ley 715 de 2001

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Corporación de Estudios Tecnológicos del Norte del Valle

ÁLVARO POSSE GUZMÁN

Recursos transferidos por la Nación a los

entes territoriales.

No incluye los recursos del Fondo Nacional de

Regalías.

Conformado por: Participación para la

educación, participación para la salud y

participación de propósito general (agua

potable y saneamiento básico).

Educación: 58.5%

Salud: 24.5%

Propósito General: 17.0%

Competencias de la Nación: establece los

parámetros generales.

Competencias de la entidades territoriales:

Departamentos: Administración de los municipios

no certificados.

Municipios Certificados: Administración de la

Educación en una ciudad de más de 100.000 h.

Municipios no certificados: Administración

limitada por el ente territorial (Departamento).

INSTITUCIÓN EDUCATIVA: Presta un año de

educación preescolar, nueve de educación

básica y la media.

CENTRO EDUCATIVO: No ofrece la totalidad

de grados y debe asociarse con otras

instituciones para ofrecer el ciclo básico

completo.

Pago del personal docente y administrativo.

Construcción de infraestructura,

mantenimiento, pago de servicios públicos y

funcionamiento de las IE.

Provisión de la canasta educativa.

Mantenimiento, evaluación y promoción de la

calidad educativa.

Transporte escolar para garantizar acceso y

permanencia de niños de estratos bajos.

Asignación por alumno en las zonas urbana y

rural.

Participación por población atendida.

Población por atender en condiciones de

eficiencia.

Equidad: distribución de sumas residuales de

acuerdo con los indicadores de pobreza

certificados por el DANE.

Departamentos y Distritos.

Municipios de más de 100.000 habitantes.

Municipios de menos de 100.000 habitantes

que cumplan con los reglamentos en materia

de capacidad técnica, administrativa y

financiera.

Instituciones educativas del Estado.

Instituciones no estatales de reconocida

trayectoria e idoneidad, cuando se

demuestre la insuficiencia de las anteriores.

Informaciones no presentadas o inexactas.

Disminución de la calidad.

Incumplimiento de los estándares de calidad.

Desvío de recursos.

Administración temporal a

través del Ministerio de

Educación Nacional.

Pérdida de la certificación.

A cargo del Secretario de Educación.

Informe a los Consejos Directivos de las IE

oficiales y a través de los Medios de

Comunicación:

Recursos.

Plazas.

Nómina.

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