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Joseph Courand
International Tax – Deloitte - Agosto, 2016
Cambios a las normas sobre crédito por impuestos pagados en el exterior
Deloitte
Leyes que fijaron el actual sistema de créditos por Impuestos Pagados en el Exterior (IPE)
Crédito por impuestos pagados en el exterior 3
Deloitte
Leyes relevantes para el Sistema de Créditos por Impuestos Pagados en el Exterior (IPE)
a) Ley 19.247 (Publicada el 15.09.1993)
b) Ley 19.506 (Publicada el 30.06.1997)
c) Ley 20.171 (Publicada el 16.02.2007)
d) Ley 20.680 (Publicada el 27.09.2012)
e) Ley 20.727 (Publicada el 31.01.2014)
f) Ley 20.780 (Publicada el 29.09.2014)
g) Ley 20.899 (Publicada el 08.02.2016)
h) Proyecto de ley sobre productividad (enviada al Tribunal Constitucional)
Crédito por impuestos pagados en el exterior 4
Deloitte
Conceptos básicos
Tributación de las rentas de fuente extranjera
Regla general
• Rentas líquidas percibidas
Excepción:
• Inversiones en agencias o establecimientos permanentes
• Art. 41 G LIR, las rentas pasivas se estiman devengadas al término del ejercicio.
Impuestos pagados en el exterior
• Los impuestos que pagados en el exterior por un contribuyente residente en Chile respecto de
una determinada renta, pueden dar origen a doble tributación internacional, si dicha renta
también se grava en Chile.
• El sistema de créditos por los Impuestos Pagados en el Exterior (IPE), es precisamente uno de
los mecanismos que nuestra legislación tributaría establece para eliminar, o al menos mitigar, los
efectos de la doble tributación internacional.
• El Sistema de Crédito por IPE están regulado en las siguientes disposiciones:
˗ Art. 41 A de la LIR;
˗ Art. 41 B de la LIR;
˗ Art 41 C de la LIR; y
˗ Convenios de Doble Tributación Internacional suscritos por Chile (CDTI).
Crédito por impuestos pagados en el exterior 6
Deloitte
Sistemas: Crédito unilateral y crédito bilateral
Crédito por impuestos pagados en el exterior 7
Crédito Unilateral (Art. 41 A LIR): Casos en que no existe un CDTI vigente.
Rentas uso de marcas, patentes, fórmulas, asesorías técnicas y otras prestaciones similares
Rentas de agencias u otros establecimientos permanentes (EP)
Rentas pasivas de Art. 41G LIR.
Dividendos y retiros de utilidades
Crédito Bilateral (Art. 41 C LIR): Casos en que existe un CDTI vigente, regulado en el artículo
41 C de la LIR.
Son todas aquellas rentas que en CDTI se acordó otorgar créditos para disminuir o eliminar la doble
tributación internacional.
La diferencia fundamental es que bajo el sistema bilateral:
i. El límite de crédito es mayor (35% vs 32% RENFE); y
ii. En general todas las rentas dan derecho a crédito.
Deloitte
Proceso para determinar el crédito por IPE
1er límite: La suma de los IPE por cada renta, calculado en forma separada.
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2do límite: El 32% o 35% de una cantidad tal que, al restarle dicho %, el resultado es el monto neto del dividendo/retiro percibido. La suma de estos créditos es el Crédito Total Disponible (CTD).
3er límite: Renta Neta de Fuente Extranjera (RENFE) - limite consolidado (32% países sin CDTI y 35% países con CDTI.
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• Finalmente, para determinar la base imponible del IDPC, se debe agregar la suma menor entre
el CTD y el límite por la RENFE.
Deloitte
Análisis de la principales modificaciones al sistema de créditos por IPE
Crédito por impuestos pagados en el exterior 9
Deloitte
Modificaciones a analizar:
Modificaciones de la Ley 20.727/2014 (con vigencia a partir
del 1° de enero de 2014).
Modificaciones de la Ley 20.780/2014 (Reforma Tributaria)
Modificaciones de la Ley 20.899/2016 (Simplificación)
Las instrucciones del SII sobre las modificaciones, están
contenidas en:
Circular 12 de 2015 (Ley 20.727 y Ley 20.780)
Circular N° 48 del 12 de julio de 2016. Refunde
modificaciones anteriores y considera modificaciones Ley
20.899. Esta Circular deja sin efecto Circular N° 46 de 2015.
Crédito por impuestos pagados en el exterior 10
Deloitte
Incremento del límite del crédito por IPE (32% y 35%)
Crédito por impuestos pagados en el exterior 11
Materia Antes Ley 20.727 Vigencia
Crédito total
disponible 30%
Distingue rentas gravadas en:
i. Países sin CTDI : 32%, pero sólo
respecto de dividendos/retiros de
utilidades;
ii. Países con CTDI: 35%,
tratándose de todas las rentas.
Si el beneficiario efectivo tiene
residencia en el exterior, además
debe existir un CDTI entre Chile
y el país de residencia de
beneficiario efectivo
Aplica a rentas percibidas a
partir del 1.01.2014, siempre
que el IPE se haya pagado a
partir de la misma fecha.
Limite RENFE
30%
(limite
general y
único)
Distingue entre rentas gravadas en:
i. Países sin CDTI: 32% de la
RENFE de países s/CDTI;
ii. Países con CDTI: 35% de la
RENFE de países c/ CDTI
Estos límites se aplican en forma
separada e independiente.
Aplica a las rentas percibidas a
partir del 1.01.2014 (salvo las
rentas de agencias o EP, que
deben estar devengadas al
01.01.2014), debiendo el IPE
estar pagado a partir de la
misma fecha.
Deloitte
Tratamiento del excedente de crédito por IPE deducible contra el IDPC
Crédito por impuestos pagados en el exterior 12
Antes Ley 20.727 Vigencia
Distinguir:
i. Sin CDTI: No se extinguía, salvo
en el caso de dividendos/retiros;
ii. Con CDTI: Siempre se extinguía
Excedente de crédito deducible
del IDPC puede siempre
deducirse contra IDPC de
ejercicios siguientes.
Aplica a rentas percibidas a partir del
1.01.2014, siempre que el IPE se haya
pagado a partir de la misma fecha.
Ley 20.780 Vigencia
Excedente de crédito en contra del IDPC puede deducirse contra IDPC de
ejercicios siguientes, pero sólo respecto de rentas de fuente extranjera.
Aplica a rentas percibidas a partir del
1.01.2015 y hasta el 31.12.2016
Ley 20.899 Vigencia
Excedente de crédito en contra del IDPC puede deducirse contra IDPC de
ejercicios siguientes, sea que el IDPC se aplique a rentas de fuente
nacional o extranjera.
Aplica a rentas percibidas a partir del
01.01.2017.
Deloitte
Rentas que dan derecho a crédito por IPE
Crédito por impuestos pagados en el exterior 13
Antes Ley 20.780 Vigencia
La renta gravada en el extranjero
debía ser una renta de fuente
extranjera.
Debe tratarse de una renta gravada en
el exterior, sea de fuente extranjera o
nacional.
• Respecto de los actuales Art. 41 A
y 41 C, rige a partir del 01.01.2015
• Los Art. 41 A y 41 C que regirán a
partir del año 01.01.2017,
mantienen esta modificación.
Deloitte
Crédito por IPE por filiales extranjeras
Crédito por impuestos pagados en el exterior 14
Antes Ley 20.272 Vigencia
El IPE pagado por una filial
extranjera de matriz extranjera,
era acreditable en Chile,
siempre que matriz y filial
estuviesen domiciliadas en el
mismo país y la primera tuviese
en la segunda una participación
directa de 10% o más.
Se amplio este beneficio a casos en
que matriz tiene participación directa
o indirecta, debiendo filial y matriz
tener domicilio en el mismo país.
Rentas percibidas a partir del
1.01.2014, siempre que el IPE se
haya pagado a partir de la misma
fecha.
La ley 20.780 mantuvo este beneficio
en el Art. 41 A vigente hasta el
31.01.2016.
Ley 20.899 Vigencia
Amplia este beneficio a casos en que la matriz participa, directa o
indirectamente, en un 10% o más en la filial, aún cuando residan en
distintos países, siempre que Chile mantenga vigente con dicho país un
CDTI u otro que permita el intercambio de información
Esta modificación opera a partir
del 01.01.2017.
Deloitte
Facilita la posibilidad de acreditar los IPE por la sociedad extranjera o las filiales de éstas
Crédito por impuestos pagados en el exterior 15
Antes Ley 20.727 Vigencia
El IPE por una sociedad extranjera o por las
filiales extranjeras de ésta, eran
acreditables siempre que en el país fuente
no existiese impuesto de retención o la tasa
del mismo fuese inferior al IDPC.
Se elimina el requisito de la
ausencia de impuesto de retención
o la existencia de una tasa menor a
la del IDPC, siempre que exista un
CDTI vigente con el país desde el
cual se recibe el dividendo/retiro.
Aplica a rentas percibidas a partir del
01.01.2014, siempre que el IPE se
haya pagado a partir de la misma
fecha.
Ley 20.899 Vigencia
Elimina la exigencia de este requisito aún cuando no exista un CDTI
vigente con el país desde el cual se recibe el dividendo/retiro
Esta modificación opera a partir
del 01.01.2017.
Deloitte
Determinación del Crédito por IPE
Crédito por impuestos pagados en el exterior 16
Ley 20.899 Vigencia
Mantiene esta modificación respecto de los Art. 41 A y 41 C Esta modificación regirá también
en el 01.01.2017.
Antes Ley 20.780 Vigencia
El crédito imputable al IDPC se
determinaba al multiplicar la tasa del IDPC
a la renta gravada en el extranjero, más el
crédito por IDPC.
Es necesario deducir de la base los
gastos necesarios para producir la renta.
A partir del 01.01.2015
Deloitte
Dividendos/retiros percibidos por Contribuyentes Finales
Crédito por impuestos pagados en el exterior 17
Antes Ley 20.780 Vigencia
No existía regulación expresa
respecto de los dividendos o retiros
percibidos directamente por
individuos sujetos a Impuesto Global
Complementario
El excedente de crédito por IPE
contra impuestos finales se
extingue, sin que exista derecho a
imputarlo a ejercicios siguientes,
obtener devolución, o imputarlo
contra otros impuestos.
A partir del 01.01.2015
Deloitte
• En Art. 41 C N° 3 Elimina reliquidación mensual para contribuyentes de Impuesto único de
Segunda Categoría. Si de la reliquidación anual resulta un excedente de crédito el contribuyente
tendrá derecho a imputación a otros impuestos y devolución.
• El impuesto adicional pagado por un ECE o una Agencia, puede ser acreditable en Chile
• Armonización de las reglas de créditos por IPE con los nuevos regímenes incorporados por el
art.14 de la LIR a contar del 01.01.2017
Crédito por impuestos pagados en el exterior 18
Servicios personales prestados y gravados
Deloitte
Proyecto de ley con medidas para impulsar la productividad
Incluye cambios al sistema de crédito por impuestos extranjeros.
• Propone permitir que todos los exportadores de servicios, más allá de asesorías técnicas y prestaciones similares accedan al beneficio del crédito por impuestos directos pagados en el exterior
• Sin tratado, porque con tratado ya lo tienen
• Establece crédito por impuestos extranjeros para contribuyentes que reciben rentas de segunda categoría dependiente o independiente contra el impuesto de segunda categoría o global complementario (hasta el 32%) aunque no haya tratado.
• Termina la doble tributación de las personas naturales por rentas del trabajo.
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