modos de extinción de las obligaciones
Post on 24-Feb-2016
68 Views
Preview:
DESCRIPTION
TRANSCRIPT
Modos de extinción de las obligaciones
-Ángeles Casas Verónica Grisel-López Hernández Carlos-Mendoza Hernández Leonardo Daniel
Concepto
Son los actos o hechos jurídicos establecidos por la ley para disolver el vinculo jurídico que une al acreedor con su deudor en torno a una prestación.
1.-Pago Es el modo mas general de extinguir las obligaciones, también
se conoce como solución.
Es el cumplimiento de la obligación, satisfaciendo el interés del acreedor y liberando al deudor.
Sujeto activo
Sujeto pasivo
-Pago por el deudor.-Pago por un tercero.
¿Quién realiza el pago? ¿Quién recibe el pago?
-Acreedor-Representante
• Ofrecimiento de pago y consignación.
El acreedor se rehúsa a recibir la prestación que se le adeuda, o este incapaz, ausente, etc.
2.-Dación en pago
Consiste en que el deudor de a su acreedor una cosa distinta de la que debió darle en virtud de la obligación, con el consentimiento del acreedor (art 2095 del C. Civil).
3.-Compensación
Es el medio de extinguir obligaciones que tiene lugar cuando en dos personas o mas reúnen recíprocamente las cualidades de deudor y acreedor (art. 2185 del C. Civil).El efecto es extinguir las deudas hasta el importe de la menor.
Juan Luis
Luis Juan
DEUDOR ACREEDOR
$100,000
$1,000,000
$900,000Juan Luis
Para que la compensación se efectué es necesario que las dos deudas sean en dinero o en cosas fungibles y que sean además:
Reciprocas
Liquidas
Exigibles (art 2190 del C. Civil)
Embargables (excepto deudas alimenticias, rentas vitalicias, salarios mínimos, etc. (art. 2192 del C. Civil)).
4.-Confusión Consiste en que las dos cualidades de deudor y acreedor se
reúnan en una misma persona (art. 2206 del C. Civil). Los casos mas frecuentes son en la sucesión por causa de
muerte.
Enrique Luis
DEUDOR ACREEDOR
$10,000
$10,000 legadoACREEDOR
5.-Remisión
6.-Novación
7.-Pérdida de la cosa
8.-Término extintivo
9.-Prescripción extintiva
Existe la prescripción extintiva cuando, transcurrido el tiempo señalado por la ley, el acreedor no ejercita sus derechos. En este caso, las obligaciones se extinguen.
ADQUISITIVA
EXTINTIVA O NEGATIVA
La ley señala los plazos que son necesarios para que una obligación prescriba (arts. 1159, 1161, 1162, 1163 y 1164 del código civil para el D.F). Existen obligaciones que son imprescriptibles. Por ejemplo: la obligación de dar alimentos.
10.-Nulidad
Puede ser absoluta y relativa Absoluta: se origina cuando el acto
realizado es contrario a la ley (el objeto es ilícito).
Relativa: se presenta cuando un acto existe pero esta viciado.
11.-Resolución
Esta forma de extinción la obligación se da al cumplirse una condición.
12.-Rescisión
Anulación o invalidación del
contrato celebrado, ya sea porque ambas
partes estén de acurdo en invalidarlo, ya
porque alguna de ellas no cumplió con la
obligación contraída y la otra se ve en la
necesidad de darlo por concluido.
13.-Revocación
Consiste en dejar sin efecto un acto jurídico o una declaración de voluntad, anularla, la misma puede darse por el mutuo consentimiento de las partes o por la voluntad unilateral como son testamentos, mandatos, donaciones (por ciertas causas), y otras.
top related