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3 de Junio de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL CONSEJO DE PUBLICIDAD EXTERIOR EN CUMPLIMIENTO AL ACUERDO APROBADO POR EL CONSEJO DE PUBLICIDAD EXTERIOR EN SU DECIMOPRIMERA SESIÓN ORDINARIA DE FECHA DOCE DE ABRIL DE DOS MIL ONCE, SE HACE DEL CONOCIMIENTO DE LOS HABITANTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO, PARA LOS EFECTOS LEGALES CORRESPONDIENTES, EL CONTENIDO DEL “ACUERDO POR EL CUAL SE ESTABLECEN REGLAS COMPLEMENTARIAS PARA LA CELEBRACIÓN DE LAS SESIONES DEL CONSEJO DE PUBLICIDAD EXTERIOR”: EL CONSEJO DE PUBLICIDAD EXTERIOR, de conformidad con los artículos 8 y 10 fracciones I y VI de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal, y CONSIDERANDO Que el Consejo de Publicidad Exterior está conformado por once integrantes, a cada uno de los cuales puede corresponder un suplente, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 8 de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal y 8, 9, 10 y 11 del Reglamento del Consejo de Publicidad Exterior del Distrito Federal; Que el Consejo de Publicidad Exterior se auxilia de un Secretario Técnico designado por el titular de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 8 de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal y 12 del Reglamento del Consejo de Publicidad Exterior del Distrito Federal; Que el presidente del Consejo de Publicidad Exterior tiene facultad para invitar a las sesiones, con derecho de voz y según los asuntos a tratar, a servidores públicos; académicos expertos en la materia; representantes de asociaciones, organismos o fundaciones relacionados con la protección del patrimonio cultural en la ciudad y con la conservación del medio ambiente y los recursos naturales, y a representantes de personas dedicadas a la publicidad exterior en el Distrito Federal, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 9 de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal y 13 del Reglamento del Consejo de Publicidad Exterior del Distrito Federal; Que el Consejero Presidente, Arq. Felipe Leal Fernández, ha invitado a participar en las sesiones del Consejo, con el carácter de Consejeros Invitados Permanentes, a once personas físicas, entre servidores públicos, académicos expertos en la materia, representantes de personas morales relacionadas con la protección del patrimonio cultural en la ciudad y con la conservación del medio ambiente y los recursos naturales, así como representantes de personas dedicadas a la publicidad exterior en el Distrito Federal; Que los suplentes de los integrantes del Consejo de Publicidad Exterior, así como de los invitados por el presidente de dicho Consejo, pueden ejercer sus derechos de voz y voto únicamente en ausencia de sus respectivos titulares, de conformidad con lo dispuesto por el penúltimo párrafo del artículo 9 del Reglamento del Consejo de Publicidad Exterior del Distrito Federal; Que a las sesiones del Consejo de Publicidad Exterior sólo podrán asistir el Consejero Presidente, los Consejeros, los invitados por el Consejero Presidente, el Secretario Técnico y el número de auxiliares que se apruebe por acuerdo del Consejo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 36 del Reglamento del Consejo de Publicidad Exterior del Distrito Federal; ha tenido a bien aprobar el siguiente: ACUERDO POR EL CUAL SE ESTABLECEN REGLAS COMPLEMENTARIAS PARA LA CELEBRACIÓN DE LAS SESIONES DEL CONSEJO DE PUBLICIDAD EXTERIOR Primero. A las sesiones del Consejo de Publicidad Exterior podrán asistir los Consejeros, los invitados por el Consejero Presidente, y el Secretario Técnico, así como sus respectivos suplentes. Segundo. Cuando a una sesión del Consejo asista un titular y su respectivo suplente, el derecho de asiento en la mesa, así como los de voz y de voto, corresponderán únicamente al titular.

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3 de Junio de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

CONSEJO DE PUBLICIDAD EXTERIOR

EN CUMPLIMIENTO AL ACUERDO APROBADO POR EL CONSEJO DE PUBLICIDAD EXTERIOR EN SU DECIMOPRIMERA SESIÓN ORDINARIA DE FECHA DOCE DE ABRIL DE DOS MIL ONCE, SE HACE DEL CONOCIMIENTO DE LOS HABITANTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO, PARA LOS EFECTOS LEGALES CORRESPONDIENTES, EL CONTENIDO DEL “ACUERDO POR EL CUAL SE ESTABLECEN REGLAS COMPLEMENTARIAS PARA LA CELEBRACIÓN DE LAS SESIONES DEL CONSEJO DE PUBLICIDAD EXTERIOR”: EL CONSEJO DE PUBLICIDAD EXTERIOR, de conformidad con los artículos 8 y 10 fracciones I y VI de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal, y

CONSIDERANDO Que el Consejo de Publicidad Exterior está conformado por once integrantes, a cada uno de los cuales puede corresponder un suplente, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 8 de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal y 8, 9, 10 y 11 del Reglamento del Consejo de Publicidad Exterior del Distrito Federal; Que el Consejo de Publicidad Exterior se auxilia de un Secretario Técnico designado por el titular de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 8 de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal y 12 del Reglamento del Consejo de Publicidad Exterior del Distrito Federal; Que el presidente del Consejo de Publicidad Exterior tiene facultad para invitar a las sesiones, con derecho de voz y según los asuntos a tratar, a servidores públicos; académicos expertos en la materia; representantes de asociaciones, organismos o fundaciones relacionados con la protección del patrimonio cultural en la ciudad y con la conservación del medio ambiente y los recursos naturales, y a representantes de personas dedicadas a la publicidad exterior en el Distrito Federal, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 9 de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal y 13 del Reglamento del Consejo de Publicidad Exterior del Distrito Federal; Que el Consejero Presidente, Arq. Felipe Leal Fernández, ha invitado a participar en las sesiones del Consejo, con el carácter de Consejeros Invitados Permanentes, a once personas físicas, entre servidores públicos, académicos expertos en la materia, representantes de personas morales relacionadas con la protección del patrimonio cultural en la ciudad y con la conservación del medio ambiente y los recursos naturales, así como representantes de personas dedicadas a la publicidad exterior en el Distrito Federal; Que los suplentes de los integrantes del Consejo de Publicidad Exterior, así como de los invitados por el presidente de dicho Consejo, pueden ejercer sus derechos de voz y voto únicamente en ausencia de sus respectivos titulares, de conformidad con lo dispuesto por el penúltimo párrafo del artículo 9 del Reglamento del Consejo de Publicidad Exterior del Distrito Federal; Que a las sesiones del Consejo de Publicidad Exterior sólo podrán asistir el Consejero Presidente, los Consejeros, los invitados por el Consejero Presidente, el Secretario Técnico y el número de auxiliares que se apruebe por acuerdo del Consejo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 36 del Reglamento del Consejo de Publicidad Exterior del Distrito Federal; ha tenido a bien aprobar el siguiente:

ACUERDO POR EL CUAL SE ESTABLECEN REGLAS COMPLEMENTARIAS PARA LA CELEBRACIÓN DE LAS SESIONES DEL CONSEJO DE PUBLICIDAD EXTERIOR

Primero. A las sesiones del Consejo de Publicidad Exterior podrán asistir los Consejeros, los invitados por el Consejero Presidente, y el Secretario Técnico, así como sus respectivos suplentes. Segundo. Cuando a una sesión del Consejo asista un titular y su respectivo suplente, el derecho de asiento en la mesa, así como los de voz y de voto, corresponderán únicamente al titular.

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4 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Junio de 2011

Tercero. Cuando un Consejero o invitado por el Consejero Presidente se retire de la sala de una sesión del Consejo y no acuda al llamado de regreso que públicamente le haga el Secretario Técnico, se entenderá que el titular se ha ausentado definitivamente de la sesión. En consecuencia, el suplente respectivo podrá ejercer el derecho de asiento en la mesa, así como los de voz y de voto. El llamado del Secretario Técnico: I. Estará seguido de un lapso de espera de hasta cinco minutos, y II. Será obligatorio antes de que un acuerdo o dictamen sea sometido a votación. El titular podrá regresar a la sesión del Consejo, pero en ningún caso podrá reasumir el ejercicio de derechos por el resto de la sesión, aún cuando el suplente, a su vez, se ausentare definitivamente. Cuarto. Cuando a una sesión del Consejo asista únicamente el suplente de un Consejero o de un invitado por el Consejero Presidente, ese suplente podrá ejercer el derecho de asiento en la mesa, así como los de voz y de voto. Si en el transcurso de la sesión asistiere el respectivo titular, el suplente podrá, a su elección, permanecer en ejercicio de derechos, o bien, ceder ese ejercicio al titular. Si el suplente cediere el ejercicio de derechos al titular, podrá permanecer en la sesión pero no podrá reasumir tal ejercicio por el resto de la sesión. Quinto. Cada Consejero o invitado por el Consejero Presidente, así como sus respectivos suplentes, tendrán derecho de asistir a las sesiones del Consejo de Publicidad Exterior con una persona que tendrá el carácter de auxiliar. Sexto. La asistencia a las sesiones del Consejo de Publicidad Exterior, de los auxiliares de los Consejeros y de los invitados por el Consejero Presidente, se regirá por las siguientes reglas: I. El Consejero o invitado por el Consejero Presidente, según el caso, deberá acreditar a su auxiliar mediante escrito dirigido al Secretario Técnico; II. Si a una sesión del Consejo asistiere un Consejero o invitado por el Consejero Presidente acompañado de su respectivo suplente, éste tendrá el carácter de auxiliar para todos los efectos legales; III. Si a una sesión del Consejo asistiere un Consejero o invitado por el Consejero Presidente sin la compañía de su respectivo suplente, podrá hacerse acompañar de su auxiliar acreditado ante el Secretario Técnico; IV. Sólo en el caso de que un titular o un suplente se ausentare definitivamente de una sesión del Consejo, el titular o suplente que permanezca tendrá derecho de hacerse acompañar por su auxiliar acreditado ante el Secretario Técnico; V. No podrá asistir a una sesión del Consejo un auxiliar sin el correspondiente Consejero o invitado por el Consejero Presidente que lo haya acreditado ante el Secretario Técnico; VI. En ningún caso un auxiliar acreditado ante el Secretario Técnico podrá ejercer el derecho de asiento en la mesa ni el de voto, y VII. En casos excepcionales, el Consejero Presidente podrá conceder el uso de la palabra a un auxiliar, siempre que sea con el propósito de ilustrar al Consejo sobre detalles de alguno de los asuntos listados en la orden del día de la sesión del Consejo correspondiente.

T R A N S I T O R I O S Primero. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación por el Consejo de Publicidad Exterior. Segundo. El Secretario Técnico gestionará la publicación del presente Acuerdo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, para su correspondiente difusión.

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3 de Junio de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 5

Dado en la Ciudad de México, en la Decimoprimera Sesión Ordinaria del Consejo de Publicidad Exterior celebrada el doce de abril de dos mil once. FELIPE LEAL FERNÁNDEZ, CONSEJERO PRESIDENTE, Rúbrica (Voto a favor). JUAN JOSÉ DOMÍNGUEZ DAHER, CONSEJERO SUPLENTE DE LA SECRETARIA DEL MEDIO AMBIENTE, MARTHA DELGADO PERALTA, Rúbrica (Voto a favor). ESTEBAN GASCÓN VILLA, CONSEJERO SUPLENTE DEL SECRETARIO DE PROTECCIÓN CIVIL, ELÍAS MIGUEL MORENO BRIZUELA, Rúbrica (Voto a favor). SANDY GÓMEZ IBARRA, CONSEJERA SUPLENTE DEL OFICIAL MAYOR, ADRIÁN MICHEL ESPINO, Rúbrica (Voto a favor). DANIEL ESCOTTO SÁNCHEZ, CONSEJERO, Rúbrica (Voto a favor). FRANCISCO JAVIER CANTÓN DEL MORAL, CONSEJERO SUPLENTE DEL PROCURADOR AMBIENTAL Y DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL, MIGUEL ÁNGEL CANCINO AGUILAR, Rúbrica (Voto a favor). KARINA GUADALUPE MONROY REDONDO, CONSEJERA CIUDADANA. Rúbrica (Voto a favor). JOSÉ MANUEL SÁNCHEZ CARRANCO, CONSEJERO, Rúbrica (Voto a favor). RICARDO ESCOTO NÚÑEZ, CONSEJERO, Rúbrica (Voto a favor). JAVIER COVARRUBIAS COVARRUBIAS, CONSEJERO, Rúbrica (Voto a favor).

EL SECRETARIO TÉCNICO DEL CONSEJO DE PUBLICIDAD EXTERIOR

(Firma)

MTRO. JONATHAN MOSTACERO MAGADÁN

CONSEJO DE PUBLICIDAD EXTERIOR

EN CUMPLIMIENTO AL ACUERDO APROBADO POR EL CONSEJO DE PUBLICIDAD EXTERIOR EN SU DECIMOSEGUNDA SESIÓN ORDINARIA DE FECHA VEINTISÉIS DE ABRIL DE DOS MIL ONCE, SE HACE DEL CONOCIMIENTO DE LOS HABITANTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO, PARA LOS EFECTOS LEGALES CORRESPONDIENTES, EL CONTENIDO DEL “ACUERDO POR EL CUAL SE ESTABLECE EL DISEÑO DE CINCO NODOS PUBLICITARIOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO”: EL CONSEJO DE PUBLICIDAD EXTERIOR, de conformidad con los artículos 8 y 10 fracciones I y VI de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal, y

CONSIDERANDO Que el 20 de agosto de 2010 se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal, cuyo artículo Transitorio Cuarto dispuso la obligación de reubicar en los nodos publicitarios los anuncios que hayan cumplido con los requisitos establecidos por los ordenamientos jurídicos aplicables al Programa de Reordenamiento de Anuncios y Recuperación de la Imagen Urbana del Distrito Federal; Que únicamente los anuncios “autosoportados” y “de azotea” son materia de la reubicación que deberá llevar a cabo la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, de conformidad con lo dispuesto por el artículo Sexto, apartado 1, del “Programa de Reordenamiento de Anuncios y Recuperación de la Imagen Urbana del Distrito Federal”, publicado el 7 de septiembre de 2005 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, y por el artículo Tercero del “Acuerdo por el que se Establecen los Lineamientos Generales para la Instrumentación del Programa de Reordenamiento de Anuncios y Recuperación de la Imagen Urbana del Distrito Federal”, publicado el 9 de marzo de 2007 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal; Que el 29 de noviembre de 2010 se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el “Acuerdo por el cual se Determina la Ubicación de Quince Nodos Publicitarios en la Ciudad de México”, aprobado por el Consejo de Publicidad Exterior el 16 de noviembre de 2010; Que el 8 de febrero de 2011 se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el “Acuerdo por el cual se Determina la Ubicación de Quince Nodos Publicitarios en la Ciudad de México”, aprobado por el Consejo de Publicidad Exterior el 30 de noviembre de 2010;

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6 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Junio de 2011

Que el 17 de marzo de 2011 se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el “Acuerdo por el cual se propone a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, Reglas para la Asignación de Espacios para Anuncios en el Nodo Publicitario NP_009, Ubicado en la Glorieta Insurgentes, en la Intersección de la Avenida de los Insurgentes con la Avenida Chapultepec y la Avenida Oaxaca, Colonias Roma Norte y Juárez, Delegación Cuauhtémoc”, aprobado por el Consejo de Publicidad Exterior el 15 de febrero de 2011; Que es necesario definir las acciones que permitan a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda reubicar los anuncios de las personas incorporadas al Programa de Reordenamiento de Anuncios y Recuperación de la Imagen Urbana del Distrito Federal; Que el Consejo de Publicidad Exterior tiene diversas facultades conferidas por el artículo 10, fracciones I y VI, de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal, entre las cuales se encuentran las de proponer a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda políticas, estrategias y acciones orientadas a la protección, conservación, recuperación y enriquecimiento del paisaje urbano, así como líneas de acción, normas y criterios en materia de publicidad exterior; ha tenido a bien aprobar el siguiente: ACUERDO POR EL CUAL SE ESTABLECE EL DISEÑO DE CINCO NODOS PUBLICITARIOS EN

LA CIUDAD DE MÉXICO

Primero. Se propone a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda el diseño de los siguientes nodos publicitarios: I. Clave de nodo: NP_001 (Glorieta Vasco de Quiroga). Ubicación: Glorieta Vasco de Quiroga, en la intersección de la Avenida Vasco de Quiroga con la Avenida Javier Barros Sierra, Colonias Pueblo de Santa Fe y Peña Blanca, Delegación Álvaro Obregón. En el nodo publicitario indicado se contará con una superficie destinada a la publicidad exterior, de 1,080.0 m2 que se dividirá en 25 carteleras del siguiente tipo, dimensiones y ubicaciones:

A. 25 carteleras del tipo “A” cuyas medidas serán (altura=6m)x(base=7.2m)=43.20m2, las cuales se ubicarán de la

siguiente forma: 6 carteleras en el conjunto Norte, 6 carteleras en el conjunto Nor-Oriente, 3 carteleras en el conjunto Nor-Poniente, 4 carteleras en el conjunto Sur-Oriente y 6 carteleras en el conjunto Sur-Poniente, carteleras que, en conjunto, sumarán una superficie total de 1,080.00 m2.

II. Clave de nodo: NP_009 (Glorieta Insurgentes). Ubicación: Glorieta Insurgentes, en la intersección de la Avenida de los Insurgentes con la Avenida Chapultepec y la Avenida Oaxaca, Colonias Roma Norte y Juárez, Delegación Cuauhtémoc. En el nodo publicitario indicado se contará con una superficie destinada a la publicidad exterior, de 2,222.22 m2 que se dividirá en 38 carteleras de los siguientes tipos, dimensiones y ubicaciones:

A. 31 carteleras del tipo “A” cuyas medidas serán (altura=7.20m)x(base=6m)=43.20m2, las cuales se ubicarán de la siguiente forma: 10 carteleras en el conjunto Nor-Oriente, 9 carteleras en el conjunto Nor-Poniente y 12 carteleras en el conjunto Sur-Poniente, carteleras que, en conjunto, sumarán una superficie total de 1,339.20 m2;

B. 6 carteleras del tipo “B” cuyas medidas serán (altura=14.40m)x(base=9.42m)=135.65 m2, las cuales se ubicarán de

la siguiente forma: 3 carteleras en el cilindro norte y 3 carteleras en el cilindro sur, carteleras que, en conjunto, sumarán una superficie total de 813.90 m2, y

C. 1 cartelera del tipo “C” cuyas medidas serán (altura=7.20m)x(base=9.6m)=69.12 m2, la cual se ubicará en el

conjunto Sur-Poniente, con una superficie total de 69.12 m2. III. Clave de nodo: NP_031 (Puente CONAFRUT). Ubicación: Intersección entre el Paseo de la Reforma con Prolongación Paseo de la Reforma y la Carretera Federal México-Toluca, Colonia Vista Verde y Pueblo de Santa Fe, Delegación Álvaro Obregón. En el nodo publicitario indicado se contará con una superficie destinada a la publicidad exterior, de 378.00 m2 que se dividirá en 5 carteleras del siguiente tipo, dimensiones y ubicaciones:

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3 de Junio de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 7

A. 5 carteleras del tipo “D” cuyas medidas serán (altura=10.5m)x(base=7.2m)=75.6 m2, las cuales se ubicarán de la

siguiente forma: 3 carteleras superiores y 2 carteleras inferiores, ambas ubicadas en un prisma triangular, carteleras que, en conjunto, sumarán una superficie total de 378.00 m2.

IV. Clave de nodo: NP_032 (Puerta Santa Fe). Ubicación: Intersección entre la Prolongación Paseo de la Reforma, la Autopista Constituyentes-La Venta y la Calle Valentín Gómez Farías, Colonias Bejero y San Gabriel, Delegación Álvaro Obregón. En el nodo publicitario indicado se contará con una superficie destinada a la publicidad exterior, de 835.92 m2 que se dividirá en 9 carteleras del siguiente tipo, dimensiones y ubicaciones:

A. 9 carteleras serán del tipo “E” cuyas medidas serán (altura=12.9m)x(base=7.2m)=92.88m2, las cuales se ubicarán de la siguiente forma: 3 carteleras en el “prisma triangular sur”, 3 carteleras en el “prisma triangular centro” y 3 carteleras en el “prisma triangular norte”, carteleras que, en conjunto, sumarán una superficie total de 835.92 m2.

V. Clave de nodo: NP_033 (Glorieta de Tamaulipas). Ubicación: Intersección de la Avenida Tamaulipas, calle Juan Salvador Agraz, Prolongación Vasco de Quiroga y Autopista Constituyentes–La Venta, Colonias Totolapa y Cruz Manca, Delegación Cuajimalpa. En el nodo publicitario indicado se contará con una superficie destinada a la publicidad exterior, de 1,458.72 m2 que se dividirá en 32 carteleras de los siguientes tipos, dimensiones y ubicaciones:

A. 12 carteleras del tipo “F” cuyas medidas serán (altura=14.4m)x(base=4.8m)=69.12m2, las cuales se ubicarán de la siguiente forma: 3 carteleras en el “prisma triangular norte”, 3 carteleras en el “prisma triangular sur”, 3 carteleras en el “prisma triangular oriente” y 3 carteleras en el “prisma triangular poniente”, carteleras que, en conjunto, sumarán una superficie total de 829.44 m2;

B. 16 carteleras del tipo “G” cuyas medidas serán (altura=3.6m)x(base=7.2m)=25.92m2, las cuales se ubicarán de la siguiente forma: 6 carteleras en el “conjunto norte”, 6 carteleras en el “conjunto sur” y 4 carteleras en el “conjunto poniente”, carteleras que, en conjunto, sumarán una superficie total de 414.72 m2, y

C. 4 carteleras del tipo “H”, cuyas medidas serán (altura=3.6m)x(base=14.9m)=53.64m2, las cuales se ubicarán de la

siguiente forma: 2 carteleras en el “conjunto oriente” y 2 carteleras en el “conjunto poniente”, carteleras que, en conjunto, sumarán una superficie total de 214.56 m2.

Segundo. Se propone a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda el diseño de los nodos publicitarios contenido en los esquemas que se anexan al presente Acuerdo y que a continuación se relacionan: I. Para el nodo publicitario NP_001 (Glorieta Vasco de Quiroga), corresponderá el diseño contenido en los esquemas NP_001_D1, NP_001_D2, NP_001_D3, NP_001_D4, NP_001_D5 y NP_001_D6; II. Para el nodo publicitario NP_009 (Glorieta Insurgentes), corresponderá el diseño contenido en los esquemas NP_009_D1, NP_009_D2, NP_009_D3, NP_009_D4, NP_009_D5 y NP_009_D6; III. Para el nodo publicitario NP_031 (Puente CONAFRUT), corresponderá el diseño contenido en los esquemas NP_031_D1, NP_031_D2, NP_031_D3, NP_031_D4 y NP_031_D5; IV. Para el nodo publicitario NP_032 (Puerta Santa Fe), corresponderá el diseño contenido en los esquemas NP_032_D1, NP_032_D2, NP_032_D3, NP_032_D4 y NP_032_D5, y V. Para el nodo publicitario NP_033 (Glorieta de Tamaulipas), corresponderá el diseño contenido en los esquemas NP_033_D1, NP_033_D2, NP_033_D3, NP_033_D4, NP_033_D5 y NP_033_D6. Tercero. El Consejo de Publicidad Exterior evaluará los resultados de la aplicación del presente Acuerdo y en su caso, aprobará las adecuaciones que estime pertinentes.

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8 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Junio de 2011

T R A N S I T O R I O S Primero. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación por el Consejo de Publicidad Exterior. Segundo. Se deroga el artículo Cuarto del “Acuerdo por el cual se Proponen a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, Reglas para la Asignación de Espacios para Anuncios en el Nodo Publicitario NP_009, Ubicado en la Glorieta Insurgentes, en la Intersección de la Avenida de los Insurgentes con la Avenida Chapultepec y la Avenida Oaxaca, Colonias Roma Norte y Juárez, Delegación Cuauhtémoc”, aprobado por el Consejo de Publicidad Exterior el 15 de febrero de 2011 y publicado el 17 de marzo de 2011 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Tercero. El Secretario Técnico gestionará la publicación del presente Acuerdo, para su conocimiento público, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Dado en la Ciudad de México, en la Decimosegunda Sesión Ordinaria del Consejo de Publicidad Exterior celebrada el veintiséis de abril de dos mil once. FELIPE LEAL FERNÁNDEZ, CONSEJERO PRESIDENTE, Rúbrica (Voto a favor). JUAN JOSÉ DOMÍNGUEZ DAHER, CONSEJERO SUPLENTE DE LA SECRETARIA DEL MEDIO AMBIENTE, MARTHA DELGADO PERALTA, Rúbrica (Voto a favor). SERGIO ANÍBAL MARTÍNEZ SÁNCHEZ, CONSEJERO SUPLENTE DEL SECRETARIO DE TRANSPORTES Y VIALIDAD, RAÚL ARMANDO QUINTERO MARTÍNEZ, Rúbrica (Voto a favor). CÉSAR CASTRO BUSTAMANTE, CONSEJERO SUPLENTE DEL OFICIAL MAYOR, ADRIÁN MICHEL ESPINO, Rúbrica (Voto a favor). DANIEL ESCOTTO SÁNCHEZ, CONSEJERO, Rúbrica (Voto a favor). KARINA GUADALUPE MONROY REDONDO, CONSEJERA CIUDADANA. Rúbrica (Voto a favor). JOSÉ MANUEL SÁNCHEZ CARRANCO, CONSEJERO, Rúbrica (Voto a favor). RICARDO ESCOTO NÚÑEZ, CONSEJERO, Rúbrica (Voto a favor). JAVIER COVARRUBIAS COVARRUBIAS, CONSEJERO, Rúbrica (Voto a favor).

EL SECRETARIO TÉCNICO DEL CONSEJO DE PUBLICIDAD EXTERIOR

(Firma)

MTRO. JONATHAN MOSTACERO MAGADÁN

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