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Acta de la Sesión Extraordinaria 006-2019
Celebrada por el Congreso de la República
el 11 de diciembre de 2019
ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA 006-2019. En la ciudad de
Guatemala, siendo las once horas con un minuto del día miércoles once de
diciembre de dos mil diecinueve, nosotros, los DIPUTADOS AL
CONGRESO DE LA REPÚBLICA, PRESIDENTE: Alvaro Enrique Arzú
Escobar; VOCAL SEGUNDA: Flor de María Chajón Aguilar; VOCAL
TERCERO: Oscar Armando Escribá Morales; SECRETARIO: Estuardo
Ernesto Galdámez Juárez; SECRETARIO: Juan Ramón Lau Quan;
SECRETARIO: Julio Francisco Lainfiesta Rímola; y, SECRETARIO
ACCIDENTAL: Juan Manuel Giordano Grajeda, y los diputados: Erwin
Enrique Álvarez Domínguez, Ronald Estuardo Arango Ordoñez, Delia
Emilda Bac Alvarado, Juan Carlos Bautista Mejía, Jean Paul Briere Samayoa,
Felipe Jesús Cal Lem, Iliana Guadalupe Calles Domínguez, Leonardo Camey
Curup, Héctor Melvyn Caná Rivera, Rudy Roberto Castañeda Reyes, Rodolfo
Moisés Castañón Fuentes, José Inés Castillo Martínez, Byron Juventino
Chacón Ardón, Aracely Chavarría Cabrera de Recinos, Oscar Stuardo
Chinchilla Guzmán, Luis Alberto Contreras Colindres, Edgar Tomas Córdova
Molina, Víctor Manuel Cruz Clavería, José de la Cruz Cutzal Mijango, Benita
Odilia de León Pérez de Chiroy, Eduardo Ramiro de Matta, Dunia Marisol
Espina Berganza, Víctor Manuel Estrada Orellana, Walter Rolando Félix
López, Oscar Roberto Fernández Mendoza, Carlos Rafael Fión Morales,
Laura Alicia Franco Aguirre, José Conrado García Hidalgo, Oliverio García
Rodas, Eduardo Cruz Gómez Raymundo, Eugenio Moisés González
Alvarado, Claude Harmelin de León, Gabriel Heredia Castro, Javier Alfonso
Hernández Franco, Javier Alfonso Hernández Ovalle, Ana Victoria
Hernández Pérez, Leocadio Juracán Salomé, Erick René Lainfiesta Cáceres,
Francisco Vitelio Lam Ruano, Floridalma Leiva Hernández, Marco Antonio
Lemus Salguero, Fernando Linares Beltranena, Héctor Leonel Lira
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Montenegro, Carlos Enrique López Maldonado, Jaime Octavio Augusto
Lucero Vásquez, Edwin Lux, Ervin Adim Maldonado Molina, Carlos Alberto
Martínez Castellanos, Marleni Lineth Matías Santiago, Pedro Méndez
Carreto, Eva Nicolle Monte Bac, Luis Fernando Montenegro Flores, Emanuel
Ranfery Montufar Fernández, Felix Ovidio Monzón Pedroza, Hernán Morán
Mejía, Sandra Nineth Morán Reyes, Carlos Santiago Nájera Sagastume, Juan
Adriel Orozco Mejía, Juan José Porras Castillo, Daniel Bernabé Portillo
Calderón, Vivian Beatriz Preciado Navarijo, Haroldo Eric Quej Chen, Óscar
Armando Quintanilla Villegas, María Cristina Quinto García, Thelma
Elizabeth Ramírez Retana, Juan Carlos Josué Salanic García, Lucrecia Carola
Samayoa Reyes, Luis Fernando Sanchinel Palma, Sandra Patricia Sandoval
González, Edgar Armando Sandoval Trigueros, Humberto Leonel Sosa
Mendoza, Edna Azucely Soto Juaréz de Kestler, María Eugenia Tabush
Pascual de Sánchez, Dorian Delfino Taracena Godínez, José Domingo Trejo
de la Roca, Pedro Pablo Tzaj Guarchaj, Lesly Valenzuela de Paz, José Rodrigo
Valladares Guillén, Jorge Estuardo Vargas Morales, German Estuardo
Velásquez Pérez, Mario Velásquez Pérez, Andrea Beatriz Villagrán Antón,
Roberto Ricardo Villate Villatoro, Marcos Fernando Yax Guinea y Eduardo
Zachrisson Castillo, constituidos en la sede del Palacio Legislativo, ubicado
en novena avenida nueve guion cuarenta y cuatro, zona uno de esta ciudad,
hemos sido convocados a efecto de celebrar la SEXTA SESIÓN
EXTRAORDINARIA DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA,
PERÍODO LEGISLATIVO DOS MIL DIECINUEVE - DOS MIL
VEINTE (2019-2020), para lo cual se procede de la forma siguiente:
PRIMERO: Apertura de la sesión. El presidente del Congreso de la
República, representante Alvaro Enrique Arzú Escobar, después de la
invocación contenida en el artículo 71 de la Ley Orgánica del Organismo
Legislativo, procede a declarar abierta la presente sesión, siendo las once
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horas con tres minutos. SEGUNDO: Orden del día. La Secretaría da lectura
al orden del día previsto para la presente sesión y, no habiendo discusión, el
presidente hace llamado a votación, conforme lo preceptuado por la Ley
Orgánica del Organismo Legislativo y la Secretaría abre a votación la
aprobación del orden del día leído, siendo el resultado de la misma el
siguiente: Votos a favor: cuarenta y dos (42); votos en contra: nueve (9);
diputados ausentes: ciento siete (107); por lo tanto, por mayoría se
aprueba el orden del día previsto para esta sesión. Se hace constar que la
lista de la votación se agregará a los atestados de la presente acta como anexo
“1”. TERCERO: Aprobación del acta de la sesión anterior. El presidente
informa al honorable Pleno que, de conformidad con el artículo 146 de la Ley
Orgánica del Organismo Legislativo, el acta correspondiente a la quinta sesión
extraordinaria fue remitida electrónicamente a los diputados con anticipación,
para su conocimiento. No habiendo discusión, el presidente hace llamado a
votación conforme lo estipula la Ley Orgánica del Organismo Legislativo y
la Secretaría abre a votación la aprobación del acta correspondiente a la
quinta sesión extraordinaria, celebrada por el Congreso de la República
el lunes dos de diciembre de dos mil diecinueve, siendo el resultado de la
votación el siguiente: Votos a favor: treinta y tres (33); votos en contra:
veinticinco (25); diputados ausentes: cien (100); por lo tanto, por mayoría
queda aprobada el acta de la sesión indicada. Se hace constar que la lista
de la votación se agregará a los atestados de la presente acta como anexo “2”.
CUARTO: Despacho calificado. La Secretaría da lectura al despacho
calificado siguiente: i) Al dictamen favorable y proyecto de acuerdo de la
Comisión de Finanzas Públicas y Moneda del Congreso de la República,
emitido el primero con fecha cinco de noviembre de dos mil diecinueve, al
Informe de Auditoría emanado de la Contraloría General de Cuentas sobre la
Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado,
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Ejercicio Fiscal dos mil dieciocho (2018), en el que determinan elevarlo a
consideración del Pleno del Congreso de la República para que, de merecer
su aprobación, emita el acuerdo legislativo correspondiente. Seguidamente,
el presidente informa al Pleno que para poder aprobar el dictamen y proyecto
de acuerdo se necesitan ochenta diputados presentes y no habiendo cuórum
solicita a la Secretaría continuar con el despacho calificado. ii) A la parte
resolutiva de la sentencia emitida dentro del expediente cuatro mil seiscientos
setenta guion dos mil diecisiete (4670-2017), oficial noveno (9º.), de la acción
de inconstitucionalidad general, parcial por omisión que promovió la
Municipalidad Indígena de Sololá, por medio del alcalde Tomás Saloj Guit
contra los artículos 456, 485, 460, 504, 1074, 1125, 1129, 1130 y Libro II
(integrado por los artículos del 442 al 916), todos del Decreto Ley 106, Código
Civil, emitida por la Corte de Constitucionalidad con fecha ocho de octubre
de dos mil diecinueve, la que en su parte conducente literalmente dice:
“…POR TANTO La Corte de Constitucionalidad, con base en lo
considerado y leyes citadas, resuelve: I. Sin lugar la acción de
inconstitucionalidad general parcial por omisión planteada por la
Municipalidad Indígena de Sololá, por medio del alcalde Tomás Saloj Guit,
contra los artículos 456, 485, 460, 504, 1074, 1125, 1129, 1130 y Libro II
(integrado por los artículos del 442 al 916), todos del Decreto Ley número
106, Código Civil. II. En virtud de haberse advertido la necesidad de contar
con una ley específica en materia de propiedad comunal de los pueblos
indígenas sobre sus territorios, exhorta a los diputados del Congreso de la
República a que, en atención a lo argumentado en el segmento considerativo
de este fallo, emita la ley específica, por la cual establezca mecanismos de
protección de la propiedad comunal de los pueblos indígenas sobre sus
territorios, previa consulta con los pueblos indígenas, por tratarse de un
derecho contemplado en Tratados y Convenios Internacionales y ser temas
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que afectan directamente sus intereses. III. Remítase certificación de este
fallo al Congreso de la República, para los efectos de la exhortación que se le
realiza y para que su Junta Directiva lo haga del conocimiento de los
diputados, con el objeto que procedan conforme lo aquí considerado. IV.
Notifíquese a las partes en el presente proceso y, en razón de lo expuesto en
el considerando VII, también deberá notificarse al titular del Organismo
Ejecutivo, a la Corte Suprema de Justicia y a la Universidad de San Carlos de
Guatemala.” La Secretaría del Congreso de la República remitirá copia del
presente expediente a todos los diputados, vía correo electrónico. iii) Da
lectura a la parte resolutiva de la sentencia emitida dentro del expediente
cuatrocientos cincuenta y dos guion dos mil diecinueve (452-2019) de la
acción de inconstitucionalidad general parcial emitida por la Corte de
Constitucionalidad con fecha siete de noviembre de dos mil diecinueve, la
cual en su parte conducente literalmente dice: “…POR TANTO La Corte de
Constitucionalidad, con base a lo considerado y leyes citadas, resuelve: I) Sin
lugar parcialmente la acción de inconstitucionalidad general parcial
promovida por Rolando López Crisóstomo, en calidad de representante del
municipio de Comitancillo dentro del Consejo Mam -designado como
representante común-; José Luis Ramírez, en calidad de Alcalde Indígena del
cantón Centro del municipio de San Juan Olintepeque, departamento de
Quetzaltenango; Víctor Manuel Sales Ortiz, en calidad de Primer Cargador y
Presidente del Consejo Maya Mam Saq Tx’otx -CMST-; Angel Roblero
Bravo, en calidad de Presidente de la Junta Directiva y Representante Legal
de la Asociación para el Desarrollo Integral Maya Ajchmol -ADIMA-; Juan
Lucas Díaz, en calidad de representante del Consejo Mam; Ramón Clemente
Ixcol Chávez, en calidad de representante de la Alcaldía Indígena del
municipio de Santa Lucía Utatlán, departamento de Sololá; Miguel Angel
Manuel Alvarado, en calidad de representante de las autoridades ancestrales
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Maya Achí del municipio de Rabinal, departamento de Baja Verapaz; Pedro
Benjamín Barreno Zapeta y Santiago Domingo García Chamorro, en las
calidades de Presidente y Vocal I, respectivamente, de la Junta Directiva de
Bienes y Recursos Naturales de los Cuarenta y Ocho Cantones del
departamento de Totonicapán, Silvia Elizabeth Conoz Téllez, Irma Yolanda
Tuc Quemé, Favián Enrique Castañeda Barrios, Narciso Nicolás Cua Culuz,
Orla Marina Siquiná de Siquiná y Rigoberto Juarez Mateo -los seis últimos
actúan a título personal- contra los artículos 579, 580, 581, 584, 585 y 587 del
Código Civil -Decreto Ley 106-; 124 del Decreto Ley 218, que dejó vigentes
los artículos 401, 403, 404, 405, 406, 407, 410, 414, 415 y 416 del Decreto
Legislativo 1932, contentivo del Código Civil; 71 de la Ley de Minería -
Decreto 48-97 del Congreso de la República de Guatemala-; 247 y 254 de la
Ley de Transformación Agraria -Decreto 1551 del Congreso de la República-
. II) En razón de lo considerado, se formula exhortación al Congreso de la
República para que, en un plazo razonable y en atención a lo considerado en
esa sentencia, emita la ley a que hace referencia el artículo 127 de la
Constitución Política de la República, en la cual se regule lo relativo al
régimen de aguas, “de acuerdo con el interés social”; para ello deberá tener
en cuenta: i) la naturaleza fundamental del derecho al agua; ii) la singular
percepción -material y espiritual- de los pueblos indígenas sobre el agua; y iii)
lo expresado sobre ese tema en observaciones, resoluciones y declaraciones
emanados de órganos de la Organización de Naciones Unidas y sentencias de
la Corte Interamericana de Derechos Humanos, así como en otros estándares
internacionales. III) No se condena en costas a los accionantes, ni se impone
multa a los abogados auxiliantes, por las razones consideradas. IV)
Notifíquese el presente fallo a los sujetos procesales y emítase certificación
de lo resuelto para remitir al Congreso de la República de Guatemala, a fin de
que se haga del conocimiento de los diputados la exhortación formulada en el
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presente pronunciamiento.” Aparecen las firmas digitales de los magistrados
de la Corte de Constitucionalidad: Bonerge Amílcar Mejía Orellana, Gloria
Patricia Porras Escobar, Neftaly Aldana Herrera, José Francisco de Mata
Vela, Dina Josefina Ochoa Escribá, María de los Ángeles Araujo Bohr, Henry
Philip Comte Velásquez y Martín Ramón Guzmán Hernández, Secretario.”
La Secretaría del Congreso de la República remitirá copia del presente
expediente a todos los diputados, vía correo electrónico. QUINTO:
Juramentación de la ciudadana Benita Odilia de León Pérez de Chiroy
como diputada al Congreso de la República. Acompañada de las
parlamentarias María Cristina Quinto García e Iliana Guadalupe Calles
Domínguez, comisionadas para el efecto por Presidencia, hace su ingreso al
hemiciclo parlamentario la ciudadana Benita Odilia de León Pérez de
Chiroy y se le hace saber que ha sido llamada al Congreso de la República
para llenar la vacante producida por la renuncia de la representante Mayra
Alejandra Carrillo de León al cargo de diputada al Congreso de la República;
en tal virtud, siendo las once horas con treinta y cinco minutos del día
miércoles once de diciembre de dos mil diecinueve, el presidente del
Congreso de la República, representante Alvaro Enrique Arzú Escobar,
procede a tomarle el juramento de fidelidad a la Constitución Política de la
República de Guatemala, ante el Pabellón Nacional, después de lo cual le
manifiesta que, en nombre de este alto organismo de Estado y del pueblo de
Guatemala aquí representado, solemnemente le da formal, legal y legítima
posesión del cargo de diputada al Congreso de la República y le da la más
cordial bienvenida, invitándole a pasar a ocupar su curul. Previamente, el
secretario, diputado Estuardo Ernesto Galdámez Juárez, procede a imponerle
el botón que la acredita como diputada al Congreso de la República. SEXTO:
Elección de miembros titular y suplente del Directorio del Registro Nacional
de las Personas -RENAP-. El presidente informa al Pleno que el punto
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anunciado por Secretaría es un compromiso institucional que este organismo
debe cumplir; en consecuencia, previo a iniciar con el proceso de elección,
solicita a los jefes de bloque invitar a los representantes que se encuentren
dentro del edificio, pero fuera del hemiciclo parlamentario a que se integren a
la sesión. El presidente informa al Pleno que, de conformidad con el artículo
9 de la Ley del Registro Nacional de las Personas, el Congreso de la República
debe elegir a un miembro titular y a un miembro suplente para integrar el
Directorio del RENAP, por lo que la Secretaría procede a dar lectura a la
nómina final de nueve postulantes, así: Dayda Lucía Abac Baquiax, Carlos
Gustavo Alonzo, Mario René Álvarez Galán, Víctor Hugo Batres Álvarez,
Julio Salvador Contreras Amaya, Calixto Raúl Monzón Pérez, Jorge Mario
Ramírez Orellana, Edgar Arturo Rodríguez Barrios y Mario Rolando Sosa
Vásquez. Seguidamente, el presidente hace del conocimiento del Pleno que,
de conformidad con el artículo 7 de la Ley Orgánica del Organismo
Legislativo, el Pleno del Congreso de la República, como órgano máximo,
constituye la autoridad superior y se integra por los diputados reunidos en
número suficiente, de acuerdo a lo que establece el cuerpo legal citado; en tal
virtud, corresponde al Pleno proceder a la elección de un miembro titular y un
miembro suplente del Directorio del RENAP. Acto seguido, el presidente,
previo a entrar al proceso de elección, hace del conocimiento del Pleno que,
de conformidad con los artículos 97 y 102 de la Ley Orgánica del Organismo
Legislativo, para la elección de cargos de toda clase, tanto los establecidos en
la Constitución Política de la República de Guatemala como en otras leyes, se
procederá a votar a través del sistema electrónico, candidato por candidato en
forma separada, respetando las preceptos legales pertinentes, a los cuales da
lectura el presidente. Se da inicio en este momento al proceso de ELECCIÓN
DE UN MIEMBRO TITULAR Y DE UN MIEMBRO SUPLENTE
PARA INTEGRAR EL DIRECTORIO DEL REGISTRO NACIONAL
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DE LAS PERSONAS -RENAP- y para tal efecto la Secretaría da lectura al
artículo 9 de la Ley del Registro Nacional de las Personas. Previo a la
elección, el presidente somete a discusión del Pleno del Congreso, el
cumplimiento íntegro de los requisitos por cada uno de los aspirantes y no
habiendo discusión, se tiene por suficientemente discutido dicho
cumplimiento. El presidente hace el llamado a votación conforme lo
preceptúa la Ley Orgánica del Organismo Legislativo y la Secretaría abre a
votación la elección de un MIEMBRO TITULAR PARA INTEGRAR EL
DIRECTORIO DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS -
RENAP- de cada uno de los postulantes nominados por la comisión
designada por el Congreso de la República, así: 1. Dayda Lucía Abac
Baquiax. Votos a favor: cuarenta y tres (43); votos en contra: cuarenta y
uno (41); diputados ausentes: setenta y cuatro (74). Después de enmendar el
trámite debido a un lapsus de la Secretaría, esta da el resultado de la votación
siguiente. 2. Carlos Gustavo Alonzo. Votos a favor: tres (3); votos en
contra: ochenta y uno (81); diputados ausentes: setenta y cuatro (74). 3.
Mario René Álvarez Galán. Votos a favor: veintisiete (27); votos en contra:
cincuenta y ocho (58); diputados ausentes: setenta y tres (73). 4. Víctor Hugo
Batres Álvarez. Votos a favor: tres (3); votos en contra: ochenta y tres (83);
diputados ausentes: setenta y dos (72). 5. Julio Salvador Contreras Amaya.
Votos a favor: treinta y ocho (38); votos en contra: cuarenta y nueve (49);
diputados ausentes: setenta y uno (71). 6. Calixto Raúl Monzón Pérez.
Votos a favor: uno (1); votos en contra: ochenta y seis (86); diputados
ausentes: setenta y uno (71). 7. Jorge Mario Ramírez Orellana. Votos a
favor: cinco (5); votos en contra: ochenta y dos (82); diputados ausentes:
setenta y uno (71). 8. Edgar Arturo Rodríguez Barrios. Votos a favor: uno
(1); votos en contra: ochenta y seis (86); diputados ausentes: setenta y uno
(71). 9. Mario Rolando Sosa Vásquez. Votos a favor: ochenta (80); votos
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en contra: seis (6); diputados ausentes: setenta y dos (72); en tal virtud, de
conformidad con el artículo 9 de la Ley del Registro Nacional de las Personas
-RENAP-, el profesional electo como miembro titular para integrar el
Directorio del Registro Nacional de las Personas -RENAP- es Mario
Rolando Sosa Vásquez. Seguidamente, el presidente informa al Pleno que
la Ley del Registro Nacional de las Personas -RENAP- establece que la
elección de los miembros titular y suplente se decidirá por mayoría simple de
votos y será electo como miembro propietario el profesional que obtenga el
mayor número de votos y como miembro suplente, quien lo suceda en los
votos obtenidos; entendiéndose con la mayoría absoluta de los votos y en este
caso solo uno de los candidatos obtuvo la mayoría para ser miembro titular,
por lo que se procederá a votar por todos los candidatos de nuevo, con
excepción del ya electo, para elegir al miembro suplente ante el RENAP. El
presidente hace el llamado a votación conforme lo preceptúa la Ley Orgánica
del Organismo Legislativo y la Secretaría abre a votación la elección de un
MIEMBRO SUPLENTE PARA INTEGRAR EL DIRECTORIO DEL
REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS -RENAP- de cada uno
de los postulantes restantes nominados por la comisión designada por el
Congreso de la República, así: Se abre a votación la elección de la
profesional Dayda Lucía Abac Baquiax, como miembro suplente del
Directorio del Registro Nacional de las Personas; sin embargo, la Secretaría
informa que por problemas en el tablero electrónico se va a enmendar el
procedimiento y se repetirá la votación. El presidente hace el llamado a
votación conforme lo preceptúa la Ley Orgánica del Organismo Legislativo y
la Secretaría abre a votación la elección de un MIEMBRO SUPLENTE
PARA INTEGRAR EL DIRECTORIO DEL REGISTRO NACIONAL
DE LAS PERSONAS -RENAP- de cada uno de los postulantes restantes
nominados por la comisión designada por el Congreso de la República,
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así: 1. Dayda Lucía Abac Baquiax. Votos a favor: cincuenta y uno (51);
votos en contra: treinta y tres (33); diputados ausentes: setenta y cuatro (74).
2. Carlos Gustavo Alonzo. Votos a favor: cero (0); votos en contra: ochenta
y tres (83); diputados ausentes: setenta y cinco (75). 3. Mario René Álvarez
Galán. Votos a favor: cuarenta (40); votos en contra: cuarenta y tres (43);
diputados ausentes: setenta y cinco (75). 4. Víctor Hugo Batres Álvarez.
Votos a favor: uno (1); votos en contra: ochenta y uno (81); diputados
ausentes: setenta y seis (76). 5. Julio Salvador Contreras Amaya. Votos a
favor: cuarenta y cuatro (44); votos en contra: treinta y ocho (38); diputados
ausentes: setenta y seis (76). 6. Calixto Raúl Monzón Pérez. Votos a favor:
dos (2); votos en contra: setenta y nueve (79); diputados ausentes: setenta y
siete (77). Al concluir la votación anterior, se desintegra el cuórum. Se hace
constar que las listas de cada una de las votaciones realizadas en este punto de
la agenda formarán parte de la presente acta y se agregarán a sus atestados
como anexos del “3” al “17” inclusive. SÉPTIMO: Cierre de la sesión.
Después de una pausa, el presidente informa que no existe cuórum para
continuar con el orden del día. Se deja constancia que los legisladores Luis
Antonio Alonzo Pernilla, Oswaldo Iván Arévalo Barrios, Jorge Leonel
Arévalo Canales, Oscar Arturo Argueta Mayén, Carlos Alberto Barreda
Taracena, Dalio José Berreondo Zavala, Mynor Enrique Cappa Rosales,
Carlos Enrique Chavarría Pérez, Manuel Eduardo Conde Orellana, Oscar
Rolando Corleto Rivera, Sandra Ester Cruz Ramírez, Mario Fermín de León
Ramírez, Rubén Misael Escobar Calderón, Jairo Joaquín Flores Divas,
Christian Gabriel González, Cornelio Gonzalo García García, Milton
Francisco Guerra Calderón, Mauro Guzmán Mérida, Sofía Jeanetth
Hernández Herrera, Julio César Longo Maldonado, Karla Andrea Martínez
Hernández, Joel Rubén Martínez Herrera, Gustavo Arnoldo Medrano Osorio,
Herber Armando Melgar Padilla, Mike Ottoniel Mérida Reyes, Nineth
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Varenca Montenegro Cottom, Edgar Eduardo Montepeque González, Marco
Antonio Orozco Arriola, Karina Alexandra Paz Rosales, Marco Aurelio
Pineda Castellanos, Amílcar de Jesús Pop Ac, Fidel Reyes Lee, Augusto César
Sandino Reyes Rosales, Aníbal Estuardo Rojas Espino, Raúl Romero Segura,
Ronald Ramiro Sierra López, Mario Taracena Díaz-Sol y Julián Tesucún
Tesucún presentaron excusa para no asistir a la plenaria programada para el
día de hoy, no así los diputados Felipe Alejos Lorenzana, María Stella Alonzo
Bolaños, Luis Pedro Álvarez Morales, Salvador Francisco Baldizón Méndez,
Alicia Dolores Beltrán López, Orlando Joaquín Blanco Lapola, Johnatan Abel
Cardona Arreaga, Edin Leonel Casasola Martínez, Sergio Leonel Celis Navas,
Juan Armando Chun Chanchavac, Elza Leonora Cú Isem, José Alejandro de
León Maldonado, Juan Manuel Díaz-Durán Méndez, Ferdy Ramón Elías
Velásquez, Boris Roberto España Cáceres, Mirma Magnolia Figueroa Resén
de Coro, Hugo Fernando García Gudiel, Luis Enrique Hernández Azmitia,
José Alberto Hernández Salguero, Julio Ixcamey Velásquez, José Arturo
Martínez Dell, Marvin Orellana López, Rudy Berner Pereira Delgado, Edgar
Raúl Reyes Lee, Carlos Napoleón Rojas Alarcón, Nery Orlando Samayoa
Barrios, Francisco Tambriz y Tambriz y José Armando Ubico Aguilar.
Seguidamente, el presidente levanta la sexta sesión extraordinaria, siendo las
doce horas con treinta y siete minutos del día y en el lugar al principio
indicados.--------------------------------------------------------------------------------
/MRME.
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