sistema de justicia en lÍnea y juicio en lÍnea · sustanciar y resolver el juicio contencioso...
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Es el sistema informático establecido por el
Tribunal a efecto de registrar, controlar,
procesar, almacenar, difundir, transmitir,
gestionar, administrar y notificar el
procedimiento contencioso administrativo que
se sustancie ante el Tribunal.
Mediante este Sistema se va a promover,
sustanciar y resolver el juicio contencioso
administrativo en línea, a través de internet.
¿QUÉ ES EL SISTEMA DE JUSTICIA EN LÍNEA?
Substanciación y resolución del juicio
contencioso administrativo federal en todas
sus etapas, así como de los procedimientos
previstos en el artículo 58 de la Ley Federal de
Procedimiento Contencioso Administrativo, a
través del Sistema de Justicia en Línea,
mediante internet, incluso en los casos en que
sea procedente la vía sumaria.
¿QUÉ ES EL JUICIO EN LÍNEA?
Mediante la página Web del Tribunal:
http://www.tfjfa.gob.mx/
o bien, a través de dirección electrónica
correspondiente al Juicio en Línea:
http://www.juicioenlinea.gob.mx/
¿DÓNDE PROMUEVO UN JUICIO EN LÍNEA?
Para ingresar al Sistema es necesario
que toda persona física obtenga una
clave de acceso y contraseña, las
cuales deberán ingresarse en el
recuadro correspondiente del portal
del mismo.
¿CÓMO INGRESO AL SISTEMA DE JUSTICIA EN
LÍNEA?
Es el conjunto único de caracteres
alfanuméricos asignados por el Sistema de
Justicia en Línea del Tribunal a las partes,
como medio de identificación de las personas
facultadas en el juicio en que promuevan para
utilizar el Sistema, y asignarles los privilegios
de consulta del expediente respectivo o envío
vía electrónica de promociones relativas a las
actuaciones procesales con el uso de la firma
electrónica avanzada en un procedimiento
contencioso administrativo.
¿QUÉ ES LA CLAVE DE ACCESO?
Es el conjunto único de caracteres
alfanuméricos, asignados de manera
confidencial por el Sistema de Justicia
en Línea del Tribunal de Justicia Fiscal y
Administrativa a los usuarios, la cual
permite validar la identificación de la
persona a la que se le asignó una Clave
de Acceso.
¿QUÉ ES LA CONTRASEÑA?
Se obtienen en los Módulos de Registro
ubicados en cada una de las regiones del país
donde tiene presencia el Tribunal Federal de
Justicia Fiscal y Administrativa, cumpliendo
los siguientes requisitos:
I. Llenar la solicitud para obtener la Clave de
Acceso y generar la Contraseña, disponible en
cada módulo de registro;
¿CÓMO OBTENGO LA CLAVE DE ACCESO Y
CONTRASEÑA?
II. Proporcionar su nombre completo;
III. Precisar su domicilio (calle, número
exterior e interior, calles que la circundan,
colonia, ciudad, código postal, delegación o
municipio, entidad federativa y país);
IV. Proporcionar su correo electrónico
particular o institucional, en su caso;
V. Indicar su Clave Única de Registro de
Población (CURP) siempre que se trate de
personas físicas de nacionalidad mexicana;
VII. Exhibir su identificación oficial, y
VIII. Presentar el documento certificado con el
que acredite su personalidad, cuando el
trámite lo realice en representación de otra
persona física.
Los documentos mencionados en los puntos VII
y VIII deberán presentarse en original o copia
certificada para cotejo y copia simple. El
documento mencionado en el punto I deberá
presentarse en original. Cuando el solicitante
sea un extranjero, tratándose del dato
señalado en el punto VI, deberá exhibir el
documento con el que acredite su nacionalidad
en el formato expedido por la Secretaría de
Gobernación o impreso desde el portal de la
misma y en copia simple.
¿Cuándo obtenga la Clave de Acceso y
Contraseña se otorgará una constancia de
registro?
Sí, se entregará una constancia de registro al
interesado, en la que no aparecerá la
contraseña, en tanto que la misma solamente
la determina el usuario y solamente el mismo
la conocerá al tener el carácter de
confidencial.
La Clave de Acceso y
Contraseña tendrán una
vigencia permanente, mientras
no se solicite la baja o
cancelación de la primera ni la
modificación o recuperación de
la segunda.
¿CUÁL ES LA VIGENCIA DE LA CLAVE DE
ACCESO Y CONTRASEÑA?
Las Claves de Acceso asignadas por el Sistema,
se otorgarán exclusivamente a personas
físicas, sean promoventes, autorizados,
delegados, representantes legales, terceros
interesados, peritos de las partes, peritos
terceros, ciudadanos en general, así como
personas físicas que ostenten la calidad de
titular de una unidad administrativa, tanto
susceptibles de ser actoras o demandadas,
como las encargadas de su defensa en juicios.
¿QUIÉNES PUEDEN OBTENER LA CLAVE DE
ACCESO Y CONTRASEÑA?
No, las personas morales actuarán
en juicio a través de personas
físicas previamente registradas y
que sean sus representantes legales.
¿LAS PERSONAS MORALES PUEDEN OBTENER
CLAVE DE ACCESO Y CONTRASEÑA?
No, los usuarios que interactúen con el
Sistema de Justicia en Línea en uno o en
más juicios deberán obtener solamente
una Clave de Acceso y Contraseña, las
cuales le servirán para todos los asuntos
en que intervengan como personas físicas.
¿LOS USUARIOS DEL SISTEMA QUE INTERACTÚEN EN
DIVERSOS JUICIOS, DEBERÁN OBTENER DISTINTAS
CLAVES DE ACCESO Y CONTRASEÑAS?
Sí, cada usuario deberá contar con una
Clave de Acceso y Contraseña, quien
actuará como persona física acreditando
en su caso, el carácter con el que lo
hace.
¿SE PROPORCIONARÁ UNA CLAVE DE ACCESO Y CONTRASEÑA
A CADA AUTORIZADO Y DELEGADO O REPRESENTANTE LEGAL
QUE INTERVENGA EN UN JUICIO EN LÍNEA?
Si, en tanto que si la persona física
pretende ser usuario del Sistema de
Justicia en Línea, necesariamente tendrá
que registrarse en el Módulo de Registro
de Usuarios Externos y obtener su Clave
de Acceso y Contraseña, a efecto de
poder presentar su demanda a través de
la vía en línea.
¿LAS PERSONAS FÍSICAS TIENEN QUE REGISTRARSE Y
OBTENER LA CLAVE DE ACCESO, ANTES DE QUE VENZA
EL TÉRMINO PARA PRESENTAR LA DEMANDA?
Sí, los autorizados y delegados tendrán
que registrarse en el Módulo de Registro
de Usuarios Externos a efecto de obtener
su Clave de Acceso y Contraseña y estar
en aptitud de presentar promociones y/o
consultar expedientes a través de la vía
en línea.
¿LOS AUTORIZADOS SE VAN A REGISTRAR PARA
PRESENTAR PROMOCIONES?
A través de documentos electrónicos
elaborados dentro del mismo
Sistema. Así mismo, se podrán
elaborar fuera de dicho Sistema e
incluirlos al mismo.
¿DE QUÉ MANERA SE VAN A PRESENTAR LAS
PROMOCIONES A TRAVÉS DEL SISTEMA DE
JUSTICIA EN LÍNEA?
Los siguientes:
a). En documentos digitales o escaneados, con
una resolución óptica en un rangos de 100 y
600 dpi (unidad utilizada para definir la
resolución de salida en impresoras y
filmadoras), con la posibilidad de ajustar la
resolución en caso necesario. Para ello se
recomienda generar la salida del documento
digitalizado o escaneado en formato PDF a 200
dpi y 256 colores, preferentemente, además de
contar con la opción de "solo lectura" y
permitir la selección del texto.
¿PARA LA EXHIBICIÓN DE PRUEBAS DIGITALES Y OTROS
ANEXOS, QUÉ TIPOS DE ARCHIVOS ELECTRÓNICOS PUEDEN
INCLUIRSE EN EL SISTEMA DE JUSTICIA EN LÍNEA?
b). Los documentos asociados a videos y
audio, podrán presentarse en alguno de los
formatos siguientes: .avi, .flv, .mp4, .wmv,
DVD-video (video); .mp3, .wmv, audio CD,
DVD-audio, .wma, .mpg (audio).
c). Archivos de "tipo imagen" serán aceptados
los siguientes formatos: .jpg, .jpeg, .tif, .bmp,
.png, .jpe, .jfif, .gif, .dib que pueden ser
abiertos por la mayoría de las herramientas de
visualización.
El Sistema no tendrá la funcionalidad
de vincular automáticamente a los
usuarios externos con los expedientes
electrónicos; sin embargo, tal proceso,
será realizado por el Magistrado
Instructor o Secretario de Acuerdos a
través del Sistema.
¿CÓMO SE VINCULARÁ DENTRO DEL SISTEMA DE JUSTICIA EN
L ÍNEA A UN USUARIO EXTERNO CON UNO O VARIOS EXPEDIENTES
ELECTRÓNICOS PARA REALIZAR PROMOCIONES O CONSULTAS?
Mediante la página Web del Tribunal:
http://www.tfjfa.gob.mx/
o bien, a través de dirección electrónica
correspondiente al Juicio en Línea:
http://www.juicioenlinea.gob.mx/
Ingresando su clave de acceso y contraseña. Lo
anterior, a condición de que el usuario externo
tenga interés jurídico en el juicio
correspondiente o haya sido vinculado al
mismo por cualquier motivo.
¿CÓMO SE PUEDE CONSULTAR UN EXPEDIENTE
ELECTRÓNICO?
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