actividad contrato de trrabajo

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Actividad resuelta 1 Rosa está trabajando como profesora para una escuela de danza. La relación que rosa mantiene en la escuela de danza cumple con las siguientes características. El contrato de trabajo fue fruto de un acuerdo libre y personal entre Rosa y la Directora de la escuela Doña María Ortiz. El trabajo se realiza por cuenta ajena es decir Rosa va a realizar una prestación de trabajo para María Ortiz. El trabajo va a realizarse bajo poder de Separata / el Contrato De Trabajo SEPARATA N° Concepto El contrato de trabajo es un acuerdo entre el empresario y el trabajador, mediante el cual el trabajador se obliga a prestar servicios por cuenta ajena y bajo el poder de dirección del empresario, a cambio de una retribución. Características De esta definición de contrato de trabajo cabria resaltar cuatro características básicas: Voluntariedad : el contrato de trabajo debe ser fruto de un acuerdo libre entre el empresario y el trabajador. Este acuerdo es además de carácter personal, es decir, el trabajador no puede ser sustituido en la relación laboral. El decir que el trabajador no puede ser sustituido en la relación laboral no implica que en determinadas ocasiones como pueden ser una baja por enfermedad o maternidad entre otras, el empresario necesite sustituir temporalmente al trabajador utilizando un contrato de interinidad. Esta persona estaría sustituyendo al trabajador en situación de baja en cuanto a la prestación de trabajo, pero la relación laboral del primer trabajador con el empresario seguiría intacta durante dicho tiempo. Ajeneidad: significaría que los frutos del trabajo se atribuyen inicial y directamente a otra persona distinta a quien ejecuta el trabajo. Dependencia, es decir bajo el poder de dirección del empresario : "teniendo el empresario" la facultad de dar órdenes pero limitadas al modo, tiempo y lugar de trabajo. Es decir respecto al trabajo, durante el trabajo y en el trabajo. remuneración: el empresario debe entregar al trabajador un salario como contrapartida al trabajo realizado. SÍ alguna de estas características no se diera, no podríamos hablar de la existencia de contrato de trabajo y por tanto no podríamos decir que exista relación laboral. Prof. Lic. GERVACIO QUISPE, Basilio Construcciones Metálicas – Pág. 1 de 1 Propuesta de solución En este caso vemos que se cumplen las características básicas del contrato de trabajo, pues hay: voluntariedad: pues el acuerdo es libre y personal. Ajeneidad: ya que Rosa va a trabajar para María Ortiz. Dependencia: pues el trabajo va a realizarse bajo el poder de dirección y dirección de María Ortiz. ACTIVIDAD DE APLICACIÓN María trabaja como Técnico Informático para la empresa IBIS, S.L.. La prestación de trabajo se inició hace 6 meses como consecuencia de un acuerdo libre y personal entre María y el propietario y Gerente de la empresa D. Antonio López. El trabajo se realiza de lunes a viernes en horario de 8:00 a 15:00 y el salario de María será de S/. 1000.00 nuevos soles. Se pide explicar si:

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Separata / el Contrato De Trabajo SEPARATA N

ConceptoActividad resuelta 1Rosa est trabajando como profesora para una escuela de danza. La relacin que rosa mantiene en la escuela de danza cumple con las siguientes caractersticas. El contrato de trabajo fue fruto de un acuerdo libre y personal entre Rosa y la Directora de la escuela Doa Mara Ortiz. El trabajo se realiza por cuenta ajena es decir Rosa va a realizar una prestacin de trabajo para Mara Ortiz. El trabajo va a realizarse bajo poder de direccin y organizacin Mara Ortiz Rosa percibir una remuneracin mensual de 900 euros

El contrato de trabajo es un acuerdo entre el empresario y el trabajador, mediante el cual el trabajador se obliga a prestar servicios por cuenta ajena y bajo el poder de direccin del empresario, a cambio de una retribucin.CaractersticasDe esta definicin de contrato de trabajo cabria resaltar cuatro caractersticas bsicas:Propuesta de solucinEn este caso vemos que se cumplen las caractersticas bsicas del contrato de trabajo, pues hay: voluntariedad: pues el acuerdo es libre y personal. Ajeneidad: ya que Rosa va a trabajar para Mara Ortiz. Dependencia: pues el trabajo va a realizarse bajo el poder de direccin y direccin de Mara Ortiz. Remuneracin: que ser mensual y de 900 eurosPor todo esto, puede decirse que existe relacin laboral entre Rosa y Mara Ortiz

Voluntariedad: el contrato de trabajo debe ser fruto de un acuerdo libre entre el empresario y el trabajador. Este acuerdo es adems de carcter personal, es decir, el trabajador no puede ser sustituido en la relacin laboral.El decir que el trabajador no puede ser sustituido en la relacin laboral no implica que en determinadas ocasiones como pueden ser una baja por enfermedad o maternidad entre otras, el empresario necesite sustituir temporalmente al trabajador utilizando un contrato de interinidad. Esta persona estara sustituyendo al trabajador en situacin de baja en cuanto a la prestacin de trabajo, pero la relacin laboral del primer trabajador con el empresario seguira intacta durante dicho tiempo.ACTIVIDAD DE APLICACIN

Mara trabaja como Tcnico Informtico para la empresa IBIS, S.L.. La prestacin de trabajo se inici hace 6 meses como consecuencia de un acuerdo libre y personal entre Mara y el propietario y Gerente de la empresa D. Antonio Lpez. El trabajo se realiza de lunes a viernes en horario de 8:00 a 15:00 y el salario de Mara ser de S/. 1000.00 nuevos soles.

Se pide explicar si:

a) Se cumplen las caractersticas bsicas del contrato de trabajo?b) Puede calificarse la relacin como laboral?

Ajeneidad: significara que los frutos del trabajo se atribuyen inicial y directamente a otra persona distinta a quien ejecuta el trabajo. Dependencia, es decir bajo el poder de direccin del empresario: "teniendo el empresario" la facultad de dar rdenes pero limitadas al modo, tiempo y lugar de trabajo. Es decir respecto al trabajo, durante el trabajo y en el trabajo. remuneracin: el empresario debe entregar al trabajador un salario como contrapartida al trabajo realizado.S alguna de estas caractersticas no se diera, no podramos hablar de la existencia de contrato de trabajo y por tanto no podramos decir que exista relacin laboral.

Prof. Lic. GERVACIO QUISPE, Basilio Construcciones Metlicas Pg. 1 de 1