreo.
Manual de operación.
Garantía, por escrito, de un año contra cualquier defecto de fabricación
Garantía de un año contra defectos de fabricación y vicios ocultos.
Tiempo de entrega de 60 días naturales.
Partida Concepto Cantidad solicitada
Unidad de medida
Marca y/o modelo
36 Modulador de RF de canal Fijo.
2 PZA
Dracom modelo 300VMF+
Modulador de RF de canal Fijo.
Marca DRACOM modelo 300VMF+
Entradas de video y audio analógicos
Rango de frecuencia de 54 a 552 MHz.
Canal 3 de CATV
Acepte señal de video de entrada de 0.7 a 1.5 volts P-P, 75 ohms
Entrada de audio de 175 mV. Rms mñinimo 10 Kohms, desbalanceado,
Controles al frente,
Salida de monitoreo
Montaje en rack
Nivel de salida +55 dBmV mínimo
Impedancia de salida 75 ohms
Opere en 115 volts de C.A. , 60 Hz.
Que tenga conectores tipo F.
Garantía de un año
Manuales de operación
Garantía de un año contra defectos de fabricación y vicios ocultos.
Tiempo de entrega de 60 días naturales.
Partida Concepto Cantidad solicitada
Unidad de medida
Marca y/o modelo
37 GRABADOR REPRODUCTOR DE VIDEO HD 2 PZA Doremi
modelo MCS-HD 1r1p
GRABADOR REPRODUCTOR DE VIDEO HD MARCA DOREMI MODELO MCS-HD 1r1p
Incluya almacenamiento externo de 3.5 Tera
Monitor LCD sobre panel frontal
Control completo desde el panel frontal.
Grabación de video con compresión seleccionable JPEG2000
Transiciones de video, fade, wipe y dissolve.
Que contenga software LISTMAKER y la opción ListMakerPL- Playlist Control.
Fuente redundante
Entradas y salidas de video SDI
Salida de video Compuesto
Entradas y salidas de audio análogo
Entradas y Salidas de audio AES/EBU
Entrada de referencia externa Tri Level
Soporte formatos 625(50Hz) y 525 (60 Hz), 720p (50, 60 Hz), 1080i/1080p
Manuales de operación
Garantía de un año contra defectos de fabricación y vicios ocultos.
Tiempo de entrega de 60 días naturales.
PROPUESTA TÉCNICA 1.- La descripción completa, detallada y ordenada de las partidas cotizadas, incluyendo el mínimo de
requisitos técnicos especificados en el anexo técnico. No se aceptaran propuestas alternativas por lo que, la propuesta será solo por la partida en la que se participe. 2.- Información técnica de los bienes ofertados conteniendo como mínimo los requisitos especificados en las presentes bases de la licitación y el señalamiento del cumplimiento de las normas de calidad, así como los demás aspectos técnicos que en su conjunto mejoren, especialicen y actualicen los que se hayan solicitado en las bases. Señalar los bienes que se propongan conforme se señalan en el Anexo, y las garantías conforme a la Ley Federal de Protección al Consumidor. 3.- Carta bajo protesta de decir verdad de que los bienes a contratar son nuevos, originales y se entregarán en las condiciones necesarias que permitan su correcto funcionamiento. 4.- Carta bajo protesta de decir verdad de que los bienes a contratar cumplen con las normas oficiales mexicanas y las normas internacionales que apliquen, haciendo el señalamiento de las mismas, conforme a la Ley Federal de Metrología y Normalización, así como las demás disposiciones aplicables en la materia. 5.- Relación de tres clientes nacionales que hayan atendido en los últimos tres años (2010,2011 y 2012), (cualquier año) con bienes similares de esta licitación, debidamente identificados, precisando los contratantes y las fechas de suscripción, acompañando carátula de los contratos, incluyendo los que se encuentren en proceso y, de estos últimos, además el avance aproximado, considerando al menos un año de experiencia, especificando contactos técnicos para corroborar la información. 6.- Carta del fabricante que garantice que el licitante cuenta con el respaldo para distribuir y comercializar en Territorio Mexicano, los bienes requeridos en la presente Licitación. 7.- Carta del propio concursante que avale que cuenta con la facultad para comercializar los bienes requeridos.
8.- El adjudicado a partir de la fecha de entrega-recepción de los bienes, garantizará su calidad a entera satisfacción de la SCJN, mediante carta garantía en papel membretado del fabricante, indicando las condiciones y trámites necesarios para su exigibilidad, con las siguientes coberturas mínimas: En caso de vicios ocultos o defectos de fabricación, el proveedor deberá sustituirlo por otro igual al originalmente ofertado. Los materiales que estén fuera de especificaciones o presenten defectos que imposibiliten su uso adecuado, después y dentro de los 10 días hábiles siguientes a la reclamación, deberán ser reemplazados por productos nuevos, por parte del proveedor sin costo para la SCJN. En caso de proporcionar capacitación, el Adjudicado deberá presentar la documentación que certifique, por parte del Fabricante, al personal que impartirá la capacitación mencionada. EVALUACIÓN DE PROPUESTAS TÉCNICAS Se verificará: 1.- Los bienes ofertados cumplan con la totalidad de las especificaciones en el anexo. 2.- Las propuestas técnicas incluyan la información, los documentos y los requisitos solicitados en las bases, el incumplimiento en cualquiera de los requisitos establecidos será causa de descalificación.