1.4. juan david gutierrez competencia y propiedad intelectual objetivos, relación e interacción
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COMPETENCIA & PROPIEDAD
INTELECTUAL
Objetivos, relación e interacción
Guayaquil, Ecuador
23 de Octubre de 2013 Juan David Gutiérrez R.
Temas a tratar
1. Objetivos Competencia / PI
¿Complementarios?
¿En conflicto?
2. Análisis de conductas empresariales que involucran
PI a luz de las normas de competencia económica
I. Acuerdos
II. Conductas unilaterales (monopolización)
III. Adquisiciones y concentraciones empresariales
3. Conclusiones
Introducción
Pertinencia del tema según González de Cossio:
Importante
Interesante
Controvertido
Yo le agregaría:
Complejo y con cabos sueltos…
¿Fines complementarios o en conflicto?
Objetivos Competencia / IP
Objetivos competencia
¿Hay consenso sobre el tema?
- Proteger proceso competitivo
- ¿fin en sí mismo o un medio para otro fin?
- Maximizar Bienestar del consumidor
- ¿Debe maximizar también el Bienestar del productor?, es decir, ¿debe
Maximizar el Bienestar social total?
- Promover & proteger la eficiencia de los mercados
- ¿Cuál tipo de eficiencia?
- Promover la innovación
- ¿Qué estructura de mercado es más propensa a generar innovaciones?
Objetivos PI
• Consumidor (particular)
• Productor
• Consumidor (genérico)
• Productor
• Consumidor (genérico)
• Productor
Análisis de conductas relacionadas con IP a la
luz de las normas de competencia económica
Relación e Interacción
¿Cómo es la relación?... Depende!
Foto tomada de
http://derechoscr.files.wordpress.com Foto tomada de
http://rincondelaanoranza.blogspot.fr
Relación tipo Doña Florinda y
Profesor Girafales Relación tipo Doña Florinda y
Don Ramón
I. Acuerdos
1. Acuerdos de fijación de precios (horizontales)
2. Acuerdos de repartición de mercados (verticales)
3. Acuerdos de fijación de precios de reventa
(verticales)
4. Acuerdos de ventas atadas (verticales)
5. Licencias cruzadas y fondos comunes
1.1 Acuerdo de precios vía transacción (a)
EEUU: Bement v. National Harrow Co. - 186 U.S.
70 (1902).
NewCo
1.1 Acuerdo de precios a través de
licenciamiento (b)
EEUU: United States v. General Electric Co., 272
U.S. 476 (1926)
Empresa 1
productora
Dueña de Patente de
Bombillos
Empresa 2
productora de
bombillos
- Licencia patente
- Empresa 1 fija precios
de reventa de
bombillos a Empresa 2
y/o
- Empresa 1 fija
cantidades que
Empresa 2 puede
producir
- Riesgo: cartelización
1.2 Acuerdo división del territorio
Caso hipotético
Empresa 1
Dueña de Patente
- Licencia patente, con
limitación geográfica
- Empresa 1asigna
territorio
geográfico
diferente a cada
empresa
* Limitaciónón podría ser de uso
(ejemplo: comercial o privado)
1.3 Acuerdo de fijación de precios de
reventa
EEUU: Dr. Miles Medical Co. v. John D. Park &
Sons Co., 220 U.S. 373 (1911)
Empresa 1
Farmacéutica
Dueña de Secreto
comercial
Empresas
distribuidoras
independientes
- Empresa 1 fija precios
de reventa a
distribuidores
independientes
1.4 Acuerdo de ventas atadas (a)
EEUU: Motion Picture Patents Co. v. Universal Film
Co. - 243 U.S. 502 (1917)
Empresa 1
Dueña de Patente de
Proyector de Películas y
con derechos para
licenciar # películas
Cinemas
independientes
- Empresa 1 licencia
proyector
- Sujeto a condición de
que cinemas sólo
podían proyectar
películas de Empresa 1
1.4 Acuerdo de ventas atadas (b)
EEUU: Automatic Radio Mfg. Co. v. Hazeltine Research,
176 F.2d 799 (1st Cir. 1949), affd, 339 U.S. 827 (1950)
Empresa 1
Dueña de varias Patentes
usadas para Radio
Empresa 2
Productora de
Radios
- Empresa 1 licencia todas sus
patentes en un solo paquete
a la Empresa 2
1.4 Acuerdo de ventas atadas (c)
Caso hipotético
Autores independientes
otorgan licencia no
exclusiva a Sociedad
Gestora de DDAA
Sociedad Gestora
ofrece una sola
licencia por todas
las creaciones
artísticas
- Licenciado puede ser usar cualquier
canción
- Puede incluir restricciones sobre tipo de
uso
1.4 Acuerdo de ventas atadas con otras
restricciones (d)
Caso Microsoft (1995)
Microsoft, titular de
derechos de autor de
software Windows
Microsoft licenciaba Windows
a Empresas que
manufacturan PCs
- Licencia se otorga
“por procesador”,
es decir debían
pagar regalías por
cada procesador
producido,
independiente de
si incluía o no
Windows
1.5 Licencias cruzadas y fondos comunes (i)
EEUU: United States v. Line Material Co., 333 U.S. 287,
309-310 (1948)
Empresa 1, titular
de una patente X
(básica)
Empresa 2, titular de
patente Y (mejora) - Cada empresa aporta su patente para crear
Fondo Común
- Todas tienen derecho a usar las tres patentes en
virtud de las licencias-cruzadas
- Acuerdan limitación de precio
Empresa 3, titular de
patente Z (mejora)
Riesgos • Cartelización
• Discriminación a tercero
1.5 Licencias cruzadas y fondos comunes (ii)
EEUU: Standard Oil Co. v. United States, 283 U.S. 235 (1931).
Empresa 1, titular
de una patente X
sobre proceso
para extraer
petróleo (básica)
Empresa 2, titular de
patente Y sobre
proceso para extraer
petróleo (básica)
- Empresas llegan a
transacción
- Acuerdan licencias-
cruzadas (cada uno
licencia al otro su patente)
- Acuerdan repartir regalías
que sean producto de
licencias “múltiples” Empresa 3, titular de
patente Z sobre
proceso para extraer
petróleo (básica)
- Patentes “compiten”
(se bloquean)
- Las empresas litigan
patentes
II. Conductas unilaterales (monopolización)
1. Precios excesivos o inequitativos
2. Demandas temerarias
3. Negativas a licenciar (tratar o contratar)
4. No uso de la patente
5. Indebido uso de la patente (diapositiva 14)
6. Diseño de nuevo producto
7. Acumulación de derechos de IP por desarrollo interno
8. Estándares de industria
2.1 Precios excesivos o inequitativos
¿Qué es precio “excesivo”?
¿Qué es precio “inequitativo”?
¿Puede el titular de un derecho de PI fijar un precio
alto?
Diferentes estándares: EEUU, UE y LATAM
2.3 Negativa a licencia de patente (a)
EEUU: Eastman Kodak Company v. Image Technical
Services, Inc., 504 U.S. 451 (1992)
Empresa 1
Dueña de Patente de Bien
principal y participa en
mercado secundario
- Empresa 1 se niega a
vender partes para
que empresas de
reparación puedan
ofrecer servicios en
mercado secundario
2.3 Negativa a licencia de patente (b)
EEUU: Dawson Chem. Co. v. Rohm & Haas Co.,
448 U.S. 176 (1980).
Empresa 1
Dueña de Patente de método
para aplicar herbicida químico
y producía compuesto (no
patentado)
- Empresa 2 vende su
propio compuesto con
instrucciones para
utilizar método de
Empresa 1
Compuesto
No Patentado
Empresa 1 se niega a licenciar método a
Empresa 2, está última no quiere
comprar compuesto de Empresa 1
2.3 Negativa a licencia de DDAA (c)
UE: Radio Telefis Eireann (RTE) and Independent Television
Publications Ltd (ITP) v Commission of the European Communities
(1995) ECJ C-241/91 P and C-242/91 P
- Empresas 1, 2 y 3 solo licenciaban para
que los diarios hicieran publicación
diaria.
- Información insumo indispensable
Empresas 1, 2 y 3 se niegan a licenciar la parrilla
semanal a Empresa X que pretendía elaborar guía
de programación de TV
Empresa 1, titular
de DDAA de
programas de TV
Empresa 2, titular de
DDAA de programas
de TV)
Empresa 3, titular de
DDAA de programas
de TV)
III. Adquisiciones y concentraciones
1. Adquisición de derechos de IP
2. Concentraciones empresariales
Conclusiones
Sobre los objetivos
Visto en abstracto puede haber una aparente contradicción entre el paradigma de un mercado competitivo y el desarrollo de innovación & tecnología.
Pero, cuando se analizan en la práctica, por regla general, el choque entre las dos normas es un “mal entendido”.
Cuando los derechos de PI son otorgados correctamente por la autoridad competente, los problemas relacionados con la competencia económica son mínimos o inexistentes.
El otorgamiento de derechos de PI sí puede tener incidencia negativa en la eficiencia de innovación (incluso impedir innovación) cuando el legislador/corte no otorga nivel de protección adecuado al titular del derecho.
Deberían ser dos normativas guiadas por el interés público, pero hay riesgo de “captura” en los dos casos.
Sobre la relación/interacción
Dos tipos de errores de autoridades/cortes
Falsos positivos
Falsos negativos
Los derechos de PI no necesariamente otorgan monopolio (y no todo monopolio los requiere para serlo).
Los derechos de PI no son en sí mismos pro-competitivos o anticompetitivos
Pero, los derechos de PI no pueden ser “patente de corso” o “carta blanca” frente a normas de competencia
El ejercicio abusivo de los derechos de PI puede derivar en conductas anticompetitivas, es decir, pueden ser utilizados como herramienta para restringir indebidamente la competencia.
Se requiere un adecuado balance entre Competencia & PI para que confluyan a fin común: bienestar el consumidor.
¿Cómo determinar si ejercicio de IP
infringe normativa de competencia? (I)
Estándar propuesto por H. Hovenkamp (en el caso
de acuerdos de transacción):
1. Determinar si hay riesgo para la competencia
2. Si hay riesgo, determinar si está autorizado por la
ley
3. Si el riesgo es significativo, si los dueños de las
patentes creían que su patente era válida al
momento del acuerdo
¿Cómo determinar si ejercicio de IP
infringe normativa de competencia? (II)
Estándar propuesto por F. González (según práctica
de la CFC):
1. Definir mercado relevante
2. Definir si titular del PI tiene poder de mercado
3. Hacer un balanceo de las ganancias en eficiencia
Bibliografía sugerida
Bibliografía sugerida de autores
Latinoamericanos
Francisco González de Cossio, “Competencia económica y propiedad intelectual: ¿complementarios o antagónicos?” (2010)
Pablo Márquez Escobar, “Exploitative excessive pricing policy for emerging economies” (2010)
Carlos Uribe Piedrahita, “Negativas a contratar en el derecho de la libre competencia en Colombia” (2010)
Juan Cristobal Gumucio, “Interrelación Propiedad Intelectual, Competencia Desleal, Protección al Consumidor y Libre Competencia” (2011)
Bibliografía sugerida de autores de
Estados Unidos y de Europa
Herbert Hovenkamp et. al., “IP and Antitrust: An
analysis of Antitrust Principles Applied to Intellectual
Property Law” (2003)
Herbert Hovenkamp, “The Antitrust Enterprise”,
Capítulo 11 (2005)
Ernest Gellhorn, “Antitrust Law and Economics”,
Capítulo 10 (2004)
Ariel Ezrachi, “EU Competition Law”, Capítulo 8
(2010)
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