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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO
DE HIDALGOESCUELA SUPERIOR DE ZIMAPÁN
Licenciatura en DERECHO
Asignatura: Derecho Fiscal
Tema: PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO DE VERIFICACIÓN
Lic. CARLOS ORLANDO ACEVEDO JAGUEY
Julio – Diciembre 2017
Tema: Procedimiento Administrativo de Verificación.
Resumen
En la presentación se hace un
estudio del procedimiento
administrativo de verificación que
regula el CFF, como una facultad de
comprobación de la Autoridad Fiscal
en el que se cerciora que el
contribuyente cumpla con sus
obligaciones fiscales y no cometa
delitos.
Tema: ADMINISTRATIVE VERIFICATION PROCEDURE(Abstract)
The presentation makes a study of theadministrative verification procedurethat regulates the Fiscal Code, as apower of verification of the FiscalAuthority in which it makes sure thatthe taxpayer fulfills its fiscalobligations and does not commitcrimes.
Palabras clave:
Verificación.
Contabilidad.
Verificado.
Verificador.
Acta de Verificación.
Procedimiento Administrativo.
(keywords):Check.Accounting.Verified.Checker.Verification Act.Administrative Procedure.
Objetivo general:
Que el alumno conozca las formalidadessubjetivas, objetivas y procedimentales,contenidas en los diferentes ordenamientoslegales, de los diferentes actos administrativosque la autoridad fiscal practica acontribuyentes, responsables solidarios y aautoridades, así como dominar, entender ydiferenciar los diferentes medios deimpugnación que tienen estos últimos en casode inconformidad por las practicas de losprimeros para aplicarlos en la vida profesional.
Nombre de la unidad:
UNIDAD 4:
Objetivo de la unidad:
El alumno analizará la justificación
del Estado para ejercitar sus
facultades de comprobación,
cuales son los tipos de verificación,
las formalidades de la misma y los
derechos y obligaciones, tanto del
verificado como del verificador.
IV.1.- FACULTADES DE COMPROBACIÓN DE LAS AUTORIDADES.
Art. 31 FII LOAPF
La SHCP tiene la obligación
De cobrar las contribuciones
El RISHCP
Art. 60 FVIII, IX y X
Faculta
Comprobará
que
Dirección
General de Fiscalización.
Determinen
Contribuciones
Omitidas.
No cometan
Delitos.
Cumplan
Obligaciones
•Contribuyentes.
•Terceros
•Responsables Solidarios.
Facultades de las Autoridades Fiscales
Al ser las contribuciones determinables por elcontribuyente, la Administración Tributaria tiene queimplementar los mecanismos que le permitan vigilar ycomprobar que lo informado y el monto de lacontribución sea lo correcto de acuerdo a lo establecidoen las leyes de la materia
RequerimientoVisita
Domiciliaria
Verifica el cumplimiento
de las Obligacionesfiscales
IV.2.- CONCEPTO DE VERIFICACIÓN.
“Es el conjunto de acciones yprocedimientos otorgados por la ley ala autoridad fiscal, que tienen comofinalidad, inspeccionar y constatar elcorrecto cumplimiento de lasobligaciones tributarias a cargo de loscontribuyentes, los obligados solidariosy los terceros con ellos relacionados.”
IV.3.-TIPOS DE
VERIFICACIÓN. Art. 42 F III y V CFF
Verificar lasmercancías,contabilidad ybienes.
El cumplimiento delas obligaciones fiscalesrespecto de laexpedición decomprobantes.
De la presentaciónde solicitudes oavisos en materia delRegistro Federal deContribuyentes.
Verificar que laoperación de los sistemasy registros electrónicos,que estén obligados allevar los contribuyentes,se realice conforme ley.
Así como para solicitar laexhibición de ladocumentación o loscomprobantes que amparen lalegal propiedad, posesión,estancia, tenencia oimportación de lasmercancías.
Verificar que los envases orecipientes que contenganbebidas alcohólicas cuenten conel marbete o precintocorrespondiente o, en su caso,que los envases que conteníandichas bebidas hayan sidodestruidos.
Verificar que lascajetillas de cigarroscontengan loscódigos deseguridad.
VERIFICACIÓNExpedición
de Comprobantes
IV.3.- TIPOS DE VERIFICACIÓN. 42 F III y V CFF
Presentar avisos y solicitudes del
RFC
MERCANCIAS BIENESCONTABILIDAD
Respecto a Embotellamiento de
bebidas A.
Los sistemas electrónicos se lleven conforme
Ley.
IV.4.-REQUISITOS DE LA
ORDEN DE VERIFICACIÓN.
A. El lugar o lugares donde debe efectuarse la
visita.El aumento de lugares avisitar deberá notificarse alvisitado.
B. El nombre (s).Persona (s) que deban efectuarla visita.Quienes podrán ser sustituidas,aumentadas o reducidas en su número,en cualquier tiempo por la autoridadcompetente, la que se notificaráal visitado.
C. Comercio Exterior.-Impreso el nombre del visitado.
Si se ignora su nombre.
Señalarse los datos que permitan suidentificación, los cuales podrán serobtenidos, al momento de efectuarse lavisita domiciliaria.
IV.5.-OBLIGACIONES
DE LOS SUJETOS.
Conducta de los visitadores ante el contribuyente
◗ Conducirse con respeto yprobidad, absteniéndose deprejuzgar la situación fiscal delvisitado.◗ Respetar el derecho de loscontribuyentes de interponer losmedios de defensa.
Conducta de los visitadores ante el contribuyente
◗ No manifestar presuncionesinfundadas.◗ Hacer constarpormenorizadamente en las actasde auditoría las irregularidadesfiscales y aduaneras encontradas ylevantar última acta parcial.
Conducta de los visitadores ante el contribuyente
◗ Se abstendrán de exigir a loscontribuyentes una formaespecífica de pago de las multascuando las leyes aplicablesestablezcan formas opcionalesde pago.
Conducta de los visitadores ante el contribuyente
◗ No podrán amenazar o insinuar alvisitado que existe la posibilidad deimputarle delitos◗ No podrán comunicar alcontribuyente en forma verbal lasirregularidades encontradasdurante la auditoría.
Desarrollo la Visita Domiciliaria.
Art. 44 CFF
Desarrollo la visita domiciliaria. Art. 44 CFF
Visita
Se encuentraEl contribuyente
O deja citatorio
LevantamientoDel
Acta parcial
Acceso aLa
contabilidad aseguramiento
Obtención De las
Copias de lacontabilidad
Horario:7:30 y las
18:00 horas
Acta final
Plazo máximo 12 meses
Plazo Máximo de
6 meses
Resolución
FORMALIDADES EN EL DESARROLLO DE LA VERIFICACIÓN.
ACTA DE APERTURA.
1. Se desarrollará la verificación en el domiciliodel contribuyente, simultáneamente enlocales del verificado o en las Instalaciones delSAT.
2. Acreditarse como verificador.
3. Verificar al sujeto con quien ha de practicarse.
4. La Autoridad verificadora debe además depresentar la orden de verificación.
Cerciorarse delDomicilio
•DOMICILIO FISCAL.•ALSC
•SIMULTANEAMENTE EN LOCALES
CERSIORARSE DEL SUJETO VERIFICADO
PRESENTAR
ORDEN DE
VERIFICACION.
ACREDITAR
SE.
•MEDIANTE CREDENCIAL
•ART. 38 Y 43 CFF
•TERCERO,REPRESENTANTE•CONTRIBUYENTE
ACTA PORMENORIZADA.5.- EL SUJETO PASIVO DEL ACTO DE
VERIFICACIÓN DEBERÁ DE NOMBRAR A 2(DOS) TESTIGOS.
• Si no los nombra, lo harán losverificadores.
• Se pueden remover y cambiar a lostestigos.
• No podrán ser trabajadores del SAT.
ACTA PORMENORIZADA.6.- EL VERIFICADOR DEBERÁ DE HACER
CONSTAR TODOS LOS SUCESOS IMPORTANTESDE LA VISITA, ASI COMO LASIRREGULARIDADES.
• Como los documentos o contabilidadinventariada.
• Las mercancías aseguradas.
• Los bienes y contabilidad sellada.
DESIGNIO DE TESTIGOS
CONSTAR
YASENTAR
NO PERSONAL DEL SAT
EL VERIFICADO.SE PODRAÁN MODIFICAR
HECHOS.LOS ASEGURAMIENTOS.LAS IRREGULARIDADES.
ACTA PORMENORIZADA.
FORMALIDADES EN EL DESARROLLO DE LA VERIFICACIÓN.
ACTA FINAL• Debe estar presente el verificado.
• Se debe dar por concluido el actode verificación en el domiciliofiscal.
• Si se niega a firmar o a recibir seasentara en el Acta.
IV.9.-TERMINO LEGAL DE
CONCLUICIÓN.
• 1 año a partir de que surta efectos lanotificación.
• 2 años si se trata de verificación deaduanas o verificación en elextranjero.
• 18 meses si se esta verificandorespecto a la LISR.
Art. 46 A CFF
Se interrumpe el termino paraconcluir la verificación:
Huelga.
Cambio de domicilio.
Muerte del verificado.
En caso de requerir la autoridad información alverificado.
En caso de que la autoridad no pueda llevar acabo la verificación.
Cuando el verificador no levante acta final.
ACTA CONCLUSIVA
PRESENTE EL VERIFICADO
SE CONLCUYE EL ACTO
FIRMAS DE VERIFICADO
TESTIGOS
18 MESES
LIVA
2 AÑOSADUANAS
1 AÑO DE NOTIFICADO
Obligaciones y Derechos del Visitado
•Permitir a losvisitadores el accesoal lugar.
•Permitir la verificaciónde la mercancía ybienes.
•Poner a disposición decintas ópticas yequipos especialesdonde se lleve lacontabilidad.
•Permitir que losverificadoresobtengan copia dela contabilidad odocumentos.
•Permitir el sellado yaseguramiento de lacontabilidad y serdepositario de lamisma.
• En caso de anomalía elcontribuyente puede en ellapso de 20 días presentardocumento que subsane laanomalía, pudiéndose ampliar15 días.
• Tener derecho a una copia dela verificación.
Fuente:
Código Fiscal de laFederación. (México2017).
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