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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA (MADRID) BORRADOR DEL ACTA CORRESPONDIENTE A LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA EL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DE 2011. En Majadahonda, siendo las diez horas y veinticinco minutos del día veintiocho de septiembre de dos mil once, se reunió el Pleno del Ayuntamiento en el Salón de Actos de la Casa Consistorial, habiendo asistido los señores que seguidamente se detallan, con el fin de celebrar sesión para la que habían sido previamente convocados. ALCALDE: D. NARCISO DE FOXÁ ALFARO CONCEJALES: Por el Grupo Municipal Popular: D. JOSÉ ANTONIO CARNEVALI RAMÍREZ Dª M. CARMEN MENÉNDEZ RODRÍGUEZ D. JUAN CARLOS PÉREZ GONZÁLEZ Dª M. VICTORIA CRISTÓBAL ARAUJO D. JAVIER CABALLERO LÓPEZ D. PABLO GARCÍA GONZÁLEZ D. JOSÉ ALBERTO SAN JUAN LLORENTE Dª LAURA NISTAL MARCOS Dª M. CRISTINA DURÁN URIBARRI Dª VERÓNICA MARÍA LIPPERHEIDE GUZMÁN Dª M. JOSÉ MONTÓN ROSAENZ Dª MARÍA FERNÁNDEZ DOBAO D. JUAN CARLOS DÍAZ RODRÍGUEZ Por el Grupo Municipal Socialista: D. BORJA LUIS CABEZÓN ROYO D. ZACARÍAS MARTÍNEZ MAILLO Dª MARÍA DEL SOCORRO MONTES DE OCA VERNAZA D. LUIS GREGORIO VENTURA SÁNCHEZ Por el Grupo Municipal UPYD: Dª CARMEN MADRIGAL TORREJÓN D. JAVIER GIL CACHO Dª M. LOURDES FERNÁNDEZ ALONSO Por el Grupo Municipal Izquierda Unida: D. JUAN SANTANA URIARTE Dª SARA GARCÍA GALLO Por el Grupo Municipal Centrista: Dª MERCEDES PEDREIRA DE VIVERO D. IGNACIO JOSÉ DEL RÍO MARRERO SECRETARIO GENERAL: D. Eulalio Ávila Cano INTERVENTOR ACCTAL.: D. Roberto Fernández Higueruelo. Presidió el acto el Sr. Alcalde D. Narciso de Foxá Alfaro y actuó como Secretario General D. Eulalio Ávila Cano. Declarado abierto el acto por la Presidencia, fueron tratados los siguientes asuntos:

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Acta completa del Pleno de Septiembre en Majadahonda.

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

(MADRID)

BORRADOR DEL ACTA CORRESPONDIENTE A LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA EL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DE 2011.

En Majadahonda, siendo las diez horas y veinticinco minutos del día veintiocho de septiembre de dos mil once, se reunió el Pleno del Ayuntamiento en el Salón de Actos de la Casa Consistorial, habiendo asistido los señores que seguidamente se detallan, con el fin de celebrar sesión para la que habían sido previamente convocados.

ALCALDE: D. NARCISO DE FOXÁ ALFARO

CONCEJALES: Por el Grupo Municipal Popular: D. JOSÉ ANTONIO CARNEVALI RAMÍREZ Dª M. CARMEN MENÉNDEZ RODRÍGUEZ D. JUAN CARLOS PÉREZ GONZÁLEZ Dª M. VICTORIA CRISTÓBAL ARAUJO D. JAVIER CABALLERO LÓPEZ D. PABLO GARCÍA GONZÁLEZ D. JOSÉ ALBERTO SAN JUAN LLORENTE Dª LAURA NISTAL MARCOS Dª M. CRISTINA DURÁN URIBARRI Dª VERÓNICA MARÍA LIPPERHEIDE GUZMÁN Dª M. JOSÉ MONTÓN ROSAENZ Dª MARÍA FERNÁNDEZ DOBAO D. JUAN CARLOS DÍAZ RODRÍGUEZ Por el Grupo Municipal Socialista: D. BORJA LUIS CABEZÓN ROYO D. ZACARÍAS MARTÍNEZ MAILLO Dª MARÍA DEL SOCORRO MONTES DE OCA VERNAZA D. LUIS GREGORIO VENTURA SÁNCHEZ Por el Grupo Municipal UPYD: Dª CARMEN MADRIGAL TORREJÓN D. JAVIER GIL CACHO Dª M. LOURDES FERNÁNDEZ ALONSO Por el Grupo Municipal Izquierda Unida: D. JUAN SANTANA URIARTE Dª SARA GARCÍA GALLO Por el Grupo Municipal Centrista: Dª MERCEDES PEDREIRA DE VIVERO D. IGNACIO JOSÉ DEL RÍO MARRERO SECRETARIO GENERAL: D. Eulalio Ávila Cano INTERVENTOR ACCTAL.: D. Roberto Fernández Higueruelo.

Presidió el acto el Sr. Alcalde D. Narciso de Foxá Alfaro y actuó como

Secretario General D. Eulalio Ávila Cano. Declarado abierto el acto por la Presidencia, fueron tratados los siguientes

asuntos:

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

(MADRID)

1.(111/11) LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL

BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR (27-7-2011)

La Portavoz Adjunta del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sra. García Gallo, indica que su apellido materno, que figura en el listado de asistentes a la sesión de 27 de julio de 2011, vuelve a estar mal y aclara que es “Gallo” y no “Gayo”. El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. Santana, indica que durante el debate del punto 15.8 “Moción presentada por los Grupos Municipales Popular y Unión Progreso y Democracia en apoyo al orden constitucional en el País Vasco”, de la sesión celebrada el 27 de julio de 2011, se vertieron una serie de descalificaciones hacia su Grupo Político y por ello su Grupo remitió una carta a la Alcaldía pidiendo la rectificación e indica, como no ha recibido contestación, que le gustaría que se haga esa rectificación y, en caso de no ser así, que se adjunte la petición que realizó. El Sr. Presidente pregunta al Portavoz del Grupo Izquierda Unida-Los Verdes si esa carta la entregó durante la celebración de la sesión plenaria. El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. Santana, indica que no la entregó durante la sesión. El Sr. Presidente indica que el borrador de acta se levanta de lo que ocurre durante la sesión plenaria por lo que entiende que esa carta no puede figurar en el borrador de acta de esa sesión aunque pide al Sr. Secretario que informe sobre ello. El Sr. Secretario pide en primer lugar disculpas por el error en el apellido de la Sra. García Gallo y añade que en el borrador de acta de las sesiones se refleja solamente lo que ocurre durante la sesión pero en este punto del Orden del día se puede hacer constar que el Portavoz del Grupo Izquierda Unida-Los Verdes ha enviado a la Alcaldía una carta para pedir que se rectifiquen las descalificaciones que, desde su

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

(MADRID)

punto de vista, se hicieron a su Grupo durante el debate de la Moción antes indicada y reitera que como esa petición de rectificación no se hizo durante el desarrollo de la sesión plenaria anterior, no puede rectificarse el acta reproduciendo su contenido. Sometido este asunto a votación, la Corporación, por unanimidad, ACUERDA aprobar el Borrador de la sesión ordinaria celebrada el 27 de julio de 2011, con la corrección en el apellido de la Portavoz Adjunta del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes. 2.(112/11) APROBACIÓN DE LA CUENTA GENERAL DEL

PRESUPUESTO DEL EJERCICIO 2010 DEL AYUNTAMIENTO, DEL PATRONATO MONTE DEL PILAR Y DE LA EMPRESA MUNICIPAL PAMMASA (3.1.5)

Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros, constan los siguientes documentos: A) Informe del Jefe de Fiscalización Previa y del Sr.

Interventor, de 22-7-2011, dando información al de los reparos formulados por la Intervención durante el ejercicio 2010, cuyo texto es el siguiente:

El artículo 218 del Texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas locales, dice con relación a las resoluciones en discrepancia con la Intervención:

“El órgano interventor elevará informe al Pleno de todas las resoluciones adoptadas por el presidente de la entidad local contrarias a los reparos efectuados, así como un resumen de las principales anomalías detectadas en materia de ingresos.”

Esta Intervención ha formulado los siguientes reparos,

salvedades u observaciones en el ejercicio 2010:

Asunto Fecha informe 

Motivo 

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

(MADRID)

Asunto Fecha informe 

Motivo 

Reparo a V Duran Jardineria,  S.L. con cargo al programa presupuestario Parques y Jardines 

16‐02‐10 Omisión de trámites preceptivos 

12,20 h.‐ Reconocimiento Deuda ASCENSION ARACIL MEROÑO por dirección de la rondalla Centro de Mayores noviembre y diciembre 2009 

08‐03‐10 Reconocimiento de deuda por omisión de trámites esenciales 

8,25 h.‐ Reconocimiento Deuda de facturas 2009 de OMIC ‐ IOMSAL y MIGUEL ANGEL PEREZ MARTIN 

09‐03‐10 Reconocimiento de deuda por omisión de trámites esenciales 

12,00 h.‐ Reconocimiento Deuda LARRY & SIMON, C.B. por trabajos de distribucion del boletin municipal durante 2009 y 2010 

05‐04‐10 Reconocimiento de deuda por omisión de trámites esenciales 

10,55 H.‐ Reconocimiento Deuda CARMEN SERRANO MENDES por fra. 042010 por curso yoga de octubre a diciembre 2009 en Centro Juvenil 

12‐04‐10 Reconocimiento de deuda por omisión de trámites esenciales 

Reconocimiento de deuda a Pammasa por facturas de 2007 a 2009 

22‐04‐10 Reconocimiento de deuda por omisión de trámites esenciales 

11,35 h.‐ Reconocimiento de Deuda nº 3 INFRAESTRUCTURAS BASICAS por servicios asociados a las obras del PLAN FEIL y FEDER 

14‐04‐10 Reconocimiento de deuda por omisión de trámites esenciales 

INFRACC de EMILIO BERZOSA por servicios de autobús en Educación 2010 

22‐04‐10 Omisión de trámites preceptivos 

10,45 h.‐ Reconocimiento Deuda PROTECNO fra. 023‐2010 por redaccion proyecto obras paso superior M‐50 en IB. 

10‐05‐10 Reconocimiento de deuda por omisión de trámites esenciales 

Factura nº04/10 de 7 de abril a nombre de Oscar Teja Marina con cargo al prog. Vias Públicas por redacción proyecto de "Mejora Accesibilidad  peat. Nuevos desarrollos urb.  Suroe. Majadahonda 

13‐05‐10 Omisión de trámites preceptivos 

14,00 h.‐ Reconocimiento Deuda OSCAR TEJA MARINA fra. 4/10 por redaccion proyecto mejora accesiblidad peatonal zona suroeste casco‐ 

13‐05‐10 Reconocimiento de deuda por omisión de trámites esenciales 

Contrato y compromiso de gasto a  Soluciones Avanzadas en Informática Aplicada S.L del Programa Presupuestario Recursos humanos 

04‐06‐10  Solventado 15/7/2011 

13,25 h.‐ Reconocimiento deuda fras. de AUSCOMA (enero‐febrero‐marzo 2010) de CONSUMO 

08‐06‐10 Reconocimiento de deuda por omisión de trámites esenciales 

13,30 H.‐ Reconocimiento Deuda a favor de BARTZ SERVICIOS DE TELECOMUNICACION S.A. ‐ cultura 

15‐06‐10 Reconocimiento de deuda por omisión de trámites esenciales 

Reconocimiento de Deuda de BMTERRA por parte proporcional  del consumo eléctrico del carril público subterráneo , durante los años 2004 a 2010 

08‐07‐10 Reconocimiento de deuda por omisión de trámites esenciales 

Reconocimiento de deuda pequeñas facturas varios provedores, de los años 2007 a 2009 por pequeñas facturas 

13‐07‐10 Reconocimiento de deuda por omisión de trámites esenciales 

12,30 h.‐ Reconocimiento deuda fra. 20090226040000070 de 26/02/2009 de IBERDROLA , del Monte del Pilar 

20‐07‐10 Reconocimiento de deuda por omisión de trámites esenciales 

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

(MADRID)

Asunto Fecha informe 

Motivo 

13,10 h.‐ Reconocimiento deuda de Autocares Berzosa y Soledad Gonzalez Riaza  de Educacion .Exp. 16/10 

27‐07‐10 Reconocimiento de deuda por omisión de trámites esenciales 

Obligaciones reconocidas a ACTIV ASESORES Y DE COMUNICACIÓN INTEGRAL en Nuevas Tecnologías 

18‐08‐10 Omisión de trámites preceptivos 

Obligacion reconocida previa a TELEFONICA  en NNTT por actualizacion centralita telefonica 

18‐08‐10 Omisión de trámites preceptivos 

Fase ADO previa a nombre de MEYDIS por programa Participacion Ciudadana por contrato distribucion boletin municipal 

23‐08‐10 Fase del estado de gastos inapropiada 

Fase ADO previa a nombre de Producciones MIC,S.L  del Programa de Participación ciudadana, en ejecución del contrato del Boletin Municipal 

23‐08‐10 Fase del estado de gastos inapropiada 

10,30 h.‐ Reconocimiento deuda de PAREDES C.B. por trabajos de mantenimiento de zonas verdes del Centro Juvenil Ppe. Felipe desde nov/2009 a marzo 2010. Juventud 

24‐08‐10 Reconocimiento de deuda por omisión de trámites esenciales 

Propuesta de ADO previa a nombre de IBERDIDACTIC,S.L. de NNTT por auditoria y actualizacion red 

24‐08‐10 Descripción insuficiente del servicio 

10,10 h.‐ Reconocimiento Deuda VARIOS PROVEEDORES DE NNTT años 2009 y 2010 

17‐09‐10 Reconocimiento de deuda por omisión de trámites esenciales 

13h. Reconocimiento de deuda a ACINCO por serv. Asesoramiento programa Padron durante diciembre 2007 

06‐10‐10 Reconocimiento de deuda por omisión de trámites esenciales 

Facturas emitidas en concepto de mantenimiento de jardineria, en JUVENTUD 

06‐10‐10 Omisión de trámites preceptivos 

Reconocimiento de deuda por convalidacion actuaciones CLECE por facturas servicios no recogidos en contratos 

11‐11‐10 Reconocimiento de deuda por omisión de trámites esenciales 

13:35 h. Reconocimiento de deuda MEDIO AMBIENTE facturas varios provedores de ejercicios anteriores. 

12‐11‐10 Reconocimiento de deuda por omisión de trámites esenciales 

10 h. Reconocimiento de deuda SAVIA SL.. Recursos humanos. Factura tercer trimestre 2009 

16‐11‐10 Reconocimiento de deuda por omisión de trámites esenciales 

10H. Reconocimiento de deuda a favor de FREMAP. Recursos Humanos. Factura de diciembre de 2009 

16‐11‐10 Reconocimiento de deuda por omisión de trámites esenciales 

10,25 h.‐ Reconocimiento Deuda GALO BILMAN PAREDES BELALCAZAR por trabajos manto. Zonas verdes Centro Juvenil 

18‐11‐10 Reconocimiento de deuda por omisión de trámites esenciales 

10h. Reconocimiento de deuda a favor de la empresa ABACO INFORMATICA por factura diciembre 2009. RRHH 

29‐11‐10 Reconocimiento de deuda por omisión de trámites esenciales 

9,10 h.‐ Reconocimiento Deuda a favor de IOMSAL, Instalaciones y Obras Medioambientales SAL, por fras. 2010‐CONSUMO 

29‐11‐10 Reconocimiento de deuda por omisión de trámites esenciales 

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

(MADRID)

Asunto Fecha informe 

Motivo 

12,25 h.‐ Reconocimiento Deuda a favor de PRACSYS SEGURIDAD Y SALUD, S.L. trabajos coordinacion Seguridad y salud de abril a septiembre etc..Infraestructuras 

09‐12‐10 Reconocimiento de deuda por omisión de trámites esenciales 

10,05 h.‐ Reconocimiento Deuda AEAT por compensacion tasa CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL TAJO 

09‐12‐10 Reconocimiento de deuda por omisión de trámites esenciales 

11:10h Reconocimiento de deuda a las Empresas ANTONINO, FERROSER Y CONTECSA 

09‐12‐10 Reconocimiento de deuda por omisión de trámites esenciales 

Factura GSC COMPAÑÍA GENERAL DE SERVICIOS Y CONSTRUCCION en Parques y Jardines 

10‐12‐10 Fraccionamiento del objeto del contrato 

Factura Obras Reforma y Adaptacion  CP. PEREZ GALDOS del CG Enseñanza 

13‐12‐10 Fraccionamiento del objeto del contrato 

13,10 h.‐ Reconocimiento Deuda IBERDROLA POR FRAS. LUZ campos futbol LA OLIVA ‐ Deportes 

13‐12‐10 Reconocimiento de deuda por omisión de trámites esenciales 

13,30 h.‐ Reconocimiento Deuda PRODUCCIONES MIC, SL por realizacion de trabajos de paginas extras del boletin municipal. Expte‐ C‐04/10 

16‐12‐10 Reconocimiento de deuda por omisión de trámites esenciales 

12,45 H.‐ Reconocimiento Deuda FACTURAS 2010 DE NNTT (NOARIS CONSULTING, ACTIV ASESORES Y DE COMUNICACIÓN INTEGRAL, INVERTER etc..) 

16‐12‐10 Reconocimiento de deuda por omisión de trámites esenciales 

Reconocimiento de deuda varias empresas  por obras realizadas para reforma y adaptacion Colegios Publicos 

16‐12‐10 Reconocimiento de deuda por omisión de trámites esenciales 

Fase ADO previa de la UNED del programa de Promocion educativa por los servicios de docencia prestadoss al Ayto. 

07‐01‐11 Fase del estado de gastos inapropiada 

11,30 h.‐ Reconocimiento deuda DAYTER SERVICIOS INTEGRALES, SLU. Y ELECTRONICA MAJADAHONDA II, SL 

20‐01‐11 Reconocimiento de deuda por omisión de trámites esenciales 

13: 40h. Reconocimiento de Deuda a SCOA y SOLEDAD GONZALEZ RIAZA por facturas 2010 

20‐01‐11 Reconocimiento de deuda por omisión de trámites esenciales 

De todos los reparos formulados, ninguno de ellos ha sido resuelto en discrepancia con la Intervención por el Alcalde Presidente.

Sólo el primer reparo de la lista, por obligaciones reconocidas a favor de V Durán Jardinería, se encuentra sin solventar. Las obligaciones siguen pendientes de ser aprobadas. De los restantes reparos, han sido subsanadas las deficiencias que motivaban los mismos, o se han aprobado con expediente de reconocimiento de deuda.”

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

(MADRID)

B) Informe-PROPUESTA DE RESOLUCIÓN del Jefe de

Fiscalización Previa y del Sr. Interventor, de 26-7-2011, cuyo texto es el siguiente:

Normativa Aplicable. • Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de

Régimen Local (LBRL). • RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto

Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLHL).

• R.D. 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla parcialmente la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (RDP).

• Orden EHA/4041/2004, de 23 noviembre de 2004, del Ministerio de Hacienda, por la que se aprueba el modelo normal de Contabilidad Local (NICAL)

• Ley 18/2001 de 12 de diciembre, General de Estabilidad Presupuestaria (LGEP).

• Texto Refundido de Ley de Estabilidad Presupuestaria, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2007, de 28 diciembre

• RD 1463/20007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el desarrollo de la LGEP, en su aplicación a las entidades locales (RLGEP).

Cuenta General.

El art. 208 de la TRLHL establece que las entidades

locales, a la terminación del ejercicio presupuestario, formarán la Cuenta General que pondrá de manifiesto la gestión realizada en los aspectos económico, financiero, patrimonial y presupuestario.

La Cuenta General estará integrada por:

a) La de la propia entidad. b) La de los organismos autónomos. c) Las de las sociedades mercantiles de capital

íntegramente propiedad de las mismas.

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

(MADRID)

Los Estados y Cuentas Anuales de los dos primeros deberán constar de las siguientes partes, según la regla 98 de la NICAL:

• Balance • Cuenta del resultado económico patrimonial • Estado de liquidación del Presupuesto • Memoria

Con independencia de lo regulado en la NICAL y para completar la información contable, esta Intervención ha incluido además los siguientes estados:

• Cuadro de Financiación Anual • Estado Demostrativo de los Derechos a Cobrar y

Obligaciones a Pagar Procedentes de Presupuestos Cerrados

• Estado de Compromisos de Gasto Adquiridos con Cargo a Ejercicios Futuros

• Estado de Tesorería • Estado de la Deuda

De acuerdo con la citada regla 8ª de la NICAL,

corresponde a la Intervención u órgano de la entidad local que tenga atribuida la función de contabilidad formar, con arreglo a criterios usualmente aceptados, los estados integrados y consolidados de las cuentas que determine el Pleno de la Corporación.

En el mismo sentido, la regla 101.2 dice que a la Cuenta General se acompañarán, en caso de que el Pleno de la Corporación así lo haya establecido, los estados integrados y consolidados de las cuentas que haya determinado.

Ante la falta de criterios aprobados por el Pleno, esta Intervención ha procedido a la consolidación del Estado del Resultado Presupuestario, del cálculo del ahorro neto y del porcentaje sobre los recursos corrientes, del capital vivo de las operaciones de crédito a los efectos del art. 53 del TRLHL y del cálculo de la capacidad de financiación a los efectos del art. 3 de la LEP.

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

(MADRID)

Respecto de la consolidación del Resultado presupuestario, no han sido contempladas las operaciones relativas a inversiones de PAMMASA, sino tan sólo las operaciones corrientes, que figuran en la cuenta de explotación de esta entidad.

En la consolidación del ahorro neto de PAMMASA, se

refleja como ingresos corrientes, directamente la media del resultado de la actividad ordinaria de los dos últimos ejercicios, sin diferenciar entre ingresos y gastos, y consecuentemente, a la hora de realizar los ajustes de las operaciones comunes, se han contemplado el 50% de las mismas.

Así, las operaciones de gasto e ingreso contabilizadas en

el Ayuntamiento son las siguientes:

Operaciones susceptibles de ajuste 

Importe  Total  Observaciones 

Operaciones de gasto corriente con PAMMASA 

1.045.821,87  

NO SE REFLEJA EN SU CUENTA DE RESULTADOS 

Operaciones de gasto corriente con PATRONATO 

1.066.983,00    

Operaciones de ingreso corriente con PAMMASA 

306.413,46    

Operaciones de ingreso corriente con PATRONATO 

0,00  2.419.218,33  

Operaciones de gasto capital con PAMMASA 

0,00    

Operaciones de gasto capital con PATRONATO 

6.500,00    

Operaciones de ingreso capital con PAMMASA 

193.488,91  

NO SE REFLEJA EN SU CUENTA DE RESULTADOS 

Operaciones de ingreso capital con PATRONATO 

0,00  199.988,91  

TOTALES  2.619.207,24  2.619.207,24 

Las operaciones entre el Ayuntamiento, el Patronato

Monte del Pilar y PAMMASA, deben ser ajustadas en los estados de consolidación, ya que los que son ingresos para unas entidades, son gastos para otra.

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Pleno ordinario 28-9-2011

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

(MADRID)

Se exceptúan de lo anterior los ingresos de capital provenientes de PAMMASA, y sólo se ajustan las que corresponden a la gestión de cobro de las viviendas, ya que el resto no figura en las cuentas de Ingresos y gastos de PAMMASA, al ser una encomienda. Tan sólo deberán ajustarse las cantidades que por premio de cobranza cobra PAMMASA.

Estados y Cuenta General del ejercicio de 2010 del Organismo Autónomo dependiente del Ayuntamiento denominado Patronato “Monte del Pilar”.

Según el art. 212 del TRLHL, los organismos autónomos dependientes de las entidades locales rendirán sus cuentas anuales con el formato y contenido exigidos por la Ley; para ello los órganos competentes de los mismos deberán proponerlas inicialmente y remitirlas a la entidad de la que dependen para su inclusión en la Cuenta General y su aprobación, si procede.

El art. 26 de los Estatutos del Patronato “Monte del Pilar”, aprobados por el Pleno Municipal en sesión de fecha 26 de octubre de 1999, establece que dicha rendición de cuentas se hará ante el Consejo Rector, para su posterior remisión al Ayuntamiento e integración del la Cuenta General de la Corporación.

En la Memoria del Patronato Monte del Pilar, se da cumplida información de los estados resultantes de la liquidación presupuestaria y de los demás estados de su Cuenta Anual. Hay que hacer constar que respecto a la fecha de aprobación del Presupuesto para 2010 se han incumplido los plazos establecidos en el TRLRHL, no así en la rendición de la Cuenta Anual. Estados y Cuentas Anuales del ejercicio de 2010 de la sociedad mercantil de capital íntegramente municipal denominada “Patrimonio Municipal de Majadahonda, S.A.” (PAMMASA).

El expediente de las Cuentas Anuales de PAMMASA se recibió en esta Intervención el 14 de abril de 2011. Consta de

• Un ejemplar de la Cuentas Anuales de la sociedad

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del ejercicio 2010 • Informe de auditoría sobre las cuentas anuales del

2010 • Certificado de información medioambiental de las

cuentas del ejercicio 2010

El art. 200.2 del TRLHL establece que “Las sociedades mercantiles en cuyo capital tengan participación total o mayoritaria las entidades locales estarán igualmente sometidas al régimen de contabilidad pública, sin perjuicio de que se adapten a las disposiciones del Código de Comercio y demás legislación mercantil y al Plan General de Contabilidad vigente para las empresas españolas; esta normativa se recoge fundamentalmente en los artículos 34 y siguientes del Código de Comercio, así como el Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, aprobado por el RDL 1564/1989, de 22 de diciembre, y en el RD 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad.

La sujeción al régimen de contabilidad pública, aclara el

art. 201 del TRLHL, lleva consigo la obligación de rendir cuentas de sus operaciones, cualquiera que sea su naturaleza, al Tribunal de Cuentas; estas cuentas serán, en todo caso, las que deban elaborarse de acuerdo con la citada normativa mercantil, según dispone el art. 209.3 del citado Texto.

El vigente Plan General de Contabilidad para las

empresas españolas, en la tercera parte, Normas de elaboración de las cuentas anuales, dice que los documentos que integran las cuentas anuales son los siguientes:

• Balance • Cuenta de Pérdidas y Ganancias • Estado de cambios en el patrimonio neto • Estado de flujos de efectivo • Memoria

Las Cuentas anuales de PAMMASA deben ser aprobadas por la Junta General de la sociedad antes de la remisión al Pleno, con el contenido y formato exigido por la normativa citada.

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Entre la documentación remitida por el Presidente de la sociedad se encuentran los estados y documentos que exige la normativa. También se incluye el informe de 29 de marzo de 2011 de la empresa “Veladia Auditores SL”, en el que se emite una opinión sin salvedades ni limitaciones al alcance, en los siguientes términos:

“En nuestra opinión, las cuentas anuales abreviadas del ejercicio 2010 adjuntas expresan, en todos los aspectos significativos, la imagen fiel del patrimonio y de la situación financiera de Patrimonio Municipal de MAJADAHONDA, S.A. al 31 de diciembre de 2010, así como de los resultados de sus operaciones correspondientes al ejercicio anual terminado en dicha fecha, de conformidad con el marco normativo de información financiera que resulta de aplicación y, en particular, con los principios y criterios contables contenidos en el mismo.”

Esta Intervención toma razón de dicho informe, sin menoscabo de las funciones de control interno que deben ejercerse sobre dicha sociedad. En este sentido la función de control interno se verificará a través del control financiero ejercido por la Intervención municipal, en los términos del artículo 220 del TRLHL:

“1. El control financiero tendrá por objeto comprobar el funcionamiento en el aspecto económico-financiero de los servicios de las entidades locales, de sus organismos autónomos y de las sociedades mercantiles de ellas dependientes. 2. Dicho control tendrá por objeto informar acerca de la adecuada presentación de la información financiera, del cumplimiento de las normas y directrices que sean de aplicación y del grado de eficacia y eficiencia en la consecución de los objetivos previstos. 3. El control financiero se realizará por procedimientos de auditoría de acuerdo con las normas de auditoría del sector público. 4. Como resultado del control efectuado habrá de emitirse informe escrito en el que se haga constar cuantas observaciones y conclusiones se deduzcan del examen practicado. Los informes, conjuntamente con las alegaciones efectuadas por el órgano auditado, serán enviados al Pleno para su examen”.

Sin perjuicio de lo anterior, esta Intervención ha procedido a la consolidación de las Cuentas de esta sociedad con los estados contables anuales de las restantes entidades cuyas Cuentas conforman la Cuenta General del Ayuntamiento, sin que el informe de auditoría referido, cuyo párrafo de opinión ha sido trascrito, tenga el valor jurídico de informe de control financiero emitido por la Intervención.

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Estados y Cuentas Anuales del Ayuntamiento de Majadahonda correspondientes al ejercicio 2010.

El Capítulo II, en la sección I de la Instrucción de Contabilidad vigente, establece el contenido de los Estados y Cuentas Anuales que deben rendir tanto la Entidad Local como sus Organismos Autónomos así como el procedimiento de rendición. La justificación de los Estados y Cuentas Anuales que se refieren a documentos y libros mencionados en dicha instrucción, se encuentran en las dependencias del Ayuntamiento de Majadahonda.

Propuesta de resolución

En consecuencia, se informa que la Cuenta General del Ayuntamiento de Majadahonda, correspondiente al ejercicio 2010 incluye los Estados, Anexos y documentos justificativos previstos en la ICAL vigente a 31 de diciembre, y se propone la adopción del siguiente acuerdo: 1. Aprobar la Cuenta General del Presupuesto del

ejercicio de 2010 del Ayuntamiento de Majadahonda, del Patronato Monte del Pilar y de la empresa municipal PAMMASA.

2. Aprobar la entrega al uso general de las inversiones del Ayuntamiento de Majadahonda relacionadas en la memoria, cuya valoración contable asciende a 5.815.878,08€.

3. Acordar la aplicación del resultado económico del

Ayuntamiento de Majadahonda de 2010 que asciende a 14.311.707,30 euros, directamente a la cuenta de Patrimonio.

4. Acordar la aplicación del resultado económico del

Patronato Monte del Pilar de 2010 que asciende a 275.236,35 euros, directamente a la cuenta de Patrimonio.

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5. Dar cuenta de los reparos formulados por la Intervención municipal durante el ejercicio que se adjuntan al expediente.”

C) Dictamen de la Comisión Especial de Cuentas, de 27-7-2011,

favorable. D) Anuncio publicado en el B.O.C.M. de 13-8-2011. E) Edicto publicado en el Tablón de Edictos. F) Certificación del Sr. Secretario, con el Vº Bº del Concejal

Delegado de Régimen Interior, de 19-9-2011, en la que se indica que, según informe de la encargada del Registro General de Entrada de Documentos, no se han presentado alegaciones o reclamaciones al anuncio publicado en el BOCM y Tablón de Edictos desde el 29-7-2011 hasta el 10-9-2011 referido a la Cuenta General del ejercicio 2010, de este Ayuntamiento, del Patronato Monte del Pilar y de la empresa municipal Patrimonio Municipal de Majadahonda, S.A.

La Concejal Delegada de Economía y Hacienda, Sra. Menéndez, indica que en este punto del orden del día se presenta al Pleno, para su aprobación, la Cuenta General del ejercicio 2010. Sigue diciendo que, como todos conocen, la Cuenta General está formada por la Liquidación del Presupuesto del ejercicio (se dio cuenta al Pleno de la Corporación y se tomó conocimiento en el mes de marzo), los estados patrimoniales incluidos balances y cuenta de resultados económico-patrimonial, una información exhaustiva de todos los estados no presupuestarios, distintos estados informativos (indicadores y reparos formulados por la Intervención) y la memoria, documentación que fue entregada a los Grupos de la Oposición desde mediados de julio. Indica además que es importante señalar que, en un ejercicio de transparencia del Equipo de Gobierno, la memoria que se presenta

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excede de lo que preceptivamente es necesario resaltar ya que contiene un informe económico exhaustivo de las cuentas del ejercicio en el que se recogen todas las dudas que, año tras año, han sido surgiendo al aprobar las cuentas. Sigue diciendo que también es importante informar sobre la diferencia de visión entre la contabilidad presupuestaria y la patrimonial ya que la presupuestaria recoge la ejecución del Presupuesto y la patrimonial informa, desde el punto de vista de las masas patrimoniales, el activo y pasivo, la situación económica que presenta el Ayuntamiento el 1 de enero y, después de una serie de movimientos económicos, la que presenta a 31 de diciembre. Indica, respecto al análisis patrimonial, que los movimientos del inmovilizado en los últimos años ha derivado en un paulatino crecimiento del mismo y la inversión acumulada por habitante ha aumentado en los últimos años un 12,17% teniendo en cuenta que se ha producido un crecimiento de 8.000 habitantes. Añade que en el año 2006, la inversión acumulada por habitante, era de 2.869,81 euros y en el año 2010 era de 3.218,45 euros. Aclara que la tesorería municipal ha sido positiva manteniendo, a 31 de diciembre, un saldo en bancos de 91,38 millones de euros, cantidad que permite el pago regular a los proveedores. Añade que esos saldos bancarios permiten no acudir al confirming para pagar a los proveedores (el confirming supone el pago a 60 días y lo que el Ayuntamiento tarda unos 50 días aproximadamente en pagar una factura desde su entrada en Intervención). Manifiesta, respecto al endeudamiento, que no existe ninguna deuda a corto plazo y las únicas que hay a largo plazo son dos créditos pedidos en los años 2006 y 2008 para inversiones. A continuación indica que el coste efectivo de la deuda municipal sería el resultado de dividir los intereses financieros de la deuda total por el principal pendiente de vencer y resulta que en el año 2010 el interés medio es de 0,92% y en el año 2009 era de 2,38%. Aclara que en el año 2006, el coste efectivo de la deuda era de 7,74%, porcentaje que ha pasado, como ha dicho anteriormente, al 0,92%. Indica también que el Presupuesto inicial para el ejercicio 2010 fue ligeramente inferior al del ejercicio 2009 y ascendió a 68,36

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millones de euros aunque se han producido una serie de modificaciones durante el ejercicio y por ello quiere diferenciar qué tipo de modificaciones son las que se han tenido que realizar. Aclara que las más importantes son las incorporaciones de remanentes de crédito que se han realizado exclusivamente para gastos de inversión con financiación afectada y añade que estas modificaciones han representado el 86,73% lo que quiere decir que desde que se comienzan a calcular las inversiones que se pretenden realizar, se van incorporando, anualmente, los remanentes de crédito para realizarlas y eso es precisamente lo que supone el 86,73%. Manifiesta que las incorporaciones de remanentes, las generaciones de crédito por nuevos o mayores ingresos y los suplementos o ampliaciones no suponen errores del Presupuesto sino que se derivan de la obtención de mayores ingresos. Aclara que es cierto que han existido otra serie de modificaciones presupuestarias al Presupuesto aprobado inicialmente, modificaciones que se han producido por transferencias de crédito entre programas presupuestarios lo que ha supuesto el 6,091% lo que, en un Presupuesto de 69 millones de euros, supone la cifra de 5 millones de euros. Respecto a la ejecución presupuestaria del año 2010, indica que el gasto corriente ha ascendido al 92,12% y el de capital al 34,8%, diferencia que tiene lógica puesto que en muchos casos las inversiones tienen un periodo de ejecución superior al año por lo que el gasto continúa en ejercicios posteriores. Manifiesta que en los capítulos I (gasto corriente) y II (gasto de personal) se aprecian unos niveles de gasto muy parecidos a los del ejercicio 2008 y la ejecución de los gastos financieros en los últimos ejercicios baja considerablemente por lo que presenta un nivel reducido que asciende al 0,24%. Aclara que las obligaciones reconocidas en los gastos financieros en el año 2006 eran de 730.000 euros y en el año 2010 la cifra asciende a 219.000 euros. Aclara que las obligaciones reconocidas se mantienen en un nivel muy similar al de los últimos ejercicios y es bastante inferior a las de los ejercicios 2006 y 2007. Indica que los gastos de capital, con excepción de los del capítulo VI (inversiones reales), presentan porcentajes de ejecución

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similares a los gastos corrientes y añade que estas obligaciones suponen el 33,28% de los créditos definitivos. Señala a continuación que las inversiones previstas ascienden a 85,96 millones de euros de los que se ha ejecutado el 92,05% y añade que las no ejecutadas cuentan con financiación afectada por lo que, si no se van a realizar, se anularán y las demás continuarán con su ejecución y en ese caso la financiación de las que no se van a realizar se destinará a actuaciones de futuros ejercicios. Manifiesta además que el capítulo I recoge fundamentalmente los ingresos por el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, ingresos que han subido por la revisión catastral. Aclara que esto no ocurre con el capítulo II que recoge el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras y dice esto porque los datos de los últimos cinco años demuestran que los ingresos por ese concepto se han reducido sensiblemente con motivo de la reducción de la actividad inmobiliaria y por ello en el año 2006 se pasó, de un presupuesto inicial de 4.610.000 euros, a tener una recaudación de 337.000 euros en el año 2010. Indica que en el capítulo III, Tasas y Otros Ingresos, la ejecución prevista alcanza el 87,38% pero los derechos reconocidos han bajado de 15.307.000 euros en el año 2006 a 8.309.000 euros en el año 2010. Manifiesta, en cuanto al capítulo IV, que se han recaudado aproximadamente 3 millones de euros menos de las cantidades previstas lo que ha ocurrido porque, como todos saben, la participación en los tributos del Estado ha bajado después de haber aprobado el Presupuesto Municipal. Sigue diciendo que, desglosando los ingresos estables y fluctuantes, se aprecia que los ingresos estables han aumentado respecto al ejercicio 2009 y años anteriores lo que da una visión de futuro puesto que los ingresos estables y propios están en alza al igual que los fluctuantes pero realmente es necesario fijarse en los estables y propios. Aclara que los ingresos estables en el año 2006 ascendían a 38 millones de euros y en 2010 a 52 millones de euros y los ingresos propios pasaron de 37 millones de euros a 52 millones de euros.

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Aclara, en cuanto a la ejecución de ingresos pendientes de cobro de ejercicios anteriores, que se incrementan ligeramente los de la recaudación de ejercicios cerrados aunque es cierto que, en términos absolutos, el pendiente de cobro a 31 de diciembre es más alto pero espera que esa cifra se reduzca en próximos ejercicios después de la firma del convenio de adhesión con la Agencia Tributaria que se va a aprobar en esta sesión y que permitirá recaudar los ingresos de fuera del municipio que son difíciles de recaudar. Indica que los pagos pendientes de obligaciones de años anteriores ascienden a 4,5 millones de euros y, como quiera que existen fondos más que suficientes en tesorería, cabe esperar que dicho pago se produzca en breve. Continúa diciendo, respecto a la financiación para inversiones disponible en este momento para nuevos proyectos, que el Ayuntamiento dispone a 31 de diciembre, de aproximadamente 20 millones de euros que corresponden a los recursos que se obtuvieron por la enajenación de parcelas y préstamos a largo plazo. Destaca seguidamente que las bases de ejecución contienen la declaración expresa de los gastos corrientes de interés social y añade que la financiación parcial de dichos créditos corresponde al producto de arrendamiento de las viviendas sociales por un importe de 170.000 euros. Aclara que el gasto realizado en esos programas ascendió a 2,55 millones de euros por lo que se superan ampliamente los 170.000 euros que figuran en el Presupuesto. Indica que el remanente negativo de tesorería es de 5.929.000 euros y añade que en los últimos 7 años se ha conseguido reducir la cantidad negativa de forma determinante puesto que hace 6 años ese remanente negativo ascendía a 33 millones de euros. Aclara que el resultado presupuestario (magnitud que relaciona los gastos y los ingresos del Presupuesto y sirve como indicador del cumplimiento de los objetivos presupuestarios) alcanza una cifra positiva de 5.899.000 euros. Termina su intervención diciendo que, patrimonialmente, este Ayuntamiento obtiene beneficios año tras año y el activo fijo ha aumentado, en los últimos cinco años, el 26,7%; la tesorería municipal asciende a 91,3 millones de euros por lo que no se espera ninguna

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tensión en los próximos ejercicios pudiéndose pagar con normalidad a todos los proveedores; por primera vez desde la enajenación de las parcelas, los fondos de tesorería son superiores a los excesos de financiación; las modificaciones de crédito en gastos no producidas por nuevos ingresos ni por la lógica incorporación de remanentes han supuesto solamente el 6,91%; la ejecución del Presupuesto de ingreso corriente ha superado la inicialmente prevista y su recaudación asciende al 90%; el resultado presupuestario ha sido positivo en 5,89 millones de euros y, aunque se contabilizaran las facturas que han quedado pendientes, resultaría una cantidad positiva en casi 4 millones de euros y además se ha conseguido enjugar el remanente de tesorería, durante el año 2010, en casi 10 millones de euros y 27,15 millones de euros durante siete años. Añade que todo esto se ha conseguido gracias a una política de transparencia, de eficacia, de eficiencia, de control del gasto y, sobre todo, con mucha responsabilidad al elaborar la Cuenta General ya que se han introducido cantidades de forma amplia como se ha hecho con los deudores de dudoso cobro lo que ha permitido obtener uno de los mejores datos económicos que este Ayuntamiento ha tenido en los últimos años. El Portavoz Adjunto del Grupo Municipal Socialista, Sr. Martínez Maillo, indica que su Grupo quiere comenzar este debate haciendo una reflexión sobre las formas y dice esto porque es cierto que el Equipo de Gobierno ha realizado un ejercicio de transparencia y ha facilitado a los Grupos de la Oposición la abundante documentación pero ha convocado la Comisión de Cuentas con casi dos meses de retraso sobre lo que dispone la ley lo que considera que tiene importancia porque, desde el punto de vista de su Grupo, las formas son siempre tan importantes como el fondo de la cuestión y además se ha hecho coincidir el periodo de alegaciones con el periodo vacacional (agosto) por lo que muchos vecinos no se han podido enterar de la Cuenta General aunque también es necesario tener en cuenta que esta Cuenta General va a ser aprobada en plazo (antes del 1 de octubre) pero cree que se va a realizar demasiado ajustada al plazo. Sigue diciendo que el Grupo Socialista no comparte el balance tan positivo que ha realizado la Concejal Delegada de Economía y Hacienda y no lo comparte porque para su Grupo no es una buena noticia que este Ayuntamiento tenga un agujero de 6 millones de euros y piensa que tampoco lo es para los ciudadanos porque ello

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significa que cada familia tendría una deuda de, aproximadamente, 2.000 euros y ello sería consecuencia de una mala gestión del Equipo de Gobierno del Partido Popular. Manifiesta que para su Grupo las Cuentas del Ayuntamiento tienen un importante problema de rigor presupuestario y, desde su punto de vista, tienen más que ver con un conjunto de artificios contables y con un conjunto de medidas que sirven al Equipo de Gobierno para presentar unas cuentas de “escaparate” pero cuando su Grupo las estudia detenidamente, ve que no es así porque el Ayuntamiento sigue viviendo de las rentas que se obtuvieron en los años 2005 y 2006 por la venta de las parcelas municipales que permitieron obtener unos ingresos de más de 100 millones de euros y como considera que el Equipo de Gobierno no tiene la voluntad política ni la capacidad de gestionar, cree que esas inversiones se van acumulando, se dilatan en el tiempo y se introducen en la contabilidad año tras año. Aclara que las parcelas fueron vendidas por un poco más de 100 millones de euros de los que quedan unos 80 millones de euros por lo que está claro que ese dinero se va gastando pero apenas se nota y además se suben de forma importante los impuestos que tenemos que pagar los vecinos. Destaca a continuación que hay pendiente de cobro, del Impuesto sobre Bienes Inmuebles del año 2010, unos 8 millones de euros (capítulo I) y piensa que se podrá recaudar una parte de importante de esa cantidad porque supone que corresponderán a fraccionamientos, etc. por lo que cree que habrá que esperar aunque también es necesario que los ciudadanos conozcan que las empresas y concesiones administrativas, en el ejercicio 2009 y anteriores, mantienen una deuda con el Ayuntamiento por valor de 20 millones de euros por lo que cree que, con esa foto, el Equipo de Gobierno no puede decir que las cuentas estén saneadas. Sigue diciendo respecto al capítulo I (impuestos directos) que, desde el año 1990 hasta el 2008, se debe al Ayuntamiento, en concepto de Impuesto sobre Bienes Inmuebles, la cantidad de 8 millones de euros y pregunta qué cantidad se podría cobrar de la pendiente porque supone que habrá muchas deudas que hayan prescrito y piensa que el Equipo de Gobierno actúa de esa forma porque es mucho más sencillo acumular la deuda y ponerla en el positivo del Presupuesto para así poder seguir adelante.

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Aclara, respecto al capítulo II (impuestos indirectos) que, desde el año 1990 hasta 2007, las deudas ascendían a 1 millón de euros y las tasas y precios a 3,8 millones de euros desde el año 1989 hasta 2008 y lo peor es que las concesiones administrativas deben por ingresos patrimoniales, desde el año 1996 a 2008, la cantidad de 5,5 millones de euros. Añade que no sabe cuánta deuda estará y prescrita y por ello considera que el Equipo de Gobierno no puede decir que este Ayuntamiento tiene mucho dinero porque realmente el dinero está en poder de otros y no se sabe si se va a poder cobrar o no. Sigue diciendo que el Equipo de Gobierno ha comentado que gestiona muy bien los Presupuestos pero su Grupo entiende que no es así porque surgen imprevistos una vez a la semana como lo demuestra el que se hayan tramitado 50 modificaciones de crédito lo que para su Grupo no es rigor presupuestario. Indica que el Sr. Interventor hace unos 50 ó 60 reparos aunque todos, menos uno, han sido resueltos sin discrepancia y algunos de ellos son relevantes ya que avisa de que se han producido fraccionamientos de contratos y habla de prestación irregularmente contratada sin expediente de contratación superando el límite establecido del contrato menor, etc., cuestiones todas ellas importantes pero para su Grupo lo más importante es que esos reparos afectan a un gasto por un importe total de 2 millones de euros. Continúa diciendo que este Ayuntamiento tiene derechos reconocidos por multas en el año 2010 en la cantidad de 1 millón de euros pero solo ha recaudado 100.000 euros por lo que está claro que la gestión que lleva a cabo el Equipo de Gobierno del Grupo Popular no ha sido buena. Aclara que, por los motivos que ha expuesto, su Grupo no puede hacer una valoración positiva de las cuentas e incluso estima que la gestión del Partido Popular es triplemente gravosa para los ciudadanos porque ha subido el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (impuesto que considera que es de gestión municipal que el Ayuntamiento puede regular para subirlo y bajarlo), el Ayuntamiento cuenta con un dinero que realmente no tiene en su poder sino que está en poder de otros y todavía no se sabe si se va a poder recaudar o no y además el Equipo de Gobierno es el responsable de recaudar, por ejemplo, las multas pero solo se recauda el 10% de las mismas.

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Sigue diciendo que su Grupo va a votar en contra de las cuentas del Ayuntamiento porque considera que son unas cuentas maquilladas pero la trastienda es mucho diferente de la que se muestra. En cuanto a las cuentas del Patronato Monte del Pilar, indica que su Grupo también va a votar en contra porque considera que no siguen los consejos del Plan Especial que estima que debe destinarse a inversiones el 25% de su Presupuesto pero realmente, desde hace tres o cuatro años, no invierte nada por lo que la situación ha pasado a ser delicada. Sigue diciendo además que los costes de la limpieza y vigilancia son desmesurados y, concretamente, el de vigilancia asciende a 300.000 euros y por ello pregunta por qué no se ordena a la Policía Local que realice la vigilancia del Monte porque así se podrían ahorrar esos 300.000 euros y considera que si realmente el Equipo de Gobierno quisiera realizar recortes, el coste de la vigilancia sería un buen capítulo para hacerlo. Termina su intervención diciendo que su Grupo entiende que la ejecución del Presupuesto se ha ajustado a lo planificado pero no se ha hecho de acuerdo con las prioridades que el Grupo Municipal Socialista estima y por ello va a votar en contra. El Sr. Presidente indica que se asombra de lo habilidoso que es el Partido Socialista para cambiar el signo de las cosas y dice esto porque el Portavoz Adjunto de dicho Grupo se ha fijado en detalles poco rigurosos porque ha dicho, durante su intervención, que cada familia majariega debe 2.000 euros pero si esa cifra fuera cierta, en Majadahonda solo habría 3.000 familias y cada una de ellas tendría 23 miembros por lo que está claro que el Grupo Municipal Socialista ha echado mal las cuentas. Sigue diciendo que además el Grupo Socialista no ha dicho nada del superávit, ni de que desde hace 6 años se ingresa más de lo que se gasta y tampoco de que se está “limpiando” el Ayuntamiento y dice esto porque seguramente Majadahonda esté entre los cuatro primeros ayuntamientos de la Comunidad de Madrid mejor saneados y reta al Grupo Socialista a que demuestre que eso no es cierto.

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Indica que el Portavoz Adjunto del Grupo Socialista también ha aludido a que la cifra a que ascienden los reparos de la Intervención Municipal es de 2 millones de euros pero hay que tener en cuenta que la Intervención no ha realizado ningún reparo suspensivo y únicamente ha realizado observaciones normales en cualquier administración pública que después han sido resueltas y pide al Grupo Socialista que le diga un solo reparo suspensivo que realmente son los importantes. Aclara que el Grupo Socialista no lo ha dicho porque ha intentado levantar un manto de sospecha para que los vecinos, que no conocen mucho el funcionamiento de un ayuntamiento, piensen que lo que hace el Equipo de Gobierno es una barbaridad cuando realmente no es así. Aclara que este Ayuntamiento partió, hace seis años, de una situación económica de las peores de la Comunidad de Madrid pero ahora está entre los tres primeros y reta al Grupo Socialista a que demuestre lo contrario porque ayuntamientos del tamaño de Majadahonda deben 250 millones de euros y parece que al Grupo Socialista eso sí le parece bien. Manifiesta seguidamente que todas las empresas deben dinero lo que no es malo porque así se da servicio a los vecinos pero siempre que la situación sea sostenible. Añade que cuando llegó la mala situación al Ayuntamiento, el Equipo de Gobierno podría haber metido en el primer Presupuesto, como pedía el Grupo Socialista, los 33 millones de euros que se debían pero no lo hizo porque ello suponía rebajar a menos de la mitad los servicios que se prestan a todos los ciudadanos de Majadahonda. Aclara que ese déficit se ha ido reduciendo poco a poco y espera que este año sea de 0 euros. Termina su intervención aclarando que el Grupo Municipal Socialista dice que la situación del Ayuntamiento es catastrófica pero no es cierto. El Portavoz Adjunto del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sr. Gil, indica que su Grupo no valora de forma positiva la Cuenta General ni va a participar de la “fiesta” que supone su aprobación y los resultados que se han obtenido. Sigue diciendo que su Grupo no vivió ni la aprobación del Presupuesto del ejercicio 2010 ni tampoco su ejecución presupuestaria

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por lo que le resulta complicado hacer un análisis exhaustivo de los datos económicos pero aún así va a hacer una serie de precisiones. Indica, respecto a los gastos, que por una decisión política esta Cuenta General no cumple con su principal objetivo que es reflejar la imagen fiel del patrimonio y dice esto porque, desde el punto de vista de su Grupo, muchos gastos no han sido contabilizados porque no existen amortizaciones de inmovilizado y además, según figura en la memoria, ni siquiera existe un criterio de amortización. Aclara que, según el modelo de contabilidad local, las cuotas se determinarán de forma lineal por lo que únicamente sería necesario determinar la vida útil del elemento a amortizar. Añade que, al no recoger las amortizaciones, la valoración de un determinado bien se hace por su precio de adquisición y no por su valor neto contable que recogería la pérdida de valor que sufre con el paso del tiempo y así, en el momento de darlo de baja, se produciría una pérdida menor y pone el ejemplo de que se están valorando ordenadores comprados hace 10 años por su precio de adquisición cuando realmente en la actualidad esos ordenadores no valen nada y además no se da el gasto anual de esa pérdida de valor por lo que el gasto se va retrasando todos los años hasta el momento de dar de baja. Indica que existe un método para valorar los derechos de dudoso cobro y por ello aparecen provisionados unos 12 millones de euros pero no existe otro que recoja las posibles pérdidas definitivas de créditos incobrables y dice esto porque en las relaciones de derechos, como ha indicado el Portavoz Adjunto del Grupo Socialista, aparecen algunos del año 1990, fecha que para su Grupo es lo suficientemente lejana como para considerar que muchas deudas no van a poder ser cobradas y de hecho este año no se haya cobrada nada de deudas de los años 1990 al 2000. Indica seguidamente que en el balance aparece la cuenta de pérdidas incobrables por un importe, desde el punto de vista de su Grupo, insuficiente porque solo constan 130.000 euros cuando existen derechos pendientes de cobro por valor de 19 millones de euros. Aclara que también le han sorprendido los numerosos reconocimientos de deuda con los que se retrasan los gastos producidos en ejercicios anteriores y que se tramitan, fundamentalmente, por no estar formalizado el contrato.

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Manifiesta que su Grupo considera necesario, para reducir gastos, ajustar al máximo los grandes contratos porque es en lo que hay mayor margen y además valora positivamente el esfuerzo que el Equipo de Gobierno está haciendo en ese sentido y considera necesario continuar en esa misma línea. Añade que también es necesario limitar las competencias de los ayuntamientos a las propias y considera que no se deben prestar las que no les corresponden como ocurre, por ejemplo, con el alquiler de locales para los Juzgados. Sigue diciendo que también le ha sorprendido a su Grupo el que en el año 2010 se haya incrementado la plantilla del Ayuntamiento en 41 personas (6,8% de aumento de gasto) y añade que ese aumento se ha producido sin contar con una relación de puestos de trabajo que refleje con exactitud las necesidades que este Ayuntamiento tiene. Además considera necesario unificar proveedores para obtener condiciones mucho más ventajosas y sobre todo hay que recortar aún más los gastos supérfluos. Indica a continuación que es imprescindible que las administraciones paguen a los proveedores y contratistas a tiempo porque quizá podría ayudar a salir antes de la actual crisis económica. Manifiesta que en la memoria aparece que en el año 2010 se estableció un nuevo plazo máximo de cumplimiento, por parte de la administración, de sus obligaciones en 30 días pero se determinó, para 2010, un plazo transitorio de 55 días y parece que el periodo medio de pago de este Ayuntamiento es de 94 días y a su Grupo le gustaría conocer las medidas que se van a introducir y si en 2011 se está haciendo algo en ese sentido. Indica que lo más importante del ejercicio 2010 fue la gran subida del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y dice esto porque los derechos reconocidos por este impuesto aumentaron en 6 millones de euros lo que supone un aumento de casi un 30% con respecto a 2009 y añade que para su Grupo es muy fácil poner en orden las cuentas municipales con esa gran subida. Añade que tiene la impresión de que el Equipo de Gobierno ha asumido el compromiso de congelar el recibo de este impuesto para los próximos años pero su Grupo ha visto

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que en el informe de Intervención se alude a la posible implantación de una tasa de recogida de basuras y dice esto porque, si se recorta el IBI, será necesario realizar recortes en otros sitios para reducir el remanente líquido de tesorería que arrastra el Ayuntamiento. Aclara que su Grupo tiene esa duda y le gustaría que el Equipo de Gobierno diga en este momento si piensa o no establecer una tasa de recogida de basuras paralela a la supuesta congelación del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Aclara que la subida de ingresos por el IBI (los ingresos pasaron de 22 millones de euros en 2009 a 28 millones de euros en 2010), no ha sido suficiente para reducir el remanente líquido de tesorería y, aunque se ha bajado el tipo impositivo este año, su Grupo espera que no suba para el año 2011 como ocurrió entre los años 2006 y 2007. Además hay que tener en cuenta que no se han incrementado los servicios a los ciudadanos y ni siquiera se han cumplido algunas de las promesas electorales que se hicieron como es el acceso a la N-VI. Indica que a su Grupo le gustaría que se añadiera a la Cuenta General un informe sobre los resultados del plan económico-financiero y le gustaría conocer qué va a pasar con el siguiente plan para cumplir el objetivo de estabilidad presupuestaria. Manifiesta que en el plan económico-financiero se establecían, para el año 2010, dos tasas nuevas, la de prestación de servicios a cargo de la Policía Local y Protección Civil y parece que por esa tasa se esperaban ingresar 50.000 euros pero no se ha ingresado nada y la otra iba dirigida a las empresas de telefonía móvil por la que se esperaban ingresar 920.000 euros pero solo se han reconocido 391.000 euros. Continúa diciendo que todos los datos que ha expuesto hacen pensar a su Grupo que el plan económico-financiero no está dando los resultados esperados y además hay que tener en cuenta que, según dice el Equipo de Gobierno, la estimación de ingresos se hace con mucha prudencia y es cierto que lo normal es que la previsión sea menor de lo realmente recaudado pero este año se vuelve a prever una tasa por apertura de calas y zanjas por la que parece que se vayan a ingresar 2 millones de euros pero realmente solo se han reconocido 154 euros y en 2009 ni siquiera llegaron a recaudarse 8 euros. Añade que esa misma previsión de ingresos se ha recogido en el Presupuesto

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para 2011 y su Grupo espera que ese error de previsión no continúe en ejercicios futuros. Manifiesta que la deuda por habitante en el año 2010 aumentó el 36% y, de 253 euros en 2009, ha pasado a ser de 344 euros en 2010 por lo que hemos pasado al grupo de ayuntamientos con la deuda por habitante más alta de la Comunidad de Madrid, situación que preocupa a su Grupo porque ha pasado a ser de más de 23 millones de euros y por ello le gustaría conocer las condiciones de los préstamos para saber en qué medida podría afectar al Ayuntamiento una posible subida de tipos de interés. Termina su intervención diciendo que, por los motivos que ha expuesto, su Grupo no va a votar a favor de la Cuenta General que se presenta a aprobación. El Sr. Presidente indica que las respuestas a las cuestiones planteadas serán facilitadas por la Concejal Delegada de Economía de Hacienda pero desea dejar claro que la plantilla del Ayuntamiento no ha sido incrementada en 2010 y pide que los Grupos de la Oposición sean rigurosos porque no es lo mismo hacer contrataciones por I.L.T. (sustituciones por enfermedad, bajas maternales, etc.) que añadir trabajadores fijos a la plantilla de empleados y la realidad es que la plantilla no se ha incrementado. Sigue diciendo que no es cierto que el plan de austeridad no dé resultados porque, hace seis años, la deuda era de 34 millones de euros pero, desde entonces, todos los años se ha obtenido superávit y ahora solamente es de 6 millones de euros y espera que la deuda quede a 0 en el año 2011, dato que considera principal indicador de la situación económica del Ayuntamiento. Aclara, en cuanto al acceso a la N-VI, que quien no ha cumplido sus promesas ha sido el Ministerio de Fomento que es el organismo que tiene que realizar ese acceso y no el Ayuntamiento por lo que cree que ese incumplimiento debe decirse al Partido Socialista y en ese caso él también se pondría a protestar. Continúa diciendo que este Ayuntamiento, mientras él sea su Alcalde, no va a establecer ninguna tasa de basuras y además se va a congelar el Impuesto sobre Bienes Inmuebles porque las cuentas del

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Ayuntamiento están equilibradas y no hace falta pedir más dinero a los vecinos. Termina su intervención indicando, en cuanto a las manifestaciones del Grupo Municipal Socialista sobre la cosmética las Cuentas, que debe decirlo a los Servicios Económicos y a los funcionarios y no al Partido Popular porque son esos funcionarios los que realmente elaboran la Cuenta General y la certifica el Interventor Municipal, aclaración que hace porque está harto de que los Grupos de la Oposición viertan mantos de sospecha sobre la gestión del Equipo de Gobierno. El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida, Sr. Santana, indica que la Cuenta General demuestra la evolución que ha tenido el Presupuesto General de este Ayuntamiento en el año 2010. Sigue diciendo que su Grupo se opuso en la aprobación del Presupuesto por entender que no era el apropiado para Majadahonda y por ello tampoco va a apoyar su desarrollo por lo que no va a votar a favor de la Cuenta General y además hay que tener en cuenta que su Grupo presentó determinadas alegaciones que fueron rechazadas pero ahora, al ver la ejecución presupuestaria, comprueba que se ha cumplido lo que se decía en esas alegaciones. Aclara que en una de las alegaciones se decía que había una serie de ingresos no justificados y que parecía que no se iban a ingresar, alegación que se ha cumplido como ha ocurrido con la tasa por la apertura de calas y zanjas, las nuevas tasas, las sanciones que se iban a recaudar en aplicación de las nuevas ordenanzas fiscales y además se alegaba que ciertos gastos no estaban justificados lo que también se ha cumplido puesto que eran los gastos de limpieza y recogida neumática. Manifiesta además que las cifras que su Grupo manejaba en esos momentos se han cumplido con exactitud en la ejecución final del Presupuesto y dice esto porque decía que se estaban presupuestando aproximadamente 8 millones de euros y que por los datos con que contaba calculaba que iban a ascender, aproximadamente, a 8,7 millones de euros y realmente esa es la cifra que finalmente ha costado. Indica seguidamente que su Grupo entiende que el resultado final que demuestran estas Cuentas se parece muy poco al del Presupuesto inicial lo que se debe a todas las modificaciones presupuestarias que se han realizado y añade que las modificaciones

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que no se corresponden con nuevos ingresos ascienden solo al 6% pero también se producen incorporaciones de remanentes muy importantes (más de 80 millones de euros) por los ingresos obtenidos por la venta de las parcelas municipales lo que hace que ese porcentaje del 6% sea pequeño pero su Grupo ha visto que del capítulo I se han transferido 2,3 millones de euros al capítulo II por lo que cree que el capítulo I se infla para después traspasarlo al capítulo II para poder gastarlo. Sigue diciendo que el superávit de 5 millones de euros con el que se aprueba esta Cuenta General puede ser un dato positivo pero también puede no serlo y dice esto porque su Grupo entiende que sería positivo que el control del gasto sobre el capítulo II se hubiera ejercicio sobre los grandes contratos (de basura, de limpieza y mantenimiento de la ciudad y de parques y jardines) que son los que realmente lastran la economía municipal pero, viendo la ejecución presupuestaria, se puede comprobar que no ha sido así porque, por ejemplo, en mantenimiento de la ciudad se han gastado 100.000 euros más que en 2009, en limpieza de edificios se han gastado otros 100.000 euros más, en limpieza viaria y recogida de residuos unos 600.000 euros más que en el año anterior. Aclara que en el único contrato en el que se han reducido gastos ha sido en el de parques y jardines (reducción de 200.000 euros) pero, revisando la memoria de la Cuenta, se puede comprobar que el Ayuntamiento debe, al menos, 300.000 euros por ese concepto, cantidad que será abonada mediante reconocimiento de deuda en el ejercicio 2011 o en años posteriores. Insiste en el que el gasto en los grandes contratos, en 2010, ha aumentado en 1 millón de euros con respecto a 2009. A continuación indica que tampoco se ha producido un ahorro en los suministros porque el agua ha costado 200.000 euros más que en 2009, la energía eléctrica 1.200.000 euros más que en 2009 y ello a pesar de que uno de los puntos importantes del plan económico-financiero era el de llevar a cabo un plan de ahorro energético. Añade que una parte del aumento del gasto del suministro de energía eléctrica está relacionado con la subida del IVA pero otra parte no tiene ninguna relación. Manifiesta que, por los datos que ha facilitado, se puede comprobar que no se han producido ahorros en las partidas a las que ha aludido por lo que esos recortes se han producido en el gasto social y dice esto porque en Servicios Sociales se ahorra un 25% sobre las

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cantidades previstas inicialmente reduciéndose el 2% la prestación de servicios sociales con respecto a 2009; en Educación se ahorran 360.000 euros sobre las previsiones iniciales y se produce un 8,5% de menor gasto que en 2009; en Juventud se ahorra el 30% sobre los gastos iniciales y casi un 10% menos de gasto que en 2009; en Consumo se produce un gasto menor de 30.000 euros y en Empleo se reducen los gastos casi el 20% con respecto a 2009. Insiste en que, por los datos que acaba de facilitar, esos ahorros se producen en el gasto directo a los vecinos. Sigue diciendo que también es necesario señalar que se produce un ahorro de 2,3 millones de euros en los gastos de personal (capítulo I). Aclara que ese capítulo es un poco complejo porque, como ha indicado anteriormente, se incluyen una serie de previsiones de gastos que no son reales puesto que no se han gastado 4,6 millones de euros sobre las previsiones iniciales, reducción en los gastos que en parte hay que agradecerla al Gobierno de la Nación porque redujo en 1 millón de euros la nómina a los trabajadores municipales, ahorro que, según el Decreto del Gobierno, debe aplicarse directamente sobre el déficit y así lo ha hecho este Ayuntamiento. Indica a continuación que otro capítulo donde se ha producido ahorro ha sido en el de transferencias corrientes pero ese ahorro se produce en atenciones benéficas y asistenciales, becas y subvenciones. Aclara que, cuando se aprobó el Presupuesto para 2010, su Grupo ya dijo que no era sensible socialmente y no lo era teniendo en cuenta la situación de crisis económica general y ahora, en su ejecución, se puede comprobar que ese Presupuesto era bastante insensible por las partidas en las que se ha reducido el gasto. Añade que, por el contrario, el gran éxito de la Cuenta General y también de las de años anteriores, ha sido el dar una gran estabilidad a los ingresos y, según la memoria, el Ayuntamiento se sitúa ya en un 75% de ingresos estables frente al 25% que suponen los ingresos fluctuantes lo que se ha producido por la gran subida que se ha realizado en los impuestos directos que han aumentado en casi 21 millón de euros desde el año 2007 de los cuales 16 millones de euros corresponden a la subida del impuesto sobre bienes inmuebles. A continuación destaca que, durante el ejercicio 2010, hay otra serie de ingresos no previstos o extraordinarios como los 1,5 millones de euros por la actividad urbanística, 1 millón de euros extra

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recaudados gracias a la buena gestión de los intereses bancarios del dinero obtenido por la venta de las parcelas municipales y 1 millón de euros más de ingresos por multas aunque realmente solo se ha ingresado un 10% aproximadamente. Sigue diciendo que para su Grupo no es muy lógico que se incluyan en la memoria, como ingresos estables, las tasas y otros ingresos teniendo en cuenta que en ese capítulo se incluyen las tasas urbanísticas (ingresos no estables) y la tasa por calas y zanjas (ingreso no estable y cuya única estabilidad es que en tres años no se ha ingresado nada por ese concepto). Destaca seguidamente que este año el Ayuntamiento ha dejado de ingresar 1,3 millones de euros por transferencias del Estado, menor ingreso que ya había sido previsto puesto que se avisó en el informe de Intervención y lo más sorprendente es que se ha dejado de ingresar la cantidad de 2 millones de euros en transferencias de la Comunidad de Madrid, transferencias que suelen estar vinculadas a programas concretos destinados, en su mayor parte, a gasto social. Termina su intervención diciendo que a su Grupo le resulta muy curioso que en 2010 se dejen de ingresar 200.000 euros de las concesiones administrativas por lo que cree que la gran colaboración público-privada, a la que alude el Equipo de Gobierno, no es cierta porque la realidad es que el Ayuntamiento pone todo (suelo, vuelo, etc.) y las empresas concesionarias ni siquiera pagan al Ayuntamiento lo que deben. El Sr. Presidente indica que los ingresos por la tasa de apertura de calas y zanjas se refieren a una operación con Iberdrola para enterrar todos los cables de alta tensión que hay en Majadahonda y para ello es necesario aprobar una modificación de la zona “Saltos del Sil”. Aclara que ese convenio se viene retrasando desde hace unos años y el Equipo de Gobierno siempre cree que en el siguiente año se realizará y, en el momento en que se apruebe, el Ayuntamiento obtendrá esos ingresos. Añade que está casi seguro de que al año que viene se materializará esta operación pero la seguridad no es total y por ello cree recordar que en los Presupuestos que se están elaborando para 2012 se ha rebajado la cifra de ingresos por ese concepto pero está convencido de que por el solo hecho de rebajar esa cantidad, ese

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convenio se producirá en 2012 y se obtendrán los ingresos que va a suponer. Sigue diciendo que los Grupos de la Oposición se han fijado en detalles concretos de la Cuenta General pero ninguno ha aludido a los temas importantes para el ciudadano como puede ser el conocer si se han cumplido los objetivos de ingresos y la respuesta que hay que darles es que sí se han cumplido ya que se han ingresado las cantidades previstas aunque, por ejemplo, no se hayan ingresado por el concepto de calas y zanjas. Aclara que este Ayuntamiento ha mantenido una contabilidad conservadora que es uno de los principios que se exigen a los ayuntamientos y los Grupos de la Oposición, en lugar de hablar de eso, hablan de “cosmética”, de la tasa por apertura de calas y zanjas, del acceso a la N-VI, de que el plan de austeridad no ha tenido buenos resultados a pesar de que realmente se está produciendo ahorro, etc. Continúa indicando que Izquierda Unida ha criticado los ahorros que se han producido y pregunta al Portavoz de dicho Grupo si es que no le gusta que el Ayuntamiento ahorre porque, si no se produce ese ahorro, es necesario volver a subir el Impuesto sobre Bienes Inmuebles a los vecinos lo que tampoco gusta a Izquierda Unida y además hay que tener en cuenta que todas las partidas presupuestarias afectan a los vecinos. Manifiesta que lo que está intentando transmitir durante este debate es que las cuentas de este Ayuntamiento, en general, están bien y piensa que no es necesario rasgarse las vestiduras por las modificaciones de crédito que se han tramitado puesto que son un procedimiento previsto por la ley y que este Ayuntamiento tramitará todas las veces que sean necesarias para el buen funcionamiento del Ayuntamiento. Aclara que el Ayuntamiento elabora los Presupuestos a largo plazo para conocer lo que hay que hacer a muy corto plazo y, si el largo plazo se desarrolla como se había previsto, algo raro pasa porque normalmente las previsiones a un año nunca se cumplen pero esos Presupuestos sí dicen las actividades en las que el Equipo de Gobierno tiene que comenzar a trabajar y ese Presupuesto, a corto plazo, se va modificando según vaya avanzando el ejercicio y todo irá bien mientras que el Equipo de Gobierno no se salga de las grandes cifras presupuestarias y, reitera, las modificaciones presupuestarias son una práctica común en todos los ayuntamientos.

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El Portavoz Adjunto del Grupo Municipal Centrista, Sr. del Río, indica que para su Grupo la Cuenta General que se presenta no refleja la realidad porque es correcto haber acertado en el monto global pero cree que las cuentas se sostienen en una estimación de ingresos por unos cobros dudosos que realmente no se cobran y que cada año se van incrementando; también se sustentan en los ingresos de la partida por apertura de calas y zanjas que se presupuestan cada año y que no se cobran y que significan que el Ayuntamiento prevé ingresar unas determinadas cantidades que realmente no se ingresan y se producen unos ahorros que parece que han sido reducidos en la plantilla de personal pero realmente se han reducido por la rebaja que el Gobierno realizó a los sueldos de los funcionarios. Aclara que su Grupo, sobre todo, duda que las Cuentas reflejen la realidad porque las del ejercicio 2009 recogían un reconocimiento de deuda del ejercicio anterior por valor de 2,8 millones de euros lo que es una triste práctica habitual en este Ayuntamiento. Sigue diciendo que no sabe, remitiéndose a la experiencia, si las cuentas van a reflejar los gastos que realmente tiene el Ayuntamiento porque, por ejemplo, hace poco tiempo se ha aprobado un reconocimiento de deuda por un importe de 350.000 euros a favor de Iberdrola y con esa forma de actuar es difícil que su Grupo crea que los gastos que se reflejan en la Cuenta General son reales y esté seguro de que no se hayan aplazado para otro ejercicio determinados gastos, algunos muy importantes, que son tramitados mediante reconocimientos de deuda. Respecto a las manifestaciones que se han realizado por el Equipo de Gobierno vanagloriándose de la buena gestión que ha llevado a cabo y que ha permitido levantar el déficit, recuerda que el esfuerzo realmente lo han hecho los ciudadanos de Majadahonda pagando el impuesto sobre bienes inmuebles porque ese impuesto ha subido, desde el año 2006, el 100% pero, a pesar de ello y aunque se ha reducido, el remanente de tesorería sigue siendo negativo y, si se analiza dicho remanente, se puede comprobar que se tienen 6,5 millones de euros menos en fondos líquidos de tesorería y el remanente total es de 7,4 millones de euros menos que en el año anterior, los saldos de dudoso cobro han subido el 20% (2 millones de euros) pero, reitera, el remanente negativo de tesorería para gastos generales se ha reducido de 15 millones de euros a 6 millones de

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euros, reducción que se ha conseguido gracias a los excesos de financiación afectada por lo que, reitera, su Grupo entiende que el Equipo de Gobierno no debe vanagloriarse de su buena gestión. Destaca seguidamente, en lo que afecta al resto de las cuentas municipales, la opinión que le merece al Sr. Interventor, en su informe, la evolución de la cifra alcanzada de los derechos liquidados por Plusvalía y aclara que su Grupo espera recibir la información que el propio Interventor anuncia mediante la emisión de un informe complementario y añade que resulta sorprendente que la línea de ingresos que reflejan las cuentas haya experimentado una evolución tan favorable en un momento de crisis inmobiliaria notable. A continuación pregunta al Sr. Alcalde qué piensa hacer porque ha subido el impuesto sobre bienes inmuebles más de un 100% y también se han subido las Plusvalías, la liquidación del Presupuesto de 2010 se encuentra con una situación de déficit de un porcentaje superior al 5,53% de los derechos reconocidos netos y añade que su Grupo piensa que es necesario adoptar las medidas de corrección previstas en el artículo 22 de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria como se manifiesta en el informe de la Intervención Municipal. Sigue diciendo que la capacidad de financiación del Ayuntamiento, considerando únicamente las operaciones no financieras, es negativa en 26 millones de euros lo que supone el 22% frente al 5% que permite la ley y por ello, y según informe de la Intervención, es necesario adoptar medidas en tres meses para solucionar este problema. Termina su intervención diciendo que su Grupo va a esperar que se adopten las medidas que tantas veces ha solicitado la Intervención Municipal y, hasta que eso no ocurra, su Grupo no va a apoyar la gestión que ha realizado el Grupo Popular y tampoco va a aprobar las cuentas municipales. El Sr. Presidente indica que se debe decir a los funcionarios del Ayuntamiento que las Cuentas no reflejan la realidad y dice esto porque realmente son ellos los que las elaboran y, si el Grupo Centrista cree que no reflejan la realidad, debe acudir al Juzgado a denunciar a los funcionarios del Ayuntamiento y, en caso de hacerlo

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así, el Equipo de Gobierno denunciaría al Grupo Centrista por falso testimonio. Sigue diciendo que no está de acuerdo en que los Grupos de la Oposición viertan, de forma gratuita, determinadas sospechas y menos aún cuando se mancha el nombre de los funcionarios del Ayuntamiento que son realmente los que elaboran la Cuenta General y reitera que si el Grupo Centrista cree que las cuentas no reflejan la realidad y están mal hechas, debe denunciarlo. A continuación pide al Portavoz Adjunto del Grupo Centrista que sea riguroso porque ha dicho que el causante de la obtención del superávit y del saneamiento de las cuentas ha sido la subida de los impuestos pero, aunque conoce la verdad, no la ha dicho porque, por ejemplo, no ha aludido a que los ingresos del Ayuntamiento han caído el 40% como consecuencia de la crisis inmobiliaria y tampoco que la subida del impuesto sobre bienes inmuebles se ha destinado a tapar ese agujero. Pregunta seguidamente cómo cree el Grupo Centrista que se ha conseguido reducir el déficit acumulado del Ayuntamiento a las cifras actuales y responde que se ha producido por la gestión de austeridad y miseria que se ha implantado en el Ayuntamiento desde el año 2005 y, como las cifras tienen que cuadrar y, si la subida del impuesto sobre bienes inmuebles se ha destinado a tapar el agujero producido por la bajada de ingresos por la crisis inmobiliaria, en algún sitio se han tenido que reducir ingresos para reducir los déficits acumulados, datos que conoce el Grupo Centrista aunque no aluda a ellos y considera que los Grupos de la Oposición nunca van a reconocer que se ha realizado una buena gestión en el Ayuntamiento. Aclara que es cierto que determinados gastos se aplazan para el siguiente ejercicio pero se hace por muchas razones (las facturas no han llegado a tiempo al cierre del ejercicio, se han quedado en los cajones de los distintos servicios, etc.) lo que ocurre todos los años y lo cierto es que los Grupos de la Oposición acusaron de lo mismo al Equipo de Gobierno en el ejercicio 2009 lo que quiere decir que de la Cuenta General del ejercicio 2009 se pasaron determinadas deudas al ejercicio 2010 pero también ocurre que determinadas deudas del ejercicio 2010 se traspasan al ejercicio 2011 pero los Grupos de la Oposición no dicen nada sobre ello a pesar de que son situaciones normales que ocurren en todos los ayuntamientos.

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Termina su intervención diciendo que está de acuerdo en que los reconocimientos de deuda no son deseables y en Majadahonda se va ganando terreno a esos reconocimientos y a las facturas que estaban en los cajones y se puede decir que, en Majadahonda, ese problema es ínfimo en estos momentos en comparación con lo que ocurre en la mayoría de las administraciones públicas de España. El Sr. Presidente aclara a continuación que, al ser muy importante este punto del Orden del día, y a pesar de que los portavoces disponían de 5 minutos para exponer sus opiniones en el primer turno de intervenciones y 3 en el segundo turno, ha querido dejar que cada uno intervenga durante 10 minutos en el primer turno y 3 minutos en el segundo pero pide que no repitan, en el segundo turno que va a abrir, los mismos argumentos que hayan expuesto en el primero. A continuación abre el segundo turno de intervenciones y concede el uso de la palabra a la Concejal Delegada de Hacienda, Sra. Menéndez, quien indica que va a contestar de forma conjunta a todos los Grupos Municipales. Sigue diciendo que no va a entrar a debatir sobre el retraso de dos meses en la presentación de la Cuenta General porque, como ha dicho en otras ocasiones, al Equipo de Gobierno no le pareció ético dictaminar una Cuenta General cuando la Corporación anterior estaba en funciones y la nueva no había tomado posesión por lo que se decidió esperar a la constitución de la nueva Corporación que está integrada por un nuevo grupo político que no estaba presente en la anterior y además considera necesario tener en cuenta que la Cuenta General se aprueba, como dispone la ley, antes del 1 de octubre. Manifiesta seguidamente que no puede admitir que se diga que se han maquillado las cuentas y considera que los Grupos de la Oposición, durante este debate, han expuesto errores de concepto que pueden llevar a los ciudadanos a creer algo incierto y dice esto porque, por ejemplo, durante este debate no se ha dicho nada sobre que el Equipo de Gobierno haya incluido 12 millones de euros en saldos de dudoso cobro y los ha incluido por ser sumamente responsable porque nadie puede decir que, por ejemplo, durante este año el Ayuntamiento

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no se puedan cobrar 3 millones de euros por una deuda del ejercicio anterior o cobrar incluso todas las deudas pendientes pero, por prudencia, el Equipo de Gobierno ha incluido solamente 12 millones de euros de dudoso cobro, cantidad que resta en el remanente y no suma. Sigue diciendo que el Equipo de Gobierno ha creído conveniente incluir los 12 millones de euros porque es una cantidad amplia y está convencida de que, si se hubieran incluido solo 8 millones de euros, los Grupos de la Oposición también se hubieran quejado aunque en ese caso remanente negativo hubiera sido de solo 1,5 millones de euros. Indica, respecto a las manifestaciones sobre las modificaciones presupuestarias, que los remanentes de inversiones tienen que figurar todos los años como modificaciones presupuestarias porque el ingreso está reconocido en el año 2007 y, a partir de ese ejercicio, todos los gastos que se realicen de inversiones tienen que estar recogidos a lo largo del año por lo que necesariamente tienen que ser modificaciones de crédito. Manifiesta que la mayoría de los reparos de la Intervención han sido observaciones menores (falta de una firma, etc.) y todas han sido solventadas salvo un reparo que ha sido resuelto en discrepancia. Continúa diciendo al Grupo Unión Progreso y Democracia, que es cierto que no se amortiza un ordenador pero tampoco se amortizan los terrenos y todos pueden pensar el valor que tiene el inmovilizado por los terrenos que tiene el Ayuntamiento. Pregunta seguidamente si los Grupos de la Oposición quieren que se suba más el impuesto sobre bienes inmuebles y hace esta pregunta porque han dicho que, a pesar de la subida de dicho impuesto, este Ayuntamiento no ha podido absorber los 6 millones de euros de déficit y añade que el Equipo de Gobierno no va a subir más ese impuesto. Termina su intervención diciendo que los reconocimientos de deuda a los que ha aludido el Grupo Municipal Centrista, ascienden a 2,8 millones de euros y han sido incluidos en el resultado presupuestario por lo que está claro que el Equipo de Gobierno está

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limpiando, año tras año, todas las facturas pendientes de aplicar y, concretamente en 2010, se han limpiado esos 2,8 millones de euros. El Portavoz Adjunto del Grupo Municipal Socialista, Sr. Martínez Maillo, indica que el pasado 11 de junio todos los corporativos juraron o prometieron cumplir la ley y piensa que el Equipo de Gobierno tiene que reconocer que no cumplió la ley cuando no convocó la Comisión Especial de Cuentas el 1 de junio (fecha que determina el artículo 212 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales). Sigue diciendo que su Grupo, por responsabilidad, no va a hablar de lo que hacen otros ayuntamientos porque unos lo hacen bien y otros mal y, cuando el Sr. Alcalde lo desee se puede celebrar un debate sobre el déficit del Ayuntamiento de Madrid gobernado por el Partido Popular y no por el Partido Socialista. Aclara que para su Grupo es demagogia decir que las Cuentas las hacen los funcionarios del Ayuntamiento cuando todos saben que la ley determina que el Sr. Alcalde es el que rinde las cuentas y cree que el Sr. Alcalde tiene un problema si rinde las cuentas que hacen otros. Añade que la Cuenta General es una cuenta política y el Sr. Alcalde rinde las cuentas que ha confeccionado el propio Equipo de Gobierno y que, de forma diligente, es elaborada por los funcionarios con una honestidad digna de elogio como lo demuestra la amplitud de documentación que han entregado a los Grupos de la Oposición. Considera que la responsabilidad política es una cosa y el ejercicio de responsabilidad de los funcionarios otra distinta. Termina su intervención diciendo que, desde el punto de vista de su Grupo, el Sr. Alcalde no puede defender siempre que el Equipo de Gobierno hace todo lo bueno y los funcionarios todo lo malo porque no es cierto ya que el Alcalde, como dice la ley, es el responsable político del Ayuntamiento y tiene que rendir las cuentas y dar cuenta de su actividad política. El Sr. Presidente indica que él, como Alcalde, es responsable de lo que hace para que salgan esas cuentas y, por ejemplo, sería responsable si el Ayuntamiento gastara más de lo que ingresa pero no lo es de elaborarlas. Añade que él no sería responsable si, por ejemplo,

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los funcionarios de la Intervención ponen que se ha gastado más dinero del ingresado cuando realmente ocurre lo contrario y además hay que tener en cuenta que la Intervención no ha puesto reparos. Considera a continuación que el Grupo Municipal Socialista está acusando al Equipo de Gobierno de “cosmética” de las cuentas, de que no reflejan la realidad, etc. y por ello ha hecho anteriormente esas manifestaciones pero desea dejar claro que los funcionarios del Ayuntamiento le merecen el máximo respeto aunque parece que no le ocurre lo mismo al Grupo Municipal Socialista. Termina su intervención reiterando que, si algún Grupo Municipal considera que las cuentas no reflejan la realidad, debe acudir a los Tribunales de Justicia pero, al día siguiente, será denunciado por el Equipo de Gobierno por falso testimonio. El Portavoz Adjunto del Grupo Municipal Unión, Progreso y Democracia, Sr. Gil, indica que su Grupo se alegra de que se haya retrasado la aprobación de la Cuenta General porque ha permitido que su Grupo, recién incorporado a la Corporación, las conozca y se pronuncie sobre ellas aunque supone que el Equipo de Gobierno no podía esperar que la Corporación fuera integrada por un nuevo Grupo Municipal, Unión Progreso y Democracia, formado por tres corporativos. Sigue diciendo que está seguro de que la Concejal Delegada de Economía y Hacienda conoce que, según la Instrucción de Contabilidad, el Ayuntamiento no está obligado a amortizar los terrenos de uso público y de patrimonio público. Indica, respecto a las manifestaciones de la Concejal Delegada de Hacienda sobre que no se sabe los ingresos que en el próximo ejercicio se pueden conseguir por los deudores de dudoso cobro de ejercicios anteriores, que el Equipo de Gobierno debe tener en cuenta lo que puede ocurrir porque no se ha producido ningún ingreso por ese concepto desde el año 1990 a 2000. A continuación indica que no se ha cumplido el objetivo de estabilidad presupuestaria y, según la ley, si el déficit es mayor del 5,53% es necesario elaborar un nuevo plan de estabilidad presupuestaria y recuerda que en estos momentos el Ayuntamiento está en el 22,57%, dato muy importante a tener en cuenta.

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Aclara que su Grupo no desea subir el impuesto sobre bienes inmuebles para reducir el remanente negativo de tesorería pero sí quiere, teniendo en cuenta la enorme subida que se produjo que se cumpla, al menos, el objetivo de estabilidad presupuestaria. Termina su intervención diciendo que, en la memoria que figura en este expediente, aparece que en el año 2009 el número de trabajadores contratados del Ayuntamiento era de 602 personas y en el año 2010 aparecen 643 y por ello su Grupo desearía conocer cuántas personas realizan sustituciones porque tiene dudas sobre esos datos ya que no existe una relación de puestos de trabajo. El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida, Sr. Santana, indica que es cierto que la situación económica del Ayuntamiento es mejor que la tenía en 2004 y su Grupo así lo reconoce. Sigue diciendo que a su Grupo se le acusa de faltar a la verdad por no reconocer que se ha producido una merma de los ingresos urbanísticos pero entiende que se han recaudado 20 millones de euros más por los impuestos directos que no son los ingresos que se han dejado de percibir por la falta de actividad urbanística. Aclara que, en el año 2004, los Presupuestos preveían, alegremente desde su punto de vista y sin justificación técnica, casi 15 millones de euros por ese concepto a pesar de que comenzaba la importante crisis económica pero solamente solo se ingresaron 2 ó 3 millones de euros por lo que entiende que se suplen otra serie de ingresos con los ingresos y tasas que abonan los vecinos. Manifiesta que a su Grupo también se le acusa de no gustarles que se produzcan ahorros pero él piensa que en su intervención anterior ha dejado clara su postura y realmente lo que no le gusta es que se ahorre en determinados conceptos. Aclara que siempre ha defendido que es necesario ahorrar en los grandes contratos porque son los que lastran la economía municipal y por ello, en el último Pleno, dijo que era necesario reducir al máximo el coste de los contratos de mantenimiento y de gestión de residuos y, aunque con la nueva contratación se produce un determinado ahorro, parece que el Equipo de Gobierno renuncia a seguir ahorrando pero sí se ahorra dinero en los gastos sociales que son los dirigidos a los vecinos

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(ahorros en Consumo, en Educación, en Juventud, en Sanidad, en Enseñanza, etc.). A continuación destaca un dato que a su Grupo preocupa y son los derechos pendientes de cobro que ascienden, en 2010 a 28,8 millones de euros (7 millones de euros más que en 2007) de los cuales 8 millones de euros más corresponden al Presupuesto corriente y los otros 20 millones de euros corresponden a ejercicios anteriores y cree que lo más preocupante es que 5,5 millones de euros tienen cuatro años o más de antigüedad por lo que cree que parte de ese dinero puede comenzar a ser saldo de dudoso cobro que ya asciende a 20 millones de euros de los que se reconocen 12 millones de euros. Añade que su Grupo espera que con el convenio que se va a aprobar en esta sesión con la Agencia Tributaria se puedan recuperar ingresos de fuera de Majadahonda pero su Grupo sigue pensando que esos datos son preocupantes. Termina su intervención diciendo que su Grupo se va a oponer a esta Cuenta General y añade que mientras que en el año 2010, el impuesto sobre bienes inmuebles ha subido una media de 200 euros, el gasto por habitante ha aumentado solo 56 euros y además hay que tener en cuenta que, según la memoria, el endeudamiento por habitante en 2009 era de 253 euros y en 2010 de 344 euros y no sabe si esas cifras son correctas o se ha producido un error en la memoria de la Cuenta General. El Portavoz Adjunto del Grupo Municipal Centrista, Sr. del Río, indica que a su Grupo le sorprende que cuando se produce una argumentación en contra de la Cuenta General, el Equipo de Gobierno considere que se está lapidando a los funcionarios y cree que lo que hace el Sr. Alcalde es esconderse detrás de los funcionarios cuando realmente tanto el Sr. Alcalde como la Concejal Delegada de Economía y Hacienda se contradicen defendiendo los mismos conceptos por los que el Grupo Centrista dice que las cuentas no se deben hacer así. Sigue diciendo que es la experiencia quien dice a la Concejal Delegada de Economía y Hacienda que no se van a cobrar los saldos de dudoso cobro de ejercicios anteriores y cree necesario que el Equipo de Gobierno analice esas partidas para determinar con exactitud las cantidades que realmente se pueden cobrar.

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Continúa indicando que los reconocimientos de deuda que el Equipo de Gobierno presenta como un procedimiento normal, para su Grupo demuestran que los gastos no reflejan la realidad. Añade que, desde su punto de vista, no es normal que se tramiten reconocimientos de deuda por valor de 2,8 millones de euros y desea aclarar, sobre este tema, que su Grupo está diciendo lo mismo que los funcionarios puesto que en la página 104 de la memoria de este expediente, dicen que constan gran cantidad de facturas de empresas por mantenimiento de ascensores, de sistemas de alarma, de instalaciones de gas, de calefacción, de aire acondicionado, de agua caliente sanitario, etc., empresas que, por no tener contratos debidamente formalizados, habitualmente son objeto de reparo por la Intervención Municipal y esas facturas, de forma reiterada, se aprueban a través de reconocimientos de deuda. Aclara que ese problema no es de los funcionarios sino de la gestión del Equipo de Gobierno y siempre queda oculto en las cuentas. Manifiesta que no es cierto que la subida del impuesto sobre bienes inmuebles se destine a pagar la falta de ingresos por la crisis inmobiliaria y su Grupo cree que el agujero que tiene el Ayuntamiento se generó en el momento de mayor desarrollo urbanístico y con el mayor pico inmobiliario y cree que fue generado por el Partido Popular y piensa que ese agujero es precisamente el que se está tapando con la subida del impuesto sobre bienes inmuebles. Termina su intervención indicando que la crisis inmobiliaria afecta a toda España y pregunta cuántos ayuntamientos han subido el impuesto sobre bienes inmuebles para hacer frente a esa crisis y responde que ningún ayuntamiento de la zona lo ha hecho. El Sr. Presidente indica que se ha dicho, durante este debate, que las cuentas no reflejan la realidad y también que han sido maquilladas pero desea dejar claro que eso no es cierto porque son los funcionarios los que las elaboran. Añade que los Grupos de la Oposición, durante sus intervenciones, se han referido a una serie de datos que, lógicamente han obtenido porque figuran en la documentación de la Cuenta General y, si realmente las cuentas estuvieran maquilladas, esos datos no figurarían. Insiste en que los funcionarios cumplen escrupulosamente con su cometido que es reflejar fielmente las cuentas del Ayuntamiento cuando se realiza una buena gestión y

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cuando se realiza una mala pero los Grupos de la Oposición lo que están diciendo es que, como los resultados de la Cuenta General son demasiado buenos, las cuentas han sido maquilladas. Sigue diciendo que las cuentas no han sido maquilladas y, si los Grupos de la Oposición consideran que lo han sido, deben decirlo a los funcionarios que las han elaborado y denunciarlo a los Tribunales. Indica que siempre es necesario mejorar cosas y lo cierto es que en este debate se ha hablado de detalles pero, desde su punto de vista, es necesario hablar de temas generales como que el Ayuntamiento, desde el año 2005, ha obtenido siempre superávit y en ningún ejercicio, desde entonces, ha gastado más de lo que ha ingresado y también que el remanente negativo de tesorería de 34 millones de euros (agujero que han mencionado los Grupos de la Oposición) ha sido rebajado a menos de 6 millones de euros en 2010 (en 2010 la rebaja ha sido de 10 millones de euros) y espera que, al final del ejercicio 2011, el remanente negativo sea de 0 euros y ello a pesar de que otros ayuntamientos de la Comunidad de Madrid, de igual tamaño al nuestro, tienen un remanente negativo de 250 millones de euros. Indica seguidamente que se pueden elaborar muchos planes de estabilidad pero lo importante es cumplirlos y este Ayuntamiento, en líneas generales, está cumpliéndolo y la realidad es que se ha bajado el déficit de 34 millones de euros, hace 5 años, a menos de 6 millones de euros en 2010, datos que confirman que ese es el mejor plan de estabilidad e insiste en que se pueden aprobar todos los planes de estabilidad que se deseen porque el papel lo aguanta todo pero lo importante son los hechos y cree que algo funciona bien en el Ayuntamiento cuando se han obtenido esos buenos resultados. Agradece a continuación al Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida que haya reconocido que la situación económica del Ayuntamiento es mejor que la del año 2004 y lo agradece porque la mayoría de los ayuntamientos están muchísimo peor que Majadahonda. Indica al Grupo Centrista que el agujero ascendía a 34 millones de euros y ese agujero ha sido tapado con abnegación y miseria y el resto, un tercio de los ingresos del Ayuntamiento, se ha tapado con la subida del impuesto sobre bienes inmuebles y quizá sea cierto que el resto de ayuntamientos no han subido ese impuesto pero cree que esos

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otros ayuntamientos van a retroceder 20 años y dice esto porque en estos momentos hay ayuntamientos, de todos las posiciones políticas, que no han hecho lo que tenían que hacer porque hay que reducir de forma drástica los gastos de servicios directos al ciudadano (los gastos del capítulo I no se pueden reducir porque no lo permite la ley), o hay que subir los impuestos. Reitera que ayuntamientos del mismo tamaño que el nuestro, mantienen deudas, con un solo proveedor, de 34 millones de euros, a algunos les han cortado la luz, no pueden pagar las nóminas, etc. pero este Ayuntamiento está preparado para dar servicio a sus vecinos en los próximos cuatro años y sus cuentas son estables y saneadas. Termina su intervención diciendo que es probable que la subida del impuesto sobre bienes inmuebles haya costado al Partido Popular la pérdida de dos concejales pero, si tuviera que volver a subirlo, lo subiría por responsabilidad política e insiste en que este Ayuntamiento es de los pocos, en la Comunidad de Madrid y en España, que está preparado para afrontar, durante los próximos cuatro años, los servicios que se deben prestar a los ciudadanos. Sometido este asunto a votación, la Corporación por catorce (14) votos a favor correspondientes al Grupo Municipal Popular y once (11) votos en contra correspondientes a los Grupos Municipales Socialista, Unión Progreso y Democracia, Izquierda Unida-Los Verdes y Centrista, ACUERDA: Primero.- Aprobar la Cuenta General del Presupuesto del ejercicio de 2010 del Ayuntamiento de Majadahonda, del Patronato Monte del Pilar y de la empresa municipal PAMMASA. Segundo.- Aprobar la entrega al uso general de las inversiones del Ayuntamiento de Majadahonda relacionadas en la memoria, cuya valoración contable asciende a 5.815.878,08€. Tercero.- Acordar la aplicación del resultado económico del Ayuntamiento de Majadahonda de 2010 que asciende a 14.311.707,30 euros, directamente a la cuenta de Patrimonio. Cuarto.- Acordar la aplicación del resultado económico del Patronato

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Monte del Pilar de 2010 que asciende a 275.236,35 euros, directamente a la cuenta de Patrimonio. Quinto.- Dar cuenta de los reparos formulados por la Intervención municipal durante el ejercicio que se adjuntan al expediente.

3.(113/11) APROBACIÓN DE LAS CUENTAS

CORRESPONDIENTES A LOS GRUPOS MUNICIPALES DEL PRIMER SEMESTRE DE 2011 (3.1.5)

Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros documentos, constan los siguientes: A) Informe-PROPUESTA DE RESOLUCIÓN del Interventor

Accidental, de 26-8-2011, que dice:

1. Naturaleza de este informe

Las asignaciones de dotaciones económicas a los Grupos Políticos Municipales están reguladas por el art. 73.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL) en la redacción de la Ley 11/1999, de 21 de abril. Según consta en las Bases de ejecución, las dotaciones económicas a los Grupos Políticos del Ayuntamiento de Majadahonda, a que se refiere el artículo 73 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, de Bases de Régimen Local (en la redacción dada por la Ley 11/1999), se harán efectivas mediante subvención a cada Grupo Político Municipal. Así mismo en las Bases de ejecución consta que antes del ../.. del ejercicio siguiente a su percepción, cada Grupo Político presentará cuenta justificativa de los gastos realizados durante el ejercicio anterior, acompañada de los documentos justificativos de dichos gastos y de los extractos de la cuenta con la relación de todos sus movimientos durante el referido período, en el modelo que, a tal efecto, facilite la Intervención municipal. Dicha cuenta y los documentos adjuntos se elevarán

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al Pleno de la Corporación para su fiscalización y, en su caso, aprobación, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 3º del citado artículo 73 de la Ley 7/1985. Por lo expuesto, este informe no tiene carácter de informe de fiscalización previa (los gastos y los pagos ya han sido realizados) y hay que calificarlo dentro de los enumerados en la letra h) del art. 4.1. del RD 1174/1987, de 18 de septiembre, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional, que dice:

“h) La emisión de informes, dictámenes y propuestas que en materia económico-financiera o presupuestaria le hayan sido solicitadas por la Presidencia, por un tercio de los Concejales o Diputados (…)”.

2. Normativa aplicable

• Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de

Régimen Local (LRBRL) en la redacción de la Ley 11/1999 de 21 de abril, art. 73.3.

• Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

• RD 500/1990, de 20 de abril, de desarrollo de la LHL en materia de Presupuestos (RDP).

• Orden EHA/3565/2008, de 3 diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales.

• Bases de Ejecución del Presupuesto General de 2011. • Código de Comercio, art. 24. • Real Decreto 87/2005, de 31 de enero, por el que se

modifican el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, el Reglamento de los Impuestos Especiales, aprobado por el Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio, y el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre.

3. Grupo Municipal Popular.

El importe de la subvención asciende a 21.660,00€. Se

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presentan los siguientes justificantes:

FECHA FRA. TERCERO FRA. CONCEPTO IMPORTE

01/01/2011 BMTERRA MAJADAHONDA BO/11000106 Aparcamiento Enero 2011 579,82€

01/02/2011

BMTERRA MAJADAHONDA BO/11000258 Aparcamiento Febrero 2011 597,21€

01/03/2011

BMTERRA MAJADAHONDA BO/11000406 Aparcamiento Marzo 2011 597,21€

01/04/2011

BMTERRA MAJADAHONDA BO/11000557 Aparcamiento Abril 2011 597,21€

01/05/2011

BMTERRA MAJADAHONDA BO/11000710 Aparcamiento Mayo 2011 597,21€

22/03/2011 LARRY AND SIMON 51/11 Buzoneo folletos febrero 708,00€

31/01/2011 MERCADO DE IDEAS 0396/0111F Diseño y maquetación boletin feb 472,00€

07/06/2011 MERCADO DE IDEAS 0416/0611F Consultoria, diseño y comunicación 5.599,10€

10/05/2011 PRODUCCIONES QUILO 30/11 Locución Rosa Quintana 944,00€

15/04/2011 LA TORRE WALLACE F11-1075 Consultoria y asesoramiento online 8.958,03€

30/04/2011 MEYDIS 2011 1004 208 Buzoneo marzo 1.121,00€

19/05/2011 FOTOGRAFIARTE 0411052 Reportajes fotográficos 460,20€

07/04/2011 LOGICAL PAGE COM. 60/2011 Artes graficas 413,00€

TOTAL JUSTIFICADO 21.643,99€!

Del examen de los justificantes se desprende: • La cuenta justificativa se presenta debidamente rubricada. • Comprende debidamente relacionadas, las facturas y

documentos originales por importe igual al consignado en la cuenta- resumen.

• Consta extracto de la cuenta corriente donde han estado depositados los fondos, así como sus movimientos.

• Los gastos realizados y justificados son adecuados al crédito y a las atenciones específicas para cuya cobertura fueron librados los fondos.

• Las facturas recogen con suficiente claridad la expresión

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del importe pagado, del concepto del gasto realizado y la identificación del acreedor, constando en las mismas la conformidad con la prestación recibida mediante el visto bueno del Portavoz del Grupo Popular.

La diferencia no justificada, que asciende a 16,01€, debe reintegrarse a la Tesorería Municipal. Dicho ingreso ha sido realizado el 8 de junio de 2011 acreditándose este extremo con el justificante del abono. 4. Grupo Municipal Socialista.

El importe de la subvención asciende a 7.800,00€. Se presentan los siguientes justificantes:

FECHA FRA.  TERCERO  FRA.  CONCEPTO  IMPORTE 

01/06/2011  MARTIN RICO PROC.  E110289  Honorarios  516,01€ 

01/06/2011  MARTIN RICO PROC.  E110290  Honorarios  470,84€ 

19/05/2011  MICROVEGA  4258  Material informático  67,00€ 

31/05/2011  MA3 PRODUCCIONES  12/2011 Mantenimiento página web ene‐jun 

708,00€ 

18/05/2011  ALVATROS  1448  Diseño y maquetación  1.168,20€ 

TOTAL JUSTIFICADO  2.930,05€ 

A la vista de los justificantes se pone de manifiesto lo siguiente: • Se presenta documento con forma de cuenta justificativa

en el que se relacionen las facturas presentadas rubricadas por el representante del Grupo.

• Consta extracto de la cuenta corriente donde han estado depositados los fondos, así como sus movimientos.

• Las facturas presentadas recogen con suficiente claridad la expresión del importe pagado, del concepto del gasto realizado y la identificación del acreedor, y consta en las mismas la conformidad con la prestación recibida .Como acreditación del pago se presentan copias de las transferencias bancarias y de los cheques con los que se han efectuado los pagos.

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La diferencia no justificada, que asciende a 4.869,95€, debe reintegrarse a la Tesorería Municipal. Dicho ingreso ha sido realizado el 10 de junio de 2011 acreditándose este extremo con el justificante del abono.

5. Grupo Municipal Centrista.

No se presenta relación de facturas. No consta extracto bancario en el que figuren los movimientos de fondos.

Procede el reintegro de la cuantía total de la subvención,

que asciende a 4.020,00€. Dicho ingreso ha sido realizado el 15 de junio de 2011 acreditándose este extremo con el justificante del abono.

6. Grupo Municipal Izquierda Unida. El importe de la subvención asciende a 4.020,00€. Se presentan los siguientes justificantes:

FECHA FRA.  TERCERO  FRA.  CONCEPTO  IMPORTE  IRPF 

01/01/2011  ENIXE  A110004  Cuota mensual página web  32,96€  4,80€ 

03/01/2011  FOLDER  A‐072463  Recambio agenda  11,25€ 

15/01/2011  CARLIN  1808  Recambio sello IU  6,14€ 

21/01/2011  PHOTOCOPY  2310  Fotocopias  18,17€ 

01/02/2011  ENIXE  A110048  Cuota mensual página web  32,96€  4,80€ 

14/02/2011  LE COQ D'OR  A/11248  Tripticos en A4 papel cuché mate  792,96€ 

15/02/2011  JUAN LUIS VACAS  0190  Reparto Información Municipal  330,40€ 

17/02/2011  CORREOS  FR020110875524  Franqueo de cartas  18,55€ 

01/03/2011  ENIXE  A110087  Cuota mensual página web  32,96€  4,80€ 

05/03/2011  CORREOS  FR020111199127  Franqueo de cartas  86,10€ 

15/03/2011  CARLOS CARABAÑA  001  Redacción y maquetación  515,00€  75,00€ 

01/06/2011  CARLOS CARABAÑA  001  IRPF fra. 001 de 15/03/2011  75,00€ 

01/04/2011  LE COQ D'OR  A/11503  Dipticos y tarjetones  1.096,22€ 

01/04/2011  ENIXE  A110136  Cuota mensual página web  32,96€  4,80€ 

01/05/2011  ENIXE  A110180  Cuota mensual página web  32,96€  4,80€ 

09/05/2011  CORREOS  FR020112293135  Franqueo de cartas  25,55€ 

09/05/2011  TERESA MUÑOZ  11/11  70% Redacción nueva pagina web  825,94€ 

01/06/2011  TERESA MUÑOZ  22/10  IRPF fra. 22/10 de 07/10/2010  52,95€ 

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FECHA FRA.  TERCERO  FRA.  CONCEPTO  IMPORTE  IRPF 

TOTAL JUSTIFICADO  4.019,03€ 

Del examen de los justificantes se desprende: • La cuenta justificativa se presenta debidamente rubricada. • Comprende debidamente relacionadas, las facturas y

documentos originales por importe igual al consignado en la cuenta- resumen.

• Consta extracto de la cuenta corriente donde han estado depositados los fondos, así como sus movimientos. En este sentido, como el pago de la subvención se retrasó hasta el 18 de mayo, adelantaron el pago de las facturas recuperando el importe al final del período.

• Los gastos realizados y justificados son adecuados al crédito y a las atenciones específicas para cuya cobertura fueron librados los fondos.

• Las facturas recogen con suficiente claridad la expresión del importe pagado, del concepto del gasto realizado y la identificación del acreedor, constando en las mismas la conformidad con la prestación recibida mediante el visto bueno de la Portavoz del grupo.

Presenta la siguiente incidencia: existen cinco facturas emitidas por Sergio Albillo Blasco (ENIXE), que tienen retención de IRPF, la cual no ha sido ingresada en la Agencia tributaria. La suma de las retenciones asciende a 24,00€. El obligado tributario es el Ayuntamiento de Majadahonda, ya que los grupos municipales no tienen personalidad jurídica propia. El procedimiento habitual es que el grupo político transfiera la cantidad retenida a la Tesorería Municipal, y ésta proceda a ingresar el IRPF en la declaración trimestral. El grupo municipal justificaría como fondos aplicados el pago neto al contratista más la transferencia del IRPF al Ayuntamiento, disponiendo de menos dinero para gastar. Como no se ha seguido este procedimiento, el Ayuntamiento tiene la obligación de ingresar la retención en la

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Hacienda Pública. Por tanto, la subvención real que ha soportado el presupuesto de gastos del Ayuntamiento supera la cantidad aprobada por el Pleno para Izquierda Unida en 19,05. La diferencia no justificada asciende a 0,97€€, que sumados al saldo de la cuenta corriente al inicio del período, resulta la obligación de reintegrar 4,95€ a la Tesorería Municipal. Dicho ingreso ha sido realizado el 10 de junio de 2011 acreditándose este extremo con el justificante del abono. 7. Conclusiones.

Las cantidades no justificadas y reintegradas de la subvención se formalizan como un reintegro de pagos del ejercicio corriente; suponen un menor gasto a aplicar al presupuesto. A la vista de los datos anteriores, las subvenciones han sido debidamente justificadas, los fondos aplicados a su finalidad, y las obligaciones de reintegro por las cantidades no gastadas, cumplidas por todos los perceptores de los fondos públicos. En base a todo lo anteriormente informado, se formula la siguiente

Propuesta de Resolución:

A la vista del presente informe, se propone al Pleno de la Corporación la aprobación de las Cuentas de los Grupos Políticos del primer semestre de 2011.”

B) Dictamen de la Comisión Informativa de Economía y

Hacienda de 22-9-2011, favorable. El Portavoz Adjunto del Grupo Municipal Centrista, Sr. del Río, solicita que se voten, de forma separada, las cuentas de cada Grupo Político. El Sr. Presidente indica que, como es tradicional, se va a votar

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por separado la Cuenta de cada Grupo Municipal. Sometida a votación la Cuenta del Grupo Municipal Popular correspondientes al primer semestre de 2011, ES APROBADA al resultar catorce (14) votos a favor correspondientes al Grupo Municipal Popular, ningún (0) voto en contra y once (11) abstenciones correspondientes a los Grupos Municipales Socialista, Unión Progreso y Democracia, Izquierda Unida-Los Verdes y Centrista. Sometida a votación la Cuenta del Grupo Municipal Socialista correspondiente al primer semestre de 2011, ES APROBADA al resultar cuatro (4) votos a favor correspondientes al Grupo Municipal Socialista, ningún (0) voto en contra y veintiún (21) abstenciones correspondientes a los Grupos Municipales Popular, Unión Progreso y Democracia, Izquierda Unida-Los Verdes y Centrista. Sometida a votación la Cuenta del Grupo Municipal Izquierda Unida correspondiente al primer semestre de 2011, ES APROBADA al resultar dos (2) votos a favor correspondientes al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, ningún (0) voto en contra y veintitrés (23) abstenciones correspondientes a los Grupos Municipales Popular, Socialista, Unión Progreso y Democracia y Centrista. Sometida a votación la Cuenta del Grupo Municipal Centrista correspondiente al primer semestre de 2011, ES APROBADA al resultar dos (2) votos a favor correspondientes al Grupo Municipal Centrista, ningún (0) voto en contra y veintitrés (23) abstenciones correspondientes a los Grupos Municipales Popular, Socialista, Unión Progreso y Democracia e Izquierda Unida-Los Verdes. 4.(114/11) DAR CUENTA DEL INFORME DE

INTERVENCIÓN SOBRE CUMPLIMIENTO DEL OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA CON MOTIVO DE LA APROBACIÓN DE LA CUENTA GENERAL DE 2010 DEL

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA Y ENTIDADES DEPENDIENTES (3.1.5)

Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros documentos, constan los siguientes: A) Informe del Sr. Interventor, de 11-8-2011, con el Conforme

con la propuesta para que pase al Pleno para su dación de cuenta, de la Concejal Delegada de Economía y Hacienda, cuyo texto es el siguiente:

“El presente informe se emite en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16.2 del Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria, en su aplicación a las entidades locales 1. Normativa básica aplicable. • LRBRL: Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las

Bases del Régimen Local. • TRLHL: Texto Refundido de Ley 39/1988, de 28 de

diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de mayo.

• RDP: Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo Primero del Título Sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales.

• ICAL(n): Instrucción del Modelo Normal de Contabilidad Local, aprobada por Orden EHA/4041/2004, de 23 de noviembre.

• LGP: Ley 47/2003, de 26 de noviembre General Presupuestaria.

• TRLGEP: Texto Refundido de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria, aprobado por RDL 2/2007, de 28 de diciembre.

• RLGEP: RD 1463/20007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el desarrollo de la LGEP, en su aplicación a las entidades locales.

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2.- Otras disposiciones y documentos de referencia o de aplicación.

• SEC-95: Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y

Regionales, constituido como norma jurídica obligatoria en todos sus elementos y directamente aplicable a todos los estados miembros de la Unión Europea por el Reglamento (CE) 2223/96, de 25 de julio de 1996.

• MANUAL SEC-95: Manual de cálculo del déficit en Contabilidad Nacional adaptado a las Corporaciones Locales (1ª edición), confeccionado por la Intervención General del Estado en el marco de las actuaciones previstas en el “Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para asuntos económicos sobre mejora en la transparencia en el ámbito de la información económica y estadística proporcionada por el Gobierno”.

3.- Sujeción de las Entidades Locales al principio de estabilidad presupuestaria.

El artículo 2.1,d) del TRLEGP incluye, a efectos de la Ley de Estabilidad, dentro del sector público a las entidades locales, los organismos autónomos y los entes públicos dependientes de aquellas, que presten servicios o produzcan bienes que no se financien mayoritariamente con ingresos comerciales. Según el artículo 3.1 del mismo texto, estas entidades “se sujetarán al principio de estabilidad presupuestaria en los términos establecidos en el artículo 19 de la Ley”. En este sentido, el apartado 3º del mencionado artículo 19 entiende dicho principio, para el grupo de entidades locales en el que hay que incluir al Ayuntamiento de Majadahonda y entes dependientes, como “la situación de equilibrio o de superávit en términos de capacidad de financiación de acuerdo con la definición contenida en el Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales (SEC-95)”. Para ello, el artículo 4 del RGLEP distingue, dentro del ámbito de cada entidad local, entre las entidades dependientes que producen bienes y servicios no financiados mayoritariamente con ingresos comerciales, contempladas en el apartado 1º de este artículo, que formarán un grupo de consolidación

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diferenciado a efectos la evaluación del cumplimiento del objetivo de estabilidad, del resto de entes dependientes en los que no se cumple dicha condición. Para éstas, dicho principio se entenderá cumplido, según el artículo 15 del RLGEP, cuando las liquidaciones presupuestarias de las citadas entidades alcancen, una vez consolidadas, el equilibrio o superávit en los términos establecidos por el SEC-95. Por otro lado, el resto de entidades dependientes de la entidad local matriz no incluidas en las que se han citado anteriormente, entre las que están aquellas que prestan servicios o producen bienes financiados mayoritariamente por ingresos de mercado, tendrán igualmente que cumplir el objetivo de estabilidad, individualmente consideradas, es decir sin formar parte del grupo de consolidación previsto, aprobando sus respectivas cuentas de pérdidas y ganancias en situación de equilibrio financiero. 4.- Evaluación del cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria en la liquidación del Presupuesto del Ayuntamiento de Majadahonda para 2010 y de las entidades dependientes del mismo.

4.1 Entidades sujetas al cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria: Para la aplicación a las Entidades Locales de los criterios para la evaluación del objetivo de estabilidad presupuestaria, el artículo 1 del RLGEP prevé la existencia de un Inventario de Entes del Sector Público Local, formado y gestionado por la Dirección General de Coordinación Financiera del Ministerio de Economía y Hacienda, donde deben figurar todas las entidades locales y los organismos y demás entes dependientes de ellas, clasificadas según los criterios establecidos en el artículo 2 del mencionado Reglamento. En este informe, al igual que ocasiones anteriores, se clasificarán los entes dependientes del Ayuntamiento de Majadahonda de acuerdo con nuestra interpretación del contenido del artículo 2 del RLGEP, prescindiendo, sin embargo, del estudio de la naturaleza y actividad de los mismos a los efectos de la evaluación del objetivo de estabilidad, ya que

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éstas no han variado respecto a lo que consta en los informes de años anteriores. De acuerdo con lo que se ha expuesto, los distintos grupos de consolidación que, según el RLGEP, hay que tener en cuenta para la evaluación del cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria pueden no coincidir con el estado de consolidación del Presupuesto General del Ayuntamiento para 2010 que, en virtud del artículo 166 del TRLHL, debe unirse como anexo en el expediente de aprobación del mismo y que incluye las siguientes entidades: a) El Presupuesto del Ayuntamiento. b) El Presupuesto del Organismo Autónomo “Patronato

Monte del Pilar”. c) El estado de previsión de gastos e ingresos de la Sociedad

Anónima de capital íntegramente municipal “PATRIMONIO MUNICIPAL DE MAJADAHONDA, S.A.” (PAMMASA).

Por otro lado, debe estudiarse la inclusión en el mencionado grupo de aquellas entidades en las que participa este Ayuntamiento, cuyos presupuestos no se incluyen en el Presupuesto General. En este sentido, consta en la memoria de la Cuenta General del ejercicio 2010 la participación de este Ayuntamiento en las siguientes entidades: 1. Instituciones sin fines de lucro participadas (art. 2.1,e

RGLEP): • Fundación Centro internacional de estudios

económicos y sociales 2. Consorcios constituidos con otras Administraciones

Públicas (art. 2.1,f RLGEP): • Consorcio televisión digital local Madrid noroeste

4.2 Clasificación de las entidades a efectos del SEC-95: En anteriores informes de evaluación del cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria emitidos por esta Intervención, se estudian los criterios de clasificación del MANUAL SEC-95 que deben aplicarse a cada una de las entidades relacionadas en el apartado anterior, con independencia de su naturaleza jurídica y del concepto de

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Administración Pública que pueda establecerse en nuestro ordenamiento jurídico. No creemos necesario reproducir el contenido de dichos informes, ya que la composición actual y la naturaleza de las operaciones de las entidades dependientes no han variado sustancialmente respecto a anteriores ejercicios. Por tanto, de acuerdo con dichos criterios, las únicas entidades que deben formar el grupo de consolidación para la evaluación del cumplimiento del principio de estabilidad presupuestaria, según el artículo 4.1 del RLGEP, son las siguientes: • El Ayuntamiento como entidad matriz • El Organismo Autónomo Patronato Monte del Pilar Por otro lado, la sociedad mercantil PAMMASA deberá ser objeto de evaluación individual del cumplimiento del citado principio de estabilidad presupuestaria a través del análisis de su cuenta de pérdidas y ganancias, que tiene que aprobarse, según el artículo 4.2 del RLGEP, en situación de equilibrio financiero, de acuerdo con los criterios del plan de contabilidad que le sea de aplicación. 5.- Evaluación del cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria en las entidades comprendidas en el artículo 4.1 del RLGEP.

Según el citado precepto, estas entidades liquidarán sus presupuestos consolidados ajustándose al principio de estabilidad establecido en el apartado 3 del artículo 19 del TRLGEP que se define como la situación de equilibrio o de superávit en términos de capacidad de financiación según el SEC-95 y se calcula como diferencia entre los ingresos no financieros (capítulos I a VII) y los gastos no financieros (capítulos I a VII). 5.1 Ayuntamiento de Majadahonda: La liquidación del Presupuesto del Ayuntamiento para 2010 que se aprobó por Decreto de la Alcaldía Presidencia 0577/2011 de 28 de febrero, arroja los siguientes datos:

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Sobre estos datos, el MANUAL SEC-95 recomienda la

realización de determinados ajustes para homogeneizar el cálculo del déficit o superávit en los términos de Contabilidad Nacional. Entre todos los propuestos en dicha publicación, de acuerdo con el criterio de esta Intervención, se aplicarán los que se relacionan a continuación, junto con una breve explicación de su procedencia:

CAPACIDAD DE FINANCIACION AYUNTAMIENTO INGRESOS

CAP DENOMINACIÓN PREVISIONES INICIALES (1)

MODIFICACIONES (2)

PREVISIONES DEFINITIVAS

DCHOS REC NETOS (2)

I Impuestos directos 36.266.535,00 36.266.535,00 40.551.127,26 II Impuestos indirectos 792.000,00 792.000,00 1.129.092,86 III Tasas y otros ingresos 9.474.375,00 35.400,00 9.509.775,00 8.309.902,77 IV Transferencias corrientes 19.197.691,00 386.593,38 19.584.284,38 16.267.853,13 V Ingresos patrimoniales 2.368.401,00 2.368.401,00 3.176.651,01 INGRESOS CORRIENTES 68.099.002,00 421.993,38 68.520.995,38 69.434.627,03

VI Enajenación inversiones reales 122.000,00 4.357,92 126.357,92 193.488,91

VII Transferencias de capital 159.500,00 7.206.584,06 7.366.084,06 7.890.182,87 INGRESOS DE CAPITAL 281.500,00 7.210.941,98 7.492.441,98 8.083.671,78

INGRESOS NO FINANCIEROS 68.380.502,00 7.632.935,36 76.013.437,36 77.518.298,81

GASTOS

CAP DENOMINACIÓN CRÉDITOS

INICIALES (1) MODIFICACIONES

(2) CRÉDITOS TOTALES

OBLIG REC NETAS (2)

I Gastos de personal 33.338.800,00 -2.343.197,42 30.995.602,58 28.697.214,17

II Gastos en bienes c/c y servicios 28.856.109,00 2.308.008,50 31.164.117,50 29.410.359,15

III Gastos financieros 1.304.344,00 -55.871,42 1.248.472,58 219.635,45 IV Transferencias corrientes 2.485.181,00 359.481,68 2.844.662,68 2.703.192,95 GASTOS CORRIENTES 65.984.434,00 268.421,34 66.252.855,34 61.030.401,72

VI Inversiones reales 275.000,00 85.671.751,42 85.946.751,42 28.605.753,66 VII Transferencias de capital 6.500,00 294.971,71 301.471,71 29.478,08

GASTOS DE CAPITAL 281.500,00 85.966.723,13 86.248.223,13 28.635.231,74

GASTOS NO FINANCIEROS 66.265.934,00 86.235.144,47 152.501.078,47 89.665.633,46 INGRESOS NO FINANCIEROS 68.380.502,00 7.632.935,36 76.013.437,36 77.518.298,81 GASTOS NO FINANCIEROS 66.265.934,00 86.235.144,47 152.501.078,47 89.665.633,46

CAPACIDAD DE FINANCIACION 2.114.568,00 -76.487.641,11 -12.147.334,65

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• Impuestos, tasas y otros ingresos: En la contabilidad presupuestaria, los ingresos se registran

en el momento en que se reconoce el respectivo derecho, que puede ser previo o simultáneo al cobro, según provenga, respectivamente, de liquidaciones de contraído previo o no. Actualmente el SEC-95 establece que el criterio para la imputación de los ingresos fiscales es el de caja.

De acuerdo con este criterio, si el importe de tales derechos

reconocidos supera el valor de los cobros, tanto del ejercicio corriente como de los cerrados, se efectuará un ajuste negativo que reducirá el saldo presupuestario, incrementando el déficit público a efectos del SEC-95. Si, por el contrario, la cuantía de los derechos reconocidos es inferior al importe de los cobros del presupuesto corriente y de presupuestos cerrados, el ajuste positivo, resultante de la diferencia de valores, disminuirá el déficit en Contabilidad Nacional.

Así pues, sobre los datos de la liquidación presupuestaria

de 2010, deben realizarse, respecto a los ingresos tributarios, los siguientes ajustes:

• Intereses:

Presupuestariamente se imputan los intereses explícitos e

implícitos de deudas en el momento del reconocimiento de la obligación, esto es, según su vencimiento, recogiéndose en el Capítulo III “Gastos financieros” del estado de gastos del Presupuesto.

DESCRIPCION DERECHOS

RECONOCIDOS

REC. NETA EJERCICIO CTE.

REC. NETA EJERCICIOS CERRADOS

CONTABILIDAD NACIONAL

AJUSTES MAYOR DEFICIT

AJUSTES MENOR DEFICIT

IMPUESTOS DIRECTOS 44.030.432,44 35.769.279,41 2.001.927,57 37.771.206,98 6.259.225,46 IMPUESTOS INDIRECTOS 1.182.698,40 1.036.323,32 323.118,32 1.359.441,64 176.743,24 TASAS Y OTROS INGRESOS 5.646.268,33 4.102.017,75 248.712,81 4.350.730,56 1.295.537,77 -

TOTAL 50.859.399,17 40.907.620,48 2.573.758,70 43.481.379,18 7.554.763,23 -

176.743,24

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En la Contabilidad Nacional, por el contrario, rige el principio de devengo; así, a fin de ejercicio deberán incorporarse los intereses explícitos devengados, tanto vencidos como no vencidos.

De este modo, por la diferencia entre los intereses

devengados y las obligaciones reconocidas en el Presupuesto puede surgir:

a) Un mayor gasto no financiero a efectos de la Contabilidad

Nacional, cuando la cuantía devengada supere el importe de las obligaciones reconocidas en el período; en este caso, el ajuste supondrá un mayor déficit

b) Un menor gasto no financiero en la Contabilidad Nacional que el reconocido en el Presupuesto, cuando la cuantía devengada sea inferior a las obligaciones reconocidas; aquí, el ajuste determinará una mayor capacidad de financiación o menor déficit.

Sobre los datos de la liquidación del Presupuesto de 2010 procede el siguiente ajuste:

AÑO CONTABILIDAD 

PRESUP.  CONTABILIDAD 

NACIONAL   AJUSTES 

2010  INTERESES Cap. III  INTERESES Cap. III  Mayor déficit  Menor déficit 

         0,00 

TOTAL  139.021,12  163.481,80  24.460,68  0,00 

• Obligaciones pendientes de aplicar al Presupuesto: En la Contabilidad Presupuestaria se recogen aquellas

obligaciones vencidas y exigibles para las que se ha dictado el correspondiente acto formal de reconocimiento y liquidación. Sin embargo, puede suceder que a final del ejercicio existan obligaciones vencidas y exigibles que, por diversos motivos, no hayan sido objeto de reconocimiento formal en dicha Contabilidad; el importe de dichas obligaciones, en virtud de lo establecido en la vigente ICAL(n), debe recogerse en el Balance de Situación de la entidad a 31 de diciembre, a través del saldo acreedor de la cuenta “413 Acreedores por obligaciones pendientes de aplicar a presupuesto”.

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En la Contabilidad Nacional el principio del devengo se

enuncia con carácter general para el registro de cualquier flujo económico y, en particular, para las obligaciones. La aplicación de este principio implica el cómputo de cualquier gasto efectivamente realizado en el déficit de una unidad pública, con independencia del momento en que tiene lugar su imputación presupuestaria.

Sobre los datos de la liquidación presupuestaria de 2010

procede efectuar, por este motivo, el siguiente ajuste:

    CONTABILIDAD 

PRESUPUESTARIA    CONTABILIDAD NACIONAL      AJUSTE    

  CAPÍTULOS DE 

GASTOS CDTOS. 

DEFINITIVOS OBLIG. REC. 

NETAS GASTO 

DEVENGADO     Mayor déficit Menor déficit 

 I  Gastos de personal  30.995.602,58 28.697.214,17           

 II Gastos en bienes ctes. y serv.  31.164.117,50 29.410.359,15 30.874.217,12    1.463.857,97    

 III  Gastos financieros  1.248.472,58 219.635,45           

 IV Transferencias corrientes  2.844.662,68 2.703.192,95 2.733.867,55    30.674,60    

  GASTOS CORRIENTES  66.252.855,34 61.030.401,72 62.524.934,29    1.494.532,57    

 VI  Inversiones reales  85.946.751,42 28.605.753,66 29.122.948,88    517.195,22    

 VII Transferencias de capital  301.471,71 29.478,08 75.221,48    45.743,40    

  GASTOS DE CAPITAL  86.248.223,13 28.635.231,74 29.198.170,36    562.938,62    

  GASTOS NO FINANCIEROS  152.501.078,47 89.665.633,46 91.723.104,65    2.057.471,19    

El Resultado Presupuestario, considerando únicamente las operaciones no financieras y aplicando los ajustes anteriores para homogeneizar dicha magnitud con los criterios de cálculo del déficit o superávit en la Contabilidad Nacional se expone en el siguiente cuadro:

  

DERECHOS RECONOCIDOS

NETOS

OBLIGACIONES RECONOCIDAS

NETAS

MAYOR DÉFICIT

MENOR DÉFICIT

CAPACIDAD DE

FINANCIACIÓN

a) OPERACIONES CORRIENTES  69.434.627,03  61.030.401,72  9.073.756,48 176.743,24  ‐492.787,93

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

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B) OTRAS OPERACIONES NO FINANCIERAS  8.083.671,78  28.635.231,74  562.938,62 ‐21.114.498,58

1.‐ TOTAL OPERACIONES NO FINANCIERAS (a+b)  77.518.298,81  89.665.633,46  9.636.695,10 176.743,24  ‐21.607.286,51

CAPACIDAD DE FINANCIACIÓN  77.518.298,81  89.665.633,46  9.636.695,10 176.743,24  ‐21.607.286,51

5.2 Patronato Monte del Pilar: De la liquidación del Presupuesto de 2010 de este Organismo

Autónomo dependiente del Ayuntamiento de Majadahonda se extraen los siguientes datos:

CAPACIDAD DE FINANCIACIÓN

CAPÍTULOS DE

INGRESOS Previsiones

Iniciales Modificaciones Previsiones Definitivas

Derechos Netos

III

TASAS PRECIOS PUBLICOS Y OTROS INGRESOS

13.230,00 13.230,00  7.549,94

IV TRANSFERENCIAS CORRIENTES

1.077.073,00 1.077.073,00  1.077.073,00

VII TRANSFERENCIAS DE CAPITAL

6.509,00 6.509,00  6.509,00

INGRESOS NO FINANCIEROS 1.096.812,00 0 1.096.812,00 1.091.131,94

CAPÍTULOS DE GASTOS Modificaciones Créditos Totales

Obligaciones Reconocidas

I GASTOS DE PERSONAL 224.041,00 224.041,00  210.644,49

II

GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS

850.253,00 850.253,00  772.442,44

III GASTOS FINANCIEROS 50,00 50,00 

VI INVERSIONES REALES 6.509,00 10.319,10 16.828,10  5.298,54

GASTOS NO FINANCIEROS. 1.080.853,00 10.319,10 1.091.172,10  988.385,47

CAPACIDAD DE FINANCIACIÓN 15.959,00 5.639,90 102.746,47

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

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Sobre los datos anteriores no procede hacer, según el criterio de esta Intervención, ningún ajuste de los propuestos en el MANUAL SEC-95.

5.3 Capacidad de financiación consolidada:

El artículo 4.1 del RLGEP impone la consolidación de los datos derivados de las liquidaciones presupuestarias de la entidad local y de todas las entidades dependientes que presten servicios o produzcan bienes no financiados mayoritariamente con ingresos comerciales.

El cuadro de consolidación, incluyendo únicamente las operaciones no financieras de las dos entidades es el siguiente:

Capítulos I a VII  AYUNTAMIENTO   MONTE DEL PILAR  Ajustes  TOTAL CONSOLIDADO 

Ingresos no financieros  77.518.298,81  1.091.131,94  1.077.073,00  79.686.503,75 

Gastos no financieros  89.665.633,46  988.385,47  6.509,00  90.660.527,93 

TOTALES  ‐12.147.334,65  102.746,47  1.070.564,00  ‐10.974.024,18 

La capacidad de financiación consolidada, considerando

los ajustes recomendados por el MANUAL SEC-95, es negativa por valor de -16.319.033,66 € que representa el 22,57% de los derechos reconocidos netos consolidados por operaciones no financieras:

CAPACIDAD DE FINANCIACIÓN CONSOLIDADA 

CONCEPTOS     MAYOR DÉFICIT  MENOR DÉFICIT  TOTALES 

INGRESOS NO FINANCIEROS CONSOLIDADOS  79.686.503,75  7.579.223,91 176.743,24  72.284.023,08

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

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GASTOS NO FINANCIEROS CONSOLIDADOS  90.660.527,93  2.081.931,87    88.578.596,06

CAPACIDAD DE FINANCIACIÓN CONSOLIDADA  ‐10.974.024,18  5.497.292,04 176.743,24  ‐16.294.572,98

6.- Evaluación del cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria en las entidades comprendidas en el artículo 4.2 del RLGEP La evaluación del cumplimiento de estas entidades se realizará, como se ha dicho, individualmente, debiendo aprobar sus respectivas previsiones de cuentas de pérdidas y ganancias en situación de equilibrio financiero. De las Cuentas Anuales del ejercicio 2010 formuladas por el Consejo de Administración y pendientes de aprobación por la Junta General de la sociedad mercantil PAMMASA, única entidad comprendida en el ámbito del artículo 4.2 del RLGEP, se deduce que la Cuenta de Pérdidas y Ganancias presenta un Resultado del ejercicio negativo, por valor de -258.065,98€ por lo que, de acuerdo con el artículo 4.2 del RLGEP dicha entidad no está en situación de equilibrio financiero. En este sentido, el artículo 24 del RLGEP establece que estas entidades incumplirían el objetivo de estabilidad cuando incurran en pérdidas cuyo saneamiento requiera la dotación de recursos no previstos en el escenario de estabilidad del artículo 4.1 de dicho texto. Esta Intervención, con los datos que dispone, interpreta que sólo cuando las pérdidas acumuladas de la sociedad mercantil provoquen un desequilibrio patrimonial que requiera una aportación extraordinaria de su único accionista para compensar las mismas, o bien la Junta General de la sociedad y el Pleno del Ayuntamiento aprueben una subvención corriente a la explotación para enjugar dichas pérdidas, resultaría afectado por esta circunstancia el equilibrio o desequilibrio en el escenario de estabilidad previsto en el artículo 4.1 del RLGEP. Como quiera que ninguno de estos supuestos se da, puede considerarse que las pérdidas reflejadas en las Cuentas Anuales

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de 2009 de PAMMASA no llevarían a dicha entidad a incumplir el objetivo de estabilidad, según el artículo 24 del RLGEP. 7.- Conclusión De acuerdo con estos datos, tras la liquidación del Presupuesto de 2010, el Ayuntamiento de Majadahonda se encontraría en una situación de déficit, en los términos del SEC-95, en un porcentaje superior al 5,53% de los derechos reconocidos netos consolidados por operaciones no financieras, establecido en el Acuerdo de 28 de abril de 2011 de la Subcomisión de Régimen Económico, financiero y fiscal de la Comisión Nacional de Administración Local, por lo que es necesario adoptar las medidas pertinentes de corrección previstas en el artículo 22 de la LGEP. A tal efecto se emite el presente informe, con carácter independiente del emitido en cumplimiento del artículo 168.4 del TRLHL que debe elevarse al Pleno. Por otro lado, en cumplimiento del último párrafo del artículo 16 del RLGEP, deberá remitirse el presente informe a la Dirección General de Coordinación Financiera con las Entidades Locales en el plazo de quince días desde la elevación al Pleno de este informe.”

B) PROPUESTA DE RESOLUCIÓN del Sr. Interventor, de

11-8-2011 con el Conforme con la propuesta para que pase al Pleno para su dación de la Concejal Delegada de Economía y Hacienda, que dice:

“El art. 16.4 del Reglamento de Estabilidad presupuestaria, aprobado por Real decreto 1463 de 2 de noviembre, dispone sobre la evaluación del cumplimiento del objetivo de estabilidad:

“… la Intervención local elevará al Pleno un informe sobre el cumplimiento del objetivo de estabilidad de la propia entidad local y de sus organismos y entidades dependientes.

El informe se emitirá con carácter independiente y se incorporará a los previstos en los artículos 168.4, 177.2 y 191.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, referidos, respectivamente, a la aprobación del presupuesto general, a sus modificaciones y a su liquidación.

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El Interventor local detallará en su informe los cálculos efectuados y los ajustes practicados sobre la base de los datos de los capítulos 1 a 9 de los estados de gastos e ingresos presupuestarios, en términos de Contabilidad Nacional, según el Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales.

Asimismo, la Intervención de la entidad local elevará al Pleno informe sobre los estados financieros, una vez aprobados por el órgano competente, de cada una de las entidades dependientes del artículo 4.2 del presente Reglamento.

Cuando el resultado de la evaluación sea de incumplimiento, la entidad local remitirá el informe correspondiente a la Dirección General de Coordinación Financiera con las Entidades Locales o al órgano competente de la Comunidad Autónoma que ejerza la tutela financiera, en el plazo máximo de 15 días hábiles, contados desde el conocimiento del Pleno.”

El motivo de realizar Informe de evaluación del objetivo

de estabilidad presupuestaria con ocasión de la presentación de la Cuenta General se debe a que es en este momento cuando esta Intervencion dispone de los datos necesarios para consolidar los Presupuestos que integran el Presupuesto General.

En cumplimiento de lo anterior y previo dictamen de la

Comisión Informativa de Asuntos Económicos, se efectúa la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Que el Pleno Municipal se dé por enterado del Informe de

la Intervención, de cumplimiento del objetivo de Estabilidad Presupuestaria con ocasión de la presentación de la Cuenta General 2010 del Ayuntamiento de Majadahonda, Organismo Autónomo Patronato Monte del Pilar y entidades dependientes, a tenor del art. 16.2 del RGLEP, cumpliéndose el trámite dispuesto por dicho precepto.”

C) Dictamen de la Comisión Informativa de Economía y

Hacienda de 22-9-2011, favorable.

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El Pleno de la Corporación SE DA POR ENTERADO del informe de la Intervención, de cumplimiento del objetivo de Estabilidad Presupuestaria con ocasión de la presentación de la Cuenta General 2010 del Ayuntamiento de Majadahonda, Organismo Autónomo Patronato Monte del Pilar y entidades dependientes, a tenor del art. 16.2 del RGLEP, cumpliéndose el trámite dispuesto por dicho precepto.

5.(115/11) APROBACIÓN DE LA ADHESIÓN AL CONVENIO

SUSCRITO ENTRE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Y LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS PARA LA RECAUDACIÓN EN VÍA EJECUTIVA DE LOS RECURSOS DE DERECHO PÚBLICO. (11.5.1)

Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros, constan los siguientes documentos: A) PROPUESTA DE RESOLUCIÓN de la Jefe de Servicio de

Contratación de Servicios y Suministros, de 19-9-2011, con el Vº Bº del Concejal Delegado de Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos y Seguridad, cuyo texto es el siguiente: “PROPUESTA DE RESOLUCION De conformidad con lo establecido en el art. 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 2568/1986, cabe señalar los siguientes: HECHOS 1º) En fecha 12 de julio de 2011 mediante moción de la

Concejal de Economía y Hacienda, se insta la tramitación del expediente reglamentario para la adhesión del Ayuntamiento de Majadahonda al Convenio entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la

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Federación Española de Municipios y Provincias para la recaudación en vía ejecutiva de los recursos de derecho público de las Corporaciones locales.

2º) En fecha 5 de septiembre de 2011, se emite Informe por la

Jefa de Recaudación e Inspección del Ayuntamiento de Majadahonda, sobre la conveniencia de suscribir el acuerdo de recaudación con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

3º) Figura en el expediente Resolución de 6 de mayo de 2011,

del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica el Convenio con la Federación Española de Municipios y Provincias para la recaudación en vía ejecutiva de los ingresos de derecho público de las corporaciones locales publicado en el BOE nº 119 de 19 de mayo de 2011, al que se adjunta el modelo de Protocolo de adhesión al Convenio, el ANEXO I Especificaciones del envío de deudas para la incorporación a la vía de apremio, el ANEXO II Fichero de información de resultados del proceso de validación de envíos de deudas para su incorporación a la vía de apremio, el ANEXO III Diseño informático de la información de detalle de la gestión realizada por la A.E.A.T. de las deudas externas incorporadas a la gestión en vía de apremio (con coste del servicio), el ANEXO IV Fichero mensual de devoluciones de ingresos indebidos, el ANEXO V Fichero mensual de devoluciones del coste de garantía, el ANEXO VI Información de detalle de deudas externas aplazadas o fraccionadas en vía de apremio, el ANEXO VII Información de detalle de deudas externas con pendiente de gestión a fin de cada periodo mensual, y donde se refleja el objeto, el ámbito de aplicación, la vigencia del mismo, las características de las acciones a desarrollar, los derechos y obligaciones de cada una de las partes intervinientes, el coste del servicio y demás extremos del mismo.

4º) Figura en el expediente Retención contable por importe de

5.000€, operación contable 003 9320 22706 22011004925, nº 220110007011.

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5º) En fecha 12 de septiembre de 2011, se emite Informe de Secretaría General.

6º) En fecha 19 de septiembre de 2011, se emite Informe de

Intervención. A los anteriores HECHOS le son de aplicación los siguientes, FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO.- Con carácter general los artículos 55 a 62 de la Ley 7/85 de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, artículos 61 a 71 del Real Decreto Legislativo 781/86 de 18 de abril por el que se aprueba el Texto Refundido de disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante L.C.S.P.) modificada por ley 34/2010, de 5 de agosto y por Ley 2/2011, de 4 de Marzo, de Economía Sostenible y con carácter supletorio lo establecido en el Título I de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, por cuanto los convenios se caracterizan por ser instrumentos jurídicos, que se enmarcan en el campo de las relaciones interadministrativas y relaciones con personas y entidades de derecho público y privado, como manifestación de la potestad organizativa externa de las Administraciones públicas para el ejercicio de sus competencias. SEGUNDO.- En concreto, tanto el artículo 10 como el artículo 55 d) de la Ley 7/85 de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local establecen el principio de colaboración entre la Administración local y el resto de Administraciones Públicas. En este sentido el artículo 57 de dicha ley establece que con carácter general, la cooperación económica, técnica y administrativa entre la Administración local y el resto de Administraciones Públicas territoriales, podrá tener lugar, en todo caso, mediante los Consorcios o convenios administrativos que se suscriban. TERCERO.- El artículo 8 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la

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Ley Reguladora de las Haciendas Locales, afirma que las Administraciones Tributarias del Estado, de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales colaborarán en todos los órdenes de gestión, liquidación, inspección y recaudación de los tributos locales. CUARTO.- Los artículos 213 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales en cuanto al control y fiscalización de los actos administrativos que den lugar al reconocimientos y liquidación de derechos y obligaciones o gastos de contenido económico.

Conforme los hechos y fundamentos de derecho

anteriormente relatados y de conformidad con lo dispuesto en el art 169 del Texto Refundido 781/1.986 de 18 de Abril, y a la vista del informe de la Jefa de Servicio de de Recaudación e Inspección., procede elevar al Pleno, previo dictamen por la Comisión Informativa correspondiente, la siguiente PROPUESTA DE RESOLUCIÓN 1º.- Aprobar la adhesión íntegra al Convenio suscrito entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Federación Española de Municipios y Provincias para la recaudación en vía ejecutiva de los recursos de derecho público de las Corporaciones Locales por parte de la Agencia Estatal de Administración Tributaria con vigencia hasta el 31 de Diciembre de 2011. Al término de dicho período se entenderá tácitamente prorrogado por plazos anuales sucesivos, salvo denuncia expresa con seis meses de antelación a la fecha de su vencimiento como mínimo y con un coste para el Ayuntamiento de Majadahonda de 5.000 €, para el ejercicio 2011. 2º.- Determinar que será el Alcalde-Presidente de la Entidad Local, el órgano competente para la firma del Protocolo de Adhesión al convenio, así como para realización de todas aquellas actuaciones necesarias tendentes a dar cumplimiento al objeto del mismo, así como para su aplicación y ejecución. No obstante la Corporación, con superior criterio acordará lo que estime más conveniente.

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B) Dictamen de la Comisión Informativa de Economía y Hacienda,

de 22-9-2011, favorable. El Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Cabezón, indica que su Grupo está de acuerdo con la adhesión a este convenio porque, es de máximo interés para los vecinos de Majadahonda, poder trabajar la recaudación de 17.657 recibos por un importe de 9,1 millones de euros como figura en el informe del Interventor porque significa que el Ayuntamiento va a trabajar para recaudar los ingresos que deben realizar ciudadanos que viven fuera de Majadahonda y entiende que también debe existir algún otro convenio para recaudar los ingresos de ciudadanos que viven en Majadahonda. A continuación pregunta si se están detectando problemas para recaudar esas deudas como se ha comentado en el punto 2 de esta misma sesión. Termina su intervención preguntando por qué el Ayuntamiento no cobra los 5,5 millones de euros que, fundamentalmente, corresponden a concesiones administrativas y que deberían pagar las empresas concesionarias. La Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sra. Madrigal, indica que su Grupo está de acuerdo con este Convenio que se va a suscribir con la Agencia Tributaria porque va a favorecer el pago de los recibos impagados de ciudadanos que viven fuera de Majadahonda. Termina su intervención diciendo que no se sabe qué cantidad se puede recaudar en virtud de este convenio pero está de acuerdo con su firma y además hay que tener en cuenta que no cuesta dinero al Ayuntamiento. El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. Santana, indica que su Grupo también está de acuerdo con este convenio.

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El Portavoz Adjunto del Grupo Municipal Centrista, Sr. del Río, indica que su Grupo también está de acuerdo pero le gustaría que se reforzara la capacidad ejecutiva de cobro de las deudas que se tienen porque no es normal que pague una multa el ciudadano que quiera y el que no quiera no la pague y dice esto porque no se ha cobrado nada por multas y ello considera importante que el Ayuntamiento refuerce sus propios sistemas de cobro para intentar que paguen los morosos. La Concejal Delegada de Economía y Hacienda, Sra. Menéndez, indica al Grupo Socialista que no existe ningún otro convenio y que éste es el primero que se firma con la Agencia Estatal Tributaria. Sigue diciendo que se va a firmar este convenio porque resulta muy difícil cobrar las deudas de los sujetos que se van a vivir fuera del municipio y solo se les puede cobrar a través de la Agencia Estatal Tributaria porque es el organismo que tiene centralizados todos los datos y por ello la Federación Española de Municipios y Provincias ha realizado un convenio al que se pueden adherir todos los municipios que quieran. El Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Cabezón, pregunta si el Ayuntamiento va a necesitar acudir a alguna agencia externa para cobrar las deudas que mantienen los contribuyentes que viven en Majadahonda. La Concejal Delegada de Economía y Hacienda, Sra. Menéndez, explica que la Recaudación Municipal poner en marcha todas sus armas recaudatorias (desde la sanción hasta la subasta de bienes) para recaudar las deudas de los contribuyentes que viven en Majadahonda. Sometido este asunto a votación, la Corporación, por unanimidad, ACUERDA: Primero.- Aprobar la adhesión íntegra al Convenio suscrito entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Federación

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Española de Municipios y Provincias para la recaudación en vía ejecutiva de los recursos de derecho público de las Corporaciones Locales por parte de la Agencia Estatal de Administración Tributaria con vigencia hasta el 31 de Diciembre de 2011. Al término de dicho período se entenderá tácitamente prorrogado por plazos anuales sucesivos, salvo denuncia expresa con seis meses de antelación a la fecha de su vencimiento como mínimo y con un coste para el Ayuntamiento de Majadahonda de 5.000 €, para el ejercicio 2011.

Segundo.- Determinar que será el Alcalde-Presidente de la Entidad Local, el órgano competente para la firma del Protocolo de Adhesión al convenio, así como para realización de todas aquellas actuaciones necesarias tendentes a dar cumplimiento al objeto del mismo, así como para su aplicación y ejecución.

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6.(116/11) APROBACIÓN DEFINITIVA DEL ESTUDIO DE

DETALLE PARA EL TRASVASE DE DENSIDAD Y EDIFICABILIDAD ENTRE LAS PARCELAS RUH6 Y RUH9-2 DEL ÁREA DE DESARROLLO Nº 23 “ROZA MARTÍN” DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA FORMULADO POR AFAR-4 S.L. (12.1.5)

Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros documentos, constan los siguientes: A) PROPUESTA DE RESOLUCIÓN del Técnico de

Administración General de Urbanismo, con el Conforme del Concejal de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda y el Vº Bº del Concejal Delegado de Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos y Seguridad, que dice:

“Vistas las actuaciones practicadas en el expediente de razón y los siguientes,

HECHOS

Primero. El 4 de octubre de 2010, D. Francisco Javier Cubo Cubo, en representación de AFAR-4, S.L., presenta solicitud de admisión y aprobación del proyecto de Estudio de Detalle para el trasvase de densidad y edificabilidad entre la parcelas RUH6 y RUH9-2 del Área de Desarrollo nº 23 “Roza Martín”. El Estudio de Detalle redactado por el Estudio Guadan, S.L.P., sociedad colegiada núm. 70.413 y visado por el C.O.A.M. el 4 de Noviembre de 2010, contiene memoria y planos. Segundo. Con fecha 15 de noviembre de 2010, se emite informe por el Arquitecto Municipal en el que se indica que la propuesta de trasvase cumple con lo establecido en el artículo 27.11 de las NN.UU. del Plan Parcial al no superar el límite del 10%. Igualmente se indica en el informe que queda justificado la conveniencia del trasvase. Tercero. Con fecha 20 de Junio de 2011 por el Técnico de Administración General se emite informe – propuesta de Resolución en el que se propone lo siguiente:

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ADMITIR A TRÁMITE CON APROBACIÓN INICIAL el proyecto de Estudio de Detalle presentado por AFAR-4, S.L., para el trasvase de densidad y edificabilidad entre las parcelas RUH6 Y RUH-9-2 del Área de Desarrollo nº 23 “Roza Martín”; y ORDENAR la apertura del trámite de INFORMACIÓN PÚBLICA por plazo de 20 DÍAS mediante publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en uno de los periódicos de mayor circulación de la provincia, y notificación individual a todos los afectados, de conformidad con el art. 60 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid y el art. 140 del Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento Urbanístico. DAR UN PLAZO de 5 días al interesado para que aporte documento acreditativo de la práctica y abono de la Tasa por Prestación de Servicios Urbanísticos por importe de 1.228,44 € (art. 9 Ordenanza fiscal nº 11). Cuarto. Mediante Decreto de la Alcaldía núm. (1401/2011) de fecha 30 de Junio de 2.011 se acordó:

“Visto el informe del Arquitecto Municipal de fecha 15 de Noviembre de 2.010 y el informe-propuesta de resolución formulado por el Técnico de Administración General de Urbanismo de fecha 20 de Junio de 2.011 y, de conformidad con los mismos, "ASUNTO: Admisión de solicitud a trámite y aprobación Inicial de un estudio de detalle para el trasvase de densidad y edificabilidad entre la parcelas RUH6 y RUH9-2 del Área de Desarrollo nº 23 “Roza Martín” del Plan General de Ordenación Urbana

INFORME JURÍDICO - PROPUESTA DE RESOLUCION Visto el expediente de referencia y según el art. 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, caben señalar los siguientes

HECHOS Primero.- El 4 de octubre de 2010, D. Francisco Javier Cubo Cubo, en representación de AFAR-4, S.L., presenta solicitud de admisión y aprobación del proyecto de Estudio de Detalle para el trasvase de densidad y edificabilidad entre la parcelas RUH6 y RUH9-2 del Área de Desarrollo nº 23 “Roza Martín”. El Estudio de Detalle redactado por el Estudio Guadan, S.L.P., sociedad colegiada núm. 70.413 y visado por el C.O.A.M. el 4 de Noviembre de 2010, contiene memoria y planos.

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Segundo.- Con fecha 15 de noviembre de 2010, se emite informe por el Arquitecto Municipal en el que se indica que la propuesta de trasvase cumple con lo establecido en el artículo 27.11 de las NN.UU. del Plan Parcial al no superar el límite del 10%. Igualmente se indica en el informe que queda justificado la conveniencia del trasvase.

A los anteriores HECHOS le son de aplicación los siguientes, FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Pertinencia del Estudio de Detalle. Se presenta por AFAR-4, S.L., propuesta de Estudio de Detalle a fin

de trasvasar edificabilidad y número de viviendas entre las parcelas RUH-6 y RUH-9-2, situadas en el Área de Desarrollo nº 23 “Roza Martín”. Antes de analizar el cumplimiento de los requisitos formales, es preciso comprobar la pertinencia de su aprobación.

De acuerdo con los arts. 48.1.c) y 53 LSCM, los estudios de detalle podrán concretar la definición de los volúmenes edificables (disposición de los volúmenes), en las áreas y supuestos previstos en el Plan General o Plan Parcial, pero en ningún caso podrán incrementar la edificabilidad ni parcelar el suelo. (Véase también sobre la función del Estudio de Detalle la Sentencia del Tribunal Supremo de 11 abril 1996, RJ 1996\5471).

A juicio de este técnico, el Estudio de Detalle propuesto no infringe ninguna de las limitaciones previstas en la ley.

El trasvase de viviendas entre manzanas no supone parcelar el suelo, ya que las parcelas resultantes del proyecto de reparcelación son las propias manzanas, no las parcelas de cada una de las viviendas, y por tanto no hay alteración de las superficies y linderos de las manzanas. El trasvase de viviendas supondría sólo una nueva división interna de la manzana pero no una nueva parcelación del suelo.

El trasvase de edificabilidad tampoco supone incrementar la edificabilidad en el sector ni en la zona urbanística en que se efectúa. Lo que se permite es incrementar la de una parcela (o más bien manzana), al tiempo que se reduce el aprovechamiento de otra, dentro la misma zona urbanística. Esta posibilidad de incremento la permite las Normas Urbanísticas del Plan Parcial del Área de Desarrollo nº 23 “Roza Martín”, cuyo art. 27.11 establece:

“En casos debidamente justificados, se admitirán trasvases de número de viviendas y de edificabilidad entre manzanas de esta ordenanza no superiores a un 10%, según los procedimientos que al efecto establezca el Ayuntamiento.”

El informe técnico de 15 de noviembre de 2010 informa favorablemente la aprobación inicial del Estudio de Detalle ya que el interesado justifica adecuadamente el trasvase y éste no supera el límite del 10% fijado por el plan. No consta sin embargo en el expediente, que se haya establecido algún procedimiento para el presente trasvase de edificabilidad, pero parece lógica la solicitud de aprobación de un estudio de detalle por el interesado, al ser éste el siguiente escalón dentro del planeamiento urbanístico.

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Esta posibilidad, cuando la da el plan parcial no ha sido discutida por la jurisprudencia, aunque los tribunales han insistido en que el posterior estudio de detalle debe estar conforme con la ordenación superior y con los parámetros en ella establecida, en especial, por lo que ahora ocupa, con la edificabilidad prevista en el plan (Véanse las Sentencias del Tribunal Supremo de 23 noviembre 1998, RJ 1998\8606; y de 24 septiembre 1996, RJ 1996\8215; y las Sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 6 abril de 2005, RJCA 2005\471 y de 30 octubre de 2007 JUR 2008\94645).

En alguna ocasión, sin embargo, donde esta delegación se ha visto anulada en el procedimiento administrativo anterior al proceso judicial, los tribunales, sin ser la nulidad la cuestión debatida, mostraban su conformidad con esa anulación. Así, la Sentencia del Tribunal Supremo de 23 enero de 1991 (RJ 1991\597) establece:

“FUNDAMENTOS DE DERECHO (Sentencia apelada) […] SEGUNDO.- «La cuestión que se trata de dilucidar en el presente recurso, se

reduce a determinar si el Estudio de Detalle aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Burgos en fecha 14 de julio de 1983, da respuesta a la verdadera finalidad y alcance que a este instrumento urbanístico le concede el art. 14.4 de la Ley del Suelo y 65.1.c) del Reglamento de Planeamiento Urbanístico ( RCL 1978\1965 y ApNDL 1975-85, 13921), esto es si supone realmente un complemento o adaptación a la realidad de las determinaciones establecidas en el Plan Parcial del Polígono G-9 en relación con el volumen de edificabilidad establecido en el mismo para las parcelas R-2-c-1, R-2-c-2, R-10-b-II y R-11-c ya que por medio de tal Estudio de Detalle , se pretende un trasvase de volumen entre unas y otras en relación con la ordenación de los volúmenes de acuerdo con las especificaciones de tal plan, o por el contrario, excede de estos aspectos y se convierte en una nueva regulación del volumen máximo permitido en cada una de las parcelas que integran dicho Polígono, ya que, la materia regulada en dicho Estudio de Detalle , es el Trasvase de volumen edificable entre las parcelas indicadas, en virtud del cual se pretende dar un uso distinto a una planta baja ya construida, y que estaba previsto en el Plan que fuesen destinados a garajes, que no computan volumétricamente, para ser destinados a un uso comercial, que sí lo computan, para lo cual era necesario proceder atrasvasar de la parcela R-2-c-1, 3.981, 70 metros cúbicos a la parcela R-10-b-II y 1.104,52 metros cúbicos a la parcela R-11-c, con lo cual la parcela R-2, que tiene previsto en el Plan Parcial un volumen de 110.000 metros cúbicos, quedará con un volumen de 111.613; la parcela R-10 que tiene un volumen de 95.000 metros cúbicos, alcanza la totalidad de 85.763,70 y la R-11 que tiene adjudicado un volumen máximo de 77.000, alcanza los 81.310,22 metros cúbicos, si bien, se sostiene por la parte demandada, que tal modificación no implica un aumento de viviendas ni de densidad de población».

TERCERO.-

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«La parte actora, considera que tal Estudio de Detalle supone una violación a las prescripciones del plan parcial, por cuanto supone un aumento del volumen construible en determinadas parcelas, al tiempo que se reduce el establecido para otras. Por su lado, el Ayuntamiento de Burgos, como Administración demandada, sostiene que el medio empleado es el adecuado, ya que el Estudio de Detalle aprobado como finalidad la ordenación del volumen , siendo ésta y no otra, lo pretendido por aquél, mediante lo que técnicamente se llama transferencia de aprovechamiento urbanístico. E. S. B., S. A., alega que el Colegio de Arquitectos, infringe el principio de que nadie debe ir en contra de sus propios actos, ya que concedió el visado preceptivo al Estudio de Detalle , sin denegarlo, y en todo caso, la ordenación volumétrica no es contenido propio de los Planes al no recogerlo así el art. 13, de la Ley del Suelo, dentro del contenido que les reconoce, atribuyéndoles por el contrario el art. 65 del Reglamento de Planeamiento a los Estudios de Detalle ».

CUARTO.- «La naturaleza jurídica de los Estudios de Detalle es la propia del

ordenamiento jurídico subordinado, ocupando la escala inferior de las disposiciones urbanísticas, y teniendo por finalidad complementar el planeamiento, destinado a establecer, adaptar o reajustar alineaciones, rasantes o reordenar los volúmenes determinados en los Planes Generales o Parciales, arts. 14.4 de la Ley del Suelo, y 65 del Reglamento de Planeamiento, sin que pueda contener determinaciones propias de los Planes aprobados, o Normas complementarias y Subsidiarias de Planeamiento, que no estuvieran previamente establecidas en los mismos, siendo su carácter el de instrumento de planeamiento, fundamentalmente interpretativo en la aplicación de determinaciones ya concretas y pormenorizadas del Plan -Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 7 de noviembre de 1987 ( RJ 1987\8783 )-. Por tanto, incurrirá en ilegalidad, el Estudio de Detalle que intente colmar el vacío de ordenación urbanística adoptando determinaciones originarias que son propias de los Planes, por lo que siendo su única misión la de adaptación complemento urbanístico, no puede alterar las previsiones del Plan en cuanto al aprovechamiento de los terrenos comprendidos en él -Sentencias del Tribunal Supremo de 21 de enero y 23 de febrero de 1981 ( RJ 1981\181 y RJ 1981\681 ) y 11 de abril de 1986 ( RJ 1986\2638 )- lo que supone que tales estudios , no pueden aumentar ni disminuir la determinación volumétrica fijada por la Norma Urbanística, ya que lo mismo aumentando que reduciendo se altera el aprovechamiento y, éste ha de ser respetado y al no hacerlo así, se vulnera la norma urbanística cuando aquél prevé más o menos volumen de edificación prevista por ésta, sentencia de fecha 5 de diciembre de 1987 ( RJ 1987\9363 ), y sin que pueda alterar usos preestablecidos, sentencia de 19 de noviembre de 1987».

QUINTO.- «Fijado el alcance, la finalidad y la naturaleza jurídica de los Estudios

de Detalle en relación con los Planes, debe valorarse en concreto, el Estudio de Detalle que nos ocupa. Así, tenemos, que en el Plan Parcial del Polígono

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G-9, se habían establecido las determinaciones volumétricas de cada una de las parcelas, se habían fijado en dicho plan los usos, de manera que la planta que quiere dedicarse a locales comerciales, en el Estudio de Detalle , tenía un uso preestablecido en el Plan de Planta de garajes. Dicho Plan, se aprobó definitivamente por Orden de 7 de junio de 1977, y el mismo fue aprobado previa declaración de nulidad, o supresión del art. 11 de dicho Plan, en el cual precisamente se preveía la posibilidad de variar en el 25% en más o menos el volumen asignado a cada parcela residencial resultante de la reparcelación, siempre que no se modifique el volumen total residencial asignado en este Plan Parcial, con objeto de facilitar la distribución de volúmenes y parcelas a los propietarios de los terrenos; es decir, se pretende con el Estudio de Detalle que nos ocupa, llevar a cabo lo que precisamente no admitió en su día la Orden de aprobación definitiva del Plan y que únicamente podría lograrse mediante la modificación del mismo, en este mismo sentido se manifiestan los informes técnicos emitidos por el Director Provincial del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo y por el Letrado y Arquitecto señores R. y U. de fecha 21 de febrero de 1983. Debe concluirse, que el Estudio de Detalle , desborda las determinaciones del Plan, en cuanto a la volumetría permisible en cada parcela, fijada tanto en el Plan, como en el Proyecto de Reparcelación de dicha Unidad, excediéndose de su cometido esencial, por lo que procede estimar en todas sus partes el recurso interpuesto, a tenor de lo establecido en el art. 83.1 de la Ley Jurisdiccional ( RCL 1956\1890 y NDL 18435), sin que exista mérito legal que permita la imposición de costas a ninguna de las partes, a tenor de lo dispuesto en el art. 131.1 de la misma Ley.»

FUNDAMENTOS DE DERECHO (Tribunal Supremo) Se aceptan los de la sentencia apelada. PRIMERO.- La sentencia de instancia anula el acuerdo plenario del Ayuntamiento

de Burgos, de fecha 14 de julio de 1983, así como la denegación presunta por silencio administrativo del recurso de reposición entablado contra el mismo por el Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid, por el cual se aprobaba el Estudio de Detalle del Polígono G-9 de dicha ciudad, mediante el cual se pretendía un trasvase de volúmenes entre las parcelas R-2-c-1, R-2-c-2, R-10-b-II y R-11-c, con la finalidad de que unos determinados espacios destinados al uso de garajes en planta baja, ya construidos, puedan destinarse al uso de locales comerciales aprovechándose del volumen no construido en otra parcela. Apelada la sentencia por el Ayuntamiento de Burgos, su discrepancia con la misma estriba en insistir en los argumentos ya expuestos en la primera instancia en la contestación a la demanda y conclusiones, achacando a la sentencia no haber advertido, con la necesaria precisión, la finalidad perseguida por el Estudio de Detalle , finalidad que no va en contra de la naturaleza jurídica de los Estudios de Detalle , toda vez, y además, que la ordenación de los volúmenes no es materia propia de un Plan Parcial sino del Plan General, y el hecho concreto de que una Orden ministerial no aprobase el art. 11 de las Ordenanzas del Plan Parcial, que

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permitía que el volumen de cada parcela residencial pudiera ser variado en el 25% en el proyecto de reparcelación o en la asignación de volúmenes en la Junta de compensación siempre que no se modificase el volumen total asignado, nada significa en contra de lo pretendido en el Estudio de Detalle anulado.

SEGUNDO.- La sentencia ha captado con precisión lo que se perseguía con la

aprobación del Estudio de Detalle , y que mereció la rotunda desaprobación de la Dirección Provincial del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo en Burgos; así como del Letrado y del Arquitecto Municipales, según consta en el expediente administrativo, en cuyos informes se dice que, en realidad, se trata de una operación de compraventa de volúmenes , puramente comercial en la que están interesadas la Cooperativa San Lesmes y las entidades Esbusa y Vimunsa. Los Planes Parciales en cuanto desarrollan los Planes Generales en su ámbito territorial pueden contener determinaciones atinentes al volumen , como se desprende de los arts. 58.3, 61, c) y 65.1, c) del Reglamento de Planeamiento; es decir, según este último precepto, está fuera de toda duda que los Estudios de Detalle pueden ordenar los volúmenes de acuerdo con las especificaciones del Plan Parcial, y, por supuesto, de los Generales y de las Normas Subsidiarias y Complementarias. Pero la propia Ley del Suelo, en su art. 14, y el Reglamento de Planeamiento en los arts. 65 y 66, interpretados por copiosa jurisprudencia cuya cita cronológica deviene por ello innecesaria, han dejado claro la limitada funcionalidad de los mismos, en cuanto «humilde pieza complementaria del planeamiento», así titulada en sentencia de 11 de abril de 1986; sólo pueden completar o, en su caso, adaptar las determinaciones de los Planes Generales para el suelo urbano y de los Planes Parciales en su ámbito y suelo no urbano, sin que, en modo alguno, puedan alterar el aprovechamiento correspondiente a los terrenos ni la asignación de usos pormenorizados en las zonas en que se divide el territorio planeado por razón de los mismos (art. 13 de la Ley y 65 del Reglamento de Planeamiento); en cuanto a la ordenación de los volúmenes se hará con exquisito respeto a los mismos de acuerdo con las especificaciones del Plan sin que pueda alterarse el uso exclusivo o predominante del mismo, hasta tal punto, que en esta materia las posibilidades de actuación del Estudio debe merecer una interpretación restrictiva. En el caso concreto que nos ocupa el Plan Parcial de la Unidad Urbana G-9 señala para cada parcela el volumen máximo autorizable y la realidad es que el Estudio de Detalle los modifica, aunque no altere el volumen total del conjunto de las parcelas afectadas, circunstancia que tampoco ha sido probada, por otra parte. Pero es que también se modifican los usos y en realidad se pretende sustituir las plazas de garaje en planta baja -cuya construcción, por otro lado, no se acredita- que no computan volumen , por locales comerciales que sí computan en otra parcela distinta más o menos alejada.”

El supuesto de hecho abordado por la sentecia difiere sin embargo, del presente expediente ya que en el Plan Parcial de aplicación existe una delegación a otros procedimientos para los supuestos de trasvase, siendo el

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estudio de detalle una posible y natural alternativa que no ha sido discutida en otras ocasiones por los tribunales. Además de las Sentencias citadas anteriormente, cabe mencionar la Sentencia del Tribunal Supremo de 2 septiembre 1993 (RJ 1993\6633) que establece:

“SEGUNDO.- Antes de entrar en el estudio de las cuestiones planteadas en esta

apelación interesa señalar como antecedentes que la modificación del Plan General y aprobación del Plan de Reforma Interior a los que se ha aludido en el fundamento anterior, así como el Estudio de Detalle cuestionado en el presente proceso, tienen su origen en la construcción de una Estación de Autobuses en la localidad de Valls. Para la obtención de los terrenos necesarios para la ubicación de la indicada Estación de Autobuses se llegó a un acuerdo con el propietario de aquéllos, acuerdo que en lo fundamental fue recogido por los instrumentos de planeamiento a los que antes se ha aludido. Destaca el apelante que el art. 9 de la referida modificación del Plan General determina que «la edificación del solar destinado a Estación de Autobuses será la misma que el resto de los solares de la isla núm. 1. No obstante, previo acuerdo con los propietarios interesados será posible traspasar volumen sobrante al resto de la isla siempre que se contemple en el correspondiente Estudio de Detalle ». Es este Estudio de Detalle , aprobado como consecuencia de lo determinado en el artículo acabado de referir, el impugnado en estos autos.

[…] Con relación al Estudio de Detalle cuestionado en los autos se dice

por el apelante que como dicho instrumento urbanístico realiza el traspaso de volumen entre solares incurre en infracción del ordenamiento urbanístico. Tampoco puede acogerse esta alegación dada la finalidad, antes indicada, de los Estudios de Detalle . Por otro lado, y como ya quedó antes señalado, preciso es resaltar que la prueba pericial de la primera instancia ha puesto de manifiesto que el Estudio de Detalle litigioso se ha adaptado a las prescipciones del Plan General.”

Tampoco se discute la pertinencia del Estudio de Detalle en la Sentencia del Tribunal Sumpremo de 10 abril 2000 (RJ 2000\4931) que establece:

“SEGUNDO Como primer motivo de casación, alega la parte recurrente infracción

por la sentencia de instancia de los artículos 14 del Texto Refundido de la Ley del Suelo de 9 de abril de 1976 ( RCL 1976, 1192 y ApNDL 13889) (TRLS) y 66 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico ( RCL 1978, 1965 y ApNDL 13921) (RP), ya que, a su juicio, el Estudio de Detalle ha sobrepasado el límite impuesto por dichos preceptos, de no alterar el aprovechamiento que corresponda a los terrenos comprendidos en su ámbito y no alterar las condiciones de ordenación de los predios colindantes.

Los recurrentes reconocen que la edificabilidad global de la manzana ordenada por el Estudio de Detalle no experimenta alteración, pero denuncian

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que sí lo hacen las parcelas de su propiedad, que han de ceder edificabilidad en beneficio de la parcela del promotor del Estudio, propietario de una finca sobre la que existía un patio interior que ocupaba gran parte de su superficie. De la argumentación expuesta se desprende el error en que incurren los recurrentes. No cabe hablar de edificabilidad aislada de parcelas cuando éstas se integran en una unidad de ejecución, de tal modo que la edificabilidad resultante ha de distribuirse entre todos los propietarios en función de sus aportaciones. No cabe invocar un perjuicio como propietarios de predios colindantes cuando esos predios forman parte de la unidad de actuación ordenada por el Estudio de Detalle. Las partes recurrentes parecen remontar sus quejas a la propia delimitación de la unidad de actuación a que se refiere el Estudio de Detalle que es objeto de impugnación en este recurso. Pero en éste, limitado al Estudio de Detalle referido y al concreto motivo de casación esgrimido, no existe base alguna para cuestionar la legalidad de aquella delimitación.”

En consecuencia, se considera apropiado articular el trasvase de edificabilidad y número de viviendas a través del Estudio de Detalle presentado.

Y todo ello sin perjuicio de que la doctrina discuta la conveniencia y oportunidad de estas delegaciones contenidas en los planes parciales, ya que con ellas se tiende en ocasiones, se dice, a complicar excesiva e innecesariamente el proceso de planificación urbanística remitiendo cuestiones, sin causa aparente que lo justifique, a ulteriores procedimientos o a estudios de detalle, cuando pudieran quedar perfectamente resueltas en el plan parcial. (Sobre la posible “deslegalización” de los planes véase, entre otras, las Sentencias del Tribunal Supremo de 20 marzo de 1990, RJ 1990\2246; de 15 noviembre de 1993, RJ 1993\8503; de 22 marzo de 1993 RJ 1993\1780; de 6 febrero de 1995, RJ 1995\1071; y de 15 febrero 1999, RJ 1999\1706.)

SEGUNDO.- Requistos formales. El art. 54 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad

de Madrid, establece: “El Estudio de Detalle establecerá las determinaciones y las

formalizará en los documentos que sean adecuados a su objeto, todo ello con la precisión suficiente para cumplir éste.”

Y en desarrollo de este artículo, el art. 66 del Real Decreto 2159/1978, de 23 de Junio, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento, establece:

“Los estudios de detalle contendrán los siguientes documentos: 1. Memoria justificada de su conveniencia y de la procedencia de las

soluciones adoptadas. 2. Cuando se modifique la disposición de volúmenes se efectuará,

además, un estudio comparativo de la edificabilidad resultante por aplicación de las determinaciones previstas en el Plan y de las que se obtienen en el estudio de detalle, justificando el cumplimiento de lo establecido sobre este extremo en el número 3 del artículo anterior.

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3. Planos a escala adecuada y, como mínimo, 1:500 que expresen las determinaciones que se completan, adaptan o reajustan, con referencias precisas a la nueva ordenación y su relación con la anteriormente existente.”

Constan en el proyecto de Estudio de Detalle todos los documentos exigidos: se aporta memoria justificada de la conveniencia del estudio de detalle y de la procedencia de las soluciones adoptadas, estudio comparativo de la edificabilidad resultante, y planos a escala mínima 1:500.

En cuanto a la justificación de la memoria se establece: “Se observa que la superficie de las viviendas no es homogénea en las

dos parcelas variando de 209 a 277 por lo que se propone la modificación de las edificabilidades y número de viviendas en ambas parcelas, sin modificar la edificabilidad y densidad totales de las dos parcelas.”

Como ya hemos apuntado, el informe técnico de 15 de noviembre de 2010 informa favorablemente la aprobación inicial del Estudio de Detalle ya que se justifica adecuadamente la conveniencia del trasvase y éste no supera el límie del 10%. No hay mención sobre si el trasvase infringe las demás determinaciones urbanísticas previstas para la zona, pero no parece que así sea cuando se respeta la parcela mínima de 400m2 para cada una de las parcelas en que quedaría dividida la manzana.

Por último, no consta en el expediente carta de pago por la Tasa por Prestación de Servicios Urbanísticos. La práctica y abono de la autoliquidación de la tasa debe acreditarse en el momento de presentar la solicitud. Se da por tanto al interesado un plazo de 5 días para que acredite el pago de 1.228,44€ (art. 9 Ordenanza fiscal nº 11).

La admisión a trámite y aprobación inicial corresponde al Alcalde de acuerdo con el art. 21.1 j) de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Esta atribución no ha sido delegada en la Junta de Gobierno Local, en aplicación de la habilitación prevista en el art. 21.3 LBRL.”, por el presente

HE RESUELTO, ADMITIR A TRÁMITE CON APROBACIÓN INICIAL el proyecto de

Estudio de Detalle presentado por AFAR-4, S.L., para el trasvase de densidad y edificabilidad entre las parcelas RUH6 Y RUH-9-2 del Área de Desarrollo nº 23 “Roza Martín”; y

ORDENAR la apertura del trámite de INFORMACIÓN PÚBLICA por plazo de 20 DÍAS mediante publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en uno de los periódicos de mayor circulación de la provincia, y notificación individual a todos los afectados, de conformidad con el art. 60 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid y el art. 140 del Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento Urbanístico.

DAR UN PLAZO de 5 días al interesado para que aporte documento acreditativo de la práctica y abono de la Tasa por Prestación de Servicios Urbanísticos por importe de 1.228,44 € (art. 9 Ordenanza fiscal nº 11).”

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Quinto. Que en fecha 17 de Agosto de 2011 se publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid la admisión a trámite de la solicitud, la aprobación inicial del Estudio de Detalle de referencia así como la apertura de trámite de información pública, en los términos recogidos en el Decreto de la Alcaldía 1401/2011, de 30 de junio, anteriormente indicado. De la misma forma se procedió a la publicación del anuncio en el Diario La Razón de 18 de Julio de 2011 y en el tablón de edictos del Ayuntamiento desde el 8 de Julio de 2011 hasta el 1 de Agosto de 2011 así como la notificación individual a los propietarios afectados. No han sido presentadas alegaciones según el informe del Jefe de Negociado de Urbanismo de 13 de septiembre de 2011.

Sexto. Que con 14 de julio de 2.011, se ha incorporado al expediente de razón, la carta de pago por la Tasa por Prestación de Servicios Urbanísticos abonada en fecha 13 de julio de 2011 por un importe de 1.228,44 €.

A los anteriores hechos son de aplicación los siguientes,

FUNDAMENTOS DE DERECHO

1. A la vista del resultado de la información pública, y de

acuerdo con los fundamentos de derecho que justificaron la aprobación inicial del estudio de detalle, que se dan ahora por reproducidos, procede aprobar definitivamente el Estudio de Detalle, sin introducir modificación alguna. El acuerdo debe comunicarse a la Comisión Provincial de Urbanismo en el plazo de diez días de acuerdo con el art. 140 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico, aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio.

2. Artículo 53 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid y 65 del R.D. 2159/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Planteamiento, en cuanto a las funciones, límites y determinaciones de los Estudios de Detalle.

3. El artículo 60 de la citada Ley 9/2001, de 17 de julio; y

artículo 140 del igualmente citado R.D. 2159/1978, de 23 de junio y, finalmente, Ficha u-7 del Reglamento de

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Procedimientos Municipales, aprobado definitivamente por el Pleno en Sesión de 28 de enero de 1997, por lo que se refiere al procedimiento de aprobación de los Estudios de Detalle.

4. Conforme al artículo 22.2 c) de la Ley 7/1985, de 2 de

abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 61.5 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, corresponde al Pleno del Ayuntamiento la aprobación definitiva de los Estudios de Detalle y sus modificaciones.

5. Según establece el artículo 123.1 del R.D. 2568/1986, de

28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, las Comisiones Informativas tienen por función el estudio, informe o consulta de los asuntos que hayan de ser sometidos a la decisión del Pleno y de la Comisión de Gobierno, cuando ésta actúe con competencias delegadas por el Pleno.

Vistos los hechos y fundamentos de derecho anteriormente

expuestos, y previo dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Medio Ambiente y Seguridad procede según lo dispuesto en el artículo 169.1 a) del Texto Refundido 781/1986, de 18 de abril, elevar al Pleno Municipal la siguiente,

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

PRIMERO: Aprobar Definitivamente la el Estudio de Detalle

de iniciativa particular para el trasvase de densidad y edificabilidad entre la parcelas RUH6 y RUH9-2 del área de desarrollo nº 23 “Roza Martín” del plan general de ordenación urbana, presentado por D. Francisco Javier Cubo Cubo, en representación de AFAR-4, S.L.

SEGUNDO: El presente Acuerdo de aprobación definitiva se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, y se comunicará en el plazo de 10 días a la Comisión de Urbanismo de Madrid, así como a los interesados, conforme a lo dispuesto en los arts. 140.5 y 6 del Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento.

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No obstante, el Ayuntamiento en Pleno decidirá lo que estime más conveniente.”

B) Dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Medio

Ambiente y Movilidad, de 23-9-2011, favorable. La Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sra. Montes de Oca, indica que su Grupo se va a abstener en la votación de este punto del Orden del día porque, aunque ha visto en el expediente que el trasvase de densidad no afecta a la edificabilidad total de las parcelas y entra en el 10% máximo permitido, se pregunta por qué no se previó así desde el principio y además piensa que los cambios que se producen a última hora generan desconfianza entre los ciudadanos. El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. Santana, indica que este trasvase entra dentro de legalidad y de la modificación del 10% pero en la Comisión Informativa otro Grupo planteó el por qué de este cambio y, aunque parece que eso no es competencia del Ayuntamiento sino de la empresa que lo solicita, su Grupo desearía conocer los motivos de esta solicitud. Termina su intervención diciendo que a su Grupo no le ha quedado claro cómo se hace ese trasvase de densidad y por ello desearía conocer el procedimiento que debe utilizarse para ello. El Portavoz Adjunto del Grupo Municipal Centrista, Sr. del Río, indica que es cierto que lo que se propone en este expediente es algo menor pero su Grupo no está seguro de que se ajuste con precisión al resto de normas urbanísticas de la zona puesto que, al hacer ese trasvase, se supera el 0,5 m2 de edificabilidad por metro cuadrado (se hace una nueva vivienda con edificabilidad y se supera la edificabilidad ligeramente -0,52 m2-) y la figura que recibe la edificabilidad es media manzana y por ello su Grupo considera necesario que el solicitante hubiera presentado un estudio con más detalle y los Servicios Técnicos debieran haber realizado un análisis más exhaustivo sobre el cumplimiento del resto de normas urbanísticas.

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Termina su intervención reiterando que su Grupo se va a abstener en esta votación y añade que le gustaría, en aras de la transparencia, que se procure que los cambios en la planificación urbanística no salgan a información pública en agosto porque se puede perjudicar a determinados interesados. El Concejal Delegado de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda, Sr. Pérez, indica que todos los informes que obran en el expediente son favorables, es un tema menor a petición del propietario y el trasvase de edificabilidad está permitido por el Plan Parcial. Indica, en cuanto a la petición de que no se realicen exposiciones públicas durante el mes de agosto, que, en aras del buen trabajo del Ayuntamiento, es necesario que los expedientes sigan su ritmo y agosto es un mes como cualquier otro del año y no entiende que los Grupos de la Oposición acusen al Equipo de Gobierno, en algunos momentos, de que se producen muchos retrasos en la tramitación de los expedientes y en otros sean ellos mismos los que pidan que se paralicen los expedientes para que las informaciones públicas no se realicen en agosto. Considera que todos los expedientes deben seguir su tramitación normal y por ello algunas exposiciones públicas pueden realizarse, por ejemplo, en enero y otras en agosto pero, desde su punto de vista, no hay que dar mayor importancia a esa cuestión. Termina su intervención reiterando que este punto del Orden del día es un tema menor y los informes que integran el expediente son favorables y es algo que está permitido por el Plan Parcial. Sometido este asunto a votación, la Corporación, por catorce (14) votos a favor correspondientes al Grupo Municipal Popular, ningún (0) voto en contra y once (11) abstenciones correspondientes a los Grupos Municipales Socialista, Unión Progreso y Democracia, Izquierda Unida-Los Verdes y Centrista, ACUERDA: PRIMERO: Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle de iniciativa particular para el trasvase de densidad y edificabilidad entre la parcelas RUH6 y RUH9-2 del Área de Desarrollo nº 23 “Roza

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Martín” del Plan General de Ordenación Urbana, presentado por D. Francisco Javier Cubo Cubo, en representación de AFAR-4, S.L.

SEGUNDO: Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y comunicarlo, en el plazo de 10 días, a la Comisión de Urbanismo de Madrid así como a los interesados, conforme a lo dispuesto en los arts. 140.5 y 6 del Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento.

7.(117/11) APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA ORDENANZA MUNICIPAL DE CREACIÓN, MODIFICACIÓN O SUPRESIÓN DE FICHEROS DE CARÁCTER PERSONAL PARA INCLUIR LOS FICHEROS DE USUARIOS DE LA RED WIFI Y USUARIOS DEL SISTEMA DE PRÉSTAMO DE BICICLETAS Y PROCEDER A SU PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (8.2)

Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros documentos, constan los siguientes: A) Acuerdo plenario de 30-3-2011, por el que se aprueba

provisionalmente la modificación de la Ordenanza Municipal de Creación, Modificación o Supresión de Ficheros de Carácter Personal para incluir los ficheros de usuarios de Red Wifi y usuarios del sistema de préstamos de bicicletas que figuran en los anexos de los informes de los Servicios de Nuevas Tecnologías y Movilidad Urbana, someter el trámite de información pública y audiencia a los interesados por el plazo mínimo de treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias y remitir a la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid para informe preceptivo.

B) Anuncio publicado en el B.O.C.M. de 27-4-2011. C) Anuncio publicado en el Tablón de Edictos.

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D) Certificación del Secretario General, de 22-6-2011,

acreditando, según informe de la Jefe de Negociado de Información y Registro, que durante el periodo de exposición pública (del 27-4-2011 al 30-5-11) de la aprobación inicial de la Modificación de la Ordenanza Municipal de Creación, Modificación o Supresión de ficheros de carácter personal para incluir los ficheros de usuarios de la red wi-fi y usuarios del sistema de préstamo de bicicletas, no se han presentado alegaciones.

E) Escrito de la Jefe de Servicio de Movilidad Urbana a la

Agencia de Protección de Datos, de 15-7-2011, remitiendo diversa documentación para la emisión de informe preceptivo.

F) Informe del Director de la Agencia de Protección de Datos

de la Comunidad de Madrid, que ha tenido entrada en el Registro General del Ayuntamiento el 9-9-2011, nº 15838, favorable.

G) Informe-PROPUESTA DE RESOLUCIÓN del Jefe de

Servicio de Movilidad, de 13-9-2011, con el Vº Bº del Concejal Delegado de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda, cuyo texto es el siguiente:

“ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- Con fecha 18 de marzo de 2011, se presentan mociones de la Concejal Delegada de Nuevas Tecnologías y Concejal Delegado de Seguridad y Movilidad Urbana, respectivamente de las áreas de su competencia, para la inscripción en la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, de dos nuevos ficheros de datos de carácter personal.

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SEGUNDO.- Los responsables de los Servicios de Nuevas Tecnologías y Movilidad Urbana emiten informes técnicos, con fecha 18 de marzo de 2011 acerca de los ficheros que se van a crear, para que se prepare un proyecto de disposición de carácter general que apruebe el órgano competente. TERCERO.- El Pleno del Ayuntamiento en fecha 29 de julio de 2009 aprobó definitivamente una Ordenanza Municipal de Creación de Ficheros de Carácter Personal para el Ayuntamiento de Majadahonda, a la que habrán de incorporarse los de nueva creación. CUARTO.- Con fecha 20 de marzo de 2011 se emite informe de Secretaría General sobre el régimen jurídico aplicable. QUINTO.- El Pleno de 30 de marzo de 2011 aprobó inicialmente la modificación de la Ordenanza Municipal de creación, modificación o supresión de ficheros para incluir los ficheros de usuarios de la red wifi y usuarios del sistema de préstamo de bicicletas, habiendo sido objeto de publicación en el BOCM el 27 de abril de 2011. SEXTO.- El 22 de junio de 2011 se elaboró certificado por el Secretario General del Ayuntamiento en el que se indicaba que no se habían presentado alegaciones o reclamaciones al citado proyecto, en el plazo de información pública. Dicho certificado fue enviado a la Agencia de Protección de Datos, junto con la documentación correspondiente en fecha 15 de julio de 2011, para solicitar la emisión de informe preceptivo. SÉPTIMO.- Con fecha 9 de septiembre de 2011 se recibe en el Ayuntamiento informe preceptivo favorable al proyecto de disposición, por la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- El Proyecto ha sido objeto de exposición pública por un período de 30 días con el fin de recibir alegaciones al mismo, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 99/2002, de 13 de junio, de regulación del procedimiento de elaboración de disposiciones de carácter general de creación,

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modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal en relación con el artículo 49 de la Ley 7/1985, 2 de abril (LRBRL). No habiéndose efectuado alegaciones, el proyecto provisionalmente aprobado, junto con el documento expreso indicativo de haber llevado a efecto el mencionado trámite de alegaciones y las alegaciones formuladas, ha sido remitido a la Agencia Protección de Datos de la Comunidad de Madrid para informe preceptivo que se le asigna como función en el artículo 15.g) de la Ley 8/2001, de 13 de julio. Dicho informe preceptivo ha sido emitido y remitido en plazo. SEGUNDO.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12 de Decreto 99/2002, “concluido el procedimiento de elaboración del proyecto de la disposición de carácter general, se procederá, en los términos señalados en el artículo 4 del presente Decreto, a su aprobación por el órgano competente para ello, publicándose a continuación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid o en el diario oficial que corresponda”. El mencionado artículo 4 se remite a lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local. A la vista de lo señalado, atendiendo al artículo 49 de la LBRL en relación con el artículo 12 del Decreto 99/2002, procede aprobar definitivamente la disposición que nos ocupa y proceder a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. TERCERO.- Previamente a su aprobación, la presente Disposición deberá ser dictaminada por la Correspondiente Comisión Informativa, de conformidad con el artículo 33.1 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid. Visto los anteriores antecedentes de hecho y fundamentos de derecho, previo dictamen favorable de la Comisión Informativa, se formula la siguiente

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PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Aprobar definitivamente la modificación de la Ordenanza Municipal de Creación, Modificación o Supresión de Ficheros de Datos de Carácter Personal para incluir los ficheros de usuarios de la red wifi y usuarios del sistema de préstamo de bicicletas y proceder a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.”

H) Dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Medio

Ambiente y Movilidad de 23-9-2011, favorable. El Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sr. Ventura, indica que su Grupo, en general, no es partidario de la proliferación de archivos, bases de datos, etc. y cree que sería conveniente aprobar una ley específica que determine la necesidad de contar con una única base de datos en la que figuren todos los datos personales de los ciudadanos. Termina su intervención diciendo que su Grupo se va a abstener en esta votación y, al tratarse de datos personales de los ciudadanos, ruega un cumplimiento absoluto de la Ley de Protección de Datos y pide que el Ayuntamiento sea totalmente escrupulosos con el tratamiento que se pueda dar a esos datos. La Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sra. Madrigal, pregunta si todos los datos personales pasarán a un fichero que será gestionado por la Agencia Madrileña de Protección de Datos. Sigue diciendo que su Grupo Parlamentario va a presentar una proposición no de ley para solicitar la supresión de la Agencia Madrileña de Protección de Datos por considerar que tiene escasa actividad, costes elevados y es otro claro ejemplo de duplicidad entre administraciones públicas. Aclara que, desde el punto de vista de su Grupo, las funciones que desarrolla la Agencia Madrileña de Protección de Datos pueden ser realizadas por la Agencia Española de Protección de Datos.

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Termina su intervención diciendo que el coste de cada fichero que gestiona la Agencia Madrileña es de más 140 € y el de la Agencia Española es de 7 € por lo que está claro que la gestión cuesta 20 veces más a los madrileños que si la hiciera la Agencia Española y por ello su Grupo no va a votar a favor de esta aprobación definitiva para evitar que se sigan manteniendo duplicidades administrativas de este tipo que a su Grupo no gustan. La Portavoz Adjunta del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sra. García Gallo, indica que su Grupo está de acuerdo en que se apruebe definitivamente la modificación de esta Ordenanza pero le preocupa que se haya podido cometer alguna irregularidad con los datos de los majariegos porque el servicio de préstamo de bicicletas y el de la red wifi llevan bastante tiempo funcionando. La Concejal Delegada de Nuevas Tecnologías, Sra. Durán, indica que se aprobó la Ley de Protección de Datos precisamente para evitar el mal uso de los datos de estos ficheros y añade que en este Ayuntamiento se está siguiendo, al pie de la letra, lo que la ley determina. Termina su intervención diciendo que, para evitar el mal uso de esos datos, se ha nombrado un responsable de seguridad y un responsable de seguridad técnica. Sometido este asunto a votación, la Corporación, por dieciséis (16) votos a favor correspondientes a los Grupos Municipales Popular y Centrista, ningún (0) voto en contra y nueve (9) abstenciones correspondientes a los Grupos Municipales Socialista, Unión Progreso y Democracia e Izquierda Unida-Los Verdes, ACUERDA aprobar definitivamente la modificación de la Ordenanza Municipal de Creación, Modificación o Supresión de Ficheros de Datos de Carácter Personal para incluir los ficheros de usuarios de la red wifi y usuarios del sistema de préstamo de bicicletas y proceder a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

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8.(118/11) INCORPORACIÓN DE MAJADAHONDA A LA RED DE CIUDADES POR LA BICICLETA, ADHESIÓN A SUS ESTATUTOS Y NOMBRAMIENTO DE REPRESENTANTE MUNICIPAL (4.11)

Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros, constan los siguientes documentos: A) PROPUESTA DE RESOLUCIÓN de la Jefe de Servicio de

Contratación de Servicios y Suministros, de 19-9-2011, con el Vº Bº del Concejal Delegado de Recursos Humanos, Calidad, Organización y Suministros, cuyo texto es el siguiente:

“De conformidad con lo establecido en el art. 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 2568/1986, cabe señalar los siguientes:

HECHOS

1º) En fecha 8 de Agosto de 2011 mediante moción del Concejal de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda, se insta la aprobación de la adhesión del municipio de Majadahonda a la Red Española de Ciudades por la Bicicleta, con los compromisos que ello conlleva.

2º) En fecha 12 de septiembre de 2011, mediante Moción de Alcaldía, y a la vista de la Moción del Concejal de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda de fecha 8 de Agosto de 2011, se propone nombrar como representante municipal en la Red Española de Ciudades por la Bicicleta a D. Juan Carlos Pérez González, Concejal Delegado de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda.

3º) En fecha 12 de Septiembre de 2011, se emite Informe-Propuesta de la Jefe de Servicio de Movilidad del Ayuntamiento de Majadahonda, donde se concluye que:

“ De los Estatutos y demás documentación aportada por la Secretaría Técnica de la Red de Ciudades por la bicicleta se deduce que la pertenencia a dicha asociación sería de gran ayuda

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para el Ayuntamiento de Majadahonda, teniendo en cuenta que recientemente se han puesto en marcha proyectos para fomentar la movilidad ciclista en el municipio, como son:

- Construcción de Infraestructuras de carril bici. - Implantación de un sistema de alquiler de bicicletas con

18 estaciones. - Implantación de aparcamiento de bicicletas privadas.

De forma complementaria se hace necesario plantear otras actuaciones que apoyen y fomenten el uso de la bicicleta como medio de transporte urbano, y para conseguirlo es importante conocer las iniciativas que se están desarrollando en otros ayuntamientos de España y de Europa y contar con el asesoramiento preciso para ello, así como recomendaciones de buenas prácticas, lo que en gran medida se puede obtener a través de la pertenencia a la Red de Ciudades por la Bicicleta. Con fecha 12 de septiembre de 2011 se ha realizado RC por importe de 2.000 € para hacer frente al pago de las cuotas de pertenencia a la Red el primer año de socio. Por todo lo expuesto se propone: Primero.- Aprobar y solicitar la adhesión del Ayuntamiento de Majadahonda, como miembro de número de la Red Española de Ciudades por la Bicicleta. Segundo.- Nombrar el representante municipal en la mencionada red. Tercero.- Ratificar los Estatutos vigentes de la Red Española de Ciudades por la Bicicleta. Cuarto.- Remitir Certificación del acuerdo de Pleno a la Secretaría General Técnica de la Red Española de Ciudades por la Bicicleta para que tramite la admisión del Ayuntamiento de Majadahonda como nuevo miembro.” 4º) Figura en el expediente copia de los Estatutos de la Red de Ciudades por la Bicicleta de fecha 13 de Marzo de 2009, Socios de la Asociación, y miembros de la Junta Directiva (pendiente de renovación), así como justificante del depósito de la documentación en el Registro Nacional de Asociaciones de fecha 1 de Julio de 2010, previa práctica de la inscripción

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correspondiente en el Grupo 1, Sección 1 número nacional 595475, así como el importe de la cuota anual a sufragar en función del número de población.

5º) Figura en el expediente Retención contable por importe de 2.000€, operación contable 004 1331 22699 22011005989, nº 220110004202.

6º) En fecha 15 de Septiembre se ha emitido el preceptivo Informe de la Secretaría General.

7º) En fecha 19 de septiembre de 2011, se emite Informe de Intervención.

A los anteriores HECHOS le son de aplicación los siguientes,

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Las líneas generales de lo que ha de constituir la Asociación denominada Red de Ciudades por la Bicicleta, se plantean al amparo de lo dispuesto en el artículo 22 de la Constitución Española, Carta Europea de Autonomía Local, Disposición Adicional 5ª de la Ley 7/85 de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.

SEGUNDO.- La Disposición Adicional 5ª de la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, admite y regula en esquema las llamadas Asociaciones de Entidades Locales. Dicha disposición establece que las Entidades Locales pueden constituir Asociaciones, de ámbito estatal o autonómico, para la protección y promoción de los intereses comunes, a las que se aplicará en defecto de normativa específica, la legislación del Estado en materia de asociaciones. Añade el aparatado segundo que las asociaciones de Entidades locales se regirán por sus Estatutos aprobados por las Entidades asociadas, los cuales deberán garantizar la participación de sus miembros en las tareas asociativas y la representatividad de sus órganos de gobierno.

TERCERO.- El artículo 25 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de Bases del Régimen Local, que establece que los

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municipios, ejercerán en todo caso, competencias, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, en materia de actividades o instalaciones culturales y deportivas: ocupación del tiempo libre y turismo, entre otras (25.2, letra m), pudiendo promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal.

CUARTO.- Los artículos 213 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales en cuanto al control y fiscalización de los actos administrativos que den lugar al reconocimientos y liquidación de derechos y obligaciones o gastos de contenido económico.

Conforme los hechos y fundamentos de derecho anteriormente relatados y de conformidad con lo dispuesto en el art 169 del Texto Refundido 781/1.986 de 18 de Abril, y a la vista del informe de la Jefa de Servicio de Movilidad, procede elevar al Pleno, previo dictamen por la Comisión Informativa correspondiente la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

1º.- Aprobar y solicitar la adhesión del Ayuntamiento de Majadahonda, como socio de número, a la “Red Española de Ciudades por la Bicicleta”, que representa un coste para el Ayuntamiento de Majadahonda de 2.000 €, para el ejercicio 2011. 2º.- Aceptar los Estatutos vigentes de la Red Española de Ciudades por la Bicicleta. 3º.-Nombrar como representante del Ayuntamiento de Majadahonda en la “Red Española de Ciudades por la Bicicleta” a D. Juan Carlos Pérez González, Concejal Delegado de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda.

4º.- Remitir Certificación del acuerdo de Pleno a la Secretaría General Técnica de la Red Española de Ciudades por la

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Bicicleta para que tramite la admisión del Ayuntamiento de Majadahonda como nuevo miembro.

No obstante la Corporación, con superior criterio acordará lo que estime más conveniente.”

B) Dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Medio

Ambiente y Movilidad, de 23-9-2011, favorable. El Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Cabezón, indica que su Grupo va a votar a favor de la adhesión que se propone pero, al igual que solicitó en la Comisión Informativa, pide que se le entregue un informe sobre el uso que, en Majadahonda, se está haciendo de la bicicleta y también si el Ayuntamiento ha pensado la realización de alguna actividad para impulsar su uso. El Sr. Presidente indica que se están haciendo algunas cosas en ese sentido aunque será bienvenida cualquier idea que cualquier Grupo Municipal tenga sobre ello. La Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sra. Madrigal, indica que a su Grupo le parece, por la abnegación y miseria a la que anteriormente ha aludido el Sr. Alcalde, que el Ayuntamiento no debería entrar a formar parte de la Red Española de Ciudades por la Bicicleta porque esa Red solo puede facilitar información y para ello no es necesario estar adherido porque se puede conseguir por internet. Sigue diciendo que el coste de inscripción no es muy elevado, 2.000 euros anuales, pero piensa que va a ser necesario realizar gastos con posterioridad (desplazamiento del representante que se designe, etc.). Termina su intervención diciendo que, desde el punto de vista de su Grupo, el Ayuntamiento debe ahorrarse los gastos que esta adhesión conlleva por considerarlos prescindibles.

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La Portavoz Adjunta del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. García Gallo, indica que para su Grupo puede ser positivo que Majadahonda esté incluida en la Red Española de Ciudades por la Bicicleta para compartir experiencias con otros municipios sobre el modo de fomentar el uso de la bicicleta pero también le gustaría recibir información sobre las actividades y acciones que se realicen y dice esto porque se supone que Majadahonda forma parte de la Coalición de Ciudades Europeas contra el Racismo (Moción aprobada que presentó Izquierda Unida en marzo de 2006) y también de la Red Española de Ciudades por el Clima (Moción aprobada que presentó Izquierda Unida en septiembre de 2005) y, hasta este momento, su Grupo no ha recibido ninguna información sobre ello. El Sr. Presidente indica que Izquierda Unida durante todo este tiempo tampoco ha pedido ninguna información. El Portavoz Adjunto del Grupo Municipal Centrista, Sr. del Río, indica que su Grupo está de acuerdo con adherirse a esta Red y pregunta si va a servir para algo porque si se trata solo de que asista el representante municipal a determinadas reuniones, su Grupo no está de acuerdo porque no aportaría nada a Majadahonda. Sigue diciendo que a su Grupo le gustaría participar de las aportaciones que realice esta Red y pide al representante municipal que se designa que, en la primera reunión que se celebre, que solicite información y la haga llegar a los demás Grupos Municipales porque es posible que algunas ciudades hayan realizado un estudio sobre la evolución de la práctica de la bicicleta, de cómo funciona el servicio, etc. Termina su intervención reiterando que a su Grupo le gustaría participar de las aportaciones que supone ser miembro de dicha Red y, cree que si realmente no sirviera para nada, el Ayuntamiento se debería replantear esta adhesión en el futuro. El Concejal Delegado de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda, Sr. Pérez, indica que la Red Española de Ciudades por la Bicicleta es una entidad privada en la que diferentes municipios se asocian para compartir experiencias y organiza jornadas,

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seminarios y crea mesas de trabajo para realizar normativas conjuntas sobre movilidad en bicicleta y sobre todo lo que se refiere a la bicicleta, envía información a los ayuntamientos miembros, etc. por lo que está claro que realiza una labor de asesoramiento y de intercambio de experiencias. Aclara que Majadahonda es una ciudad de la bicicleta y el Equipo de Gobierno trabaja por la movilidad de la bicicleta en nuestro municipio y por ello, independientemente de trabajar por conseguir experiencias y en viajar a otros lugares, considera necesario participar en mesas de trabajo para conocer el futuro por el que van los municipios que ya cuentan con experiencias que ni siquiera se han implantado en Majadahonda. Indica además que la Federación Española de Municipios y Provincias y la Federación Madrileña de Municipios también son entidades privadas y están integradas por municipios y en esas entidades también se realiza una labor similar a la que se realiza en la Red Española de Ciudades por la Bicicleta ya que pretende poner en marcha iniciativas comunes de municipios para llegar a convenios con administraciones y entidades y trabajar, de forma conjunta, por la movilidad en bicicleta. Continúa diciendo que en la Red a la que Majadahonda se va a adherir, se han integrado ya 16 capitales de provincia, 4 municipios de Madrid (Alcobendas, Alcorcón, Aranjuez y Leganés) y, aunque entiende que la situación económica es difícil en estos momentos, el precio de inscripción no es muy elevado, 2.000 euros anuales, y el Equipo de Gobierno está convencido de que esta adhesión puede aportar mucho a este Ayuntamiento. Termina su intervención indicando que los posibles viajes del representante del Ayuntamiento no supondrán ningún problema porque, en el día a día, los miembros del Equipo de Gobierno cuidan mucho no hacer gastos que no sean necesarios. Sometido este asunto a votación, la Corporación, pos veintidós (22) votos a favor correspondientes a los Grupos Municipales Popular, Socialista, Izquierda Unida-Los Verdes y Centrista, ningún (0) voto en contra y tres (3) abstenciones correspondientes al Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, ACUERDA:

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Primero.- Aprobar y solicitar la adhesión del Ayuntamiento de Majadahonda, como socio de número, a la “Red Española de Ciudades por la Bicicleta”, que representa un coste para el Ayuntamiento de Majadahonda de 2.000 €, para el ejercicio 2011.

Segundo.- Aceptar los Estatutos vigentes de la Red Española de Ciudades por la Bicicleta. Tercero.- Nombrar como representante del Ayuntamiento de Majadahonda en la “Red Española de Ciudades por la Bicicleta” a D. Juan Carlos Pérez González, Concejal Delegado de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda. Cuarto.- Remitir certificación del acuerdo de Pleno a la Secretaría General Técnica de la Red Española de Ciudades por la Bicicleta para que tramite la admisión del Ayuntamiento de Majadahonda como nuevo miembro. 9.(119/11) RATIFICACIÓN DE LOS DECRETOS DE LA

ALCALDÍA NºS. 1903/11, 1904/11, 1905/11, 1906/11, 1907/11 Y 1908/11 POR LOS QUE SE APRUEBAN LAS CONSULTAS REALIZADAS POR DISTINTAS EMPRESAS EN CUMPLIMIENTO DE LOS PLIEGOS DE CONDICIONES TÉCNICAS Y DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE RIGEN EN LA ADJUDICACIÓN, POR EL PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL CONTRATO DE GESTIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS, MEDIANTE CONCESIÓN ADMINISTRATIVA, DEL SERVICIO DE LIMPIEZA VIARIA Y RECOGIDA DE RESIDUOS URBANOS (2.3.1/1.5)

El Sr. Secretario indica que en este punto del Orden del día se incluye, además de los Decretos que figuran en el Orden del día, el Decreto nº 1959/11, de 21 de septiembre porque, en el momento de convocar las Comisiones Informativas y el Orden del día de esta

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sesión plenaria, dicho Decreto no estaba firmado por lo que no se pudo incluir expresamente en el epígrafe. El Sr. Presidente pide al Sr. Secretario que explique el contenido de ese Decreto 1959/11. El Sr. Secretario explica que en ese Decreto se resuelven las consultas que realizó la empresa VALORIZA S.A. sobre cómo rellenar determinadas páginas del pliego de condiciones, tipo de documentación que debía incluir en el sobre “A”, ubicación de contenedores, sobre buzones de recogida neumática, etc. Seguidamente se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros documentos, constan los siguientes: A) Acuerdo plenario de 27-7-2011, por el que se aprueba lo

siguiente: PRIMERO.- Dejar constancia expresa de que el Ayuntamiento de Majadahonda asumió el servicio de limpieza viaria y recogida de residuos sólidos, así como el mantenimiento de las centrales de recogida como servicio público en el año 2001 y declarar la voluntad de la Corporación de que procede su continuidad bajo esta forma de prestación del servicio por gestión indirecta mediante concesión. SEGUNDO.- Aprobar el expediente de contratación, Pliegos de Prescripciones Técnicas y Cláusulas Administrativas Particulares, del contrato de gestión de servicio público, mediante concesión administrativa, del servicio de limpieza viaria y recogida de residuos urbanos del Ayuntamiento de Majadahonda, de conformidad con lo previsto en el artículo 94 de la L.C.S.P., así como la apertura de la adjudicación por procedimiento abierto, en los términos recogidos en el debate previo a la adopción de este acuerdo consistentes en que la valoración de los criterios dependientes de un juicio de valor, se efectúe por tres técnicos especializados en la materia y con las modificaciones propuestas por la Intervención municipal, consistentes en

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• Añadir a la solvencia económica contenida en el punto

7.a) del informe Técnico un párrafo del siguiente tenor literal: Si la entidad no hubiera estado constituida durante dichos ejercicios y por lo tanto no pudiera presentar las correspondientes cuentas anuales de, al menos, el último ejercicio, deberá acreditar disponer de patrimonio suficiente para cubrir el importe total de la primera anualidad del contrato y comprometerse contractualmente a vincularlo a la ejecución del contrato si resultase adjudicataria. Alternativamente y a tenor del art. 52 LCSP, podrá acreditar su solvencia mediante un compromiso de financiación de una entidad financiera que alcance dicho importe”.

• Añadir en el art. 100 del pliego de prescripciones técnicas

un texto del siguiente tenor literal: En otro sentido, el Ayuntamiento podrá modificar unilateralmente el precio del contrato y, en consecuencia, las prestaciones del mismo, cuando el Remanente líquido de Tesorería derivado de la liquidación presupuestaria del Ayuntamiento correspondiente a cada anualidad de ejecución del contrato experimente una variación negativa superior a cinco puntos porcentuales, respecto a esa misma magnitud calculada en la liquidación presupuestaria del ejercicio 2011.

Dicha variación podría determinar una modificación a

la baja del precio del contrato en el porcentaje que se determine por el órgano de contratación que, en ningún caso, podrá superar el 20% del precio vigente en dicha anualidad.

El Ayuntamiento, en su caso, podrá aplicar la citada

modificación a todas o a algunas de las siguientes prestaciones contractuales:

Barrido mecánico de aceras, barrido manual de aceras y

calzadas, barrido mecánico de calzadas, barrido mixto de aceras y calzadas, baldeo mecánico de aceras, baldeo mecánico de calzadas, baldeo mixto de aceras y calzadas, barrido de mantenimiento, instalación, mantenimiento y

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vaciado de papeleras y limpieza de parques, jardines y zonas de recreo y por lo tanto al personal destinado a su realización, vestuario, combustible, costes de explotación, consumibles y/o gastos generales.

Las condiciones contractuales que deriven de dicha

modificación, que el Ayuntamiento podrá mantener mientras persistan las causas que las originaron, serán de obligado cumplimiento para el contratista sin que quepa formular por su parte oposición alguna.

En el caso de que, en la liquidación presupuestaria

correspondiente a las anualidades de ejecución del contrato siguientes a la modificación antes aludida, el Remanente líquido de Tesorería experimentase una mejora equivalente a la variación negativa sufrida en su día respecto al ejercicio 2011, el Ayuntamiento podrá, por razón de mejora del servicio, aprobar la modificación al alza del precio de las anualidades posteriores del contrato, recuperando, en su caso, el precio y las prestaciones originales del mismo, sin perjuicio de la aplicación de las revisiones de precio que procedan.

TERCERO.- Aprobar el gasto consiguiente por importe de 69.159.960,30 euros (IVA excluido) correspondiente a la totalidad del contrato, con cargo a las partidas presupuestarias números 009.1620.22714 y 009.1630.22713, de los ejercicios 2011. CUARTO.- Aprobar la tramitación anticipada del expediente, conforme a lo establecido en el Art. 94.2. de la LCSP, según lo informado por la Intervención municipal en fecha.20 de julio de 2011.

B) Anuncio publicado en el Boletín Oficial de las Comunidades

Europeas, de 24 de agosto de 2011. C) Anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado, de 8-9-

2011.

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D) Decreto de la Alcaldía nº 1903/11, de 6-9-2011, que dice: “Vistos los documentos obrantes en el expediente.

Visto los escritos de consulta de la empresa URBASER

S.A. con Registro de Entrada nº 15130 y 15197 de fecha 26 y 29 de agosto de 2011 respectivamente.

Visto el informe técnico del Técnico de Medio Ambiente

Jardines y Limpieza de y el informe jurídico ambos de fecha 6 de septiembre de 2011.

Visto el Pliego de Prescripciones Técnicas y el Pliego de

Cláusulas Administrativas que rigen la licitación para la adjudicación por el procedimiento abierto del contrato de gestión de servicios públicos, mediante concesión administrativa, del servicio de limpieza viaria y recogida de residuos urbanos del Ayuntamiento de Majadahonda.

En uso de las atribuciones que me confiere el artículo 21

de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local por el presente RESUELVO

PRIMERO.- Aprobar la respuesta a la consulta formulada por URBASER S.A. e informada por los servicios municipales que deberá publicarse en el perfil de contratante en cumplimiento del Pliego que rige en la licitación, en relación con la subrogación de trabajadores que desarrollan parte de la prestación denominada “repaso y mantenimiento exterior de buzones de recogida neumática”, entendiendo su procedencia. SEGUNDO.- Dar cuenta de esta consulta al órgano de contratación, en este caso, el Pleno de la Corporación en la próxima sesión que éste celebre.”

E) Decreto de la Alcaldía nº 1904/11, de 9-9-2011, que dice:

“Vistos los documentos obrantes en el expediente.

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Visto las consultas de la empresa URBASER S.A. a través de correo electrónico de fecha 2 de septiembre de 2011. Visto el informe técnico del Técnico de Medio Ambiente Jardines y Limpieza de de fecha 9 de septiembre de 2011, comprensivo de un conjunto de consultas que figuran en negrita con las respuestas técnicas a continuación, que literalmente dice: “Mejoras Sometidas a un Juicio de Valor. En el Pliego de Prescripciones Administrativas, en la Página 9, Mejoras sometidas a un juicio de valor, el importe máximo a valorar es de 3.525.000,00 €. ¿El importe es anual con IVA o sin IVA?

El importe no es anual, el importe de las mejoras sometidas a juicio de valor, podrá ser distribuido a lo largo de los 10 años de duración del contrato, en cantidad igual para cada año o distinta en función de la oferta del licitador. Dicho importe no contemplará el IVA.

/Presentación de la Plica. Dentro del PPT en los artículos 84

(Gestión de los Medios Humanos) y 86 (Gestión de los Medios Materiales) al inicio del párrafo se dice que “Los licitadores incluirán en sus ofertas,….” dicha documentación, pero en el Pliego Administrativo no especifica en que sobre meterlo. Igualmente en el Pliego Administrativo, dentro del apartado de Solvencia Técnica, viene especificado la inclusión de la Gestión y Control Técnicos de los Servicios Prestados (Art. 87) y Responsables Técnicos de los Servicios Prestados (Art. 89), pero en el desarrollo de la Documentación a Presentar en el Sobre A, no viene especificado la inclusión de esta documentación.

No siendo objeto de valoración especifica las indicaciones expuestas en estos artículos, será el Adjudicatario, y no el licitador, quien deberá, en los 15 días posteriores a la firma del contrato (junto con la documentación que se exige en otros artículos del pliego), presentar esta información.

Incremento de las frecuencias como mejora. En el cuadro de

incrementos, El Barrido Mixto de Aceras, remite al artículo 31 y al plano 5, no correspondiéndose en ambos casos con dicho servicio.

Efectivamente existe una equivocación y se trata del artículo 28 y el Plano3

Datos de kg de Papel y Cartón y Vidrio. Para el cálculo de los

posibles ingresos de la gestión de la recogida selectiva, haría falta saber los kg recogidos durante el año 2010 en el Municipio de Majadahonda.

Para realizar el cálculo en el estudio económico se han tomado las medias de los últimos años, que son envases, 3.300T, papel-cartón, 2.950T, Vidrio 600T.

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Proposición Económica. El párrafo a continuación del Modelo de

Proposición Económica del Pliego de Cláusulas Administrativas (Pag. 16) “…, el sobre de la Proposición Económica contendrá exclusivamente ésta, y se presentarán, además, tantos sobres como fases de valoración se hayan establecido.” Donde quiere decir “…además, tantos sobres como fases de valoración..:” entendemos que dentro del Sobre C, hay que presentar dos carpetas, una para las mejoras objetivas y otra para la Proposición Económica ¿No?

La cláusula VIII. 4, apartado A, del Pliego de Cláusulas Administrativas señala exactamente lo que tiene que contener el sobre C, es independiente que se presenten las mejoras objetivas y la proposición económica en una carpeta o en x numero de carpetas mientras ambas estén dentro del sobre C.

Campañas de Concienciación. En la página 90 del PPT exige que

se destinen 6.000,00 €/año para campañas de comunicación y mentalización, ¿Está el IVA incluido?

No, dicha cantidad no incluye el IVA. Barrido Mecánico de Aceras. El artículo 25 del PPT, dice que en el

Barrido Mecánico de Aceras, se realizará por definición todas las aceras, áreas peatonales, pasos, etc…del término municipal de Majadahonda, a excepción de aquellas que se delimiten como área de barrido manual, según plano 2. Este tipo de trabajos se realizará con las frecuencias y en las vías que vienen delimitadas en el Anexo II plano 3.

De acuerdo con esta información el trozo de barrido mecánico de aceras que aparece en plano 3 está contenido en el plano 2 de barrido manual, según lo exigido no se realizaría barrido mecánico porque se haría de forma manual. ¿Es correcto?.

No, si bien pudiera entenderse de la lectura del pliego esta circunstancia, por las características e intensidad de uso de la calle Gran Vía y adyacentes de Majadahonda, estas necesitan además un barrido mecánico y por eso se incluyo en el plano 3.

Gestión y Control Económico. El art 88 del PPT dice: Gestión y

control económico de los servicios prestados a terceros. ¿Qué quiere decir?

Se trata en este artículo de tener y obtener información económica sobre los servicios que el adjudicatario pueda prestar a terceros, por orden municipal y con los medios destinados para el contrato. Por ejemplo, para ejecuciones subsidiarias, peticiones al Ayuntamiento de recogidas no obligatorias por Ley, convenios para limpieza o recogida que el Ayuntamiento realice con terceros …etc.

Recogida de la urbanización Entreálamos. Según el Anexo II

plano 9.2, te ubica en toda la urbanización hay sólo 2 círculos rojos que según la leyenda representa un punto de vertido con 1 contenedores

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papel + 1 contenedores vidrio+ 1 contenedores envases. ¿Qué pasa con los contenedores de RSU?, ¿Se mantiene la carga trasera bicompartimentada que actualmente se hace?, sin embargo te pide que ubiques 2 contenedores de envases.

Los contendores de fracción resto existentes han de ser sustituidos por contenedores de carga lateral, ya que es el sistema que, como se indica en el plano, se va a utilizar para la recogida en esa zona.

Cambio Buzón Envases Neumática. En ningún sitio del pliego te

habla de que cambies los buzones de recogida neumática de envases y que utilices los buzones de envases para RSU. Implícitamente se puede deducir que esto es así porque donde se ubican buzones (sin concretar de que fracción) en el plano ubica un punto de contenerización con envases (de superficie en carga lateral) ¿Es correcto?

Si, es correcto. Art. 36 PPT. En el Art. 36 del PPT, te remiten al Anexo II plano 10

para determinar las frecuencias de realización de este servicio, sin embargo no consta en el plano dicha información.

Si consta, pero en los planos en A2. No obstante como en los planos en A4 efectivamente no aparecía, se ha procedido a corregir esta circunstancia y los planos en A4 con esta circunstancia corregida ya se encuentran en el perfil del contratante, con fecha 07/09/2011.

Labores que acompañamiento a realizar por el Adjudicatario. En

el artículo 60.1.2.2. Labores que acompañamiento a realizar por el adjudicatario, ¿Qué se refiere con Reposición de la Obra Civil de las instalaciones del “Centro de Transformación”? ¿Tiene algo que ver las revisiones del Centro del Transformación que hay que realizar legalmente a través de una OCA?

Cuando se habla de reposición de la obra civil del centro de transformación, se quiere decir que, todas las centrales de recogida neumática de basuras tiene un centro de transformación cuyo exterior se puede llegar a deteriorar y que el adjudicatario deberá conservar y mantener.

Polígono El Carralero. En el Plano 9.2 “Buzones en Calle y

Contenerización del Nuevo Contrato”, dentro del Polígono El Carralero no aparecen puntos de Fracción Resto. ¿Es correcto?

Si, es correcto. Tecnólogo. Dentro de las Operaciones a realizar por el tecnólogo,

se le Excluye del abono de coste de suministro de energía eléctrica que consuman las instalaciones del sistema de recogida neumática de basuras y de las instalaciones y elementos auxiliares dentro del recinto de recogida.

¿Quién asume ese abono? El Ayuntamiento de Majadahonda.”

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Visto el Pliego de Prescripciones Técnicas y el Pliego de

Cláusulas Administrativas que rigen la licitación para la adjudicación por el procedimiento abierto del contrato de gestión de servicios públicos, mediante concesión administrativa, del servicio de limpieza viaria y recogida de residuos urbanos del Ayuntamiento de Majadahonda.

En uso de las atribuciones que me confiere el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local por el presente RESUELVO PRIMERO.- Aprobar la respuesta a las consultas formuladas por URBASER S.A. e informada por los servicios municipales que deberá publicarse en el perfil de contratante en cumplimiento del Pliego que rige en la licitación, en relación a las distintas cuestiones planteadas por la empresa URBASER SA.

SEGUNDO.- Dar cuenta de esta consulta al órgano de contratación, en este caso, el Pleno de la Corporación en la próxima sesión que éste celebre.”

F) Decreto de la Alcaldía nº 1905/11, de 9-9-2011, que dice:

Vistos los documentos obrantes en el expediente. Visto las consultas de la empresa CESPA S.A. a través de

correo electrónico de fecha 5 de septiembre de 2011. Visto el informe técnico del Técnico de Medio Ambiente

Jardines y Limpieza de de fecha 9 de septiembre de 2011, comprensivo de un conjunto de consultas que figuran en negrita con las respuestas técnicas a continuación, que literalmente dice:

“En el apartado VII “Procedimiento de adjudicación del contrato.

Variantes o alternativas” concretamente en el punto d) (pág. 8-9) “Mejoras de elementos directamente relacionados con el objeto del contrato, no incluidas en los apartados anteriores, (...)” se indica que el importe máximo a valorar en las mejoras sometidas a juicio de valor es

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de 3.525.000€.¿Es éste el importe para la duración de toda la contrata, 10 años?

Si, pero esta cantidad podrá ser distribuida a lo largo de los 10 años de duración del contrato, en cantidad igual para cada año o distinta en función de la oferta del licitador.

En el apartado IX “Calificación de la documentación, valoración

de los criterios de selección de las empresas, apertura de las proposiciones y adjudicación” concretamente en el punto 13 (pág. 19), se indica que “la inclusión de documentación o datos correspondientes al contenido del Sobre B o C en el Sobre A, o la inclusión por los licitadores de documentación o datos correspondientes al contenido del Sobre C en el Sobre B, será causa de rechazo automático por la Mesa de Contratación”. ¿La valoración de las mejoras de juicio de valor que se incluyen en el sobre B son independientes de la proposición económica presentada en el Sobre C?

Si. En el artículo 22 (pág. 16) “Gestión del contrato” cita “El

Adjudicatario implantará los medios y mecanismos informáticos y de todo tipo necesarios para una permanente Interconexión entre los sistemas informáticos gestionados por él mismo y los del Ayuntamiento de Majadahonda”. ¿A qué tipo de interconexión a nivel técnico (webservices, Citrix, cadenas de conexión mediante determinados puertos de aplicaciones concretos) debe haber entre los Sistemas del Ayuntamiento de Majadahonda y el licitador? Para ello sería interesante conocer precisamente cuál es la arquitectura de los sistemas del Ayuntamiento de Majadahonda, para poder así proponer la solución más satisfactoria que cumpla con los requerimientos del pliego.

La interconexión entre el adjudicatario y el Ayuntamiento únicamente debe tener acceso on – line, y a la aplicación se debe tener acceso en cualquier momento, por lo que el sistema instalado deberá cumplir con estos requisitos independientemente del elegido.

En el artículo 29 (pág. 21) “Baldeo mecánico de aceras” y en el

artículo 30 (pág. 21) “Baldeo mecánico de calzadas” se indican dos modelos de baldeadoras que tienen bombas de agua de 20m3/h para la baldeadora de aceras y 50 m3/h para la de calzadas. Equipos con estos caudales no existen y las máquinas que “aconsejan” en el anexo III tienen 4,8 m3/h para la de aceras y 15 m3 para la de calzadas. ¿Qué tipo de máquina se debe ofertar?

En caso de discrepancias, en materia de maquinaria, entre el texto del pliego y el Anexo III, prevalecerá la maquinaria que cumpla los requisitos del Anexo III.

En el artículo 54 (pág. 37) “Trabajos permanentes de recogida” se

indica que se debe recoger y transportar los residuos depositados en el

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Cantón de la limpieza, además de llevar un revisión de la admisión y control de residuos y persona que los deposita, una correcta separación de residuos según sus características y destino, un transporte de los residuos a su destino y una limpieza y mantenimiento del Cantón. ¿Qué tipo de residuos se recogen en esta instalación?

Se refiere a todos los residuos recogidos procedentes de la Limpieza Viaria, por ejemplo, residuos de fracción resto, residuos de envases, enseres…etc.

En el artículo 60.4 – Recogida Neumática- (pág. 50) “Medios

materiales y humanos para labores de acompañamiento” se indica que se debe hacer una reposición de la obra civil del edificio además de una conservación de la obra civil de los elementos exteriores. ¿A qué edificio se refiere? ¿Cuáles son los costes a incluir y los costes actuales, respectivamente?

Se refiere a los edificios de las centrales de recogida neumática que figuran en el Anexo V del Pliego de Prescripciones Técnicas. Los costes a incluir no son costes fijos sino variables, ya que al ser costes de mantenimiento no sabemos las averías o desperfectos que se pueden ocasionar.

En el artículo 60.4 (pág. 51) “Medios materiales y humanos para

labores de acompañamiento” se indican las frecuencias de recogida de contenedores de las centrales de recogida neumática. No obstante, del listado presentado en el texto falta la central de recogida de la zona centro. En el Anexo IV. Inventario de bienes muebles, esta central no aparece en el listado inicial pero después aparece ficha descriptiva. ¿Debe considerarse esta central? Si es así, ¿Qué frecuencia de recogida para los contenedores debe considerarse?

La denominación central de “CENTRO” o central de “GRANADILLA” hace referencia a la misma central. La frecuencia es la que se especifica en el artículo de referencia.

En el artículo 60.5 (pág.52) “Precio” se solicita una presentación

de la oferta económica donde se incluya el precio cerrado del tecnólogo (1.122.000 €/año) y el precio estimado para las labores de acompañamiento. ¿Dónde se deben incluir estas ofertas económicas?

Al no existir una oferta económica sobre este concepto ya que es un precio cerrado, los licitadores lo que deberán presentar es un acuerdo con el tecnólogo que se deberá incluir en el sobre A, en los términos expresados en la cláusula VIII, punto 2, letra i, Pagina 11, del Pliego de condiciones administrativas.

En cuanto a las labores de acompañamiento a las que se hace referencia deberá formar parte de la oferta económica general que realicen los licitadores en el sobre C.

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En el artículo 64 (pág. 54) “Recogida Puerta a Puerta y transporte de los residuos correspondientes” se define el servicio que debe hacer la empresa licitadora, aunque no concreta el tipo de residuo que se recoge actualmente, con qué frecuencia es recogido y en qué establecimientos. ¿Sería posible obtener más información relativa a este servicio?

El residuo que se recoge en la actualidad por esta modalidad de recogida es el de papel –cartón. En cuanto a la frecuencia y en qué establecimientos, al ser los licitadores responsables de este residuo en el nuevo contrato, ya que de su recogida dependerá en parte su beneficio económico, será el propio licitador el que, de resultar adjudicatario, fije estas frecuencias.

En el artículo 68 (pág. 57) “Recogida y transporte de residuos en

bandejas” se indica que deberá llevarse a cabo un mantenimiento y limpieza de las bandejas con la frecuencia necesaria según el tipo de fracción que contengan y también que se deberá realizar la limpieza de su entorno, pero en ningún momento dice cuántas bandejas hay actualmente. ¿Sería posible saber las unidades?

Del estudio que los licitadores realicen sobre las necesidades del municipio, para presentar sus ofertas deberán calcular el número de bandejas que estima serán necesarias, independientemente de las actuales existentes.

En el artículo 74 (pág. 60), “Suministro de agua para trabajos de

recogida y transporte” se indica que los licitadores pueden presentar en las ofertas, las características y emplazamientos de las bocas de abastecimiento de agua específicas. ¿Dónde se debe incluir esta información?

No siendo objeto de valoración especifica las indicaciones expuestas en el artículo 74, será el Adjudicatario, y no el licitador, quien deberá, en los 15 días posteriores a la firma del contrato (junto con la documentación que se exige en otros artículos del pliego), presentar esta información.

En el artículo 84 (pág. 67-69) “Gestión de los medios humanos”

se indica que los licitadores deben incluir en sus ofertas un control del personal. ¿Dónde se debe incluir la documentación que lo describa?

No siendo objeto de valoración especifica las indicaciones expuestas en el artículo 84, será el Adjudicatario, y no el licitador, quien deberá, en los 15 días posteriores a la firma del contrato (junto con la documentación que se exige en otros artículos del pliego), presentar esta información.

Además, hace referencia a un control permanente de la presencia

de los trabajadores, por lo que se supone que se refiere a un sistema de control de presencia. ¿En cuántas ubicaciones hay que instalarlo? ¿Disponen de corriente eléctrica y red de datos?

Las ubicaciones a instalar estos controles de presencia, son el Parque de maquinaria principal de la Carretera de Boadilla a Majadahonda y el

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

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Cantón sito en la Calle Quijote de Majadahonda. Ambos tienen corriente eléctrica y red de datos

En el artículo 86 (pág. 70) “Gestión de los medios materiales” se

indica que los licitadores deben incluir en sus ofertas un control de acceso a las instalaciones. ¿Dónde se debe incluir la documentación que lo describa?

No siendo objeto de valoración especifica las indicaciones expuestas en el artículo 86, será el Adjudicatario, y no el licitador, quien deberá, en los 15 días posteriores a la firma del contrato (junto con la documentación que se exige en otros artículos del pliego), presentar esta información.

En el artículo 87 (pág. 71) “Gestión y control técnicos de los

servicios prestados” y en el artículo 89 (pág. 72) “Responsables técnicos de los servicios prestados” se indica a los licitadores que deben incluir en sus ofertas una gestión y control de los resultados de los servicios prestados; control técnico de los resultados de estos servicios y rendimientos y una estructura jerárquica de la plantilla. ¿Dónde se debe incluir la documentación que lo describa? ¿Y los medios humanos propuestos?

No siendo objeto de valoración especifica las indicaciones expuestas en el artículo 87 y 89, será el Adjudicatario, y no el licitador, quien deberá, en los 15 días posteriores a la firma del contrato (junto con la documentación que se exige en otros artículos del pliego), presentar esta información.

En el artículo 91 (pág. 73-88) “Trabajos de informatización de la

gestión del contrato” se indica que en el Sobre A se debe realizar la descripción del Software de gestión específico así como los sistemas, métodos y equipos de interconexión y comunicación. ¿Sólo debe contemplarse en el Sobre A?

Si, solo en el sobre A y solo la descripción del software. En los artículos referidos a los transportes de los diferentes

residuos se indica que se transportarán al punto de destino a la Planta de Transferencia que corresponda. ¿Es esta planta la situada en Las Rozas?

Será la que corresponda en su momento, o el licitador, de resultar adjudicatario, estime conveniente, siempre y cuando este autorizada y fijada por la Comunidad de Madrid o entidad competente.

Los restos vegetales se indica que van al vertedero autorizado

(pág.56). ¿Cuál? Cualquier vertedero autorizado de la Comunidad de Madrid. La maquinaria aportada por el Ayuntamiento reflejada en el

Anexo III. ¿Es toda aprovechable?

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

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El contrato prevé maquinaria de nueva adquisición, sin perjuicio de que la existente pueda ser aprovechada como se especifica en el artículo 80 del Pliego de prescripciones técnicas, es decir como maquinaria de sustitución, piezas, enajenación de maquinaria…etc.

¿Existen cantidades pendientes de amortizar? No. Respecto a los vehículos de los cuales disponemos por parte del

ayuntamiento ¿Sería posible saber la cantidad y la relación tipo? Ya que es necesario para la instalación de la tecnología GPS.

Al ser toda la maquinaria de nueva adquisición no consideramos esta información necesaria.

Respecto a los contenedores del municipio, ¿Se deben sustituir

todos? Los de carga trasera bicompartimentada si, y los del Sistema de carga

lateral son de nueva adquisición. Respecto a la maquinaria actual, ¿Se sustituye toda? Si. Respecto al Anexo V “Inventario de bienes inmuebles”, no se

incluyen todas las fichas correspondientes a las instalaciones que figuran en la relación presentada al inicio del Anexo y que son propiedad del Ayuntamiento. En este caso, se ha identificado la inexistencia de información relativa a la descripción de las instalaciones de la Oficina de Atención al público (c/Oriente) ¿Podrían aportar información sobre este local?

Este local, si bien en la actualidad forma parte de los bienes inmuebles adscritos al Servicio de limpieza y Recogida, en el nuevo servicio se desvinculará de este servicio. Es esta la razón por la cual no se incluye su descripción.

En cuanto a los Almacenes Central de Transferencia de Las

Rozas, ¿Podrían confirmar si su descripción corresponde a la ficha denominada como “Almacén de Material” de 5.000 m2 situada en la Ctra. M-851 Villanueva del Pardillo a las Rozas?

Si” Visto el Pliego de Prescripciones Técnicas y el Pliego de

Cláusulas Administrativas que rigen la licitación para la adjudicación por el procedimiento abierto del contrato de gestión de servicios públicos, mediante concesión administrativa, del servicio de limpieza viaria y recogida de residuos urbanos del Ayuntamiento de Majadahonda.

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

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En uso de las atribuciones que me confiere el artículo 21

de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local por el presente RESUELVO

PRIMERO.- Aprobar la respuesta a las consultas formuladas por CESPA S.A. e informada por los servicios municipales que deberá publicarse en el perfil de contratante en cumplimiento del Pliego que rige en la licitación, en relación a las distintas cuestiones planteadas por la empresa CESPA SA.

SEGUNDO.- Dar cuenta de esta consulta al órgano de

contratación, en este caso, el Pleno de la Corporación en la próxima sesión que éste celebre.”

G) Decreto de la Alcaldía nº 1906/11, de 15-9-2011, que dice: “Vistos los documentos obrantes en el expediente.

Visto las consultas de la empresa GSC, S.A. a través de

correo electrónico de fecha 9 y 14 de septiembre de 2011. Visto el informe técnico del Técnico de Medio Ambiente

Jardines y Limpieza de de fecha 15 de septiembre de 2011, comprensivo de un conjunto de consultas que figuran en negrita con las respuestas técnicas a continuación, que literalmente dice:

“De acuerdo con lo indicado en el apartado VIII del pliego de

cláusulas administrativas relativo a la documentación a presentar por los licitadores, muy explícito en cuanto al contenido de cada uno de los sobres que integran la oferta, y para no incurrir en error o defecto de forma, ¿en cuál de ellos se debe incluir la documentación solicitada en el pliego de prescripciones técnicas en varios de sus artículos (nº 27, 34, 53, 63, 74, 86, 87, 92, 93, 99)?

No siendo objeto de valoración especifica las indicaciones expuestas en los artículos referidos en la cuestión, será el Adjudicatario, y no el licitador, quien deberá, en los 15 días posteriores a la firma del contrato, presentar esta información.

Si se debe incluir en sobre diferente al de la documentación

administrativa, los artículos 87, 92 y 93 del PCT hacen referencia al sistema informático de gestión del servicio y/o equipos de interconexión

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

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y comunicación, todo ello solicitado a su vez en el sobre de la doc. Administrativa; ¿se debe volver a incluir en el indicado en el primer punto?

No, como se dice en el pliego de cláusulas administrativas en el punto VIII. 2, letra k; en el sobre A debe ir la descripción del software (artº 91) y los sistemas, métodos y equipos de interconexión y comunicación (artsº 92 y 93). Respecto al artículo 87 se ha dado contestación en la cuestión anterior.

En el artículo 34 del PCT, solicitan precios unitarios de papeleras,

¿hay que ofertarlos para todos los modelos existentes en el municipio? No se solicitan precios unitarios en este artículo y no se han de ofertar

precios unitarios de papeleras, ya que no son objeto de valoración especifica. Arts. 7 y 10 del pct (págs. 7 y 8) actuaciones por 12.000

€/actuación ¿son 5 actuaciones para viaria y 5 para recogida? No, son hasta 5 actuaciones anuales en general y siempre que no

excedan de la cantidad de 12.000€/actuación Art. 54 (pág. 37) recogida y transporte de los residuos

depositados en el cantón de limpieza. Histórico de producción o nº de viajes realizados por tipo de residuo en el último año ¿horario establecido para depósito de residuos?

Del estudio que estarán realizando sobre el servicio en Majadahonda, podrán calcular una media de los viajes realizados, ya que, siendo los residuos que se llevan al cantón de limpieza los procedentes de la limpieza viaria, estos son de carácter variable en función de los residuos recogidos; en cuanto al horario el cantón permanece en la actualidad abierto de 9:00 h a 22:00 h, lo que no significa que en el futuro tenga que ser el mismo.

Art. 56 (pág. 38) frecuencias de los servicios de recogida

¿son frecuencias de prestación de servicios o de rotación? (p. Ej.: el papel, ¿hay que recoger todos los contenedores de papel 5 veces/semana?

Son frecuencias de prestación de servicios. Sí, hay que recoger todos los contenedores de papel 5 veces/semana como mínimo.

Art. 67 (pág. 56) recogida de restos vegetales los costes de

tratamiento de los restos vegetales, ¿son a cargo del ayuntamiento o adjudicatario?

Los costes de tratamiento de residuo vegetal, correrán a cargo del adjudicatario.

Art. 68 (pág. 57) recogida de residuos en cajas abiertas

frecuencia de retirada o nº aproximado de viajes al año Consulta aclarada a la empresa CESPA, S.A. y que figura en el perfil

del contratante desde fecha 12/09/2011

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Pleno ordinario 28-9-2011

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

(MADRID)

Histórico de producción de las fracciones de restos vegetales, papel-cartón, vidrio y envases

No habiendo tenido el municipio, como tal, un servicio de recogida de restos vegetales no se puede informar sobre el histórico de esta fracción; en cuanto al histórico del resto de fracciones, es una consulta ya aclarada a la empresa

Condiciones salariales del jefe de contrata que figura dentro del

personal a subrogar de la ute fcc-sufi al no aparecer en tablas del convenio al que están adscritos

Las condiciones salariales del jefe de contrata ascienden a la cantidad de 55.000 €/año

    SALARIO BASE 

ANTIGÜEDAD COMPLEM. PTO TRABAJO 

PLUS TRANSPORTE

PLUS ASISTENCIA 

PAGA VERANO

PAGA NAVIDAD 

PAGA BENEFICIOS 

VACACIONES 

JEFE               CONTRATA 

900,00  324,00  1950,99  102,60  417,92  3900,00  3900,00  2260,00  3900,00 

Condiciones salariales de las categorías de capataz y oficial primera oficio, que figuran dentro del personal a subrogar de urbaser y que no están contempladas en el convenio colectivo al que están adscritos

CATEGORIA SALARIO BASE

PLUS T.P.P.

PLUS DE TRANSPORTE

PLUS CONVENIO

PAGA CONVENIO

PAGA VERANO

PAGA NAVIDAD VACACIONES TOTAL

OF. 1ª MEC. 27,99 7,70 5,55 11,64 1.397,24 1.397,24 1.397,24 1.353,17 21.714,17 NOTA: Para el calculo de la tabla de of. 1ª mecanico se tienen en cuenta 335 dias de salario base y 273 de pluses.

Nuevas consultas realizadas de fecha 14 de septiembre de 2011 ¿Los medios con los que cuenta la empresa que realiza el servicio de apoyo a la recogida neumática, no son subrogables?: Vehículos de recogida, autocompactador, y cajas de 30 m3 de depósito de residuos que hay que transportar a la planta de transferencia. Como ya hemos repetido en otras consultas realizadas los vehículos y material que se ha de disponer en el nuevo contrato, han de ser de nueva adquisición. No obstante los medios a los que se refiere, no son subrogables.

CATEGORIA SALARIO BASE

PLUS TOXICO

PLUS DE TRANSPORTE

EXTRA MES

PLUS DE ACTIVIDAD

COMPL. CALIDAD

PAGA VERANO

PAGA NAVIDAD VACACIONES TOTAL

CAPATAZ 837,48 170,73 178,54 69,75 163,83 324,48 1.729,23 1.729,23 1.720,01 24.371,30

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Pleno ordinario 28-9-2011

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

(MADRID)

Las cajas abiertas que están en el parque central de maquinaria de la carretera de Boadilla (de 15 y 30 m3 de capacidad), ¿son propiedad de la actual adjudicataria o pasarían al nuevo contratista?

Como ya hemos repetido en otras consultas realizadas los vehículos y material que se ha de disponer en el nuevo contrato, ha de ser de nueva adquisición. No obstante le informo que las cajas de las que habla están amortizadas y son propiedad municipal.”

Visto el Pliego de Prescripciones Técnicas y el Pliego de Cláusulas

Administrativas que rigen la licitación para la adjudicación por el procedimiento abierto del contrato de gestión de servicios públicos, mediante concesión administrativa, del servicio de limpieza viaria y recogida de residuos urbanos del Ayuntamiento de Majadahonda.

En uso de las atribuciones que me confiere el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local por el presente RESUELVO PRIMERO.- Aprobar la respuesta a las consultas formuladas por GSC, S.A. e informada por los servicios municipales que deberá publicarse en el perfil de contratante en cumplimiento del Pliego que rige en la licitación, en relación a las distintas cuestiones planteadas por la empresa GSC, SA.

SEGUNDO.- Dar cuenta de esta consulta al órgano de contratación, en este caso, el Pleno de la Corporación en la próxima sesión que éste celebre.

H) Decreto de la Alcaldía nº 1907/11, de 15-9-2011, que dice:

“Vistos los documentos obrantes en el expediente.

Visto las consultas de la empresa FCC, S.A. a través de correo electrónico de fecha 12 de septiembre de 2011.

Visto el informe técnico del Técnico de Medio Ambiente Jardines y Limpieza de de fecha 15 de septiembre de 2011, comprensivo de un conjunto de consultas que figuran en negrita con las respuestas técnicas a continuación, que literalmente dice:

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“En el listado de personal que forma parte del actual servicio, y, por lo tanto, a subrogar por el nuevo adjudicatario, se encuentra incompleto en los siguientes trabajadores que prestan sus servicios para la UTE-FCC-SUFI-Majadahonda:

APELLIDOS Y NOMBRE CATEGORIA Nº S.SOCIAL F.ANTIGUEDAD CONTRATO L.A.J. Peón Limpieza 41/1094694230 10-06-06 401 S.G.R Peón Limpieza 28/0325642936 07-10-97 100 G.A.A. Peón Limpieza 28/0247945936 22-11-03 250

Rogamos su inclusión en la citada lista

Siendo su empresa parte de la UTE que presta en la actualidad el servicio, y siendo esta UTE la que facilito al Ayuntamiento el preceptivo personal a subrogar en su momento, si se excluye personal por parte de su empresa a la hora de facilitar esta lista no es responsabilidad municipal; no obstante dado que la legislación laboral y el Convenio General del sector de Limpieza Pública, Viaria, Recogida, Tratamiento y eliminación de Residuos y Conservación de Alcantarillado, obliga a subrogar, se entenderá que este personal añadido forma parte de la plantilla. En relación al criterio de valoración (Cláusula VII del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares) correspondiente a las mejoras sometidas a juicio de valor, entendemos que se valorarán tal y como indica el PCAP, es decir, del grado de implicación en el incremento del beneficio en la prestación del servicio de cada una de dichas mejoras, así como del importe total a proponer con un máximo de 3.525.000 €. ¿Es correcta esta apreciación? ¿Se valorará en función de estas dos variables?¿Se incluyen en el importe total (3.525.000 €) los gastos generales, el beneficio industrial y el IVA correspondiente?¿Se refieren los 3.525.000 € al total del plazo de duración del contrato (10 años)? Según la Cláusula VII del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares “Las mejoras sometidas a juicio de valor se valoraran de la siguiente manera, si las mejoras implican un incremento adecuado del beneficio en la prestación del servicio, la distribución de puntos se hará mediante regla de tres, otorgando la máxima puntuación al licitante que, en su conjunto, oferte mejoras de mayor importe”. En cuanto al importe, sí incluye gastos generales y beneficio industrial pero no el IVA. Respecto a la última pregunta es una consulta aclarada a la empresa CESPA, S.A. y que figura en el perfil del contratante desde fecha 12/09/2011 Respecto a las frecuencias indicadas en la referida Cláusula VII del PCAP a proponer por los licitadores, entendemos que sería necesario

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para una correcta valoración, exigir la justificación técnica de las mismas, con el fin de garantizar la viabilidad y la correcta ejecución de los servicios, facilitando a su vez el análisis comparativo de las distintas propuestas según criterios objetivos ¿Se debe presentar la justificación técnica de dichas frecuencias? No siendo objeto de valoración específica la presentación de la justificación técnica, esta, no obstante, sería muy aclaratoria, demostrativa del estudio realizado y de gran valor a la hora de analizar las plicas. Respecto al precio total por la prestación del servicio para realizar las labores asignadas al tecnólogo de las instalaciones de recogida neumática, existe una discrepancia entre lo indicado en el Cláusula VIII del Pliego Administrativo y lo indicado en el Artículo 60.5 del Pliego de Prescripciones Técnicas. En el primero se indica una cantidad que asciende a un 16,05% del importe del contrato (1.110.017,36 €) y en el segundo una cantidad que asciende a 1.122.000,00 € más el IVA correspondiente. En este punto, en caso de duda, habrá que atenerse a lo dispuesto en el Pliego de Prescripciones Técnicas y al Informe económico. En los Artículos 7 y 10 del Pliego de Prescripciones Técnicas se indican las prestaciones excluidas de los servicios de limpieza y recogida. Dentro de éstas, se incluye la salvedad de actuaciones que, con carácter excepcional y cuando lo ordene el Ayuntamiento de Majadahonda, correrán a cargo del adjudicatario, siempre que no excedan de la cantidad de 12.000 € por actuación un máximo de cinco actuaciones al año por servicio. Este importe ascendería a una cantidad anual de 120.000 €, la cual no ha sido tenido en cuenta en el INFORME ECONÓMICO anexo al Pliego de Condiciones. ¿Se debe contemplar dicho importe como coste anual? Como el Pliego de Prescripciones Técnicas indica y ustedes en el enunciado de su consulta estas actuaciones serán de carácter excepcional, pudiéndose por tanto ejecutar o no, es por esto que, al no ser un gasto fijo esta cantidad no se incluyó en el informe económico, y en conclusión, no se debe contemplar como coste anual fijo aunque sea susceptible de producirse, en cuyo caso el adjudicatario deberá sufragarlo. En otro sentido, la cantidad máxima de actuaciones serian cinco, es decir, una cantidad total de 60.000 €/año y no de 120.000 €/año. Existe discrepancia entre el número de contenedores de carga lateral de la fracción resto distribuidos en este plano y los indicados en el informe económico adjunto al Pliego de Condiciones, Siendo 149 los ubicados en el plano frente a 161 del informe económico. ¿Cuántos contenedores de carga lateral de la fracción resto se deberían considerar? En caso de ser 161, las 12 unidades de más se distribuirían en la Ciudad Bajo el criterio del licitador, ¿es así?

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En caso de discrepancia, en este punto, habrá que atender a lo dispuesto en el Informe Económico. El Ayuntamiento será el que indique al adjudicatario la ubicación de estas unidades. La urbanización Los Negrillos está dotada de buzones de recogida neumática para la fracción resto, sin embargo no se propone instalar ninguna ubicación para la recogida de envases ligeros, tal y como se ha hecho en otras zonas de la Ciudad. ¿Se debería considerar la instalación de contenedores de esta fracción en dicha zona? No, en esta urbanización se respetara la recogida selectiva mediante el sistema de Recogida Neumática. En el mismo plano 9.2 del Anexo II del Pliego de Condiciones se indica que la frecuencia de recogida de los residuos fuera de contenedores y recipientes normalizados debería ser mínimo 7 veces al día. Entendemos que se trata de frecuencia 7 veces/semana ¿es así?

No, es de mínimo siete veces al día, frecuencia que es la que actualmente se está realizando.”

Visto el Pliego de Prescripciones Técnicas y el Pliego de

Cláusulas Administrativas que rigen la licitación para la adjudicación por el procedimiento abierto del contrato de gestión de servicios públicos, mediante concesión administrativa, del servicio de limpieza viaria y recogida de residuos urbanos del Ayuntamiento de Majadahonda.

En uso de las atribuciones que me confiere el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local por el presente RESUELVO PRIMERO.- Aprobar la respuesta a las consultas formuladas por FCC, S.A. e informada por los servicios municipales que deberá publicarse en el perfil de contratante en cumplimiento del Pliego que rige en la licitación, en relación a las distintas cuestiones planteadas por la empresa FCC, SA.

SEGUNDO.- Dar cuenta de esta consulta al órgano de contratación, en este caso, el Pleno de la Corporación en la próxima sesión que éste celebre.”

I) Decreto de la Alcaldía nº 1908/11, de 16-9-2011, que dice:

“Vistos los documentos obrantes en el expediente.

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Visto las consultas de la empresa CESPA S.A. a través

de correo electrónico de fecha 15 de septiembre de 2011.

Visto el informe técnico del Técnico de Medio Ambiente Jardines y Limpieza de de fecha 16 de septiembre de 2011, comprensivo de un conjunto de consultas que figuran en negrita con las respuestas técnicas a continuación, que literalmente dice:

“Otra de las consultas que nos gustaría aclarar es saber qué IVA han aplicado en el importe publicado de ingresos anuales de 502.991,11 € asociados a la recogida selectiva. Esta cantidad lleva incluido un IVA del 8%. GESTION Y CONTROL ECONÓMICO DE LOS SERVICIOS PRESTADOS A TERCEROS (cláusula 88 del pliego técnico): Esta cláusula contiene un conjunto de disposiciones y obligaciones a cargo del contratista que parecen no ser aplicables al contrato ya que inciden en la necesidad de reportar al Ayto. los costes de los servicios de recogida y tratamiento dde RSU realizados a"a terceros", cuando en principio nuestro único cliente es el propio Ayto. Además se hace también referencia en dicha cláusula a la obligación del contratista de emitir y abonar una serie de facturas "a terceros y/o otros entes o Ayuntamientos convenidos." Dada la absoluta falta de claridad y comprensión de esta cláusula, sería conveniente nos remitieran respuesta en relación al alcance, significado, extensión y régimen de aplicabilidad de dicha cláusula al contrato Consulta ya contestada a la empresa URBASER. S.A. y expuesta en el perfil del contratante desde el12/09/2011.”

Visto el Pliego de Prescripciones Técnicas y el Pliego de

Cláusulas Administrativas que rigen la licitación para la adjudicación por el procedimiento abierto del contrato de gestión de servicios públicos, mediante concesión administrativa, del servicio de limpieza viaria y recogida de residuos urbanos del Ayuntamiento de Majadahonda.

En uso de las atribuciones que me confiere el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local por el presente RESUELVO

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PRIMERO.- Aprobar la respuesta a las consultas formuladas por CESPA S.A. e informada por los servicios municipales que deberá publicarse en el perfil de contratante en cumplimiento del Pliego que rige en la licitación, en relación a las distintas cuestiones planteadas por la empresa CESPA SA.

SEGUNDO.- Dar cuenta de esta consulta al órgano de contratación, en este caso, el Pleno de la Corporación en la próxima sesión que éste celebre.”

J) PROPUESTA DE RESOLUCIÓN de la Jefe de Área de

Régimen Interior y Patrimonio, de 20-9-2011, con el Vº Bº del Concejal Delegado de Recursos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos y Seguridad, cuyo texto es el siguiente:

“De conformidad con lo establecido en el art. 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 2568/1986, cabe señalar los siguientes:

HECHOS

1. El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el 27 de

julio de 2011, aprobó el expediente de contratación, Pliegos de Prescripciones Técnicas y Cláusulas Administrativas Particulares, del contrato de gestión de servicio público, mediante concesión administrativa, del servicio de limpieza viaria y recogida de residuos urbanos del Ayuntamiento de Majadahonda, de conformidad con lo previsto en el artículo 94 de la L.C.S.P., así como la apertura de la adjudicación por procedimiento abierto.

2. Que en fecha 24 de agosto de 2011 se publicó en el D.O.U.E. y en el perfil de contratante el anuncio de licitación, Pliegos de Prescripciones Técnicas, Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Anexos que rigen la licitación del referido contrato.

3. Una vez abierta la licitación, en el ejercicio de la facultad

conferida por la cláusula VIII.1 último párrafo del pliego administrativo, una de las empresas que en este momento

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desarrolla parte de las prestaciones a las que obliga la nueva licitación formula una consulta al haber observado que en la relación de trabajadores a subrogar falta el personal de URBASER, S.A que actualmente presta parte del servicio: repaso y mantenimiento exterior de buzones de recogida neumática.

4. En respuesta a la consulta, el técnico de medio ambiente,

jardines y limpieza redactor del pliego de prescripciones técnicas contesta que “revisados los pliegos técnicos del expediente de contratación del servicio de limpieza viaria y recogida de residuos urbanos del término municipal de Majadahonda se detecta un error al no haber incluido en el Anexo I “Plantilla de personal a subrogar” el listado de personal que dentro de los contratos de Recogida Neumática en Majadahonda presta el servicio de repaso y mantenimiento exterior de buzones en la actualidad y al que la legislación laboral y el Convenio general del sector de Limpieza pública, Viaria, Recogida, Tratamiento y Eliminación de Residuos y limpieza y conservación de alcantarilladlo, obliga a subrogar.

Es por lo tanto preceptiva la inclusión del listado de personal que se adjunta, al mencionado Anexo I del pliego.”

5. La respuesta a esta consulta, en los términos recogidos, se

publicó en el perfil de contratante de este Ayuntamiento para general conocimiento en cumplimiento del pliego el 7 de septiembre de 2011 en cumplimiento de Decreto de Alcaldía nº 1903 de fecha 6 de septiembre de 2011.

6. Igualmente se han realizado diferentes consultas por las empresas URBASER SA, CESPA SA, G.S.C. SA y F.C.C. SA, a través de correo electrónico en fechas 2, 5, 9, 12 y 15 de septiembre de 2011.

7. En respuesta a las consultas, el técnico de medio

ambiente, jardines y limpieza redactor del pliego de prescripciones técnicas contesta con fecha 9, 15 y 16 de septiembre de 2011.

8. Que por Decreto de Alcaldía nº 1904 y 1905 de fecha 9 de

septiembre de 2011, nº 1906 y 1907 de fecha 15 de

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septiembre de 2011 y nº 1908 de fecha 16 de septiembre de 2011 se aprueban las referidas consultas ordenando su publicación en el perfil de contratante, dando cuenta de todas las consultas realizadas así como de sus respuestas al órgano de contratación, en este caso, el Pleno de la Corporación en la próxima sesión que éste celebre.

A la vista de los hechos relatados cabe considerar

los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

1.- Resulta de aplicación lo dispuesto en la Ley 30/92 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante L.C.S.P.) modificada por ley 34/2010, de 5 de agosto y por Ley 2/2011, de 4 de Marzo, de Economía Sostenible, el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre por el que se aprueba el Reglamento General que desarrolla la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. (en abreviatura RGC), en todo aquello que no se oponga a la L.C.S.P., Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, y Real Decreto 300/2011, de 4 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

2.- Lo dispuesto en la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y Texto Refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, Real Decreto legislativo 781/86, de 18 de abril, Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, RD 2568/86 de 28 de noviembre.

3.- Los Pliegos de Condiciones Técnicas y de Cláusulas Administrativas particulares que rigen en la adjudicación del contrato de referencia.

4.- De conformidad con lo previsto en los artículos 82 y 123.1 del R.O.F. previamente a la adopción del presente acuerdo, éste

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deberá dictaminarse por la Comisión Informativa correspondiente.

Conforme a los hechos y fundamentos de derecho anteriormente relatados y de conformidad con lo dispuesto en el art. 169 del Texto Refundido de Régimen Local, procede elevar al Pleno de la Corporación (órgano competente de esta contratación según lo dispuesto en la legislación de régimen local y en las Bases de Ejecución de los Presupuestos para 2011), y previo dictamen de la Comisión Informativa correspondiente, la siguiente:

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN Ratificar los Decretos de Alcaldía nº 1903 de fecha 6 de septiembre de 2011, nº 1904 y 1905 de fecha 9 de septiembre de 2011, nº 1906 y 1907 de fecha 15 de septiembre de 2011 y nº 1908 de fecha 16 de septiembre de 2011 por los que se aprueban las consultas realizadas por las distintas empresas, ordenando su publicación en el perfil de contratante, dando cuenta así, de todas las consultas realizadas así como de sus respuestas al órgano de contratación. No obstante el Pleno de la Corporación, con superior criterio, previo dictamen de la Comisión Informativa correspondiente, acordará lo que estime más conveniente.”

K) Dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Medio

Ambiente y Movilidad, de 23-0-2011, favorable. L) Decreto de la Alcaldía nº 1959/11, de 21 de septiembre, cuyo

texto es el siguiente: “Vistos los documentos obrantes en el expediente.

Visto las consultas de la empresa VALORIZA, S.A. a

través de correo electrónico de fecha 20 de septiembre de 2011.

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Visto el informe técnico del Técnico de Medio Ambiente Jardines y Limpieza de de fecha 21 de septiembre de 2011, comprensivo de un conjunto de consultas que figuran en negrita con las respuestas técnicas a continuación, que literalmente dice:

“En El Pinar del Plantío aparece la nueva ubicación de los contenedores para las fracciones papel, vidrio y restos vegetales. En el plano 9.1., en el que se indica la contenerización actual, no aparecen instalados contenedores de envases, a pesar de que sí que hay en la zona en la actualidad . ¿En el nuevo servicio no se plantea la recogida de esta fracción?. ¿Hay que incluir contenedores de esta fracción de carga trasera para prestar el servicio de recogida junto con la fracción resto de forma bicompartimentada? Si, se plantea la recogida de esta fracción, pero en esta urbanización, en la que se mantiene la recogida tradicional con carga trasera bicompartimentada como se expone en el Anexo II plano 9.2. La fracción envases se recogerá junto con la fracción resto individualmente y en contenedores de 120 litros como se realiza en la actualidad. ¿Qué buzones de recogida neumática de la fracción envases van a ser retirados? ¿sólo aquellos situados en las zonas en las que el plano 9.1. del Anexo II se han incluido contenedores de carga lateral para esta fracción?. En el caso de que haya que incluir más contenedores de envases para sustituir los actuales buzones de neumática, ¿cuántos serían? Los buzones de recogida neumática de ningún modo van a ser retirados, lo que se va a hacer es que los buzones actualmente destinados a recogida de fracción envases pasaran a recoger fracción resto y en las zonas donde esto ocurre la fracción envases se recoge en las áreas de aportación y con la contenerización adecuada al sistema de carga lateral; Respecto a la contenerización que se debe realizar es la que figura en el Anexo II plano 9.2 “Buzones en calle y contenerización. NUEVO CONTRATO” y no la contenerización que figura en el Anexo II plano 9.1 “Buzones en calle y contenerización. SITUACION ACTUAL”. En las zonas en las que se mantendrá el servicio de recogida bicompartimentada para las fracciones resto y envases, el número de contenedores actuales indicados en el Plano 9.1. no coincide con los instalados realmente en la actualidad. ¿Se debe mantener el servicio con los contenedores existentes actualmente o debemos reemplazar los contenedores pequeños de la fracción resto presentes por cada vivienda por contenedores de 800 litros ubicados en puntos accesibles a los ciudadanos, y ubicar en estos mismos puntos contenedores de envases de 360 litros de capacidad? ¿O debemos disponer

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exclusivamente del número de contenedores de estas fracciones que se indica en el plano 9.1.? La contenerización que se debe realizar es la que figura en el Anexo II plano 9.2 “Buzones en calle y contenerización. NUEVO CONTRATO” y con la salvedad antes mencionada de la urbanización de Pinar del Plantio. ¿Cómo rellenar el cuadro página 14 del Pliego Administrativo, el apartado de días/jornadas/veces ofertadas (sobre B).¿”Días” hace referencia a los días a la semana del servicio, “jornadas” a las jornadas anuales por ruta, y “veces” al número de rutas propuestas? Cuando se habla de “dias” hace referencia a los días en semana, cuando se habla de “jornadas” se hace referencia a las jornadas, en virtud del concepto de jornada que viene reflejado en el convenio colectivo del sector, con una frecuencia semanal y en cuanto al termino “vez” hace referencia a actuaciones a realizar al mes independientemente de que duren mas de una jornada o día. Sobre A (documentación administrativa). En el apartado j) de la página 12 del Pliego de Cláusulas Administrativas indica la necesidad de incluir el compromiso de adscribir la maquinaria, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente. ¿A qué hace referencia esta documentación? ¿A un listado de maquinaria que será adquirida?. Efectivamente, a un listado de la maquinaria con la que se prestará el servicio y con la documentación técnica necesaria para acreditar que cumple con los requisitos del Anexo III del Pliego de Condiciones Técnicas”

Visto el Pliego de Prescripciones Técnicas y el Pliego de

Cláusulas Administrativas que rigen la licitación para la adjudicación por el procedimiento abierto del contrato de gestión de servicios públicos, mediante concesión administrativa, del servicio de limpieza viaria y recogida de residuos urbanos del Ayuntamiento de Majadahonda.

En uso de las atribuciones que me confiere el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local por el presente RESUELVO PRIMERO.- Aprobar la respuesta a las consultas formuladas por VALORIZA S.A. e informada por los servicios municipales que deberá publicarse en el perfil de contratante en cumplimiento del Pliego que rige en la licitación, en relación a las distintas cuestiones planteadas por la empresa VALORIZA SA.

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SEGUNDO.- Dar cuenta de esta consulta al órgano de contratación, en este caso, el Pleno de la Corporación en la próxima sesión que éste celebre.”

El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. Santana, indica que su Grupo se va a dar por enterado de estas Resoluciones y añade, como ya indicó en la Comisión Informativa y trasladó al Concejal Delegado de Medio Ambiente, que lo único que le preocupa es el tema de la subrogación del personal y dice esto porque la actual contrata ha cometido errores en la lista de trabajadores de que debían ser subrogados y espera que finalmente haya sido corregida de forma que se incluyan los trabajadores que deban figurar para evitar cualquier conflicto que pueda surgir al desarrollar el pliego de condiciones. Termina su intervención preguntando qué va a pasar con la maquinaria con la que actualmente se presta el servicio. El Sr. Presidente indica que prácticamente está amortizada. El Portavoz Adjunto del Grupo Municipal Centrista, Sr. del Río, indica que su Grupo no entiende por qué este punto del Orden del Día es para ratificar los Decretos y no dar cuenta de los mismos. Termina su intervención aclarando que su Grupo, en su momento, votó en contra del pliego de condiciones y por ello se va a abstener en esta votación. El Sr. Presidente aclara que se plantea la ratificación de los Decretos para dotar de más transparencia porque cuando se realiza una consulta por los interesados, el Ayuntamiento adopta una postura oficial que se hace pública a todos los interesados en la licitación y además se aprueba por el Pleno para que todas las empresas licitantes se tengan que atener a los mismos criterios pero el Concejal Delegado de Medio Ambiente ampliará esa información. El Concejal Delegado de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza, Sr. González, indica que el Pleno es el órgano de contratación del

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concurso de limpieza. Aclara que en los pliegos de condiciones ya se preveía que, en el perfil del contratante, se iban a publicar todas las respuestas a las consultas que se realizaban y, dado el calado de algunas de ellas, Secretaría General y su Concejalía entendieron que era preceptivo y conveniente que se presentaran al Pleno para que las respuestas a las consultas que se realizaron adquieran el mismo rango que el resto de la información que figura en el pliego de condiciones evitando así que se produzcan interpretaciones erróneas. Aclara seguidamente que en este caso lo que abunda no sobra y dice esto porque cree que es mucho mejor que todas las empresas que vayan a licitar tengan claros los criterios de algunas de las consultas realizadas. Continúa diciendo que la subrogación es obligatoria porque los trabajadores de una y otra empresa están regidos por el convenio que les ampara y añade que la empresa que actualmente presta el servicio (UTE Fomento-Valoriza) cometió un error en el listado de personal y añade que los tres trabajadores que no figuraban en ese listado, van a ser, por ley, de obligatoria subrogación y así figura en la respuesta que se ha dado. Termina su intervención aclarando, respecto a la maquinaria, que es cierto lo que ha dicho el Sr. Alcalde porque, después de 10 años de servicio, prácticamente toda la maquinaria está amortizada y los rendimientos que hoy prestan son bastante deficitarios pero se continuará utilizando hasta el momento en que se adquiera la maquinaria nueva del nuevo contrato y en ese sentido el pliego de condiciones recoge un plazo de cinco meses y posteriormente, y en la mayoría de los casos, esa maquinaria será liquidada. Sometido este asunto a votación, la Corporación, por catorce (14) votos a favor correspondientes al Grupo Municipal Popular, ningún (0) voto en contra y once (11) abstenciones correspondientes a los Grupos Municipales Socialista, Unión Progreso y Democracia, Izquierda Unida-Los Verdes y Centrista, ACUERDA ratificar los Decretos de la Alcaldía nº 1903/11, de 6 de septiembre, nº 1904/11 y 1905/11, de 9 de septiembre, nº 1906/11 y 1907/11, de 15 de septiembre, nº 1908/11, de 16 de septiembre y 1959/11, de 21 de septiembre, por los que se aprueban las consultas realizadas por las distintas empresas ordenando su publicación en el perfil del

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contratante, dando cuenta así, de todas las consultas realizadas así como de sus respuestas al órgano de contratación. CONTROL DE LOS DEMÁS ÓRGANOS DE LA CORPORACIÓN CONFORME A LO PREVISTO EN EL ART. 46.2.E) DE LA LEY 7/85, DE 2 DE ABRIL 10.(120/11) DAR CUENTA DE LOS DECRETOS Y

RESOLUCIONES DICTADOS POR LA ALCALDÍA Y CONCEJALES DELEGADOS DEL NÚM. 820/11 AL 1214/11, AMBOS INCLUSIVE.

El Sr. Secretario da cuenta del expediente integrado por fotocopia del Libro de Decretos y Resoluciones dictados por la Alcaldía y Concejales Delegados núms. 820/11 al 1214/11 ambos inclusive. Todo ello al efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el art. 42 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y consiguientemente ser conocidos por todos los miembros de la Corporación.

SE DA POR CUMPLIDO el trámite de dar cuenta de los Decretos y Resoluciones dictados por la Alcaldía y Concejales Delegados del núm. 820/11 al 1214/11, ambos inclusive. 11.(121/11) DAR CUENTA DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS

POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EN LAS SESIONES DE 4, 11, 18, 26 Y 29 DE JULIO DE 2011.

SE DA POR CUMPLIDO el trámite de dar cuenta de los acuerdos adoptados por la Junta de Gobierno Local en las sesiones de 4, 11, 18, 26 y 29 de julio de 2011. 12.(122/11) PROPOSICIONES NO URGENTES O

MOCIONES ORDINARIAS: 12.1(123/11) MOCIÓN PRESENTADA POR EL

GRUPO MUNICIPAL UNIÓN

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PROGRESO Y DEMOCRACIA PARA LA ADOPCIÓN DE MEDIDAS QUE FAVOREZCAN LA TRANSPARENCIA EN ESTE AYUNTAMIENTO (4.1.7)

Se da cuenta de la Moción presentada por la Portavoz del

Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sra. Madrigal, de 16 de septiembre de 2011, que dice: “Vivimos en una época marcada por la degradación de la cosa pública que se refleja en que el tercer problema para los españoles son los partidos políticos, este hecho se produce por unas causas perfectamente reconocibles como son: el clientelismo, la falta de transparencia en la gestión pública, el exceso de burocracia y la existencia de una administración de justicia lenta y politizada. Este hecho también provoca que en el índice de percepción de la corrupción, los españoles tienen una sensación muy alta de que sus instituciones son corruptas, solo superada en Europa por Italia y los países balcánicos, y casi al nivel de Sudamérica. Está demostrado que una de las mejores herramientas para luchar contra esta lacra es la transparencia, existe una clara correlación entre corrupción y transparencia, ya que, cuanto más transparente es una administración existe una menor posibilidad de que dicha administración esté contaminada por este problema. Pero la transparencia no solo tiene esta función, sino también es una herramienta para acercar la administración a los ciudadanos, para que estén plenamente informados de qué se hace con el dinero público y fomentar la participación. Uno de los aspectos clave para conseguir dicha transparencia es el libre acceso de los ciudadanos a los documentos públicos y la perfecta accesibilidad a toda la información relacionada con la Corporación Municipal como es la información sobre los cargos electos y el personal del Ayuntamiento, la información sobre la organización del Ayuntamiento o la información sobre normas y reglamentaciones municipales. Los ciudadanos tienen el derecho y el deber cívico de informarse sobre los asuntos y medidas que se adoptan desde su Ayuntamiento. En la etapa de la libertad de información, del imperio de los medios tecnológicos, no existe ninguna imposibilidad para que toda la actuación de cualquier administración no pueda darse a

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conocer a los administrados de forma absolutamente sencilla y accesible. Vivimos en un país fuertemente inmovilista que es incapaz de ajustar su legislación a los tiempos que corren y a las demandas que plantea una sociedad cada vez más informada, esto se traduce en que España es el único país de Europa con más de un millón de habitantes que no tiene una ley de acceso a la información. Mientras que el Consejo de Europa aprobó el Convenio de Acceso a Documentos Oficiales y mientras cada año se siguen aprobando leyes de acceso a la información en los demás países, en España lleva siendo una promesa electoral desde 2004 abandonada en el cajón del olvido. Ante esta apatía de la Administración Estatal, es necesario que desde el ámbito municipal tomemos la iniciativa adoptando medidas de este calado a favor de una mayor facilidad de acceso a la información pública, algo que ya han hecho varios municipios. La organización no gubernamental Transparencia Internacional (TI), viene elaborando desde el año 2008 el Índice de Transparencia de los Ayuntamientos (ITA). Dicho Índice constituye una herramienta para medir el nivel de transparencia ante los ciudadanos y la sociedad de los 110 mayores Ayuntamientos de España. Esta evaluación se realiza a través de la medición de 80 indicadores divididos en 5 áreas. En la última evaluación realizada, en el año 2010, nuestro municipio obtuvo una calificación de 62,5 sobre 100, ocupando el puesto número 74 del ranking nacional y situándose en el puesto número 12 de 16 entre los Ayuntamientos madrileños evaluados. En el Área de Información sobre la Corporación Municipal la calificación baja hasta 57,9.

UPyD nació hace más de tres años con un compromiso negociable e irrenunciable con la sociedad: regenerar nuestra democracia. Es tarea de todos reducir el distanciamiento entre los ciudadanos y sus representantes públicos, para recuperar el sentido más noble de la política combatiendo ese concepto que se ha venido a denominar clase política, como si fuese una casta superior con sus correspondientes privilegios, que una vez acabado el proceso electoral no ha de rendir cuentas a la ciudadanía. Por todo ello nuestro Grupo Municipal presenta la siguiente moción, con la convicción de que el fácil acceso a la información es la mejor herramienta para luchar contra la corrupción. Agradeciendo

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la actitud transparente emprendida en nuestro municipio por la Corporación Municipal con la adopción de medidas como la aprobada en el pasado Pleno del día 29 de junio de 2011 para que los Plenos Municipales se retransmitan vía web y con la intención de seguir en esta línea y hacer una ciudad cada vez más transparente, en la presente moción se ofrecen una serie de medidas cuyo coste material es nulo, ya que, se realizarían a través de las nuevas tecnologías, por lo que el único requisito es la voluntad política. ACUERDOS: 1. Se pondrá a disposición de los ciudadanos los datos

biográficos y profesionales del Alcalde y de los Concejales, sus sueldos y retribuciones por todos los conceptos.

2. Se publicará en la página web municipal de forma completa la

Relación de Puestos de Trabajo (RPT) del Ayuntamiento. 3. Se pondrá a disposición de los ciudadanos la relación

cargos/puestos de confianza y de todos los puestos de trabajo adscritos a los miembros de la Corporación. Detallando identidad, currículum vitae y méritos tomados en consideración para su contratación, funciones y salarios.

4. Se publicará en la página web municipal, con una

actualización al menos trimestral, del número y clase de los trabajadores del sector público local y el departamento para el que prestan servicios.

5. Se informará a través de la web municipal, en un lugar

destacado y accesible, y en un lenguaje comprensible: de la fecha y horario de celebración de cada Pleno y del orden del día, además de publicar las actas completas de cada Pleno.”

Consta dictamen de la Comisión Informativa de Recursos Humanos, Organización, Asuntos Jurídicos y Seguridad, de 20-9-2011, favorable.

La Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sra. Madrigal, indica que, durante este debate, se han pronunciado varias frases de las que ha tomado nota como es la

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indicada por el Portavoz Adjunto del Grupo Socialista, Sr. Martínez Maillo, que es “incumplimos la ley”, otra ha sido indicada por el Sr. Alcalde y es “el que paga es el ciudadano” y la otra es “me importa lo que pasa en otros ayuntamientos”

Sigue diciendo que, para su Grupo, el Ayuntamiento incumple la

ley en dos aspectos que tienen que ver con la Moción que ha presentado sobre la transparencia y es que este Ayuntamiento no ha hecho pública la declaración de bienes de todos los miembros de la Corporación y este Ayuntamiento no cuenta con una relación de puestos de trabajo.

Añade que su Grupo presentó esta Moción con el objetivo de

mejorar la transparencia en este Ayuntamiento ya que se propone combatir el progresivo distanciamiento entre los ciudadanos y sus representantes públicos para recuperar el sentido más noble de la política y eliminar el concepto de lo que se ha denominado “clase política” como si fuera una casta superior con sus correspondientes privilegios que, una vez acabado el proceso electoral, no ha de rendir cuentas a la ciudadanía.

Aclara que, en estos momentos, los ciudadanos de Majadahonda

no tienen forma de saber nada acerca de sus concejales y de hecho no conocen cuánto cobran, ni el número de personas que trabajan en el Ayuntamiento, ni cuántos son los asesores de los grupos municipales, ni el contenido completo de las sesiones plenarias y, para informarse acerca de la fecha y horarios de celebración de los Plenos, tienen que rebuscar por toda la web municipal porque, aunque figura, está bastante escondido.

Indica que, para poner freno a esta situación, su Grupo desea

presentar una serie de medidas que no suponen dificultad técnica y tampoco son una novedad en el panorama municipal español.

Aclara que, en el ranking elaborado por Transparencia

Internacional, los municipios que ocupan las primeras posiciones en lo que se refiere a transparencia sobre la información de la Corporación Municipal son Alcobendas, Ponferrada y Puerto de Santa María (gobernados por el Partido Popular) y Bilbao y todos ellos tienen, en su página web y de forma accesible, toda la información que su Grupo exige con esta Moción lo que justifica su puesto en el raking y el

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triste puesto de este Ayuntamiento de Majadahonda que ocupa el puesto 73 de 108 municipios.

El Sr. Presidente indica que en España hay muchos más de 108

ayuntamientos. La Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y

Democracia, Sra. Madrigal, indica que son los 108 municipios más importantes de España que se han unido a los índices de transparencia.

Sigue diciendo que este Ayuntamiento ha empeorado la nota

porque la primera vez que Majadahonda figuró (año 2009), la nota que recibimos fue superior a la obtenida en 2010.

Indica que, en las páginas web de los ayuntamientos gobernados

por el Partido Popular, figuran datos biográficos y direcciones electrónicas de los miembros de la Corporación, información acerca de sus sueldos o retribuciones, relación de cargos de confianza del Ayuntamiento y el importe individual o colectivo de sus retribuciones. Añade que también se publica o se pone a disposición de los ciudadanos el Registro de Intereses de Actividades y Bienes contemplado en la Ley de Bases de Régimen Local, modificada por la Ley del Suelo, por la que pasa a ser obligatoria la declaración de bienes y además, de forma completa, se publica la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento, información sobre procesos selectivos del personal de plantilla (bases, composición del tribunal, listas de admitidos y excluidos, exámenes, etc.).

Aclara que, en algunos casos, la información que se plantea en

esta Moción se publica en la página web de este Ayuntamiento pero se hace de forma insuficiente como ocurre con la información que se da acerca de los concejales que componen la Corporación Municipal o con la información de las actas de las sesiones plenarias ya que solo aparece un extracto de los acuerdos adoptados y no el acta completa de la sesión como ya se hace en la página web oficial, por ejemplo, de Pinto.

Manifiesta que su Grupo es totalmente flexible en el modo de

publicar la información que se solicita en esta Moción siempre que se cumpla la exposición de toda la información de forma clara y

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fácilmente accesible y aclara que en esta Moción no se incluyen los aspectos que ya son obligatorios por ley y que su Grupo espera que se lleven a cabo en el más corto espacio de tiempo posible como es la elaboración de la relación de puestos de trabajo y la obligación de hacer pública la declaración de bienes de los concejales.

Aclara que Transparencia Internacional envía a los

ayuntamientos unos cuestionarios en los que se indica qué actuaciones va a valorar y cree que Majadahonda no contestó en el año 2008, contestó en 2009 y obtuvo mejores notas que en el año 2010 lo que ha ocurrido porque el Ayuntamiento no ha hecho los deberes.

Termina su intervención indicando que en 2009 ningún

ayuntamiento obtuvo 100 puntos de 100 pero en 2010 aparecen con la máxima puntuación 7 ayuntamientos (Alcobendas, Bilbao, Gijón, Ponferrada, Puerto de Santa María, Sabadell y San Cugat del Vallés).

El Sr. Presidente indica que el Equipo de Gobierno va a votar a

favor de la Moción que ha presentado Unión Progreso y Democracia porque es necesario ser más transparente de cada al ciudadano pero le gusta que se diga toda la información y no solo una parte y dice esto porque nadie puede decir que en España hay solo 100 municipios porque realmente hay más de 7.000 por lo que Majadahonda estaría en el número 73 de más de 7.000 municipios.

La Portavoz de Unión Progreso y Democracia, Sra. Madrigal,

aclara que el raking al que ha aludido está integrado solo por los 110 municipios más grandes de España.

El Sr. Presidente indica que Majadahonda no es un gran

municipio y. si Unión Progreso y Democracia dice que Majadahonda figura en el nº 73 de ese ranking, debe decir que es de más de 7.000 municipios. Aclara que la mayoría de los municipios de España no facilitan los datos que pide una empresa privada como Transparencia Internacional y además está convencido de que esa no es la única empresa que se dedica a esa función sino que seguramente haya otras muchas más. Añade que el Equipo de Gobierno está de acuerdo con el fondo de esta Moción y por ello va a votar a favor de la misma pero, insiste, en que es necesario ser riguroso en aras a la transparencia

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porque seguramente Majadahonda sea uno de los 108 municipios de España que han contestado y además hay que tener en cuenta que la mayoría de la información ya haya sido publicada pero puede estar de acuerdo en que quizá los ciudadanos no tengan un acceso fácil a esa información.

Termina su intervención diciendo que no pasa nada por decir

que Majadahonda está en el número 73 de los más de 7.000 municipios que hay en España y por ello considera que ese puesto no está nada mal.

La Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y

Democracia, Sra. Madrigal, indica que Majadahonda está en el puesto nº 73 pero no de los más de 7.000 municipios sino que lo está de un total de 108.

El Sr. Presidente indica que si esos otros ayuntamientos no han

aportado datos a Transparencia Internacional, será por algún motivo. El Portavoz Adjunto del Grupo Municipal Centrista, Sr. del Río,

indica que su Grupo está de acuerdo con esta Moción por estar de acuerdo en que exista la mayor transparencia posible sobre todo en lo que se refiere a los políticos aunque piensa que algunos datos deberían facilitarse acotados sobre todo los que se refieren a datos biográficos, etc. Añade que las retribuciones de los corporativos son públicas y está de acuerdo en que los ciudadanos las puedan conocer.

Termina su intervención aclarando que en España hay unos

8.200 municipios de los que 6.000 tienen menos de 2.000 habitantes por lo que su Grupo prefiere que este Ayuntamiento se compare con la lista de los 108 municipios más grandes que no con los municipios de menos de 2.000 habitantes.

El Sr. Presidente aclara que él prefiere hacer comparaciones con

todos y después que cada Grupo Municipal saque sus conclusiones porque, aunque haya 6.000 municipios con menos de 2.000 habitantes, debe haber otros 2.000 municipios con una población mayor por lo que entiende que Majadahonda ocupará el puesto 73 de 2.000

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municipios pero Unión Progreso y Democracia dice que ocupamos el puesto 73 de 108 municipios.

La Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

Sra. García Gallo, indica que su Grupo también va a votar a favor de esta Moción porque siempre ha defendido una administración transparente y ética y, como los concejales de Izquierda Unida no tienen nada que esconder, firmaron un código ético y su declaración de bienes se publicó en su página web.

Continúa diciendo que su Grupo está de acuerdo y va a votar a

favor de esta Moción para que se adopten todas las medidas que se plantean para conseguir mayor transparencia, mayor participación en la toma de decisiones y para mejorar los instrumentos de control en el gasto público pero tiene dudas sobre la efectividad de algunas medidas como puede ser la necesidad de publicar la biografía y currículum de los corporativos.

Aclara su Grupo no ve bien, para luchar contra la corrupción, la

relación que puede haber entre que los ciudadanos de Majadahonda conozcan dónde ha nacido cada corporativo, dónde ha estudiado o si está casado con que se acceda a un cargo público y se hagan trajes con el dinero de todos los vecinos pero, si es necesario realizar esa biografía, su Grupo lo hará.

Indica además que cualquier persona mayor de edad tiene

derecho a representar a sus conciudadanos lo que es la base de la democracia y considera que un buen currículum no va ligado a que se sea un buen político ni un buen gestor y dice esto porque de todos es sabido que las titulaciones están ligadas al origen social y cuanto mayor es la capacidad económica de una persona, también son mayores las posibilidades de estudiar y cree que fomentar la descalificación de un representante público por su currículum es un principio más aristocrático que democrático pero aún así los integrantes de su Grupo no tienen ningún problema en publicar sus datos biográficos.

Termina su intervención diciendo que se alegrará si a través de

esta Moción se consigue realizar la relación de puestos de trabajo y aclara que, en el Pleno del mes de julio, se aprobó una Moción de Izquierda Unida-Los Verdes para que se publiquen, en la página web

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municipal, las fechas y horas en que se celebran las sesiones plenarias por lo que piensa que esta Moción es reiterativa en ese sentido pero también la celebra si sirve para que se cumplan, con mayor celeridad, los acuerdos que se adoptan en el Pleno.

El Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Cabezón, indica

que su Grupo va a apoyar, como no podía ser de otra forma, esta Moción porque todos los integrantes de su Grupo, al iniciar la legislatura, presentaron la declaración de sus bienes y actividades.

Termina su intervención preguntando cuándo se van a comenzar

a retransmitir los Plenos por internet lo que piensa que también puede generar una mayor transparencia y añade que su Grupo va a seguir pidiendo la digitalización de los expedientes.

El Concejal Delegado de Recursos Humanos, Calidad,

Organización, Servicios Jurídicos y Seguridad, Sr. Carnevali, indica que el Equipo de Gobierno también va a votar a favor de esta Moción.

La Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y

Democracia, Sra. Madrigal, aclara que los 108 municipios son los municipios de España que tienen un mayor número de habitantes a los que Transparencia Internacional, empresa privada de gran prestigio, envía una serie de cuestionarios para que conozcan lo que se va a valorar. Indica que si los municipios desean ser más transparentes, hacen los deberes y, los que no lo quieren, no los hacen y su Grupo sabe que Majadahonda ha bajado su posición en ese ranking y las peores notas las obtenemos en información sobre la Corporación Municipal, sobre Urbanismo y sobre Contratación.

El Sr. Presidente pregunta a la Portavoz del Grupo Unión

Progreso y Democracia si realmente son los 108 municipios con mayor población de España que han contestado a los cuestionarios y, si no es así, qué ocurre con los que no han contestado.

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La Portavoz del Grupo Unión Progreso y Democracia, Sra. Madrigal, aclara que, por ejemplo, Talavera de la Reina tiene solo 31 puntos sobre 100 y por ello ocupa el nº 108 en esa lista.

El Sr. Presidente pregunta nuevamente a la Sra. Madrigal cómo

es posible que ese municipio haya obtenido 31 puntos si no contestó los cuestionarios.

Termina su intervención pidiendo al Grupo Unión Progreso y Democracia que le haga entrega del informe completo al que ha aludido para estudiarlo con detenimiento porque no le cuadra la valoración que se hace de Majadahonda porque, aunque es cierto que es necesario mejorar mucho en transparencia, tiene la sensación de que vamos muy por delante de otros muchos municipios, al menos de la Comunidad de Madrid como ocurre, por ejemplo, con las intervenciones de los vecinos en las sesiones plenarias, etc. El Sr. Presidente indica que, como dijo en el anterior Pleno, en el mes de octubre se va a comenzar a retransmitir la sesión plenaria en directo y para ello se ha alcanzado un acuerdo con la Fundación Europea que lo hace gratis.

Sometido este asunto a votación, la Corporación, por

unanimidad, ACUERDA:

Primero.- Poner a disposición de los ciudadanos los datos biográficos y profesionales del Alcalde y de los Concejales, sus sueldos y retribuciones por todos los conceptos. Segundo.- Publicar en la página web municipal de forma completa la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) del Ayuntamiento. Tercero.- Poner a disposición de los ciudadanos la relación cargos/puestos de confianza y de todos los puestos de trabajo adscritos a los miembros de la Corporación. Detallando identidad, currículum vitae y méritos tomados en consideración para su contratación, funciones y salarios.

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Cuarto.- Publicar en la página web municipal, con una actualización al menos trimestral, del número y clase de los trabajadores del sector público local y el departamento para el que prestan servicios. Quinto.- Informar a través de la web municipal, en un lugar destacado y accesible, y en un lenguaje comprensible: de la fecha y horario de celebración de cada Pleno y del orden del día, además de publicar las actas completas de cada Pleno.

12.2(124/11) MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL IZQUIERDA UNIDA-LOS VERDES PARA UN USO POLIVALENTE DEL RECINTO FERIAL QUE LO HAGA COMPATIBLE CON LA PRÁCTICA DEPORTIVA (4.1.7)

Se da cuenta de la Moción presentada por la Portavoz Adjunta

del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sra. García Gallo, que ha tenido entrada en el Registro General el 21-9-2011, nº 18247, cuyo texto es el siguiente: “Los aficionados a la práctica deportiva en nuestro municipio se vienen quejando desde hace tiempo de la escasez de los lugares públicos para practicar deportes como el baloncesto o el fútbol sala, entre otros, ya sea de manera espontánea o para que puedan entrenar los equipos que participan en las ligas municipales de Majadahonda. Por otra parte, el recinto ferial, que está infrautilizado la mayor parte del año, cuenta con amplios espacios susceptibles de un uso polivalente y compatible con la práctica de distintos deportes que permitan instalaciones móviles, o con otro tipo de instalaciones que no supongan un obstáculo para el desarrollo de otras actividades que se realizan en dicho lugar. A eso cabe añadir que la zona de Valle de la Oliva o Los Negrillos, que colindan con el recinto ferial, carecen de instalaciones deportivas municipales asequibles, lo que, dados sus problemas de accesibilidad al centro urbano y a las instalaciones deportivas existentes, supone una traba añadida a que jóvenes y adultos de esa zona pueden practicar deportes adecuados a los recintos abiertos durante gran parte del año.

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En el Pleno del 25 de julio de 2007, el entonces equipo de gobierno rechazó una moción de IU encaminada a dotar de un uso polivalente deportivo al recinto ferial. Las razones esgrimidas por el entonces Concejal de Deportes fueron que, por tratarse de un compromiso electoral del PP y dado que su programa era un contrato, lo llevarían a cabo tras el pertinente concurso de ideas con expertos en la materia deportiva y un estudio sobre las posibilidades de aprovechamiento deportivo de la zona. Cuatro años más tarde nos encontramos con que la situación sigue exactamente igual; las únicas obras realizadas en el recinto ferial han sido la instalación de una central de recogida neumática y el vallado de su perímetro por razones de seguridad para las fiestas patronales. Además no existe constancia ni formal ni informal de que se haya realizado siquiera ese “concurso de ideas” para poder dotar parte del recinto a un uso deportivo. Entendemos la práctica deportiva como un elemento esencial para la salud y la calidad de vida y, por tanto, como un bien que debe estar al servicio de toda la ciudadanía. Y consideramos que las distintas formas de practicar los deportes de base deben ser atendidas y fomentadas desde el Ayuntamiento habilitando para ello espacios públicos suficientes y asegurando su adecuado mantenimiento. Al mismo tiempo, vecinos de la zona siguen reclamando el poder tener un espacio deportivo público asequible cerca de sus domicilios para poder practicar deporte junto a sus familias. Por ello, el Grupo Municipal de Izquierda Unida presenta, para su aprobación por el Pleno de la Corporación, la siguiente MOCIÓN: Que, una vez estudiado por los servicios técnicos correspondientes, se pongan en marcha las actuaciones pertinentes para hacer un uso polivalente del recinto ferial compatible con la práctica de deportes que se ajusten a las peculiaridades del recinto y que respondan a las mayores demandas detectadas por los responsables del área de deportes.”

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Consta dictamen Comisión Informativa de Áreas y Servicios, de 21-9-2011, favorable.

La Portavoz Adjunta del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sra. García Gallo, indica que esta Moción fue presentada hace cuatro años y fue denegada porque figuraba en el programa electoral del Partido Popular y además se iba a realizar un concurso de ideas sobre los usos polideportivos que se podían instalar en el recinto ferial y por tanto que serían los expertos los que determinasen las posibilidades de aprovechamiento deportivo de ese espacio.

Sigue diciendo que cuatro años después no se ha hecho nada y

por ello su Grupo ha presentado nuevamente esta Moción porque los vecinos vienen demandando más equipamientos deportivos desde hace años y por ello su Grupo va a seguir insistiendo en la necesidad de ampliar los equipamientos deportivos, sobre todo al aire libre.

Indica que, desde el punto de vista de su Grupo, el recinto

ferial tiene las condiciones idóneas para que se puedan celebrar, además de las fiestas, otros eventos y los deportivos pueden ser idóneos puesto que se pueden instalar porterías, canchas de baloncesto, etc. de forma que sean compatibles con la celebración de las Fiestas o los circos que allí se instalan.

Termina su intervención diciendo que lo que se pide en esta

Moción favorecería principalmente a los vecinos de Los Negrillos que tienen difícil acceso al resto de equipamientos públicos y al centro del casco urbano.

El Portavoz Adjunto del Grupo Municipal Centrista, Sr. del Río,

indica que su Grupo considera que esta propuesta es muy buena porque el recinto ferial está infrautilizado y por ello va a votar de esta Moción.

El Portavoz Adjunto del Grupo Municipal Unión Progreso y

Democracia, Sr. Gil, indica que su Grupo también va a votar a favor de esta Moción por considerar que supondría dar un uso alternativo a un espacio que no tiene uso durante largos periodos del año y solo se utiliza durante las Fiestas Patronales o cuando se instalan circos por lo

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que considera interesante que tenga otros usos alternativos y los deportivos pueden ser uno de ellos.

El Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Cabezón, indica

que su Grupo también va a votar a favor de esta propuesta. Aclara que su Grupo ya lo propuso en su programa electoral al incluir un detallado proyecto ocio-deportivo para los majariegos y cree que el recinto ferial es una excelente ubicación y hay que intentar que no sea solo la ubicación del macro-botellón madrileño en las fiestas de Majadahonda.

El Concejal Delegado de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda, Sr. Pérez, indica que el Grupo Popular comparte las inquietudes del resto de grupos municipales respecto a los cambios que está sufriendo este municipio y considera que el recinto ferial, hoy por hoy, no tiene la utilidad que podría tener durante todo el año pero también es cierto que esta Moción pide únicamente que se utilicen determinadas zonas para actividades deportivas. Sigue diciendo que el Equipo de Gobierno no quiere entrar a debatir sobre la exposición de motivos de esta Moción porque se realizan una serie de juicios de valor y además se dice que en el año 2007 se debatió una moción sobre este mismo asunto pero no fue aprobada. Aclara que es cierto que existió un proyecto para convocar un concurso de ideas para remodelar el recinto ferial pero, al establecerse otras prioridades presupuestarias, ese proyecto se paró. Añade que actualmente se está trabajando en la elaboración de un pliego de condiciones para poner en marcha el concurso de ideas y aclara que el Equipo de Gobierno desea que, además de la utilización en las Fiestas Patronales del mes de septiembre, tenga un uso principal de gran parque compatible con otros muchos usos de ocio, deportivos, etc. Manifiesta que en la elaboración de los pliegos de condiciones participan muchas Concejalías (Seguridad, Medio Ambiente, Deportes y Fiestas y Cultura y Juventud) y añade que con ese pliego se pretende convocar un concurso de ideas que se adjudicará al que se considere mejor proyecto y con posterioridad se ejecutarán las obras.

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Termina su intervención indicando que el Equipo de Gobierno está abierto, en aras de la transparencia y de colaboración con los Grupos de la Oposición, a estudiar cualquier sugerencia que puedan aportar para la realización de este proyecto. La Portavoz Adjunta del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sra. García Gallo, pregunta, porque no le ha quedado claro, si el Equipo de Gobierno va a votar a favor de esta Moción. El Sr. Presidente aclara que el Equipo de Gobierno va a votar en contra porque lo que se solicita en esta Moción no es el proyecto del Grupo Popular aunque el de Izquierda Unida se parece un poco al que figuraba en su programa electoral que era la realización de un gran parque. Aclara que no le gustan las instalaciones deportivas al aire libre porque se utilizan para otras cosas distintas aunque también es cierto que en Majadahonda hacen falta campos de fútbol y no hay demasiado espacio para ubicarlas por lo que es posible que en la zona del recinto ferial se realice alguna instalación compatible con la celebración de las Fiestas Patronales y para ello se va a convocar un concurso de ideas. Termina su intervención indicando que el Equipo de Gobierno va a votar en contra de esta Moción porque lo que se plantea es el proyecto de Izquierda Unida-Los Verdes y no el del Grupo Popular que es un proyecto mucho más avanzado del que se propone. La Portavoz Adjunta del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sra. García Gallo, indica que no ve incompatibilidad en la realización de un gran parque con que el recinto ferial comience a ser utilizado para la realización de actividades deportivas. Aclara que la situación que se está produciendo en estos momentos le recuerda un poco a lo que ocurrió hace cuatro años porque el Pleno en esos momentos también denegó la Moción que presentó Izquierda Unida diciendo que se iba a hacer algo parecido a lo que se dice ahora pero realmente no se hizo nada.

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Sigue diciendo que, mientras se elabora ese gran proyecto y concurso de ideas, su Grupo cree que sería fácil utilizar el recinto ferial para la práctica de determinados deportes que son exigidos por los vecinos. Termina su intervención diciendo que su Grupo se alegrará de la construcción del gran parque y también de que se puedan realizar actividades deportivas al aire libre en el recinto ferial pero considera bueno que, mientras tanto, se haga algo con ese espacio. El Sr. Presidente indica que el Equipo de Gobierno está totalmente en contra de la utilización del espacio libre y abierto para la realización de actividades deportivas porque realmente se utilizan para todo menos para la práctica del deporte lo que ya ocurre en numerosos lugares de Majadahonda como puede ser en el Parque de Colón, en otros parques y en otras muchas zonas. Continúa diciendo que el Grupo Popular respeta las ideas de Izquierda Unida-Los Verdes y por ello pide que dicho Grupo Municipal respete también las del Equipo de Gobierno del Partido Popular y añade que está seguro que, si se pone en marcha lo que solicita Izquierda Unida, en una ciudad como Majadahonda (básicamente residencial) ,todos los vecinos de los Negrillos se pondrían en pie de guerra. Termina su intervención aclarando que el Equipo de Gobierno del Partido Popular tiene un proyecto que va más allá del que tiene Izquierda Unida puesto que va a convertir el recinto ferial en un parque para que lo disfruten las familias majariegas aunque se va a intentar que pueda destinarse a otros usos pero se hará siempre en recintos cerrados aunque es necesario esperar a que se realice el concurso de ideas y aclara que los Servicios Técnicos Municipales están trabajando, en estos momentos, para la elaboración de los pliegos de condiciones de ese concurso. Sometida a votación esta Moción, QUEDA RECHAZADA al resultar catorce (14) votos en contra correspondientes al Grupo Municipal Popular y once (11) votos a favor correspondientes a los Grupos Municipales Socialista, Unión Progreso y Democracia, Izquierda Unida-Los Verdes y Centrista.

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12.3(125/11) MOCIÓN PRESENTADA POR EL

GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA SOLICITANDO AL GOBIERNO DE LA COMUNIDAD DE MADRID LA ADOPCIÓN DE DETERMINADAS MEDIDAS RELACIONADAS CON EL SISTEMA PÚBLICO EDUCATIVO (4.1.7)

Se da cuenta de la Moción presentada por el Portavoz del

Grupo Municipal Socialista, Sr. Cabezón, que ha tenido entrada en el Registro General el 21-9-2011, nº 18248, cuyo texto es el siguiente: “Exposición de motivos El sistema educativo madrileño atraviesa la situación más complicada y compleja desde que hace diez años la Comunidad de Madrid asumiera el total de las competencias educativas. Los incesantes recortes del gobierno regional en las partidas presupuestarias destinadas a la Consejería de Educación en los últimos años –un 4,8% menos en 2011, siendo un -7% en la red pública con respecto a 2010- han ido mermando la capacidad de nuestro sistema educativo. A la par que se producía este descenso en la inversión ha ideo aumentando el número de alumnos en el sistema educativo madrileño (un 3,2% más en el último curso). Inevitablemente, estos drásticos recortes presupuestarios han llevado a que Madrid, en 2010, sea la penúltima comunidad autónoma en inversión educativa por alumno (3875,82 €/alumno), solo por delante de Canarias. Las consecuencias de una menor inversión son directas y contundentes. En el curso pasado 2010/2011 las aulas de Madrid tuvieron 2.500 profesores menos que el curso anterior entre educación primaria (1.000) y secundaria (1.500). Afectó, en especial, a orientadores, profesores de apoyo, aulas de enlace, de compensatoria y diversificación curricular. Es decir, las consecuencias de que hubiera 2.500 profesores menos las pagaron aquellos alumnos y alumnas con mayores necesidades educativas.

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Las Instrucciones de Inicio de Curso 2011-2012 suponen el mayor recorte en educación que haya habido en nuestra Comunidad. Éstas conllevan que desde este próximo curso haya otros 3.200 profesores menos en la educación secundaria obligatoria, lo que supondrá un recorte en la inversión de 110 millones de euros, aproximadamente. La ausencia de estos profesores repercutirá de manera negativa y decisiva en la formación de nuestros jóvenes. Las tutorías, las horas de coordinación didáctica de departamentos, los desdobles de matemáticas y lengua, el programa de educación compensatoria, las tareas de coordinación de las TIC, la oferta de asignaturas optativas, los ciclos de FP .... Todo ello se verá afectado en gran medida por este recorte brutal y sin precedentes llevado a cabo por la Consejería de Educación y Empleo. Los centros se encuentran al borde del caos organizativo y, además, nos encontramos ante la inaudita situación de que, aproximadamente, 1.500 profesores funcionarios de carrera se encuentran a día de hoy sin centro de destino asignado. Es una evidencia que, con esta grave situación, hay un riesgo de que el inicio del curso académico no se puede desarrollar con normalidad. La situación de la educación infantil en nuestra región no es mejor. Los Decretos 18/2008, 123/2008 y 105/2009 han sido regresivos en los mínimos que deben cumplir las escuelas infantiles y han abierto la posibilidad de dejar la educación infantil en manos de empresas privadas sin la menor experiencia en educación, algo que se está produciendo de manera grave ante la pasividad y complacencia del gobierno regional. Hasta 26 concesiones a empresas de este tipo se produjeron el pasado año, algo que ha continuado en el presente. Como agravante la orden 2458-01/2011, de 16 de junio, reduce de cara al curso 2011/2012 el presupuesto para casas de niños y escuelas infantiles. Además, el nuevo sistema de financiación establecido, por contrato de gestión de servicios (financiación por plaza escolar cubierta y no por unidad), introduce una competitividad dañina entre las propias escuelas, al tener que recurrir al “lleno total” para que sus ingresos no se vean todavía más afectados. Las casas infantiles verán reducido su presupuesto en un 7% y ello conllevará en muchos casos el despido del 20% de su plantilla. El recorte en el presupuesto de las casas de niños será aún mayor, con

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un 20% menos de financiación, lo que supondrá, además de despidos de profesionales, la supresión de actuaciones para las familias de los alumnos, el programa semanal de coordinación de zona, la formación del personal y los educadores/as de apoyo en centros de 1 y 2 aulas. Mientras tanto, las familias han visto cómo las cuotas en educación infantil suben un 3% para el curso 2011/2012. Y es que Madrid es la región con el gasto de escolarización para las familias más elevado. En la Comunidad de Madrid, el gasto medio de escolarización en el curso 2010/2011 fue de 1.072 euros por alumno; gasto que se incrementó el pasado curso escolar en un 6,4% con respecto al curso anterior. MOCIÓN: - Instar al gobierno de la Comunidad de Madrid a la retirada

inmediata de las Instrucciones de Inicio del Curso 2011-2012 que supone un recorte de, aproximadamente, 3.200 profesores en la educación secundaria obligatoria.

- Instar al gobierno de la Comunidad de Madrid a consolidar el

total de la plantilla de profesorado en la etapa de educación secundaria existente en el pasado curso 2010/2011.

- Instar al gobierno de la Comunidad de Madrid a realizar la

progresiva contratación de personal interino para los cursos 2011/2012 y 2012/2013 en educación primaria y secundaria hasta alcanzar la plantilla existente en ambas etapas en el curso 2009/2010.

- Instar al gobierno de la Comunidad de Madrid a derogar la

normativa vigente por la que se establecen los mínimos y la financiación de las escuelas infantiles.

- Instar al gobierno de la Comunidad de Madrid dejar sin efecto

la Orden 2458-01/2011, de 16 de junio, por la que se establecen los módulos de financiación aplicables a los contratos de gestión de servicios educativos públicos y a los convenios de colaboración en materia de educación infantil suscritos entre la Comunidad de Madrid y Ayuntamientos e instituciones para el funcionamiento de escuelas infantiles, casas de niños, sedes de equipos de atención temprana y sedes de direcciones de zonas de casas de niños, correspondientes al curso escolar 2011-2012.

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- Instar al gobierno de la Comunidad de Madrid a elaborar una

nueva normativa de mínimos y financiación de la educación infantil similar a la existente en el curso 2006/2007.

- Instar al gobierno de la Comunidad de Madrid a implantar un

sistema de cuotas progresivo en educación infantil, más justo y equitativo que el actual, que garantice el apoyo real a las familias con menos recursos de nuestra región.

- Instar al gobierno de la Comunidad de Madrid a elaborar un

plan urgente de gratuidad de los libros de texto para familias con rentas bajas y familias afectadas por el desempleo.

- Instar al gobierno de la Comunidad de Madrid a la puesta en

marcha de un programa de implantación progresiva de la gratuidad de libros de texto y material escolar para la Comunidad de Madrid, que abarque todas las etapas de la educación obligatoria y contribuya a garantizar, de manera real, el derecho a una educación de calidad y en igualdad de oportunidades a todo el alumnado madrileño.

- Instar al gobierno de la Comunidad de Madrid a aumentar la

inversión educativa en nuestra región, de manera que sea posible financiar los medios y recursos necesarios para afrontar, entre otras cosas, las propuestas aquí planteadas.”

Consta dictamen de la Comisión Informativa de Áreas y

Servicios de 21-9-2011, favorable.

El Sr. Presidente propone debatir conjuntamente, si todos están de acuerdo, los puntos 12.3 y 12.5 ya que las dos mociones se refieren a un mismo tema pero la votación, en los puntos que corresponda, se realizará de forma individual, ACORDÁNDOSE por unanimidad, por asentimiento de todos los concejales, dicha propuesta.

El Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Cabezón, da

lectura a la Moción que ha presentado y añade que supone que este Ayuntamiento también estará trabajando para analizar cómo afectan

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los recortes que ha realizado la Comunidad a los centros escolares de Majadahonda. Aclara que su Grupo ha recibido información de que, por ejemplo, este año en el Instituto Leonardo Da Vinci se han reducido los profesores en 7,5 y se tienen 11 profesores menos que hace dos años, no hay desdobles en matemáticas y lengua en 1º ESO cuando es obligatorio, no hay laboratorios en ciencias naturales en 1º y 2º ESO y tampoco los hay en biología en 3º y 4º ESO, a veces no se puede abrir la biblioteca porque no hay profesores y el ratio de alumnos en varios cursos está por encima de los 30 alumnos cuando anteriormente había 25 alumnos por clase y además se han reducido de cuatro grupos a tres.

Aclara que esta Moción que ha presentado insta al Gobierno de

la Comunidad de Madrid, y se pide al Gobierno Local que inste también al Gobierno de la Comunidad de Madrid, a la retirada inmediata de las Instrucciones de inicio del curso 2011-2012 porque suponen un recorte de aproximadamente 3.200 profesores en educación secundaria obligatoria; a que consolide el total de la plantilla de profesorado en la etapa de educación secundaria existente en el pasado curso 2010-2011; a realizar la progresiva contratación de personal interino para los cursos 2011-2012 y 2012-2013 en educación primaria y secundaria hasta alcanzar la plantilla existente en ambas etapas en el curso 2009-2010; a que derogue la normativa vigente por la que se establecen los mínimos y la financiación de las escuelas infantiles; a que elabore una nueva normativa de mínimos y financiación de la educación infantil similar a la existente en el curso 2006-2007; a implantar un sistema de cuotas progresivas en educación infantil más justo y equitativo que el actual que garantice el apoyo real a las familias con menos recursos de nuestra región; a elaborar un plan urgente de gratuidad de los libros de texto para las familias con rentas bajas y a las familias afectadas por el desempleo; a la puesta en marcha de un programa de implantación progresiva de la gratuidad de los libros de texto y material escolar para la Comunidad de Madrid que abarque todas las etapas de educación obligatoria y que contribuya a garantizar, de manera real, el derecho a una educación de calidad y en igualdad de oportunidades a todo el alumnado madrileño; a aumentar la inversión educativa en nuestra región de manera que sea posible financiar los medios y recursos necesarios para afrontar, entre otras cosas, las propuestas que se plantean.

Termina su intervención indicando que su Grupo no cree que el

tema de la educación sea un tema menor y considera que esa

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Instrucción de inicio del curso atenta, de forma frontal, a la igualdad de oportunidades que su Partido defiende desde hace muchos años.

El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

Sr. Santana, indica que su Grupo ha presentado otra Moción sobre este mismo tema aunque está de acuerdo con la valoración que se hace en la presentada por el Grupo Socialista.

Sigue diciendo que va a intentar no repetir los argumentos que

ha utilizado el Portavoz del Grupo Municipal Socialista aunque añade que para su Grupo se está aprovechando la crisis económica para someter un nuevo ataque a la línea de flotación de la educación pública.

Indica que está claro, y los datos lo avalan, que las políticas de

la Comunidad de Madrid están atacando a la educación pública y dice esto porque se puede ver cómo se margina la inversión en educación pública (en la legislatura pasada cayó un 42% mientras que se impulsó, el 11%, la inversión en la educación privada y el 22% en la concertada.

Manifiesta que los datos son claros puesto que en los últimos 10

años se construyeron 292 centros públicos frente a 728 privados y privados concertados y Majadahonda es un claro ejemplo puesto que el Ayuntamiento ha cedido dos parcelas públicas para la construcción de dos centros privados concertados.

Indica además que es necesario tener en cuenta que con esa

Instrucción se van a reducir aproximadamente 3.200 profesores interinos que se suman a los 2.500 que se perdieron en el año anterior, lo que va a afectar sobre todo a un aumento de la ratio de estudiantes por profesor, a la eliminación de ciclos formativos, a la reducción de atención a estudiantes con problemas de aprendizaje, al desplazamiento masivo de profesores funcionarios en expectativa, a que haya profesores que impartan asignaturas diferentes a su especialidad, al recorte de medios materiales y, en definitiva, al empeoramiento de la calidad de la educación.

Aclara que es curioso que todos esos recortes se hagan en

nombre de la crisis y dice esto porque los recortes de esos 3.200 profesores suponen la cantidad de 80 millones de euros pero

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realmente no se va a ahorrar esa cifra puesto que se firmó un acuerdo con la Patronal de Colegios Privados por el que se va a subvencionar, y se van a hacer deducciones en el IRPF a los padres y madres que deciden que sus hijos vayan a ese tipo de colegios, por un importe de 90 millones de euros por lo que está claro que se van a recortar los fondos destinados a la educación pública en 80 millones de euros pero se dejan de ingresar 90 millones de euros, cifra que, desde su punto de vista, son regalados a la educación privada.

Añade que toda esta situación tiene consecuencias para

Majadahonda puesto que en los cinco institutos públicos se van a perder unos 23 profesores y además provoca que institutos como, por ejemplo, el Carlos Bousoño tenga 11,5 profesores compartidos con otros centros educativos de Villalba o El Escorial lo que hace imposible tener una buena calidad de la educación.

Indica también que, mientras que se reduce el número de

profesores en la enseñanza pública, el número de alumnos sigue creciendo en los cinco institutos públicos de Majadahonda lo que va a tener unas consecuencias claras y graves como puede ser la pérdida de la posibilidad de desdoblar clases cuyas materias lo requieran, que no se puedan realizar prácticas en los laboratorios en las que son necesarios grupos de alumnos reducidos y la imposibilidad de abrir las bibliotecas de los institutos gran parte del día lo que es un tema importante porque hay muchos alumnos que no cursan todas las asignaturas y necesitan estar en la biblioteca.

Manifiesta también que supone el desmantelamiento de gran

parte de los departamentos de orientación y de las aulas de compensatoria y se pierden parte de los profesionales como los pedagogos terapéuticos que se dedican a atender a los alumnos/as con necesidades educativas especiales y además considera que se ha atacado al profesorado diciendo que es una huelga política.

Termina su intervención diciendo que, por los motivos que ha

expuesto, la Moción que ha presentado su Grupo propone que este Ayuntamiento se sume y apoye las movilizaciones convocadas por los trabajadores de la educación pública y comunidad educativa; pide que se convoque el Consejo Escolar Municipal para debatir estos asuntos y que se tomen las medidas encaminadas a solucionar el problema exigiendo la retirada inmediata de las instrucciones dictadas por la

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Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid y además se pide que el Ayuntamiento reconozca la labor de los profesores.

El Portavoz Adjunto del Grupo Municipal Centrista, Sr. del Río,

indica que, desde el punto de vista de su Grupo, estas dos Mociones deberían ser tratadas en otro foro distinto y dice esto porque considera que en el Pleno deben tratarse únicamente temas municipales y la Moción que ha presentado el Grupo Municipal Socialista va orientada en su totalidad a instar determinadas cuestiones a la Comunidad de Madrid por lo que pide a dicho Grupo que traslade este tipo de mociones a sus representantes en la Asamblea de Madrid para que lo insten en el foro oportuno.

Aclara que hace estas manifestaciones a pesar de conocer la

situación del instituto Leonardo Da Vinci porque su hijo es alumno de ese centro y está seguro que cada corporativo tiene una posición personal sobre lo ocurrido y también que todos son conscientes de lo que han supuesto los recortes que se han efectuado.

Sigue diciendo que la Moción presentada por Izquierda Unida

es, en parte, parecida a la del Grupo Socialista aunque otra parte sí está ligada a Majadahonda. Aclara que su Grupo votaría a favor en el caso de que se propusiera que el Ayuntamiento, aunque no sabe si tiene margen para hacerlo, haga todo lo posible por mejorar la situación de la educación pública en Majadahonda (convoque el Consejo Escolar, hable con los profesores para ver en qué medida se puede mejorar la situación que empieza a ser complicada en los institutos, etc.) y sobre todo debe hacerlo por sensibilidad porque, por las restricciones que se han realizado, los centros públicos tienen problemas importantes y también los tienen por las huelgas.

Termina su intervención insistiendo en que, en estos momentos,

la educación pública está en una situación complicada por los importantes recortes que se han producido recortes y por ello su Grupo estaría de acuerdo en que el Ayuntamiento haga todo lo posible para colaborar y además entiende que no estaría de más valorar la labor de los profesionales de la educación que, en el caso del instituto Leonardo Da Vinci, son excelentes profesionales pero adelanta que se va a abstener en esta votación por entender que el resto de peticiones son más políticas y deben ser debatidas en otro foro distinto al municipal.

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La Portavoz del Grupo Unión Progreso y Democracia, Sra.

Madrigal, indica que su Grupo también se va a abstener en la votación de las dos mociones porque su Grupo Parlamentario ha presentado a la Asamblea de Madrid una proposición no de ley sobre estas medidas en la que se dice que la Comunidad de Madrid, si quiere ahorrar, no debe comenzar por hacer recortes en la educación y no debe comenzar a hacerlos por los profesionales de la educación y dice esto porque todos saben por dónde empiezan a ahorrar el Gobierno de España y la Comunidad de Madrid.

Sigue diciendo que su Grupo es partidario de que no se realicen

ajustes en el personal docente, es partidario del diálogo y la negociación con profesores, directores y familias y, si fuera necesario ajustar el gasto, se debe hacer pero empezando por lo superfluo y además se debe solicitar al Ministro de Educación que convoque a los Consejeros de todas las Comunidades Autónomas para unificar criterios en toda España y establecer, conjuntamente, las medidas presupuestarias prioritarias y dice esto porque todos saben que su Partido Político quiere que las competencias en materia de educación vuelvan al Estado.

Termina su intervención aclarando que su Grupo se va a

abstener en la votación de estas dos mociones por la proposición de ley que su partido ha presentado.

El Portavoz del Grupo Municipal Popular, Sr. Caballero, indica

que el Equipo de Gobierno está en parte de acuerdo con lo manifestado por el Grupo Centrista y por Unión Progreso y Democracia acerca del foro donde se deben debatir estas mociones pero, a pesar de ello, va a entrar a debatir este tema.

Sigue diciendo que, con el panorama que plantean los Grupos

Socialista e Izquierda Unida-Los Verdes, no sabe cómo la Comunidad de Madrid ha llegado al nivel de excelencia en la calidad de la enseñanza que refleja el informe PISA (Informe del Programa Internacional para la Evaluación de Estudiantes).

Manifiesta que la polémica política que se ha producido

alrededor de los recortes educativos le recuerda mucho a la que se produjo hace un tiempo sobre la sanidad en Madrid en la que se

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planteaba un panorama de futuro totalmente negro y entonces se decía que la sanidad en Madrid iba a ser tercermundista por la realización del Área Única. Añade que incluso se llegó a plantear en el Pleno cómo se podía tocar algo cuando el 85% de los usuarios de la sanidad pública madrileña daban a conocer su alto grado de satisfacción y también que cómo era posible que la Comunidad tuviera una de las ratios más bajas en cuanto a inversión por habitante en sanidad. Aclara que él como Portavoz del Equipo de Gobierno del Grupo Popular contestó en esos momentos que seguramente lo que habría que hacer sería felicitar a la Comunidad de Madrid porque si la inversión por habitante era menor que en otros sitios de España y la satisfacción de los ciudadanos era muy alta, ello significaba que la Presidenta de la Comunidad de Madrid, Dª Esperanza Aguirre, sabía gestionar perfectamente este tipo de recursos.

Indica además que hay suficientes datos como para confiar y

apoyar la política que el Gobierno de la Comunidad tiene con respecto a la educación y recuerda la clasificación que ha obtenido en el informe PISA.

Destaca que los alumnos de la Comunidad de Madrid son los

que tienen mayor comprensión lectora (son los que mejor entienden lo que leen) y piensa que quizá eso tenga algo que ver con los resultados electorales que se logran en esta Comunidad y ello a pesar de que tiene un gran número de inmigrantes.

Recuerda a continuación que una de las medidas concretas que

se han adoptado supone aumentar dos horas lectivas a los profesores pero hay que tener en cuenta que Madrid estaba en el mínimo de 18 horas y ni siquiera se alcanza, después de ese aumento, el máximo que permite la normativa estatal.

Añade que también se dice que los profesores van a tener que

impartir asignaturas para las que no están preparados pero el Equipo de Gobierno cree más a la Comunidad de Madrid cuando dice que en la normativa se recogen una serie de ramas o especialidades compatibles y que siempre será un profesor, habilitado para ello, quien imparta la asignatura.

Indica que la ratio alumnos/profesor no varía en ningún caso y

no sabe por qué se dice que el aumento de las dos horas va a provocar una ratio peor y además hay que tener en cuenta que la ratio tiene una

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importancia relativa porque Madrid tiene la segunda mejor ratio de la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico) y, ni de lejos, estamos en el segundo puesto de mayor fracaso escolar. Aclara además que el número de horas que los profesores de la Comunidad de Madrid imparten es menor que la media de la OCDE.

Manifiesta, en lo que se refiere al montante económico que

suponen los recortes, que es cierto que ascienden a 80 millones de euros (90 millones de euros según los cálculos del Partido Popular) que es justamente la cantidad que se obtendría al sumar todas las becas de comedor que se conceden a unas 100.000 familias, todas las becas de libros de texto que afectan a 300.000 familias, todas las rutas de transporte para alumnos con alguna discapacidad y la supresión del programa de bilingüismo, todo ello enmarcado en una situación de crisis económica.

Aclara que para el Equipo de Gobierno la respuesta sí es una

huelga política lo que se puede demostrar fácilmente y dice esto porque el Ministerio de Educación, del Partido Socialista, recorta este año el 8% y baja los sueldos a los profesores pero no pasa nada y tampoco pasa nada cuando Andalucía ha recortado 350 millones de euros en educación pero, cuando la Comunidad de Madrid ha recortado 90 millones de euros y se exige que los profesores de la educación pública cambien dos horas no lectivas por lectivas, exigencia que coincide con la convocatoria electoral y por ello al Grupo Popular le dice el sentido común que no se quiere la negociación (los representantes no acuden a las mesas de negociación) y considera que los partidos de izquierda, en conjunto, se están preparando para la larga etapa de Oposición que les corresponderá a partir del mes de noviembre.

Termina su intervención pidiendo que no haya partidismos con

la educación. El Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Cabezón,

aclara que la respuesta que se ha producido no se ha hecho por cuestiones electorales sino porque en este momento es cuando la Presidenta de la Comunidad de Madrid ha puesto de manifiesto el plan oculto que tenía para la educación pública y supone que mañana le tocará a la sanidad y no se sabe que vendrá después, plan que para su

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Grupo supone la el desmantelamiento de los servicios públicos en la Comunidad de Madrid.

Sigue diciendo que esta huelga no es política y no es cierto que

detrás esté el Sr. Rubalcalba sino que detrás de la huelga está únicamente la provocación de la Presidenta de la Comunidad de Madrid a todo el personal educativo y a los ciudadanos que quieren un servicio público educativo de calidad y gratuito.

Aclara que todos han podido conocer las declaraciones de la

Presidenta de la Comunidad de Madrid sobre que no todos los tramos educativos tienen que ser gratuitos y públicos.

Indica que tampoco se trata de una cuestión de excelencia

porque no se trata de saber quién lee o comprende mejor los textos sino que se trata de que hay profesores que van a impartir clases en materias que no le son afines, que las clases no van a ser de 25 alumnos sino de 30 e incluso, en algún instituto de Majadahonda, de 35 alumnos y de que se recortan esos 90 millones de euros cuando la Comunidad de Madrid recaudaría, por el impuesto de patrimonio, 400 millones de euros y por ello no sabe por qué los recortes tienen que afectar a la educación o a la sanidad como seguramente ocurra con el próximo plan de la Comunidad de Madrid.

Termina su intervención diciendo que es evidente que este

debate es un tema regional porque la competencia corresponde en su totalidad a la Comunidad de Madrid pero su Grupo, con esta Moción, pretende instar al Gobierno Local para que intente parar, de alguna forma, el plan oculto de la Presidenta de la Comunidad de Madrid para que Majadahonda siga siendo, como ha sido desde los gobiernos del Partido Socialista, un municipio referente en lo que se refiere a la educación pública de calidad.

El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

Sr. Santana, indica que no sabe si la huelga es política o no y tampoco sabe si es política o no la pretensión de que la educación pública en la Comunidad de Madrid sea subsidiaria a la privada concertada y por ello se reduzca la inversión pública el 40% mientras que aumenta la inversión en la privada-concertada.

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Sigue diciendo que tampoco sabe si es política o no el construir 292 centros públicos en los últimos diez años frente a 728 privados concertados y tampoco el que la Consejera de Educación de la Comunidad de Madrid se reúna con un grupo religioso para venderles las bondades del sistema educativo madrileño diciéndoles que se fomenta la educación privada hasta que se pueda hacer negocio con la pública gracias a los conciertos educativos.

Añade que su Grupo tampoco sabe si es política o no el que la

Presidenta de la Comunidad de Madrid se reúna con la patronal de la educación privada para calmar los ánimos ante la competencia desleal de la que se quejaban y que, desde el punto de vista de la educación privada, ejercían los privados-concertados y concederles desgravaciones fiscales, por valor de 90 millones de euros, a los padres y madres con rentas de hasta 90.000 euros con un hijo o 120.000 euros con dos hijos, etc., que estudien en las escuelas privadas.

Manifiesta que tampoco sabe si es política o no que todas las

medidas que se han adoptado signifiquen que 90 millones de euros menos se compensen con los 80 millones de euros de supuesto ahorro que conlleva el despido de más de 3.000 profesores de la escuela pública.

Indica que no sabe si es política o no el que se fomente un

bachillerato de excelencia para unos pocos mientras se cierran aulas, desaparecen desdobles, se merman los departamentos de orientación y se eliminan las aulas de compensatoria.

Continúa diciendo que tampoco sabe si es política o no el que

se vayan a reducir, por la falta de profesorado, los mínimos de las actividades extraescolares en los centros públicos y se vaya a subvencionar las clases de refuerzo o las actividades artísticas a los concertados.

Termina su intervención indicando que todos saben que, con

las medidas que ha adoptado la Comunidad de Madrid, los centros educativos públicos de Majadahonda van a tener 22 profesores menos, el profesor de inglés del instituto Saramago va a impartir 10 horas de lengua, el departamento de tecnología va a impartir 10 horas de plástica, el orientador va a impartir cultura clásica, desaparecen los profesores que tienen que vigilar los recreos, no se van a abrir las

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bibliotecas, las actividades extraescolares no se van a poder realizar porque no hay profesores, tema que sí afecta a Majadahonda y por ello es necesario que este Ayuntamiento apoye y reconozca la valía de los profesores y aprovecha este momento para reconocer la valía de los profesores que están encerrados en el instituto Margarita Salas, instituto en el que él estudió y del que hoy se siente más orgulloso que nunca.

El Sr. Presidente indica que desea dejar claro que, en la última

parte de este debate, se ha hablado de la educación concertada y de la pública y añade que él está muy orgulloso de la enseñanza pública que hay en Majadahonda, entre otros motivos porque ocupamos muy buenas posiciones en todos los rankings relacionados con la educación. Añade que cualquier ciudadano de Majadahonda que quiera que sus hijos estudien en un colegio público lo puede hacer porque hay plazas de sobra pero si un ciudadano de Majadahonda quiere que sus hijos estudien en un centro concertado no lo puede hacer porque no hay plazas suficientes.

Aclara que la gran demanda de los ciudadanos de

Majadahonda son los colegios concertados y por ello el Equipo de Gobierno seguirá con la política de dar suelo para la construcción de colegios concertados aunque también se continuará cuidando la educación pública y, si en algún momento, faltaran plazas escolares en los colegios públicos, el Grupo Popular será el primero que saldrá a defender el colegio y a buscar más plazas públicas.

Termina su intervención reiterando que Majadahonda no puede

satisfacer la demanda de educación concertada y por ello este Ayuntamiento va a seguir cediendo terrenos para la construcción de colegios concertados.

Sometida esta Moción a votación, QUEDA RECHAZADA al

resultar catorce (14) votos en contra correspondientes al Grupo Municipal Popular, seis (6) votos a favor correspondientes a los Grupos Municipales Socialista e Izquierda Unida-Los Verdes y cinco (5) abstenciones correspondientes a los Grupos Municipales Unión Progreso y Democracia y Centrista.

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12.4(126/11) MOCIÓN PRESENTADA POR EL

GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA SOLICITANDO LA MODIFICACIÓN DE ORDENANZAS FISCALES PARA INCLUIR UNA BONIFICACIÓN EN EL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES A FAMILIAS CON MIEMBROS EN DESEMPLEO. (4.1.7)

Se da cuenta de la Moción presentada por el Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Cabezón, que ha tenido entrada en el Registro General el 21-9-2011, nº 18249, cuyo texto es el siguiente: “Exposición de motivos De acuerdo con las cifras que proporciona el Instituto de Estadística de la Comunidad de Madrid, la cifra de parados en Majadahonda se ha duplicado en apenas cinco años, pasando de 1.620 en el año 2006 a 3.300 en 2011. Para este colectivo el Ayuntamiento de Majadahonda ha aprobado recientemente una reducción de los precios de los servicios públicos prestados por las Concejalías de Cultura, Deportes y Formación, Empleo y Comercio en los ámbitos de actividades culturales, uso de instalaciones deportivas y cursos de formación. A pesar de ello, los desempleados de Majadahonda se encuentran en una situación de discriminación respecto de otros colectivos por lo que se refiere a las ayudas que presta el Ayuntamiento. Así, las ordenanzas fiscales prevén, por ejemplo, un conjunto de bonificaciones en el Impuesto de Bienes Inmuebles para las familias numerosas que van desde el 15% hasta el 85% en función del número de hijos y del valor catastral de la vivienda (art. 7.4.a); todo ello sin tener en cuenta el nivel de renta de los componentes de la unidad familiar. Es decir, mientras una unidad familiar no numerosa con alguno o todos sus componentes en situación de desempleo no tiene derecho a bonificación alguna en el IBI, una familia numerosa puede llegar hasta el 85% de bonificación, independientemente de sus ingresos. Para contribuir a que el Impuesto de Bienes Inmuebles, tributo directo de carácter real que grava el valor de los bienes inmuebles,

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sea además socialmente justo, el Grupo Municipal Socialista propone para su aprobación la siguiente MOCIÓN: El Grupo Municipal Socialista de Majadahonda solicita formalmente la modificación de las Ordenanzas Fiscales del Ayuntamiento de Majadahonda, incluyendo una bonificación del IBI a las familias en las que alguno o todos sus miembros se encuentren en situación de desempleo, de acuerdo con la siguiente tabla: Percibe

prestación por desempleo

Percibe subsidio por desempleo u otra ayuda pública

No percibe ayuda alguna

Uno o más miembros de la unidad familiar en desempleo

50% 75% 100%

Todos los miembros de la unidad familiar en desempleo

75% 100% 100%

Estas bonificaciones no serían acumulables al resto de bonificaciones contempladas en la Ordenanza Fiscal y serían de aplicación siempre y cuando la situación que provoca la bonificación, según la tabla anterior, tenga una antigüedad de al menos seis meses anteriores a la fecha de inicio del periodo de cobro del ejercicio, con el fin de evitar el disfrute de dichas bonificaciones a quienes hayan trabajado a lo largo de la mayor parte del ejercicio. Las bonificaciones previstas en la presente moción entrarían en vigor en el ejercicio 2012.”

Consta dictamen de la Comisión Informativa de Áreas y Servicios, de 21-9-2011, favorable.

El Portavoz Adjunto del Grupo Municipal Socialista, Sr. Martínez Maillo, indica que para su Grupo esta Moción es muy importante porque acarrea un compromiso social de primera magnitud

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ya que se propone dar un carácter social al impuesto sobre bienes inmuebles y está convencido de que se abrirá un debate sobre su pertinencia en el régimen jurídico actual.

A continuación adelanta que lo que se propone es dar un

carácter social al impuesto sobre bienes inmuebles planteando un conjunto de bonificaciones a los desempleados que viven en Majadahonda, bonificaciones que van del 50% al 100% en función de si uno o la totalidad de los miembros de la unidad familiar percibe o no prestación por desempleo.

Termina su intervención indicando que la concesión de esta

bonificación sería incompatible con el resto de bonificaciones recogidas actualmente en las ordenanzas fiscales desde el punto de vista del carácter subjetivo y no del objetivo.

El Portavoz Adjunto del Grupo Municipal Centrista, Sr. del Río,

indica que su Grupo entiende la intención de esta Moción pero piensa que ha sido poco elaborada porque propone que el impuesto sobre bienes inmuebles tenga un carácter social pero cree que no hay que olvidar la situación de las familias de Majadahonda y dice esto porque un miembro de una familia de Majadahonda puede estar parada pero el patrimonio familiar, en residencias, puede ser inmenso por lo que, de aprobarse esta Moción tal y como ha sido redactada, exoneraría o reduciría el impuesto a una persona que puede tener, por ejemplo, tres pisos por un valor de 6 millones de euros.

Indica además que hay que tener en cuenta que lo que unos no

pagan, lo pagan los demás ciudadanos y su Grupo no entiende que se pueda exonerar de pagar el impuesto de bienes inmuebles a alguien que tiene un patrimonio muy elevado.

Manifiesta que para su Grupo podría llegar a hacerse un

planteamiento más desarrollado para que esa bonificación o exoneración pueda concederse en casos muy puntuales y con informe de Servicios Sociales.

Continúa diciendo que su Grupo no va a aprobar esta Moción en

los términos en que se ha planteado y además no sabe si esas bonificaciones pueden ser legales aunque cree que no lo son por lo que se determina en la ley que regula ese impuesto.

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Termina su intervención indicando que también sería necesario

analizar que algunas personas que están trabajando cobren un sueldo menor que el impuesto que tiene que pagar, casos que son complicados de resolver.

El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

indica que a su Grupo le han surgido dudas que ya trasladó al Grupo Socialista y que son las mismas que le han surgido al Grupo Centrista.

Sigue diciendo que para su Grupo sería interesante incluir

alguna propuesta transaccional para que determinar un tope de valor catastral de la vivienda y algún tope de renta porque es cierto que los ejemplos que ha puesto el Portavoz Adjunto del Grupo Centrista pueden darse ya que puede haber personas que cobren un desempleo mayor que otras que, por ejemplo, cobren el salario mínimo interprofesional.

Termina su intervención indicando que, de aprobarse la Moción

tal y como ha sido redactada, pueden producirse situaciones de agravios comparativos aunque sabe que no es la intención de esta propuesta del Grupo Socialista y añade que su Grupo siempre ha defendido un impuesto sobre bienes inmuebles socialmente justo, siempre ha entendido que se debía intentar adecuar este impuesto lo máximo posible a las situaciones económicas de todos los contribuyentes y por ello cree que se debería incluir una propuesta transaccional para recoger un tope de renta y de valor catastral porque sería la única forma de lograr el objetivo que esta propuesta pretende.

La Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y

Democracia, Sra. Madrigal, indica que su Grupo está de acuerdo con esta propuesta y es partidario de que pase a los servicios técnicos y jurídicos para que estudien su viabilidad ya que puede ser interesante.

Sigue diciendo que es posible que puedan darse los casos

particulares que se han puesto de ejemplo lo que no sería conveniente pero su Grupo cree que se podría ver la viabilidad de esta propuesta siempre que los servicios y jurídicos municipales realicen el correspondiente estudio.

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(MADRID)

Termina su intervención indicando que su Grupo, en principio, va a votar a favor de esta Moción para que pueda pasar a estudio de los servicios técnicos y jurídicos municipales.

La Concejal Delegada de Economía y Hacienda, Sra. Menéndez,

indica que al leer esta Moción pensó que el Grupo Socialista no había ido al fondo de la cuestión porque no aparece quién es el competente para realizar bonificaciones en el impuesto sobre bienes inmuebles pero después se ha dado cuenta que sí ha ido al fondo porque se alude al Real Decreto de la Ley de Haciendas Locales.

Sigue diciendo que es necesario dejar de hacer demagogia ya

que todos saben que no se puede hacer lo que pretende esta Moción (decir a los ciudadanos que se va a bonificar el impuesto sobre bienes inmuebles a las personas que están en paro y en situaciones difíciles) porque el Ayuntamiento no tiene competencias sobre el impuesto sobre bienes inmuebles y el Grupo Socialista lo sabe porque en el texto de esta Moción se hace referencia al Real Decreto que regula este impuesto.

Termina su intervención aclarando que ha pedido un informe a

los servicios jurídicos de su Concejalía y en el mismo figuran las bonificaciones obligatorias y las potestativas y al final dice que la bonificación determinada en esta Moción no se encuentra dentro de ningún tipo de los señalados por lo que la ley no permite su aplicación y añade que le extraña que el Grupo Socialista no conociera ese extremo.

El Portavoz Adjunto del Grupo Municipal Socialista, Sr.

Martínez Maillo, aclara que su Grupo era consciente de que esta Moción iba a suscitar un debate jurídico y político.

Sigue diciendo, para atajar el debate jurídico, que es cierto que

los artículos 74 y 75 de la Ley de Haciendas Locales establecen un conjunto de bonificaciones que atienden al carácter objetivo y subjetivo de este impuesto y otorgan a los ayuntamientos una capacidad potestativa para establecer algunas bonificaciones como ocurre con la de las familias numerosas, bonificación que, desde el punto de vista de su Grupo, no es social porque se puede dar el caso de que una familia numerosa tenga 6 hijos y un salario elevadísimo.

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(MADRID)

Aclara, desde el punto de vista jurídico, que es cierto que hay

una indefinición legal y por ello, por ejemplo, el Partido Popular de Logroño recogía, en su programa electoral, el 50% de bonificación del impuesto sobre bienes inmuebles para desempleados cobrando prestación o con el subsidio agotado; el Ayuntamiento de Murcia (gobernado por el Partido Popular) ha bonificado con 125 euros a los desempleados; el Partido Popular de Soria ha presentado, hace unos días, una Moción en la que se propone la bonificación de los recibos del impuesto sobre bienes inmuebles a los desempleados y el Ayuntamiento de Vitoria tiene vigentes actualmente unas ordenanzas fiscales en las que se recogen un conjunto de bonificaciones de carácter subjetivo que atienden incluso a la renta de las propias familias.

Continúa diciendo que es cierto que se puede mantener un

debate jurídico porque hay una indefinición jurídica pero cree que, ante esa indefinición, debe primar la voluntad de los políticos de ayudar o no a las familias que en estos momentos de crisis más lo necesitan y considera que el Equipo de Gobierno debe decir si está dispuesto a ayudar o no.

Termina su intervención aclarando que el Grupo Socialista sí

está dispuesto a ayudar a las familias que lo necesiten y manifiesta la aceptación de la propuesta transaccional de Izquierda Unida-Los Verdes para recoger un tope de renta y de valor catastral de la vivienda porque le parece muy pertinente.

El Sr. Presidente aclara que se pueden presentar muchas más

propuestas transaccionales porque quizá pueda haber personas en Majadahonda que no tengan ninguna vivienda y esas personas también tendrían que pagar por la bonificación que se hace a los que sí la tienen porque siempre hay que tener en cuenta que lo que alguien no paga, deben pagarlo los demás ciudadanos.

Sigue diciendo que el Portavoz Adjunto del Grupo Socialista ha

comentado que el Ayuntamiento no cumple la ley y por ello quiere aclarar que quién garantiza si se cumple o no la ley son los servicios jurídicos municipales y no los corporativos.

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Indica que el Equipo de Gobierno pretendía hacer una bonificación general para el impuesto sobre bienes inmuebles del año 2012 para evitar que el importe del recibo siguiera subiendo y aclara que no ha podido realizar esa bonificación porque era ilegal.

Termina su intervención pidiendo al Sr. Secretario que informe

si las bonificaciones que se proponen son legales o no. El Sr. Secretario indica que los Servicios Económicos del

Ayuntamiento han emitido un informe en el que se dice que esas bonificaciones no encajan en los artículos 74 y 75 de la Ley de Haciendas Locales y cuestión distinta es que se puedan conceder ayudas a los desempleados pero, reitera, no se pueden conceder bonificaciones en el impuesto sobre bienes inmuebles.

El Sr. Presidente aclara que las que bonificaciones que se

proponen no son legales y el que otros municipios como Logroño, Soria, etc., las aplique no quiere decir que sean legales y si alguien las recurre como, por ejemplo, el Ministerio de Economía y Hacienda ganaría el recurso porque no es legal.

Termina su intervención indicando que el Equipo de Gobierno

va a votar en contra de esta Moción pero pide al Grupo Socialista que vuelva a estudiar este tema para volver a tratarlo porque no le parece mal la filosofía de esta Moción pero sí le parece mal cómo se ha presentado en el Pleno por las limitaciones que tiene como han puesto de manifiesto los Grupos Izquierda Unida-Los Verdes y Centrista aunque hay otras muchas más que harían que ese impuesto no fuera justo y, como las bonificaciones que se proponen no son legales, el Grupo Socialista votaría a favor de una ilegalidad.

Sometida esta Moción a votación, QUEDA RECHAZADA al

resultar dieciséis (16) votos en contra correspondientes a los Grupos Municipales Popular y Centrista y nueve (9) votos a favor correspondientes a los Grupos Municipales Socialista, Unión Progreso y Democracia e Izquierda Unida-Los Verdes.

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12.5/127/11) MOCIÓN PRESENTADA POR EL

GRUPO MUNICIPAL IZQUIERDA UNIDA-LOS VERDES CONTRA LOS RECORTES EN LA EDUCACIÓN PÚBLICA. (4.1.7)

Se da cuenta de la Moción presentada por el Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. Santana, que ha tenido entrada en el Registro General el 22-9-2011, nº 18333, cuyo texto es el siguiente: “En nombre de la crisis, se está produciendo un brutal ataque al sistema público educativo; en este año 2011 se prevé, para el conjunto del Estado, una reducción de alrededor de 2.000 millones de euros en los presupuestos educativos del Estado y de las Comunidades Autónomas. Estos recortes tendrán consecuencias muy graves en la educación y la formación de miles de niños, niñas y jóvenes de nuestro país y harán prácticamente imposible lograr cumplir con los objetivos educativos europeos para 2020. La Comunidad de Madrid es un claro ejemplo de los recortes en el sistema público educativo: mientras margina la inversión en educación pública (cae un 42% en el periodo 2006-2010), impulsa la inversión en privada-concertada (aumenta un 11% en el mismo periodo y un 22% las subvenciones a la concertada). En la última década se han construido en Madrid 292 centros públicos frente a los 728 privados, en muchos casos con cesión de terrenos públicos por parte de la propia Comunidad de Madrid y de muchos Ayuntamientos, como es el caso de Majadahonda en el que se cedieron dos parcelas municipales para centros privados concertados y ya se ha anunciado la intención de construir un nuevo centro de este tipo. El pasado 4 de julio de 2011, la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid dictó una circular a los Institutos públicos de ESO, Bachillerato, Formación Profesional y otros, que contemplaba un fuerte recorte de la plantilla, que se calcula en un 15%, y más de 3.000 profesores en total. Esto se suma a que en el curso pasado el Gobierno regional realizó una importante disminución del número de interinos/as que repercutió directa y gravemente en la calidad de la enseñanza al dejar las plantillas bajo mínimos (se calculó una pérdida de alrededor de 2.500 puestos de trabajo –un 5%-), y que afectó especialmente, a orientadores, profesores de apoyo, aulas de

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enlace, de compensatoria y de diversificación curricular. Es decir, las consecuencias de los recortes recayeron, y van a volver a recaer, principalmente en los alumnos y alumnas con mayores necesidades educativas. Recortes, sin embargo, de los que escapan la educación concertada y privada. El motivo que se esgrime para justificar estos recortes es la necesidad de ahorro por la crisis. Pues bien, los recortes planteados para este curso alcanzan, según datos de la Consejería, los 80 millones de euros, mientras que los privilegios fiscales a quienes estudian en centros privados cuestan 90 millones de euros. Cifras que muestran como los recortes en la Educación Pública NO suponen ningún ahorro. Además, al mismo tiempo, han emprendido una campaña de desprestigio de los profesores utilizando manifestaciones públicas como las de Esperanza Aguirre cuando habla de que los profesores “solo trabajan 20 horas”. Las reducciones de plantilla supondrán un aumento de la ratio de estudiantes por profesor, la eliminación de ciclos formativos, la reducción de la atención a estudiantes con problemas de aprendizaje, el desplazamiento masivo de profesores funcionarios en expectativa, profesores impartiendo asignaturas diferentes a su especialidad, el corte en medios materiales, y en definitiva, el empeoramiento de la calidad de nuestra educación. Recortes que afectan a un servicio público fundamental para la igualdad social y que presenta el mayor nivel de retorno de la inversión realizada, características que permiten afirmar que financiar la educación público no supone un gasto sino una inversión de futuro. En Majadahonda este ataque a la educación pública está teniendo también consecuencias directas, afectando a la calidad del servicio público educativo público en nuestro municipio a pesar de los esfuerzos de los profesionales. Así desde hace dos años venimos comprobando como mientras el número de alumnos en nuestros cinco institutos públicos no deja de crecer, el número de profesores sin embargo va siendo progresivamente reducido. Ello supone, entre otros perjuicios, la pérdida de la posibilidad de desdoblar las clases cuyas materias lo requieran o las prácticas de los laboratorios en las que los grupos reducidos son requisito imprescindible, la imposibilidad de abrir la biblioteca de los institutos gran parte del día, el desmantelamiento de los departamentos de orientación o perder parte de los profesionales (como pedagogos terapéuticos)

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dedicados a atender a los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales. Esto son solo algunos ejemplos de lo que la falta de personal y la eliminación de profesorado conlleva, por mucho que aquellos que conserven sus puestos trabajen dos o tres horas más. Por todo ello, el Grupo Municipal de Izquierda Unida presenta la siguiente MOCIÓN: Primero.- El Ayuntamiento de Majadahonda apoyará todas las movilizaciones convocadas por los trabajadores de la educación pública y la comunidad educativa en contra de los recortes planteados por la Comunidad de Madrid. Segundo.- El Ayuntamiento de Majadahonda convocará urgentemente el Consejo Escolar Municipal para debatir la cuestión y tomar las medidas oportunas encaminadas a solucionar el problema. Tercero.- El Ayuntamiento de Majadahonda exige la retirada inmediata de las instrucciones dictadas por parte de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid y los recortes de plantillas planteados. Cuarto.- El Ayuntamiento de Majadahonda manifiesta su reconocimiento a la labor de los profesores que, por supuesto trabajan mucho más de las 20 horas y más de las 37,50 horas oficiales, y que no se están moviendo por intereses personales sino en defensa de la enseñanza pública.”

Consta dictamen de la Comisión Informativa de Economía y Hacienda, de 22-9-2011, favorable.

Este punto fue debatido conjuntamente con el punto 12.3.

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Sometida esta Moción a votación, QUEDA RECHAZADA al resultar catorce (14) votos en contra correspondientes al Grupo Municipal Popular, seis (6) votos a favor correspondientes a los Grupos Municipales Socialista e Izquierda Unida y cinco (5) abstenciones correspondientes a los Grupos Municipales Unión Progreso y Democracia y Centrista.

13. MOCIONES DE URGENCIA CONFORME A LO PREVISTO EN EL ART. 91.4 DEL R.O.F.

No se presentar Mociones de urgencia. 14. RUEGOS Y PREGUNTAS El Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Cabezón, realiza “in voce” los siguientes ruegos y preguntas: 1. Pregunta si el Ayuntamiento ha realizado algún estudio sobre la

incidencia que puede tener el centro comercial Gran Plaza 2, sobre el tráfico en Majadahonda.

2. Pregunta cómo está el recurso contencioso-administrativo con el

Ayuntamiento de Las Rozas porque, como todos saben, en su momento, se paralizaron las obras de urbanización de la zona donde se ubica el centro comercial Gran Plaza 2 por la denuncia que realizó el Ayuntamiento de Las Rozas al considerar que Majadahonda había invadido parte de su suelo rústico. En estos momentos se siguen realizando las obras y pregunta si es porque se ha alcanzado algún tipo de acuerdo político o económico.

El Sr. Alcalde indica que el tema del tráfico está ordenado

e incluso ayer mismo mantuvo una reunión con el Ayuntamiento de Las Rozas porque también va a afectar a ese municipio

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porque ese centro comercial está en la frontera de los dos términos municipales.

Sigue diciendo que el Ministerio de Fomento ha

autorizado los pinchazos directos desde la M-50 y en estos momentos desde esta vía se puede acceder al centro comercial y salir en los cuatro sentidos y las previsiones, según los expertos, son que su funcionamiento, casi con total seguridad, no va a afectar al tráfico en Majadahonda y los mayores problemas se podrían producir si afectara al tráfico de la M-50 pero parece que tampoco va a haber excesivos problemas precisamente por los cuatro pinchazos pero eso es algo que se verá con el tiempo.

Aclara que, en su momento, también se decía que el

tráfico en Majadahonda iba a ser un caos por el funcionamiento del Hospital Puerta de Hierro pero la afección ha sido mínima.

Indica, en cuanto a los recursos contenciosos-

administrativos con el Ayuntamiento de Las Rozas, que este Ayuntamiento cree que tiene la razón pero aún así se ha pedido un deslinde a la Comunidad de Madrid, entidad que será la que diga cuál de los dos ayuntamientos tiene razón. Aclara que ese contencioso no afecta al centro comercial sino a unas obras que habían sido pedidas por la Confederación Hidrográfica del Tajo para el encauzamiento de un arroyo, obras habían sido aprobadas por la propia Confederación.

Termina su intervención indicando que el conflicto surgió

porque el Ayuntamiento de Las Rozas creía que las obras se realizaban en una pequeña parte de su término municipal y por ello ese ayuntamiento tenía que conceder licencia pero Majadahonda decía que no era así y reitera que será la Comunidad de Madrid la que diga qué ayuntamiento tenía razón.

3. Indica que un vecino denuncia sistemáticamente el

aparcamiento de vehículos en las aceras de la calle Granadilla por lo que ruega que se haga caso a sus denuncias.

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El Sr. Presidente ruega al Concejal Delegado de Seguridad que tome note y haga caso a las denuncias de ese vecino.

4. Indica que ha recibido información de que un vecino dirigió, el

26 de agosto de 2009, una carta al Sr. Alcalde planteándole una serie de cuestiones y parece que no ha recibido ninguna contestación y por ello su Grupo ruega que se le conteste. Aclara que lo que planteaba en ese escrito era que la intensidad de los vehículos impiden la visibilidad de los propietarios de la c/ Viento nºs 24-32 cuando quieren incorporarse, con sus vehículos, al tráfico rodado lo que puede provocar accidentes y daños a las personas y bienes. Indica que en ese escrito se pedía que se estudiara la posibilidad de ampliar la anchura del acerado en determinados tramos de esa calle eliminando las plazas de aparcamiento para intentar reducir el riesgo de accidentes. Añade que esa Comunidad de Propietarios ha solicitado, en reiteradas ocasiones, que se adopten medidas de control de tráfico en la Avda. del Doctor Marañón esquina a c/ Viento, medidas como la implantación de badenes o elementos similares. Reitera que la finalidad de esas peticiones es reducir los accidentes y atropellos que se pueden producir en esta zona.

El Sr. Presidente indica que este tema se contestará por

escrito tanto al vecino como al Grupo Socialista. La Concejal del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sra. Fernández, realiza “in voce” las siguientes preguntas: 1. Pregunta por la retransmisión de las sesiones plenarias. 2. Indica que en el Pleno del mes de julio se aprobó, por

unanimidad, una moción que su Grupo presentó para la elaboración de un Reglamento de Participación Ciudadana. Pregunta en qué situación está este asunto porque no ha recibido ninguna información aunque parecía que se iba a constituir una comisión para elaborarlo.

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El Sr. Presidente indica que la comisión que se encargará de estudiar ese Reglamento se creará a lo largo del mes de octubre.

3. Indica que su Grupo ha recibido información de que, cuando

llueve, se inunda la pista de fútbol sala de la Sacedilla y varios chicos han preguntado si se han realizado algunas obras para modificar las instalaciones o si se tiene previsto realizarlas.

El Sr. Presidente manifiesta que cree recordar que este

asunto figura en el programa electoral del Grupo Popular y añade que su intención es rehabilitar esta zona, instalar hierba artificial en el campo de fútbol y solucionar todos los problemas que tiene.

La Sra. Fernández pregunta cuándo se tiene previsto hacer. El Sr. Presidente contesta que a lo largo de esta legislatura

dependiendo de las disponibilidades económicas del Ayuntamiento.

4. Pregunta si, con el inicio del curso escolar, se ha puesto en

marcha en los colegios públicos de Majadahonda, algún programa para la reutilización de los libros de texto porque ello supondría un ahorro importante para los vecinos.

El Sr. Presidente aclara que contestará esta pregunta por

escrito porque no tiene información al respecto. 5. Ruega, en nombre de los vecinos de los alrededores del colegio

San Luis Gonzaga (Avda. de España y c/ Mar Egeo), que se solucionen los problemas que padecen para salir de los parking de sus viviendas en los horarios de entrada y salida de los colegios porque los autobuses y vehículos particulares las tapan.

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El Sr. Presidente indica que es cierto que esa situación se produce pero eso mismo ocurre en todas las salidas y entradas de todos los colegios de Majadahonda.

La Sra. Fernández indica que quizá se pudiera intentar que

no aparcaran tapando las puertas de los garajes. El Sr. Presidente aclara que el Ayuntamiento ha intentado

solucionar ese problema de diversas formas y, aunque puede quizá se pueda conseguir que la situación mejore, el problema no se puede evitar porque, reitera, lo mismo ocurre en las entradas y salidas de todos los colegios de Majadahonda. A continuación reconoce que los vehículos no pueden invadir la salida o entrada de un aparcamiento privado pero lo normal es que los padres que van a recoger a sus hijos al colegio se queden dentro del vehículo.

La Sra. Fernández indica que, hace un tiempo, la Policía

Local vigilaba la zona para controlar la rotonda pero ahora no lo hacen.

El Sr. Presidente aclara que no sabe si en estos momentos

se realiza esa vigilancia o no pero la Policía Local siempre vigila las zonas de los colegios en los momentos en que se producen los mayores problemas.

La Sra. Fernández ruega al Equipo de Gobierno que se

vigile esa zona en los horarios en que se producen los problemas.

El Sr. Presidente dice que lo tendrá en cuenta para intentar

mejorar la situación pero está convencido de que los problemas no se van a resolver.

El Portavoz Adjunto del Grupo Municipal Unión, Progreso y Democracia, Sr. Gil, realiza “in voce” la siguiente pregunta:

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6. Pregunta cuándo va a responder el Equipo de Gobierno a todas las preguntas que, por escrito, realizan los Grupos de la Oposición antes o después del Pleno. El Sr. Presidente indica que, en teoría, deberían ser respondidas antes del siguiente Pleno. El Sr. Gil indica que su Grupo presentó, en el Pleno anterior, muchas preguntas y no ha recibido ninguna respuesta. El Sr. Presidente indica que el Grupo Unión Progreso y Democracia puede facilitarle después del Pleno la relación de preguntas que presentó y personalmente averiguará las causas por las que no han sido contestadas aunque indica que, en ocasiones, las actas de las sesiones plenarias llegan muy tarde al Equipo de Gobierno pero últimamente esa situación ha mejorado y además hay que tener en cuenta que la última sesión plenaria se celebró en el mes de julio por lo que en este caso no habría ninguna disculpa para no contestarlas. Termina su intervención diciendo que no sabe lo que ha podido ocurrir en esta ocasión pero ruega a todos los concejales que integran el Equipo de Gobierno que respondan todas las preguntas que se les hayan realizado antes del siguiente Pleno y cree que en este caso debe haber existido algún problema de comunicación porque el Equipo de Gobierno creía que había contestado a todas las que se realizaron. El Sr. Gil indica que pasará al Sr. Alcalde la relación de todas las preguntas que realizó.

El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. Santana, indica que su Grupo va a entregar al Sr. Secretario la relación de todos los ruegos y preguntas que su Grupo desea que consten en el borrador de acta de esta sesión pero, “in voce” desea realizar las siguientes por si pudieran ser contestadas en este momento:

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1. Indica que, en aras de la transparencia, en la anterior legislatura, los Grupos de la Oposición presentaron un escrito firmado por el tercio de los concejales que integran la Corporación de los que solo quedan él y otro corporativo, solicitando un informe a la Secretaría General sobre la aplicación de las sentencias que cuestionan la valoración de los trienios de los trabajadores y de las horas extraordinarias. Aclara que casi ha pasado un año desde esa petición y aún no se ha emitido dicho informe y por ello pregunta al Equipo de Gobierno qué ocurre y por qué no se contesta a esa petición a pesar de que la ha reiterado en distintas sesiones plenarias y comisiones informativas .

El Sr. Secretario pide disculpas por el retraso en la

emisión de ese informe y añade que el volumen de los asuntos que tiene que resolver no le han permitido emitirlo pero cree recordar que es la primera vez que se requiere ese informe en el Pleno.

Termina su intervención diciendo que evacuará dicho

informe en cuanto le sea posible. 2. Ruega que se incluya en el acta de este Pleno una rectificación,

que ya solicitó a la Alcaldía, por las descalificaciones que se hicieron a su Grupo acusándole de algunas cuestiones que no va a volver a citar y reitera que solicita que ese escrito de petición de rectificación se incorpore al acta.

El Portavoz Adjunto del Grupo Municipal Centrista, Sr. del Río, realiza “in voce” las siguientes preguntas: 1. Ruega que a la petición que ha realizado el Sr. Alcalde a los

concejales que integran el Equipo de Gobierno para que contesten, antes del siguiente Pleno, a todos los ruegos y preguntas que realizan los Grupos de la Oposición, se sume la petición de entrega de documentación básica que realizó su Grupo, en el Pleno del mes de junio, al debatirse el tema que afectaba a Leroy Merlín porque en esos momentos no estuvo a su disposición. Aclara que en esa sesión el Sr. Alcalde indicó

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que no se podía actuar de esa manera y que de forma inmediata se entregaría la documentación al Grupo Centrista.

Indica que durante estos meses posteriores ha

“perseguido” al Concejal Delegado de Urbanismo para que le facilitara la documentación que había pedido pero, a día de hoy, todavía no lo ha conseguido y por ello pide al Sr. Alcalde que interceda en este tema para que su Grupo pueda contar con la documentación que necesita antes de la siguiente sesión plenaria.

El Sr. Alcalde manifiesta que si el Portavoz Adjunto del

Grupo Centrista le hubiera recordado antes esa petición, es posible que tuviera ya en su poder la documentación que había pedido.

2. Indica que su Grupo ha presentado, en los meses de junio o

julio, un recurso de reposición sobre la corrección de un Plan y cree que la respuesta debe producirse en el plazo de un mes por lo que pregunta si se ha preparado ya la respuesta a ese recurso de reposición.

El Sr. Presidente indica que esta pregunta será contestada

por escrito porque desconoce el tema. En el escrito entregado al Sr. Secretario por el Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, constan los siguientes ruegos y preguntas: 3. Este año se conmemora el centenario del nacimiento del poeta

Gabriel Celaya. ¿Tiene previsto la Concejalía de Cultura algún acto de homenaje, como la exposición de su obra en la biblioteca y/o la lectura de sus poemas, etc., como se ha venido haciendo en ocasiones similares? Rogamos se aproveche esta ocasión para difundir convenientemente los actos que vayan a celebrarse.

4. Según la respuesta de Medio Ambiente a nuestra pregunta

formulada en el Pleno de mayo, en la urbanización Virgen de

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Iciar había varios ejemplares de árboles pendientes de tala, concretamente los identificados en el Informe de la inspección realizada el 4/04/11 como 2, 5, 6, 7, 12, 13 y 14. Vecinos de diversos bloques se quejan de la ilegitimidad de las solicitudes de tala y poda realizadas, y por consiguiente también la irregularidad de su autorización.

Se ruega nos informe de si estas talas se han llevado a

cabo o cuándo está prevista su realización; y si la respuesta es afirmativa, se ruega se suspenda la tala de estos ejemplares hasta que se resuelva el tema de la legitimidad. Se ruega también conocer la fecha en que los árboles que han sido talados estos últimos años serán repuestos como exige la legislación vigente.

5. ¿Cuál fueron los criterios de selección de D. Enrique Cerezo

para dar el pregón de las fiestas, teniendo en cuenta su condena por corrupción en la Audiencia Nacional, que no cumplió debido a su prescripción?

6. El Concejal de Urbanismo, en el Pleno de julio, aseguró a los

vecinos de la calle San Andrés, que se pondría en contacto con ellos para informarles sobre los avances de la resolución de sus problemas con el bar “La Alternativa”. ¿Por qué no se ha realizado todavía este contacto? ¿Cuál es la situación de este expediente y cuándo se va a exigir al bar que se subsanen las deficiencias ya detectadas en la inspección llevada a cabo en mayo de este año?

7. ¿En qué estado de ejecución se encuentra el acuerdo tomado en

Pleno por unanimidad, a propuesta del Grupo Municipal de Izquierda Unida, el día 25 de julio de 2006 para la construcción de un “skatepark” en nuestro municipio? ¿Tiene el Gobierno municipal planteado habilitar de forma provisional algún espacio público y permitir en él la práctica de los deportes de deslizamiento hasta que se ejecute dicha inversión?

8. El profesorado de todos los IES de Majadahonda presentaron

por Registro cargas dirigidas al Concejal de Educación solicitándole interceda ante las autoridades competentes para la retirada de las instrucciones dadas por la Consejería de Educación al comienzo del curso. ¿Tiene el concejal constancia de estas cartas? ¿Cómo piensa proceder?.

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A continuación el Sr. Presidente hace entrega al Secretario de la Corporación, para que las adjunte al Acta de esta sesión, todas las contestaciones que han realizado por escrito los miembros del Equipo de Gobierno a las preguntas realizadas por los Grupos de la Oposición. Se adjuntan al presente acta como Anexo las respuestas a preguntas formuladas, entregadas al Secretario que suscribe por el Sr. Alcalde. Las respuestas anexadas corresponden a las siguientes Concejalías: - De Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios

Jurídicos y Seguridad - De Deportes y Fiestas - De Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda - De Medio Ambiente, Jardines y Limpieza - De Participación Ciudadana, Comunicación y Urbanizaciones - De Cultura y Juventud Respuestas de la Concejalía de Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos y Seguridad. “12.- ¿A nombre de quién están inscritos en el Registro de la Propiedad los edificios y terrenos donde radican centros de culto religioso en el municipio? ¿Pagan IBI estos locales? En la actualidad existen tres parroquias en el municipio de Majadahonda:

• Parroquia Santa María Avenida España, 47

• Parroquia Santa Catalina Mártir

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c/ Las Mieses, 8 Los terrenos de estas Parroquias son de titularidad municipal cedidos en su día por Urbanismo con un uso dotacional.

• Parroquia Santo Tomás Moro Avda. Príncipe de Asturias, 26

Los terrenos de esta Parroquia son de titularidad municipal cedidos gratuitamente al Arzobispado de Madrid y que corresponden a la Parcela M-14 de la Zona Este para la construcción de un Complejo socio-cultural, recogido en el expediente B 13/02. Los inmuebles de estos Centros (bienes de la Iglesia Católica) están exentos del pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en virtud del Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre Asuntos Económicos de 3-1-1979, regulado en el art. 62.1.c) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

• Hermandad del Santísimo Cristo de los Remedios y Virgen de la Soledad (Ermita) Carretera de Boadilla

Esta asociación fue inscrita inicialmente en el Registro Nacional de Entidades religiosas católicas el día 03/02/1993. También el suelo como el edificio son de titularidad municipal estando exentos también del pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en virtud del Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre Asuntos Económicos de 3-1-1979, regulado en el art. 62.1.c) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

• Congregación Legionarios de Cristo Finca Oriol (Camino Servicio Norias) Suelo Rústico Casa Pinar del Plantío Guadería

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Los inmuebles de este Centro se encuentran también exentos del pago en virtud de la Disposición Adicional novena de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de Entidades Sin Fines Lucrativos e Incentivos Fiscales al Mecenazgo, que establece el Régimen tributario de la Iglesia Católica y de otras iglesias, confesiones y comunidades religiosas, desarrollada por la disposición adicional primera del Real Decreto 1270/2003, de 10 de octubre. Comunidad Mosen Sol Hermandad Sacerdotes Operarios Diocesanos

• Residencia San Cristóbal o Parroquia del Beato Manuel Domingo y Sol Pablo Picasso 4 (Ctra. Majadahonda-Pozuelo km. 4)

El inmueble de este Centro está sujeto al pago del IBI, dado que se trata de una entidad privada en suelo urbano.

• Centro sito en Polígono 11, parcela 8 (c/ Miguel Hernández)

En esta parcela se encuentra un barracón prefabricado que figura

como centro religioso, si bien se encuentra en una finca privada cuyo propietario paga el correspondiente IBI. Majadahonda, 21 septiembre de 2011.- El Concejal Delegado de Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos y Seguridad.- Fdo.: José Antonio Carnevali Ramírez.” Respuestas de las Concejalías de Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos y Seguridad y de Participación Ciudadana, Comunicación y Urbanizaciones al Grupo Municipal Socialista “2. Indica que el Ayuntamiento encargó un estudio a la empresa Deloitte sobre la composición social, económica y estructural de la sociedad majariega, estudio que costó unos 45.000 euros aproximadamente. Pregunta qué uso se ha dado a este estudio y qué beneficio concreto puede aportar el Ayuntamiento.

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• El presupuesto base de licitación fue de 43.000 euros, siendo el

precio ofertado por la empresa finalmente adjudicataria del mismo, DELOITTE, S.L. de un total de 38.700 euros.

• El estudio realizado es un análisis estructurado de la situación

actual de Majadahonda desde todas las perspectivas y ámbitos, que nos permite trabajar para mejorar la ciudad y todas las áreas de gobierno.

• Marca la línea de las iniciativas públicas de los próximos años,

de manera que se pueda ofrecer a los majariegos las mejores condiciones de vida y crecimiento, promoviendo la modernización y la mejora de los Servicios Públicos, en un entorno de sostenibilidad económica y medioambiental y con la mayor cohesión social.

• Ese estudio es un documento básico para el trabajo del día. Es

una hoja de ruta en la que se marcan los objetivos y el camino que tenemos que seguir para ser un referente urbano.

• Nos permite tener una visión de futuro sobre la ciudad y nos

ayuda a tomar decisiones se puedan aprovechar de forma beneficiosa con la finalidad de establecer las actuaciones prioritarias en aras a mejorar la eficacia, eficiencia y gestión de los servicios, infraestructuras, equipamientos o innovación y reestructuración de sus recursos personales y materiales.

• Los resultados de este estudio los han conocido todos los

corporativos –Gobierno y Oposición- al mismo tiempo, dejando claro la transparencia del proyecto. Todos los grupos tienen en sus manos este documento de trabajo.

• Este “modelo de ciudad” ha sido presentado por el Alcalde a los

ciudadanos dentro de la iniciativa “Encuentros con el Alcalde” y todos los que se lo han pedido, tienen el documento en sus manos.

• Además, se está trabajando en la elaboración de un folleto

informativo sobre el mismo que se hará llegar a todos los majariegos próximamente.

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Majadahonda, 22 septiembre de 2011.- El Concejal Delegado de Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos y Seguridad.- Fdo.: José Antonio Carnevali Ramírez.- La Concejal Delegada de Participación Ciudadana, Comunicación y Urbanizaciones.- Fdo.: Laura Nistal Marcos.”

Respuestas de la Concejalía de Deportes “En el escrito entregado al Sr. Secretario por el Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, constan, además de los ruegos y preguntas realizados “in voce” y anteriormente transcritos, los siguientes: 5. Se han cambiado las normas de la piscina municipal y ahora es necesario volver a sacar otra entrada si se quiere volver a ella después de comer. La razón esgrimida es el control del aforo. ¿Es necesaria esta medida teniendo en cuenta que el aforo de eta piscina no está nunca completo? La situación de crisis que vivimos aconseja que no se adopten este tipo de medidas recaudatorias que solo ponen trabajas al ocio y descanso de las familias. CONTESTACIÓN:

Esta norma está vigente desde 2.009 y hasta ahora no se había producido queja al respecto.

En el Punto 7 de las Normas de Utilización de las Piscinas para seguridad de los bañistas, vigente se determina que;

..." El usuario debe respetar el aforo del recinto de piscinas, que será de un máximo de 350 usuarios, según normativa de la Comunidad de Madrid. Para controlar el aforo, el bañista que abandone el recinto, deberá adquirir una nueva entrada para acceder a la piscina."...

Está norma se ha ido aplicando con cierta flexibilidad en función del aforo existente en cada momento y día de la semana. Los fines de semana, como es lógico, hay mayores problemas con el aforo y se pretende que no queden bloqueadas plazas con personas que se hayan ausentado a mediodía y luego decidan no volver por la tarde.

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Majadahonda, 26 de septiembre de 2011.- Fdo.: El Concejal de Deportes.” Respuestas de la Concejalía de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes. Pleno julio de 2011. “8. En la calle Huerta de la Sacedilla siguen los problemas de

mobiliario urbano, aceras, limpieza. ¿Se van a tomar medidas para acabar con esta situación y reparar la zona?

Ya se han detectado los posibles problemas descritos en

inspecciones que se realizan en distintas zonas del municipio y se está elaborando un catálogo de necesidades de acondicionamiento de aceras y reposición de mobiliario urbano que se ejecutará próximamente una vez se tenga disponibilidad de las partidas de inversiones.

9. ¿Se van a restituir los bancos, como solicitan los vecinos, en las

zonas destinadas a peatones en el Boulevard de la Ada. de España, en concreto en los tramos que van de la calle Los Claveles/Francisco Umbral hasta el cruce con Santa Bárbara/Santa Brígida, y desde éste hasta Doctor Calero?

Es una petición que ya conocemos y, efectivamente, se van a

reponer bancos en zonas de la avda. de España que fueron retirados como consecuencia del proyecto de ejecución del carril-bici. Se repondrán en el momento de disponer de las partidas de inversiones ya que actualmente se ha agotado el stock disponible.

10. En el Parque de Colón, en el lado de la calle Santa Bárbara y

la Avda. de España hay restos de un vallado en mal estado y que no cumple ninguna función. ¿Tiene pensado el Ayuntamiento retirarlo y evitar con ello posibles accidentes?

Es una valla que lleva instalada muchos años y que tendría un

fin en su momento. La concejalía de Urbanismo se ha puesto en contacto con el servicio de Medio Ambiente para conocer la necesidad de que dicha valla siga en ese lugar y en caso de no

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ser necesaria se procederá a su retirada y si se considera que debe permanecer como barrera de seguridad hacia la avda. de España, se procederá a su reparación.

11. Las calles de la Av. Príncipe de Asturias, y de Azafrán y zona

del Carralero están llenas de socavones a pesar de ser relativamente nuevas. ¿Cuál es la causa de este pronto deterioro? ¿Está previsto su reparación?

En algunos puntos de la ciudad se producen socavones como

consecuencia del asentamiento de las tierras o después de la realización de calas por las diferentes operadoras/suministradoras. Las calles descritas son zonas de mucho tráfico y concretamente en la avda. de Príncipe de Asturias ha habido filtraciones de agua y en la calle Azafrán es producido por una cala de una operadora a la que ya se la ha reclamado su arreglo.

Majadahonda, a 23 de septiembre de 2011.- El Concejal Delegado de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda.- Fdo.: Juan Carlos Pérez González.” Respuestas de la Concejalía de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda al Grupo Municipal Centrista.- Pleno julio 2011. “Recuerda las manifestaciones que ha realizado el Sr. Alcalde por las que parece que si el IVIMA no realiza la cuarta promoción de viviendas en Majadahonda las iba a realizar, a la mayor brevedad posible, el Ayuntamiento y por ello su Grupo pide que se desatasquen las bases para la adjudicación de las más de 200 viviendas que tiene que realizar el Ayuntamiento para que la adjudicación de las viviendas se realice lo más rápidamente posible. El Ayuntamiento ya está trabajando en poner en marcha todas las iniciativas posibles que den como resultado la adjudicación de todas las viviendas de promoción oficial en nuestro municipio y está poniendo los medios para que las viviendas del IVIMA se terminen y se entreguen lo antes posible.

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Majadahonda, a 23 de septiembre de 2011.- El Concejal Delegado de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda.- Fdo.: Juan Carlos Pérez González.” Respuestas de la Concejalía de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes.- Pleno 27-7-2011 “4. En el parque de Cerro del Aire, a la izquierda de la entrada principal hay una zona abandonada con una valla de alambre rota y una especie de piscina llena de todo y basura. Los vecinos denuncian que al ser la superficie totalmente verde es engañosa, y varios perros han saltado dentro creyendo que es hierba y han muerto ahogados en el fango. ¿Tiene conocimiento el Ayuntamiento de esta situación? ¿Se va a adoptar alguna medida para poner fin al problema vallando y limpiando la zona? Tanto la Concejalía de Urbanismo como la de Medio Ambiente conocen la situación de esta valla y del depósito de agua de este Parque y se están llevando a cabo los pertinentes estudios para detectar si es adecuado reparar la valla o en su caso, condenar el depósito de agua. Por otro lado, también se está estudiando cómo acometer las mejoras que sean necesarias en este parque. 8. En la calle Huerta de la Sacedilla siguen los problemas de mobiliario urbano, aceras, limpieza. ¿Se van a tomar medidas para acabar con esta situación y reparar la zona? Las frecuencias de limpieza en la zona de la Sacedilla se consideran adecuadas, pero cuando se produce bajo determinadas circunstancias una acumulación de residuos, se procede a hacer una limpieza especial. Majadahonda, 27 de septiembre de 2011.- El Concejal de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza.- Fdo.: Pablo García González.” Respuestas de la Concejalía de Cultura y Juventud al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes- Pleno 27-7-2011.

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“En relación a la pregunta realizada por el Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes en el Pleno del Municipal del 27-7-2011, en relación a los talleres de la Casa de la Cultura, respondemos que, efectivamente, esta situación se ha venido dando en Majadahonda desde hace muchos años, pues las normas de matriculación establecen que las plazas se adjudicarán mediante sorteo público. No obstante, es algo que nos estamos planteando modificar el curso próximo y, en cualquier caso, queremos señalar que los vecinos majariegos que son admitidos a estos talleres tienen una ventaja importante respecto al precio de los mismos, pues pagan un 50% menos que los no empadronados. Fdo.: María Fernández Dobao.- Concejal de Cultura y Juventud.” Y no habiendo más asuntos que tratar el Sr. Presidente levantó la sesión siendo las trece h oras y cuarenta y cinco minutos del día veintiocho de septiembre de dos mil once, en prueba de lo cual se levanta el presente acta que firma el Sr. Presidente en unión de mí, el Secretario, que doy fe. EL PRESIDENTE EL SECRETARIO