legalizacion industrial
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Legalización proyectos:Legislación industrial
Maite Fernández
Legislación industrial General
• Base de la legislación industrial, tramitaciones y reglamentos
Ley 21/1993, de Industria
• Gestionado desde las comunidades autónomas excepto casos especiales
R.D. 697/1995, Registro Establecimientos Industriales
• Normalización (AENOR), Certificación, Inspección, Calibración y OC /EIA
R.D.2200/1995, Calidad y Seguridad industrial
• Especificaciones para tramitaciones en algunos campos
AUTONÓMICA:
REGLAMENTOS INSTALACIONES
•Almacenamiento Productos Químicos (APQ)
• Almacenamiento Fertilizantes (AF)
• Almacenamiento Gases Combustibles (GC)
• Instalaciones Protección contraincendios (PCI)
• Instalaciones Petrolíferas (IP)
• Líneas E. de Alta Tensión (LAT)
• Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación (RAT)
• Instalaciones E. de Baja Tensión (BT)
REGLAMENTOS PRODUCTOS•Aparatos a Presión (AP)
Calderas vapor, agua caliente u otro fluido
Depósitos a presión
Instalaciones aire comprimido
•Aparatos Elevación y Manutención (AEM)Ascensores
Grúas torre y grúas móviles
Elevadores de obra
•Aparatos que Utilizan Gases Combustibles (GC)Quemadores industriales
Redes de distribución
•Aparatos y sistemas de protección para Uso en Atmósferas Explosivas (ATEX)
COMPLEMENTARIOSCódigo Técnico Edificación (CTE)
Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE)
Plantas e instalaciones frigoríficas (IF)
Prevención de accidentes mayores (AG)
Prevención de Riesgos Laborales (PRL)
Productos de construcción
Seguridad en las máquinas
Seguridad minera
Transporte mercancías peligrosas (ADR)
Y Otros….
PROYECTOSMemoria técnica
Datos proyecto (nombre, emplazamiento, propietario, uso, etc.)
Norma o Código utilizadoDescripción instalación
• Sistemas de producción (Áreas de trabajo, líneas de proceso, instalaciones auxiliares, etc.)
• Sistemas de protección, seguridad y salud (Contra incendios, Climatización y Ventilación, Accesos y Salidas emergencia, Sanitarios, etc.)
CálculosEquipos, maquinaria, etc. (Descripción, Justificación Uso e Instalación)Aspectos del entorno (*)Justificación del cumplimiento de las normas y códigos de aplicación
PlanosPresupuestoInstrucciones uso, conservación y seguridadPlan de emergencia interior (Solo Proyectos de APQ y AF)
EJEMPLOS REQUISITOS PROYECTOSRD 919/06 ITC‐ICG‐03
RD 888/06 MI‐AF1
EJEMPLOS REQUISITOS PROYECTOSRD 1523/99 ITC‐IP‐03 Orden 17/03/81 ITC‐AP1
RD 842/2002 REBT
MEMORIAS TÉCNICAS
En los casos de menor riesgo y mayor sencillez de la instalación losreglamentos permiten que las instalaciones se puedan legalizar con unaMEMORIA TÉCNICA que contenga los datos básicos de la instalación.
Para ello existen Formularios en donde los datos más importantes sonsolicitados de forma esquemática y evitando falta de información.
Estas Memorias pueden ser elaboradas por INSTALADORES AUTORIZADOSpor la administración competente en cada uno de los reglamentos.
PROYECTO ‐MEMORIA TECEjemplo Instalaciones Eléctricas de BT – IN 614C
Ejemplo Instalaciones Industriales Contra incendios – IN 620A
INSTALADORES AUTORIZADOS•Instalador Baja Tensión (categoría Básica y Especialista)
•Instalador Fontanería
•Instalador de Gas (categorías A, B, C)
•Instalador de climatización
•Instalador calefacción e AQS
•Instalador de Protección Contra Incendios
•Instalador de Grúas Torre
•Instalación Ascensores
•Instalador Aparatos a presión
•Instalador Productos Petrolíferos (categorías I, II, III)
•Instalador Frigorista
•Instalador Café
•Instaladores de limitadores de velocidad
•Medición de tensiones de paso e contacto en instalaciones de puesta a tierra
•Empresa de la Construcción
•Empresas madeira e corcho
• Instaladoras de Telecomunicaciones (Ministerio ITC)
TIPOS DE CARNES y/o EMPRESASAUTORIZADAS
NOTA: Autorización o comunicacióna la Comunidad Autónoma de Galicia
Proyectos:¿Cuándo?
LIMITES REGLAMENTARIOS PARA REALIZACIÓN DE PROYECTOS
Cada uno de los Reglamentos de Instalaciones o Productos Industrialesincluye:
Limites de aplicación propios del reglamento
Casos en que es aplicable realizar proyecto para legalizar la instalación
Almacenamiento de productos químicos
APQ
LIMITES REGLAMENTARIOS PARA REALIZACIÓN DE PROYECTOSAlmacenamiento Productos Químicos (APQ)
Limites de aplicación propios del reglamentoArt. 2.- Almacenamientos de productos químicos de nueva construcción, ampliaciones o modificaciones de las existentes (no integradas en las unidades de proceso)
*Quedan excluidos del ámbito de aplicación los de capacidad inferior a :a) Sólidos tóxicos: clase T+, 50 kgs; clase T, 250 kgs; clase Xn, 1.000 kgs.b) Comburentes: 500 kgs.c) Sólidos corrosivos: clase a, 200 kgs; clase b, 400 kgs; clase c, 1.000 kgs.d) Irritantes: 1.000 kgs.e) Sensibilizantes: 1.000 kgs.f) Carcinogénicos: 1.000 kgs.g) Mutagénicos: 1.000 kgs.h) Tóxicos para la reproducción: 1.000 kgs.i) Peligrosos para el medio ambiente: 1.000 kgs.
Casos en que es aplicable realizar proyecto para legalizar la instalaciónArt.3.- Para la instalación, ampliación, modificación o traslado de las instalaciones […], destinadas a contener productos químicos peligrosos, el titular presentará ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma, un proyecto firmado por técnico competente y visado por el Colegio Oficial que corresponda.Si existe instrucción técnica complementaria (ITC), el proyecto se redactará de conformidad a lo previsto en la misma.
LIMITES REGLAMENTARIOS PARA REALIZACIÓN DE PROYECTOSAlmacenamiento Productos Químicos (APQ)
Limites de aplicación propios del reglamento
Kg
Sólidos tóxicos:Clase T+ Clase Xn
50 < Q < 250250 < Q < 1.250
Comburentes 1.000 < Q < 5.000
Sólidos corrosivos:Clase a Clase bClase c
200 < Q < 1.000400 < Q < 2.0001.000 < Q < 5.000
IrritantesCarcinogénicosSensibilizantesMutagénicosTóxicos para la reproducción Peligrosos para el medio ambiente
1.000 < Q < 5.000
MEMORIA: Podrá sustituirse el proyectopor otro documento más sencillo en losalmacenamientos con capacidadcomprendida entre los valores que seindican en la siguiente tabla:
OTRAS CLASIFICACIONES:APQ-1 Almacenamiento de líquidos inflamables y CombustiblesAPQ-2 Almacenamiento de óxido de etilenoAPQ-3 Almacenamiento de cloro»APQ-4 Almacenamiento de amoníaco anhidroAPQ-5 Almacenamiento de botellas y botellones de gases comprimidos licuados y disueltos a presiónAPQ-6 Almacenamiento de líquidos corrosivosAPQ-7 Almacenamiento de líquidos tóxicosAPQ-8: Almacenamiento de Fertilizantes a base de Nitrato Amónico con alto contenido en Nitrógeno
APQ-01: Líquidos Inflamables y Combustibles
LIMITES REGLAMENTARIOS PARA REALIZACIÓN DE PROYECTOSAlmacenamiento Productos Químicos (APQ)
Casos en que es aplicable realizar proyecto para legalizar la instalación
litros
Clase A Todos
Clase B V > 50
Clase C V > 250
Clase D V> 1000
instalaciones en las que se cargan/descargancontenedores cisterna, camiones cisterna o vagones cisterna
Excepciones:•Regulados por el Reglamento de Instalaciones petrolíferas.•Almacenamientos de GLP (gases licuados de petróleo) o GNL (gases naturales licuados)
APQ-6: Almacenamiento de líquidos corrosivos
LIMITES REGLAMENTARIOS PARA REALIZACIÓN DE PROYECTOSAlmacenamiento Productos Químicos (APQ)
Casos en que es aplicable realizar proyecto para legalizar la instalación
Punto de inflamación litros
Clase A V>200
Clase B V > 400
Clase C V > 1000
estaciones de carga y descarga de contenedores, vehículos o vagones cisterna de líquidos corrosivos, aunque la carga o descargasea hacia o desde instalaciones de proceso
Excepciones:•Almacenamientos no permanentes en expectativa de tránsito cuando su período de almacenamiento previsto sea inferior a setenta y dos horas.•Almacenamiento de residuos tóxicos y peligrosos
APQ 7: Almacenamiento de líquidos tóxicos
LIMITES REGLAMENTARIOS PARA REALIZACIÓN DE PROYECTOSAlmacenamiento Productos Químicos (APQ)
Casos en que es aplicable realizar proyecto para legalizar la instalación
Clase litros
Total V>600
T+ V > 50
T V > 150
Xn Suma <600
La capacidad máxima unitaria de los envases en estos almacenamientos no podrá superar los 2l para la clase T+ y los 5l para la clase T
Excepciones (solo Memoria):• Quedan excluidas del trámite administrativo de inscripción los almacenamientos cuya capacidad sea inferior a (cumpliéndose las normas de seguridad establecidas):
Sustancias de la clase T+, 100 litros oSustancias de la clase T, 250 litros oSustancias de la clase Xn, 1.000 litros
Para almacenamientos iguales o superiores a los indicados, pero inferiores a los siguientes: Sustancias de la clase T+, 800 litros
Sustancias de la clase T, 1.600 litrosSustancias de la clase Xn, 10.000 litros
APQ 8: Almacenamiento de Fertilizantes a base de Nitrato Amónico con alto contenido en Nitrógeno
LIMITES REGLAMENTARIOS PARA REALIZACIÓN DE PROYECTOSAlmacenamiento Productos Químicos (APQ)
Casos en que es aplicable realizar proyecto para legalizar la instalación
Clase Toneladas
Granel Q>500
Envasado Q > 200
Almacenamientos permanentes
Excepciones (solo Memoria):• Los almacenamientos para uso propio, con el fertilizante envasado, con una capacidad no superior a 5 t.
Almacenamiento de fertilizantes
AF
LIMITES REGLAMENTARIOS PARA REALIZACIÓN DE PROYECTOSAlmacenamiento Fertilizantes (AF)
Limites de aplicación propios del reglamento
Clase Toneladas
A Granel Q>5000
Envasado Q>8000
Excepciones (no aplica):•Almacenamientos no permanentes, en tránsito o en expectativa de tránsito.•Los almacenamientos para uso propio con una capacidad no superior a 500 t.Excepciones (Memoria):•El resto
Art. 1.- […] almacenamiento, carga, descarga y trasiego de fertilizantes a base de nitrato amónico con un contenido en nitrógeno igual o inferior al 28 por ciento en masa en toda clase de establecimientos y almacenes, incluidos los recintos comerciales y de servicios.
Casos en que es aplicable realizar proyecto para legalizar la instalaciónLos almacenamientos cuya capacidad sea:
Instalaciones y distribución de Gases Combustibles
GC
LIMITES REGLAMENTARIOS PARA REALIZACIÓN DE PROYECTOSGases Combustibles (GC)
Limites de aplicación propios del reglamento: Partes del Reglamento
ICG 01: Instalaciones de distribución de CG por canalización
ICG 02: Centros de almacenamiento y distribución de envases de GLP
ICG 03: Instalaciones de almacenamiento de GLP en depósitos fijos
ICG 04: Plantas satélite de GNL
ICG 05: Estaciones de servicio para vehículos a gas
ICG 06: Instalaciones de envases de GLP para uso propio
ICG 07: Instalaciones receptoras de CG
ICG 08: Instalaciones de GLP en caravanas
ICG 09: Instaladores de gas
ICG 10: Aparatos de gas
ICG 11: Normas de referencia
ICG 03: Instalaciones de almacenamiento de GLP en depósitos fijos
LIMITES REGLAMENTARIOS PARA REALIZACIÓN DE PROYECTOSGases Combustibles (GC)
Casos en que es aplicable realizar proyecto para legalizar la instalación
Instalaciones de almacenamiento que ALIMENTEN REDES
Instalaciones de ALMACENAMIENTO CON:•Vaporizador,•Equipo de trasvase o boca de carga a distancia enterrada •Que no discurra por terrenos de la misma propiedad
Instalaciones en LUGARES DE LIBRE ACCESO AL PÚBLICO
Instalaciones V>13 M3
Instalaciones Protección Contraincendios
PCI
LIMITES REGLAMENTARIOS PARA REALIZACIÓN DE PROYECTOSInstalaciones Protección Contraincendios (PCI)
Limites de aplicación propios del reglamento
Quedan excluidas del ámbito de aplicación las actividades:•nucleares, radiactivas•las de extracción de minerales•las ACTIVIDADES AGROPECUARIAS •las instalaciones para usos militares.•actividades industriales y talleres artesanales con carga de fuego, Q<10 Mcal/m2 (42 MJ/m2), con superficie útil <60 m2, excepto en lo recogido en los apartados 8 y 16 del anexo III.
Artículo 2.- Establecimientos industriales (RD 2267/04):a. Industrias, tal como se definen en el artículo 3.1 de la Ley 21/1992 de industriab. Almacenamientos industrialesc. Talleres de reparación y los estacionamientos de vehículos destinados al servicio de
transporte de personas y transporte de mercancíasd. Servicios auxiliares o complementarios de las actividades comprendidas en los
párrafos anteriores.Y Almacenamientos de cualquier tipo, cuando su carga de fuego total Q ≥ 3·106MJ
LIMITES REGLAMENTARIOS PARA REALIZACIÓN DE PROYECTOSInstalaciones Protección Contraincendios (PCI)
Casos en que es aplicable realizar proyecto para legalizar la instalación
NOTA:•Para los cálculos de la instalación seguir RD 1942/1993•Tener en cuenta el resto de reglamentos APQ, BT, IP, GC, AP, ……...cada uno impone pequeñas restricciones.
Todos los establecimientos de aplicación de este reglamento (RD 2267/04).
Se podrá sustituir el proyecto por una memoria técnica firmada por un técnico titulado competente, en los siguientes casos:
a. Establecimientos industriales de riesgo intrínseco bajo y superficie útil inferior a 250 m2.
b. Actividades industriales, talleres artesanales y similares con carga de fuego igual o
inferior a 10 Mcal/m2 (42 MJ/m2) y superficie útil igual o inferior a 60 m2.
c. Reformas que, según lo recogido en la disposición transitoria única, no requieren la
aplicación de este reglamento.
Instalaciones Petrolíferas
IP
LIMITES REGLAMENTARIOS PARA REALIZACIÓN DE PROYECTOSInstalaciones Petrolíferas (IP)
Limites de aplicación propios del reglamento: Partes del Reglamento
IP-01: Refinerías
IP-02: Parques de almacenamiento de líquidos petrolíferos
IP-03: Instalaciones petrolíferas para uso propio. Instalaciones dealmacenamiento para su consumo en la propia instalación
IP-04: Instalaciones fijas para distribución al por menor de carburantes ycombustibles petrolíferos en instalaciones de venta al público. Instalacionespara suministro a vehículos
IP-05: Instaladores o reparadores y empresas instaladoras o reparadoras deproductos petrolíferos líquidos
IP-06: Procedimiento para dejar fuera de servicio los tanques dealmacenamiento de productos petrolíferos líquidos
LIMITES REGLAMENTARIOS PARA REALIZACIÓN DE PROYECTOSInstalaciones Petrolíferas (IP)
Limites de aplicación propios del reglamento: Partes del Reglamento
IP-03: Instalaciones petrolíferas para uso propio. Instalaciones de almacenamiento para suconsumo en la propia instalación
Tendrán la consideración de instalaciones para consumo en la propia instalación:a. Instalaciones industriales fijas (hornos, quemadores para aplicaciones diversas, etc.).b. Instalaciones de almacenamiento de recipientes móviles que contengan carburantes y
combustibles para uso industrial.c. Instalaciones de combustibles para calefacción, climatización y agua caliente sanitaria.d. Instalaciones fijas para usos internos no productivos en las industrias (grupos
electrógenos, etc.).e. Instalaciones destinadas a suministrar combustible y/o carburante a medios de transporte
interno, que operen sólo dentro de las empresas (carretillas elevadoras, etc.).f. Instalaciones destinadas a suministrar combustible y/o carburante a maquinaria, que no
sea vehículo.
IP-03: Instalaciones petrolíferas para uso propio. Instalaciones dealmacenamiento para su consumo en la propia instalación
Instalaciones con proyecto
Instalaciones sin Proyecto*
*En estos casos será suficiente la presentación ante el órgano territorial competente, memoria resumida y croquis y certificado final acreditativo de la adaptación de las instalaciones a la ITC, firmados ambos por el responsable técnico de la empresa instaladora de la obra.
LIMITES REGLAMENTARIOS PARA REALIZACIÓN DE PROYECTOS
Tipo productoDisposición de almacenamiento (litros)
Interior Exterior
B Q>300 Q>500
C y D Q>3.000 Q>5.000
Tipo productoDisposición de almacenamiento (litros)
Interior Exterior
B 50<Q<300 100<Q<500
C y D 1.000<Q<3.000 1.000<Q<5.000
Instalaciones Petrolíferas (IP)Casos en que es aplicable realizar proyecto para legalizar la instalación
Instalaciones Eléctricas de Baja Tensión
BT
LIMITES REGLAMENTARIOS PARA REALIZACIÓN DE PROYECTOSInstalaciones Eléctricas de Baja Tensión (BT)
Limites de aplicación propios del reglamento
Artículo 2.
Instalaciones que distribuyan la energía eléctrica, generadoras deelectricidad para consumo propio y receptoras, en los siguientes límitesde tensiones nominales:
a. Corriente alterna: igual o inferior a 1.000 voltios.
b. Corriente continua: igual o inferior a 1.500 voltios.
LIMITES REGLAMENTARIOS PARA REALIZACIÓN DE PROYECTOSInstalaciones Eléctricas de Baja Tensión (BT)
Casos en que es aplicable realizar proyecto para legalizar la instalación
Industrias en general: P>20 kWLocales húmedos, polvorientos o con riesgo de corrosión: P>10 kWBombas de extracción o elevación de agua: P>10 kW
Locales mojados, generadores y convertidores, conductores aislados para caldeo, (excluyendo las de viviendas): P>10 kW
Temporal para obras en construcción:Locales o emplazamientos abiertos: P>50 kW
Edificios destinados principalmente a viviendas, locales comerciales y oficinas, que no sean locales de pública concurrencia: P>100 kW
Viviendas unifamiliares: P>50 kWLas de garajes que requieren ventilación forzadaLas de garajes que disponen de ventilación natural: más de 5 plazas Las correspondientes a locales de pública concurrencia
1
LIMITES REGLAMENTARIOS PARA REALIZACIÓN DE PROYECTOSInstalaciones Eléctricas de Baja Tensión (BT)
Casos en que es aplicable realizar proyecto para legalizar la instalación
Las correspondientes a: Líneas de baja tensión con apoyos comunes con las de alta tensiónMáquinas de elevación y transporteLas que utilicen tensiones especialesLas destinadas a rótulos luminosos salvo las de la ITC-BT 44Cercas eléctricasRedes aéreas o subterráneas de distribución: Sin límite de potencia
Instalaciones de alumbrado exterior: P > 5 kWLas correspondientes a locales con riesgo de incendio o explosión, excepto garajes Quirófanos y salas de intervenciónLas correspondientes a piscinas y fuentes: P> 5 kWTodas aquellas que determine el Ministerio de Ciencia y Tecnología, mediante la oportuna Disposición.
2
LIMITES REGLAMENTARIOS PARA REALIZACIÓN DE PROYECTOSInstalaciones Eléctricas de Baja Tensión (BT)
Casos en que es aplicable realizar proyecto para legalizar la instalación
Asimismo, requerirán elaboración de proyecto las ampliaciones y modificaciones de las instalaciones siguientes: a. Las ampliaciones de las instalaciones y modificaciones de importanciab. Las ampliaciones de las instalaciones que tras la reforma superan los
límites anterioresc. Las ampliaciones de instalaciones que requirieron proyecto originalmente
si en una o en varias ampliaciones se supera el 50 % de la potencia prevista en el proyecto anterior.
3
Instalaciones Eléctricas de Alta Tensión
AT
LIMITES REGLAMENTARIOS PARA REALIZACIÓN DE PROYECTOSLíneas de Alta Tensión(LAT)
Limites de aplicación propios del reglamento
Todas las líneas eléctricas de alta tensión a 50Hz y más de 1kV
Casos en que es aplicable realizar proyecto para legalizar la instalación
Todas
Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación (RAT)
Limites de aplicación propios del reglamento
Instalaciones de corriente alterna, cuya tensión nominal eficaz seasuperior a 1kV, con frecuencia de servicios inferiores a 100 Hz.
Casos en que es aplicable realizar proyecto para legalizar la instalación
Todas
Aparatos a presión
AP
LIMITES REGLAMENTARIOS PARA REALIZACIÓN DE PROYECTOSAparatos a Presión (AP)
Limites de aplicación propios del reglamento: Partes del reglamentoAP01: Calderas, economizadores, precalentadores de agua, sobrecalentadores y recalentadores de vaporAP02: Tuberías para fluidos relativos a calderas.AP03: Generadores de aerosolesAP04: Cartuchos de GLPAP05: Extintores de incendiosAP06: Refinerías de petróleos y plantas petroquímicasAP07: Botellas y botellones para gases comprimidos, licuados y disueltos a presiónAP08: Calderas de recuperación de lejías negrasAP09: Recipientes frigoríficosAP10: Depósitos criogénicosAP11: Aparatos destinados a calentar o acumular agua caliente fabricados en serieAP12: Calderas de agua calienteAP13: Intercambiadores de calor de placas de nueva fabricaciónAP14: Aparatos para la preparación rápida de caféAP15: Instalaciones de gas natural licuado (GNL) en depósitos criogénicos a presiónAP16: Centrales Térmicas generadoras de energía eléctricaAP17: Instalaciones de tratamiento y almacenamiento de aire comprimidoAP18: Instalaciones de relleno de botellas de oxigeno para repiración
LIMITES REGLAMENTARIOS PARA REALIZACIÓN DE PROYECTOSAparatos a Presión (AP)
Limites de aplicación propios del reglamento: Partes del reglamento
AP01: Calderas, economizadores, precalentadores de agua, sobrecalentadores y recalentadores de vapor
AP01
Caleras vapor Pe>0.5 barPe·V≥0.005 (N/mm2·m3)
Calderas agua caliente
Potencia>200.000 Kcal/h
Industriales/Domesticas:P·V>10 (bar·m3)
Calderas fluido térmico
Potencia>25.000 (Kcal/h)
Circulación forzada
otras
EconomizadoresSobrecalentadoresRecalentadores de
Todos si P·V>10 (bar·m3)
AP02
Tuberías vapor, agua , fluido térmico
Vapor y agua sobrecalent.: Pot>200.000Kcal/h
Inst. agua caliente: Pot>500.000 Kcal/h
Inst. fluido térmico: Pot>25.000 Kcal/h
Tuberías combustible (liquido y gaseoso)
Todas uso industrial
AP02: Tuberías para fluidos relativos a calderas.
LIMITES REGLAMENTARIOS PARA REALIZACIÓN DE PROYECTOSAparatos a Presión (AP)
Limites de aplicación propios del reglamento: Partes del reglamento
AP17: Instalaciones de tratamiento y almacenamiento de aire comprimido
AP17 Instalaciones Almacenamiento y tratamiento de aire comprimido P>0.5 barP·V>0.02
LIMITES REGLAMENTARIOS PARA REALIZACIÓN DE PROYECTOSAparatos a Presión (AP)
Casos en que es aplicable realizar proyecto para legalizar la instalación
AP01: Calderas, economizadores, precalentadores de agua, sobrecalentadores y recalentadores de vapor
AP01
Caleras vapor Pe>0.5 barPe·V≥0.005 (N/mm2·m3)
Calderas agua caliente
Potencia>200.000 Kcal/h
Industriales/Domesticas:P·V>10 (bar·m3)
Calderas fluido térmico
Potencia>25.000 (Kcal/h)
Circulación forzada
otras
EconomizadoresSobrecalentadoresRecalentadores de
Todos si P·V>10 (bar·m3)
AP02
Tuberías vapor, agua , fluido térmico
Vapor y agua sobrecalent.: Pot>200.000Kcal/h
Inst. agua caliente: Pot>500.000 Kcal/h
Inst. fluido térmico: Pot>25.000 Kcal/h
Tuberías combustible (liquido y gaseoso)
Todas uso industrial
AP02: Tuberías para fluidos relativos a calderas.
TODOS LOS DE APLICACIÓN
LIMITES REGLAMENTARIOS PARA REALIZACIÓN DE PROYECTOSAparatos a Presión (AP)
Casos en que es aplicable realizar proyecto para legalizar la instalación
AP17: Instalaciones de tratamiento y almacenamiento de aire comprimido
AP17 Instalaciones Almacenamiento y tratamiento de aire comprimido P·V ≥ 7.5 (bar·m3)
MEMORIA: Si P·V<7.5 (bar·m3) puede legalizarse con:
-Memoria realizada por instalador autorizado
-Si el equipo solo requiere conexión eléctrica, basta un certificado de fabricación (y documentos de baja tensión si aplicase)
Aparatos de elevación y manutención
AE
LIMITES REGLAMENTARIOS PARA REALIZACIÓN DE PROYECTOSAparatos de Elevación y Manutención (AE)
Limites de aplicación propios del reglamento
ITC TIPO INSTALACIÓN
AEM1 Ascensores IndustrialesViviendas
AEM2Grúas Torre Momento nominal>15 kN·m
Grúas Torre Monobloc Momento nominal: De 15 a 170 kN·m
AEM4 Grúas Móviles Autopropulsadas Todas
LIMITES REGLAMENTARIOS PARA REALIZACIÓN DE PROYECTOSAparatos de Elevación y Manutención (AE)
Casos en que es aplicable realizar proyecto para legalizar la instalación
ITC TIPO INSTALACIÓN: Proyecto
AEM1 Ascensores EXPEDIENTE TÉCNICO(Normalmente realizado por la empresa instaladora)
AEM2Grúas Torre PROYECTO DE INSTALACIÓN
(Normalmente realizado por la empresa instaladora)
Grúas Torre Monobloc
AEM4 Grúas Móviles Autopropulsadas NO necesitan proyecto instalación
Aparatos que Utilizan Gas como Combustible
GC
LIMITES REGLAMENTARIOS PARA REALIZACIÓN DE PROYECTOSAparatos que utilizan Gas como Combustible (GC)
Limites de aplicación propios del reglamento
RD 919/06_ICG-08
Todos los aparatos que utilizan combustibles gaseosos que no seencuentren incluidos en el ámbito de aplicación de directivas defabricación específicas, como por ejemplo:
a. Quemadores de gas adaptados a calderas
b. Quemadores de gas hechos a medida (aprovechamiento gases pobres de digestores o vertederos)
c. Quemadores de gas en modificaciones de quemadores de otros combustibles
LIMITES REGLAMENTARIOS PARA REALIZACIÓN DE PROYECTOSAparatos que utilizan Gas como Combustible (GC)
Casos en que es aplicable realizar proyecto para legalizar la instalación
PROYECTO:
Se realiza en todos los casos y se debe:
- Obtener la Conformidad de Tipo de un OC: Para poder solicitar suministro de gas,
• Examen de tipo: Revisión Proyecto
•Verificación de producción: Revisión Expediente Calidad
- Certificado de pruebas de funcionamiento: Para legalizar.
Otra LEGISLACIÓN
Código Técnico Edificación (CTE)• Todas las edificaciones
REGLAMENTOS PARA REALIZACIÓN DE PROYECTOS
Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE)• Proyecto si potencia térmica nominal >70 kW
Plantas e instalaciones frigoríficas (IF)•Dirección de obra si: Potencia eléctrica o térmica >10 kW•Proyecto si: Potencia >15 kW (aire acondicionado) y P>30kW (cámaras)
Prevención de Riesgos Laborales (PRL)•Todos los proyectos deben llevar Estudio de Seguridad•Se debe tener en cuenta para el diseño de cualquier instalación
Transporte mercancías peligrosas (ADR)• Se tendrá en cuenta si el proyecto incluye uso o almacenamiento de productos químicos
Y Otros….
Aparatos y sistemas de protección para Uso en Atmósferas Explosivas
(ATEX)
LIMITES REGLAMENTARIOS PARA REALIZACIÓN DE PROYECTOSAparatos y sistemas de protección
para Uso en Atmósferas Explosivas (ATEX)Limites de aplicación propios del reglamento
Se aplican de forma conjunta:RD 400/1996 Aparatos y sistemas de protección para su uso en
atmósferas explosivas
REBT Reglamento electrotécnico de Baja Tensión, ITC BT 29-prescripciones particulares para las instalaciones eléctricas de los locales con riesgo de incendio o explosión
RD 681/2003 Protección de la salud y la seguridad de los trabajadores expuestos a riesgos derivados de atmó feras explosivas
Normas UNE de obligado cumplimiento
LIMITES REGLAMENTARIOS PARA REALIZACIÓN DE PROYECTOSAtmósferas Explosivas (ATEX)
Casos en que es aplicable a la instalación
Industria Química
Vertederos
Industrias reciclado de residuos
Aprovechamiento energético de biomasas
Tratamiento aguas residuales
Instalaciones de Gas
Trabajo de la madera
Talleres de pintura y esmaltado
Fabricación piezas metálicas (pulido y siderurgia)
Industria agropecuaria (almacenamiento fertilizantes)
Industria agraria (piensos, cereal, heno, etc.)
Industrias forestales y afines
Lavanderías y tintorerías
Industria alimentaria (harinas, leche en polvo, azúcar y grano)
Industria farmaceutica
Refinerías
Industria textil
Almacenamiento y utilización productos químicos inflamables
LIMITES REGLAMENTARIOS PARA REALIZACIÓN DE PROYECTOSAtmósferas Explosivas (ATEX)
Documentos necesarios en la instalación
Proyecto industrial por algún reglamento (si le aplica) Elaborado por proyectista/instalador en base a la reglamentación vigente, se tendrá en cuenta para el diseño lo establecido en el R.D. 681/03
NOTA: Si se puede eliminar el riesgo de aparición de atmósferas explosivas no es necesario realizar el DPE (por ejemplo: instalación en el exterior, climatización especial , trabajo en húmedo, etc.)
Documento de Protección contra ExplosionesElaborado por el usuario de la instalación.
Clasificar zonas
Sustancias: gases, líquidos evaporados, polvos, fibras, etc.
Trabajos con estas sustancias: Usos y frecuencia
Equipos adecuados en las zonas clasificadas (eléctricos y mecánicos)
Normas de entrada y trabajo
Mantenimiento adecuado
Accidentes Graves
(AG)
LIMITES REGLAMENTARIOS PARA REALIZACIÓN DE PROYECTOSAccidentes Graves (AG)
Limites de aplicación propios del reglamento
Se aplican de forma conjunta:RD 1254/1999, medidas de control de los riesgos inherentes a los
accidentes graves en los que intervengas sustancias peligrosas
RD 1196/2003 Directriz básica de protección civil para el control y planificación ante el riesgo de accidentes graves (PEE)
RD 393/2007 Norma Básica de Autoprotección de los centors, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia (PEI)
LIMITES REGLAMENTARIOS PARA REALIZACIÓN DE PROYECTOSAccidentes Graves (AG)
Documentos necesarios en la instalación
Proyecto industrial por los reglamentos aplicablesElaborado por proyectista en base a la reglamentación vigente, se tendrá en cuenta en el diseño las normas de protección de emergencia interior y exterior.
Documento de Plan de Emergencia Exterior PEEElaborado por el usuario de la instalación, en conjunto con protección civil y otras autoridades.
Clasificar el riesgo (Hazard Analysis)
Medidas de detección y alarma
Medidas de información, evacuación, etc.
Documento de Plan de Emergencia Interior PEIElaborado por el usuario de la instalación, en conjunto con protección civil y otras autoridades.
Clasificar el riesgo, evaluación de riesgos seguridad y medioambiente
Medidas de detección y alarma
Medidas de control del accidente, evacuación, formación, etc.
Proyectos:TRAMITACIÓN
TRAMITACIÓN DE PROYECTOS
ELABORAR PROYECTO
PRESENTAR EN:
INDUSTRIA AYUNTAMIENTO MEDIOAMBIENTE
HACER OBRAInstaladores Autorizados
Final Dirección de obraCertificados instaladores
Otros documentos
FINALIZAR OBRADirección de obra
TRAMITES LEGALIZACIÓN
APROBACIÓN DEL PROYECTO POR PARTE DE LAS TRES ADMINISTRACIONES
Posibles modificaciones del proyecto durante la
ejecuciónSeguimiento de obra
TRAMITES LEGALIZACIÓNFinal DO, CI, otros
LEGALIZACIÓN
INDUSTRIA
AYUNTAMIENTO
MEDIOAMBIENTE
Autorización Puesta en marcha (pruebas)
Autorización (provisional) para realizar controles
LICENCIA ACTIVIDAD
REGISTRO INDUSTRIAL
Visto bueno MEDIOAMBIENTE
Dictamen de incidencia AMBIENTAL
Referencias:Xunta de Galicia:
D.X. Industria, enerxía e minashttp://www.conselleriaiei.org/ga/dxiem/index.php
Consellería do medio rural, Forestal, Producciónhttp://mediorural.xunta.es/forestal/principal/producion.phpMinisterio Industria, Transporte y Comercio:
Legislación Industrialhttp://www.ffii.nova.es/puntoinfomcyt/formulario-lseg01.asp
Telecomunicaciones http://www.mityc.es/Telecomunicaciones/Secciones/Registro/
Base de datos del BOE:IBERLEX
http://www.boe.es/g/es/bases_datos/iberlex.php
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