análisis de la guía metodológica para la elaboración de los instrumentos técnicos...
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El documento analiza la Resolución Ministerial N° 135-2013-MINAM y es elaborado por el Equipo Técnico del Proceso de ZEE-OT Cajamarca.TRANSCRIPT
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ANALISIS DE LA GUA METODOLGICA PARA LA ELABORACIN DE LOS
INSTRUMENTOS TCNICOS SUSTENTATORIOS PARA EL
ORDENAMIENTO TERRITORIAL APROBADA CON RESOLUCIN MINISTERIAL N 135-2013-MINAM
Elaborado por el Equipo Tcnico del Proceso ZEE-OT Cajamarca
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RM N 135-2013-MINAM: GUA METODOLGICA PARA LA
ELABORACIN DE LOS
INSTRUMENTOS TCNICOS
SUSTENTATORIOS PARA EL O.T.
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INSTRUMENTOS DE GESTIN DEL TERRITORIO
(Antes de la RM N135-2013-MINAM)
ZEE
Proceso dinmico y flexible para
la identificacin de diferentes
alternativas de uso sostenible de
un territorio determinado,
basado en la evaluacin de sus
potencialidades y limitaciones
con criterios fsicos, biolgicos,
sociales, econmicos y
culturales.
Una vez aprobada, la ZEE se
convierte en un instrumento
tcnico y orientador del uso
sostenible de un territorio y de
sus recursos naturales.
POT
Instrumentos de planificacin y
gestin
del desarrollo sostenible de pas
para promover
y regular los procesos de
organizacin sostenible
del territorio a nivel nacional,
regional y local,
articulados a los planes
ambientales, de desarrollo
econmico, social y otros, los que
deben ser
actualizados peridicamente.
Estos planes son
compatibles y complementarios
entre si y constituyen
componentes fundamentales de
la planificacin del desarrollo
sostenible
(DS 087-2004-PCM Reglamento ZEE)
(RM 026-2010-MINAM.
Lineamientos polit. O.T.)
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ZEE Proceso dinmico y flexible
para la identificacin de
diferentes alternativas de
uso sostenible de un
territorio determinado,
basado en la evaluacin de
sus potencialidades y
limitaciones con criterios
fsicos, biolgicos, sociales,
econmicos y culturales.
Una vez aprobada, la ZEE
se convierte en un
instrumento tcnico y
orientador del uso sostenible
de un territorio y de sus
recursos naturales.
EE
Instrumentos tcnicos de
carcter
estratgico, que
enfatizan el anlisis de
las dinmicas,
relaciones y
funcionalidad que se
evidencian en el territorio
bajo estudio y su
articulacin con otros
territorios.
Responden
a la necesidad de
conocer la relacin de
las sociedades con
su medio natural,
evolucin, situacin
actual y proyeccin,
permitiendo articular la
gestin y ocupacin del
territorio en concordancia
con sus caractersticas
naturales, necesidades
y desarrollo econmico.
DIT
Integra y analiza la
informacin generada en la
ZEE y los EE, permitiendo
completar el conocimiento
de las condiciones y
caractersticas ambientales
y sociales, as como de la
dinmica y tendencias de
crecimiento econmico de
un determinado mbito
geogrfico, y de sus
implicancias en los
ecosistemas.
El DIT aporta informacin
sobre las variables clave
que determinan la ocupa-
cin del territorio, susten-
tadas en las caractersti-cas
biofsicas, sociales,
econmicas, culturales,
funcionales, instituciona-les
y polticas del territorio;
estableciendo el conjunto
de condiciones favorables y
desfavorables en las que se
encuentra; y que servirn
de insumo para la
elaboracin del POT.
POT Instrumentos de
planificacin y gestin
del desarrollo sostenible
de pas para promover
y regular los procesos de
organizacin sostenible
del territorio a nivel
nacional, regional y local,
articulados a los planes
ambientales, de desarrollo
econmico, social y otros,
los que deben ser
actualizados
peridicamente. Estos
planes son
compatibles y
complementarios entre si y
constituyen componentes
fundamentales de
la planificacin del
desarrollo sostenible
(DS 087-2004-PCM Reglamento ZEE)
(RM 026-2010-MINAM.
Lineamientos polit. O.T.)
R M N 1 3 5 2 0 1 3 M I N A M G u a I n s t r u m en t o s T c n i c o s O. T.
AHORA
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Esquema conceptual de los estudios
especializados segn la RM N 135-
2013-MINAM.
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E.E.1 : Estudio de dinmica econmica regional.
Aparentemente el ms sencillo, pues tiene slo dos
pautas...
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... pero luego hay ms pautas anidadas...
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... con items para los cuales no
existe informacin...
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E.E.1 : Estudio de dinmica econmica regional.
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E.E.1 : Estudio de dinmica econmica regional.
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E.E.1 : Estudio de
dinmica econmica
regional.
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E.E.1 : Estudio de dinmica econmica regional.
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E.E.1 : Estudio de dinmica
econmica regional.
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E.E.1 : Estudio de dinmica econmica
regional.
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E.E.1 : Estudio de dinmica econmica regional.
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Ese fue slo el primer estudio
especializado, faltara hacer un
desagregado similar para todos los
dems.
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Comentarios de orden tcnico a la Gua Metodolgica para la
Elaboracin de los Instrumentos Tcnicos Sustentatorios para el
Ordenamiento Territorial
Resolucin Ministerial N 135-2013-MINAM
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I. El Ordenamiento territorial Dice: El ordenamiento territorial tiene como instrumentos sustentatorios a la
ZEE, los Estudios Especializados DIT y el POT, el cual a su vez se sustenta en
el diagnstico Integrado del territorio - DIT
El D.S. N 087-2004-PCM, del 23-12-2004; en el Artculo 3, inciso d) del
Reglamento de Zonificacin Ecolgica y Econmica (ZEE), establece que como
uno de los objetivos de la ZEE es: Proveer el sustento tcnico para la
formulacin de los planes de desarrollo y de ordenamiento territorial, en el
mbito nacional, regional y local;
La Directiva sobre Metodologa para la ZEE, aprobada por Decreto del
Consejo Directivo N 010 -2006-CONAM/CD, del 28/04/2006; en su CAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALES; tem 1.1 Marco Conceptual,
establece que la ZEE es un instrumento que genera informacin sobre
diversas alternativas de uso del territorio y de los recursos naturales y es base
para la formulacin de polticas y planes de ordenamiento y/o
acondicionamiento territorial, polticas y planes de desarrollo (nacional,
regional, local y sectorial).
ESTO SIGNIFICA QUE: La ZEE es la base para el ordenamiento territorial y tiene
normativa especfica. Los Estudios Especializados son insumos para el Diagnstico
Integrado del Territorio, instrumento que constituye instrumento bsico para iniciar el
proceso de formulacin del POT.
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b) Objetivo:
Complementar los resultados de la ZEE con informacin detallada de
las condiciones fsicas y biolgicas de un territorio priorizado y su
interaccin con procesos de desarrollo asociados a aspectos sociales,
econmicos, culturales, ambientales, entre otros.
Reflexin: Si los estudios especializados complementan los resultados de
la ZEE y estn orientados a caracterizar, analizar y evaluar, determinados
aspectos del territorio, estos se constituyen en insumo para elaborar el
DIT; POR LO TANTO, no deben llegar a un detalle de RECOMENDACIONES
o de PLANTEAMIENTO DE PROPUESTAS; puesto que esto ser parte de las
polticas y estrategias definidas en el Plan de Ordenamiento Territorial.
2.2. Estudios especializados.
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c.3.- Estudios de Evaluacin del riesgo y
vulnerabilidad al CC.
Pauta 4: Anlisis y evaluacin de peligros
ltimo prrafo; el peligro no se valora, como se expresa en este
prrafo; LO QUE SE PUEDE CUANTIFICAR Y VALORAR ES EL RIESGO.
Por que trabajar los sub modelos de peligros potenciales (zonas
donde se manifiestan fenmenos fsicos) y vulnerabilidad (Social,
considerando que los vulnerables son las personas y nos las
infraestructura y medios de vida), si ya se han trabajado en el proceso
de formulacin de la ZEE.
SI ES POSIBLE elaborar un mapa de peligros en base a estos dos sub
modelos construidos.
Pauta 5: Anlisis y evaluacin de vulnerabilidades.
El grado de exposicin no es un factor de vulnerabilidad. Si
teorizamos sobre los factores de vulnerabilidad que plantea el Dr.
Omar Daro Cardona, estos son Grado de Exposicin, Vulnerabilidad
Social y Baja Resiliencia. Posteriormente se determin que exposicin
no es un factor de vulnerabilidad (leer al Dr. Alan Lavell).
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O Pauta 6: Estimacin y evaluacin de los escenarios de riesgos. Un
escenario de riesgo, es una zona donde existe la probabilidad de
que se manifieste un peligro y ocasione daos y prdidas. Hacer
una valoracin del riesgo en estos escenarios es un trabajo
bastante complejo, que demanda la participacin de equipos
multidisciplinarios y no se disponen de metodologas validadas. SI
SE PUEDE HACER UNA estimacin de daos y prdidas.
O para que nos servira un mapa de riesgo si ya tenemos mapas
de peligro donde se supone se generara un escenario de riesgo?.
Esto en el entendido de que un FENMENO FSICO se convierte
en PELIGRO cuando al manifestarse interacta con unidades
sociales vulnerables.
O Pauta 7: Propuesta de medidas de prevencin y mitigacin ante
riesgo de desastres. Es parte de las polticas y estrategias a
considerar en el POT y de los instrumentos para su
implementacin.
O Si se quiere incorporar la variable cambio climtico, ser
necesario tener escenarios climticos para todas las regiones y a
la escala en la cual se ha trabajado la ZEE.
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c.4.- Estudios de servicios ecosistmicos. Pauta 3: Identificacin de medidas para la conservacin y uso sostenible de los
servicios ecosistmicos priorizados.
Todo lo que se indica en esta pauta es parte de la formulacin del POT y de su
instrumentacin.
c.5.- Estudios de anlisis de los cambios de la cobertura
y uso de la tierra
Pauta 6: Delimitar y caracterizar Zonas de Tratamiento Especial.
Esta delimitacin es parte de la ZEE y se supone que es parte de la memoria
descriptiva de cada zona de tratamiento especial.
Pauta 7: Identificacin de medidas de gestin. Lo indicado en esta pauta es
parte de las polticas y estrategias del POT y de sus instrumentos de
aplicacin.
c.6.- Estudios de anlisis de la capacidad institucional
Pauta 4: Determinar estrategias institucionales y programas para su mejora.
Lo indicado en esta pauta es parte de las polticas y estrategias del POT y de
sus instrumentos de aplicacin.
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El DIT es un instrumento tcnico que integra y analiza la informacin
generada en la ZEE y los EE..
El DIT aporta informacin sobre las variables clave o aspectos ms
importantes que determinan la ocupacin del territorio, sustentadas en
las caractersticas biofsicas, sociales, econmicas, culturales,
funcionales, institucionales y polticas del territorio
Esto significa que : la INFORMACIN DE LAS VARIABLES BSICAS Y DE
LOS SUB MODELOS DE LA ZEE ms los EE; constituyen la informacin
para ELABORAR EL DIT y desde este diagnstico se identifican las
VARIABLES CLAVE para iniciar el proceso de prospectiva territorial que
permitir definir las polticas y estrategias que conforman el POT.
SI ESTO ES AS, justifica entonces que los EE, no deben llegar a un detalle
de RECOMENDACIONES O DE PLANTEAMIENTO DE PROPUESTA, como se
establece en las pautas que brinda esta directiva.
2.3. Diagnstico Integrado del Territorio - DIT.
El DIT, mas que integrar y analizar informacin; constituye el escenario
actual del territorio y contribuye a explicar las estructuras territoriales y sus
dinmicas; a partir de un anlisis situacional, de cara a una sntesis de
problemas y opciones de desarrollo territorial.
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Previo a la aprobacin de los instrumentos tcnicos, el MINAM
deber emitir opinin favorable..
IV. OPININ FAVORABLE DEL MINAM.
V. PROCEDIMIENTO PARA LA VALIDACIN DE LOS
INSTRUMENTOS TCNICOS ZEE:
Una vez elaborado el instrumento, se enva a la DGOT..
Paso 7: DGOT revisa, emite informe de recomendaciones. Vuelve a la
instancia de gobierno que trabaja el instrumento.
Paso 8: Instancia de gobierno correspondiente, incorpora
recomendaciones y devuelve a DGOT.
Paso 9: DGOT revisa propuesta final del instrumento. Si la informacin
esta completa, MINAM opina favorablemente; si no est completa,
devuelve el documento con nuevo informe de recomendaciones. AS SE
REPETIR EN TANTO NO SE COMPLETEN LAS OBSERVACIONES.
Si la DGOT-MINAM brinda opinin favorable es estudio se aprueba con
ordenanza. Esto se repite para todos los instrumentos tcnicos.
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1. Si iniciado el proceso de elaboracin de los instrumentos
tcnicos, la DGOT asigna un equipo tcnico que brindar
asistencia tcnica, ESTA PARTICIPACIN DEL ENTE RECTOR
en la formulacin de estos instrumentos NO BASTA para ir
alcanzando las recomendaciones pertinentes y EVITAR
TRMITES BUROCRTICOS DE IDA Y VUELTA.
2. Qu SIGNIFICA INFORMACIN COMPLETA.. QUE SE SIGA
AL PIE DE LA LETRA LAS PAUTAS DE ESTA GUA O QUE
EXISTA UNA APROXIMACIN A LO QUE ESTABLECE LA GUA?
Qu criterios se tienen previstos para esta revisin?
3. ESTO PODRA CONVERTIRSE EN UN IDA Y VUELTA DE NUNCA
ACABAR; si consideramos que de lo que mas se adolece en
el pas es de informacin.
ALGUNAS OPINIONES E INTERROGANTES SOBRE EL PUNTO V.
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1. Qu PLAZOS SE TIENEN PARA QUE LA DGOT EMITA
OPININ?. Es indeterminado, depende del tiempo del
que disponen sus equipos tcnicos; depende de
coyunturas. SE PUEDE HACER USO DE LA LEY DE
SILENCIO ADMINISTRATIVO!
2. Se necesita aprobar cada estudio especializado con
ordenanza (es decir mediante ley regional o municipal)?.
Si estos son solo estudios para estructurar un diagnstico
deberan aprobarse en la Comisin Tcnica Regional/local
de ZEE-OT.
O Para que un instrumento normativo del nivel de
ordenanza para aprobar un estudio diagnstico. No ser
que estamos burocratizando demasiado un proceso de
planificacin territorial y convirtindolo en un festival de
ordenanzas.
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Interrogantes sobre los PIP de Ordenamiento Territorial
y la Gua Metodolgica para el OT
En el Banco de Proyectos SNIP existen 159 proyectos relacionados con el Ordenamiento Territorial, de los cuales 28 se encuentran en la situacin de evaluacin, 21 en formulacin, 103 viables, y 7 no viables.
La gran interrogante es 1) De dnde se va a conseguir financiamiento para realizar los 7 estudios especializados que se establecen para el Ordenamiento Territorial, segn la Gua Metodolgica para la elaboracin de los Instrumentos Tcnicos Sustentatorios para el Ordenamiento Territorial aprobada con Resolucin Ministerial N135-2013-MINAM, publicada el da mircoles 8 de mayo de 2013 en el diario El Peruano?
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En qu situacin se encuentran los Proyectos de Inversin que se encuentran en ejecucin? Cul es el costo de los
estudios especializados y los plazos de los mismos?
Con la aprobacin de la mencionada gua metodolgica, se est
desnaturalizando a los PIP, ya que los plazos que manejan las
Unidades Ejecutoras estn condicionadas a los plazos de una
entidad ajena a la ejecutora, ya que el MINAM tiene que emitir
opinin favorable, respecto a los cuales entramos en plazos
indeterminados.
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ANALISIS LEGAL
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O El da mircoles 08 de mayo en el Diario Oficial El Peruano, se public la Resolucin Ministerial N 135-2013-MINAM, que aprueba la Gua Metodolgica para la Elaboracin de los Instrumentos Tcnicos sustentatorios para el Ordenamiento Territorial, con la cual se pretende emitir un instrumento tcnico, que gue y oriente la formulacin de los Planes de Ordenamiento Territorial a nivel nacional, regional y local. Sobre su contenido debo manifestar que si bien se ha emitido con una norma Ministerial de alcance nacional, sta presenta imprecisiones de fondo y forma las que desarrollamos en este ensayo.
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O En primer lugar, se debi emitir la Poltica y Ley de Ordenamiento Territorial y luego la formulacin de una Gua Metodolgica que indique expresamente, que mediante ste instrumento normativo, se darn las pautas metodolgicas, para la elaboracin de los instrumentos tcnicos sustentatorios para el Ordenamiento Territorial. Slo as, esta Gua tendra el sustento y soporte tcnico legal correspondiente. Por esta razn, a pesar de ser actualmente el MINAM, el ente rector, es una Conditio sine qua non condicin sin la cual no,1que la institucin promotora debera unir esfuerzos con entidades pblicas, privadas y sociedad civil, para la emisin de una Poltica y Ley de Ordenamiento Territorial, despus de la cual, se emitirn otros instrumentos normativos procedimentales vlidos y eficaces, como es el caso de la Guas. En dicho sentido, tal cual como se ha presentado hasta ahora, en el escenario normativo en materia de Ordenamiento Territorial, una Gua no podra condicionar a una futura Ley de Ordenamiento Territorial, cuya emisin y responsabilidad recaen sobre el Congreso y la Presidencia de la Repblica.
1. Condicin o ingrediente necesario y esencial de carcter ms bien obligatorio para que algo sea posible y funcione correctamente.
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O De igual modo, en lo relacionado a los rganos
competentes en materia de Ordenamiento
Territorial, slo se indica como ente rector al
MINAM; sin embargo, en el Reglamento de
Zonificacin Ecolgica y Econmica (ZEE),
aprobado con DECRETO SUPREMO N 087-2004-
PCM, se establecen adems del MINAM, otros
rganos competentes de nivel regional y local
para aprobar el Ordenamiento Territorial, como
son, los Consejos Regionales y Concejos
Municipales Provinciales.
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O Tambin, se debe resaltar que los alcances y contenido de una Gua Metodolgica slo se limita a dar pautas y criterios orientativos, para la realizacin del Plan de Ordenamiento Territorial, ponderaciones que por su naturaleza se aplicarn de un modo flexible y proporcionado, adecuando sus previsiones a cada proyecto y realidad concreta, aspecto que no se indica; por el contrario, se est creando con una norma procedimental, como son, la realizacin de Estudios Especializados y el Diagnstico Integral Territorial, condicionando la aprobacin de ste y dems instrumentos tcnicos, al visto bueno del MINAM, trastocndose el espritu de esta norma procedimental, haca una norma sustantiva. Adems, desmerece los esfuerzos realizados por gobiernos regionales y locales como es el caso del departamento de Cajamarca, que desde el ao 2011, cuenta con una Gua aprobada por Ordenanza Regional (con rango de Ley), la cual se emiti de acuerdo a sus funciones y competencias, establecidas en el artculo 53 de la Ley Orgnica de Gobiernos Regionales, la misma que fue elaborada sobre la base de su macro ZEE y adecuada a su realidad. La Gua Metodolgica, no precisa cul es la situacin legal de dicha norma regional dentro del ordenamiento jurdico nacional. Finalmente, respecto a este punto, es importante indicar, que a la fecha en el pas, no existen procesos de Planes de Ordenamiento Territorial a nivel regional o locales culminados, ni menos en ejecucin, que respalden tcnicamente esta Gua Metodolgica aprobada por el MINAM.
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O Del mismo modo, sta Gua al no ser vlida, oportuna, ni eficaz, ante la falta de la aprobacin de una Poltica y Ley de Ordenamiento Territorial, por la omisin y responsabilidad compartida desde hace aos entre el Congreso y Presidencia de la Repblica, generara que los Gobiernos Regionales y Locales no puedan ejercer sus competencias adecuadamente, especialmente la de promover el Desarrollo Local, indicado expresamente en el artculo 6.a de la Ley de Bases de la Descentralizacin (Ley N 27783), que tiene como objetivo a nivel ambiental, el, Ordenamiento Territorial y del entorno ambiental, desde los enfoques de la sostenibilidad del desarrollo, ... Igualmente, en el artculo 53.a de la Ley Orgnica de los Gobiernos Regionales (Ley N 27867), seala que estos tienen como funcin ambiental, .. Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y polticas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales, ... Asimismo, en el artculo 53.f de la misma ley, precisa como funcin de los Gobiernos Regionales, Planificar y desarrollar acciones de ordenamiento y delimitacin en el mbito del territorio Regional Por lo expuesto, la omisin de regulacin normativa del Ordenamiento Territorial, est impidiendo el ejercicio de estas competencias de los gobiernos regionales y locales y est ocasionando el incumplimiento de normas materialmente de rango constitucional, por ser parte del bloque de constitucionalidad.
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O Tambin, la formulacin y elaboracin de la
mencionada Gua Metodolgica, no ha tomado
en consideracin a los Gobiernos Regionales y
Locales, cuya experiencia y aportes hubieran
hecho posible la formulacin de una Gua
Democrtica, Inclusiva y Participativa, por lo que
seria importante plantearnos en un futuro, a
corto y mediano plazo, Quin asume la
responsabilidad en caso de un fracaso de la
aplicacin de la Gua por los vacios tcnico -
legales?, Para cundo se pronostica que en
el Per, se cuente con el primer ordenamiento
territorial, bajo la aplicacin de esta
metodologa?...
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O En consecuencia, sealaremos que el procedimiento administrativo que ha seguido el MINAM, afecta seriamente el proceso de descentralizacin, que tras muchos aos de esfuerzos, se viene consolidando en el Per.
O De igual forma, es importante preguntarnos.. Qu tratamiento tendr el proceso ZEE y OT en el departamento de Cajamarca, si mediante Resolucin Viceministerial N 005-2011-VMDERN-MINAM, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 8 de noviembre del ao 2011, se declara viable el proceso de Macro Zonificacin Econmica Ecolgica ZEE del Departamento de Cajamarca, a efectos de iniciar su Plan de Ordenamiento Territorial? , ya que con dicha norma y con la conformidad del MINAM, a travs de sendos documentos administrativos remitidos al Despacho de Presidencia Regional, se da por saneado la macro ZEE de Cajamarca, a efectos de iniciar su POT.
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O Por otro lado, un vaco grande que no establece la Gua y con serias consecuencias, encaja en la interrogante, Cmo quedan los proyectos de inversin pblica que se encuentran viables y en ejecucin? , dado que al establecerse en la Gua los estudios especializados, estos van a irrogar mayores gastos al erario nacional, as como, los plazos de ejecucin tendrn que modificarse y extenderse, lo que vuelve inciertos los periodos de culminacin, por cuanto su ejecucin y conformidad, est supeditado a la voluntad poltica de ms de una gestin gubernamental del Gobierno Regional o Local que ejecutan sus procesos de ordenamiento territorial, sino tambin, a los tiempos, recursos econmicos y equipos tcnicos que disponga el personal de la Direccin General de Ordenamiento Territorial del MINAM para que emita opinin favorable.
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O Otra inconsistencia de la Gua es la contravencin al artculo 24, infine del Reglamento de Zonificacin Ecolgica y Econmica (ZEE), aprobado con DECRETO SUPREMO N 087-2004-PCM que prescribe, la actualizacin de la ZEE se realizar como producto del monitoreo y evaluacin, especialmente en los siguientes casos: procesos socioeconmicos que justifiquen cambio de uso del espacio, avances cientficos y tecnolgicos, cambio de uso por los efectos de los fenmenos naturales, identificacin de nuevos recursos naturales, entre otros, por lo que no se encuentra sentido a la realizacin de estudios especializados, si estos ya forman parte de la ZEE y en el caso de tener que realizar estudios complementarios, se ha regulado la figura jurdica de la actualizacin, por lo que la figura de estudios especializados deviene en carente de sustento y utilidad para la formulacin de los Planes de Ordenamiento Territorial.
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O Finalmente, en este orden de ideas, tambin es
necesario preguntarnos, Cmo quedan las
Comisiones Tcnicas Regionales y locales que
acompaan los procesos de ZEE-OT en los
diferentes niveles de gobierno, si este es el
espacio que tienen las entidades publicas,
privadas y sociedad civil, para participar en el
gestin del territorio? Sabido est, que estas
comisiones han acompaado los procesos de
ZEE a nivel nacional.
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CONCLUSIONES: 1. Sin procesos de planificacin y gestin del uso y ocupacin
territorial, no puede haber proteccin efectiva del derecho a vivir en un medio ambiente adecuado y equilibrado. Por lo tanto, la falta de regulacin normativa sobre el Ordenamiento Territorial, est bloqueando el ejercicio material y la vigencia del derecho constitucional a vivir en un medio ambiente adecuado y equilibrado, contenido en el artculo 2.22 de la Constitucin. Esta omisin afecta las dos posiciones fundamentales de esta potestad: a) el derecho a gozar de ese medio ambiente y; b) el derecho a que ese medio ambiente se preserve. Este ultimo derecho, como seala el Tribunal Constitucional, entraa obligaciones ineludibles para los poderes pblicos de mantener los bienes ambientales, en las condiciones adecuadas para su disfrute
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2. En la forma en que se encuentra elaborada la Gua Metodolgica, no se ajusta a un trabajo consensuado, participativo e inclusivo, con los rganos competentes a nivel nacional, regional y local, por lo que debera reformularse, con una agenda democratizadora, recogiendo aportes de los rganos competentes responsables de elaborar y ejecutar el ordenamiento territorial.
3. Asimismo, antes de abocarnos a emitir una Gua Metodolgica para la elaboracin de los Instrumentos Tcnicos Sustentatorios, para El Ordenamiento Territorial, sin un adecuado sustento tcnico legal y tcnico, tal como se ha demostrado en ste documento, deberamos unir esfuerzos para la emisin de una Poltica y Ley de Ordenamiento Territorial y, de esta manera, sistematizar y ordenar el marco legal sobre Ordenamiento Territorial y su aporte para el Desarrollo Sostenible del pas.
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4. Finalmente, antes de realizar actividades
econmicas, debe haberse definido y precisado
en el mbito regional o municipal provincial,
previo estudios y proceso de concertacin, la
asignacin de uso de suelos mediante Planes
de Ordenamiento Territorial, tal como se seala
en el artculo 20 de la Ley General del Ambiente
(Ley N 28611), la planificacin y el
ordenamiento territorial tienen por finalidad
completar la planificacin econmica, social y
ambiental con la dimensin territorial,
racionalizar las intervenciones sobre el territorio
y orientar su conservacin y aprovechamiento
sostenible
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5. Por ende, esta Gua no contribuye con el
ordenamiento territorial dentro del proceso de
descentralizacin; ms bien, est dilatando,
extendiendo y poniendo trabas a la culminacin
del Ordenamiento Territorial, desplazando e
inclusive impidiendo, la autonoma de los
Gobiernos Regionales y Locales,
desnaturalizando su carcter dinmico y flexible.
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6. Como reflexin final es necesario indicar que para la formulacin de los Proyectos de Ley de Ordenamiento Territorial y otros en curso, propuestos ante el Congreso de la Repblica, se vienen solicitando aportes y se estn utilizando como mecanismos para recogerlos talleres, seminarios y se establecen plataformas de debate y dialogo. Si se sabe que jurdicamente una ley regula cuestiones de carcter general; con mucha ms razn, si se trata de una gua tcnica especializada que va a operativizar un proceso para la formulacin de los Planes de Ordenamiento Territorial a nivel nacional, regional y local, esta debi socializarse y hacerse en forma participativa e inclusiva, teniendo en cuenta las similitudes y diferencias de los espacios territoriales y las experiencias de los gobiernos regionales y locales que tienen avances en los procesos de Ordenamiento Territorial.