iniciativas de reformas fiscales 2021

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Iniciativas de Reformas

Fiscales 2021

Lic. Ricardo Cervantesricardoc@chevez.com.mxLic. Nora Moralesnmorales@macf.com.mx

CONTENIDO

1 Ley de Ingresos de la Federación

2 Código Fiscal de la Federación

3 Ley del Impuesto sobre la Renta

4 Ley del Impuesto al Valor Agregado

5 Ley Federal de Derechos

6 Temas Pendientes

LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN

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ESTIMULOS FISCALES

▪ Se prevé que todos los estímulos otorgados serán acumulables.

Para efectos del ISR, al momento en que efectivamente seacrediten.

▪ Finalidad de los estímulos fiscales.

Precedentes de la SCJN.

CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

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NORMA GENERAL ANTI-ABUSO (GAAR)

▪ GAAR 2020 excluía consecuencias penales.

▪ GAAR 2021 Se propone modificar redacción para señalar que losefectos derivados de la re-caracterización “se limitarán a ladeterminación de contribuciones, accesorios y multas, sin perjuiciode las investigaciones y la responsabilidad penal que pudieraoriginarse con relación a la comisión de delitos fiscales.”

▪ Se precisó en el dictamen de la Cámara de Diputados (DCD) que lapropia aplicación de la GAAR no da origen a consecuencias penales.

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PROCEDIMIENTO DE CANCELACION Y RESTRICCIÓN DE SELLOS DIGITALES

▪ CSD inmediata a contribuyentes.

EFOS.

Listados por transmitir indebidamente pérdidasfiscales.

▪ Ampliación de plazo para resolución de solicitudes deCSD.

De 3 a 10 días.

▪ Limite de 40 días en la restricción sellos para presentaraclaración.

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DEVOLUCIONES DE SALDOS A FAVOR

▪ Causales para tener por no presentada una solicitud dedevolución.

o Contribuyentes no localizados.

▪ Ejercicio de facultades por cada solicitud o por todas yposibilidad emitir una sola resolución .

▪ Ampliación de plazo para notificar resolución.

o De 10 a 20 días.

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PLAZOS PARA CONSERVAR CONTABILIDAD

▪ Excepción para conservar información y documentación para implementar los acuerdosde procedimientos de resolución de controversia previstos en tratados.

✓ Todo tiempo subsista la sociedad.

▪ Actas de aumentos de capital.

✓ Estados de cuenta / numerario

✓ Avalúos / aumento en especie o por superávit por revaluación de bienes de activo fijo

▪ Aumentos por capitalización de reservas o de dividendos.

✓ Actas de asamblea

✓ Registros contables

▪ Aumentos por capitalización de pasivos.

✓ Actas de asamblea

✓ Certificación existencia de pasivo / reglas del SAT

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PLAZOS PARA CONSERVAR CONTABILIDAD

▪ Actas de disminución de capital social mediante reembolso a los socios.

✓ Estados de cuenta.

▪ Actas de disminución de capital social por liberación concedida a los socios,

✓ Actas de suscripción, de liberación y de cancelación de las acciones, según corresponda.

▪ Actas de fusión o escisión de sociedades.

✓ Estados de situación financiera.

✓ Estados de variaciones en el capital contable .

✓ Papeles de trabajo de la determinación de la CUFIN y CUCA del ejercicio inmediato anteriory posterior al acto.

▪ Constancias que emitan o reciban las personas morales de distribución de dividendos outilidades.

✓ Estados de cuenta.

RESPONSABILIDAD SOLIDARIA

Límite de responsabilidad de las sociedades escindidas, no aplicable cuando:

▪ Por la transmisión surja en el capitalcontable un concepto o partida noregistrado o reconocido antes.

Responsabilidad solidaria a residentes en México o EPs

▪ Por operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero, cuando dichos residentes constituyan un establecimiento permanente en territorio nacional.

▪ Control definido conforme reglas Refipres.

Por el monto de las contribuciones que dichos actoshubieran causado.

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ACUERDOS CONCLUSIVOS

Límite temporal la solicitud - 20 días siguientes al:

• Levantamiento del acta final.

• Notificación del oficio de observaciones.

• Notificación de la resolución provisional.

Improcedencia del acuerdo conclusivo:

• Facultades de comprobación para verificar la procedencia de devoluciones de saldo a favor o pago de lo indebido.

• Ejercicio de facultades a través de compulsas a terceros.

• Actos derivados de la cumplimentación a resoluciones o sentencias.

• EFOS.

Acuerdos adoptados son indisputables en el ámbito internacional

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MULTAS DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA

▪ Se considera agravante para la imposición de multas el incumplimiento de lasobligaciones en materia de precios de transferencia.

▪ Eliminación de la reducción de las multas al 50% por lo que hace al incumplimientode las obligaciones en materia de precios de transferencia.

▪ No aplicación beneficios 70-A (condonación multas y reducción recargos).

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ASEGURAMIENTO PRECAUTORIO

▪ Incluye a los terceros relacionados con los contribuyentes

Monto será la tercera parte✓ Del monto de las operaciones que el tercero realizó.

✓ Del monto que la autoridad pretenda comprobar.

▪ Modificación del orden de prelación de los bienes que pueden ser objeto deembargo,

✓ Depósitos bancarios en primer lugar

▪ Transitorio - Procedimientos de embargoprecautorio pendientes de resolución a laentrada en vigor del Decreto se sustanciarány resolverán conforme a las disposicionesvigentes al 31 de diciembre de 2020.

▪ DCD - se adiciona que elaseguramiento se ajustará aReglas de Carácter General.

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HERRAMIENTAS TECNOLOGICAS

▪ Uso de herramientas tecnológicas para recabar imágenes o materialque sirva como constancia de los bienes que se encuentran en eldomicilio fiscal del contribuyente.

➢ Cámaras fotográficas➢ Cámaras de video➢ Grabadoras➢ Teléfonos celulares u otros

▪ Protección de las imágenes o material conforme al artículo 69 delCFF.

• DCD – asignación de los equipos por la autoridad fiscal y laobligación d contar con medidas d seguridad y encriptación .

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FACULTADES DE LOS VISITADORES Y SECRETO FISCAL

• DCD – se adicionó que los visitadores tendrán facultad para:❖ Valorar documentos e informes obtenidos por terceros en el desarrollo de la visita.

❖ Valorar documentos, libros o registros que presente el contribuyente para desvirtuar hechos u

omisiones mencionados en la última acta parcial

• DCD – Eliminó la propuesta para que no se considere una violación al secreto fiscal

el que el MP y la Policía soliciten información a contribuyentes para realizar una

investigación por supuestos delitos.

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NUEVAS ATRIBUCIONES (ART. 33 CFF)

▪ Asistencia gratuita para:

➢ Explicar las disposiciones, así como informar consecuencias deincumplimiento

➢ Civismo fiscal y cultura contributiva

➢ Oficinas para invitar a contribuyentes y orientarlos para la corrección desu situación

➢ Dar a conocer periódicamente por industria o sector

• Parámetros de utilidad

• Conceptos deducibles

• Tasas efectivas

• Márgenes de utilidad

➢ Envío de propuestas de pago prellenadas, comunicados para informarinconsistencias

AVISOS ANTE EL RFC

▪ De socios o accionistas:

o Aclaración incluye a personastengan característicassimilares.

▪ Cancelación por liquidación, cese operaciones ofusión.➢ No sujetos a facultades.➢ No créditos fiscales.➢ No EFOS, ni listado de transmisión de pérdidas

ni en art 69 CFF.➢ Ingreso declarado o retenido manifestado en

declaraciones concuerde con CFDIs.

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

MAQUILAS

• Se precisa cuando se requiere un APApara la operación de maquila.

PERSONAS FISICAS CON INGRESOS ASIMILABLES A SALARIO

DCD – se adicionó una disposición para limitar la aplicación del régimen de asimilables a salarios cuando:

▪ PF perciba ingresos mayores a 75 millones▪ Honorarios por servicios prestados

preponderantemente a un prestatario.▪ Prestadores de servicios independientes.▪ Personas físicas con actividad empresarial.

Quienes se ubiquen en el supuesto deberántributar conforme al capítulo del Título de PersonasFísicas.

PERSONAS FISICAS CON INGRESOS DE PLATAFORMAS DIGITALES

• DCD – Se propone homogeneizar las tasas de retención de la siguiente

forma:

• 2.8%- Servicios de transporte de pasajeros y de entrega de bienes.

• 5% - Servicios de hospedaje.

• 2.4%- Enajenación de bienes y prestación de servicios

• Se adiciona la sanción consistente en bloqueo de la red pública, en caso de

incumplimiento de obligaciones de retener y enterar el ISR durante tres meses

consecutivos.

LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

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ENAJENACION DE BIENES MUEBLES

• Eliminación de la excepción para la enajenación de los bienes usados, respectode los servicios de intermediación digital

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SERVICIOS PRESTADOS POR PLATAFORMAS DIGITALES

▪ Retención del 100% del IVA

➢ Plataformas digitales de intermediación a residentes en elextranjero sin EP en el país.

▪ Plataformas digitales de intermediación exentas deproporcionar información sobre los residentes en el extranjeroque presten servicios a través de dichas plataformas.

▪ Obligación para las Plataformas de intermediación de emitir yenviar comprobante cuando sean solicitados.

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PLATAFORMAS DIGITALES

▪ Nuevamente se propone mecanismo de control bloqueo deacceso a Internet de sus servicios cuando:

o No se inscriban en el RFC.

o No designen un representante legal y un domicilio fiscal en México o notramiten su firma electrónica avanzada. Dicho bloqueo se efectuaríamediante los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones enMéxico hasta el momento en que cumplan con sus obligaciones.

o Residentes en el extranjero inscritos, cuando omitan enterar el IVA,propio o derivado de retenciones, no presenten declaracionesinformativas mensuales.

▪ Bloqueo mediante concesionarios de redes públicas detelecomunicaciones en México hasta el momento en quecumplan con sus obligaciones.

LEY FEDERAL DE DERECHOS

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DERECHOS MINEROS

▪ En materia de derecho especial sobre minería se prevén las modificaciones siguientes:

➢ Establecer que las personas que enajenen minerales serán sujetos del derecho especial sobre minería aun

cuando no sean titulares de una concesión o asignación.

• Derogar el acreditamiento del derecho sobre minería contra el derecho especial sobre minería. Se estableció

un régimen transitorio conforme al cual en 2021 se podrá acreditar el 50% de los pagos por concepto del

derecho sobre minería.

➢ Precisar que el valor de los títulos de concesiones mineras no es un gasto deducible para efectos de este

derecho.

▪ En materia de derecho extraordinario sobre minería se prevén las modificacionessiguientes:

➢ Establecer que las personas que enajenen minerales serán sujetos del derecho extraordinario sobre minería

aun cuando no sean titulares de una concesión o asignación.

➢ Considerar ingresos acumulables en vez de ingresos obtenidos para el cálculo del derecho extraordinario

sobre minería.

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DERECHOS POR EL USO DE ESPECTRO RADIOELÉCTRICO

• El ejecutivo Federal propuso incrementos del 48% en dos de las bandas móviles (800 y 850

Mhz), mantuvo sin cambios (más allá de la inflación) tres de las bandas (AWS, PCS y 2.5. Ghz) y

propuso derechos por bandas que actualmente no están previstas en la Ley Federal de

Derechos (600 Mhz, Banda L y 3.3. a 3.6. GHz) que son las propicias para el despliegue de la

red 5G.

• Cabe mencionar que las cuotas propuestas para las bandas relacionadas con la red 5g son

186% superiores a las propuestas por el Instituto Federal de Telecomunicaciones.

• La Cámara de Diputados aprobó, en términos generales, los referidos aumentos y solamente

redujo los derechos correspondientes a las frecuencias 814MHz a 824MHz, de 824MHz a

849MHz, de 859MHZ a 869MHZ y de 869MHz a 894MHz.

TEMAS PENDIENTES

Temas Pendientes

• 4-A Entidades transparentes

• Definición de criterios antes de entrada en vigor

• Limitante deducción intereses

➢ Diferimiento o reglas

• Esquemas reportables

➢ Reglas

• Pagos a Refipres

➢ Reglas y aclaraciones

• Estímulo región fronteriza

➢ Continúa o no

FIN DE LA PRESENTACION

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