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“Año del Estado de Derecho y de la Gobernabilidad Democrática” ADJUDICACION DIRECTA PUBLICA N° 0004 -2004-PCM “PROGRAMA DE ATENCION MEDICO FAMILIAR BAJO LA MODALIDAD DE AUTOSEGURO DE LOS TRABAJADORES DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Y SUS FAMILIARES DIRECTOS” BASES UNIDAD EJECUTORA N° 003 SECRETARIA GENERAL PCM

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“Año del Estado de Derecho y de la Gobernabilidad Democrática”

ADJUDICACION DIRECTA PUBLICA N° 0004 -2004-PCM

“PROGRAMA DE ATENCION MEDICO FAMILIAR BAJO

LA MODALIDAD DE AUTOSEGURO DE LOS TRABAJADORES DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO

DE MINISTROS Y SUS FAMILIARES DIRECTOS”

BASES

UNIDAD EJECUTORA N° 003 SECRETARIA GENERAL PCM

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“Año del Estado de Derecho y de la Gobernabilidad Democrática”

INDICE

CAPITULOS I. GENERALIDADES

II. ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCION

III. ENTREGA Y APERTURA DE PROPUESTAS

IV. ADJUDICACION

V. DISPOSICIONES FINALES

ANEXOS

1. ESPECIFICACIONES TECNICAS 2. DECLARACION JURADA GENERAL 3. CERTIFICADOS DE CALIDAD 4. PROPUESTA ECONOMICA 5. PROFORMA DE CONTRATO 6. CALENDARIO DEL PROCESO DE SELECCIÓN

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“Año del Estado de Derecho y de la Gobernabilidad Democrática”

BASES

ADJUDICACION DIRECTA PUBLICA N°0004 -2004-PCM

“PROGRAMA DE ATENCION MEDICO FAMILIAR BAJO LA MODALIDAD DE AUTOSEGURO DE LOS TRABAJADORES DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO

DE MINISTROS Y SUS FAMILIARES DIRECTOS”

CAPITULO I.- GENERALIDADES

1.1 ORGANISMO CONVOCANTE ENTIDAD : Presidencia del Consejo de Ministros UNIDAD EJECUTORA : 003 Secretaria General - PCM DOMICILIO LEGAL : Av. Miraflores (antes 28 de Julio) 878 -

Miraflores CENTRAL TELEFONICA : 4469800

1.2 OBJETO

Contratar un Programa de Atención Médico Familiar bajo la modalidad de Autoseguro de los Trabajadores de la Presidencia del Consejo de Ministros y sus familiares directos

1.3 VALOR REFERENCIAL El valor total Referencial, incluido el I.G.V. y cualquier otro concepto que pueda incidir sobre el costo es de Noventa y Cinco Mil Setecientos Cuarenta y Uno y 00/100 Nuevos Soles (S/. 95 741.00). El Valor Referencial tiene una antigüedad no mayor a los dos meses anteriores a la convocatoria del presente proceso de selección.

1.4 FINANCIACION

Financiado con recursos ordinarios.

1.5 SISTEMA DE CONTRATACION Este proceso de selección se rige por el sistema de precios unitarios, siendo un (01) solo ítem el convocado, no aceptándose propuestas parciales ni alternativas, y según lo solicitado en las Especificaciones Técnicas.

1.6 PLAZO DE PRESTACION Será a partir de la vigencia del contrato a suscribir y hasta el 31 de diciembre de 2004, o a la ejecución total del monto contratado.

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1.7 FORMA DE PAGO El pago por la prestación requerida se realizará en forma mensual, dentro de los 10 días hábiles posteriores a la presentación de la factura correspondiente, según la ejecución real del servicio.

1.8 ESPECIFICACIONES TECNICAS La descripción detallada del servicio requerido y objeto del presente proceso de selección se señala en el Anexo Nº 01- ESPECIFICACIONES TECNICAS MÍNIMAS.

1.9 REQUISITO DE ADQUISICION DE BASES

Todo proveedor que desee participar en el presente proceso de selección deberá adquirir las presentes Bases en la Oficina de Asuntos Financieros de la PCM. Su precio es de S/. 20,00 a pagar en efectivo. En el caso de propuestas presentadas por un Consorcio, bastará que uno de los proveedores que la integra las haya recabado. Las Bases estarán a disposición de los interesados, a fin de que éstos puedan informarse sobre el contenido de las mismas, durante el plazo y en el lugar establecido para su venta.

1.10 REQUISITOS PARA SER POSTOR

a) Podrán presentarse como postores, las personas naturales o jurídicas, que brinden la prestación materia del presente proceso de selección, a condición de que se sometan a las mismas, y al Ordenamiento Jurídico vigente en materia de adquisiciones y contrataciones del Estado.

b) No estar incurso en los impedimentos precisados en el art. 9º del Texto

Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PCM.

. c) No tener gerentes, apoderados o representantes comunes en dos o más

postores.

CAPITULO II ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCION

2.1 Convocatoria

En el diario oficial El Peruano y opcionalmente en uno de circulación nacional o local.

2.2 Venta de Bases

En el plazo y horario establecido en el cronograma aprobado. Lugar: en la Oficina de Asuntos Financieros - Tesorería, sito en la Calle Manco Cápac N° 879 - Miraflores.

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2.3 Presentación y Absolución de Consultas y observaciones de las Bases

a) Presentación de Consultas a las Bases Los que obtienen Bases podrán formular consultas, solicitar la aclaración de cualquiera de sus extremos y plantear solicitudes respecto a ellas según lo dispuesto por el Artículo 51° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 013-2001-PCM. Se presentarán por escrito y en procesador de texto grabado con MS Word en un medio magnético (disquete), dirigidas al Presidente del Comité Especial, y se recibirán en la Oficina de Asuntos Administrativos de la Presidencia del Consejo de Ministros, sito en la Calle Manco Cápac N° 879 – Miraflores (no en la Mesa de Partes ni en Recepción, sino en la misma Oficina de Asuntos Administrativos), en el plazo y horario establecido en el cronograma aprobado (improrrogable) Estas deberán contener lo siguiente:

El número, siglas y nombre del proceso de selección, nombre o razón social de la empresa.

Referencia de las Bases.- Numeral(es), Anexo(s), página(s). Antecedente/sustento, si es necesario. Consultas/Aclaraciones/Solicitudes, según corresponda.

MUY IMPORTANTE.- No se aceptarán ni considerarán consultas que se presenten en otras oficinas, fechas y horarios diferentes.

b) Absolución de consultas

La absolución de consultas, aclaraciones y pronunciamiento sobre las solicitudes formuladas a las Bases se efectuarán en el plazo establecido en el cronograma aprobado, siendo remitidas a cada adquiriente de bases. La entidad no se hace responsable si por error o imprecisión de la información entregada por el adquiriente de Bases respecto de sus direcciones, o no haber dispuesto lo conveniente para su recepción, no pueda notificarle las absoluciones, aclaraciones y pronunciamientos a las consultas en la fecha indicada en el cronograma. Todos los adquirientes de Bases tienen derecho a contar con las copias de la Absolución de Consultas, las que quedarán a disposición de éstos, y podrán ser recogidas personalmente por los postores o sus representantes debidamente acreditados (Carta de presentación de la empresa), en la Oficina de Asuntos Administrativos de la Presidencia del Consejo de Ministros, sito en la Calle Manco Cápac N° 879 – Miraflores. La absolución de consultas, aclaraciones y pronunciamiento de solicitudes respecto a las Bases pasarán a formar parte de éstas y del contrato. El adquiriente de Bases que no hubiese recibido o recabado esta documentación se somete tácitamente a su contenido.

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2.4 a) Observaciones a las Bases Los postores podrán formular observaciones a las Bases debidamente fundamentadas, mediante escrito y en procesador de texto grabado con MS Word en un medio magnético (disquete) dirigido al Presidente del Comité Especial, debiendo ser presentadas en la Oficina de Asuntos Administrativos de la Presidencia del Consejo de Ministros, sito en la Calle Manco Cápac N° 879 – Miraflores (no en la Mesa de Partes ni en Recepción, sino en la misma Oficina de Asuntos Administrativos), y podrán efectuarlas en el plazo y horario establecido en el cronograma aprobado (improrrogable).

MUY IMPORTANTE.- No se aceptarán ni considerarán observaciones que

se presenten en otras oficinas, fechas y horarios diferentes.

b) Notificación simultánea de la corrección de las Bases Las correcciones de las Bases, si las hubiera, serán notificadas a los adquirientes de Bases en el día establecido para la integración de las mismas en el cronograma del proceso, y forman parte de éstas y del contrato. Sin embargo, no es necesario adjuntar fotocopias de las mismas en el sobre de propuesta técnica. La entidad no se hace responsable si por error o imprecisión de la información entregada por el adquiriente de Bases respecto de sus direcciones, o no haber dispuesto lo conveniente para su recepción, no pueda notificarle las absoluciones a las consultas en la fecha indicada en el cronograma.

De haber correcciones, éstas quedarán a disposición de los postores hasta la fecha de recepción de propuestas.

2.5 Procedimiento que los postores deben seguir cuando formulen sus

observaciones(Directiva Nº 013-2001-CONSUCODE):

a) De conformidad con lo previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, el oficio que curse el Presidente del Comité Especial al Presidente del CONSUCODE por efecto de Observaciones a las Bases no acogidas debe recaudar todos los anexos señalados, así como el Comprobante de Pago de la tasa correspondiente a favor del referido Consejo.

b) La obligación de pago de la tasa por parte del adquiriente de Bases, se

origina cuando las observaciones a las Bases no son acogidas por el Comité Especial, estando éste obligado a remitirlas al CONSUCODE.

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c) Dentro de las 24 horas del plazo a que se contrae el Art. 78º del Reglamento de la Ley 26850, el Presidente del Comité Especial oficiará al adquiriente de Bases cuyas observaciones no hayan sido acogidas, para que cumpla con cancelar la tasa que por dicho concepto prevé el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del CONSUCODE.

d) El adquiriente de Bases observante deberá cumplir con el pago de la Tasa a

su cargo y remitir al Comité Especial el Comprobante de Pago, voucher o papeleta de depósito respectivo, dentro de las 48 horas siguientes a la recepción del oficio de requerimiento, de acuerdo con el siguiente detalle:

El adquiriente de Bases domiciliado en Lima, deberá efectuar el pago

en las oficinas del CONSUCODE y recabar el Comprobante de Pago correspondiente.

El adquiriente de Base domiciliado en provincia deberá efectuar el

pago en alguna de las cuentas corrientes a nombre del CONSUCODE.

e) En el caso que el adquiriente de Bases observantes no cumpla con cancelar el monto de la Tasa a su cargo dentro del plazo señalado en el inciso d), el Presidente del Comité Especial aplicará lo prescrito en el Artículo 125.1 de la Ley 27444, teniendo por no presentadas las observaciones no acogidas.

2.6 Interpretación de las bases

Una vez integradas, el Comité Especial es el único autorizado para interpretar las Bases, convirtiéndose Ley entre las partes (entidad y postor), de observancia obligatoria. Al respecto se denomina Bases Integradas cuando se han concluido los procesos de consultas, absolución de consultas, observaciones a las bases y aceptación o no de éstas por parte del Comité Especial o del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE.

2.7 Presentación de sobres 1 y 2 de las propuestas

Día : En la fecha y horario establecido en el cronograma aprobado. Lugar : En la Oficina de Asuntos Administrativos de la Presidencia del

Consejo de Ministros, sito en la Calle Manco Cápac N° 879 – Miraflores.

2.8 Otorgamiento de la Buena Pro Día : En la fecha establecida en el cronograma aprobado.

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CAPITULO III ENTREGA Y APERTURA DE PROPUESTAS

3.1 FORMA DE PRESENTACION DE PROPUESTAS

3.1.1. La información debe ser presentada, en original y copia (el segundo

juego que se solicita - copia - podrá ser fotocopia del juego original), sin borrones ni correcciones o enmendaduras.

3.1.2. Cada página de la propuesta que tenga información deberá ser foliada.

La numeración es única y correlativa por cada sobre. 3.1.3. Estas exigencias no son aplicables a las páginas en blanco. 3.1.4. En todos los documentos presentados se requerirá la rúbrica y sello del

Representante Legal del postor, excepto en las Declaraciones Juradas, en las que deberá registrar su firma completa y sello. La propuesta debe estar precedida de un índice detallado con rango de páginas, numeradas, ordenadas por rubros, con hojas separadas rotuladas convenientemente.

3.1.5. Los documentos presentados no requerirán ser autenticados, ni

legalizados por un Notario Público o por el Fedatario de la entidad 3.1.6. El idioma que debe utilizarse en todas las propuestas y contratos es el

español y el valor de las ofertas económicas así como la información solicitada en la propuesta técnica serán presentadas en moneda nacional (Nuevos Soles). En el caso de la información técnica del fabricante, ésta podrá ser en el idioma inglés, no requiriendo ser acompañada de traducción alguna. Si dicha información se presenta en otros idiomas, entonces necesariamente deberá adjuntarse la traducción en el idioma castellano.

3.1.7. Las propuestas se entregarán en sobre cerrado, sellado y/o lacrado

(puede ser cinta engomada, no siendo necesario que el sobre lleve sello y firma del Representante Legal) e identificado de la siguiente manera:

SOBRE Nº : __________

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS

(NUMERO, SIGLAS Y NOMBRE DEL PROCESO DE SELECCION)

CALLE MANCO CAPAC N° 879 - MIRAFLORES

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POSTOR :

___________________________________________________

3.2 CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

Las propuestas serán presentadas en dos (02) sobres independientes, (cada sobre contendrá una original y una copia)

3.2.1 SOBRE Nº 01 - PROPUESTA TECNICA

El sobre Nº 01, deberá contener la siguiente documentación:

a) Índice de documentos que contiene el sobre. b) D.N.I. del Representante Legal. En caso de personas que no tengan

ciudadanía peruana presentarán copia simple de su Carné de Extranjería.

c) Declaración Jurada General según el Anexo N° 02.

d) “Certificados de Calidad”, expedidos por clientes del sector público o

privado, a quienes se les ha brindado o se encuentra brindando prestaciones iguales o equivalentes a las requeridas en las presentes Bases (es decir por la prestación de programa de atención medico familiar bajo la modalidad de autoseguro de los trabajadores o terminología equivalente, en forma directa y no a través de EPS), , dentro de los últimos tres (03) años, calculados a la fecha de presentación de propuestas del presente proceso de selección. Máximo 03 certificados, según modelo del Anexo Nº 4. Los postores podrán presentar constancias emitidas por sus clientes con anterioridad al presente proceso de selección, en formatos diferentes, siempre y cuando contengan toda la información requerida en el Anexo Nº 3. MUY IMPORTANTE.- No se aceptarán certificados que tengan calificativos de su calidad diferentes a los consignados en el modelo adjunto.

e) Montos facturados por el servicio referido a los certificados de calidad

presentados en su propuesta, como máximo 03 contratos, Ordenes de Servicios y/o facturas (incluye adendas y similares). Los montos facturados serán obtenidos de la sumatoria de los contratos o documentos que los acreditan, los mismos que deben de estar respaldados con sus certificados de calidad. No se requiere que adjunten los contratos, Ordenes de Servicio y/o facturas NOTA.- Para

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el caso de montos en moneda extranjera se tomará en cuenta el tipo de cambio actual. Debe indicar por cliente lo siguiente

CLIENTE TELEFONOPERIODO DE

FACTURACION MONTO

FACTURADO

f) Cantidad de Centros Médicos de atención al paciente a nivel Lima

(obligatorio uno debe estar ubicado en el Cono Norte). g) Cantidad de médicos, indicando sus nombres(no es necesario adjuntar

currículum vitae) en las siguientes especialidades:

Alergias e Inmunología Anestesiología Anatomía Patológica Cardiología Cirugía Cardiaca y Cirugía Vascular Periférica Cirugía Cardiovascular Pediátrica Cirugía Vascular Periférica Cirugía de Tórax, Cardiovascular Periferica Cirugía de cabeza cuello y mamas Cirugía maximo –facial Cirugía general – laparoscopica Cirugía pediatrica Cirugía plástica y reconstructiva de manos y microcirugía Cirugía plástica y reparadora Cirugía vascular Dermatología Desintometría ósea Ecografía cerebral pediátrica Ecografia doppler Ecocardiografia doppler adultos y niños Electroencefalografía Endocrinología Emergencia adultos Emergencia pediátrica Gastrodentorología Genética Geriatria

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Ginecología y Obstetricia Hematología Hemodinámica y cineangiografia Infestología Inmunizaciones (vacunas) Laboratorio – Banco de sangre Mamografía Medicina fisica y rehabilitación Medicina hiperbárica Medicina intensiva Medicina intensiva pediátrica Medicina interna – chequeos Medicina nuclear Medicina ocupacional Nefrología Neumología Neumología pediátrica Neurocirugía Neurofisiología –electromiografia potenciales evocados Neurología Neurología pediátrica Nutrición Odontología Oftalmología Oncología Otorrinolaringología Otorrinolaringología pediátrica Patología Pediatría Pediatría del desarrollo y neonatología Podología Psicología – psicoterapia Psicología infantil y adolescente Psiquiatria y salud mental Radiología general Radiología Intervencionista Reumatología Reumatología – Medicina interna Tomografía axial computarizada Tramatología y ortopedia Servicio médico domiciliario Unidad de cuidados intensivos Ultrasonología Urología NOTA.- Un médico no podrá estar en mas de una especialidad

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h) Cantidad de consultorios externos (sumatoria de todos sus centros hospitalarios)

i) Cantidad de farmacias y/o boticas, propias y afiliadas j) Cantidad de ambulancias, propias o afiliadas k) Cantidad de salas de emergencias l) Cantidad de camas para hospitalización (incluye acompañantes) m) Cantidad de suite n) Cantidad de cuartos individuales (con o sin acompañantes) o) Cantidad de cuartos dobles p) Innovación tecnológica, hasta un máximo de 10, consistente en

prestaciones adicionales que mejoren la prestación del servicio, sin costo alguno para la institución, entre las cuales se consideran las siguientes:

• Emergencias a domicilio con unidades de cardiología • Transporte por evacuación de la Clínica al domicilio • Atención gratuita odontológica anual por trabajador y sus

dependientes (consulta y/o profilaxis) • Evaluación y medición gratuita de vista anual • Consultorios gratuitos de despistaje para pacientes en nutrición • Consultorios gratuitos de despistaje para pacientes en podología • Consultorios gratuitos de despistaje para pacientes en psicología • Consultorios gratuitos de despistaje para pacientes en oftalmología • Consultorios gratuitos de despistaje para pacientes en odontología • Servicio médico domiciliario, para pacientes que no pueden acudir a

la clinica • Campaña de despistaje gratuita (especificar en forma individual cada

campaña) • Acreditación de Auditoria a que se refiere el Manual de Acreditación

de Hospitales aprobado por la Resolución Ministerial N° 511-96-SA-DM durante el periodo 1997 a 2003 (mínimo nivel III)

• Equipo Tomografía Axial y Helicoidial (su uso debe ser facturado por el postor que obtenga la buena pro)

• Equipo de resonancia magnética (su uso debe ser facturado por el postor que obtenga la buena pro)

• Acelerador Lineal y angiógrafo Digital (su uso debe ser facturado por el postor que obtenga la buena pro)

3.2.2 SOBRE Nº 02 - PROPUESTA ECONOMICA

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El Sobre Nº 02, deberá contener el porcentaje de descuento según Tarifario de la Asociación de Clínicas y Hospitales Particulares – TARIFA “C” por cada uno de los Centros Hospitalarios del postor, porcentaje de descuento que debe incluir el I.G.V, y cualquier otro concepto que pueda incidir sobre el costo de la prestación.. (Anexo N° 04).

CAPITULO IV ADJUDICACION

4.1 CRITERIOS DE EVALUACION DE PROPUESTAS.

4.1.1 Las propuestas serán evaluadas por el Comité Especial de acuerdo a lo

solicitado en las Bases. 4.1.2 Las ofertas que incumplan con la presentación de alguno de los

documentos solicitados serán descalificadas durante la evaluación de esta documentación.

4.1.3 La Evaluación Técnica y Económica de las propuestas se realizará

aplicando el Sistema de Calificación que se indica en el Artículo 80° del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, y según lo estipulado en los art. 66° y 68° del referido dispositivo legal.

EVALUACION PUNTAJE Propuesta Técnica 100 Propuesta Económica 100

4.1.4 El puntaje para determinar la oferta con el mejor costo será el promedio ponderado de ambas evaluaciones. Las ponderaciones serán de siete décimas (0.7) para la evaluación técnica y de tres décimas (0.3) para la evaluación económica. Así tenemos:

PCT = 0.7 x PT + 0.3 x PE Donde: PCT = Puntaje de costo total del postor PT = Puntaje por evaluación técnica del postor PE = Puntaje por evaluación económica del postor

4.1.5 Evaluación de la Propuesta Técnica (100 puntos)

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Se calificarán los siguientes criterios: a) Certificados de Calidad 10 puntos b) Montos Facturados 10 puntos c) Cantidad de Centros Médicos 10 puntos

de atención al paciente a nivel Lima d) Cantidad de médicos 10 puntos e) Cantidad de consultorios externos 05 puntos g) Cantidad de farmacias y/o boticas 07 puntos h) Cantidad de ambulancias 05 puntos i) Cantidad de salas de emergencias 10 puntos j) Cantidad de camas para hospitalización 02 puntos

(incluye acompañantes) k) Cantidad de suite 02 puntos l) Cantidad de cuartos individuales 03 puntos

(con o sin acompañantes) m) Cantidad de cuartos dobles 02 puntos n) Innovación tecnológica 24 puntos

En cualquiera de criterios y de los casos, el postor que obtendrá el 50% de la puntuación de cada criterio que haya ofertado, excepto en lo que corresponde a innovación tecnológica, en la que se le asignará puntaje de acuerdo a lo establecido para cada innovación.

a) Certificados de Calidad 10 Puntos

Que se sustentará con los certificados de calidad. De acuerdo a lo solicitado a través del Anexo 4 (Declaración Jurada) se obtendrá la información que reflejará la calidad del servicio con relación a los certificados de eficiencia que deben estar respaldados por los contratos presentados, caso contrario no serán considerados. Se aplicará lo siguiente:

Sea Sp: Suma de los productos = Cmb* 0.6 + Cb*0.3 + Cr*0.1

Donde: Cmb: Cantidad de certificados con calificación Muy Bueno Cb : Cantidad de certificados con calificación Bueno Cr : Cantidad de certificados con calificación Regular

Sea el factor denominador Smaxpostor (Suma máxima del

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postor) = Puntaje máximo de Sp. (Suma máximo de los productos).

Puntaje de cada Postor = Sp * 10/Smaxpostor

a) Montos Facturados 10 Puntos

De S/. 100 000,00 a mas 5.00 puntos El resto en forma proporcional

b) Cantidad de Centros Médicos 10 Puntos

Se otorgará el máximo puntaje al postor que ofrezca 4 o mas Centros Hospitalarios. El resto de las propuestas obtendrá una puntuación proporcional.

c) Cantidad de Médicos 10 Puntos

Se asignará 10 unidades al postor que ofrezca la mayor cantidad de médicos en cada especialidad. Al resto de las propuestas se le asignará unidades en forma proporcional. Luego se sumarán las unidades asignadas a cada postor en todas las especialidades. Para obtener el puntaje total se procederá otorgar el máximo puntaje al postor que hubiere obtenido la mayor sumatoria de las unidades asignadas. El resto de las propuestas obtendrá un puntaje proporcional.

d) Cantidad de Consultorios externos 05

Puntos Se otorgará el máximo puntaje al postor que ofrezca 08 o mas Consultorios externos. El resto de las propuestas obtendrá una puntuación proporcional

e) Cantidad de Farmacias y/o botícas 07

Puntos Se otorgará el máximo puntaje al postor que ofrezca 04 o mas farmacias o boticas. El resto de las propuestas obtendrá una puntuación proporcional

f) Cantidad de ambulancias 05 Puntos

Se otorgará el máximo puntaje al postor que ofrezca 04 o mas cantidad de ambulancias. El resto de las propuestas obtendrá una puntuación proporcional

g) Cantidad de Salas de emergencias 10 Puntos

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Se otorgará el máximo puntaje al postor que ofrezca 04 o mas cantidad de Salas de emergencias. El resto de las propuestas obtendrá una puntuación proporcional

h) Cantidad de camas para hospitalización 02

Puntos Se otorgará el máximo puntaje al postor que ofrezca 50 o mas cantidad de camas de hospitalización (incluye acompañantes). El resto de las propuestas obtendrá una puntuación proporcional

i) Cantidad de suite 02 Puntos

Se otorgará el máximo puntaje al postor que 02 o mas cantidad de suite. El resto de las propuestas obtendrá una puntuación proporcional

j) Cantidad de cuartos individuales 03

Puntos Se otorgará el máximo puntaje al postor que ofrezca 30 o más cantidad de cuartos individuales. El resto de las propuestas obtendrá una puntuación proporcional

k) Cantidad de cuartos dobles 02 Puntos

Se otorgará el máximo puntaje al postor que ofrezca 20 o mas cantidad de cuartos dobles. El resto de las propuestas obtendrá una puntuación proporcional

l) Innovaciones Tecnológicas 24 Puntos

• Emergencias a domicilio con unidades de cardiología 2 puntos • Transporte por evacuación de la Clínica al domicilio 2 puntos • Atención gratuita odontológica anual por trabajador y sus

dependientes (consulta y/o profilaxis) 2 puntos • Evaluación y medición gratuita de vista anual 2 puntos • Consultorios gratuitos de despistaje para pacientes en psicología 2 puntos • Servicio médico domiciliario, para pacientes que no pueden

acudir a la clinica 2 puntos • Campaña de despistaje gratuita (especificar en forma individual

cada campaña), por cada campaña 2 puntos • Acreditación de Auditoria a que se refiere el Manual de Acreditación

de Hospitales aprobado por la Resolución Ministerial N° 511-96-SA-DM durante el periodo 1997 a 2003 - Calificación IV 04 puntos

• Equipo Tomografía Axial y Helicoidial (su uso debe ser facturado por el postor que obtenga la buena pro) 02 puntos

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• Equipo de resonancia magnética (su uso debe ser facturado por el postor que obtenga la buena pro) 02 puntos

• Acelerador Lineal y angiógrafo Digital (su uso debe ser facturado por el postor que obtenga la buena pro) 02 puntos

Para pasar a la evaluación económica el postor deberá haber alcanzado 80 puntos en la propuesta técnica, cómo mínimo.

4.1.6 Evaluación de la Propuesta Económica

La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo a la oferta económica de menor costo. Al resto de las propuestas se les asignará puntaje según la siguiente fórmula:

Pi = 2 (PMPE) — (Oi/Om) x PMPE Donde : Pi = Puntaje de la oferta económica i Oi = Oferta Económica i Om = Oferta Económica de costo o precio mas bajo PMPE = Puntaje Máximo de la propuesta económica i = Propuesta

Cuando el puntaje de la oferta económica resultase negativo, deberá mantenerse como tal para el cálculo del Costo Total, el cual será calculado hasta el tercer decimal

4.2. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

4.2.1 Una vez calificadas las propuestas mediante las evaluaciones técnicas y económicas se procede a determinar el puntaje de costo total de las mismas, según lo señalado en las presentes Bases. Se elegirá como oferta ganadora a la que obtenga el mayor puntaje de costo total.

4.2.2 El otorgamiento de la Buena Pro, en caso que la propuesta económica

sea inferior al Valor Referencia en mas del 10%, estará condicionado a la presentación previa a la suscripción del contrato de una garantía adicional con igual objeto al de la garantía de fiel cumplimiento, según la equivalencia y requisitos consignados en el Artículo 123° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 013-2001—PCM.

4.2.3 Cualquier postor podrá solicitar por escrito copia del Acta de

Adjudicación y detalle de las calificaciones otorgadas a las propuestas, los mismos que le serán entregados dentro del día siguiente de

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presentada la solicitud, debiendo recabarlas en la Oficina de Asuntos Administrativos de la PCM.

4.2.4 En el supuesto que dos o mas propuestas empatasen, la adjudicación

se otorgará observando estrictamente el siguiente orden:

a) Con preferencia a favor de las pequeñas y/o microempresas ganadoras, de conformidad con la Ley Nº 27268; o

b) A favor del postor que haya obtenido el mejor puntaje técnico,

tratándose de servicios; o c) A prorrata entre los postores ganadores, de acuerdo con el monto

de sus propuestas, siempre que aquéllos manifiesten su voluntad de cumplir la parte correspondiente del contrato; o

A) A través de sorteo en el mismo acto.

CAPITULO V DISPOSICIONES FINALES

5.1 CONTROVERSIAS

Las soluciones de Controversias que se formulen en el presente proceso de selección se solucionarán en la forma y modo que dispone el Titulo IV, Capitulo I del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PCM.

5.2 FORMALIZACION DE LA ADJUDICACION Antes de la suscripción del contrato, el postor al que se le hubiera otorgado la Buena Pro deberá presentar lo siguiente:

a) La constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado

b) Garantía de fiel cumplimiento, la misma que deberá ser incondicional, solidaria, irrevocables y de realización automática al solo requerimiento de la entidad, siempre y cuando haya sido emitida por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros, equivalente al 10% del monto del contrato, y tener vigencia hasta la aprobación de la liquidación final.

c) Garantía adicional por el monto diferencial de la propuesta, en el caso que la propuesta económica fuese inferior al Valor Referencial en mas del 10%

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de éste, con idéntico objeto y vigencia a la garantia por fiel cumplimiento, por un monto equivalente a la diferencia entre el Valor Referencial y la propuesta económica.

5.3 SUSCRIPCION DEL CONTRATO a) Consentido el otorgamiento de la Buena Pro, el postor ganador o su

representante debidamente autorizado, deberá cumplir con suscribir el contrato dentro del plazo señalado en las presentes Bases.

b) Para tal efecto la Entidad lo citará luego de consentida la Buena Pro para que suscriba el contrato en un plazo máximo de cinco (05) días de recibida la notificación. Luego de la suscripción y, en el mismo acto, la Entidad entregará un ejemplar al contratista.

c) En caso de que el postor no se presente el día previsto, la entidad lo citará para una nueva fecha, la cual no podrá exceder de los cinco días siguientes de la originalmente señalada para la firma del contrato. Si el postor no se presenta en esta segunda oportunidad perderá la Buena Pro. En este supuesto, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable la entidad llamará al postor que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato, el cual deberá cumplir con los requisitos establecidos para el postor ganador, incluyendo la obligación de mantener su oferta hasta la suscripción del contrato. Si el postor llamado como segunda opción no suscribe el contrato, la entidad declarará desierto el proceso de selección, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable.

5.4 PENALIDADES

El contratista que incurra en deficiencias en la prestación se aplicará lo dispuesto por el artículo 142° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 013-2001-PCM. Para ello, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 137° de la norma acotada, se le comunicará al contratista sobre las observaciones a la prestación, quien tendrá un plazo máximo de dos días para subsanarlas, caso contrario se aplicarán las penalidades dispuestas por el art. 142° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. N° 013-2001-PCM

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ANEXO N° 01 ESPECIFICACIONES TECNICAS

PROGRAMA DE ATENCION MEDICO FAMILIAR BAJO LA MODALIDAD DE AUTOSEGURO DE LOS TRABAJADORES DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO

DE MINISTROS Y SUS FAMILIARES DIRECTOS.

CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

Articulo 1º.- Las presentes Especificaciones Técnicas señalan el

procedimiento que regula el Programa de Atención Médico Familiar que la Presidencia del Consejo de Ministros ofrece a sus trabajadores sujetos al Régimen del Decreto Legislativo Nº 276 y sus familiares directos.

Artículo 2º.- El Programa de Atención Médico Familiar de la Presidencia del Consejo de Ministros, que en adelante se le denominará "El Programa", tiene por finalidad colaborar con los servidores y funcionarios de la institución y sus familiares directos a sufragar los gastos ocasionados por el tratamiento médico quirúrgico hospitalario y/o ambulatorio a causa de una enfermedad, accidente o intervención quirúrgica, permitiendo que reciba una adecuada atención médica y Hospitalaria.

Articulo 3º.-. El Programa será administrado por la Oficina Asuntos Administrativos de la Presidencia del Consejo de Ministros o la que haga sus veces, conforme a las normas que se señalan en la presente Directiva.

CAPITULO II BENEFICIARIOS DEL PROGRAMA

Artículo 4º.- Participan de este Programa, los servidores y funcionarios sujetos

al Régimen Laboral del Decreto Legislativo Nº 276 y sus dependientes directos, debidamente inscritos, a quienes en adelante se les denominará "Los Afiliados", de acuerdo al siguiente detalle:

1. Servidores y Funcionarios de la Presidencia del Consejo de Ministros.

2. Cónyuge o compañero (a) permanente debidamente inscrita (o) y cuya edad no sea superior a los 70 años.

3. Hijos de 0 a 26 años de edad, siempre que sean solteros y dependientes.

4. Padres de los servidores y funcionarios solteros de la Institución.

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CAPITULO III

COBERTURAS

Articulo 5º.- El Programa cubre los gastos hospitalarios y ambulatorios, así como los Beneficios Adicionales hasta por los montos que se señalan en la Tabla de Beneficios (Anexo Nº 1.1).

Artículo 6º.- Los Gastos Hospitalarios cubiertos comprenden los gastos por internamiento, en la clínica contratada, incluyendo los gastos por concepto de: habitación diaria hasta el límite asegurado, alimentación (incluyendo dietas y cuidados normales), sala de operaciones, de recuperación y/o de cuidados intensivos, exámenes de laboratorios y/o servicios de radiología, medicinas, oxígeno, anestésicos y otros materiales necesarios, exámenes, tratamientos y servicios que tengan relación con el tratamiento médico derivado de la ocurrencia.

Artículo 7º.- Los Gastos Ambulatorios cubiertos comprenden la atención en consultorios externos de las clínicas autorizadas, incluyendo por este concepto, los honorarios médicos por consultas, servicios clínicos, exámenes de laboratorio, pruebas auxiliares y medicinas ordenadas por el médico.

Los Afilados participarán en los costos de las consultas de fijarse un porcentaje en la Tabla de Beneficios (Anexo 1.1).

Artículo 8º.- El Programa cubre además de los gastos mencionados, los Beneficios Adicionales que a continuación se detallan:

1. MATERNIDAD.- Gozará de este beneficio, la mujer, asegurada como

dependiente y la trabajadora que se encuentren debidamente inscritas.

Por este concepto, se encuentran cubiertos los gastos efectuados a consecuencia del parto normal, parto múltiple, amenaza de aborto, aborto no provocado y parto con cesárea, incluyendo los gastos normales del recién nacido, así como los gastos por concepto de circuncisión mientras las afiliadas se encuentren hospitalizadas a consecuencia del parto.

Se reconocerán los gastos realizados por maternidad sin aplicación de deducible hasta los límites especificados en la Tabla de Beneficios (Anexo 1.1).

2. EMERGENCIA POR ACCIDENTE.- Por este concepto se cubren íntegramente,

los gastos generados como consecuencia del accidente, durante las primeras cuarenta y ocho (48) horas y hasta los límite establecidos en la Tabla de Beneficios (Anexo 1).

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3. TRANSPORTE POR EVACUACION.- Por este concepto se cubren hasta los límites fijados en la Tabla de Beneficios (Anexo Nº 1.1), los gastos por servicio de traslado de los Afiliados en ambulancia, siempre que por la emergencia deban necesariamente ser evacuados, previa certificación médica, a una clínica o centro hospitalario que reúna las condiciones adecuadas para su atención.

4. BENEFICIO ONCOLOGICO.- Por este concepto los afiliados tienen derecho a

solicitar atención oncológica (cáncer) brindada al 100%, siempre que la enfermedad no sea preexistente.

5. EQUIPAMIENTO

La clínica contratista deberá contar con equipamiento de punta y moderno para la prestación del servicio.

CAPITULO IV DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS AFILIADOS

Artículo 9º.- Los trabajadores y sus familiares directos tienen derecho a

inscribirse en el Programa dentro del periodo fijado por la institución de mutuo acuerdo con las Clínicas autorizadas.

Artículo 10º.- Los trabajadores que ingresen a trabajar luego de cerrado el período de inscripción o aquellos que no se encontrarán activamente trabajando durante el citado periodo deberán inscribirse en un plazo máximo de treinta (30) días.

Artículo 11º.- Los Afiliados se atenderán únicamente en las clínicas autorizadas.

Artículo 12º.- Los Afiliados al Programa deberán cumplir las siguientes obligaciones:

1. Conocer y cumplir las presentes Especificaciones Técnicas.

2. Presentar el carné que Io acredite como afiliado al solicitar cualquier servicio o beneficio del programa.

3. Acudir a las citas solicitadas en los horarios de la consulta previstos,

avisando previamente de cualquier cancelación.

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4. Abonar en efectivo la participación del afiliado que pueda corresponder por consulta médica o tratamiento por pieza dental.

5. Los trabajadores deberán refrendar las facturas remitidas por las

atenciones médicas propias o de sus familiares dependientes como requisito previo para su cancelación.

Articulo 13º.- Los gastos correspondientes a los servicios médicos o

asistenciales no considerados en el Programa o que excedan los montos establecidos serán asumidos íntegramente por Los Afiliados.

Articulo 14º.- El Programa reconocerá únicamente los gastos producto de las atenciones bajo crédito en la clínica con la cual se hubiese suscrito el contrato.

Las atenciones con profesionales o instituciones distintas a las señaladas sólo serán cubiertas en cuanto sea aplicable.

Artículo 15º.- Los afiliados que hicieran uso indebido de los carnés o de los servicios de atención en su beneficio o de terceros serán separados inmediatamente del Programa sin perjuicio de iniciar las acciones legales a que hubiera lugar.

CAPITULO V DE LA ADMINISTRACION DEL PROGRAMA

Artículo 16º.- La Oficina de Recursos Humanos administrará el Programa

teniendo las siguientes funciones y atribuciones:

1. Implementar la Tabla de Beneficios y proponer las modificaciones que sean pertinentes.

2. Procesar y levantar un Registro de Afiliados al Programa.

3. Proponer las normas que se estimen pertinentes para el mejor funcionamiento

del Programa.

4. Emitir los carnés individuales para la utilización de los servicios del Programa por los Afiliados.

5. Mantener actualizado el archivo de afiliados.

6. Coordinar la realización de charlas y programas de despistaje médico.

7. Celebrar los actos y contratos necesarios para el mejor funcionamiento del

Programa.

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8. Orientar a los Afiliados respecto de los procedimientos vinculados al Programa.

9. Establecer los procedimientos de facturación y tarifas por los servicios

contratados con las instituciones médicas la prestación de servicios bajo el sistema de créditos.

10. Otras que coadyuven al mejor funcionamiento del Programa.

Articulo 17º.- El Area de Personal de la Oficina de Recursos Humanos cumplirá las siguientes funciones:

1. Llevar el Registro de las personas titulares y dependientes inscritas en el Programa.

2. Apoyar en la expedición de las solicitudes de beneficio llevando el registro de

entrega. 3. Coordinar con las instituciones médicas respecto de las atenciones de los

Afiliados.

4. Otras que contribuyan al mejor funcionamiento del Programa.

Articulo 19º.- El Programa contará con un Liquidador, cuyas funciones serán ejercidas por el personal de la Secretaría de Administración de la Presidencia del Consejo de Ministros.

Articulo 20º.- El Liquidador cumplirá las siguientes funciones: 1. Liquidar los beneficios que se presenten depurando los gastos no cubiertos y

excesos, conforme a Io señalado en la Tabla de Beneficios, verificando la previa conformidad de los trabajadores en las facturaciones emitidas por las clínicas respecto de sus atenciones o las de sus familiares dependientes.

2. Estructurar los resúmenes de las liquidaciones de beneficios de acuerdo a los

requerimientos de la Oficina de Recursos Humanos.

3. Otras que contribuyan al mejor funcionamiento del Programa.

CAPITULO VI PROCEDIMIENTOS PARA OBTENER LA ATENCION

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Artículo 21º.- En el caso de Hospitalización bajo el sistema de crédito en las Clínicas afiliadas se deberá observar el siguiente procedimiento:

a) El afiliado obtendrá del Médico la certificación de la necesidad del internamiento.

b) Se presentará a la Oficina de Recursos Humanos con la certificación médica,

a fin de obtener la correspondiente solicitud de beneficios y la carta de garantía debidamente firmadas.

c) Se presentará a la Clínica afiliada con su documento de identidad, la solicitud

de beneficios y la carta de garantía.

d) Al alta del paciente, el trabajador afiliado firmará las facturas y demás documentos correspondientes, previa revisión de los mismos y pagará todo exceso en el que hubiera incurrido.

e) La clínica afiliada remitirá a la Presidencia del Consejo de Ministros la

liquidación correspondiente en la cual se detallan los beneficios alcanzados y los gastos no cubiertos o en exceso que serán asumidos por el trabajador afiliado.

f) Los Afiliados deberán asumir los gastos que se hayan presentados y que no

sean reconocidos por la liquidación del Programa.

g) El Programa no reconocerá gastos ocasionados por hospitalizaciones que no se hayan ajustado a los procedimientos indicados en el presente artículo.

Artículo 22º.- En el caso de Atenciones Ambulatorias al Crédito se deberá

observar Io siguiente:

a) El Afiliado solicitará al Area de Personal de la Oficina de Recursos Humanos la expedición de una o varias solicitudes de beneficios de acuerdo a su necesidades y urgencias de recibir tratamiento médico en una clínica o centro hospitalario afiliado.

b) El Area de Personal procederá al llenado de la solicitud de beneficios y la

remitirá al Jefe de la Oficina de Recursos Humanos para su refrendo.

c) De considerarse la necesidad del tratamiento en la clínica afiliada y verificando que el nivel de gasto por grupo familiar del solicitante se encuentre dentro de los límites autorizados en la tabla de beneficios, se expedirá la solicitud de beneficios.

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d) El Afiliado acudirá a las clínicas afiliadas con su carné y la solicitud de beneficios debidamente completada y firmada abonando, de ser el caso, el deducible correspondiente, debiendo el médico tratante firmar la documentación del servicio prestado.

e) Las clínicas afiliadas remitirán a la Presidencia del Consejo de Ministros la

liquidación correspondiente junto con el expediente en el cual se detallarán los beneficios alcanzados y los gastos no cubiertos o en exceso que serán asumidos por el trabajador afiliado.

f) Los Afiliados deberán asumir los gastos que se hayan presentados y que no

sean reconocidos por la liquidación del programa médico familiar.

Artículo 23º- En casos de Emergencias se observará Io siguiente:

a) En casos de emergencias hospitalarias, accidentales o ambulatorias, el afiliado se presentará a las Clínicas afiliadas portando de ser el caso su carné de afiliación, recibiendo la atención correspondiente, quedando en su caso, retenido su carné o algún documento de identidad.

b) En caso que la Emergencia derivara en internamiento hospitalario, deberán

regularizarse los trámites obteniendo de la Presidencia del Consejo de Ministros la solicitud de beneficios y Carta de Garantía, presentando una certificación de las Clínicas sobre la emergencia hospitalaria.

c) En caso que la emergencia no requiriese internamiento en las siguientes 48

horas el trabajador llevará su solicitud de Beneficios a la Clínica, firmará las facturas correspondientes, obteniendo la devolución de su carné del Programa o documento de identidad.

d) Si la emergencia plantea la necesidad de utilizar una ambulancia, la misma

será requerida directamente a la Clínica.

CAPITULO VII DE LOS SERVICIOS EXCLUIDOS

Artículo 24º.- Están excluidos de los beneficios del Programa, los gastos por los conceptos que se señalan a continuación: Curas de reposo, surmenage, enfermedades emocionales y desórdenes funcionales de Ia mente.

1 Hospitalizaciones o gastos ambulatorios que tengan por objeto principal el chequeo médico o despistaje de enfermedades, exámenes médicos periódicos

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o en los que haya síntomas de enfermedad. Se aceptarán sólo aquellos procedimientos diagnosticados en relación directa de la sospechosa de enfermedad. Los casos de falta de crecimiento sólo se cubrirá cuando su causa sea normal.

2 Cirugía estética para fines exclusivamente de embellecimiento, a excepción de

los necesarios como consecuencia de un accidente cuyos gastos fueron cubiertos por este Programa.

3 Cirugía plástica para condiciones pre-existentes salvo los casos médicamente

necesarios (aquellos que den función a un Organo) y previa autorización de la administración del programa. Los gastos por operaciones de fimosis y circuncisión serán cubiertos únicamente dentro del beneficio de maternidad.

4 Vicios de refracción, adquisición de anteojos y cristales salvo tratamiento

quirúrgico o accidentes del globo ocular y anexos y medición de vista que exceda de una vez al año.

5 Lesiones o enfermedades a consecuencia de actos de guerra, revoluciones,

energía atómica y de fenómenos catastróficos de la naturaleza, así como los que resulten de la participación activa en Huelgas, motines y conmoción civil.

6 Lesiones que se hubieran ocasionado voluntariamente o estando mentalmente

insano. Intento de suicidio. Lesiones a consecuencia de la participación en peleas o riñas, salvo aquellas por legítima defensa, certificadas por denuncia policial, curas de sueño en casos crónicos.

7 Lesiones resultantes como consecuencia de la aplicación de la terapia de

Rayos X, Radioterapia, Radium, Radiosotopos aplicada sin la disposición y supervisión médica correspondiente.

8 Enfermedades contagiosas que requieran de aislamiento o cuarentena siempre

que sean epidemias declaradas por el Ministerio de Salud.

9 Suministro o uso de Bragueros, aparatos o equipos ortopédicos, prótesis, muletas, etc.

10 Gastos por concepto de sangre o plasma.

11 Enfermedades y/o accidentes a consecuencia del uso de estupefacientes o

alcohol, así como las lesiones que se produzcan en situación de embriaguez o bajo la influencia de drogas.

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12 Cuidados de enfermeras profesionales, a excepción de las primeras 48 horas posteriores a una intervención quirúrgica, siempre que exista autorización médica.

13 Cualquier trastorno originado por medicamentos o fenómenos que se usen sin

prescripción médica.

14 Tratamiento por cirugía esterilizante, tratamiento por obesidad.

15 Gastos por medicinas que no tengan relación con el diagnóstico médico completado por el profesional tratante.

16 Las vitaminas o suplementos protéicos serán reconocidos sólo cuando sean

prescritos como consecuencia de una enfermedad orgánica.

17 Todos los gastos efectuados con fechas posteriores al inicio del tratamiento que sean originados por la negligencia del propio paciente en perjuicio de su rehabilitación.

18 Aborto provocado.

19 Accidentes como consecuencia de la práctica de deportes considerados

riesgosos y con alto índice de siniestralidad tales como: motocross, carreras de autos, aviación deportiva, caza submarina y paracaidismo.

20 Toda clase de audífonos.

21 Órganos para transplante o indemnización por ellos.

22 Medicamentos correspondientes a Farmacopea China y otros no

convencionales no Registrados por la Farmacopea Nacional. 23 Gastos efectuados en el extranjero.

24 Accidentes de trabajo y/o enfermedades profesionales.

25 Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA).

26 Gastos ocasionados por la operación de queratoplastía refractaria o

queratotomía radial.

Articulo 25º.- Cualquier atención que se encuentre incursa dentro de las exclusiones anotadas, no será reconocida siempre y cuando dicha atención pueda identificarse como no cubierta antes del inicio del tratamiento.

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ANEXO Nº 1.1

PROGRAMA DE ATENCION MEDICO FAMILIAR BAJO LA MODALIDAD DE

AUTOSEGURO

TABLA DE BENEFICIOS

1. BENEFICIO MAXIMO ANUAL POR TRABAJADOR Y SUS DEPENDIENTES S/. 8,000.00 El límite máximo que cubre el sistema es de S/. 4,000.00 por cada trabajador y familiares dependientes. De producirse alguna emergencia que supere el monto de S/. 4,000.00 la Oficina de Recursos Humanos o quien haga sus veces evaluará su cobertura. 2. BENEFICIO POR GASTO HOSPITALARIO

DEDUCIBLE Un (01) día de cuarto

- Abonado por aquellos que tengan una permanencia de dos o más días.

- En caso de ser un (01) día de hospitalización, los gastos serán asumidos por la Presidencia del Consejo de Ministros

100% PARA TODOS LOS GASTOS Hasta S/. 8,000.00 (No cubre suite ni cuarto extra)

3. GASTOS AMBULATORIOS

3.1 ATENCIÓN MÉDICA Y OFTALMOLÓGICA Por Consulta ……………………………………………………… 100 % Otros Gastos al 100 % ………..……………………………… S/. 8,000.00

3.2 EMERGENCIA Gastos las primeras 48 horas del accidente …… …………… 100 %

3.3 BENEFICIOS ADICIONALES

Transporte por evacuación, ambulancia de y para la clínica ….………………………………………….. 100 %

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3.4 BENEFICIOS POR MATERNIDAD

09 Consultas pre natales …….……………………………….. 100 % 02 Consultas post natales ………………………………………. 100 % Parto Normal …………………………………..……. hasta S/. 5,000.00 Aborto no provocado, amenaza de aborto y/o complicaciones ……..……………………………….. S/. 3,500.00 Parto Múltiple y Cesárea ………………………………… Hasta S/. 5,000.00

3.5 ATENCION ODONTOLOGICA ANUAL POR TRABAJADOR Y SUS DEPENDIENTES, PREVIA APROBACION DEL PRESUPUESTO POR LA OFICINA DE RECURSOS HUMANOS

Curaciones con resina y amalgama, endodoncias, Extracciones, profilaxis, rayos X ……………………………………………………… 100 %

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ANEXO N° 02

DECLARACION JURADA GENERAL El que suscribe, .......................................... identificado(a) con D.N.I. Nº ........................ representante legal de la Empresa .................................................... DECLARA BAJO JURAMENTO LO SIGUIENTE: SEGÚN EL ART. 8° DEL T.U.O. DE LA LEY DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO APROBADO POR D.S. N° 012-2001-PCM:

No tener sanción vigente según el registro de Inhabilitados para contratar con el Estado. SEGÚN EL ART. 60° DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES CONTRATACIONES DEL ESTADO, APROBADO POR D.S. N° 013-2001-PCM:

• Postor • Domicilio • Teléfono • Fax • N° de RUC • N° de ficha, partida o folio de Inscripción en registros Públicos • Fecha de inscripción en registros Públicos • Socios y porcentaje de participación • Representante Legal • Cargo del Representante Legal • Documento de Identidad

SEGÚN EL ART. 56° DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES DEL ESTADO, APROBADO POR D.S. N° 013-2001-PCM: 1. Que no tenemos impedimento para participar en el proceso de selección ni para

contratar con el Estado conforme al art. 9º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 012-2003-PCM.

2. Que conocemos, aceptamos y nos sometemos a las Bases, condiciones y

procedimientos del proceso de selección.

3. Que somos responsables de la veracidad de los documentos e información que presentamos para efecto del presente proceso de selección.

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4. Que nos comprometemos a mantener nuestra oferta durante el proceso de selección y a suscribir el contrato en caso de resultar favorecido con la Buena Pro.

5. Que conocemos las sanciones contenidas en el Texto Unico Ordenado de la Ley

de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 013-2001-PCM, así como en la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y demás disposiciones reglamentarias, complementarias y modificatorias.

SEGÚN LA RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 123-2000-CG A través del presente PACTO DE INTEGRIDAD, recíprocamente reconocemos la importancia de aplicar los principios que rigen los procesos de contratación, confirmamos que no hemos ofrecido u otorgado, ni ofreceremos u otorgaremos, ya sea directa o indirectamente a través de terceros, ningún pago o beneficio indebido o cualquier otra ventaja inadecuada a funcionario público alguno, o a sus familiares o socios comerciales, a fin de obtener o mantener la prestación objeto del presente proceso de selección, y no haber celebrado ni celebraremos acuerdos formales o tácitos entre los postores o con terceros, con el fin de establecer prácticas restrictivas de la libre competencia. En caso de detectarse o comprobarse el incumplimiento del pacto de Integridad por nuestra parte, aceptamos ser sancionados de la siguiente manera:

• De encontrarse nuestra propuesta presentada en proceso de evaluación será

descalificada automáticamente. • Si el incumplimiento se detecte posterior al otorgamiento de la Buena Pro a

nuestro favor, entonces se resolverá el contrato en forma inmediata, sin perjuicio de la ejecución de la Carta Fianza de Fiel cumplimiento, y demás sanciones administrativas a que hubiera lugar.

El presente Pacto de Integridad contiene a su vez el compromiso de la Entidad de evitar la extorsión y la aceptación de sobornos de parte de los funcionarios.

El incumplimiento del Pacto de Integridad por nuestra parte, sea como postor o contratista, generará nuestra inhabilitación para contratar con el Estado, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales que correspondan. Estas responsabilidades se aplicarán así mismo en el caso de incumplimiento del presente Pacto de Integridad por los funcionarios o servidores de la entidad, el cual firmará en prueba de aceptación”.

OTROS (REQUERIMIENTO DE LA ENTIDAD)

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1. Si nuestra propuesta es aceptada nos comprometemos a iniciar la prestación en la fecha indicada en las presentes Bases.

2. Que nuestra propuesta, junto con su aceptación por escrito a través de la

Notificación del otorgamiento de la Buena Pro, constituirá un contrato obligatorio. OPCIONAL, SEGÚN CORRESPONDA: 1. Somos una pequeña empresa (o una microempresa), según lo indicado en el art.

60° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2001-PCM.

2. De ser necesario, confirmamos nuestra autorización para que la entidad pueda

notificar toda documentación relacionada con el presente proceso de selección a través de fax o correo electrónico, sin necesidad de recurrir a los medios tradicionales, según lo faculta el art. 23° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 013-2001-PCM.

3. Que, por razones no imputables a la entidad respecto a la no notificación de

documentos propios del proceso, nos comprometemos a recoger toda documentación relacionada con el proceso de selección que requiera entregar el Comité Especial, en la Oficina de Asuntos Administrativos, sito en la calle Manco Cápac 879, Miraflores.

4. Promesa formal de Consorcio según lo indicado en el Art. 37° del Texto Único

Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PCM, y el Art. 60° de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 013-2001-PCM.

“las empresas____________________________, acreditamos una PROMESA FORMAL DE CONSORCIO como participantes en el presente proceso de selección, la que se perfeccionará luego del otorgamiento de la Buena Pro y antes de la suscripción del contrato. Las partes del Consorcio respondemos solidariamente ante la entidad por todas las consecuencias derivadas de su participación individual o en conjunto dentro del Consorcio en el presente proceso de selección y en la ejecución del contrato derivado de éste, designando como representante común a _________________________, con poderes suficientes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven de nuestra calidad de postores y del contrato hasta la liquidación del mismo Las partes en consorcio no estamos en el Registro de Inhabilitados para contratar con el Estado”.

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(Firma de los representantes legales de las empresas que se consorcian) SEGÚN EL ART. 35° LA DIRECTIVA DE TESORERÍA PARA EL AÑO FISCAL 2004 APROBADA POR RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 087-2003-EF/77.15 Por medio de la presente, comunicamos que, solo para el caso de ganar la Buena Pro, el número del Código de Cuenta Interbancario (CCI) de la empresa que represento es el (Indicar el CCI así como el nombre o razón social del proveedor titular de la cuenta), agradeciéndole se sirvan disponer lo conveniente de manera que los pagos a nombre de mi representada sean abonados en la cuenta que corresponde al indicado CCI en el Banco ........................... Asimismo, dejo constancia que la factura a ser emitida por el suscrito (o mi representada) una vez cumplida o atendida la correspondiente Orden de Compra y/o de Servicio quedará cancelada para todos sus efectos mediante la sola acreditación del importe de la referida factura a favor de la cuenta en la entidad bancaria a que se refiere el primer párrafo de la presente. De acuerdo a la convocatoria de la referencia efectuada por su Institución, DECLARO BAJO JURAMENTO en mi calidad de Representante Legal que toda la información contenida en el presente documento y todos los presentados por mí representada para el presente proceso de selección es fidedigna y que se puede corroborar con los documentos que se adjuntan a nuestra propuesta u otros que requiera la entidad en forma complementaria para su verificación.

…….……………………………………… Firma del Representante Legal

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ANEXO Nº 03

CERTIFICADO DE CALIDAD Lima, de del 200... Señores PRESENTE.- Por medio de la presente le comunico a usted que (nombre del postor), ha brindado la prestación de (indicar tipo de prestación), a nuestra Entidad (indicar nombre de la entidad),cuya dirección es (dirección completa) desde el…………………….hasta el…………………………….. Dicha prestación consistió en:: _____________________________________________________________

_____________________________________________________________

_____________________________________________________________

Calidad de la Prestación: (*) 1.- Muy Buena ( ) 2.- Buena ( ) 3.- Regular ( ) 4.- Malo ( ) Atentamente, FIRMA Y SELLO JEFE DEL AREA DE LOGISTICA DEL CLIENTE USUARIO

NOMBRE:____________________________________________________

CARGO:____________________________________________________

TELEFONO:__________________RUC DEL CLIENTE________________

(*) Marcar con una x la opción correspondiente. Las calificaciones equivalentes según los numerales indicados en la calidad de la prestación son los siguientes: 1) Excelente, Muy satisfactorio 2) A Conformidad, a entera satisfacción, a plena satisfacción 3) Conforme, satisfactorio, cumplió, regular, aceptable 4) Insatisfactorio, incumplió, no cumplió, ineficiente

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ANEXO N° 04 (MODELO DE CARTA DE PRESENTACION DE LA PROPUESTA ECONOMICA)

Fecha:________________________ Señores PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Ref: Proceso de Selección Nº (indicar el tipo, Nº, siglas y nombre del proceso) Estimados Señores, De acuerdo a la convocatoria de referencia emitida por esa institución y a toda la información contenida en los documentos del presente proceso de selección para la prestación de_________________________, el suscrito, representante del postor ______________________, ofrece brindar la prestación de acuerdo con las Bases integradas y mi propuesta. El precio total de la propuesta económica es como sigue:

CENTRO HOSPITALARIO TARIFA C (1)

% DE DESCUENTO

(2)

COSTO PORCENTUAL

REAL (1-2)

100%

100%

100%

OFERTA ECONOMICA = COSTO PORCENTUAL REAL PROMEDIO

Esta propuesta económica incluye el I.G.V. y cualquier otro concepto que pueda incidir sobre el costo del cumplimiento de mis obligaciones, a cuyo efecto adjunto los precios unitarios correspondientes

_________________________________________ Sello y firma del Representante Legal del postor

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ANEXO 05 PROFORMA DE CONTRATO DE LOCACION

Conste por el presente documento, el contrato de prestación de ……………..que celebran de una parte la Presidencia del Consejo de Ministros, con Registro Único de Contribuyente (RUC) Nº 20168999926, con domicilio en la Av. Miraflores N° 878 (antes 28 de julio), Miraflores, a quién en adelante se denominará LA INSTITUCION, debidamente representado por ……………………. Identificado con D.N.I. Nº………….., en su calidad de Jefe de la Oficina de Administración, y de la otra parte ………………………con Registro Único de Contribuyente (RUC)Nº……....,señalando domicilio legal en ………………………………………… debidamente representada, por………………………, con D.N.I. Nº…………en su calidad de …………, a quién en adelante se denominará EL CONTRATISTA, en los términos y condiciones siguientes: CLAUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES LA INSTITUCION, convocó el proceso de selección Nº , a fin de seleccionar un postor que brinde la prestación de ……………………………, otorgándose la Buena-Pro a EL CONTRATISTA, según la oferta técnica y económica contenidas en su propuesta, las cuales no podrá alterar, modificar ni sustituir. Asimismo, EL CONTRATISTA ha cumplido con presentar la constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado, expedida por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. CLAUSULA SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO Por el presente contrato, EL CONTRATISTA se obliga, sin estar subordinado a LA INSTITUCION, a brindarle la prestación de...............……., de conformidad con los términos contenidos en el presente documento y anexos, lo estipulado en las Bases integradas y la propuesta Técnica y Económica de EL CONTRATISTA, los mismos que forman parte del presente contrato. CLAUSULA TERCERA: ALCANCE Y CARACTERISTICAS DE LA PRESTACION (De acuerdo a las Bases integradas y propuesta del contratista) CLAUSULA CUARTA: COSTO DE LA PRESTACION El costo de la prestación a brindar es de S/. ……….., de acuerdo a la propuesta económica que se adjunta al presente en el Anexo Nº…, el cual forma parte del presente contrato. CLAUSULA QUINTA: FORMA DE PAGO El pago se efectuará dentro de los 10 días hábiles siguientes al que corresponda la prestación, luego de aprobada la liquidación de ésta, descontándosele a EL CONTRATISTA las sanciones a que pudiera haberse hecho acreedor por las observaciones a la prestación. La liquidación del pago deberá contar previamente con el visto bueno de la Oficina de Asuntos Administrativos de LA INSTITUCION. El

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trámite se iniciará con la presentación de la correspondiente factura a la Oficina de Asuntos Administrativos para la disposición del pago respectivo, previa conformidad.

CLAUSULA SEXTA: VIGENCIA DEL CONTRATO La prestación del servicio se efectuará desde……hasta……. CLAUSULA SETIMA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES EL CONTRATISTA se obliga a: a) (Según las Bases integradas y propuesta de El Contratista)

b) Acatar las Directivas internas o supervisiones que sobre la prestación emita o disponga LA INSTITUCION, las cuales estarán enmarcadas dentro de los alcances del presente contrato.

c) Prestar los servicios que implique la garantía de buen funcionamiento, a LA

INSTITUCION o a la entidad o entidades a las que ésta entregue los bienes objeto del contrato en virtud a cesión de derechos u otro título, ante el requerimiento de las mismas dirigida a EL CONTRATISTA, y durante todo el plazo que dure la garantía ofrecida.

LA INSTITUCION se obliga a:

• Efectuar el pago de la prestación dentro de los plazos que se precisan en el presente contrato.

• Tomar las medidas correctivas por la no atención oportuna del cumplimiento de sus obligaciones con EL CONTRATISTA.

CLAUSULA OCTAVA: DECLARACION JURADA DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES Mediante la presente cláusula, y en sujeción a lo dispuesto por el tercer párrafo del Art. 122° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N°013-2001-PCM, EL CONTRATISTA DECLARA BAJO JURAMENTO, que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del este contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.

CLAUSULA NOVENA: GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO El presente contrato se encuentra garantizado con (indicar tipo de garantía) Nº..….., emitida por….., por un plazo que vencerá el (por el plazo de ejecución y hasta la liquidación del contrato), y por un monto total ascendente a S/..… Nuevos Soles (10% del total del contrato), garantizando a EL CONTRATISTA ante LA INSTITUCION en el fiel cumplimiento del presente contrato. (De ser el caso), EL CONTRATISTA deberá presentar una garantía de seriedad de cumplimiento adicional y con idéntico objeto y vigencia a la garantía de fiel

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cumplimiento, por la diferencia entre el valor referencial y el monto de la respectiva propuesta, de acuerdo a la escala y disposición del Artículo 123° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2001-PCM. CLAUSULA DECIMA: INCUMPLIMIENTOS, SANCIONES Y PENALIDADES LA INSTITUCION hará conocer por escrito a EL CONTRATISTA cualquier observación o incumplimiento de las obligaciones emergentes del presente contrato, debiendo subsanar las deficiencias en un plazo de dos (2) días. En caso de no subsanar tales deficiencias en el plazo establecido LA INSTITUCION, a través de la Oficina de Asuntos Administrativos, descontará de los importes que le correspondiera cobrar, los gastos originados por las deficiencias notificadas o ejecutar en su favor la carta fianza bancaria de fiel cumplimiento de contrato, siendo el cálculo del monto a penalizar el siguiente:

POR DEFICIENCIAS O MORA DIARIA EN LA PRESTACION

(Según la formula consignada en el artículo 142° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aporbado por Decreto Supremo N° 013-

2001-PCM)

Las deficiencias por el servicio se acumularán sólo hasta que lleguen a un monto máximo equivalente al 5% del monto total del contrato Queda expresamente establecido que ninguna penalidad es excluyente, quedando a criterio de LA INSTITUCION aplicarlas simultáneamente y en forma acumulativa. CLAUSULA UNDECIMA: LIQUIDACION DEL CONTRATO El contrato culmina con la liquidación, la misma que será elaborada y presentada a la entidad por EL CONTRATISTA en un plazo máximo de 15 días contados desde el día siguiente de la recepción de la última prestación. En igual plazo LA INSTITUCION deberá pronunciarse sobre la misma. De no hacerlo en igual plazo la liquidación se tendrá por aprobada para todos los efectos Legales. Los demás procedimientos respecto a la liquidación se aplicarán según lo dispuesto por el Artículo 139° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 12-2001-PCM. La recepción conforme no enerva el derecho a reclamo posterior por defectos ocultos. CLAUSULA DUODECIMA: PROHIBICION DE CESION DE POSICION CONTRACTUAL

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El CONTRATISTA no podrá transferir el contrato parcial ni totalmente a favor de terceros, teniendo responsabilidad total sobre su ejecución. CLAUSULA DECIMA TERCERA: RESOLUCION DEL CONTRATO El Contrato podrá ser resuelto de pleno derecho por LA INSTITUCION cuando se presente una de las siguientes causales:

a) Si EL CONTRATISTA cediera total o parcialmente el contrato. b) Si EL CONTRATISTA o LA INSTITUCION no cumpliera con algunas de las

Cláusulas del contrato, que haya sido previamente observada por la parte contraria.

c) Si se determinara que EL CONTRATISTA ha faltado a la verdad en los datos de

las Declaraciones Juradas presentadas en su propuesta. d) Por razones de orden presupuestal que afecten la economía de LA

INSTITUCION. e) Si EL CONTRATISTA incurriese en reiteradas penalidades equivalente al 5%

del monto total del contrato

La resolución del contrato podrá ser en forma total o parcial mediante la remisión por la vía notarial del acuerdo o resolución en la que se manifiesta esta decisión y el motivo que la justifica. Dicho acuerdo o resolución será aprobada por el funcionario firmante del presente contrato o autoridad del mismo nivel que éste, siempre que cuente con esta facultad, quién representa a LA INSTITUCION, y se comunicará a la otra parte mediante carta notarial y surtirá efectos a partir de su recepción. Igual derecho asiste a EL CONTRATISTA ante el incumplimiento por parte de LA INSTITUCION de sus obligaciones esenciales, siempre que EL CONTRATISTA la haya emplazado mediante carta notarial y ésta no hubiere subsanado su incumplimiento. En ambos casos, si LA INSTITUCION lo requiere, EL CONTRATISTA deberá mantener el servicio hasta 30 días posteriores a la recepción de la resolución del contrato, con el pago correspondiente por sus servicios. Igual derecho asiste a EL CONTRATISTA. CLAUSULA DECIMA CUARTA: FACULTAD DISCRECIONAL DE LA INSTITUCION LA INSTITUCION se reserva el derecho de aumentar o disminuir hasta el 15% del monto total del contrato, si por razones de servicio fuera necesario, debiendo comunicar de ello a EL CONTRATISTA a través de una comunicación simple de la Oficina de Asuntos Administrativos, para su cumplimiento en el término de 24 horas luego de haber sido notificado. Dicha facultad no requiere la suscripción de adenda al contrato. CLAUSULA DECIMA QUINTA: SOLUCION DE CONTROVERSIAS

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Las partes acuerdan que cualquier controversia o reclamo que surja o se relacione con la ejecución y/o interpretación del presente contrato, será resuelta de manera definitiva mediante el procedimiento de conciliación extrajudicial o Arbitraje de derecho (según se acuerde entre las partes), conforme a las disposiciones establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 013-2001-PCM , y la Ley Nº 26572 Ley General de Arbitraje. El laudo arbitral emitido obligará a las partes, y pondrá fin al procedimiento de manera definitiva, siendo el mismo inapelable ante LA INSTITUCION o cualquier instancia administrativa. En todo lo no previsto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PCM, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 013-2001-PCM, en lo referente a arbitraje y conciliación, se aplicarán supletoriamente las disposiciones de la Ley Nº 26572, Ley General de Arbitraje, y la Ley Nº 26872 Ley de Conciliación, así como sus normas reglamentarias, modificatorias y ampliatorias. CLAUSULA DECIMA SEXTA: PERFECCIONAMIENTO Y FORMALIDAD FACULTATIVA El presente contrato queda perfeccionado con la suscripción de las partes, no obstante cualquiera de ellas podrá elevarlo a Escritura Pública asumiendo los gastos que ello genere. CLAUSULA DECIMA SETIMA: DOMICILIO LEGAL Para los efectos del presente contrato, ambas partes señalan que su domicilio legal es el consignado en la introducción del mismo, el que podrá variar dentro del radio urbano de la ciudad de Lima previo aviso a la otra parte con una anticipación de 8 días útiles. CLAUSULA DECIMA OCTAVA: LEGISLACION SUPLETORIA Cualquier situación no prevista en el presente documento se regirá supletoriamente por el art. 1764 y siguientes y demás normas aplicables del Código Civil. En señal de conformidad, las partes suscriben el presente contrato en cuatro ejemplares iguales, en la ciudad de Lima a los …..

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Presidencia del Consejo de Ministros RUC N° 20168999926 DOMICILIO: Av. Miraflores N° 878, Miraflores, Lima

AVISO DE CONVOCATORIA PRIMERA CONVOCATORIA. DATOS DEL PROCESO a) NUMERO DEL PROCESO.- A.D.P. N° 0004-2004-PCM b) FUENTE DE FINANCIAMIENTO.- Recursos Ordinarios c) VALOR REFERENCIAL.- S/. 95 741.00 d) OBJETO DEL PROCESO.- Seguros

e) DESCRIPCION DEL OBJETO.- Contratación del Programa de Atención Médico Familiar bajo la modalidad de Autoseguro de los Trabajadores de la Presidencia del Consejo de Ministros y sus familiares directos

f) CODIGO CIIU = 6603 g) LUGAR DE EJECUCION DE LA PRESTACION.- Lima h)VENTA DE BASES Lugar de venta de Bases.- Av. Manco Capac N° 879 - Miraflores, Of. de Asuntos Financieros - Tesorería, de 9:00 a 13:00 hrs. y de 15:00 a 17:00 hrs. i) CALENDARIO 1) Entrega de Bases Del 04/06/2004 al 14/06/2004 2) Presentación de consultas,

aclaraciones, solicitudes y

Del 04/06/2004 al 08/06/2004, de 9:00 a 13:00 hrs, (improrrogable), en la Av. Manco Capac 879, Miraflores, Of. De Asuntos Administrativos

observaciones a las Bases

879, Miraflores, Of. De Asuntos Administrativos

3) Absolución de Consultas El 11/06/2004

aclaraciones, solicitudes,

de no haber observaciones o si éstas son acogidas por el Comité Especial

pronunciamiento de observaciones y de integración de las Bases

4) Presentación de propuestas

El 17/06/2004 de 9:00 a 13:00 hrs, (improrrogable), en la Av. Manco Capac 879, Miraflores, Of. De Asuntos Administrativos

5) Otorgamiento de la Buena Pro

El 17/06/2004

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