las obligaciones
Post on 06-Aug-2015
203 Views
Preview:
TRANSCRIPT
Concepto:
• “Es el vínculo de Derecho en cuya virtud hemos de dar, hacer o no hacer alguna cosa”
• “Es una relación Jurídica entre dos o mas personas físicas o jurídicas.
Sujetos:
• Son las personas entre las cuales se constituyó el vínculo Jurídico:
»Se divide en:– Sujeto Activo: “Es el acreedor” es decir
a favor de quien se constituye la obligación.
– Sujeto Pasivo: “Es el deudor” es decir el sujeto obligado en cumplir la obligación.
Objeto:
• Es la prestación a cumplir por parte del deudor en favor del acreedor
Causa:
• Es el fin en virtud del cual una persona se obliga a otra.
Fuentes de las Obligaciones
Cuasi-delito
DelitoCuasi-
contrato
Contrato
Ley
Fuentede las
ogligaciones
Contrato
“Cuando varias personas se ponen de acuerdo sobre una declaración
de voluntad común destinada a reglar sus
derechos”Art. 1137 del Código
CivilPor ejemplo la compraventa o la
donación
Cuasi-contrato
Es el hecho lícito, voluntario, que sin mediar convención o pacto, produce
obligaciones (por ejemplo cuando una persona realiza gastos en nombre de otra por razones de
urgencia generando la obligación de reintegrarlos)
Delito
• Es un hecho ilícito,causante de daño,efectuado intencionalmente.
Por ejemplo: el robo, el homicidio, etc.
Cuasidelito
Es un acción ilícita que causa daño a alguien, pero que se ha ejecutado sin ánimo de
perjudicar, por descuido,
imprudencia, incapacidad o
impericia.
Por ejemplo: Un accidente de
tránsito
Ley
• “Es toda norma Jurídica emanada
de autoridad competente.”
Es la principal fuente de las obligaciones y
comprende a todas las mencionadas anteriormente
Clases de Obligaciones
a) Civiles y Naturalesb) Principales y Accesoriasc) De dar, hacer y no hacerd) Alternativas, Facultativas y
Conjuntivase) Divisibles e indivisiblesf) Simplemente mancomunadas y
solidarias.
a) Civiles y Naturales
Son obligaciones civiles, las que dan derecho a exigir su cumplimiento por la
vía legal. Por ejemplo el cumplimiento de un contrato.
Son obligaciones naturales las que no confieren acción para exigir su
cumplimiento, pero que cumplidas por el deudor autorizan a retener lo que se ha
dado por razón de ellas. Por Ejemplo una deuda de juego.
b) Principales y Accesorias
Son obligaciones principales, aquellas que tienen existencia por si misma, por ejemplo un contrato de locación.
Son obligaciones accesorias, aquellas que dependen de una obligación principal para su existencia. Por
ejemplo la fianza en un contrato de locación
c) Obligaciones de dar, hacer o no hacer
Son obligaciones de dar las que tienen por objeto la entrega de una cosa, mueble o inmueble, con el fin de constituir sobre
ella derechos reales o de transferir solamente su uso. Por ejemplo vender un
auto. (art 574 del Código Civil)Son obligaciones de hacer las que tienen por
objeto la ejecución de un hecho. Por ejemplo hacer una escultura
Son obligaciones de no hacer las que tienen por objeto la abstención de realizar un
hecho determinado. Por ejemplo no efectuar la poda de un árbol fuera de su
temporada permitida.
d) Alternativas, Facultativas y Conjuntivas
Las obligaciones alternativas son las que tienen por objeto una, de entre varias prestaciones.
Comprende una pluralidad de obligaciones, de tal suerte que ejecutada una de ellas el deudor queda
liberado por la otra (Por ejemplo entregar un caballo o una tonelada de trigo).
Las obligaciones facultativas son las que tienen por objeto una prestación determinada, autorizando el deudor para reemplazarla por otra siempre que
sea imposible cumplir con la principal (Por ejemplo empapelar una pared o si es imposible pintarla)
Las obligaciones conjuntivas son las que tienen por objeto el cumplimiento de varias prestaciones
(objeto múltiple) (Por ejemplo entregar un anillo y dos collares)
e) Divisibles e Indivisibles
Las obligaciones son divisibles cuando tienen por objeto prestaciones
susceptibles de cumplimiento parcial (Por ejemplo entregar 200 kilos de
harina)Las obligaciones son indivisibles
cuando las prestaciones no pueden ser cumplidas sino por entero (Por ejemplo entregar un automóvil)
F) Simplemente mancomunadas o solidarias
Son obligaciones mancomunadas cuando a pesar de tener una sola prestación reconocen varios acreedores o varios
deudores. En este caso a pesar de haber varios deudores solo puede reclamarse a
cada uno su parte.Son obligaciones solidarias aquellas en las
que el acreedor puede exigir el total de la obligación a cualquiera de los
deudores.
Condición
Es aquella en que la adquisición o
extinción de un derecho depende
de la realización de un acontecimiento
futuro e incierto
Condición
Suspensiva Resolutoria
Plazo
La obligación es a plazo cuando el
ejercicio del derecho que a ella
corresponde estuviere
subordinado a un término de tiempo
Plazo
Cierto Incierto
Cargo
La obligación es con cargo, cuando se exige el cumplimiento de una
obligación excepcional al adquirente de un derecho (por ejemplo: Te dono
un terreno, siempre que en él construyas unas escuela)
Extinción de las Obligaciones
Pago
Novación
Compensación
Transacción
Confusión
Renuncia de los Derechos
Remisión de deuda
Imposibilidad de Pago
Prescripción
Pago“El pago es el cumplimiento de la prestación que hace al objeto de la
obligación”
Art. 725 Código Civil
Por Ejemplo: prestar un servicio, entregar una cosa o suma de dinero,
Novación“La Novación es la transformación de
una obligación en otra”
Art. 801 del Código Civil
Por ejemplo: Quien está obligado a ejecutar un trabajo y en su lugar conviene entregar una suma de
dinero o una cosa.
Compensación“La compensación de las obligaciones tiene
lugar cuando dos personas por derecho propio, reúnen la calidad de deudor y
acreedor al mismo tiempo”
Art. 818 del Código Civil
Por ejemplo: Si Juan le debe a Pedro $ 200 y Pedro a Juan $ 50, se compensan los saldo
debiendo Juan a Pedro $150 y extinguiendo la obligación de Pedro.
Transacción“La transacción es un acto jurídico bilateral
por el cual las partes, haciéndose concesiones reciprocas, extinguen obligaciones litigiosas o dudosas”
Art. 832 del Código Civil
Por ejemplo: En un juicio Juan reclama a Pedro $500.- como indemnización por un daño, que éste niega. Finalmente, Juan
acepta como pago, por todo concepto, la suma de $ 400.-
Confusión“La confusión sucede cuando se reúnen en
una sola personal la calidad de acreedor y deudor”
Art. 862 del Código Civil
Por ejemplo: Cuando un hermano hereda a otro, el cual le debía una suma de dinero. Así se convierte en acreedor de si mismo, extinguiéndose la obligación por confusión
Renuncia“La renuncia es un acto jurídico bilateral por el cual el acreedor
declina gratuitamente el cumplimiento de la obligación,
desistiendo de su derecho.”La intención de renunciar no se
presume.
Remisión de deuda
“Cuando el acreedor entrega voluntariamente al deudor el
documento original en que constare la deuda”
Art. 877 del Código Civil
Por ejemplo: El acreedor devuelve al deudor, sin recibir el pago, un pagaré
que acreditaba su deuda.
Imposibilidad de PagoTiene lugar cuando, sin culpa del
deudor el cumplimiento de la obligación se ha hecho material o
legalmente imposible.
Por Ejemplo: Cuando la cosa debida se destruye por incendio y no puede
reemplazarse por otra.
top related