a1 contenedores area medica residuos biologico infecciosos
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A1, S.A. DE C.V.
AREA MEDICA
MANEJO DE RESIDUOS DE PRODUCTOS BIOLOGICO INFECCIOSOS
DANTE RAMIREZ GONZALEZ Febrero 2015
Los Residuos Peligrosos Biológico-Infecciosos pueden representar un riesgo de salud para la población afuera y adentro de las instituciones de salud, por lo que es necesario aprender sobre el manejo adecuado de los mismos, así como a los riesgos a los que se puede estar expuesto.
El manejo inadecuado por parte de alguno de los involucrados en este proceso aumenta el riesgo para las personas en los pasos subsiguientes de la cadena, así como para la población en general.
La capacitación y la colaboración de cada uno de las personas que participan en esta cadena ayudará a una mejor utilización de los recursos para la salud, disminuirá los riesgos para el personal involucrado en la cadena y ayudará a tener un medio ambiente más saludable y libre de riesgos a la población en general.
CLAVE NOMBRE Norma Oficial Mexicana (NOM)
Registro SSA
PC-1 RECOLECTOR DE POLIPROPILENO PARA PUNZOCORTANTES CAP. 1.7 LTS
NOM-087-ECOL-SSA1-2003 0683E96
PL-1 RECOLECTOR DE POLIPROPILENO PARA PUNZOCORTANTES Y LIQUIDOS COLORE ROJO Y AMARILLO CAP. 1.7 LTS
NOM-087-ECOL-SSA1-2003 0683E96
PC-2 RECOLECTOR DE POLIPROPILENO PARA PUNZOCORTANTES CAP. 0.94 – 2.8 LTS
NOM-087-ECOL-SSA1-2003 0683E96
PC-3 RECOLECTOR DE POLIPROPILENO PARA PUNZOCORTANTES CAP. 3.0 LTS
NOM-087-ECOL-SSA1-2003 0683E96
PC-4 RECOLECTOR DE POLIPROPILENO PARA PUNZOCORTANTES CAP. 3.7- 4.75 LTS
NOM-087-ECOL-SSA1-2003 0683E96
PC-8 RECOLECTOR DE POLIPROPILENO PARA PUNZOCORTANTES CAP. 7.5 – 9.4 LTS
NOM-087-ECOL-SSA1-2003 0683E96
PC-12 RECOLECTOR DE POLIPROPILENO PARA PUNZOCORTANTES Y LIQUIDOS COLORE ROJO Y AMARILLO 12.0 LTS
NOM-087-ECOL-SSA1-2003 0683E96
PC-13 RECOLECTOR DE POLIPROPILENO PARA PUNZOCORTANTES Y LIQUIDOS COLORES ROJO CAP. 11.3 - 13.25 LTS
NOM-087-ECOL-SSA1-2003 0683E96
RELACION DE PRODUCTOS
AREA MEDICA
MANEJO DE RESIDUOS DE PRODUCTOS BIOLOGICO INFECCIOSOS
NIVEL I NIVEL II NIVEL III
Unidades hospitalarias de 1 a 5 camas e
instituciones de investigación con excepción
de los señalados en el Nivel III.
Laboratorios clínicos y bancos de sangre que
realicen análisis de 1 a 50 muestras al día.
Unidades hospitalarias psiquiátricas.
Centros de toma de muestras para análisis
clínicos.
Unidades hospitalarias de 6 hasta 60
camas;
Laboratorios clínicos y bancos de sangre
que realicen análisis de 51 a 200 muestras
al día;
Bioterios que se dediquen a la
investigación con agentes biológico-
infecciosos, o
Establecimientos que generen de 25 a 100
kilogramos al mes de RPBI.
Unidades hospitalarias de más de 60 camas;
Centros de producción e investigación
experimental en enfermedades infecciosas;
Laboratorios clínicos y bancos de sangre
que realicen análisis a más de 200 muestras
al día, o
Establecimientos que generen más de 100
kilogramos al mes de RPBI.
Clasificación de los establecimientos generadores de Residuos Peligrosos Biológico-Infecciosos (RPBI):
TIPO DE RESIDUOS ESTADO FISICO ENVASADO COLOR
4.1 Sangre Líquidos Recipientes herméticos Rojo
4.2 Cultivos y cepas de
agentes infecciosos
Sólidos Bolsas de polietileno Rojo
4.3 Patológicos Sólidos Bolsas de polietileno Amarillo
Líquidos Recipientes herméticos Amarillo
4.4 Residuos no anatómicos Sólidos Bolsas de polietileno Rojo
Líquidos Recipientes herméticos Rojo
4.5 Objetos punzocortantes Sólidos Recipientes rígidos
polipropileno
Rojo
Identificación y envasado
En las áreas de generación de los establecimientos generadores, se deberán
separar y envasar todos los residuos peligrosos biológico-infecciosos, de acuerdo
con sus características físicas y biológicas infecciosas, conforme a la tabla 2 de
esta Norma Oficial Mexicana. Durante el envasado, los residuos peligrosos
biológico-infecciosos no deberán mezclarse con ningún otro tipo de residuos
municipales o peligrosos.
TABLA 2
FUENTE. NOM-087-ECOL-SSA1-2002.
Agente biológico-infeccioso
Cualquier microorganismo capaz de producir enfermedades cuando está presente en concentraciones
suficientes (inóculo), en un ambiente propicio (supervivencia), en un hospedero susceptible y en presencia
de una vía de entrada. NOM-087-ECOL-SSA1-2002.
Centro de acopio
Instalación de servicio que tiene por objeto resguardar temporalmente y bajo ciertas condiciones a los
residuos peligrosos biológico-infecciosos para su envío a instalaciones autorizadas para su tratamiento o
disposición final. NOM-087-ECOL-SSA1-2002.
Establecimientos generadores
Son los lugares públicos, sociales o privados, fijos o móviles cualquiera que sea su denominación, que
estén relacionados con servicios de salud y que presten servicios de atención médica ya sea
ambulatoria o para internamiento de seres humanos y utilización de animales de bioterio, de acuerdo
con la tabla 1 del presente instrumento. NOM-087-ECOL-SSA1-2002.
La cantidad de sangre o fluido corporal en el material de curación es determinante para poder ser considerado como peligroso, por lo tanto sólo los materiales de curación que estén empapados, saturados o goteando alguno de estos fluidos (líquido sinovial, pericárdico, cefaloraquídeo, sangre, etc) deben de ser considerados RPBI.
El conocimiento de estos conceptos por parte del personal de salud evitará percepciones equivocadas y permitirá una clasificación adecuada de la basura generada en los centros de atención médica, lo cual optimizará los recursos disponibles. El principal riesgo de contagio de enfermedades, por tal motivo recomendamos utilizar Contenedores y/o en color amarillo o bien color rojo, con tapa roscable, también se pueden usar bolsas con calibre 200.
Manejo Conjunto de operaciones que incluyen la:
1. Identificación, 2. Separación, 3. Envasado, 4. Almacenamiento, 5. Acopio, 6. Recolección, 7. Transporte, 8. Tratamiento 9. Disposición final
De los residuos peligrosos biológico-infecciosos. NOM-087-ECOL-SSA1-2002.
Residuos Peligrosos Biológico-Infecciosos (RPBI)
Son aquellos materiales generados durante los servicios de atención
médica que contengan agentes biológico-infecciosos según son
definidos en esta Norma, y que puedan causar efectos nocivos a la
salud y al ambiente. NOM-087-ECOL-SSA1-2002.
Los objetos punzocortantes
Los que han estado en contacto con humanos o animales o sus muestras biológicas durante el
diagnóstico y tratamiento, únicamente: tubos capilares, navajas, lancetas, agujas de jeringas
desechables, agujas hipodérmicas, de sutura, de acupuntura y para tatuaje, bisturís y estiletes de
catéter, excepto todo material de vidrio roto utilizado en el laboratorio, el cual deberá desinfectar o
esterilizar antes de ser dispuesto como residuo municipal. NOM-087-ECOL-SSA1-2002.
Los recipientes de los Residuos Peligrosos Punzocortantes deberán ser: 1. Rígidos,
2. De polipropileno 3. Color rojo, 4. Con un contenido de metales pesados de no más de una parte por millón y libres de cloro, 5. Que permitan verificar el volumen ocupado en el mismo, 6. Resistentes a fracturas y pérdidas de contenido al caerse, 7. Destructibles por métodos físicos, 8. Tener separador de agujas y abertura para depósito, con tapa(s) de ensamble seguro y cierre permanente, 9. Deberán contar con la leyenda que indique "RESIDUOS PELIGROSOS PUNZOCORTANTES BIOLOGICO-INFECCIOSOS"
10. Marcados con el símbolo universal de riesgo biológico.
FUENTE. NOM-087-ECOL-SSA1-2002.
“Los residuos patológicos deben ser incinerados o inhumados, excepto
aquellos que estén destinados a fines terapéuticos, de investigación…″
CONTENEDOR PARA PUNZOCORTANTES,
GUARDIÁN O CONTAINER
Los Residuos Peligrosos Biológico-Infecciosos (RPBI) representan un riesgo de salud para la población afuera y adentro de Hospitales, Clínicas e instituciones de salud, por lo que es necesario el manejo adecuado de los mismos, para evitar los riesgos a los que puede estar expuesto el personal, pacientes y visitantes en general.
La importancia en el manejo adecuado a través de una señalización adecuada de la Ruta RPBI (interna dentro de la institución de salud), por parte de los involucrados en este proceso, evita el riesgo de contagio cruzado, para las personas en los pasos
subsiguientes de la cadena.
CARACTERISTICAS
Fabricado en perfil de aluminio natural, anodizado, curvo, extruido.
Con dos orificios avellanados para recibir tornillo de fijación
Tapas plásticas de estireno de alto impacto color negro.
Incluye película antireflejante y acabado en fotoluminiscente (opcional).
Disponible en anchos de 8, 15, 20 y 30 cms. Se instala de forma fácil y sencilla Para colocarse en muros o superficies planas. Con personalización opcional o sobre diseño especial. Medidas y tamaños conforme a normatividad vigente.
Transporte de Residuos Peligrosos (RPBI).
NOTA: Los recipientes para los residuos peligrosos punzocortantes y líquidos se llenarán hasta el
80% (ochenta por ciento) de su capacidad, asegurándose los dispositivos de cierre y no
deberán ser abiertos o vaciados
RESUMEN
PROCEDIMIENTO RECOMENDADO
1. Los residuos peligrosos biológico-infecciosos envasados deberán almacenarse en contenedores
metálicos o de plástico con tapa y ser rotulados con el símbolo universal de riesgo biológico, con la
leyenda "RESIDUOS PELIGROSOS BIOLOGICO-INFECCIOSOS".
2. Depositar en el punto inicial nuestros desechos separados
3. Los desperdicios como jeringas y objetos punzocortantes, se depositan en el contenedor especial con
doble tapa. los desperdicios líquidos y materiales contaminados con desechos biológico-infecciosos se
depositan en bolsas plásticas
4. En el caso de líquidos contenedores con rosca preferentemente en color amarillo e identificado con el
símbolo “RPBI″, con tapa roscable.
5. La primera recolección a través de un sistema que incluya, bote de color con la etiqueta
correspondiente para fácil identificación.
6. El transporte interno se realiza a través de la ruta RPBI, que debe ser señalizada y ser visible. se pueden
utilizar botes con ruedas o bien “trenes de reciclado” en donde un carrito especial puede recolectar
y separar en una sola operación y de una sola vez nuestros desperdicios.
7. Llevarlos a un punto de confinamiento donde se encuentra también un bote mas grande del mismo
color e identificado con los mismos logos y etiquetas.
1. LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE
2. REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION
AL AMBIENTE EN MATERIA DE RESIDUOS PELIGROSOS.
3. NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-052-SEMARNAT-2005, Que establece las características, el procedimiento de identificación, clasificación y los listados de los residuos peligrosos.
4. NORMA Oficial Mexicana NOM-087-ECOL-SSA1-2002, Protección ambiental - Salud ambiental - Residuos peligrosos biológico-infecciosos - Clasificación y especificaciones de manejo.
5. GUÍA DE CUMPLIMIENTO DE LA NORMA OFICIAL MEXICANA. NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002. Protección Ambiental - Salud Ambiental - Residuos Peligrosos Biológico-Infecciosos - Clasificación y Especificaciones de Manejo.
6. Manual de Procedimientos para el Manejo y control de residuos Biológico-Infecciosos Tóxico-Peligrosos en unidades de atención médica. Instituto Mexicano del seguro social (IMSS).
7. Manual para la atención de contingencias en el manejo de residuos peligrosos biológico-infecciosos. Secretaría de Salud.
Marco Jurídico Nacional
ARTICULO 58 Las infracciones de Carácter administrativo a los preceptos de la Ley y del Reglamento serán sancionadas por la Secretaría con una o más de las siguientes sanciones: I. Multa por el equivalente de veinte a veinte mil
días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, en el momento de imponer la sanción;
II. Clausura temporal o definitiva, parcial o total, cuando conociéndose la peligrosidad de un residuo peligroso, en forma dolosa no se de a éste el manejo previsto por el Reglamento y las normas técnicas ecológicas correspondientes; y
III. Arresto administrativo hasta por 36 horas.
REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE EN MATERIA DE RESIDUOS PELIGROSOS.
ARTICULO 59 Independientemente de las sanciones que procedan de conformidad con lo que dispone el artículo anterior, la Secretaría podrá revocar las autorizaciones que hubiera concedido, en los términos del presente Reglamento.
REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE EN MATERIA DE RESIDUOS PELIGROSOS.
ARTICULO 60 Si una vez impuestas las sanciones a que se refieren los artículos anteriores y vencido el plazo en su caso concedido para subsanar la o las infracciones cometidas, resultare que dicha infracción o infracciones aun subsistieran, podrán imponerse multas por cada día que transcurra sin obedecer el mandato, sin que el total de las multas que en estos casos se impongan
REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE EN MATERIA DE RESIDUOS PELIGROSOS.
1. Guidelines for safe disposal of unwanted pharmaceuticals in and after
emergencies. World Health Organization.
2. Technical guidelines on the environmentally sound management of biomedical and healthcare wastes. World Health Organization (WHO).
3. Updated general technical guidelines for the environmentally sound management of wastes consisting of, containing or contaminated with persistent organic pollutants (POPs). World Health Organization International.
4. UNECE, 2003a. Recommendations on the Transport of Dangerous Goods (Model Regulations). Available at www.unece.org.
5. UNECE, 2003b. Globally Harmonized System of Classification and Labelling of Chemicals (GHS). Available at www.unece.org
6. UNEP, 1993. Storage of Hazardous Materials: A Technical Guide for Safe Warehousing of Hazardous Materials. Available at www.uneptie.org.
7. UNEP, 1994. Guidance Document on the Preparation of Technical Guidelines for the Environmentally Sound Management of Wastes Subject to the Basel Convention. Available at www.basel.int.
Marco Jurídico Internacional
CONTENEDOR COLOR TEXTO
DESECHOS ORGANICOS ORGANICOS
DESECHOS DE PAPEL Y CARTON PAPEL Y CARTON
DESECHOS METALICOS LATAS Y METALICOS
DESECHOS PLASTICOS BOTELLAS Y PLASTICOS
DESECHOS ELECTRONICOS (PILAS / BATERIAS) PILAS / BATERIAS
DESECHOS DE VIDRIO (BOTELLAS Y CRISTALES) VIDRIOS
DESECHOS VARIOS VARIOS
RESIDUOS BIOLOGICO INFECCIOSOS (RPBI PUNZOCORTANTES) RPBI PUNZOCORTANTES
RESIDUOS BIOLOGICO INFECCIOSOS (RPBI LIQUIDOS DESPERDICIOS BIOLOGICOS) RPBI LIQUIDOS DESPERDICIOS
BIOLOGICOS
DANTE RAMIREZ GONZALEZ FEBRERO 2015
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