actas capitulares desde el 21 hasta el 25 de mayo de 1810 en buenos aires desconocido

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ACTAS CAPITULARES DESDE EL 21 HASTA EL 25 DE MAYO DE 1810, EN BUENOS-AIRES. Primera Edicion. BUENOS-AIRES. IMPRENTA DEL ESTADO, 1836. PROLOGO A LAS ACTAS CAPITULARES DEL MES DE MAYO DE 1810. El primer monumento histórico de la República Argentina se echaba menosen sus anales, por haberse omitido su publicacion cuando mas importabadivulgarlo. Se ignoran los motivos que influyeron en este descuido, niqueremos indagarlos, por respecto á la memoria de los que,inconsideradamente ó por cálculo, relegaron al olvido tan clásicodocumento.

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Recopilación de las Actas del Cabildo de Bs As en Mayo de 1810

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  • ACTAS CAPITULARES

    DESDE

    EL 21 HASTA EL 25

    DE MAYO DE 1810,

    EN

    BUENOS-AIRES.

    Primera Edicion.

    BUENOS-AIRES.

    IMPRENTA DEL ESTADO,

    1836.

    PROLOGO

    A LAS ACTAS CAPITULARES DEL MES DE MAYO

    DE 1810.

    El primer monumento histrico de la Repblica Argentina se

    echaba menosen sus anales, por haberse omitido su publicacion

    cuando mas importabadivulgarlo. Se ignoran los motivos que

    influyeron en este descuido, niqueremos indagarlos, por

    respecto la memoria de los que,inconsideradamente por

    clculo, relegaron al olvido tan clsicodocumento.

  • Un pueblo oprimido, que sacude con dignidsus cadenas,

    respetando losltimos mandatarios de un poder expirante,

    presenta un fenmeno, talveznico, en la srie de los grandes

    acontecimientos que han conmovido elmundo.

    Las agresiones y los tumultos, que suelen ser los precursores

    de estasmudanzas, no prepararon la que se efectu en Buenos

    Aires en los ltimosdias de Mayo de 1810. El virey Cisneros, en

    el pleno egercicio de suautoridad, manifest los desastres de la

    pennsula, y el peligro en quese hallaba la nacion espaola de

    perder su libertad independencia.Desesperando de la

    conservacion de la monarquia, invoc voluntariamenteel auxilio

    de un cuerpo deliberante, al que debian concurrir

    losrepresentantes de la ciudad y de las provincias del vireinato,

    paraestablecer una representacion de la soberana del Seor D.

    FernandoVII.[1]

    En un pueblo turbulento indcil, este solo anuncio hubiera

    producidoun alboroto, y arrastrado el pas al borde de un

    abismo. Pero la buenandole de sus habitantes, y la prudencia

    del Cabildo, les hicieronmarchar con acierto en una senda nueva

    y peligrosa. Los miembros de estailustre corporacion, que

    hubieran podido asumir un poder que casi abdicel Virey, le

    rodearon de consideraciones, y se mantuvieron en

    sudependencia, hasta que el pueblo, legalmente convocado, se

    decidi reemplazarle por otra autoridad, que aunque bien

    definida en losprimeros comicios, sufri notables

    modificaciones en los subsiguientes.

    Las actas de estas asambleas, en que el pueblo tom por

    primera vez laactitud de un soberano, atestiguan su noble y

    juiciosa comportacion.Cuan pocos monumentos de esta clase

    nos ofrece la histria! Estostrnsitos repentinos de la

  • servidumbre la libertad estn trazados concaractres de sangre

    en los fastos de todas las naciones, sin excluirlas mas ilustradas.

    En Inglaterra, en Italia, en Francia, cuando elpueblo recuperaba

    sus derechos, se entregaba los mayores excesos, yreemplazaba

    la tirana de un solo, por la aun mas insoportable demuchos.

    El cambio de las instituciones en Buenos Aires no hizo

    estragos, pesarde ser brusco: y si los que se apoderaron

    despues de los destinos delpas, se hubiesen conservado en la

    senda que les seal el voto de suscomitentes, muchas lgrimas

    se ahorrran, y el aniversario del gran diade la Ptria se hubiera

    celebrado siempre con igual entusiasmo.

    Lo que mas se recomend en aquellos dias de agitacion y

    sorpresa, fu:"precaver toda division, radicar la confianza,

    cimentar la union, notocar los extremos, &a"...Estos eran los

    consejos que daba una autoridadprevisora,[2] y con los que

    simpatiz el pueblo, mientras estuvo bajo suinflujo. Pero estos

    principios, que debian afianzar el rden y librar la sociedad de

    los embates de la anarquia, fueron calificados deanti-patriticos,

    como si el patriotismo consistiese en la exaltacion yel frenes; y

    los que los profesaban, no tardaron ser el blanco de lasmas

    torpes calumnias. Al espritu de conservacion, sucedi el

    desrden,y Buenos Aires tuvo tambien que lamentar sus

    vctimas.

    La nueva Junta se instal con los mas felices auspicios, y

    egemplo delCabildo, inculc tambien obediencia las leyes,

    respeto losmagistrados, union entre todos, y (lo que mas honra

    sus miembros)deferencia y veneracion la persona del Virey,

    "dispensndole lasconsideraciones correspondientes su

    carcter y al distinguidopatriotismo con que, en favor de este

    pas, se ha ofrecido repetir encualquier destino sus importantes

  • servicios."[3] Estos actos songenerosos, y hacen mas

    injustificables las medidas que se tomaron pocodespues contra

    el Seor Cisneros.

    No nos compete rasgar el velo que encubre los manejos

    ocultos de los quelas aconsejaron: pero su responsabilidad es

    inmensa, porque imprimieron los sucesos de aquella poca un

    carcter que no tuvieron al principio.De la expulsion del Virey

    y de la Audiencia se pas la tragedia de laCabeza del Tigre,

    que se continu en Potosi! Se quiso ensangrentar lapalestra, y se

    sembr de cadaveres un campo que pudo haberse cubierto

    deflores. El pueblo no particip de estos desvarios, y se le debe

    hacer lajusticia de decir, que nunca se dej pervertir por tan

    deplorablesegemplos.

    En las pginas que publicamos por primera vez, se hallan

    inscriptos losnombres de los principales ciudadanos, que han

    figurado despues ennuestra escena poltica; y el cotejo entre sus

    opiniones de entonces ysu conducta posterior, puede ser tema de

    srias consideraciones.

    La rapidez con que se suceden los acontecimientos habia

    hecho perder devista este documento, cuando el Seor

    Gobernador actual de la Provinciaponder su mrito en el

    ltimo aniversario del dia 25 de Mayo. Suspalabras estimularon

    la curiosidad pblica, y nos decidieron satisfacerla, solicitando

    de la generosidad del Seor Dr. D. TomasManuel de Anchorena

    el nico testimonio autntico que talvez exista deestas actas

    capitulares, y que l conserva como un ttulo honroso de

    suconducta en aquellas dificiles transaciones.

    Buenos Aires, Noviembre de 1836.

    PEDRO DE ANGELIS.

  • ACTAS CAPITULARES.

    En la muy Noble y muy Leal Ciudad de la Santsima Trinidad,

    Puerto deSanta Maria de Buenos Aires, veinte y uno de Mayo

    de mil ochocientosdiez: estando juntos y congregados en la Sala

    de sus acuerdos tratarlo conveniente la repblica, los Seores

    del Exmo. Ayuntamiento: saber, D. Juan Jos de Lezica y D.

    Martin Gregorio Yaniz, Alcaldesordinarios de primero y

    segundo voto; y Regidores D. Manuel Mancilla,Alguacil mayor,

    D. Manuel Jos de Ocampo, D. Juan de Llano, D. JaimeNadal y

    Guarda, D. Andres Dominguez, D. Tomas Manuel de

    Anchorena y D.Santiago Gutierrez, con asistencia del caballero

    Sndico Procuradorgeneral, Dr. D. Julian de Leiva: hicieron

    presente el Sr. Alcalde deprimero voto y el caballero Sndico,

    que algunos de los Comandantes delos cuerpos de esta

    guarnicion, y varios individuos particulares habianocurrido

    manifestarles, que este pueblo leal y patriota, sabedor delos

    funestos acaecimientos de la pennsula, por los impresos

    publicadosen esta ciudad con permiso del Superior Gobierno,

    vacila sobre su actualsituacion y sobre su suerte futura, y que el

    deseo de que sea la masconforme su felicidad y al objeto

    inalterable de conservar ntegrosestos dominios bajo la

    dominacion del Sr. D. Fernando VII, le hacezozobrar en un

    conjunto de ideas difciles de combinar, y que sino sellegan

    fijar cuanto antes, pueden causar la mas lastimosafermentacion.

    Todo lo cual hacian presente este Exmo. Cabildo, envirtud de

    haberlo as ofrecido dichos Comandantes

    individuosparticulares, para que se resuelva lo mas acertado y

    conveniente en unasunto que, por su gravedad y circunstancias,

  • exije las mayoresatenciones: agregando el Sr. Alcalde de

    primero voto que ayer nmero, la hora de mediodia, se habia

    esplicado con el Exmo. Seor Virey sobreel particular, y

    significdole, que sin embargo de haber insistido

    losComandantes y particulares en que para el efecto se hiciese

    acuerdo eldia de ayer, habia podido suspenderlo hasta hoy; que

    S. E. le habiaprevenido pasase verle el caballero Sndico para

    tratar sobre lamateria; y este espres haberlo realizado y

    propuesto S. E. se lepedira permiso por el Exmo.

    Ayuntamiento para celebrar un Cabildoabierto, Congreso

    general, en que se oyese al pueblo, y tomasenprovidencias;

    convidando por esquelas la parte principal y mas sana del.

    Que habiendo indicado este arbitrio presencia del Seor Fiscal

    delo civil, D. Manuel Genaro Villota, y del Capitan de fragata,

    D. Juan deBargas, habia instado al mismo tiempo en que se

    meditase y propusiesecualquiera otro, que desde luego estaba

    pronto proponerlo y promoverloen el Ayuntamiento: que no se

    habia meditado otro alguno, y solo s,conformdose S. E. con el

    propuesto por el esponente. En este estadoagolp un nmero

    considerable de gentes la plaza mayor, esplicando voces el

    mismo concepto que habian manifestado el Seor Alcalde

    deprimero voto y el caballero Sndico. Y los Seores,

    persuadidos de lanecesidad que hay de poner prontas

    precauciones los males que seanuncian, convencidos de que

    deben tomarse providencias con la mayorbrevedad, por el hecho

    mismo de haber agolpado la gente la plaza,espresando voces

    sus deseos, y afianzados en la esposicion del Sr.Alcalde y

    caballero Sndico, acordaron se pase oficio en el acto alExmo.

    Seor Virey, suplicndole se digne conceder este Cabildo

    permisofranco para convocar, por medio de esquelas, la

    principal y mas sanaparte del vecindario, fin de que, en un

  • congreso pblico, esprese lavoluntad del pueblo, y acordar en

    vista de ello las medidas masoportunas para evitar toda

    desgracia, y asegurar nuestra suerte futura.Que al propio tiempo

    se sirva disponer, que en el dia del Congreso seponga una

    reforzada guarnicion en las avenidas, bocas calles de laplaza,

    para que contenga todo tumulto, y solo permita entrar en ella

    los que con la esquela de convocacion acrediten haber sido

    llamados. Seform el oficio en los trminos siguientes.

    OFICIO A SU EXCELENCIA.

    EXCELENTSIMO SEOR:

    "Sabedor el pueblo de los funestos acaecimientos de nuestra

    pennsula,por los impresos publicados en esta ciudad de rden

    de V. E., y animadode su innata lealtad nuestro Soberano, y de

    los sentimientospatriticos con que siempre se ha distinguido,

    vacila sobre su suertefutura; y el deseo de que sea la mas

    conforme su felicidad y al objetoinalterable de conservar

    ntegros estos dominios, bajo la dominacion delSr. D. Fernando

    VII, le hace zozobrar en un conjunto de ideas dificilesde

    combinar, y que si no se llegan fijar cuanto antes, pueden

    causarla mas lastimosa fermentacion. Este Ayuntamiento, que

    vela sobre suprosperidad y se interesa en gran manera por la

    union, el rden y latranquilidad, lo hace presente V. E., y para

    evitar los desastres deuna convulsion popular, desea tener de V.

    E., un permiso franco paraconvocar, por medio de esquelas, la

    principal y mas sana parte de estevecindario, y que en un

    congreso pblico exprese la voluntad del pueblo,y acuerde las

    medidas mas oportunas para evitar toda desgracia yasegurar

    nuestra suerte venidera. Sirvindose V. E. disponer que en eldia

    del Congreso se ponga una reforzada guarnicion en todas

    lasavenidas, bocas calles de la plaza, para que contenga todo

  • tumulto, yque solo permita entrar en ella los que con la esquela

    de convocacionacrediten haber sido llamados.

    Dios guarde V. E. muchos aos. Sala capitular de Buenos

    Aires, 21 deMayo de 1810.

    EXCELENTSIMO SEOR.

    Juan Jos LezicaMartin Gregorio YanizManuel MancillaManuel Josde OcampoJuan de LlanoJaime Nadal y GuardaAndres DominguezTomasManuel de AnchorenaSantiago GutierrezDr. Julian de Leiva.

    Excelentsimo Seor Virey D. Baltazar de Hidalgo de

    Cisneros."

    Y los Seores mandaron se ponga en limpio, y se pase en el

    momento pormedio de una diputacion, que deber componerse

    de los Seores, D. ManuelJos de Ocampo y D. Andres

    Dominguez; quienes encargaron muyeficazmente obtuviesen

    de S. E. pronta contestacion, por la cualidad delcaso y sus

    circunstancias; quedando abierto el acuerdo hasta

    queregresasen.

    Volvieron los Ses. Diputados, y dieron cuenta de que

    habiendomanifestado al Exmo. Sr. Virey el objeto de la

    diputacion y entregdoloel oficio, habia repuesto S. E., que el

    asunto era delicado, ynecesitaba meditacion: que sin embargo

    habia entrado su despacho yentregdoles al cabo de un buen

    rato la contestacion, que era la mismaque ponian en manos del

    Exmo. Cabildo. La cual se ley, y es del tenorseguiente.

    CONTESTACION DE SU EXCELENCIA.

    EXCELENTSIMO SEOR:

  • "Acabo de recibir el oficio de V. E. de esta fecha, ahora que

    son lasdiez de la maana, por medio de sus dos Diputados

    efecto de ponerloen mis manos, y enterado de su contesto, estoy

    desde luego pronto acordar V. E., como lo egecuto, el

    permiso que solicite para el fin ycon las condiciones que me

    indica en su citado: mediante lo que, luegoque V. E. me

    participe el dia en que ha de celebrarse el Congreso que seha

    propuesto, dispondr que se aposten las partidas que V. E.

    solicita,en las avenidas de las bocas calles de la plaza, con los

    fines deevitar, segun corresponde al mejor servicio de S. M. y

    tranquilidadpblica de esta ciudad, cualquier tumulto

    conmocion que pudieraocurrir; como igualmente para que solo

    permitan entrar en ella losvecinos de distincion, que por medio

    de la esquela de convocacionacrediten en debida forma haber

    sido llamados por V. E. al efecto: yespero del discernimiento

    constante y acreditada fidelidad de V. E. interes que siempre ha

    manifestado por el bien pblico de esta ciudad,que como su

    representante, esforzar todo el celo que lo caracteriza

    ydistingue, fin de que nada se egecute ni acuerde que no sea

    enobsequio del mejor servicio de nuestro amado Soberano, el

    Sr. D.Fernando VII, integridad de estos sus dominios, y

    completa obediencia alsupremo gobierno nacional que lo

    represente durante su cautividad: puesque, como V. E. sabe

    bien, es la monarqua una indivisible, y por lotanto debe

    obrarse con arreglo nuestras leyes, y en su caso,

    conconocimiento acuerdo de todas las partes que la

    constituyen, aun en lahiptesis arbitraria de que la Espaa se

    hubiese perdido enteramente, yfaltase en ella el gobierno

    supremo representativo de nuestro legtimoSoberano.

  • Dios guarde V. E. muchos aos. Buenos Aires, 21 de Mayo

    de 1810.

    BALTAZAR HIDALGO DE CISNEROS.

    Exmo. Cabildo, Justicia y Regimiento de esta ciudad."

    Y enterados los Seores, acordaron que el Sr. D. Andres

    Dominguez paseen el acto solicitar del Comandante de

    Patricios, D. Cornelio deSaavedra, nombre de este Cabildo, el

    que se persone en la Sala, finde encargarle que aplique su celo

    evitar todo tumulto, y conservar elrden y la tranquilidad

    pblica.

    En este estado, y habiendo salido el Sr. Diputado, se oyeron

    nuevasvoces del pueblo, reducidas que se presentase en los

    balcones elcaballero Sndico: quien, despues de haberse repetido

    aquellas voces porvarias ocasiones, se present en efecto, y el

    pueblo en grita lesignific, queria saber lo que se habia

    contestado la diputacion delExmo. Cabildo. El caballero

    Sndico les hizo entender, que S. E. habiaprestado conformidad

    en todo las solicitudes del Ayuntamiento, y queste se hallaba

    trabajando por el bien y felicidad pblica: que era denecesidad

    forzosa el que todos se retirasen sus casas para noperturbar la

    tranquilidad y el sosiego: que se aquietasen, pues que elExmo.

    Cabildo no omitiria medio de cuantos estimase conducentes al

    mayorbien.

    Clamaron entonces de nuevo, que lo que se queria era la

    deposicion delExmo. Seor Virey; y habiendo el caballero

    Sndico tratado depersuadirlos, esforzando mas y mas las

    insinuaciones que anteriormentetenia hechas, se retir la Sala.

    En cuyo acto compareci D. CornelioSaavedra, y los Seores

    suplicaron encarecidamente pusiese en planta,sin la menor

  • demora, los medios todos de su prudencia y celo, para hacerque

    se retirase de la plaza aquella gente, y que velase con los

    demasComandantes sobre el rden pblico, quietud y sosiego

    del vecindario, fin de precaver toda conmocion, y evitar

    cualquiera novedad y desgraciaque pudiera esperimentarse en

    circunstancias tan arriesgadas; hastatanto se resolvia lo mas

    conveniente al bien pblico.

    D. Cornelio Saavedra ofreci que nada se omitiria de su parte,

    y de lade los demas Comandantes, al indicado fin, saliendo por

    garante de laseguridad pblica. Se despidi, y significando al

    pueblo que el Exmo.Cabildo meditaba, trataba y acordaba

    cuanto creia conducente lafelicidad del pais, consigui que la

    gente toda se retirase de la plaza.Y los Seores determinaron se

    celebre el Cabildo abierto, congresogeneral el dia de maana

    22, las 9 de ella, y que al efecto se convidepor esquela la

    parte principal y mas sana del pueblo. Se form laesquela, que

    es del tener siguiente:

    ESQUELA.

    "El Exmo. Cabildo convoca Vd. para que se sirva asistir

    precisamentemaana, 22 del corriente las 9, sin etiqueta

    alguna, y en clase devecino, al Cabildo abierto, que con

    avenencia del Exmo. Seor Virey haacordado celebrar,

    debiendo manifestar esta esquela las tropas queguarnescan las

    avenidas de esta plaza, para que se le permita pasarlibremente."

    "SEOR D........."

    Y mandaron se imprima en el dia y se reparta sin prdida de

    instantes,arreglndose lista de los individuos, en la que debern

    sercomprendidos el Reverendo Obispo, el Exmo. Sr. D. Pascual

    RuizHuidobro, Seores de la Real Audiencia y del Tribunal de

  • cuentas,Ministros de Real Hacienda, y Gefes de oficinas,

    Cabildo Eclesistico,Curas y Prelados de las religiones, Real

    Consulado, Comandantes, Gefes,y algunos oficiales de los

    cuerpos de esta guarnicion, Alcaldes debarrios y vecinos,

    Catedrticos y profesores del derecho; compartiendosepor

    barrios los encargados de distribuir las esquelas: y ordenaron

    porltimo se disponga proclama enrgica, con la cual haya de

    darseprincipio la sesion el dia de maana. Y con esto se

    concluy elacuerdo, que firmaron dichos Seores, de que doy f.

    Juan Jos LezicaMartin Gregorio YanisManuel MancillaManuel Josde OcampoJuan de LlanoJaime Nadal y GuardaAndres DominguezTomasManuel de AnchorenaSantiago GutierrezDr. Julian deLeivaLicenciado D. Justo Jos Nuez, Escribano pblico y deCabildo.

    ACTA DEL CONGRESO GENERAL.

    En la muy Noble y muy Leal Ciudad de la Santsima Trinidad,

    Puerto deSanta Maria de Buenos Aires, 22 dias del mes de

    Mayo del ao de 1810,habiendo situdose en la galeria principal

    de las casas capitulares losSeores que componen este Exmo.

    Ayuntamiento, para presidir el CongresoGeneral que se

    convoc por esquelas, ayer 21 del corriente, en virtudde la

    facultad que para el efecto concedi el Exmo. Sr. Virey,

    D.Baltazar Hidalgo de Cisneros, por oficio de la misma fecha:

    saber,los. Seores D. Juan Jos de Lezica y D. Martin Gregorio

    Yaniz, Alcaldesde primero y segundo voto, y Regidores D.

    Manuel Mancilla, Alguacilmayor, D. Manuel Jos de Ocampo,

    D. Juan de Llano, D. Jaime Nadal yGuarda, D. Andres

    Dominguez, Juez diputado de polica, D. Tomas Manuelde

    Anchorena, Defensor general de pobres y Fiel Ejecutor, y D.

    SantiagoGutierrez, Defensor general de menores, con asistencia

  • del caballeroSndico Procurador general, Dr. D. Julian de Leiva;

    y concurrido paraeste acto, en virtud de la citada convocatoria;

    saber, el Ilmo. Sr.Dr. D. Benito de Lue y Riega, el Exmo. Sr. D.

    Pascual Ruiz Huidobro,Teniente General, el Sr. D. Manuel Jos

    de Reyes, Oidor de esta RealAudiencia, el Sr. D. Diego de la

    Vega, Contador mayor, Dcano del RealTribunal de cuentas, el

    Sr. D. Pedro Viguera, Tesorero de esta RealAudiencia, el Sr. D.

    Juan Andres de Arroyo, Contador mayor del RealTribunal de

    cuentas, el Sr. Brigadier D. Bernardo Lecog, Sub-inspector

    yDirector general del real cuerpo de ingenieros, el Sr. D.

    JoaquinMosquera, Coronel retirado del mismo real cuerpo, el

    Sr. D. EugenioBalbastro, vecino y de este comercio; el Sr. D.

    Joaquin Madariaga, deesto vecindario y comercio; el Sr. D. Jos

    Maria Balbastro, Capitan demilicias regladas de caballeria; el

    Sr. D. Jos Cerra y Valle, Alcaldedel barrio nmero 3, cuartel

    segundo; el Sr. D. Ventura de Haedo,Alcalde del barrio nmero

    8, en el mismo cuartel; el Sr. D. AntonioLuciano Ballesteros; el

    Sr. D. Manuel Antonio Bas; el Sr. D. FranciscoXavier Riglos; el

    Sr. D. Roman Ramon Diaz; el Sr. Dr. D. FelicianoAntonio

    Chiclana; el Sr. D. Hiplito Vietes; el Sr. D. Juan JosViamont,

    Capitan graduado del regimiento fijo de infantera, y

    Sargentomayor de los batallones primero y segundo de

    Patricios; el Sr. D.Nicolas Pea, Oficial de blandenguez de estas

    fronteras; el Sr. D. JuanJos Rocha, Escribano pblico y del

    nmero; el Sr. Teniente Coronelurbano, D. Juan Antonio

    Pereira, Capitan de granaderos del segundobatallon de Patricios;

    el Sr. D. Estevan Romero, Teniente Coronel urbanoy

    Comandante del mismo batallon; el Sr. D. Juan Ramon

    Balcarce, Sargentomayor del batallon de granaderos de

    Fernando VII; el Sr. D. Simon Rejas,de este vecindario y

    comercio; el Sr. D. Cornelio Saavedra, TenienteCoronel y

  • Comandante del primer batallon de Patricios; el Sr. D.Cristoval

    de Aguirre, vecino y de este comercio; el Sr. D. Pedro

    AndresGarcia, Teniente Coronel y Comandante del batallon de

    infantera nmero4; el Sr. D. Francisco Antonio Ortiz de

    Ocampo, Teniente Coronel yComandante del batallon de

    infantera nmero 3; el Sr. D. Manuel deAndres de Pinedo y

    Arroyo, vecino y de este comercio; el Sr. D. ManuelLuzuriaga,

    de este vecindario; el Sr. D. Martin Jos de Ochoteco,Capitan

    graduado del ejrcito; el Sr. D. Ulpiano Barrera; el Sr.

    D.Antonio Ortiz de Alcalde; el Sr. D. Juan Canaveris; el Sr. D.

    HilarioRamos, el Sr. D. Justo Pastor Linch, Contador de la Real

    Aduana, yactualmente su Administrador interino; el Sr. D.

    Manuel Jos de Lavalle,Director General de la Real Renta de

    tabacos; el Sr. D. Miguel deIrigoyen, Caballero del Orden de

    Alcntara, y Teniente Coronel decaballeria; el Sr. D. Vicente

    Caudevilla, Contador interino de la RealRenta de tabacos; el Sr.

    D. Diego Herrera, Teniente Coronel urbano; elSr. Dr. D.

    Gregorio Tagle, Abogado de esta Real Audiencia; el Sr.Coronel

    D. Agustin de Pinedo, Sargento Mayor del regimiento de

    dragones;el Sr. Teniente Coronel D. Mariano Larrazabal,

    Capitan del mismo; el Sr.D. Martin de Arandia; el Sr. Teniente

    Coronel urbano D. Rodrigo Muoz yRbago; el Sr. D. Francisco

    de la Pea Fernandez, vecino y de estecomercio; el Sr. Capitan

    de milicias D. Antonio Villamil; el Sr. Dr. D.Agustin Fabre,

    profesor en medicina; el Sr. Ministro de Real

    Haciendahonorario, D. Joaquin Belgrano; el Sr. D. Julin del

    Molino Torres,vecino y de este comercio; el Sr. D. Jacinto de

    Castro, de este comercioy vecindario; el Sr. D. Mariano

    Echaburu, Escribano pblico y delnmero; el Sr. D. Ildefonso

    Ramos; el Sr. Coronel D. Francisco XavierPizarro, Capitan,

    comandante del real cuerpo de artilleria; el Sr. D.Jos Maria

  • Cabrer, Coronel de ejrcito, y Sargento mayor de esta plaza;el

    Sr. Teniente Coronel urbano D. Miguel Gernimo Garmendia;

    el Sr. D.Jose Soliveri, Contador de retasas; el Sr. D. Jos Superi,

    Sargentomayor del batallon de castas; el Sr. D. Felipe Castilla,

    Capitan demilicias regladas de caballeria; el Sr. D. Antonio

    Ruiz, Alcalde delbarrio nmero 11, cuartel quinto; el Sr. D. Jos

    Botello, Alcalde delbarrio nmero 16, cuartel cuarto; el Sr. D.

    Fermin de Tocornal, Alcaldedel barrio nmero 20, cuartel

    quinto; el Sr. Capitan urbano D. FranciscoMansilla, Ayudante

    mayor interino de esta plaza; el Sr. D. Francisco dePrieto y

    Quevedo, vecino y de este comercio; el Sr. Teniente coronel

    deejrcito, D. Alonso Quesada, Sargento mayor de milicias

    regladas deinfantera; el Sr. D. Vicente Carvallo y Goyeneche,

    Capitan delregimiento de dragones; el Sr. D. Jos Martinez de

    Hoz, de este comercioy vecindario; el Sr. D. Jos Barrera,

    Oficial primero de la Secretarade Gobierno y Guerra del

    Vireinato; el Sr. Alferez de fragata, D. MartinThompson,

    Capitan de este puerto; el Sr. Capitan graduado, D.

    GregorioBelgrano, Ayudante mayor de esta plaza; el Sr.

    Teniente Coronel urbano,D. Fernando Diaz, Capitan de

    granaderos del batallon nmero 4; el Sr. D.Ambrosio Lezica, de

    este comercio; el Sr. D. Estevan Fernandez, Capitande

    Blandenguez de esta frontera; el Sr. D. Jos Mara Morell y

    Perez,vecino y de este comercio; el Sr. D. Juan Bautista de

    Elorraga, de estecomercio y vecindario; el Sr. D. Jos Pastor

    Lezica, vecino y delcomercio; el Sr. Dr. D. Juan Nepomuceno

    Sola, Cura rector de laparroquia de Monserrat; el Sr. D. Juan

    Bautista Castro, vecino y de estecomercio; el Sr. D. Jos

    Francisco Vidal, Capitan de milicias deinfanteria; el Sr. D.

    Saturnino Alvarez, Tesorero del Real Consulado; elSr. Dr. D.

    Agustin Pio de Elia, Abogado de esta Real Audiencia; el Sr.D.

  • Miguel de Escuti, vecino y del comercio; el Sr. D. Pedro de

    Arteaga,Oficial segundo de la Secretara de Gobierno y Guerra

    del Vireinato; elSr. D. Jos Mara de las Carreras, vecino y del

    comercio; el Sr. D.Francisco Antonio de Letamendi, de este

    comercio y vecindario; el Sr. D.Jos Moll, Alcalde de

    hermandad de la banda del sud en esta capital; elSr. D.

    Sebastian de Torres, vecino y de este comercio; el Sr. D.

    JosMaria Calderon, Vista de la Real Aduana; el Sr. D. Jos

    Riera, vecino ydel comercio; el Sr. D. Raimundo Rial, Alcalde

    del barrio nmero 19,cuartel quinto; el Sr. D. Domingo Lopez,

    de este vecindario; el Sr. D.Jos Nadal y Campo, Alcalde del

    barrio nmero 14, cuartel cuarto; el Sr.D. Pablo Villarino, de

    este vecindario; el Sr. D. Toribio Mier, vecino ydel comercio; el

    Sr. D. Angel Sanchez Picado, Alcalde del barrio nmero2,

    cuartel segundo; el Sr. D. Juan Antonio Rodriguez, vecino y de

    estecomercio; el Sr. Dr. D. Jos Leide, Abogado de esta Real

    Audiencia; elSr. Coronel D. Miguel de Asenenaga, Comandante

    de milicias regladas deinfantera; el Sr. D. Basilio Torrecillas,

    Alcalde de hermandad de labanda del norte en esta capital; el Sr.

    D. Ruperto Alvarellos, de estevecindario y comercio; el Sr. D.

    Juan Bautista Ituarte, vecino y delcomercio; el Sr. D. Manuel

    Martnez, vecino y del comercio; el Sr. D.Francisco Antonio

    Escalada, Consul moderno del Real Tribunal delConsulado; el

    Sr. D. Floro Zamudio y Chavarria, Teniente Coronel urbano,y

    Capitan del escuadron de Hsares del Rey; el Sr. D.

    HermenegildoAguirre; el Sr. D. Tomas Lezica, de este

    comercio; el Sr. TenienteCoronel D. Juan Bautista Bustur,

    Sargento Mayor del batallon nmero 3;el Sr. D. Jos Leon

    Dominguez, Capitan con grado de Teniente Coronel delos

    granaderos del mismo batallon; el Reverendo Padre Maestro

    FrayIgnacio Grela, del Orden de Predicadores; el Sr. D.

  • Florencio Torrada,Teniente Coronel y Comandante del batallon

    de granaderos de FernandoVII; el Sr. Dr. D. Cosme Argerich,

    profesor de medicina; el Sr.Licenciado D. Justo Garca y

    Valdez, profesor en la misma facultad; elSr. D. Martin

    Rodriguez, Teniente Coronel y Comandante del escuadron

    deHsares del Rey; el Sr. D. Miguel Saenz, Capitan del mismo;

    el Sr. D.Gernimo Lasala; el Sr. D. Felipe de Arana; el Sr. D.

    Pedro Capdevila,de este comercio; el Sr. D. Matias Irigoyen,

    Alferes de navo de la RealArmada; el Sr. D. Ignacio de

    Rezaval, vecino y de este comercio; el Sr.D. Manuel de Velasco,

    Oidor de esta Real Audiencia; el Sr. D. AntonioPiran, Prior del

    Real Tribunal del Consulado; el Sr. D. Jos Merelo,Teniente

    Coronel y Comandante del batallon nmero 5; el Sr. D.

    Joaquinde la Iglesia, de este vecindario; el Sr. D. Francisco

    Tomas deAnztegui, Oidor Decano de esta Real Audiencia; el

    Sr. Teniente CoronelD. Bernab San Martin, Sargento Mayor

    del batallon de artilleria,denominado la Union; el Sr. Dr. D.

    Manuel Belgrano, Abogado de losReales Consejos, y Secretario

    del Real Tribunal del Consulado; el Sr.Coronel urbano D.

    Gerardo Esteve y Llac, Comandante del batallon deartilleria la

    Union; el Sr. Dr. D. Juan Jos Castelli, Abogado de estaReal

    Audiencia; el Sr. D. Flix de Castro, Capitan de Patricios; el

    Sr.Dr. D. Alejo Castex, Abogado de esta Real Audiencia, y

    Teniente Coronelurbano; el Sr. D. Nicolas Vedia, Teniente del

    regimiento fijo deinfanteria; el Sr. D. Juan Pedro Aguirre,

    Teniente Coronel urbano; elReverendo Padre Fray Pedro

    Santibaez, Guardian de la Santa Recoleccion;el Reverendo

    Padre Fray Pedro Cortinas, Guardian del convento de

    laObservancia; el Reverendo Padre, Prefecto del convento

    Bethelemtico,Fray Jos Vicente de San Nicolas; el Sr. D. Juan

    Fernandex de Molina,vecino y de este comercio; el Sr. D.

  • Francisco Marzano, Capitan congrado de Teniente Coronel de

    granaderos del batallon nmero quinto; elSr. D. Antonio Jos

    Escalada, Chanciller de la Real Audiencia; el Sr. D.Bernardino

    Rivadavia, de este vecindario; el Sr. Dr. D. FranciscoPlanes,

    Catedrtico de los Reales Estudios; el Sr. Dr. D. Julian

    Segundode Agero, Cura rector mas antiguo del Sagrario de la

    Catedral; el Sr.Dr. D. Nicolas Calvo, Cura rector de la parroquia

    de la Concepcion; elSr. Dr. D. Domingo Belgrano, Cannigo de

    esta Santa Iglesia Catedral;el Sr. Dr. D. Melchor Fernandez,

    Dignidad de Chantre de la misma SantaIglesia; el Sr. Dr. D.

    Florencio Ramirez, Dignidad de Maestre Escuela dela misma; el

    Sr. Dr. D. Antonio Saenz, Secretario del muy VenerableCabildo

    Eclesistico; el Sr. D. Tomas Jos Boyzo, Escribano pblico

    ydel nmero; el Sr. D. Juan de la Elguera, vecino y de este

    comercio; elSr. D. Juan Ignacio de Escurra, de este comercio y

    vecindario; el Sr. D.Manuel del Cerro Saenz, Administrador en

    los ramos de Polica; el Sr.Teniente Coronel urbano D. Agustin

    de Orta y Azamor, Sargento Mayor delbatallon nmero 5; el Sr.

    D. Juan Ignacio Terrada, Teniente Coronelurbano; el Sr. D.

    Francisco de Neira y Arellano, vecino y de estecomercio; el Sr.

    D. Jos Agustin Lizaur, vecino y del comercio; el Sr.D. Jos

    Hernandez, vecino y del comercio; el Sr. D. Benito de

    Iglesias,vecino y del comercio; el Sr. D. Juan Almagro de La

    Torre, Oidorhonorario de la Real Audiencia de Charcas, y

    Asesor General de esteVireinato; el Sr. D. Manuel Genaro

    Villota, Fiscal de lo Civil y RealHacienda, y honorario del

    Supremo Consejo de Indias; el Sr. D. JuanRamos, Teniente

    Coronel urbano; el Sr. D. Miguel Ezquiaga, idem; el Sr.D.

    Felipe Cardoso, idem; el Sr. D. Francisco Paso, de este

    vecindario;el Sr. D. Lorenzo Machado, Alcalde del barrio

    nmero 18, cuartel quinto;el Sr. D. Jos Antonio de

  • Echenagusia, idem del barrio nmero 7, cuartelprimero; el Sr.

    D. Jos Antonio Lagos, de este vecindario; el Sr. D.Juan Cornet

    y Prat, vecino y de este comercio; el Sr. D. Ramon de

    Orom,Contador mayor del Real Tribunal de cuentas; el Sr. D.

    Jos Amat,Alcalde del barrio nmero 17, cuartel cuarto; el Sr.

    Dr. D. ManuelObligado, vecino y del comercio; el Sr. Dr. D.

    Mariano Moreno, Abogado yRelator interino de esta Real

    Audiencia; el Sr. D. Nicolas del Campo,Contador de cuadrantes;

    el Sr D. Jos Agustin Aguirre, de este comercio;el Sr. D. Andres

    de Lezica, idem; el Sr. D. Manuel Barquin, de estevecindario; el

    Sr. D. Pedro Balio, de este vecindario y comercio; elSr. D.

    Domingo Lopez; el Sr. D. Pedro Cervio, Teniente Coronel

    urbano;el Sr. Licenciado D. Vicente Lopez; el Sr. Licenciado D.

    Bernardo Nogu,profesor en ciruga; el Sr. D. Francisco Xavier

    Macela, Alcalde delbarrio nmero 1, cuartel segundo; el Sr. D.

    Manuel Ruiz Obregon, idemdel nmero 10, cuartel tercero; el

    Sr. D. Francisco Dozal, delvecindario y comercio; el Sr. Coronel

    urbano D. Jos Forneguera; elReverendo Padre, Dr. Fray

    Manuel Torres, Provincial del convento de laMerced; el

    Reverendo Padre, Fray Juan Manuel Aparicio, Comendador

    delmismo; el Sr. Dr. D. Juan Francisco Segu, Abogado de esta

    RealAudiencia; el Sr. D. Pedro de Usua, vecino y de este

    comercio; el Sr.Dr. D. Luis Jos Chorroarin, Rector del Real

    Colegio de San Carlos; elSr. D. Domingo Mateu, de este

    comercio; el Sr. Dr. D. Juan Jos Paso,Abogado de esta Real

    Audiencia; el Sr. D. Francisco Antonio Herrero,vecino y de este

    comercio; el Sr. D. Domingo Achaval, idem; el Sr. D.Jos

    Martinez Escobar, idem; el Sr. Dr. D. Simon Cosio, Abogado de

    estaReal Audiencia; el Sr. D. Ildefonso Paso, vecino y del

    comercio; el Sr.Dr. D. Joaquin Campana, Abogado de esta Real

    Audiencia; el Sr. Dr. D.Jos Darragueira, idem; el Reverendo

  • Padre, Fray Ramon Alvarez,Provincial de San Francisco; el Sr.

    Dr. D. Pascual Silva Braga,Presbitero; el Reverendo Padre, Fray

    Manuel Alvario, Prior de SantoDomingo; el Sr. D. Jos

    Laguna, Capitan de fragata de la Real Armada; elSr. D.

    Francisco Antonio de Belaustegui, vecino y del comercio; el

    Sr.D. Jos Antonio Capdevila, idem; el Sr. D. Marcelino Calleja

    Saenz,Escribano de Cmara de la Real Audiencia; el Sr. D.

    Gerardo Bosch,vecino y del comercio; el Sr. Dr. D. Bonifacio

    Zapiola, Abogado de estaReal Audiencia; el Sr. Dr. D. Domingo

    Viola, Presbitero; el Sr. Dr. D.Mariano Irigoyen, Abogado de

    esta Real Audiencia; el Sr. D. NorbertoQuirno, vecino y del

    comercio; el Sr. Dr. D. Vicente AnastasioEchavarria, Abogado

    de esta Real Audiencia; el Sr. D. Jos Mara Riera,vecino y del

    comercio; el Sr. D. Pedro Martinez Fernandez, idem; el Sr.Dr.

    D. Bernardo de la Colina, Presbitero; el Sr. Teniente Coronel

    urbanoD. Francisco Pico, Capitan de granaderos del primer

    batallon dePatricios; el Sr. D. Juan Antonio Zelaya, vecino y del

    comercio; el Sr.D. Jos Martin Zuloetas, idem; el Sr. D. Olaguer

    Reinals, idem; el Sr.Dr. D. Juan Damaso Fonseca, Cura rector

    mas antiguo de la Concepcion; elSr. Dr. D. Pantaleon Rivarola,

    Presbitero; el Sr. Dr. D. Joaquin Griera,Abogado de la Real

    Audiencia; el Sr. Dr. D. Manuel Alberti, Cura rectorde San

    Nicolas; el Sr. D. Miguel Gomez, de este vecindario; el Sr.

    D.Jos Leon Planchon, Presbitero; el Sr. Dr. D. Juan Leon

    Ferragut,Capellan del regimiento de dragones; el Sr. Brigadier

    D. Jos Ignacio dela Quintana, Coronel de dicho regimiento; el

    Sr. Capitan D. Pedro Duran,Sargento Mayor interino del

    regimiento fijo; el Sr. D. Felix Casamayor,Ministro General de

    Real Hacienda; el Sr. D. Francisco Ordua, Brigadiery Sub-

    inspector del real cuerpo de artillera; el Sr. D. Juan

    BautistaOtamendi, vecino y de este comercio; el Sr. D.

  • Ambrosio Pinedo, Capitande dragones; el Sr. Dr. D. Vicente

    Montes Carballo, Presbitero; el Sr.Dr. D. Ramon Vietes, idem;

    el Sr. D. Valeriano Barrera, de estevecindario; el Sr. D. Juan

    Francisco Marcheses, idem; el Sr. D. AntonioRamirez, idem; el

    Sr. D. Henrique Ballesteros, idem; el Sr. Dr. D.Matias Patron,

    Abogado; el Sr. D. Antonio Luis Beruti; el Sr. D.

    AgustinDonado; el Sr. Teniente Coronel urbano D. Manuel

    Pinto; el Sr. D.Mariano Conde, de este vecindario; el Sr. D.

    Pedro Valerio Albano, idem;el Sr. D. Domingo French, idem; el

    Sr. D. Vicente Dupu, idem; el Sr. D.Mariano Orma, idem; el Sr.

    D. Buenaventura de Arzac, idem; el Sr. D.Andres de Aldao,

    idem; el Sr. D. Juan Ramon Urien, idem.

    Se empes la Acta, leyendose en pblicas y altas voces por

    mi elActuario, y en virtud de mandato del Exmo. Ayuntamiento,

    as el discursoque habia dispuesto el mismo Exmo. Cabildo,

    para la apertura de estasesion, como el oficio son que solicit el

    superior permiso para laformacion del Congreso General, y el

    pasado en contestacion por el Exmo.Sr. Virey, dando la facultad

    para ejecutarlo, siendo el tenor de todo,el siguiente.

    FIEL Y GENEROSO PUEBLO DE BUENOS AIRES!

    "Las ltimas noticias de los desgraciados sucesos de nuestra

    metrpoli,comunicadas al pblico de rden de este Superior

    Gobierno, hancontristado sobre manera vuestro nimo, y os han

    hecho dudar de vuestrasituacion actual y de vuestra suerte

    futura.

    "Agitados de un conjunto de ideas, que os han sugerido

    vuestra lealtad ypatriotismo, habeis esperado con ansia el

    momento de combinarlas, paraevitar toda division: y vuestros

    Representantes, que velanconstantemente sobre vuestra

  • prosperidad, y que desean con el mayorardor conservar el rden

    y la integridad de estos dominios, bajo ladominacion del Sr. D.

    Fernando VII, han obtenido del Exmo. Sr. Vireypermiso franco

    para reuniros en un Congreso. Ya estais congregados:hablad con

    toda libertad, pero con la dignidad que os es propia,haciendo ver

    que ereis un pueblo sbio, noble, dcil y generoso.

    Vuestroprincipal objeto debe ser precaver toda division, radicar

    la confianzaentre el subdito y el magistrado, afianzar vuestra

    union recproca y lade todas las demas provincias, y dejar

    expeditas vuestras relaciones conlos vireinatos del continente.

    Evitad toda innovacion mudanza, puesgeneralmente son

    peligrosas y expuestas division. No olvideis queteneis casi la

    vista un vecino que asecha vuestra libertad, y que noperder

    ninguna ocasion en medio del menor desrden. Tened por

    ciertoque no podreis por ahora subsistir sin la union con las

    provinciasinteriores del reino, y que vuestras deliberaciones

    sern frustradas sino nacen de la ley, del consentimiento

    general de todos aquellospueblos. As, pues, meditad bien sobre

    vuestra situacion actual, no seaque el remedio, para precaver los

    males que temeis, aceleren vuestradestruccion. Huid siempre de

    tocar en cualquiera extremo, que nunca dejade ser peligroso.

    Despreciad medidas estrepitosas violentas, ysiguiendo un

    camino medio, abrazad aquel que sea mas sencillo y

    masadecuado para conciliar, con nuestra actual seguridad y la de

    nuestrasuerte futura, el espritu de la ley y el respeto los

    magistrados."

    OFICIO DEL EXMO. CABILDO AL EXMO. SEOR

    VIREY.

    EXCELENTSIMO SEOR:

  • "Sabedor el pueblo de los funestos acaecimientos de nuestra

    pennsula,por los impresos publicados en esta ciudad de rden

    de V. E., y animadode su innata lealtad nuestro Soberano, y de

    los sentimientospatriticos con que siempre se ha distinguido,

    vacila sobre su suertefutura; y el deseo de que sea la mas

    conforme su felicidad y al objetoinalterable de conservar

    ntegros estos dominios, bajo la dominacion delSr. D. Fernando

    VII, le hace zozobrar en un conjunto de ideas difcilesde

    combinar, y que si no se llegan fijar cuanto antes, pueden

    causarla mas lastimosa fermentacion. Este Ayuntamiento, que

    vela sobre suprosperidad y se interesa en gran manera por la

    union, el rden y latranquilidad, lo hace presente V. E. para

    evitar los desastres de unaconvulsion popular, y desea obtener

    de V. E. un permiso franco paraconvocar, por medio de

    esquelas, la principal y mas sana parte de estevecindario, y que

    en un Congreso pblico exprese la voluntad del puebloy acuerde

    las medidas mas oportunas para evitar toda desgracia yasegurar

    nuestra suerte venidera. Sirvindose V. E. disponer, que en eldia

    del Congreso se ponga una reforzada guarnicion en todas la

    avenidas, bocas-calles de la plaza para que contenga todo

    tumulto, y que solopermita entrar en ella los que con la esquela

    de convocacion acreditenhaber sido llamados.

    Dios guarde V. E. muchos aos. Sala Capitular de Buenos

    Aires, 21 deMayo de 1810.

    Juan Jos LezicaMartin Gregorio YanizManuel Jos de OcampoJuan deLlanoManuel MancillaJaime Nadal y GuardaAndres DominguezTomasManuel de AnchorenaSantiago GutierrezDr. Julian de Leiva.

    Exmo. Sr. Virey, D. Baltazar Hidalgo de Cisneros."

  • CONTESTACION.

    EXCELENTSIMO SEOR.

    "Acabo de recibir el oficio de V. E. de esta fecha, ahora que

    son lasdiez de la maana, por medio de sus dos Diputados,

    efecto de ponerloen mis manos; y enterado de su contesto, estoy

    desde luego pronto acordar V. E., como lo ejecuto, el permiso

    que solicita para el fin ycon las condiciones que me indica en su

    citado: mediante lo que, luegoque V. E. me participe el dia en

    que ha de celebrarse el Congreso que seha propuesto, dispondr

    que se aposten las partidas que V. E. solicita,en las avenidas de

    las bocas calles de la plaza, con los fines deevitar, segun

    corresponde al mejor servicio de S. M. y tranquilidadpblica de

    esta ciudad, cualquier tumulto conmocion que pudieraocurrir;

    como igualmente para que solo permitan entrar en ella

    losvecinos de distincion, que por medio de la esquela de

    convocacionacrediten en debida forma haber sido llamados por

    V. E. al efecto. Yespero del discernimiento constante, y

    acreditada fidelidad de V. E. interes que siempre ha

    manifestado por el bien pblico de esta ciudad,que como su

    Representante, esforzar todo el celo que lo caracteriza

    ydistingue, fin de que nada se egecute ni acuerde que no sea

    enobsequio del mejor servicio de nuestro amado Soberano, el

    Sr. D.Fernando VII, integridad de estos sus dominios y completa

    obediencia alsupremo gobierno nacional que lo represente

    durante su cautividad: puesque, como V. E. sabe bien, es la

    monarqua una indivisible, y por lotanto debe obrarse con

    arreglo nuestras leyes, y en su caso, conconocimiento

    acuerdo de todas las partes que la constituyen, aun en lahipotesis

    arbitraria de que la Espaa se hubiese perdido enteramente,

  • yfaltase en ella el gobierno supremo representativo de nuestro

    legtimoSoberano.

    Dios guarde V. E. muchos aos. Buenos Aires, 21 de Mayo

    de 1810.

    BALTAZAR HIDALGO DE CISNEROS.

    Excelentsimo Cabildo Justicia y regimiento de esta Ciudad."

    Despues de leido todo, y en circunstancias de deber procederse

    lavotacion por los Seores del Congreso, se promovieron

    largas discusionesque hacian de suma duracion el acto. En cuyo

    estado, y para abreviar ysimplificar este en lo posible, atendida

    la multitud de votantes,estrechez del tiempo y espectacion en

    que se hallaba el pueblo, seadopt unanimemente el sistema de

    fijar una proposicion para absolverlarespectivamente. Y

    acordada la siguiente, saber: "si te ha de subrogarotra

    autoridad la superior que obtiene el Exmo. Sr. Virey,

    dependientede la metrpoli, salvando esta; independientes,

    siendo del todosubyugada," fu desaprobada, y pedido que se

    procediese otraproposicion mas sucinta. Y publicada esta, que

    era reducida "si laAutoridad Soberana ha caducado en la

    pennsula, se halla en incierto,"con la calidad de que los

    Seores Vocales deberian entrar al acuerdo poner su voto en

    secreto, fu igualmente desatendida, y se pidi que lavotacion

    fuese pblica; por lo que se sent el siguiente, saber "Si seha

    de subrogar otra autoridad la superior que obtiene el Exmo.

    Sr.Virey, dependiente de la soberana; que se ejerza

    legtimamente nombredel Sr. D. Fernando VII, y en quien?" Y

    habiendo sido generalmenteaprobada, se resolvi por los

    Seores del Exmo. Ayuntamiento, que losSeores Vocales

    entrasen la Sala de acuerdos poner su voto cada unode por s;

  • y que rubricndolo solamente, por simplificar el acto en

    loposible, lo publicase despues el escribano. Y en su virtud se

    procedi la votacion, en el rden y forma siguiente.

    Por el Ilustrsimo Sr. Obispo, se dijo: Que mediante las

    noticiasde la disolucion de la Junta Central, en quien resida

    lasoberana, infunde bastante probabilidad para dudar de

    suexistencia; consultando la satisfaccion del pueblo, y la

    mayorseguridad presente y futura de estos dominios por su

    legtimoSoberano el Sr. D. Fernando VII, es de dictmen que el

    Exmo. Sr.Virey continue en el egercicio de sus funciones, sin

    mas novedadque la de ser asociado para ellas del Sr. Regente, y

    del Sr. Oidorde la Real Audiencia D. Manuel de Velasco: lo

    cual se entiendaprovisionalmente por ahora y hasta ulteriores

    noticias; sin perderde vista proporcionar aquellos medios que

    correspondan, para quepermanezca espdita la comunicacion

    con las ciudades interiores delreino, con arreglo la proclama

    del Exmo. Cabildo.

    Por el Exmo. Sr. D. Pascual Ruiz Huidobro, se dijo: Que debia

    cesarla autoridad del Exmo. Sr. Virey, y reasumirla el Exmo.

    Cabildocomo representante del pueblo, para ejercerla interin

    forme ungobierno provisorio dependiente de la legtima

    representacion quehaya en la pennsula de la soberana de

    nuestro augusto y amadoMonarca, el Sr. D. Fernando VII;

    juntando esta opinion en los datosque de palabra ha manifestado

    al Exmo. Cabildo.

    Por el Sr. Oidor D. Manuel Jos de Reyes, se dijo: Que no

    encuentramotivo por ahora para la subrogacion; pero que en

    caso de que lapluralidad de este ilustre Congreso juzgue que lo

    hay, puedennombrarse de adjuntos, para el despacho del

  • gobierno, al Exmo. Sr.Virey, los Seores Alcalde ordinario de

    primer voto, y ProcuradorSndico general de ciudad.

    Por el Sr. D. Diego de la Vega, Contador Mayor Decano, se

    dijo: Quereproduce el anterior voto del Sr. D. Manuel Jos de

    Reyes, consolo la diferencia de que los adjuntos al Exmo. Sr.

    Virey sean dela eleccion del Exmo. Cabildo.

    Por el Sr. D. Pedro Viguera, Tesorero de la Real Aduana, se

    dijo:Que subsista el Exmo. Sr. Virey en la misma autoridad que

    le haconferido y puesto su cargo el Sr. Rey D. Fernando VII, y

    sunombre la Junta Central; y que en caso de haber lugar

    lasubrogacion pluralidad de votos, sea en el Brigadier, el Sr.

    D.Bernardo de Velasco.

    Por el Sr. D. Juan de Andres de Arroyo, Contador Mayor, se

    dijo:Que reproduce el voto del Sr. D. Diego de la Vega.

    Por el Sr. D. Bernardo Lecog, se dijo: Que reproducia el voto

    delExmo. Sr. D. Pascual Ruiz Huidobro.

    Por el Sr. Coronel D. Joaquin Mosqueira, se dijo: Que

    reproduce elvoto del Exmo. Sr. D. Pascual Ruiz Huidobro.

    Por el Sr. D. Eugenio Balvastro, se dijo: Que reproduce el voto

    delExmo. Sr. D. Pascual Ruiz Huidobro.

    Por el Sr. D. Joaquin de Madariaga, se dijo: Que

    igualmentereproduce el voto del Exmo. Sr. D. Pascual Ruiz

    Huidobro.

    Por el Sr. D. Jos Mara Balvastro, se dijo: Que se conformaba

    conel voto del Teniente General, el Exmo. Sr. D. Pascual

    RuizHuidobro.

  • Por el Sr. D. Jos Cerras y Valle, se dijo: Que igualmente

    seconforma con el voto del Exmo. Sr. D. Pascual Ruiz

    Huidobro.

    Por el Sr. D. Manuel Ventura de Haedo, se dijo: Que se

    conformabacon el voto del Exmo. Sr. D. Pascual Ruiz

    Huidobro.

    Por el Sr. D. Antonio Luciano Ballesteros, se dijo: Que

    seconformaba con el voto del Exmo. Sr. D. Pascual Ruiz

    Huidobro.

    Por el Sr. D. Manuel Antonio Bazo, se dijo: Que reproduce el

    votodel Exmo. Sr. D. Pascual Ruiz Huidobro.

    Por el Sr. D. Francisco Xavier de Riglos, se dijo: Que

    seconformaba con el parecer del mismo Exmo. Sr. D. Pascual

    RuizHuidobro.

    Por el Sr. D. Roman Ramon Diaz, se dijo: Que sigue el Exmo.

    Sr.Virey, y que en el caso de que por mayora de votos resulte

    habercaducado el supremo gobierno, siga asociado del Exmo.

    Cabildo.

    Por el Sr. D. Feliciano Antonio Chiclana, se dijo: Que

    reproduce elvoto del Exmo. Sr. D. Pascual Ruiz Huidobro,

    aadiendo que el Sr.Sndico Procurador general tenga voto

    decisivo en los negocios.

    Por el Sr. D. Hipolito Vietes, se dijo: Que se conforma con el

    votoanterior del Sr. Dr. D. Feliciano Antonio Chiclana.

    Por el Sr. D. Jos Viamont, se dijo: Que se conforma

    igualmente conel voto del Sr. Dr. D. Feliciano Antonio

    Chiclana.

  • Por el Sr. D. Nicolas Pea, se dijo: Que se conforma con el

    votodel Sr. Dr. D. Feliciano Antonio Chiclana.

    Por el Sr. D. Juan Jos de Rocha, se dijo: Que se conforma con

    elvoto del Sr. Dr. D. Feliciano Antonio Chiclana.

    Por el Sr. D. Juan Antonio Pereira, se dijo: Que se

    conformaigualmente con el voto del Dr. D. Feliciano Antonio

    Chiclana.

    Por el Sr. D. Estevan Romero, se dijo: Que reproduce el voto

    delExmo. Sr. D. Pascual Ruiz Huidobro.

    Por el Sr. D. Juan de Almagro, Asesor general, se dijo: Que

    nohabindose recibido hasta ahora documento alguno nacional

    que nosasegure de la total prdida de Espaa, es de parecer que

    no noshallamos aun en el caso de causar novedad, alguna: pero

    que en elcaso de que la pluralidad determine que debe hacerse

    novedad finde asegurar la tranquilidad pblica y alejar todo

    motivo de receloy desconfianza, se asocien al Gobierno aquellas

    personas de mayorprobidad que tuviese por conveniente el

    Exmo. Cabildo.

    Por el Sr. Brigadier D. Francisco Ordua, se dijo: Que por no

    estarperdida la Espaa, y porque no se han convocado las

    demasprovincias, es de parecer que siga el Exmo. Sr. Virey en

    el mando,y que por lo demas no podia dar por ahora su voto.

    Por el Sr. D. Ramon Balcarce, se dijo: Que se conformaba en

    todocon el voto del Dr. D. Feliciano Antonio Chiclana.

    Por el Sr. D. Simon de Rejas, se dijo: Que es de parecer

    debeexistir la autoridad superior en el Exmo. Sr. Virey, y que en

    casode que pluralidad de votos deba cesar en el mando, se

  • establezcauna junta de vecinos para el gobierno, nombrada por

    el Exmo.Cabildo.

    Por el Sr. Comandante D. Cornelio Saavedra, se dijo:

    Queconsultando la salud del pueblo, y en atencion las

    actualescircunstancias, debe subrogarse el mando superior, que

    obtenia elExmo. Sr. Virey, en el Exmo. Cabildo de esta capital,

    interin seforma la corporacion junta que debe egercerlo; cuya

    formaciondebe ser en el modo y forma que se estime por el

    Exmo. Cabildo, yno quede duda de que el pueblo en el que

    confiere la autoridad mando.

    Por el Sr. Comandante D. Pedro Andres Garca, se dijo:

    Queconsiderando la suprema ley, la salud del pueblo, y

    habiendoadvertido, y aun tocado por si mismo, la efervescencia

    yacaloramiento de l con motivo de las ocurrencias de la

    metrpolipara que se varie el gobierno, que es lo que aspira,

    cree deabsoluta necesidad; el que as se realice, antes que

    tocardesgraciados estremos; como los que se persuade habria, si

    aun nose resolviese as en la disolucion de esta ilustre Junta.

    Lorepite, por los conocimientos que en los dias de antes de

    ayer,ayer y anoche ha tocado por s mismo, tranquilizando los

    nimos delos que con instancia en el pueblo as lo piden: en

    cuyo caso opinaque recaiga en el Exmo. Cabildo, por ahora y

    mientras se resuelvela manera forma de gobierno que haya de

    constituirse para laseguridad de estas provincias en favor de la

    soberana del Sr. D.Fernando VII. En cuyo respuesto, si puede,

    pide tambien que al Sr.Sndico Procurador se le habilite con

    voto decisivo en este Exmo.Cuerpo.

    Por el Sr. D. Francisco Antonio Ortiz de Ocampo, se dijo:

    Quereproduce el dictmen del Sr. D. Cornelio Saavedra en todas

  • suspartes, aadiendo que tenga voto decisivo el Sr. Sndico

    Procuradorgeneral.

    Por el Sr. D. Manuel de Andres de Pinedo y Arroyo, se dijo:

    Quereproduce el voto del Sr. D. Pedro Andres Garcia.

    Por el Sr. D. Manuel de Luzuriaga, se dijo: Que

    reproduciaigualmente el voto del Sr. D. Pedro Andres Garca.

    Por el Sr. D. Martin Jos de Ochoteco, se dijo: Que

    conociendo elgnio de los habitantes de las provincias

    interiores, y efecto deevitar la separacion de ellas de esta

    capital y otros desastreslastimosos, en su parecer siga el Exmo.

    Sr. Virey, acompaado delAlcalde de primer voto, y del Sr. Dr.

    D. Julian de Leiva.

    Por el Sr. D. Ulpiano Barreda, se dijo: Que se conforma con el

    votodel Sr. D. Cornelio de Saavedra en todas sus partes.

    Por el Sr. D. Juan Canaveria, se dijo: Que reproduce el voto

    delSr. Dr. D. Feliciano Antonio Chiclana.

    Por el Sr. D. Hilario Ramos, se dijo: Que se conforma con el

    votodel Sr. Comandante D. Cornelio Saavedra.

    Por el Sr. D. Justo Pastor Linch, se dijo: Que se conforma con

    elvoto del Sr. D. Manuel Jos de Reyes.

    Por el Sr. D. Manuel de Lavalle, se dijo: Que igualmente

    seconformaba con el voto del Sr. D. Manuel Jos de Reyes.

    Por el Sr. D. Miguel de Irigoyen, se dijo: Que se conforma con

    elvoto del Sr. D. Cornelio Saavedra, agregando que deba tener

    votodecisivo el Sr. Sndico Procurador.

  • Por el Sr. D. Vicente Capdevila, se dijo: Que se conforma con

    elvoto del Sr. D. Manuel Jos de Reyes.

    Por el Sr. D. Diego de Herrera, se dijo: Que reproduce el voto

    delSr. D. Cornelio Saavedra, con el aditamento de que tenga

    votodecisivo el Sr. Sndico Procurador.

    Por el Sr. Dr. D. Gregorio Tagle, se dijo: Que reproduce el

    votodel Sr. D. Cornelio Saavedra, con el aditamento de que

    tenga votodecisivo el caballero Sndico Procurador.

    Por el Sr. D. Agustin Pinedo, se dijo: Que se conforma con el

    votodel Sr. D. Cornelio Saavedra, con el mismo aditamento de

    que tengavoto decisivo el Sr. Sndico Procurador.

    Por el Sr. D. Mariano Larrazabal, se dijo: Que igualmente

    seconforma con el voto del Sr. D. Cornelio Saavedra, y

    queprecisamente tenga voto decisivo el Sr. Sndico Procurador.

    Por el Sr. D. Martin de Arandia, se dijo: Que reproduce el

    dictmendel Sr. D. Cornelio Saavedra, teniendo voto decisivo el

    Sr. SndicoProcurador.

    Por el Sr. D. Jos Ignacio de la Quintana, se dijo: Que

    interesadoen el mejor servicio de Dios, del Rey, y del honor y

    tranquilidaddel pas, reproduce el voto del Sr. D. Martin Jos de

    Ochoteco.

    Por el Sr. D. Rodrigo Rbago, se dijo: Que reproduce, en todas

    suspartes el voto del Sr. D. Pedro Andres Garca.

    Por el Sr. Fiscal de lo Civil, D. Manuel Genaro Villota, se

    dijo:Que se conforma con el voto del Sr. D. Manuel Jos de

    Reyes.

  • Por el Sr. Dr. D. Domingo Belgrano, se dijo: Que se conforma

    con elvoto del Sr. D. Cornelio Saavedra, debiendo tener voto

    decisivo elSr. Sindico Procurador, y precisamente, para

    establecer Junta lamayor brevedad.

    Por el Sr. Dr. D. Andres Florencio Ramirez, se dijo: Que

    reproduceel voto que acaba de leerse.

    Por el Sr. Dr. D. Melchor Fernandez, se dijo: Que cree que

    estepueblo se halla en estado de disponer libremente de la

    autoridad;que por defecto caducidad de la Junta Central,

    quien habiajurado obediencia, ha recaido en l en la parte que le

    corresponde;y que en caso de subrogarse, sea en el Exmo.

    Ayuntamiento, mientrasse establece el modo y forma de

    gobierno.

    Por el Sr. D. Francisco Tomas de Anztegui, se dijo: Que

    seconforma con el voto del Sr. D. Manuel Jos de Reyes.

    Por el Sr. D. Francisco de la Pea Fernandez, se dijo: Que

    mientrasno tengamos noticias mas ciertas de nuestra suerte en

    Espaa, nadase innove; y en absolucion de la segunda parte de

    la pregunta, seconforma con el voto del Sr. D. Manuel Jos de

    Reyes.

    Por el Sr. D. Antonio Villamil, se dijo: Que debe continuar

    elExmo. Sr. Virey con todo el lleno de facultades que le

    conceden lasleyes; y en cuanto la segunda parte de la

    pregunta, se conformacon el voto del Sr. D. Manuel Jos de

    Reyes.

    Por el Sr. D. Manuel de Velasco, se dijo: Que se conformaba

    con elvoto del Sr. D. Manuel Jos de Reyes.

  • Por el Sr. Dr. D. Agustin Fabre, se dijo: Que se conformaba

    con elvoto del Sr. D. Pedro Andres Garca.

    Por el Sr. D. Joaquin Belgrano, se dijo: Que se conformaba

    con elvoto del Sr. D. Pedro Andres Garca, debiendo tenerlo

    decisivo elcaballero Sndico Procurador general.

    Por el Sr. D. Julian del Molino Torres, se dijo: Que se

    conformabacon el voto del Sr. D. Manuel Jos de Reyes.

    Por el Sr. D. Mariano Garca Echaburu, se dijo: Que reproduce

    elvoto dado por el Sr. D. Cornelio Saavedra, y lo que ministra el

    queha producido el Sr. D. Pedro Andres Garca.

    Por el Sr. D. Ildefonso Ramos, se dijo: Que se conformaba con

    elvoto del Sr. D. Cornelio Saavedra, con la precisa calidad de

    que elcaballero Sndico Procurador general deba tener voto con

    los demasSeores Vocales.

    Por el Sr. D. Francisco Xavier Pizarro, se dijo: Que se

    conformabaen todo con el voto del Sr. D. Manuel Jos de

    Reyes.

    Por el Sr. D. Jos Mara Cabrer, se dijo: Que se conformaba

    con elvoto del Sr. D. Manuel Jos de Reyes.

    Por el Reverendo Padre Provincial de San Francisco, Fray

    RamonAlvarez, se dijo: Que debe continuar en el egercicio de

    suautoridad; pero que en caso de que pluralidad de votos

    resultehaber cesado en su autoridad, es de sentir que recaiga en

    el Exmo.Ayuntamiento.

    Por el Reverendo Padre Guardian de la Observancia, Fray

    PedroCortinas, se dijo: Que se conformaba en todo con el

    parecer del Sr.Oidor, D. Manuel Jos de Reyes.

  • Por el Reverendo Padre Guardian de la Santa Recoleccion,

    Fray PedroSantibaes, se dijo: Que en todo se conformaba con

    el parecer delSr. D. Manuel Jos de Reyes.

    Por el Reverendo Padre Provincial de la Merced, Dr. Fray

    ManuelTorres, se dijo: Que se conformaba en todo con la

    votacion del Sr.Comandante D. Cornelio Saavedra.

    Por el Reverendo Padre Prior de Santo Domingo, Fray

    ManuelAlvario, se dijo: Que se conformaba en todo con el

    voto del Sr. D.Cornelio Saavedra.

    Por el Reverendo Padre Comendador de la Merced, Fray Juan

    ManuelAparicio, se dijo: Que se conformaba en todo con el

    voto del Sr. D.Cornelio Saavedra, reproduciendolo en todas sus

    partes.

    Por el Reverendo Padre Prefecto de Bethelemitas, Fray Jos

    Vicentede San Nicolas, se dijo: Que se conformaba en todo con

    el voto delSr. D. Manuel Jos de Reyes.

    Por el Reverendo Padre Maestro, Fray Jos Ignacio Grela, se

    dijo:Que ha fenecido la autoridad del Exmo. Sr. Virey: que esta

    deberecaer en el Exmo. Cabildo, hasta tanto que, reunido el

    pueblo pormedio de los Representantes que el mismo elija,

    designe los sugetosque deben componer la Junta Gubernativa

    hasta la reunion de lasprovincias interiores.

    Por el S. Dr. D. Luis Jos de Chorroaria, se dijo: Que

    bienconsideradas las actuales circunstancias, juzga conveniente

    alservicio de Dios, del Rey y de la Patria, se subrogue

    otraautoridad la del Exmo. Sr. Virey; debiendo recaer el

    mando en elExmo. Cabildo, en el interin se dispone la ereccion

  • de una Junta deGobierno y que entretanto tenga voto decisivo el

    caballero SndicoProcurador general.

    Por el Sr. Dr. D. Francisco Planes, se dijo: Que es de parecer,

    queen atencion los justos temores del pueblo, acerca de la

    totalperdida de la pennsula, D. Baltazar Hidalgo de Cisneros

    subrogueel mando poltico en el Exmo. Cabildo, y el militar en

    el Sr. D.Cornelio Saavedra, por convenir que la fuerza armada

    se halle solobajo una cabeza; y que hecha la abdicacion por el

    Exmo. Sr. D.Baltazar Hidalgo de Cisneros, se le deba este

    tomar residenciaacerca de los procedimientos de la Paz.

    Por el Sr. Dr. D. Antonio Saenz, se dijo: Que ha llegado el

    caso dereasumir el pueblo su originaria autoridad y derechos; y

    mientrasque los afianza en una junta sbia y estable, deben

    subrogarse enel Exmo. Cabildo, con voto en su lugar al

    caballero SndicoProcurador general.

    Por el Sr. Dr. D. Juan Damaso Fonseca, Cura rector de

    laConcepcion, se dijo: Que se conformaba con el voto del Sr.

    D.Cornelio Saavedra.

    Por el Sr. Dr. D. Jos Leon Planchon, se dijo: Que

    habiendocaducado la autoridad suprema, era su parecer recayese

    esta en elExmo. Cabildo, teniendo voto decisivo el caballero

    SndicoProcurador general.

    Por el Sr. Dr. D. Juan Nepomuceno de Sola, se dijo: Que en

    atencion las crticas circunstancias del dia, es de sentir que

    debesubrogarse el mando en el Exmo. Cabildo, con voto

    decisivo elcaballero Sndico Procurador general: debiendose

    entender estoprovisionalmente, hasta la ereccion de una Junta

    gubernativa cualcorresponde, con llamamiento de todos los

    diputados del Vireinato.

  • Por el Sr. Dr. D. Ramon Vietes, se dijo: Que ha fenecido

    laautoridad de la Suprema Junta Central, y por consiguiente la

    delExmo. Sr. Virey: que esta autoridad recaiga interinamente en

    elExmo. Ayuntamiento, teniendo voto decisivo el caballero

    SndicoProcurador general, hasta que esplorada por cuarteles la

    voluntaddel pueblo, se elijan los miembros que hayan de

    constituir unaJunta provisional.

    Por el Sr. Dr. D. Juan Leon Ferragut, se dijo: Que en atencion

    las noticias funestas que hemos tenido de Europa, y haber,

    porconsiguiente, fenecido la Suprema Junta Central, en quien

    residiala autoridad suprema, cuya dominacion habiamos jurado,

    juzga debereasumirse el derecho de nombrar superior en los

    individuos de estaciudad; y por consiguiente el Exmo. Cabildo

    que la representa,deber gobernar interinariamente, hasta que

    disponga, con el pulsoy prudencia que le es caracterstica,

    determinar el modo degobierno que sea mas conveniente para la

    seguridad de toda laAmrica.

    Por el Sr. Dr. D. Pantaleon de Rivarola, se dijo: Que respecto

    noestar instruido en los datos suficientes para votar en materia

    tanrdua, obedece y obedecer, como siempre lo ha practicado,

    quienrepresentre la autoridad de nuestro legitimo Soberano,

    el Sr. D.Fernando VII.

    Por el Sr. Dr. D. Manuel Alberti, se dijo: Que se conforma en

    todocon el voto del Sr. Dr. D. Juan Nepomuceno de Sola.

    Por el Sr. Dr. D. Nicolas Calvo, Cura rector de la Concepcion,

    sedijo: Que para la decision de las gravsimas dudas, si ha

    caducadola autoridad en la Suprema Junta Central, en la

    Regenciaposteriormente nombrada, en el actual Virey y en las

    demasautoridades, juzga que, para no esponerse una guerra

  • civil, sedebe oir los demas pueblos del distrito, y que por lo

    tonto nosdebemos conservar en el actual estado hasta, la reunion

    de losDiputados de los pueblos interiores con el de la capital.

    Por el Sr. Dr. D. Bernardo de la Colina, se dijo: Que por

    unprincipio de equidad, y atendiendo la unidad y

    precisasrelaciones de esta capital con los demas pueblos

    interiores, y los disturbios que se originan de la mudanza de

    gobierno, debepermanecer el actual; con la condicion que, para

    satisfaccioncompleta de este vecindario, se asocien al Exmo. Sr.

    Virey cuatroindividuos, uno del estado eclesistico, otro del

    militar, otroprofesor del derecho y el ltimo del comercio,

    elegidos por elExmo. Cabildo, hasta que se reunan los votos de

    las demasprovincias: y en caso da pluralidad de votos para la

    deposicion delSr. Virey, recaiga la eleccion de sugeto que lo

    releve, en el Exmo.Cabildo.

    Por el Sr. Dr. D. Pascual Silva Braga, se dijo: Que en todas

    suspartes reproduce el dictmen del Sr. D. Cornelio Saavedra.

    Por el Sr. Dr. D. Cosme Argerich, se dijo: Que habiendo

    caducado lasuprema Autoridad, debe esta reasumirse en el

    pueblo, y porconsiguiente interinamente en el Exmo. Cabildo,

    hasta que con lamayor brevedad disponga las incorporaciones

    del vecindario, que pormedio de sus diputados deben formar la

    Junta general del vireynato,hasta que las provincias decidan el

    sistema de gobierno que se debaadoptar.

    Por el Sr. Licenciado D. Justo Garcia y Valdez, se dijo: Que

    paraevitar los males que ya amenaza la duda suscitada, si ya

    hacaducado no el gobierno supremo de la metrpoli, conviene

    querecaiga el mando en el Exmo. Cabildo interinamente, hasta

  • que seorganice el gobierno que deber regirnos, teniendo

    siempre votodecisivo el Sr. Sndico Procurador general.

    Por el Sr. D. Marcelino Callejas, se dijo: Que se conformaba

    entodo con el voto del Sr. D. Manuel Jos de Reyes.

    Por el Sr. D. Miguel Gernimo Garmendia, se dijo: Que se

    conformabaen todas sus partes con el voto del Sr. D. Cornelio

    Saavedra.

    Por el Sr. D. Jos Superi, se dijo: Que se conformaba en todo

    conel voto del Exmo. Sr. D. Pascual Ruiz Huidobro.

    Por el Sr. D. Felipe Castilla, se dijo: Que se conformaba en

    todocon el voto del Sr. Dr. D. Luis Jos Chorroarin.

    Por el Sr. D. Antonio Ruiz, se dijo: Que se conformaba en

    todo conel voto del Sr. D. Cornelio Saavedra.

    Por el Sr. D. Jos Botello, se dijo: Que se conformaba en todo

    conel voto del Sr. D. Cornelio Saavedra.

    Por el Sr. D. Fermin de Tocornal, se dijo: Que se conformaba

    con elmismo dictamen del Sr. D. Cornelio Saavedra, y voto

    decisivo en elcaballero Sndico Procurador general.

    Por el Sr. D. Francisco Mancilla, se dijo: Que igualmente

    seconformaba en todas sus partes con el voto del Sr. D.

    CornelioSaavedra.

    Por el Sr. D. Francisco Prieto de Quevedo, se dijo: Que interin

    notengamos noticias mas ciertas de nuestra Espaa, que no se

    hagainnovacion alguna, y en cuanto la segunda parte de la

    pregunta,se conforma con el voto del Sr. D. Manuel Jos de

    Reyes.

  • Por el Sr. D. Alonso de Quesada, se dijo: Que se conformaba

    en todocon el voto del Sr. D. Cornelio Saavedra.

    Por el Sr. D. Flix Casamayor, se dijo: Que no contempla

    necesariala subrogacion del mando, pero que para conciliar los

    intereses delpueblo con los de la buena y sana administracion de

    justicia,bastar se den por adjuntos al Exmo. Sr. Virey los

    Seores Alcaldede primer voto y Sndico Procurador de esta

    Exma. Ciudad; quienesconvocarn las capitales y ciudades

    sufragneas del vireinato,para que en consorcio y reunion de sus

    votos, se establezca elmtodo de gobierno sucesivo.

    Por el Sr. D. Vicente Carvallo, se dijo: Que se conforma en

    todocon el voto del Sr. D. Cornelio de Saavedra; entendindose

    debatener voto decisivo el caballero Sndico Procurador general.

    Por el Sr. D. Jos Martinez de Hoz, se dijo: Que no

    encuentrabastantes datos para considerar necesaria la remocion

    del Exmo. Sr.Virey; pero que para evitar todo recelo, gobierne

    con asociacionde dos individuos que tenga bien nombrar el

    Exmo. Cabildo.

    Por el Sr. D. Jos Barreda, se dijo: Que aun no encuentra

    mritopara tratarse de hacer alteracion sobre este actual

    gobierno; peroque si obligase ella la pluralidad de votos, se

    verifique pormedio de dos mas adjuntos que el Exmo. Cabildo

    tenga biennombrar al actual Virey; sin perder de vista los

    inconvenientes dela falta de prvio acuerdo con los gobiernos

    interiores.

    Por el Sr. D. Martin Tompson, se dijo: Que se conforma en

    todo conel voto del Sr. D. Cornelio Saavedra, debiendo tener

    voto elcaballero Sndico Procurador general.

  • Por al Sr. D. Jos Gregorio Belgrano, se dijo: Que igualmente

    seconforma en todo con el voto del Sr. D. Cornelio Saavedra, y

    quetenga voto decisivo el caballero Sndico Procurador general.

    Por el Sr. D. Saturnino Sarasa, se dijo: Que se conforma

    igualmentecon el voto del Sr. D. Cornelio Saavedra, y que el

    caballeroSndico Procurador general tenga voto decisivo.

    Por el Sr. D. Fernando Diaz, se dijo: Que reproducia el voto

    delSr. D. Cornelio Saavedra en todas sus partes.

    Por el Sr. Dr. Estevan Hernandez, se dijo: Que en todas sus

    partesreproducia el voto del Sr. D. Cornelio Saavedra, y que el

    Sr.Sndico Procurador general tenga voto decisivo.

    Por el Sr. D. Jos Maria Morell, se dijo: Que se conforma con

    elvoto del Sr. D. Manuel Jos de Reyes.

    Por el Sr. D. Juan Bautista Elorriaga, se dijo: Que mediante

    nohaber datos bastantes por ahora, exista en el mando el Exmo.

    Sr.Virey; y que en el caso de que la pluralidad de votos decida

    por suno existencia en el mando, recaiga este en el Exmo.

    Ayuntamiento.

    Por el Sr. D. Jos Pastor Lezica, se dijo: Que se conforma en

    todocon el voto del Sr. Dr. D. Juan Nepomuceno de Sola.

    Por el Sr. D. Juan Bautista Castro, se dijo: Que se conforma

    con elvoto del Sr. D. Luis Jos Chorroarin.

    Por el Sr. D. Hermenegildo Aguirre, se dijo: Que con concepto

    haber caducado la soberania en la Suprema Junta Central, es

    sudictmen se subrogue provisionalmente el gobierno general

    del Exmo.Sr. Virey al Exmo. Cabildo, prvias las circunstancias

    de acompaar este Exmo. Ayuntamiento, en calidad de

  • consejeros por lo quepertenece lo poltico del gobierno, el Dr.

    D. Julian de Leiva, elSr. D. Juan Jos Casteli, el Dr. D. Juan

    Jos Passo, el Dr. D.Mariano Moreno; y en lo militar D.

    Cornelio de Saavedra: todo estoprovisionalmente, hasta la

    formacion del nuevo gobierno.

    Por el Sr. D. Jos Francisco Vidal, se dijo: Que reproduce en

    todassus partes el voto del Sr. Dr. D. Luis Jos Chorroarin.

    Por el Sr. D. Agustin Pio de Elia, se dijo: Que atentas las

    razonesque han espuesto los Seores D. Cornelio Saavedra y D.

    Pedro AndresGarca, reproduce el voto del primero,

    concurriendo el Sr. Sndicocon voto activo.

    Por el Sr. D. Miguel Escuti, se dijo: Que no halla mrito

    parainnovar; pero que en el caso de que pluralidad de votos

    debahacerse, que entonces gobierne el Exmo. Sr. Virey,

    asociado con losSeores Regente de esta Real Audiencia y

    Sndico Procuradorgeneral.

    Por el Sr. D. Pedro Francisco de Arteaga, se dijo: Que no

    hallamrito para innovar el mando en el Exmo. Seor Virey; y

    que en casode no tener la pluralidad de votos para el privativo

    mando, sigaasociado con el Sr. Regente de la Real Audiencia, y

    el cabelleroSndico Procurador de ciudad; opinando igualmente

    que de tratarsede alguna innovacion substancial, se acuerde

    previamente con lasprovincias interiores.

    Por el Sr. D. Jos Maria de las Carreras, se dijo: Que

    reproduce elanterior voto del Sr. D. Pedro de Arteaga, con solo

    el aditamentode que en su caso deba ser tambien adjunto el Sr.

    D. Cornelio deSaavedra.

  • Por el Sr. D. Francisco Antonio de Letamendi: Que en todo

    seconforma con el voto del Sr. Dr. D. Juan Nepomuceno de

    Sola.

    Por el Sr. D. Domingo Lopez: Que reproduce el voto del Sr.

    Dr. D.Juan Nepomuceno de Sola.

    Por el Sr. D. Angel Sanchez Picado, se dijo: Que reproduce en

    todassus partes lo espuesto por el Sr. D. Francisco de la

    PeaFernandez.

    Por el Sr. D. Basilio Torrecillas se dijo: Que sus sentimientos

    soniguales los de los Seores Doctores D. Juan Nepomuceno

    de Sola yD. Manuel Alberti.

    Por el Sr. D. Miguel Saenz, se dijo: Que reproduce en todo el

    votodel Sr. D. Cornelio Saavedra, con la adicion de que tenga

    votodecisivo el caballero Sndico Procurador general.

    Por el Sr. D. Manuel Belgrano, se dijo: Que reproduce el voto

    delSr. D. Cornelio Saavedra, y que el caballero Sndico

    Procuradorgeneral tenga voto decisivo.

    Por el Sr. Dr. D. Juan Jos Castelli, se dijo: Que se conforma

    conel voto del Sr. D. Cornelio Saavedra, con calidad de tener

    votodecisivo, durante el gobierno en el Exmo. Cabildo, el Sr.

    Sndico,y que la eleccion de los vocales de la corporacion se

    haga por elpueblo, junto en cabildo general sin demora.

    Por el Sr. D. Matias de Irgoyen, se dijo: Que reproduce en

    todassus partes el voto del Sr. Dr. D. Juan Jos Castelli.

    Por el Sr. D. Ignacio de Rezabal, se dijo: Que entretanto no

    setenga noticia positiva de haber espirado en la pennsula

    laautoridad suprema legtima de la nacion, no se innove el

  • sistema degobierno: que siga en el mando el Exmo. Sr. Virey,

    asociado por losSeores Alcalde de primer voto y Sndico

    Procurador general deciudad; con advertencia, que por ningun

    acontecimiento se altere enesta ciudad el sistema poltico sin

    prvio acuerdo de los pueblosdel distrito del vireinato, por

    depender su existencia poltica desu unidad con ellos.

    Por el Sr. Prior del Real Consulado, D. Antonio Piran, se dijo:

    Quese conformaba con el voto del Sr. D. Manuel Jos de Reyes.

    Por el Sr. D. Jos Hernandez, se dijo: Que igualmente se

    conformaen todas sus partes con el voto del Sr. D. Manuel Jos

    de Reyes.

    Por el Sr. Contador Mayor, D. Ramon de Orom, se dijo: Que

    no secree con autoridad alguna para influir con su voto en

    alterar lasautoridades constituidas; y en el presente caso no le

    queda mas quedesear que no se haga innovacion alguna en ellas.

    Por el Sr. D. Pedro Balio, se dijo: Que ignora el supuesto de

    sila Espaa existe no, igualmente ignora si se debe

    norevalidar la autoridad del Exmo. Sr. Virey; pero en caso que

    justosmotivos para ello hagan necesaria su separacion del

    mando, se hagacargo de l el Exmo. Cabildo.

    Por el Sr. Dr. D. Francisco Segu, se dijo: Que siendo un

    principiolegal que es mejor ocurrir en tiempo, que no, despues

    de recibir laherida, buscar remedio, debemos aplicarle al

    presente caso en quenos amenazan peligros bastantes

    inminentes, atendida la notoriaconmocion popular por el

    conocimiento de haber llegado el caso dereasumir sus derechos

    primitivos: en cuya virtud, para evitarlos,juzga de forzosa

    necesidad quede depositada la autoridadinterinamente en el

    Exmo. Cabildo, hasta tanto que se esplore lavoluntad general de

  • los demas pueblos por el medio mas fcil queadopte el mismo

    Exmo. Cabildo; debiendo tener voto activo elcaballero Sndico

    Procurador general, y decisivo en caso dediscordia.

    Por el Sr. D. Felipe Cardoso, se dijo: Que reproduce en todas

    suspartes el voto dado por el Sr. Catedrtico, Dr. Planes, con

    laprvia circunstancia de tener voto activo y decisivo el

    caballeroSndico Procurador general.

    Por el Sr. D. Juan Ramon de Urien: Que se conforma con el

    voto delSr. D. Cornelio Saavedra, debiendo tenerlo decisivo el

    caballeroSndico Procurador general.

    Por el Sr. D. Tomas Jos de Boyzo, se dijo: Que se conforma

    en todocon el voto del Sr. D. Cornelio Saavedra.

    Por el Sr. D. Juan Antonio Zelaya, se dijo: Que se conforma

    con elvoto dado por el Sr. D. Manuel Jos de Reyes.

    Por el Sr. D. Nicolas de Bedia, se dijo: Que reproduce el voto

    delSr. D. Vicente Carvallo.

    Por el Sr. D. Norberto de Quirno y Echanda, se dijo: Que

    reproduceel voto del Sr. D. Manuel Jos de Reyes.

    Por el Sr. D. Agustin de Orta y Azamor, se dijo: Que

    reproduce elvoto del Sr. D. Manuel Jos de Reyes.

    Por el Sr. D. Pedro Duran, se dijo: Que reproduce el voto del

    Sr.D. Manuel Jos de Reyes.

    Por el Sr. D. Agustin Lizaur, se dijo: Que se conforma con el

    votodel Sr. D. Pedro Andres Garca.

    Por el Sr. D. Jos Antonio de Echenagusia, se dijo: Que

    seconformaba con el dictmen del Sr. D. Pedro Andres Garca.

  • Por el Sr. D. Jos Soliveres, se dijo: Que reproduce lo

    espuestopor el Sr. D. Pedro Andres Garca.

    Por el Sr. Comandante D. Martin Rodriguez, se dijo: Que en

    laimposibilidad de conciliar la permanencia de la autoridad

    delgobierno con la opinion pblica, reproducia en todas sus

    partes eldictmen del Sr. D. Cornelio Saavedra, y el de que el

    Sr. Sndicotenga voto activo y decisivo en su caso, es decir,

    activo, cuandono haya discordia, y decisivo cuando la haya.

    Por el Sr. Dr. D. Simon de Cosio, se dijo: Que se conformaba

    entodas sus partes con el antecedente dictmen del Sr. D.

    MartinRodriguez.

    Por el Sr. Dr. D. Jos Darregueira, se dijo: Que

    igualmentereproduca el parecer del Sr. D. Martin Rodriguez.

    Por el Sr. Dr. D. Jos de Seide, igualmente se reprodujo en

    todassus partes el antecedente dictmen del Sr. D. Martin

    Rodriguez.

    Por el Sr. Dr. D. Vicente Anastasio de Echevarria, se dijo:

    Queigualmente se conformaba en todo con el parecer del Sr. D.

    MartinRodriguez.

    Por el Sr. Dr. D. Bernardino Rivadavia, se dijo: Que

    reproduciatambien el parecer del Sr. D. Martin Rodriguez.

    Por el Sr. Dr. D. Mariano Irigoyen, se dijo: Que

    igualmentereproducia el parecer del Sr. D. Martin Rodriguez.

    Por el Sr. D. Francisco del Paseo, se dijo: Que igualmente

    seconformaba con el parecer del Sr. D. Martin Rodriguez.

    Por el Sr. Dr. D. Mariano Moreno, se dijo: Que reproducia en

    todassus partes el dictmen del Sr. D. Martin Rodriguez.

  • Por el Sr. D. Gernimo de Lasala, se dijo: Que tambien

    reproduciaen todo el voto del Sr. D. Martin Rodriguez.

    Por el Sr. D. Bernardo Nogu, se dijo: Que se conformaba

    igualmentecon el voto del Sr. D. Martin Rodriguez.

    Por el Sr. D. Juan Ramos, se reprodujo igualmente el voto del

    Sr.D. Martin Rodriguez.

    Por el Sr. Dr. D. Juan Jos Passo, se dijo: Que se conformaba

    conel voto del Sr. Dr. D. Luis Chorroarin.

    Por el Sr. D. Francisco Antonio Escalada, se dijo: Que

    seconformaba en todas sus partes con el voto del Sr.

    Comandante D.Martin Rodriguez.

    Por el Sr. D. Tomas Antonio Lexica, se dijo: Que reproducia

    el votodel Sr. D. Cornelio Saavedra, teniendo voto decisivo el

    caballeroSndico Procurador general.

    Por el Sr. D. Francisco Antonio Herrero, se dijo: Que se

    conformabaen todo con el voto del Sr. D. Manuel de Reyes.

    Por el Sr. D. Francisco de Neira y Arellano, se dijo:

    Queigualmente se conformaba en todo con el voto del Sr. D.

    Manuel deReyes.

    Por el Sr. D, Francisco Antonio de Belustegui, se dijo:

    Quereproducia en un todo el voto del Sr. Oidor D. Manuel de

    Reyes,aadiendo que se les oiga los vecinos citados y no

    concurridos.

    Por el Sr. D. Pablo Villarino, se dijo: Que se conformaba en

    todassus partes con el anterior voto del Sr. D. Francisco

    Belaustegui.

  • Por el Sr. D. Juan Ignacio Escurra, se dijo: Que se conformaba

    conel voto del Sr. D. Manuel de Reyes, y adicion hecha este

    por elSr. D. Diego de la Vega.

    Por el Sr. D. Olaguer Reinals, se dijo: Que se conformaba con

    eldictmen del Sr. Manuel de Reyes en el modo espuesto por los

    tresprecedentes Seores.

    Por el Sr. D. Domingo Antonio Achaval, se dijo lo mismo.

    Por el Sr. Dr. D. Bonifacio Zapiola, se dijo lo mismo.

    Por el Sr. D. Lorenzo Machado, se dijo: Que se conformaba en

    todocon el voto del Sr. D. Cornelio Saavedra, y que lo tenga

    decisivoel Sr. Sndico Procurador.

    Por el Sr. D. Pedro Antonio Cervio, se dijo: Que atendiendo

    lasituacion en que se hallaba la Espaa, y las circunstancias

    quenos rodean por los peligros que nos amenazan, era de

    parecer que, imitacion de la Metrpoli, se forme una Junta de

    gobierno devecinos buenos y honrados, la eleccion del Exmo.

    Cabildo, que nombre del Rey Nuestro Seor D. Fernando VII,

    atienda lagobernacion y defensa de estos dominios, cuyo

    Presidente puede serel Exmo. Sr. Virey, convocando las

    ciudades interiores para queenvien sus vocales.

    Por el Sr. D. Jos Martin de Zuloeta, se dijo: Que interin no

    sesepa la prdida de Espaa, y no haber dado motivo esta

    autoridad,debe subsistir la misma; y en caso de querer variar, se

    trate dellamar Diputados de las Provincias del vireinato para su

    seguridad;y ademas que concurran votar mas de doscientos

    vecinos de primerrden que faltan.

    Por el Sr. D. Jos Antonio Capdevila, se dijo: Que se

    conformabacon el voto del Sr. Dr. D. Luis Chorroarin.

  • Por el Sr. D. Juan de la Elguera, se dijo: Que se conformaba

    entodas sus partes con el voto del Sr. Oidor D. Manuel de

    Reyes.

    Por el Sr. D. Andres de Lezica, se dijo: Que se conformaba en

    todocon el parecer del Sr. D. Pascual Ruiz Huidobro, teniendo

    el Sr.Sndico Procurador voto decisivo en todo.

    Por el Sr. D. Floro de Zamudio, se dijo: Que se conformaba en

    todocon el voto del Sr. D. Cornelio Saavedra, debiendo tenerlo

    decisivoel Sr. Sndico Procurador.

    Por el Sr. D. Manuel Antonio Barquin, se dijo: Que, como

    vecino deBuenos Aires, su Exmo. Cabildo se someti la

    suprema autoridad,en cuyo caso votaba favor del Sr. Virey el

    Exmo. Sr. D. BaltazarHidalgo de Cisneros.

    Por el Sr. D. Domingo French, se dijo: Que reproducia en

    todas suspartes el voto del Sr. D. Cornelio Saavedra, y que lo

    tenga activoy decisivo en sus casos el Sr. Sndico Procurador.

    Por el Sr. D. Vicente Dupu, se reprodujo el voto del Sr.

    D.Domingo French.

    Por el Sr. D. Mariano Orma, se dijo: Que igualmente

    reproducia elvoto del Sr. D. Domingo French.

    Por el Sr. D. Buenaventura de Arzac, se dijo: Que

    reproduciatambien el voto del Sr. D. Domingo French.

    Por el Sr. D. Juan Florencio Terrada, se dijo: Que se

    conformabacon el voto del Sr. D. Cornelio Saavedra, debiendo

    tenerlo activo ydecisivo el Sr. Sndico Procurador general.

    Por el Sr. D. Manuel Martinez y Garca, se dijo: Que

    reproduca eldictmen del Sr. D. Juan Florencio Terrada.

  • Por el Sr. D. Domingo Mateu, se dijo: Que igualmente se

    conformabacon el voto del Sr. D. Juan Florencio Terrada.

    Por el Sr. D. Juan Bautista Bustus, se dijo: Que

    igualmentereproducia el voto del Sr. D. Juan Florencio Terrada.

    Por el Sr. D. Jos Leon Dominguez, se dijo: Que tambien

    seconformaba con el parecer del Sr. D. Juan Florencio Terrada.

    Por el Sr. D. Pedro Capdevila, se dijo: Que su dictmen era

    elmismo del Sr. D. Juan Florencio Terrada.

    Por el Sr. D. Felipe Arana, se dijo: Que reproducia el dictmen

    delSr. D. Juan Florencio Terrada.

    Por el Sr. Dr. D. Joaquin Campana, se dijo: Que tambien

    seconformaba con al voto del Sr. D. Juan Florencio Terrada.

    Por el Sr. D. Pedro Valerio Albano, se dijo: Que se

    conformaba entodas sus partes con el voto del Sr. D. Cornelio

    Saavedra.

    Por el Sr. D. Juan Fernandez Molina, se dijo: Que reproducia

    elvoto del Sr. D. Martin de Ochoteco.

    Por el Sr. D. Pedro Martinez Fernandez, se dijo: Que

    reproduca elvoto del Sr. Dr. D. Bernardo de la Colina.

    Por el Sr. D. Francisco Xavier Macera, se dijo: Que se

    conformabacon el voto del Sr. D. Cornelio Saavedra, teniendolo

    activo ydecisivo el Sr. Sndico Procurador.

    Por el Sr. D. Manuel Ruiz Obregon, se dijo: Que reproducia en

    todassus partes el dictmen del Sr. D. Cornelio Saavedra,

    teniendo votoactivo y decisivo el Sr. Sndico Procurador.

  • Por el Sr. D. Manuel Obligado, se dijo: Que en las

    circunstanciasde no poderse combinar la permanencia del

    Superior Gobierno en elExmo. Sr. Virey, con el concepto

    deducido por el pueblo, y bajo elsupuesto de haber caducado el

    de la Suprema Junta Central, debesubrogarse en el Exmo.

    Cabildo; entre tanto, de acuerdo porconvocatoria con las

    Provincias del vireinato, se establece elmtodo conveniente

    informar el gobierno, y conservacion de todaslas Amricas

    favor de la potestad en que deba recaer: con calidadde

    otorgarsele al Sr. Sndico Dr. D. Julian Leiva, voto activo

    entodas las materias, y decisivo en igualdad.

    Por el Sr. D. Vicente Lopez: se dijo: Que reproducia en todas

    suspartes el voto del Sr. D. Cornelio Saavedra, teniendolo activo

    ydecisivo en sus casos el Sr. Sndico Procurador.

    Por el Sr. D. Mariano Conde, se dijo: Que reproducia el

    anteriorvoto del Sr. D. Vicente Lopez.

    Por el Sr. D. Ambrosio Pinedo, se dijo: Que reproducia el voto

    delSr. D. Manuel Belgrano en todas sus partes.

    Por el Sr. D. Manuel Pinto, se dijo: Que igualmente reproducia

    entodo el dictmen del Sr. D. Manuel Belgrano.

    Por el Sr. D Antonio Lus Beruti, se dijo: Que tambien

    reproduciaen todas sus partes el parecer del Sr. D. Manuel

    Belgrano.

    Por el Sr. D. Agustin Jos Donado, se dijo: Que asimismo

    reproduciael voto del Sr. D. Manuel Belgrano.

    Por el Sr. Dr. D. Matias Patron, se dijo: Que reproducia en un

    todoel voto del Sr. Dr. D. Juan Nepomuceno de Sola.

  • Por el Sr. D. Henrique Ballesteros, se dijo: Que se conformaba

    entodo con el voto del Sr. D. Cornelio Saavedra, tenindolo

    decisivoel Sr. Sndico Procurador.

    Por el Sr. D. Antonio Ramirez, se dijo: Que igualmente

    seconformaba con el voto del Sr. D. Cornelio Saavedra, y que lo

    tengadecisivo el Sr. Sndico Procurador.

    Por el Sr. D.